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Etiqueta: cambio climático

Corte IDH reconoce que el cambio climático es un asunto de derechos humanos

El Observatorio de Bienes Comunes de la UCR destaca como histórica la Opinión Consultiva OC-32/25 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, emitida el 29 de mayo de 2025. Esta resolución establece que los Estados tienen obligaciones jurídicas claras e inmediatas frente a la emergencia climática, desde un enfoque de derechos humanos. La opinión fue solicitada por Chile y Colombia.

Este hito internacional convierte al cambio climático en un asunto jurídico que requiere acción estatal urgente, y reconoce explícitamente el derecho a un clima sano. También señala que los Estados deben prevenir daños ambientales irreversibles y proteger especialmente a las comunidades más vulnerables. Refuerza compromisos como el Acuerdo de Escazú y el Acuerdo de París.

La Corte enfatiza que el deterioro ambiental afecta múltiples derechos humanos, como el acceso al agua, la salud, la alimentación y la participación ciudadana. Por tanto, insta a los Estados a alinear sus políticas públicas con estos estándares. La Opinión puede ser utilizada como base para litigios climáticos, reformas legales y exigencias sociales de justicia ambiental.

En el caso de Costa Rica, el fallo obliga al Estado a revisar sus políticas climáticas, los planes de ordenamiento territorial, los marcos legales y los mecanismos de participación ciudadana. Esto implica un compromiso activo para asegurar que las decisiones ambientales respeten y garanticen los derechos humanos reconocidos por el sistema interamericano.

El Observatorio subraya que esta resolución fortalece la defensa de quienes protegen los ríos, bosques, la vida y la soberanía alimentaria, y que la justicia climática cuenta ahora con un respaldo legal sólido en el ámbito regional. Se trata de un llamado urgente para que ningún Estado posponga más la acción climática.

Le invitamos a visitar la página para leer la nota completa:

https://bienescomunes.fcs.ucr.ac.cr/opinion-historica-de-la-corte-idh-el-cambio-climatico-tambien-es-un-asunto-de-derechos-humanos/

Cambio climático afecta salud y derechos laborales, alerta ANEP

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) enfatiza que los efectos del cambio climático repercuten directamente en la salud y condiciones de la clase trabajadora, especialmente el personal operativo. En una reunión con la Asociación Gremial de Obreros de la Conservación de Argentina, se destacó la urgencia de que los gobiernos aseguren ambientes laborales seguros y adaptados a la crisis climática.

Se señaló que los fenómenos meteorológicos extremos encarecen alimentos, reducen horas de trabajo y elevan enfermedades, afectando más a los sectores vulnerables. La ANEP advierte que estas condiciones agravan la desigualdad social y requieren atención integral a nivel estatal.

La organización sindical indica que los países deben garantizar las mejores condiciones para estos trabajadores expuestos y promover políticas climáticas que incorporen medidas preventivas laborales. Esta conversación subraya la responsabilidad gubernamental en proteger a la fuerza laboral frente a la emergencia climática.

Puede obtener la información detallada en este enlace a la plataforma YouTube.

Las lluvias de abril

Wilson Picado Umaña
Rafael Díaz Porras
Gerardo Jiménez Porras
Antonio Delgado Ballesteros
Investigadores del Proyecto “Cambio climático y relocalización del café en Los Santos, Costa Rica”, CINPE, Universidad Nacional, Costa Rica.

Quizás ustedes también han escuchado este refrán: “Las lluvias de febrero se van para el sombrero, las lluvias de marzo se van para el canasto y las lluvias de abril se van para el ferrocarril”. Habla del café, de su cosecha. De la relación entre la cosecha y las lluvias.

Sin decirlo, habla de la floración del café, de la “florea” del café, mejor dicho. De su ocurrencia en tres de los meses más secos del año en Costa Rica. O los más secos, para ser precisos. De la importancia de la florea en la cosecha de café dependiendo del mes en el que ocurra. Y habla de la figura del ferrocarril, del mercado, del puerto. El dinero y la bonanza que deparaba una gran cosecha.

Es un refrán sabio, como suele pasar con estos. Trata de procesos y datos que hoy desvelan a la ciencia, al gobierno y a la ciudadanía: la relación entre el clima y la producción agrícola. Habla de la oportunidad de las lluvias, de su justa ocurrencia para que la florea de café anticipe una buena cosecha, canastos llenos y ferrocarriles a rebosar.

Pero habla además de la incertidumbre. De lo que puede pasar si llueve antes o después, en mal momento, en el mes y de la forma menos indicada. Que la florea sea buena o mala.

Como otros cultivos, el café es una actividad muy sensible a las variaciones climáticas. Y como otros cultivos, los expertos pintan un futuro complicado debido al impacto del cambio climático. Abundan las proyecciones. Algunas afirman que en 2050 desaparecerá el 50 por ciento de las tierras más aptas para café del mundo. Otras, que será un futuro de pérdidas para algunas regiones y de ganancias para aquellas donde las variaciones climáticas sean menos acentuadas.

Se dice que el café arábica perderá y que el robusta ganará. Sin embargo, otros estudios advierten que la variabilidad climática afectará a los dos.

Los territorios del café se moverán en el futuro, quizás por el clima, quizás por una mezcla de factores climáticos y de mercado. El café siempre ha estado en movimiento a través de su historia. Véase un ejemplo. Hasta 1950 la mayor parte del café cultivado en Costa Rica estaba situado en el Valle Central. Cuatro o cinco décadas después, el paisaje era otro: buena parte del territorio cafetalero estaba distribuido entre Occidente, Los Santos, Pérez Zeledón, Coto Brus, la Península de Nicoya y la zona norte del país.

Presionado por la urbanización y el auge de nuevos sectores en la economía, el café encontró suelos y climas óptimos más allá de la capital. Y creció. Muchísimo.

Sin embargo, incluso en esas tierras de expansión, el área cultivada se ha reducido poco a poco en los últimos años. En 2001, de acuerdo con datos del CATIE y del ICAFÉ, el país contaba con unas 113229 hectáreas de café. Apenas unos años después, el censo cafetalero del ICAFÉ demostró que dicha mancha había disminuido a unas 98 mil hectáreas entre 2003 y 2006.

Y siguió bajando. En 2012, el área era de unas 93774 hectáreas, mientras que en 2017-2018 era de unas 92652 hectáreas. A excepción de Coto Brus, Pérez Zeledón y, sobre todo, Los Santos, en el resto del país la extensión cultivada del grano ha caído en las últimas dos décadas.

Donde todavía crece el área de cultivo, lo hace buscando las montañas y, en menor medida, buscando las tierras bajas y cálidas. Entre 2012 y 2017-2018, según datos del ICAFÉ, más de 2 mil hectáreas de café fueron cultivadas por encima de 1400 metros de altura, especialmente en regiones como Los Santos. Y en esta misma región, y en otras, nuevos cafetales han sido plantados bajo los 1000 metros sobre el nivel del mar.

El café se mueve, como ha pasado desde el siglo XIX y lo seguirá haciendo en el siglo XXI. Lo hará, sin embargo, en distintas circunstancias. Hay nuevas certidumbres en el sector: nuevas variedades, nuevos tipos de café y mercados, una participación mayor de las y los productores en la cadena de valor, múltiples iniciativas empresariales de pequeña y gran escala, y una cultura de la calidad que enorgullece a cada una de las regiones cafetaleras.

Pero también hay nuevas incertidumbres: las lluvias inusuales que causan enormes pérdidas en la cosecha, el impacto de los huracanes y las sequías, la migración del café a las tierras altas y su impacto ambiental, la transición generacional, las condiciones laborales del trabajo inmigrante y la convivencia no siempre pacífica entre el cafetal y el bosque en ciertas regiones del país, entre otras.

Se trata del cambio climático, seguro que sí. Pero, asimismo, se trata de un cambio estructural del sector no solo desde el punto de vista del mercado o de las instituciones, sino también social y ambiental.

