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Etiqueta: derechos humanos

Por una representación digna y responsable

Nosotras y nosotros, personas mayores, personas con discapacidad y personas defensoras de los derechos humanos, tomando en consideración:

1) Que el Estado costarricense ha ratificado: la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención Interamericana para la protección de los Derechos de las Personas Mayores.

2) Que de estos instrumentos surgen una serie de obligaciones por parte de la Asamblea Legislativa de Costa Rica como:

  1. Armonizar la legislación interna con los instrumentos internacionales anteriormente citados para asegurar el desarrollo del goce y disfrute de los Derechos Humanos por parte de las personas mayores y personas con discapacidad. Dicha armonización es reiterativa en los informes de los organismos internacionales.
  2. Consultar todas las actuaciones relacionadas con las personas con discapacidad y personas mayores a las organizaciones y sus representantes.
  3. Desarrollar políticas públicas y programas para implementar las obligaciones que surjan de estos instrumentos.
  4. Nombrar personal idóneo con experiencia y conocimiento sobre los temas relacionados con personas adultas mayores y personas con discapacidad.
  5. Respetar la igualdad de género eliminando los patrones socioculturales que promueven las desigualdades entre hombres y mujeres.

3) Que la legislación costarricense cuenta con la Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad y la Ley Integral para la Persona Mayor donde la Asamblea Legislativa asume, también, obligaciones.

4) La Comisión Permanente Especial de Asuntos de Discapacidad y Adulto Mayor incumplen con las obligaciones internacionales y nacionales establecidas en el ordenamiento jurídico en su conformación:

  1. Parte del patrón sociocultural que se requiere personas que “cuiden y asistan” a estas poblaciones, recargando estas labores exclusivamente a las mujeres, por medio de la división sexual del trabajo en el Sistema Patriarcal.
  2. Que el nombramiento de tres personas sin requisitos mínimos profesionales, de experiencia, vivencia o compromiso con los derechos de estas poblaciones, refleja el sexismo, edaismo, y capacitismo del directorio político de la Asamblea Legislativa.
  3. Que esta estrategia evidencia los movimientos anti-derechos que están surgiendo en América Latina, para retroceder en las conquistas logradas por las personas mayores y personas con discapacidad.

5) Que el día 27 de mayo del 2021 la Comisión de Asuntos de Discapacidad y Adulto Mayor nombra como Presidenta a la señora diputada Marolin Azofeifa Trejos, diputada del Partido Nueva República, y como secretaria a la diputada Aracelly Salas Duarte, del Partido Unidad Social Cristiana, violentando los derechos de las personas mayores y personas con discapacidad:

  1. Que tres diputados anti-derechos de las personas mayores y personas con discapacidad, como lo son Johnatan Prendas Rodríguez, del Partido Nueva República, Eduardo Cruickshan Smith, del Partido Restauración Nacional, y Pablo Heriberto Abarca Mora, del Partido Unidad Social Cristina, ejercen su poder patriarcal sobre las representantes de la Comisión para elegir a estas dos personas con falta de idoneidad en el ejercicio de su puesto. Acción que se evidencia en el video que registra que la elección fue frenada por estos diputados, para decirles a sus compañeras cómo votar (ver minuto 1:19 https://www.youtube.com/watch?v=jiwJjzIo0Ls)
  2. Que los nombramientos realizados obedecen a estrategias electorales partidistas, que privilegian los intereses personales y partidarios sobre los intereses de las personas adultas mayores y personas con discapacidad.
  3. Que la aceptación de cargos, por parte de las diputadas Azofeifa y Salas, sin idoneidad para ejercer el puesto, reflejan el irrespeto hacia la ciudadanía costarricense y, en especial, a las poblaciones adultas mayores y poblaciones con discapacidad.

Por lo que solicitamos:

  1. A la señora presidenta de la Asamblea Legislativa y al directorio de esta institución la reorganización de la Comisión de Asuntos de Discapacidad y Adulto Mayor para que quienes la integren cumplan con requisitos de conocimiento, experiencia y compromiso con los derechos de las personas mayores y personas con discapacidad.
  2. A las señoras diputadas miembras de la Comisión de Asuntos de Discapacidad y Adulto Mayor que actúen con dignidad, transparencia y honestidad, renunciando a la comisión cuando no cuentan con los mínimos requisitos para cumplir con sus obligaciones por las cuales reciben una remuneración por parte del pueblo costarricense.
  3. A que la Comisión de Asuntos de Discapacidad y Adulto Mayor cumpla con las funciones para la cual fue creada contando con una agenda legislativa de armonización de las obligaciones internacionales de derechos humanos y con la legislación interna de las personas mayores y personas con discapacidad.
  4. Que la Comisión de Asuntos de Discapacidad y Adulto Mayor establezca mecanismos de participación y auditoría ciudadana conforme a los tratados internacionales de derechos humanos respetando el lema “Nada de Nosotras/os sin Nosotras/os”
  5. Que la Comisión de Asuntos de Discapacidad y Adulto Mayor visualice el enfoque de interseccionalidad en todo el quehacer de la Comisión y no se homologue las demandas, necesidades, sentires y saberes de ambas poblaciones.

