La Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL) envió el pasado 7 de mayo un oficio al fiscal general de la República, Carlo Díaz Sánchez, reiterando su denuncia formal contra el ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach Capra, por presuntos delitos ambientales.
En el documento AEL-00209-2025, la organización aclara y enfatiza los puntos expuestos en una denuncia previa (AEL-00201-2025) del 3 de mayo, señalando que la respuesta recibida por parte de la Fiscalía General fue inadecuada al remitir el caso a la Fiscalía Adjunta Agrario Ambiental, instancia que, según indican, carece de potestad para investigar a un miembro de los supremos poderes.
La asociación manifiesta que el ministro Tattenbach Capra emitió la Directriz 09-2023, que habría permitido desarrollos inmobiliarios en áreas protegidas como humedales, bosques, manglares y sitios de anidación de tortugas marinas, causando daños al Sitio Ramsar 783, Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo.
Adicionalmente, la AEL denuncia el nombramiento de Maylin Mora Arias como directora del Área de Conservación Amistad Caribe (ACLAC), cuestionando su idoneidad para el cargo por ser especialista en Turismo Sostenible y no reunir, según su criterio, las condiciones necesarias para el manejo de Áreas Silvestres Protegidas.
En el oficio, la asociación refiere la existencia de un expediente penal (23-000041-0611-PE) que, señalan, permanece inactivo. También hacen mención a un insumo (DFOE-DEC-01-00004-2024) dirigido a la Fiscalía de Probidad, Transparencia y Anticorrupción.
La organización solicita la intervención directa del fiscal general para detener lo que describen como «desmanes del ministro» y expresan preocupación por una posible situación de crimen organizado en la gestión de recursos naturales. El documento fue remitido también a la Procuraduría General, la Contraloría General y la Fiscalía de la República.
Puede consultar los siguientes documentos como referencia del caso:
La Libertad Individual permite la acción de compartir, expresar y difundir ideas o de cuestionar, señalar y denunciar: la discriminación, la opresión y la violencia en cualquiera de sus manifestaciones. Lo económico o judicial, la política o la religión son también el campo de batalla contra la exclusión y la marginación social pues son espacios elementales de interacción individual y colectiva.
En Hispanoamérica la violencia social que azota la región cultural ha tenido distintas connotaciones históricas en las cuales los héroes sobresalen sobre la confusa nebulosa de impunidad, al ser perseguidos y acosados intensamente por reivindicar sus convicciones propias y colectivas. Ahondaremos en el contexto histórico que nos atañe primero navegando la superficie del éter oscuro y amorfo de las violencias de Estado para pasar a la experiencia individual y humana.
Empezaremos por distinguir entre los nacionalismos integrales para el discurso del opresor y la nacionalidad u relación vinculante de la identidad cultural individual y la Identidad Nacional.
Los autores nacionales nos advierten:
“El término nacionalidad posee una ambigüedad esencial y peligrosa, (…), es utilizada para designar la participación de un sujeto en una cultura y una supuesta identidad nacional; (…) otras veces, se confunde con la ciudadanía. (…) supone poseer unas formas de vida, unas tradiciones y una historia compartida que operan como marcos simbólicos de interpretación entre las relaciones y una historia subjetiva.”[1]
Por ejemplo, podemos dedicar páginas enteras para describir las dictaduras Latinoamericanas, galicismo utilizado en el contexto cultural de opresión impuesto a las poblaciones originarias; o denunciar la: violencia, tortura, censura, muerte, desaparición forzada, desplazamiento y limpieza étnica que sufren miles de personas solo en América.
Podríamos categorizar las escalofriantes metodologías de guerra que utiliza el opresor contra su propio pueblo y aun así no alcanzan los documentales ni las páginas para hablar de los 160 mil muertos y 45 mil desaparecidos solo en Guatemala entre 1960 y 1996. De los cuales 4 de cada 10 fueron niños o mujeres.
En Chile el pueblo Mapuche aún vive la represión política y el despojo de sus territorios tradicionales desde mucho antes que la dictadura asesinara a unas 3000 personas entre 1976 y 1990, acumulando al menos 40 mil casos documentados de víctimas. En Argentina se cuentan 8938 casos de desapariciones forzadas con un estimado de 15 a 20 mil personas desaparecidas entre 1976 y 1982. Entre 1966 y 1986 hubo 90 mil desapariciones forzadas en países como: El Salvador, Chile, Uruguay, Argentina, Brasil, Colombia, Perú, Honduras, Bolivia, Haití y México.[2]
El s. XXI refleja el continuismo de las políticas hegemónicas extractivistas y por tanto las violencias y los militarismos siguen perpetuando masacres como la de los 43 de Ayotzinapa en el 2014. Estudiantes, periodistas, ambientalistas y lideres comunitarios de México, Centroamérica, Colombia, Ecuador, Brasil, etc., son víctimas habituales del Terrorismo de Estado.
El aparato represor ha integrado sin resistencia mayor las redes criminales de políticos coludidos y capos del crimen organizado quienes se dan el lujo de un ethos burgués de “proceso desapasionado y racional”[3] por su actuar deshumanizado, quirúrgico y mimético.
La triste Noche de Iguala y los 43 normalistas de Ayotzinapa es análoga al genocidio de las comunidades originarias desoladas por verdugos europeos por centurias.
En Abya Yala con lo moderno y la industrialización de las parcelas, y en los guetos con las bondades del capitalismo neoliberal se ha implementado la doctrina de tierra arrasada y Seguridad Continental justificada en el uso del discurso hegemónico para promover milicias y aparatos paramilitares al servicio de “noblezas criollas” y sus “asesores extranjeros”; al mismo tiempo que sostienen una “falsa verdad” que socaba la capacidad de toma de decisiones y limita las libertades de los individuos en la comunidad.
Terrorismo de Estado
La violación sistemática y continua de los Derechos Humanos más básicos de minorías étnicas y de población urbano marginal y rural en las naciones de la periferia dominada como en el seno de las naciones: “civilizadas”, “desarrolladas”, “democráticas”; apenas se visibiliza al ser una forma de crimen. Las identidades culturales propias y las necesidades comunitarias son excluidas al opuesto del tablero político.
“Nunca la violencia que ejerce el Estado contra aquellos que se le oponen, es solamente esfuerzo estatal. En el seno de la sociedad civil existen amplias porciones que en no pocas ocasiones, apoyan activa o pasivamente las infamias más inauditas. En efecto, en no pocas ocasiones, amplias porciones de ciudadanos justifican la ejecución extrajudicial o la desaparición forzada.”[4]
Quienes perpetran estos crímenes son antisociales bajo el amplio brazo de la impunidad y el silencio cómplice los aparatos ideológicos de Estado que junto al aparato represivo de Estado[5] perpetúan el miedo y la dominación. Fanatismos, premisas falsas. éxito capitalista del aparato ideológico de Estado buscan la normalización y desregulación de actividades lucrativas que generan miseria a la población, pero facilitan la usurpación del poder de la Nación.
Los silencios de las mafias políticas ocultan bajo la criminalidad institucionalizada una gobernanza de facha democrática pero enquistada en los poderes facticos por lo que estas son poco judicializadas. Se amparan siempre en la represión política como alternativa al dialogo con lo que prolongan el empobrecimiento de las clases sociales aisladas por medio de la opresión, dependencia económica y vulnerabilidad. Trasladan el peso de las cargas sociales a los más vulnerables mientras ellos se eximen.
Las organizaciones comunitarias deben enfrentar esta muralla inconmensurable de censura, hostigamientos, judicialización, clasismos, y exclusión; para alcanzar sus objetivos colectivos manteniéndose firmes. No hace falta imaginar utopías en el s. XXI Hoy en día los objetivos se cumplen con trabajo comunitario.
El caos social como instrumento de poder
La ola de violencia se asocia a los altos porcentajes de corrupción política y de funcionarios coludidos con el crimen lo que genera la fractura de las instituciones pilares de la sociedad, lo que conjugado a elementos económicos y sociales pueden producir una situación de Estado Fallido; especialmente por las disputas entre facciones que anteponen sus intereses en detrimento de la sociedad y de su población.
Tenemos entonces que generar espacios de lucha, dialogo y reivindicación; para sanar y construir acciones comunitarias, colectivas y para fundar nuevos pilares de convivencia mitigando el descontento y redirigiendo las fuerzas colectivas para fortalecer las redes colaborativas comunitarias.
Un Estado corrompido desde dentro entonces utilizará el discurso hegemónico para camuflar estas distintas presiones externas estructurales, así como para crear verdades que encubren sus crímenes internos aprovechando el caos en que sumerge a los ciudadanos.
