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Etiqueta: clorotalonil

El Gobierno de Chaves presentará retrocesos y erosión de controles en materia de plaguicidas como avances

Trece acciones de la administración Chaves-Robles que han empeorado la crisis por contaminación con plaguicidas.

(21 de agosto 2025. Bloqueverde) El día de mañana viernes 22 de agosto, los ministros de ambiente, salud y agricultura harán una conferencia de prensa en el IICA en Coronado titulada “Avances en la gestión responsable de Agroquímicos” Un intento desesperado por hacer campaña política con la contaminación por plaguicidas.

La administración Chaves Robles ha agravado la crisis por contaminación con plaguicidas, incluso peor que administraciones anteriores, la diferencia es que ahora la erosión de controles y la tolerancia a la contaminación por parte de las autoridades se volvió política pública. Aunque no es una lista exhaustiva pasamos a mencionar algunos puntos relevantes sobre el agravamiento de crisis de contaminación con plaguicidas.

1. El Ministerio de Salud ha modificado el Reglamento de Agua Potable para permitir una mayor concentración de plaguicidas en el agua que tomamos en Costa Rica. Esta desmejora se hizo en el marco de la crisis de contaminación por Clorotalonil que viven diversas comunidades, un plaguicida prohibido en más de 35 países y que es catalogado como cancerinogénico. La ministra de Salud intenta aumentar en 800 veces el valor vigente en la norma nacional de residuos del agrotóxico clorotalonil.

2. En esta administración se ha implementado una forma de registro de plaguicidas que se le conoce como “registro por homologación” en la que se están registrando las moléculas viejas y que deberían de salir del mercado por su peligrosidad. Pero esto lo plantean las autoridades como “una modernización de alternativas para el agricultor”. Esos registros por homologación sólo los revisa el MAG-SFE y están permitiendo registros con información incompleta y evaluaciones ambientales parciales.

3. Se flexibiliza el registro de plaguicidas. El gobierno de Chaves incorporó otra forma de registro para facilitar aún más y que cualquiera que no tenga información propia de su producto, la pueda sacar de Internet y con eso registrar y vender. Existen inconsistencias técnicas para que avalen estos registros

4. MAG no permite el avance en la emisión de un reglamento para aplicaciones terrestres, porque quiere que las distancias entre una casa y la aplicación de venenos sea entre 0 y 5 metros. Es decir, EL MAG desea que le apliquen plaguicidas en el portón de su casa o escuela, clínica, etc.

5. Las escuelas que han tenido que ser evacuadas por ser impactadas por la deriva de las fumigaciones con agroquímicos no han recibido ninguna atención por parte de las autoridades. Cientos de niños y niñas que esperan recibir enseñanza han tenido que ser llevados al hospital con cuadros de intoxicaciones graves con plaguicidas debido a sus vecinos negligentes. El proyecto de ley 23697 que ayudaría a evitar este tipo de percances ha recibido la oposición de la fracción oficialista.

6. Este gobierno insiste en que los drones se consideren “equipo terrestre” para poder usar cualquier plaguicida sin las regulaciones de seguridad que pide Aviación Civil y las regulaciones de fumigación aérea existentes.

7. MAG ha impedido que se prohíba el fipronil en la agricultura, desobedeciendo el fallo de la Sala Constitucional para proteger las abejas y otros polinizadores. Hay que recordar que el insecticida fipronil es catalogado cómo el mayor asesino de abejas y se encuentra prohibido en muchos países del mundo por esta misma razón. Sumado a esto, la administración chavista engañó al país con el decreto que según ellos prohibía el fipronil, pero esto no era así. Es falso que el decreto ejecutivo 43767 proteja a las abejas, porque el uso industrial y profesional solamente se refiere a la aplicación que realizan empresas de este producto en instalaciones físicas, recintos cerrados, edificios o casas. En cambio el uso en campos agrícolas es el que verdaderamente mata a las abeja, y esa aplicación sigue siendo legal.

8. Las autoridades justificaron ante el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes la necesidad de mantener el uso de clorpirifos en Costa Rica a pesar de que este convenio de Naciones Unidas ha insistido en la necesidad de retirarlo del mercado desde el año 2022 por sus impactos a la salud humana, especialmente en niños y niñas.

9. El día de mañana se anunciará una lista de 18 moléculas como una supuesta reducción de plaguicidas, pero sólo es una limitación para una forma de registro (ya que existen varias). En realidad, sólo se dejarán de usar ciertas formulaciones, mientras que el grueso de los formulados con esas mismas moléculas seguirá a la venta. Para que esas moléculas se dejen de usar realmente, hay que hacer informes entre los 3 ministerios (MAG, MINAE, MINSA), como lo dicta la legislación y analizar qué criterios tienen más peso; la protección de la salud y el ambiente o la producción agrícola con plaguicidas.

10. El SFE está obligado todos los años a medir los residuos de plaguicidas que tienen los alimentos frescos que se comercializan en Costa Rica. Para el informe publicado este año las muestras de frutas, hortalizas y vegetales fueron recolectadas en fincas con programas de reducción de plaguicidas, parte del programa de Buenas Prácticas Agrícolas en su gran mayoría y no reflejan de ninguna manera una muestra representativa de la realidad nacional. Ya que el grueso de la producción no implementa ningún método de reducción de pesticidas.

11. El Ministerio de Salud durante esta administración ha debilitado la Unidad de Registro de Plaguicidas quitándole personal y erosionando la capacidad de advertir los riesgos a la salud de los plaguicidas que se comercializan en el país. Debilitando así el criterio técnico que por ley le corresponde al MINSA.

12. En esta administración la inacción ante eventos de contaminación ha sido la constante. La biodiversidad ha sufrido repetidos eventos de contaminación en cuerpos de agua como el Humedal de la Laguna Madre de Dios en Batán donde han sido ampliamente denunciadas por vecinos y pescadores de la zona, pero sólo reciben silencio institucional.

13. El año pasado vimos cómo el gobierno chavista desmanteló el Departamento de Agricultura Orgánica, pese a denuncias de los productores agroecológicos.

Mientras esto pasa, la Casa Presidencial impulsa la Alianza del Pacífico con impactos irreversibles a la soberanía alimentaria de nuestro país. El ministro de agricultura no deja de defender la importación de arroz, cebolla, papa y cualquier otra cosa que le pidan los financistas de la campaña chavista.