Hacemos un llamado a:

  1. Las instancias internacionales de protección de los derechos humanos como el Comité de la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad de la Organización de Estados Americanos, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas y el Comité de la Convención para la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores a solicitar a la Asamblea Legislativa una rendición de cuenta de los avances en la implementación de las obligaciones internacionales asumidas por Costa Rica  por dicha institución.
  2. Las relatorías de Naciones Unidas de las Personas Mayores y Personas con Discapacidad a que valoren las actuaciones de la Asamblea Legislativa en relación con los derechos humanos de estas poblaciones.
  3. La Defensoría de los Habitantes, por medio de las personas que ejerzan la defensoría de las personas mayores y personas con discapacidad, cumplir con la función que les corresponde en la Asamblea Legislativa verificando que se efectúen las obligaciones establecidas por la ley.
  4. Representantes de las Organizaciones no Gubernamentales que forman parte del CONAPDIS y CONAPAM, ejercer la auditoría ciudadana que les corresponde para evidenciar los avances y retrocesos en la implementación de los derechos humanos de las personas mayores y personas con discapacidad en la Asamblea Legislativa
  5. Las personas mayores y personas con discapacidad, que representan aproximadamente un 16% del electorado nacional, a ejercer su voto en las próximas elecciones de manera responsable informándose y estudiando la participación de los partidos políticos en el respeto de sus derechos humanos y la idoneidad de las personas que se postulan a diputadas para ejercer su cargo y cumplir con las obligaciones que garanticen el avance en la implementación de los derechos humanos.

Personas adultas mayores, personas con discapacidad y personas defensoras de los derechos humanos, les invitamos a firmar esta Carta Abierta http://chng.it/GxWCfgZp9Q

POR UNA REPRESENTACION DIGNA Y RESPONSABLE

 

Compartido con SURCOS por Lili León.

Costa Rica: Los derechos humanos que han sido y que ya no son…

  • Significativo retroceso del país en su liderazgo en derechos humanos

Luis Fernando Astorga Gatjens

El país vive hace tiempo una preocupante cuenta regresiva en materia de derechos humanos, desde antes de la pandemia, pero esta involución se ha acrecentado en los meses y años recientes.

Antes de este debilitamiento, el Estado costarricense se destacaba internacionalmente (y más aún, entre los países latinoamericanos) por su adhesión o ratificación de convenios y tratados de derechos humanos. Y hacía, mal que bien, esfuerzos por implementarlos aun cuando muchos planes e iniciativas, se quedaran en la intención y no en la práctica que permitiera mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos.

Incluso en agosto del año 2009, fue creada la Comisión Interinstitucional para el Seguimiento e Implementación de las Obligaciones Internacionales de Derechos Humanos (CIIDDHH), cuya presidencia y secretaria técnica están bajo la égida de la Cancillería; la cual se ocuparía de esa importante tarea.

En el Sistema Universal de Derechos Humanos, Costa Rica ha ratificado los dos Pactos Internacionales sobre Derechos Civiles y Políticos, y sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y casi todos los tratados temáticos. La excepción la constituye la «Convención Internacional de Trabajadores Migrantes y sus familias», que se mantiene pendiente de ratificación.

Sin embargo, al mismo ritmo erosivo cómo se ha venido desmantelando el Estado Social de Derecho, cuyo aceleramiento lo estamos presenciando en este duro presente, vemos que nuestro Estado busca evitar o eludir compromisos en derechos humanos, se muestra reacio o dubitativo en ratificar acuerdos y se aleja del cumplimiento efectivo de obligaciones en derechos humanos, particularmente en derechos económicos y sociales.

Para muestra dos botones, uno de cumplimiento efectivo y otro de ratificación:

Pueblos indígenas. En el año 1977 fue aprobada la Ley Indígena de Costa Rica Nº 6172, mediante la cual se buscó regular temas como la identidad, organización y territorio de los pueblos indígenas.

Mediante esta ley el Estado costarricense reconoce el derecho exclusivo de los indígenas a sus territorios. En la norma que que tiene ya largos 44 años, se encargó –en su momento– al Instituto de Tierras y Colonización (ITCO) y a la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas (CONAI) de resolver el problema de tenencia ilegal de tierras por parte de personas no-indígenas.

Mediante esta norma el Estado adquirió el compromiso de devolver territorios a los pueblos indígenas, que están ocupados por personas no-indígenas, pero, ¿Qué ha sucedido? Dolorosamente nada o casi nada. Los intereses y presiones políticas de terratenientes usurpadores de esas tierras más la infinita postergación de las instituciones del Estado en encarar y resolver el problema, en un contexto de discriminación ancestral, es lo que domina un escenario de significativa afectación a los pueblos indígenas y su propio desarrollo.

El Estado no solo no ha cumplido esta ley sino que también un valioso acuerdo del sistema de Naciones Unidas: El Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo). El mencionado convenio expresa que “los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación”. El convenio establece, asimismo, que los Estados “deberán adoptar medidas especiales para proteger a las personas, instituciones, los bienes, el trabajo, la cultura y el medio ambiente de los pueblos originarios”.