Evolución del Control ideológico en Costa Rica
Siglo XIX
Nos interesa en este momento el mecanismo de control social conocido como censura, pero debemos aun profundizar más en la construcción ideológica del discurso político y su instrumentalización material exponiendo el caso costarricense que la implementa y normaliza.
La identidad cultural costarricense, por otro lado, se configuró al mismo tiempo que la economía se insertaba en los mercados de las potencias occidentales, industriales colonialistas y premodernas del s. XIX.
En el año de 1821 el joven Estado costarricense contaba con una sociedad agrícola con al menos 100 años de retraso en relación con las potencias europeas y los Estados Unidos con las cuales negociaba, y su inserción fue difícil. El hierro era escaso y extremadamente caro, las herramientas agrícolas eran de madera, el arado rudimentario y de bueyes.
El campesino descalzo y “humilde” así como el cafetalero hacendado se fascinaban con los productos extranjeros que consideraban “milagrosos”[6]; así como lo hicieron las gentes de los pueblos originarios al ver las cuencas de vidrio del conquistador español, o como lo hace el costarricense moderno embelesado con los últimos dispositivos del mercado occidental. Un mismo pueblo 3 conquistas.
En el s. XIX el Estado manejo un discurso hegemónico, político y económico acorde a las necesidades de la producción cafetalera promovida como política económica de Estado logrando alcanzar su auge para 1850. “La exportación de café a Inglaterra… transformó por completo el país. Con el intercambio comercial ingresó el “progreso” capitalista y la “modernidad” europea.”[7].
El cambio cultural propiciado por la exportación del grano de oro implicó la adopción de valores culturales exógenos con la consecuente fragmentación y aculturación capitalista de la sociedad agraria nacional. Por otra lado, las actividades, los actores y momentos históricos adquieren significado cultural dentro de la construcción y reproducción de los valores integrales de la Identidad Nacional reinterpretados por el discurso hegemónico.
Los objetos y productos de la actividad cafetalera se convierten materialmente en Patrimonio Cultural del pueblo costarricense y cargan de contenido semántico a la nacionalidad.
Siglo XX (Primera Mitad)
Desde entonces hasta la fecha la actividad cafetalera fue decayendo y para la década de 1980 se había desplomado. Actualmente representa aprox. 2% del PIB, sin embargo, ha finales del s. XIX e inicios del s. XX ya contábamos con un grupo de intelectuales burgueses cuyos ideales políticos impregnaron las letras con expresiones bucólicas al enfrentarse a poderes conservadores profundamente católicos.
El Arte y la pintura también transcriben el devenir histórico cumpliendo su rol de instrumento comunicativo en medio de la disputa histórica de la “Verdad” que describe las tensiones, esperanzas y tristezas de la época. “La ideología está hasta tal punto presente en todos los actos y los gestos de los individuos que llega a ser indiscernible de su “experiencia vivida”.”[8] Cada momento en la construcción identitaria nacional ha tenido una sociedad idealizada que reflejo el blanqueamiento y politización de la misma.
Las intenciones “modernistas” del discurso político no hicieron más que postergar la realización y persistencia de condiciones materiales de dependencia económica, exclusión y pauperización de la sociedad. En la Costa Rica futurista y neocolonial de entre guerras el discurso sirve para sostener a las élites y al status quo.
Utilizó la imagen del peón: agrario, cafetalero, abnegado, pío, trabajador, descalzo; para generar una percepción social de bonanza económica como la del s. XIX deviniendo en la decadencia simbólica al vaciar de contenido al signo vivo con el “imperialismo”semiótico arrogante”[9] de la mentira.
La guerra civil del 48 prueba que no todo era bonanza. En el contexto global agitado de mitad del s. XX el mito del “grano de oro” se adaptó a las ideologías elitistas de burócratas burgueses vinculados a capitales productivos. La amenaza nuclear y las desapariciones forzadas son canalizadas por el antihéroe campesino: anticomunista, ignorante, reaccionario, sumiso a la autoridad y blanco que caracteriza el ideal de costarricense que se cierra en la excepcionalidad de la patria y el rechazo ideológico al comunismo.
La guerra produce rezago. Es la suma de todas las violencias, busca la eliminación del “otro”. Por ende la guerra es autodestructiva e impacta el proceso de fricción interétnica[10] que describe la identidad cultural.
Con la proscripción del partido comunista en 1949 viene la persecución política al obrero, al campesino y al estudiantado, a opositores políticos o disidentes. Un recuento de los crimines de Estado se hace necesario para llenar esta etapa oscura de la democracia costarricense sumida en la clandestinidad y la infamia.
Siglo XX (Segunda Mitad)
Recordaremos la premisa de que el “vencedor escribe la historia, pero el tiempo da voz a los vencidos”[11]. Los mismos reaccionarios que efectuaron la masacre del Codo del Diablo el 19 de diciembre de 1948 alcanzan el poder e utilizan la institucionalidad, el discurso político y la represión para perpetuarse. El partido comunista en Costa Rica estuvo proscrito por 25 años creando el efecto de dictadura blanda al vaciar el pensamiento político nacional del dialogo democrático y disimular su control mediático a través de la violencia con el falso discurso de paz y bonanza ya añejo.
La actividad represiva es clandestina ya que el opresor actúa con complicidad en la impunidad. El propósito de la retórica política es crear una realidad alterna que disimula la ingobernabilidad y facilita el accionar de la facción más poderosa.
La reproducción discursiva que exalta el rol institucional negando una parte de la Historia puede visibilizarse con lo sucedido en diciembre del 2017 en la exposición del Tribunal Supremo de Elecciones presentada en la Biblioteca Nacional. Con un rango de 70 años desde su fundación (1949) casualmente omitió la proscripción del partido comunista.[12] Su ilegalización duro 25 años y limitó la capacidad de organización comunitaria, obrera y política de distintas agrupaciones y minorías étnicas además de alienar también el Derecho al Voto del resto de la población costarricense.
Con la televisión comercial en el país se establece el sesgo mediático que desde 1958 se expresa en el monopolio que los medios de comunicación ejercen sobre la opinión pública y la percepción de las diversas problemáticas sociales reproduciendo el discurso de dominación hegemónico con sus características de exclusión y pauperización.
Esa misma retórica que utilizó el Estado Benefactor, o el Estado Patriarcal o incluso el Estado Neoliberal con sus características especiales se ha encargado de naturalizar la violencia por largo tiempo. Después del año de 1974 se vuelve más común el trabajo de los grupos organizados que participan de la revolución artística comunicativa que disputa los espacios callejeros e institucionales por igual rompiendo el monopolio del poder político.
La Crisis del Mito
La agroindustria tiene como pilar al peón agrario y este sufre la carga de la industrialización capitalista de la sociedad nacional. El héroe del mito del grano de oro desaparece como el sueño de la Alianza para el Progreso[13]. La tugurización se acentúa como lo fue la brecha social durante las décadas de 1970 – 1980 llegando a declaratoria de emergencia en 1984 y a promesa de campaña electoral para el periodo 1986 – 1990.
El tugurio es resultado de la crisis, de la dependencia y de la mala gestión de los recursos públicos convirtiéndose en objeto del discurso político que minimiza el impacto de las perdidas agrícolas o el sufrimiento de las minorías de nacionales y extranjeros migrantes.
Los esfuerzos institucionales se enfocan más en sostener discursos desfazados para ejercer la censura y el control político sobre los medios o para disputar puestos de control entre facciones que en resolver las problemáticas comunitarias.
Durante los años 80 se ensalzó el “clima de paz” frente a la amenaza “comunista” que infiltraba el Continente. Centroamérica realmente se convierte en un campo de batalla ideológico del cual Costa Rica no se exime al intentar perpetuar con actividades represivas (seguimientos, intervenciones telefónicas, unidades clandestinas o paramilitares) y por supuesto la policía política el mito del grano de oro.
Durante la segunda mitad del s. XX el carácter bucólico de la campiña, la belleza y humildad del campesino abnegado aún invocaban la producción cafetalera que aprovecha la mano de obra migrante favoreciendo la inmigración “blanca”, “europea” o “americana” pero obviando también los Derechos Culturales de las minorías étnicas que habitan el territorio. Con la generación de diversos mitos discursivos se reproducen las mismas condiciones de desigualdad, la exclusión, la discriminación y la violencia.
