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Etiqueta: Consejo de Seguridad

América Latina durante la discusión sobre armas químicas en Siria del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas

Nicolas Boeglin (*)

America Latina durante la discusion sobre armas quimicas en Siria
Foto de la representante de Estados Unidos ante Naciones Unidas, Nikki Haley, durante sesión sobre el supuesto ataque con armas químicas en Siria, extraída de nota de UN Dispatch.

El 12 de abril del 2017, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas sesionó nuevamente sobre la explosión de sustancias químicas ocurrida el pasado 4 de abril. Como bien se sabe, en la actualidad, además de los cinco Miembros Permanentes, los siguientes Estados forman parte del Consejo de Seguridad: Bolivia, Egipto, Etiopía, Italia, Japón, Kazajistán, Senegal, Suecia, Ucrania y Uruguay.

La reunión previa del 5 de abril

Una primera reunión urgente del Consejo de Seguridad sobre este delicado tema tuvo lugar el 5 de abril (véase acta de la sesión del Consejo de Seguridad en la que se puede apreciar la posición oficial de cada uno de los quince Estados que integran el Consejo de Seguridad).

Los tres integrantes del Consejo que habían preparado el pasado 5 de abril un proyecto de resolución condenando a Siria (Estados Unidos, Francia y Reino Unido) procedieron a modificar ligeramente su texto en esta segunda sesión del 12 de abril. Mientras tanto, el órgano técnico a cargo de monitorear el uso de armas químicas de Naciones Unidas, titulaba un comunicado de prensa refiriendo a «Press Release on Allegations of Chemical Weapons Use in Southern Idlib, Syria». Esta distinción entre lo que se alega y lo que se afirma con mucha certeza con relación a lo sucedido el 4 de abril en Idlib, como lo veremos a continuación, se ha mantenido incólumne ante la ausencia de una investigación in situ desde esa fecha.

El 5 de abril circularon tres borradores de resolución en el seno del Consejo de Seguridad: el proyecto de resolución elaborado por Rusia (véase Documento 1 al final de esta nota en inglés), el proyecto denominado E-10 (elaborado por los 10 Miembros no Permanentes (Documento 2 reproducido al final de este texto en inglés) y el texto propuesto por Estados Unidos, Francia y Reino Unido (Documento 3 reproducido al final de esta nota, también en inglés): la diferencia entre la propuesta rusa y las demás es que solicita una investigación in situ para que se conozca el tipo de sustancias encontradas, su origen exacto, y quiénes fueron los responsables del uso de sustancias químicas. Las dos propuestas siguientes solicitan una investigación haciendo ver que Siria es directamente responsable por los hechos acaecidos en Idlib el 4 de abril. La diferencia sustancial entre los dos últimos reside en la redacción del párrafo operativo 5, considerado por varios delegados como excesivo en el anteproyecto de Estados Unidos, Francia y Reino Unido, al solicitarle a Siria una serie de datos sobre su personal militar, planes de vuelo y demás detalles operativos que raramente un Estado ha proporcionado a otros.

El proyecto de resolución presentado y votado el 12 de abril

La última versión del texto reelaborado por Estados Unidos, Francia y Reino Unido (véase Documento 4 reproducido en versión en español al final de esta nota) fue sometido a consideración nuevamente el 12 de abril: el texto incluye el mismo Párrafo Operativo (el Numero 5) exigiendo a Siria colaborar con el ente técnico a cargo de monitorear en Naciones Unidas el uso de armas químicas (conocido como la OPCW). Se trata de un punto de discordia mayor en la medida en que los autores del texto presumen – sin que haya habido investigación alguna – que Siria es responsable directa de lo ocurrido el pasado 4 de abril, contrario al criterio de Rusia y de China y de otros Miembros no Permanentes. Por ejemplo, en su declaración del 12 de abril (véase texto), el jefe de la diplomacia gala reitera que Siria es directamente responsable de lo que denomina él mismo el «ataque químico» perpetrado el 4 de abril pasado. De igual forma se desprende de las declaraciones a la prensa dadas por la Primer Ministra británica el pasado 13 de abril (véase nota de la BBC).

Una duda persistente

Desde un inicio, las autoridades sirias han negado rotundamente cualquier responsabilidad, al tiempo que Rusia ha pedido una investigación in situ por parte de un equipo internacional independiente de Naciones Unidas. Por su parte, desde un inicio, Estados Unidos acusó a Siria por usar de forma deliberada armas químicas contra grupos rebeldes y contra la población civil. Esta acusación se basa en suposiciones, al no existir al momento ninguna investigación in situ realizada por expertos de forma independiente sobre lo ocurrido el 4 de abril en Siria. Algunos medios de prensa refieren al «supuesto» ataque con armas químicas (véase por ejemplo esta nota), mientras que muchas otras salas de redacción dan por un hecho que sí hubo un ataque con armas químicas perpetrado por Siria en sus notas y titulares. El anuncio hecho por parte de la entidad técnica de Naciones Unidas, la OPCW, el pasado 19 de abril, confirmando la presencia del gas sarín en Idlib se basa en investigaciones hechas sin inspección en el sitio, lo cual ha sido inmediatamente objetado por Rusia (véase breve nota nuestra al respecto).

El ataque de Estados Unidos en respuesta al denominado «ataque con armas químicas»

A modo de represalia, 48 horas después de ocurrido el hecho en Idlib, el Presidente de Estados Unidos ordenó el bombardeo con 59 misiles Tomahawk de la base siria de la que, según Estados Unidos, partieron las armas químicas, en abierta violación a las disposiciones de la Carta de Naciones Unidas de 1945.

En su intervención el Representante del Secretario General a cargo de mediar en las negociaciones de paz en Siria, Staffan de Mistura, precisó a los demás integrantes del Consejo de Seguridad que el ataque de Estados Unidos ha propiciado un recrudecimiento de las acciones armadas entre el Ejército sirio y los grupos rebeldes. En su alocución (véase texto en pp.2-4 del acta de la reunión previa a la votación celebrada el mismo 12 de abril), leemos que:

“Pocos días después, los Estados Unidos atacaron la base aérea de Al-Shayrat con 59 misiles Tomahawk. El viernes, el Secretario General Adjunto, Sr. Feltman, informó al Consejo sobre ese acontecimiento extrema damente grave (véase S/PV.7919). Desde entonces, hemos presenciado más enfrentamientos y violencia, con nuevas denuncias de uso de municiones en racimo en zonas habitadas, bombas de barril y armas incendiarias, en particular cerca del mismo Khan Shaykhun. El Secretario General ha expresado claramente su propia posición. Está consternado por el ataque con armas químicas cometido en Khan Shaykhun y pide rendición de cuentas por esos crímenes”.

Sobre este y otros efectos que podría tener este sorpresivo ataque de Estados Unidos, así como algunas motivaciones que pueden explicar la rapidez con la que el Presidente Donald Trump ordenó este bombardeo, remitimos al lector a nuestra nota anterior titulada: «Armas químicas en Siria: Consejo de Seguridad y Estados Unidos«. Nótese que en su intervención, el representante de Siria ante el Consejo de Seguridad señaló el pasado 12 de abril que:

«Esto llega en un momento en que el ejército sirio y sus aliados están logrando grandes victorias contra el terrorismo, en todas las ciudades y regiones de Siria se están concertando acuerdos de reconciliación nacional, y se han adoptado importantes medidas en el contexto de las conversaciones de Astaná, haciendo hincapié, como dijo el Sr. De Mistura, en la soberanía y la integridad territorial de Siria» (véase acta de la reunión, pp. 20-21).

Los efectos de la duda persistente en el texto votado

Reunidos para votar un proyecto de resolución sobre lo ocurrido el 4 de abril (y no sobre el ataque de Estados Unidos del día 6 de abril), los miembros del Consejo de Seguridad consideraron el anteproyecto de resolución presentado por Estados Unidos, Francia y Reino Unido (véase versión oficial en los seis idiomas de Naciones Unidas): este texto mantenía el Párrafo Operativo 5 tal como redactado por sus autores inicialmente. El texto obtuvo el voto a favor de diez integrantes del Consejo de Seguridad, dos votos en contra y tres abstenciones. El voto en contra de Rusia se contabiliza como un veto, por lo que el texto no fue adoptado, mientras que China optó por abstenerse. Bolivia votó en contra, mientras Etiopía y Kazajistán se abstuvieron.

Las explicaciones de votos de Bolivia y de Uruguay

Como indicado anteriormente el texto, los dos Estados de América Latina votaron de forma muy distinta este mismo texto. Ambos sabiendo de antemano que iba a ser vetado por Rusia. Resulta de interés revisar la posición externada par cada uno, y que el lector puede apreciar en su totalidad. Por cuestión de espacio, nos limitaremos a reproducir únicamente las partes de sus intervenciones sobre el voto como tal. Según se desprende del acta de la reunión en la que cada Estado pudo explicar su voto (véase texto en español), el representante de Bolivia se expresó en los siguientes términos:

«Asimismo, Bolivia insiste en la necesidad imprescindible de que se lleve adelante una investigación independiente, imparcial, completa y concluyente de lo sucedido hace pocos días en Siria. Bolivia ha votado en contra de este proyecto de resolución porque considera que el Consejo de Seguridad no debe ser usado como una caja de resonancia de la propaganda de guerra ni del intervencionismo. Repetimos que para Bolivia el Consejo de Seguridad no debe ser usado como un peón a sacrificar en el tablero de ajedrez de la guerra. Nuevamente manifestamos que para el tratamiento de este proyecto de resolución sometido a voto en el día de hoy, algunos miembros del Consejo fuimos excluidos de las negociaciones. Nos llama profundamente la atención que se presenten proyectos de resolución que no han sido debidamente consensuados y que se sabe que van a encontrar votos de miembros permanentes en contra. ¿Cuál es la intención de este tipo de intentos?» (pp. 9-10).

El representante de Uruguay, al parecer muy versado en literatura, señaló por su parte que debió «tomar la menos mala de las opciones» y votar a favor del texto propuesto por Estados Unidos, Francia y Reino Unido:

«Hemos votado a favor de esta resolución porque, por un lado, condena claramente el continuado uso de armas químicas en Siria, y por el otro, explicitaba la información necesaria y requerida para llevar a cabo una investigación amplia, seria e independiente. Es necesario llegar a la verdad. Un grupo de miembros del Consejo buscó, a lo largo de la semana pasada y esta semana, haber encontrado un punto medio en las posiciones que permitiesen una investigación profunda y con amplios poderes para acercarnos a la verdad. Como a menudo sucede, las posiciones se fueron congelando impidiendo esta solución y, una vez más, el Consejo de Seguridad se embarcó en un proceso que a todas luces se leía como en la novela de García Márquez con aquel título de Crónica de una muerte anunciada.

En virtud de los privilegios que diferencian a los miembros del Consejo de Seguridad, y acá nos recordamos una vez a George Orwell en Rebelión en la granja, aquí hay animales que son más iguales que los otros. Ese desequilibrio legal pero ilegítimo nos pone a muchos miembros en la situación de tener que tomar la menos mala de las opciones delante de nosotros» (p.11).

La notable incongruencia del primer párrafo operativo

Si se lee con detenimiento el Párrafo Operativo 1, la versión en español reza que el Consejo de Seguridad: «Condena en los términos más enérgicos el presunto empleo de armas químicas en la República Árabe Siria” / “1. Condamne avec la plus grande fermeté l’emploi qui aurait été fait d’armes chimiques en République arabe syrienne” / “Condemns in the strongest terms the reported use of chemical weapons in the Syrian Arab Republic” /.