Tanto la ley indígena como el convenio 169 han sido papel mojado para el Estado y los gobiernos que se han sucedido desde los años ochenta del siglo anterior. Esta desesperante pasividad del Estado impulsó, en el último decenio, a los pueblos indígenas a desarrollar acciones de recuperación de tierras, pero ese mismo Estado pasivo, omiso e incumplidor sistemático, ha respondido con acciones represivas propias o siendo lento y negligente con respecto a acciones de violencia de finqueros que se afianzan a sus intereses y terrenos, que deben devolver. Los asesinatos (todavía sin resolver) de dos líderes indígenas recuperadores como Sergio Rojas y Jerhy Rivera, testimonian esta grave e indignante injusticia que debe parar ¡ya!

Acuerdo de Escazú. Este es un valioso e importante acuerdo, que tiene como escenario de nacimiento, la linda y risueña ciudad de Escazú, en marzo del 2018. Su nombre completo: «Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe».

El Acuerdo de Escazú tiene tres ejes primordiales, a saber:

  1. La implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe del derecho de acceso a la información ambiental,
  2. Asegurar la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y

iii. El acceso a la justicia en asuntos ambientales.

Asimismo, se orienta “a la aplicación y en el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, garantizando la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a tener un desarrollo sostenible y a vivir en un medio ambiente sano”.

El importante convenio es un derivado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20), celebrada en el año 2012 y de la “Decisión de Santiago”, adoptada en el año 2014 por 24 países. En el proceso constructivo desarrollado en el marco de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), se creó una comisión copresidida por Chile y Costa Rica; la cual tras cuatro años de negociaciones propuso el acuerdo que fue aprobado en Escazú el 4 de marzo del 2018.

Este acuerdo ha sido firmado por 24 países latinoamericanos y de El Caribe, y ratificado por Antigua y Barbuda, Argentina, Bolivia, Ecuador, Guyana, México, Nicaragua, Panamá, San Cristóbal y Nevis, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía y Uruguay. Como se puede apreciar brilla por su notoria ausencia en la ratificación, para vergüenza propia, Costa Rica.

El pasado 22 de abril, “Día de la Tierra”, entró en vigor en los 12 países ratificantes. Valga destacar que el acuerdo es el primero en materia ambiental en la región y también el primero en el mundo en contener disposiciones específicas para proteger a los defensores ambientales. Esto último es de un enorme valor ya que año con año en todo el mundo y, por supuesto en nuestra región, se asesina o amenaza de distintas formas a los defensores del ambiente.

En el caso de Costa Rica, hay que recordar que de manera “misteriosa” murieron cuatro defensores ambientales, en la década de los años noventa del siglo anterior, en el contexto de su lucha contra la pretensión de la trasnacional Stone Forestal de construir una astilladora, bajo el régimen de zona franca, en la zona más interna del Golfo Dulce (Punta Estrella). Las cuatro personas fallecidas fueron Oscar Fallas, María del Mar Cordero, Jaime Bustamante y David Maradiaga; los cuatro eran dirigentes de la hoy extinta Asociación Ecologista Costarricenses (AECO).

El valioso acuerdo no ha sido ratificado por la Asamblea Legislativa, donde como resortes inspirados por el neoliberalismo rampante, ya algunos diputados manifestaron su negativa a ratificarlo, sin argumentos de valor. Quizás esta inspiración negativa les venga de Unión de las Cámaras Patronales (UCCAEP). Esta entidad patronal ha manifestado su rechazo al acuerdo, ofreciendo argumentos falsos para sostener su postura de que el convenio amenaza la seguridad jurídica de las empresas. Es oportuno destacar que este acuerdo no incluye ninguna medida de carácter ambiental relacionada con las empresas que no esté ya vigente en el marco jurídico del país.

Hace algunos años es muy probable que la ratificación de un acuerdo de esta naturaleza hubiese sido ratificado por Costa Rica, en forma rápida. Su compromiso –hoy cada vez más desdibujado—en materia ambiental, así lo demanda. Pero lamentablemente los tiempos no son los mismos. En esta época de envolvente dominio de una plutocracia neoliberal cada vez más omnipresente y agresiva en el escenario político nacional, las cosas han cambiado, desgraciadamente, para lo peor en materia de derechos humanos.

Miro este retroceso del país en materia de derechos humanos, con creciente preocupación, en mi calidad de promotor y defensor activo en este campo. Entre el año 2001 y el 2006, participé en en la génesis y en todos los ocho períodos de sesiones del Comité Especial de las Naciones Unidas, que redactó la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (CDPD). La mayoría de las ocasiones lo hice en calidad de representante de las organizaciones de personas con discapacidad, pero también me correspondió representar al país, en calidad de asesor de la delegación de nuestro Estado en ese comité de la ONU.

En ese productivo proceso que remató con la feliz aprobación de ese tratado en diciembre del 2006, el país exhibió un notorio liderazgo; incluso en aspectos fundamentales del tratado como lo referente a capacidad jurídica de las personas con discapacidad (artículo 12, CDPD), su contribución fue decisiva a través de Jorge Quesada Ballestero, a la sazón, representante de Costa Rica en el Comité Ad Hoc y vicepresidente de su “bureau” o directorio.

Sin embargo, lo que estamos viendo en este desolador presente pandémico, es un país que pierde empuje y liderazgo en el campo de los derechos humanos, en su promoción y peor aún, en su implementación efectiva. El escandaloso ruido de los motores neoliberales que guían a la plutocracia (ese menos del 1 % de la población nacional), y que se amplifican a través de sus medios informativos, es lo que suena y resuena en los acólitos y receptivos oídos del timorato gobierno y la mayoría de los legisladores.

