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Etiqueta: derechos humanos

8 % ya

Manuel Hernández

1.- El ordenamiento político-constitucional de Costa Rica está sostenido en tres pilares: Estado de Derecho, democracia y Derechos Humanos.

La convergencia de los tres pilares se resume en la fórmula del Estado Social Democrático.

Además de los derechos y libertades individuales, ese modelo de Estado está configurado por los derechos sociales y los derechos fundamentales de última generación.

Los derechos fundamentales están interrelacionados y son indivisibles.

2.- El derecho a la educación es un derecho social, preeminente en nuestro ordenamiento, que se refleja en la protección que le garantizan múltiples reformas constitucionales, tendientes al fortalecimiento de la educación pública.

No es una simple abstracción jurídica.

Es un derecho subjetivo, cuya infracción es exigible judicialmente.

3.- El legislador constituyente no se limitó a reconocerlo como tal, es decir, como derecho subjetivo, sino que también estableció un dispositivo presupuestario para garantizar su efectividad.

Ese dispositivo está contemplado en el artículo 78 constitucional.

El precepto le asegura a la educación pública, una asignación presupuestaria, mínima, del 8% de PIB.

4.- Lamentablemente esa norma se ha convertido en una cláusula fallida, inútil, a merced de su constante e impune incumplimiento.

La norma constitucional constituye un mandato imperativo.

La imperatividad implica, por un lado, la obligatoriedad que tiene el Ministerio de Hacienda de incluir en el proyecto de ley de presupuesto de la República esa asignación mínima, y por otro lado, correlativamente la obligación de la Asamblea Legislativa de aprobarla.

Así lo determinó, de manera contundente, el Voto 12803- 2016 de la Sala Constitucional, que tiene un carácter vinculante, erga omnes.

5.- Cualquier propuesta presupuestaria que esté por debajo de ese estándar mínimo vulnera la Constitución.

6.- Mucho menos los actores sociales pueden proponer una mora de cinco años, en el cumplimiento de esa obligación, para que ilusoriamente se haga efectiva hasta la próxima década.

No es transigible ni renunciable la observancia del precepto constitucional.

6.- La sostenibilidad del presupuesto que constitucionalmente debe destinarse a la educación pública, no puede quedar a la suerte de promesas políticas o propuestas “razonables” de algunos sectores sociales y universitarios, las cuales deben confrontarse con los mecanismos de exigibilidad jurídica dispuestos en la Constitución.

7.-Mucho menos a expensas de la Regla Fiscal se puede vaciar de contenido el artículo 78 constitucional, salvo que se violente el principio de supremacía constitucional.

La crisis fiscal, que no ha sido causada por la clase trabajadora, no puede traducirse en una reducción de los derechos sociales reconocidos en la Norma Suprema.

8.- La Asamblea Legislativa tiene la obligación de garantizar el cumplimiento del mandato constitucional, ahora más que nunca que la educación pública se la trajeron al suelo.

9.- Los actores sociales y universitarios del Pacto de la Educación, que se dejaron seducir por la “flexibilización” de la aplicación de la norma fundamental, tienen que revisar su posición “conciliadora” y demandar, sin tanto doblez, el respeto de la ordenanza constitucional.

¡8 % ya!

Taller sobre Derechos Humanos se realiza en Piedras Blancas de Osa

En las instalaciones de AGRICOOP RL, ubicadas en Piedras Blancas de Osa, en la zona sur del país, se llevó a cabo un taller sobre Derechos Humanos.

La actividad se desarrolló desde las 9 de la mañana hasta las 2 de la tarde y contó con la participación de representantes de diversos grupos organizados e integrantes de la Comisión Sureña y de la Asociación Costarricense de Derechos Humanos (ACODEHU), quienes viajaron desde la capital, San José, para impartir el taller.

Información compartida con SURCOS por Renier Canales Medina

Rechazamos a la masiva disolución y cierre de organizaciones no gubernamentales por parte del gobierno Ortega Murillo

Agosto 2024, San José Costa Rica. Las organizaciones representadas en este pronunciamiento rechazamos la disolución y cierre de organizaciones no gubernamentales ordenada por el gobierno Ortega Murillo bajo la excusa de “un nuevo modelo de operatividad” y obligándolas a actuar en alianza con el Estado.

Por esta razón, con profunda preocupación:

Expresamos repudio al cierre masivo anunciado por el gobierno Ortega Murillo, que cancela la personería de las asociaciones, organismos sin fines de lucro, y comunidades basadas en la fe, generando desprotección, nuevas búsquedas de opciones de atención para la población civil y desempleo de quienes más lo requieren. Tales medidas afectan especialmente a las mujeres, cuyo trabajo en las ONG ha sido fundamental y quienes fueron las más afectadas durante la pandemia por COVID 19.

Entendemos estas medidas represivas como un continuum de violencia sistemática contra el pueblo de Nicaragua, periodistas, intelectuales, personas defensoras de derechos humanos, líderes indígenas, religiosos y mujeres opositoras al régimen.

Según el Informe de la Alta Comisionada Adjunta para los Derechos Humanos, Nada Al -Nashif, 30 personas “han sido detenidas desde marzo de 2024 en el contexto de la represión del espacio cívico” de forma ilegal y arbitraria, “seguidas de juicios que no cumplen las garantías básicas de debido proceso y juicio justo”.