El que el máximo órgano de Naciones Unidas sea llamado a condenar «en los términos más enérgicos» un «presunto« empleo de armas químicas constituye una extrañeza y es posible que en las versiones en ruso, árabe y chino, se detecte la misma incongruencia, que maquilla la versión en inglés que usa la palabra «reported» en vez de «alleged». En cuanto a la versión francesa, condenar de forma enérgica algo «qui aurait été fait» constituye una originalidad de la que posiblemente muchos diplomáticos de habla francesa tomaron nota: véase las seis versiones oficiales disponibles aquí.

Un ejercicio dudoso ante la falta de consistencia de los autores del texto

Pese a un discurso político oído en Francia, Estados Unidos y Reino Unido sobre la responsabilidad directa de Siria en los hechos acaecidos el 4 de abril en Idlib, una semana más tarde sus representantes en el Consejo de Seguridad presentaron un proyecto de resolución para intentar obtener una resolución de condena sobre el «presunto» (“reported” o “qui aurait été fait”) uso de armas químicas. La inconsistencia de la posición sostenida es tal, que arroja nuevas dudas sobre las intenciones reales de los autores del texto.

En caso de haber sido adoptada como resolución, cabe la pregunta de saber si no hubiésemos presenciado una verdadera «premiere» en la práctica del Consejo de Seguridad. Sobre este punto en particular, hemos hecho diversas solicitudes sin éxito a la fecha, y agradecemos desde ya a nuestros estimables lectores (en particular a diplomáticos más familiarizados con el léxico que usa el Consejo de Seguridad) el referirnos a alguna resolución de condena del Consejo de Seguridad sobre «presuntos» hechos. Se garantizará total confidencialidad en caso de ser requerida (la información puede ser enviada al correo electrónico siguiente: cursodicr@gmail.com).

A modo de conclusión

Para los estudiosos que se interesan por las posiciones asumidas por Estados de América Latina, este reciente episodio en el seno del Consejo de Seguridad realizado el pasado 12 de abril ofrece una notable diferencia de apreciación. Para quiénes siguen de cerca lo que ocurre en el Consejo de Seguridad, esta votación arroja algunas dudas sobre la intención real de los autores del texto votado. Si la intención de este ejercicio era la de aislar a Rusia, el objetivo no fue mayormente logrado. Si la intención era la de exhibir a los aliados de Siria en el seno del Consejo, se puede afirmar que tampoco se logró mayor cosa.

Más bien, la incongruencia del primer párrafo operativo viene a confirmar la persistencia de la duda que se tiene sobre el presunto «ataque con armas químicas» imputado a Siria y la imperiosa necesidad de esclarecer sin mayor preludio lo sucedido el 4 de abril en Idlib. No se tiene claro si la intención de Estados Unidos y la de sus dos aliados era la de exhibirla de esta manera. Finalmente, la rapidez con la que Estados Unidos reaccionó el 6 de abril aunada a la duda antes señalada pueden confirmar las sospechas de algunos sectores que tienen aún muy presente en la memoria lo ocurrido en Irak en el 2003 con base en un argumento falaz construido por Estados Unidos y sus aliados.

 

Documento 1: Proyecto de resolución elaborado por Rusia

«Recalling the Protocol for the Prohibition of the Use in War of Asphyxiating, Poisonous or other Gases, and of Bacteriological Methods of Warfare, and the Convention on the Prohibition of the Development, Production, Stockpiling and Use of Chemical Weapons and on their Destruction (CWC) ratified by the Syrian Arab Republic on 14 September 2013, and the Council’s resolutions 1540 (2004), 2118 (2013), 2209 (2015), 2235 (2015), 2314 (2016), and 2319 (2016),

Expressing its deep concern regarding the alleged incident with the chemical weapons in the Khan Shaykhun area of southern Idlib in the Syrian Arab Republic on 4 April 2017 reportedly causing large-scale loss of life and injuries, affirming that the use of chemical weapons constitutes a serious violation of international law, and stressing that those responsible for any use of chemical weapons must be held accountable,

Recalling that in resolution 2118 (2013) the Council decided that the Syrian Arab Republic shall not use, develop, produce, otherwise acquire, stockpile or retain chemical weapons or transfer, directly or indirectly, chemical weapons, to other States or non-State actors and underscored that no party in Syria should use, develop, produce, acquire, stockpile, retain or transfer chemical weapons,

  1. Requests the joint FFM and the JIM investigative team to visit as soon as possible the site of the alleged incident in Khan Shaykhun and adjacent territories to conduct full-scale investigation using the whole spectrum of relevant methods, including the alternative information collection efforts and investigative skills, as was strongly recommended for such cases in the 4th and 5th JIM’s reports (para. 49 and para . 11 respectively).
  2. Demands all parties in the Syrian Arab Republic to secure in accordance with the resolution 2118 (2013) without any delay free and safe access for the joint FFM and JIM team to the site of the incident and adjacent areas;
  3. Requests the Director-General of the OPCW Technical Secretariat and the head of the OPCW-UN Joint Investigative Mechanism (JIM) to forward through the United Nations Secretary-General to the Council for its consideration their proposals on the personal composition of the joint team to be dispatched to the Idlib Governorate of the Syrian Arab Republic based on the principle of a broad-based and balanced geographical representation;
  4. Decides that the report of the joint FFM and JIM team should include all the evidences collected at the site of the incident and be provided to the Council for consideration;
  5. Decides to remain actively seized of the matter».

 

Documento 2: Proyecto de resolución denominado «E-10»

«Recalling the Protocol for the Prohibition of the Use in War of Asphyxiating, Poisonous or other Gases, and of Bacteriological Methods of Warfare, and the Convention on the Prohibition of the Development, Production, Stockpiling and Use of Chemical Weapons and on their Destruction (CWC) ratified by the Syrian Arab Republic on 14 September 2013, and the Council’s resolutions 1540 (2004), 2118 (2013), 2209 (2015), 2235 (2015), 2314 (2016), and 2319 (2016),

Expressing its horror at the reported use of chemical weapons in the Khan Shaykhun area of southern Idlib in the Syrian Arab Republic on 4 April 2017 causing large-scale loss of life and injuries, affirming that the use of chemical weapons constitutes a serious violation of international law, and stressing that those responsible for any use of chemical weapons must be held accountable,

Noting the Organization for the Prohibition of Chemical Weapons (OPCW) has announced, in addition to its ongoing investigation, that its Fact Finding Mission (FFM) is in the process of gathering and analyzing information on this incident from all available sources and will report to the OPCW Executive Council,

Recalling that in resolution 2118 (2013) the Council decided that the Syrian Arab Republic shall not use, develop, produce, otherwise acquire, stockpile or retain chemical weapons or transfer, directly or indirectly, chemical weapons, to other States or non-State actors and underscored that no party in Syria should use, develop produce acquire, stockpile, retain or transfer chemical weapons,

Recalling its determination that the use of chemical weapons in the Syria Arab Republic represents a threat to international peace and security,

  1. Condemns in the strongest terms the reported use of chemical weapons in the Syrian Arab Republic, in particular the attack on Khan Shaykhun reported on 4 April 2017, expresses its outrage that individuals continue to be killed and injured by chemical weapons in the Syrian Arab Republic, and expresses its determination that those responsible must be held accountable;
  2. Expresses its full support to the OPCW Fact Finding Mission, demands that all parties provide delay-free and safe access to any sites deemed relevant by the OPCW FFM, and, as applicable, by the JIM, to the reported incident in Khan Shaykhun in accordance with resolution 2118, and requests that the FFM report the results of its investigation as soon as possible;
  3. Requests that the Secretary General make the necessary arrangements for the UN-OPCW Joint Investigative Mechanism to liaise closely with the Fact Finding Mission to expeditiously investigate any incident the FFM determines involved or likely involved the use of chemicals as weapons in order to identify those involved in accordance with the provisions of paragraph 5 of its Resolution 2235;
  4. Recalls that in its resolutions 2118 and 2235 it decided that the Syrian Arab Republic and all parties in Syria shall cooperate fully with the OPCW and the United Nations including the Joint Investigation Mechanism;
  5. Emphasizes that this includes the obligation upon the Syrian Arab Republic of complying with their relevant recommendations, by accepting personnel designated by the OPCW or the United Nations, by providing for and ensuring the security of activities undertaken by these personnel, by providing these personnel with immediate and unfettered access to and the right to inspect, in discharging their functions, any and all sites, and by allowing immediate and unfettered access to individuals that the OPCW has grounds to believe to be of importance for the purpose of its mandate, and decides that all parties in Syria shall cooperate fully in this regard; [op. 7 of op. 2118]
  6. Requests the Secretary-General to report on whether the information and access described in paragraph 5 has been provided in his reports to the Security Council every 30 days pursuant to paragraph 12 of resolution 2118.
  7. Recalls its decision in response to violations of resolution 2118 to impose measures under Chapter VII of the United Nations charter.

 

Documento 3: Proyecto de resolución presentado por Estados Unidos, Francia y Reino Unido y circulado el 5 de abril:

Recalling the Protocol for the Prohibition of the Use in War of Asphyxiating, Poisonous or other Gases, and of Bacteriological Methods of Warfare, and the Convention on the Prohibition of the Development, Production, Stockpiling and Use of Chemical Weapons and on their Destruction (CWC) ratified by the Syrian Arab Republic on 14 September 2013, and the Council’s resolutions 1540 (2004), 2118 (2013), 2209 (2015), 2235 (2015), 2314 (2016), and 2319 (2016),

Expressing its horror at the reported use of chemical weapons in the Khan Shaykhun area of southern Idlib in the Syrian Arab Republic on 4 April 2017 causing large-scale loss of life and injuries, affirming that the use of chemical weapons constitutes a serious violation of international law, and stressing that those responsible for any use of chemical weapons must be held accountable,

Noting the Organization for the Prohibition of Chemical Weapons (OPCW) has announced, in addition to its ongoing investigation, that its Fact Finding Mission (FFM) is in the process of gathering and analysing information on this incident from all available sources and will report to the OPCW Executive Council,

Recalling that in resolution 2118 (2013) the Council decided that the Syrian Arab Republic shall not use, develop, produce, otherwise acquire, stockpile or retain chemical weapons or transfer, directly or indirectly, chemical weapons, to other States or non-State actors and underscored that no party in Syria should use, develop produce acquire, stockpile, retain or transfer chemical weapons,

Determining that the use of chemical weapons in the Syria Arab Republic represents a threat to international peace and security,

  1. Condemns in the strongest terms and use of chemical weapons in the Syrian Arab Republic, in particular the attack on Khan Shaykhun reported on 4 April 2017, expresses its outrage that individuals continue to be killed and injured by chemical weapons in the Syrian Arab Republic, and expresses its determination that those responsible must be held accountable;
  2. Expresses its full support to the OPCW Fact Finding Mission investigation and requests that it report the results of its investigation as soon as possible;
  3. Recalls paragraph 9 of resolution 2235 (2015), which requested the FFM to collaborate with the JIM to provide full access to all the information and evidence obtained or prepared by the FFM, and stresses that the JIM should begin to fulfill its mandate alongside the FFM as it seeks to determine whether the incident on April 4 2017 involved the use of chemicals as weapons;
  4. Recalls that in its resolutions 2118 and 2235 it decided that the Syrian Arab Republic and all parties in Syria shall cooperate fully with the OPCW and the United Nations including the Joint Investigation Mechanism;
  5. Emphasizes that this includes the obligation upon the Syrian Arab Republic to provide the JIM and FFM with the following:

(a) flight plans, flight logs, and any other information on air operations, including all flight plans or flight logs filed on April 4 2017;

(b) names of all individuals in command of any helicopter squadrons;

(c) arrange meetings requested including with generals or other officers, within no more than five days of the date on which such meeting is requested;

(d) immediately provide access to relevant air bases from which the JIM or the FFM believe attacks involving chemicals as weapons may have been launched

  1. Requests the Secretary-General to report on whether the information and access described in paragraph 5 has been provided in his reports to the Security Council every 30 days pursuant to paragraph 12 of resolution 2118.
  2. Recalls its decision in response to violations of resolution 2118 to impose measures under Chapter VII of the United Nations charter.