Los momentos en que Costa Rica brillaba en el concierto de las naciones en el campo de los derechos humanos, se ha convertido en una melodía tan triste como lejana, para la desventura del país y, más aún, para la de los ciudadanos que somos testigos del debilitamiento del Estado Social de Derecho y de una democracia (con minúscula) que es cada vez más adjetiva y, consecuentemente, menos sustantiva.

(29 de mayo, 2021)

Campaña de recolección de víveres y donaciones para personas vulnerabilizadas

Desde la Organización Interseccional Pro-Derechos Humanos (OIDHCR) se les invita a colaborar con la campaña de recolección de víveres y donaciones para personas vulnerabilizadas.

Puede llevar su donación al local de OIDHCR San José, Barrio Amón. Del Automercado: 250 metros al norte. Portón gris. Contiguo al Bar Malibú (De lunes a viernes de 9 am a 5 pm).

En efectivo BCR SINPE móvil 8395-1338 o a la cuenta IBAN CR 87015202001080614727, a nombre de Marco Castillo Rojas, cédula 301620262.

Alerta temprana: Denunciamos reunión de finqueros no indígenas en el centro de Buenos Aires de Puntarenas

A los organismos regionales y universales de derechos humanos a las organizaciones, iglesias y movimientos sociales que trabajan por DDHH, a la opinión pública nacional e internacional:

Hoy 30 de mayo 2021, desde las 9:00 de la mañana, se desarrolla reunión de No Indígenas, finqueros/as, usurpadores y agresores de indígenas, provienen de todos los Territorios Indígenas del Sur, cuentan con la presencia del alcalde de Buenos Aires y otras autoridades municipales. Hay empresarios de la zona y líderes de distintas instituciones u organismos regionales, que se han identificado contra la lucha por Derechos de los Pueblos Indígenas. Esta reunión es ilegal y se realiza como otro acto de provocación y una amenaza clara de estas personas contra las familias recuperantes Bribris de Cabagra. En la reunión también hay indígenas de varios territorios, en su mayoría son trabajadores de los y las usurpadores/as, o indígenas que han realizado traspasos ilegales de tierras y ahora se ven comprometidos /as en apoyar a los no indígenas invasores, en sus delitos de usurpación, amenazas y agresiones.

La Reunión se desarrolla en la Plaza de Alto Las Brisas, de Cabagra a 400 metros del EBAIS del lugar. Las/ los vecinas/os que informan, temen por lo que pueda suceder, pues son muchas personas ajenas, llevan licor y aparentemente portan armas.

Llamamos al Gobierno, Ministerios de la Presidencia y Seguridad a garantizar la tranquilidad, la legalidad del territorio ante estas irrupciones ilegales y violentas de estas personas, que vienen actuando hace tiempo, en una «campaña» de agresiones.

Esta reunión está en línea con la «amenaza» del Movimiento de Usurpadores de Territorios Indígenas, apoyados/as por el Obispo de San Isidro y el alcalde de Buenos Aires, que dieron plazo al Gobierno hasta el día 31 de mayo; es posible que preparen más actos ilegales y violentos; lo hacen reuniéndose dentro de un territorio indígena, como una afrenta a los derechos humanos y los pueblos indígenas que están luchando. Solicitamos la presencia de la Fuerza Pública para que disuelva esta acción ilegal dentro del territorio de Cabagra, y se le pida cuentas al alcalde de Buenos Aires por su participación ahí, que evidencia su complicidad.

NO MÁS AGRESIONES. LA TIERRA/TERITORIO ES POR LEY EXCLUSIVA DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS.
¡NO MAS IMPUNIDAD!
#SergioRojasVlVE #JeryRiveraVlVE
¡LA LUCHA SIGUE Y SE EXTIENDE!
FRENTE NACIONAL DE PUEBLOS INDÍGENAS (FRENAPI)
Acompaña: COMITÉ NACIONAL DE APOYO A LA AUTONOMÍA INDÍGENA

Correo: frenapicostarica@gmail.com / Facebook: FRENAPI-Costa Rica

Serie: Conociendo de la historia y los derechos de los pueblos originarios 10

El artículo 3 de la Ley Indígena expresa que las reservas indígenas son inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indígenas que las habitan. Los no indígenas no podrán alquilar, arrendar, comprar o de cualquier otra manera adquirir terrenos o fincas comprendidas dentro de estas reservas.

Esta es la décima infografía de una serie de producciones realizadas por el Foro Confluencia Solidaria, el grupo trabaja el tema: Desarrollo pleno de los pueblos originarios, de las personas migrantes y de todas las etnias. Le invitamos a compartirlo en sus redes.

 

Información compartida con SURCOS por Foro Confluencia Solidaria.

El Acuerdo de Escazú son nuestros derechos ¡Costa Rica debe ratificarlo ahora!

La Federación Costarricense para la Conservación del Ambiente (FECON) ratifica el Acuerdo de Escazú, sus fines y sus alcances para aportar a la justicia ambiental. El Estado Costarricense debe ratificar este Acuerdo Internacional. El rechazo legislativo de este esfuerzo internacional es una falta de respeto total para las personas que son víctima de exclusión, acoso, hostigamiento y violencia física o psicológica por defender el ambiente sano, que es un derecho constitucional en nuestro país.

