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Etiqueta: derecho a la educación

Conversatorio: Estado de cumplimiento del derecho a la educación en niñas, niños y adolescentes en Costa Rica

El próximo lunes 9 de diciembre de 2024, se llevará a cabo el conversatorio titulado «Estado de cumplimiento del derecho a la educación en niñas, niños y adolescentes en Costa Rica». Este evento es organizado por el Programa Observatorio de la Educación, la Cátedra de Educación para la Paz y los Derechos Humanos, y la Red de Educación en Derechos Humanos de la Defensoría de los Habitantes.

El panel contará con la participación de reconocidos expertos en educación y derechos humanos:

-M.S.c. Luis Muñoz Varela , Instituto de Investigación en Educación (INIE-UCR).
-M.L. Estefanía Calderón Sánchez , Escuela de Estudios Generales de la Universidad de Costa Rica.
-M.S.c. Ricardo Martínez Brenes , Oficial Nacional de Educación, Oficina Regional de la UNESCO para América Central, México y Colombia.

Moderación
La moderadora será la Dra. Susanne Müller-Using , investigadora del INIE.

Detalles del evento
-Fecha : Lunes 9 de diciembre de 2024
Hora : 10:00 am
Modalidad : Virtual a través de la plataforma Zoom
ID de reunión : 881 7876 1730
Código de acceso : 836263

Más información
Correo: inie@ucr.ac.cr  
Teléfono: 2511-1412Este conversatorio es una oportunidad única para conocer el estado actual del derecho a la educación en Costa Rica, con un análisis profundo desde distintas perspectivas académicas y prácticas.

8 % ya

Manuel Hernández

1.- El ordenamiento político-constitucional de Costa Rica está sostenido en tres pilares: Estado de Derecho, democracia y Derechos Humanos.

La convergencia de los tres pilares se resume en la fórmula del Estado Social Democrático.

Además de los derechos y libertades individuales, ese modelo de Estado está configurado por los derechos sociales y los derechos fundamentales de última generación.

Los derechos fundamentales están interrelacionados y son indivisibles.

2.- El derecho a la educación es un derecho social, preeminente en nuestro ordenamiento, que se refleja en la protección que le garantizan múltiples reformas constitucionales, tendientes al fortalecimiento de la educación pública.

No es una simple abstracción jurídica.

Es un derecho subjetivo, cuya infracción es exigible judicialmente.

3.- El legislador constituyente no se limitó a reconocerlo como tal, es decir, como derecho subjetivo, sino que también estableció un dispositivo presupuestario para garantizar su efectividad.

Ese dispositivo está contemplado en el artículo 78 constitucional.

El precepto le asegura a la educación pública, una asignación presupuestaria, mínima, del 8% de PIB.

4.- Lamentablemente esa norma se ha convertido en una cláusula fallida, inútil, a merced de su constante e impune incumplimiento.

La norma constitucional constituye un mandato imperativo.

La imperatividad implica, por un lado, la obligatoriedad que tiene el Ministerio de Hacienda de incluir en el proyecto de ley de presupuesto de la República esa asignación mínima, y por otro lado, correlativamente la obligación de la Asamblea Legislativa de aprobarla.

Así lo determinó, de manera contundente, el Voto 12803- 2016 de la Sala Constitucional, que tiene un carácter vinculante, erga omnes.

5.- Cualquier propuesta presupuestaria que esté por debajo de ese estándar mínimo vulnera la Constitución.

6.- Mucho menos los actores sociales pueden proponer una mora de cinco años, en el cumplimiento de esa obligación, para que ilusoriamente se haga efectiva hasta la próxima década.

No es transigible ni renunciable la observancia del precepto constitucional.

6.- La sostenibilidad del presupuesto que constitucionalmente debe destinarse a la educación pública, no puede quedar a la suerte de promesas políticas o propuestas “razonables” de algunos sectores sociales y universitarios, las cuales deben confrontarse con los mecanismos de exigibilidad jurídica dispuestos en la Constitución.

7.-Mucho menos a expensas de la Regla Fiscal se puede vaciar de contenido el artículo 78 constitucional, salvo que se violente el principio de supremacía constitucional.

La crisis fiscal, que no ha sido causada por la clase trabajadora, no puede traducirse en una reducción de los derechos sociales reconocidos en la Norma Suprema.

8.- La Asamblea Legislativa tiene la obligación de garantizar el cumplimiento del mandato constitucional, ahora más que nunca que la educación pública se la trajeron al suelo.

9.- Los actores sociales y universitarios del Pacto de la Educación, que se dejaron seducir por la “flexibilización” de la aplicación de la norma fundamental, tienen que revisar su posición “conciliadora” y demandar, sin tanto doblez, el respeto de la ordenanza constitucional.

¡8 % ya!

Al respecto del FESS: Además del presupuesto…¿Para quién la universidad?