“La exportación de café a Inglaterra… hacia mediados del siglo XIX… transformó por completo el país. Con el intercambio comercial ingresó el “progreso” capitalista y la “modernidad” europea.”[14]
Mientras tanto con el paso de los años la visión de sociedad costarricense europeizada ha sido diluida en una americanizada y gentrificada. Material e ideológicamente colonizada, pero geográficamente occidental. Actualmente X, Meta[15] y otras plataformas de internet tienen más control sobre el contenido accesado por millones de usuarios que los gobiernos e incluso ofrecen sus servicios a los estados hegemónicos.
A mayor censura global mayor enajenación cultural y perdida del Patrimonio Cultural de los pueblos y de su Libertad de Expresión. Por esto la apropiación de espacios comunicativos es fundamental para enfrentar el capitalismo extractivista informático dadas las implicaciones económicas y geopolíticas del control de datos sensibles y sus aplicaciones en el ámbito militar como sucede con las tecnologías de la muerte utilizadas en el actual conflicto israelí – palestino.
La utilización de tus datos de navegación por algoritmos desarrollados para capturar la atención del usuario en contextos de “batalla cultural” o “limpieza étnica” para rastrear a los individuos y bombardearlos junto a toda su familia abren un nuevo ámbito ético de lucha por nuestra Libertad de Expresión y los Derechos Humanos más básicos.
Para el 15/11/2023 aproximadamente un mes después de iniciada la actual batalla el 07/10/2023 las estadísticas del conflicto en Gaza reflejaron que un 41% de 11300 víctimas inocentes fueron menores de edad. El 20/11/2023 la cuenta había aumentado a 13 mil víctimas civiles concentrando e incrementado la letalidad y las masacres. El 21/12/2023 la cifra de muertos en Gaza era de más de 20 mil personas estimándose que un 70% eran mujeres y niños. Para el 25/11/2024 habían sido asesinadas 44 mil personas inocentes y se contaron 10 mil desaparecidos.
En la primera línea están cientos de periodistas que deben autoexiliarse o sufrir la persecución y muerte en las redes del aparato opresor solo por mostrar la Verdad. El informe de la UNESCO sobre la Libertad de Expresión y los medios de comunicación 2021/2022[16]; contiene cifras esclarecedoras al respecto. Para el 25 de octubre día en que escribo estas palabras el IDF había asesinado 131 periodistas[17]. Desde esta violencia visceral hasta la censura que implementan las grandes plataformas de internet imponiendo el monopolio por medio del control mediático y el discurso político sostenido por granjas de trolls, bots, y los logaritmos de datos que miden las reacciones de usuarios a determinados refuerzos positivos o negativos.
La Libertad de Expresión permite describir lo inconmensurable, lo que es sagrado, como también es el instrumento del arte y de las sensibilidades humanas. Al ser conscientes podemos detectar en el noticiero, en las películas, en series y música el bombardeo mediático.
El Dolor que Nos Espera
El 20 de octubre del 2003 se desato una intensa disputa entre el Derecho a la Libertad de Expresión y la censura del aparato ideológico de Estado costarricense. La acción se desarrolla a las 10 a.m. en medio de la protesta social y civil convocada en oposición al TLC, que se llevó a cabo en las inmediaciones de la Asamblea Legislativa. Dos horas más tarde aparecía en los noticieros del mediodía.
Desde ese momento el performance de Albán Camacho tuvo un meteórico ascenso entre la sorprendida audiencia, el sensacionalismo noticioso y las críticas moralistas puritanas de los grupos alineados con el statu quo. Su reacción no se haría esperar y para el 22 de octubre en el periódico La Nación el entonces presidente Abel Pacheco refiriéndose a los grupos organizados que se habían manifestado en contra del TLC decía: “Más que movimientos son meneitos”, utilizando una metáfora un poco extraña. ¿Qué habría querido decir?
El expresidente entre risotadas se hacía acompañar por el ministro de la Presidencia y el ministro de Seguridad. Entonces haría alarde de su completa ignorancia de la obra artística y se dedicaría a insultar al artista para pasar luego a desquitarse con los trabajadores que habían participado de la marcha un lunes.
La nota tiene por título: “Carcajadas en Zapote” y describe la reacción de los representantes del poder hegemónico desconcertados ante la obra de arte. Parecen contrariados, el expresidente agrega:
“Me dicen de un joven que pasó chingo, en pelota, para hablar en costarricense, mientras lo pintaban y se envolvía en no sé qué trapos. Bueno, como psiquiatra gustoso le puedo dar una opinión después, como político difícilmente, … Eso de desnudarse para llamar la atención es cuento viejo. No tengo reparos en que cada quien llame la atención como quiera, salvo reparos estéticos. Yo les digo que tengan un poco de conciencia sobre su belleza física antes de exponerla”[18]
Difícil no notar una fetiche estético que parece no terminar de salir del armario en cuanto se refiere a la fisonomía masculina. De igual manera esta reacción extra por parte del mandatario no haría más que impulsar la obra y su impacto. La nota continua: “En medio de risas, Pacheco retornó a la seriedad para recordar que la decisión del Gobierno de rebajar los salarios de quienes no trabajaron el lunes se mantiene firme.”[19]
Al mismo tiempo el expresidente se quejaba de no poder rebajar el salario de los dirigentes sindicales pues estaban amparados por convenios internacionales que el país está comprometido a cumplir.
Por 3 días consecutivos el performance de Albán Camacho había ocupado las primeras planas y ahora hasta el presidente se refería a este haciendo gala de costarriqueñismos. En los medios de comunicación se hablaba de filosofía del arte y del significado de la desnudez lográndose un objetivo primordial del performance, el “dejarse ver” o “exhibirse al máximo”. Otro objetivo coherente alcanzado por el artista performativo fue mostrar su: “… compromiso político contra las estructuras establecidas en un mundo regido por el capitalismo y la moral burguesa, …”; además de una: “ … fuerte reivindicación de la autenticidad individual…”[20].
A los comentarios presidenciales Albán respondió con una frase icónica: “Invito a Abel para que se desnude y demuestre su trasparencia”; misma que sirvió de título a la publicación en Diario Extra, el 23 de octubre. “¡Claro! Si Don Abel no tiene nada que esconder, lo invito a que se quite la ropa conmigo en la próxima manifestación”[21] Cosa que por supuesto nunca sucedió y posiblemente nunca suceda.
Esta contundente respuesta a los comentarios insertados dentro del contexto de control ideológico y manipulación a través del discurso político hegemónico y en estas circunstancias satírico del expresidente obligarían a escalar un grado más de intensidad de la persecución y represión Estatal.
Las voces se unían al diálogo iniciado por el performance[22]. Por ejemplo, la Nación publicaba el 26/10/2003 la nota “Cuerpo a la vista”, que aborda el tema de la corporalidad y su potencia comunicativa: “Desnudarse no es simplemente quedarse en cueros vivos. Puede ser también una forma de activismo, con cierto abolengo derivado de la antigüedad griega, una especia de “desnudez cívica”[23]; poéticamente hablando.
Los burócratas del AIEc costarricense se encargaron de escalar del sensacionalismo de las noticias al escarnio público y de allí a la persecución y judicialización de la obra y el artista. Habían perdido la batalla de la comunicación e involucraron al aparato represivo de Estado. Louis Althusser (1974), señala a la censura como una forma del aparato ideológico de Estado cultural. También hace una clara distinción entre ambos: “… el aparato represivo de Estado “funciona mediante la violencia”, en tanto que los AIE funcionan mediante la ideología.”[24]
La cual es predominante y masiva dejando en un rol secundario a la violencia. Se deduce de esto que un Estado en donde la violencia es predominante no es más que una aberración de la organización social y sus beneficiarios deberían rendir cuentas a la Justicia por crímenes de Lesa Humanidad.
Judicialización del arte
El 30 de octubre se inicia el proceso judicial en contra del artista. La obra se presentó en el I Circuito, Juzgado Contravencional, asunto o delito: Exhibicionismo: Expediente 03-005454-0626-FC; Paralelo al Expediente: 03-005030-647-PE (19499-12), asunto o delito: Menosprecio a los símbolos de una nación Extranjera en perjuicio de la Nación; en el despacho de la Unidad de Trámite rápido de San José gracias a las bondades de la denunciante Licda. Fiscal Auxiliar de la Unidad de Trámite Rápido del Ministerio Público.
De acuerdo a la versión de la fiscalía que actúa de oficio el imputado Albán Camacho Lobo, localizable en Bar La Tortuguita, Calle de La Amargura, San Pedro donde siempre acude a almorzar:
“Procedió a manifestarse desnudo y menospreciando la bandera de los Estados Unidos de Norteamérica, con la cual cubría parte de su cuerpo y a la que le estamparon en color negro la esvástica alemana, símbolo utilizado por el Régimen de Hitler.”