En 2018 Costa Rica era anfitrión de la toma de un acuerdo internacional muy importante para América Latina: El Acuerdo de Escazú. En esta ocasión se llevó a la mesa el problema regional de los mecanismos de ocultamiento de información pública que sucede principalmente cuando existen fuertes intereses en megaproyectos privados potencialmente destructivos del ambiente (pero  también con el impulso de iniciativas estatales).

Además, se reconocen principios que mejoran la efectividad de la justicia ambiental, permitiendo superar la impunidad de actividades que pudieran llegar a afectar irreversiblemente el equilibrio ecológico. El Acuerdo reitera lo previsto en nuestra Ley de la Biodiversidad sobre las pruebas, al obligar al quien es acusado de contaminación a aportar elementos que le salven responsabilidad cuando de daños se trata (esto no opera en materia penal donde aplica un principio de inocencia).

Actualmente en Costa Rica, a pesar de que se tienen una serie de garantías constitucionales y legislación ambiental, en la práctica se ven capacidades sumamente limitadas por parte del Estado para contener los procesos destructivos del ambiente. Por esta razón, múltiples grupos comunales se deben organizar para intervenir estos asuntos con recursos propios, exponiéndose a todas las presiones que se citaron atrás por los que plantean la explotación indiscriminada de la naturaleza como medio para propiciar un crecimiento económico desigual.

Las luchas ambientales son  justas, porque reivindican un derecho colectivo, que es el bienestar ambiental, cuidando las dinámicas naturales, espacios y bienes públicos, así como la tranquilidad y la convivencia social en los territorios que se ven amenazados por cambios abruptos incentivados por proyectos con fines de lucro. Muchos países han sufrido desgracias por la dictadura del capital, y son cientos las personas asesinadas anualmente por defender el ambiente.

Ratificar el Acuerdo de Escazú es solidarizarse internacionalmente con las luchas de tantos líderes sociales asesinados en la región y muy especialmente, en Colombia, país que ha experimentado los peores impactos del mercado por la libre y la ausencia de mecanismos de protección social de defensores ambientales. Casualmente, el gobierno de Colombia tampoco ratificó el Acuerdo de Escazú, sumándose a los países donde los defensores de grandes mercados dominan la toma de decisiones y censuran el derecho al ambiente de las comunidades.

Costa Rica debe ratificar el Acuerdo de Escazú, dejando de lado la defensa de intereses particulares y anteponiendo los derechos de las personas al acceso debido a información, participación en toma de decisiones y a justicia en temas ambientales, para que el Estado reconozca y desarrolle los mejores mecanismos, liderando a nivel internacional este campo con hechos y no con simple publicidad. En esto se basa la verdadera democracia y no en defender negocios privados sin dar garantías ambientales, como actualmente denotan las posiciones de partidos políticos que se olvidaron de su deber de servicio al pueblo costarricense.

Sin ratificar el Acuerdo de Escazú, la falta de voluntad política seguirá pesando demasiado en los procesos, enrumbándose al país hacia un desarrollo inconsciente, impositivo y destructivo en el territorio nacional. Y en peores escenarios, los climas de impunidad ante el acoso, las amenazas y la destrucción de la vida misma, podrían seguirse consolidando en Costa Rica, sin amparo del Estado Costarricense para las personas que se involucren en defender el bienestar ambiental de su comunidad, territorio y país.

 

Imagen de cabecera tomada de cepal.org

Colombia: CIDH condena violaciones de derechos humanos

La CIDH condena las graves violaciones de derechos humanos en el contexto de las protestas en Colombia, rechaza toda forma de violencia y reitera la importancia de que el Estado honre sus obligaciones internacionales

Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por la grave crisis que enfrenta Colombia y condena las graves violaciones de derechos humanos registradas durante las protestas sociales. En ese sentido, urge al Estado a respetar los más altos estándares en cuanto a la libertad de expresión, uso de la fuerza y debida diligencia, así como a permitir que la CIDH realice una visita de observación al país, honrando su tradición con los compromisos internacionales en materia de derechos humanos.

El Estado colombiano informó que, a la fecha, se han llevado a cabo al menos 9.623 protestas en 794 municipios del territorio colombiano, con la participación aproximada de 1.493.791 personas. Del mismo modo, comunicó que, del total de protestas, 7,801 no han presentado incidentes. Sin embargo, la Comisión resalta que en al menos 1,038 manifestaciones se habrían presentado casos de fallecimientos, desapariciones, personas heridas y agresiones sexuales como consecuencia del uso desproporcionado e ilegítimo de la fuerza. Estos hechos se han registrado, especialmente, en ciudades como Bogotá, Cali, Pereira, Popayán y Yumbo, y han tenido afectaciones particulares en los pueblos indígenas, las mujeres y las personas afrodescendientes.

