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Etiqueta: CCSS

Tigre de papel: “Yo no me le meto a Pilar Cisneros”

José Luis Valverde Morales.

José Luis Valverde Morales

Hace unos meses un grupo de personas “aclamaron” hasta sacarle lágrimas de emoción a Marta Esquivel, presidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social.

Otras huestes hostigaron a periodistas de televisión, a quienes les cobraban supuestamente desinformar respecto al mejor gobierno en la historia de la humanidad.

Vasos comunicantes.

El Colegio de Periodistas y Profesionales de la Comunicación, se dio a la tarea de analizar más de 60 videos y encontró vasos comunicantes de esas huestes con al menos tres diputados de gobierno.

En ningún momento Yanancy Noguera, presidenta de los comunicadores, afirmó tener pruebas contundentes de órdenes expresas de esos legisladores, simplemente denotó sospechosas afinidades.

Miedo al tren.

Rodrigo Chaves Robles, afirmó la presidenta del COLPER “se le metió al tren”, simplemente porque la jefa de la bancada oficialista Pilar Cisneros Gallo, se dio por aludida.

“¡Yo no me le meto a Pilar!” acotó el Presidente en la reunión de los miércoles, con compadres hablados de preguntas comodonas, elevando a la categoría de intocable a una simple mortal.

¿A cuántos más no se le atravesará quien ilusionó a su feligresía diciendo se comería todas las broncas?

De momento, como anunció a viva voz, no se le ha metido a los pensionados de lujo.

Tampoco, ha podido cerrar el periódico La Nación, Telenoticias o CRHoy.

¿Estaremos ante la figura del tigre de papel?

Defensoría investiga seguimiento médico a personas con crisis de salud mental

Determinar cuál es el seguimiento a nivel de la Caja Costarricense del Seguro Social que ofrece a las personas que han presentado una crisis de salud mental y que, por tal circunstancia, requirieron de internamiento en los hospitales Nacional de Salud Mental, el Calderón Guardia, el Chacón Paut y/o Tony Facio, hizo que la Defensoría de los Habitantes iniciara una investigación de oficio.

Se trata de personas que ya han presentado una crisis en su salud mental que puede implicar la persistencia de los ataques de ansiedad o pánico, las autolesiones o intentos de suicidio.

Durante el periodo de internamiento, estas personas reciben una atención constante, tanto por psiquiatras, como psicólogos o trabajadores sociales, según corresponda. No obstante, una vez egresadas de los servicios hospitalarios, deben esperar determinado plazo de tiempo para contar con una atención médica y psicológica adecuada, que podría implicar entre seis meses o más. En ocasiones, la alternativa que tienen es regresar a las salas de emergencias y volver a ser internadas o recibir en emergencia, la atención psiquiátrica que requieren.

Preocupa a la Defensoría que las personas con enfermedades de salud mental deben lidiar con una sociedad que los estigmatiza y discrimina, por lo que estas situaciones les impacta la vida familiar y su actividad productiva.

Es por esta situación que la Defensoría giró una serie de consultas al Gerente Médico de la Caja Costarricense de Seguro Social, entre las que destacan, si existe o no un programa de apoyo profesional para las familias de pacientes egresados y un programa de visitas al hogar. Además, si hay protocolos que definan el proceso de seguimiento de un paciente egresado hasta su resolución, si la entidad tiene estrategias de referencia a otros centros de salud como Ebais o clínicas para el respectivo seguimiento y cuál es el procedimiento, criterio y profesional que define el reingreso o rechazo de un paciente egresado.

A esta Defensoría también le interesa conocer si hay estrategias de seguimiento a los lugares de trabajo de quienes egresan y en caso de ser menores de edad y estudiantes, si hay o no contacto con los centros educativos.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

La huelga es un derecho constitucional. Apoyemos a los médicos y a los educadores en sus luchas

Vladimir de la Cruz

Las huelgas, las protestas laborales que de esta forma se expresan o realizan, en la historia costarricense las conocemos desde el siglo XIX, desde hace más de 150 años, cuando se dieron las primeras protestas en este sentido en los trabajadores de telégrafos, cuando ya eran nacionales, siendo por ellas, tal vez las primeras huelgas o paros en el sector público nacional. El motivo de esa primera protesta fue el reconocimiento de pago, que no se les quería hacer, porque un huracán hizo caer las líneas telegráficas, cesando sus trabajos momentáneamente, por lo cual no se les quería pagar a los telegrafistas.

