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Etiqueta: CIDH

CIDH: Costa Rica debe asegurar transparencia y participación en la selección de operadoras de justicia para garantizar su independencia

Washington D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hace un llamado a Costa Rica para asegurar que la selección de la persona titular de la Fiscalía General y las magistraturas vacantes en la Corte Suprema de Justicia (CSJ) se realicen de manera transparente, participativa y en cumplimiento a los estándares internacionales.

Desde agosto de 2021, está en desarrollo el proceso de selección de la persona titular de la Fiscalía General para el periodo 2022-2026, quien deberá ser elegida por la Corte Suprema de Justicia en las próximas semanas. Al respecto, la CIDH recibió información sobre algunos desafíos observados en el marco del proceso conducido por la Comisión de Nombramientos, tales como: falta de publicidad de documentos relacionados con las evaluaciones y calificaciones asignadas a las personas candidatas, o en la metodología y los criterios de evaluación de las entrevistas realizadas; la consideración de criterios que no están relacionados con la capacidad profesional como la nacionalidad y edad; entre otros.

Asimismo, según la información disponible, actualmente existen cuatro magistraturas vacantes en la CSJ. Una en Sala Constitucional, que estaría próxima a ser votada por la Asamblea Legislativa; otra en la Sala Tercera Penal, que estaría a la espera de una evaluación final; y dos en la Sala Primera, una de las cuales estaría ante la Asamblea Legislativa.

Las personas operadoras de justicia cumplen un rol esencial en el acceso a la justicia y la preservación del Estado de derecho. Por ello, de conformidad con los estándares internacionales y como se establece en el informe «Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia«, todo proceso de selección y nombramiento debe llevarse de forma estricta en condiciones de igualdad y sin discriminación, con base en méritos, capacidad, idoneidad y honradez para asegurar su independencia y evitar la discrecionalidad de los órganos en su selección. A su vez, se debe asegurar una adecuada representación de los diversos sectores sociales, en particular, garantizar la paridad de género en la integración de los órganos judiciales.

La publicidad y transparencia debe ser garantizada a lo largo de todo este proceso, y se debe asegurar una amplia participación de la sociedad civil y otros actores interesados a fin de que tengan la posibilidad de conocer los criterios de selección, así como de expresar su opinión sobre las personas candidatas.

Frente a estas consideraciones, la CIDH llama al Estado de Costa Rica a asegurar que los procesos de selección de personas operadoras de justicia se conduzcan en consonancia con los estándares internacionales para evitar la discrecionalidad en la selección o su realización con base en intereses particulares y/o partidarios que pudieran socavar la independencia judicial; así como, proveer los recursos técnicos de personas y financieros suficientes a las entidades involucradas para que puedan desempeñar sus funciones de manera adecuada.

Finalmente, la Comisión saluda las recientes reformas al reglamento de la Asamblea Legislativa y a la Ley Orgánica del Poder Judicial que establecen hacer públicas todas las votaciones realizadas, incluyendo la selección de magistraturas de la CSJ por parte la Asamblea Legislativa, y la selección de la persona titular de la Fiscalía General por parte de la Corte Suprema.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

 

Fuente de información: https://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2022/241.asp

Imagen ilustrativa tomada de la UCR.

Programa Interferencia: demanda ante la CIDH por proceso de elección de magistraturas

Este 22 de agosto en el programa Interferencia, se conversará sobre la demanda presentada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por inadecuados procesos en la elección de magistraturas.

Como panelistas del programa se estarán: 

  • Héctor Ferlini-Salazar; uno de los peticionarios.
  • Marcia Aguiluz; abogada de demandantes. 

Se le invita a las 6:00 p.m. a la transmisión del programa Interferencia por medio de Radios UCR o en el Facebook Interferenciacr y YouTube Live de Radioemisoras UCR.

CIDH da curso a petición contra estado costarricense por inadecuados procesos de elección de magistraturas

  • Demandantes reclaman proceso transparente de elección que garantice la independencia judicial

El pasado 09 de agosto del 2022, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dio tramite a la petición P-1923-19 (Enrique Napoleón Ulate Chacón y otros), y notificó a Costa Rica por la presunta violación de varias normas de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en los procedimientos y requisitos (metodología) para el nombramiento de magistraturas en la Corte Suprema de Justicia. Le otorgó al Estado costarricense un plazo de tres meses para dar respuesta a la petición.