Observatorio de Bienes Comunes, UCR

Aprovechamos las negociaciones del FEES, dónde los ánimos se crispan, para recordarles a las distintas instancias que «disputan» los porcentajes, qué la Universidad debe ser disputada también en las lógicas que la constituyen, por esta razón, con motivo de la publicación del CLACSO del libro titulado «Derecho a la universidad Pospandemia y trabajo docente de Héctor Cancela Bosi, Agustín Cano Menoni y Anabella Lucardi«. Les invitamos a reflexionar sobre el lugar de la universidad en nuestras sociedades, pero también, ¿A quiénes debe responder?

El proyecto EC 518 ha sido testigo de las contradicciones de la Universidad Pública, ha escuchado y vivido los argumentos que buscan justificar los recortes como condiciones necesarias, además, de la supuesta realidad de  «reducir», ya que cuestionan la idoneidad presupuestaria de las labores de la Universidad por extender su accionar. Por esta razón, no nos parece muy convincente las aparentes contradicciones, en el fondo, en su práctica cotidiana, estos actores que negocian, tienen concepciones similares en torno a la mercantilización de la universidad.

¿Por qué decimos esto? Simplemente por lo estamos viviendo día a día, la erosión de las condiciones dignas de nuestro trabajo.

¿Qué proponemos? Estas autoridades universitarias y de gobierno deben recordar, que la Universidad Púbica Latinoamericana y Caribeña, tiene sentido en el tanto se reconozca como parte de esas sociedades que son atravesadas por las injusticias sociales y coloquen como principios de su accionar a los sectores populares, en su atención, en la reivindicación de sus derechos  y su inclusión en todas las instancias que la conforman.

Por esta razón, hablar de Universidad Pública en nuestros territorios, no es algo accesorio, es un compromiso en la práctica política, ética y pedagógica.

PDFImagen

Más vale un rollo de papel higiénico que el principio de la supremacía de la Constitución Política

  • A propósito de los derechos fundamentales de la educación y salud

Manuel Hernández

La Constitución Política es la ley suprema, a la que está sometido en su conjunto el ordenamiento jurídico.

Ferdinand Lassalle la define, en esencia, como “la suma de los factores reales de poder que rigen en un país”.

Nuestra longeva Constitución, promulgada en 1949, próxima a cumplir 75 años, que ya uno no sabe si celebrar o conmemorar, tuvo importantes reformas que aspiraron mejorar el Estado Social y Democrático.

Respondiendo a esa orientación ideológica, tendiente a fortalecer los servicios públicos, que constituyen la infraestructura de la democracia, destacan dos reformas constitucionales: las enmiendas del artículo 78 y del artículo 177.

  • La reforma constitucional del artículo 78: la asignación de un piso presupuestario a la educación pública.

El artículo 78 constitucional ha tenido un sustancial y progresivo desarrollo normativo, que pasó por la declaratoria de la obligatoriedad de la educación preescolar, educación general básica y diversificada, gratuita y costeada por el Estado, hasta culminar, más recientemente, con la creación de un recurso presupuestario destinado a la educación pública.

En esta materia específica, la norma constitucional ha tenido dos enmiendas de extraordinaria relevancia.

La primera reforma se promulgó en el año 1997, en virtud de la cual se le asignó a la educación pública un presupuesto mínimo del 6% del producto interno bruto (PIB).

La reforma se justificó en la necesidad de garantizar a la educación una asignación presupuestaria mínima, en razón que, durante la década del 80, las sumas que se destinaron en el Presupuesto de la República registraron una considerable disminución.

Se fijó el parámetro del 6% anual de PIB, mínimo, porque se pretendió recuperar el nivel de inversión pública que se destinó a la educación en la década del 60 y 70, que luego a raíz de la crisis económica de la década siguiente, la asignación presupuestaria sufrió una seria caída.

14 años después, en 2011, se modificó otra vez esa norma, aumentándose en dos puntos porcentuales del PIB el presupuesto mínimo de la educación pública, llevándose al 8%.

El objetivo de esa última reforma constitucional fue incrementar la inversión pública, para fortalecer el sistema educativo, de cara a las exigencias del futuro y realizar una reforma educativa “que tenga como centro del proceso a la persona humana, porque invertir en educación es invertir en desarrollo humano” (exposición de motivos del proyecto).

Cualquier país de nuestro continente se desearía una norma constitucional de este calado, pero, desafortunadamente la reforma nunca ha sido cumplida.

Por contrario, el porcentaje del PIB que se destina a la educación pública es cada vez menor, cuyo presupuesto viene en franca y estrepitosa caída.

El tijeretazo que se le ha metido al presupuesto de educación, en cada período, es cada vez más grande: en 2022, se le asignó un 5,9%, en el 2023, un 5,4% y el actual (2024) un 5.2% de PIB.

Además, tiene que considerarse que dentro de esas partidas quedó incluido el presupuesto del INA y otros programas sociales, que la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N°9635, determinó que forman parte del presupuesto constitucional asignado a la educación.

Sin duda, un artilugio legislativo para reducir el porcentaje constitucional efectivamente asignado a la educación pública; es decir, un fraude de ley, manifiestamente contrario a la Constitución.

