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Etiqueta: Constitución Política

La desconstitucionalización de las autonomías y empleo público

“La tesis según la cual el Presidente, o el Ejecutivo, deben tener todas las atribuciones en última instancia, (…), esa es la teoría estatista o totalitarizante; la de las autonomías, (…) para evitar la concentración de poder y recursos, es la tesis democrática.” (Diputado Constituyente Rodrigo Facio)

Manuel Hernández

En un artículo de opinión que recientemente me publicó el Semanario Universidad, titulado “El virus del malinche universitario”, critiqué, desde el punto de vista jurídico, la pusilánime posición de CONARE acerca del Proyecto de Ley Marco de Empleo Público.

A raíz de ese artículo, funcionarios de otras instituciones públicas, que me honran con su lectura, me solicitaron que, más allá de los confines de los campus universitarios, expusiera los alcances que tiene el proyecto, en general, en el ámbito de las autonomías institucionales.

Pues bien, trataré de cumplir este particular cometido.

1.- La ruptura de las autonomías constitucionales

El último texto de Empleo Público, que podría estar la próxima semana, en la agenda de primeros debates, que ya va por la cuarta edición, y que en cada versión de esta tragedia legislativa, como decía Unamuno, se mantiene en estado de agonía, conserva, en lo esencial, el mismo libreto totalitario y antidemocrático, trastocando las autonomías de las universidades públicas, Caja Costarricense de Seguro Social y las Municipalidades.

Al tenor de la nueva cirugía reconstructiva que sufrió el accidentando proyecto, fundamentado en un singular voto de la Sala Constitucional (N° 017098-2021), que como la serpiente que se come su misma cola, ese Tribunal se volvió contra su propia doctrina y jurisprudencia, el proyecto estableció que quedan excluidas de la rectoría de MIDEPLAN, únicamente “las relaciones de empleo de personas servidoras públicas que desempeñen funciones o labores administrativas, profesionales o técnicas, que sea exclusivas o excluyentes para el ejercicio de las competencias constitucionalmente asignadas“ a aquellas entidades públicas.

La regulación de la relación de empleo de esta única categoría de personas trabajadoras, la retendrán simbólicamente los órganos supremos de cada una esas entidades, pero que no quedan excluidas de la cobertura del proyecto, y en consecuencia, estarán sometidas al rigor de sus cánones autoritarios y fiscalistas. Por contrario, la rectoría y regulación de la relación de empleo, en materia de reclutamiento, selección, contratación, concursos, evaluación de desempeño, remuneraciones, entre otras, de todas las demás personas trabajadoras de esas instituciones, la asumirá y definirá unilateralmente MIDEPLAN.

Entonces, a esta dependencia del Poder Ejecutivo, transmutada en el emergente Leviatán, el proyecto, haciendo una regresión en el tiempo, que nos devuelve más de 70 años atrás, a la época del clientelismo y reparto del botín político (spoils system), le transfiere a MIDEPLAN la gobernanza y regulación de la relación de empleo de significativas categorías de trabajadoras y trabajadores de dichas instituciones.

De esta manera, tratándose de estos amplios colectivos laborales, se desposeen las competencias constitucionales de esas entidades, cuya regulación, mediante políticas, directrices, reglamentos y ordenanzas, la realizará ese despacho del Gobierno.

Esta transferencia de competencias tendrá consecuencias directas muy graves en el conjunto de las autonomías, el funcionamiento regular de las instituciones y no menos, en la prestación de los servicios públicos.

2.- La autonomía constitucional de las instituciones es unitaria e indivisible

Esta segregación competencial y configuración de un régimen dual de empleo público, es absolutamente artificiosa.

La autonomía de las entidades descentralizadas es indivisible, resultando contrario a los preceptos constitucionales, quebrar de esa manera la autonomía y repartir las competencias regulatorias entre la respectiva institución y MIDEPLAN.

El proyecto violenta la máxima Ubi lex non distinguit, nec nos distinguere debemus (donde la ley no distingue, tampoco nosotros debemos distinguir), vaciando de contenido el ejercicio de una potestad constitucionalmente asignada, que produce la ineficacia de la norma constitucional; es decir, trayéndose al suelo, de un solo golpe, el principio de supremacía constitucional.

La autonomía de las universidades públicas, la CCSS y las municipalidades, es unitaria, inescindible, por lo que no se podría sostener ese espurio reparto de competencias y ese régimen bifronte de empleo público, dentro de cada una de ellas, salvo que sea a contrapelo de los artículos 84, 86, 87, 73, 169, 170 y 175 de la Constitución Política.

Así, cada institución autónoma, podría representarse con una caricatura de un monstruo de dos cabezas, que se vuelven y destruyen a si mismas, cuya lucha terminará causando, por una parte, hacia afuera, una constante inestabilidad política-institucional, y por otra parte, hacia dentro, una permanente conflictividad laboral.

3.- La alteración del diseño constitucional del Estado democrático

Este ficticio reparto de competencias funcionales y materiales, entroniza aquella tesis autocrática que vehemente rebatió el constituyente Rodrigo Facio, la intervención política del Poder Ejecutivo, residenciado en MIDEPLAN, en materias que constitucionalmente están reservadas a cada una de esas instituciones.

Por esto es que el proyecto quiebra la arquitectura del diseño orgánico del Estado, definido por el constituyente, porque sacrifica la autonomía de las instituciones.

La ruptura del diseño constitucional, que no es cualquiera cosa, significa una grave alteración de las reglas del sistema democrático.

Además, esta alteración de las reglas constitucionales tendrá serias consecuencias en la prestación de los servicios públicos asignados a cada institución.

Los servicios públicos que prestan las universidades, la CCSS, municipalidades y otras entidades, constituyen la infraestructura de la democracia, los cuales no quedan indemnes del otro objetivo que tiene el proyecto, tendiente a reestructurar las instituciones y privatizar los servicios que se les cometieron.

4.- La eliminación de las estructuras salariales propias de las instituciones

Pero, además, hay que tener muy claro que la competencia exclusiva y residual que el proyecto reserva a las instituciones autónomas, limitada únicamente a aquel colectivo de funcionarios, queda muy restringida y condicionada, porque, de toda suerte, su ejercicio tiene que adecuarse a sus reglas fiscalistas. No se olvide que las autónomas, no quedan excluidas de su cobertura (artículo 2), sobre las cuales cae, con todo el peso, esa espada de Damocles.

Lo anterior implica, por ejemplo, en materia de remuneraciones, que las estructuras salariales propias que actualmente tiene cada una de esas instituciones, que evolutivamente se configuraron de acuerdo con la naturaleza y especialidad del servicio que ejecutan, amparadas a sus autonomías, quedarán derogadas, suprimidas, y en su lugar, se sustituirán por el esquema de salario global único.

Este esquema salarial es el producto estrella, pero el más opaco, que constituye la punta de lanza de la política fiscal del proyecto de ley.

Otra grave vulneración de la Constitución, porque la ley ordinaria le está imponiendo a esas instituciones un esquema salarial determinado, irreconciliable con las autonomías constitucionales.

Además, como si lo anterior fuera poco, ese esquema salarial se complementa con el congelamiento y estancamiento de los salarios de todas y todos los trabajadores que prestan sus servicios en los Poderes del Estado e instituciones públicas que cubre el proyecto, a merced de la salvaje regla fiscal y los transitorios XI y XII del proyecto, que recibieron la bendición neoliberal de la Sala Constitucional.

Quedará por ver, como suele ocurrir en las películas de terror, si en los últimos capítulos, el monstruo muere ajusticiado por un héroe, que aplaste las cabezas del Leviatán.

16/11/2021

UNA FISCALÍA PARA LA DEMOCRACIA

José Manuel Arroyo Gutiérrez. Exmagistrado CSJ. Profesor catedrático UCR.

         Hay que insistir en la importancia que tiene, en una democracia, la cabeza del Ministerio Público. Es vital en la medida de los poderes discrecionales que por ley se le asignan, tanto por lo que debe hacer, como por lo que no debe hacer. Dirigir el monopolio de la acción penal pública no es poca cosa, cuestión relativamente compleja y llevadera en la delincuencia convencional (robos, estafas, violaciones, homicidios); pero tremendamente compleja en cuanto a la delincuencia no convencional (corrupción público/privada, narcotráfico, sicariato, tráfico de personas o de armas). Los principios de independencia y objetividad rigen para toda su actividad. Tan dañino puede ser un fiscal con mentalidad de acusador a ultranza, como aquél que, por negligente o corrupto, fomenta la impunidad.

         Quien ocupe la fiscalía general tiene que demostrar que ha estudiado la teoría fundamental de los derechos humanos y sabe aplicarla; tiene que demostrar que conoce la Constitución Política, el derecho penal y de manera especial el derecho procesal penal. Debe además demostrar que maneja los requerimientos mínimos de una denuncia, el tratamiento que debe llevar una investigación preliminar en coordinación con la policía judicial, y tener entrenamiento en la formulación de un dictamen acusatorio, o cualquiera de las otras salidas procesales. Quien ocupe este cargo estratégico para la sobrevivencia de la democracia, tiene que demostrar que sabe escuchar y trabajar en equipo, y que ha manejado, con pericia, un alto número de subalternos.

         Este país no puede darse el lujo de designar para los más altos cargos judiciales, por mucho apoyo político que tengan, a personas que en su vida han tratado casos y expedientes, los requerimientos y las resoluciones para desempeñarse con solvencia. No podemos poner a pilotar el avión a quien cuenta apenas con licencia para motocicleta. Importa saber de qué universidad es graduado, si de las de verdad o las de garaje. Para esto hay que ver los índices de promoción en las pruebas del Colegio de Abogados.

         Pero la fiscalía general no es sólo cuestión de conocimientos jurídicos. Es también de rasgos de personalidad, psicológicos y de carácter. Tiene que cultivar la sabiduría para tomar decisiones y hacerlo de manera oportuna; tiene que ser valiente para resistir presiones internas y externas, de grupos de poder legítimos e ilegítimos; además debe tener la destreza de ponerse en el lugar del otro, y de manera especial en nuestros tiempos, en el lugar de la otra. La prudencia y la serenidad son indispensables, un rasgo de personalidad sin el cual, toda pericia se pone en riesgo.

         Guárdenos la Providencia de un fiscal o fiscala débil, influenciable, manipulable, presto a recibir instrucciones de los de arriba, agradecido por el nombramiento, displicente, venal, servil. La valentía es la base de la integridad. Cumplirá con su delicada función si no se doblega ante nada ni ante nadie.

         Por eso la Fiscalía General debería tener el indispensable rango Constitucional; debería ser la culminación de toda una carrera y tener las condiciones profesionales, salariales y demás ventajas de un miembro de Corte Suprema. La tentación de pasar de la Fiscalía a la Corte debería evitarse, no sólo por decisiones personales, sino por impedimentos legales.

         He visto una precalificación que ha hecho la Comisión de Nombramientos de la Corte Suprema de Justicia en el certamen abierto para nombrar Fiscal General. Considero que en ella hay nombres con los mínimos de experiencia, conocimientos y personalidad adecuada para el cargo. Pero hay otros nombres que paran el pelo. Al menos, si no se tiene el perfil ideal, la Corte debería designar a alguien que no haya manifestado públicamente sus miedos y fobias a determinadas minorías de la población, alguien que al menos sepa la diferencia entre delito y pecado. Lo graves es que una vez nombrado, todas y todos estaremos en manos del nuevo fiscal o fiscala. Y sólo hago este último señalamiento porque he constatado la existencia de algún candidato impresentable con nota superior a 90. La resurrección en pleno siglo XXI de los Torquemadas medievales que en el mundo han sido. Una involución inaudita. Una auténtica catástrofe.

CONTROLAR LA JUDICATURA

José Manuel Arroyo Gutiérrez. Exmagistrado y Profesor Catedrático UCR.

         Tal parece que la crisis de la democracia contemporánea en todo el mundo, y con ella la deriva autoritaria que la acompaña, tiene un síntoma claro y siempre presente: el ansiado control del Poder Judicial por parte del Ejecutivo o el Legislativo.

         Sea que volvamos los ojos a Europa, donde destacan, entre otros, los casos de Polonia, que ha obligado la intervención de las instancias externas de la Unión Europea para preservar un mínimo de independencia de la judicatura; o bien el caso de España, donde la situación resulta ya alucinante, dado que partidos conservadores de derecha, principalmente el PP, se niegan a renovar el Consejo de la Judicatura, acumulándose cuatro años de caducidad del mandato de los antiguos integrantes, asegurándose su control y haciendo de la Constitución letra muerta.

         Si nos fijamos en el continente americano, en estos momentos están declarados varios incendios en la casa de la democracia. En Brasil, el presidente Bolsonaro no está dispuesto a someterse a decisiones de la Corte Suprema de Justicia –que obviamente no controla-, y está acudiendo al apoyo del ejército y de seguidores en las calles para legitimar un eventual golpe de estado. Y en el barrio centroamericano, un muchachito de gorrita con visera hacia atrás, envalentonado por un apoyo popular fruto del desgaste de las fuerzas partidarias tradicionales, está haciendo mesa gallega con las instituciones salvadoreñas, en cuenta y en primer lugar, todas las instancias judiciales, comenzando por el Tribunal Constitucional, la cabeza del Ministerio Público, y más recientemente, todos los jueces y juezas que en principio considera desconfiables (mayores de 60 años o con 30 de servicio).

         Ciertamente los casos mencionados son algunos de los más groseros, que ilustran las intromisiones político-partidarias en el Poder Judicial, su independencia y el rol de árbitro que se supone debe jugar en un régimen democrático sano. Pero éstos no son los únicos caminos que el autoritarismo elige para asegurarse un ascendiente determinante para tener a la judicatura arrodillada. Hay vías más sutiles, aunque no menos peligrosas. El reciente caso de los Estados Unidos de América, donde haciendo uso de los mecanismos legales para designar a los miembros de una de las cortes de justicia más prestigiosas del mundo, un Donald Trump prepotente y una mayoría senatorial republicana ultraconservadora, maniobraron para impedir la última propuesta del presidente Obama e impusieron un control mediante varios nombramientos nuevos, todos adeptos a su línea ideológica, poniendo así en riesgo los avances conquistados durante siglos de jurisprudencia progresista, destruyendo sanos equilibrios y poniendo en capilla ardiente temas fundamentales de derechos humanos.