A pesar de esto, se sabe mucho para enfrentar aquello sobre lo cual abundan las dudas en el futuro. El país cuenta con un extraordinario conocimiento acumulado sobre el café en las manos de las y los productores, de los micro y grandes beneficios, de las cooperativas y empresas privadas, y de la institucionalidad alrededor del ICAFÉ.

El refrán de las lluvias de abril habla de la incertidumbre. Pero, si lo leemos bien, también habla de la certidumbre, del conocimiento sobre lo que puede pasar ante la variabilidad no esperada. Es una breve reflexión ante lo desconocido y lo imprevisto.

Solo faltó decirnos lo que pasaría con las lluvias de mayo.

Obligaciones en materia de derechos humanos y cambio climático: algunos apuntes con relación a la opinión consultiva OC/32 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de este 3 de julio

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin@gmail.com

Este 3 de julio del 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dado a conocer su opinión consultiva (la OC/32) con relación a una serie de preguntas que le formularon Chile y Colombia en el mes de enero del 2023 (véase texto integral de la solicitud): se trataba de preguntas relacionadas al alcance de las obligaciones que en materia de derechos humanos derivan del cambio climático, en las que una y otra vez ambos Estados referían tanto a la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 como al Acuerdo de Escazú adoptado en el 2018.

Es de notar que otra opinión consultiva fue solicitada en materia de cambio climático a otra jurisdicción internacional, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya: véanse las preguntas formuladas al final de la solicitud hecha en marzo del 2023, y el comunicado oficial  de la CIJ sobre la finalización de las audiencias orales de diciembre del 2024. Se calcula que en próximos meses la CIJ debería de estar dando a conocer su opinión consultiva, y que es muy probable que integre en ella el criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 

El 21 de mayo del 2024, fue el Tribunal Internacional de Derecho del Mar (más conocido por sus siglas en inglés de ITLOS) el que dió a conocer su opinión consultiva, solicitada por un grupo de Estados insulares amenazados por el aumento del nivel del mar, siempre relacionada a los efectos del cambio climático (véase texto en francés y en inglés).

Como se puede observar, la justicia internacional está siendo solicitada por Estados en aras de clarificar los alcances de las obligaciones internacionales existentes en materia de lucha contra el cambio climático, dada la emergencia en la que se encuentra el planeta.

Chile y Colombia: una valiosa iniciativa conjunta

Esta opinión consultiva permite en particular ayudar a quienes denuncian, desde muchos años, la inacción de sus autoridades estatales para proteger a comunidades de los efectos del cambio climático, efectos que han sido advertidos y modelizados desde mucho tiempo por la comunidad científica: desde la autorización y los permisos otorgados en zonas inundables, o propensas a derrumbes, pasando por permisos para megaproyectos en zonas en las que se prevé una sequía acentuada o que impactarán negativamente las fuentes de agua de una comunidad y la biodiversidad circundante, hasta la inacción a nivel estatal (y municipal) ante la elevación del nivel del mar en ciertas costas particularmente vulnerables o la falta de regulaciones para limitar sustancialmente el uso de sustancias contaminantes que acentúan el cambio climático y contribuyen al calentamiento global. 

Son reiteradas éstas y muchas otras más, las situaciones que a menudo terminan en manos de la justicia nacional con datos e informes técnicos sobre los efectos del cambio climático ignorados por las autoridades estatales.

Desde este y otros puntos de vista, hay que agradecer la iniciativa conjunta que tuvieran Chile y Colombia en aras de consolidar el régimen de la protección del ambiente y de los derechos humanos, mediante el procedimiento consultivo previsto por el sistema interamericano de protección de los derechos humanos. No cabe duda que esta gestión conjunta y varias otras más recientes, realzan su liderazgo en la región en materia ambiental: su comunicado oficial conjunto al conocerse la opinión consultiva de este 3 de julio así lo refleja (véase texto).

Las preguntas en breve

Algunas de las preguntas formuladas de manera conjunta por Chile y Colombia al juez interamericano de derechos humanos se leen de la siguiente manera:

» 1. ¿Cuál es el alcance del deber de prevención que tienen los Estados frente a fenómenos climáticos generados por el calentamiento global, incluyendo eventos extremos y eventos de desarrollo lento, de conformidad con las obligaciones convencionales interamericanas a la luz del Acuerdo de Paris y el consenso científico que alienta a no aumentar la temperatura global más allá de 1,5°C40? 

2. En particular, ¿qué medidas deben tomar los Estados para minimizar el impacto de los daños por la emergencia climática, a la luz de las obligaciones establecidas en la Convención Americana? Frente a ello, ¿qué medidas diferenciadas deben tomarse respecto de poblaciones en situación de vulnerabilidad o consideraciones interseccionales? 

2.A. ¿Qué consideraciones debe tomar un Estado para implementar su obligación     de (i) regular, (ii) monitorear y fiscalizar; (iii) requerir y aprobar estudios de             impacto social y ambiental, (iv) establecer un plan de contingencia y (v) mitigar      las actividades dentro de su jurisdicción que agraven o puedan agravar la             emergencia climática? 

    2.B. ¿Qué principios deben inspirar las acciones de mitigación, adaptación y        respuestas a las pérdidas y daños generados por la emergencia climática en las    comunidades afectadas?

Teniendo en cuenta el derecho al acceso a la información y las obligaciones sobre producción activa de información y transparencia, recogidas en el artículo 13 y derivadas de las obligaciones bajo los artículos 4.1 y 5.1 de la Convención Americana, a la luz de los artículos 5 y 6 del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú): 

1. ¿Cuál es el alcance que deben dar los Estados a sus obligaciones convencionales frente a la emergencia climática, en lo que refiere a: 

i) la información ambiental para que todas las personas y comunidades, incluida la vinculada a la emergencia climática;

ii) las medidas de mitigación y adaptación climática a ser adoptadas para atender la emergencia climática y los impactos de dichas medidas, incluyendo políticas específicas de transición justa para los grupos y personas particularmente vulnerables al calentamiento global; 

iii) las respuestas para prevenir, minimizar y abordar las pérdidas y daños económicos y no económicos asociados con los efectos adversos del cambio climático. 

iv) la producción de información y el acceso a información sobre los niveles de emisión de gases de efecto invernadero, contaminación de aire, deforestación y forzadores climáticos de vida corta, análisis sobre los sectores o actividades que contribuyen a las emisiones u otros; y 

v) la determinación de impactos sobre las personas, tales como, la movilidad humana -migración y desplazamiento forzado-, afectaciones a la salud y la vida, perdida de no económicas, etc.? 

2. ¿En qué medida el acceso a la información ambiental constituye un derecho cuya protección es necesaria para garantizar los derechos a la vida, la propiedad, la salud, la participación y el acceso a la justicia, entre otros derechos afectados negativamente por el cambio climático, en conformidad con las obligaciones estatales tuteladas bajo la Convención Americana?» 

Con relación a la situación de los niños/niñas en el hemisferio americano, Colombia y Chile formularon las dos siguientes preguntas:

«1. ¿Cuál es la naturaleza y el alcance de la obligación de un Estado Parte de adoptar medidas oportunas y efectivas frente a la emergencia climática para garantizar la protección de los derechos de los-las niños y niñas derivadas de sus obligaciones bajo los Artículos 1, 4, 5, 11 y 19 de la Convención Americana? 

2. ¿Cuál es la naturaleza y el alcance de la obligación de un Estado Parte de brindar a los niños y niñas los medios significativos y eficaces para expresar libre y plenamente sus opiniones, incluyendo la oportunidad de iniciar, o de otra manera participar, de cualquier procedimiento judicial o administrativo concerniente a la prevención del cambio climático que constituye una amenaza a sus vidas?»

Con relación a los defensores del ambiente, y a la crítica situación que muchos sufren por levantar la voz en defensa de la protección del ambiente, ambos Estados formularon las siguientes preguntas al juez interamericano:

«De conformidad con las obligaciones que se derivan de los artículos 1.1 y 2 de la Convención Americana y a la luz del artículo 9 del Acuerdo de Escazú: 

1. ¿Qué medidas y políticas deben adoptar los Estados a fin de facilitar la labor de personas defensoras del medio ambiente? 