Algunas de las personas peticionarias participaron en varias convocatorias abiertas por la Comisión Permanente Especial de Nombramientos (CPEN) de la Asamblea Legislativa para llenar vacantes de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). En este marco, se enfrentaron a procesos que no cumplen con las obligaciones internacionales a las que se comprometió Costa Rica, por ejemplo, se les excluyó de manera arbitraria, no hubo una evaluación objetiva de los atestados ni tampoco de la entrevista, las votaciones se realizaron de manera secreta y sin motivación alguna, irrespetándose también el principio de paridad de género.

Además, entre las personas peticionarias se encuentran ciudadanos y ciudadanas que cuestionaron las metodologías aprobadas por la CPEN ante la Sala Constitucional alegando que tienen el derecho de contar con tribunales idóneos que resuelvan sus conflictos apegados solo al Ordenamiento Jurídico, sin embargo, el órgano constitucional rechazó la acción interpuesta. En general, la jurisprudencia de dicha Sala ha sido consistente en dar a la Asamblea Legislativa un cheque en blanco para nombrar las magistraturas sin que se cumpla con los estándares internacionales, comprometiendo así la responsabilidad internacional del Estado de Costa Rica.

Sobre la petición, el señor Enrique Ulate Chacón manifestó: “Este paso ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos está orientado a consolidar y defender uno de los pilares básicos de cualquier régimen democrático de derecho: la independencia judicial. El Estado costarricense tiene un compromiso histórico, urgente e ineludible en este tema: modificar el sistema de nombramiento imperante por uno que resguarde los principios del Estado de Derecho y sea acorde a los estándares internacionales, esa es nuestra principal motivación”.

Información relevante sobre el caso:

¿Quiénes son las personas peticionarias (así se les llama a las demandantes)?

Nueve personas presentaron la petición: Enrique Ulate Chacón, Yerma Campos Calvo y J.Q.C, además los y las ciudadanas Walter Antillón Montealegre, Gabriela Arguedas Ramírez, Larissa Arroyo Navarrete, Alda Facio Montejo, Héctor Ferlini-Salazar, y Arnoldo Mora Rodríguez.

¿Cuáles son los derechos y obligaciones que han sido incumplidos por el Estado costarricense?

Deber de adoptar normas internas (artículo 2), garantías judiciales (artículo 8), derechos políticos (artículo 23), igualdad ante la ley (artículo 24) y tutela judicial efectiva (artículo 25), todos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

¿Qué es lo que buscan las personas peticionarias?

Se pretende que la Comisión Interamericana y eventualmente la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordene al Estado costarricense adoptar medidas para reformar el sistema de elección de magistraturas de manera que se garantice la independencia judicial.

¿Qué sigue en el proceso?

Costa Rica tiene tres meses para rendir su informe ante la CIDH, posteriormente este órgano analizará si se cumplen todos los requisitos de admisibilidad y eventualmente emitirá un informe de fondo en el que determinará si el Estado de Costa Rica incumplió con sus obligaciones, además, dará recomendaciones al Estado. Si se incumplen, el caso será elevado ante la Corte IDH.

CIDH analizará situación de 60 personas beneficiarias de medidas cautelares en Nicaragua

Este viernes 24 de junio, a las 9:00 a.m. (hora de Nicaragua), 11:00 a.m. hora de Washington DC, tendrá lugar una Audiencia Pública en la cual las organizaciones solicitantes expondrán ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre las violaciones de derechos humanos que sufren en Nicaragua las personas que se encuentran privadas de libertad por motivos políticos. La Audiencia se enfocará en 10 medidas cautelares otorgadas por la CIDH que cubren a un total de 60 personas, 44 de las cuales permanecen privadas de libertad.