         En Costa Rica, con exhibición del peor rasgo de carácter tico, es decir, el “mátalas-callando”, y en el contexto de varias resoluciones lamentables para nuestra Constitución, tales como la autorización de la reelección presidencial o la aprobación de la agenda complementaria al TLC, la ruta seguida sobre todo desde las mayorías parlamentarias, ha sido tomar control de la Corte Suprema a través de un régimen de nombramientos patético, donde se juega a la objetividad mientras se maniobra de mil maneras para designar las candidaturas políticamente “confiables” o “inofensivas”. Todo lo que se perciba como excelencia académica o profesional, todo lo que pueda garantizar independencia y objetividad en los fallos, todo lo que pueda repetir condenas por corrupción a políticos o gentes de poder cuestionados, es inmediatamente descalificado, en un “diálogo” cada vez más intenso y pernicioso entre algunos vecinos de González Lahman y otros de Cuesta de Moras.

         El síntoma de descomposición institucional más grave que se percibe en este degradado régimen de nombramientos, está en los mismos agentes internos del Poder Judicial, con suficiente conexión e influencia político-partidario como para recomendar o descalificar a los aspirantes a la magistratura. Si infundir miedo en una democracia es el recurso más vil que pueda concebirse para conquistar las mayorías, llevar esa estrategia de terror al terreno de la justicia, prepara el colapso definitivo de todo el sistema. Jueces con miedo equivale a médicos hipocondriacos o a sacerdotes ateos.

         En nuestro país ya no basta la afinidad ideológica de los jueces, lo cual puede ser comprensible. Se está exigiendo algo más. Una clase política miope y regresiva, está queriendo imponer un modelo de sociedad con pensamiento único, en el que frases como “dictadura en democracias” o “en Costa Rica hay exceso de democracia”, son ya consignas que están dispuestos a imponer al precio que sea necesario.

         En la antesala de un campaña política más, donde el debate sobre la Justicia y el Poder Judicial siempre han estado ausentes, valdría la pena que una iniciativa ciudadana le pregunte a candidatos y candidatas si realmente creen en el Poder Judicial, y el necesario control que los jueces deben tener frente a los conflictos entre ciudadanos y de éstos frente al Estado.

Los 200 años de la República de Costa Rica

(Conferencia del Historiador Vladimir de la Cruz, en el acto de Clausura del XXXIII Congreso de la Sociedad Latinoamericana de Patología, SLAP, realizado en San José, Costa Rica, los días 25 y 26 de setiembre del 2021)

Celebramos en Centroamérica, y en Costa Rica, los 200 años de la Declaración de la Independencia de España.

Con la celebración del Bicentenario deberíamos estar valorando el desarrollo de nuestros países durante estos 200 años. Sin embargo, la atención de los historiadores y especialistas, así como de los comentaristas de diverso tipo, no han atendido este proceso histórico y, por el contrario, se han concentrado en recordar la fecha de la Independencia, de acuerdo al Acta de Independencia de Guatemala del 15 de setiembre de 1821, que actuó como detonante de las Declaraciones de Independencia de El Salvador, el 21 de setiembre, de Comayagua, Honduras, y de Nicaragua, el 28 de setiembre y de Costa Rica, el 29 de octubre.

Los sucesos que provocaron la Independencia de Guatemala, entonces, la cabecera de la vieja Capitanía General de Guatemala, del Reino de Guatemala y de la Diputación de Guatemala, según lo queramos considerar, fueron el resultado de luchas anteriores.

En 1808, el costarricense, joven estudiante de Medicina en la Universidad de San Carlos, de Guatemala, Pablo Alvarado Bonilla, el 15 de setiembre de ese año, enterado de los sucesos de ocupación francesa de España, y ante los movimientos que se orientaron a favor de la monarquía, inmerso en las ideas de la Ilustración que ya se conocían en Guatemala, y de los grupos que a su alrededor se formaban con sentido republicano e independentista, se alejó de esas posiciones exaltando opiniones contra la presencia española.

Las mismas razones de protesta y de lucha contra la ocupación francesa de España eran válidas para los movimientos anti españolistas e independentistas de la América Hispana. La lucha contra la ocupación francesa de España era igualmente válida contra la ocupación española de América, la lucha por la Libertad de los españoles de Francia, era igualmente válida de la libertad de los americanos de España, la lucha por la Independencia de España de la ocupación francesa era igualmente válida de la independencia de América de la ocupación española, la lucha por la expulsión de los ocupantes y usurpadores franceses de España era también igualmente válida en América, de la expulsión de los españoles y del cese de su autoridad colonial.

La Universidad de San Carlos de Guatemala, de carácter pontificio, como lo fueron prácticamente todas las universidades durante la colonia, fue fundada en 1681. La práctica médica durante esos años de la colonia fue fundamentalmente asistencialista en los dos hospitales que se fueron creando en Guatemala, administrados por órdenes religiosas.

Desde la fundación de la Universidad se dieron los estudios de Medicina, iniciados el 20 de octubre de 1681. Así, puede considerarse a la Universidad de Guatemala como la primera del imperio hispanoamericano en desarrollar estudios de Medicina, en tener una Cátedra de Medicina, en tanto en México, en el Virreinato, la carrera de Medicina se estableció hasta 1729.

Los médicos Manuel de Avalos y Porres, Joseph Felipe Flores y Narciso Esparragosa y Gallardo marcaron los primeros pasos de los estudios de Medicina en Guatemala colonial. Estos médicos influyeron, en su formación, a discípulos que en los días de la lucha por la Independencia destacaron, como médicos comprometidos en esta lucha, entre ellos, a Pedro Molina, uno de los más prominentes patriotas, liberal y luchador por la Independencia.

El estudiante de medicina Pablo Alvarado se formó en esos últimos años de la colonia, al calor de estos ilustres médicos guatemaltecos, inquietos políticamente y comprometidos en la lucha anticolonial.

Así el 15 de setiembre de 1808 publicó Pablo Alvarado unas notas en El Hispanoamericano, que le provocaron la cárcel en Guatemala, considerándose Pablo Alvarado el primero en haber caído preso por esta lucha en la Capitanía General, y de hecho en el Virreinato de Nueva España.

Su Grito de Independencia fue precursor de estos movimientos en la región. Pedro Molina, profesor de Medicina en la Universidad de Guatemala, impulsor del periódico El Editor Constitucional, luego llamado El Genio de la Libertad, donde difundía las ideas liberales, junto con el prócer independentista salvadoreño José Matías Delgado, ambos eran amigos de Pablo Alvarado.

Al declararse la Independencia en Guatemala junto con la copia que se envió a las Provincias de la Capitanía, Pablo Alvarado envió escritos a los costarricenses para apoyar la Independencia. Días después, proclamada la Independencia de Costa Rica el 29 de octubre de 1821, había enviado escritos que fueron la base de la redacción de la Primera Constitución Política de Costa Rica, que se denominó Pacto Social Fundamental Interino de Costa Rica o Pacto de Concordia.

Así, con el Acta de Independencia de Guatemala operando como el detonante de la Independencia, el resto de las Provincias lo hicieron de seguido, terminando esas Declaraciones con la de Costa Rica.

Entre el Grito de Independencia de Pablo Alvarado, en 1808, y los días que precedieron la Declaración de Guatemala, en Centroamérica, el 15 de setiembre de 1821, se dieron una serie de movimientos anti españolistas e inconformistas que prepararon el rompimiento con el orden colonial español, entre ellas en 1809 la insurrección en Ciudad Real de Chiapas, en 1810 el intento del Ayuntamiento de Guatemala de desconocer el Consejo Supremo de Regencia y establecer la autonomía del Reino de Guatemala, en 1811 la sublevación de San Salvador, León y Granada de Nicaragua, Honduras, en 1812, la sublevación de Chiquimula en Guatemala y la Segunda Conspiración de San Salvador, en 1812 y 1813 la Conspiración de Belén en Guatemala, en 1814 la Conspiración de San Salvador, y en 1812 las protestas contra los estancos y estanquillos en Costa Rica.

A ello se sumaron las luchas internas en el Virreinato de México que culminaron en febrero de 1821 con el Plan de Iguala de Agustín de Iturbide, quien también se proclamó emperador, invitando a la anexión a su Imperio, arrastrando a las Provincias de la Capitanía General de Guatemala a sumarse.

Declarada la Independencia de Costa Rica, el 29 de octubre de 1821, se inició la marcha de estos 200 años, que se acaban de celebrar el pasado 15 de setiembre, que se tiene como fecha oficial de celebración de la Independencia de Centroamérica. En Costa Rica se celebrará el próximo 29 de octubre.

El arranque inicial, por impulso de la Declaración de Independencia de Guatemala fue la convocatoria a un Congreso centroamericano para tomar una decisión conjunta, ya declaradas las independencias de cada provincia, para valorar la continuidad de una unidad política regional, en período independiente, como se había tenido y vivido en el período colonial.

Así entramos a partir de 1823 a las llamadas Provincias Unidas de Centroamérica y en 1824 a la República Federal de Centroamérica, siguiendo el modelo de federalismo que se había constituido en las colonias que se habían independizado de Inglaterra, las que impulsaron la creación de los Estados Unidos.

Como símbolos de las Provincias Unidas y de la República Federal se imitó la Bandera de Argentina en sus colores, celeste, blanco, celeste, de igual forma, que la creó Manuel Belgrano, ya enarbolada el 27 de febrero de 1812 que, junto con su Sol, recuerda la gesta del 25 de mayo de 1810, cuando inicia el proceso independentista en el Virreinato del Río de la Plata.

Bajo la Federación Centroamericana, con un régimen presidencialista, y la constitución de los tres poderes clásicos, Legislativo, Ejecutivo y Judicial, impuso la creación de Estados en las antiguas Provincias coloniales, de manera que a partir de 1824 empezamos a tener la forma de Estado de Costa Rica, con la estructuración de los tres poderes políticos.

Las Provincias Unidas de Centroamérica dio paso a la República Federal de Centroamérica, que por circunstancias internas, se desagregó de hecho en 1838. Costa Rica, bajo la Jefatura de Francisco Morazán, en 1842 intentó reunirla de nuevo. Sin embargo, por la caída de Morazán y su fusilamiento en setiembre de ese año, este proyecto federal fracasó. Costa Rica bajo la Jefatura de Estado de José María Castro Madriz declaró la República el 31 de agosto de 1848, elaboró su nuevo símbolo nacional, la Bandera, siguiendo los colores de la Bandera de Francia y lo que ellos enarbolaban de la Gran Revolución Francesa.

Durante el período de 1821 a 1823 Costa Rica estuvo gobernada por una Junta de Legados y Juntas Superiores Gubernativas. La primera, nombrada el 12 de noviembre de 1821, la cual impulsó la redacción de la Primera Constitución Política, el 1 de diciembre de ese año. Las otras dos Juntas impulsaron dos Estatutos Políticos dando origen a nuestro desarrollo constitucional, que desde esos tiempos hasta hoy ha tenido 13 Constituciones Políticas, 11 de ellas entre 1821 y 1871, período clave en la gestación del sólido Estado Derecho que se ha formado en el país. La última, y vigente, Constitución viene desde el 7 de noviembre de 1949

La estructuración política del país se ha mantenido con los tres poderes clásicos. De excepción el Poder Legislativo, en breves períodos, ha tenido un sistema bicameral, con Congreso y Senado. La última vez que existió el Senado fue entre 1917 y 1919.

Desde los días de la Independencia se establecieron mecanismos de elección de autoridades políticas y de representantes populares, que con el tiempo se han ido perfeccionando, y de amplia participación ciudadana en cabildos y ayuntamientos. Al inicio el sistema electoral era muy excluyente. No podían votar las mujeres, los analfabetas, los que carecieran de cierto monto de ingresos o rentas. Había un sistema de elección de Electores, entre los que tenían la capacidad de votar o la condición de ciudadanos políticos, y de votación de segundo grado, donde los electores escogían entre ellos a otros que finalmente votaban o elegían, y lo hacían de manera pública.

Con motivo de unos sucesos que se interpretaron como una intención de posible fraude a favor de un candidato en la elección de 1889, que tenía esas condiciones de elección, se produjo una movilización ciudadana, entonces cercana a los 5000 habitantes, cerca de medio millón hoy, entre ellas mujeres para hacer respetar el resultado electoral. Ello, dio origen a que esa fecha 7 de noviembre de 1889, haya sido declarada como fecha de la Fundación de la Democracia Nacional, asociada en este caso a la defensa de un resultado electoral.

De esta fecha destaca la participación de las mujeres en esa lucha cívica que dio base para que el Presidente José Joaquín Rodríguez, 1890-1894, favorecido por esa elección, empezara a hablar del reconocimiento de voto de las mujeres, lo que se alcanzó hasta la Asamblea Constituyente de 1949, que estableció el voto universal, a pesar de que desde ese momento, 1889, se empezara a agitar la idea del sufragio femenino, más tarde alentado por la Liga Feminista y sufragista, y por intenciones que así se plantearon en la Asamblea Constituyente de 1917 y en otros movimientos políticos.

De esa fecha, del 7 de noviembre de 1889, destaca también el surgimiento de un régimen electoral basado en partidos políticos, de manera que desde esa época hasta hoy solo por medio de partidos políticos los ciudadanos pueden aspirar a cargos de elección popular.

En 1913 se introdujo la reforma electoral del voto directo de los ciudadanos, eliminando el voto indirecto, pero manteniendo aún el voto público, que se eliminó en 1924 cuando se estableció el voto secreto. Más tarde, en 1935 se realizó otra modificación en el sistema electoral que estableció que los resultados electorales para elegir presidente se resolvían con el 40% o más de los votos a favor de un candidato, lo que le empezó a dar más estabilidad al sistema electoral y al resultado de las elecciones.

Hasta 1948 los resultados electorales se pasaban al Congreso para conocer de los mismos y resolver sobre ellos, si fuera del caso, cuando no se alcanzaba, en esa época, el 50% de los votos por algún candidato.

Las leyes electorales que venían funcionando hasta 1948 daba esa facultad al Congreso y los Tribunales Electorales que operaban eran muy controlados por el Poder Ejecutivo. Esto empezó a corregirse en 1946 y en 1949 cuando se constituyó el Tribunal Supremo de Elecciones como un Poder de Estado, absolutamente independiente y director con facultad declarativa de los procesos y resultados electorales.

