Ir al contenido principal

Etiqueta: Corte Penal Internacional

Gaza / Israel: las órdenes de arresto de la CPI contra el Primer Ministro y  (ex) Ministro de Defensa de Israel y contra un dirigente del Hamás. Alcance y perspectivas

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com

Foto del bombardeo en Gaza ocurrido el 13 de noviembre del 2024 en el area de Al-Mawasi: se puede apreciar el impacto causado en el suelo debido al uso de potentes artefactos explosivos que Irael utiliza de manera reiterada al bombardear campamentos de desplazados y refugiados en Gaza. Foto extraída de artículo de prensa titulado » ‘I don´t care who´s president there. I just want may kids to survive in Gaza’ «, Magazine+972 (Israel), edición del 14 de noviembre del 2024

Nota del autor: una versión en francés de este mismo texto algo ampliada está igualmente disponible en este enlace

«29. En mayo, la Comisión de Investigación concluyó que Israel, mediante su “asedio total”, había convertido en arma de guerra la retención de bienes vitales, incluida la asistencia humanitaria, para obtener beneficios estratégicos y políticos, lo que constituía castigo colectivo y represalia contra la población civil, y, por ende, violaciones directas del derecho internacional humanitario. Según la Comisión de Investigación, la práctica de Israel de hacer padecer hambre como método de guerra afectaría a toda la población de Gaza durante décadas, y tendría consecuencias especialmente negativas para los niños. En sus solicitudes de órdenes de detención, el Jefe de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional concluyó que, mediante su asedio total a Gaza y las restricciones arbitrarias a la transferencia de suministros esenciales, así como los ataques contra civiles, la obstrucción de la ayuda y los ataques a trabajadores humanitarios y la matanza de personal humanitario, Israel había utilizado medios criminales para alcanzar sus objetivos militares y el castigo colectivo como parte de un plan común. Cabía citar entre ellos los de causar de manera intencionada la muerte, la inanición, grandes sufrimientos y lesiones graves, hacer padecer hambre como método de guerra y dirigir intencionalmente ataques contra civiles». 

Extracto del informe de Naciones Unidas  A/79/363 (véase enlace) objeto de un comunicado de prensa del 14 de noviembre del 2024 titulado «UN Special Commitee finds Israel´s warfare methods in Gaza consistent with genocide, including use of starvation as  weapon of war» (véase enlace) escasamente referenciado en medios internacionales de prensa.

Introducción

El pasado 21 de noviembre del 2024, la Sala de lo Preliminar de la Corte Penal Internacional (CPI) anunció haber confirmado y emitido órdenes de arresto contra dos altos dirigentes de Israel y contra un jefe del brazo militar del Hamás en Gaza.

Se trata más precisamente de órdenes de arresto contra el actual Primer Ministro y Ministro de Defensa de Israel hasta hace una pocas semanas (véanse comunicado de prensa oficial de la CPI en francés y comunicado de prensa en inglés ) y en contra de un jefe militar del Hamás que se considera responsable de planear y de coordinar el ataque del 7 de octubre del 2023 (véase comunicado de prensa en francés y en inglés).

En su primer comunicado con relación a autoridades de Israel, se lee que los jueces de la CPI consideraron que:

«With regard to the crimes, the Chamber found reasonable grounds to believe that Mr Netanyahu, born on 21 October 1949, Prime Minister of Israel at the time of the relevant conduct, and Mr Gallant, born on 8 November 1958, Minister of Defence of Israel at the time of the alleged conduct, each bear criminal responsibility for the following crimes as co-perpetrators for committing the acts jointly with others: the war crime of starvation as a method of warfare; and the crimes against humanity of murder, persecution, and other inhumane acts. The Chamber also found reasonable grounds to believe that Mr Netanyahu and Mr Gallant each bear criminal responsibility as civilian superiors for the war crime of intentionally directing an attack against the civilian population«.

En su segundo comunicado relativo al jefe militar del Hamás, se lee que para la CPI, 

«The Chamber found reasonable grounds to believe that Mr Deif, born in 1965, the highest commander of the military wing of Hamas (known as the al-Qassam Brigades) at the time of the alleged conduct, is responsible for the crimes against humanity of murder; extermination; torture; and rape and other form of sexual violence; as well as the war crimes of murder, cruel treatment, torture,; taking hostages; outrages upon personal dignity; and rape and other form of sexual violence.The Chamber found reasonable grounds to believe that Mr Deif bears criminal responsibility for the aforementioned crimes for (i) having committed the acts jointly and through others and (ii) having ordered or induced the commission of the crimes, and (iii) for his failure to exercise proper control over forces under his effective command and control«.

La declaración hecha por el mismo Fiscal de la CPI el 21 de noviembre merece también ser mencionada (véase texto), en la que señala que:

«As I emphasised in May, these applications were made following an independent investigation, and on the basis of objective, verifiable evidence vetted through a forensic process. I appeal to all States Parties to live up to their commitment to the Rome Statute by respecting and complying with these judicial orders. We count on their cooperation in this situation, as with all other situations under the Court’s jurisdiction. We also welcome collaboration with non-States Parties in working towards accountability and upholding international law«.

En algunos círculos se espera que sean mucho más que dos las personas en Israel llevadas ante la justicia penal internacional de La Haya. En esta reciente entrevista hecha desde un medio israelí (Magazine+972, en su edición del 26 de noviembre), se lee que para uno de los representantes legales de las víctimas palestinas ante la CPI,

«Additional indictments are not just possible — they are probable. The ICC’s jurisdiction covers crimes committed since 2014, a period that encompasses a wide range of documented violations, including extrajudicial killings, illegal settlements, and the blockade of Gaza. These are not isolated incidents but part of a broader pattern of systemic oppression

De algunas reacciones

Como ya viene siendo costumbre, en Israel sus máximas autoridades no encontraron nada mejor que acusar de «antisemitismo» a los tres jueces de la CPI que tomaron esta decisión (véase nota del TimesofIsrael). Estas declaraciones de dirigentes israelíes no son nuevas y se oyeron en este 2024 con respecto a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) (véase nota del Timesof Israel del 26 de enero), al Secretario General de Naciones Unidas (véase nota del TimesofIsrael), así como con relacion a la Asamblea General de Naciones Unidas, al Consejo de Derechos Humanos o a relatores y expertos en derechos humanos de Naciones Unidas. Este tipo de declaraciones por parte de Israel puede explicar el origen de las amenazas contra dos integrantes de la CPI que denunció este 28 de noviembre su Presidenta en un comunicado oficial (véase texto en francés y en inglés).

Por su parte, una ONG como Amnistía Internacional expresó su profunda satisfacción por esta decisión no sin exigir, acto seguido, a todos los Estados Partes al Estatuto de Roma de 1998 que crea la CPI, cumplir de ahora en adelante con todas sus obligaciones y cooperar plenamente con la CPI (véase comunicado de prensa). En igual sentido se pronunció Human Rights Watch (véase comunicado). Es de señalar que tempranamente, desde el 23 de octubre del 2023, los investigadores de Amnistía Internacional habían detectado y documentado la comisión de crímenes de guerra en Gaza por parte de Israel (véase su comunicado de entonces): en aquel momento, la cifra de muertes en Gaza ya alcanzaban las 3.800 vítimas.

Consecuencia imprevista o no de esta decisión de la CPI en Israel, las informaciones relativas a la irresponsabilidad de su Primer Ministro antes del ataque perpetrado por el Hamás del 7 de octubre de 2023 han sido detalladas en los principales diarios israelíes (véase por ejemplo esta nota del TimesofIsrael del 24 de noviembre de 2024), de las que el medio digital israelí Magazine +972 venía informando en una entrevista cuya lectura es más que recomendada desde el 11 de noviembre (véase entrevista). El pasado domingo 24 de noviembre, las más altas autoridades israelíes arremetieron contra un diario israelí con una línea editorial sumamente crítica como lo es Haaretz (véase nota de Haaretz y nota de ElPais en España).

De algunas reacciones oficiales en el hemisferio americano

Como era de esperar, a penas dada a conocer la decisión de la Sala de lo Preliminar de la CPI, la Oficina de la Casa Blanca  en Estados Unidos emitió un comunicado desacreditando a la CPI por esta decisión (véase comunicado oficial del mismo 21 de noviembre).

En América Latina, algunos Estados acogieron con gran satisfacción la decisión de la CPI: el comunicado oficial emitido por el aparato diplomático de Chile merece mención, el texto leyéndose de la siguiente manera:

«21 de noviembre de 2024

El Gobierno de Chile ha tomado conocimiento de la decisión de la Sala de Cuestiones Preliminares I de la Corte Penal Internacional, de dictar órdenes de arresto contra el Primer Ministro de Israel, Benjamin Netanyahu; el ex ministro de Defensa, Yoav Gallant, y contra el comandante de Hamas, Mohammed Diab Ibrahim Al-Masri, por los presuntos crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos en Israel y en Palestina, en el marco del actual conflicto.

Chile recuerda que en enero de 2024 remitió, junto a México, la situación de Palestina ante la CPI para la investigación de los crímenes cometidos tanto en Palestina como en Israel, por nacionales de ambos Estados.

Chile formula un llamado urgente a las partes en conflicto a poner fin a las gravísimas violaciones al derecho internacional humanitario y a los derechos humanos cometidas contra civiles, que han afectado, particularmente, a la población palestina en Gaza, en especial a mujeres y niñas y niños inocentes.

Finalmente, el Gobierno de Chile respalda el trabajo que desarrolla la Corte Penal Internacional y espera que todos los Estados colaboren con su investigación y decisiones, las que son de obligatorio cumplimiento, a objeto que estos graves delitos no queden en la impunidad

Otros como Argentina consideraron oportuno rechazarla mediante un simple tweet de su máxima autoridad (véase nota de prensa). 

Nótese que el aparato diplomático de Paraguay  – omiso sobre la decisión de la CPI, al igual que el de Argentina – el día anterior emitió un comunicado en el que anunciaba gestiones con las autoridades de Israel para trasladar su Embajada de Tel Aviv a Jerusalén (véase comunicado del 20 de noviembre).

Además de la lectura del comunicado oficial emitido por Chile  o el de Colombia contenido en esta nota de prensa, se sugiere un ejercicio adicional: sus respectivos contenidos pueden ser comparados al extraño contenido del comunicado oficial emitido por Costa Rica (Nota 1). Escrito posiblemente con algo de premura, sin pasar por algun tipo de revisión de estilo, este comunicado contiene un grave error, al señalar de manera errónea que: 

«La Corte Penal Internacional (CPI) se instituyó luego de la segunda guerra mundial sobre los principios del Tribunal de Nuremberg, que establecieron claramente y por primera vez la responsabilidad penal por crímenes internacionales«. 

¿Se ignorará la fecha de adopción del Estatuto de Roma en julio de 1998 en el servicio de prensa del Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica? 

La otra frase según la cual la CPI «estudia situaciones remitidas por Estados parte o por el Consejo de Seguridad de la ONU» también es incompleta y resulta totalmente errónea aplicada en específico al caso de dirigentes de Israel y del Hamás. Como profesor de derecho internacional público, invitamos a los encargados del departamento de comunicación de este ministerio (y a su jefatura) a leerse los artículos 13 y 15 del Estatuto de Roma de 1998, cuya versión integral en español está disponible en este enlace. Salvo error de nuestra parte, ningún otro comunicado oficial de un Estado se dedicó a intentar explicar de manera breve (e incompleta) el orígen y funcionamiento de la CPI y a mencionar a otros tribunales internacionales.