Al hacerle la consulta a Albán a este respecto me indica por audio mensaje:
“… mae, Ernesto, fue frente a la entrada, no fue al costado fue al frente a la entrada a 7 – 8 metros del portón y fue envuelto en una bolsa de plástico trasparente… ¡No! Fue un plástico trasparente amarrado con un cordón… un plástico trasparente amarrado con un cordón que le quite al zapato.”
La fotografía de M. Castillo[25] se vuelve icónica al reflejar el momento en que un tercero portando una bandera de USA se acercaba a Albán para tocarlo en el hombro tal vez como un gesto de solidaridad u protección cubriéndolo parcialmente con la bandera, un instinto humano más allá de cualquier simbolismo. El artista procede a rechazar los cargos y posteriormente el Ministerio Publico solicitó:
”… el dictado de sobreseimiento definitivo a favor del acusado en aplicación de un criterio de oportunidad…”; y: “… máxime si se toma en consideración que lo acontecido responde a una manifestación propia de un país democrático… , donde existe la libertad de expresión, sin que deba tomarse como menosprecio a símbolos de nación extranjera,…”
Con lo que se fortaleció la Soberanía Nacional y nuestro Estado Constitucional de Derecho al reconocerse que: “… máxime cuando la puesta en funcionamiento de todo el aparato estatal resulta gravosa.” Para la sociedad costarricense, sin duda. Respecto a la acusación sobre menosprecio a los símbolos de una nación extranjera el imputado afirmaría junto con uno de muchos testigos:
“R. …, psicólogo y mímico … quien también ha hecho representaciones artísticas con desnudos en lugares públicos, y además estuvo presente en la manifestación, y le consta que en ningún momento ni el suscrito, ni mi asistente colaborador, ni llevamos la bandera de los Estados Unidos, ni la pedimos, ni la usamos, ni la tocamos, por lo que no forma parte de mi “performance”, y mucho menos implica menosprecio a los símbolos de una Nación Extranjera”
Albán, había representado desnudos en obras de teatro como forma de expresión, en unión de reconocidos actores y actrices como Ana Iztarú lo que ya valía por un trayectoria corta pero que le catapulta a explorar nuevas fronteras. Además, contó con la asesoría jurídica del Lic. Arturo Fournier F. y el acompañamiento de la Mesa Campesina y de profesores universitarios. Todo lo anterior ayudo a salir del proceso judicial para transformar estas sinergias en arte que es lo que Albán hace.
Este fenómeno social de la experiencia generada por una acción performativa le valdría a la obra el “Dolor que nos espera” 2 exhibiciones regionales y además ser reseñada en 2 catálogos de Historia del Arte centroamericano y nacional en los cuales se hace referencia a la censura ejercida sobre el artista y su obra[26]. Es también la confirmación del profundo impacto artístico y político en el contexto social al evidenciar los mecanismos de control del AIE.
La experiencia individual
Albán Camacho, recuerda que tuvo apoyo logístico y acompañamiento de periodistas, abogados y organizaciones sociales; que Ariel Chávez hizo un reportaje y sobre todo que fue la Vaca Milagro la que le reemplazo en la “Pelotita” y en la “Fotonovela” de la Extra. El fin del principio se da en octubre avisándonos de “El Dolor que Nos Espera”.
“Ya la marcha esta allí en lo más y mejor ¿verdad?
¡Tambores! Toda la gente protestando.
En eso llego este mae Federico Faria, y me dice: “man venga conozca a este mae”. Yo ya le había dicho a Federico que iba a hacer una acción y ocupaba que alguien me ayudara a moverme.
Y entonces le dije a Federico Faría, exalcalde e vicealcalde de Tibás y a Vinicio Chacón, periodista del Semanario Universidad que me ayudaran a moverme. Entonces Faria llego con un mae que se llamaba Jeison Granados periodista de Repretel. Y Jeison Granados hizo una nota de mi performance en el noticiero al mediodía. Yo hice el performance a las 10 y algo de la mañana y al mediodía ya el mae lo había sacado en la nota del noticiero.
Eso fue inmediato. Y desde ese día desde el lunes al mediodía hasta el viernes en el noticiero de las 10 de la noche. El performance estuvo en las noticias toda la semana. Estuvo en noticias Repretel por uno u otro motivo. Primero fue porque hice el performance y segundo porque Abel Pacheco se refirió al performance y tercero porque el Estado me demando.
Entonces el viernes ya salió la noticia de que el Estado había interpuesto contra mi 2 demandas. Que fue cuando yo me di cuenta de que estaba demandado porque estaba viendo las noticias y recuerdo el impacto mae de ver la noticia y ver el performance y la imagen; “estudiante que protesto desnudo podría ser demandado” y salió la noticia de que se había interpuesto una denuncia en mi contra.
Entonces los profesores de la UCR Ana Cecilia Jiménez y Trino Barrantes me remitieron con la Mesa Campesina y en la Mesa Campesina me buscaron el apoyo de quien para ese tiempo fuera creo que trabajaba para la Corte Interamericana de Derechos Humanos Arturo Fournier Facio. Me parece que don Arturo estuvo ahí, pero en aquel momento fue mi abogado y hasta allí llego la situación porque don Arturo me defendió.
Igual el juzgado determinó que no había en este caso… no había delito que perseguir y que la Libertad de Expresión estaba por encima de las pretensiones del Estado. Una causa por supuesto, menosprecio a los símbolos de una Nación extranjera y el segundo cargo: Exhibicionismo.
El Estado nunca lo resolvió porque no me notificaron a mí, sino que notificaron a mi mamá. Y fue después que la notificaron, pero yo no vivía con ella. Y la notifican a ella como si yo viviera con ella. Y ridículo. Y mami se va y devuelve la notificación y nunca se notificó y nunca paso a más”.
Imágenes: Lanobienal
fin
[1] Joaquín García Monge … [et al.] (1988), Antología del pensamiento crítico costarricense contemporáneo / ; compilado por Montserrat Sagot y David Díaz Arias. – 1a ed . – Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Recuperado de:
[2] Ana Lucrecia Molina Theissen (1988), La desaparición forzada de personas en América Latina; Asociación Centroamericana de Familiares de Detenidos – Desaparecido; CIDH: Recuperado de:
[3] Fonseca Rincón, J. D. & Prieto Cortés, J. S. (2020). Marx y Weber: el ethos de la burguesía y los orígenes del capitalismo moderno. Desafíos, 32(2), 1-28. Recuperado de:
[4] Carlos Figueroa Ibarra (2001), DICTADURAS, TORTURA Y TERROR EN AMERICA LATINA. Bajo el Volcán, vol. 2, núm. 3, segundo semestre, 2001, pp. 53-74, Benemérita Universidad Autónoma de Puebla México: Recuperado de:
[5]Louis Althusser (1974), Ideología y aparatos ideológicos de Estado; Traducido por Alberto J. Pla, Ediciones Nueva Visión, Buenos Aires, Argentina.
[6] Álvaro Quesada Soto (1992), IDENTIDAD NACIONAL Y LITERATURA NACIONAL EN COSTA RICA: LA «GENERACION DEL OLIMPO»; Canadian Journal of Latin American and Caribbean Studies / Revue canadienne des études latino-américaines et caraïbes;Published By: Taylor & Francis, Ltd.; Vol. 17, No. 34, Culture and development / Culture et développement (1992),, pp. 97-113 (17 pages)
[7] Carlos G. (1994), “El Impacto Ambiental del Café en la Historia Costarricense”; Departamento de Geografía, Universidad de Costa Rica: Recuperado de:
[8] Marta Harnecker (1985), Los conceptos elementales del materialismo histórico; Siglo XXI, España.
[9] Umberto Eco (1977), Tratado de Semiótica General, Traducción de Carlos Manzano; Editorial Lumen, España.
[10] Roberto Cardoso de Oliveira (2007), Etnicidad y estructura social / Roberto Cardoso de Oliveira ; traducción de Virginia Molina Ludy y Enrique Lemus Rodríguez. –: Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropóloga Social: Universidad Autónoma Metropolitana: Universidad Iberoamericana, México.
[11] Carla Montero y George Orwell ambos escritores colaboran en la construcción de la expresión idiomática.