Durante la audiencia se presentará información actualizada sobre los siguientes temas:

  • Condiciones de encarcelamiento que constituyen tratos crueles, inhumanos y degradantes
  • Estado de salud de las personas presas
  • Situación particular de las mujeres beneficiarias de medidas
  • Riesgos para familiares y personas encarceladas
  • Otros

La Audiencia se celebrará de manera virtual y podrá seguirse en directo, en idioma español, en las redes sociales de la CIDH. Invitamos a seguirla y a acompañar a las organizaciones utilizando las etiquetas
#SOSNicaragua y #CIDHAudiencias

La CIDH analizará la situación de derechos humanos y Estado de Derecho en El Salvador

Este jueves 23 de junio, a las 9:00 am (hora de El Salvador), 11:00 am hora de Washington DC, tendrá lugar una Audiencia Pública en la cual las organizaciones solicitantes expondrán sobre las violaciones de derechos humanos que se han documentado en El Salvador en el contexto del Régimen de Excepción.

Durante la audiencia se presentará información actualizada sobre los siguientes temas:

  • Detenciones arbitrarias
  • Comunidades y poblaciones afectadas
  • Condiciones carcelarias
  • Personas fallecidas bajo tutela del Estado
  • Otros

En la audiencia participarán las organizaciones peticionarias: Aministía Internacional, Asociación Azul Originario (AZO), Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), Colectiva Feminista para el Desarrollo Local, Cristosal, Fundación Democracia, Transparencia y Justicia (DTJ), Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD), Fundación para el Debido Proceso (DPLF), Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (IDHUCA), Red Salvadoreña de Defensoras de Derechos Humanos, Servicio Social Pasionista (SSPAS), Oficina de Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), y la Organización de Mujeres Salvadoreñas para la Paz (ORMUSA),

La Audiencia se celebrará de manera virtual y podrá seguirse en directo, en idioma español, en las redes sociales de la CIDH. Invitamos a seguirla y a acompañar a las organizaciones utilizando las etiquetas

#ElSalvador #RégimenDeExcepción #CIDHAudiencia

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Programa Voces y Política. Recuperaciones territoriales de los pueblos originarios

Este miércoles 25 de mayo de 2022 el programa Voces y Política Radio Universidad 96.7 FM abordó el tema “Recuperaciones territoriales de los pueblos originarios”, con la participación de Elí Ortiz Torres del Consejo Iriria  Sat Kök deYamabï Dí (Cabagra); Heylin Figueroa Calderón del Concejo Ditsö Iríria Ajkönuk Wákpa de Salitre; Felipe Vargas y Jeison Ríos Ríos, personas recuperadoras de China Kichá.

Las comunidades indígenas han resistido desde hace siglos en luchas por sus territorios ancestrales. Los pueblos originarios pasaron de tener un 100% del territorio, a tener reconocidos por ley un 6.4% del territorio nacional actual. En los 90s iniciaron las luchas por la autonomía de los pueblos indígenas, que años después desembocaron en procesos de recuperación territorial al norte y sur de Costa Rica. Sin embargo, la usurpación continua; siguen robando tierras a indígenas propietarios legalmente.

Por décadas, la inacción, la omisión y la impunidad han marcado la relación del Estado con los pueblos indígenas. La mayor evidencia es el incumplimiento de la ley indígena en temas de tierra, sobre todo en saneamiento territorial. Dos asesinatos, 17 líderes y lideresas amenazados de muerte, más de 86 incidentes de violencia solamente en 2020 evidencian la amenaza que enfrentan estos pueblos.

Esto causó que en 2015 (con reiteración en 2016) la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) le ordenara al gobierno tomar medidas especiales para proteger de la violencia y las amenazas de ocupantes ilegales a los indígenas. Lamentablemente, este proceso se caracteriza por una impunidad histórica.

Los invitados de los pueblos originarios relatan cómo eran sus territorios antes de la recuperación y platican sobre su identidad y vínculo con sus tierras pese a los diferentes conflictos. Además, señalan la dificultad de todas las recuperaciones de territorio, la escasa información y el poco apoyo con el que cuentan los pueblos indígenas.

La recuperación de los territorios también conlleva un desarrollo en otras áreas relevantes del buen vivir, como temas sociales, de educación, y de salud. Cabe destacar que contar con sus tierras les ha permitido retomar tradiciones propias, preparación en labores únicas dentro de la cultura (por ejemplo, cantores), y enseñanza de su herencia indígena a los niños de la comunidad. No hay que olvidar que no solamente se trata de recuperación de tierra, sino recuperación de su identidad y cultura indígena.

El relato del recorrido de estas poblaciones a través de la voz de sus propios protagonistas caracterizó el programa de radio.

