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Etiqueta: comercio de semillas

Una ley para la privatización de la semilla

(Bloque Verde, 20-11-2020) Hoy la semilla campesina e indígenas puede ser intercambiada o vendida libremente, pero un proyecto de ley intenta cambiar esa práctica milenaria con la excusa de la calidad y el control. Según la OCDE casi el 90% de las semillas que utilizamos en Costa Rica no están sujetas a mecanismos de certificación, por ser en su gran mayoría semillas locales, nativas y criollas.

En la práctica se trata de un mecanismo de restricción de uso de las semillas, una privatización de esta práctica ancestral que ha hecho posible la agrobiodiversidad existente y que se encuentra en extinción por la homogeneización de la agricultura industrial. Se trata del proyecto bajo el título: “Ley sobre la Producción y control de calidad en el Comercio de semillas”, expediente 21087.

Según la Red de Coordinación en Biodiversidad “ese texto fue construido sin ningún tipo de participación de organizaciones campesinas, ecologistas o indígenas, y tampoco ha sido consultado a representantes de estos sectores como parte de su trámite legislativo”.

Por su lado la Red de Mujeres Rurales mediante una carta enviada a la Comisión de Asuntos Agropecuarios de la Asamblea Legislativa este proyecto de ley “no parte de una visión integral de la agricultura y el papel de la diversidad de las semillas”. Para ellas “quien controla las semillas controla la agricultura, controla la producción de alimentos y controla la alimentación del mundo y concentra el poder.”

Según la Oficina Nacional de Semillas en nuestro país el negocio de importación de simientes o semillas reporta transacciones de hasta USD$ 36 millones anuales repartidas entre 104 empresas con permisos para vender semillas certificadas, pero solamente 8 compañías controlan el 53% de todas las variedades disponibles comercialmente.

Diversos colectivos y organizaciones le han hecho saber a los diputados que esta ley está hecha para proteger a un sector agroindustrial de producción y comercialización de semillas. Pero además está diseñada para ir en contra de los intereses de la mayoría de la población.

Para la Red de Mujeres “La ley puede provocar una verdadera persecución a las personas campesinas o indígenas que realizan una labor de mucho valor para la humanidad, conservar las semillas, y para conservarlas deben reproducirlas». Esto debido a que se plantean penas e infracciones contra las personas que intercambian semillas locales cuando estas representan una amenaza comercial para las empresas.

Sumando a todo lo anterior es especialmente grave la falta de participación de los pueblos indígenas en un tema que les afecta directamente y es obligatorio consultarles tal como señala el convenio 169 de la OIT.

Según la Asociación De Desarrollo Indígena Bribri Talamanca (ADITIBRI) en una carta enviada a la Comisión de Agropecuarios aseguro que: “hemos mantenido nuestras semillas, intercambiado y reproducido con prácticas milenarias”.

Para ADITIBRI la forma de conservación, reproducción y producción son propias pueblos indígenas, prácticas inclusive antes de la fundación de la República, en este caso, se refiere al convenio 169 OIT indicando, los Estados deberán reconocer y proteger los valores y prácticas sociales, culturales, religiosas y espirituales propios de dichos pueblos. La ADITIBRI aseguran que no han sido informados ni consultados y que este proyecto es contrario a las prácticas tradicionales y costumbres de su pueblo y solicitan archivar dicho proyecto de ley.

Hace más de quince años se ha venido intentando aprobar distintos proyectos de ley relacionados con el tema que tienen serias implicaciones para la agricultura campesina e indígena, así como para el cumplimiento de las obligaciones del país en el marco del Tratado de Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura de la Organización Mundial para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y la “Declaración de los derechos campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales” de las Naciones Unidas votada favorablemente por Costa Rica el 20 de noviembre de 2018.

El proyecto de ley expediente n°21087 excluye a las comunidades indígenas y campesinas de los espacios de decisión en materia de semilla. Tanto en la Junta Directiva de la Oficina Nacional de Semillas (ONS), como en la Comisión Nacional de Recursos Fito-Genéticos (CONAREFI), no toman en cuenta a ninguna organización o instancia que pueda defender los derechos de las personas que cultivan la tierra.

Por otra parte, crea un marco de competencia desleal ya que los únicos que podrán venderle al Estado costarricense semillas para las distintas instituciones que tienen programas de asistencia y extensión serán las empresas que logren certificar las semillas. Es decir, que estarían en desventaja pequeñas y medianas empresas que quieran comercializar semillas.