[12] José Eduardo Mora (2017), “Exposición del TSE omite mencionar proscripción del partido comunista, Semanario Universidad, Costa Rica: Recuperado de:
[13] Carlos A. Ortiz (2004), Las Doctrinas Económicas. Análisis basado en la Historia y la Política Económica desde una Perspectiva Nacional, Universidad Nacional de Misiones, Facultad de Ciencias Económicas. – 1° ed. – Posadas : Editorial Universitaria Universidad Nacional de Misiones: Recuperado de:
[14] Carlos G. (1994), “El Impacto Ambiental del Café en la Historia Costarricense”; Departamento de Geografía, Universidad de Costa Rica: Recuperado de:
[21] Ariel Chávez González (2003), “Invito a Abel para que se desnude y demuestre su trasparencia”; Nacionales, Diario Extra, jueves 23 de octubre del 2003 – Año XXIV, N°248, San José, Costa Rica
[22] Albán Camacho también apareció en las secciones “Pelotita” y la “fotonovela” del Diario Extra, pero fue sustituido por la vaca Milagro robada en taxi en Cartago.
[23] Gerardo Bolaños (2003), “Cuerpo a la vista”; De Reojo, Revista Dominical, La Nación; 26/10/2003; San José, Costa Rica.
[24] Louis Althusser (1974), Ideología y aparatos ideológicos de Estado”; Traducido por Alberto J. Pla
Ediciones Nueva Visión, Buenos Aires, Argentina.
[25] Pancho Lopes (2021), Centroamérica en acción: una aproximación al performance centroamericano y algunos de sus protagonistas; Museo de Arte y Diseño Contemporáneo, San José, Costa Rica.
[26] María José Chavarría Zamora (2013), Construcciones – Invenciones: de la Suiza Centroamericana al país más feliz del mundo, Museo de Arte y Diseño Contemporáneo, Costa Rica.
[27] Ernesto Araya (2023), “Relato”; Entrevista realizada el 30 de septiembre del 2023 en la casa del artista Albán Camacho, San Pedro de Montes de Oca, San José Costa Rica
El 8 de noviembre del 2024 se presentó un recurso de amparo ante la Sala Cuarta por parte de personas del colectivo CONCEVERDE, acusando a la Municipalidad de San Rafael de Heredia, y su alcaldía, por negarse dentro del plazo correspondido a proporcionar información pública relacionada con la alta probabilidad de contaminar acuíferos, a raíz de visados municipales de fraccionamientos y permisos de construcción. El 14 de noviembre la Sala falló a favor de este recurso de amparo y acreditó la violacion del derecho constitucional de recibir información por parte del alcalde.
Esta situación inició en el mes de septiembre de 2024, en donde se formuló una denuncia ambiental debido a lo anterior, y buscaron recibir información de interés público debido a la protección de un pozo, en donde hubieron varios problemas, entre los cuales está el otorgamiento de permisos de la Municipalidad para construir en áreas de protección del Pozo La Meseta, incluso cuando el AyA recomendó que no se otorgarán. No obstante no se recibió la denuncia, ni se les brindó información, lo cual vulnera sus derechos fundamentales como ciudadanos.
Mediante la resolución 2024-033228 se le ordenó a la Municipalidad de San Rafael que se le entregará la información solicitada en un plazo de 8 días, y además se le condenó a que se pagarán daños y perjuicios.
Lamentablemente, este ha sido el segundo recurso de amparo que estos vecinos han tenido que interponer, y es la segunda vez que la Sala ha fallado a favor, debido al incumplimiento y falta de transparencia de la alcaldía.
Casos como estos recuerdan la importancia de asegurarse que los servidores públicos se hagan responsables de mantener su administración transparente y al servicio de la ciudadanía.
Un ex empleado de Planta del Proyecto Minero Bellavista, ha presentado una denuncia formal ante el Concejo Municipal y la Alcaldía, en la que expone graves irregularidades en las prácticas operativas de la planta. El trabajador, quien fue cesado de su cargo el 7 de octubre de 2024 tras intentar denunciar estas irregularidades, alega que las colas de la mina se han estado depositando en un área sin impermeabilización, situada a solo 20 metros de un ojo de agua que se infiltra y descarga en el río Ciruelas.
En su denuncia, el ex supervisor también señala que la pileta de contención de emergencia, que debería estar vacía, se encuentra llena de agua de infiltración y carece de los sistemas de detección de fugas requeridos. Además, menciona que la cañería que transporta el agua desde la planta hacia la pileta de emergencia no está debidamente canalizada, lo que ha provocado derrames anteriores al río: estas descargas hacia el río se realizan bajo la aprobación de personal específico, generalmente durante la noche o los fines de semana, con el fin de diluir los contaminantes.
El ex empleado resalta que tanto la pileta de proceso como la de emergencia no cuentan con sistemas de doble fondo ni con las medidas de seguridad adecuadas para prevenir derrames, lo que ha puesto en riesgo la vida acuática de la zona, evidenciado por la reciente mortandad de peces en la pileta. Asimismo, García menciona la falta de procedimientos operativos y planes de emergencia ante eventos naturales o accidentes que pudieran resultar en un derrame tóxico.
Eventualmente, se destaca que no existen procedimientos operativos ni planes de emergencia ante eventos naturales o accidentes que pudieran resultar en un derrame tóxico. Para abordar estas preocupaciones, se llevó a cabo una reunión con la Comisión de Ambiente del Concejo Municipal en la Sala de Sesiones del segundo piso del edificio municipal, y pronto esperar una resolución del Concejo Municipal y la Administración Municipal correspondiente.
El Gobierno de Rodrigo Chaves Robles, desde los primeros días, la emprendió contra el sistema democrático costarricense y rabiosamente contra los sindicatos.
La Caja Costarricense de Seguro Social es una institución fundacional del Estado Social y Democrático, que el Gobierno pretende desmantelar y privatizar, aunque sea recurriendo a los actos, denunciados por UNDECA y otros, al Ministerio Publico, que resultaron en la detención en las celdas de OIJ la presidenta ejecutiva de la Caja y siete personas más.
UNDECA es el reducto de defensa de la Caja, su autonomía, recursos financieros y los derechos de casi 70.000 personas que laboran en esa entidad.
Nuestra inclaudicable posición nos ha costado que el presidente de la República y Marta Esquivel Rodríguez, Presidenta Ejecutiva de la CCSS, acometan contra UNDECA, desplegando un conjunto de actuaciones que violentan los principios de libertad sindical.
A raíz que la conjura contra este y otros sindicatos institucionales ya resulta desproporcionada, llegando a extremos de violencia intolerable, UNDECA interpuso una denuncia en la Organización Internacional de Trabajo (OIT) contra el Presidente de la República y Marta Eugenia Esquivel Rodríguez.
Las actuaciones más graves, entre otras, que sustentaron la denuncia son:
1.- Marta Eugenia Esquivel declaró, en la habitual conferencia de prensa de Casa Presidencial, que los sindicatos tienen secuestrada la CCSS.
2.- La misma jerarca declaró públicamente que los sindicatos son los peores enemigos de la Caja y las comunidades.
3.- Esquivel amenazó a los sindicatos por denunciar en el Ministerio Público, la cuestionada adjudicación de 10 áreas de salud a favor de cooperativas y un consorcio hospitalario privado.
El presidente de la República amplificó la agresión contra los sindicatos, atribuyéndonos que somos los responsables de las listas de espera.
4.- Esas prácticas antisindicales se coronan con el ataque deleznable que ha sufrido nuestra compañera Martha Elena Rodríguez González, Secretaria General Adjunta de UNDECA y representante de los sindicatos en la Junta Directiva de la Caja, contra quien el Consejo de Gobierno ilegítimamente ordenó la apertura de un procedimiento sancionatorio y una medida cautelar de separación de su cargo, que fue anulada por la Sala Constitucional, por violentar derechos fundamentales.
Las arteras acciones montadas contra nuestra compañera Martha Elena violentan el principio de autonomía e independencia sindical.
El conjunto articulado de actuaciones del Presidente de Gobierno y Marta Esquivel, configuran prácticas recurrentes y sostenidas de hostilidad y discriminación antisindical, que vulneran los principios de libertad sindical, contenidos en la Declaración de Filadelfia de OIT (1944) y los convenios internacionales de OIT, ratificados por Costa Rica.
UNDECA denunció que el Gobierno de la República está creando un peligroso clima de confrontación, amenazas, presión y desprestigio contra los sindicatos, que pretende, impedir que los sindicatos realicen su misión de manera eficiente y eficaz, y además, esos discursos incitan a la violencia, con el propósito que la ciudadanía rechace y repulse moralmente a UNDECA y los sindicatos de la Caja, declarados calumniosamente secuestradores y los peores enemigos de la Caja y las comunidades.