2. ¿Qué consideraciones especificas deben tenerse en cuenta para garantizar el derecho a defender el medioambiente sano y el territorio de las mujeres defensoras de derechos humanos en el contexto de la emergencia climática? 

3. ¿Qué consideraciones especificas deben tenerse en cuenta para garantizar el derecho a defender el medioambiente sano y el territorio en virtud de factores interseccionales e impactos diferenciados, entre otros, sobre pueblos indígenas, comunidades campesinas y personas afrodescendientes ante la emergencia climática?

4. Frente a la emergencia climática, ¿qué información debe producir y publicar el Estado a fin de determinar la capacidad de investigar diversos delitos cometidos contra personas defensoras, entre otros, denuncias de amenazas, secuestros, homicidios, desplazamientos forzados, violencia de género, discriminación, etc.? 

5. ¿Cuáles son las medidas de debida diligencia que deben tener en cuenta los Estados para asegurar que los ataques y amenazas en contra de las personas defensoras del medio ambiente en el contexto de la emergencia climática no queden en la impunidad?»

De algunas de las observaciones remitidas a la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Como se puede observar, la formulación de estas y varias otras preguntas debió permitir al juez interamericano precisar el alcance de las obligaciones de los Estados en materia ambiental de cara a las obligaciones que derivan tanto de la Convención Americana sobre Derechos Humanos como del mismo Acuerdo de Escazú.

Con relación a este último instrumento, es de notar que desde el 5 de junio pasado (Día Internacional del Ambiente), el Acuerdo de Escazú registró la adhesión de Bahamas, con los cual son 18 Estados del hemisferio americano los que son Estados Partes al Acuerdo de Escazú (véase estado oficial de firmas y ratificaciones entre las que se contabilizan las de Chile y Colombia). Al respecto, nos permitimos remitir a nuestros estimables lectores a nuestra nota anterior (véase enlace), editada en junio del 2025, y titulada precisamente: «Acuerdo de Escazú: algunos apuntes con relación a la reciente adhesión por parte de Bahamas«.

De las distintas observaciones (opiniones jurídicas) recibidas por los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el marco de este procedimiento consultivo, resultan de particular interés las que fueron remitidas por el Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas (véase documento), así como por la REDESCA de la Organización de Estados Americanos / OEA (véase extenso  documento de 119 páginas). 

De interés más limitado resultan las observaciones enviadas por Costa Rica (véase documento) al provenir de un Poder Ejecutivo que se opone a la aprobación del Acuerdo de Escazú desde su entrada en funciones en el mes de mayo del 2022: nótese que lo remitido al juez interamericano por Costa Rica no incluye el criterio de entidades del Estado costarricense a cargo del cambio climático, del ambiente o de los derechos humanos, sino que remite a opiniones de las autoridades migratorias y autoridades a cargo de la niñez e incluyen las de su Poder Judicial. Resulta oportuno recordar que este último procedió a una interpretación totalmente inédita de una de las disposiciones del Acuerdo de Escazú para dificultar innecesariamente su trámite de aprobación, en marzo del 2020: remitimos al respecto a nuestros estimables lectores a la subsección «El caso de Costa Rica: un cielo cargado de nubarrones» de nuestra nota editada en abril del 2022, y titulada: «Acuerdo de Escazú. Breves apuntes sobre su primera COP (Conferencia de Estados Parte) y una ausencia notoria: Costa Rica (y Chile)». También remitimos a la subsección «La soledad de la Corte Plena y de la Sala Constitucional con relación a otros poderes judiciales en América Latina » contenida en esta nota publicada en el portal de la UCR en junio del 2022, titulada «La aprobación del Acuerdo de Escazú en Chile«.

El extraño texto compuesto enviado por Costa Rica puede ser comparado a las extensas obervaciones elaboradas por el aparato diplomático de Colombia (véase documento), así como por el de Chile (véase documento), o bien por el de México (véase documento). Además de Costa Rica, en América Central, envió sus observaciones El Salvador (véase documento): se trata de uno de los Estados que, al igual que Honduras, no ha tan siquiera firmado el Acuerdo de Escazú.

De las pocas entidades costarricenses que remitieron observaciones, podemos citar a la Universidad Nacional / UNA) (véase escueto documento).

La opinion consultiva en breve

El comunicado de prensa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de este 3 de junio del 2025 (véase texto) refiere a las principales conclusiones de la Corte, que se encuentran en la página 232 de la OC/32. 

Es de notar que en varios de los puntos resolutivos (véase texto completo, página 232), la jueza costarricense, la jueza chilena y el juez colombiano se apartaron del criterio de sus homólogos.

Es de indicar, antes de entrar a detallar parte de su contenido que, en vez de responder a cada una de las preguntas solicitadas por Chile y por Colombia, el juez interamericano procedió a una total «reformulación» (párrafo 28) con lo cual, las preguntas quedaron reducidas a la siguiente formulación:

«1. ¿Cuáles son y cuál es el alcance de las obligaciones de respeto, garantía y de adoptar las medidas necesarias para hacer efectivos (artículos 1.1 y 2 de la Convención Americana y artículos 1 y 2 del Protocolo de San Salvador) derechos sustantivos tales como el derecho a la vida y la salud (artículo 4.1 de la Convención Americana y artículo 10 del Protocolo de San Salvador), a la integridad personal (artículo 5.1 de la Convención Americana), la vida privada y familiar (artículos 11.2 y 17.1 de la Convención Americana y artículo 15 del Protocolo de San Salvador), la propiedad privada (artículo 21 de la Convención Americana), el derecho de circulación y residencia (artículo 22, de la Convención Americana), a la vivienda (artículo 26 de la Convención Americana), al agua (artículo 26 de la Convención Americana), a la alimentación (artículo 26 de la Convención Americana y 12 del Protocolo de San Salvador), al trabajo y la seguridad social (artículo 26 de la Convención Americana y artículos 6, 7 y 9 del Protocolo de San Salvador), a la cultura (artículo 26 de la Convención Americana y 14 del Protocolo de San Salvador), a la educación (artículo 26 de la Convención Americana y 13 del Protocolo de San Salvador), y a gozar de un ambiente sano (artículo 26 de la Convención Americana y 11 del Protocolo de San Salvador), frente a las afectaciones o amenazas generadas o exacerbadas por la emergencia climática?

2. ¿Cuáles son y cuál es el alcance de las obligaciones de respeto, garantía y de adoptar las medidas necesarias para hacer efectivos (artículos 1.1 y 2 de la Convención Americana y artículos 1 y 2 del Protocolo de San Salvador) derechos de procedimiento tales como el acceso a la información (artículo 13 de la Convención Americana), el derecho a la participación (artículo 23.1.a de la Convención Americana) y el acceso a la justicia (artículos 8.1 y 25 de la Convención Americana) frente a las afectaciones generadas o exacerbadas en el marco de la emergencia climática?

3. ¿Cuáles son y cuál es el alcance de las obligaciones de respeto, garantía y de adoptar las medidas necesarias para hacer efectivos sin discriminación (artículos 1.1 y 2 de la Convención Americana y artículos 1, 2 y 3 del Protocolo de San Salvador) los derechos de la niñez (artículo 19 de la Convención Americana y artículo 16 del Protocolo de San Salvador), las personas defensoras del ambiente, las mujeres, los pueblos indígenas, las comunidades afrodescendientes y campesinas, así como otros grupos poblacionales en situación de vulnerabilidad en el marco de la emergencia climática?«

Un lector familiarizado con las preguntas hechas por Colombia y Chile notará inmediatamente la ausencia de toda referencia al Acuerdo de Escazú en las preguntas «reformuladas«, lo cual debería poder ser explicado en algún momento al no serlo del todo en el texto de la opinión consultiva. 

Es de notar que al contestar a Colombia a una solicitud de opinión consultiva en el 2017 sobre daño ambiental transfronterizo y los derechos de las comunidades afectadas, la Corte Interamericana de Derechos Humanos no «reformuló» las preguntas colombianas, sino que más bien, fue mucho más allá de lo que le solicitaba expresamente Colombia: véase texto completo de la OC/23 (Nota 1).  