A partir de entonces hubo protestas y paros laborales, de las que tenemos registros. Durante la construcción del Ferrocarril al Atlántico, como se le llamaba, hubo protestas laborales de trabajadores traídos a esos trabajos. Protestas y paros de chinos y, especialmente, de los trabajadores italianos que realizaron la huelga más grande, hasta ese momento realizada en el país, con importantes movimientos de solidaridad con ellos en Turrialba, Cartago y San José.

Las protestas giraban alrededor de las condiciones de trabajo, atraso en el pago de salarios e incumplimientos de las cláusulas laborales pactadas. La huelga de los italianos repercutió para que, en los primeros años de explotación bananera, en las fincas que se fueron desarrollando alrededor de las líneas férreas, se produjera un movimiento huelguístico en 1888. Desde ese momento hasta la gran huelga bananera de 1934, dirigida por el naciente Partido Comunista en 1931, hubo casi una docena de protestas laborales en las zonas bananeras.

A finales del siglo XIX se habían movilizado en protestas laborales otros sectores de trabajadores, entre ellos maestros, operarios de diferentes oficios, diversos trabajadores del puerto de Puntarenas.

En una de las huelgas en el Atlántico a principios del siglo XX, la compañía bananera trajo trabajadores de Panamá, como rompehuelgas, sin haberles advertido que para eso los traían, de manera que cuando llegaron a Limón y darse cuenta de la huelga se sumaron solidariamente a la misma, debido a que esos trabajadores pertenecían al sindicato Industries World Workers, un sindicato muy importante norteamericano de aquellos años, que contribuyó al surgimiento del Partido Comunista de los Estados Unidos en 1919.

A las protestas laborales que estaban surgiendo en la segunda mitad del siglo XIX se dieron también las primeras formas de organización de trabajadores. Primero, las organizaciones poli clasistas de sociedades de socorros mutuos, de mutuo auxilio y de ayuda mutua, en las cuales se podían organizar voluntariamente trabajadores, patronos, estudiantes y quienes quisieran afiliarse. Luego, las sociedades de Trabajadores, de Artesanos y de Obreros, a partir de 1874, en las cuales solamente esos trabajadores podían agremiarse, dándole a estas organizaciones un sentido clasista. Estas organizaciones fueron típicas hasta 1900-1902, cuando como resultado de las grandes transformaciones económicas en el país, y el desarrollo industrial, los talleres artesanales dieron paso a pequeñas, medianas y grandes industrias, desaparecieron dando origen, en los años 1900-1902, a las Ligas Obreras y a los Sindicatos, tal y como ahora los conocemos.

En ese final del siglo XIX las luchas del movimiento obrero europeo y norteamericano, con algunas expresiones en América Latina, se habían movilizado intensamente por establecer la jornada de 8 horas de trabajo, lo que culminó en las luchas obreras de Estados Unidos, a partir de 1880 que produjo, las grandes huelgas de Chicago de 1886, continuadas luego, en 1888 y 1890, cuando en memoria de esas luchas se estableció, desde 1890 la celebración del Primero de Mayo como día Internacional de los Trabajadores, que en Costa Rica empezó a celebrarse en 1913.

Frente al desarrollo de las luchas sindicales y obreras europeas, y el surgimiento de partidos políticos y movimientos sociales anarquistas, socialistas, comunistas y revolucionarios, en general, la Iglesia Católica se pronunció sobre esas luchas en su Encíclica Rerum Novarum, 1891, en la cual asumió la bandera y defensa del derecho a la organización sindical, del derecho a la huelga de los trabajadores y el derecho a la lucha por mejores salarios. De esa manera la Iglesia disputaba la influencia de esos partidos ante las grandes masas de trabajadores.

En Costa Rica la Encíclica repercutió directamente con el Obispo Bernardo Augusto Thiel, quien de igual manera se pronunció en su Carta Pastoral No. 30, que trataba del derecho de huelga, de organización sindical, del injusto salario de los desposeídos de bienes de fortuna, enfrentándose duramente con el gobierno de José Joaquín Rodríguez, quien lo atacó por apoyar la organización sindical, la huelga y el derecho a reclamar justos salarios.

