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Etiqueta: CONCEVERDE

CONCEVERDE solicita aplicación plena y eficaz de la matriz genérica de protección de acuíferos

CONCEVERDE nos comparte la nota adjunta, la cual es dirigida a la Junta Directiva de SENARA, en cuanto a que las Cámara de la Construcción está presionando al Gobierno Central para que éste a su vez, presione a la Junta Directiva del SENARA para que se elimine la matriz de protección de acuíferos.

El objetivo de la nota adjunta es dejar patente que hay otro sector que se contrapone a las cámaras y que apoyan la matriz.

SENARA JUNTA DIRECTIVA018

 

Imagen con fines ilustrativos tomada de ecosistemasdecostarica.blogspot.com

Enviado por José Fco. Alfaro, CONCEVERDE.

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CONCEVERDE destaca comunicado de SENARA en relación con regulaciones para proteger acuíferos

En una nota publicada por SURCOS (http://wp.me/p6rfbZ-5N4), un grupo de personas y organizaciones enviaron una carta pública al presidente electo. En la nota, se señala «Nuestra rotunda oposición a una eventual aprobación de cualquier proyecto de ley de aguas o recurso hídrico que contemple el traslado de las competencias que tiene el Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA), en cuanto a la investigación, protección y fomento de los recursos hídricos del país». Asimismo, se indica: «Apoyamos sin reserva que las competencias de la Dirección de Investigación y Gestión Hídrica (DIGH) del SENARA se mantengan en esta institución y las mismas sean consolidadas».

El pronunciamiento de SENARA que destaca CONCEVERDE se refiere precisamente a estos asuntos, por lo que SURCOS lo reproduce seguidamente:

 

En proyectos de obra de infraestructura:

Matriz de Senara establece regulaciones técnicas para proteger acuíferos

  • Senara rechaza cuestionamientos planteados a través del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos

El recurso hídrico de nuestros acuíferos, ríos y manantiales, se deteriora en calidad y cantidad, afectando los derechos fundamentales de los ciudadanos a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el derecho a la salud y el derecho a la vida.

La sobreexplotación, rompimiento de balances hídricos, afectación de áreas de recarga acuífera, y salinización de acuíferos costeros, entre otros, son parte de la problemática que hoy el país enfrenta, generando afectación a la sociedad como comunidades sin acceso al agua potable, o en condiciones de calidad o cantidad insuficiente para cubrir sus necesidades básicas.

La Sala Constitucional, en aras de salvaguardar los derechos fundamentales de los ciudadanos, con un criterio de progresivo avance en materia ambiental, señala que las entidades públicas que otorgan permisos o autorizaciones, deben abstenerse de hacerlo “si no existe certeza científica de la inocuidad de la actividad en relación con el recurso hídrico”.

Esto porque el agua es un elemento esencial para la vida humana, que debemos aprovechar de manera sostenible, tanto para las actuales como para las futuras generaciones.

El SENARA es una institución eminentemente técnica, creada con el mandato de investigar, proteger y vigilar los recursos hídricos, tanto superficiales como subterráneos, con la potestad de emitir criterio vinculante para las entidades públicas y los particulares.

Dentro del cumplimiento responsable de tal labor, el SENARA realizó entre los años 2011 a 2017 un proceso con amplia participación de entidades públicas, particulares y expertos en la materia, el cual permitió desarrollar el instrumento conocido como Matriz Genérica de Protección de Acuíferos, publicada en La Gaceta del 12 de octubre del 2017.

La Matriz contempla regulaciones técnicas que se deben aplicar para la protección de acuíferos, incluyendo los diferentes riesgos por actividades urbanísticas, agropecuarias, turísticas e industriales, según el tipo de vulnerabilidad que presente cada zona.

Además plantea la posibilidad de que, con el uso de tecnología y diseños apropiados, se puedan realizar obras o proyectos utilizando parámetros o valores diferentes (densidad y cobertura), siempre que sean compatibles con la protección del recurso hídrico.