Con relación al cambio climático, la innovación jurisprudencial a la que procede la Corte en los párrafos 299-300 en su texto dado a conocer este 3 de julio merece mención (las negritas son nuestras):

«299El sistema climático hace parte de ese conjunto y, por ende, aunque está indefectiblemente ligado a otros componentes del ambiente, su protección debe ser entendida como un objetivo específico en el marco de la protección del ambiente. En efecto, la protección del sistema climático adquiere rasgos específicos y diferenciales en atención a las funciones que éste cumple a nivel global, a los elementos que lo componen y a las dinámicas necesarias para asegurar su equilibro. La Corte resalta, en ese sentido, que la afectación del sistema climático constituye una forma de daño ambiental que, aunque relacionada, puede y debe distinguirse de otras formas de daño ambiental como aquellas resultantes de la contaminación o de la afectación de la biodiversidad.

 300La distinción señalada adquiere particular relevancia en el contexto de la emergencia climática, habida cuenta de la urgencia, especificidad y complejidad de las acciones requeridas para proteger el sistema climático global. Ante esta situación, la Corte considera que el reconocimiento de un derecho humano a un clima sano como un derecho independiente —derivado del derecho a un ambiente sano— responde a la necesidad de dotar al orden jurídico interamericano de una base con entidad propia, que permita delimitar con claridad las obligaciones estatales específicas frente a la crisis climática y exigir su cumplimiento de manera autónoma respecto de otros deberes vinculados a la protección ambiental. Este reconocimiento, además, se alinea con la evolución del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho ambiental internacional, en la medida en que fortalece la protección de las personas frente a una de las amenazas más graves que enfrentan y seguirán enfrentando sus derechos en el futuro. La Corte entiende que un clima sano es aquel que se deriva de un sistema climático libre de interferencias antropogénicas peligrosas para los seres humanos y para la Naturaleza como un todo. Esto supone reconocer que, en condiciones funcionales y aún en ausencia de tales interferencias, el clima es variable y tal variabilidad entraña riesgos inherentes que pueden afectar la seguridad de los ecosistemas«.

«566En el mismo sentido, este Tribunal destaca la labor fundamental de las personas defensoras ambientales en el marco de la emergencia climática y, en consecuencia, reconoce la existencia de un “deber especial de protección” del Estado respecto de ellas. Este “deber especial de protección” derivado de las obligaciones de respeto y garantía del derecho a defender los derechos humanos impone al Estado los deberes de:

(i) reconocer, promover y garantizar los derechos de las personas defensoras, afirmando la relevancia de su papel en una sociedad democrática y procurando proveerles de los medios necesarios para que ejerzan adecuadamente su función. Esto conlleva la necesidad de abstenerse de imponer a las personas defensoras obstáculos que dificulten la efectiva realización de sus actividades, estigmatizarlas o cuestionar la legitimidad de su labor, hostigarlas o, de cualquier forma, propiciar, tolerar o consentir su estigmatización, persecución u hostigamiento;

(ii) garantizar un entorno seguro y propicio en el que las personas defensoras puedan actuar libremente, sin amenazas, restricciones o riesgos para su vida, para su integridad o para la labor que desarrollan. Lo anterior entraña la obligación reforzada de prevenir ataques, agresiones o intimidaciones en su contra, de mitigar los riesgos existentes, y de adoptar y proveer medidas de protección idóneas y efectivas ante tales situaciones de riesgo[2], y

(iii) investigar y, en su caso, sancionar los ataques, amenazas o intimidaciones que las personas defensoras puedan sufrir en el ejercicio de sus labores y, eventualmente, reparar los daños que podrían haberse ocasionado. Ello se traduce en un deber reforzado de debida diligencia en la investigación y el esclarecimiento de los hechos que les afecten, que en el caso de las mujeres defensoras repercute en una obligación doblemente reforzada de llevar adelante las investigaciones con debida diligencia, en virtud de su doble condición, de mujeres y de personas defensoras.

567.  A la postre, ese deber especial de protección impone a las autoridades, además de abstenerse de imponer límites o restricciones ilegítimas a la labor de las personas defensoras, una obligación reforzada de formular e implementar instrumentos de política pública adecuados, y de adoptar las disposiciones de derecho interno y las prácticas pertinentes para asegurar el ejercicio libre y seguro de las actividades de las personas defensoras de derechos humanos.

568Este Tribunal advierte que las personas defensoras de derechos ambientales corren un riesgo acentuado de sufrir violaciones a sus derechos en razón de las actividades que desempeñan en el marco de la emergencia climática. Este riesgo se manifiesta a través de la censura de los debates sobre el ambiente y el clima, la violencia en línea y en otros espacios, la represión de protestas y reuniones públicas, la detención arbitraria y acciones judiciales estratégicas contra la participación pública por parte de actores privados y autoridades públicas (conocidas como “SLAPP” por sus siglas en inglés)».

Este 3 de julio del 2025, los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos dieron a conocer su respuesta a Chile y a  Colombia, y en realidad a gran cantidad de Estados y de organizaciones que, en el hemisferio americano, observan los efectos devastadores causados por la inacción climática. 

En el caso de varias organizaciones de la sociedad civil, esta inacción se debe a sus mismas instituciones públicas: en muchos casos, estas organizaciones intentan, ante los tribunales nacionales de justicia, obtener decisiones en favor del ambiente y de las personas que lo defienden, y que se condene a sus autoridades por no querer tomar decisiones urgentes que derivan del cambio climático.

A partir de este 3 de julio, estas organizaciones cuentan con una opinión consutiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que les permitirá sin lugar a dudas confortar sus posiciones en la defensa del ambiente y en defensa de los derechos de las comunidades más impactadas por el cambio climático. 

Pese a una clara omisión con respecto a las disposiciones del Acuerdo de Escazú en las preguntas «reformuladas«,  y a referencias esporádicas al mismo en el texto, esta opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos debería permitir a los jueces nacionales reforzar sus decisiones desde el punto de vista jurídico. En cuanto a los Estados, cuentan desde esta fecha con una guía que puede servirles de base para elaborar políticas públicas mucho más acordes con la situación de emergencia climática, en particular para los Estados, como Costa Rica, que persisten en no aprobar el Acuerdo de Escazú, exhibiendo de paso su total inconsistencia en materia ambiental ante el mundo (Nota 2). 

–Notas–

Nota 1: Con relación a la OC 23 del 2017, véase: BOEGLIN N., «Mucho más que una respuesta a Colombia: a propósito de la Opinión Consultiva OC-23 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre ambiente y derechos humanos«, publicado en DebateGlobal (Colombia), 26 de febrero del 2018. Texto disponible aquí;  PEÑA CHACÓN M.«Desafíos y oportunidades de la Sala Constitucional de cara a la Opinión Consultiva de la Corte IDH sobre Medio Ambiente y Derechos Humanos», publicado en Derechoaldia (Costa Rica), 17 de febrero del 2018. Texto disponible aquí. Así como el programa Era Verde (Programa semanal del canal de televisión Canal 15, UCR), «Corte IDH nos jala el mecate en materia ambiental«, Emisión completa disponible en Youtube en este enlace.

Nota 2: El archivo por parte de la Asamblea Legislativa, el 1ero de febrero del 2023, del expediente legislativo sobre la aprobación del Acuerdo de Escazú (véase al respecto nuestra nota) ha dañado sustancialmente la imagen de Costa Rica en el exterior: fueron varios los titulares en la prensa internacional de febrero del 2023 haciendo ver la incongruencia de Costa Rica en materia ambiental (véase por ejemplo este artículo publicado en El Mundo (España) titulado «Costa Rica resta puntos como ´país verde´ «; o bien esta nota de France24 titulada «Costa Rica, promotor del Acuerdo de Escazú sobre medioambiente, lo deja morir«; o esta nota publicada en GoodPlanet Mag titulada «Le Costa Rica fait passer à  la trappe un traité de défense de l environnement«; o este cable de la agencia  internacional AFP replicado en El Observador de Uruguay empleando la palabra «retroceso«).  De factura más reciente este artículo titulado «Lauded as Green Model, Costa Rica Faces Unrest in Its Forests» publicado desde la Universidad de Yale en Estados Unidos detalla esta y otras inconsistencias de Costa Rica en materia ambiental. Desde Naciones Unidas, el mismo Relator Independiente sobre Derechos Humanos y Ambiente no tardó en hacer ver su profundo malestar con esta decisión de la Asamblea Legislativa  de Costa Rica de archivar este expediente legislativo (véase nota publicada en el medio digital costarricense Delfino.cr). Tal y como se indicaba en una nota publicada por el Semanario Universidad en la misma fecha del 1ero de febrero, al no aprobar el Acuerdo de Escazú: «Costa Rica está perdiendo toda credibilidad internacional, al estar dándole la espalda a dos pilares tradicionales de su política exterior, como lo son derechos humanos y ambiente«.