 

Documento 4: Proyecto de resolución sometido a votación el 12 de abril del 2017 en el Consejo de Seguridad con el sigiuente resultado: 10 votos a favor, 2 en contra y 3 abstenciones

Estados Unidos de América, Francia y Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte:

Proyecto de resolución

El Consejo de Seguridad,

Recordando el Protocolo relativo a la Prohibición del Empleo en la Guerra de Gases Asfixiantes, Tóxicos o Similares y de Medios Bacteriológicos y la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción (CAQ) a la que la República Árabe Siria se adhirió el 14 de septiembre de 2013, y sus resoluciones 1540 (2004), 2118 (2013), 2209 (2015), 2235 (2015), 2314 (2016) y 2319 (2016),

Expresando su horror ante el presunto empleo de armas químicas el 4 de abril de 2017 en la zona de Jan Shaijun, al sur de Idlib, en la República Árabe Siria, lo que habría provocado pérdidas de vidas y heridas en gran escala, afirmando que el empleo de armas químicas constituye una grave violación del derecho internacional y destacando que los responsables de cualquier empleo de armas químicas deben rendir cuentas de sus actos,

Observando que la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) ha anunciado que, además de la investigación en curso, su Misión de Determinación de los Hechos (MDH) está recopilando y analizando información sobre este incidente de todas las fuentes disponibles y presentará un informe al Consejo Ejecutivo de la OPAQ,

Recordando que en su resolución 2118 (2013) el Consejo decidió que la República Árabe Siria no debía emplear, desarrollar, producir, adquirir de otro modo, almacenar ni conservar armas químicas, ni transferir, directa o indirectamente, armas químicas a otros Estados o agentes no estatales, y recalcó que ninguna parte en Siria debía emplear, desarrollar, producir, adquirir, almacenar, conservar ni transferir armas químicas,

Recordando el informe presentado por el Director General de la OPAQ (EC- 82/DG18, de fecha 6 de julio de 2016) en que se indica que la Secretaría Técnica de la OPAQ no puede resolver todas las insuficiencias, incoherencias y discrepancias encontradas en la declaración de Siria y, por lo tanto, no puede verificar cabalmente si Siria ha presentado una declaración que pueda considerarse exacta y completa de conformidad con la CAQ, la decisión EC-M-33/DEC.1 del Consejo Ejecutivo de la OPAQ, de fecha 27 de diciembre de 2013, o la resolución 2118 (2013),

Recordando su determinación de que el empleo de armas químicas en la República Árabe Siria constituye una amenaza a la paz y la seguridad internacionales,

  1. Condena en los términos más enérgicos el presunto empleo de armas químicas en la República Árabe Siria, en particular el ataque contra Jan Shaijun el 4 de abril de 2017 del que se ha informado, expresa su indignación por el hecho de que se siga provocando la muerte y heridas de personas mediante el empleo de armas químicas en la República Árabe Siria, y expresa su determinación de que los responsables de esos actos deben rendir cuentas de ellos;
  2. Expresa su pleno apoyo a la investigación emprendida por la MDH de la OPAQ, exige a todas las partes que faciliten el acceso, en condiciones de seguridad y sin demoras, de la MDH de la OPAQ, y, si procede, del Mecanismo Conjunto de Investigación de la OPAQ y las Naciones Unidas (MCI), a todos los lugares que consideren pertinentes en relación con el presunto incidente ocurrido en Jan Shaijun, incluido el lugar en que tuvo lugar el presunto incidente el 4 de abril, de conformidad con la resolución 2118 (2013), y solicita a la MDH que informe de los resultados de dicha investigación lo antes posible;
  3. Solicita al Secretario General que disponga los arreglos necesarios para que el MCI mantenga un estrecho enlace con la MDH a fin de investigar rápidamente cualquier incidente en que la MDH considere que se han empleado o es probable que se hayan empleado sustancias químicas como arma, con miras a identificar las partes implicadas de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 5 de su resolución 2235 (2015);
  4. Recuerda que en sus resoluciones 2118 (2013) y 2235 (2015) decidió que la República Árabe Siria y todas las partes en Siria debían cooperar plenamente con la OPAQ, incluida la MDH, y las Naciones Unidas, incluido el MCI;
  5. Pone de relieve que ello incluye la obligación que incumbe a la República Árabe Siria de cumplir con las recomendaciones pertinentes de la OPAQ y las Naciones Unidas, incluidos la MDH y el MCI, aceptando el personal designado por la OPAQ o las Naciones Unidas, disponiendo y garantizando la seguridad de las actividades que realice ese personal, proporcionando a ese personal acceso inmediato y sin trabas a todos los sitios y reconociendo su derecho de inspeccionarlos en el desempeño de sus funciones, y permitiendo el acceso inmediato y sin trabas a las personas que la OPAQ o las Naciones Unidas, incluido el MCI, tenga motivos fundados para considerar de importancia a los efectos de su mandato, y específicamente que esto incluye las obligaciones que le incumben a la República Árabe Siria de proporcionar al MCI y a la MDH la siguiente información y de adoptar las medidas que se indican a continuación:a) Los planes de vuelo, los libros de a bordo y cualquier otra información sobre las operaciones aéreas, incluidos todos los planes de vuelo o los libros de a bordo presentados el 4 de abril de 2017; b) Los nombres de todas las personas al mando de cualesquiera aeronaves; c) Organizar las reuniones que se soliciten, incluidas reuniones con generales u otros oficiales, en un plazo máximo de cinco días a partir de la fecha en que se solicite la reunión; d) Facilitar acceso inmediato a las bases aéreas pertinentes desde las cuales el MCI o la MDH consideren que se hubieran lanzado ataques en los que se hubieran empleado sustancias químicas como arma;
  6. Solicita al Secretario General que, en los informes mensuales que le presenta de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 12 de la resolución 2118 (2013), indique si se han proporcionado la información y el acceso que se describen en el párrafo 5;
  7. Recuerda la decisión que adoptó en respuesta a las violaciones de la resolución 2118 (2013) de imponer medidas en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas.
  8. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión

 

(*) Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica.

 

Enviado a SURCOS por el autor.

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Armas químicas en Siria: Consejo de Seguridad y Estados Unidos

Nicolás Boeglin (*)

 

En razón de sustancias químicas en Siria que, el pasado 4 de abril han dejado un saldo mortífero de 87 personas, entre las cuales 20 niños, y más de 400 heridos, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas celebró una reunión este 5 de abril para escuchar a varios altos funcionarios de Naciones Unidas encargados de monitorear el uso de estas armas y a algunos de sus integrantes.

Las dudas y las tesis existentes

Las autoridades de Siria niegan haber hecho uso de estas armas (véase nota de prensa de Naciones Unidas). A la fecha no existe ninguna investigación realizada in situ por parte de alguna entidad independiente que permita conocer las causas de este trágico hecho. Esta inspección permitiría saber quiénes estaban en posesión de estas sustancias y su origen exacto.

Mucho más precavidos que otros, algunos medios de prensa como la BBC usan «chemical attack» en sus titulares entre comillas, ante algunas incógnitas aún no dilucidadas sobre lo que originó esta mortal explosión con sustancias químicas (vease nota de la BBC). De igual manera, El Pais (España) tituló su nota incluyendo el adjetivo «supuesto»: «Un supuesto ataque químico causa una matanza en la zona rebelde siria» (véase nota). Algunos medios de prensa internacionales tienen claridad sobre la posible manipulación informativa que pueda ocasionar este hecho no investigado ocurrido en Siria, otros al parecer no tanto. De igual forma, la ONG Human Rights Watch (HRW) refiere en sus análisis a la expresión «alleged chemical attack», dada la persistente falta de certeza (véase nota de HRW del 6 de abril del 2017).

Recordemos que en el 2013 unos (pocos) medios de prensa se interesaron por correos filtrados en los que se mencionaba un plan de la administración del Presidente Obama para endosar a las autoridades de Siria el uso de armas químicas: véase al respecto artículo titulado «U.S. ‘backed plan to launch chemical weapon attack on Syria and blame it on Assad’s regime», retirado luego del medio que lo publicó inicialmente (MailonLine) y «capturado» por blogueros y algunos sitios como Web.archive.org al que lo referimos.

En noviembre del 2016, un informe divulgado hizo ver que ISIS (o Daesh) es una entidad que posee también armas químicas y que las usa tanto en Siria como en Irak (véase nota del New York Times).

Rusia por su parte, ha sostenido que el 4 de abril, el Ejército sirio bombardeó desde el aire posiciones de los rebeldes que al parecer incluían un depósito de sustancias químicas (véase nota de prensa).

En cambio, para Estados Unidos, Francia y Reino Unido, no hay duda alguna sobre la responsabilidad directa de las autoridades de Siria en ordenar el uso de estas armas contra grupos rebeldes. Francia sobre el particular se muestra particularmente vehemente (véase nota de Le Monde). Al respecto, un proyecto de resolución presentado por Estados Unidos, Francia y Reino Unido circuló, con las reservas de Rusia y de China al no existir, según ellos, pruebas suficientes para imputar la intención de usar estas armas a mandos del Ejército regular sirio (véase nota de prensa). Estas posiciones antagónicas obligaron a Estados Unidos, Francia y Reino Unido a revisar su texto y enmendarlo para someterlo nuevamente a consideración. Este fue presentado el 12 de abril en una nueva sesión del Consejo de Seguridad en la que fue objeto de un veto por parte de Rusia y de una abstención por parte de China (véase breve nota nuestra sobre el desglose del voto de diez a favor, dos en contra y tres abstenciones).

Este nuevo drama humano se da en el marco del conflicto armado entre las fuerzas regulares sirias y los grupos rebeldes, en el que cualquier acción armada que cause la muerte de civiles es objeto de acusaciones recíprocas de ambos bandos.

Las resoluciones anteriores del Consejo de Seguridad sobre Siria

El 28 de febrero del 2017, un proyecto de resolución sobre el tema de las armas químicas en Siria presentado por Estados Unidos, Francia y Reino Unido fue vetado por China y por Rusia, alegando la segunda que una resolución de un ente como el Consejo de Seguridad debe basarse en hechos probados y no en suposiciones (véase nota de prensa de Naciones Unidas).

La última resolución del Consejo de Seguridad sobre Siria se adoptó el 31 de diciembre del 2016, en la que el Consejo de Seguridad manifestaba su beneplácito ante las iniciativas de Rusia y de Turquía en aras de relanzar una salida política al conflicto en Siria (véase texto de la Resolución 2336).