Finalmente, desde el punto de vista formal, hay manera de expresar el contenido de la frase siguiente de una manera mucho más adecuada, omitiendo un estilo y al final un «etc» que parecieran corresponder a generalidades encontradas en algun diccionario o enciclopedia digital:

«La Corte se enfoca en las víctimas, y ante la Corte todas las víctimas tienen el mismo derecho a la justicia, sean de cualquier país, grupo étnico, religión, etc.»

La comparación del texto difundido por Costa Rica puede no solamente hacerse con el texto circulado por el aparato diplomático de Chile, sino extenderse al comunicado de Sudáfrica (véase texto), al de Francia (la cual «prend acte» de esta decisión de la CPI – véase comunicado de prensa – sin olvidar manifestar su apoyo a la CPI), o bien al emitido por el aparato diplomático de Irlanda (véase texto). 

También merece mención el comunicado de una reunión de integrantes del G7 en Italia dado a conocer este 26 de noviembre (véase comunicado), en el que se lee -en este caso omitiendo toda referencia a la CPI por probable insistencia de Estados Unidos – que:

«In exercising its right to defend itself, Israel must fully comply with its obligations under international law in all circumstances, including International Humanitarian Law. We reiterate our commitment to International Humanitarian Law and will comply with our respective obligations«

Se espera ver si en el marco de otros recintos regionales, como el marco regional hemisférico, los Estados de América Latina y del Caribe serán capaces de adoptar un comunicado conjunto mucho más preciso y contundente: en el marco de la CELAC por ejemplo, que presidirá Colombia dentro de unos pocos días.

Nótese que Costa Rica es Estado Parte al Estatuto de Roma desde junio del 2001, ha llegado a presidir en varias ocasiones la Asamblea de Estados Partes. Además, posee desde varios años a un juez en la CPI de su nacionalidad, el cual recientemente, integró una Sala de la CPI que condenó formalmente a Mongolia por no haber arrestado al Presidente de Rusia cuando se encontraba en su territorio, siendo éste objeto de una orden de arresto emitida por la CPI en marzo del 2023 (véase decisión del 24 de octubre del 2024). 

Revisando comunicados oficiales en este 2024 adoptados con relación a la crisis en Gaza y la CPI, en el caso de México un comunicado de enero del 2024 informando sobre su gestión con Chile ante la CPI (véase comunicado official) bien hubiese podido servir de inspiración… para una gestión similar por parte de Costa Rica, que se ha «destacado» por no activar ningún mecanismo desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023, en aras de frenar el ímpetu destructor de Israel en Gaza. Nótese que este 29 de noviembre,  se indicó que Costa Rica, conjuntamente con Chile, España, Francia, Luxemburgo y México, remitieron una solicitud conjnta urgente («referral«) con relación a la situación de las mujeres en Agfhanistán (veáse documento con fecha del 28 de noviembre remitido a la CPI y comunicado oficial de Chile). En su declaración del 29 de noviembre en la que acoge esta solicitud conjunta, el Fiscal señala que su oficina investiga la situación desde el 2017 (véase declaración).

Estados Unidos y una legislación lista para sancionar a la CPI

Con relación a Estados Unidos específicamente, conviene recordar esta iniciativa del Congreso norteamericano del 7 de mayo de 2024, cuyo objetivo es sancionar a la CPI si se aventurara en algún momento a ordenar una investigación o un enjuiciamiento de los responsables políticos y militares de los aliados de Estados Unidos. Esta iniciativa, aprobada en junio de 2024 (véase nota de TheGuardian), se justifica, según el preámbulo, 

«Imponer sanciones con respecto a la Corte Penal Internacional comprometida en cualquier esfuerzo por investigar, arrestar, detener o procesar a cualquier persona protegida de Estados Unidos y sus aliados » Traducción libre del autor de «To impose sanctions with respect to the International Criminal Court engaged in any effort to investigate, arrest, detain, or prosecute any protected person of the United States and its allies ». 

En este texto no se menciona a Israel, pero es interesante observar que la iniciativa se presentó el 7 de mayo de 2024, apenas unas semanas antes de que el Fiscal de la CPI solicitara públicamente órdenes de detención contra dos dirigentes israelíes y tres de Hamás el 20 de mayo. Cabe señalar que en la lista de los patrocinadores de esta insólita iniciativa del Congreso estadounidense, aparecen los nombres de algunos de los allegados al nuevo presidente electo de Estados Unidos el pasado 5 de noviembre y que ha decidido nombrar para ocupar puestos importantes en su futura administración.

Argentina, nuevo refuerzo de Israel en América Latina

En el caso de Argentina, resulta notorio que desde hace unos meses participa en la (sumamente modesta) coalición pro-israelí en Naciones Unidas, sustituyendo con su voto incluso el voto de las pequeñas islas del Pacífico (Islas Fidji, Micronesia, Nauru, Palau) que han decidido ya no apoyar a Israel en este 2024: véase al respecto la votación de una resolución en la Cuarta Comisión de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre los Altos del Golán (territorio sirio ocupado por Israel) con 152 votos a favor y 5 en contra (Argentina, Estados Unidos, Israel, Papua Nueva Guinea y Tonga) al que refiere este comunicado de Naciones Unidas del 20 de noviembre del 2024. 

La dupla Argentina-Paraguay se había «destacado» también el pasado 14 de noviembre en Nueva York, cuando la Tercera Comisión votó su tradicional resolución sobre el derecho a la libre determinación del pueblo palestino (véase comunicado de prensa de Naciones Unidas, pasado por alto en los medios de prensa norteamericanos…) con una mayoría raramente alcanzada de 170 votos a favor, 9 abstenciones y 6 votos en contra: Argentina, Estados Unidos, Hungría, Israel, Paraguay, Nauru y República Checa. 

En América Latina, entre los votos a favor se destacaron en este 2024 para esta precisa resolución el de Guatemala, Panamá optando por abstenerse (cuando había votado a favor en el 2023), al tiempo que Argentina y Paraguay parecieran sustituir a los pequeños Estados isleños del Pacífico que en el 2023 acompañaron a Israel y a Estados Unidos, votando en contra de esta misma resolución (Nota 2).

Un breve recuento con relación a la decisión de la CPI del 21 de noviembre pasado

La solicitud de órdenes de arresto presentada por el Fiscal de la CPI esperaba pacientemente desde el pasado 20 de mayo del 2024: en efecto, fue la fecha en la que el Fiscal de la CPI anunció formalmente haberlos solicitado contra tres dirigentes del Hamás y contra las dos precitadas autoridades israelíes (véase enlace a anuncio en francés y en inglés).  Estados Unidos manifestó el mismo 20 de mayo su oposición categórica al anuncio hecho por el Fiscal (véase comunicado del Departamento de Estado).

Tuvimos al respecto la oportunidad de analizar el alcance del anuncio del Fiscal de la CPI (véase nuestra breve nota al respecto del mismo 20 de mayo) así como también, unos meses después, las gestiones realizadas por varios Estados de América Latina ante la CPI para confortar dicha solicitud en agosto del 2024: véase nuestra nota al respecto  titulada «América Latina ante el drama en Gaza: a propósito de las observaciones enviadas por Bolivia, Brasil, Chile, Colombia y México a la Corte Penal Internacional (CPI)

A diferencia de otras regiones del mundo, este grupo de Estados confirmó a América Latina como bastión de la justicia penal internacional y de la lucha contra una impunidad campante, en particular cuando de exacciones cometidas por Israel en el territorio palestino ocupado se trata.

A finales de agosto, el Fiscal de la CPI tuvo la oportunidad de reiterar la urgencia de emitir estas órdenes de captura en una declaración pasada totalmente por alto en los medios de prensa: véase al respecto nuestra nota titulada «Gaza / Israel: Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) reafirma urgencia de órdenes de arresto«.

No está de más señalar que a finales de mayo del 2024, periodistas de investigación en Israel publicaron un largo reportaje sobre el sistema de escuchas al que los servicios secretos israelíes tenían sometidas las computadoras  y el personal de la CPI desde muchos años: véase artículo, titulado «Surveillance and intefrerence: Israel’s covert war on ICC exposed«, cuya lectura completa se recomienda.

Asesinatos de Israel que explican que no haya órdenes de captura para los demás dirigentes del Hamás , en medio de una larga espera

Al haber procedido Israel al asesinato de los demás dirigentes del Hamás mencionados en la solicitud del Fiscal de la CPI en su anuncio del 20 de mayo, la Sala de lo Preliminar extendió las órdenes de arresto contra las dos autoridades israelíes en vida y contra un dirigente del Hamás que se piensa que escapó de un intento de asesinato por parte de las fuerzas militares israelíes. Al no haberse confirmado su muerte, la CPI no tiene cómo exlcuirlo de su solicitud. En cambio, se puede consultar la decisión del 9 de septiembre de la CPI de suspender la órden  de captura en el caso específico del lider palestino del Hamás, Ismael Hanyeh, asesinado por Israel el 31 de julio en Teherán luego de asistír a la toma de posesión del nuevo Presidente de Irán (véase texto). 

La larga espera desde el 20 de mayo del 2024 se debió en parte a gestiones iniciadas por el Reino Unido a finales de junio, abriendo desde el punto de vista procesal, un plazo de tiempo para que opiniones jurídicas pudiesen ser remitidas por Estados, organizaciones no gubernamentales e individuos a los tres jueces de la CPI. Es de notar que, al darse los resultados de las elecciones en el Reino Unido del 4 de julio, sus nuevas autoridades optaron por suspender esta gestión claramente de carácter dilatorio emprendida por sus antecesoras, posiblemente a solicitud de Israel (y de su incondicional aliado norteamericano): véase al respecto este artículo de The Guardian.

En medio de una campaña de prensa tendiente a desacreditar a la CPI, a su Fiscal, auspiciada por influyentes círculos favorables a Israel en Estados Unidos y en Europa, los jueces de la CPI también fueron objeto de presiones diplomáticas de toda índole  por parte de algunos de los principales Estados donantes, para que no emitieran ninguna órden de arresto contra dirigentes israelíes. 

Según algunos expertos, las presiones diplomáticas ejercidas por Estados Unidos fueron incluso más allá, al solicitar que, de tomarse una eventual decisión, no fuera dada a conocer antes del 5 de noviembre del 2024, fecha de las elecciones en Estados Unidos.¿Como así? Como se lee.

Tuvimos la oportunidad de explicar con reconocidos colegas universitarios estos y otros aspectos en un foro realizado por el Posgrado en Sociología de la Universidad de Costa Rica (UCR) a inicios del mes de  julio del 2024 (véase volante y video de la actividad) titulado precisamente: «Gaza / Israel: del cerco informativo al cerco de la justicia  internacional«.

La insensatez de la denominada «guerra» de Israel en Gaza

El último informe de Naciones Unidas sobre la situación en Gaza (véase informe al 19 de noviembre) da cuenta de la insensatez de la acción militar israelí en Gaza, con casi 44.000 víctimas mortales identificadas ( y más de 100.000  personas heridas), al leerse que:

«Between the afternoons of 12 and 19 November, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 307 Palestinians were killed and 932 were injured. Between 7 October 2023 and 19 November 2024, at least 43,972 Palestinians were killed and 104,008 were injured, according to MoH in Gaza.