Red de Mujeres Rurales fija posición ante proyecto legislativo que busca control de semillas

SURCOS recibió el siguiente documento con la comparecencia de la Red de Mujeres Rurales ante la Comisión de Agropecuarios de la Asamblea Legislativa realizada el 10 de noviembre del 2020.

Buenas tardes, señores diputados y señoras diputadas. La situación de pandemia nos obliga a comunicarnos de esta manera.

En primer lugar queremos decir para analizar el Proyecto de Ley y para emitir nuestro criterio, partimos de nuestra realidad, de la vivencia en los territorios, que nos permite como mujeres de diversas comunidades tener conocimiento, saberes ancestrales sobre la alimentación, el uso de plantas medicinales, el cultivo de nuestra semilla criolla, local, nativa o campesina, que tenemos una espiritualidad que se vincula a nuestra forma de vida, y que tenemos formas de expresión que definen nuestra identidad.

También tenemos consciencia que somos parte importante de este país, que mucho se sustenta en el trabajo que realizamos y el producto que obtenemos.

También somos conscientes que desde muchos lados se desprecia nuestro trabajo, y se invisibiliza nuestro aporte como mujeres indígenas y campesinas. Aporte que se da no solo en la producción de bienes materiales, sino en la preservación de saberes, con nuestras luchas cotidianas y en la dignidad de nuestras comunidades.

Sobre el proyecto de Ley sobre la Producción y control de calidad en el Comercio de semillas, expediente 21087, no parte de una visión integral de la agricultura y el papel de la diversidad de las semillas.

Queremos decir y recordar que la Naturaleza es diversa, pero esa diversidad se está perdiendo rápidamente, dejando al planeta en un gran desequilibrio que está causando desastre de muchos tipos.

La mayor y más fuerte explotación de la tierra, el desarrollo de una productividad que no es sostenible, con más monocultivos, con uso de más pesticidas y semillas alteradas, no naturales, intensifica este desequilibrio. Esto le debe preocupar a toda la población, pero sobre todo a ustedes que están tomando decisiones que van a afectar el futuro próximo de la producción de alimentos, y también el futuro lejano.

Quien controla las semillas controla la agricultura, controla la producción de alimentos y controla la alimentación del mundo y concentra el poder. Podemos decir que hacer leyes que provoquen la concentración de las semillas es al mismo tiempo quitar el acceso a las semillas de la mayoría y por lo tanto atenta contra la democracia.

El control de las simillas afectará la producción de alimentos, la seguridad alimentaria y la vida de las personas. La diversidad de semillas es fundamental en el equilibrio de la Naturaleza, en la diversidad de alimentos, en la resistencia a los cambios climáticos y es fundamental para prevenir el hambre.

Si las semillas campesinas son restringidas se pierden; si no se pueden vender no se van a sembrar igual y si no se siembran se extinguen. Nuestra responsabilidad, en este momento de tanta crisis y destrucción, la responsabilidad de nosotras es reproducir todo lo que se pueda las semillas, todo tipo de semillas y material que ha sido la base de la diversidad alimentaria. La responsabilidad de ustedes es no impedir que las comunidades campesinas fortalezcan su producción, reproducción, conservación, venta, intercambio, regalo, trueque.

No podemos ni debemos dejar que se pierda la diversidad de alimentos, no podemos permitir que se homogenice en unos pocos alimentos industriales nuestra dieta. Si de algo ha servido la pandemia, ha sido mostrarnos la necesidad de fortalecer la producción diversa, local y en pequeñas escalas. El cierre de fronteras nos mostró que no son los mercados globalizados los que resolverán la necesidad de alimentos ante las crisis crecientes. La pandemia y las crisis climáticas nos han mostrado la necesidad de producir para los mercados locales y diversificados. La alimentación está en juego. No podemos hacerla más vulnerable dejándola acaparada en unas pocas manos.

Las grandes empresas multinacionales, productoras de semillas quieren imponerse en el mundo. No crean que es una originalidad de aquí, el control de los sistemas de semillas, y lo que provocará es se reducirá a unas pocas variedades de semillas y de alimentos. Y atrás viene la intención de digitalizar la agricultura para hacernos aún más dependientes. Y eso suma más amenaza a la diversidad; ya que la digitalización de la agricultura es para monocultivos, de alto costo, por lo que además es inaccesible. Este es un proceso de mayor concentración de la agricultura en pocas manos y por lo tanto menos democrática.

El sector agrícola monopólico no tiene ningún interés en la producción ecológica, socialmente comprometida, porque no tiene a las personas en el centro. Si les importaran las personas no fumigarían de manera despiadada a las poblaciones de las distintas comunidades. Sino que más bien promueven el uso de más y más pesticidas sintéticos.

Los registros son una forma de control de nuestra labor de siempre. Son regulaciones que pretende sacarnos de la actividad como productoras de alimentos, nos destruye a nosotras y a nuestras semillas. Si nos obligan a registrar nuestras semillas solo unos cuantos podrán sacar provecho de las semillas.

Esta historia es larga, en el 2002, o sea hace 18 años empezaron a dar pasos aquí en la Asamblea Legislativa. Y luego ha habido intereses de unos pocos que han movido estos proyectos de Ley. Y luego otros intentos: 2010, 2015, 2018. Cambian los diputados, pero la intención se repite.

Y siempre hacen lo mismo. No nos consultan a las organizaciones indígenas y campesinas, que somos población afectada por estos proyectos de Ley. Y nosotras somos las guardianas de las semillas, las que hemos hecho posible que las semillas se hayan conservado.

No se ha cumplido con el Convenio 169. El Convenio dice que “cualquier cosa que vaya a afectar los derechos y la forma de vida de las comunidades indígenas tiene que consultarse con los pueblos indígenas. Y tiene que consultarse en un idioma que entiendan con mecanismos democráticos y por sus propias autoridades”.

Además, debemos decir que el derecho a la soberanía alimentaria, establecido en la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los campesinos y de otras personas que trabajan en zonas rurales, votado a favor por Costa Rica, se describe y entiende como el derecho a que se respeten las formas de producir, de transformar, de distribuir y consumir de las comunidades campesinas. Dice también “De manera que se garantizaría a los/ las campesino-a-s el derecho a gestionar los recursos colectivos y a participar al diseño de las políticas públicas para mejorar la regulación de los sistemas agrícolas y alimentarios”. Y nosotras no hemos sido ni consultadas.

Sobre el proyecto de Ley sobre la Producción y control de calidad en el Comercio de semillas, expediente 21087, no parte de una visión integral de la agricultura y el papel de la diversidad de las semillas.

Si la intención es controlar las semillas de grandes empresas semilleras comerciales, no tiene que incluirse nuestras semillas campesinas en el Proyecto de Ley.

El Proyecto de Ley además es inconsistente. Por una parte dice “excepción: las semillas criollas, locales o tradicionales no tienen que inscribirse en el registro”, pero resulta que dice que si queremos vender semillas en Costa Rica, esas semillas tienen que estar inscritas en el registro. Esas contradicciones son engañosas y peligrosas, porque deja sin definir quién decide al final sobre qué hacer. No cuesta mucho pensar que somos las personas en las comunidades las que saldremos perdiendo.

Pronunciamos nuestro acuerdo para que la producción de semillas en variedades mejoradas, las semillas alteradas genéticamente, importadas o producidas en grandes cantidades sean registradas y controlada su calidad. Pero esto no es aplicable a las semillas campesinas, semillas originarias o semillas criollas. Y como tal debe quedar muy claro en el texto del Proyecto de Ley, que ninguno de sus términos afecta a las semillas campesinas.

La destrucción de la diversidad nos deja como país en condiciones de menor capacidad de adaptación a los cambios y a la crisis climática, y aún más vulnerables en términos sanitarios y alimentarios. Por ejemplo, nosotras en el campo usamos diversos tipos de frijoles, unos más resistentes a la humedad y otros más resistentes a períodos secos. Con las variedades estamos desarrollando capacidad de adaptación, de resistencia y resiliencia para enfrentar los cambios de clima que son tan difíciles de predecir. El control y la estandarización de las semillas iría exactamente en dirección contraria a lo que dice el proyecto de Ley para procurar el abastecimiento ante la vulnerabilidad climática, sanitaria y alimentaria.

La promoción de la conservación, para la protección y uso de los recursos fitogenéticos para la alimentación, debe considerar de manera explícita que no se refiere, ni considera, ni incluye a las semillas de producción campesina.

En el Artículo 2. Fines de la Ley, se propone: “Promover la producción y el control de calidad de semillas comerciales, dejando sin definición a qué se refiere con calidad de las semillas comerciales. Las semillas campesinas son de calidad y han sido desde siempre comerciales. Por tanto, debe definirse de manera directa y clara que esa característica de calidad se refiere a condiciones de homogenización, formas de producción exclusiva para semillas, y no a la dinámica equilibrada y diversa de la producción campesina.