A partir de las Ligas de Obreros y los primeros sindicatos, desde 1901, el fortalecimiento de los sindicatos avanzó a formas superiores de organización, las Federaciones de Trabajadores, a partir de 1905, y a la primera Confederación General de Trabajadores, CGT, única en todo el país, desde 1913 hasta 1923, cuando se disolvió para darle apoyo al Partido Reformista, que estaba surgiendo. A la desaparición de la CGT siguió la Confederación Obrera Nacional, que llegó hasta 1928 dando lugar a la Unión General de Trabajadores, que sirvió de base para el surgimiento del Partido Comunista de Costa Rica, en 1931, quien la dirigió hasta 1938, cuando como resultado de su crecimiento, y luchas, las disolvió e hizo surgir el Comité Sindical de Enlace, para las luchas urbanas, y la Unión Nacional Campesina, que en el contexto de la II Guerra Mundial, y ante la alianza con el gobierno del Dr. Calderón Guardia, las reunió en una sola organización, Comité Nacional Sindical de Enlace, que dio paso, en 1943, a la constitución de la Confederación de Trabajadores de Costa Rica, año en que la Iglesia, al formar parte del pacto entre el Gobierno y los comunistas, que hizo posible la aprobación del Capítulo de Garantías Sociales, de la Constitución Política y del surgimiento del Código de Trabajo, impulsó una nueva organización sindical, la Confederación Costarricense de Trabajadores Rerum Novarum.

De hecho, hasta 1943 el movimiento sindical nacional era único y unitario, en una sola central sindical nacional, independientemente de quien políticamente la dirigiera. Desde entonces el movimiento sindical evolucionó a varias organizaciones sindicales nacionales, como existen hoy, pasando por la crisis que constituyó la guerra civil de 1948, cuando la Junta de Gobierno reprimió y disolvió las organizaciones sindicales que dirigía el Partido Comunista, que empezaron a rearticularse hacia 1952.

En los últimos 70 años las luchas sindicales y sus huelgas, y protestas, laborales se han mantenido y crecido. Mientras haya trabajadores en malas condiciones laborales y salariales, habrá luchas sociales, con mayor o menor intensidad. Las luchas sociales de esta naturaleza, por salarios, condiciones de vida y de trabajo, por beneficios económicos, profesionales y sociales no van a desaparecer. Mientras existan gobiernos contra los trabajadores habrá lucha contra esos gobiernos y sus políticas económicas contra la población trabajadora.

La jornada de 8 horas fue una lucha muy importante de movilización y lucha. Se logró en 1918, y en 1920, cuando en diciembre se estableció, reconociendo en ese momento el Gobierno el derecho de organización sindical y el derecho de huelga de los trabajadores. La jornada de 8 horas se llevó a las Garantías Sociales de 1943, incorporada así a la Constitución vigente de 1871, y a las Garantías Sociales de la Constitución Política de 1949, ya establecida en el Código de Trabajo de 1943, en la que ha mantenido. Hoy el gobierno se empeña en acabar con esta jornada y establecer la jornada esclavista del siglo XIX de 12 horas de trabajo.

Huelgas y protestas campesinas fueron anteriores a las de los trabajadores urbanos. En el siglo XX se unificaron en mucho sus luchas. Otros sectores laborales se integraron y sumaron a luchas por sus derechos sindicales, laborales y por beneficios sociales.

Los maestros y educadores han jugado un papel importante en las luchas sociales del país.

Cuando se creó la Caja Costarricense del Seguro Social, a mediados de la década de 1940-1948, se organizó una huelga médica contra la Caja. La seguridad social se mantuvo y se fortaleció. Se universalizó en sus servicios y cobertura cuando al frente de ella estaba el Dr. Guido Miranda. Hoy está disminuida en ese papel nacional. En el seno de la Caja Costarricense del Seguro Social hay una enorme cantidad de sindicatos, respondiendo a las distintas ocupaciones laborales y profesionales en la institución.

Clave fueron las huelgas médicas de 1971 y 1972, cuando los médicos se movilizaron por salarios, reclamando una diferencia sustancial entre sus salarios y el resto de los trabajadores. La primera de estas huelgas fue totalmente condenada y rechazada por todos los sindicatos. Recuerdo que estábamos en las sesiones del III Congreso Universitario, cuando se dio la huelga. Allí se propuso una moción a favor de la huelga, que tuvo tres votos a favor. Dos de esos votos fueron, uno mío, yo era representante estudiantil en ese Congreso, y otro del profesor Dr. Álvaro Montero Mejía. Nuestra tesis es que era justo luchar por mejores salarios. Además, llamábamos la atención de que si los médicos, que en ese momento tenían salarios superiores, luchaban por mejorarlos y mantenerlos, con más razón los trabajadores, con salarios más bajos, debían movilizarse por mejorar sus salarios. Esa relación siempre sigue siendo válida. En la huelga de 1972, después de un trabajo que se hizo importante con las organizaciones sindicales explicándoles este aspecto, la huelga médica fue apoyada por la mayoría de las organizaciones sindicales.