Denunciamos también los hechos violatorios del derecho a la libertad de expresión, que erosionan los Derechos Humanos en el país y nos sumarnos a muchas otras voces en el mundo que reclaman preservación de la vida, la seguridad y la libertad a los pueblos de la región y de Nicaragua en particular.

Suscribimos, Feministas Picos Rojos CR, Voces Nuestras, Colectiva por el Derecho de Decidir, Gema Observatorio de Medios de Comunicación y Género, Profesionales para la ciudadanía y Mujeres por Costa Rica, en San José, Costa Rica, 28 de agosto de 2024

Chiquita desaloja a decenas de trabajadores

Carlos Quiroz | Foto: (archivo personal)

Con Carlos Quiroz

Tiempos difíciles para Chiquita Brands. Después de los graves problemas que está teniendo en Estados Unidos, la transnacional bananera está siendo acusada de desalojar y echar a la calle a su propio personal en el Atlántico costarricense.

Giorgio Trucchi

En el municipio de Talamanca, fronterizo con Panamá, la empresa Chiriquí Land Company, subsidiaria de Chiquita Brands, controla dos fincas bananeras (Tayrona y Cañaveral).

El 85 por ciento de los trabajadores tiene nacionalidad panameña y, en su mayoría, pertenece a la etnia Ngöbe-Buglé (unas cuatrocientos personas).

Un acuerdo firmado el año pasado entre Costa Rica y Panamá les otorgó la doble nacionalidad para que pudieran gozar de ciertos beneficios.

Un 46 por ciento sigue viviendo en territorio panameño, se levanta a diario a las 3 de la mañana y cruza el puente que divide los países para ir a trabajar. El restante 54 por ciento reside en territorio costarricense.

Muchos de ellos viven en cuadrantes¹ que la compañía bananera construyó y cuyas casas les fueron otorgadas en comodato.

Desalojando familias

Igual que otras compañías transnacionales y empresas fruteras nacionales, Chiquita acostumbra en sus contratos de trabajo incluir el ofrecimiento de viviendas para los trabajadores y sus familias.

Este beneficio está reglamentado por el código de trabajo costarricense (art. 164) bajo la figura del “salario en especie²”.

En las últimas semanas, la compañía está avisando a decenas de trabajadores que tienen 15 días para desocupar sus viviendas y buscar a dónde irse.

Algo que también se está llevando a cabo, hasta con más brutalidad, en otras zonas del país y que la Rel UITA ha venido documentando.

Lo que Chiquita está haciendo es brutal. Hay compañeros que tienen décadas trabajando en la empresa y que están siendo desalojados juntos a su familia”, dijo a La Rel, Carlos Quiroz, secretario general del Sindicato de Trabajadores de Chiriqui Land Company (Sitrachiri).

“En este momento están sacando a 17 familias, aduciendo que no cumplen con los requisitos de asignación de vivienda y trayendo argumentos tontos. Esto es ridículo y sabemos que van por más desalojos. Se habla de al menos 47 familias afectadas”, agregó.

Chiquita, las mismas mañas

Lo que más llama la atención es que todos los trabajadores afectados están afiliados al Sindicato, cuatro de ellos son delegados sindicales en las fincas.

Lo que creemos es que se trata de una arremetida para forzar a los trabajadores a aceptar algunas propuestas, avanzadas por la empresa, que violan nuestro convenio colectivo”, manifestó Quiroz.

Chiquita estaría presionando para que los trabajadores renuncien al empleo de mutuo acuerdo, retiren su liquidación y acepten ser recontratados con garantías desmejoradas, en especial la que se refiere al derecho a vacaciones.

“Sin embargo, en este acuerdo se sigue garantizando el derecho a la vivienda, por lo tanto, creemos que la amenaza de desalojo persigue el objetivo de obligar a los compañeros a aceptar esta propuesta”, explicó el dirigente sindical.

Ofensiva sindical

El pasado 21 de agosto, Quiroz, en calidad de secretario general del Sindicato, presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia para que se detenga la orden de desalojo.

También se instó a la empresa a frenar la medida y sentarse a negociar.

“Vamos a esperar que la Sala se pronuncie, mientras tanto estamos denunciando ese atropello a nivel nacional e internacional. Los compañeros se mantienen firmes y no quieren salir. También estamos valorando otras acciones judiciales”, concluyó Quiroz.

¹Complejos habitacionales que surgen en los alrededores de las plantaciones donde viven las y los trabajadores y sus familias.
²Entre las diferentes formas de retribución, el salario en especie se paga con bienes o medios distintos al dinero como, por ejemplo, alimento, alojamiento o transporte. Este no podrá ser mayor al 50 por ciento de lo que reciba el trabajador en dinero efectivo.

Fuente: https://www.rel-uita.org/costa-rica/chiquita-desaloja-a-decenas-de-trabajadores/

Asociación Americana de Juristas reclama la libertad inmediata de Daniel Jadue

La AAJ denuncia el caso de Danuel Jadue, alcalde de Recoleta, Santiago de Chile, y ex candidato a la Presidencia, quien se encuentra detenido con prisión preventiva, como un caso del lawfare en América Latina, presentando graves violaciones al debido proceso y a las garantías constitucionales. 