La CIDH expresa su extrema preocupación por la pérdida de vidas en el marco de las protestas. Según el reporte de la Fiscalía General de la Nación, desde el inicio de las protestas 43 personas han perdido la vida, de las cuales 17 tendrían relación directa con manifestaciones. Por su lado, organizaciones de la sociedad civil han registrado 51 muertes en el contexto de las protestas. Al respecto, la Comisión Interamericana destaca especialmente los casos de Lucas Villa, quien perdió la vida el 5 de mayo en Pereira después de recibir ocho disparos durante su participación en una protesta pacífica, el de Sebastián Quintero, quien falleció el pasado 15 de mayo en Popayán, tras recibir el impacto de una granada aturdidora presuntamente lanzada por integrantes de las fuerza pública, así como de Jhon Erik Larrahondo, quien murió en Cali el 23 de mayo por el accionar de un arma de fuego.

Además, la Comisión Interamericana encuentra extremadamente grave las denuncias sobre 132 personas que permanecen desaparecidas y respecto de las cuales la Fiscalía General de la Nación mantiene activado el mecanismo de búsqueda urgente. Resulta alarmante que con el correr de los días estas personas continúan desaparecidas, máxime cuando algunas de las 276 que habrían sido reportadas como desaparecidas aparecieron sin vida, como el líder Cristian Torres, el 14 de mayo en la ciudad de Leiva, Nariño.

A su vez, la CIDH expresa su alarma por la denuncia de al menos 87 actos de violencia sexual cometidos presuntamente por agentes de la fuerza pública en contra de mujeres manifestantes, como el caso de la adolescente que denunció haber sido agredida sexualmente por varios agentes de la fuerza pública en la ciudad de Popayán y que posteriormente se habría suicidado el día 12 de mayo. Igualmente, condena el hecho de violencia sexual que habría sufrido una agente de la fuerza pública dentro de una estación de policía vandalizada en la ciudad de Cali el 29 de abril.

Por otro lado, según información pública, se conoce la existencia de aproximadamente 979 civiles heridos en el contexto de las protestas, entre ellos por lo menos 33 con traumas oculares, los cuales se concentran mayoritariamente en Bogotá, Neiva, Cali, Yumbo, Medellín, Popayán, Pasto, y otros municipios de Risaralda y Valle del Cauca. De acuerdo a lo informado, se estarían utilizando armamentos antidisturbios por parte de la policía que generan impactos indiscriminados en contra de las protestas mayoritariamente pacíficas, como es el caso del lanzacohetes Venom. Asimismo, en Bogotá, en el contexto de las protestas del 22 mayo, según información preliminar, al menos 2 personas manifestantes habrían sido heridas, incluyendo reportes de lesión ocular por proyectil policial.

Según la información enviada por el Estado a la Comisión información que da cuenta de la apertura de 144 investigaciones por presuntas faltas disciplinarias por parte de funcionarios de la Policía Nacional, dos de ellas por presuntos actos de violencia sexual.

La Comisión Interamericana rechaza que, durante las protestas, se hayan identificado diversas expresiones públicas que estigmatizan la protesta social y, especialmente, a las personas manifestantes de pueblos étnicos e integrantes de la Minga Indígena. En particular, la CIDH tuvo noticia sobre grupos de civiles armados que dispararon indiscriminadamente contra una manifestación compuesta por personas indígenas el 9 de mayo en la ciudad de Cali. La CIDH encuentra extremadamente grave la participación de civiles en actos de represión y ataques con armas de fuego en contra de las personas manifestantes.

En adición, la CIDH y su RELE han observado un clima de creciente hostilidad y violencia hacia la prensa en el contexto de las manifestaciones sociales, documentando agresiones, amenazas e intimidaciones, además de ataques a instalaciones de medios de comunicación.

La Comisión Interamericana condena que, en determinadas circunstancias, presuntos grupos de manifestantes hayan provocado graves desmanes durante algunas manifestaciones, arrojando objetos contundentes contra efectivos de las fuerzas del orden, destruyendo equipamiento público, y provocando afectaciones a la propiedad privada, entre otros actos injustificables de vandalismo. Según información suministrada por el Estado, estos hechos darían cuenta de 108 acciones contra infraestructura pública y del gobierno, entre ellas: cámaras afectadas; semáforos destruidos; señales de tránsito; y 1136 vehículos de transporte público afectados.

En este contexto, la CIDH manifiesta su extrema preocupación por el fallecimiento al menos 2 policías, 966 resultaron lesionados, y que 25 estaciones de policía, una instancia de la Unidad de Reacción Inmediata (URI) y una sede de medicina legal han sido atacadas o vandalizadas. Además, tomó conocimiento de la muerte del patrullero Juan Sebastián Briñez, y las lesiones provocadas a por lo menos 2 agentes de policía el 22 de mayo, incluyendo graves quemaduras faciales por una bomba incendiaria que habría sido dirigida contra su unidad. Sobre este punto, la Comisión recuerda que la protesta social es legítima en tanto se desarrolla en forma pacífica y que las fuerzas de seguridad tienen la obligación de permitir el desarrollo de las manifestaciones y de aislar a los manifestantes que recurren a la violencia.

El Estado informó a la Comisión Interamericana sobre las múltiples afectaciones que generarían los bloqueos sobre los derechos de las y los colombianos, como la producción y distribución de alimentos, lo cual impacta en particular a niñas y niños en el plan de alimentación escolar.