No siempre se dan las condiciones de solidaridad en las luchas de los trabajadores por los distintos sindicatos y gremios laborales. El gobierno de turno sabe jugar las cartas para dividir a los trabajadores en estas luchas, para restarles fuerza, debilitarlas y si le es posible desacreditarlas, en sus organizaciones o en sus dirigentes.

Las huelgas médicas en estos 50 años, como las de educadores se han dado en abundancia.

La huelga y paros médicos, como las movilizaciones de los trabajadores de la educación, que han estado presionando, en estos días, por sus salarios, sus reconocimientos económicos y el pago de salarios atrasados, son absolutamente válidos.

En la Constitución Política, en sus artículos 60, 61 y 62, se establecen los Derechos a organización sindical, al de huelga y al de realizar convenios colectivos de trabajo. Los Derechos constitucionales son garantías de ejercicio de las libertades de las personas, de los ciudadanos.

El Artículo 60 señala claramente que los trabajadores, los médicos y los maestros y educadores, que son trabajadores, pueden sindicalizarse libremente “con el fin exclusivo de obtener y conservar beneficios económicos, sociales o profesionales”.

Es claro, para “obtener y conservar beneficios económicos, sociales o profesionales”. Por eso luchan hoy los médicos y educadores.

El artículo 61 reconoce la huelga para defender los derechos laborales, sociales, económicos, profesionales que se tienen, cuando se ven afectados, disminuidos o debilitados. No se hacen huelgas para jugar fútbol. Es el derecho constitucional para asegurar las condiciones de trabajo, de salario y de higiene ocupacional que se necesita para desempeñarse en el trabajo, de una manera digna, decorosa y decente. El artículo 62, complementa los dos anteriores cuando establece que las convenciones colectivas de trabajo tienen “fuerza de ley”, como si las hubiera aprobado la Asamblea Legislativa, que resulta del acuerdo de patronos y trabajadores, para mejorar las condiciones de trabajo y salariales que se pactan, en esas convenciones, más allá de los derechos existentes generales. Es claro que cuando patronos pactan es porque han valorizado sus posibilidades económicas de atender y cubrir lo que se acuerda.

Las luchas de educadores y médicos en estos días son válidas. Las condiciones socioeconómicas son duras. Se han congelado salarios, pensiones e ingreso de los trabajadores. El costo de la vida sigue creciendo contra salarios que no responden a ese crecimiento. El desempleo sigue aumentando, la deserción escolar y colegial igualmente aumenta. El subempleo y el trabajo informal, al margen de las estadísticas nacionales crece abismalmente. La escasez de vivienda digna, decente y decorosa crece. Las zonas de tugurios y malas viviendas se agudizan. Los jóvenes cada vez más aprecian un futuro incierto. El suicidio nacional ha incrementado en estos grupos humanos. No hay políticas efectivas que contribuyan a solucionar este problema. No hay control de precios en favor de los habitantes y ciudadanos. Los salarios permanecen en escalera mientras los precios, incluso de los servicios públicos, suben en ascensor. Las Defensorías que se han creado en estas direcciones no funcionan adecuadamente.

Los trabajadores tienen estos instrumentos, de lucha legal y constitucional, entre ellos la huelga, para defenderse de sus malas condiciones de vida, de trabajo y de ingresos económicos salariales.

Los derechos y libertades existentes en la Constitución Política son para vivirlos, para poderlos realizar. Si eso conduce a la lucha organizada, pacífica, es válida esa lucha.

Apoyemos a los trabajadores nacionales, de la Caja Costarricense del Seguro Social, y a los educadores, del Magisterio Nacional, en las luchas que tienen y mantienen en estos días.

Compartido con SURCOS por el autor.

El sueño de Chaves y Esquivel: la Caja Costarricense de Seguro Social un «Ebaisón»

José Luis Valverde Morales.