Parlamento Cívico Ambiental rechaza reforma que permite contaminación por plaguicidas en el agua potable

Comunicado

Parlamento Cívico Ambiental expresa su rotundo rechazo a la reforma que permite contaminación por plaguicidas en el agua potable y exige su derogatoria

San José, 7 de julio de 2025

El Parlamento Cívico Ambiental, impulsada la iniciativa del Acuerdo 19-25 desde de su Comisión de Recurso Hídrico, manifiesta su profunda preocupación y enérgico rechazo a la reforma al “Reglamento para la Calidad del Agua Potable” No. 38924-S, la cual permite la presencia de residuos de agroquímicos, incluyendo el agrotóxico clorotalonil, en el agua para consumo humano.

La propuesta eleva los niveles máximos permitidos de contaminantes, transformándolos en simples valores de referencia para análisis de riesgo, sin contar con una justificación técnica adecuada ni estudios científicos independientes. Esta modificación representa un grave retroceso en materia de derechos humanos, salud pública y protección ambiental.

Costa Rica ha sido reconocida internacionalmente por su compromiso con la sostenibilidad y la protección del ambiente. Aprobar esta reforma pone en entredicho dicho prestigio, y contraviene los principios constitucionales consagrados en los artículos 21 y 50 de la Constitución Política, así como los compromisos asumidos mediante los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Diversos estudios indican que el país presenta altos índices de enfermedades relacionadas con el consumo de agua contaminada, como el cáncer gástrico. Esta reforma afecta de forma desproporcionada a las comunidades con menos recursos, que tienen limitado acceso a fuentes de agua seguras, exacerbando así la desigualdad social.

Asimismo, preocupa que esta iniciativa responda a presiones de intereses económicos particulares, debilitando la legislación ambiental nacional y sacrificando el bienestar común. El Parlamento Cívico Ambiental considera inaceptable que se ponga en riesgo la salud de la población por favorecer a ciertos sectores empresariales.

Por todo lo anterior, este órgano hace un llamado urgente al Ministerio de Salud para que derogue la reforma y conforme una instancia técnica interinstitucional permanente que vele por la calidad del agua potable en el país. Además, se insta a promover políticas orientadas a la eliminación progresiva de los agroquímicos altamente peligrosos, en línea con estándares internacionales.

Se solicita asimismo a las y los diputados de la Asamblea Legislativa que continúen con su control político denunciando este tipo de medidas. Finalmente, se llama a la sociedad civil a que ejerza las acciones respectivas para efectos de detener los efectos dañinos de este decreto.

El acceso al agua potable limpia y segura es un derecho humano fundamental. No permitamos que se debiliten los logros alcanzados.

Demandas clave del PCA:

  • Derogatoria de la reforma al “Reglamento para la Calidad del Agua Potable” No. 38924-S

  • Conforme la instancia técnica interinstitucional permanente requerida en esta materia.

  • Promoción de iniciativas orientadas a la eliminación progresiva de los agroquímicos altamente peligrosos.

  • Respeto irrestricto a la jurisprudencia ambiental y a los principios constitucionales.

  • Que diputados y diputadas de la Asamblea Legislativa continúen con su control político denunciando este tipo de medidas.

  • Que la sociedad civil ejerza las acciones respectivas para efectos de detener los efectos dañinos de este decreto.

El Parlamento Cívico Ambiental hace un llamado a todos los miembros de la Asamblea Legislativa, medios de comunicación y sociedad civil a mantenerse vigilantes y unidos en la defensa de la salud pública producto del manejo adecuado patrimonio ecológico de Costa Rica y en la promoción de un desarrollo verdaderamente sostenible.

Gobierno de Rodrigo Chaves legaliza contaminación con plaguicidas en el agua de consumo humano

El medio oficial La Gaceta publicó este martes 24 de junio la reforma al Reglamento para la Calidad del Agua Potable, que permite elevar los límites de contaminación por plaguicidas en el agua que consume la población costarricense. Esta modificación, impulsada por la ministra de Salud, Mary Munive, representa una grave regresión en la protección del recurso hídrico, en especial en regiones como la Zona Norte de Cartago.

En lugar de cumplir con su deber de proteger la salud pública, el Ministerio de Salud optó por legalizar concentraciones de sustancias peligrosas —como los metabolitos del clorotalonil— muy por encima de lo permitido por el reglamento vigente hasta el día de ayer. Esta decisión expone a la población a compuestos tóxicos que hasta ahora no se contabilizaban formalmente en el agua potable.

La reforma establece niveles “legales” para metabolitos del clorotalonil, un plaguicida prohibido en 2023 por ser cancerígeno, al igual que sus degradados. Estos residuos se habían detectado en 69 fuentes de agua en la Zona Norte de Cartago, superando los límites del reglamento vigente hasta el lunes. Con este cambio, el Gobierno no solo desatiende una emergencia ambiental, sino que blanquea su inacción frente a una contaminación comprobada.

La decisión fue adoptada a pesar del rechazo técnico, académico y social expresado durante el proceso de consulta pública por universidades estatales, entidades especializadas como ARESEP y la Defensoría de los Habitantes, así como por organizaciones ecologistas, colectivos comunitarios y diputaciones (ver listado de sectores opuestos)

El Frente Ecocipreses calificó la reforma como “una erosión grave del derecho al agua consagrado en la Constitución Política y una regresión en materia ambiental. La firma y publicación de este decreto desprotege la salud pública y deja en la impunidad la contaminación del agua con agroquímicos que sufre el país”.

Por su parte, el Bloque Verde denunció que “el Gobierno de Rodrigo Chaves ha decidido impulsar una norma anticientífica, insalubre y desproporcionada, que va a contramano del principio precautorio, la progresividad ambiental y el derecho a un ambiente sano. Le ha dado carta blanca a la industria de los agrotóxicos para que siga contaminando con impunidad nuestra agua”.

Ante esta peligrosa decisión, el sector ambiental convocará a CONARE, la Defensoría de los Habitantes y demás instancias críticas para analizar colectivamente las acciones legales y técnicas que permitan revertir este decreto.

Listado de sectores que se opusieron al Decreto 45019-S

1. Universidad de Costa Rica (Consejo Universitario y CICA-INISA). Emitió un pronunciamiento oficial en contra: riesgo de mayores residuos de plaguicidas. Propuso un comité técnico intersectorial y un debate amplio antes de reformar. Solicitó mantener el Valor Máximo Admisible y mejorar protocolos de análisis de riesgo y monitoreo.