El sociólogo y arquitecto Daniel Jadue, de ascendencia palestina y militante del Partido Comunista, es alcalde desde el año 2012 de la comuna Recoleta de Santiago, República de Chile. Fue reelecto en las elecciones municipales del 2021 con el 64,08 por ciento. Su gestión generó la implementación de las farmacias populares, ópticas populares, inmobiliarias populares, la Universidad Abierta de Recoleta, festivales de cultura masivos y gratuitos, la escuela popular de teatro, y otras iniciativas. 

Su capacidad de gestión llevó a que desde el 2017, la población de la comuna haya aumentado en un 22%, generando un impacto positivo en la vida de miles de habitantes. Su exitosa creación de las Farmacias Populares, una red que ofrece medicamentos 70% más baratos que las farmacias cartelizadas. Fue una iniciativa ampliamente replicada en muchas otras localidades.

Por ello, afectó intereses oligopólicos y monopólicos de tres cadenas de farmacias, que concentran el 90% del mercado, las que implementaron un boicot descubierto en una investigación del Instituto de Salud Pública, tras una denuncia presentada por Jadue. De igual manera, la implementación de un sistema de viviendas populares, a menor costo con políticas de apoyo a las personas de menores recursos, afectó a los intereses del sector inmobiliario.

La persecución judicial se concreta a partir de una denuncia de una importadora de medicamentos, la empresa Best Quality, a través de un comisionista -condenado por estafa- justamente por el rol de Jadue en la implementación de las farmacias populares. 

En la audiencia celebrada el 3 de junio pasado, el 3° Juzgado de Garantía de Santiago resolvió imponer a Jadue presión preventiva, a pesar de admitir que no existen pruebas, en violación al principio de la presunción de inocencia. En una resolución carente de proporcionalidad, no se ha podido fundar ni justificar la extrema medida, ni por la supuesta peligrosidad, ni por el riesgo de fuga y mucho menos por el posible entorpecimiento de la investigación. 

Por tanto, la AAJ se suma a la campaña internacional exigiendo la inmediata libertad de Daniel Jadue, y el cese del uso abusivo de instrumentos jurídicos para impugnar y deslegitimar a referentes políticos y sociales, mediante la persecución por vía judicial-mediática, en beneficio del poder económico.

A 10 de julio de 2024

Vanessa Ramos. Presidenta AAJ Continental 

Luis Carlos Moro. Secretario General 

Organización No Gubernamental con estatuto consultivo ante el ECOSOC y representación

permanente ante la ONU de Nueva York y Ginebra

En relación con este caso, la Agrupación de Chilenos y Chilenas del Exilio en Costa Rica organizó un acto de solidaridad con Daniel Jadue.

La Asociación Americana de Juristas (AAJ) exigió la inmediata liberación de Daniel Jadue, alcalde de Recoleta, Santiago de Chile, y denunció su detención como un caso de lawfare en América Latina. Jadue, conocido por implementar farmacias populares que ofrecían medicamentos a precios reducidos, fue acusado injustamente tras afectar intereses de grandes corporaciones farmacéuticas.

La AAJ destacó que, a pesar de la falta de pruebas, el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago impuso prisión preventiva, violando su presunción de inocencia. La organización condenó el uso indebido del sistema judicial para deslegitimar a líderes políticos y se sumó a la campaña internacional por su liberación.

¡Con doña Digna Rivera, exigimos justicia para Jerhy!

El 24 de febrero del 2020, fue asesinado Jerhy Rivera Rivera en el territorio Bröran de Térraba, mientras un grupo de personas defendía los territorios ocupados ilegalmente por terratenientes de la zona. Elides Rivera Navas, su tía materna, señala que Jerhy fue cruelmente ultrajado antes de recibir el disparo que acabó con su vida: “Muchos son los que están involucrados dentro de eso. Si bien es cierto que uno fue el que disparó el arma como arma, pero lo cierto es que había muchos que lo golpearon, que lo patearon, le quebraron incluso la cabeza antes de morir del balazo. A él le deshacen tres dedos, se los muelen, ¿a pedradas? Podés ver el ensañamiento, podés ver el odio. Todo lo que han dejado desbordar de malos sentimientos”.

Está documentado que el 18 de agosto del 2022, durante una reunión pública y oficial, con representantes del gobierno, en Buenos Aires, Luis Eduardo Varela Rojas afirmó haber asesinado a Jerhy Rivera en defensa propia. Recibió fuertes aplausos y alabanzas de parte del público ahí reunido. El 1 de febrero del 2023, el Tribunal Penal de Pérez Zeledón condenó a 22 años y 15 días de prisión a Luis Eduardo Varela Rojas por el homicidio del líder indígena de Térraba, Jehry Rivera Rivera, y por amenazas a una testigo del asesinato. Según el juez del proceso: “El tema de quién mató a don Jehry, no es un tema controvertido, está claro que fue el imputado quien lo asesinó y eso no es discusión para este Tribunal”.

El 17 de julio del 2023, el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago ordenó poner en libertad a Luis Eduardo Varela Rojas, alegando vicios en la valoración de la prueba.