UNDECA comunicó la denuncia internacional al Director General de OIT y está solicitando que se declare que el presidente de la República y Marta Eugenia Esquivel Rodríguez son autores responsables de la violación de los principios de libertad sindical.
En consecuencia, se solicitó condenar al Gobierno por el ejercicio de prácticas políticas incompatibles con la libertad sindical y ordenar a esas autoridades gubernamentales abstenerse de continuar con esas conductas de violencia antisindicales.
UNDECA terminó su denuncia citando la siguiente declaración del Secretario General de Naciones Unidas; Antonio Gutiérrez:
“El discurso de odio constituye una amenaza para los valores democráticos, la estabilidad social y la paz, y las Naciones Unidas deben hacerle frente en todo momento por una cuestión de principios.”
El discurso de odio del presidente y Marta Esquivel contra los sindicatos es irreconciliable con los postulados de nuestra Constitución Política y los convenios de OIT en materia de libertad sindical.
La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) informa a SURCOS que ha emprendido una ardua labor durante los últimos cuatro meses, investigando y denunciando lo que considera un conjunto de irregularidades en los procesos de contratación de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Estas denuncias, centradas en la adjudicación de contratos para la gestión de áreas de salud, revelan preocupaciones sobre la transparencia y la legalidad de las decisiones tomadas por la Junta Directiva de la CCSS. Se ha señalado que estas decisiones podrían estar orientadas al favorecimiento indebido de ciertos proveedores, específicamente cooperativas de salud, con contratos que implican cientos de miles de millones de colones. ANEP aporta información sobre irregularidades en contratación de áreas de salud con documentos presentados ante Contraloría, la Fiscalía y el Juzgado.
La primera denuncia formal presentada por la ANEP data del 15 de mayo de 2024, dirigida a la Contraloría General de la República (CGR). En esta, la organización expone la supuesta modificación de informes técnicos para favorecer a cooperativas en la adjudicación de áreas de salud en diversas regiones, afectando la competitividad del proceso y exponiendo al país a pagos inflados por servicios médicos. Esta denuncia es parte de un esfuerzo por prevenir lo que la ANEP describe como una operación que podría desviar más de 210 mil millones de colones en beneficio de unos pocos proveedores, a costa de los recursos públicos y de la ciudadanía.
Posteriormente, el 12 de julio de 2024, la ANEP emite un nuevo documento en el cual solicita una intervención inmediata por parte de la CGR. En esta ocasión, se denuncia específicamente una licitación por más de 470 mil millones de colones, adjudicada a tres cooperativas y una asociación, argumentando que el proceso está plagado de irregularidades y que las acciones de la Junta Directiva de la CCSS presentan serios vicios legales. La ANEP solicita que se investiguen estas acciones antes de que se concrete lo que califican como un acto administrativo nulo e ilegal.
En respuesta a las gestiones de la ANEP, la Contraloría General de la República emite un documento dirigido al denunciante el 10 de julio de 2024, en el cual se reconoce la recepción de la denuncia y se asegura que la misma será utilizada como insumo en una investigación formal en curso. La CGR detalla los pasos a seguir y confirma que los puntos planteados por la ANEP, junto con la documentación adjunta, serán evaluados en el marco de esta investigación.
Estos tres documentos reflejan la gravedad de las acusaciones y el esfuerzo de la ANEP por detener lo que consideran una serie de actos administrativos con graves consecuencias económicas para el país. Es crucial revisar en detalle estos documentos, que ya se encuentran disponibles para su análisis.
El 11 de septiembre del 2024 se presentó una denuncia contra Jorge Porras López, directivo de la CCSS, y a los miembros del Consejo de Gobierno que participaron en su voto de nombramiento a la Procuraduría de la Ética Pública, la cual tiene la función de prevenir la corrupción, e incrementar la transparencia en los cargos públicos, por parte de Martha Elena Rodríguez, directiva representante de los trabajadores del sector Laboral-Sindical.
Esta denuncia se debe a que presuntamente el señor Porras López es trabajador del Banco Nacional, lo cual infringe el artículo séptimo, inciso b, de la Ley Constitutiva de la CCSS , que prohíbe nombrar funcionarios de cualquier banco, de acuerdo a su marco como Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
En virtud de la importancia que tiene que los nombramientos estén a debido derecho, por temas de anticorrupción y transparencia, se le solicita en esta denuncia a la Procuraduría agilidad para determinar si en efecto se ha violentado este artículo, y llevar a cabo la acción penal necesaria.
Se adjunta abajo la denuncia en su totalidad, detallando el marco jurídico de esta:
San José, 11 de septiembre 2024
Licenciado
José Armando López Baltodano
Procurador Director del Área de la Ética Pública.
S.D.
ASUNTO: DENUNCIA CONTRA JORGE PORRAS LÓPEZ DIRECTIVO ACTUAL DE LA CCSS REPRESENTANTE DEL ESTADO Y CONTRA EL CONSEJO DE GOBIERNO POR PRESUMIBLE NOMBRAMIENTO ILEGAL.
La suscrita, MARTHA ELENA RODRIGUEZ GONZALEZ, cédula 2-0343-0472, mayor, casada, vecina de San Ramón de Alajuela, Directiva titular representante de los trabajadores Sector Laboral-Sindical, en la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, presento formal denuncia ante la Procuraduría de la Ética Pública, contra el señor JORGE PORRAS LÓPEZ, cédula 5- 0239- 0638 Directivo actual de la CCSS en carácter de representante estatal y contra los miembros del CONSEJO DE GOBIERNO que participaron con su voto en el nombramiento ilegal del señor Porras López como Directivo de la CCSS, tanto en la Sesión Nº 40 Artículos 3 y 3.1 celebrada el día 8 de febrero de 2023 ( ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD) como en la Sesión Nº79 Artículo 3 celebrada el 8 de noviembre 2023 ( ACUERDO FIRME POR MAYORÍA CALIFICADA ).
Acudo a esa instancia pública, considerando que la competencia de la Procuraduría de la Ética Pública, está encaminada a realizar las acciones administrativas necesarias para prevenir, detectar y erradicar la corrupción e incrementar la ética y la transparencia en el ejercicio de la función pública, por actos ilícitos vinculados con el ejercicio de su cargo o con ocasión de éste, en las materias competencia de la Jurisdicción Penal de Hacienda y de la Función Pública (artículos 3,inciso h; 7 inciso r) de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
HECHOS Y FUNDAMENTO LEGAL QUE SUSTENTAN LA DENUNCIA
PRIMERO: El señor Jorge Porras López en apariencia es funcionario del Banco Nacional de Costa Rica desde el año 2007: Desde esa fecha a la actualidad, ha desempeñado diferentes cargos en esa Institución Autónoma. Actualmente desempeña el cargo de Técnico Profesional Banca de Consumo.
(Prueba: se está solicitando a esa Procuraduría gestionar certificación que lo acredite)
SEGUNDO: El Consejo de Gobierno en la Sesión Nº 40 celebrada el día 8 de febrero de 2023, Artículo 3 y 3.1 nombró en el cargo de Director pro tempore en la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social al señor Porras López, en esa oportunidad, como representante del sector solidarista cuyo nombramiento rige a partir de la fecha indicada.
En ese primer nombramiento, el señor Porras López, fue nombrado directivo en la Caja Costarricense de Seguro Social de manera provisional, en sustitución de la directiva titular del sector solidarista de la CCSS, Maritza Jiménez Aguilar , separada de su cargo mediante una medida cautelar ordenada por el mismo Consejo de Gobierno por haber concurrido con su voto al pago salarial del aumento 2020 al personal de la CCSS (Sesión Nº33 del 7 de diciembre de 202, Expediente Procedimiento Administrativo Nº PR-SCG-OD-006-2022).
La titular, señora Maritza Jiménez Aguilar, fue restituida en su cargo por la Sala Constitucional mediante Resolución Nº.2023-018697 de las 14:20 horas del 28 de junio del 2023 que anuló la medida cautelar y en consecuencia el nombramiento pro tempore del señor Porras López fue anulado.
TERCERO: El Consejo de Gobierno en la Sesión Ordinaria Nº79 celebrada el 8 de noviembre de 2023, Artículo 3, procede a nombrar por segunda vez al señor Porras López, directivo de la Caja Costarricense de Seguro Social, pero en esta oportunidad como representante del Estado.
Consta en la citada Acta de Consejo de Gobierno, que fue juramentado el mismo día según Artículo 8 de la misma sesión.