2. Instituto Tecnológico de Costa Rica (TEC). Solicitó una reevaluación de la propuesta y un análisis más profundo, subrayando que los nuevos valores superaron significativamente los límites vigentes. Respaldo a las comunidades afectadas y petición de un comité técnico intersectorial con especialistas en toxicología, química ambiental y salud pública. Advirtió que los modelos de predicción conllevaban incertidumbres y podían no reflejar la complejidad real de los agroquímicos.

3. Universidad Técnica Nacional (UTN). Concluyó que la reforma presentaba riesgos significativos al sustituir el Valor Máximo Admisible por Valor de Alerta sin metodología adecuada. Exigió mantener los parámetros actuales, fortalecer el monitoreo continuo y compartir costos de evaluación de riesgo. Propuso eliminar cultivos contaminantes en un radio de 200 m y reforzar áreas de protección.

4. Universidad Nacional (UNA).Afirmó que no se pronunció debido al receso institucional de fin de año, lo cual impidió su participación clave. Destacó que el IRET-UNA había publicado investigaciones sobre riesgos significativos de plaguicidas para la salud y el ambiente en diversas regiones, aspecto omitido en la propuesta.

5. Defensoría de los Habitantes. Solicitó que el Ministerio priorizara el bienestar y la protección ambiental, garantizando transparencia y revisión de observaciones de consulta pública. Señaló que la población estaba consumiendo niveles superiores a los detectados con la orden sanitaria de 2022 e instó a reconocer efectos acumulativos.

6. ARESEP. Indicó desconocimiento previo de la reforma y advirtió un impacto tarifario por los costos de análisis de riesgo. Recordó su rol fiscalizador y exigió criterios científicos sólidos y participación proactiva de todos los actores.

7. Academia Nacional de Ciencias (ANC). Declaró que la modificación representaba un retroceso en salud pública y atentó contra el principio precautorio. Instó a suspender la aprobación y abrir procesos de discusión científica, subrayando la ausencia de plaguicidas muy peligrosos en su análisis.

8. Frente Ecológico Cipreses. Presentó una solicitud formal a la Ministra de Salud. Cuestionó fundamentos científicos, técnicos y jurídicos de la reforma. Exigió aclaraciones sobre el cambio de Valor Máximo Admisible a Valor de Alerta y monitoreo continuo.

9. Federación de Estudiantes de la UCR (FEUCR). Realizó una campaña de recolección de firmas (10.000). Denunció un retroceso para la salud pública y el medio ambiente.

10. Ex-presidenta del AyA, M.Sc. Yamileth Astorga Espeleta. Advirtió un aumento del riesgo de cáncer por consumo de agua con plaguicidas. Señaló el incumplimiento de la Ley de Aguas (zona de protección de 200 m). Criticó la falta de aplicación de la normativa en casos previos de contaminación.

11. Otros colectivos y organizaciones. Bloque Verde, Frente Eco Cipreses, Federación Costarricense para la Conservación de la Naturaleza, Red de Coordinación en Biodiversidad, Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados, Frente Nacional de Sectores Afectados por la Expansión Piñera, Red de Mujeres Rurales, Movimiento de Agricultura Orgánica Costarricense, Unidad Especial Silvestre De Protección y Rescate Animal, Asociación Preservacionista de Flora y Fauna, Asociación de Desarrollo Integral Magnolias, Movimiento de Resistencia y Formación, Frente Ecologista Universitario, Movimiento Ríos Vivos, Comunidades Ecologistas La Ceiba – Amigos de la Tierra Costa Rica, La Yunta Agroecológica, Buen Vivir Costa Rica.

12. Diputados de la República. Ariel Robles Barrantes, Rosaura Méndez Gamboa y Diputada Kattia Cambronero Aguiluz

Todos disponibles en

https://drive.google.com/drive/folders/1AG8gy_FS8Dm9SfMT-kE2bh59HTbxLMCY

Con apoyo del proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.

Imagen: https://herediaendigital.com

Tribunal acoge medida cautelar y ordena restablecer abastecimiento de agua potable en comunidades de Oreamuno ante contaminación con clorotalonil

El Tribunal Contencioso Administrativo del Segundo Circuito Judicial de San José acogió parcialmente una medida cautelar provisionalísima solicitada por el abogado ambiental Álvaro Sagot Rodríguez y el ecologista Fabián Pacheco Rodríguez, en defensa del derecho humano al agua potable, la salud y la vida de poblaciones afectadas por la contaminación con metabolitos de clorotalonil en el cantón de Oreamuno, Cartago.

La acción legal, presentada contra el Estado costarricense y el Ministerio de Salud, cuestiona la resolución MS-DM-2187-2025, mediante la cual la ministra de Salud autorizó la suspensión de forma unilateral y arbitraria el Reglamento para la Calidad del Agua Potable (Decreto Ejecutivo N.º 38924-S), permitiendo niveles más altos de contaminación sin una reforma reglamentaria debidamente oficializada.

En su resolución de este 18 de junio, el Tribunal ordenó al Estado y al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) que restablezcan el abastecimiento de agua potable por medio de camiones cisterna a las comunidades abastecidas por las ASADAS de Santa Rosa, San Pablo y Cipreses, todas ubicadas en Oreamuno de Cartago.

Es importante señalar que estas comunidades no son las únicas que están consumiendo agua con niveles por encima de los límites establecidos en el reglamento. En todos los muestreos realizados por el Estado, las fuentes de agua que abastecen a toda la zona norte de Cartago incumplen la normativa de calidad del agua potable. Ante esta emergencia ambiental, el Ministerio de Salud optó, de forma transitoria, por aplicar valores máximos permisibles más altos para los metabolitos del pesticida clorotalonil, a pesar de su reconocida toxicidad, incumpliendo así el reglamento vigente.

Se acoge parcialmente la medida cautelar bajo la modalidad provisionalísima, considerando el bien jurídico salud y vida, además de la importancia del abastecimiento de agua potable en las comunidades (…) toda vez que se configura el presupuesto de extrema urgencia conforme el artículo 25 del Código Procesal Contencioso Administrativo”, resolvió la jueza Ana Katarina Apú Hidalgo.

Los demandantes alegaron que la resolución ministerial vulnera principios fundamentales del derecho público y ambiental, como el principio de legalidad, el derecho a un ambiente sano, y especialmente el principio de inderogabilidad singular de los reglamentos, al permitir —sin sustento legal ni procedimiento reglamentario— que se apliquen “valores máximos admisibles ajustados” para los metabolitos del agroquímico clorotalonil.