La última resolución sobre la violencia en Siria como tal del Consejo de Seguridad es la Resolución 2328 adoptada el 19 de diciembre del 2016, relativa a la evacuación de la población civil en Alepo ante el avance de las tropas sirias apoyadas por la aviación de Rusia (véase nuestra modesta nota al respecto). Diez días antes, Francia había intentado frenar el avance hacia Alepo, presentando un proyecto de resolución exigiendo un cese al fuego: el texto fue objeto de un veto por parte de Rusia. El 9 de diciembre, la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó una resolución sobre la situación en Alepo (véase modesta nota nuestra).

Es oportuno recordar que en setiembre del 2013, el Consejo de Seguridad había adoptado la resolución 2118 (véase texto), exigiendo mediante un mecanismo de verificación y monitoreo a Siria destruir los arsenales de armas químicas. En el punto 18 se leyó que el Consejo de Seguridad instaba a los demás Estados a no proveer sustancias que permitan ser utilizadas en armas nucleares, químicas o biológicas en Siria. Lo hizo en los siguiente términos, en los que el Consejo…

«18. Reafirma que todos los Estados Miembros deben abstenerse de suministrar cualquier tipo de apoyo a los agentes no estatales que traten de desarrollar, adquirir, fabricar, poseer, transportar, transferir o emplear armas nucleares, químicas o biológicas o sus sistemas vectores, y exhorta a todos los Estados Miembros, en particular a los Estados Miembros vecinos de la República Árabe Siria, a informar inmediatamente al Consejo de Seguridad de cualquier violación de lo dispuesto en este párrafo» (Nota 1).

Los crímenes cometidos en el conflicto en Siria

Cabe recordar que el 21 de diciembre del 2016, la Asamblea General de Naciones Unidas también creó un mecanismo de investigación sui generis para todos los crímenes cometidos en Siria desde el 2011: la resolución A/RES/71/248 se titula: «Mecanismo Internacional, Imparcial e Independiente para Ayudar en la Investigación y el Enjuiciamiento de los Responsables de los Delitos de Derecho Internacional Más Graves Cometidos en la República Árabe Siria desde Marzo de 2011» (véase texto oficial en español). No se trata de crear un nuevo tribunal penal ad hoc, ni una misión de fact finding en materia de derechos humanos, sino de un ente encargado de apoyar el enjuiciamiento penal de posibles responsables, una iniciativa que al parecer no cuenta con precedente alguno en Naciones Unidas. Es de recordar que ya existe, en el caso de Siria, un mecanismo independiente de investigación creado por el Consejo de Derechos Humanos en agosto del 2011 (véase sitio oficial e informes elaborados).

Según se desprende de las discusiones previas a su adopción formal, Costa Rica fue el único Estado en América Latina en coauspiciar el proyecto de resolución adoptado el 21 de diciembre por la Asamblea General (véase breve nota nuestra al respecto).

En octubre del 2016, la ONG Amnistía Internacional (AI) publicó un informe sobre lo que se denomina oficialmente «efectos colaterales» a operaciones militares en Siria, en el que se lee que:

“It’s high time the US authorities came clean about the full extent of the civilian damage caused by Coalition attacks in Syria. Independent and impartial investigations must be carried out into any potential violations of international humanitarian law and the findings should be made public“ (véase informe de AI).

En un reciente reporte del mes de marzo del 2017 de la ONG Airwars.org, titulado «As claims escalate under Trump, Airwars tracks 1,000th alleged Coalition civilian casualty event» se lee que las cifras de civiles afectados por estas operaciones militares en Siria (y en Irak) van en aumento:

«Recent evidence indicates that in both countries, civilian casualties rose during the last months of the Obama administration and are now accelerating further under the presidency of Donald Trump – suggesting possible key changes in US rules of engagement which are placing civilians at greater risk».

Los denominados «efectos colaterales» en Irak tampoco debieran de ser ignorados o pasados por alto: el pasado 24 de marzo, una operación aérea de la coalición liderada por Estados Unidos causó la muerte de más de 200 civiles en Mosul (véase nota del New York Times).

Bombardeos aéreos en Siria y nacionalidades de las aeronaves

En buena lógica, un mecanismo como el establecido por la Asamblea General el 21 de diciembre del 2016 deberá de interesarse por las exacciones cometidas tanto por las autoridades sirias como por los grupos rebeldes (y quiénes los adiestran y asesoran), así como por otros Estados que se han involucrado en operaciones militares aéreas en Siria. Sobre este último punto, hay que precisar que el involucramiento militar en territorio sirio difiere sensiblemente: mientras que Rusia cuenta con el consentimiento oficial de Siria para bombardear posiciones de ISIS (o Daesh), las operaciones realizadas desde el aire por Estados Unidos, Australia, Canadá, Francia, Bélgica, Dinamarca, Países Bajos, Reino Unido, Bahrein, Emiratos Arabes Unidos, Turquía (y unos más Estados que forman parte de la denominada «Coalición contra ISIS») adolecen del consentimiento oficial de Siria para bombardear posiciones de ISIS, y la base jurídica invocada para justificarlas (legítima defensa) es altamente cuestionable y cuestionada (Nota 2).

Después de Canadá (febrero del 2016), Dinamarca optó en diciembre del 2016 por suspender toda participación en operaciones aéreas en Siria, luego de una operación en la que sus aviones bombardearan «por error» posiciones del ejército de Siria. Más allá del «error humano», algunos analistas se inclinan a pensar que el «error» fue inducido por los dos otros participantes a esta operación aérea, Estados Unidos y Reino Unido. Se trata del primer Estado europeo en retirar formalmente a sus aeronaves de la denominada «Coalición contra ISIS» (Nota 3).

El pasado 24 de febrero, por vez primera, Irak procedió a bombardeos en territorio sirio (véase nota de prensa), lo cual augura tensiones mayores a las ya existentes entre Siria e Irak.

De manera a tener mayor claridad sobre el funcionamiento de la denominada «coalición», puede resultar de cierto interés conocer la proporción existente entre bombardeos de Estados Unidos y de sus aliados en Siria: la ONG Airwars.org (véase quinto gráfico en este enlace de Airwars.org) reporta que al 2 de abril del 2017, en Siria se efectuaron un total de 7896 bombardeos aéreos, de los cuales 7524 fueron efectuados por Estados Unidos, y 372 por sus aliados.

El régimen de inspección sobre arsenal de armas químicas

Nótese que desde 1997 entró en vigor la Convención sobre las Armas Químicas, otorgando a la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPCW en inglés, OPAQ en español: véase sitio oficial) la misión de erradicar el uso de las armas químicas y de verificar su destrucción. Siria es parte a dicha convención desde el 2013 y todos los informes y resultados de misiones de investigación de la OPCW disponibles en este enlace oficial.

Dicha convención cuenta con 192 Estados Partes: al revisar el detalle de quién es parte a dicho convenio y quién aún no entre los 193 Estados Miembros de Naciones Unidas, Israel se mantiene como el único Estado en no ser parte (véase listado oficial).

En el caso específico de Siria, y en consonancia con lo dispuesto en la resolución 2118 del Consejo de Seguridad precitada del 2013, el equipo de Naciones Unidas a cargo de monitorear la destrucción de armas químicas en suelo sirio (denominado OPCW-UN – veáse sitio oficial), presentó sus respectivos informes a finales del 2014 al cumplirse su mandato en Siria.

A solicitud de Siria, un equipo de Naciones Unidas realizó una nueva investigación en territorio sirio, con relación a varios incidentes en agosto del 2016 en lo que se sospechaba de muertes causadas por sustancias químicas. Los resultados de esta investigación fueron entregados al Consejo de Seguridad en enero del 2017 (véanse carta e informe disponibles en este enlace de Naciones Unidas). En las conclusiones se lee que: «6.3 A partir de las pruebas presentadas por la Autoridad Nacional de la República Árabe Siria, las historias clínicas examinadas, los resultados de los análisis de las muestras y la narración predominante en todas las entrevistas, el grupo de la Misión no puede concluir con certeza si se empleó o no una sustancia química concreta como arma en el incidente investigado. Por el resultado de los análisis de las muestras, el grupo de la Misión considera que probablemente ninguna de las sustancias químicas identificadas sea la causa de la muerte de las víctimas del incidente notificado» (p. 16).

El ataque de Estados Unidos perpetrado contra Siria a modo de represalia

De forma unilateral y sorpresiva, Estados Unidos lanzó un ataque con misiles dos días después contra posiciones del Ejército de Siria, a modo de represalia armada. Esta acción obligó al mismo Secretario General de Naciones Unidas a llamar a evitar una escalada de acciones militares horas después (véase nota oficial de Naciones Unidas).

Como bien se sabe, el uso de la fuerza es terminantemente prohibido por la Carta de las Naciones Unidas, y la única excepción a esta regla está previsa en el Artículo 51 de la misma (caso de legítima defensa). Las represalias que impliquen el uso de la fuerza contra otro Estado son prohibidas, y las únicas acciones militares jurídicamente válidas son las expresamente autorizadas por el Consejo de Seguridad. Por lo tanto, esta acción militar de Estados Unidos se dió en clara violación a la legalidad internacional, y sin que medie autorización previa del Consejo de Seguridad: remitimos al respecto al análisis del Profesor Marko Milanovic (Universidad de Nottingham) titulado «The Clearly Illegal US Missile Strike in Syria» publicado en el EJIL-Talk.

In this photo obtained from the US Navy, the guided missile destroyer USS Porter  on March 22, 2003, launches a Tomahawk missile toward Iraq during the initial stages of shock and awe.  The US has launched 'dozens of Tomahawk cruise missiles' at Syrian air bases, according to US officials on April 6, 2017. The United States on Thursday threatened Syria with military action as President Donald Trump warned "something should happen" following a suspected chemical attack that left at least 86 dead and provoked global outrage. / AFP PHOTO / CHINFO, Navy Visual News Service / HO / RESTRICTED TO EDITORIAL USE - MANDATORY CREDIT "AFP PHOTO / US NAVY / Lt. Christopher Senenko" - NO MARKETING NO ADVERTISING CAMPAIGNS - DISTRIBUTED AS A SERVICE TO CLIENTS HO/AFP/Getty Images
Foto extraída de artículo de prensa sobre el tipo de misil Tomahawk usado por Estados Unidos contra Siria con 59 artefactos lanzados el 6 de abril del 2017 en la provincia de Olms.

En una entrevista al profesor Stefan Talmon de la DW, el universitario precisa el alcance de algunas afirmaciones erróneas circuladas en medios de prensa (véase entrevista). Un reciente artículo publicado el 9 de abril del 2017 en La Nación (Argentina) sobre este sorpresivo ataque de Estados Unidos concluye que: «Todavía no se sabe a ciencia cierta si el gobierno sirio usó armas químicas el 4 de abril. Por ahora, lo concreto es que 59 misiles estadounidenses fueron lanzados contra una instalación oficial de Siria y eso ocasionó un temblor diplomático global y una avalancha de dudas».

Pretextos para justificar guerras: el precendente de Irak (2003)

Con relación a la agresión militar a Irak acaecida en el 2003, se supo en el año 2015 que durante más de un año antes de dicha agresión, las máximas autoridades de Estados Unidos y del Reino Unido intercambiaron opiniones sobre cuál sería el pretexto más convincente para justificar ante la opinión pública internacional una declaración de guerra a Irak (véase interesante reportaje del 2015 al respecto, titulado «Smoking gun emails reveal Blair’s ‘deal in blood’ with George Bush over Iraq war was forged a YEAR before the invasion had even started», que incluye cables confidenciales hechos públicos y los diversos «smoking guns» sugeridos). Como se recordará, Estados Unidos lideró una coalición de Estados en su aventura militar en Irak, los cuales a la fecha no parecieran haberse manifestado ante el ardid encontrado en aquella ocasión por los estrategas de la Casa Blanca para justificar esta acción militar colectiva (la cual no contó nunca con la autorización del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas).