Del 19 al 23 de agosto 2024, se programó un juicio en el Tribunal de Pérez Zeledón; el mismo que había dictado una sentencia mínima por el cargo de homicidio.

Surgen preguntas frente a estos hechos: ¿Por qué reina la impunidad ante los atropellos que viven las poblaciones indígenas? ¿Por qué los asesinos de Sergio Rojas se pasean tranquilamente por Salitre? ¿Por qué las denuncias por amenazas y agresiones de todo tipo no prosperan en las instituciones que le deben dar trámite? ¿Por qué el Estado costarricense no cumple con las medidas cautelares “MC 321-12”, en las que se definió que sus instituciones son las responsables de garantizar y resguardar la vida e integridad física de Pueblos Bröran de Térraba y Bribri de Salitre?

Exigimos al Estado costarricense que cumpla sus compromisos: el Convenio 107 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Poblaciones Indígenas y Tribales de 1957; la Ley Indígena 6172 de 1977; el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre los Pueblos Indígenas y Tribales, ratificado por la Asamblea Legislativa en 1993; la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, suscrita por Costa Rica desde el 2007.

Por su inacción, el Estado costarricense es responsable del asesinato de Sergio Rojas ocurrida en marzo del 2019 y del asesinato de Jerhy Rivera llevado a cabo en febrero del año siguiente.

Basta ya del racismo estructural del Estado costarricense y de la sociedad en su conjunto. El problema de fondo es la violación a los Derechos Humanos, a la legalidad costarricense y a los convenios internacionales que Costa Rica ha firmado para asegurar que en los territorios ancestrales se respeten las normas, la autonomía y la espiritualidad de los pueblos indígenas.

¡Es una vergüenza que en nuestro país la justicia se vista con ropajes colonialistas y racistas! ¡Justicia para Jerhy es sembrar una semilla de paz en los territorios indígenas!

¡Que un asesino confeso ande libre amenazando y alardeando de lo que hizo nos deshumaniza a todas las personas!

¿Qué modelo de ciudadanía se está fomentado con esos actos?

Por eso, exigimos, con doña Digna Rivera Navas, justicia para su hijo Jerhy.

Firma responsable: Comité de Solidaridad con doña Digna. Costa Rica

Cc. Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos y otras organizaciones de Derechos Humanos a nivel nacional e internacional. Nos unimos a este pronunciamiento las siguientes personas, organizaciones, colectivas y colectivos:

En el documento adjunto puede ver las firmas que respaldan este documento.

¡Con doña Digna Rivera, exigimos justicia para Jerhy!El 24 de febrero de 2020, Jerhy Rivera Rivera fue asesinado en el territorio Bröran de Térraba mientras defendía las tierras indígenas de ocupaciones ilegales. Su muerte no solo fue brutal, sino que además, la impunidad que ha rodeado el caso refleja un profundo problema de racismo estructural y violación de derechos humanos en Costa Rica.A pesar de que Luis Eduardo Varela Rojas confesó públicamente haber asesinado a Jerhy en defensa propia, fue liberado en julio de 2023 debido a vicios en la valoración de la prueba, a pesar de haber sido condenado inicialmente a 22 años de prisión. Este hecho, junto con la falta de acción del Estado en cumplir las medidas cautelares y proteger a los pueblos indígenas, evidencia una grave negligencia en la justicia costarricense.Exigimos que el Estado costarricense cumpla con sus compromisos internacionales y nacionales, y que se garantice la protección de los derechos de los pueblos indígenas. Es inaceptable que, en pleno siglo XXI, la justicia en Costa Rica siga siendo cómplice de actos de violencia y discriminación contra las comunidades indígenas.¡Justicia para Jerhy Rivera! ¡Es hora de acabar con el racismo y garantizar el respeto a los derechos de los pueblos indígenas en nuestro país!

Frente Nacional de Pueblos Indígenas ante el inicio de audiencias por el asesinato de Jerhy Rivera Rivera

19 de agosto, 2024

Este 19 de agosto inician las Audiencias del «Nuevo Juicio» por el asesinato de Jerhy Rivera Rivera, compañero Brörán, de Térraba, activista y luchador por los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas, asesinado por un usurpador al querer «recuperar su propia tierra/territorio», que según la Ley Indígena, es propiedad exclusiva de las y los indígenas que los habitan de ese Territorio (Ley #6172 de 1977).

Acompañamos al Pueblo Brörán y a la familia de Jerhy, enviamos nuestra fuerza, estamos presentes con integrantes de FRENAPI, llevamos energías positivas para quienes pueden estar ahí en los Tribunales de Pérez Zeledón, esperando justicia. Este es un crimen más contra los Pueblos Indígenas, desde que se inició la «guerra de conquista», de crimen y saqueo, usurpación de tierras, robo, explotación laboral y sexual, abuso y violaciones, la mayoría de estos delitos y sus perpetradores físicos e intelectuales, quedaron y quedan impunes, incluyendo a reyes y reinas, militares, religiosas y religiosos, políticos y empresarios, son 532 años de violencia impune, PERO TAMBIÉN DE RESISTENCIA, como lo seguimos demostrando.

El Estado es responsable de todas las «violencias y violaciones» contra los Derechos Humanos (DDHH), ocurridas dentro del Territorio Nacional, esa responsabilidad lo es por Acción y por Omisión, según los Convenios Internacionales de Derechos DHH.