El hundimiento del presupuesto de la educación está llegando a extremos insostenibles, no obstante, las altisonantes declaraciones de algunas diputadas, principalmente del PLN, que a todo galillo manifestaron que cualquier asignación presupuestaria inferior a la fijada constitucionalmente, tenía que pasar por encima de sus propios cadáveres.

Al fin de cuentas, terminaron constipadas e indigestas por sus propias palabras, pero que por lo menos quedan como testimonio de su falta de coherencia política y desapego a los ilustres socialdemócratas que impulsaron aquellas reformas democráticas; que, por cierto, se echan de menos entre tantos diputados Chicago boys y Chicago girls, discípulos espirituales de Friedman y Hayek, que colonizaron el pensamiento del PLN.

No sorprende para nada, que, a merced de esa lógica fiscalista, la asignación del presupuesto educativo del próximo período (2025), se estime tan solo en el anémico porcentaje de 4,7% del PIB, que tendrá gravísimas implicaciones en los programas más sensibles del MEP, infraestructura, transporte estudiantil, comedores escolares, entre otros, en detrimento de los sectores más vulnerables de la población.

Los draconianos recortes reflejan que la educación pública está siendo sistemáticamente desfinanciada, a tal punto que las asignaciones presupuestarias de los últimos años, están muy por debajo de la primera y abandonada reforma constitucional, en el orden del 6%, y ni qué decir del 8%, actualmente vigente, por lo menos en el texto constitucional, pero, en la realidad, materialmente “derogado”.

Un retroceso de 27 años, que no es poca cosa, es un período excesivamente desproporcionado, que explica el apagón de la educación pública costarricense.

No es por otro motivo que el monto que se está invirtiendo por cada estudiante, está muy por debajo del promedio de OCDE.

¡Año tras año, se violenta obscena e impunemente el mandato constitucional y nada pasa!

  • La reforma del artículo 177: la universalización de la seguridad social

El sistema de seguridad social se completó con la enmienda del tercer párrafo del artículo 177 constitucional, promulgada en 1961, que consagró la universalización del sistema de protección social.

Más allá de los alcances del artículo 73 de la Constitución, que estableció los seguros sociales, en favor de las personas trabajadoras, cuya administración y gobierno se le atribuyó a la Caja Costarricense de Seguro Social, la modificación del artículo 177 viene a consolidar la universalización del sistema de seguridad social, extendiéndose la protección a todas las personas del país.

Con la finalidad que la universalización no se volviera ilusoria, la reforma ordenó que se tenían que asignar rentas fijas y suficientes a favor de la entidad aseguradora, que cubrieran las necesidades actuales y futuras, y además, que cualquier déficit lo asumiera el presupuesto de la República.

Desdichadamente esa otra reforma constitucional ha sido perpetuamente burlada, resultando que la deuda del Estado con la seguridad social crece exponencialmente, la cual ha llegado a un nivel financiero astronómico, en detrimento de un servicio esencial de la comunidad.

¡Un año sí, y el siguiente también, se vulnera de manera obscena e impune esta otra reforma constitucional y tampoco nada pasa!

Es importante advertir que el reformador constituyente no se limitó líricamente a enmendar esas normas, sino que, con el propósito, por un lado, de fortalecer la educación y, por otro lado, de hacer efectiva y sostenible la universalización del sistema público de seguridad social, determinó una protección reforzada, estableciendo los dispositivos presupuestarios necesarios para alcanzar esos superiores cometidos.

No obstante, esos mecanismos han sido groseramente quebrantados por los distintos gobiernos y el legislador presupuestario, a sabiendas, muy conscientemente, que están pasándole por encima a la Constitución, al mejor estilo de la vieja fórmula de la razón cínica que relata Sloterdijk: “Sé lo que estoy haciendo, y sin embargo lo hago”, traducida a la versión del país más pura vida: porta’mí el futuro de la educación y la salud del pueblo.

Esa infracción consciente, desvergonzada y permanente de la Constitución, responde a las políticas neoliberales, acuñadas por las autoridades políticas, gubernamentales y legislativas, que pretenden desmantelar, usufructuar y privatizar los servicios públicos.

Tiene toda la razón Noam Chomsky: “Se trata de una conocida técnica de privatización que consiste en desfinanciar lo que alguien pretende privatizar. Al igual que cuando Margaret Thatcher quiso privatizar los ferrocarriles, lo primero que procuró fue quitarle los fondos, de forma que dejaron de funcionar apropiadamente y el pueblo reaccionó reclamando un cambio. Acto seguido se dice: está bien, privaticen esos servicios. Si luego funcionan peor, no hay problema: el gobierno saldrá a rescatarlos. Esta es la técnica estándar de la privatización”.