A modo de conclusión: el mundo ante la peculiar manera de tomar decisiones de la actual administración norteamericana

A diferencia del tiempo tomado por la administración del Presidente Georges W. Bush para consultar y definir la mejor estrategia en Irak, la administración del Presidente Donald Trump pareciera esta vez haber reaccionado sin mayor cautela ni consulta y de manera unilateral. No se tiene claro si se han previsto las consecuencias de este ataque militar en Siria y el riesgo de escalada que conlleva.

Con esta acción, se confirma esta muy peculiar manera de tomar decisiones en materia de política exterior del nuevo ocupante de la Casa Blanca. Durante la reunión celebrada el 7 de abril sobre este ataque norteamericano a Siria, se dejó entrever que Estados Unidos cuenta con el respaldo político de varios otros integrantes del Consejo, pero que no hay argumentos jurídicos que sostengan su posición (véase acta o «Proces Verbal» de la sesión). Esta primera sesión posiblemente será objeto de una nueva reunión del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas en la que los demás integrantes del máximo órgano de Naciones Unidas deberán tomar posición con respecto a esta decisión unilateral que constituye una violación flagrante a las disposiciones contenidas en la Carta de Naciones Unidas de 1945.

 

–Notas–

Nota 1: Sobre las negociaciones previas a la resolución 2118, véase CARDOZA ZÚÑIGA R., «El uso de armas químicas en Siria, un desafío para el derecho internacional», ACDI / Anuario Colombiano de Derecho Internacional, Vol.8 (2015), pp.17-40. Texto disponible aquí.

Nota 2: En un llamado inequívoco de los especialistas en derecho internacional publicado en agosto del 2016 en Bélgica, y suscrito por diversos especialistas en derecho internacional y sus mentores (texto disponible aquí en francés, en inglés, en portugués, en español y en árabe) se señala, entre otros puntos que:

«De esta manera, ha sido justificado, en nombre de la legítima defensa, un número importante de intervenciones militares, como aquella contra Al-Qaida, el Levante (EIIL, también conocido como Daesh), o contra grupos afines. Si bien algunos Estados han minimizado dichos precedentes por su carácter excepcional, existe un gran riesgo que el derecho de legítima defensa se transforme rápidamente en una llave que permita justificar de manera sistemática el origen de acciones militares en todas las direcciones y en forma unilateral. Ahora bien, sin oponernos por principio al uso de la fuerza contra los grupos terroristas – particularmente en el actual contexto de la lucha contra Daesh – nosotros, profesores e investigadores en derecho internacional, estimamos que dicha invocación creciente del derecho de legítima defensa es objetable. El derecho internacional prevé en efecto una serie de medidas para luchar contra el terrorismo que deberían ser utilizadas previo a la invocación de la legítima defensa».

Nota 3: Véase con respecto a la decisión de Dinamarca nuestra breve nota: BOEGLIN N., «The decision of Denmark to withdraw from airstrikes on Syria and Iraq», Debate Global, 9 de diciembre del 2016, texto disponible aquí.

 

(*) Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

 

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Consejo de Seguridad condena colonización israelí en Cisjordania y en Jerusalén Oriental

Nicolas Boeglin(*)

 

Este Viernes 23 de diciembre, por primera vez en varias décadas y por primera vez en los 8 años de la administración del actual Presidente Obama de Estados Unidos, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas pudo adoptar una resolución condenando enérgicamente los asentamientos israelíes en territorios palestinos (ver texto oficiales de esta resolución en Inglés y en Español reproducidos al final de esta nota). En la actualidad, además de los cinco Miembros Permanentes (China, Estados Unidos, Francia, Reino Unido y Rusia), integran el máximo órgano de Naciones Unidas Angola, Egipto, España, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Senegal, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

Asentamientos ilegales y veto norteamericano garantizado en el Consejo de Seguridad

El veto norteamericano usualmente utilizado como una garantía para proteger a las autoridades israelíes, en esta precisa ocasión no se presentó, causando sorpresa en varios círculos (y posiblemente algo de estupor en algunas oficinas). Para muchos, el segundo mandato del Presidente Obama debía de haber permitido reconsiderar este incondicional apoyo norteamericano a las autoridades israelíes, sin que ello se hubiese materializado hasta el momento.

La primera vez que la administración del Presidente Obama recurrió al veto para evitar una resolución sobre Palestina por parte del Consejo de Seguridad fue el 18 de febrero del 2011: se puede leer el texto propuesto S/2011/24, cuyos primeros dos párrafos operativos señalaban que el Consejo de Seguridad:

  1. Reafirma que los asentamientos israelíes establecidos en el territorio palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, son ilegales y suponen un grave obstáculo para el logro de una paz justa, duradera y general;
  2. Reitera su exigencia de que Israel, la Potencia ocupante, ponga fin inmediata y completamente a todas las actividades de asentamiento en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y de que respete plenamente todas sus obligaciones jurídicas en tal sentido;

La lectura del acta de la sesión del Consejo de Seguridad S/PV/6484 arroja el siguiente resultado de la votación (ver p. 4): 14 votos a favor y uno en contra (Estados Unidos).

Para varios medios de prensa, la decisión del Consejo de Seguridad de este 23 de diciembre del 2016 es histórica: se leyó por ejemplo en México que «Una poco común pero nutrida ronda de aplausos se produjo en la sala del Consejo de Seguridad tras la aprobación de la iniciativa, la primera en cuatro décadas que condena los asentamientos de Israel en los territorios palestinos ocupados, que son considerados ilegales por el derecho internacional» (ver nota de El Economista).

En diciembre del 2014, ante el cambio de actitud del Presidente Obama para con las autoridades en Cuba, se leyó en el rotativo Haaretz (Israel) un artículo de opinión (ver referencia a texto) titulado precisamente » «Obama, Do Another Cuba: Lift the Perennial American Veto for Israel in the UN».

Cabe recordar que las últimas resoluciones adoptadas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas condenando a Israel fueron la resolución 476 (1980) con fecha del 30 de junio de 1980 (ver texto en español) y la resolución 478 (1980) acordada el 30 de agosto de 1980 (ver texto en español). Ambas son referidas en el preámbulo de la resolución 2334 (2016) adoptada en este mes de diciembre del 2016.

Un momento único en la historia reciente de las Naciones Unidas

No cabe duda que el momento es también histórico para los estudiosos del derecho internacional: después de muchos años pasados sin poder manifestarse, el máximo órgano de Naciones Unidas condena una violación abierta a los principios más básicos contenidos en la misma Carta de Naciones Unidas de 1945, en un sinnúmero de instrumentos internacionales adoptados desde entonces y exige el respeto a varias de sus propias resoluciones pasadas emitidas sobre el conflicto palestino-israelí.

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Foto de S.E. Riyad Mansour, Representante Permanente de Palestina en Naciones Unidas, extraída de artículo publicado en Elpais.cr

Consciente del carácter inusual de esta resolución del Consejo de Seguridad, el actual Secretario General de Naciones Unidas externó horas después de su adopción en un comunicado de prensa que:

«The Secretary-General welcomes the adoption by the Security Council of resolution 2334 (2016) on the situation in the Middle East, including the Palestinian question. The resolution is a significant step, demonstrating the Council’s much needed leadership and the international community’s collective efforts to reconfirm that the vision of two States is still achievable. The Secretary-General takes this opportunity to encourage Israeli and Palestinian leaders to work with the international community to create a conducive environment for a return to meaningful negotiations. The United Nations stands ready to support all concerned parties in achieving this goal».

En su explicación de voto (ver texto completo), el representante de Francia inició su alocución señalando que: «L’adoption de la résolution 2334 marque un jour important et à bien des égards historique dans l’histoire récente du Conseil de sécurité. Il s’agit en effet de la première résolution adoptée par ce Conseil sur le règlement du conflit israélo-palestinien depuis huit ans. Et c’est la première fois que le Conseil de sécurité s’exprime ainsi, de manière aussi claire, pour constater ce qui est en réalité une évidence : la colonisation israélienne remet en cause, petit à petit, les chances de voir bâtir un Etat palestinien viable et indépendant, vivant côte à côte dans la paix et la sécurité avec l’Etat d’Israël».

Un texto sujeto a gestiones diplomáticas en su contra de… un Presidente electo

Por 14 votos a favor y una abstención (Estados Unidos), la resolución 2334 del máximo órgano de Naciones Unidas exige poner un alto definitivo a la política israelí de asentamientos ilegales en territorio palestino, «…condenando todas las medidas que tienen por objeto alterar la composición demográfica, el carácter y el estatuto del Territorio Palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, incluyendo, entre otras cosas, la construcción y expansión de los asentamientos, el traslado de colonos israelíes, la confiscación de tierras, la demolición de viviendas y el desplazamiento de civiles palestinos, en violación del derecho internacional humanitario y las resoluciones pertinentes».

Se lee que la iniciativa de Egipto fue inicialmente frenada por Israel, gracias a llamadas personales solicitadas a Donald Trump al Presidente de Egipto, el cual optó por retirarla, exhibiendo así un lado poco conocido de la diplomacia egipcia con relación a solicitudes de presidentes electos. Retirada la iniciativa originalmente presentada por Egipto, fueron Malasia, Nueva Zelanda, Senegal y Venezuela quiénes optaron por mantenerla y presentar el mismo texto para lograr su adopción definitiva por parte del Consejo de Seguridad. Se lee en esta nota de The Guardian que: «New Zealand, Venezuela, Malaysia, and Senegal – all currently non-veto-wielding members of the security council, have warned Egypt that if it does not clarify by midnight on Friday whether it plans to call a vote, they reserve the right to move ahead with the text».

Esta posición de estos cuatro Estados Miembros del Consejo de Seguridad se mantuvo incólumne durante varias horas, pese a las intensas maniobras de Israel y a las de su aliado de circunstancias, el Presidente electo Donald Trump: sobre este último aspecto, no cabe duda que recurrir a Donald Trump evidencia cierto nerviosismo (cercano a la desesperación) y manifiesta una notable innovación por parte de la diplomacia israelí. No se registran gestiones de un Presidente electo intercediendo en aras de frenar una iniciativa que deba ser examinada por parte del Consejo de Seguridad. Se agradecerá sobre este punto preciso el aporte de nuestros estimables lectores, en particular diplomáticos con muchos años de carrera, para dilucidar la duda siguiente: ¿no se habrá presenciado una verdadera «premiere» en materia de gestiones diplomáticas por parte del aparato diplomático israelí, que lograron su efecto en el Presidente egipcio? La información puede ser enviada al correo: cursodicr@gmail.com y se garantizará total confidencialidad en caso de ser así requerida.

Se leyó en la prensa gala que «A l’origine, le texte avait été présenté mercredi soir par l’Egypte, à la surprise générale. Mais Donald Trump est intervenu pour peser de tout son poids de président élu auprès d’Abdel Fattah Al-Sissi. Il a demandé au président égyptien de renoncer à son initiative. Son interlocuteur n’a pas voulu compromettre ses futures relations avec le président américain, et a donc retiré son texte. Mais le volte-face de l’Egypte n’a pas condamné son initiative. Quatre membres non permanents du Conseil de sécurité – la Nouvelle-Zélande, la Malaisie, le Sénégal et le Venezuela – ont pris le relais du Caire, pour promouvoir la résolution dans une version identique. Vendredi dans l’après-midi, des responsables israéliens sous couvert d’anonymat exprimaient leur amertume – et une certaine panique – dans les médias, en affirmant que Barack Obama et John Kerry se trouvaient derrière ce « coup honteux » et qu’ils « abandonnaient » Israël» (ver nota de prensa de Le Monde).