A su vez, la medida judicial responde a la revocación previa de tres órdenes sanitarias que desde octubre de 2024 obligaban al abastecimiento de agua potable segura en estas comunidades. Según el recurso presentado, levantar tales órdenes sin garantizar agua apta para el consumo humano expone a la población a daños irreparables en su salud y vida.

Los ecologistas solicitaron que, además de la medida provisional, se declare nulo el acto administrativo MS-DM-2187-2025 por ser una conducta abiertamente ilegal e inconstitucional, y se restituya la vigencia plena del Reglamento de Calidad del Agua Potable hasta que exista una reforma debidamente emitida por el Poder Ejecutivo.

La acción legal invoca también el principio in dubio pro aqua, que ordena priorizar siempre la protección de los recursos hídricos en contextos de incertidumbre, así como jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Sala Constitucional y el Tribunal Contencioso Administrativo, que respaldan el derecho al agua segura como condición esencial para una vida digna.

“Esta es una victoria parcial, pero urgente. La vida y la salud de cientos de personas no pueden quedar al arbitrio de una interpretación administrativa que relativiza el derecho humano al agua”, señalaron los demandantes.

El acto es absolutamente nulo por violar el principio de inderogabilidad singular del reglamento, al pretender modificar de facto una norma vigente sin pasar por el debido proceso del Poder Ejecutivo. Es un claro abuso de poder y una transgresión de derechos fundamentales”, declaró el abogado ambientalista Álvaro Sagot.

Este caso demuestra cómo se sacrifican los derechos humanos y ambientales bajo argumentos administrativos e irregulares. Lo que está en juego es la vida y salud de cientos de personas que están recibiendo agua contaminada”, sostuvo Fabián Pacheco.

El proceso continuará en sede judicial mientras se analiza el fondo del asunto. Mientras tanto, se espera que las autoridades cumplan de inmediato la orden del Tribunal, garantizando el suministro seguro de agua potable a las comunidades afectadas.

Recurso interpuesto: https://drive.google.com/file/d/1n3m-Mh2Jbwx1ZjypggW8tPWHawiBocoP/view?usp=drive_link

Resolución cautelar: https://drive.google.com/file/d/1czVp16yUUDDQXvu6HnCzhL2K5wnpYf5q/view?usp=drive_link

Video Álvaro Sagot: https://drive.google.com/file/d/1tTRARi2_lr67wtEl4haOfcuFtEJ6e75e/view?usp=drive_link

Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes: Análisis de la conflictividad socioambiental en territorios comunitarios de Costa Rica de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.

Frente Ecologista de Cipreses interpone nueva gestión por desobediencia ante contaminación con clorotalonil

Sala Constitucional ordenó garantizar agua potable, pero autoridades insisten en ignorar la normativa vigente.

6-5-2025, Cipreses, Cartago — El Frente Ecologista de Cipreses (Ecocipreses) presentó una nueva gestión de desobediencia contra el Ministerio de Salud y el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), debido a que ambas instituciones continúan sin aplicar el Reglamento vigente para la Calidad del Agua Potable, pese a una reciente orden de la Sala Constitucional.

La gestión se fundamenta en la resolución N.º 2025012770, emitida el pasado viernes por la Sala, en la cual se ordena a las autoridades resolver efectivamente el problema de contaminación por clorotalonil en las nacientes de agua y, mientras tanto, continuar abasteciendo a la población mediante camiones cisterna.

Ecocipreses argumenta que las autoridades levantaron medidas sanitarias sin basarse en los parámetros establecidos por el reglamento vigente, incumpliendo con los estándares jurídicos aplicables. En su resolución, los magistrados reiteraron que los únicos valores legalmente válidos son los establecidos en el Reglamento para la Calidad del Agua Potable.

Sin embargo, menos de 24 horas después de esta notificación, el Ministerio de Salud emitió el Comunicado de Prensa CP-0089-2025, fechado el sábado 3 de mayo de 2025, en el cual afirma:

De un total de 75 fuentes analizadas, solo cuatro presentaron concentraciones de metabolitos de clorotalonil superiores al límite permitido. Esto significa que 71 fuentes cuentan con agua potable apta para el consumo humano”.

Según Ecocipreses, las autoridades están utilizando valores máximos admisibles (VMA) que superan hasta 800 veces el límite permitido por la normativa nacional vigente, como ya han denunciado diversas organizaciones sociales, universidades públicas, la Defensoría de los Habitantes y la ARESEP. Estos valores corresponden a una propuesta de nuevo reglamento que aún no ha sido legalmente publicado ni aprobado, por lo que carecen de validez jurídica.

Además, el comunicado oficial del gobierno destaca como un logro la “definición de valores de referencia sanitarios (VMAAR) en coordinación con la Organización Panamericana de la Salud (OPS)”, sin mencionar que tales valores no tienen respaldo legal en Costa Rica y representan un retroceso en materia de salud pública, lo que los hace inconstitucionales.

Ante esta situación, Ecocipreses considera que se ha incurrido en una falta de respeto directa a la autoridad de la Sala Constitucional. Por ello, solicitan que se ordene al Ministerio de Salud iniciar procedimientos sancionatorios contra los funcionarios responsables de la emisión del comunicado de prensa, al considerarlo una manifestación oficial que contradice lo ordenado judicialmente.

Los accionantes también señalaron: “Si AyA no garantiza el suministro de agua potable, está incurriendo en desobediencia, pues la orden fue de cumplimiento inmediato. Negarnos el acceso al agua limpia es un acto de irresponsabilidad que atenta contra la vida de nuestra comunidad”.

Finalmente, denuncian que hasta el día de hoy no han recibido ninguna notificación oficial que les garantice el acceso a fuentes de agua libre de contaminantes.“La única información recibida es la del comunicado de prensa del Ministerio, que, a nuestro juicio, constituye una burla a lo dispuesto por la Sala Constitucional”, concluyen.

Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.

Contaminación del Agua: ¿Es la Flexibilización la Solución?

Observatorio de Bienes Comunes, UCR

En los últimos años, hemos presenciado un aumento de casos relacionados con la contaminación de fuentes de agua, de las cuales dependen miles de personas para acceder al agua potable, casos como Cipreses de Oreamuno o Barranca de Puntarenas, han sido señales de alerta.

Estos eventos de contaminación, en muchas ocasiones, han estado vinculados a la creciente presión de actividades productivas como los monocultivos o prácticas agrícolas que manejan inadecuadamente los agrotóxicos, e incluso utilizan sustancias prohibidas.

