Ir al contenido principal

Etiqueta: Estados Unidos

Consejo de Seguridad condena colonización israelí en Cisjordania y en Jerusalén Oriental

Nicolas Boeglin(*)

 

Este Viernes 23 de diciembre, por primera vez en varias décadas y por primera vez en los 8 años de la administración del actual Presidente Obama de Estados Unidos, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas pudo adoptar una resolución condenando enérgicamente los asentamientos israelíes en territorios palestinos (ver texto oficiales de esta resolución en Inglés y en Español reproducidos al final de esta nota). En la actualidad, además de los cinco Miembros Permanentes (China, Estados Unidos, Francia, Reino Unido y Rusia), integran el máximo órgano de Naciones Unidas Angola, Egipto, España, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Senegal, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

Asentamientos ilegales y veto norteamericano garantizado en el Consejo de Seguridad

El veto norteamericano usualmente utilizado como una garantía para proteger a las autoridades israelíes, en esta precisa ocasión no se presentó, causando sorpresa en varios círculos (y posiblemente algo de estupor en algunas oficinas). Para muchos, el segundo mandato del Presidente Obama debía de haber permitido reconsiderar este incondicional apoyo norteamericano a las autoridades israelíes, sin que ello se hubiese materializado hasta el momento.

La primera vez que la administración del Presidente Obama recurrió al veto para evitar una resolución sobre Palestina por parte del Consejo de Seguridad fue el 18 de febrero del 2011: se puede leer el texto propuesto S/2011/24, cuyos primeros dos párrafos operativos señalaban que el Consejo de Seguridad:

  1. Reafirma que los asentamientos israelíes establecidos en el territorio palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, son ilegales y suponen un grave obstáculo para el logro de una paz justa, duradera y general;
  2. Reitera su exigencia de que Israel, la Potencia ocupante, ponga fin inmediata y completamente a todas las actividades de asentamiento en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y de que respete plenamente todas sus obligaciones jurídicas en tal sentido;

La lectura del acta de la sesión del Consejo de Seguridad S/PV/6484 arroja el siguiente resultado de la votación (ver p. 4): 14 votos a favor y uno en contra (Estados Unidos).

Para varios medios de prensa, la decisión del Consejo de Seguridad de este 23 de diciembre del 2016 es histórica: se leyó por ejemplo en México que «Una poco común pero nutrida ronda de aplausos se produjo en la sala del Consejo de Seguridad tras la aprobación de la iniciativa, la primera en cuatro décadas que condena los asentamientos de Israel en los territorios palestinos ocupados, que son considerados ilegales por el derecho internacional» (ver nota de El Economista).

En diciembre del 2014, ante el cambio de actitud del Presidente Obama para con las autoridades en Cuba, se leyó en el rotativo Haaretz (Israel) un artículo de opinión (ver referencia a texto) titulado precisamente » «Obama, Do Another Cuba: Lift the Perennial American Veto for Israel in the UN».

Cabe recordar que las últimas resoluciones adoptadas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas condenando a Israel fueron la resolución 476 (1980) con fecha del 30 de junio de 1980 (ver texto en español) y la resolución 478 (1980) acordada el 30 de agosto de 1980 (ver texto en español). Ambas son referidas en el preámbulo de la resolución 2334 (2016) adoptada en este mes de diciembre del 2016.

Un momento único en la historia reciente de las Naciones Unidas

No cabe duda que el momento es también histórico para los estudiosos del derecho internacional: después de muchos años pasados sin poder manifestarse, el máximo órgano de Naciones Unidas condena una violación abierta a los principios más básicos contenidos en la misma Carta de Naciones Unidas de 1945, en un sinnúmero de instrumentos internacionales adoptados desde entonces y exige el respeto a varias de sus propias resoluciones pasadas emitidas sobre el conflicto palestino-israelí.

consejo-de-seguridad-condena-colonizacion-israeli
Foto de S.E. Riyad Mansour, Representante Permanente de Palestina en Naciones Unidas, extraída de artículo publicado en Elpais.cr