La misma cadena norteamericana CNN indicó que, a solicitud de Israel, desde el jueves 22 de diciembre, el Presidente electo en Estados Unidos Donald Trump había realizado gestiones y llamadas personales insistentes al Presidente de Egipto para intentar atrasar la votación. Se lee en este mismo cable de la cadena CNN que: «Egypt delayed a potential showdown vote at the Security Council on the resolution after pressure from the Israelis, a Western official said Thursday. That put off a potential standoff between the US and Israel and prompted what some analysts called unprecedented interference from the US President-elect» (ver nota de prensa de CNN). Otros detalles más precisos sobre el tipo de gestiones realizadas por Donald Trump pueden ser consultados en esta nota de El País (España).

En esta nota del New York Times, se indica que la votación dio lugar a la ya usual retórica de Israel cuando pierde una votación en la Asamblea General o en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas; a diferencia de estas últimas, la declaración israelí fue esta vez precedida de inéditos aplausos de los asistentes a la sesión del Consejo de Seguridad: «Applause broke out in the 15-member Security Council’s chambers after the vote on the measure, which passed 14-0, with the United States abstaining. Israel’s ambassador, Danny Danon, denounced the measure and castigated the council members who had approved it».

La maniobra norteamericana de diciembre del 2014

En diciembre del 2014, el voto del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas acaecido el 30 de diciembre no permitió que se adoptara una resolución propuesta por Jordania sobre Palestina. A diferencia de otros ejercicios de este tipo, Estados Unidos había aducido en aquel momento “no haber ejercido su derecho a veto”, al no reunirse nueve votos afirmativos dentro del Consejo de Seguridad: en realidad, el cambio sorpresivo de posición de Nigeria, menos de una hora antes del voto, se debió a intensas llamadas a su Presidente por parte del Primer Ministro israelí y del Secretario de Estado norteamericano (ver nota de The Guardian). Sobre esta maniobra diplomática inusual, remitimos al lector a nuestra nota publicada en RIDH, titulada «El resultado del voto sobre Palestina en el Consejo de Seguridad: balance y perspectivas» en la que, entre otros aspectos, se hace el recuento detallado de resoluciones sobre asentamientos israelíes vetadas por Estados Unidos en el seno del Consejo de Seguridad. La maniobra israelí y la de su fiel aliado norteamericano en aquellos últimos días del 2014, fue respondida por Palestina con la adhesión a un instrumento internacional particularmente temido por ambos: el Estatuto de Roma de 1998, que crea la Corte Penal Internacional (Nota 1).

La resolución 2334 (2016): un texto vehemente

En su resolución 2334 (2016) el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas se muestra particularmente vehemente en los párrafos operativos 1, 2 y 3 de la resolución (de 13 párrafos operativos) al externar que:

  1. Reafirma que el establecimiento de asentamientos por parte de Israel en el territorio palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, no tiene validez legal y constituye una flagrante violación del derecho internacional y un obstáculo importante para el logro de la solución biestatal y de una paz general, justa y duradera;
  2. Reitera su exigencia de que Israel ponga fin de inmediato y por completo a todas las actividades de asentamiento en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y que respete plenamente todas sus obligaciones jurídicas a ese respecto;
  3. Subraya que no reconocerá ningún cambio a las líneas del 4 de junio de 1967, incluso en lo que respecta a Jerusalén, que no sean los acordados por las partes mediante negociaciones;

La misma versión en inglés se lee así: «1. Reaffirms that the establishment by Israel of settlements in the Palestinian territory occupied since 1967, including East Jerusalem, has no legal validity and constitutes a flagrant violation under international law and a major obstacle to the achievement of the two-State solution and a just, lasting and comprehensive peace;

  1. Reiterates its demand that Israel immediately and completely cease all settlement activities in the occupied Palestinian territory, including East Jerusalem, and that it fully respect all of its legal obligations in this regard»;
  2. Underlines that it will not recognize any changes to the 4 June 1967 lines, including with regard to Jerusalem, other than those agreed by the parties through negotiations

Más discretamente colocado, pero no menos importante, el párrafo operativo 11 anuncia acciones posteriores del mismo Consejo de Seguridad si Israel opta por mantener una actitud desafiante e irrespeta la resolución 2334, al precisar que el Consejo de Seguridad «11. Reafirma su determinación de examinar formas y medios prácticos para asegurar la plena aplicación de sus resoluciones pertinentes /11. Reaffirms its determination to examine practical ways and means to secure the full implementation of its relevant resolutions»;

A estos párrafos operativos se pueden también añadir los considerandos 4 y 5 de la misma resolución, que abarcan las diversas formas de colonización ilegal realizadas por Israel en detrimento de los derechos del pueblo palestino, y que se leen de la siguiente manera:

«Condenando todas las medidas que tienen por objeto alterar la composición demográfica, el carácter y el estatuto del Territorio Palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, incluyendo, entre otras cosas, la construcción y expansión de los asentamientos, el traslado de colonos israelíes, la confiscación de tierras, la demolición de viviendas y el desplazamiento de civiles palestinos, en violación del derecho internacional humanitario y las resoluciones pertinentes,

Expresando grave preocupación por el hecho de que la continuación de las actividades de asentamiento israelíes están poniendo en peligro la viabilidad de la solución biestatal basada en las fronteras de 1967″,

La versión en inglés de los mismos considerandos se lee así:

«Condemning all measures aimed at altering the demographic composition, character and status of the Palestinian Territory occupied since 1967, including East Jerusalem, including, inter alia, the construction and expansion of settlements, transfer of Israeli settlers, confiscation of land, demolition of homes and displacement of Palestinian civilians, in violation of international humanitarian law and relevant resolutions,

Expressing grave concern that continuing Israeli settlement activities are dangerously imperilling the viability of the two-State solution based on the 1967 lines»,

Las diversas intervenciones de los delegados de los Estados miembros del Consejo de Seguridad reseñadas en el comunicado oficial de Naciones Unidas dan una idea del consenso generalizado existente entre los 14 miembros del Consejo de Seguridad para condenar a Israel sin mayor dilaciones. Resulta no obstante de interés leer la justificación expresada por S.E. Samantha Power, Embajadora Representante Permanente de Estados Unidos en Naciones Unidas, para quien: «Explaining that Israel had been treated differently from other States for as long as it had been a member of the United Nations, she pointed out that in the course of 2016, 18 resolutions had been adopted in the General Assembly and others in the Human Rights Council, all condemning Israel. Because of that bias, and some factors not included in the resolution, the United States had not voted in favour of the resolution, she said, explaining that her delegation would not have let it pass had it not addressed acts of terrorism and incitement to violence».

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Foto extraída de artículo publicado en la RIDH titulado «El resultado del voto sobre Palestina en el Consejo de Seguridad: balance y perspectivas».

Una reciente entrevista sobre el tema en Costa Rica

Recientemente en Costa Rica (y al parecer por vez primera en la historia de la televisión costarricense) se transmitió una muy completa entrevista a S.E. Riyad Mansour, Embajador concurrente de Palestina ante Costa Rica y Representante Permanente de Palestina ante las Naciones Unidas, en la que se explica, entre otros aspectos, el objetivo y el alcance de estas colonizaciones decretadas cada cierto tiempo por las autoridades israelíes, con la cómplice anuencia de Estados Unidos (ver emisión Sobre la Mesa, Canal 15 UCR, disponible aquí, Minuto 13:21 a 30:39).

Cabe recordar que el giro de la política exterior de Costa Rica hacia Medio Oriente se dio durante la administración (2006-2010). Antes del año 2006, Costa Rica mantenía una línea bastante peculiar con relación al conflicto palestino-israelí. En un libro editado en el 2013, el que fuera canciller de Costa Rica en el período (2006-2010), Bruno Stagno escribe:

“Recordé dos casos que de una u otra manera reflejaban el intricado, pero aún velado conjunto de intereses que entraban en juego al tratarse el tema de Israel. Como Embajador, Representante Permanente ante las Naciones Unidas, lo había vivido y sufrido. Recordaba como para marcarme en las votaciones sobre la situación en Medio Oriente, el entonces embajador de Costa Rica en Washington DC, Jaime Daremblum, alienaba a algunos miembros del Congreso de Estados Unidos, para que me enviaran cartas instándome o instruyéndome a votar a favor de Israel. El congresista Tom Lantos sería el más insistente, dirigiéndose incluso directamente al Presidente Pacheco de la Espriella. También, recordé la indignación con que la Embajadora Emérita, Emilia Castro de Barish, comentaba cómo en el pasado se había aceptado que un funcionario de la Misión Permanente de Israel se sentara en la segunda fila de asientos, reservados para Costa Rica, con el fin de velar por el voto “correcto” de Costa Rica”(Nota 2).

Recordemos que Costa Rica fue el penúltimo Estado en trasladar a su Embajada de Jerusalén Oriental a Tel Aviv, en agosto del 2006, seguido semanas después por las autoridades de El Salvador (ver nota de prensa de La Nación del 26/08/2006 en la que el canciller de la época, Bruno Stagno, explica el significado de este traslado).

Los asentamientos ilegales: un arma política israelí mantenida en la mayor impunidad

En numerosas ocasiones, Costa Rica mantuvo una solidaridad absoluta con Israel y con Estados Unidos en diversas resoluciones votadas en el seno de Naciones Unidas sobre el conflicto palestino-israelí y sobre las cuestionables actuaciones de Israel. Por ejemplo, cuando en 1997 en el seno del Consejo de Seguridad, Estados Unidos usó su veto contra un texto condenando asentamientos israelíes en Jerusalén Oriental, se lee que el proyecto (S/1997/241 – ver texto) recogió 13 votos a favor, el voto en contra de Estados Unidos y una abstención (Costa Rica) (Nota 3). Pese al giro operado en la administración (2006-2010), la administración siguiente (2010-2014) y la actual (2014-2018) se han mostrado extremadamente cautas. Con relación a la última ofensiva militar de Israel en Gaza del 2014, una muy detallada reseña de las vehementes reacciones de América Latina ante el drama vivido por la población en Gaza evidencia el carácter timorato y hasta ambiguo y confuso de las declaraciones oficiales dadas por las autoridades de Costa Rica (ver a ese respecto el estudio publicado en la revista Al-Kubri del CEMOAN de la Universidad Nacional -UNA- y en particular, en las pp. 4-5, la descripción de la posición costarricense). En esta misma revista tuvimos la oportunidad de detallar desde la perspectiva jurídica las «Reacciones en América latina a la operación “Margen Protector” del ejército israelí en la franja de Gaza» (ver artículo).

En cuanto a la política de colonización israelí, no se registra comunicado o declaración oficial hecha pública por parte de Costa Rica en estos últimos años, condenando lo que, desde la perspectiva del derecho internacional público, constituye una violación flagrante a las reglas más básicas vigentes dentro del ordenamiento jurídico internacional.