La integración de los Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones es de elección de la Corte Suprema de Justicia. Interesante es que el Tribunal Supremo de Elecciones desde que se declara el período oficial de elecciones, y se convoca a las mismas, a inicios del mes de octubre, del año anterior a las elecciones, hasta 3 meses después de las mismas, todas las autoridades policiales y de seguridad del Estado quedan bajo la potestad y mando de este Tribunal para asegurar el mismo proceso electoral y evitar cualquier intromisión política de gobiernos que pudiera haber. De igual modo es prohibido a los miembros de los cuerpos policiales y de la Fuerza Pública durante el día de las elecciones asistir a los recintos electorales con armas. Como ciudadanos en ejercicio de su función policial deben presentarse, a las urnas, para emitir su voto, sin armas. Los recintos electorales están al cuidado de Juntas Electorales compuestas por ciudadanos, así como las mesas electorales están bajo el cuido de delegados que nombran, ante el Tribunal Supremo de Elecciones, los partidos políticos.

Los otros avances en materia electoral dentro de estos 200 años de Independencia, es el voto de los jóvenes mayores de 18 años logrado en 1994, y especialmente las leyes que se han ido aprobando para asegurar la mayor equidad e igualdad entre hombres y mujeres en la participación como candidatos a elección, así se llegó a la paridad vertical en las listas de diputados y se avanzó a la paridad horizontal, obligando a los partidos políticos que participan en varias provincias a que también haya igualdad de posibilidad electoral en los primeros puestos de elección por provincia.

Administrativamente con la Independencia se tuvo un país que era una unidad en sí mismo, sin ninguna división interior. Costa Rica como región era una parte de la Capitanía General de Guatemala y de la Diputación de León de Nicaragua. Al independizarnos la región se mantuvo tan solo dividida por la presencia de los distintos pueblos, villas y ciudades existentes. En 1824 se unió a Costa Rica el Partido de Nicoya, que era una región territorial autónoma entre Nicaragua y Costa Rica, dependiente tanto de Guatemala como de Nicaragua en distintos aspectos administrativos de la colonia.

Con la Independencia, la población del Partido de Nicoya, por plebiscito, el 25 de julio de 1824, acordó su agregación a Costa Rica. Esto facilitó para que en 1835 se estableciera una división interna territorial que comprendía tres Departamentos, el Oriental y el Occidental, que se dividían en el Valle Central del país, y el de Guanacaste como se conocía el Partido de Nicoya. En 1848 con el Dr. José María Castro Madriz se estableció la actual división administrativa por Provincias. En ese momento cinco, San José, Alajuela, Cartago, Heredia y Guanacaste, y dos Comarcas, Puntarenas y Limón, que luego alcanzaron la condición de Provincias. A su interior se fueron creando Cantones y al interior de los Cantones se crearon Distritos administrativos. Actualmente el país se constituye de 7 Provincias, 82 Cantones y alrededor de 487 Distritos.

Las Provincias hasta 1998 tuvieron de autoridad superior un Gobernador, cargo que fue eliminado ese año. Se fortalecieron los órganos de representación popular cantonal y distrital con Consejos Municipales y Consejos Distritales, y a partir del año 2002 con Alcaldes cantonales, cuya elección separada de las elecciones nacionales se hace desde el 2010, para darle más importancia a los gobiernos locales.

Desde 1821 se empezó a fortalecer la educación y los valores cívico ciudadanos. La educación en la colonia fue muy reducida, muy pocas escuelas con una orientación de enseñar a leer, escribir y contar. En 1814 se creó la Casa de Enseñanza de Santo Tomás que fue un bastión importante, a pesar de las limitaciones de época, de divulgación de las ideas liberales.

Con la Independencia, y bajo la dirección del primer Jefe de Estado, Juan Mora Fernández, que era educador, se dio impulso a las escuelas con apoyo municipal, tanto para la educación de niños como de niñas. Más tarde, en 1847, se fortaleció la enseñanza de mujeres y hacia 1885-1887 se produjo una revolución educativa bajo la dirección del Ministro de Instrucción Mauro Fernández, fortaleciendo la educación secundaria y la formación de maestros. Esto se fortaleció luego con otras reformas impulsadas, entre otros, por Miguel Obregón Lizano, otro Ministro de Instrucción, que también impulsó Bibliotecas, entre ellas la Nacional, que esta semana acaba de ser declarada Institución Benemérita Nacional.

En 1914 se creó la Escuela Normal, en la ciudad de Heredia, para la formación y preparación de maestros y profesores, que en esos días jugaron también un importante papel en la lucha contra la dictadura de Federico Tinoco Granados, 1917-1919, con cuyas movilizaciones junto a las luchas populares y el movimiento cívico militar encabezado por Julio Acosta la derrumbaron.

Dentro de esos alcances educativos estuvo la Reforma Liberal que, desde 1882, separó la educación religiosa de la enseñanza pública estatal, lo que se mantuvo hasta 1940, junto con otras reformas liberales de julio de 1884, que también se mantuvieron casi todas hasta 1940.

La Universidad de Santo Tomás creada en 1843 fue cerrada en 1888, manteniendo unas pocas áreas de estudio abiertas. En ella se impulsaron los estudios de Medicina, con poca participación de estudiantes. Los jóvenes que deseaban estudiar Medicina lo hacían yendo a la Universidad de Guatemala, o a la de León de Nicaragua, que se había fundado al calor de los sucesos de Cádiz. Unos pocos, a partir de la década de 1840 pudieron ir a estudiar a Europa, especialmente con motivo de los primeros contactos comerciales de exportación de café a partir de 1843.

En 1940 se creó la Universidad de Costa Rica y en 1956 dentro de ella la Escuela de Medicina. La Universidad de Costa Rica por su proyección regional centroamericana es la más importante en investigaciones y programas académicos. La Escuela de Medicina ha sido modelo de formación de médicos desde su creación. Hoy Costa Rica tiene una medicina de primer mundo prácticamente en todos los campos médicos, disciplinas y especialidades.

La educación ha sido un gran motor del desarrollo nacional. En el siglo XX ha tenido grandes reformas. En 1956 la reforma que amplió y fortaleció la escuela primaria y secundaria.

A nivel universitario se diversificó los estudios. La escuela privada se desarrolló como complemento de la pública. A partir de la década de 1970 se amplió la educación superior pública que hoy tienen seis universidades, y a nivel privado hay 50 universidades y más de 60 instituciones parauniversitarias. La población estudiantil de escuelas y colegios alcanza el 1.200.000 niños y jóvenes, hoy gravemente afectados en sus estudios por el impacto de la Pandemia del Coronavirus, que ha sacado del proceso educativo a cerca de 120.000 estudiantes en el último año.

Las tierras que pertenecieron al Rey y a la Corona durante al período colonial, al momento de la Independencia pasaron a ser tierras estatales, conservando y respetando los títulos que en el régimen colonial se habían dado a particulares. Esto hizo posible importantes políticas de colonización por parte del Estado desde 1821 hasta 1948 cuando todavía se daban tierras para colonizar o había grupos sociales, políticamente organizados, que luchaban por tierras para colonizar. Esto permitió desarrollar un régimen de pequeña propiedad muy desarrollado asociado al cultivo del café principalmente, producto que se había introducido en el país a finales del siglo XVIII.

De ese período traíamos como cultivo principal el tabaco, y se tenía el cacao, además de otras actividades productivas o agro productivas, como la ganadería. Hacia la década de 1840, sobre experiencias del cultivo de caña en la colonia, se vuelve a activar sus cultivo en Valle Central.

Desde 1819 hasta 1844 se explotaron minas en los Montes de los Aguacates, en el Valle Central, que sirvieron de acumulación de riqueza que fue reinvertida en café y caña de azúcar en esos años.

En 1843 se empezó a realizar comercio de café con Europa. Fue exitoso y poco tiempo después se fortaleció dando origen a la construcción de la vía férrea al Atlántico, como se denominaba la región Caribe. Para ello se trajo a contratistas extranjeros que entre 1870 y 1884 terminaron la construcción del Ferrocarril al Atlántico. De ello derivaron beneficios para los contratistas que estimularon las plantaciones de banano en toda la región Atlántica caribeña y de explotaciones mineras en las regiones norte del país, en los distritos de Abangares y de Tilarán.

Junto a los constructores del ferrocarril se abrió el país a procesos migratorios fuertes tanto para trabajar directamente en esa obra, dado que la mano de obra del país no podía desplazarse a esos trabajos por estar, prácticamente empleada en su totalidad a los cultivos agrícolas de Café y Caña de azúcar en el Valle Central. Aquí hubo migraciones de negros traídos de Panamá, cesantes de los trabajos en la construcción del canal cuando paralizaron su obra, y de Jamaica.

Igualmente trajeron ciudadanos de Italia y chinos que eran literalmente comprados, bajo la fórmula de contratos de trabajo con los cuales podían adquirir su libertad laboral.

También migrantes de Europa, de todos los países, en la segunda mitad del siglo XIX, que se proyectaron en los campos de la cultura, la educación, las ciencias, las artes, la ingeniería y la arquitectura, y en la medicina.

El progreso social y material que se iba desarrollando con la Independencia cubrió las preocupaciones por las obras públicas básicas, las de impulsar caminos que comunicaran a los principales pueblos el Valle Central y del resto del país, especialmente hacia los puertos del Pacífico y en la búsqueda de la ruta hacia el Caribe. Se dio la preocupación por el saneamiento público, letrinas, aceras y desagües en la construcción de poblados, desarrollo de hospitales, el Leprosario o Lazareto y luego el Hospital San Juan de Dios en 1845. A finales del siglo XIX ya había varios hospitales en otras partes del país y se habían desarrollado los llamados médicos de pueblo.

Se impulsó el consumo de agua potable con una cañería pública en 1865. Desde entonces hasta hoy, en todo el territorio nacional se puede consumir o beber agua de cualquier tubo de agua de la administración pública de Acueductos y Alcantarillado.

En las actividades agrícolas se impulsaron grandes campañas de saneamiento, especialmente en la de grandes cultivos como el banano con el concurso en la década de 1920 de las Fundaciones Rockefeller y Kellogg.

En 1924 se creó la Secretaría de Salud que jugó un papel muy importante en este sentido, y en 1928 se creó la Secretaría de Trabajo.

Intentos de políticas de seguridad social se dieron en 1917 cuando en la Constitución Política de ese año se estableció la obligación del Estado por políticas de seguridad social, lo que se logró hasta 1940 cuando se fundó la Caja Costarricense de Seguridad Social. Siendo hoy, esta institución, junto con el Ministerio de salud, los dos pilares más importantes de atención de la salud de los costarricenses, y los grandes buques insignia en la lucha contra la Pandemia del Coronavirus que nos afecta a todos. En materia de salud basta señalar que en 1800 la expectativa de vida de los costarricenses era de 30 años, en 1900 era de 35 años, en 1943 era de 45 y hoy es de 82 años las mujeres y de 78 los hombres. Hoy también tenemos una zona azul, en la región de Nicoya, donde se alcanzan edades mayores de los 100 años.

En cuanto a otros eventos que afirmaron la independencia, y aseguraron el desarrollo del Estado y de la democracia costarricense podemos señalar lo siguiente:

En 1841, el Jefe de Estado Braulio Carrillo estableció lo que se llamó el Código General de Carrillo, que fue un compendio de legislación básica nacional que dejaba atrás la legislación española que todavía se usaba, por lo que se le llama el constructor del Estado costarricense.

En 1856 la amenaza de la intervención filibustera norteamericana en Centroamérica, en Nicaragua particularmente, y en Costa Rica, nos hicieron desarrollar el Ejército Nacional, pero después de esos sucesos por contradicciones políticas y económicas internas profundas, que provocaron el asesinato de Estado, de los héroes nacionales y jefes de la lucha antifilibustera, Juan Rafael Mora Porras y el General José María Cañas, hicieron que el Ejército poco a poco fuera debilitándose, al reducirle sus gastos para dárselos a la educación. En 1949 en la Asamblea Constituyente se tomó la decisión de eliminar el Ejército Nacional, lo que ya se había propuesto en el Congreso en 1946. Del impacto del asesinato de Estado contra el Presidente Mora y el general Cañas se abolió la pena de muerte en 1882.

La clave más importante del desarrollo de la democracia nacional fue que en el ejercicio de la Jefatura de Estado o de la Presidencia de la República, y en el ejercicio del cargo de diputados, han predominado educadores, abogados, médicos y civiles sobre militares. Los militares casi no han ejercido cargos públicos, de tipo político, de importancia. El debilitamiento de lo militar fortaleció la educación pública, en general, y se ha alcanzado un régimen de garantías individuales, de libertades públicas y de derechos ciudadanos amplio, hoy fortalecido con políticas audaces de Derechos Humanos.

Otro elemento que caracteriza la Costa Rica de estos 200 años es que, desde el inicio de la vida republicana, aún sin imprenta, en el período 1821-1830, se estimuló prensa escrita en periódicos murales, con fortalecimiento en la libertad de opinión, de pensamiento. Con la imprenta, en 1833 aparecieron los primeros periódicos que fueron de gran vida ciudadana, de organización alrededor de ellos de grupos preocupados por la política y por la formación ciudadana. En los gobiernos del Dr. José María Castro Madriz se fortaleció la libertad de prensa y de la prensa crítica opositora al gobierno. Desde entonces se ha tendido a fortalecer el ejercicio de la libre emisión y publicación del pensamiento, y de la libertad de prensa.

Los proyectos unionistas centroamericanos, tratando de mantener la unidad regional existente antes de la Independencia, solo se dieron en el período 1823-1838, luego en 1842 y con la proclamación de la República en 1848 empezamos a caminar por cuenta propia en el escenario internacional. Se iniciaron las relaciones diplomáticas con Europa, el Vaticano y Estados Unidos principalmente. Con el Vaticano se logró en 1852 la Diócesis de Costa Rica con lo cual se creó la Iglesia Católica costarricense con autoridad propia. Antes de esto se dependía de la Iglesia de León, de Nicaragua.

La apertura a procesos migratorios, de carácter laboral, principalmente, en el siglo XIX fue importante para estimular una sociedad tolerante y solidaria, que han permitido que hoy el país se defina como una país multiétnico y pluriracial.