Por las razones anteriores, el SENARA rechaza enfáticamente los cuestionamientos planteados a través del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA), cuestionando:

  • El carácter técnico-científico que tiene la Matriz Genérica de Protección de Acuíferos,
  • Las competencias de SENARA para establecer regulaciones técnicas vinculantes, con el propósito de asegurar la protección y uso sostenible del recurso hídrico.
  • El costo de las investigaciones hidrogeológicas.

Para la protección de recurso hídrico y los planes de desarrollo territorial, la investigación es la base fundamental. Por tal motivo, cubrir el costo de la investigación, así como el costo de usar tecnología y diseños apropiados, son de interés para toda la sociedad.

Reiteramos que no es cierto que la Matriz Genérica de Protección de Acuíferos constituya un impedimento para el desarrollo del país ni para los planes de desarrollo territorial que están llevando a cabo las municipalidades. Por el contrario, su aplicación garantiza que el desarrollo urbano, turístico, agropecuario e industrial, sea de manera sostenible, con la protección del recurso hídrico, favoreciendo la aplicación de diseños y tecnología apropiada para tales propósitos.

Los recursos hídricos son nuestra principal riqueza natural, generadores de desarrollo y calidad de vida para los habitantes actuales y de las generaciones que aún no han nacido.

Senara genera adaptación al cambio climático, elabora instrumentos técnico-científicos para asegurar la protección y uso sostenible de los recursos hídricos, mejorando la calidad de vida de las personas.

Para ampliar información técnica sobre la Matriz, puede comunicarse con el periodista del Senara Maikol Sosa, al número 8349-5000 o con el director de Investigación y Gestión Hídrica Roberto Ramírez, al número 8932-3341.

Matriz generica de proteccion de acuiferos

 

Imagen de portada con fines ilustrativos.

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Seguimiento de denuncia presentada por CONCEVERDE por obras llevadas a cabo por ESPH

El pasado 16 de febrero el colectivo ciudadano CONCEVERDE presentó ante la Municipalidad de San Rafael de Heredia una denuncia por obras llevadas a cabo por la ESPH y particular en la ZONA INALIENABLE de la Ley 65 de 1888 y sobre derecho de vía o camino público.

Es así como el anterior 12 de abril el colectivo CONCEVERDE recibió el correo electrónico de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, donde se les informó en relación con la denuncia que interpusieron el mes de febrero, que comprobaron los hechos denunciados sobre construcción de caballeriza e instalación de postes que llevan una línea eléctrica, esto en vía pública y realizado por un particular y la colocación por parte de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia de un medidor en un poste localizado en vía pública, todo sin el debido permiso municipal y en la zona inalienable de la Ley 65 de 1888, por lo que emitieron la debida orden de demolición o retiro, la que está siendo notificada a los infractores. CONCEVERDE manifiesta en un comunicado enviado a SURCOS que estarán atentos a que se cumpla con lo resuelto por la Municipalidad y el respeto de la zona inalienable en el cantón.

 

Para conocer en detalle la respuesta de la Municipalidad, ingrese en el siguiente enlace:

oficio abril 12 muni oficio 086-2018

 

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de Conceverde San Rafael de Heredia

Enviado por José Francisco Alfaro.

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CONCEVERDE presenta denuncia por obras llevadas a cabo por la ESPH y particular en la zona inalienable de la Ley 65 de 1888

El pasado 16 de febrero el colectivo ciudadano CONCEVERDE presentó ante la Municipalidad de San Rafael de Heredia una denuncia por obras llevadas a cabo por la ESPH y particular en la ZONA INALIENABLE de la Ley 65 de 1888 y sobre derecho de vía o camino público.