Consciente del carácter inusual de esta resolución del Consejo de Seguridad, el actual Secretario General de Naciones Unidas externó horas después de su adopción en un comunicado de prensa que:

«The Secretary-General welcomes the adoption by the Security Council of resolution 2334 (2016) on the situation in the Middle East, including the Palestinian question. The resolution is a significant step, demonstrating the Council’s much needed leadership and the international community’s collective efforts to reconfirm that the vision of two States is still achievable. The Secretary-General takes this opportunity to encourage Israeli and Palestinian leaders to work with the international community to create a conducive environment for a return to meaningful negotiations. The United Nations stands ready to support all concerned parties in achieving this goal».

En su explicación de voto (ver texto completo), el representante de Francia inició su alocución señalando que: «L’adoption de la résolution 2334 marque un jour important et à bien des égards historique dans l’histoire récente du Conseil de sécurité. Il s’agit en effet de la première résolution adoptée par ce Conseil sur le règlement du conflit israélo-palestinien depuis huit ans. Et c’est la première fois que le Conseil de sécurité s’exprime ainsi, de manière aussi claire, pour constater ce qui est en réalité une évidence : la colonisation israélienne remet en cause, petit à petit, les chances de voir bâtir un Etat palestinien viable et indépendant, vivant côte à côte dans la paix et la sécurité avec l’Etat d’Israël».

Un texto sujeto a gestiones diplomáticas en su contra de… un Presidente electo

Por 14 votos a favor y una abstención (Estados Unidos), la resolución 2334 del máximo órgano de Naciones Unidas exige poner un alto definitivo a la política israelí de asentamientos ilegales en territorio palestino, «…condenando todas las medidas que tienen por objeto alterar la composición demográfica, el carácter y el estatuto del Territorio Palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, incluyendo, entre otras cosas, la construcción y expansión de los asentamientos, el traslado de colonos israelíes, la confiscación de tierras, la demolición de viviendas y el desplazamiento de civiles palestinos, en violación del derecho internacional humanitario y las resoluciones pertinentes».

Se lee que la iniciativa de Egipto fue inicialmente frenada por Israel, gracias a llamadas personales solicitadas a Donald Trump al Presidente de Egipto, el cual optó por retirarla, exhibiendo así un lado poco conocido de la diplomacia egipcia con relación a solicitudes de presidentes electos. Retirada la iniciativa originalmente presentada por Egipto, fueron Malasia, Nueva Zelanda, Senegal y Venezuela quiénes optaron por mantenerla y presentar el mismo texto para lograr su adopción definitiva por parte del Consejo de Seguridad. Se lee en esta nota de The Guardian que: «New Zealand, Venezuela, Malaysia, and Senegal – all currently non-veto-wielding members of the security council, have warned Egypt that if it does not clarify by midnight on Friday whether it plans to call a vote, they reserve the right to move ahead with the text».

Esta posición de estos cuatro Estados Miembros del Consejo de Seguridad se mantuvo incólumne durante varias horas, pese a las intensas maniobras de Israel y a las de su aliado de circunstancias, el Presidente electo Donald Trump: sobre este último aspecto, no cabe duda que recurrir a Donald Trump evidencia cierto nerviosismo (cercano a la desesperación) y manifiesta una notable innovación por parte de la diplomacia israelí. No se registran gestiones de un Presidente electo intercediendo en aras de frenar una iniciativa que deba ser examinada por parte del Consejo de Seguridad. Se agradecerá sobre este punto preciso el aporte de nuestros estimables lectores, en particular diplomáticos con muchos años de carrera, para dilucidar la duda siguiente: ¿no se habrá presenciado una verdadera «premiere» en materia de gestiones diplomáticas por parte del aparato diplomático israelí, que lograron su efecto en el Presidente egipcio? La información puede ser enviada al correo: cursodicr@gmail.com y se garantizará total confidencialidad en caso de ser así requerida.