La Guerra Nacional y Centroamericana contra los filibusteros norteamericanos, encabezados por William Walker, que llegando invitados a Nicaragua en 1855, amenazaron con anexar los territorios centroamericanos a los estados sureños de los Estados Unidos y de esclavizar estos pueblos a sus intereses. Walker estableció el esclavismo en Nicaragua en 1855. La Guerra Nacional dirigida por Juan Rafael Mora, su hermano Joaquín y el General José María Cañas, con colaboración de los ejércitos centroamericanos, después de la peste del cólera en 1856, que derrota a los filibusteros, afirma la Soberanía, la Independencia y la Libertad de Centroamérica, y de Costa Rica, en lo podría considerarse la primera gran derrota, de este tipo, que sufrió Estados Unidos, el único país que reconoció a William Walker como Presidente de Nicaragua.

Desde 1849 los procesos electorales han sido bastante estables, con períodos de gobierno de 6 o cuatro años, con ligeros momentos de interrupción, lo que ha hecho en el país, una práctica democrática de ejercicio político cada vez más consolidado. Así desde 1882 el proceso político solo se ha interrumpido ligeramente en noviembre de 1889, bajo la dictadura de Federico Tinoco, 1917-1919, y bajo el Gobierno de Facto de José Figueres, 1948-1949.

El desarrollo municipal desde el siglo XIX fortaleció la democracia política, distribuyendo poder y aliviando tensiones políticas.

A partir de 1980 con el impulso de los Planes de Ajuste Estructural, y a partir de 1990, con la política de Tratados de Libre Comercio, que se han firmado 17, Costa Rica ingresa a un nuevo modelo de desarrollo económico, que hace girar las exportaciones de pocos productos tradicionales, café, azúcar, ganadería y algunos otros a una canasta de exportación de más de 5000 productos.

En política exterior del país ha girado alrededor de los siguientes ejes, como políticas de Estado: derecho de asilo político, defensa de la democracia y del sistema democrático, la paz, la lucha contra el militarismo y la defensa de los derechos humanos en todas sus formas, lucha y condena contra regímenes militares y dictaduras, atención de refugiados, la defensa del derecho de asilo.

La inserción en las nuevas relaciones internacionales, abiertas. Especialmente las relaciones con la República Popular China desde el 2008 ha hecho gravitar la economía nacional con otros motores, y potenciarlos en esta década 2020-2030, que se vislumbra que China llegará a ser el principal motor económico del mundo. La Incorporación a la OCDE y la posibilidad del Tratado de la Cuenca del Pacífico serían también parte estos pilares del desarrollo próximo.

Estos han sido algunos de los principales caminos de estos 200 años en la construcción de la actual Costa Rica.

Atroz idea del Gobierno: privatizar y desnacionalizar la electricidad

(1 de 3) Por Osvaldo Durán-Castro, Sociólogo, profesor ITCR, ecologista FECON

Regresión de más de un siglo

¡Aberrante! Pocas veces esta palabra puede ser usada con tanta precisión, como en este caso para referirnos al “Proyecto de ley reforma al artículo 3 de la “Ley n° 7200 ley que autoriza la generación eléctrica autónoma o paralela”, expediente legislativo n° 22.601, que el Poder Ejecutivo presentó a la Asamblea Legislativa. Esta propuesta, encabezada por el Presidente de la República, remataría el modelo público de carácter social y solidario, y su institución rectora, el ICE, pues se orienta exactamente a favorecer la inversión privada de empresas generadoras tanto nacionales como externas. El proyecto además coloca al Gobierno de rodillas, como súbdito obediente, ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). En este texto explicamos por qué el proyecto es un retroceso histórico de más de un siglo, y algunas de sus múltiples debilidades. Una revisión de algunos proyectos de privatización impulsados en anteriores administraciones y la complacencia del gobierno actual con la OECD, los revisamos en el artículo “Gobierno se somete a generadores privados de electricidad y a la OECD”, de próxima publicación.

La esencia del proyecto está explícita en el escrito del Gobierno: “El presente proyecto de ley se presenta ante la Asamblea Legislativa con el fin de eliminar la barrera a la participación extranjera en el sector eléctrico, al no existir una justificación ligada a esta restricción para la actividad económica atendida bajo la modalidad de servicio público”, y agrega que “la eliminación de esta restricción busca fomentar el comercio y la participación de la inversión extranjera en el país, así como las ventajas y efectos económicos, sociales y de desarrollo que de ellas derivan” (negrillas ODC).

Ese proyecto constituye un retroceso histórico inaudito que borraría uno de los avances sobresalientes de la sociedad costarricense, como fue la nacionalización de la electricidad y la posterior creación del ICE. De aprobarse, convertiría el mercado eléctrico nacional en un campo de competencia privada ya no sólo entre nacionales, y de éstos con el ICE, si no para favorecer directamente las inversiones transnacionales con plena igualdad de derechos al ICE, y obligando a la entidad estatal a comprar la electricidad que generen. Es decir, se perdería cualquier condición asociada a la nacionalización de la electricidad y su carácter de servicio social, para convertirla en un servicio público regido por la competencia privada, aunque el ICE siga presente como intermediario obligado entre los generadores y los consumidores finales, ya sea dentro del país o en el mercado regional, al que también los privados siguen presionando por incursionar.

Este tipo de apertura ilimitada es otro mecanismo o vía de privatización, prestación y venta de servicios públicos en favor del capital privado y desnacionalización, que se ha usado en paralelo a las concesiones de obra pública y las alianzas público-privadas. Todas conllevan el riesgo asociado de ampliar el tablero de corrupción, como ha ocurrido en muchísimos países del mundo, incluida Costa Rica. Con este proyecto el Gobierno abona directamente a la liberalización de la economía nacional entregando el servicio de electricidad al capital privado, lo cual será una pérdida para toda la sociedad costarricense.

Es una aberración que en Costa Rica el Gobierno acelere en reversa en tiempos en que urge proteger los beneficios colectivos y las economías nacionales, tal y como pide el Secretario General de la ONU, Antonio Gutiérrez. Aunque no nos detendremos en esa historia, vale decir que todos los componentes de los “modelos económicos fallidos” que vivimos hoy en el mundo, incluyeron, e incluyen, medidas de privatización y desnacionalización como las contenidas en el expediente n° 22.601 del Poder Ejecutivo. Debería el Gobierno recordar, o más bien conocer, lo que en el 2003 dijo Joseph Stiglitz, que fue jefe de economistas del Banco Mundial: “A todos aquellos que viven en México, Indonesia, Brasil, la India y otros mercados emergentes se les debería dar una consigna diferente: no luchen por la mítica economía de libre mercado, que nunca existió”. Lo que incomoda es que Stiglitz nunca lo expresara cuando él mismo impulsaba las políticas que empobrecieron y siguen llevando al hambre a millones de personas en todo el planeta.

“Ley Alvarado” para privatizar y desnacionalizar

El expediente n° 22.601 de la Administración Alvarado es mucho más intrépido que cualquiera de los intentos precedentes de privatización de la electricidad en Costa Rica. Suma un componente de desnacionalización que en aquellas propuestas no había sido expuesto de manera tan explícita con el objetivo de reafirmar los beneficios para el segmento de la élite nacional e inversionistas externos, que hasta ahora se han beneficiado con la generación privada de electricidad. La propuesta desconoce más de un siglo de avances sociales y colectivos en cuanto al servicio de electricidad frente a los intereses privados. Nos devuelve al año 1900 cuando la empresa The Costa Rica Electric Light & Traction Co., empezó a concentrar el servicio eléctrico de Costa Rica; aunque esta misma empresa fue desplazada por la American & Foreign Power Co., que concentró prácticamente todo el mercado. Esta propuesta de “ley Alvarado” desconoce la historia de luchas sociales para la nacionalización de la electricidad en Costa Rica, de fortalecimiento del servicio de electricidad con la creación de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz en 1941, pero sobre todo aniquila el Decreto Ley No. 449 del 08 de abril de 1949 que creó al ICE, del que cualquier gobernante, medianamente sensato, debería sentirse orgulloso y ser defensor.

Se podría decir incluso que la iniciativa pone en riesgo a las cooperativas y empresas de servicio público de electricidad, que contribuyeron, al menos en parte, a fortalecer el mercado eléctrico con sentido nacionalista y ampliando la cobertura a más regiones del país. (El principio de “solidaridad” en el caso de las empresas con formato cooperativo, habría que analizarlo a partir de los precios al consumidor final y del uso y reparto de sus excedentes). Digo que esas empresas reforzaron “en parte” el servicio público, pues hace años la Contraloría General de la República en un informe sobre “la eficacia y eficiencia en la asignación de fuentes de energía para la generación eléctrica”, advirtió “que los costos estimados de la energía de los proyectos de empresas distribuidoras públicas y cooperativas de electrificación rural, son en su mayoría superiores a los promedios determinados por la Agencia Internacional de Energía Renovable (IRENA)” (CGR, 2016, p. 2). En esa misma línea, otro dato que debería revisarse con todo cuidado y seriedad es que, según explicó la Contraloría en el mismo documento sobre la eficiencia de proyectos: “no son competitivos Eólico Valle Central de la CNFL, S.A. y Los Santos de Coopesantos R.L, cuyos costos nivelados de la energía de 18,38 y 16,33 c$/kWh están muy por encima del rango utilizado de 7,09 y 12 c$/kWh. Ello, a pesar de que este tipo de generación es cada vez más competitiva y los mejores proyectos a nivel mundial alcanzan consistentemente los 5 c$/kWh sin financiamiento” (CGR, p.10).

Toda la argumentación del proyecto presentado por el Ejecutivo se subsume en un artículo que, aunque pareciera inofensivo, es la propuesta más regresiva que hayamos enfrentado desde 1990, cuando entró en vigencia la Ley 7.200 para favorecer a los generadores privados. Dice el “ARTICULO ÚNICO. – Refórmese el Artículo 3 de la Ley No. 7200, del 28 de setiembre de 1990, cuyo texto dirá: “Artículo 3.- Interés público. Se declara de interés público la compra de electricidad, por parte del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), a las cooperativas y a las empresas privadas, que establezcan centrales eléctricas de capacidad limitada para explotar el potencial hidráulico en pequeña escala y de fuentes de energía que no sean convencionales” (Negrillas ODC).

Las debilidades e imprecisiones de este proyecto en general (que revisaremos en un próximo texto), y particularmente del texto del nuevo artículo, hacen que no soporte el mínimo escrutinio técnico. Alguna de esas carencias las revisamos en seguida:

  1. Declarar de “interés público” la compra de electricidad generada por cualquier oferente privado, nacional o extranjero, colocaría al ICE en una condición peor que la que tiene hoy comprando y pagando electricidad de acuerdo con las obligaciones que le imponen las leyes 7.200 y 7.508 aunque no sea requerida por la sociedad costarricense. La determinación del interés público no debe reducirse a un antojo político y comercial. Debe responder a un proceso técnico para definir la necesidad para el país de cada proyecto en particular. Esto está asociado con la relación oferta-demanda, y es bien sabido que el país cuenta con una capacidad instalada y de generación que duplica y más la demanda nacional. Además, esa generalidad flexibiliza la rigurosidad para concluir sobre la viabilidad social y ecológica y la factibilidad económica, que debe establecerse científica y socialmente, también para cada uno de los proyectos.
  2. Esa idea general de “interés público” está copiada del proyecto “Ley General de Electricidad”, expediente No. 17.812, de los Gobiernos Arias Sánchez y Chinchilla Miranda, cuyo artículo 11 indicaba: “Se declaran de interés público y conveniencia nacional los proyectos de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica que desarrolle cualquier agente del mercado eléctrico nacional”. Para facilitar aún más la construcción de nuevas plantas generadoras, el proyecto proponía que “…los órganos e instancias del Estado y los gobiernos locales otorgarán trato prioritario sobre otros proyectos, a los trámites y gestiones necesarios para el desarrollo acelerado de estos proyectos. Los plazos serán reglamentados por el Poder Ejecutivo”. Ese proyecto de 2009 buscaba la igualdad de condiciones para la competencia entre el ICE y privados en el mercado eléctrico, y esta nueva iniciativa avanza sustancialmente promoviendo “eliminar la barrera a la participación extranjera en el sector eléctrico”.
  3. Declarar de “interés público la compra de electricidad” es otro mecanismo legal que obligará al ICE a adquirir la electricidad de cualquier competidor privado, aspecto que hace menos de un año se mostró espinoso cuando el ICE decidió no renovar algunos contratos de generadores privados por ser innecesarios para atender demanda nacional de electricidad. El pago a generadores privados llegó a 3.141 millones de dólares entre 1989 y 2021, según datos del ICE publicados por el Semanario Universidad. Aunque la amenaza de debilitamiento del ICE es el problema principal en este proceso, la misma institución ha tenido un papel destacado. De acuerdo con Mauricio Álvarez “El ICE viene actuando en esa dirección, pues ya convirtió a la transnacional española Unión Fenosa en la mayor productora de electricidad privada en nuestro país, con un total de 100 MW, al otorgarle un segundo proyecto (actualmente posee Torito, de 50 MW y La Joya, también de 50 MW)”.   Recordemos que los proyectos con la Ley 7.200 no pueden superar los 20.000 kW (20 MW) y los contratos bajo la Ley 7.508 tienen un tope de 50.000 kW (50 MW).  Entre ambas modalidades el tope de generación es el 30% de la capacidad del Sistema Eléctrico Nacional. Independientemente del uso que se le ha dado a esas leyes, establecen límites y cantidades claras.  Y este proyecto adolece del todo de esas precisiones elementales».
  4. Cualquiera que revise el proyecto y lea que el ICE deberá comprar la electricidad de “fuentes de energía que no sean convencionales”, lo primero que se pregunta es ¿Cuáles son esas fuentes? En el mercado eléctrico de Costa Rica podemos anotar como convencionales la hidroelectricidad, térmica, geotérmica, hasta la eólica y la generada con biomasa, si consideramos que ya tienen bastantes años de ser parte de la oferta nacional. ¿A qué se refieren con “no sean convencionales”?
  5. La misma finalidad del proyecto “eliminar la barrera a la participación extranjera en el sector eléctrico” es otra imprecisión inaceptable, pues no define condiciones para ejecutarla. Dada esa generalidad, el término “eliminar” permitiría eventualmente una apertura indiscriminada que sería imposible subsanar, corregir o definir por medio de un reglamento. De hecho, es común que muchos ajustes legales para favorecer la generación privada, hasta ahora, se hayan hecho por medio de decretos y directrices ministeriales, pero en este caso, es imposible determinar cómo se dará esa eliminación de barreras a la inversión privada, y sobre todo cuáles serán sus impactos en el mercado eléctrico y para la sociedad costarricense que finalmente deberá consumir esa electricidad a precios de mercado privado. Por eso el texto implica un conjunto de amenazas que ameritan su rechazo absoluto.