José Luis Valverde Morales

El Seguro Social lo acorralan como al cangrejo, marcha atrás defendiéndose con las tenazas al aire.

La situación de los especialistas es un nuevo capítulo de la saga, como a las enfermeras, sale más barato contratar auxiliares de enfermería.

Con la sobreproducción de médicos generales, en un mal entendido ahorro, se la van a jugar con estos profesionales, ávidos de chamba.

La posta de las cirugías complejas, tratamientos especializados, trasplantes, inexorablemente irá a las arcas de lo privado.

La proliferación de centros en toda la geografía nacional, no es casual.

El Seguro Social, si no nos ponemos vivos, será reducido a un gran “EBAISÓN “ para sacar uñas encarnadas, repartir aspirinas por doquier.

¡Estamos notificados!

Incompetencia de Presidencia Ejecutiva para resolver los graves problemas de la CCSS

Comunicado de prensa 

2 de abril de 2024

  • Administración Chaves Robles genera caos en la CCSS

La Administración Chaves Robles le adeuda a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) más de 3,5 billones de colones, y de paso se niega a pagar las obligaciones anuales que tiene con la población no asegurada, la pensión de los más pobres, los recursos de la niñez y de la adolescencia, los subsidios a población de bajos recursos económicos, entre otros. Todo esto ocasiona un verdadero caos institucional, pues al no pagar, incide en la falta de recurso humano calificado, personal de apoyo, insumos, equipos, infraestructura, medicamentos y recursos financieros que impiden mejorar la prestación de servicios y justificar la privatización de servicios en la CCSS.

El ataque indiscriminado a las instituciones públicas, las fallidas rutas del arroz, de los medicamentos, de la infraestructura, de la educación, la seguridad, de las listas de espera y de la salud, los juicios políticos, la burla y el abandono de los sectores más vulnerables, demuestran el desinterés y falta de seriedad de la administración por resolver las grandes necesidades de las familias costarricenses.

Los ajustes fiscales que deterioran los programas sociales, que solo favorecen a sectores cercanos a la “morada presidencial”, provocan un deterioro inclemente de las condiciones sociales, laborales y económicas de los y las trabajadoras del sector público, de lo cual la Caja no ha sido la excepción.

Las regulaciones en salario único, el congelamiento y la reducción de los salarios, los largos interinazgos, en materia de dedicación exclusiva y la continuidad laboral, entre otros, menoscaban las condiciones de trabajo, provocan la renuncia de personal de salud y el descontento de toda la población laboral de la CCSS.

“UNDECA condena que este gobierno, lejos de propiciar acuerdos con los diversos sectores y resguardar el derecho a la salud y la vida que requiere la ciudadanía, aproveche para impulsar la privatización y el desmantelamiento de los servicios institucionales, trasladando multimillonarios recursos para enriquecer a los grandes consorcios privados de la salud.”, señaló Luis Chavarría, secretario general de UNDECA.

UNDECA demanda la inmediata solución del conflicto en la Caja, a través del diálogo y negociación. Hacemos un llamado a la unidad nacional para demandar soluciones a los grandes problemas en materia de salud pública y las justificadas exigencias de los sectores sociales.

Pronunciamiento acerca de la selección y el proceso de formación en los programas de especialización médica – Junta Directiva de ACANAMED

ACADEMIA NACIONAL DE MEDICINA

Acerca de la selección y el proceso de formación en los programas de especialización médica

La formación académica-práctica de un estudiante de posgrado en una especialidad médica clínica o quirúrgica, la provee un servicio hospitalario, tanto en sus actividades académicas (análisis y discusión de casos clínicos, revisiones bibliográficas, etc.) como prácticas; por otro lado, las universidades diseñan los programas académicos, los requisitos mínimos de horas de prácticas o procedimientos y contratan tutores que laboran dentro de dicho servicio, quienes deben supervisar dichas actividades, de forma que certifiquen el cabal cumplimiento de sus objetivos de aprendizaje. Es imprescindible señalar estas funciones y límites con la mayor precisión y uniformidad posible.