Puede ver la transmisión completa del programa en https://www.facebook.com/vocesypoliticaucr/videos/1418998398514173

Pronunciamiento sobre Norma Técnica del Aborto Terapéutico

Montserrat Sagot: «Creo que la señora Ministra de Salud no está enterada, pero la implementación de la Norma Técnica del Aborto Terapéutico es el resultado de una demanda que presentó Aurora en contra del estado de Costa Rica frente a la CIDH por haberla torturado negándole un aborto terapéutico de un embarazo inviable. En ese sentido, la Norma Técnica fue desarrollada como resultado de ese proceso porque se demostró que Aurora había sido sometida a un trato sumamente dañino e injustificado al obligarla a llevar a término un embarazo en el que el feto no tenía pared abdominal y tenía todos los órganos expuestos. Si el gobierno sigue adelante con sus promesas hechas a la Conferencia Episcopal y a los evangélicos de revisar la Norma Técnica, no solo estaría incumpliendo los mandatos de la Corte Interamericana, lo cual sería terrible, sino que estaría poniendo en riesgo la vida de muchas mujeres con embarazos inviables y le daría muchas oportunidades a los sectores más conservadores de avanzar en su agenda de retrocesos e imposiciones a las mujeres y a otros sectores».

Tomado del muro de Facebook de Montserrat Sagot.

Fuente: facebook.com

 

Compartido con SURCOS por Oscar Jara Holliday.

Resolución de Corte Interamericana pone en entredicho leyes anti huelgas en el continente

Artículo publicado en Semanario Universidad

Por Daniela Muñoz Solano | danielavms@gmail.com

8 abril, 2022

La CorteIDH condenó al estado guatemalteco por despedir a 65 trabajadores del Organismo Judicial de ese país por participar en un movimiento de huelga que fue declarado ilegal. 

Una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos podría poner freno a las legislaciones que pretenden restringir el derecho de huelga en distintos países, incluyendo Costa Rica.

El pasado 26 de enero de 2022 la mencionada Corte comunicó la sentencia en el caso «Extrabajadores del Organismo Judicial Vs. Guatemala» e informó que encontró al estado de ese país responsable internacionalmente «por las violaciones a diversos derechos en perjuicio de 65 personas extrabajadoras del Organismo Judicial de Guatemala despedidas por su supuesta participación en un movimiento de huelga que fue declarado ilegal».

La Corte IDH resolvió de manera unánime que ese Estado era culpable por la violación a las garantías judiciales y el derecho a la protección judicial de los demandantes y también, acordó por mayoría (seis votos contra uno) condenar a Guatemala por violar el derecho a la huelga, la libertad de asociación, la libertad sindical, el derecho al trabajo y el derecho a la estabilidad laboral.

La huelga de los trabajadores del Organismo Judicial se dio en 1996 y fue declarada ilegal por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, por lo que los participantes fueron despedidos. La Corte Interamericana resolvió que al «haber ejecutado los despidos como consecuencia directa de la declaratoria de ilegalidad de la huelga, sin un procedimiento previo e individualizado, violentó el derecho al debido proceso de las víctimas». Además, al no establecer un procedimiento claro para que se impugnara la declaratoria de ilegalidad de la huelga, la Corte consideró que el estado violentó el derecho a la protección judicial.

El tribunal internacional indicó que «el criterio de legalidad de la huelga es un elemento central respecto de la posibilidad de ejercicio del derecho de huelga», por lo que las condiciones y requisitos que la legislación establezca para que una huelga se considere legal «no deben ser complicados al punto de producir que en la práctica resulte imposible una huelga legal».

«Si bien se pueden establecer condiciones para ejercer el derecho de huelga en el marco de la negociación colectiva, estas condiciones deben ser razonables y en ningún momento deben afectar el contenido esencial del derecho de huelga, o la autonomía de las organizaciones sindicales», indicó el Tribunal, que también señaló que la legislación del momento establecía «limitaciones arbitrarias» al derecho de huelga, a la libertad de asociación, a la libertad sindical y afectaba el derecho al trabajo y a la estabilidad laboral.