Forzar la Constitución para desnacionalizar

La otra línea de justificación, a la cual se le dedica la mayor parte del proyecto, es un conjunto rebuscado de argumentos para forzar la conclusión de que actualmente la inversión privada está poco menos que imposibilitada en Costa Rica. Estirando las ligas al extremo, el proyecto funde el argumento de la OECD -eliminar barreras de inversión privada- con una interpretación de la Constitución Política y de jurisprudencia constitucional de manera más que rebuscada. Dice el Gobierno que “eliminar la barrera a la participación extranjera en el sector eléctrico”, “Es una recomendación (de la OECD) que se relaciona con el principio constitucional de igualdad, en términos generales y de igualdad entre los nacionales y extranjeros, en términos específicos, y conlleva que no se discrimine entre unos y otros, salvo las excepciones y limitaciones que la Constitución y el ordenamiento establezcan. También se relaciona con la libertad constitucional de empresa o de ejercicio de la actividad comercial”.

Esa interpretación no sólo se usa para promover la privatización del servicio público de la generación, compra, distribución y consumo de electricidad, si no que busca desnacionalizarlo. Por eso hablamos de una regresión hasta antes del 8 de abril de 1949 e incluso hasta 1900 a tiempos del mercado eléctrico controlado desde el sector privado nacional y transnacional.

Este proyecto es un gesto de genuflexión ante el empresariado privado, y en el ámbito global, una reverencia neocolonial ante la OECD. Nadie antes, ni con los proyectos de ley de los partidos más antiguos y tradicionales como Liberación Nacional y la Unidad Socialcristiana, se llegó al extremo de buscar “el principio constitucional de igualdad…entre los nacionales y extranjeros” para que no se “discrimine entre unos y otros”. Siendo la nacionalización de la electricidad y la creación del ICE insignias notables del Estado social de Costa Rica, es imposible aceptar lo que proponen estos gobernantes, como la idea de no discriminar y de procurar “igualdad entre los nacionales y extranjeros” en el control de una actividad económica verdaderamente crucial para la sociedad costarricense, como es la electricidad. Si se piensa en los costos de la cobertura en regiones de difícil acceso, de nuevo cobra más que pertinencia la necesidad de fortalecer al ICE como entidad de servicio social, y preguntarse si los privados, como nunca ha sido hasta ahora, prestarían el servicio en cualquier región del país.

Cierto es que para algunas empresas privadas del sector eléctrico la apertura indiscriminada podría ser una buena oportunidad para aliarse con foráneos, como ya ocurre con los proyectos (BOT sigla en inglés) Construcción, Operación y Transferencia de la ley 7.508, pero en un escenario de competencia abierta hasta las demás empresas, como las cooperativas, podrían ser disminuidas, parcialmente absorbidas y hasta eliminadas del mercado. No es que los empresarios nacionales de la electricidad privada ameriten defensa, pues ya hemos documentado cómo han hecho fortunas vendiendo electricidad cara e innecesaria. Se trata de que la soberanía, como condición fundamental de un país y de una nación, debe considerar como principio la defensa de “lo nacional” ante la invasión de capitales foráneos, sobre todo en la prestación de cualquier servicio social prioritario, como es la electricidad.

El proyecto no establece ningún límite de inversión para el capital externo. No señala plazos ni condiciones de inversión y venta de la electricidad. No justifica, ni remotamente, que esta apertura se fundamente en una necesidad nacional de electricidad y además, como hemos demostrado, en Costa Rica no falta ni un peso de inversión privada para atender la demanda de electricidad.

Como ciudadanía, este proyecto nos debería regresar a los primeros años del siglo pasado, pero para emular los movimientos sociales que iniciaron la nacionalización la electricidad en Costa Rica con la dirección de la Liga Cívica Nacional, lo cual se logró en 1948 tras décadas de lucha social.

Carlos Alvarado Quesada, Presidente, Rolando Castro Córdoba, Ministro a.i. de Ambiente y Energía y Elian Villegas Valverde Ministro de Hacienda, deben pasar a la historia como destacados peones de la destrucción del Estado social costarricense, y del ICE en particular. Deberían ser recordados por promover la apertura del mercado eléctrico para su privatización y transnacionalización, devolviéndonos a los peores tiempos de vasallaje en las relaciones entre países.

Erradicar la corrupción, para un desarrollo país ético

Mainier Barboza Soto, miembro Movimiento Patriótico por Costa Rica

mainierbarbo@gmail.com

Más allá del combate a la corrupción, que pasa por la recuperación de valores y principios morales, es necesario crear estructuras, organismos, normativas, leyes, que tengan su asidero en la Sociedad Civil, de manera que desde ésta como eje emerjan tales organismos, estructuras, normativas, leyes…

Así, amparados en el artículo 9 de nuestra CONSTITUCIÓN POLÍTICA, (así con mayúsculas), está el sustento legal y democrático, para impulsar lo que se expone a continuación:

Creación del Foro de la Sociedad, que incluye a todos los sectores de la sociedad y factores claves de la producción nacional – (Trabajadores, empresarios, en especial medianas y pequeñas, cooperativas, organizaciones de mujeres, de jóvenes, cooperativas, asociaciones de desarrollo comunal, de deportes, del agro, grupos organizados de Iglesias, católica, protestantes, luteranas, evangélicas, otras), el gobierno por medio de la Contraloría, tendrá representación conjunta con las universidades públicas, las que serán las encargadas del trabajo de análisis técnico y profesional de los proyectos, que aprobaran consensual me en una Asamblea General que se reunirá 4 veces al año; para el trabajo cotidiano se formará una dirección conjunta con un(a) representante por sector, con reuniones bimensuales…

Tareas que tendrá: participación en el análisis del presupuesto nacional, y de autónomas con el Ministerio respectivo, así como los empréstitos nacionales y de las autónomas.

Analizará la pertinencia de los préstamos con organismos internacionales, (BID, FMI, BM.).

En materia fiscal creará la auditoría fiscal de la producción, Privada y Pública, que ejecutará las acciones propias de su función tales como control de la producción y su seguimiento hasta el destino final en los mercados nacional o extranjero, ejercerá controles y tendrá poder de intervención en la planta industria, comercio, exportación e importación, para evitar la evasión, elusión y fraude fiscales (verdaderos focos de corrupción). Sus acciones y señalamientos estudios y veredictos tendrán carácter vinculante.

En la actualidad el monto de la evasión, elusión, sin contar el fraude comercial, el blanqueo de capitales vía paraísos fiscales, (Cepal 2016), supera el 8 % del PIB, (cerca de $5 mil millones de dólares, casi tres veces el cacareado préstamo FMI de $175O millones).

Es urgente tomar estas medidas y crear proyectos de ley, vía rápida para recuperar la economía y dar estabilidad a la mayoría de la población que, además de pagar más impuestos (indirectos) recibe menos ingresos cada día que pasa.

La pandemia solo aceleraría algo que el modelo económico monetarista del neoliberalismo no podía contener, una crisis económica, social y de valores, que ha sumido en la pobreza extrema, en un vacío ético y un Estado maltrecho a nuestra Patria.

En tanto, la acumulación en menos manos es cada vez mayor, + al 2019 190 personas y/o familias tenían fortunas en capital y bienes superiores a los $14 mil millones de dólares, un 22% del PIB, de ese año, en tanto, la pobreza superaba el 22%, con un 6% de extrema, sin contar el subempleo, ni la informalidad).

Se ha planteado la eliminación de las Juntas Directivas y Superintendencias de las entidades autónomas, (controladas por sectores privados adscritos a los Partidos Políticos Tradicionales, lo que podría decirse por analogía,» durmiendo con el enemigo».

Las Municipalidades finalmente deben recuperar su rol ejecutivo y de gobierno local, por ejemplo, en el caso de las carreteras nacionales, bajo cargo del MOPT, cada municipio debería trabajar el mantenimiento, renovación y cuido de la red vial y cobrar al MOPT, su respectivo gasto o inversión, el Ministerio tendría solo la supervisión de las obras, en conjunto con la Municipalidad respectiva. ¿Qué se logra?, incorporar población local emprendimientos, pequeños y medianos, y una mejor distribución de la inversión entre más personas, la inversión Pública debe ser para el desarrollo del país, no para acumulación y amañada capitalización de unos pocos…

Seguiremos con las propuestas políticas y de reactivación desde el mar y las municipalidades y las alianzas cooperativas…

Imagen: AuditoriaCiudadanaTV

Acuerdos de la Junta Directiva de la CCSS sobre reforma a IVM son nulos

Mala gestión y desvío de fondos es lo que lleva a la quiebra a IVM

Asesor de Román Macaya recomendó cambiar el modelo financiero de IVM

M.Sc. Rodrigo Arias López

Una mala gestión y el desvío de cuotas superior a un 7.5% sobre los salarios -equivalente a más de ₡750 mil millones anuales- es lo que está llevando a la quiebra al Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM). El IVM solo cuenta con una reserva de ₡2.5 billones cuando lo que debería tener según la normativa es ₡54 billones. ₡34 billones del faltante de reservas corresponden al 7.5% sobre los salarios que durante décadas han desviado para cubrir otros programas de seguridad social que administra la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), que son total o parcialmente con cargo al presupuesto nacional (Leyes N° 5349, N° 5905, N° 7735, N° 7739, N° 7935 y N° 7983). Otros ₡16 billones del faltante de reserva se explican por turbios manejos de la Ley N° 7374, entre otros hechos, por lo que el escamoteo total de fondos de IVM llega a ₡50 billones, que es casi igual a la reserva requerida por este régimen de pensiones.

Lo anterior se realiza a vista y paciencia de la Auditoría Interna de la CCSS, ya que a pesar de los múltiples informes que ha realizado dicho órgano auditor (ASF-065-2011, ASF-084-2014, ASAAI-210-2013, ASF-009-2014, ASF-019-2012, ASF-151-2013, ASAAI-187-2012, ASF-321-2012, ASF-112-2017, ASF-186-2016, ASF-15-2017, ASF-195-2017, ASF-137-2019, ASF-171-2020), todo termina en nada o como “cumplido”; pero cuesta a los asegurados ₡5 mil millones anualmente en el pago de salarios y demás gastos que demanda dicho órgano de vigilancia de fondos públicos.

Esto pone en serias dudas la integridad de la administración de IVM y del deber de probidad al que están obligados los funcionarios públicos. Recordemos que el artículo 73 de la Constitución ordena que los fondos y reservas de los seguros sociales (seguros de salud y pensiones de los trabajadores asalariados), no pueden ser desviados para otros fines distintos a los de su creación. Los artículos 32 y 34 de la Ley N° 17 establecen que el IVM debe gestionarse como un fondo de capitalización colectiva. Sin embargo, el actuario Ronald Cartín Carranza y actual asesor de la Presidencia Ejecutiva, quien presuntamente es nombrado a dedo a diario como Director a.i. de la Dirección Actuarial, propuso en el año 1980 cambiar o “formalizar” el modelo de capitalización completa por uno de primas escalonadas. El plan fue ejecutado con un primer escalón de 63 años de duración; en 2010 cambia la tarifa cada 5 años y a partir de 2020 cada tres años. En el estudio actuarial del año 1980 realizado por Cartín se lee lo siguiente:

Objetivo general del presente estudio

El presente estudio pretende dar un ordenamiento financiero adecuado y una definición matemático-actuarial apropiada y conveniente, al actual régimen financiero del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social.

  1. La implantación en la CAJA de un nuevo sistema de financiamiento, que sea conveniente a la evolución económica y social del país y que permita adaptar en forma flexible las prestaciones a los fenómenos tanto demográficos como económicos y sociales, permitiendo el otorgamiento de prestaciones suficientes para cumplir con la finalidad social que le fue asignada al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte.

Presuntamente al actuario se le olvidó que la evaluación actuarial y sus recomendaciones tenían que basarse en la normativa constitucional y legal (entre ella el artículo 73 Constitucional y los artículos 32, 34 y 43 de la Ley 17), de conformidad con lo ordenado a los miembros del Colegio de Ciencias Económicas en la Ley N° 7105 que dice: “Observar una conducta intachable, conforme con el reglamento de ética profesional, el reglamento y la ley.”  Los artículos 5 y 19 de tal Código de Ética indicado dicen lo siguiente:

Artículo 5. En el desempeño profesional y de las funciones que ejerza el colegiado debe actuar según los dictados de su conciencia y su leal saber y entender, sin hacer concesiones que menoscaben los intereses generales, o el buen nombre de los profesionales en Ciencias Económicas. Por eso su ejercicio profesional deberá ser siempre probo, leal, veraz, ético y de buena fe.

Artículo 19. El colegiado tiene el deber ineludible de cumplir con las normas legales vigentes. Igualmente deberá ajustar sus actividades profesionales a las disposiciones y acuerdos que con carácter general y obligatorio dicten los organismos facultados para ello, siempre que se encuentren apegados a derecho.

En la página 54 de su informe, el Sr. Cartín llegó a la siguiente conclusión: “De conformidad a lo expuesto en las dos secciones anteriores, ante las inconveniencias de aplicar el sistema de prima media constante (como lo son los serios problemas de inversión ocasionados por la acumulación de enormes capitales y la dificultad de adaptar las prestaciones conforme al aumento en el costo de la vida), se concluye que el sistema financiero más adecuado para el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte es el de la prima escalonada. Este representa una solución intermedia que, mientras garantiza la estabilidad de las tasas de cotización por un período relativamente amplio, evita la excesiva acumulación de reservas.”

En sus conclusiones el actuario no solo desacreditó al modelo de capitalización de reservas completas, para el cual también aclaró que en 1980 ya ocupaba una prima superior a la vigente -no vio el 7,5% que le estaban desviando, pues tampoco miró los artículos 32 y 43 de la Ley 17-, sino que también denigró al modelo de reparto; pues señaló que el costo sobre lo salarios crecería a un ritmo bastante alto; pero que para el año 2025 se estabilizaría. ¡Oh, qué alentador, en cuatro años el costo de IVM sobre los salarios dejará de crecer! Fue así como recomendó lo siguiente, para que todo fuera “oficialmente”, pues la Junta Directiva de la CCSS ya venía violentando la Ley 17, desviando fondos:

Adoptar oficialmente el «sistema de prima escalonada», como el método financiero que regirá el funcionamiento del Régimen de Pensiones. Para tal efecto es recomendable incluir en el Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte la correspondiente reforma que defina claramente, sin dejar lugar a dudas, la organización financiera del Régimen.

Ya con esa recomendación la jerarquía de la CCSS se sintió con luz verde del actuario para seguir desviando fondos, pero necesitaba maquillar la normativa reglamentaria; por eso hoy leemos en el artículo 30 del Reglamento de IVM lo siguiente:

En consistencia con la naturaleza y reformas introducidas al Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, el sistema de financiamiento que rige es el de Primas Escalonadas, al que a su vez corresponde el método de valuación denominado Proyecciones Demográficas y Financieras. Es en ese marco en donde deben efectuarse las valuaciones actuariales para este Seguro, en las cuales se debe garantizar que los cálculos reflejen fielmente los métodos y las hipótesis adoptadas.

Si alguien sigue con dudas sobre como los maquillistas se las ingenian para desviar tanta cantidad de billones de dinero, basta con que lea el artículo 43 de la Ley 17 que dice lo siguiente: “Artículo 43.- La Caja regulará la distribución de sus fondos con arreglo a los cálculos actuariales que le sirvieron de base, o con los que se adopten en virtud de los resultados que arrojen las revisiones ordenadas en el artículo anterior”, lo cual como dicen, “es un saludo a la bandera”, pues en el informe de auditoría ASF-205-2018 de fecha 4/12/2018, dice lo siguiente:

Mediante entrevista escrita, el Lic. Guillermo López Vargas, Director Actuarial y Económico, respecto a las razones por las cuales las valuaciones actuariales del Seguro de Salud, anteriormente no se remitían a Junta Directiva, manifestó: ‘Por ser un corte más financiero que actuarial, se remitían a la Gerencia Financiera para su valoración y quedaba a su criterio llevarla a Junta de Directiva. Las del Seguro de Pensiones esas si históricamente se han comunicado o la Junta Directiva. La Valuación Actuarial del 2015 del Seguro de Salud fue la primera que se conoció en Junta Directiva».

En cuanto a la Valuación Actuarial del Seguro de Salud 2015, esta se presentó formalmente luego de atender requerimientos anteriores, en el artículo 8 de la sesión 8978 celebrada el 19 de julio 2018. No obstante, llama la atención que dicho acuerdo de Junta Directiva no señala haberse aprobado la Valuación Actuarial.

Lo anterior significa que la Junta Directiva de la CCSS no dirige ni fiscaliza las operaciones de la Caja como lo ordena el artículo 14 de la misma Ley, sino que es a ella a quien la dirigen y gobiernan, pues todo el mundo se preguntará ¿cómo puede cumplirse el artículo 32 de la Ley 17, que ordena que los fondos del seguro social se dividan en dos partes, una para el fondo de reparto del seguro de salud y otra para el fondo de capitalización del seguro de pensiones, si esa Junta Directiva nunca había visto un estudio actuarial del seguro de salud y no ve ningún estudio actuarial conjunto de salud y pensiones?. La respuesta es que esa es la clave de los maquillistas para el desvío de fondos de IVM.

Si todavía alguien sigue dudoso, que vea la valuación actuarial que la Junta Directiva de la CCSS utilizó para tomar la reciente decisión de elevar las edades de retiro y bajar beneficios en IVM. Notará que el actuario asesor de Román Macaya y “Director a.i,” de la Dirección Actuarial según firma -presuntamente nombrado a dedo y quien recomendó en 1980 el modelo de primas escalonadas para IVM-, junto con el jefe del Área Actuarial presuntamente incurren en violación del código de ética y del deber de probidad definido en el artículo 3 de la Ley Contra el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública N° 8422, pues en la página 4 dicen que el estudio actuarial se realiza según “la normativa del régimen”, citan en la página 18 el artículo 32 de la Ley 17 y conocen que el costo del fondo de reparto (seguro de salud) regulado por la Ley 17 es de solo un 7.11% sobre los salarios en lugar del 15% que le trasladan -desviándole 7.89% (15% – 7.11%) sobre los salarios al IVM -; sin embargo, omiten mostrarlo en el estudio actuarial de IVM, con lo cual se convierten en cómplices de los maquillajes para  continuar con el desvío de fondos. En el resumen ejecutivo del informe actuarial se lee lo siguiente:

La valuación fue elaborada bajo la dirección y los lineamientos generales del actuario M.A.S. Ronald A. Cartín Carranza, Director Actuarial ai, de la DAE. El actuario responsable de la ejecución de las proyecciones, balances actuariales y otros cálculos aquí presentados. fue el actuario M.Sc. Cristian Torres Jiménez_ Jefe del Área Actuarial de la DAE.

El indicador de «Costo Anual» (Egresos año/Salarios año) presenta una tendencia evidentemente creciente, y con tendencia a superar el 13% para el año 2030 (y posteriormente alcanzar niveles cercanos al 33% para el año 2085).

El análisis del Balance Actuarial al 31/12/2018 con Grupo Abierto señaló un déficit actuarial de aproximadamente 100 billones de colones, obteniéndose una Razón de Solvencia del 48.3 % (o sea, al 31 de diciembre de 2018, hay un déficit que no permitiría al Fondo financiar al 51.7% de las promesas en el periodo de 100 años bajo estudio).

¿Recuerdan que nos habían dicho que para el año 2025 ese costo anual se estabilizaría; pero ahora nos dicen que casi se triplicará después de 2030 a 2085? En 1980 nos recomendaron no crear reservas; pero hoy usan como excusa esos faltantes -incluso bastante inflados- para mostrarnos una situación bien precaria del IVM y tener pretextos para elevar edades y bajar beneficios. ¿Recuerdan que nos dijeron que el cambio de un modelo de reservas completas a un modelo de primas escalonadas era para “dar un ordenamiento financiero adecuado” a IVM y que cumpliera sus fines? ¿Qué dicen en su informe los actuarios sobre el desvío de fondos de IVM? Nada.

Todo lo anterior sucede como una afrenta a la Mesa de Diálogo convocada en 2017, pues la Junta Directiva de la CCSS, en el artículo 180 de la sesión N° 8976, celebrada el 12 de julio del año 2018, acordó en el acuerdo tercero, acoger todas las recomendaciones realizadas por dicha mesa de diálogo, entre ellas las siguientes, que se encuentran sin cumplir por el Sr. Román Macaya y la administración activa de la CCSS (Ver informe auditor AI-2211-19):

Se realicen las gestiones que correspondan para que se nombre como Director de la Dirección Actuarial a un actuario, en virtud de que las funciones sustantivas corresponden a esa disciplina.

“Realizar un estudio de sostenibilidad del Seguro de Salud, que incluya la razonabilidad y pertenencia de las contribuciones, el cual sea elaborado por un organismo independiente con experiencia en sistemas públicos de Seguridad Social.”

Lo anterior no es sorprendente, pues la Directiva de la CCSS derogó en el año 2010 el Reglamento de la Dirección Actuarial, que en su artículo 3 ordenaba que la Dirección Actuarial fuera dirigida por un director experto en el campo actuarial. En su lugar aprobó un manual organizacional, que no indica los requisitos del puesto de Director Actuarial y que menciona que su fundamento es el reglamento que no existe pues fue derogado. En el manual organizacional se lee lo siguiente como factor clave de éxito:

Se debe actualizar el reglamento de la Dirección Actuarial y de Planificación Económica, aprobado por la Junta Directiva, en el artículo 11°, de la sesión N° 6489, celebrada el 24 de enero de 1991, con el propósito de que responda a la estructura funcional y organizacional establecida en el presente Manual de Organización.

También en el manual organizacional se cita lo establecido en el artículo 192 de la Constitución Política sobre la idoneidad comprobada para realizar nombramientos en cargos públicos, lo cual también está regulado en el artículo 21 de la Ley 17; sin embargo, el puesto de director actuarial ha sido llenado interinamente a dedo durante más de 12 años.

Como para ofender más a la Mesa de Diálogo de 2017, la jerarquía de la CCSS no solo ha incumplido la ejecución de esas dos recomendaciones, sino que su Junta Directiva nombró como Gerente Financiero a la misma persona que ya había ocupado el cargo durante seis años, presuntamente eliminando el requisito académico obligatorio de maestría afín al puesto y sin considerar que la misma persona estaba denunciada ante la Fiscalía General de la República por presuntos daños ocasionados a la CCSS que aceleraron la crisis del seguro de salud en el año 2011.¿Recuerdan que los estudios actuariales del seguro de salud se los enviaban a la Gerencia Financiera? Ella decidía si los tramitaba o no a la Junta Directiva; o sea, lo que existe es una Junta Directiva de adorno o de papel en la Ley 17. ¿Alguna duda? Los estudios actuariales del seguro de salud con corte al 31/12/2017 siguen maquillados, les falta el balance por modalidad de seguro y no dicen nada al respecto en sus conclusiones y recomendaciones. Igual característica tiene el estudio actuarial de IVM con corte al 31/12/2018 por la misma razón. ¿Quiénes y donde los maquillan? ¿En la Dirección Actuarial? ¿La Gerencia financiera sigue participando? ¿Y la Dirección Jurídica? ¿Y qué hace Don Román Macaya? ¿Los miembros de la Junta Directiva de la CCSS serán al fin y al cabo los responsables? ¿Y la Auditoría Interna? ¿La Contraloría General de la República? ¿El Ministerio Público qué hace? ¿O será que existe una camarilla para desviar fondos de IVM?

Y como para ponerle la cereza al pastel el asunto podría estar enturbiado por conflictos de interés entre el Director Actuarial y algunos subalternos, quienes presuntamente habrían recibido el pago de hasta 10 anualidades adicionales a las usuales, sin cumplir con los requisitos aprobados por la Junta Directiva de la CCSS en el artículo 5 de la sesión 8345 del 7/5/2009, pues desde el año 2013 no están laborando en el Área Actuarial, todo lo cual conoce el Sr. Román Macaya Hayes y hasta la Contraloría General de la República. Todo esto en relación con el teje y maneje del desvío de fondos públicos.

Todos estos hechos llevarían al IVM a una situación prácticamente de insolvencia a partir del año 2009, cuando los aportes ya no fueron suficientes para pagar los gastos, obligando -sin necesidad pues lo que hay es un desvío de fondos- a un aumento de los aportes de 1.66% sobre los salarios (0.66% el Estado y 1% el trabajador), lo cual ayudó poco porque ya era demasiado tarde y además el Covid vino a derramar el vaso lleno de pésima gestión.

Por todo lo anterior es que considero que el reciente acuerdo de la Junta Directiva de la CCSS de reforma a IVM es completamente nulo; se realizó al margen de la normativa constitucional y legal citada anteriormente, sin un estudio actuarial que considere el impacto de la pandemia, sin crearle a IVM nuevas fuentes de financiamiento y sin reintegrarle los desvíos de fondos que le han venido haciendo. Con ello también incurren en la falacia de informar a la ciudadanía que con esa reforma le están dando sostenibilidad a IVM hasta el año 2050. Una mentira más.

Sin duda una de las acciones necesarias para restaurar la viabilidad financiera de IVM, es que le reintegren gradualmente el desvío de 7.5% sobre los salarios que le hacen, a razón de un 1% sobre los salarios por año, comenzando en 2022. A partir del año 2029 la devolución debe ser completa; es decir, un 7.5% sobre los salarios. Y por supuesto, hay que evitar que la CCSS siga siendo manejada por maquillistas.

He sido sumamente reiterativo brindando este tipo de opiniones técnicas desde hace casi dos décadas, tanto siendo funcionario de la CCSS como ejerciendo mi derecho como ciudadano. Este análisis fue presentado a la Junta Directiva de la Caja por FECTSALUD sin que hubiera sido tomado en cuenta, confirmándose que el principal objetivo de los maquilladores es continuar desviando fondos de IVM.

Privatización de electricidad y Estado Social de Derecho

Luis Fernando Astorga Gatjens

Han pasado 135 años. Eran las seis y cuarto del 9 de agosto de 1884, cuando muchos habitantes de San José y de poblados aledaños, se concentraron en algunas calles de la metrópoli costarricense, para ser testigos de un acontecimiento histórico: La inauguración del alumbrado público.

La luz llegó e iluminó a algunas calzadas para regocijo de quienes presenciaron el acontecimiento y, en general, para los habitantes del país. Y por supuesto, se trató de un acontecimiento histórico ya que San José fue la tercera ciudad del planeta en contar con ese primigenio servicio, codeándose con Nueva York y París, y convirtiéndose en la primera ciudad latinoamericana en contar con ese tipo de alumbrado.

Pero las cosas no se quedaron ahí: Unas décadas después, el país siguió marcando la historia al crear en 1941 la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL) y ocho años después, con la nacionalización del servicio de electricidad y, luego, con la fundación del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) mediante la Ley N° 449. En el artículo uno de la ley de creación del ICE se indica que “la responsabilidad fundamental del Instituto, ante los costarricenses será encauzar el aprovechamiento de la energía hidroeléctrica con el fin de fortalecer la economía nacional y promover el mayor bienestar del pueblo de Costa Rica.”

Esta impronta progresista, que buscó que el país contara con energía eléctrica propia para impulsar el desarrollo económico y social, se enmarcó dentro del vigoroso impulso de un Estado Social de Derecho (ESD), que tuvo en la década de los cuarenta del siglo pasado, un periodo estelar.