Cualquier parecido con lo que está pasando con la educación y la atención de la salud de nuestro país, no es pura casualidad o coincidencia: esa es precisamente la “técnica” política que vienen irrefrenablemente implementando, sin ninguna resistencia, con más intensidad en los últimos años, despreciando la supremacía de la Constitución Política, totalmente devaluada, que la han llevado a valer menos que un rollo de papel higiénico, de una sola capa.

Importada a nuestra sórdida realidad, amerita traer a colación aquella pregunta que se hacen Levitsky y Ziblatt: “Realmente es tan fácil borrar del mapa las instituciones democráticas? “

Así es, en realidad, no han tenido que despeinarse, ni sonrojarse mucho, para derrumbar las grandes, pero fallidas, reformas constitucionales.

El derecho a la educación y la salud, derechos universales e inalienables, tutelados en aquellas clausulas constitucionales y, además, en múltiples instrumentos internacionales de Derechos Humanos, no pueden seguir siendo letra muerta y enterrada.

El desafío que tiene la ciudadanía, el Soberano, es hacer efectivo el cumplimiento de esos preceptos constitucionales, si aún nos queda tiempo de rescatar la democracia.

Bienes comunes en corto: Giras y educación a lo largo de la vida ¿Aún vigente en la UCR?

Observatorio de Bienes Comunes

A partir de la notificación que recibió este proyecto EC 518 y EC 622 sobre la suspensión del apoyo a giras de menos de 7 personas de la Unidad de Transportes a partir de la disposición de la Vicerrectoría de Administración con conocimiento de la Vicerrectoría de Acción Social, fuimos a preguntar a lxs compañerxs con los cuales desarrollamos procesos de formación desde los principios de educación a lo largo de la vida ¿Qué opinan que la UCR suspenda este apoyo a los proyectos que trabajan con las comunidades desde sus propios territorios?

UCR: El mercado laboral sigue excluyendo a personas con discapacidades

La inclusión de personas con discapacidades es baja en el mercado laboral. La exclusión educativa reduce sus oportunidades de contratación y persisten barreras actitudinales en el ámbito empresarial, aspectos que limitan su autonomía y fomentan la dependencia. En la foto aparece el joven Eder Mata, asistente de oficina en la empresa PIASA. Foto: Anel Kenjekeeva, UCR.

Los derechos laborales de las personas en situación de discapacidad continúan rezagados en la práctica empresarial

Autoría: Eduardo Muñoz-Sequeira (Vicerrectoría de Acción Social, UCR)

En Costa Rica casi un 90% de las personas en condición de discapacidad tiene acceso a servicios de salud, pero con respecto a la educación y al trabajo de calidad los números no son alentadores. Aunque en materia de empleo la Política Institucional de Inclusión y Protección Laboral de las Personas con Discapacidad, en cumplimiento de la Ley #8862, obliga al Estado a reservar un 5% de las plazas vacantes, la realidad es que la mayoría labora en el sector privado. Y en lo educativo, según la Encuesta Nacional sobre Discapacidad (ENADIS), que calcula ese segmento de población en 670000 personas, solo el 28% se gradúa de secundaria.

Sobre el tema, la Lic. Gabriela Campos Soto, coordinadora del Programa Institucional de Inclusión de Personas con Discapacidad Cognitiva a la Educación Superior (PROIN), iniciativa de la Universidad de Costa Rica (UCR), subrayó “que persisten verdaderas barreras para lograr la inclusión. Entre ellas, la falta de concientización de los entes gubernamentales, la ausencia de una educación de calidad que potencie las oportunidades laborales y su abordaje como un “problema”, lo que limita el disfrute de los derechos garantizados en la Constitución Política y la Declaración Universal de los Derechos Humanos”.

De la población en situación de discapacidad la mayoría son mujeres, un 61%. “Si a eso se le agregan otros aspectos como ser indígena, no asistir a centros educativos y vivir en zona rurales, entre otros, se logra una suma de vulnerabilidades”, acotó la Lic. Mónica Mata Soto, integrante del equipo coordinador del Programa de Cursos Libres de Capacitación Laboral (PROCALA), un proyecto de Acción Social coordinado por el PROIN (ED-2481).

Sin embargo, el desafío para el diseño de políticas públicas para lograr la inclusión social radica en la ausencia de datos que revelen las verdaderas condiciones de vida de esta población, criticó Mata.

Superando barreras

La Lic. Mata fue enfática al afirmar que una de las principales barreras para lograr la inclusión laboral es el sistema educativo. “En PROIN partimos de una realidad que es la preparación en cuanto a lectoescritura, porque antes de hablar de derecho al trabajo digno, lo primero es discutir sobre educación de calidad, ya que al existir un alto porcentaje de exclusión no solo se violenta ese derecho, sino que limita su autonomía y se fomenta la dependencia”, agregó.

Además, si bien algunos empleadores se han propuesto abrir plazas persisten las barreras actitudinales, como por ejemplo, “la falta concientización de parte de la mayoría las empresas porque consideran que incluir a una persona con discapacidad va a generar muchos costos, y muchas veces lo único que se necesita son pequeños ajustes en el mobiliario o los sistemas de cómputo, por ejemplo. También, al no tener la oportunidad de interactuar con ellos se cree que son incapaces de aprender, de comprender instrucciones y cumplir con las funciones asignadas”, detalló Mata.