CUARTO: Los días jueves que sesiona la Junta Directiva en horas hábiles, el señor Porras López, asiste y eventualmente se dice que tiene permiso del Banco para asistir, pero queda la duda si está recibiendo en caso de ser empleado del Banco Nacional salario y dieta de manera concomitante.
QUINTO: La Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, Ley Nº17 de octubre de 1943, regula la integración de la Junta Directiva, Órgano Supremo y los requisitos de cada uno de los directores y además las causales de impedimento.
Particularmente, en lo que aquí interesa, el artículo 7 dispone lo siguiente:
“Artículo 7º.- Regirán respecto de dicha Junta, las siguientes disposiciones:
a) …
b) No podrán formar parte de ella:
1.- …
2.- Los directores, gerentes, subgerentes, personeros, empleados o dueños de la mayoría de las acciones de algún banco…”
Esta norma establece una restricción, que impide a cualquier funcionario de algún Banco – desde los empleados contratados en régimen laboral o de empleo público hasta los miembros de las Juntas Directivas de los bancos- ser directores del Órgano Supremo de Gobierno de la Caja Costarricense de Seguro Social.
La prohibición que establece la norma es absoluta, limitando que puedan ejercer el cargo de miembros de la Junta Directiva a cualquier empleado, funcionario o miembro de la junta directiva de un banco.
Los nombramientos del señor Porras López realizados por el Consejo de Gobierno en las Sesiones Nº 40 y N° 79 reseñadas en los Hechos Segundo y Tercero de este documento, de ser cierto que es funcionario del Banco Nacional actualmente y directivo de la CCSS, podrían violentar de manera manifiesta y evidente la prohibición que ordena la norma anteriormente citada, en virtud de que el señor Porras López es empleado regular del Banco Nacional de Costa Rica, que si se toma en consideración que el Banco Nacional, es un Banco del Sistema Bancario Nacional de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.2 de la Ley Nº1644 Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional.
En consecuencia, si la investigación arroja que es un empleado del citado Banco, resultaría en un nombramiento insólito e ilegal, realizado no en una, sino en dos ocasiones distintas, por el Consejo de Gobierno para designar al señor Porras López, quien actualmente se encuentra ostentando el cargo en la Junta Directiva de la CCSS.
No obstante que la norma anteriormente citada, de manera inequívoca, establece una prohibición de carácter absoluto y una restricción, por lo que el nombramiento actual del señor López Porras como directivo de la CCSS, podría ser un nombramiento espurio, ilegal que no puede tener ninguna otra explicación que no sea el de un favorecimiento ilícito, constitutivo aparentemente de un tráfico de influencias.
A los hechos y fundamento legal citado, se sumaría la probable trasgresión al deber de probidad establecida en la Ley Nº8422 Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, que se materializa con los acuerdos dictados por el Consejo de Gobierno que le da eficacia al nombramiento ilegal del señor Porras López, como directivo de la CCSS, en lo que resultaría en una flagrante violación del ordenamiento jurídico y norma expresa establecidas por el legislador en la Ley Constitutiva de la CCSS para garantizar la transparencia y evitar el aprovechamiento del poder, que trae consigo ciertos cargos en la función pública con potestad decisoria, que en esa condición, son aprovechadas para la comisión de presumibles actos ilícitos, que transgreden la probidad y podrían ser un “ tráfico de influencias” por el conflicto de intereses que provocan, en flagrante violación del ordenamiento jurídico y norma expresa.
La Procuraduría General de la República, ha señalado:
“…En síntesis…las restricciones así previstas resultan, por consiguiente, legítimas en el tanto evitan los conflictos de intereses y garantizan la imparcialidad en el ejercicio de la función pública, como así tuvo ocasión de afirmarlo la Sala Constitucional en relación precisamente con el artículo bajo estudio al analizar su constitucionalidad en la resolución N° 2276-96, de las 14:54 horas del 15 de mayo de 1996…” (Procuraduría General de la República, OJ-066-2007 del 19 de julio de 2007). (Lo destacado es propio).
“…Los requisitos de elegibilidad implican que quienes no reúnan las condiciones que la ley establece para acceder al puesto, están imposibilitados para ser nombrados en él. Implícitamente la enumeración de esas condiciones opera como una condición de inelegibilidad. Pero estas últimas también pueden ser expresas y se dan en los supuestos en que la ley expresamente señala que no pueden acceder a los cargos públicos quienes se encuentren en las situaciones jurídicas que ella enumera. Asimismo, el legislador puede establecer que el puesto resulta incompatible con el desempeño de determinadas actividades públicas…ello necesariamente se engarza, a su vez, con el deber de probidad, que constituye un deber ya no sólo de carácter ético, sino también legal, a la luz del ordenamiento jurídico vigente, toda vez que se encuentra consagrado expresamente en el artículo 3° de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (N° 8422 del 6 de octubre del 2004)[2] y cuya violación se constituye en causal para separación del cargo sin responsabilidad patronal (artículo 4° iusibídem). (Procuraduría General de la República, Dictamen C-153-2008 del 8 de mayo de 2008). (Lo destacado es propio)
La Contraloría General de la República, en el desarrollo de su jurisprudencia administrativa ha dispuesto:
“…los miembros de la junta directiva se consideran servidores o funcionarios públicos, por lo que les alcanza la normativa aplicable en los supuestos de prohibición e impedimentos en lo que les resulta aplicable…” (Contraloría General de la República, Dictamen de la Dirección Jurídica DJ-3257-2010 del 17 de agosto, 2010). (Lo destacado es propio.)
La jurisprudencia copiada, concierne al caso concreto, por existencia de normativa expresa vigente, que regula la prohibición de que un empleado bancario sea integrante de la Junta Directiva de la CCSS, considerando que inicialmente fue nombrado por el Consejo de Gobierno representante del sector solidarista y que actualmente en la Junta Directiva de la CCSS representa al sector gobierno, todas acciones que en grado de causalidad podrían constituir violaciones al deber de probidad en el cargo público, nombramiento ilegal y tráfico de influencias, tanto de los integrantes del Consejo de Gobierno que han participado en el nombramiento presuntamente ilegal, como personalmente del directivo Jorge Porras López.
Señala la Ley Nº 8422, Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública:
Artículo 1º–Fines. Los fines de la presente Ley serán prevenir, detectar y sancionar la corrupción en el ejercicio de la función pública.
Artículo 3º–Deber de probidad. El funcionario público estará obligado a orientar su gestión a la satisfacción del interés público. Este deber se manifestará, fundamentalmente, al identificar y atender las necesidades colectivas prioritarias, de manera planificada, regular, eficiente, continua y en condiciones de igualdad para los habitantes de la República; asimismo, al demostrar rectitud y buena fe en el ejercicio de las potestades que le confiere la ley; asegurarse de que las decisiones que adopte en cumplimiento de sus atribuciones se ajustan a la imparcialidad y a los objetivos propios de la institución en la que se desempeña y, finalmente, al administrar los recursos públicos con apego a los principios de legalidad, eficacia, economía y eficiencia, rindiendo cuentas satisfactoriamente.
Artículo 4º–Violación al deber de probidad. Sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que procedan, la infracción del deber de probidad, debidamente comprobada y previa defensa, constituirá justa causa para la separación del cargo público sin responsabilidad patronal.
Artículo 52.-Tráfico de influencias. Será sancionado con pena de prisión de dos a cinco años, quien directamente o por interpósita persona, influya en un servidor público, prevaliéndose de su cargo o de cualquiera otra situación derivada de su situación personal…”
“Artículo 59.-Inhabilitación. A quien incurra en los delitos señalados en esta Ley, además de la pena principal, se le podrá inhabilitar para el desempeño de empleo, cargo o comisiones públicas que ejerza, incluso los de elección popular, por un período de uno a diez años. Igual pena podrá imponerse a quienes se tengan como coautores o cómplices de este delito.”