El Estado Costarricense al NO cumplir con las Leyes que protegen los DDHH Indígenas, actúa violando por Omisión esos Derechos, lo que nos ha llevado como Pueblos, a luchar y defender las Tierras/Territorios y otros Derechos, a riesgo de agresiones, amenazas y asesinatos, como los más recientes, el caso de Uniwak Sergio Rojas Ortiz (Bribri de Salitre, Coordinador de FRENAPI) y el de Jerhy Rivera Rivera (Brörán de Térraba). Si todo el Estado, cumpliera, es decir: Poder Ejecutivo (sus Instituciones como por ejemplo INDER y Policía que no sacan a usurpadores); La Asamblea Legislativa (por ejemplo, que No aprobó Ley de Autonomía) y el Poder Judicial (por ejemplo, No aplica el Derecho Indígena según Convenios y otras Resoluciones nacionales e internacionales), NO tendríamos que estar yendo al Juicio de Jerhy, ni dejando Impune el asesinato de Sergio. Si el Estado cumpliera, otra sería la situación para nuestros Pueblos Indígenas.

Pero además de NO cumplir, o sea violar nuestros Derechos por Omisión; el Estado nos agrede, persigue y amenaza con cárcel y Violenta nuestros Derechos, en complicidad con «usurpadores» y sus matones, sicarios; esta complicidad del Estado es a través de sus Agentes policiales y otros funcionarios de PANI, INAMU, INDER, IMAS, Defensoría y Jueces y Fiscales entre otros; las denuncias que presentamos contra ellos, nunca avanzan, ni se investigan o se declaran prescritas y se archivan por falta de mérito.

Nadie detiene a los «grandes» Medios de Comunicación en sus «Campañas» racistas y de odio contra nuestros Pueblos por salir a recuperar nuestros Territorios y a defendernos. El asesino de Jerhy, confesó su crimen delante del Ministro de Justicia y otros funcionarios y fue «ignorado» por esas grandes empresas de comunicación medios, que no informan la verdad y solo publican a su conveniencia. Los Asesinatos de Sergio y Jerry, son Responsabilidad del Estado de Costa Rica, racista, agresor, violento y cómplice de los delitos contra nuestros Pueblos.

QUEREMOS PAZ para nuestros Pueblos; Desalojo de Usurpadores de nuestros Territorios; NO más violencia ni amenazas, no más asesinatos. Que se cumplan las Leyes Indígenas y los Convenios Internacionales que protegen los DDHH.

¡NO MAS IMPUNIDAD!

#SergioRojasVIVE

#JeryRiveraVIVE

¡LA LUCHA SIGUE Y SE EXTIENDE!

APOYA: Comité Nacional de Apoyo a la Autonomía Indígena (integrado por Movimientos y Organizaciones sociales, sindicales, eclesiales, estudiantiles, universitarias, ecologistas, mujeres, Derechos Humanos y Paz).

Gaza  / Israel: Bolivia, Brasil, Chile, Colombia y México remiten sus observaciones a la Corte Penal Internacional (CPI)

Imagen extraida de artículo de prensa (Israel), titulado «‘Lavender’: The AI machine directing Israel’s bombing spree in Gaza», Magazine+972 (Israel), edición del 3 de abril del 2024, disponible aquí, de lectura recomendada.

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)

El 6 de agosto del 2024, Brasil, Bolivia, Chile, Colombia y México remitieron a la Sala de lo Preliminar de la Corte Penal Internacional (CPI) sus observaciones con relación al anuncio hecho por parte del Fiscal a la CPI el pasado 20 de mayo, solicitando la emisión de una orden de arresto contra tres dirigentes del Hamás y contra dos dirigentes en Israel: su Primer Ministro y su Ministro de Defensa.

Se trata de una solicitud del Fiscal de la CPI a los jueces de la CPI que tuvimos la oportunidad de analizar en su momento (Nota 1).

Es de notar que el 26 de junio del 204, la prensa israelí se hizo eco de una información sobre la posibilidad de que estas órdenes de arresto se materializaran en cuestión de semanas (véase nota del Times of Israel). 24 horas después, el mismo medio israelí informó de una gestión ante la CPI por parte del Reino Unido para aplazar la emisión de estas órdenes de arresto (véase nota).

El drama indecible que se vive en Gaza

En el último estado de la situación  en Gaza elaborado por Naciones Unidas (al 5 de agosto del 2024, véase enlace), se indica que:

«Between the afternoons of 1 and 5 August, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 143 Palestinians were killed and 341 were injured. Between 7 October 2023 and 5 August 2024, at least 39,623 Palestinians were killed and 91,469 were injured, according to MoH in Gaza. Moreover, according to the Gaza Government Media Office (GMO) and Palestinian Civil Defense (PCD), there are some 10,000 people reportedly missing or under rubble in Gaza. The MoH documents the full identification details of casualties and has recently published the breakdown of 28,185 out of 37,900 fatalities as of 30 June for whom full details have been documented by MoH (also available on the Health Cluster’s Unified Dashboard here); according to MoH, these reportedly include 9,351 children, 5,320 women, 2,414 elderly, and 11,100 men. The documentation process is ongoing by the MoH. Fatalities include 885 health workers, MoH further reported«.