Ante este contexto, el gobierno de la república, a través del Ministerio de Salud, propone una reforma mediante el decreto MS-AJ-CB-2932-2024, que modifica el decreto ejecutivo No. 38924-S del 12 de enero de 2015, conocido como el Reglamento para la Calidad del Agua Potable. La reforma establece el cambio de “Valores Máximos Admisibles” a “Valor de Alerta”.

Esta propuesta representa una flexibilización de la normativa ambiental, permitiendo una mayor tolerancia a la presencia de sustancias químicas en el agua potable destinada al consumo humano.

La contaminación de nuestras fuentes de agua por sustancias como el mancozeb y el clorotalonil es una muestra de la creciente fragilidad de nuestros territorios. Esto no solo afecta el consumo de agua potable, sino también provoca daños en los ecosistemas que dependen de esos cuerpos de agua.

Cualquier medida de protección y reconocimiento de la importancia de estos bienes comunes, como el agua para nuestras comunidades, no puede ser ignorada. Intentar flexibilizar la normativa vigente y permitir mayor tolerancia a la presencia de sustancias químicas puede tener un impacto negativo potencial en la salud humana y en los ecosistemas.

Por esta razón, les compartimos esta infografía que busca problematizar la actual propuesta y debatir sobre la pertinencia de la flexibilidad en la normativa ambiental.

Reforma permitiría plaguicidas en el agua para consumo humano

El gobierno impulsa una reforma para permitir la contaminación con plaguicidas en el agua para consumo humano

  • Alteran el Reglamento de Agua Potable en beneficio de la presencia de agroquímicos y en contra de la salud pública.

  • La ministra de Salud intenta aumentar en 800 veces el valor vigente en la norma nacional de residuos del agrotóxico clorotalonil.

  • Grave retroceso legal en materia de protección de aguas podría ser inconstitucional, ecologistas se preparan para acudir a la Sala IV y pedir justicia

(07/01/2026) El pasado viernes 13 de diciembre en la web del Ministerio de Salud se puso en consulta pública por diez días hábiles la modificación del Decreto Ejecutivo No. 38924-S del 2 de enero del 2015 “Reglamento Para La Calidad Del Agua Potable”.

El MinSa impulsa una nueva versión de un reglamento que desprotege y amenaza el agua potable; para permitir y legalizar la contaminación con plaguicidas en el líquido vital destinado al consumo de toda la población nacional.

La propuesta, legaliza Valores Máximos Admisibles (VMA) que superan en hasta 800 veces el valor vigente en la normativa nacional, sin incluir estudios o criterio técnico al respecto.

Este cambio sustancial busca “legalizar” niveles alarmantes de metabolitos del Clorotalonil, lo cual atenta contra la salud pública de las comunidades afectadas. Hay que recordar que este plaguicida está prohibido desde 2023 por ser considerado cancerígeno y que sus degradados también cancerígenos y tóxicos persisten como principales contaminantes en el agua de 69 fuentes en la zona norte de Cartago.

Esta reforma intenta legalizar la contaminación con cualquier agroquímicos que en el futuro esté presente en el agua. No busca el beneficio de la población o mejorar la calidad del agua que tomamos, es un intento desesperado por no hacer nada ante el grave problema de contaminación, ampliamente demostrado. Queda de manifiesto que el gobierno sabe que los cambios que ampara el suministro de agua y el levantamiento de la Órdenes Sanitarias realizado en el 2024, es totalmente ilegal y viola el reglamento actual. Dejando a 69 comunidades de la zona norte de Cartago a la suerte de agua contaminada con metabolitos del agrotóxico clorotalonil.

Esta reforma cambia “Valor Máximo Admisible” por “Valor de Alerta”. Parece una simple sustitución de palabras, pero esto hace que el agua contaminada no tenga que ser sacada de los sistemas de distribución del preciado líquido para consumo humano. Con esta reforma el AyA podrá continuar autorizando la distribución de agua con altos contenidos de agroquímicos mientras hacen “análisis de riesgo” para evaluar qué tan peligrosos son estos residuos para la salud humana y que tanto agro-veneno puede ser ingerido en base modelos teóricos y suposiciones ofrecidas por los funcionarios de turno. Esto burla el principio precautorio y la amplia jurisprudencia como son el indubio pro aqua, indubio pronatura y el indubio prosalud.

La vergonzosa propuesta de reglamento que permite la contaminación de las aguas para consumo humano con residuos de clorotalonil es violatoria de la Ley de Salud 5395 en sus artículos 263 y 273. El 263 prohíbe “toda acción, práctica u operación que deteriore el medio ambiente natural o que alterando la composición o características intrínsecas de sus elementos básicos, especialmente el aire, el agua y el suelo, produzcan una disminución de su calidad y estética, haga tales bienes inservibles para algunos de los usos a que están destinados o cree éstos para la salud humana o para la fauna o la flora inofensiva al hombre. Toda persona queda obligada a cumplir diligentemente las acciones, prácticas u obras establecidas en la ley y reglamentos destinadas a eliminar o a controlar los elementos y factores del ambiente natural, físico o biológico y del ambiente artificial, perjudiciales para la salud humana”. Y además el artículo 273 donde se “prohíbe contaminar los abastos de agua, así como dañar, obstruir parcial o totalmente, los sistemas de abastecimiento de agua potable destinada a la población. Se presume de pleno derecho la contaminación del agua por el simple hecho de agregarle cualquier cosa o elemento extraño, excepto aquellos que mejoren la calidad del agua en proporciones científicamente aceptables y con fines específicos en la prevención de enfermedades (destacado no es del original).

En resumen, el Ministerio de Salud pretende cambiar la normativa nacional para legalizar la contaminación con agroquímicos. De firmarse y publicarse este decreto ya no se prohibirá la presencia de pesticidas en la red de distribución del AyA y de las Asadas acorde al reglamento vigente. Cuando se encuentren fuentes de agua potable contaminada con agroquímicos las autoridades seguirán abasteciendo el agua y evaluaría a posterior si esto causa daño o no a la salud pública. Violando el principio in dubio pro agua y el principio precautorio; el artículo 50 de la Constitución Política.

La gráfica anterior es clara y permite observar la grave situación de contaminantes degradados del clorotalonil en la Zona Norte de Cartago. Estas gráficas son de autoría propia y se hicieron en base a los datos publicados por el mismo Ministerio de Salud. Cada color corresponde a un metabolito de degradación del agrotóxico clorotalonil ( 8 en total) para las respectivas 69 tomas de agua detalladas en la gráfica de barras. La Asada de San Rafael de Irazú presenta la toma de agua con mayor contaminación al final de la gráfica.