Esta resolución, según representantes de organizaciones sindicales y especialistas en temas judiciales podrían poner en jaque las normativas que pretenden restringir las huelgas en la región, como es el caso de la Ley N° 9808 «para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos», mejor conocida como Ley Anti Huelgas.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (Anep) celebró la sentencia afirmando que «su afiliación puede estar segura» tras la resolución. «Anep se viene preparando para litigar en la Corte IDH por las violaciones de Derechos Humanos que vienen ocurriendo en el país. Será un precedente de gigantesco impacto político-social y económico», comunicó la organización.

En entrevista con UNIVERSIDAD, el secretario general de la organización, Albino Vargas, dijo que el sindicato en conjunto con el Instituto Internacional de Responsabilidad Social y Derechos Humanos está preparando litigios sobre derechos humanos a nivel internacional. Entre otros temas, esperan llevar ante la corte violaciones al derecho de huelga, a la negociación colectiva, al salario mínimo (incluso en el sector privado) y violaciones a derechos adquiridos y situaciones jurídicas consolidadas que consideran, se dan con la aprobación de la Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas y la Ley marco de empleo público.

«Esto que resolvió la Corte en el caso de Guatemala es un anticipo de las vicisitudes que enfrentará el estado costarricense por emitir legislación violatoria de los derechos humanos consagrados en el sistema internacional», dijo el sindicalista.

Además recordó que en mayo del 2021 la misma corte emitió una opinión consultiva sobre la libertad sindical, el derecho de huelga y negociación colectiva (OC-27/21) que es de acatamiento obligatorio para el país, lo que sumado a la reciente sentencia, dice, «augura la muerte de la Ley Anti Huelgas».

«Esta Opinión Consultiva llegó en un momento importante porque es que la Sala renunció a la defensa de los derechos sociales que consagra la constitución y está alineada al poder económico y dominante, que es de corte neoliberal», agregó.

El sindicalista dijo que así como el país tuvo que incorporar, «en contra lo que querían el Ejecutivo, la Sala y la Asamblea Legislativa» el matrimonio igualitario y la fertilización in vitro a la legislación como consecuencia de decisiones de la CorteIDH, esperan que «pasen cosas semejantes en relación con derechos sindicales, salario mínimo, derecho a la huelga e incluso, en el caso de las condiciones en las pensiones».

Jorge Morales, jurista y ex secretario general del Sindicato de la Judicatura (Sindijud), comentó que aunque las organizaciones del Poder Judicial aún no han realizado un análisis minucioso de la resolución, sí consideran que «llama poderosamente la atención pues sienta un importante precedente».

Además, recordó que durante la discusión de la mencionada ley, se emitieron informes por parte del Relator Especial sobre la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y Expresión, David Kaye; el Relator Especial sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación, Clement Nyaletsossi Voule; y el Relator Especial sobre la Situación de los Defensores de Derechos Humanos, Michel Forst, señalando la incompatibilidad del texto con los tratados de Derechos Humanos de los que Costa Rica es firmante.

«Sin duda —dijo Morales— esta sentencia es un elemento importante que debe tomarse en cuenta. Las nuevas autoridades costarricenses deberían poner las barbas en remojo, viendo que las del vecino están ardiendo, esto debería ser motivo de alarma porque una condenatoria en cuanto a desprestigio, costos y demás sería peor incluso en términos fiscales, que la derogación o modificación de esas normativas que vulneran derechos», dijo.

 

Imagen ilustrativa.

Gabriel Pimenta: por el derecho a defender derechos

Comunicado de prensa

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) realizó una audiencia pública los días 22 y 23 de marzo sobre el caso Gabriel Sales Pimenta vs Brasil. La audiencia comenzó a las 11:00 am de Brasilia y fue transmitida en vivo por las redes sociales de la Corte Interamericana.

Gabriel Sales Pimenta nació en Juiz de Fora, Minas Gerais, Brasil, en noviembre de 1954. Hijo de Geraldo y Maria da Glória, tenía seis hermanos: Sérgio, Zé, Marcos, Rafael, André y Daniel. A lo largo de su vida estudiantil estuvo muy involucrado en los procesos políticos donde mostró mucho interés por los desafíos que planteaba el derecho a la tierra en el país. Se graduó en Derecho en la Universidad Federal de Juiz de Fora (UFJF) y luego trabajó en la defensa de los derechos de los trabajadores rurales en el estado de Pará donde fue asesinado el 18 de julio de 1982, luego de recibir varias amenazas.