El expediente de la Asamblea Legislativa Nº13.715 correspondió al Proyecto de Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, del cual se extrae el espíritu que inspiró la actual Ley Nº 8422 citada:
“.éste proyecto de ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito es un avance importante para colocar nuestra legislación en condiciones de combatir con mayor eficacia y presteza, el cáncer de la corrupción…” “…se regula de una forma más rigurosa delitos como el tráfico de influencias, ….el incumplimiento de prohibiciones para ocupar cargos…Este proyecto amplía la lista existente de faltas administrativas por parte de los funcionarios públicos, detallando aspectos como la realización de actos a favor de terceros, que comprometen la imparcialidad y que permitan un conflicto de intereses a la recepción de cualquier tipo de beneficio personal para ellos …” ( Folios 1171 y 4368 Expediente de la Asamblea Legislativa Nº13.715)
La Procuraduría General de la República, en su labor técnica consultiva, también ha desarrollado jurisprudencia administrativa, que enmarca claramente los principios y postulados de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito (Ley Nº8422):
“… En consecuencia, si está llamado a proteger y a defender el interés público y el interés de la institución a la cual sirve. no puede prevalecerse indebidamente de su posición dentro de la Administración Pública para favorecer sus intereses a nivel personal o familiar.” (Opinión Jurídica N° OJ-006-2007 del 29 de enero de 2007)
“…El deber de probidad obliga a no colocarse en ninguna situación que genere conflicto de intereses…” (Dictamen N° C-429-2005 del 12 de diciembre de 2005). (Lo destacado es propio)
Esta normativa, responde al deber del funcionario público estatuido en el numeral 11 de la Constitución Política, de actuar como simples depositarios de la autoridad conferida, sin arrogarse facultades no conferidas, con sometimiento estricto a rendición de cuentas y la consecuente responsabilidad personal de sus actos
FUNDAMENTO NORMATIVO
Me fundamento para la presente denuncia, en todo el elenco normativo citado: Constitución Política, Ley Constitutiva de la CCSS, artículo 7 inciso b), Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República y de esa Procuraduría.
PRETENSIÓN
Con base en los hechos y fundamento legal expuesto, comparezco a interponer esta denuncia, para que se investigue si el señor Jorge Porras López y los miembros del Consejo de Gobierno que participaron con su voto en el nombramiento como Directivo de la Caja Costarricense de Seguro Social, violentó el ordenamiento jurídico, por lo cual solicito:
1.- Que esa Procuraduría de la Ética, de conformidad con las competencias legales que le asisten, realice la investigación pertinente, y en caso de determinarse que efectivamente es empleado del Banco Nacional el señor Jorge Arturo Porras López y los miembros del Consejo de Gobierno que participaron con su voto en el nombramiento del señor Porras López, como Directivo de la Caja Costarricense de Seguro Social, que representó al sector solidarista parte del año 2023 y que actualmente funge como representante del Poder Ejecutivo en esa Junta Directiva.
2.- Que, de verificarse la comisión de actos ilícitos vinculados con el ejercicio del cargo de las personas acusadas, se proceda a presentar la debida denuncia ante el Ministerio Público para exigir responsabilidad penal por sus actuaciones.
Foto de los emails de las convocatorias a las sesiones de Junta Directiva de la CCSS medio por cual nos remiten información, donde se observa que el email del señor Porras López supuestamente utiliza el correo del Banco Nacional. jporrasl@bncr.fi.cr
PRUEBA QUE SE SOLICITA DILIGENCIAR:
Se solicita a la Procuraduría de la Ética diligenciar ante la Gerencia General del Banco Nacional de Costa Rica, certificación de la fecha de ingreso del Sr. Jorge Porras López al Banco Nacional de Costa Rica, nombramientos que ha disfrutado y cargo actual que desempeña.
NOTIFICACIONES:
Las atenderé para el seguimiento de la denuncia presentada en la dirección de correo electrónico: martaerg@gmail.com
En caso de requerirse, se aporta el lugar donde pueden ser localizados los denunciados en el siguiente orden:
El señor Jorge Porras López, en la Sala de Sesiones de Junta Directiva de la CCSS ubicada en las Oficinas Centrales de la CCSS, Avenida segunda.
Los integrantes del Consejo de Gobierno, podrán ser localizados en Zapote, sede de la Casa Presidencial, 2do piso, Oficina de la Secretaría del Consejo de Gobierno.
Agradeciendo su atención,
Martha Elena Rodríguez González, Directora
Junta Directiva Caja Costarricense de Seguro Social
Auditoría recopiló una serie de hechos que son los insumos para la acreditación de responsabilidades. (Relación de hechos)
La Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social, UNDECA, denunció a la presidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Marta Esquivel, por invadir intempestivamente una sala de operaciones, donde se realizaba un delicado procedimiento quirúrgico, que publicó mediante un TikTok.
El secretario general, Luis Chavarría Vega, calificó como «inquietante las actuaciones de la presidenta ejecutiva en un quirófano del Hospital Calderón Guardia, donde en apariencia se realizaba un trasplante» y solicitó a la Auditoría Interna de la Caja efectuar una investigación referente al ingreso de funcionarios de la CCSS a quirófanos del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia.
La Auditoría Interna, tras varios meses de investigación, que incluye entrevistas y análisis de documentos, le informó a UNDECA en oficio AI-1204-2024, del 31 de julio de 2024, que «resultado de la aplicación de los procedimientos, se emitieron 3 (tres) productos de auditoría denominados Relación de Hechos ASALUD-RH-0028-2024, ASALUD-RH-0029-2024 y ASALUD-RH-30-2024, mismos que fueron remitidos a las instancias con competencias para resolver».
UNDECA demanda que se instaure el procedimiento disciplinario que corresponde a la presidenta ejecutiva, Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, y se remitan al Ministerio Público la Relación de Hechos elaborada por la Auditoría, para que se determine si los actos investigados afectaron la salud del paciente trasplantado o se violentaron normas y derechos humanos que le asisten a las personas usuarias de los servicios de salud.
El documento dirigido a la contralora de la República, Lcda. Marta Acosta Zúñiga, y firmado por el Secretario General de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), Albino Vargas Barrantes, expone la preocupación ante las irregularidades de nombramientos en espacios de poder político de instituciones públicas. Esta organización sindical supone que entró en vigor una “segunda fase” de lo que en su momento catalogaron como un golpe de estado, siendo que dicha lectura está sustentada en las señales, acciones y decisiones desde el Poder Ejecutivo.
El ANEP señala que “entendemos que existe un manual organizativo para la Gerencia General, pero es menester informar que presuntamente el mismo no fue confeccionado y acordado por la Junta Directiva, previo o paralelamente a la creación de la Gerencia General de la Caja, lo cual resulta cuestionable, pues deviene en una práctica errónea, para usar un calificativo bastante condescendiente.”
La organización menciona el posible alineamiento del presunto cambio en el manual de organización y la necesidad de la Presidencia Ejecutiva de la Caja, de tener dentro del engranaje estratégico institucional a una figura con afinidad con la agenda que promueve el Ejecutivo dentro de la institución en la actual coyuntura y de cara al cierre de sus dos últimos años.
Descrito el caso a manera de lectura sindical y en grado de presunción, ANEP le solicita a la Contraloría General de la República que se les brinde un informe, en el sentido de indicar si la institución ha promovido acciones recientes relacionadas con el manual de organización, pues este resulta ser un elemento vital de cara al escenario institucional en desarrollo y vinculado a la funcionaria Gutiérrez Brenes, que en su momento parece ser tuvo un nombramiento presuntamente ilegal.
Por último, ANEP le solicita a la Contraloría General colocar su mirada en la CCSS, ya que notan señales muy poco halagüeñas para esta institución que requieren una intensa fiscalización, pues está en desarrollo un momento muy complejo, que coloca en un predicado muy riesgoso los cimientos propios de esta institución.
Se les invita a descargar el documento para informarse con más detalle sobre lo sucedido.
El Secretario General de ANEP Albino Vargas Barrantes, reitera que esta organización no es enemiga del movimiento cooperativo, sino que lo respetan como uno de los bastiones de la democracia económica del país. Además, llama a recordar que conjuntamente se ha trabajado en el análisis y las propuestas sobre el futuro del país. Sin embargo, indica que el proceso llevado a cabo por la actual Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social donde se ha concesionado 10 áreas de salud, que según Vargas Barrantes es un proceso en el cual pueden presentar irregularidades; entre estos el tráfico de influencias.
Además, cuestionó el uso excesivo de recursos que fue señalado por las autoridades actuariales competentes de la propia CCSS. Además, señala lo dicho por la Contraloría General de la República, la cual acoge la denuncia del ANEP sobre este problema, y que tomará en consideración las pruebas aportadas por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados.
Sobre lo anterior, Juan Carlos Durán Castro externa su satisfacción hacia la decisión tomada por la Contraloría y que, como organización han planteado la irregularidad de la situación por un periodo extenso de tiempo. Durán Castro reitera que se debe poner en transparencia los trámites y decisiones pactadas por instituciones públicas del Estado, sobretodo para proteger a las personas trabajadoras o, para poner en evidencia a quienes han obrado deshonestamente.
Se les invita a leer el siguiente documento, el cual es la resolución de la Contraloría.