Se leyó en la prensa gala que «A l’origine, le texte avait été présenté mercredi soir par l’Egypte, à la surprise générale. Mais Donald Trump est intervenu pour peser de tout son poids de président élu auprès d’Abdel Fattah Al-Sissi. Il a demandé au président égyptien de renoncer à son initiative. Son interlocuteur n’a pas voulu compromettre ses futures relations avec le président américain, et a donc retiré son texte. Mais le volte-face de l’Egypte n’a pas condamné son initiative. Quatre membres non permanents du Conseil de sécurité – la Nouvelle-Zélande, la Malaisie, le Sénégal et le Venezuela – ont pris le relais du Caire, pour promouvoir la résolution dans une version identique. Vendredi dans l’après-midi, des responsables israéliens sous couvert d’anonymat exprimaient leur amertume – et une certaine panique – dans les médias, en affirmant que Barack Obama et John Kerry se trouvaient derrière ce « coup honteux » et qu’ils « abandonnaient » Israël» (ver nota de prensa de Le Monde).

La misma cadena norteamericana CNN indicó que, a solicitud de Israel, desde el jueves 22 de diciembre, el Presidente electo en Estados Unidos Donald Trump había realizado gestiones y llamadas personales insistentes al Presidente de Egipto para intentar atrasar la votación. Se lee en este mismo cable de la cadena CNN que: «Egypt delayed a potential showdown vote at the Security Council on the resolution after pressure from the Israelis, a Western official said Thursday. That put off a potential standoff between the US and Israel and prompted what some analysts called unprecedented interference from the US President-elect» (ver nota de prensa de CNN). Otros detalles más precisos sobre el tipo de gestiones realizadas por Donald Trump pueden ser consultados en esta nota de El País (España).

En esta nota del New York Times, se indica que la votación dio lugar a la ya usual retórica de Israel cuando pierde una votación en la Asamblea General o en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas; a diferencia de estas últimas, la declaración israelí fue esta vez precedida de inéditos aplausos de los asistentes a la sesión del Consejo de Seguridad: «Applause broke out in the 15-member Security Council’s chambers after the vote on the measure, which passed 14-0, with the United States abstaining. Israel’s ambassador, Danny Danon, denounced the measure and castigated the council members who had approved it».

La maniobra norteamericana de diciembre del 2014

En diciembre del 2014, el voto del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas acaecido el 30 de diciembre no permitió que se adoptara una resolución propuesta por Jordania sobre Palestina. A diferencia de otros ejercicios de este tipo, Estados Unidos había aducido en aquel momento “no haber ejercido su derecho a veto”, al no reunirse nueve votos afirmativos dentro del Consejo de Seguridad: en realidad, el cambio sorpresivo de posición de Nigeria, menos de una hora antes del voto, se debió a intensas llamadas a su Presidente por parte del Primer Ministro israelí y del Secretario de Estado norteamericano (ver nota de The Guardian). Sobre esta maniobra diplomática inusual, remitimos al lector a nuestra nota publicada en RIDH, titulada «El resultado del voto sobre Palestina en el Consejo de Seguridad: balance y perspectivas» en la que, entre otros aspectos, se hace el recuento detallado de resoluciones sobre asentamientos israelíes vetadas por Estados Unidos en el seno del Consejo de Seguridad. La maniobra israelí y la de su fiel aliado norteamericano en aquellos últimos días del 2014, fue respondida por Palestina con la adhesión a un instrumento internacional particularmente temido por ambos: el Estatuto de Roma de 1998, que crea la Corte Penal Internacional (Nota 1).