Between the afternoons of 12 and 19 November, three Israeli soldiers were killed in Gaza, according to the Israeli military. Between 7 October 2023 and 19 November 2024, according to the Israeli military and official Israeli sources cited in the media, more than 1,576 Israelis and foreign nationals were killed, the majority on 7 October 2023 and its immediate aftermath. The figure includes 376 soldiers killed in Gaza or along the border in Israel since the beginning of the ground operation. In addition, 2,440 Israeli soldiers were reported injured since the beginning of the ground operation«.

Como bien se sabe, pese a una muy pobre difusión en grandes medios de prensa, en octubre del 2024 se presentó ante la Asamblea General de Naciones Unidas el informe A/79/384 (véase enlace), titulado «El genocidio como supresión colonial» por parte de la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en los territorios palestinos ocupados desde 1967: su lectura completa se recomienda, al analizar y detallar la documentada intención genocida de las actuales autoridades israelíes en Gaza (léanse en particular los párrafos 11-23 y los párrafos 42-48, así como 68-82).

En esta nota del servicio de prensa de Naciones Unidas del 30 de octubre del 2024, se puede escuchar su presentación en español; nuestros estimables lectores podrán por sí mismos verificar si esta nota de prensa y el informe al que refiere fueron mencionados en los principales medios de prensa en Costa Rica. O si, como suele suceder, en Costa Rica y en otras latitudes, las agencias internacionales de noticias y los medios de prensa internacionales hicieron caso omiso de este informe.

La autora de este informe se trasladó luego a Canadá el pasado 3 de noviembre (véase nota de prensa), interpelando de paso a sociedad y a las autoridades canadienses ante el drama indecible que se vive en Gaza, con varias entrevistas a distintos medios de prensa (véase una de ellas).

El pasado 8 de noviembre del 2024, Naciones Unidas hizo público otro informe sobre el período que va del 1 de noviembre del 2023 al 30 de abril del 2024 (véase enlace) en el que se puede leer (página 6) que:

«The monitoring and verification of grave violations remained extremely challenging, including owing to access constraints, a high level of insecurity, and threats and direct attacks also on United Nations personnel, monitors and humanitarian actors. Nevertheless, verification work continued, with the number of killings verified by OHCHR by 2 September 2024 standing at 8,119 Palestinians in Gaza, including 2,036 women and 3,588 children (1,865 boys and 1,723 girls). Of these verified figures, 7,607 were killed in residential buildings or similar housing, out of which 44 per cent were children, 26 per cent women and 30 per cent men«. 

En las recomendaciones finales, además de las dirigidas a las autoridades israelíes (pp. 29-30), se lee que los Estados Miembros de Naciones Unidas deben también adoptar algunas medidas (página 31):

«72. The High Commissioner calls on Member States of the United Nations to: 

  1. Consistent with their obligations under international law, assess arms sales or transfers and provision of military, logistical or financial support to a party to the conflict, with a view to cessation of such support to the extent it implicates a real risk of facilitating commission of serious violations of international law;
  2. Support the work of the International Criminal Court in relation to the Occupied Palestinian Territory; exercise universal jurisdiction to try crimes under international law in national courts, consistent with international standards; and comply with extradition requests pertaining to suspects of such crimes to countries where they would face a fair trial;».

El informe de una Comisión de Investigación de Naciones Unidas dado a conocer recientemente A/79/363 (véase enlace) y que ha sido objeto de un comunicado de prensa del 14 de noviembre del 2024 de Naciones Unidas  titulado «UN Special Commitee finds Israel´s warfare methods in Gaza consistent with genocide, including use of starvation as  weapon of war» (véase enlace) merece mención: al igual que su escasa difusión en los medios internacionales de prensa, como ya viene siendo costumbre desde el 7 de octubre del 2023 cuando se trata de informes que describen el drama indecible al que Israel somete a la población civil palestina en Gaza.

El 14 de noviembre del 2024 también se difundió una comparecencia de un cirujano que operó a civiles en Gaza ante una comisión del Parlamento británico, realizada el día anterior (véase video), en la que este profesional detalla la intención deliberada de provocar el mayor daño la población civil, en particular a niños, por parte de Israel.

El mensaje de la CPI: una clara señal destinada a Estados y a otros jueces

Desde el pasado 21 de noviembre, la comunidad internacional asiste a la colocación de un segundo peldaño que reviste una enorme importancia para las víctimas palestinas y para la justicia penal internacional; como también para la lucha contra una impunidad a la que se habían acostumbrado las autoridades israelíes desde hace ya muchos años, confiadas en el manto protector de su incondicional aliado norteamericano.

En febrero del 2021, un primer peldaño había sido colocado, en una decisión de la CPI pocamente difundida y analizada en la que se declara perfectamente habilitada desde el punto de vista jurídico, para examinar la situación en todo el territorio palestino, sin excepción de ningún tipo: véase nuestra nota al respecto publicada en la Red Internacional de Derechos Humanos (RIDH) y titulada «Corte Penal Internacional (CPI) / Palestina: se despeja el camino para la justicia penal internacional«. Al abrirse formalmente una investigación por parte de la Fiscalía pocas semanas después, Estados Unidos se sinitió obligado a manifestar su rechazo categórico (véase comunicado del Departamento de Estado del 3 de marzo del 2021).

Es de notar que este anuncio oficial de la CPI  de este 21 de noviembre fue precedido 24 horas antes de un enésimo intento por parte de Estados Unidos dentro del Consejo de Seguridad (Nota 3), optando su delegación por ejercer de manera solitaria su veto para resguardar a Israel en Gaza, frente a 14 votos a favor de los demás Estados Miembros: se trata del cuarto veto solitario de Estados Unidos desde el 7 de octubre del 2023 en el Consejo de Seguridad.

La órden de arresto emitida el pasado 21 de noviembre por la CPI exige ahora a los Estados Miembros al Estatuto de Roma (véase estado oficial de firmas y ratificaciones) entregar a ambos dirigentes israelíes si se encuentran en su territorio, lo cual dificultará significativamente sus desplazamientos en el exterior. La misma posibilidad se extiende también al líder del Hamás mencionado (y que se considera que sigue en vida, ya sea en alguna parte en Gaza, sea fuera de Gaza). 

A la vez esta decisión de la Sala de lo Preliminar inicia un largo trámite interno en la CPI, de cara al enjuiciamiento de ambos dirigentes israelíes y del jefe militar palestino.  

Para Sudáfrica, esta decisión de los jueces de la CPI podría allanar el camino para una nueva solicitud urgente de indicación de medidas provisionales en el caso Sudáfrica contra Israel ante otro tribunal internacional con sede en La Haya: la CIJ (véase el texto de su solicitud – en inglés- del procedimiento de 29 de diciembre de 2023). En su solicitud inicial, leemos (punto 4) una descripción de la acción israelí confirmada desde entonces (diciembre de 2023) por los hechos y la dramática realidad sobre el terreno:

«4. The facts relied on by South Africa in this application and to be further developed in these proceedings establish that — against a background of apartheid, expulsion, ethnic cleansing, annexation, occupation, discrimination, and the ongoing denial of the right of the Palestinian people to selfdetermination — Israel, since 7 October 2023 in particular, has failed to prevent genocide and has failed to prosecute the direct and public incitement to genocide. More gravely still, Israel has engaged in, is engaging in and risks further engaging in genocidal acts against the Palestinian people in Gaza. Those acts include killing them, causing them serious mental and bodily harm and deliberately inflicting on them conditions of life calculated to bring about their physical destruction as a group. Repeated statements by Israeli State representatives, including at the highest levels, by the Israeli President, Prime Minister, and Minister of Defence express genocidal intent. That intent is also properly to be inferred from the nature and conduct of Israel’s military operation in Gaza, having regard inter alia to Israel’s failure to provide or ensure essential food, water, medicine, fuel, shelter and other humanitarian assistance for the besieged and blockaded Palestinian people, which has pushed them to the brink of famine.«

Estas órdenes de arresto además mandan una clara señal a diversos Estados y sectores políticos que consideraban la justicia penal internacional sesgada y orientada, en particular en el continente africano. También interpela a algunos Estados que, por una razón u otra, consideran oportuno seguir haciendo negocios con Israel como si nada pasara, en particular en el comercio de armas y en muchos otros ámbitos altamente estratégicos (suministro de petróleo en particular, pero también de los componentes electrónicos necesarios para los sistemas de información y comunicación utilizados por el ejército israelí). 

Finalmente, es posible que los jueces nacionales que se mostraban reticentes a tomar  decisiones encuentren ahora una razón adicional, que faltaba en el expediente hasta el 20 de noviembre, para pronunciarse en favor de las víctimas palestinas, de conformidad con la obligación general de los Estados de prevenir el crimen de genocidio y los crímenes de guerra. Cabe recordar que muchos soldados israelíes que exhiben en las redes sociales sus «trofeos» y sus crímenes de guerra en Gaza tienen otro pasaporte además del israelí y que acciones legales en su contra han sido iniciadas en algunos Estados de Europa (Nota 4).

A modo de conclusión: volviendo un momento a Costa Rica

Las razones por las que se redactó el precitado comunicado oficial de Costa Rica de esta manera ameritarían ser investigadas: como profesor de derecho internacional público (a menudo llevado a explicar a sus estudiantes el significado y el tipo de mensaje que un Estado pretende enviar al elaborar un comunicado de prensa jugando con la riqueza y los matices que ofrece el lenguaje en aras de modular y calibrar la señal que quiere enviar a los demás Estados), resulta más que sorprendente el poco cuido del aparato diplomático costarricense a la hora de elaborar y difundir un comunicado de prensa como ocurrió en este preciso caso.

Más allá de la forma precipitada con la que a veces se elaboran comunicados de prensa en algunas ocasiones, procediendo incluso a invocar principios jurídicos inexistentes (Nota 5), estas órdenes de arresto de la CPI también envían una señal inequívoca a Estados como Costa Rica que, por alguna razón, consideran oportuno negociar acuerdos bilaterales con las actuales autoridades de Israel y … anunciarlos en plena cumbre mundial: durante la reciente COP29 celebrada en Bakú, Azerbaiyán, Costa Rica sorprendió a muchos al anunciar la firma de un Memorandum de Entendimiento (MoU) con Israel en materia ambiental (véase comunicado oficial de sus autoridades ambientales del 13 de noviembre y comunicado oficial de sus homólogas en Israel). Por lo pronto, Costa Rica obtuvo el poco decoroso galardón de «Fósil del Día» otorgado por organizaciones ecologistas internacionales indignadas (véase artículo publicado en el semanario Ojoalclima, cuya parte final exhibe a las autoridades costarricenses en su súbita negativa a dar explicaciones). 

En otro ámbito, Costa Rica está negociando con Israel un tratado de libre comercio desde varios años (véase comunicado oficial de las autoridades a cargo del comercio exterior de octubre del 2024) y no parece haber considerado oportuno ni prudente suspenderlas sine die.

– – Notas – –

Nota 1: El comunicado oficial de Costa Rica difundio el 22 de noviembre a las 12:59 pm (véase enlace oficial) se lee de la siguiente manera;

«Costa Rica respeta independencia judicial de la Corte Penal Internacional y confía en su integridad y la de sus funcionarios

San José, 22 de noviembre de 2024. Costa Rica participa de las organizaciones multilaterales de las naciones, incluyendo el sistema de justicia internacional, que es parte esencial de las mismas. 

Hemos apoyado históricamente a la Corte Internacional de Justicia, la Corte Penal Internacional, el Tribunal Internacional del Derecho del Mar y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La Corte Penal Internacional (CPI) se instituyó luego de la segunda guerra mundial sobre los principios del Tribunal de Nuremberg, que establecieron claramente y por primera vez la responsabilidad penal por crímenes internacionales.