Señalamos que es irresponsable la decisión de elevar los parámetros de contaminación, lo cual va en contra del principio de no regresión y del principio precautorio en materia de salud ambiental. Por lo tanto, sostenemos que esta modificación al reglamento, no sólo es ilegal sino que también es inconstitucional. Además los actos administrativos de este gobierno, como el levantamiento de las Órdenes Sanitarias de las fuentes contaminadas, son criminales y van en detrimento de nuestro derecho humano al agua.

En el gráfico anterior destaca la línea anaranjada, la cual señala el Valor Máximo Admisible permitido en la versión actual del Reglamento de Agua Potable (límite que quieren modificar con la reforma en cuestión) , en azul los valores encontrados por el Ministerio de Salud de degradados del Clorotalonil en 69 fuentes de agua claramente sobrepasan entre 470 veces y 214 veces la norma establecida. En resumen, la reforma en discusión que intenta el gobierno pretende elevar el límite actual (línea anaranjada) a la parte superior de la gráfica elevando así los límites permisibles en contra de la calidad del agua potable y a favor de la desidia institucional de no abordar el problema integralmente.

Las organizaciones aquí firmantes llamamos a diputados de la República, autoridades competentes, acueductos comunitarios y la sociedad civil en general a organizarse y rechazar dicha propuesta de reforma al Reglamento de Agua Potable.

Firman:

Bloque Verde
Frente Eco Cipreses
Federación Costarricense para la Conservación de la Naturaleza
Red de Coordinación en Biodiversidad
Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados
Frente Nacional de Sectores Afectados por la Expansión Piñera
Red de Mujeres Rurales
Movimiento de Agricultura Orgánica Costarricense
Unidad Especial Silvestre De Protección Y Rescate Animal
Asociación Preservacionista de Flora y Fauna
Asociación de Desarrollo Integral Magnolias
Movimiento de Resistencia y Formación
Frente Ecologista Universitario
Movimiento Ríos Vivos
Comunidades Ecologistas La Ceiba – Amigos de la Tierra Costa Rica
La Yunta Agroecológica
Buen Vivir Costa Rica
Diputado Ariel Robles Barrantes
Diputada Rosaura Méndez Gamboa
Diputada Kattia Cambronero Aguiluz

Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes: Análisis de la conflictividad socioambiental en territorios comunitarios de Costa Rica de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social, Universidad de Costa Rica.

Defensoría pide informes ante levantamiento de alerta en varias nacientes de agua en zona norte de Cartago

La Defensoría de los Habitantes solicitó al Ministerio de Salud y al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) una serie de informes y referirse al sustento jurídico para levantar las órdenes sanitarias que pesaban sobre varias nacientes que abastecen las Asadas de Cipreses, San Pablo y Sata Rosa.

La Defensoría de los Habitantes ha venido realizando un acompañamiento interinstitucional sobre la problemática por la contaminación con metabolitos de clorotalonil en la zona norte de Cartago, específicamente, con la comunidad de Cipreses de Oreamuno. Se ha asistido a reuniones mensuales en la oficina ORAC Este del AyA, se ha visitado la comunidad y reuniones con vecinos de Cipreses.

A lo largo de estos meses, la Defensoría de los Habitantes ha estado pendiente de los nuevos muestreos que se estaban realizando en la zona norte de Cartago y se estaba a la espera de los resultados, con el fin de velar por la salud de la población y del ambiente sano. Esta semana, en la información que se maneja, el AyA convocó a varias Asadas y vecinos de la comunidad, para presentar los resultados de los muestreos realizados en meses pasados. No obstante, la Defensoría de los Habitantes no fue convocada a dicha actividad, sin embargo, se tuvo acceso al oficio MS-DPRSA-USA-2187-2024 de fecha 25 de octubre de 2024, en el cual se detalla las acciones realizadas, conclusiones de los muestreos, medidas inmediatas y a largo plazo, así como recomendaciones generales.

En el presente caso, es necesario tener en consideración el Principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo suscrita en 1992, que indica el papel de los Estados para la protección del medio ambiente y que estos deben aplicar el «criterio de precaución» cuando exista peligro de daño grave o irreversible.

Asimismo, el artículo 16 de la Ley General de Administración Pública, número 6227, establece que: “en ningún caso podrán dictarse actos contrarios a las reglas unívocas de la ciencia o de la técnica, o a principios elementales de justicia, lógica y conveniencia”, por lo que basar una decisión para levantar órdenes sanitarias por contaminación de fuentes de agua basado en un estudio técnico que dispone de los parámetros de calidad de agua distintos a los ya establecidos en la normativa nacional y a la norma europea, lo cual, puede ir en contra la normativa nacional así como del principio de no regresión en materia ambiental.

Ante la preocupación por el derecho a la salud y a un medio ambiente sano, la Defensoría de los Habitantes solicitó al Ministerio de Salud y al AyA informe detallado de lo siguiente:

  • Copia de las órdenes sanitarias que se emitan a las nuevas comunidades que presentaron niveles de metabolitos de clorotalonil superiores a lo recomendado.
  • Informe completo de los muestreos realizados con la debida evaluación de estos.
  • Referirse al sustento jurídico utilizado para levantar las órdenes sanitarias vigentes en contraposición de lo dispuesto en el Reglamento para la Calidad del Agua Potable y basado, únicamente, en un informe técnico. Asimismo, remitir las razones técnicas para solicitar la reforma de este reglamento.
  • Indicar si se realizó un análisis del riesgo toxicológico para cambiar los parámetros existentes en el Reglamento para la Calidad del Agua Potable, de ser así, remitir copia de éste.
  • Remitir el informe de la Organización Panamericana de la Salud (OPS Informe CTL Ministerio de Salud CIR) en el que se basan para cambiar los parámetros del reglamento vigente y utilizar los Valores Máximos Admisibles Ajustados por Riesgo (VMAAR).
  • Remitir cualquier otra información que considere necesaria aportar para el conocimiento de la Defensoría de los Habitantes.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Mensaje de Frente Ecocipreses

Fabián Pacheco e Isabel Méndez Garita, representantes del Frente Ecocipresis compartieron por medio del video un resumen de las medidas más recientes que se tomaron en torno a la problemática con las fuentes de agua de las comunidades del norte de Cartago en zonas como Oreamuno y Cipreses.