Confunde y contradice el proyecto de ley el derecho a producir semillas, ya que las homogeniza y son actividades muy distintas la producción de las empresas semilleristas, de la producción campesina de semillas, y ambas son comerciales, pero en escalas y características diferentes. Tal y como está planteado en el texto del proyecto de ley lesiona nuestro derecho a producir.

Las semillas campesinas no deben ni pueden ser certificadas. Ya que nuestras unidades de producción son un todo que busca el equilibrio entre diversas especies y variedades. En la unidad de producción, se pueden encontrar con facilidad más de cien tipos y variedades vegetales, y algunas eventualmente se venderán. Pretender la certificación de cada una nos deja en una absoluta situación injusta e inequitativa para el proceso productivo de alimentos.

Las semillas campesinas, criollas y nativas, son el resultado de miles de años de trabajo de la humanidad, su valor reproductivo no es propiedad de una determinada persona. No es ese el derecho de resguardo, sino el derecho a producir, reproducir, vender, guardar, intercambiar, es que el que debe quedar resguardado.

Para que se pueda garantizar el abastecimiento nacional y el acceso, las semillas campesinas no deben sufrir restricciones.

La base genética se amplía fortaleciendo la producción diversificada de cultivos, salvaguardando la comercialización de las semillas campesinas, que son diversas y adaptables. Esto es lo que pueda garantizar la sostenibilidad. Pero aunque el proyecto lo anuncia como una intención, el cuerpo del proyecto de Ley lo contradice.

Por lo tanto, la Ley debe especificar que regula la actividad de semillas producidas específicamente para el comercio, y no aplicable a todo tipo de semillas.

La Declaración de interés público, del Artículo 4, plantea la protección y conservación de las variedades de semillas tradicionales, locales y criollas, pero las regulaciones que de seguido se incorporan exactamente lo contradice y lesiona los derechos de las comunidades campesinas e indígenas, al no permitirse la libre comercialización de sus semillas.

En este sentido entra en contradicción con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los campesinos y de otras personas de zonas rurales, Declaración votada a favor por Costa Rica. En esta se consigna el derecho de la población campesina a “guardar, almacenar, transportar, intercambiar, dar, vender y reutilizar las semillas campesinas”. Por lo tanto, no debe ni puede ser sometida a certificaciones.

De manera que, consideramos que el proyecto de ley entra en contradicción con la responsabilidad votada por Costa Rica, que como Estado debe adoptar las medidas para “respetar, proteger y hacer efectivo el derecho a las semillas de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas Rurales.

En el artículo 5. Se enuncia como Tutela del Derecho, pero contradice en el segundo párrafo lo anunciado en el primero. Tutelar el derecho de la producción campesina es negado al establecer la obligatoriedad de normas, procedimientos y especificaciones técnicas que riñen con la producción y prácticas culturales campesinas. Por lo tanto, no Tutela el Derecho de la población campesina en su producción local.

Este proyecto de Ley propone controles que amenazan la producción diversificada y camina hacia la privatización de las semillas. Planteamos nuestro desacuerdo y consideramos que debe quedar de manera claramente definida que las semillas campesinas no son objeto de las regulaciones de esta Ley.

La ley parece estar hecha para proteger a un sector agroindustrial de producción y comercialización de semillas y no sobre el derecho de la mayoría de la población. En el Artículo 9, se establece concentración de poder con representantes de este sector en la toma de decisiones, sin mayores regulaciones. En eso que ambiguamente se llama “sector semillerista”, sin incluir a los y las campesinas e indígenas, y sin incluir otras representaciones de la población vinculada con las semillas.

Y ese control perjudicial para la producción y conservación de las semillas se evidencia en los detalles en varios artículos.

La ley puede provocar una verdadera persecución a las personas campesinas o indígenas que realizan una labor de mucho valor para la humanidad, conservar las semillas, y para conservarlas deben reproducirlas, y para estimular su reproducción debe poder venderlas. No puede ser que se nos persiga por la sagrada labor de sembrar, guardar y distribuir semillas.

Ustedes tienen la valiosa oportunidad de reivindicar el propósito de servir a las comunidades, a las personas, y no los intereses egoístas de unos pocos. Tienen la oportunidad de promover la agricultura diversificada para la soberanía alimentaria, y de dar pasos para el cumplimento de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en Zonas Rurales.

Muchas gracias.

Red de Mujeres Rurales de Costa Rica
10 de noviembre de 2020

Imagen de cabecera: Fabiola Pomareda en Revista La Agroecóloga