Un interesante artículo publicado en Israel detalla la estrategia de desinformación desplegada por Israel para que se minimicen e ignoren las consecuencias de su accionar militar en Gaza en el mundo de la información y de la comunicación (véase reportaje publicado el 24 de julio titulado «How Israel plans to whitewash its war crimes in Gaza«, de lectura recomendada).

Por su parte, la reconocida ONG israelí B’Tselem publicó muy recientemente un informe sobre los centros de detención en Israel y la tortura a la que son sometidos las personas oriundas de Gaza en estos centros de detención (véase enlace a informe titulado «Welcome to hell: the israeli prison system as a network of torture camps» cuya lectura completa se recomienda).

Las observaciones remitidas  a la CPI por Estados de América Latina en breve

Mientras que Brasil así como Colombia presentaron sus observaciones en un documento proveniente cada uno de sus respectivos aparatos diplomáticos, Chile y México optaron por acordar ambos una comunicación escrita de manera conjunta, (lo cual denota un trabajo coordinado de sus respectivos aparatos diplomáticos). 

En cuanto a Bolivia, optó por suscribir un texto conjuntamente con Bengladesh, Comoras, Djibutí y Sudáfrica: se trata de un grupo de Estados que tempranamente remitió una solicitud urgente («referral«) a la CPI con fecha del 17 de noviembre del 2023 (véase texto).

El documento presentado por Brasil está disponible en este enlace y se recomienda su lectura.

En el documento presentado por Colombia este 6 de agosto en La Haya (véase texto completo), Colombia (como Brasil) hace ver que la jurisdicción de la CPI debe aplicarse a todos los territorios palestinos ocupados, incluida Gaza, y que de ninguna manera se puede aceptar la idea que los acuerdos de Oslo de 1993 limitan o condicionan la aplicación plena de la jurisdicción de la CPI para examinar, investigar y sancionar a responsables de actos particularmente graves que califiquen como crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad cometidos por las fuerzas militares de Israel. 

En el párrafo 21 de su comunicación, Colombia precisa que:

«21. Without a doubt, international norms governing accountability for war crimes, crimes against humanity and genocide, embody peremptory norms of international law accepted as such by the international community as a whole. Because of this high normative statute, States cannot be dispensed from the obligation to comply with these norms based on a bilateral agreement«. 

Haciendo eco a lo dictaminado recientemente por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en su opinión consultiva del pasado 19 de julio, que tuvimos la ocasión de analizar (Nota 2), Colombia señala además que:

«23. The International Court of Justice also referred to the Oslo Accords in its Advisory Opinion concerning ïhe Legal Consequences arisingfrom the Policies and Practices of Israel in the Occupied Palestinian Territory, including East Jerusalem, rendered on l9 July 2024.The Court stated that «…the Oslo Accords cannot be understood to detract from Israel’s obligations under the pertinent rules of international law applicable in the Occupied Palestinian Territory«.

La referencia a la reciente opinión consultiva de la CIJ reaparece en un gran número de opiniones enviadas a la CPI en este inicio del mes de agosto: sin lugar a dudas, se trata de uno de los primeros efectos de esta histórica opinión consultiva de la CIJ, llamada a inspirar no solamente a Estados y a los jueces de la CPI, sino a muchos jueces a nivel nacional a los que se les ha solicitado ordenar un cese de exportaciones de armas hacia Israel y de bienes y materiales que Israel utiliza para consolidar la ocupación ilegal del territorio palestino. Se trata de una opinión consultiva de la CIJ que desde ya está llamando a muchos juristas a exigir una revisión completa de las relaciones bilaterales de la Unión Europea (UE) con Israel (Nota 3) y que debería inspirar a muchos otros a exigir una revisión similar en otras latitudes del planeta. 

Por su parte, en la opinión conjunta dada a conocer por Chile y México (véase documento), ambos Estados reafirman también la plena competencia de la CPI para examinar la situación en el territorio palestino, lamentando la maniobra del Reino Unido y su efecto dilatorio (véase párrafos 7-8) para la emisión de las órdenes de arresto antes mencionadas, solicitadas desde el 20 de mayo por el Fiscal de la CPI. Cabe recordar que en enero del 2024, Chile y México remitieron de manera conjunta un «referral» de carácter urgente a la CPI (véase comunicado oficial del 18 de enero del 2024 de Chile).

En el texto suscrito por Bolivia, así como por Bengladesh, Comoras, Djibutí y Sudáfrica (véase texto completo), se lee en la parte conclusiva que:

 «32. The Court has duly defined the territorial scope of its jurisdiction in the Situation in Palestine. The matter is therefore res judicata. To the extent that renewed challenges to the Court’s jurisdiction are made, these must be undertaken in conformity with the Rome Statute. 

  1. The Court at present is only required to determine whether arrest warrants may be issued in terms of article 58, the requirements of which have been met. The Oslo Accords are not a bar to the Court exercising its jurisdiction. Any challenge to jurisdiction in individual cases may only be raised in accordance with article 19«.

La etapa procesal en breve

La comunicación remitida por Colombia a la CPI ha sido precedida por las de Irlanda (véase documento), así como de Noruega, presentada el 5 de agosto (véase documento completo) que van ambas en la misma dirección, así como por Palestina (véase documento).