De manera a explicar a un lector poco familiarizado con la realidad que viven los palestinos, el sentido de esta política de colonización ilegal, se darán tan solo dos ejemplos recientes (entre muchos más) de cómo son utilizados estos asentamientos ilegales en territorio palestino por parte de las autoridades israelíes:

– a las pocas horas de conocerse el voto abrumador a favor del reconocimiento de Palestina como «Estado Observador No Miembro» por parte de la Asamblea General de Naciones Unidas, acaecido el 29 de noviembre del 2012 (con 138 votos a favor, 9 en contra – Canadá, Estados Unidos, Islas Marshall, Israel, Micronesia, Nauru, Palau Panamá y República Checa – y 41 abstenciones), Israel autorizaba la construcción de 3.000 nuevos asentamientos ilegales en Cisjordania (véase nota de la BBC con fecha del 30/11/2012). Sobre este reconocimiento de Palestina como Estado por parte de 138 Estados miembros de Naciones Unidas, tuvimos la oportunidad de señalar el papel decisivo que tuvo la decisión costarricense de febrero del 2008 de reconocer a Palestina como Estado en América Latina (Nota 4).

– a inicios de abril del 2014, al anunciar Palestina la ratificación de veinte tratados internacionales (varios de ellos relativos a derechos humanos, al derecho internacional humanitario y a capítulos más clásicos del derecho internacional como por ejemplo la Convención sobre relaciones diplomáticas de 1961, sobre relaciones consulares de 1963 o la misma Convención de Viena sobre derecho de los tratados de 1969), Israel ordenaba la construcción de 708 nuevos asentamientos ilegales y la destrucción de 32 casas habitadas por palestinos (ver nota de prensa de Human Rights Watch del 2 de abril del 2014).

A pocas horas de conocerse esta verdadera debacle diplomática para Israel que le significa la resolución 2334 (2016), se informó que sus autoridades autorizarán 5.600 nuevos asentamientos (ver nota del Middle East Monitor).

En la actualidad, se estima a poco más de 590.000 la población de colonos israelíes y de sus familias ubicados en territorios palestinos.

En una muy esperada – pero pocamente publicitada en medios de prensa – comparecencia ante los miembros del Consejo de Seguridad realizada en octubre del 2016, la activista norteamericana-israelí Lara Friedman de la ONG Americans for Peace Now (APN), aliada de la ONG israelí PeaceNow (ver sitio oficial) declaró lo siguiente:

«Twenty-three years ago, in 1993, Israel and the PLO signed the Declaration of Principles, also known as the Oslo Accords. Back then, the settler population in the West Bank, excluding East Jerusalem, was around 116,000. At the end of 2015, that number was nearly 390,000. Looking just at East Jerusalem, in 1993 the Jewish Israeli population was approximately 146,000. Today it is over 210,000. This population explosion could not have occurred without Israeli government support and encouragement, including, most obviously, the approval and construction of new housing. And that is exactly what happened. During this same period, 1993 to today, over 50,000 settlement units were built in the West Bank, and plus thousands more in East Jerusalem. What about settlement construction just under Prime Minister Netanyahu 2016 figures are still not complete, but looking at 2009 to 2015 – which included the so-called “moratorium” – more than 11,000 settlement units were established in the West Bank with the approval of Israeli authorities. And in 2015 alone, we are talking about almost 2000 new units in West Bank settlements» (ver texto de su alocución del 14 de octubre del 2016 en Nueva York).

En un artículo publicado en Haaretz (Israel) una semana después de esta comparecencia, la misma activista denunció el tipo de presiones recibidas por sus gestiones en Israel, en un artículo de opinión, concluyendo que: «We are proud to have spoken at the Security Council, and we will continue to speak out, wherever and whenever we believe it can make a difference, until Israeli policies cease to prioritize settlements over peace, security, democracy and Israel’s place in the community of nations» (véase artículo del 21/10/2016 titulado «My UN Speech Reflected Love for Israel, Truth About Settlements»).

Una situación desconocida para las autoridades israelíes

Las máximas autoridades de Israel externaron su profunda ira, señalando, entre otras cosas (y sin referirse nunca al tema de los asentamientos ilegales) que se violó un acuerdo tácito con Estados Unidos existente desde los años 80: se lee que en la declaración dada a conocer por parte del Primer Ministro israelí «Tous les présidents américains depuis Carter ont respecté l’engagement américain d’essayer de ne pas dicter les termes d’un accord permanent à Israël devant le Conseil de sécurité. Et hier [vendredi], en opposition totale avec cet engagement, et avec une déclaration explicite du président [Barack] Obama lui-même en 2011, l’administration Obama a mené un complot anti-Israël honteux aux Nations Unies» (ver nota del Times of Israel). Se ignora si el consentir asentamientos ilegales de Israel en territorios palestinos era también parte del susodicho acuerdo, y, como era de esperar, la declaración del Primer Ministro israelí se muestra especialmente evasiva sobre este preciso punto.

Un alto funcionario israelí no identificado, citado por la BBC, fue un poco más explícito: «Este es un abandono a Israel que rompe décadas de política estadounidense de proteger a Israel en la ONU» (ver cable de la BBC).

Posiblemente las gesticulaciones diplomáticas de Israel (llamadas a consulta de sus embajadores, declaraciones oficiales varias, suspensión de programas de cooperación) se concentren en los próximos días en los cuatro Estados que recogieron el texto inicial que Egipto retiró a solicitud de Donald Trump. Dos de ellos no mantienen relaciones diplomáticas con Israel, por lo que las gesticulaciones y represalias se enfocarán muy probablemente en los dos restantes y se oirán algunas declaraciones iracundas (ya usuales) que no impresionan mayormente intentando desacreditar a Naciones Unidas.

A manera de conclusión sobre lo acontencido este 23 de Diciembre en Nueva York

No cabe duda que la sorpresa ha sido total para los diplomáticos de Israel, sus aliados políticos tradicionales, pero también para varios círculos en Estados Unidos y en el mundo, y para muchos especialistas de las mismas Naciones Unidas.

Notemos que la Primer Ministra de Suecia había hace unos días adelantado que, al ejercer la Presidencia del Consejo de Seguridad a partir de Enero del 2017, Suecia – único Estado de la Unión Europea en reconocer a Palestina como Estado – intentaría impulsar un texto en esta misma dirección con relación a los asentamientos israelíes (ver nota de prensa). Como previsible consecuencia del desafío lanzado por Suecia al resto de los Estados miembros de la Unión Europea, al reconocer unilateralmente a Palestina como Estado el 30 de octubre del 2014, el debate sobre el reconocimiento de Palestina dio lugar a importantes resoluciones de los congresos en el Reino Unido, en Irlanda, en Francia, en España y en Bélgica que aún no se han materializado (Nota 5).

No obstante el reciente anuncio sueco, pareciera que el Presidente norteamericano Barack Obama quiso despedirse de la comunidad internacional con un giro histórico con relación a la instrucción tradicionalmente enviada a su representante en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas desde que asumió sus funciones, en enero del 2009.

Este 23 de diciembre del 2016 quedará en la historia como un verdadero viernes negro para la diplomacia israelí, y como una luz esperanzadora para todos los que apoyan la causa del pueblo palestino, contribuyendo además a reforzar la confianza de las actuales autoridades palestinas en las reglas del derecho internacional y en las instituciones encargadas de velar por su debido cumplimiento.

 

Nota 1: En declaraciones hechas por la actual representante de Estados Unidos en las Naciones Unidas en Nueva York, S.E. Samantha Power, reseñadas en un artículo titulado: “US is ‘absolutely adamant’ that Palestine not go to ICC and wreck the peace process — Power”, la embajadora de Estados Unidos declaró en el 2014: “The ICC is of course something that we have been absolutely adamant about. Secretary Kerry has made it very, very clear to the Palestinians, as has the President. I mean, this is something that really poses a profound threat to Israel (sic). Véase al respecto nuestro breve análisis, BOEGLIN N., «La reciente accesión de Palestina al Estatuto de Roma y a otros instrumentos internacionales: breve puesta en perspectiva», Revista Pensamiento Penal (Argentina), Enero del 2015, disponible aquí. Notemos que a los pocos días de aprobada la resolución 2334, se leyó en The Jerusalem Post un artículo de opinión en el que algunos expertos israelíes en derecho internacional expresan sus criterios con respecto a las opciones que abre esta resolución: «Libman pointed out that all of the worst language against the settlements in the UNSC resolution is basically word-for-word from three UNSC resolutions from 1979-1980. Saying the settlements have “no legal validity” are “flagrant violations” and are against both international law and “international humanitarian law” are not new. In that sense, if Bensouda wanted to go after the Israeli settlements as war crimes, she had a case based on prior UNSC resolutions as well as the 2004 International Court of Justice opinion declaring the settlements illegal» (véase artículo titulado «Will the UN resolution bring down a full ICC war crimes probe on Israel?»). Durante una conversación con sus homólogos norteamericanbos hecha pública por Wikilealks (ver cable del 23 de febrero del 2010 de la Embajada norteamericana en Tel Aviv) se lee lo siguiente por parte del Coronel Liron Libman: “Libman noted that the ICC was the most dangerous issue for Israel and wondered whether the U.S. could simply state publicly its position that the ICC has no jurisdiction over Israel regarding the Gaza operation”. El Coronel Liron Libman es un alto funcionario israelí conocedor de las reglas que imperan en el derecho internacional, al haber ostentado durante muchos años el cargo de Jefe del Departamento de Derecho Internacional del Ejército de Israel.

Nota 2: Véase STAGNO UGARTE B., Los caminos menos transitados. La administración Arias Sánchez y la redefinición de la política exterior de Costa Rica, 2006-2010, Heredia, Editorial UNA (EUNA), 2013, pp.70-71.

Nota 3: Véase acta S/PV.3756 de la sesión disponible aquí en la que se lee que para el entonces Embajador Fernando Berrocal de Costa Rica, «Las actuales circunstancias obligan a un alto en el camino y a ponderar, con objetividad y visión, las decisiones del Consejo de Seguridad, para que su apoyo al proceso de paz sea realmente efectivo y refleje adecuadamente la voluntad de paz de la comunidad internacional. Lamentablemente, no nos encontramos, por segunda vez, en ese indispensable y necesario escenario de unidad. En ese contexto, he recibido instrucciones de mi Gobierno de votar abstención en este proyecto de resolución» (p. 4). En su artículo sobre la declaración de Balfour, el profesor Jean Salmon indica que la resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas 43/176 del 15 de diciembre de 1988 y titulada «Question de Palestine» fue adoptada por 138 votos a favor, 2 en contra (Estados Unidos e Israel) y 2 abstenciones (Canadá y Costa Rica). Véase SALMON J., «La proclamation de l´Etat palestinien», 34, AFDI – Annuaire Francais de Droit International – (1988), pp. 37-62, p. 38.

Nota 4: Sobre esta importante victoria diplomática de Palestina del 2012 y sus alcances desde la perspectiva jurídica, remitimos a nuestros breve estudio publicado en el Boletín Sentinelle de laSociété Francaise pour le Droit International (SFDI), BOEGLIN N. «Le nouveau statut de membre de la Palestine : une perspective latinoaméricaine», Enero del 2013, disponible aquí.

Nota 5: Remitimos a nuestra breve nota – en el caso de España – publicada en LaCelosía y a nuestra nota publicada en DerechoalDia sobre el caso de Francia. Este intenso debate parlamentario de finales del 2014 se trasladó incluso al Parlamento Europeo, el cual adoptó una resolución en el mismo sentido el 17 de Diciembre del 2014 (ver comunicado oficial del Parlamento Europeo).