Guatemala: energías renovables que cambian vidas en las comunidades rurales

En su episodio más reciente, la radiorevista AgroEnlace presenta el Proyecto “Energía Rural”, impulsado por el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA) con apoyo del programa ARAUCLIMA de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y cómo su implementación ha transformado la vida de familias en condiciones de alta vulnerabilidad mediante el uso de tecnologías renovables y eficientes, adaptadas a las necesidades locales.

Desarrollado entre 2022 y 2024 en Guatemala, Costa Rica, Bolivia y Colombia, el proyecto ejecutó 32 iniciativas demostrativas en eficiencia energética y energías limpias, específicamente energía solar, en conjunto con organizaciones de base comunal. En Guatemala, particularmente, se ejecutó con el acompañamiento de ASORECH y ASEDECHI, organizaciones comunitarias con amplia trayectoria.

Las tecnologías instaladas fueron aplicadas a múltiples usos: secado de granos, procesamiento de productos con molinos eléctricos, abastecimiento de agua con bombas de energía solar, riego con goteo, iluminación domiciliar, estufas eficientes y sistemas conectados a la red eléctrica. Todo esto con la participación de asociaciones mixtas, organizaciones de mujeres, cooperativas agrícolas, comités de agua y Centros de Aprendizaje para el Desarrollo Rural (CADER) de las zonas de Chiquimula y Quezaltepeque.

El impacto del proyecto se evidencia en los testimonios de quienes han incorporado estas soluciones en su vida cotidiana:

  • Franklin Michos, productor de la cooperativa CASVACHI en Chiquimula, explicó cómo el bombeo solar, sin requerir el uso de bombas de combustible, permitió producir forraje y ensilar maíz, incluso en la época más seca, aumentando el rendimiento agrícola de la cooperativa de 10 a 30 toneladas por manzana y generando un ahorro mensual de casi mil quetzales, equivalentes a 65.700 colones.

  • Francisca Cruz, agricultora del CADER de Chiramay, relató cómo la instalación de un pozo artesanal impulsado por una bomba sumergible potenciada con energía solar les permite obtener agua de forma más sencilla, para regar las hortalizas y contar con agua para otras necesidades cotidianas. “Ya no jalamos el agua de lejos… ahora tenemos un buen cambio para poder nosotros estar felices con todo el beneficio que tenemos del proyecto”, afirmó.

  • Walter Nehemías Julián Méndez, gerente de la Cooperativa Agrícola Integral Cafetales R.L., detalló cómo la instalación de 5 paneles solares conectados a la red eléctrica de la cooperativa les permitió estabilizar el servicio eléctrico de su planta empacadora y reducir costos en más de 800 quetzales mensuales, equivalentes a 52.500 colones.

  • René Agustín, tesorero del Comité de Preconstrucción, Operación y Mantenimiento de Agua Potable en Ipala, explicó que los paneles solares solucionaron los problemas de voltaje que dejaban las bombas sin funcionar, garantizando ahora un abastecimiento constante y un ahorro económico considerable.

  • En el caso de la Asociación de Mujeres Olopenses (AMO), compuesta por más de 370 socias, la instalación de sistemas de iluminación solar en hogares de mujeres que nunca habían tenido electricidad representó un cambio radical. “Ya no íbamos a estar en lo oscuro”, relataron Mirna Leyva y Olga Romero, destacando también el valor de las capacitaciones en mantenimiento que acompañaron la instalación.

El IICA destacó que este tipo de experiencias demuestran que las comunidades rurales pueden ser protagonistas en la innovación agrícola y energética, para enfrentar en mejores condiciones la variabilidad climática. Por esta razón, actualmente la institución gestiona nuevos fondos con actores cooperantes para ampliar el alcance del proyecto y beneficiar a más personas en zonas aún no cubiertas.

Si desea escuchar el programa completo, puede visitar el siguiente enlace: https://n9.cl/78qlt. Asimismo, si gusta leer la versión escrita del episodio, puede acceder al siguiente enlace: https://n9.cl/56c3g

Fotos: Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA).

Avance del mar en Puerto Viejo elimina franja pública costera

Fuente: Observatorio de Bienes Comunes UCR

Durante más de cuarenta años los mojones situados en Puerto Viejo señalaron los 50 metros de zona pública que la Ley 6043 declara inalienables y libres de construcciones. Hoy el mar ya los alcanzó: la franja costera de uso común ha desaparecido y el oleaje golpea directamente edificaciones, puentes y la vía principal.

El monitoreo comunitario realizado por Philippe Vangoidsenhoven —compuesto por registros fotográficos, observación directa y denuncias dirigidas a las instituciones— muestra:

  • Construcciones en riesgo – Frente a la discoteca Stanford y en Beach Break (Cocles) el agua invade la parte urbana; para proteger la carretera se colocaron rocas de gran tamaño. En Salsa Brava, sacos de arena intentan frenar el oleaje que socava la base del edificio.

  • Permisos sobre arena – Se siguen otorgando licencias “pegadas” a los mojones aun cuando estos ya no reflejan la línea de pleamar ordinaria. Funcionarios reconocen que mover los hitos implicaría declarar ilegales muchas edificaciones existentes, por lo que continúan utilizándolos.

  • Proyecto en debate – El propuesto Parque Lineal del Arte y la Cultura plantea infraestructura fija en zonas que el mar ya reclamó, sin abordar la pérdida de la franja pública ni el riesgo climático.

  • Dimensión legal y climática – La Ley 6043 prohíbe construir en los primeros 50 metros; no obstante, el nivel medio del mar en el Caribe Sur sube unos 2,4 mm al año, acelerando la erosión y la salinización del terreno.

El Observatorio señala que persistir en mediciones obsoletas normaliza la ocupación privada de un espacio que pertenece a toda la sociedad y agudiza la vulnerabilidad de las comunidades costeras. Reconoce, además, la necesidad de actualizar los límites de la Zona Marítimo-Terrestre, fortalecer el monitoreo ciudadano y priorizar la justicia territorial frente al cambio climático.

Producción del Observatorio de Bienes Comunes de la UCR
Invitamos a visitar la publicación original para consultar la información completa:
https://bienescomunes.fcs.ucr.ac.cr/el-mar-que-avanza-puerto-viejo-pierde-su-zona-publica-costera/

Costa Rica en el contexto geopolítico actual

Por JoseSo
Analista Político

Costa Rica, como democracia centenaria y país sin ejército, ocupa una posición única en América Latina. Su tradición pacifista, su neutralidad permanente y su histórico rol como mediador en conflictos regionales le otorgan un perfil estratégico diferenciado. Sin embargo, en un escenario global marcado por la competencia entre EE.UU. y China, la crisis climática, la inestabilidad en Centroamérica y la erosión democrática en la región, el país enfrenta el desafío de equilibrar sus principios con sus intereses económicos y de seguridad.

Neutralidad permanente y soft power: un activo estratégico

La neutralidad costarricense, declarada en 1983 por el expresidente y benemérito de la patria Luis Alberto Monge, ha sido un pilar de su política exterior. Esta postura le ha permitido actuar como mediador en conflictos regionales, como ocurrió con el Plan de Paz que le valió el Nobel a Óscar Arias en los años 80.