Algunas personas solo requieren mejorar sus habilidades de lectoescritura, e incluso entre quienes son usuarios de sillas de ruedas que no tengan oralidad se puede lograr su empleabilidad. “Todo está mediado por las ganas del empleador de apoyar y aprender de dichas personas, no solamente ellos reciben una oportunidad laboral, más bien como empresa están garantizando un nuevo aprendizaje a sus colaboradores”, aseguró la especialista.

La Lic. Mata remarcó que durante la pandemia el 80% de las personas con discapacidades perdieron sus trabajos, ya que se consideró que sus labores no calificaron como prioritarias, y también en parte a que muchos carecían de formación en los entornos laborales virtuales.

Un caso de éxito

Para Eder Mata Mata, con 34 años y vecino de Coronado, su paso por los cursos libres del PROIN representó la puerta de entrada para alcanzar su independencia económica y personal. Además de ser un joven con un alto compromiso por su trabajo, dedica tiempo para practicar deportes y ver videos para aprender inglés.

En PROIN he estudiado fotografía, manejo del dinero, cursos de oficina; he estado en la UCR unos seis años. Los profesores me enseñaron matemáticas, y ahora me gustaría llevar inglés porque el año pasado ya llevé un curso, porque yo quiero hablar inglés”, dijo Mata, quien actualmente trabaja en la empresa Proyectos de Ingeniería y Arquitectura S.A. (PIASA).

Anteriormente, Mata laboró en la Asamblea Legislativa y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Desde noviembre, tras superar una pasantía, se integró al equipo de colaboradores de PIASA. El joven realiza diversas labores de apoyo administrativo y entre sus metas está seguir aprendiendo más. “Estoy muy feliz aquí, cuando llego a mi casa les digo a mi mamá, mi papá y mi hermano que lo pasé muy bien, y que estoy aprendiendo cosas nuevas, me gusta aprender”, comentó con entusiasmo.

Un llamado social

La arquitecta Adriana Picado Marín es la supervisora directa de Eder Mata, quien detalló que para su inserción se “revisó el perfil del trabajo que podría realizar. Aquí siempre tenemos mucho trabajo. Aunque ingresó como asistente administrativo, lo hemos capacitado en el uso de la planoteca, a llenar bases de datos con información que nos hacía falta, él se ha diversificado muchísimo”.

Picado compartió a este semanario que “ese miedo previo a la contratación desapareció, como organización queremos sentar las bases para considerarnos como una empresa regional incluyente”. A su criterio, otras pueden sumarse a la inclusión social, para ello recomendó el estudio previo de las normativas nacionales e internacionales sobre el tema y la responsabilidad social empresarial. Así como crear conciencia entre los colaboradores acerca de que todas las personas son capaces.  “Simplemente es saber quién va en cada puesto, qué apoyos se requieren y definir bien los roles de las personas que se necesitan para posibles contrataciones. Se han abierto espacios en el deporte, pero en el mercado laboral aún falta bastante”, concluyó Picado.

En el ámbito nacional, el PROIN es el único programa público que se enfoca en la dignificación del trabajo, para lo cual brinda capacitación para que personas con discapacidad cognitiva encuentren un trabajo de acuerdo a sus vocaciones e intereses personales.

Tomar la iniciativa

Freddy Vargas Aguilar
Teléfono 8620 0780

¿Conversamos?

El estar aprobándose la Ley 4-3 sería el último éxito del Capital contra el trabajador y sus organizaciones.

Logran condiciones para continuar fortaleciendo la incrementación de ingresos-riqueza, al tiempo que muestran que tienen el poder. Debilitan a la contraparte.

Ya antes, otro triunfo, La ley de empleo público. Y, antes, otro, una ley contra las huelgas. Y, antes otro, una reforma tributaria.

Un principio básico de sentido común estratégico dicta que, si lo que se está haciendo no está logrando sus objetivos hay que decidir, radicalmente, abandonarlo. Ni se está impidiendo el deterioro económico-político de los trabajadores, ni se está construyendo un poder popular.

Hay que tomar la iniciativa. Centrarse en un camino que integre sectores. Un aspecto fundamental es la Educación. Comenzar, no por creer que hay que cambiarla, sino por reconocer que es tal.

No hay Derecho, la Educación no es un derecho porque, no existe todavía.

Hay que tomar la iniciativa para construir el Derecho a la educación creándola desde las aulas, uniendo sectores, padres, educandos, educadores, personal de apoyo.

He aquí el problema, superar el temor, enfrentar las barreras, pasar del solo hablar a crear, organizando, integrando recursos, distribuyendo responsabilidades.

¿Quién se atreve?