Fabían Pacheco indica primero que se realizó una conferencia en la cual se reunieron representantes del gobierno, el ministerio de salud y del AYA. En esta reunión el AYA presentó los resultados del reciente monitoreo de las muestras de agua por grados de concentración de partes por millón en el agua por cada químico encontrado en las muestras. No obstante, la preocupación surge cuando la presentación de los mandatarios arroja un punto de vista de cada químico por aparte y nunca se consideró la afectación del cúmulo de estos para el momento de ser ingeridos por lo que resulta preocupante la ausencia de una perspectiva integral en los análisis.

Por otra parte, se resalta que en la reunión hubo participación de muchas asadas atendiendo al llamado de compromiso para cuidar sus fuentes de agua.

La señora Isabel Méndez también comentó sobre su preocupación por la contaminación de las nacientes por metabolitos de Clorotalonil y que a partir de este momento están quitando las restricción en las cantidades de estos metabolitos aunque esto signifique que el agua sigue estando contaminada. Pacheco añadió también que ahora se estableció una cantidad más elevada de metabolitos por millón de químicos en el agua sin embargo lanza la pregunta: ¿Y la suma de cada cantidad de metabolitos, qué impacto tiene sobre nuestra salud? De esta forma lanzan este mensaje para que la forma de arrojar estos resultados no sea un mecanismo para minimizar la preocupación y el esfuerzo por defender ell derecho a fuentes de agua realmente potable sin residuos de ningún tipo de metabolitos de agroquímicos. Por esta razón, como representantes del Frente Ecocipreses se mantienen en el compromiso de hacer un llamado para que se cuiden las nacientes y que continúe la lucha.

Le invitamos a obtener más información viendo el video en el que aparecen Fabián e Isabel dando sus comentarios sobre el tema.

Emergencia ambiental: más de 69 fuentes de agua en Cartago estarían contaminadas

El gobierno podría proponer aumentar los límites de plaguicidas para evitar declarar una emergencia y así destinar recursos para resolver el problema de contaminación de más de 50 mil personas. 

Desde marzo, la ARESEP, junto con la academia, grupos comunitarios, ambientalistas y diputados, había solicitado la declaratoria de emergencia. Se basaron en informes institucionales, precedentes legales y el principio de precaución, que permitirían agilizar los recursos para el proyecto Orosi II.

Por Mauricio Álvarez Mora
Geógrafo docente en las Escuelas de Geografía y Políticas
Programa Kioscos Socio ambientales de la UCR e IDELA UNA

Una fuente interna de una institución pública nos aseguró que todas las 69 muestras de agua resultaron contaminadas con metabolitos del fungicida clorotalonil, es decir, productos derivados de la molécula original. A principios de mayo, Acueductos y Alcantarillados (AyA) realizó un muestreo en la zona norte de Oreamuno y Alvarado, en Cartago. Se tomaron 45 nacientes gestionadas por las Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales (Asadas) y 24 nacientes de acueductos municipales de Oreamuno, afectando así a aproximadamente 50,000 personas.

Entre las fuentes muestreadas se encuentran: ASADA Buena Vista de Pacayas (2 fuentes), ASADA Cipreses de Oreamuno (2 fuentes), ASADA Cot de Oreamuno (6 fuentes), ASADA Norte de Pacayas (2 fuentes), ASADA Paso Ancho y Boquerón (2 fuentes), ASADA Potrero Cerrado (5 fuentes), ASADA San Juan de Irazú (2 fuentes), ASADA San Pablo de Santa Rosa (9 fuentes), ASADA San Rafael de Irazú (7 fuentes), ASADA Santa Rosa de Oreamuno (7 fuentes), ASADA Santiago de Paraíso (2 fuentes), Municipalidad de Alvarado (13 fuentes) y el Consejo Municipal de Cervantes (11 fuentes).

Según datos divulgados por el gobierno, el muestreo abarca un área aproximada de 8,500 hectáreas y es la primera de cuatro etapas de muestreo (AYA, 1-7-24). Este monitoreo fue una respuesta del gobierno a la solicitud de declaratoria de emergencia de diversas instituciones y fuerzas políticas. En su momento, se indicó que “a partir de sus resultados definiremos la ruta a seguir” (AYA, 1-7-24).

Algunas de estas fuentes ya estaban clausuradas por contaminación, como las de Cipreses, San Pablo y Santa Rosa, afectando a unas 10,000 personas. En el caso de Cipreses, el 12 de octubre se cumplieron dos años de suministrar agua mediante cisternas, y otras comunidades pronto alcanzarán el mismo plazo.

Declaratoria de emergencia: Mediante un oficio dirigido a la Primera Vicepresidencia de la República y a los jerarcas de los ministerios de Salud, Ambiente, Energía y Agricultura, así como al Presidente Ejecutivo del AyA, la ARESEP solicitó el 4 de marzo de 2024: “Se insta a declarar Estado de emergencia en la zona norte de Cartago, dada la contaminación por agroquímicos de las fuentes de agua utilizadas por las Asadas de Potrero Cerrado, Paso Ancho, Boquerón, Cipreses, San Pablo, Norte de Pacayas, San Rafael de Irazú, Buena Vista, Santa Rosa, Cot y San Juan de Irazú, afectando directamente a 33,000 habitantes” (OF-0131-IA-2024).

El 9 de abril, representantes del Frente Ecologista de Cipreses, la Universidad de Costa Rica (UCR) y diputados de los partidos Frente Amplio, Liberal Progresista y Liberación Nacional pidieron al Gobierno declarar “estado de emergencia” en la zona norte de Cartago, debido a la contaminación con agroquímicos en las fuentes de agua que afectan a 50,000 habitantes.

Los informes internos son contundentes. Advertían que el 80% del área de protección de 35 nacientes estudiadas estaba invadido por cultivos, infraestructura y ganadería, con un uso agrícola intensivo del 44%, un 33% para pastos, un 3% para infraestructura y solo un 20% de uso forestal. El estudio indica que “en las zonas ubicadas aguas arriba de cada naciente predominan sectores con cultivos agrícolas” (UEN-GA-2024-00175).

Según informe anterior (14-4-23) de los ministerios de Salud, Ambiente y AYA, que fue clave para que la Sala Constitucional solicitará la prohibición del clorotalonil en junio del 2023, en las áreas cercanas a Cartago había aproximadamente 65,000 personas dependientes de suministros de agua en condiciones similares, con una agricultura tan cercana a las fuentes que “afectaba la calidad del agua” y generaba “una alta probabilidad de contaminación por el uso de productos químicos”.