El hecho que, desde la misma ciudad de Oslo, se precise a la CPI los alcances de los acuerdos de Oslo de 1993 con relación a su competencia, resulta bastante llamativo.

En la dirección contraria, alegando una supuesta limitación a la jurisdicción de la CPI, Israel ha podido contar únicamente con un documento emitido por Alemania (véase documento), Estados Unidos (véase documento), Hungría (véase documento) y la República Checa (véase documento); en el caso de Estados Unidos, los párrafos 16-26 de su escrito constituyen un intento – bastante burdo – para desacreditar la solicitud del Fiscal de la CPI con base en una interpretación de las disposiciones del Estatuto de Roma al que Estados Unidos… no es Estado Parte.

Israel también ha podido contar con las opiniones provenientes de diversos académicos y organizaciones que buscan limitar el ámbito de aplicación de la justicia penal internacional a los crímenes cometidos por Israel en el territorio palestino ocupado.

Entre las opiniones que emanan de académicos y de organizaciones en materia de derechos humanos, muchas refuerzan significativamente las posiciones sostenidas por Brasil, Bolivia, Chile, Colombia y México: véase en particular una de las primeras opiniones en llegar a La Haya de un reconocido académico norteamericano (véase documento), y la suscrita por dos de sus colegas con amplia trayectoria (véase documento); así como la opinión de una ONG basada en Ginebra (véase documento), la de dos ONG radicadas en Francia (véase documento), la remitida por dos entidades basadas en Londres (véase documento), y la enviada por dos organizaciones basadas en Egipto y en Ramallah en Palestina (véase documento),  entre muchas más opiniones. 

A modo de conclusión

Lo llamativo es que esta etapa procesal no contemplada se debió a una maniobra inicial del Reino Unido formalizada el 11 de junio del 2024, la cual llevó a la Sala de lo Preliminar de la CPI a adoptar una decisión el 27 de junio del 2024 otorgando un plazo para la presentación de escritos sobre lo alegado por el Reino Unido (véase decisión del 27 de junio).

Nótese que en el párrafo 7 se lee que:

«The United Kingdom requests that the Request be reclassified, because ‘[t]he sensitivity of the situation and the need for secrecy in certain aspects do not mean that this particular Request needs to be secret or confidential’ and asks permission to file its observations, if granted, publicly. The Chamber instructs the Registry to reclassify the Request as ‘public’. The Chamber further agrees that given the matter the United Kingdom wishes to address, its observations may be filed publicly«.

El 1ero de julio, el Reino Unido solicitó una prórroga adicional a la Sala de lo Preliminar de CPI para remitir su opinión jurídica (véase solicitud), la cual fue otorgada unos días después, el 4 de julio (véase decisión).

En la doctrina especializada, se ha criticado duramente estas decisiones de los tres jueces de la CPI, al abrir un compás de tiempo innecesario que no se ajusta en lo más mínimo a la práctica de la CPI, ni tampoco a la urgencia de la situación en Gaza (Nota 4). El hecho que, en el caso de Rusia, una Sala de lo Preliminar de la CPI emitiera sin mayor preludios órdenes de arresto contra dos altos dirigentes rusos (incluyendo a su Presidente) debido a la comisión de crímenes de guerra en el territorio de Ucrania, constituye un dato reciente (2023) de cierto interés.

Ahora bien, la gestión dilatoria inicial del Reino Unido sufrió un imprevisto para sus gestores y promotores: en efecto, a raiz del resultado de las elecciones en el Reino Unido del 4 de julio, las nuevas autoridades británicas no consideraron necesario continuar la gestión iniciada, optando simplemente por no presentar ningun alegato sobre la supuesta limitación a la competencia de la CPI que derivaría de los acuerdos de Oslo de 1993: véase al respecto esta nota de The Guardian del 26 de julio del 2024.

Es de notar que en el hemisferio americano, Israel no pudo esta vez contar con un Estado Parte al Estatuto de Roma de 1998 como Canadá, usualmente muy solícito a los requerimientos provenientes de Israel, ni tampoco con insumos provenientes de Guatemala. En cuanto a la opinión jurídica enviada a la CPI por parte de Estados Unidos, plantea algunas interrogantes muy válidas al provenir de un Estado que no es Estado Parte al Estatuto de Roma de 1998. ¿Un Estado no Parte explicando a los jueces de la CPI cómo deben interpretarse las disposiciones del Estatuto de Roma? ¿Cómo así? Como se lee.

En Europa, Israel solamente pudo contar con las gestiones  de los aparatos diplomáticos de Alemania, Hungría y de República Checa, optando esta vez otros Estados europeos por no venir a apoyar las tesis jurídicas favorables a Israel: tesis que una Sala de lo Preliminar de la CPI ya descartó en una histórica decisión del 5 de febrero del 2021, que tuvimos la oportunidad de analizar en su momento (Nota 5).

No se registra en el sitio de la CPI ninguna opinión legal a favor de las tesis jurídicas de Israel proveniente de Estados de África, de Asia o del Pacífico, siendo está última región del mundo una en la que Israel siempre ha encontrado Estados isleños actuando como aliados indefectibles en defensa de sus intereses.