Desde su fundación, hemos sido testigos de que el ICE, ha buscado avanzar en un derrotero de matriz diversa y sostenible que tiene como fuentes de la producción de energía eléctrica, la hídrica, la geotérmica, la eólica, la solar y la biomásica, a la par de una parte pequeña de generación térmica. Se trata de una matriz muy exitosa que ha permitido una cobertura eléctrica de 99,4% de los hogares costarricenses. Es, asimismo, un modelo único en el mundo; el cual en los último años, ha tenido un significativo reconocimiento internacional.

Sin embargo, lo que ha sido exitoso para Costa Rica y la mayoría de sus habitantes, ha sido visto con mucha avaricia e incomodidad por quienes en el país y fuera de él, ven a los servicios prestado por el Estado como un obstáculo y desafío para sus intereses privados y sus negocios.

A estos grupos, representantes del gran capital transnacional o de aquí, les ha incomodado el ICE y por eso, desde siempre, han buscado desprestigiarlo de mil maneras, para apoderarse de la producción eléctrica y convertirla en otro de sus rentables negocios. Así las cosas, en el año 1990 la Asamblea Legislativa aprobó la Ley 7200 mediante la cual se autoriza la generación eléctrica autónoma o paralela. Este va a constituirse en el primer ñangazo al pastel de la venta de electricidad, por parte del sector privado.

Estos avariciosos grupos privados –fuertemente ligados a las cúpulas políticas que han controlado al Estado costarricense–, han impulsado leyes como éstas (la 7200) en su sueño de privatizar el campo de la producción y venta de la electricidad. Lo han logrado hasta el presente, en forma limitada, gracias a la lucha y la resistencia social pero nunca han cejado en sus afanes privatizadores.

El “combo” del ICE, impulsado por el Gobierno de Miguel Ángel Rodríguez, formó parte del plan privatizador, pero fue derrotado por un pueblo con ADN progresista, en las calles y otros escenarios de la lucha social y política, en el año 2000. No obstante la derrota infligida, esos grupos plutocráticos han seguido sus antidemocráticos empeños y a través de diputados de distintos períodos legislativos, han buscado ampliar su dominio privado en la electricidad, al mismo tiempo reducir el tamaño y alcance del ICE.

En el presente, con un gobierno de corte neoliberal como el de Carlos Alvarado y una Asamblea Legislativa con muchos diputados y diputadas, que convirtieron esa doctrina en catecismo, el esfuerzo privatizador da un gran salto a través del impulso de una reforma a la citada Ley 7200, en su artículo 3, que aparece en el expediente legislativo N° 22.601.

Esta mala iniciativa forma parte del proyecto neoliberal de destruir lo que queda, en instituciones y servicios públicos que emergieron con el desarrollo del Estado de Bienestar, que el pueblo y algunos líderes impulsaron desde la década de los cuarenta del siglo anterior y que los agoreros con su consigna: “Más mercado y menos Estado”, quieren borrar de la faz de la sociedad costarricense.

Forman parte sustancial de ese genuino Estado Social de Derecho, la salud pública universal prestada a través de la Caja, la educación pública impulsora de movilidad social, algunos avances en materia laboral, los planes de vivienda, algunos programas de seguridad social que han beneficiado a grupos sociales específicos (entre otros), así como los servicios de electricidad que ofrece el ICE, a partir de principios de solidaridad y subsidiariedad.

Se trata de derechos sociales y económicos que están presentes en la Constitución Política, y en normas nacionales e internacionales (tratados de derechos humanos ratificados por el país), que hoy, con esta voraz arremetida, la administración Alvarado Quesada y algunos diputados, pretenden socavar. Desde la década de los ochenta del siglo anterior, el Estado Social de Derecho ha venido siendo atacado en distintos flancos, con el fin de beneficiar a grupos económicos poderosos del país y a transnacionales, a quienes no les importa en absoluto el bienestar del pueblo sino sus negocios y las ganancias que puedan obtener a partir de ellos.

Este gobierno y muchos de los diputados que apoyan estas nefastas propuestas, no se han percatado de lo que ha venido sucediendo con el neoliberalismo en América Latina, que al fracasar –estrepitosamente– como doctrina económica y social, está retrocediendo paso a paso en distintos países de la región.

Un ejemplo concreto del fracaso de la propuesta de reformas energéticas fracasadas, que se han dado a la luz de esta doctrina, destructora de la justicia social, se ha dado en México. En el Gobierno anterior, presidido por Enrique Peña Nieto fue aprobada una reforma completamente entreguista para el sector privado (mexicano y transnacional), que alcanzó una votación mayoritaria, con sobornos a legisladores de la empresa brasileña Odebrecht. El entreguismo y la corrupción le ganó, en esa ocasión, la partida a la soberanía energética de la nación azteca.

Sin embargo, esta negativa reforma centrada en un recurso fundamental para su propio desarrollo económico y social, como es la electricidad, el actual gobierno que preside, Andrés Manuel López Obrador la ha empezado a desmontar con el amplio apoyo del pueblo mexicano que lo que vio con la citada reforma, es corrupción transnacional y en algunos miembros de sus élites, y, por supuesto, aumento del costo de la electricidad.

Ya algunos de los impulsores de esta reforma energética que jamás traería beneficios para las mayorías de Costa Rica, se amparan en que siendo ahora miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), tal es camino que debemos seguir como país. Falso, completamente falso. México que es un connotado miembro de OCDE está siguiendo el camino contrario, marcado por la dignidad y la independencia.

De la misma manera, que al pueblo costarricense le costó mucho construir su Estado Social de Derecho también le costó avanzar en su proceso de soberanía energética; entendiendo a ésta como la capacidad que tiene un país de gestionar la producción de la energía que consume.

En este presente pandémico, ambos procesos –arraigados en las mejores tradiciones progresistas del pueblo costarricense–, están seriamente amenazados. La responsabilidad histórica de quienes queremos a este hermoso país nos dicta que debemos luchar por frenar la arremetida.

Cuando rindamos cuentas a nuestros hijos y a nuestros nietos, y a las futuras generaciones, debemos decir que, en el Bicentenario de la Patria, hicimos lo que nos correspondía y no permitimos que el país se vendiera al mejor postor, para el beneficio exclusivo de unos pocos mercaderes que debemos echar del templo de la inclusión y la justicia social.

El juego “Matarile rile ro” político

Vladimir de la Cruz

De niños jugábamos y cantábamos muchas canciones asociadas a juegos, una de ellas era “Matarile rile ro”. Se trataba de escoger un paje al que se le asignaba un trabajo o un oficio, que por escogido, se decía que ese oficio no le gustaba, hasta que llega a la “boda”, que supuestamente si le gustaba y se “festejaba”. Era un juego orientado a escoger principalmente oficios para niñas, para mujeres, pero también se podía asociar a niños, a varones, o a ambos cuando jugábamos niños y niñas. Si no le gustaba “hacer mandados” se le podía dar “un coscorrón”, se decía en la canción.

Las elecciones próximas me recordaron ese juego de barrio. Estamos con las elecciones donde se escogerá una persona cuyo oficio es ser “Mandatario”, depositante de la voluntad de los “mandantes” o electores, que le encargan a ese Mandatario gobernar bien, en interés del pueblo, nunca contra él, procurando la mayor felicidad posible y las mejores condiciones de vida, material, intelectual y emocional.

Comparativamente, el juego político es escoger ese Mandatario. Si no nos gusta su escogencia podemos darle “el coscorrón”, que a la tica es criticarlo lo más que se puede, movilizarse en protestas ciudadanas contra acciones que impulse desde el Poder Ejecutivo o conjuntamente con el Poder Legislativo, cuyos miembros, los diputados, también son mandatarios legislativos, encargados de hacer leyes, que no deben ser leyes contra el pueblo.

La Constitución Política de 1844 permitía la resistencia política contra el mal gobierno y su destitución. Esto hay que volverlo a recuperar constitucionalmente, lo que podría ser hoy la revocatoria de mandato, de lo que se habla con alguna frecuencia. La revocatoria de mandato se expresa en los procesos electorales cuando se trata de cambiar al partido político que ha venido gobernando, si no gusta su gestión, o de mantenerlo si gusta, de no reelegir el partido, porque el gobernante es obligatorio cambiarlo cada cuatro años.

Oficialmente en el registro electoral ya hay 28 partidos políticos de carácter nacional, que son los que llevan candidatos presidenciales. Todavía hay varios partidos que no han terminado sus trámites ni escogido sus candidatos, pero que posiblemente los concluyan satisfactoriamente.

A continuación, coloco la lista de partidos políticos inscritos, en orden alfabético, sin su candidato, sin decir cual identificación política o ideológica tienen, sin indicar si son de derecha, centro o izquierda…al vacío.

Usted, querido lector podrá escoger, a modo de encuesta, por cual partido votaría, de acuerdo a su información, conocimiento, simpatía o adherencia política ideológica.

Los 28 partidos nacionales inscritos y en trámite final de inscripción son los siguientes, en orden alfabético, en grupo y en lista.

Haga su selección solo con el nombre del Partido sin fijarse en su candidato, para que aprecie la dificultad que habrá para la inmensa mayoría de votantes su escogencia, para buscar ese paje de la canción que quiera ser de oficio por cuatro años Mandatario, en el supuesto que a todos los partidos y sus candidatos les guste llegar a ser Mandatarios.

En grupo estos partidos, en orden alfabético, son:

Accesibilidad sin Exclusión, Acción Ciudadana, Alianza Demócrata Cristiana, Alianza Patriótica, Avance Nacional, Centro Democrático y Social, Costa Rica Justa, De los Trabajadores, Encuentro Nacional, Frente Amplio, Fuerza Nacional, Integración Nacional, Liberación Nacional, Liberal Progresista, Movimiento Libertario, Movimiento Social Demócrata Costarricense, Nueva Generación, Nueva República, Patria Nueva, Progreso Social Democrático, Renovación Costarricense, Republicano Social Cristiano, Restauración Nacional, Unidad Social Cristiana, Unidos Podemos, Unión Costarricense Democrática, Unión Liberal y Unión Nacional.

En lista son los siguientes:

Accesibilidad sin Exclusión,
Acción Ciudadana,
Alianza Demócrata Cristiana,
Alianza Patriótica,
Avance Nacional,
Centro Democrático y Social,
Costa Rica Justa,
De los Trabajadores,
Encuentro Nacional,
Frente Amplio,
Fuerza Nacional,
Integración Nacional,
Liberación Nacional,
Liberal Progresista,
Movimiento Libertario,
Movimiento Social Demócrata Costarricense,
Nueva Generación,
Nueva República,
Patria Nueva,
Progreso Social Democrático,
Renovación Costarricense,
Republicano Social Cristiano,
Restauración Nacional,
Unidad Social Cristiana,
Unidos Podemos,
Unión Costarricense Democrática,
Unión Liberal
Unión Nacional.

De todos estos partidos ya inscritos, y en proceso final de su inscripción, 17 tienen su candidato definido. De igual modo los coloco alfabéticamente por su nombre, en grupo y en lista, para que Usted, apreciado lector, considere cuál de ellos podría ser el de su preferencia. Tres de estos partidos los escogieron por Convención Nacional, Liberación Nacional, la Unidad Social Cristiana y Acción Ciudadana. Al momento de escribir este artículo no estaba definido el ganador de la Convención del Partido Acción Ciudadana, entre Carolina Hidalgo y Welmer Ramos.

En grupo los candidatos presidenciales son:

Carlos Valenciano Kamer, Eliécer Feinzaig Mintz, Fabricio Alvarado Muñoz, Federico Malavassi Calvo, Greivin Moya, José María Figueres Olsen, Lineth Saborío Chaverri, Natalia Díaz Quintana, Oscar Campos, Oscar López Arias, Rodolfo Piza Rocafort, Rodolfo Hernández Gómez, Rodrigo Chaves Robles, Rolando Araya Monge, Sergio Mena, Vivian Quesada.

En lista los candidatos presidenciales son:

Carlos Valenciano Kamer
Eliécer Feinzaig Mintz
Fabricio Alvarado Muñoz
Federico Malavassi Calvo
Greivin Moya
José María Figueres Olsen
Lineth Saborío Chaverri
Natalia Díaz Quintana
Oscar Campos
Oscar López Arias
Rodolfo Piza Rocafort
Rodolfo Hernández Gómez
Rodrigo Chaves Robles
Rolando Araya Monge
Sergio Mena
Vivian Quesada

Sin definir candidato están los siguientes 11 partidos: Alianza Patriótica, Avance Nacional, Centro Democrático y Social, Alianza Demócrata Cristiana, De los Trabajadores, Frente Amplio, Integración Nacional, Patria Nueva, Renovación Costarricense, Restauración Nacional, Unión Nacional.

De igual manera, para su posible escogencia, la lista de partidos con sus respectivos candidatos ya definidos es la siguiente:

Accesibilidad sin Exclusión, Oscar López Arias
Acción Ciudadana, Carolina Hidalgo o Welmer Ramos
Alianza Demócrata Cristiana, SIN DEFINIR aún.
Alianza Patriótica, SIN DEFINIR aún.
Avance Nacional, SIN DEFINIR aún.
Centro Democrático y Social, SIN DEFINIR aún.
Costa Rica Justa, Rolando Araya Monge
De los Trabajadores, SIN DEFINIR aún.
Encuentro Nacional, Oscar Campos
Frente Amplio, SIN DEFINIR aún.
Fuerza Nacional, SIN DEFINIR aún.
Integración Nacional, SIN DEFINIR aún.
Liberación Nacional, José María Figueres Olsen
Liberal Progresista, Eliécer Feinzaig Mintz
Movimiento Libertario, Carlos Valenciano Kamer
Movimiento Social Demócrata Costarricense,
Nuestro Pueblo, Rodolfo Piza Rocafort
Nueva Generación, Sergio Mena,
Nueva República, Fabricio Alvarado Muñoz
Patria Nueva, SIN DEFINIR
Progreso Social Democrático, Rodrigo Chaves Robles
Renovación Costarricense, SIN DEFINIR aún.
Republicano Social Cristiano, Rodolfo Hernández Gómez
Restauración Nacional, SIN DEFINIR aún.
Unidad Social Cristiana, Lineth Saborío Chaverri
Unidos Podemos, Natalia Díaz Quintana
Unión Costarricense Democrática,
Unión Liberal, Federico Malavassi Calvo
Unión Nacional. SIN DEFINIR aún.