Como respuesta a la denuncia, el 22 de marzo el Ing. Oscar Álvarez, Ingeniero de la Unidad de Gestión Urbano Territorial de la Municipalidad de San Rafael de Heredia indicó según copia de correo enviado a SURCOS: “les indico que de este caso ya realicé personalmente la visita en conjunto con los inspectores Hugo Vargas y Angie Murillo, y se corroboró que se incluyeron varios postes con sus bases de concreto, así mismo la empresa ESPH instaló medidor eléctrico generando un servicio nuevo. Se generó un nuevo registro fotográfico. En los próxima semana se procederá a generar las notificaciones correspondientes y un informe del mismo”.

Sin embargo, según se expresa en un correo enviado por José Francisco Alfaro Carvajal de CONCEVERDE al alcalde, Lic. Verny Valerio, la respuesta del Sr. Álvarez, ingeniero de la Municipalidad, “es omisa en casi todo lo solicitado en nuestra nota del 6 de febrero la cual adjunto; por lo que habiendo transcurrido casi dos meses de mi solicitud y el plazo de ley para recibir la respuesta, solicito de la manera más atenta se me dé respuesta de forma inmediata a TODO lo solicitado en nuestra nota entregada a ustedes el 16 de febrero, en cuanto a:

  1. Se nos informe si se contó con el permisos municipal y la fecha que se otorgó el mismo para llevar a cabo las obras o construcciones que tiene la finca localizada 229417/226050, exactamente de los mojones que señalan el comienzo de la Zona Inalienable unos 200 metros al norte, lado izquierdo de la vía, obras que aparentemente son caballerizas y otras construcciones, finca la cual cuenta frente a camino público con cercado de metal o lo que conocemos como latas.
  2. Se nos informe si se tramitó por la ESPH y algún particular en la Municipalidad de San Rafael permisos para la colocación de tubos de metal sobre el derecho de vía o camino público, localizados en la Zona Inalienable de la Ley 65, tubos que se utilizan como posteado para cable eléctrico y colocación de contador o medidor de la ESPH.
  3. Se ordene quitar el posteado localizado en camino público o derecho de vía por la condición de inalienabilidad de la zona y de la vía pública (Ley 65 de 1888 y Ley General de Caminos).
  4. Como gobierno local que es la Municipalidad de San Rafael, responsable directo o indirecto de lo que pase en el cantón, solicitamos se conmine a la ESPH no estimular las construcciones en la Zona Inalienable al otorgar servicios nuevos de agua potable y electricidad”.

 

Adjuntamos copia de la denuncia recibida en el siguiente enlace:

medidor denuncia241

 

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de Conceverde San Rafael de Heredia

Enviado por CONCEVERDE.

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Denuncia contra ESPH por servicio eléctrico en zona inalienable

José Francisco Alfaro Carvajal de CONCEVERDE nos envía una denuncia presentada por este colectivo ante la Municipalidad de San Rafael de Heredia por servicio otorgado en Zona Inalienable de ley 65 de 1888, en la cual solicitan lo siguiente:

1. Se nos informe si se contó con los permisos municipal y la fecha que se otorgó el mismo para llevar a cabo las obras o construcciones que tiene la finca localizada 229417/226050, exactamente de los mojones que señalan el comienzo de la Zona Inalienable unos 200 metros al Norte, lado izquierdo de la vía, obras que aparentemente son caballerizas y otras construcciones, finca la cual cuenta frente a camino público con cercado de metal o lo que conocemos como latas.

2. Se nos informe si se tramitó por la ESPH y algún particular en la Municipalidad de San Rafael permisos para la colocación de tubos de metal sobre el derecho de vía o camino público, localizados en la Zona Inalienable de la Ley 65, tubos que se utilizan como posteado para cable eléctrico y colocación de contador o medidor de la ESPH.

3.Se ordene quitar el posteado localizado en camino público o derecho de vía por la condición de inalienabilidad de la zona y de la vía pública (Ley 65 de 1888 y Ley General de Caminos).

4.Como gobierno local que es la Municipalidad de San Rafael, responsable directo o indirecto de lo que pase en el cantón, solicitamos se conmine a la ESPH no estimular las construcciones en la Zona Inalienable al otorgar servicios nuevos de agua potable y electricidad”.