La neutralidad no solo refuerza la imagen internacional de Costa Rica como defensor de los derechos humanos, el desarme y la democracia, sino que también mitiga riesgos geopolíticos al evitar alineamientos explícitos con bloques antagónicos, especialmente en un contexto de tensiones entre EE.UU., China y Rusia.

El país debería institucionalizar su rol como facilitador de diálogos en crisis como las de Nicaragua, Venezuela o Haití, promoviendo foros multilaterales bajo el paraguas de la ONU o la OEA.

Relación con EE.UU.: dependencia comercial y presiones geopolíticas

Costa Rica depende económicamente de EE.UU., su principal socio comercial y fuente de inversión. Sin embargo, debe evitar un alineamiento automático con Washington en temas controvertidos, como las sanciones a Venezuela o Nicaragua, para no polarizar su política exterior y afectar sus relaciones con otros actores clave, como China o la Unión Europea.

Es crucial mantener el TLC con EE.UU., pero también aprovechar coyunturas —como la política arancelaria agresiva de Donald Trump— para renegociar términos que protejan al productor nacional y fomenten una economía más circular, sin depender exclusivamente de regímenes especiales como las Zonas Francas. Paralelamente, el país debe diversificar mercados, fortaleciendo lazos con la UE y Asia-Pacífico.

Además, Costa Rica debe buscar mayor asistencia estadounidense en seguridad cibernética y combate al narcotráfico, pero sin comprometer su neutralidad. También es clave exigir reciprocidad en temas migratorios y ambientales, como fondos para adaptación climática.

China: oportunidad económica vs. presión estadounidense

Preocupa que la actual administración evalúe retroceder en un tema ya superado: un posible restablecimiento de relaciones con Taiwán, seguramente por eventual presión del gobierno de Trump. Sería un error estratégico, pues implicaría darle la espalda a la mayor potencia económica emergente en un escenario geopolítico multipolar.

China es un socio comercial clave, con inversiones en infraestructura y tecnología, lo que hace inevitable la presión de EE.UU. para limitar su influencia en la región. Costa Rica ya rompió relaciones con Taiwán en 2007, y la lección aprendida debe ser evitar endeudamientos insostenibles y no caer en la trampa de deuda.

Mantener relaciones comerciales con China es deseable, pero con transparencia y evitando megaproyectos con altos costos o compromisos políticos. Además, es estratégico fortalecer alianzas con otros actores, como la UE, Corea del Sur o Japón, para equilibrar influencias.

La crisis centroamericana: migración, autoritarismos y narcotráfico

La inestabilidad en Nicaragua, El Salvador y Honduras amenaza la seguridad regional. Costa Rica debe fortalecer su diplomacia preventiva, promoviendo derechos humanos sin confrontación directa y evitando sanciones unilaterales que cierren espacios de diálogo.

Una agenda regional de desarrollo —como reactivar el SICA con enfoque en empleo y clima— es urgente. También es vital trabajar con EE.UU. y la UE para abordar las causas estructurales de la migración, no solo el control fronterizo.

Cambio climático y economía verde: liderazgo global

Costa Rica es un referente en sostenibilidad (carbono neutralidad, energías renovables). Por eso debe posicionarse como voz del Sur Global en financiamiento climático y atraer inversión verde (hidrógeno, ecoturismo, tecnología limpia).

Así como en el pasado, debe presionar a las potencias para que cumplan acuerdos ambientales, como el fondo de pérdidas y daños.

Hacia una «neutralidad activa»

Costa Rica debe adoptar una «neutralidad activa«, que incluya:

Ser un mediador confiable, aprovechando su prestigio pacifista.

Diversificar sus socios comerciales, sin depender excesivamente de EE.UU. o China.

Defender la democracia y el clima con diplomacia propositiva, no confrontativa.

Esto debe ir acompañado de políticas públicas que fortalezcan la seguridad ciudadana (no militar), mejorando la ciberdefensa, la policía fronteriza y la cooperación internacional contra el narcotráfico, un flagelo que ha dañado el prestigio del país como destino turístico en la era postpandemia.

Finalmente, es clave retomar la inversión en educación formal y técnica para cerrar brechas sociales y reducir la inequidad que empuja a muchos jóvenes hacia actividades delictivas y, al mismo tiempo, mantiene nuestra competitividad como destino de inversión.

Esta estrategia permitirá a Costa Rica proteger su soberanía, maximizar su influencia moral y asegurar su desarrollo en un mundo cada vez más inestable.

Cambio Climático y Límites Planetarios: ¿por qué las soluciones propuestas no bastan y qué sí podría funcionar?

Por Allan Astorga / pressenza

En un momento en que el planeta se acerca a límites peligrosos, el lenguaje ambiental dominante parece volverse cada vez más suave. Ya no se habla de colapso, sino de “riesgo”. Ya no se advierte sobre puntos de no retorno, sino de “zonas de presión”. Esta tendencia a suavizar el discurso científico, aunque entendible en contextos diplomáticos o de comunicación política, puede tener consecuencias muy graves. Hablar claro no es pesimismo: es una forma de responsabilidad.

Los límites planetarios: marco y advertencia

El concepto de límites planetarios fue propuesto en 2009 por el “Stockholm Resilience Centre” como una forma de definir el espacio operativo seguro para la humanidad. Se identificaron nueve procesos clave del sistema Tierra que no deberían ser alterados más allá de ciertos umbrales, para evitar cambios catastróficos y en muchos casos irreversibles en el tiempo humano. Subrayo esto, dado que en tiempo geológico esos límites, algunos casos se alteraron de forma tan crítica que provocaron extensiones masivas de especies, no obstante, con el paso del tiempo geológico (cientos de miles o millones de años), el sistema nuevamente se estabilizó, lo cual permitió el florecimiento de la vida.

El marco de límites planetarios ha evolucionado con el tiempo. Licenciado bajo la licencia CC BY-NC-ND 3.0 (Crédito: Azote para el Centro de Resiliencia de Estocolmo, Universidad de Estocolmo. Basado en Richardson et al. 2023, Steffen et al. 2015, y Rockström et al. 2009). Fuente: https://www.stockholmresilience.org/research/planetary-boundaries.html 

Estos nueve límites incluyen el cambio climático, la integridad de la biosfera (biodiversidad), los ciclos del nitrógeno y fósforo, el uso de agua dulce, el cambio de uso del suelo, la acidificación del océano, la capa de ozono, la carga atmosférica de aerosoles y la introducción de nuevas entidades como plásticos o químicos sintéticos.
Hoy, según la última revisión científica, al menos seis de estos nueve límites ya han sido sobrepasados, con uno más a muy cerca de pasar el umbral. Esto significa que el sistema planetario está funcionando fuera de condiciones seguras, lo cual aumenta enormemente la probabilidad de colapsos ecosistémicos y perturbaciones socioeconómicas a gran escala.

El océano: un amortiguador que empieza a fallar

Durante décadas, el océano ha actuado como un aliado invisible. Absorbe aproximadamente el 90% del exceso de calor generado por los gases de efecto invernadero y más del 30% del CO₂ emitido por las actividades humanas. Sin esta capacidad amortiguadora, el calentamiento global ya habría desencadenado transformaciones climáticas aún más extremas.

Sin embargo, esta función tiene un límite. La acidificación oceánica es uno de los signos más claros de que ese límite está cerca. A medida que el océano absorbe CO₂, disminuye su pH (se hace más ácido) y su capacidad de sostener la vida marina.

La saturación de aragonito, esencial para la construcción de los esqueletos de los moluscos, corales y otros organismos calcificadores, se ha reducido a niveles preocupantes. El umbral planetario para este proceso está a punto de ser cruzado.

Además, hay señales de pérdida de oxígeno y alteraciones en la circulación termohalina (como la AMOC en el Atlántico Norte), lo que puede desestabilizar los patrones climáticos globales.

El AMOC (“Atlantic Meridional Overturning Circulation”), es un componente crucial del sistema de circulación oceánica global. Desempeña un papel fundamental en la regulación del clima del planeta, especialmente en el Atlántico Norte. El AMOC transporta aguas cálidas desde los trópicos hacia el norte del Atlántico, donde se enfrían, se vuelven más densas y se hunden, formando un bucle que ayuda a mantener el clima templado en Europa y América del Norte.