Nota 1: Véase BOEGLIN N.«Gaza / Israel: a propósito del anuncio del Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) de solicitar órdenes de arresto por crímenes de guerra y de lesa humanidad «, 20 de mayo del 2024. Texto disponible aquí

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «Ocupación prolongada y colonización ilegal israelí del territorio palestino: apuntes con relación a la reciente opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia (CIJ)», 19 de julio del 2024. Texto disponible aquí.

Nota 3: Véase AL TAMIMI Y., «Implications of the ICJ Advisory Opinion for the EU-Israel Association Agreement«, EJIL-Talk, 30 de julio del 2024. Texto disponible aquí.

Nota 4: Véase por ejemplo VASILIEV S., «Friendly Feast during the Plague: Is the Pre-Trial Chamber Losing its Way on the Palestine Arrest Warrant Proceedings?«, EJIL-Talk, 1ero de agosto del 2024. Texto disponible aquí.

Nota 5: Véase BOEGLIN N., «Corte Penal Internacional (CPI) / Palestina: ¿el fin de la impunidad para los autores de crímenes de guerra cometidos en Palestina?«, 5 de febrero del 2021. Texto disponible aquí.

La alegría de coincidir

Por Memo Acuña. Sociólogo y escritor costarricense

El jueves 16 de julio de 2020 emitimos por primera vez nuestro espacio Zona de Recarga. Lo hicimos en medio de la incertidumbre no solo por la forma comunicativa que escogimos en ese momento (la plataforma de Facebook live directamente) que no conocíamos en su totalidad, sino porque eran los primeros meses de la crisis pandémica que nos circundaba entonces.

Pensado como un espacio dedicado al arte y la cultura en Latinoamérica y El Caribe, se originó justamente en el marco de una serie de lecturas de poesía virtuales que organizamos en los meses previos, donde juntamos poetas nacidos en otros países y residentes en nuestro país.

Lo hicimos motivados por el clima antiinmigrante que existía entonces, donde las narrativas sobre la relación entre enfermedad y migración generaba una crispación discursiva en redes sociales y en espacios sociales de convivencia. Decíamos entonces, en uno de esos espacios, que para nosotros era una recarga de esperanza encontrar esas voces para decir lo que las personas migrantes no apalabraban.

Desde entonces, el concepto empezó a tomar forma. Pensamos en un lugar seguro, un espacio inclusivo de coloquio, arte y reflexión. Tomamos la decisión de que fuera un espacio regional latinoamericano y caribeño. Construimos el concepto, que entonces y ahora reza de la siguiente manera:

“El espacio es de una hora de duración dedicado a promover intercambios con artistas de diversos sectores sociales y diferentes países de la región latinoamericana y El Caribe, en el que la persona invitada se extiende en contenidos biográficos, contextuales, testimoniales desde su vivencia individual y colectiva. Zona de Recarga es concebido como un momento para recargar y seguir adelante, imaginado desde la noción de contenidos constructivos, sensibles a los derechos humanos, a las diversidades y por ello acompaña narrativas y estéticas de voces múltiples”.

Con este concepto claro, hicimos nuestras primeras tareas de producción: generación del afiche promocional, listado de personas invitadas (que entonces lo conformaban cerca de 50 hombres y 50 mujeres) y un calendario preliminar con cerca de dos meses de programación confirmada.

Ese 16 de julio, recibimos con mucha alegría al poeta uruguayo Gustavo Maca. En un horario que nunca volvimos a repetir en nuestros programas habituales (3 pm), esa tarde iniciamos una experiencia de comunicación cultural que nos llevaría a aprender tanto sobre contenidos, conversación en redes y, sobre todo, tomar a la persona invitada y su biografía como los principales protagonistas de nuestro espacio.

Este 1 de agosto cumplimos 200 programas habituales. Es decir, cuatro años completos, 20 países invitados y una paridad en cuanto a hombres y mujeres en el espacio. Escritores, escritoras, personas relacionadas con la música, las artes plásticas, el teatro, la fotografía han pasado jueves tras jueves a contarnos cómo iniciaron en el arte y como el arte les ha transformado la vida. De igual manera, se han emitido 25 programas especiales, en horario de fin de semana, en el que han participado artistas de las diversas disciplinas.

Cumplimos estos 200 programas celebrando, como hemos dicho, la alegría de coincidir. Somos firmes convencidos en el rol social y subjetivo del arte como recurso para la transformación y la generación de mejores sensibilidades en un mundo que las requiere con urgencia.

Nos aprestamos a iniciar la quinta temporada con emoción e ilusión, como la que tuvimos esa tarde de julio de 2020 cuando Gustavo Maca apareció en nuestra pantalla. Seguimos pulsionando, percutiendo, transformando. Esa es nuestra motivación y misión política y social.

Nos pueden acompañar en nuestras redes sociales con el nombre de Zona de Recarga (Youtube y Facebook) y nuestras redes personales. Les espero para seguir construyendo la alegría de coincidir.

Actividad de celebración de los 200 programas de Zona de Recarga en el Centro Cultural de España, en San José, el 31 de julio; con Arabella Salaverry, Luis Diego Solórzano, Pablo Narval y Alejandra Solórzano.