Estudiantes de secundaria presentan acción administrativa ante Consejo Superior de Educación

  • Falta de rigor técnico de las pruebas estandarizadas son principal motivo para presentar la solicitud al CSE.
  • Denuncian el uso de fuerza policial y manipulación jerárquica del gobierno para amedrentar a las personas estudiantes de secundaria en avanzar en la defensa de la educación pública y la solicitud de que se suspendan por el año 2023 las pruebas estandarizadas.
  • Estudiantes hacen llamado a toda la comunidad estudiantil, comunidades del país, a unirse en la lucha y mantener las medidas de presión ante el gobierno.

El jueves 10 de agosto 2023, en el Centro de Arbitraje y Mediación (CAM) del Colegio de Abogados y Abogadas, una delegación importante de estudiantes de secundaria de todo el país, demandan una terrible improvisación con las pruebas estandarizadas presentadas por el MEP, pues las mismas no han sido validadas con el rigor técnico necesario antes de ser aplicadas, y además, no cuentan con la aprobación previa del Consejo Superior de Educación como consta desde que se aprobó su aplicación.

Las personas estudiantes de secundaria mediante una acción administrativa presentada ante el Consejo Superior de Educación el miércoles 09 de agosto, solicitaron la suspensión de las pruebas nacionales estandarizadas hasta tanto los instrumentos de medición y la técnica de evaluación sean sustentados científicamente y validados mediante un pilotaje.

Entre las razones más importantes que justifican la solicitud de suspensión se encuentra:

  • Sobre el derecho a la educación, a un servicio educativo regular y a una evaluación objetiva. El derecho de las personas estudiantes a que se les brinde un servicio educativo de calidad, con sujeción a los principios propios del servicio público que son: continuidad, igualdad, eficiencia, adaptabilidad, gratuidad y universalidad. (Artículos números 1 y 4 de la Ley Fundamental de Educación, 77 y 78 de la Constitución Política, 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 13 del Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales, 26 del Pacto internacional de derechos civiles y políticos, 28 y 29 de la Convención de los derechos del niño; y artículo 13 del Protocolo adicional a la Convención Americana sobre derechos humanos en materia de derechos económicos, sociales, y culturales [Protocolo de San Salvador], entre otras disposiciones de derecho interno y de la convencionalidad internacional de los derechos humanos).
  • La prueba nacional estandarizada realizada en el primer semestre y prevista originalmente para repetirse en el segundo semestre y la técnica de evaluación utilizada no está sustentada científicamente, ni validada por un peritaje confiable. Según oficio sin número, fechado 7 de febrero 2023, suscrito por 11 asesores y asesoras nacionales del Departamento de Evaluación Académica y Certificación de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad del MEP. El oficio N° DVM-AC-DDCDTCED- 030-2023, del 16 de febrero del2023, que contiene el criterio técnico sobre el proceso de macro evaluación 2023, de las asesorías nacionales del Departamento de Tercer Ciclo y Educación Diversificada de la Dirección de Desarrollo Curricular del MEP. Y Oficio N° CNR-PEN-033-2022 del 22 de febrero del 2023, por medio del cual el Estado de la Educación emplaza al Consejo Superior de Educación y le solicita la información técnica que justifica la nueva macro evaluación.
  • El resultado de la prueba nacional estandarizada aplicada en el primer semestre, carece de validez académica y de utilidad para la mejora educativa.
  • Las modificaciones introducidas en el instrumento y en las técnicas de valoración, rompen la continuidad del proceso de evaluación y constituyen una prueba totalmente nueva y diferente a la aplicada en el primer semestre.
  • Existen errores de planificación y de ejecución en la implementación de la prueba que no se han resuelto.
  • En dichas pruebas, no se respetan los derechos de personas estudiantes con necesidades especiales y personas migrantes, ni las diferencias de oportunidad por la falta de acceso a la conectividad. Por ejemplo; ¿Qué criterios se utilizaron para justificar que se excluyeran de la realización de estas pruebas a personas estudiantes en condición de discapacidad y a personas migrantes?
  • La aplicación de la prueba nacional estandarizada con valor sumativo y efecto en la promoción académica, tendrá efecto discriminatorio y mayor exclusión educativa. Si se mantienen afectará a miles de personas estudiantes, quienes después de reprobar una prueba de esta trascendencia, difícilmente vuelvan a incorporarse al sistema educativo.
  • Estudiantes reconocen la importancia de las pruebas estandarizadas bien diseñadas, científicamente sustentadas y debidamente validadas como herramienta para la mejora continua del sistema educativo nacional.

No obstante, las y los estudiantes en Costa Rica mantiene las medidas de presión y protesta hasta que sean eliminadas las pruebas estandarizadas, insisten en que no cederán ante el uso de la fuerza y la intimidación del gobierno, como así se demostró el día de 07 de agosto, con incidentes violencia y represión policial a estudiantes manifestantes a las afueras de Casa Presidencial.

Así se expone en el documento de descargo el día 08 de agosto por la Confederación Nacional de Estudiantes de Secundaria, quienes denuncian violencia policial, manipulación, desinformación y presión para firmar acuerdo con gobierno. Se cita textualmente parte del descargo circulado en redes sociales y medios de comunicación.