–Texto de la Resolución 2334 (2016) adoptada el 23 de diciembre del 2016 por el Consejo de Seguridad (versión en inglés) –

The Security Council,

Reaffirming its relevant resolutions, including resolutions 242 (1967), 338 (1973), 446 (1979), 452 (1979), 465 (1980), 476 (1980), 478 (1980), 1397 (2002), 1515 (2003), and 1850 (2008),

Guided by the purposes and principles of the Charter of the United Nations, and reaffirming, inter alia, the inadmissibility of the acquisition of territory by force,

Reaffirming the obligation of Israel, the occupying Power, to abide scrupulously by its legal obligations and responsibilities under the Fourth Geneva Convention relative to the Protection of Civilian Persons in Time of War, of 12 August 1949, and recalling the advisory opinion rendered on 9 July 2004 by the International Court of Justice,

Condemning all measures aimed at altering the demographic composition, character and status of the Palestinian Territory occupied since 1967, including East Jerusalem, including, inter alia, the construction and expansion of settlements, transfer of Israeli settlers, confiscation of land, demolition of homes and displacement of Palestinian civilians, in violation of international humanitarian law and relevant resolutions,

Expressing grave concern that continuing Israeli settlement activities are dangerously imperilling the viability of the two-State solution based on the 1967 lines,

Recalling the obligation under the Quartet Roadmap, endorsed by its resolution 1515 (2003), for a freeze by Israel of all settlement activity, including “natural growth”, and the dismantlement of all settlement outposts erected since March 2001,

Recalling also the obligation under the Quartet roadmap for the Palestinian Authority Security Forces to maintain effective operations aimed at confronting all those engaged in terror and dismantling terrorist capabilities, including the confiscation of illegal weapons,

Condemning all acts of violence against civilians, including acts of terror, as well as all acts of provocation, incitement and destruction,

Reiterating its vision of a region where two democratic States, Israel and Palestine, live side by side in peace within secure and recognized borders,

Stressing that the status quo is not sustainable and that significant steps, consistent with the transition contemplated by prior agreements, are urgently needed in order to (i) stabilize the situation and to reverse negative trends on the ground, which are steadily eroding the two-State solution and entrenching a one-State reality, and (ii) to create the conditions for successful final status negotiations and for advancing the two-State solution through those negotiations and on the ground,

  1. Reaffirms that the establishment by Israel of settlements in the Palestinian territory occupied since 1967, including East Jerusalem, has no legal validity and constitutes a flagrant violation under international law and a major obstacle to the achievement of the two-State solution and a just, lasting and comprehensive peace;
  2. Reiterates its demand that Israel immediately and completely cease all settlement activities in the occupied Palestinian territory, including East Jerusalem, and that it fully respect all of its legal obligations in this regard;
  3. Underlines that it will not recognize any changes to the 4 June 1967 lines, including with regard to Jerusalem, other than those agreed by the parties through negotiations;
  4. Stresses that the cessation of all Israeli settlement activities is essential for salvaging the two-State solution, and calls for affirmative steps to be taken immediately to reverse the negative trends on the ground that are imperilling the two-State solution;
  5. Calls upon all States, bearing in mind paragraph 1 of this resolution, to distinguish, in their relevant dealings, between the territory of the State of Israel and the territories occupied since 1967;
  6. Calls for immediate steps to prevent all acts of violence against civilians, including acts of terror, as well as all acts of provocation and destruction, calls for accountability in this regard, and calls for compliance with obligations under international law for the strengthening of ongoing efforts to combat terrorism, including through existing security coordination, and to clearly condemn all acts of terrorism;
  7. Calls upon both parties to act on the basis of international law, including international humanitarian law, and their previous agreements and obligations, to observe calm and restraint, and to refrain from provocative actions, incitement and inflammatory rhetoric, with the aim, inter alia, of de-escalating the situation on the ground, rebuilding trust and confidence, demonstrating through policies and actions a genuine commitment to the two-State solution, and creating the conditions necessary for promoting peace;
  8. Calls upon all parties to continue, in the interest of the promotion of peace and security, to exert collective efforts to launch credible negotiations on all final status issues in the Middle East peace process and within the time frame specified by the Quartet in its statement of 21 September 2010;
  9. Urges in this regard the intensification and acceleration of international and regional diplomatic efforts and support aimed at achieving, without delay a comprehensive, just and lasting peace in the Middle East on the basis of the relevant United Nations resolutions, the Madrid terms of reference, including the principle of land for peace, the Arab Peace Initiative and the Quartet Roadmap and an end to the Israeli occupation that began in 1967; and underscores in this regard the importance of the ongoing efforts to advance the Arab Peace Initiative, the initiative of France for the convening of an international peace conference, the recent efforts of the Quartet, as well as the efforts of Egypt and the Russian Federation;
  10. Confirms its determination to support the parties throughout the negotiations and in the implementation of an agreement;
  11. Reaffirms its determination to examine practical ways and means to secure the full implementation of its relevant resolutions;
  12. Requests the Secretary-General to report to the Council every three months on the implementation of the provisions of the present resolution;
  13. Decides to remain seized of the matter.

 

–Texto de la Resolución 2334 (2016) adoptada el 23 de diciembre del 2016 por el Consejo de Seguridad (versión en español)–

Resolución 2334 (2016)

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7853a sesión, celebrada el 23 de diciembre de 2016

El Consejo de Seguridad,

Reafirmando sus resoluciones pertinentes, incluidas las resoluciones 242 (1967), 338 (1973), 446 (1979), 452 (1979), 465 (1980), 476 (1980), 478 (1980), 1397 (2002), 1515 (2003) y 1850 (2008),

Guiado por los propósitos y los principios de la Carta de las Naciones Unidas, y reafirmando, entre otras cosas, la inadmisibilidad de la adquisición de territorio por la fuerza,

Reafirmando la obligación de Israel, la Potencia ocupante, de cumplir escrupulosamente las obligaciones y responsabilidades jurídicas que le incumben en virtud del Cuarto Convenio de Ginebra relativo a la Protección debida a las Personas Civiles en Tiempo de Guerra, de 12 de agosto de 1949, y recordando la opinión consultiva emitida el 9 de julio de 2004 por la Corte Internacional de Justicia,

Condenando todas las medidas que tienen por objeto alterar la composición demográfica, el carácter y el estatuto del Territorio Palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, incluyendo, entre otras cosas, la construcción y expansión de los asentamientos, el traslado de colonos israelíes, la confiscación de tierras, la demolición de viviendas y el desplazamiento de civiles palestinos, en violación del derecho internacional humanitario y las resoluciones pertinentes,

Expresando grave preocupación por el hecho de que la continuación de las actividades de asentamiento israelíes están poniendo en peligro la viabilidad de la solución biestatal basada en las fronteras de 1967,

Recordando la obligación prevista en la hoja de ruta del Cuarteto, que hizo suya en su resolución 1515 (2003), de que Israel paralizara todas las actividades de asentamiento, incluido el “crecimiento natural”, y desmantelara todos los asentamientos de avanzada levantados desde marzo de 2001,

Recordando también la obligación en virtud de la hoja de ruta del Cuarteto de que las fuerzas de seguridad de la Autoridad Palestina mantuvieran un funcionamiento eficaz para hacer frente a todos los que participan en actividades terroristas y desmantelar la capacidad de los terroristas, incluso mediante la confiscación de armas ilegales,

Condenando todos los actos de violencia contra civiles, incluidos los actos de terror, así como todos los actos de provocación, incitación y destrucción,

Reiterando su visión de una región en que dos Estados democráticos, Israel y Palestina, vivan uno al lado del otro en paz y dentro de fronteras seguras y reconocidas,

Destacando que el statu quo no es sostenible y que es necesario adoptar con urgencia, en consonancia con la transición prevista en acuerdos anteriores, medidas importantes con el fin de i) estabilizar la situación e invertir las tendencias negativas sobre el terreno, que están socavando continuamente la solución biestatal y afianzando la realidad de un solo Estado, y ii) crear las condiciones para el éxito de las negociaciones sobre el estatuto definitivo y para promover la solución biestatal mediante esas negociaciones y sobre el terreno,

  1. Reafirma que el establecimiento de asentamientos por parte de Israel en el territorio palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, no tiene validez legal y constituye una flagrante violación del derecho internacional y un obstáculo importante para el logro de la solución biestatal y de una paz general, justa y duradera;
  2. Reitera su exigencia de que Israel ponga fin de inmediato y por completo a todas las actividades de asentamiento en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y que respete plenamente todas sus obligaciones jurídicas a ese respecto;
  3. Subraya que no reconocerá ningún cambio a las líneas del 4 de junio de 1967, incluso en lo que respecta a Jerusalén, que no sean los acordados por las partes mediante negociaciones;
  4. Destaca que la cesación completa de todas las actividades israelíes de asentamiento es fundamental para salvaguardar la solución biestatal, y pide que se adopten de inmediato medidas positivas para invertir las tendencias negativas sobre el terreno que están haciendo peligrar la solución biestatal;
  5. Exhorta a todos los Estados a que, teniendo presente el párrafo 1 de la presente resolución, establezcan una distinción, en sus relaciones pertinentes, entre el territorio del Estado de Israel y los territorios ocupados desde 1967;
  6. Exhorta a que se adopten medidas inmediatas para prevenir todos los actos de violencia contra los civiles, incluidos los actos de terror, así como todos los actos de provocación y destrucción; exhorta a que se rindan cuentas a este respecto, y a que se cumplan las obligaciones en virtud del derecho internacional con miras al fortalecimiento de los esfuerzos en curso para combatir el terrorismo, en particular mediante la coordinación de las medidas de seguridad existentes, y para condenar claramente todos los actos de terrorismo;
  7. Exhorta a ambas partes a que actúen de conformidad con el derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario, y sus acuerdos y obligaciones anteriores, a que demuestren serenidad y contención, y a que se abstengan de realizar actos de provocación e incitación y de hacer declaraciones que enardezcan los ánimos, con el fin de, entre otras cosas, distender la situación sobre el terreno, restablecer la confianza, demostrando mediante políticas y medidas un compromiso genuino con la solución biestatal, y crear las condiciones necesarias para promover la paz;
  8. Exhorta a todas las partes a que, en interés de promover la paz y la seguridad, hagan esfuerzos colectivos para iniciar negociaciones creíbles sobre todas las cuestiones relativas al estatuto definitivo en el proceso de paz del Oriente Medio y dentro de los plazos establecidos por el Cuarteto en su declaración de 21 de septiembre de 2010;
  9. Insta a este respecto a que se intensifiquen y aceleren el apoyo y los esfuerzos diplomáticos regionales e internacionales con objeto de lograr sin demora una paz amplia, justa y duradera en el Oriente Medio, sobre la base de las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas, los principios de referencia de la Conferencia de Madrid, incluido el principio de territorio por paz, la Iniciativa de Paz Árabe y la hoja de ruta del Cuarteto, y de poner fin a la ocupación israelí que se inició en 1967; y subraya a este respecto la importancia de los esfuerzos en curso para impulsar la Iniciativa de Paz Árabe, la iniciativa de Francia para convocar una conferencia internacional de paz, los recientes esfuerzos del Cuarteto, así como las iniciativas de Egipto y la Federación de Rusia;
  10. Confirma su determinación de apoyar a las partes a lo largo de las negociaciones y en la aplicación de un acuerdo;
  11. Reafirma su determinación de examinar formas y medios prácticos para asegurar la plena aplicación de sus resoluciones pertinentes;
  12. Pide al Secretario General que le presente informes cada tres meses sobre la aplicación de las disposiciones de la presente resolución;
  13. Decide seguir ocupándose de la cuestión.

Publicado por Curso de Derecho Internacional. Costa Rica en 15:38

 

(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

 

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

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