 

Para leer la denuncia completa ingrese en el siguiente enlace.

Denuncia contra ESPH

 

*Imagen tomada de conceverde.blogspot.com

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CONCEVERDE denuncia tala en zona de protección

De nuevo este domingo integrantes del colectivo CONCEVERDE acompañados de un vecino de San Isidro subimos a verificar una información que nos hizo llegar sobre una tala en la montaña de la ladera sur del Cerro Delicias, en Concepción de San Rafael de Heredia. Nos encontramos en el lugar, talas de cipreses, algunos árboles aparentemente nativos en el suelo, apertura de trochas y además la violación a la zona de protección de una naciente lo cual es delito según la Ley Forestal. Hoy lunes en el colectivo CONCEVERDE interpusimos la denuncia respectiva ante el encargado del MINAE de Heredia, quien se ofreció a enviar a funcionarios a hacer la inspección respetiva. Quedamos en espera del informe respectivo para verificar la debida atención a nuestra denuncia y las medidas tomadas por el MINAE.

Es lamentable que sigan aconteciendo esos hechos en las montañas heredianas, considerando que en julio de 1888 ante la tala indiscriminada que acontecía en las montañas del norte de Heredia, lo que es hoy San Rafael, San Isidro, Barva, etc; los gobernantes de ese entonces decidieron ante el peligro que significaba la eliminación de árboles para el recurso hídrico, promulgar la Ley 65 y así proteger miles de hectáreas en la parte alta de Heredia, exactamente 2 kilómetros a ambos lados de la división de aguas desde el Cerro Zurquí hasta el Cerro Guararí, declarando inalienable, o sea tierra de todos los costarricenses para la protección del agua esa zona.

Lamentablemente ante la desidia de gobernantes de las municipalidades y gobierno central muchos de esos terrenos fueron apropiados, ilegalmente por particulares lo que conlleva a que se siga depredando la zona inalienable que está fuera del Parque Braulio Carrillo por actos como los denunciados por el colectivo CONCEVERDE. No ha bastado la ley 65 de 1888 y una orden de la Sala Cuarta para que el MINAE recupere los terrenos de todos los costarricenses y así no menoscabar el recurso hídrico, sobre todo de los habitantes del Valle Central.

Gobiernos vienen, gobiernos van y todos patean la bola para no recuperar los terrenos que son sabiduría declararon de protección nuestros antepasados del siglo diecinueve. Será que se requiere que el pueblo se empodere, como nos dijo un campesino de la zona, para así exigirle a los gobernantes que se detenga la tala en las montañas heredianas.

Enviado por José Francisco Alfaro.

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San Rafael tierra de nadie

Hace varios días en el colectivo CONCEVERDE interpuso una denuncia por el posible daño ambiental que puede haber causado un asfaltado de camino público que se llevó a cabo en la ZONA INALIENABLE de la Ley 65 de 1888, jurisdicción de San Rafael, por considerar que con ese asfaltado se podría estar contribuyendo a impactar parte del esa zona y el Parque Braulio Carrillo, máxime al haber poco o nulo control del MINAE sobre los vehículos que ingresan, causando contaminación por ruido y humo.

Curiosamente ni en el MINAE ni la Municipalidad de San Rafael de Heredia tienen conocimiento de quién llevó a cabo las obras, será que el cantón es tierra de nadie y cualquier puede hacer lo que le venga en gana nos preguntamos en el colectivo. A veces es muy diligente la Municipalidad para parar una pequeña construcción que se lleva a cabo sin permiso, pero cuando se lleva el asfaltado de cerca de 300 metros de un camino público, en la Municipalidad “ni cuenta se dan” manifestó el Colectivo.

San Rafael tierra de nadie

Compartido en redes por José Francisco Alfaro.

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Municipalidad de San Rafael atenta contra el recurso hídrico de habitantes del Valle Central

Comunicado CONCEVERDE

 

La municipalidad de San Rafael de Heredia, que se vive echando flores por ser adalides, según ellos, en la defensa del ambiente, DE NUEVO fue condenada por la Sala Cuarta por violentar el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, esto mediante la resolución Nº 2017-017353 del 31 de octubre del 2017.