La resolución 2334 (2016): un texto vehemente

En su resolución 2334 (2016) el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas se muestra particularmente vehemente en los párrafos operativos 1, 2 y 3 de la resolución (de 13 párrafos operativos) al externar que:

  1. Reafirma que el establecimiento de asentamientos por parte de Israel en el territorio palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, no tiene validez legal y constituye una flagrante violación del derecho internacional y un obstáculo importante para el logro de la solución biestatal y de una paz general, justa y duradera;
  2. Reitera su exigencia de que Israel ponga fin de inmediato y por completo a todas las actividades de asentamiento en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y que respete plenamente todas sus obligaciones jurídicas a ese respecto;
  3. Subraya que no reconocerá ningún cambio a las líneas del 4 de junio de 1967, incluso en lo que respecta a Jerusalén, que no sean los acordados por las partes mediante negociaciones;

La misma versión en inglés se lee así: «1. Reaffirms that the establishment by Israel of settlements in the Palestinian territory occupied since 1967, including East Jerusalem, has no legal validity and constitutes a flagrant violation under international law and a major obstacle to the achievement of the two-State solution and a just, lasting and comprehensive peace;

  1. Reiterates its demand that Israel immediately and completely cease all settlement activities in the occupied Palestinian territory, including East Jerusalem, and that it fully respect all of its legal obligations in this regard»;
  2. Underlines that it will not recognize any changes to the 4 June 1967 lines, including with regard to Jerusalem, other than those agreed by the parties through negotiations

Más discretamente colocado, pero no menos importante, el párrafo operativo 11 anuncia acciones posteriores del mismo Consejo de Seguridad si Israel opta por mantener una actitud desafiante e irrespeta la resolución 2334, al precisar que el Consejo de Seguridad «11. Reafirma su determinación de examinar formas y medios prácticos para asegurar la plena aplicación de sus resoluciones pertinentes /11. Reaffirms its determination to examine practical ways and means to secure the full implementation of its relevant resolutions»;

A estos párrafos operativos se pueden también añadir los considerandos 4 y 5 de la misma resolución, que abarcan las diversas formas de colonización ilegal realizadas por Israel en detrimento de los derechos del pueblo palestino, y que se leen de la siguiente manera:

«Condenando todas las medidas que tienen por objeto alterar la composición demográfica, el carácter y el estatuto del Territorio Palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, incluyendo, entre otras cosas, la construcción y expansión de los asentamientos, el traslado de colonos israelíes, la confiscación de tierras, la demolición de viviendas y el desplazamiento de civiles palestinos, en violación del derecho internacional humanitario y las resoluciones pertinentes,

Expresando grave preocupación por el hecho de que la continuación de las actividades de asentamiento israelíes están poniendo en peligro la viabilidad de la solución biestatal basada en las fronteras de 1967″,

La versión en inglés de los mismos considerandos se lee así:

«Condemning all measures aimed at altering the demographic composition, character and status of the Palestinian Territory occupied since 1967, including East Jerusalem, including, inter alia, the construction and expansion of settlements, transfer of Israeli settlers, confiscation of land, demolition of homes and displacement of Palestinian civilians, in violation of international humanitarian law and relevant resolutions,

Expressing grave concern that continuing Israeli settlement activities are dangerously imperilling the viability of the two-State solution based on the 1967 lines»,

Las diversas intervenciones de los delegados de los Estados miembros del Consejo de Seguridad reseñadas en el comunicado oficial de Naciones Unidas dan una idea del consenso generalizado existente entre los 14 miembros del Consejo de Seguridad para condenar a Israel sin mayor dilaciones. Resulta no obstante de interés leer la justificación expresada por S.E. Samantha Power, Embajadora Representante Permanente de Estados Unidos en Naciones Unidas, para quien: «Explaining that Israel had been treated differently from other States for as long as it had been a member of the United Nations, she pointed out that in the course of 2016, 18 resolutions had been adopted in the General Assembly and others in the Human Rights Council, all condemning Israel. Because of that bias, and some factors not included in the resolution, the United States had not voted in favour of the resolution, she said, explaining that her delegation would not have let it pass had it not addressed acts of terrorism and incitement to violence».

consejo-de-seguridad-condena-colonizacion-israeli2
Foto extraída de artículo publicado en la RIDH titulado «El resultado del voto sobre Palestina en el Consejo de Seguridad: balance y perspectivas».