En la Caja Costarricense de Seguro Social ha sido práctica habitual, a través de su Centro de Desarrollo Estratégico e Información de Salud de la Seguridad Social (CENDEISSS), que, dentro de un mismo servicio, convivan estudiantes de grado procedentes de distintas universidades, con sus respectivos programas y sus respectivos tutores. En el caso de los programas de especialización médica -al igual que en los grado-, debe haber concordancia en los objetivos de aprendizaje, en las horas de formación teórica y práctica, así como en la metodología de evaluación, para garantizar que la formación profesional sea de calidad y similar en todos los profesionales médicos cursando la misma especialidad, independiente de la universidad a la que pertenezca el estudiante médico; es decir, los programas deben ser equiparables, porque será en un mismo servicio hospitalario en donde todos los estudiantes de postgrado matriculados en distintas universidades los llevarán a cabo. Un ente centralizado debe estandarizar y regular estos programas.

Cada universidad debe contar con docentes contratados específicamente para supervisar el cumplimiento del programa y responsabilizarse por la asesoría de sus estudiantes de postgrado. Por otro lado, los médicos asistentes del servicio deben orientar y asesorar al estudiante de postgrado, en lo relacionado a sus responsabilidades, inherentes a las necesidades del servicio, independientemente del tutor asignado o de la universidad de donde provenga; no es admisible que cada médico en formación cumpla metas y tenga una carga trabajo señalado por su universidad ni por un tutor, ajeno a la dinámica del servicio. Cada servicio debe tener sus prácticas protocolizadas, de forma que el estudiante de postgrado se familiarice y aprenda la normativa y los procedimientos del servicio.

La Caja Costarricense de Seguro Social debe establecer el número de plazas disponibles para los estudiantes de postgrado en sus distintos servicios médicos, según sus posibilidades logísticas y sus necesidades regionales. Los centros médicos privados que reciban estudiantes de postgrado, deben certificar, ante la misma entidad reguladora, que están en condiciones de cumplir con los objetivos estipulados en los programas universitarios de especialización, equiparables a nivel nacional.

Los postulantes deben rendir un examen único nacional para ser elegibles para un programa de postgrado en una especialidad médica. Este examen podrá ser ejecutado por un proveedor con experiencia en este tipo de evaluaciones, que usualmente comprenden un número elevado de postulantes. Según el puntaje obtenido, cada estudiante podrá elegir la especialidad y la sede docente hasta que se completen los cupos, cuyo número se debe conocer con antelación. Este examen debe ser administrado y supervisado por una comisión intersectorial en la cual participe El Consejo Nacional de Rectores, el Consejo Nacional de la Educación Superior y la Caja Costarricense de Seguro Social, asesorado por entidades que tengan experiencia previa en esta evaluación, como es la Universidad de Costa Rica u otras instituciones, por ejemplo, extranjeras. Posteriormente, el postulante será evaluado en el servicio elegido, en la cual se valoren sus “habilidades blandas”, su disposición para el trabajo, su afinidad con el perfil de la especialidad y su actitud ética.

Junta Directiva, Academia Nacional de Medicina 22 de marzo de 2024

Compartido con SURCOS por ACANAMED.

Mensaje de Unidos por la CCSS a Marta Esquivel, presidenta Ejecutiva de la CCSS

El Frente Nacional de Lucha les hace llegar este mensaje de varias mujeres profesionales de la salud que forman parte del movimiento Unidos por la CCSS, dirigido a Marta Esquivel, presidenta Ejecutiva de la CCSS, debido a las marcadas prácticas políticas de Marta Esquivel, orientadas a la privatización de esta institución baluarte de la seguridad social costarricense. Escuche este mensaje de menos de 4 minutos a continuación, únase al Frente Nacional de Lucha y defiende la seguridad social de nuestro país.

Para observar el mensaje puede abrir el siguiente enlace: 

Defensoría: Vacíos legales no permiten erradicar la violencia obstétrica

A pesar de avances en los derechos de las mujeres en estado de embarazo, el país tiene vacíos en materia de regulación, fiscalización y sanción en cuanto a violencia obstétrica. Así lo hizo ver la Defensoría de los Habitantes ante una solicitud de información requerida por el despacho de la diputada Paula Nájera Abarca.

La Defensoría llamó la atención sobre la ausencia de conceptualización de la violencia obstétrica en la Ley No.10.081 “Derechos de la mujer durante la atención calificada, digna y respetuosa del embarazo, parto, posparto y atención del recién nacido” que entró a regir el 27 de enero del año 2022.  “Ni en su título, ni en su contenido, esta importante Ley desarrolla el concepto de violencia obstétrica, a pesar de que se enumeran los derechos de las usuarias en el marco de la atención prenatal, durante y después del parto”, indica la Defensoría.