En todos los procesos electorales hay también candidatos que suenan posibles, a modo de paracaidistas políticos, para encabezar algún partido que se les presta o alquila, o los invitan para darle vida a esos partidos aprovechando el nombre del posible candidato, donde partidos y candidatos, de este tipo, se presentan casi como franquicias electorales en cada campaña electoral.

La prensa, los medios, los periodistas y encuestadores toman en cuenta a estos paracaidistas políticos, les dan pelota y hasta los colocan en puestos destacados de sus trabajos informativos. Hasta los encuestadores universitarios caen en esta trampa, o en este juego de impulsar candidatos, aún no oficiales y “candidatos” o personajes sin partido.

Interesante para la salud pública política sería que solo tomen en cuenta a los que están debidamente nominados por sus partidos. El escenario del resultado de las encuestas podría alterarse, hacia arriba o hacia abajo, sin esos candidatos paracaidistas o aun no nominados, en la visión de los ciudadanos.

Los partidos nacionales participan, de igual manera, con candidatos a diputados en todas las provincias. Así sumamos a estos 28 partidos nacionales 26 partidos provinciales más, que solo están inscritos para elegir diputados. Así, en las candidaturas a diputados tenemos 54 partidos distribuidos en las siete provincias, en unas habrá más partidos que en otras.

En el juego “Matarile rile ro” político presidencial podremos llegar a tener 28 candidatos que quieren ser los Mandatarios y a nivel legislativo habrá un total de 3.078 candidatos.

De todos estos candidatos a diputados probablemente destacarán publicitariamente los dos o tres que encabezan las listas de diputados por cada provincia…los demás van de relleno, sin ofender ni disminuir su importancia.

A nivel de las candidaturas presidenciales la papeleta coloca el color de la bandera y la cara del candidato presidencial, que puede ayudar al votante, o mandante a su escogencia. En la lista de diputados solo se coloca el color de la bandera en la casilla de votación, donde serán 54 banderitas muchas muy parecidas por el uso y mezcla de colores de cada partido.

Querido lector prepárese, como en el juego, “Matarile rile ro”, para dar el coscorrón correspondiente.

Declaración pública del Comité Pro Defensa del Ojo de Agua

Las y los abajo firmantes, costarricenses, usuarios y vecinos de los alrededores del balneario Ojo de Agua y del río La Fuente – Ojo de Agua, reunidos en San Rafael de Alajuela, el día sábado 21 de agosto del 2021 en las instalaciones del Colegio Técnico de San Rafael, manifestamos:

Considerando que:

1.         El balneario Ojo de Agua fue antes de 1920 un complejo natural informal de aguas de manantial conocido por los vecinos de las localidades de Belén y San Rafael de Alajuela, quienes aprovecharon sus aguas para la pesca, la agricultura y la sana recreación.

2.         El balneario de Ojo de agua es el principal destino turístico del Gran Área Metropolitana, sus aguas frescas de manantial le han asegurado fama nacional e internacional que recientemente destacó la cadena internacional alemana Deutsche Welle[1]. Al mismo tiempo, por su accesibilidad económica, se constituye en la principal posibilidad de esparcimiento y vacación para miles de familias del Valle Central.

3.         El balneario Ojo de Agua, ha influido directa e indirectamente en la economía local de Belén y San Rafael de Alajuela, gracias a la alta visitación y la fama histórica del sitio.

4.         En la actualidad existe plena consciencia sobre la amenaza del calentamiento global y, por ende, la importancia de proteger nuestros ecosistemas de la mano de paradigmas de desarrollo como el sostenible y el regenerativo. Estas concepciones parten del respeto que debe existir entre los humanos y la madre naturaleza, obligándonos a equilibrar nuestros hábitos de consumo en un planeta que tiene recursos finitos. Por ello es que la visión antropocéntrica de las cosas, definida por la Real Academia Española como ‘’la teoría que afirma que el hombre es el centro del universo’’ se encuentra desacreditada y no debe ser referente teórico en la construcción de las políticas públicas bajo ninguna circunstancia.

5.         El río Ojo de Agua – La Fuente recibe su principal caudal del manantial del Ojo de Agua, el cual pasa de las piscinas, al lago y este a su vez al citado río, sumando el caudal ecológico de las piscinas y el actualmente existente del río, suma 175.6 l/s. En su afluente es posible encontrar especies animales como peces, cangrejos y múltiples aves.

6.         El artículo 2 de la Ley N° 9590 ‘’Ley para autorizar el aprovechamiento de agua para consumo humano y construcción de obras conexas en el Patrimonio Natural del Estado’’, establece que: El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados deberá asegurar que no se altere el caudal ecológico indispensable para el funcionamiento del ecosistema, dentro y fuera de las áreas silvestres protegidas, de manera que se mantenga bajo un esquema de uso y aprovechamiento sostenible. El monitoreo de este le corresponderá al Minae.

7.         El artículo 43 de la Ley Orgánica del Ambiente indica que: Las obras o la infraestructura se construirán de manera que no dañen los ecosistemas citados en los artículos 51 y 52 de esta ley. De existir posible daño, deberá realizarse una evaluación de impacto ambiental.

8.         El 14 de abril del 2019 el periódico local del cantón de Belén El Guacho informó sobre el proyecto de Acueductos y Alcantarillados, en adelante AyA, el cual consiste, según la información publicada, en captar el total del caudal del Manantial Ojo de Agua en horario de 5 pm a 6 am en una primera etapa y en una segunda etapa, en captar el agua durante las 24 horas del día[2] , situación que implicaría un severo impacto para el afluente del río La Fuente. De igual forma en el periódico La Nación del 12 de enero del 2020 se informó que el proyecto consiste en ‘’bombear 150 litros de agua por segundo (l/s) de la captación del balneario y luego colocar 1,4 kilómetros de tuberías hasta la estación de bombeo de Puente de Mulas, en Belén en donde se captaría el líquido’’[3] .

9.         Ante los rumores que existían en la comunidad de que el AyA planteaba captar el agua pura de manantial de las piscinas y las dos noticias anteriormente mencionadas, el Concejo Municipal de Belén aprobó una moción para solicitar información oficial al AyA y al INCOP. Esto puede corroborarse en el artículo 24, del acta 28-2021 del pasado 11 de mayo. Por su parte el Concejo Municipal de Alajuela, acoger en todos sus extremos la moción de Belén, mediante acuerdo tomado en el artículo 3 de la sesión Nº 23-2021 del día martes 08 de junio del 2021

10.       En la misma sesión del 15 de junio del 2021, El Concejo Municipal de Alajuela aprobó una moción en el artículo 2, en donde, entre otras cosas, se solicita al MINAE: ante las posibles consecuencias catastróficas de carácter ambiental que este proyecto del AyA podría ocasionar, desde ya velar por que estas no se den y que se garantice a través de su intervención la conservación y permanencia a como lo conocemos actualmente del río Ojo de Agua y la supervivencia de su ecosistema.

11.       El 22 de junio, en el artículo 18 de la sesión 37-2021 del Concejo Municipal, el AyA hace formal entrega de los documentos relacionados al proyecto denominado “Ampliación de la Producción en los Sistemas GAM a través de la Captación del Manantial de Ojo de Agua”.

12. De los documentos entregados se desprenden varios datos de especial preocupación:

  1. Se confirma el interés del AyA en captar el caudal de las piscinas, el cual repercutirá en que el río Ojo de Agua – La Fuente pierda 139.6. l/s impactando severamente la salud de su ecosistema y el del lago de Ojo de Agua.
  2. El AyA se niega a realizar estudios de impacto ambiental en su proyecto denominado “Ampliación de la Producción en los Sistemas GAM a través de la Captación del Manantial de Ojo de Agua”, amparados en un decreto de emergencia nacional.
  3. Se pretende construir obra gris, incluidos parqueos, en el radio del área de protección del manantial Ojo de Agua y del futuro Parque Natural Urbano El Santuario.
  4. El AyA tiene la intención de arrancar con las obras en diciembre del 2021

13. En el cantón de Belén se está actualmente trabajando en la creación de un Área Silvestre Protegida, bajo la categoría de Parque Natural Urbano que estaría en las colindancias del balneario Ojo de Agua.

14. Que comprendemos que el acceso al agua potable es un derecho humano amparado por el artículo 50 de nuestra Constitución Política.

15. Que según el Informe Estado de la Nación 2020, en los últimos 16 años, en promedio, se ha desperdiciado la mitad del agua extraída por el Instituto de Acueductos y Alcantarillados (AyA) para consumo humano. Según datos propios de esta institución: en 2019 el agua no facturada fue un 53,2% del total, equivalente a 90 millones de metros cúbicos de agua del acueducto metropolitano, de los cuales el 58% correspondió a pérdidas físicas, el 32% a pérdidas comerciales y el 10% restante a consumo no autorizado.

16.       Las aguas del río La Fuente – Ojo de Agua son también aprovechadas por decenas de familias agricultoras del distrito de San Rafael de Alajuela para regar sus cosechas y el daño del cauce del río podría traer más afectaciones a este sector.

17.       Durante los últimos tres años, la ASADA de San Rafael de Alajuela ha obtenido el reconocimiento de la bandera azul ecológica, por su trabajo de saneamiento y cuidado del río La Fuente – Ojo de Agua.

Por tanto.

1. Manifestamos de forma categórica que no nos oponemos a que las comunidades tengan acceso al agua potable, pero estamos absolutamente en contra de que la institucionalidad publica busque soluciones fáciles, que son agua para hoy y sequía para mañana, en donde se condena a la desaparición de los ecosistemas, en este caso concreto del milenario río Ojo de Agua – La Fuente.

2. Pedir al AyA que trabaje en otras alternativas para que las comunidades tengan acceso al agua potable, principalmente que frente el desperdicio ecocida del agua que extrae para consumo humano y que, según los datos emanados del Informe del Estado de la Nación del 2020, representa más de la mitad del agua extraída.

3. Rechazamos frontal y contundentemente el proyecto del AyA denominado “Ampliación de la Producción en los Sistemas GAM a través de la Captación del Manantial de Ojo de Agua” específicamente en las afectaciones ecológicas, arquitectónicas, patrimoniales e históricas que tendrá el balneario de Ojo de Agua y el río Ojo de Agua La Fuente.

4. Fundamos desde hoy el Comité Pro Defensa del Ojo de Agua cuya meta será preservar el caudal necesario para que la magia de las piscinas de agua fresca de manantial continúe trayendo regocijo a las familias humildes usuarias del balneario y por ende para asegurar el valor ecológico del lago Ojo de Agua y el río Ojo de Agua – La Fuente.

5. No escatimaremos en implementar las acciones legales que correspondan y recurriremos, si es necesario, a la protesta pacífica para defender el patrimonio que representa el balneario Ojo de Agua y el río Ojo de Agua – La Fuente.

6. Llamamos al pueblo costarricense, especialmente a las comunidades de Belén y San Rafael de Alajuela a unirse a este movimiento pacífico y estar atentos a nuestras próximas convocatorias

7. Apoyar firmemente a la Comunidad de Belén y su Municipalidad en las gestiones necesarias para que puedan tener la declaratoria por parte del Gobierno de la República de su primera Área Silvestre Protegida bajo la categoría de Parque Natural Urbano ‘’El Santuario’’.

8. Apoyar a la Comunidad de San Rafael en la defensa y saneamiento del río Ojo de Agua, apoyando las gestiones realizadas hasta el día de hoy por la ASADA de San Rafael de Alajuela.

9. Dar a conocer esta declaración pública a las municipalidades de Alajuela y Belén, AyA, Gobierno de la Republica y Medios de Comunicación.

21 de agosto del 2021
San Rafael de Alajuela

NombreVecino u organización que representa
Cristina Blanco BrenesSíndica San Rafael de Alajuela
Dinorah Bonilla VargasVecina San Rafael de Alajuela
Kathia Ledezma ChavesVecina San Rafael de Alajuela
Rudy Chinchilla GuillénVecino de San José, ingeniero civil, ex supervisor AyA región Huetar Norte
Alfredo VillegasVecino de Belén, Asociación para el progreso integral de Calle La Labor
Laura Garrigues HerreraVecina de Belén, Comité del Parque Natural Urbano El Santuario
Manuel Cordero RVecino San Rafael de Alajuela
Randall Murillo NúñezVecino de San Rafael de Alajuela
Ricardo Muñoz MorganVecino de San Rafael de Alajuela
Gerardo Rodríguez RSeguridad acuática y salvavidas Ojo de Agua
Ulises Araya ChavesRegidor Municipalidad de Belén
Marvin Venegas MeléndezSíndico San Rafael de Alajuela
Emmanuel Hernández FonsecaConcejal de distrito de San Antonio de Belén
Raquel Soto NúñezPeriodista del periódico local El Guacho
José Miguel Cortés RamírezAsada San Rafael de Ojo de Agua
Cristopher Montero JiménezRegidor Municipalidad de Alajuela
Francisco Villegas VillalobosVecino San Antonio de Belén, ex regidor de la Municipalidad de Belén y ex Presidente Municipal
Sergio Jiménez VargasAgricultor, UPA Nacional
Greivin Arce VillalobosVecino de San Rafael de Alajuela
Michelangelo Grieco AgüeroConcejal de distrito de San Antonio de Belén
Alexander Porras QuesadaVecino San Antonio de Belén
Manuel Zumbado ArrietaVecino de La Ribera de Belén

[1] Katja Döhne., ‘’ Manteniendo limpias las fuentes de agua de Costa Rica’’, Deutsche Welle (Alemania), 2 de marzo del 2021. Recuperado de: https://www.dw.com/es/manteniendo-limpias-las-fuentes-de-agua-de-costa-rica/a-56744711

[2] Ulises Araya, ‘’ AGUA DE PISCINAS DE OJO DE AGUA DEJARÁN DE FLUIR CONTINUAMENTE’’ El Guacho (Belén), 14 de abril del 2019. Recuperado de: https://periodicoelguacho.com/agua-de-piscinas-de-ojo-de-agua-dejaran-de-fluir-continuamente/

[3] Juan Lara ., ‘’Balneario Ojo de Agua ‘trasnochará’ para suministrar líquido a hogares de San José‘’ La Nación (Costa Rica), 12 de enero del 2020: Recuperado de: https://www.nacion.com/el-pais/infraestructura/balneario-ojo-de-agua-trasnochara-para/KO7ET4MUFZAMDPGCBOCC3W5CUU/story/