Una reciente entrevista sobre el tema en Costa Rica

Recientemente en Costa Rica (y al parecer por vez primera en la historia de la televisión costarricense) se transmitió una muy completa entrevista a S.E. Riyad Mansour, Embajador concurrente de Palestina ante Costa Rica y Representante Permanente de Palestina ante las Naciones Unidas, en la que se explica, entre otros aspectos, el objetivo y el alcance de estas colonizaciones decretadas cada cierto tiempo por las autoridades israelíes, con la cómplice anuencia de Estados Unidos (ver emisión Sobre la Mesa, Canal 15 UCR, disponible aquí, Minuto 13:21 a 30:39).

Cabe recordar que el giro de la política exterior de Costa Rica hacia Medio Oriente se dio durante la administración (2006-2010). Antes del año 2006, Costa Rica mantenía una línea bastante peculiar con relación al conflicto palestino-israelí. En un libro editado en el 2013, el que fuera canciller de Costa Rica en el período (2006-2010), Bruno Stagno escribe:

“Recordé dos casos que de una u otra manera reflejaban el intricado, pero aún velado conjunto de intereses que entraban en juego al tratarse el tema de Israel. Como Embajador, Representante Permanente ante las Naciones Unidas, lo había vivido y sufrido. Recordaba como para marcarme en las votaciones sobre la situación en Medio Oriente, el entonces embajador de Costa Rica en Washington DC, Jaime Daremblum, alienaba a algunos miembros del Congreso de Estados Unidos, para que me enviaran cartas instándome o instruyéndome a votar a favor de Israel. El congresista Tom Lantos sería el más insistente, dirigiéndose incluso directamente al Presidente Pacheco de la Espriella. También, recordé la indignación con que la Embajadora Emérita, Emilia Castro de Barish, comentaba cómo en el pasado se había aceptado que un funcionario de la Misión Permanente de Israel se sentara en la segunda fila de asientos, reservados para Costa Rica, con el fin de velar por el voto “correcto” de Costa Rica”(Nota 2).

Recordemos que Costa Rica fue el penúltimo Estado en trasladar a su Embajada de Jerusalén Oriental a Tel Aviv, en agosto del 2006, seguido semanas después por las autoridades de El Salvador (ver nota de prensa de La Nación del 26/08/2006 en la que el canciller de la época, Bruno Stagno, explica el significado de este traslado).

Los asentamientos ilegales: un arma política israelí mantenida en la mayor impunidad

En numerosas ocasiones, Costa Rica mantuvo una solidaridad absoluta con Israel y con Estados Unidos en diversas resoluciones votadas en el seno de Naciones Unidas sobre el conflicto palestino-israelí y sobre las cuestionables actuaciones de Israel. Por ejemplo, cuando en 1997 en el seno del Consejo de Seguridad, Estados Unidos usó su veto contra un texto condenando asentamientos israelíes en Jerusalén Oriental, se lee que el proyecto (S/1997/241 – ver texto) recogió 13 votos a favor, el voto en contra de Estados Unidos y una abstención (Costa Rica) (Nota 3). Pese al giro operado en la administración (2006-2010), la administración siguiente (2010-2014) y la actual (2014-2018) se han mostrado extremadamente cautas. Con relación a la última ofensiva militar de Israel en Gaza del 2014, una muy detallada reseña de las vehementes reacciones de América Latina ante el drama vivido por la población en Gaza evidencia el carácter timorato y hasta ambiguo y confuso de las declaraciones oficiales dadas por las autoridades de Costa Rica (ver a ese respecto el estudio publicado en la revista Al-Kubri del CEMOAN de la Universidad Nacional -UNA- y en particular, en las pp. 4-5, la descripción de la posición costarricense). En esta misma revista tuvimos la oportunidad de detallar desde la perspectiva jurídica las «Reacciones en América latina a la operación “Margen Protector” del ejército israelí en la franja de Gaza» (ver artículo).