La Defensoría hizo observaciones en cuanto al cumplimiento de los transitorios contenidos en la Ley. Destacó que si bien se han conocido acciones tendientes a generar normativa regulatoria -por ejemplo, el Protocolo Clínico de Atención Integral al embarazo, parto y posparto en la Red de Servicios de Salud – no se ha informado sobre un protocolo generado para el cumplimiento de la norma en los términos del transitorio I. Aunado a ello, la Ley No. 10.081 no dispuso las responsabilidades de verificación de esta obligación, ni el mecanismo para evaluar su implementación.

En relación con el Transitorio II, se promulgó el Decreto Ejecutivo N°44093-S: “Reglamento para la Defensa y Garantía de los Derechos de las Mujeres Embarazadas y de la Persona Recién Nacida en el contexto de la atención de su salud”, sin embargo, la Ley N°10.081 no desarrolló otras responsabilidades en el marco de las competencias de ese Ministerio de Salud, tales como la vigilancia de la salud: fiscalización sobre la prestación de los servicios, verificación sobre la incidencia de los incumplimientos en relación con la incidencia en las tasas de mortalidad materna e infantil, entre otros aspectos.

La Defensoría estima que, para que Costa Rica garantice la generación de indicadores sobre este tipo de violencia, debe incluirse su conceptualización tanto a nivel legal, como en los lineamientos, guías y protocolos que se aprueben e implementen en los servicios de salud. Actualmente, este tipo de violencia no está incluida dentro de los datos del Sistema Unificado de Medición Estadística de la Violencia de Género (SUMEVIG), ni hay información disponible en el Observatorio de Violencia de Género contra las Mujeres y Acceso a la Justicia del Poder Judicial. Hace unos días, la CCSS anunció una estrategia para el abordaje de la violencia obstétrica en los diversos servicios institucionales.

Declaraciones de Kathya Rodríguez, directora de Mujer de la Defensoría de los Habitantes:

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Auditoria Ciudadana de la Seguridad Social puntualiza a auditoría interna de la CCSS aspectos que debe transparentar

Compartido con SURCOS por Rodrigo Arias López.

El día 16 de marzo de 2024 se emitió una Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social, cuyo asunto era la Réplica al oficio AI-0430-2024 de fecha 8 de marzo de 2024 (D-109869) y peticiones.

Dentro del asunto se llevó a cabo una reunión realizada el pasado miércoles 13 de marzo de 2024 en las oficinas de la Auditoría Interna, donde se expuso lo siguiente.

Primero. En la reunión realizada antes citada, los funcionarios de la Auditoría Interna enfatizaron la limitación que tienen, pues sus recomendaciones no son vinculantes, o sea, son simples recomendaciones, estando atada la Auditoría Interna para ir más allá cuando detecte una violación flagrante al ordenamiento constitucional, legal o técnico. No obstante, se citaron pruebas claras de que eso no debería ser una limitación y que por el contrario esa Auditoría Interna tiene las herramientas suficientes para hacer que se cumplan las leyes y la Constitución en el caso concreto del Seguro Social y la Seguridad Social que administra la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Segundo. En el oficio de la referencia, en varias partes se citaron pronunciamientos como: “… el Seguro de Salud se rige por el principio de solidaridad y por ende no responde a la búsqueda de equilibrios parciales entre contribuciones y gasto de atención para cada modalidad de aseguramiento”, “… las recomendaciones realizadas por la Auditoría sobre ese particular podrían no solo afectar las disposiciones reglamentarias actuales, sino también una afectación del Principio de Solidaridad “, “La Gerencia Financiera de conformidad con lo indicado tanto en el estudio de la Dirección Actuarial y Económica, así como la Dirección Jurídica, considera que el enfoque de las recomendaciones realizadas por esta Auditoría no es congruente con el Principio de Solidaridad que, por Ley Constitutiva, rige el accionar del Seguro de Salud”.

Tercero y último. La Auditoría Interna comunica la opinión que tiene la Administración Activa de la CCSS; pero no aportó su criterio independiente, el fundamento, el análisis de esa Auditoría Interna sobre esa opinión o criterio de la Administración Activa de la CCSS. Esa fue la petición expresa en el oficio ACSS-004-2022 del 29 de junio de 2022,se quería un criterio independiente de esa Auditoría Interna, no fue que le preguntaran a las Autoridades de la CCSS la opinión que ellas tienen sobre el asunto. Por otra parte, la Auditoría también brindó diversos análisis que no mostraban en ninguna parte el criterio legal y técnico que dé garantía como ciudadanos que efectivamente la Administración de la Caja está apegada al ordenamiento legal y constitucional.