La CPI, compuesta por jueces elegidos por la comunidad internacional, estudia situaciones remitidas por Estados parte o por el Consejo de Seguridad de la ONU, investiga posibles crímenes internacionales (crímenes de guerra, genocidio, lesa humanidad y agresión) y luego si se cumplen requisitos formales y encuentra probabilidad de comisión de crímenes internacionales, emite órdenes de arresto, que solamente indican que habrá un proceso judicial contra posibles responsables.

Hay presunción de inocencia, debido proceso, y todas las garantías judiciales.

La Corte se enfoca en las víctimas, y ante la Corte todas las víctimas tienen el mismo derecho a la justicia, sean de cualquier país, grupo étnico, religión, etc.

Costa Rica respeta la independencia judicial de la Corte Penal por lo que no considera apropiado emitir comentarios sobre sus decisiones. 

Confiamos en sus magistrados y en la integridad de la institución y sus funcionarios.

Comunicación Institucional 

458-2024 CR independencia judicial CPI

Viernes 22 noviembre 2024«

Nota 2: En la votación de esta misma resolución en el 2023, se lee en este comunicado de Naciones Unidas del 10 de noviembre del 2023 que: «On a point of order, Egypt’s delegate asked who requested the vote, to which the Chair responded that it was Israel. The resolution was approved by a recorded vote of 168 in favour to 5 against (Israel, Marshal Islands, Micronesia, Nauru and the United States), with 9 abstentions (the Democratic People’s Republic of Korea, Guatemala, Kiribati, Palau, Papua New Guinea, Paraguay, Tongo, Tonga and Vanuatu)«.

Nota 3: Véase nuestra breve nota al respecto: BOEGLIN N., «Gaza  / Israel: a propósito del nuevo veto solitario de Estados Unidos en seno del Consejo de Seguridad«, edición del 20 de noviembre del 2024. Texto completo disponible aquí

Nota 4: En lo relativo a un soldado israelí que posee un pasaporte francés. véase esta  nota de Le Monde de abril 2024. En lo relacionado a dos soldados belga/isralíes,esta nota de JusticeInfo de octubre del 2024 detalla estos dos casos ante los tribunales belgas. Se lee que: «Il faut faire respecter le droit international pour forcer un cessez-le-feu et mettre fin à  l’impunité qui nourrit les crimes suivants. La justice belge doit faire sa part du travail, aux cotés de la justice internationale«. El Reino Unido por su parte registra un centenar de sus nacionales en las filas del ejército de Israel enviado a comabit en Gaza (véase nota de prensa).

Nota 5: Con ocasión del ingreso de tropas especiales de Ecuador a la Embajada de México en Quito el 5 de abril del 2024, tuvimos la ocasión se registrar las diversas reacciones oficiales  de Estados de América Latina y señalar el error conceptual, a nuestro modo de ver grave, contenido en el comunicado oficial de prensa elaborado y difundido por Costa Rica al señalar que: «Es posiblemente la primera vez que Estados refieren oficialmente a «la integridad territorial de una embajada«: véase BOEGLIN N., «A propósito del anuncio por parte de México de suspender sus relaciones diplomáticas con Ecuador«, edición del 6 de abril del 2024. Texto disponible aquí.

Manifestación este viernes 29 frente a la Casa Amarilla ante el proceso para firmar TLC con Israel

Red de Solidaridad con Palestina

En el marco de la fecha internacional que la ONU celebra por la solidaridad con Palestina y ante el proceso que el gobierno de Costa Rica ha iniciado para firmar un TLC con Israel, se realizará una manifestación este viernes 29 de noviembre Frente a la Casa Amarilla, sede del Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país, de 5:00 pm a 7:00 pm.

La Red de Solidaridad con Palestina, ante la ambigüedad de las declaraciones del Gobierno sobre los alcances de las conversaciones de los equipos que representan a cada país signatario de este proceso, envió una carta al Ministerio de Comercio Exterior COMEX, hace tres semanas, y el mismo ha respondido con una lista de temas comerciales  para este TLC, que no deberían ser de interés de nuestro país como son los temas de seguridad, que podrían incluir lo militar y temas de intercambio de productos que no se garantizan sean producidos en territorios ilegales, ocupados por Israel y donde el régimen Israelí somete a la población Palestina a régimen de Apartheid, como la ONU lo ha denunciado.

Además, en la respuesta que da COMEX a la Red de Solidaridad con Palestina, se informa que se ha adoptado una condición de «secreto de Estado» sin dar información del fundamento para el mismo, ni de qué temas están en esta categoría de secretismo, que excluye de la información al pueblo costarricense.

Y por último, el Gobierno de nuestro país, envía un mensaje incorrecto y totalmente alejado de la trayectoria e imagen internacional que tiene Costa Rica de ser un país, sin ejército, propiciador de la paz y respetuoso de los organismos judiciales internacionales, al empeñarse en firmar un Tratado Comercial con un Gobierno cuya cabeza tiene a un encausado por crímenes de guerra y genocidio, como es el jefe de Gobierno Israelí, Benjamin Netanyahu y contra  quién la Corte Penal Internacional ha emitido orden  de captura. Así mismo, nuestro país propicia un acuerdo con un gobierno y unas fuerzas militares que en casi catorce meses han asesinado con bombardeos indiscriminados a más de cuarenta mil civiles en Gaza, entre los cuales se encuentran cerca de veinte mil niños inocentes.

La Red de Solidaridad con Palestina invita a manifestarse al pueblo costarricense amante de la paz a esta convocatoria en protesta del TLC con Israel este viernes 29 de noviembre a las 5:00 pm frente a la Casa Amarilla.

Día Internacional de Solidaridad con Palestina en Costa Rica

El viernes 29 de noviembre de 5 p.m. a 7 p.m. en la Cancillería (Casa Amarilla) se llevará a cabo una actividad pacífica de solidaridad con Palestina, en el marco de las negociaciones del tratado de libre comercio con Israel.

Esta manifestación se debe a que el pasado 22 de noviembre el gobierno de Costa Rica contestó la solicitud formal de la organización Red de Solidaridad con Palestina sobre el tratado con Israel, indicando que mediante jurisprudencia de la Sala Constitucional, la documentación que se solicitó será tratada como secreto de estado. 

El llamado del movimiento que promueve la solidaridad con Palestina  es el siguiente: “No permitamos que se hagan negocios con criminales de guerra y genocidas, y tampoco permitamos que se negocie a oscuras un TLC con un estado y gobierno perseguidos por la Corte Internacional de Justicia y la Corte Penal Internacional”.

Le invitamos a esta manifestación, la cual es apta para todo el público con diversas participaciones culturales El llamado es a formar parte de esta jornada internacional de solidaridad.

Orden de arresto de Netanyahu

Félix Madariaga Leiva

Félix Madariaga Leiva
Periodista

El rol de la Corte Penal Internacional (CPI), también conocida como Tribunal Penal Internacional (TPI), debería ser el de un tribunal internacional permanente e independiente, cuya misión es el enjuiciamiento de graves crímenes internacionales, como el genocidio, crímenes de guerra y de lesa humanidad. La CPI tiene personalidad jurídica internacional, y no forma parte de las Naciones Unidas, aunque se relaciona con ella en los términos que señala el Estatuto de Roma, su norma fundacional.

La Corte Penal Internacional sólo investiga a individuos, y sólo actúa si una persona es sospechosa de ser responsable de uno de los cuatro crímenes establecidos: genocidio, crímenes de guerra graves, crímenes contra la humanidad o una guerra de agresión. De hecho, la CPI ha estado investigando presuntos crímenes de guerra contra los posibles responsables de Israel desde el año 2021.

Hace poco más de un mes la Corte Penal Internacional, ha solicitado órdenes de arresto contra el primer ministro israelí, Benjamín Netanyahu y su ministro de Defensa, Joav Galant, por posibles crímenes de guerra en el conflicto en Gaza. Ellos han sido imputados de esos cargos, y bien vale recordar que desde hace varios años el Primer Ministro Israelí es acusado de fraude, soborno y abuso de confianza en ese país. El proceso, que comenzó el año 2020, se había suspendido desde los ataques de Hamás a Israel el 7 de octubre, pero fue reanudado en diciembre de 2023, a cargo del Tribunal del Distrito de Jerusalén.

En tanto, en unas vergonzosas palabras de respaldo, Joe Biden, presidente de Estados Unidos, calificó de escandalosa la orden de detención contra Netanyahu emitida por la Corte Penal Internacional. Además, declaró que lo que está ocurriendo en Gaza no es un genocidio y dio todo su apoyo a Israel, un apoyo lamentable, cuando siguen atacando impunemente al pueblo Palestino, destruyendo escuelas, hospitales e infraestructura básica para la subsistencia de la población.

Contradicciones desde el imperio

Llama la atención la evidente contradicción del mundo occidental, con una balanza siempre inclinada hacia un lado y casi nunca equilibrada. Mientras desde el país del norte las voces que aplaudían y justificaban la decisión de la CPI de perseguir con órdenes de arresto al Presidente de la Federación Rusa Vladimir Putin y a la comisionada Presidencial para los Derechos de los Niños, Maria Lvova-Belova, esas mismas voces hoy susurran afónicamente y prefieren el silencio frente a la orden de arresto del Primer Ministro Israelí y su ministro de defensa.

El crimen del que se acusó a las autoridades rusas fue grave, gravísimo: el traslado forzoso de niños. Hoy, algunos meses después de iniciada la caza de brujas, la acusación parece caerse a pedazos. Según informa EFE, durante la reunión que sostuvieron en abril en Catar representantes de Moscú y Kiev para debatir la devolución de menores separados de sus familias por el conflicto entre esos países, la delegada rusa se refirió a la situación de 29 niños residentes en Rusia y 11 en Ucrania que esperan reunirse con sus familiares. Claramente las cifras de niños deportados de las que se habló no corresponden a la realidad.

Aún más, según la portavoz de Exteriores, María Zajárova, Kiev y Occidente, están utilizando con fines políticos el destino de los niños ucranianos: “Todo esto es falso, son maquinaciones e intrigas políticas, un montaje más (…) Tras toda estas pseudoiniciativas, dirigidas en realidad a conseguir sus propios intereses egoístas, se pierden los problemas reales de los niños. A nadie en Occidente ni Ucrania le interesa el destino real de estos niños”, afirmando que “los ciudadanos ucranianos que perdieron la esperanza de recuperar a sus hijos, literalmente perdidos en la UE, solicitan ayuda a las instituciones diplomáticas rusas, ya que las embajadas de Ucrania les niegan apoyo”, y agregó que en Alemania fueron hallados 161 niños ucranianos que, según Ucrania, habían sido deportados a Rusia.

Y surge claramente una nueva pregunta, ¿el mundo occidental y la CPI levantará su voz e iniciará acciones concretas frente a los crímenes de Israel? ¿O continuará guardando un silencio cómplice?, lo que es aún más grave si consideramos que, como señala el investigador jurídico y abogado internacional Ahmed Abofoul “la CPI tiene el mandato no sólo de investigar crímenes, sino también de emitir declaraciones preventivas”, lo que no está haciendo de manera reiterada y con acciones comunicacionales ofensivas como lo hizo contra Vladimir Putin en 2023.

Según vociferaba Estados Unidos y los gobiernos europeos, Moscú estaba llevando a cabo un plan para deportar por la fuerza a miles de niños ucranianos a Rusia, a menudo a una red de campos de reeducación política. Usaron abiertamente fakes, como una estrategia comunicacional, lo que ya ha sido desmentido, ya que esos niños fueron protegidos de los bombardeos y llevados a lugares donde estuvieron a salvo, para posteriormente ser devueltos a sus familias, y eso es lo que no está haciendo Israel, que a pesar de los miles de llamados al cese al fuego, continua atacando a la población civil indefensa e intentando destruir los cimientos de un pueblo que SI tiene derecho a existir.

Las críticas que se han alzado a lo largo del planeta contra la CPI no es por su función, es por el doble estándar que utiliza en su actuar cuando se trata de tomar decisiones, sobre todo hacia aquellos sindicados como enemigos de Occidente.

De esta forma, Netanyahu continúa actuando en completa impunidad, desde que decidió bombardear Palestina y hacer una de las guerras más espantosas que hemos vivido en los últimos años, con miles de niñas y niños muertos y heridos. La CPI dice muy poco y nada al respecto. Nos avergonzamos al escuchar a Joe Biden en su declaración de apoyo a Netanyahu, ya que ni siquiera toma en cuenta las denuncias hechas ante la CPI por parte de organismos internacionales que exponen claramente los crímenes de guerra y lesa humanidad ejecutados por Israel.

Mientras nosotros nos quedamos con datos de la Unicef en que denuncian que los niños que huyen de la guerra de Ucrania corren un mayor riesgo de ser víctimas de trata y explotación, y llama a los gobiernos a endurecer las medidas de protección para los niños y niñas que cruzan las fronteras desde Ucrania a otros países. Esto pareciera no importar a Volodomir Zelenski y sus aliados, ya que no hemos escuchado nada al respecto. Pero podemos imaginarnos que si cruzaran la frontera hacia Rusia ya estarían denunciando a la comunidad internacional al presidente Vladimir Putin de secuestro. Cuesta imaginarnos también que la CPI denunciará algunos cargos judiciales al presidente de Ucrania por el desamparo en que quedan estos niñas y niñas que cruzan las fronteras.

Fuentes:

https://www.unicef.org/es/comunicados-prensa/ninos-huyen-guerra-ucrania-corren-mayor-riesgo-victimas-trata-explotacion

https://www.larazon.es/internacional/rusia-ucrania-celebran-primeras-negociaciones-devolucion-menores-ucranianos_20240425662a7923c18d4000018748d3.html

https://efe.com/mundo/2024-04-25/rusia-ucrania-negociaciones-devolucion-menores/

https://www.youtube.com/watch?v=G16Mnq93qL0

https://www.elciudadano.com/actualidad/cpi-una-entidad-sometida-a-los-intereses-de-occidente/04/26/

Gaza / Israel: Consejo de Seguridad adopta una resolución exigiendo cese al fuego

por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto : nboeglin@gmail.com

Este 25 de marzo, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas logró adoptar una resolución (2728) exigiendo un cese al fuego inmediato en Gaza. 

El texto, cuyo borrador inicial fue patrocinado por Argelia y 9 Estados más y que circuló desde el viernes 22 como propuesta alternativa, adoptado este 25 de marzo puede ser revisado en este enlace. El texto de la resolución está reproducido al final de estas breves reflexiones en inglés y en francés.

Algunos cambios en el vocabulario con relación al borrador inicial propuesto se deben a la amenaza de un nuevo veto norteamericano: no se habla de cese al fuego «permanente«, sino por las dos semanas que dura el Ramadán entre otros cambios. Sobre los cambios de palabras de último minuto antes del voto de la resolución 2728,  se lee en esta nota elaborada por una ONG que sigue de muy cerca las negociaciones dentro del Consejo de Seguridad que:

«It seems, however, that shortly before the vote took place yesterday, and following a request by the US, the draft resolution in blue was further amended to replace the reference to a “permanent sustainable ceasefire”, with a reference to a “lasting sustainable ceasefire”. This led Russia to introduce an oral amendment before the vote on the whole draft resolution to replace the word “lasting” with the word “permanent” ahead of the reference to a sustainable ceasefire. The amendment failed to be adopted because it did not garner the required nine affirmative votes. The US voted against the amendment, while Algeria, China and Russia voted in favour. The remaining 11 Council members abstained. The Council then voted on the E10 draft text, which was adopted with 14 votes in favour and one abstention (US)«.

Los demás nueve Estados patrocinadores (denominados E-10 en la jerga del Consejo de Seguridad, siendo el E usado por «elected«) conjuntamente con Argelia fueron: Corea del Sur, Ecuador, Eslovenia, Guyana, Japón, Malta, Mozambique, Sierra Leone y Suiza.

Puesta en contexto

Se trata de un nuevo ejercicio luego de una propuesta de Estados Unidos presentada el viernes 22 de marzo, la cual fue objeto del voto en contra (veto) por parte de China y de Rusia. 

El lenguaje (bastante creativo) de Estados Unidos en el Párrafo Operativo 1 (OP1) de su propuesta votada el 22 de marzo, refirendo a que el Consejo de Seguridad:

«OP1 – Determines the imperative of an immediate and sustained ceasefire to protect civilians on all sides, allow for the delivery of essential humanitarian assistance, and alleviate humanitarian suffering, and towards that end unequivocally supports ongoing international diplomatic efforts to secure such a ceasefire in connection with the release of all remaining hostages»;  

había profundamente indignado a los delegados de Argelia, China y Rusia (que votaron en contra);  así como la representante de Guyana (que se abstuvo, con una inusitada llamada de atención de su delegada a Estados Unidos al explicar su voto, y cuya lectura se recomienda, a penas esté disponible). 

Salvo error de nuestra parte, es la primera vez desde 1945 que se propone un «determines the imperative» en un Párrafo Operativo de una propuesta de resolución del Consejo de Seguridad. Ante la maniobra semántica norteamericana permitiendo vaciar de contenido la exigencia de un cese al fuego a Israel (y al Hamás), el resto de los integrantes del Consejo de Seguridad votaron a favor (11 votos), exhibiendo de alguna manera su apoyo a tan inusitado juego de palabras por parte de la delegación norteamericana. La abstención de Guyana cobra mayor relevancia si se compara con la actitud de estos 11 Estados.

No está de más recordar que Estados Unidos ha vetado en tres ocasiones proyectos de resolución exigiendo un cese al fuego por razones humanitarias, el primero de ellos propuesto por Brasil el 18 de octubre del 2023, que tuvimos la oportunidad de analizar en detalle (Nota 1). 

El voto de la resolución en breve

Este 25 de marzo, la presión externa sobre Estados Unidos (pero también interna) fue tal que su representante optó por abstenerse, reuniendo el texto aprobado 14 votos a favor.  

Esta vez, el Reino Unido optó por no acompañar a Estados Unidos, evidenciándose el aislamiento total de Estados Unidos en el seno del Consejo de Seguridad. 

En su explicación de voto, la delegada de Estados Unidos refirió al carácter «non-binding» de esta resolución, provocando reacciones airadas e iracundas de varios delegados. Un Miembro Permanente del Consejo de Seguridad como Estados Unidos… ¿ignorando el Artículo 25 de la Carta de Naciones Unidas y aduciendo que la resolución obtenida este 25 de marzo no es vinculante? Así como se oye.

En un caso como el asedio total al que Israel somete a la población civil en Gaza desde el pasado 7 de octubre,  y el cese al fuego inmediato que se exige luego de tres intentos vetados por Estados Unidos, esta resolución del Consejo de Seguridad es por supuesto de acatamiento obligatorio: sorprende que ahora Estados Unidos tenga semejante posición y la externe públicamente su máxima representante en Naciones Unidas. Si no fuera de acatamiento obligatorio, ¿a qué obederán entonces las largas negociaciones y tractaciones previas sobre su contenido, en las que cada palabra, cada expresión, cada puntuación propuesta fue objeto de innumerables enmiendas y revisiones hasta lograr un consenso? 

Un reciente artículo publicado (de muchos otros que vendrán…)  explica las razones por las que la resolución  2728 es vinculante, contrario a lo escuchado por parte del incondicional aliado de Israel. 

Se espera de los demás integrantes del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, pero también de los Estados Miembros de Naciones Unidas como tal, que llamen la atención a Estados Unidos sobre este preciso punto en los próximos días, dada la osadía de la diplomacia norteamericana. Así por ejemplo, en un comunicado oficial, Costa Rica reiteró el carácter obligatorio de la resolución 2728 al señalar que: … de acuerdo con la Carta de la Organización de las Naciones Unidas las decisiones del Consejo de Seguridad son de obligatorio cumplimiento, por lo que Costa Rica insta a su estricto e inmediato acatamiento» (Nota 2).

Con relación a la presión interna en estados Unidos, se considera que el fracasado intento de Estados Unidos poniendo a prueba la paciencia del Consejo de Seguridad con juegos semánticos inaceptables, obedeció en realidad a una simple maniobra de carácter electoral: ello con la finalidad de calmar a parte del electorado del Partido Demócrata profundamente indispuesto con el apoyo incondicional de Estados Unidos a Israel en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre.

Finalmente, cabe señalar que en señal de descontento por la abstención de Estados Unidos en el Consejo de Seguridad, el Primer Ministro de Israel decidió suspender su visita prevista a la capital norteamericana (véase nota de la agencia Reuters): una nueva evidencia de posición intransigente de Israel y de la tensión que está instalándose entre Estados Unidos e Israel. En respuesta a la decisión de Israel, se leyó (véase nota del Timesof Israel) que un portavoz de Estados Unidos indicó en conferencia de prensa que:

» We’re very disappointed that they won’t be coming to Washington, DC to allow us to have a fulsome conversation with them about viable alternatives to going in on the ground in Rafah«.

A modo de conclusión

Desde la tarde/noche 7 de octubre en la que iniciaron los bombardeos incesantes y desproporcionales de Israel sobre la población civil de Gaza, esta resolución del Consejo de Seguridad es la primera en la que se exige un cese al fuego a Israel y al Hamás. 

Es de esperar que ello calme los ímpetus destructores de Israel en Gaza observados desde la tarde/noche del 7 de octubre. 

Ahora bien, de no observarse mayor cambio por parte de las máximas autoridades de Israel a partir del 25 de marzo del 2024, con un conjunto de resoluciones votadas por la Asamblea General de Naciones Unidas, esta resolución 2728(2024) del Consejo de Seguridad será utilizada ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el marco del procedimiento iniciado por Sudáfrica contra Israel desde el pasado 29 de diciembre; así como por Nicaragua contra Alemania por complicidad de genocidio en Gaza, cuyas audiencias tendrán lugar los próximos 8-9 de abril  en La Haya (Nota 3). Ello sin hablar de la remisión de carácter urgente presentada, primero por Bengladesh, Bolivia, Comoros, Maldivas y Sudáfrica en noviembre del 2023 (véase texto), y luego por Chile y México en enero del 2024 (véase comunicado oficial) a otra instancia jurisdiccional: la Corte Penal Internacional (CPI).

No está de más señalar que, en función de la postura que adopte Israel, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas podría en los próximos días llevar a cabo otra iniciativa similar, condenando el irrespeto a sus decisiones por parte de Israel y  aplicándole las medidas de carácter punitivas y cohercitivas previstas en caso de irrespeto a su autoridad (incluyendo un embargo comercial y sobre armas); de paso, esta segunda iniciativa podría obligar a Estados Unidos a unirse a los 14 demás integrantes del Consejo de Seguridad. 

La disyuntiva siendo para Estados Unidos la de aislarse un poco más del resto de la comunidad internacional vetando esta futura iniciativa, o bien aceptar que defender a Israel resulta en este mes de marzo del 2024 indefendible, y que su accionar en Gaza es simplemente injustificable e inaceptable.

– – –

Nota 1: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: breves reflexiones con relación al veto de Estados Unidos al proyecto de resolución en el seno del Consejo de Seguridad presentado por Brasil», 18 de octubre del 2023. Texto disponible aquí.

Nota 2: El comunicado oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores de  Costa Rica del 25 de mazro se lee de la siguiente manera:

«Costa Rica apoya resolución adoptada por el Consejo de Seguridad sobre Gaza

San José, 25 de marzo del 2024. Costa Rica expresa su apoyo a la Resolución S/2024/253, adoptada el día de hoy por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la situación en Gaza, la cual exige un alto al fuego inmediato durante Ramadán que conduzca a un alto al fuego sostenido, así como la liberación inmediata de todos los rehenes, el acceso sin barreras a ayuda humanitaria, el reforzamiento de la protección de civiles en toda la Franja de Gaza y el respeto de las partes a sus obligaciones a tenor del Derecho Internacional.

Recordamos que de acuerdo con la Carta de la Organización de las Naciones Unidas las decisiones del Consejo de Seguridad son de obligatorio cumplimiento, por lo que Costa Rica insta a su estricto e inmediato acatamiento.

Confiamos en que este sea el primer paso hacia una solución permanente, reflejada en dos Estados, Israel y Palestina, viviendo en paz y seguridad, uno al lado del otro, de acuerdo con las líneas fronterizas acordadas por las Naciones Unidas en la Resolución 242 del año 1967.

 Comunicación Institucional, 106-2024 Apoyo CR a resolución CSONU, Lunes 25 de marzo de 2024«.

Nota 3:  Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: Gaza / Israel: Corte Internacional de Justicia (CIJ) fija audiencias en demanda de Nicaragua contra Alemania», 15 de marzo del 2024. Texto disponible aquí.

Material / Documento: texto de la resolución 2728(2024) adoptada el 25 de marzo del 2024

Resolution 2728 (2024) adopted by the Security Council at its 9,586th meeting, on 25 March 2024

The Security Council,

Guided by the purposes and principles of the Charter of the United Nations,

Recalling all of its relevant resolutions on the situation in the Middle East, including the Palestinian question,

Reiterating its demand that all parties comply with their obligations under international law, including international humanitarian law and international human rights law, and in this regard deploring all attacks against civilians and civilian objects, as well as all violence and hostilities against civilians, and all acts of terrorism, and recalling that the taking of hostages is prohibited under international law,

Expressing deep concern about the catastrophic humanitarian situation in the Gaza Strip, 

Acknowledging the ongoing diplomatic efforts by Egypt, Qatar and the United States, aimed at reaching a cessation of hostilities, releasing the hostages and increasing the provision and distribution of humanitarian aid,

1. Demands an immediate ceasefire for the month of Ramadan respected by all parties leading to a lasting sustainable ceasefire, and also demands the immediate and unconditional release of all hostages, as well as ensuring humanitarian access to address their medical and other humanitarian needs, and further demands that the parties comply with their obligations under international law in relation to all persons they detain; 

2. Emphasizes the urgent need to expand the flow of humanitarian assistance to and reinforce the protection of civilians in the entire Gaza Strip and reiterates its demand for the lifting of all barriers to the provision of humanitarian assistance at scale, in line with international humanitarian law as well as resolutions 2712 (2023) and 2720 (2023);

3. Decides to remain actively seized of the matter.

——

Résolution 2728(2024) adoptée par le Conseil de Sécurité des Nationes Unies le 25 mars 2024

Le Conseil de sécurité,

Réaffirmant les buts et principes énoncés dans la Charte des Nations Unies,

Rappelant toutes ses résolutions antérieures sur la situation au Moyen-Orient, y compris la question palestinienne,

Demandant de nouveau à toutes les parties au conflit d’adhérer aux obligations que leur impose le droit international, y compris le droit international humanitaire et le droit international des droits humains et, à cet égard, déplorant toutes les attaques perpétrées contre des civils et des biens de caractère civil ainsi que tous les actes de violence et d’hostilité contre des civils et tous les actes de terrorisme, et rappelant que les prises d’otages sont prohibées par le droit international,

Se déclarant profondément préoccupé par la situation humanitaire catastrophique qui règne dans la bande de Gaza,

Prenant note de l’action diplomatique en cours menée par l’Égypte, les États-Unis d’Amérique et le Qatar, visant à parvenir à la cessation des hostilités, à obtenir la libération des otages et à accroître la fourniture et la distribution de l’aide humanitaire,

1.    Exige un cessez-le-feu humanitaire immédiat pendant le mois du ramadan qui soit respecté par toutes les parties et mène à un cessez-le-feu durable, exige également la libération immédiate et inconditionnelle de tous les otages et la garantie d’un accès humanitaire pour répondre à leurs besoins médicaux et autres besoins humanitaires, et exige en outre des parties qu’elles respectent les obligations que leur impose le droit international à l’égard de toutes les personnes qu’elles détiennent;

2.    Insiste sur la nécessité urgente d’étendre l’acheminement de l’aide humanitaire aux civils et de renforcer la protection des civils dans l’ensemble de la bande de Gaza et exige à nouveau la levée de toutes les entraves à la fourniture d’une aide humanitaire à grande échelle, conformément au droit international humanitaire et aux résolutions 2712 (2023) et 2720 (2023);

3.    Décide de rester activement saisi de la question.

Imagen ilustrtiva del Consejo de Seguridad.

Iniciativa popular mundial para que la Corte Penal Internacional investigue y juzgue al gobierno de Israel por crímenes en Gaza

SURCOS comparte esta iniciativa:

¿Te sumarías a una iniciativa popular internacional para promover que la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) investigue y juzgue al gobierno de Israel por los crímenes y el castigo colectivo cometidos en Gaza desde el pasado 7 de octubre de 2023?

Leer el texto y firmar: https://www.justiceforgaza.info/espanol/

En memoria de las víctimas de Gaza

Red de Solidaridad con Palestina

EN EL «DIA DE DIFUNTOS» UNA SUPLICA DE CESE AL FUEGO POR LAS CUATRO MIL NIÑOS VICTIMAS, MASACRADOS EN LA GAZA BOMBARDEADA:

Este jueves 2 de noviembre, frente a la Casa Amarilla sede de la Cancillería, «Día de Difuntos» recordamos a los casi 4 mil niños y niñas cegados de sus vidas por los bombardeos indiscriminados de Israel sobre la cercada Gaza. Si bien saludamos el voto de Costa Rica en la Asamblea General de Naciones Unidas del viernes pasado para que haya un cese al fuego inmediato y se permita el ingreso irrestricto de la ayuda humanitaria a Gaza, reclamamos que nuestro país se abstuviera en la siguiente votación para llevar a la Corte Penal Internacional a Israel por crímenes de guerra y no respetar las más mínimas reglas de la guerra, entre ellas no atacar a la población civil, (menos atacar niños) y no atacar lugares de habitación, centros públicos, escuelas y hospitales. Este voto de indiferencia, aunque aparezca como una advertencia a EEUU e Israel de no darle el aval haciendo lo de «ni chicha, ni limonada», da un paso atrás en poner a Costa Rica, con su tradición pacifista y respetuosa de los derechos humanos, en el lugar de vanguardia que debería tener en el concierto de las naciones, impulsando la necesaria intervención de la Justicia Mundial para que Israel deje de llevar adelante este genocidio en curso en Gaza Palestina.

Demandamos que Costa Rica salga de las medias tintas en donde negro y blanco debe imperar y no dudosos grises cuando de Derechos elementales humanos se refiere. Demandamos al Gobierno de nuestro país y a su Cancillería que llame a consultas al Embajador de Costa Rica en Tel Aviv, como una forma de protesta por la irreverencia y total desprecio de Israel a la decisión de un organismo como la Asamblea General de Naciones Unidas, que voto el llamado al cese al fuego y la habilitación de la asistencia humanitaria a Gaza. Mas grave desfachatez de Israel, cuando fue este mismo organismo que en 1949 había aprobado la formación del Estado de Israel y en esa ocasión, Israel no exigió la renuncia del secretario general de ONU, ni llamó a irrespetar la decisión de la Asamblea General de entonces. El doble rasero de Israel y su padrino y protector EEUU, no debe ser aceptado por nuestro país y flaco servicio se le hace a la coherencia en el respeto de los Derechos Humanos, cuando el representante de nuestro país se abstiene de llevar ante la justicia a quienes están cometiendo crímenes de guerra y hacen apología del delito.

¡Palestina Libre!

Adjunto en el enlace final se encuentra un formulario que tiene como fin recolectar firmas de personas, organizaciones de la sociedad civil, agrupaciones políticas, sindicales y de derechos humanos para solicitar a la Cancillería de la República de Costa Rica su repudio con respecto a la expulsión de familias de Jerusalén, la represión en la Mezquita de Al Aqsa y los bombardeos a Gaza; asimismo para que inste a la finalización de los vínculos con el Estado de Israel y los acuerdos vigentes.

Sumado a esto, se denuncia el proceso de judaización constante de Jerusalén, que expulsa a su población palestina originaria, las sistemáticas violaciones a los derechos humanos que sufre la población palestina de Jerusalén, Gaza y Cisjordania por parte de la potencia ocupante, el infame crimen de Apartheid contra el Pueblo Palestino y los bombardeos y asesinatos de población civil palestina.

Por último, entendiendo que la comunidad internacional no puede permanecer en silencio y que Costa Rica tiene en este espacio un lugar comprometido con los derechos humanos de los pueblos y su autodeterminación, solicitamos de la forma más vehemente impulsar las siguientes medidas:

1-Llevar a la Asamblea General de las Naciones Unidas una resolución que renueve el llamado a generar sanciones legítimas y efectivas a Israel enfocadas en el embargo militar, así como a proveer los medios para implementarlas, como contramedida para detener su anexión de facto y de jure de territorios palestinos ocupados y otras graves violaciones de la ley internacional.

2-Promover la activación del Comité Especial contra el Apartheid de las Naciones Unidas para abordar el régimen de Israel sobre la población autóctona de Palestina.

3-Garantizar la efectividad y actualización regular de la base de datos de las Naciones Unidas de compañías involucradas en negocios en los asentamientos ilegales israelíes.

4-Apoyar la investigación de la Corte Penal Internacional sobre los crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad perpetrados en los territorios palestinos ocupados.

Enlace formulario: https://docs.google.com/forms/d/1WuE1dMxTgvZBAa41tAAMEt_gNGT2wLVBJRENO4PNzkE/edit?usp=sharing
Carta a Cancillería sobre Palestina: https://docs.google.com/document/d/19Adx64HypEBVno4wPL1oSZuMCilbY_PHzqnUx7GD9Fo/edit?usp=s0e1ac3haring

Corte Penal Internacional: de cara a la elección de jueces titulares

Nicolas Boeglin

En esta segunda quincena del mes de diciembre, se realiza la Asamblea de Estados Partes de la Corte Penal Internacional (CPI) en La Haya: véase comunicado oficial de la CPI al respecto.

En la actualidad, son en total 123 los Estados Partes al Estatuto de Roma, tal y como se puede apreciar del estado oficial de firmas y ratificaciones (véase enlace oficial): en América Latina, faltan únicamente al llamado Cuba y Nicaragua, que tan siquiera han firmado este valioso instrumento internacional adoptado en 1998, que busca sancionar penalmente a personas responsables de actos considerados como los más graves por la comunidad internacional (crimen de genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y el crimen de agresión).

En este año 2020, la CPI debió enfrentar la creciente hostilidad de Estados Unidos y de Israel, una situación raramente observada (Nota 1), la cual tiene como tela de fondo la investigación preliminar llevada por la Fiscal de la CPI sobre las exacciones israelíes en territorio palestino (Nota 2). En su último discurso como titular de la Fiscalía de la CPI ante la Asamblea de Estados Partes (véase texto completo), su autora señaló que:

«All here present have recognised the unacceptable nature of the measures taken by the United States (“US”) administration. I’m grateful to the ASP President and to all those who have spoken out on the matter, through joint statements, individual expressions of support, or otherwise supported the Court and me personally.

The measures do not only constitute an attack on the Court and the Rome Statute system but a direct political affront to States Parties and a dangerous precedent for a rules-based international system.

It is my sincere hope that the US reverses its aggressive policy of antagonism towards the Court. No one wins from such tactics. Until such time, it is crucial that States Parties remain vigilant and keep close tabs on the matter, especially as further escalation remains on the table«.

Con relación a América Latina, resulta oportuno indicar que la Fiscalía de la CPI tiene abiertas cuatro investigaciones preliminares: una en Bolivia, una en Colombia y dos en Venezuela (véase enlace oficial), mientras que la CPI registra actualmente veinte casos, todos contra dirigentes del continente africano (véase enlace oficial). Con relación a Costa Rica, es de notar que pese a lo oído en Costa Rica, no figura su nombre en la lista de los Estados citados por la CPI que le solicitaron colectivamente abrir una investigación en Venezuela a finales del año 2018 (véase enlace oficial).

Las elecciones del 2020 en breve

En una sesión siguiente a realizarse en Nueva York en este mismo mes de diciembre del 2020, se procederá a la escogencia de seis nuevos integrantes de la máxima instancia en materia de justicia penal internacional (véase comunicado oficial en español de la CPI que precisar perfil de candidatos propuestos y sistema de votación escogido), así como al nuevo titular de la Fiscalía de la CPI (véase enlace sobre proceso seguido).

Con relación a la elección de los futuros jueces, sobre la que versarán las siguientes líneas, los Estados Partes son llamados a postular a sus nacionales en dos listas (A y B) de candidatos, según su perfil profesional (véase arículo 36, párrafo 3) del Estatuto de Roma: la lista A se reserva para profesionales del derecho penal, que cuentan con «reconocida competencia en derecho y procedimiento penales y la necesaria experiencia en causas penales en calidad de magistrado, fiscal, abogado u otra función similar«; mientras que la lista B contempla a personas con «reconocida competencia en materias pertinentes de derecho internacional, tales como el derecho internacional humanitario y las normas de derechos humanos, así como gran experiencia en funciones jurídicas profesionales que tengan relación con la labor judicial de la Corte«.

En la actualidad, de 18 jueces, la CPI cuenta con tres provenientes de América Latina y el Caribe (dos mujeres y un hombre). Como en muchas otras instancias internacionales, la igualdad de género sigue siendo un desafío en el seno de la justicia penal internacional, si consideramos que en su composición actual de 18 integrantes, la CPI cuenta con seis mujeres (véase listado oficial).

Cabe señalar que de un total de 18 postulantes para las seis vacantes, los Estados de América Latina y el Caribe han presentado en total a siete candidatos. La distribución geográfica no debería permitir más que un puesto para este bloque regional. La poca coordinación de la región que evidencian estos números implica para cada aparato diplomático la realización de diversas gestiones diplomáticas y solicitudes de apoyos, en aras de intentar alcanzar la victoria de su postulado o postulada: se trata de la candidata de Brasil (lista A), del candidato de Colombia (lista B) del candidato de Costa Rica (lista B), del candidato de Ecuador (lista B), de la candidata de México (B), de la candidata de Trinidad y Tobago (A) y de la candidata del Uruguay (B). En algunos casos, se trata de reconocidas figuras y profesionales en su campo, en otros no tanto; en unos adicionales, las atractivas condiciones que ofrece la CPI (véase enlace oficial) y el hecho de beneficiar de un mandato de nueve años pueden, en parte, explicar su interés por integrarla.

Nótese que no siempre este bloque regional ha actuado de esta manera: en el 2014, la coordinación regional permitió que el único candidato de América Latina y el Caribe fuera el candidato de Brasil. Este último inició con 34 votos a favor en la primera ronda y terminó retirándose de la contienda después de la ronda número 11 con 14 votos (véase nota oficial sobre elecciones del 2014 con resultados de las 22 rondas registradas).

Con relación al candidato propuesto por Costa Rica (véase hoja de vida), su innegable experiencia como diplomático es un elemento a tomar en consideración. No obstante, considerando la gran cantidad de profesionales y de especialistas en derecho penal y en derechos humanos con los que se cuenta en Costa Rica, así como jueces penalistas con amplia experiencia, no se tiene claro si su postulación resultó de una terna o de algun concurso involucrando el criterio de gremios profesionales, especialistas, escuelas de derecho y de la judicatura penal. En esta nota de prensa, se señala que las máximas autoridades diplomáticas de Costa Rica consideraron oportuno – febrero del 2020 – conocer a los demás contendores antes de hacer público el anuncio de la candidatura oficial (véase nota de CRHoy del 16/02/2020).

América Latina, mujeres y justicia internacional

Es de notar desde ya que a diferencia de Colombia, Costa Rica y Ecuador, los departamentos de candidaturas de Brasil, México y Uruguay optaron para esta contienda del 2020 por postular a una mujer: un detalle de interés que muy probablemente explique, si nuestra intuición es la correcta, la ventaja de la que estos aparatos diplomáticos sabrán sacar provecho a la hora de intentar convencer a las demás 122 delegaciones. En el 2017, para seis vacantes, los Estados Partes escogieron a cinco mujeres entre las 12 postulaciones (véase resultado oficial de votaciones).

En la primera elección de jueces de la CPI realizada en el 2003, el candidato de Bolivia, René Blattmann fue escogido por un mandato de seis años (véase hoja de vida), con 57 votos obtenidos (véase nota de prensa); al tiempo que la jurista costarricense Elizabeth Odio Benito reunió a 60 votos de 85 posibles en la primera ronda, con un mandato que culminó en el 2012 (véase nota de prensa de 5/02/2003). Nótese que la misma jurista costarricense fue electa jueza de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el mes de junio del 2015 (Nota 3).

En el caso de otros integrantes de América Latina que llegaron a ser electos jueces en el seno de la CPI desde el 2003, se pueden contabilizar:

– la jueza propuesta por Argentina, Silvia Fernádez de Gurmendi, quién fungió como jueza de la CPI en el período (2010-2018), habiendo ocupado con anterioridad funciones dentro de la CPI (véase hoja de vida);

– la jueza propuesta por República Dominicana Olga Venecia del C. Herrera Carbuccia (2012-2021) (véase hoja de vida);

– la jueza propuesta por Perú Luz del Carmen Ibáñez Carranza (2018-2027) (véase hoja de vida).

A modo de conclusión

Es de notar que la nacionalidad de un juez en la CPI obliga al Estado del que es oriundo a cierta reserva, en aras de permitir cierta rotación a nivel de la región o subregión. Ello puede explicar por ejemplo que Argentina no postulara ninguna candidatura para estas elecciones del 2020 y que Brasil y Uruguay sí lo hicieran. También puede explicar que el candidato postulado por Costa Rica en diciembre del 2011 no tuviera mayores posibilidades, teniendo la CPI hasta el 2012 a una jueza de nacionalidad costarricense (véase rondas 9 a 11 y los votos registrados en diciembre del 2011).

Cabe también precisar que algunos candidatos propuestos poseen un perfil de personas poco familiarizadas con la justicia penal internacional: por ejemplo, podemos citar el extraño caso del candidato de Colombia y su negativa evaluación por parte de un comité internacional adscrito a la CPI (véase informe, página 19). Tratándose de un latitud del continente que posee a reconocidos especialistas en materia penal y en materia de derechos humanos, el espectáculo brindado por Colombia merece mención: pese a la recomendación negativa, el candidato colombiano sigue en la contienda y será interesante apreciar el número de votos obtenidos por la diplomacia colombiana.

En la práctica, se observa también que muchas de las personas que llegaron a la CPI ejercieron anteriormente como jueces penales en su Estado de origen, o bien adquirieron experiencia internacional en materia penal en funciones dentro de la CPI antes de integrarla como jueces titulares.

Con relación a Costa Rica, formalmente se trata de la segunda postulación oficial que realiza de un candidato para la CPI, si consideramos que la primera se dió en diciembre del 2011 sin lograrse concretar. En efecto, en el 2003, fue Panamá (y no Costa Rica) el Estado que postuló a Elizabeth Odio Benito, quien fungió como jueza de la CPI hasta el 2012.

–Notas–

Nota 1: Véase al respecto nuestra breve nota BOEGLIN N., «Sanciones de EEUU contra la Corte Penal Internacional (CPI): breves apuntes sobre sus verdaderas motivaciones«, Portal de la Universidad de Costa Rica (UCR), Sección Voz Experta, edición del 24/09/2020, disponible aquí.

Nota 2: Véase al respecto nuestra breve nota de junio del 2020, BOEGLIN N., «A propósito de las sanciones anunciadas por Estados Unidos contra el personal de la Corte Penal Internacional (CPI)»), Derecho Internacional, edición del 13/06/2020, disponible aquí.

Nota 3: Véase al respecto nuestra breve nota, BOEGLIN N., «Elecciones en el marco de la Asamblea General de la OEA: un breve análisis«, DerechoaldDia, edición del 17/06/2015, disponible aquí.

 

Imagen: Elizabeth Odio Benito, jurista costarricense electa integrante de la CPI (2003-2012), acompañada por Bruno Stagno Ugarte, Presidente de la Asamblea de Estados Partes a la Corte Penal Internacional (2005-2008) y ex Canciller de Costa Rica (2006-2010). Foto extraída de nota de prensa, Prensa Libre, edición del 14/08/2009

Esta nota fue elaborada por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

Sanciones de EEUU a la Corte Penal Internacional: reacción colectiva de 67 Estados

Nicolas Boeglin

El pasado 11 de junio, Estados Unidos anunció oficialmente sanciones contra el personal de la Corte Penal Internacional (CPI) (véase nuestra breve nota al respecto titulada «A propósito de las sanciones anunciadas por Estados Unidos contra el personal de la Corte Penal Internacional (CPI)«).

Este 23 de junio, fueron 67 Estados Partes al Estatuto de Roma los que difundieron un comunicado conjunto rechazando estas insólitas sanciones norteamericanas unilaterales contra la justicia penal internacional.

La iniciativa de esta respuesta colectiva recayó en Costa Rica y en Suiza.

El texto del comunicado conjunto en breve

El comunicado suscrito (véase texto completo reproducido al final de esta nota) precisa que:

«As States Parties to the Rome Statute of the International Criminal Court (ICC), we reconfirm our unwavering support for the Court as an independent and impartial judicial institution. In line with the 11 June press release of the President of the Assembly of States Parties, we reiterate our commitment to uphold and defend the principles and values enshrined in the Rome Statute and to preserve its integrity undeterred by any measures or threats against the Court, its officials and those cooperating with it»

/

«En tant qu’États parties au Statut de Rome de la Cour pénale internationale (CPI), nous réaffirmons notre soutien indéfectible à la Cour en tant qu’institution judiciaire indépendante et impartiale. Conformément au communiqué de presse du 11 juin du Président de l’Assemblée des États parties, nous réitérons notre engagement à soutenir et défendre les principes et les valeurs consacrés par le Statut de Rome et à préserver son intégrité sans se laisser décourager par des mesures ou des menaces à l’encontre de la Cour, de son personnel et de ceux qui coopèrent avec elle».

También se señala en este llamado conjunto por parte de sus firmantes que:

«We remain committed to an international rules-based order. The ICC is an integral part of this order and a central institution in the fight against impunity and the pursuit of justice, which are essential components of sustainable peace, security and reconciliation. We will therefore continue to respect our cooperation obligations under the Rome Statute and we call on all States to ensure full cooperation with the Court for it to carry out its important mandate of ensuring justice for the victims of the most serious crimes of international concern».

/

«Nous demeurons engagés pour un ordre international fondé sur des règles. La CPI fait partie intégrante de cet ordre et est une institution centrale dans la lutte contre l’impunité et la recherche de la justice, qui sont des composantes essentielles d’une paix, d’une sécurité et d’une réconciliation durables. Nous continuerons donc à respecter les obligations de coopération qui nous incombent en vertu du Statut de Rome et nous invitons tous les États à coopérer pleinement avec la Cour pour qu’elle puisse s’acquitter de son important mandat, qui est de rendre justice aux victimes des crimes les plus graves qui touchent la communauté internationale«.

Es de señalar que por alguna razón, el texto en español de dicho comunicado no ha sido editado en algun sitio oficial de algún Estado de habla hispana, razón por la que nos limitamos a reproducir las versiones oficiales en inglés y en francés.

Como se puede observar, si bien, a diferencia del título, el texto como tal no menciona expresamente a Estados Unidos, reafirma de manera inequívoca el apoyo de los 67 Estados que lo suscriben a la justicia penal internacional, intentando así responder a la inédita decisión norteamericana anunciada el pasado 11 de junio.

Algunos detalles breves sobre los firmantes

Los Estados Partes al Estatuto de Roma suman un total de 123 Estados Partes (según el registro oficial del depositario del Estatuto de Roma, que recae en la Secretaría General de Naciones Unidas).

El listado de los 67 Estados, que antecede el texto del comunicado conjunto divulgado este 23 de junio desde La Haya, permite identificar claramente a Estados Partes al Estatuto de Roma que por alguna razón, optaron por no apoyar la iniciativa que presentaron Costa Rica y Suiza, suscribiendo el texto.

La ausencia de sus firmas obedece posiblemente a fuertes presiones diplomáticas ejercidas por Estados Unidos. En el caso de América Latina, no aparecen El Salvador, Guatemala, Honduras, Panamá ni Paraguay. En el caso de los Estados Miembros de la Unión Europea (UE), Hungría y Polonia tampoco consideraron oportuno firmar el comunicado, al igual que Corea del Sur y Japón en Asia.

En su red personal de Twitter, el Presidente de la Asamblea de Estados Partes, el surcoreano O-Gon Kwon, agradeció a Costa Rica y a Suiza por haber iniciado esta respuesta colectiva.

El hecho que Costa Rica haya sido uno de los que tomó la iniciativa no hace sino reafirmar su tradicional vocación de apego a la justicia y de defensa del derecho internacional. En el caso específico de la CPI, cabe recordar que Costa Rica fue el único Estado en Centroamérica en resistirse a firmar con Estados Unidos un «Acuerdo Bilateral de Inmumidad» (o ABI) en el período 2005-2006, de los más de 100 suscritos por Estados Unidos (véase listado). Al respecto, el tipo de presiones ejercidas por los diplomáticos norteamericanos en los años 2005 y 2006 al más alto nivel en Costa Rica y la respuesta a sus peticiones puede analizarse revisando estos cables confidenciales (véase cable 1, cable 2 y cable 3) dados a conocer por Wikileaks. En el segundo de estos cables, se puede leer que: «After the meeting, however, Arias’s running mate Laura Chinchilla asked for a copy of the U.S.-Colombia Article 98 agreement, which we have since provided her«.

En esta publicación del 2012 de la Universidad para la Paz (véase texto completo), el ex Canciller de Costa Rica Bruno Stagno Ugarte, en su artículo titulado «Defendiendo la integridad del Estatuto de Roma: los altos y bajos del caso de Costa Rica, 2002-2008» desmenuza el impacto de las sanciones a las que fue finalmente sometida Costa Rica por mantenerse fiel a los principios sobre los que se fundamenta la CPI (artículo en pp. 304-331).

A modo de conclusión

Volviendo a las sanciones contra el personal de la CPI anunciadas en este mes de junio del 2020, tal y como lo indicábamos en la conclusión de nuestra nota anterior: «No cabe duda que esta decisión norteamericana no cuenta con ningún precedente en la historia del derecho internacional«.

Foto extraída de nota de prensa titulada «Netanyahu hails Trump for announcing sanctions against ‘corrupt’ ICC», Times of Israel, edición del 11/06/2020

Responder a una insólita decisión unilateral (saludada y celebrada por un solo Estado, Israel) mediante una contraofensiva diplomática colectiva resulta ser un gesto inédito: desde esta perspectiva, el comunicado conjunto suscrito por estos 67 Estados Partes al Estatuto de Roma puede considerarse como una verdadera «première» en la historia de la justicia penal internacional.

Texto integral del comunicado conjunto en inglés así como en su versión en francés, tal como circulado por la Misión de Francia ante Naciones Unidas:

—– Statement in support of the International Criminal Court (ICC) following the release of the US Executive Order of 11 June 2020

endorsed by Andorra, Argentina, Australia, Austria, Bangladesh, Belgium, Belize, Bolivia, Brazil, Bulgaria, Burkina Faso, Canada, Chile, Colombia, Costa Rica, Côte d’Ivoire, Croatia, Cyprus, Czech Republic, Democratic Republic of the Congo, Denmark, Dominican Republic, Ecuador, Estonia, Fiji, Finland, France, Gambia, Germany, Greece, Guyana, Iceland, Ireland, Italy, Latvia, Lesotho, Liechtenstein, Lithuania, Luxembourg, Madagascar, Malta, Mexico, Namibia, Netherlands, New Zealand, Nigeria, Norway, Peru, Portugal, Romania, Saint Vincent and the Grenadines, San Marino, Senegal, Sierra Leone, Slovakia, Slovenia, South Africa, Spain, State of Palestine, Sweden, Switzerland, Trinidad and Tobago, Tunisia, Uganda, United Kingdom, Uruguay and Venezuela.

23 June 2020

As States Parties to the Rome Statute of the International Criminal Court (ICC), we reconfirm our unwavering support for the Court as an independent and impartial judicial institution. In line with the 11 June press release of the President of the Assembly of States Parties, we reiterate our commitment to uphold and defend the principles and values enshrined in the Rome Statute and to preserve its integrity undeterred by any measures or threats against the Court, its officials and those cooperating with it.

We remain committed to an international rules-based order. The ICC is an integral part of this order and a central institution in the fight against impunity and the pursuit of justice, which are essential components of sustainable peace, security and reconciliation. We will therefore continue to respect our cooperation obligations under the Rome Statute and we call on all States to ensure full cooperation with the Court for it to carry out its important mandate of ensuring justice for the victims of the most serious crimes of international concern.

We recall that the ICC is a court of last resort, which anchors a system of justice for serious international crimes rooted in national courts. National authorities have the primary responsibility to investigate and prosecute Rome Statute crimes. The ICC only steps in when States are unwilling or unable to genuinely carry out national proceedings.

The ICC, as the world’s first and only permanent international criminal court, is an essential component of the multilateral architecture upholding the rule-of-law. It embodies our collective commitment to fight impunity for international crimes. By giving our full support to the ICC and promoting its universal reach, we defend the progress we have made together towards an international rules-based order, of which international justice is an indispensable pillar.»

////

«Déclaration en soutien à la Cour pénale internationale (CPI) suite à la publication du décret américain du 11 juin 2020

Les États mentionnés ci-après ont approuvé cette déclaration en soutien à la Cour pénale internationale (CPI) suite à la publication du décret américain du 11 juin 2020 : Afrique du Sud, Allemagne, Andorre, Argentine, Australie, Autriche, Bangladesh, Belgique, Belize, Bolivie, Brésil, Bulgarie, Burkina Faso, Canada, Chili, Chypre, Colombie, Costa Rica, Côte d’Ivoire, Croatie, Danemark, Equateur, Espagne, Estonie, État de Palestine, Fidji, Finlande, France, Gambie, Grèce, Guyana, Irlande, Islande, Italie, Lesotho, Lettonie, Liechtenstein, Lituanie, Luxembourg, Madagascar, Malte, Mexique, Namibie, Nigeria, Norvège, Nouvelle-Zélande, Ouganda, Pays-Bas, Pérou, Portugal, République démocratique du Congo, République dominicaine, République tchèque, Roumanie, Royaume-Uni, Saint Marin, Saint Vincent et les Grenadines, Sénégal, Sierra Leone, Slovaquie, Slovénie, Suède, Suisse, Trinité et Tobago, Tunisie, Uruguay et Venezuela.

En tant qu’États parties au Statut de Rome de la Cour pénale internationale (CPI), nous réaffirmons notre soutien indéfectible à la Cour en tant qu’institution judiciaire indépendante et impartiale. Conformément au communiqué de presse du 11 juin du Président de l’Assemblée des États parties, nous réitérons notre engagement à soutenir et défendre les principes et les valeurs consacrés par le Statut de Rome et à préserver son intégrité sans se laisser décourager par des mesures ou des menaces à l’encontre de la Cour, de son personnel et de ceux qui coopèrent avec elle.

Nous demeurons engagés pour un ordre international fondé sur des règles. La CPI fait partie intégrante de cet ordre et est une institution centrale dans la lutte contre l’impunité et la recherche de la justice, qui sont des composantes essentielles d’une paix, d’une sécurité et d’une réconciliation durables. Nous continuerons donc à respecter les obligations de coopération qui nous incombent en vertu du Statut de Rome et nous invitons tous les États à coopérer pleinement avec la Cour pour qu’elle puisse s’acquitter de son important mandat, qui est de rendre justice aux victimes des crimes les plus graves qui touchent la communauté internationale.

Nous rappelons que la CPI est une juridiction de dernier ressort, qui ancre un système de justice pour les crimes internationaux graves dans les tribunaux nationaux. Les autorités nationales conservent la responsabilité primaire d’enquêter sur les crimes du Statut de Rome et d’en poursuivre les auteurs. La CPI n’intervient que lorsque les États ne veulent pas ou ne peuvent pas mener véritablement à bien des procédures nationales.

La CPI, en tant que première et unique Cour pénale internationale permanente au monde, est un élément essentiel de l’architecture multilatérale qui défend l’état de droit. Elle incarne notre engagement collectif à lutter contre l’impunité des crimes internationaux. En apportant notre plein soutien à la CPI et en promouvant sa portée universelle, nous défendons les progrès que nous avons accomplis ensemble vers un ordre international fondé sur des règles, dont la justice internationale est un pilier indispensable.» —–