‘’Después de dos horas en que las autoridades nos negaron todas nuestras peticiones, nos presentaron un documento con 8 acuerdos para que los firmáramos. Dado el cansancio y la presión en que nos encontrábamos, aceptamos firmarlo para evidenciar la falta de seriedad de los viceministros al comprometerse a modificar los componentes de la prueba estandarizada para que “cada pregunta tenga menor valor y mayor posibilidad de aceptar y aprobar…” Queda así evidenciado lo que hemos dicho durante todo el año: que en el diseño de esas pruebas no hay ningún rigor técnico y que no son fiables porque no responden a ningún modelo de evaluación reconocido, sino a las improvisaciones de autoridades políticas que no conocen de la materia educativa y que con total irresponsabilidad se comprometen a modificarlas, asumiendo las competencias que son propias del Consejo Superior de Educación’’.

Finalmente hacen un gran llamado a toda la comunidad estudiantil, comunidades del país, docente y administrativo del MEP a unirse en la lucha y mantener las medidas de presión ante el gobierno, no solo para la suspensión de las pruebas que atentan con los derechos educativos de las personas, también a defender el sistema público de educación frente a una gran crisis educativa expresada en necesidades de infraestructura, calidad educativa, transporte y alimentación, así como que se puedan garantizar el 8% para la educación por mandato constitucional.

Protesta estudiantil en el CTP de Puerto Viejo de Sarapiquí

Información enviada a SURCOS muestra un movimiento estudiantil de protesta en el Colegio Técnico Profesional de Puerto Viejo de Sarapiquí.

El estudiantado reclama soluciones para serios problemas de infraestructura y fuertes limitaciones en materiales de higiene y estudio.

Compartimos imágenes del medio STV SarapiquíTV

Información compartida con SURCOS por Allison Quintanilla Hernández

Gobierno confiscatorio

Alberto Salom Echeverría
albertolsalom@gmail.com

Aplico el término “confiscatorio” en este caso a la actitud voraz del gobierno de Rodrigo Chaves con relación al manejo de los recursos públicos. Sé bien que el término está referido al abuso con respecto a los tributos, pero lo aplico por asimilación al comportamiento de la administración primero frente al propio Ministerio de Educación Pública, segundo en relación con el Ministerio de Cultura y en tercer lugar con respecto al presupuesto de las universidades públicas.

De hecho, en el Diccionario General de sinónimos y antónimos de la lengua española el término confiscar es sinónimo de embargar, decomisar, incautar, requisar y usurpar. Éste último a su vez es sinónimo de detener, arrebatar, extorsionar, expoliar, apropiarse, incautar y confiscar. Esto es lo que viene haciendo el gobierno con el presupuesto público: primero intentó ser confiscatorio del presupuesto del Ministerio de Educación en una suma muy significativa para trasladar esos recursos al Ministerio de Seguridad Pública, con el pretexto de asignarlos diz que para combatir la delincuencia. Solo debido a que en la Asamblea Legislativa no le aprobaron la modificación presupuestaria, esto no lo pudo concretar. Pero después sí le arrebató también nada menos que 4.000 millones de colones a Cultura, y ahora mediante artilugios se pretende confundir a la opinión pública, para confiscar, incautar, apropiarse o usurpar (es lo mismo), un 1% adicional del FEES (presupuesto de las universidades públicas), que el Poder Ejecutivo se había comprometido a otorgarles.

Lo cierto del caso, es que el principio no confiscatorio [de los tributos] se encuentra regulado en el artículo 167 denominado “Principios generales tributarios” de “La Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria”; un intento por parte del legislador, nos dice en su tesis de grado Ana María Carrillo Goyenaga, por incorporar los principios constitucionales tributarios al ordenamiento jurídico. (Cfr. Carrillo G. Ana María. “El Principio Constitucional de no Confiscación. Aplicación en el Ordenamiento Jurídico Tributario.” Tesis de Licenciatura en Derecho, Universidad de Costa Rica. San José, CR, 2014). Reza el artículo citado de la siguiente manera:

“Artículo 167.- Principios generales tributarios

Por medio de la tributación, no deberá sustraerse una porción sustancial de la riqueza del contribuyente, en tal medida que haga nugatorio, desaliente o limite de manera significativa, el ejercicio de un derecho o la libertad fundamental tutelados en la Constitución Política (…) (Cfr. Código de Normas y Procedimientos Tributarios, artículo 167.)”

Por semejantes razones, tenemos el derecho a considerar el principio no confiscatorio que rige en el derecho tributario, como válido para proteger a las instituciones ministeriales o a las autónomas que, son tuteladas en el ámbito del derecho público ante un Estado que, se viene comportando como un ente hipercentralista, angurriento, avaricioso y codicioso con respecto a la gestión de los recursos públicos. Si es válido tutelar el patrimonio de una empresa privada, ante una eventual voracidad confiscatoria de parte del Estado, es por lo menos igualmente valedero proteger a los entes de derecho público, como en efecto está estipulado en la propia Constitución de la República.