Lo anterior, insiste en hacer del conocimiento y denuncia ante esa Auditoría Interna que el Seguro Social es la protección contra las contingencias de enfermedad, maternidad, invalidez, vejez y muerte de los trabajadores asalariados y sus familiares económicamente dependientes, de conformidad con el artículo 73 de la Constitución Política y la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social N° 17 del 22 de octubre de 1943. Es obligatorio, contributivo, tripartito y solidario, administrado y gobernado por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Como seguro no incluía en su origen la atención primaria de la salud, ni protegía a toda la población del país. No obstante, lo anterior, las autoridades de la CCSS y de todos los gobiernos de turno han venido violando diversas disposiciones constitucionales y legales que prohíben utilizar fondos y reservas del Seguro Social para otros fines distintos a los de su creación; específicamente han utilizado y actualmente usan fondos que de conformidad con los artículos 32, 35 y 43 de la Ley N° 17, pertenecen al Seguro de Pensiones. Usan esos recursos de IVM para financiar lo que le dejan de cobrar al Estado de las leyes 5349 y 7374 y lo que el Estado le deja de pagar a la CCSS, lo cual desfinanció al seguro IVM.

Lo anterior, ha concluido la reunión realizada el pasado miércoles 13 de marzo de 2024 en las oficinas de la Auditoría Interna con las siguientes peticiones:

Primero. Solicitamos el “criterio de ese órgano Auditor” tal y como lo pedimos en los puntos 6) y 7) de nuestro oficio ACSS-004-2022 del 29 de junio de 2022, que textualmente dicen:

6) Si esa Auditoría le ha consultado a la Dirección Actuarial y Económica de la CCSS los motivos por los cuales en las conclusiones y recomendaciones de la Valuación Actuarial del SEM con corte al 31/12/2017 no dicen nada sobre los resultados del Cuadro No 51 y el criterio de esa Auditoría sobre tal omisión.

7) Si la CCSS cumple o no con lo ordenado en los artículos 23, 32 y 43 de la Ley No 17 según el criterio de ese Órgano Auditor.

Segundo. Conforme con el principio de legalidad que rige a la Administración Pública, solicitamos “el criterio a ese Órgano Auditor” sobre lo siguiente: ¿Es legal que en el año 2022 la Administración Activa de la CCSS haya utilizado ¢999.425 millones de aportes tripartitos del seguro social para financiar el déficit de ingresos que tuvieron los regímenes de salud por cuenta del Estado y del primer nivel de atención de la salud, en lugar de utilizarlos para el financiamiento del Seguro IVM de conformidad con los artículos 32 y 43 de la Ley N°17? En caso afirmativo, solicitamos la normativa legal que lo sustenta. Insistimos en que solicitamos el criterio imparcial e independiente de esa Auditoría Interna, conforme la función que tienen las Auditorías Internas de “proporcionar a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del Jerarca y del resto de la Administración se ejecutan conforme al marco legal, técnico y a las sanas prácticas”. 

Tercero. Apegados al mismo principio de legalidad solicitamos a esa Auditoría Interna el análisis técnico y jurídico que demuestre que aparada al llamado principio de solidaridad, la CCSS está facultada para usar los fondos del seguro IVM para financiar los costos del primer nivel de atención de la salud (Ley 7374) y de los asegurados por cuenta del Estado (Ley 5905). 

Cuarto y último. Nos informe esa Auditoría Interna si los oficios mencionados en el oficio AI-0430 2024, específicamente de la Dirección Jurídica de la CCSS, de la Dirección Actuarial y de la Gerencia Financiera, fueron conocidos por la Junta Directiva de la CCSS. Así mismo, que nos informen si la Junta Directiva de la CCSS ha aprobado el uso de los fondos que según el artículo 32 de Ley 17 le corresponden al IVM, para financiar los costos del primer nivel de atención de la salud (Ley 7374) y de la población sin seguro en estado de pobreza (Ley 5349). En caso de que así haya sido, solicitamos el acuerdo tomado.  

Con todo lo anterior, se invita a leer el documento de la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social para ampliar la información.