La condena surgió por un recurso de amparo que presentaron vecinos de San Rafael de Heredia, organizados en el colectivo CONCEVERDE, por considerar que la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH) y la Municipalidad de San Rafael estaban poniendo en peligro el recurso hídrico de los habitantes del Valle Central al dar pajas de agua la primera y permiso para que se fraccionara la segunda, a una finca en Concepción de San Rafael, sin contar con estudios científicos que determinaran con certeza de que no se estaría violentando ese recurso.

Aun cuando el Alcalde trató de que la Sala Constitucional se tragara el cuento de que los recurrentes presentaron argumentos falsos, la Sala no lo hizo caso y lo condenó, al igual que al gerente de la ESPH, por violentar el artículo 50 constitucional y además de ordenar pagar costas, daños y perjuicios, ordenó a la Municipalidad no otorgar permisos en el fraccionamiento cuestionado hasta que se tenga la certeza que no se éste impacto el recurso hídrico subterráneo.

Tampoco se tragó el cuento los magistrados, de que un proyecto de 36 viviendas llevado a cabo en igual número de lotes, no pondría en peligro el recurso hídrico, como alegó el Alcalde, en tanto para éste esos desarrollos no son de alta densidad. Y es que en la Municipalidad junto con desarrolladores y vendedores de lotes, tienen la costumbre para burlar requisitos ambientales, llamar desarrollos constructivos que son verdaderas urbanizaciones, como desarrollos de fraccionamientos simples aun cuando el impacto ambiental es el mismo de una urbanización y aún peor ya que no lleva sistema de tratamiento de aguas negras y residuales.

Esperamos en CONCEVERDE que cambie el actuar de la Municipalidad de San Rafael de Heredia y su Alcalde, para que algún día se merezcan cualquier galardón ambiental, pero sobre todo para que algún día dejen de atentar contra el recurso hídrico de los habitantes de San Rafael y en general del Valle Central.

 

Por CONCEVERDE: José Fco. Alfaro Carvajal. Cédula105180468.

Teléfono: 8815 9954.

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por CONCEVERDE.

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¿Qué pasó con la política nacional para el agua potable?

José Francisco Alfaro, de CONCEVERDE, envió a SURCOS un llamado de atención en torno a al anuncio de la “Política Nacional para el Subsector de Agua Potable”, el cual transcribimos:

Para el 23 de agosto pasado se anunció por Gobierno de la República y el AYA que se presentaría la “Política Nacional para el Subsector de Agua Potable”. Extrañamente teniendo todo listo para la presentación, integrantes del colectivo CONCEVERDE que se habían inscrito para ir a la actividad, recibieron un correo donde se les informaba que se suspendía. Esperemos que no sea que se quiera manosear la “POLÍTICA NACIONAL DEL AGUA” por algunos sectores que se puedan sentir perjudicados por las decisiones que podrían conllevar el objetivo del resguardo del recurso hídrico y aún más, no esperamos que sigamos en el país sin una política hídrica. Sabemos de sectores ligados a algunas cámaras de empresarios, que todo lo que sea protección del agua lo adversan si toca sus intereses económicos, aún cuando sea para el bien común, como pasó recientemente con la Cámara de la Construcción que entabló un juicio ante el Contencioso Administrativo contra el instrumento de protección del recurso hídrico denominado MATRIZ DE U SO DEL SUELO PARA LA PROTECCIÓN DEL RECURSO HÍDRICO. Por dicha los jueces del Tribunal Contencioso resolvieron en contra de la Cámara de la Construcción y otras 15 cámaras de empresarios ante tan odiosa y egoísta pretensión.

POR CONCEVERDE: José Fco. Alfaro.

Alfaro comparte con SURCOS el afiche alusivo a tal anuncio.

Que paso con la politica nacional para el agua potable