Tanto en el anterior cuatrienio, como en este, se incurrió en el grave error de cercenar a las universidades públicas parte de sus presupuestos, lo cual está expresamente prohibido por el artículo 85 constitucional. Específicamente en la parte que textualmente dice (después de haber dejado clara la existencia del fondo especial para el financiamiento de la “Educación Superior Estatal), que: “Las rentas de ese fondo especial no podrán ser abolidas ni disminuidas, si no se crean, simultáneamente, otras mejoras que las sustituyan.” (Cfr. Constitución de la República. Artículo 85). Pero como lo he advertido supra, no ha ocurrido así. Por eso mismo, hoy sería menester, ante las violaciones que se han perpetrado contra la Constitución, que tales prescripciones fuesen subrayadas, escritas en mayúscula, o en letras doradas. Al respecto, ya la Sala Constitucional dictó sentencia favorable a las universidades públicas (al menos en un caso), ante una acción de inconstitucionalidad interpuesta por ellas por haberles rebajado la Asamblea Legislativa, la suma de 10.000 millones de colones. Están pendientes de resolución otras acciones de inconstitucionalidad presentadas por las universidades públicas hacen más de tres años. (Cfr. Sentencia de Fondo, número 2022017987, del 03/08/2022 a las 12:20:00)

Ahora el punto es otro, como lo aclara un pronunciamiento reciente del Consejo Nacional de Rectores (CONARE). La Comisión de Enlace, que integran los rectores y ministros de Estado correspondientes, durante las negociaciones del FEES 2023 señalaron, como se expresa en el comunicado de CONARE aludido lo siguiente: (lo transmito textualmente): “la Comisión de Enlace…se comprometió a revisar la viabilidad de otorgar un 1% adicional para este año [además del 1% otorgado a la base]…en atención a las postergaciones y deducciones realizadas a los presupuestos universitarios.” El Poder Ejecutivo, manifestó en varias ocasiones, la mejora en la situación fiscal del país, por lo que no habría razón alguna, para negarle a las universidades públicas ese aumento adicional del 1%, que compensaría, cuando menos en una mínima parte, lo que se les ha arrebatado a las instituciones públicas de educación superior.

Además, con ello se cumpliría con el convenio vigente, es decir el del año en curso del 2023. Se sabe por declaraciones de las autoridades de gobierno, pregonadas hasta por el mismo presidente Chaves, y señaladas por los rectores en su comunicado, que dicha mejora en la situación fiscal y económica del país en este año es debida a que, se produjo una colocación de “eurobonos” por la suma de $1.500 millones de dólares. A la vez, se le ha hecho ver a la opinión pública que, hubo un aumento en la recaudación tributaria del orden de 3,9% del PIB; asimismo se nos ha informado de una reducción del déficit fiscal en menos de 0.5% y finalmente, la reducción de la razón de la deuda con respecto al PIB fue de un 58,4%. Por lo tanto, solamente un claro menosprecio de carácter ideológico de parte del gobierno a las universidades públicas explicaría que no se reconociera el aumento negociado, pues de lo que se trata es de compensar a instituciones que cumplen con tanto fervor su misión civilizadora. Lo anterior lo expreso, aunque haya errores de por medio; ya que no existe una sola institución sin mácula en ninguna parte. Por otro lado, todos los errores son perfectamente subsanables y, es bien reconocido que las bondades a lo largo de una historia de casi 80 años, cuando se fundó la Universidad de Costa Rica precisamente en la década de los años cuarenta han contribuido de una manera decisiva con el desarrollo económico y social y han ayudado también a forjar la cultura democrática e institucional de la Costa Rica actual.

La realidad es que este gobierno no se ha atrevido a esgrimir como argumento para negar tal aumento, el que las universidades no lo merezcan. Lo que dijo el ministro de Hacienda don Nogui Acosta, es que quien ha complicado el aumento son los diputados, lo que fue claramente desmentido por la mayoría de los líderes de las fracciones parlamentarias, tanto en la comisión de asuntos hacendarios, como en el control político en el plenario legislativo, como consta en las actas respectivas.

Por último, conviene difundir que el comunicado de CONARE, puntualizó con exactitud adónde irían los recursos provenientes de ese 1%, se trata de cubrir necesidades perentorias que Costa Rica siempre ha valorado altamente, como son: mayor número de becas para estudiantes, apertura de nuevos cursos para atender el rezago educativo, mayor inversión para atender la educación universitaria pública en las regiones con menor desarrollo, fortalecer la investigación y la extensión o acción social en la atención de las necesidades específicas de las comunidades y los grandes problemas nacionales.

Tal es el compromiso de honor de las autoridades universitarias mencionadas. A ver si ante todos estos argumentos cede la voracidad centralista del gobierno y se modifica en algo su actitud confiscatoria y usurpadora del erario que pertenece a los costarricenses.