¿Por qué era predecible la contaminación del agua? Este tipo de contaminación no se estaba midiendo en nuestro país, ya que el Laboratorio Nacional de Aguas carece de los recursos y la infraestructura necesaria. En Costa Rica hay más de 200 plaguicidas registrados, pero el laboratorio sólo puede evaluar 24 en el agua potable. Fue gracias a la insistencia de la comunidad de Cipreses que IRET pudo evaluar estos metabolitos en 2019 y que se logró una resolución que busca fortalecer las capacidades del Laboratorio Nacional de Aguas.

Dada la alta movilidad del clorotalonil en el agua, la intensidad y cantidades de uso del producto (tercero a nivel nacional), es casi un hecho que donde se aplique habrá este tipo de contaminación; solo es cuestión de contar con los recursos y capacidades para analizarlo.

Francia y Suiza enfrentan una situación similar a la de las comunidades de Cartago. En Francia, un tercio del agua está contaminada con estas mismas moléculas, a pesar de la prohibición hace más de cuatro años, lo que demuestra la persistencia de esta sustancia. En Suiza, alrededor de 700,000 personas están expuestas a metabolitos de clorotalonil en su agua potable, y el costo de la descontaminación podría aumentar el precio del agua en un 75% (Public Eye, 5-2023).

Impacto del clorotalonil en la salud. A nivel internacional, la Unión Europea prohibió el uso del plaguicida clorotalonil en 2019 debido a la contaminación de sus metabolitos en aguas subterráneas. El Ministerio de Salud aseguró que “la Autoridad Europea no pudo descartar un posible problema de genotoxicidad de los residuos a los que se verían expuestos los consumidores y detectó un alto riesgo para los anfibios y los peces en todos los usos evaluados. Asimismo, el clorotalonil está clasificado como carcinógeno” (MS-DPRSA-0668-2022).

Los informes de la CCSS muestran que en el Área de Salud Oreamuno – Pacayas – Tierra Blanca, que cubre parte de la zona muestreada y contaminada, se ha detectado un aumento en la mortalidad por enfermedades cardiovasculares, cáncer y tumores malignos. Además, se destaca el “alto uso de agroquímicos en el área de atracción”. Según el “Análisis de la Situación en Salud (ASIS) 2019-2020 en Oreamuno, Pacayas y Tierra Blanca”, los agroquímicos más peligrosos son los nematicidas, seguidos de herbicidas, insecticidas y fungicidas, lo que se debe al uso agrícola y ganadero en la región. El ASIS también resalta que “la principal fuente de contaminación se encuentra en los lugares donde la actividad agrícola es predominante, debido al uso indiscriminado de plaguicidas que penetran en la capa freática contaminando los mantos acuíferos”(Semanario Universidad 31-5-2023).

Según estudios del Instituto Regional de Sustancias Tóxicas (IRET) de la Universidad Nacional (UNA), la zona norte de Cartago es una de las áreas del país con mayor uso de plaguicidas debido a factores como la intensidad de cultivo, las condiciones climáticas y la cultura de aplicación de estos químicos. Un estudio en una microcuenca entre las quebradas Pacayas y Plantón identificó el uso de 84 plaguicidas y un centenar de fertilizantes. Una hectárea puede recibir entre una y cuatro toneladas métricas de fertilizante por año, y el uso de plaguicidas varía entre 11 y 163 kilogramos de ingrediente activo por hectárea al año, cifras que son relativamente altas en comparación con otros cultivos como arroz (18-24 kg ia. /ha/año), banano (40), piña (15-20) y melón (70-140) (IRET, 2010).  

¿Aumentar los límites de contaminación del agua de consumo humano? A finales de julio, el vuelco de un camión cisterna derramó 17,000 litros de fungicida Mancozeb en una quebrada que desemboca en el río Barranca, afectando tomas de agua que abastecen a miles de personas. El Ministerio de Salud (MINSA) autorizó niveles de contaminación en el agua que superan en más de 60 veces lo estipulado por la legislación nacional. Esta autorización se llevó a cabo sin modificar legalmente el Reglamento de Calidad de Agua Potable, basándose en el informe MS-DPRSA-USA-1536-2024, que justificó un cambio temporal en los parámetros de presencia de agroquímicos.

Ante la falta de transparencia —ya que se solicitaron formalmente los datos en su momento—, organizaciones ecologistas interpusieron un recurso de amparo contra Acueductos y Alcantarillados por la falta de acceso a información, exigiendo los resultados de monitoreos realizados desde el 27 de julio. Estos análisis revelan altas concentraciones de Mancozeb en el río Barranca y en el agua suministrada a las comunidades de Esparza y Puntarenas (Bloqueverde, 2-9-24).

En este caso, se establecieron nuevos límites “temporales” a la medida de los resultados de los muestreos realizados, lo que fue presentado a la Sala Constitucional en un recurso de amparo que fue acogido para estudio. La Fiscalía de la República abrió una investigación sobre los posibles delitos. Esta medida es ilegal y contradice el principio de precaución, así como varios artículos de la Constitución Política y el derecho constitucional al agua potable.

El Ministerio de Salud justificó la medida asegurando que era temporal para “proteger la salud pública mientras se implementan las acciones de remediación necesarias” y alegó que la falta de agua potable “también genera riesgos sanitarios para la población” (MINSA, 4-9-24).

Conclusiones. Si el gobierno intenta eludir su responsabilidad de declarar una emergencia utilizando este irresponsable precedente, podría enfrentar un revés legal en la Sala Constitucional. No se pueden hacer excepciones tan groseras a la ley, los reglamentos y los tratados internacionales.

Se espera que la ministra de Salud no comprometa aún más su reputación con una medida tan cuestionable. Ya se ha dejado a Cartago sin hospital, y exponer aún más a la población a esta contaminación sería una grave agresión contra la salud pública. Este asunto debe ser tratado con la seriedad y la transparencia que merece.

Además, es fundamental poner fin a la persecución de los empleados públicos honestos que están alertando sobre los resultados y las maniobras que se están evaluando desde el gobierno. Esperamos que el gobierno busque asesoramiento adecuado y reflexione para descartar este escenario, y así decrete la emergencia solicitada hace meses.

Finalmente es crucial que las autoridades realicen un estudio sobre las afectaciones por la exposición crónica a plaguicidas en la zona, ya que se desconoce desde hace cuántos años el agua ha estado contaminada y si las personas, al estar tan cerca de los cultivos, están ingiriendo contaminantes a través de otras vías o mediante los productos agrícolas que consumen.

Imagen: AyA.