Cambios en el AMOC pueden tener impactos significativos en el clima. Un debilitamiento o colapso del AMOC podría alterar patrones climáticos, causando inviernos más fríos en Europa, cambios en la distribución de las lluvias en África y América, y afectar los ecosistemas marinos.

A todo esto, se suma la sobrepesca y la contaminación, que agravan la situación. El océano, que había sido un amortiguador, podría convertirse en un amplificador del cambio climático.

Soluciones que no alcanzan

A pesar de la abundancia de evidencia científica, las soluciones predominantes en el debate ambiental global siguen siendo parciales y limitadas en su alcance. Acciones como cambiar la dieta, reducir el consumo de energía, proteger áreas silvestres, dejar de quemar hidrocarburos y gestionar mejor los recursos hídricos son pasos positivos y necesarios. Sin embargo, resultan claramente insuficientes frente a la magnitud de los desafíos actuales. Estas medidas no enfrentan problemas estructurales fundamentales, como el desorden territorial, la expansión urbana mal planificada ni el modelo económico basado en la extracción y explotación de recursos. Tampoco abordan con eficacia la gestión del riesgo climático, que requiere estrategias integrales y de largo plazo.

Además, existe una desconexión significativa entre el diagnóstico científico y la estrategia política. Muchos países del Sur global carecen de los recursos financieros, tecnológicos y institucionales necesarios para transitar rápidamente hacia un sistema energético basado en energías limpias y renovables. La realidad es que los hidrocarburos seguirán siendo una parte integral del sistema energético mundial durante al menos dos o tres décadas más. Ignorar esta situación o pretender una transición rápida sin reconocer sus implicaciones configura discursos vacíos que no reflejan la complejidad del escenario.

Es imprescindible desarrollar y promover alternativas que reconozcan esta realidad y propongan soluciones realistas y justificadas. Esto incluye diseñar mecanismos de compensación y transición justa, fomentar inversiones en tecnologías emergentes, apoyar la capacitación y el desarrollo de capacidades locales, y construir políticas que permitan una transición gradual y coherente con las condiciones sociales, económicas y medioambientales de cada país. Solo así podremos avanzar hacia un modelo de desarrollo más sostenible, inclusivo y resiliente, que no deje a ninguna comunidad atrás en este proceso de transformación global.

Una propuesta viable: el Sistema Salveterra

El Sistema Salveterra® propone una solución estructural, escalable y fundamentada en la ciencia para abordar los desafíos ambientales y sociales actuales. Su enfoque principal es la planificación territorial precisa, denominada terrazonificación, que consiste en identificar con claridad las zonas destinadas a diferentes usos, con base en criterios ecológicos, geológicos y sociales. Esta metodología determina, con visión planetaria, qué áreas deben ser restauradas, cuáles pueden ser utilizadas para producción regenerativa y cuáles deben conservarse debido a riesgos ecológicos o geológicos, promoviendo así una gestión territorial equilibrada y sostenible.

El sistema incorpora el uso de inteligencia artificial para acelerar y optimizar el proceso de análisis y toma de decisiones, permitiendo que estas sean informadas y precisas a escala local. Esto facilita una planificación territorial más efectiva y adaptable a las condiciones específicas de cada región, asegurando que las intervenciones sean coherentes y sostenibles.

Además, el Sistema Salveterra® propone un modelo económico regenerativo que involucra a millones de personas en actividades de restauración ecológica. Estima que, por cada diez hectáreas restauradas, puede generarse un empleo rural formal, promoviendo así el desarrollo económico local en comunidades vulnerables. Este enfoque no solo contribuye a la captura de carbono y a la recuperación de la biodiversidad, sino que también ayuda a frenar la migración forzada, especialmente en regiones donde los efectos del cambio climático, la degradación ambiental y la falta de oportunidades agravan las condiciones de pobreza y desplazamiento.

En conjunto, el Sistema Salveterra® busca consolidar un modelo de desarrollo que armonice la conservación del entorno natural con la generación de empleo y bienestar social, promoviendo la resiliencia ecológica y económica a largo plazo en distintas comunidades y territorios.

El efecto acumulativo: lo que nos acerca al colapso

Cada límite planetario que se transgrede no actúa de manera aislada; en realidad, debilita el sistema global en su conjunto. Los nueve procesos que conforman los límites planetarios están profundamente interconectados, formando una red compleja donde la perturbación en uno puede desencadenar efectos en otros. Cuando múltiples límites se cruzan simultáneamente, el efecto acumulativo puede empujar al sistema Tierra hacia una nueva fase, caracterizada por un clima más cálido, mayor inestabilidad y unas condiciones mucho más inhóspitas para la vida tal como la conocemos.

El concepto de punto de no retorno global e integral no es solo una metáfora: representa una posibilidad concreta y peligrosa. La irreversibilidad de ciertos procesos ambientales puede desencadenar un ciclo de retroalimentación que acelere el deterioro planetario. Por ejemplo, si los bosques tropicales colapsan, su capacidad de absorber CO₂ se reduce drásticamente, acelerando el cambio climático. La pérdida de los permafrost en las regiones polares, por su parte, implica la liberación masiva de metano, un gas de efecto invernadero mucho más potente que el dióxido de carbono. La posible debilidad de la circulación oceánica de Atlántico, conocida como AMOC, alteraría los patrones de lluvia en vastas regiones, afectando los sistemas agrícolas y la seguridad alimentaria global.

Todo este entramado de procesos está interrelacionado y, en conjunto, incrementa la vulnerabilidad del sistema Tierra. La acumulación de impactos y la pérdida de resiliencia pueden desencadenar un punto de inflexión donde evitar un cambio irreversible se vuelva cada vez más difícil, poniendo en riesgo la habitabilidad futura del planeta o, de grandes territorios de este. Por eso, entender y actuar sobre estos límites es crucial para prevenir un colapso ambiental que afectaría a toda la humanidad y a todas las especies con las que compartimos la Tierra.

Actuar desde lo local hacia lo global

La única manera de prevenir un posible colapso ambiental es comenzar a actuar desde los territorios más cercanos a nuestra realidad cotidiana. Es desde los municipios, cantones y provincias (gobiernos locales) donde se toman decisiones fundamentales acerca del uso del suelo, la gestión del agua, el consumo de energía y la gestión de residuos. Estas decisiones tienen un impacto directo en la salud del ecosistema global, ya que los cambios a nivel local pueden generar efectos acumulativos y positivos a gran escala.

El Sistema Salveterra® ofrece una herramienta concreta y efectiva para facilitar esta acción descentralizada, combinando una visión global con estrategias de intervención a nivel local. Al proporcionar mapas de zonificación precisa, tecnologías de inteligencia artificial y modelos regenerativos, permite a las comunidades diseñar y ejecutar planes de restauración y desarrollo territorial sostenibles, con impacto positivo en el clima, la biodiversidad y el bienestar social.

Iniciativas de esta naturaleza refuerzan la necesidad de una gobernanza ambiental que empodere a las comunidades y municipios, promoviendo una gestión responsable de los recursos y un desarrollo territorial que respete los límites ecológicos. Solo así, con acciones decididas y coordinadas desde lo local, podremos construir un futuro más sostenible y resiliente a nivel global.

Hablar claro: una forma de cuidado

Evitar un lenguaje claro por miedo a incomodar es hoy una verdadera irresponsabilidad. Cuando la ciencia no comunica con precisión y sencillez, otros llenan ese vacío con negacionismo, desinformación y discursos peligrosos que dificultan la acción colectiva. La claridad en la comunicación no busca alarmar, sino ofrecer información veraz y comprensible que permita a las personas tomar decisiones fundamentadas y actuar con urgencia.

Hablar claro es, en sí mismo, una forma de cuidado hacia las comunidades y el planeta. Es promover una cultura de conciencia y responsabilidad, en la que cada uno pueda entender los desafíos y las respuestas posibles. También lo es proponer soluciones concretas y accesibles, como el Sistema Salvetierra®, que combina ciencia, tecnología y gestión territorial para facilitar acciones positivas y efectivas.