Al respecto, la Comisión Interamericana recuerda que el derecho de reunión reviste gran importancia para el funcionamiento de la democracia y resalta que el hecho de que algunos grupos o personas ejerzan violencia en una manifestación no vuelve, per se, violenta toda la protesta ni autoriza a las fuerzas de seguridad a disolver la protesta mediante uso de la fuerza ni a practicar detenciones indiscriminadas. 

Asimismo, recuerda que toda restricción al derecho de reunión debe estar prevista en la ley, debe perseguir un objetivo legítimo y debe ser necesaria en una sociedad democrática bajo los criterios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad. A su vez, la Comisión reitera lo indicado en su informe sobre Protesta y Derechos Humanos, en el sentido de que es preciso tolerar que las manifestaciones generen cierto nivel de perturbación de la vida cotidiana, por ejemplo, con relación al tráfico y las actividades comerciales, a fin de no privar de su esencia al derecho de reunión pacífica.

En su Informe Protesta y Derechos Humanos, la CIDH señaló que la dispersión o desconcentración de las manifestaciones de forma legal y legítima sólo puede permitirse en casos muy excepcionales, mediante una orden expresa y fundamentada en un riesgo grave para la vida o la integridad física de las personas, cuando se haya intentado el diálogo y no fueran posibles otras medidas menos lesivas para proteger esos derechos. Asimismo, la decisión de dispersar una protesta por parte del Estado debe ser comunicada y explicada de manera clara, de modo tal que permita su comprensión y cumplimiento por parte de los manifestantes, ofreciéndoles tiempo suficiente para dispersarse sin acudir al uso de la fuerza.

Cuando la eventual perturbación a la vida cotidiana en el seno de las protestas se extienda en el tiempo y escale a punto de comprometer la garantía de otros derechos como el aprovisionamiento de alimentos y el derecho a la salud, se acentúa el deber del Estado de facilitar todos los mecanismos de diálogo posibles, teniendo el uso de la fuerza como último recurso, y a su vez atendiendo al principio de interdependencia de los derechos humanos. Asimismo, la Comisión destaca la importancia de que las personas manifestantes permitan la circulación de insumos y provisiones esenciales.

En este sentido, la Comisión condena categóricamente que en el contexto de las protestas se hayan presentado decenas de ataques a ambulancias y misiones médicas, dificultando el traslado de pacientes. En particular, la CIDH deplora el fallecimiento de una bebé intubada como consecuencia de que no pudo ser trasladada oportunamente el 23 de mayo en la ciudad de Buenaventura. En ese sentido, la Comisión llama al Estado a concertar con los manifestantes la creación de corredores que garanticen el ejercicio simultáneo de derechos involucrados. Particularmente, en el para la situación de Colombia hoy, el acceso a alimentos, las garantías del derecho a la salud, así como el aprovisionamiento y despliegue de personal e insumos médicos

Frente a las graves violaciones a los derechos humanos denunciadas, la CIDH condena el alto número de fallecidos y heridos, al tiempo que reitera la importancia de respetar el carácter excepcional del uso de la fuerza y observar los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad. Adicionalmente, insta a las autoridades a investigar con debida diligencia todos los casos, a identificar y sancionar a los responsables, así como a reparar integralmente a las víctimas y sus familiares. En los casos de violencia sexual, la investigación deberá llevarse a cabo con debida diligencia reforzada y garantizando el enfoque de género.

La Comisión Interamericana reitera que, siempre que haya se sospecha de la desaparición de una persona, debe iniciarse la investigación automáticamente, sin dilación, de forma seria, imparcial y efectiva y orientada a la determinación de la verdad, ello debe incluir la conformación de unidades o comisiones especializadas que cuente con los recursos humanos, técnicos y científicos adecuados e idóneos a la localización e identificación de las víctimas desaparecidas.

Asimismo, la Comisión recuerda que las y los periodistas cumplen una función crucial al recabar y difundir información de lo que sucede en protestas sociales, incluyendo la actuación de las fuerzas de seguridad, por lo que las autoridades deben brindarles el más alto grado de protección para que puedan realizar su trabajo libremente y mantener a la sociedad informada sobre asuntos de elevado interés público.

La Comisión observa que muchas de las demandas de las protestas sociales guardan estrecha relación con los desafíos estructurales que subyacen a la profunda desigualdad social y la violencia histórica en el país, con especial afectación en las personas pertenecientes a los grupos étnico-raciales. En ese sentido, reafirma que la consolidación de la paz es un requisito indispensable para el ejercicio libre y el respeto pleno de los derechos humanos. La CIDH recuerda y hace un llamado a atender las causas de las protestas sociales y a respetar los derechos humanos de las personas manifestantes, e insta a que todas las violaciones a los derechos humanos sean investigadas diligentemente y juzgadas por la jurisdicción ordinaria, según los estándares internacionales.

Por último, la CIDH reitera la importancia de realizar una visita de trabajo para contar con todos los elementos que le permitan valorar la situación de derechos humanos de manera objetiva con el fin de formular recomendaciones al Estado.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

El comunicado de prensa se puede encontrar en el siguiente enlace: https://mailchi.mp/dist/cidh-condena-graves-violaciones-de-ddhh-en-las-protestas-en-colombia-rechaza-violencia-y-reitera-al-estado-honrar-sus-obligaciones-internacionales?e=7f19d5fd29

 

Compartido con SURCOS por Arturo Fournier.

