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Etiqueta: CONCEVERDE

Protección al agua en Heredia recibe apoyo de diputada

José Francisco Alfaro C, de CONCEVERDE, nos comparte la siguiente información:

“Una nota fue enviada al Ministro de Ambiente, en apoyo a la lucha que libramos en el colectivo CONCEVERDE y otros grupos de Heredia para que se respete la Ley 65 de 1888, ley creada para proteger el agua de cerca del 70% de habitantes del Valle Central.

Recuperar la zona inalienable, es fundamental no sólo para preservar el recurso hídrico del Valle Central, sino la flora nativa y el hábitat de muchas especies de animales, algunas en vía de extinción. La zona inalienable de la ley 65 del 30 de julio de 1888, comprende miles de hectáreas, que van desde el Cerro Guararí, hasta el Cerro Zurquí, hoy muchas en posesión de particulares, por lo que la Sala IV ordenó su recuperación desde el año 2008”.

José Fco. Alfaro C

P/CONCEVERDE

Además, José Francisco nos comparte la nota que fue enviada al ministro por la diputada Catalina Montero. Puede ver la carta en este enlace:

 

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Conceverde: Nota a ESPH por 40 pajas de agua

Desde CONCEVERDE nos comparten dos notas que el colectivo envió a la Empresa de Servicios Públicos de Heredia, ESPH, como protesta por la irresponsabilidad de dar 40 nuevas pajas de agua sin haberles solucionado la carestía de agua que sufren en sus hogares.

 

Imagen ilustrativa.

Enviado por José Francisco Alfaro.

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Conceverde se defiende ante declaraciones de alcalde de San Rafael de Heredia

Señores Regidores (as)

Municipalidad de San Rafael de Heredia

Ante los improperios que se dejó decir el Alcalde de San Rafael de Heredia en una sesión del Concejo Municipal, aludiendo directamente a integrantes del colectivo CONCEVERDE de San Rafael de Heredia, el día de hoy 5 de febrero presentamos ante la Secretaría del Concejo nota de descargo dirigida a ustedes los regidores (as).

 

José Francisco Alfaro

c.c. ciudadanía

 

Imagen ilustrativa.

Enviado por CONCEVERDE.

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Charla sobre la matriz de protección del agua

El colectivo CONCEVERDE llevó a cabo un conversatorio en San Rafael de Heredia con él hidrogeólogo Roberto Ramírez, quien explicó a un grupo de ciudadanos heredianos de la importancia que tiene la “Matriz Genérica de Protección de Acuíferos” en la protección del agua de los costarricenses.

Desde el colectivo CONCEVERDE denunciamos a la Cámara de la Construcción que ha presionado al gobierno para que elimine la matriz de protección del agua; e igualmente, denunciamos al gobierno de Carlos Alvarado y algunos diputados del PAC, que a como informó el diario digital CRHOY, a cambio de unos votos para el paquete fiscal se han comprometido en eliminar el instrumento de protección denominado Matriz Genérica de Protección de Acuíferos.

https://www.crhoy.com/nacionales/pusc-a-un-paso-de-apoyar-reforma-fiscal-del-gobierno/

Charla sobre la matriz de proteccion del agua

 

Enviado a SURCOS por CONCEVERDE.

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CONCEVERDE solicita aplicación plena y eficaz de la matriz genérica de protección de acuíferos

CONCEVERDE nos comparte la nota adjunta, la cual es dirigida a la Junta Directiva de SENARA, en cuanto a que las Cámara de la Construcción está presionando al Gobierno Central para que éste a su vez, presione a la Junta Directiva del SENARA para que se elimine la matriz de protección de acuíferos.

El objetivo de la nota adjunta es dejar patente que hay otro sector que se contrapone a las cámaras y que apoyan la matriz.

SENARA JUNTA DIRECTIVA018

 

Imagen con fines ilustrativos tomada de ecosistemasdecostarica.blogspot.com

Enviado por José Fco. Alfaro, CONCEVERDE.

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CONCEVERDE destaca comunicado de SENARA en relación con regulaciones para proteger acuíferos

En una nota publicada por SURCOS (http://wp.me/p6rfbZ-5N4), un grupo de personas y organizaciones enviaron una carta pública al presidente electo. En la nota, se señala «Nuestra rotunda oposición a una eventual aprobación de cualquier proyecto de ley de aguas o recurso hídrico que contemple el traslado de las competencias que tiene el Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA), en cuanto a la investigación, protección y fomento de los recursos hídricos del país». Asimismo, se indica: «Apoyamos sin reserva que las competencias de la Dirección de Investigación y Gestión Hídrica (DIGH) del SENARA se mantengan en esta institución y las mismas sean consolidadas».

El pronunciamiento de SENARA que destaca CONCEVERDE se refiere precisamente a estos asuntos, por lo que SURCOS lo reproduce seguidamente:

 

En proyectos de obra de infraestructura:

Matriz de Senara establece regulaciones técnicas para proteger acuíferos

  • Senara rechaza cuestionamientos planteados a través del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos

El recurso hídrico de nuestros acuíferos, ríos y manantiales, se deteriora en calidad y cantidad, afectando los derechos fundamentales de los ciudadanos a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el derecho a la salud y el derecho a la vida.

La sobreexplotación, rompimiento de balances hídricos, afectación de áreas de recarga acuífera, y salinización de acuíferos costeros, entre otros, son parte de la problemática que hoy el país enfrenta, generando afectación a la sociedad como comunidades sin acceso al agua potable, o en condiciones de calidad o cantidad insuficiente para cubrir sus necesidades básicas.

La Sala Constitucional, en aras de salvaguardar los derechos fundamentales de los ciudadanos, con un criterio de progresivo avance en materia ambiental, señala que las entidades públicas que otorgan permisos o autorizaciones, deben abstenerse de hacerlo “si no existe certeza científica de la inocuidad de la actividad en relación con el recurso hídrico”.

Esto porque el agua es un elemento esencial para la vida humana, que debemos aprovechar de manera sostenible, tanto para las actuales como para las futuras generaciones.

El SENARA es una institución eminentemente técnica, creada con el mandato de investigar, proteger y vigilar los recursos hídricos, tanto superficiales como subterráneos, con la potestad de emitir criterio vinculante para las entidades públicas y los particulares.

Dentro del cumplimiento responsable de tal labor, el SENARA realizó entre los años 2011 a 2017 un proceso con amplia participación de entidades públicas, particulares y expertos en la materia, el cual permitió desarrollar el instrumento conocido como Matriz Genérica de Protección de Acuíferos, publicada en La Gaceta del 12 de octubre del 2017.

La Matriz contempla regulaciones técnicas que se deben aplicar para la protección de acuíferos, incluyendo los diferentes riesgos por actividades urbanísticas, agropecuarias, turísticas e industriales, según el tipo de vulnerabilidad que presente cada zona.

Además plantea la posibilidad de que, con el uso de tecnología y diseños apropiados, se puedan realizar obras o proyectos utilizando parámetros o valores diferentes (densidad y cobertura), siempre que sean compatibles con la protección del recurso hídrico.

Por las razones anteriores, el SENARA rechaza enfáticamente los cuestionamientos planteados a través del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA), cuestionando:

  • El carácter técnico-científico que tiene la Matriz Genérica de Protección de Acuíferos,
  • Las competencias de SENARA para establecer regulaciones técnicas vinculantes, con el propósito de asegurar la protección y uso sostenible del recurso hídrico.
  • El costo de las investigaciones hidrogeológicas.

Para la protección de recurso hídrico y los planes de desarrollo territorial, la investigación es la base fundamental. Por tal motivo, cubrir el costo de la investigación, así como el costo de usar tecnología y diseños apropiados, son de interés para toda la sociedad.

Reiteramos que no es cierto que la Matriz Genérica de Protección de Acuíferos constituya un impedimento para el desarrollo del país ni para los planes de desarrollo territorial que están llevando a cabo las municipalidades. Por el contrario, su aplicación garantiza que el desarrollo urbano, turístico, agropecuario e industrial, sea de manera sostenible, con la protección del recurso hídrico, favoreciendo la aplicación de diseños y tecnología apropiada para tales propósitos.

Los recursos hídricos son nuestra principal riqueza natural, generadores de desarrollo y calidad de vida para los habitantes actuales y de las generaciones que aún no han nacido.

Senara genera adaptación al cambio climático, elabora instrumentos técnico-científicos para asegurar la protección y uso sostenible de los recursos hídricos, mejorando la calidad de vida de las personas.

Para ampliar información técnica sobre la Matriz, puede comunicarse con el periodista del Senara Maikol Sosa, al número 8349-5000 o con el director de Investigación y Gestión Hídrica Roberto Ramírez, al número 8932-3341.

Matriz generica de proteccion de acuiferos

 

Imagen de portada con fines ilustrativos.

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Seguimiento de denuncia presentada por CONCEVERDE por obras llevadas a cabo por ESPH

El pasado 16 de febrero el colectivo ciudadano CONCEVERDE presentó ante la Municipalidad de San Rafael de Heredia una denuncia por obras llevadas a cabo por la ESPH y particular en la ZONA INALIENABLE de la Ley 65 de 1888 y sobre derecho de vía o camino público.

Es así como el anterior 12 de abril el colectivo CONCEVERDE recibió el correo electrónico de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, donde se les informó en relación con la denuncia que interpusieron el mes de febrero, que comprobaron los hechos denunciados sobre construcción de caballeriza e instalación de postes que llevan una línea eléctrica, esto en vía pública y realizado por un particular y la colocación por parte de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia de un medidor en un poste localizado en vía pública, todo sin el debido permiso municipal y en la zona inalienable de la Ley 65 de 1888, por lo que emitieron la debida orden de demolición o retiro, la que está siendo notificada a los infractores. CONCEVERDE manifiesta en un comunicado enviado a SURCOS que estarán atentos a que se cumpla con lo resuelto por la Municipalidad y el respeto de la zona inalienable en el cantón.

 

Para conocer en detalle la respuesta de la Municipalidad, ingrese en el siguiente enlace:

oficio abril 12 muni oficio 086-2018

 

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de Conceverde San Rafael de Heredia

Enviado por José Francisco Alfaro.

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CONCEVERDE presenta denuncia por obras llevadas a cabo por la ESPH y particular en la zona inalienable de la Ley 65 de 1888

El pasado 16 de febrero el colectivo ciudadano CONCEVERDE presentó ante la Municipalidad de San Rafael de Heredia una denuncia por obras llevadas a cabo por la ESPH y particular en la ZONA INALIENABLE de la Ley 65 de 1888 y sobre derecho de vía o camino público.

Como respuesta a la denuncia, el 22 de marzo el Ing. Oscar Álvarez, Ingeniero de la Unidad de Gestión Urbano Territorial de la Municipalidad de San Rafael de Heredia indicó según copia de correo enviado a SURCOS: “les indico que de este caso ya realicé personalmente la visita en conjunto con los inspectores Hugo Vargas y Angie Murillo, y se corroboró que se incluyeron varios postes con sus bases de concreto, así mismo la empresa ESPH instaló medidor eléctrico generando un servicio nuevo. Se generó un nuevo registro fotográfico. En los próxima semana se procederá a generar las notificaciones correspondientes y un informe del mismo”.

Sin embargo, según se expresa en un correo enviado por José Francisco Alfaro Carvajal de CONCEVERDE al alcalde, Lic. Verny Valerio, la respuesta del Sr. Álvarez, ingeniero de la Municipalidad, “es omisa en casi todo lo solicitado en nuestra nota del 6 de febrero la cual adjunto; por lo que habiendo transcurrido casi dos meses de mi solicitud y el plazo de ley para recibir la respuesta, solicito de la manera más atenta se me dé respuesta de forma inmediata a TODO lo solicitado en nuestra nota entregada a ustedes el 16 de febrero, en cuanto a:

  1. Se nos informe si se contó con el permisos municipal y la fecha que se otorgó el mismo para llevar a cabo las obras o construcciones que tiene la finca localizada 229417/226050, exactamente de los mojones que señalan el comienzo de la Zona Inalienable unos 200 metros al norte, lado izquierdo de la vía, obras que aparentemente son caballerizas y otras construcciones, finca la cual cuenta frente a camino público con cercado de metal o lo que conocemos como latas.
  2. Se nos informe si se tramitó por la ESPH y algún particular en la Municipalidad de San Rafael permisos para la colocación de tubos de metal sobre el derecho de vía o camino público, localizados en la Zona Inalienable de la Ley 65, tubos que se utilizan como posteado para cable eléctrico y colocación de contador o medidor de la ESPH.
  3. Se ordene quitar el posteado localizado en camino público o derecho de vía por la condición de inalienabilidad de la zona y de la vía pública (Ley 65 de 1888 y Ley General de Caminos).
  4. Como gobierno local que es la Municipalidad de San Rafael, responsable directo o indirecto de lo que pase en el cantón, solicitamos se conmine a la ESPH no estimular las construcciones en la Zona Inalienable al otorgar servicios nuevos de agua potable y electricidad”.

 

Adjuntamos copia de la denuncia recibida en el siguiente enlace:

medidor denuncia241

 

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de Conceverde San Rafael de Heredia

Enviado por CONCEVERDE.

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Denuncia contra ESPH por servicio eléctrico en zona inalienable

José Francisco Alfaro Carvajal de CONCEVERDE nos envía una denuncia presentada por este colectivo ante la Municipalidad de San Rafael de Heredia por servicio otorgado en Zona Inalienable de ley 65 de 1888, en la cual solicitan lo siguiente:

1. Se nos informe si se contó con los permisos municipal y la fecha que se otorgó el mismo para llevar a cabo las obras o construcciones que tiene la finca localizada 229417/226050, exactamente de los mojones que señalan el comienzo de la Zona Inalienable unos 200 metros al Norte, lado izquierdo de la vía, obras que aparentemente son caballerizas y otras construcciones, finca la cual cuenta frente a camino público con cercado de metal o lo que conocemos como latas.

2. Se nos informe si se tramitó por la ESPH y algún particular en la Municipalidad de San Rafael permisos para la colocación de tubos de metal sobre el derecho de vía o camino público, localizados en la Zona Inalienable de la Ley 65, tubos que se utilizan como posteado para cable eléctrico y colocación de contador o medidor de la ESPH.

3.Se ordene quitar el posteado localizado en camino público o derecho de vía por la condición de inalienabilidad de la zona y de la vía pública (Ley 65 de 1888 y Ley General de Caminos).

4.Como gobierno local que es la Municipalidad de San Rafael, responsable directo o indirecto de lo que pase en el cantón, solicitamos se conmine a la ESPH no estimular las construcciones en la Zona Inalienable al otorgar servicios nuevos de agua potable y electricidad”.

 

Para leer la denuncia completa ingrese en el siguiente enlace.

Denuncia contra ESPH

 

*Imagen tomada de conceverde.blogspot.com

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