En un contexto de crisis global ambiental, la transparencia y la sencillez en la comunicación son herramientas imprescindibles para movilizar a la sociedad, construir consenso y generar un cambio real y duradero. Solo a través de un diálogo claro y honesto podremos avanzar hacia una ciudadanía informada y comprometida con el cuidado del planeta.

 

(*) Dr. Allan Astorga Gättgens (09 junio del 2025) con interacción con CHATGPT y Chatbot App. Fuente: pressenza

(Imagen de salvaterra.info)

Colectivo CONCEVERDE agradece presentación de proyecto de ley que busca proteger zona de recarga hídrica en Heredia

El colectivo CONCEVERDE expresó su agradecimiento al diputado Jonathan Acuña por haber acogido su solicitud de presentar el proyecto de ley 25016, el cual busca transformar en ley el decreto ejecutivo 39259-MINAE.

Este decreto, firmado en Concepción de San Rafael de Heredia el 15 de octubre de 2015, anexó más de 2300 hectáreas de terreno de la zona inalienable establecida por la ley 65 de 1888 al Parque Nacional Braulio Carrillo.

Imagen 1. Mapa de la ampliación propuesta del Parque Nacional Braulio Carrillo, se señala el área anexa mediante el decreto 39259-MINAE. Fuente: Tomado: https://www.facebook.com/photo?fbid=664059306620025&set=a.105237009168927

CONCEVERDE considera que la aprobación de esta propuesta legislativa contribuiría no solo a garantizar la protección de fuentes de agua fundamentales, sino también al fortalecimiento de las acciones nacionales frente a la crisis climática.

Puede leer el proyecto de ley completo en este enlace: https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/06/Proyecto-ampliacion-Braulio-Carrillo.pdf

Los acontecimientos y cambios en el primer cuarto del siglo XXI

German Masís

Había pensado escribir, como un cronista más de la historia, sobre los acontecimientos más importantes del primer cuarto del siglo XXI, entre los que estaban los avances tecnológicos, los cambios políticos, las modificaciones en la hegemonía económica mundial y las pandemias, tratando de establecer cuáles han sido los acontecimientos más determinantes y relevantes en las sociedades actuales y en la vida de las personas.

Comencé identificando los avances tecnológicos en el mundo, como el acceso extendido de internet a casi todo el mundo, la generalización del uso de los teléfonos móviles, el desarrollo de equipos como los smartphones, el surgimiento de las redes sociales y de la inteligencia artificial y haber descifrado el genoma humano.

Luego pasé a valorar los cambios políticos de mayor repercusión como las primaveras árabes y la caída de algunos gobernantes en los países del norte de África, el brexit en Inglaterra que rompió la Unión Europea, la elección de Putin como presidente de Rusia, el movimiento de los chalecos amarillos en Francia, la elección del primer Presidente negro en Estados Unidos, el surgimiento de gobiernos progresistas en los países de América del Sur y la creación de UNASUR, la difusión de atentados terroristas en varios países occidentales, que incluye los atentados a las torres gemelas en Nueva York, el ascenso de Trump en Estados Unidos y la invasión de Ucrania por Rusia.

También puse atención a algunos acontecimientos, como la disolución de la ETA, las guerras de Irak y Afganistán, a los atentados terroristas en varios países europeos, que incluye los atentados en las torres gemelas en Nueva York, en Inglaterra, en Francia y en España y la preocupación mundial por el terrorismo y la violencia, la invasión de Ucrania por Rusia y la de Israel a los territorios palestinos.

A nivel económico, acontecimientos destacados como el auge de la economía global, la consolidación de China como segunda potencia económica global y su expansión a otros continentes, el surgimiento de la Economía del conocimiento y el predominio de las empresas tecnológicas, la relocalización del capital y su incursión plena en países asiáticos y latinoamericanos y el auge de las grandes corporaciones comerciales y del consumismo, el surgimiento y consolidación del bloque económico de los BRICS, la crisis financiera e inmobiliaria del 2007 y el boom de los tratados de libre comercio impulsado por Estados Unidos.

En el campo ambiental, hechos como el tsunami del Océano Indico, el huracán Katrina y otros huracanes de gran impacto, el impulso de las energías alternativas, la afirmación del calentamiento global y del cambio climático como fenómeno global y en el ámbito de la salud, la pandemia de gripe A1N1 en el 2009 y la del covid-19, la más letal en 100 años.

Por su parte en los deportes, los mundiales de futbol en los continentes africano y asiáticos, de Sudáfrica del 2010 y el de Qatar 2022, abrieron esta competencia a otros continentes, mientras los juegos Olímpicos de Sídney del 2000 y de Río de Janeiro en 2016, llegaron a Australia y Sudamérica, después de muchos intentos.

Quizá ya hemos olvidado los acontecimientos de este cuarto de siglo, pero lo que no podríamos olvidar son las consecuencias de algunos de ellos y el impacto que tuvieron en la vida del país y en nuestras propias vidas.

Probablemente siempre recordaremos la llegada de los teléfonos móviles, de internet y de las redes sociales, el ascenso al poder de Barak Obama y de Lula Da Silva, pero aún más impactante la caída de las torres gemelas en el 2001.

También impactante la crisis económica internacional del 2007 y el Tratado de Libre comercio con Estados Unidos, Canadá, México, los países de Centro América y República Dominicana, que conmocionó y dividió al país en el Referéndum.

El cambio climático ha sido una realidad con sus efectos y desastres por huracanes y los cambios en la temperatura y el clima y en salud, sin duda la pandemia del Covid-19, que puso en emergencia al sistema de salud y restricciones a la población por casi 2 años.

En tanto el mundial de futbol del 2014, marcó una verdadera hazaña para la selección nacional con sus triunfos épicos contra Italia y Uruguay, quedando en el primer lugar del grupo y luego en la siguiente ronda contra Grecia.

Sin embargo, lo realmente importante es establecer cuáles acontecimientos han generado transformaciones que han trascendido y que han cambiado el rumbo del mundo y que son las que explican la realidad actual de los países.

En ese sentido, las tecnologías de la información y de la comunicación, no solo han cambiado las formas de informarse y comunicarse, sino también las relaciones sociales y la veracidad de la información y han generado una brecha tecnológica que no ha sido superada.

Los cambios políticos en el mundo no siempre han sido para el bienestar de la población, si no para llevar al poder a líderes populistas y autoritarios con el apoyo del voto de un segmento pequeño de la población, decepcionado de los partidos y la política tradicional, que apuesta a un cambio que resulta riesgoso e incierto.

Mientras las guerras de este siglo, como las de Irak y Afganistán, Yemen, Sudán, Etiopía, El Congo, Siria, Israel con Irán, Líbano y Palestina y la de Rusia con Ucrania, nos han recordado que éste ha sido el período de mayor cantidad de guerras desde la II guerra mundial y que la paz no ha tenido espacio en este siglo, más allá del terrorismo que ha sido una expresión más de ese estado de guerra permanente en el mundo.

A nivel económico, el predominio de la economía de mercado, de la empresa corporativa multinacional y de la inversión extranjera en un mundo de negocios y finanzas globalizadas, se debate en la actualidad frente al cuestionamiento del libre comercio y la imposición de barreras arancelarias al comercio por parte del otrora promotor de estas estrategias económicas: Estados Unidos; es la globalización y la desglobalización en apenas un cuarto de siglo.

Los acontecimientos y cambios del siglo XXI nos han dejado inmersos en un mundo capitalista más desigual, dominado por el 1% de la población, los ricos y superricos, frente al 99% que se debate en la pobreza y la exclusión. Así mismo, nos han dejado democracias representativas, cada vez más débiles, en ciudades polarizadas, acechadas por el narcotráfico y el crimen organizado y el deterioro de los derechos humanos, dentro de una sociedad líquida, caracterizada por “su estado fluido y volátil, en la que predomina la incertidumbre por la vertiginosa rapidez de los cambios que ha debilitado los vínculos humanos”, según la concepción del maestro Zygmunt Bauman. (2003).