Ecologistas se manifiestan ante posible adelantamiento de criterio de la magistrada Nancy Hernández de la Sala Constitucional en el tema del Acuerdo de Escazú

Bloque Verde

  • Es posible que Hernández adelantara criterio en Acuerdo de Escazú;

  • Magistrada Hernández no debería entrar a ver constitucionalidad del Acuerdo de Escazú;

  • Candidatura de Nancy Hernández ante CIDH debería ser revisada.

Nancy Hernández, magistrada de la Sala Constitucional, debería inhibirse al momento en que este tribunal aborde el Acuerdo de Escazú ante una posible consulta de constitucionalidad por parte de la Asamblea Legislativa.

La magistrada pudo haber adelantado criterio cuando el pasado 11 de mayo, en el marco de la presentación del libro «Temas del Derecho Público, en homenaje al profesor Rafael González Ballar» en actividad de la UCR, presentación vía zoom que está colgada en el perfil del Postgrado de Derecho (1). Como se puede escuchar en la parte de los comentarios, al final de la presentación de la obra jurídica, la Magistrada Hernández intervino señalando que “para salvar el Acuerdo de Escazú se debe hacer una ley de implementación” (2:16:35), más adelante, anuncia que: “el Acuerdo de Escazú así como está no va a pasar” (2:19:06)

La magistrada, con esas palabras adelanta unas posibles objeciones claras y manifiestas sobre el cómo resolvería el asunto ante una consulta preceptiva de constitucionalidad luego del primer debate legislativa y es claro, que al reseñar y condicionar su voto a que hace falta una ley de implementación es imponer un obstáculo sin sentido a un instrumento internacional sobre derechos humanos fundamentales, como lo sería el derecho a la participación, el derecho a la información y el derecho al acceso a la justicia ambiental en Costa Rica.

Asimismo, con su segundo desafortunado comentario en esa actividad, donde expresamente señala que el Acuerdo no pasaría por el tamiz de la constitucionalidad sino existe una ley de implementación, está diciendo que el instrumento no se podría integrar a nuestro Ordenamiento Jurídico patrio y ello es muy grave de parte de una persona que debe respaldar los derechos humanos consagrados ahí y que ya otros 12 Estados han respaldado ratificándolo, sin disponer trabas como las que acá se pretenden.

Por lo señalado, reiteramos desde ya que advertimos que una persona que ha expuesto públicamente esas frases, no debería integrar la Sala al momento de una votación referida.

Por lo anterior, también instamos al Gobierno de Carlos Alvarado para que retire la candidatura de la señora Hernández a jueza de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (2).

Abonando a lo expuesto, desde las organizaciones ambientales también percibimos que la magistrada, en el ejercicio de su función jurisdiccional constitucional ha quedado en deuda con la defensa de los derechos ambientales de este país. Lo anterior lo hemos notado por reiterar notas en los votos constitucionales, donde rebaja y relaja el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado a un derecho de mera legalidad cuando nuestro Ordenamiento Jurídico es claro en su artículo 50 cuando expresamente desde 1994 integró ese derecho en la norma máxima y además le debemos sumar como respaldo a lo anterior que parece que la magistrada desconoce que conforme a la norma 26 (3) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Ley No. 4534) se obliga a Costa Rica a actuar de forma progresiva y proactiva en materia ambiental

Notas:

  1. Declaraciones magistrada Nancy Hernández en presentación del libro «Temas del Derecho Público, en homenaje al profesor Rafael González Ballar» https://www.facebook.com/watch/?v=307238654139622 o ver en: wttps://fb.watch/5rzm11NvU9/
  2. Magistrada Nancy Hernández será candidata a jueza de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. https://semanariouniversidad.com

 

Imagen tomada de unicef.org

Siembra y cosecha en Kong Jú, Territorio Cabécar de China Kichá

Comunicado

Un día como hoy, el 25 de mayo del 2019 fue recuperado el terreno de Kono Jú en el Territorio Cabécar de China Kichá. Kono Jú fue la primera recuperación realizada tras el asesinato de Sergio Rojas Ortiz, del Clan Uniwák y del Territorio Bribri de Salitre. Así, Kono Jú fue dedicada a la siembra de Sergio.

Tras dos años de resistencia las personas recuperadoras de Kono Jú lo han visto todo: en 2020 no indígenas la quemaron por lo menos 10 ocasiones distintas, un juez intentó desalojarles judicialmente y las amenazas de muerte en contra de las personas recuperadoras, al día de hoy, no dejan de estar presentes.

Apesar de la violencia estructural y sistemática, los frutos de la resistencia son evidentes. La vegetación ha crecido como también los alimentos para las familias recuperadoras. Hoy, el Pueblo Cabecar de China Kichá recoge sus cosechas con dignidad.

Compartimos un video de uno de los recuperadores en el que nos da palabras de aliento y resistencia mientras demuestra el fruto del trabajo a la tierra.

¡Sergio y Jerhy VIVEN, LA LUCHA SIGUE Y SIGUE!

Recuperadores y recuperadoras cabécares de Kono Jú.
Coordinadora de Lucha Sur Sur.

Le invitamos a ver y escuchar la explicación en el video publicado en Facebook: