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Etiqueta: Defensoría de los Habitantes

«Calladita No es más bonita»… podcast de la Defensoría

El hostigamiento sexual en el empleo

La Defensoría de los Habitantes lanzó un nuevo capítulo del podcast “Calladita No es más bonita”, el cual se crea desde la convicción que el silencio no puede seguir siendo cómplice de la violencia contra la mujer.

En esta nueva edición se aborda la temática del hostigamiento sexual en el empleo y entornos seguros, con la participación de las expertas Lilliana Castro López e Ivania Solano Jiménez, funcionarias de la Dirección de la Defensoría de la Mujer de la Defensoría de los Habitantes.

El sector público arrancó el 2026 con 33 denuncias por hostigamiento sexual en enero, lo que equivale a un reporte cada 24 horas, lo que enciende las alertas a nivel institucional para acelerar las acciones en materia de prevención y atención de esta manifestación de violencia, donde la mayoría de las denunciantes son mujeres.

El nuevo capítulo está disponible en:

Youtube: https://youtu.be/HeSBBhJY7xs

Spotify: https://open.spotify.com/episode/3peXEm4wZa1DOog8DkB4bd?si=Gao8dQ-yTpGeG7g0qB41MQ

Esta producción estará conformada por 12 episodios de 30 minutos de duración cada uno, los cuales serán difundidos dos capítulos por mes en todas las plataformas sociales de la Defensoría de los Habitantes. Cada entrega ha sido concebida y abrirá un espacio seguro de información, reflexión y compromiso social, orientado a promover una cultura de respeto, prevención y cero tolerancia frente a cualquier forma de violencia; además invitará a escuchar, reflexionar y actuar frente a una de las problemáticas más dolorosas que enfrentamos como sociedad.

El Podcast contará con la participación de mujeres sobrevivientes de violencia, familiares de víctimas de femicidio, así como mujeres expertas y técnicas en la materia, quienes aportarán no sólo sus conocimientos, sino también sus testimonios, experiencias y propuestas para la prevención y erradicación de este flagelo.

Defensoría: Escuela de Juan Viñas con daños en su infraestructura

Como parte de una serie de inspecciones a centros educativos en el país, la Defensoría de los Habitantes se trasladó hasta la escuela Cecilio Lindo Morales, ubicada en el distrito de Juan Viñas, cantón de Jiménez. Los hallazgos revelan un estado crítico de infraestructura y serias carencias que vulneran el derecho a una educación de calidad y en condiciones dignas para los 329 estudiantes y el personal del centro educativo.

Durante la visita, el equipo de la Defensoría realizó la inspección junto con un funcionario del Ministerio de Salud. Se constata que el centro educativo opera bajo una orden sanitaria vigente desde el año 2021, a la cual no se ha dado seguimiento por parte de ninguna de las instancias involucradas.

Entre los hallazgos se pueden identificar que el centro educativo no cumple con la Ley N°7.600, carece de rampas para su ingreso y tiene seis pequeños servicios sanitarios para toda la población (estudiantes, personal y visitas). También se observó un deterioro importante de cielo rasos. En temas de seguridad hay disponibles varios extintores; sin embargo, todos se encuentran vencidos, y las rutas de evacuación no están señaladas. La instalación eléctrica muy dañada y sin entubar. El patio de juegos del kínder se encuentra deteriorado y tiene estructura de metal con exposiciones del propio metal. Es importante destacar que la escuela ha sido declarada Patrimonio Histórico y Arquitectónico y en ese sentido, el Centro de Patrimonio está dispuesto a colaborar en la elaboración de los planes constructivos en el momento que se requiera para la intervención de la escuela.

La Defensoría de los Habitantes continuará con esta labor de supervisión de las condiciones en que los estudiantes y personal docente y administrativo reciben las lecciones en aras que el Ministerio de Educación Pública atienda las necesidades urgentes en materia de infraestructura.

Defensoría pide cuentas ante posible suspensión de subsidios para nuevos casos del programa de Red de Cuido

La Defensoría de los Habitantes solicitó al Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) una explicación respecto a si se suspendió o no la aprobación de nuevos casos para la transferencia económica del subsidio dirigido a la red de cuido infantil.

La alerta ocurre a partir de un oficio que recibe la Defensoría por parte de la Contraloría de Servicios de esa institución, donde se indica que, con base al oficio No IMAS-DDS-0067-2026 relativo a la ejecución de la transferencia monetaria condicionada; cuidado y desarrollo infantil 2026, emitido por la Dirección de Desarrollo Social y el Departamento de Bienestar Social “no se autoriza la aprobación de casos nuevos, ni siquiera por la vía de sustitución y las solicitudes correspondientes a la TMC Cuidado y Desarrollo Infantil deben permanecer en el registro de elegibles, hasta tanto la Dirección de Desarrollo Social emita una instrucción distinta”.

Ante ello, la Defensoría solicitó al IMAS conocer si están suspendidos los nuevos casos en esta línea de subsidios y, de ser positiva la respuesta, explicar las razones por las cuales se adoptó esa determinación y el plazo que se proyecta estará vigente.

Adicionalmente, se solicitó indicar el monto del presupuesto asignado al IMAS por parte del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares para el ejercicio presupuestario 2025 y el previsto para el 2026. Otra inquietud va relacionada con la distribución del presupuesto destinado del programa de la Red de Cuido, TMC Cuidado y Desarrollo Infantil en el IMAS entre las Unidades Locales de Desarrollo Social (ULDES) en el año 2025, y los criterios de priorización que se utilizaron.

Por último, se requirió conocer la cantidad de cupos de la RedCudi aprobados en el año 2025 y cuántos nuevos cupos se han logrado incorporar en lo que se lleva del 2026, e informar de la cantidad de personas menores de edad en lista de espera con el fin de ser incorporadas al programa de Red de Cuido y Desarrollo Infantil, por cada ULDES.

Defensoría plantea a la CCSS ruta alternativa para fortalecer el IVM

  • Defensoría advierte que la tasa de reemplazo no debe ser inferior al 60%, rechaza medidas que reduzcan el monto neto de las pensiones y propone una reforma estructural con enfoque de derechos humanos, sostenibilidad social y responsabilidad institucional.

La Defensoría de los Habitantes manifestó su oposición a la propuesta que la sostenibilidad del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) se atienda mediante una reducción de la tasa de reemplazo, un aumento de cargas sobre las personas aseguradas o medidas que disminuyan el ingreso neto de las personas pensionadas.

La posición institucional parte de una premisa clara: la sostenibilidad financiera del IVM debe garantizarse sin debilitar el derecho humano a la seguridad social ni trasladar el costo principal del ajuste a las personas trabajadoras, futuras pensionadas y pensionadas. La Defensoría reconoce la existencia de presiones financieras, demográficas y laborales sobre el régimen; sin embargo, considera que la respuesta debe ser integral, progresiva, equitativa y técnicamente sustentada, no una reforma que tenga como eje los ajustes paramétricos.

La Gerencia de Pensiones de la CCSS remitió a la Junta Directiva el informe técnico “Alternativas de fortalecimiento para la sostenibilidad del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte en el contexto del Sistema Nacional de Pensiones”, en el cual se identifican 20 propuestas organizadas en tres categorías: diez cuantificables, cinco estructurales y cinco administrativas. Entre ellas se incluyen el ajuste de la tasa de reemplazo básica, la contribución de las personas pensionadas al Seguro de Salud, el aumento de 300 a 360 cuotas como requisito para pensión ordinaria, medidas de financiamiento alternativo, fortalecimiento de la gobernanza, diversificación de inversiones y creación de una Mesa Técnica Nacional de Pensiones.

Frente a esas propuestas, la Defensoría sostiene que cualquier reforma debe preservar una tasa de reemplazo suficiente. En particular, la Institución considera que la tasa de reemplazo integral no debe ser menor al 75% (IVM + ROPC), y que este umbral debe analizarse no solo en términos brutos, sino también en función del ingreso neto efectivamente recibido por la persona pensionada. Por ello, advierte que una eventual contribución al Seguro de Salud tendría un impacto directo sobre el monto final de la pensión, pues reduciría la tasa de reemplazo neta en aproximadamente cinco puntos porcentuales, afectando de manera especial a quienes dependen casi exclusivamente del IVM para cubrir sus necesidades básicas.

La Defensoría también expresa preocupación ante propuestas que impliquen elevar el número de cuotas requeridas sin un diseño proporcional y diferenciado. En un mercado laboral caracterizado por informalidad, trayectorias contributivas fragmentadas, brechas de género y dificultades de inserción laboral formal, aumentar requisitos sin medidas compensatorias podría excluir a personas que han cotizado durante años, pero que no logran completar las condiciones exigidas para acceder a una pensión ordinaria.

En consecuencia, la Defensoría plantea que debe valorarse una pensión proporcional a lo cotizado, de forma que las personas aseguradas que no alcancen la totalidad de cuotas requeridas no queden completamente desprotegidas. Esta alternativa permitiría reconocer el esfuerzo contributivo acumulado, fortalecer la legitimidad del sistema y evitar que la reforma genere nuevas formas de exclusión en la vejez.

La sostenibilidad del IVM no debe construirse debilitando la suficiencia de las pensiones. Una reforma legítima protege el derecho a la seguridad social, amplía la base contributiva, mejora el cobro, fortalece la gobernanza y garantiza que las cargas se distribuyan con justicia. La Defensoría no acompaña medidas que reduzcan la protección efectiva de las personas pensionadas ni de quienes están próximas a pensionarse”, señaló.

La Defensoría de los Habitantes planteó estas objeciones en las diferentes reuniones del Equipo Técnico que acompañó a la Gerencia de Pensiones en la elaboración de la propuesta a la Junta Directiva de la CCSS; por tal motivo remitirá una posición técnica con alternativas centrales para atender la situación del IVM desde una perspectiva de derechos humanos y sostenibilidad social.

Entre los aspectos que aborda el documento técnico, que remitirá la Defensoría, se plantea que el problema del IVM no puede analizarse aisladamente de la informalidad laboral, las brechas de género, la baja densidad contributiva, las deudas con la seguridad social, las debilidades de cobro y la necesidad de mejorar la gestión institucional. Por ello, propone una ruta integral basada en ampliación de cobertura, formalización laboral, recuperación de obligaciones, transparencia, financiamiento solidario y mejor administración de las reservas.

La Defensoría considera que la discusión nacional sobre el IVM debe partir de información actuarial actualizada, análisis de sensibilidad, valoración de impactos por género, edad, ingreso, ocupación y condición laboral, así como de una deliberación pública transparente. La Defensoría advierte que adoptar medidas regresivas sin agotar alternativas menos gravosas podría debilitar la confianza ciudadana, incentivar la informalidad y afectar la legitimidad del sistema.

La Defensoría reiteró que el IVM constituye el principal régimen contributivo de pensiones del país y que su fortalecimiento es indispensable para proteger la vejez, la invalidez y la sobrevivencia. Sin embargo, insistió en que la sostenibilidad financiera debe armonizarse con la suficiencia de las prestaciones, el principio de solidaridad y la obligación del Estado de garantizar progresivamente el derecho a la seguridad social.

Comunicación
Defensoría de los Habitantes

Instituciones publican más, pero información es difícil de ubicar y está desactualizada

Evaluación abarcó a 100 instituciones públicas y se realizó entre noviembre y diciembre de 2025

La Defensoría de los Habitantes y el Centro de Investigación y Capacitación en Administración Pública (CICAP) de la Universidad de Costa Rica presentaron, esta mañana, los resultados de la evaluación piloto del Índice de Transparencia del Sector Público (ITSP) 2.0, correspondiente al año 2025.

El Índice de Transparencia del Sector Público es una iniciativa impulsada, desde el 2015, por la Defensoría de los Habitantes y el CICAP-UCR. Esta versión 2.0 corresponde a un plan piloto de la nueva metodología de medición 2025, que incorpora innovaciones como el uso de inteligencia artificial, estándares legales recientes y una evaluación basada en la experiencia ciudadana al solicitar información.

Los hallazgos revelan que, si bien existe un avance en la publicación de información, persisten brechas críticas en la facilidad de acceso y la rendición de cuentas sobre el uso de recursos públicos. La evaluación, que abarcó a 100 instituciones públicas, se realizó entre noviembre y diciembre de 2025, arrojando una calificación promedio institucional de 44.8.

El estudio destaca que la dimensión mejor calificada es la de «información institucional» (63.3), mientras que la de «presupuestos, puestos y contratación pública» es la que presenta el mayor rezago con una nota de apenas 28.0. También se analizó la participación y solicitudes de información, así como la rendición de cuentas.

El equipo evaluador identificó, entre otras cosas, que a pesar de que la información requerida suele estar publicada, su localización es compleja, la búsqueda de información requiere recorrer múltiples secciones y realizar varios “clics”, las instituciones redirigen a plataformas externas sin proporcionar enlaces específicos; además existen limitaciones en accesibilidad. Por otra parte, se identificó la presencia de documentos correspondientes a años anteriores y secciones sin actualización durante largos periodos.

Según esta medición, las cinco instituciones con mejores resultados bajo esta nueva metodología son:

Ministerio de Panificación Nacional y Política Económica (78.5)

Universidad de Costa Rica (76.7)

Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (75.7)

Municipalidad de Heredia (73.1)

Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (70.9)

Hemos avanzado en mostrar quiénes somos como instituciones, pero todavía tenemos mucho camino por recorrer para mostrar, con claridad y calidad, qué hacemos, cómo lo hacemos, con qué recursos, con qué resultados y con qué mecanismos de control ciudadano. La transparencia exige comprender algo fundamental: la información pública no pertenece a las instituciones; pertenece a la ciudadanía”, manifestó la Defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank Lambert.

Defensoría resuelve caso a favor de mujer a partir del derecho al cuidado

La Defensoría de los Habitantes aplicó los estándares contenidos en la reciente opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre el derecho al cuidado, luego de conocer el caso de una mujer quien fue excluida, de manera automática de un beneficio social, a pesar que acreditó verse obligada a ausentarse de un proceso de formación del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) por situaciones médicas propias y de su hija menor de edad.

Para la Defensoría, ese rechazo del beneficio sin considerar la condición de mujer cuidadora exclusiva, en contexto de pobreza y con una persona menor de edad enferma a su cargo, que depende de ella para su cuidado, evidencia una aplicación formalista del principio de igualdad que, lejos de garantizar derechos, reproduce una discriminación indirecta por omisión de trato diferenciado.

“La Corte IDH ha establecido el derecho al cuidado como un derecho humano autónomo y fundamental para la sostenibilidad de la vida, por lo cual el IMAS debió haber realizado una valoración material, integral y contextualizada de dichas justificaciones; así como ponderar la existencia de una causa de fuerza mayor que permitiera una excepción razonable y proporcional a la regla de asistencia. La falta de dichas valoraciones evidencia una aplicación meramente formal de la normativa, carente de análisis del caso concreto y de consideración de los derechos involucrados”, dijo la Defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank Lambert.

La Corte IDH ha señalado que el cuidado constituye una necesidad humana universal y una condición indispensable para una existencia digna, y que su tratamiento fragmentado o secundario dentro de las políticas públicas resulta incompatible con la protección efectiva de los derechos humanos. En consecuencia, los Estados están obligados a adoptar medidas administrativas y de política pública que eviten que las responsabilidades de cuido se traduzcan en sanciones, exclusiones o pérdida de derechos, particularmente para las mujeres.

Para la Defensoría la omisión de valoración del cuido como factor determinante en la conducta de la usuaria implica un desconocimiento directo del derecho a cuidar, así como del derecho a ser cuidado de la persona menor de edad, cuyo bienestar también se ve afectado por la suspensión del subsidio. Además, resulta incompatible con los principios de igualdad sustantiva, razonabilidad y proporcionalidad, así como con los estándares interamericanos vigentes.

Debe recordarse que los programas del IMAS no tienen naturaleza sancionatoria, sino protectora. Su finalidad es garantizar condiciones mínimas de subsistencia, autonomía y desarrollo a personas en situación de pobreza o vulnerabilidad, mediante políticas públicas orientadas a corregir desigualdades estructurales.

“En este caso, la exclusión automática del beneficio, sin acompañamiento institucional, sin valoración del contexto y sin medidas de mitigación, constituye una forma de violencia institucional por omisión, que revictimiza a la persona usuaria y profundiza su situación de vulnerabilidad, en lugar de garantizarle una protección efectiva. Por tal motivo hemos recomendado al IMAS valorar a la mayor brevedad posible, la restitución del beneficio económico a la usuaria”, agregó la Defensora.

Asimismo, se le indicó al IMAS la necesidad que incorpore de manera explícita el derecho al cuidado como criterio relevante en la toma de decisiones administrativas, en concordancia con lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la Opinión Consultiva OC-31/25, particularmente en los casos en que las personas usuarias asumen responsabilidades de cuido exclusivas o intensificadas, entre otras recomendaciones.

Municipalidad de Puntarenas aprueba moratoria para proteger el río Guacimal

Municipalidad de Puntarenas aprueba moratoria para proteger el río Guacimal mientras que comunidades destacan intervención de la Defensoría de los Habitantes

Puntarenas, Costa Rica. Comunidades, ASADAS y organizaciones socioambientales de la cuenca del río Guacimal celebraron la aprobación unánime, por parte del Concejo Municipal de Puntarenas, de una moción para declarar una moratoria municipal sobre la extracción mecanizada de materiales en el cauce del río Guacimal y sus afluentes, dentro del territorio del cantón central de Puntarenas. La medida fue aprobada en la sesión extraordinaria N.° 171.

La moratoria responde a una solicitud presentada desde noviembre de 2025 por comunidades del Corredor Biológico Pájaro Campana, organizaciones socioambientales, Asociaciones de Desarrollo Integral y ASADAS, ante la preocupación por el incremento de solicitudes de concesión minera en cauce para la extracción de piedra y arena en el río Guacimal. Durante la sesión municipal, el regidor Mario Rodríguez Morales recordó que la moción responde a una solicitud de las comunidades y destacó que el estudio jurídico sobre la viabilidad técnico-legal de la moratoria fue elaborado por la abogada Gabriela Cruz Alaniz.

Según la información disponible en Dirección de Geología y Minas del 2025 existen 11 solicitudes de concesión entre los sectores de Guacimal y Chomes, de las cuales dos ya se encuentran en operación y el resto en trámite. En conjunto, estas solicitudes abarcarían cerca de 20 kilómetros de extracción casi continua, lo que representa más de la mitad del río.

La medida aprobada por el Concejo Municipal se plantea como una acción preventiva de ordenamiento territorial, gestión del riesgo y tutela ambiental, ante la existencia de riesgos razonables de daños graves o irreversibles al ambiente, al recurso hídrico, a la salud pública, a los medios de vida y a las comunidades. En ese sentido, ordena suspender la recepción, trámite, análisis, aprobación, renovación y refrendo de solicitudes municipales relacionadas con la extracción mecanizada de materiales en el cauce del río Guacimal y sus afluentes, mientras se mantenga vigente la moratoria.

La moratoria tendría una vigencia de 24 meses, prorrogable mediante acuerdo municipal, y solo podría levantarse si existen estudios técnicos integrales que valoren la capacidad de carga, los riesgos ambientales, hídricos, geomorfológicos y socioeconómicos, así como la ausencia comprobada de daños graves o irreversibles. También deberá garantizarse la protección del recurso hídrico, el bienestar de las comunidades, la participación ciudadana, la transparencia y el acceso a la información.

Este avance municipal se suma a la admisión, por parte de la Defensoría de los Habitantes, de una solicitud de intervención presentada por la Alianza Hidrica (Alianza de Comunidades por la Defensa del Agua) mediante los oficios N.° 04900-2026-DHR y N.° 04901-2026-DHR, ambos del 27 de abril de 2026, la Defensoría solicitó informes a la Municipalidad de Puntarenas y a SETENA sobre la situación del río Guacimal, las solicitudes de concesión, los posibles impactos acumulativos y el estado de los incidentes de nulidad presentados contra la viabilidad ambiental otorgada al proyecto de WSP Constructora S.A.

En particular, la Defensoría solicitó a SETENA informar el estado actual de los recursos de nulidad presentados contra la resolución N.° 0100-2025-SETENA, indicar si se han adoptado medidas preventivas mientras dichos recursos se encuentran pendientes, remitir copia del Estudio de Impacto Ambiental del expediente D1-0483-2023, señalar si se ha iniciado algún procedimiento de revisión, corrección o eventual anulación de la viabilidad ambiental, e informar si se ha realizado o se prevé realizar una evaluación de impactos acumulativos considerando las múltiples solicitudes de concesión en el río Guacimal.

Asimismo, la Defensoría solicitó a la Municipalidad de Puntarenas referirse a la moratoria solicitada por las comunidades, detallar las acciones realizadas para atender el riesgo asociado con la extracción de materiales en el río Guacimal, informar si se han realizado análisis técnicos, jurídicos o ambientales sobre la procedencia de la moratoria, y señalar si existe algún mecanismo de coordinación interinstitucional o comunal para proteger el río y garantizar el abastecimiento de agua de las ASADAS ubicadas río abajo.

Las comunidades han advertido que el río Guacimal es esencial para la seguridad hídrica de más de cuatro mil personas usuarias de ASADAS locales, cuyas fuentes y pozos dependen directamente de este recurso. Además, la cuenca cumple una función ecológica estratégica al formar parte del Corredor Biológico Pájaro Campana, que conecta bosques nubosos con manglares costeros y permite la movilidad de especies silvestres, incluyendo fauna en categorías de amenaza.

La preocupación comunitaria también se relaciona con el proyecto de WSP Constructora S.A., que pretende instalar un quebrador y una planta de concreto en una finca colindante con el río, además de gestionar una concesión para extraer material del cauce. En los documentos remitidos a la Defensoría se señalan posibles vicios de forma y fondo en el expediente ambiental, incluyendo inconsistencias en la información del proyecto, ausencia de consulta pública y cuestionamientos sobre la evaluación de impactos acumulativos.

Las comunidades y organizaciones solicitantes hicieron un llamado a la Municipalidad de Puntarenas para actuar con debida diligencia, garantizar el acceso a la información pública, atender las preocupaciones de las ASADAS y comunidades locales, y asegurar que cualquier decisión sobre el río Guacimal se adopte con base en criterios técnicos, participación ciudadana efectiva y protección prioritaria del recurso hídrico.

Defensoría pide informe al INA sobre datos sensibles solicitados en formulario de “Hello Brete”

La Defensoría de los Habitantes solicitó información al Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) sobre la recolección de datos sensibles como parte del formulario de inscripción para el programa de inglés en la plataforma digital “Hello Brete”.

La Defensoría en la gestión elevada ante el INA solicitó referirse si los datos desagregados en el formulario son requeridos tratándose de la generalidad de poblaciones vulnerables, sea pueblos indígenas, personas y pueblos afrodescendientes, personas con discapacidad, personas LGBTIQ+ y otras. De no ser así, pidió detallar la razón que motivó la solicitud de la información sobre aspectos relativos a la población LGBTIQ+, particularmente en materia de orientación sexual y/o identidad de género, respaldados con los estudios técnicos correspondientes.

Asimismo, la Defensoría solicitó al INA referirse a la forma en la que esta información sería manejada, almacenada y utilizada con el fin del acceso a los cursos que se ofertan. Lo anterior, de conformidad con lo establecido por la ley 8968 Ley de Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales. “También es importante conocer si la información se registraría de forma anonimizada y cuál será la entidad o instancia responsable de su resguardo y garantía de confidencialidad”.

Considerando además que el artículo 5 de la Ley N° 8968 obliga a quien recopile datos personales a obtener el consentimiento expreso y por escrito de la persona titular de esos datos, y que dicho consentimiento deberá constar por escrito, ya sea en documento físico o electrónico; el INA deberá informar de las gestiones realizadas para cumplir con dicha obligación legal.

Otro punto que es de interés es que se remita a esta Defensoría el Protocolo de actuación diseñado y aplicado por el INA para regular la recolección, almacenamiento y manejo de los datos personales de las personas que se inscriban en la plataforma “Hello Brete”, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley N° 8968, y precisar si dicho Protocolo está inscrito ante la PRODHAB, como lo exige la misma norma. También se hicieron otras consultas importantes en materia de la aplicación de la Ley 8968.

La Defensoría de los Habitantes recibió de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), así como de organizaciones y activistas de derechos humanos, solicitudes para investigar esta situación.

Carta advierte que proyecto sobre pensión mínima “intocable” debilitaría la protección total de las jubilaciones

Una carta dirigida a la Defensoría de los Habitantes plantea una crítica de fondo al proyecto de ley expediente N.° 24.940, denominado “Ley para Adoptar una Pensión Mínima Intocable”, al considerar que, lejos de fortalecer los derechos de las personas pensionadas, abre un portillo para que sus ingresos puedan ser afectados por acreedores.

El documento, firmado por Francisco Guevara Matarrita, expresa preocupación por el enfoque del proyecto impulsado con participación de la Defensoría, señalando que el debate no es meramente técnico, sino estructural: se trata de definir si Costa Rica mantendrá la inembargabilidad total de las pensiones como principio jurídico o si avanzará hacia un modelo que permita su afectación parcial.

Según el análisis expuesto, la iniciativa sustituye el principio de indisponibilidad de las pensiones —históricamente protegido en la legislación— por un esquema de disponibilidad parcial regulada. En este modelo, aunque se establece un monto mínimo protegido, el resto de la pensión quedaría expuesto a posibles embargos o afectaciones, lo que implicaría un cambio sustantivo en su naturaleza jurídica.

El documento advierte que este giro representa una transformación profunda del sistema de protección social, ya que la discusión dejaría de centrarse en si la pensión puede ser tocada o no, para pasar a determinar cuánto puede afectarse sin generar rechazo social. Este desplazamiento, se afirma, debilita la barrera que históricamente ha protegido estos ingresos.

La carta también cuestiona la coincidencia entre este proyecto legislativo y recientes criterios de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, que, según el autor, apuntan hacia una reinterpretación del régimen de inembargabilidad, acercándolo a una lógica de mínimo vital similar a la del salario, en lugar de mantener su carácter de protección plena.

En este sentido, se recuerda que el artículo 984 del Código Civil establece que las pensiones, jubilaciones y beneficios sociales no pueden ser embargados por acreedores, dado su carácter alimentario y su función de garantizar la subsistencia de personas que, en muchos casos, no cuentan con otras fuentes de ingreso.

El autor señala que presentar esta norma como una disposición obsoleta resulta incorrecto, ya que su contenido fue reafirmado mediante reformas posteriores, lo que evidencia una decisión legislativa consciente de mantener ese nivel de protección.

Asimismo, se advierte que trasladar a las pensiones la lógica del salario mínimo inembargable implica mezclar regímenes jurídicos distintos, lo que podría abrir la puerta a interpretaciones que reduzcan la protección de estos ingresos en la práctica.

El documento reconoce la existencia de situaciones problemáticas relacionadas con rebajos excesivos o condiciones económicas difíciles para personas pensionadas, pero sostiene que la solución no debe consistir en debilitar la inembargabilidad, sino en reforzar los mecanismos de control frente a abusos y garantizar condiciones dignas de vida.

Finalmente, la carta hace un llamado a la Defensoría de los Habitantes para que revise su posición respecto al proyecto y se coloque claramente del lado de la protección integral de las pensiones, entendidas como un elemento fundamental de la dignidad en la vejez.


SURCOS le invita a leer el documento completo en el siguiente enlace:
https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2026/04/2026-04-14-Defensoria-de-los-Habitantes-Exp-N.°-24.940-Ley-para-Adoptar-una-Pension-Minima-Intocable-1.pdf

Defensoría otorga 24 horas para conocer lugar donde están las personas deportadas

Comunicado de la Defensoría de los Habitantes

El sábado anterior arribó el primer vuelo con 25 personas deportadas desde los Estados Unidos a Costa Rica, y aún la Defensoría de los Habitantes desconoce la información de la ubicación de estas personas para poder realizar una verificación en sitio respecto a las condiciones en que se encuentran este grupo de personas. La Defensoría estableció como plazo límite para tener esta información las próximas 24 horas.

A pesar de los primeros contactos por WhatsApp con las autoridades de Migración y Extranjería para poder tener la información de primera mano y con rapidez a disposición de la Institución Nacional de Derechos Humanos, no ha sido entregada como corresponde, lo que implicó realizar una solicitud formal que permita disponer de los datos necesarios que posibiliten su ubicación y las diligencias que se requieren realizar.

Para la Defensoría resulta necesario darles seguimiento a las recomendaciones previamente giradas al Estado costarricense tratándose de la deportación de personas desde los Estados Unidos, de tal forma que no se repitan las situaciones presentadas a partir de febrero del 2025 con el grupo de 200 personas que ingresaron al país; debe garantizarse la protección de sus derechos fundamentales.

La tarde de este lunes 13 la Defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank Lambert, le remitió al viceministro de Gobernación y Policía una solicitud para que facilite en las próximas 24 horas la localización de estas personas e indicar por cuánto tiempo se tiene programada su permanencia en ese lugar. Adicionalmente, dar a conocer a qué lugar se trasladarán aquellas personas que, por diferentes razones, no puedan ser trasladadas a su país de origen en el corto plazo.

Otros de los aspectos que requiere la Defensoría es que se informe y se remita copia del modelo o protocolo de atención que se está aplicando para la atención de esta población, así como conocer si ya se realizó una convocatoria interinstitucional necesaria para garantizar las necesidades de protección de todas las personas que forman parte de este primer grupo de personas deportadas. Para esta información se estableció como plazo máximo de entrega 3 días.