Los sospechosos de ser autores intelectuales y materiales del asesinato fueron identificados, pero nunca llevados al juicio. El proceso terminó con la prescripción de los principales imputados 24 años después del crimen, fruto de la indulgencia y connivencia del Estado, que incumplió su deber de garantizar el acceso a la justicia.

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Comisión Pastoral da Tierra (CPT) denunciaron el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2006 y, recientemente, el caso llegó a la Corte.

Aunque han pasado casi 40 años desde el asesinato de Gabriel, su caso ilustra un patrón de violaciones cometidas por el Estado brasileño contra los defensores de los derechos humanos, especialmente los que trabajan por el derecho de acceso a la tierra y al medio ambiente.

Según datos de la CPT, de 1980 a 2020, 115 defensores de derechos humanos fueron asesinados en el estado de Pará. De ese total, sólo 26 de ellos tuvieron sus causas concluidas y sólo algunos de los responsables de los crímenes fueron juzgados.

La impunidad de estos crímenes alimenta la violencia en el campo y la persecución contra las personas defensoras que luchan por la justicia, la igualdad y la democracia. Brasil es el tercer país del mundo con mayor tasa de homicidios de defensores de derechos humanos según la organización Front Line Defenders y hasta la fecha no existe en el país un mecanismo efectivo para la prevención y protección de estas personas, ni datos oficiales sobre su ocurrencia.

El caso de Gabriel permite a la Corte Interamericana analizar el deber agravado del Estado brasileño de investigar, juzgar y, eventualmente, condenar a los responsables de crímenes contra defensores de derechos humanos en Brasil, así como la necesidad de adoptar medidas de debida diligencia en la persecución de estos delitos.

Asimismo, se discutió la falta de adopción por parte del Estado de medidas efectivas para atacar las causas estructurales de esta violencia, como es el derecho a la tierra. Igualmente, el caso garantizará el derecho a la verdad sobre lo sucedido a Gabriel y la responsabilidad del Estado por la denegación de justicia.

De ser condenado, se espera que la Corte Interamericana determine que el Estado brasileño debe adoptar medidas tales como fortalecer el programa de protección de defensores de derechos humanos y establecer protocolos para la actuación diligente en estos casos, con el fin de prevenir estos crímenes y que casos como el de Gabriel Pimenta no se vuelvan a repetir.

Enlace para la audiencia:

https://www.facebook.com/CorteIDH/videos/383917843277714

 

Compartido con SURCOS por CEJIL.

Audiencia pública: “Situaciones de los derechos humanos en el contexto de impunidad en Nicaragua”

#NicaraguaEnImpunidad

CIDH analizará situación de derechos humanos en el contexto de impunidad en Nicaragua y la necesidad de adoptar mecanismos extraordinarios de verificación y rendición de cuentas.

Este lunes 14 de marzo, a las 9:00 am (hora de Guatemala), 11:00 am hora de Washington DC, tendrá lugar una Audiencia Pública en la cual las organizaciones solicitantes expondrán la grave situación de derechos humanos que impera en Nicaragua en un contexto de impunidad.

Durante la audiencia se presentará información actualizada sobre los siguientes temas:

  • Graves violaciones de derechos humanos cometidas en Nicaragua desde abril de 2018 y la impunidad en la que éstas permanecen.
  • Restricciones al derecho de las personas a votar y ser votadas que impide el ejercicio de la democracia y la ausencia de mecanismos para acceder a la justicia electoral.
  • Cooptación del sistema de administración de justicia.
  • Medidas legislativas que promueven la impunidad e impiden el escrutinio público. Necesidad de la adopción de mecanismos extraordinarios internacionales de verificación y rendición de cuentas.

En la audiencia participarán las organizaciones peticionarias Centro de Derechos Civiles y Políticos (CCPR), Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH), Movimiento Autónomo de Mujeres (MAM), Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH), Instituto sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos (Raza e Igualdad) y Urnas Abiertas. El Estado está llamado a comparecer, sin embargo, no hay seguridad de que asista.

La Audiencia se celebrará de manera virtual y podrá seguirse en directo, en idioma español, en las redes sociales de la CIDH.

Invitamos a seguirla y a acompañar a las organizaciones utilizando las etiquetas #NicaraguaEnImpunidad, #SOSNicaragua y #MecanismoParaNicaragua