En cuanto a la política de colonización israelí, no se registra comunicado o declaración oficial hecha pública por parte de Costa Rica en estos últimos años, condenando lo que, desde la perspectiva del derecho internacional público, constituye una violación flagrante a las reglas más básicas vigentes dentro del ordenamiento jurídico internacional.

De manera a explicar a un lector poco familiarizado con la realidad que viven los palestinos, el sentido de esta política de colonización ilegal, se darán tan solo dos ejemplos recientes (entre muchos más) de cómo son utilizados estos asentamientos ilegales en territorio palestino por parte de las autoridades israelíes:

– a las pocas horas de conocerse el voto abrumador a favor del reconocimiento de Palestina como «Estado Observador No Miembro» por parte de la Asamblea General de Naciones Unidas, acaecido el 29 de noviembre del 2012 (con 138 votos a favor, 9 en contra – Canadá, Estados Unidos, Islas Marshall, Israel, Micronesia, Nauru, Palau Panamá y República Checa – y 41 abstenciones), Israel autorizaba la construcción de 3.000 nuevos asentamientos ilegales en Cisjordania (véase nota de la BBC con fecha del 30/11/2012). Sobre este reconocimiento de Palestina como Estado por parte de 138 Estados miembros de Naciones Unidas, tuvimos la oportunidad de señalar el papel decisivo que tuvo la decisión costarricense de febrero del 2008 de reconocer a Palestina como Estado en América Latina (Nota 4).

– a inicios de abril del 2014, al anunciar Palestina la ratificación de veinte tratados internacionales (varios de ellos relativos a derechos humanos, al derecho internacional humanitario y a capítulos más clásicos del derecho internacional como por ejemplo la Convención sobre relaciones diplomáticas de 1961, sobre relaciones consulares de 1963 o la misma Convención de Viena sobre derecho de los tratados de 1969), Israel ordenaba la construcción de 708 nuevos asentamientos ilegales y la destrucción de 32 casas habitadas por palestinos (ver nota de prensa de Human Rights Watch del 2 de abril del 2014).

A pocas horas de conocerse esta verdadera debacle diplomática para Israel que le significa la resolución 2334 (2016), se informó que sus autoridades autorizarán 5.600 nuevos asentamientos (ver nota del Middle East Monitor).

En la actualidad, se estima a poco más de 590.000 la población de colonos israelíes y de sus familias ubicados en territorios palestinos.

En una muy esperada – pero pocamente publicitada en medios de prensa – comparecencia ante los miembros del Consejo de Seguridad realizada en octubre del 2016, la activista norteamericana-israelí Lara Friedman de la ONG Americans for Peace Now (APN), aliada de la ONG israelí PeaceNow (ver sitio oficial) declaró lo siguiente:

«Twenty-three years ago, in 1993, Israel and the PLO signed the Declaration of Principles, also known as the Oslo Accords. Back then, the settler population in the West Bank, excluding East Jerusalem, was around 116,000. At the end of 2015, that number was nearly 390,000. Looking just at East Jerusalem, in 1993 the Jewish Israeli population was approximately 146,000. Today it is over 210,000. This population explosion could not have occurred without Israeli government support and encouragement, including, most obviously, the approval and construction of new housing. And that is exactly what happened. During this same period, 1993 to today, over 50,000 settlement units were built in the West Bank, and plus thousands more in East Jerusalem. What about settlement construction just under Prime Minister Netanyahu 2016 figures are still not complete, but looking at 2009 to 2015 – which included the so-called “moratorium” – more than 11,000 settlement units were established in the West Bank with the approval of Israeli authorities. And in 2015 alone, we are talking about almost 2000 new units in West Bank settlements» (ver texto de su alocución del 14 de octubre del 2016 en Nueva York).

En un artículo publicado en Haaretz (Israel) una semana después de esta comparecencia, la misma activista denunció el tipo de presiones recibidas por sus gestiones en Israel, en un artículo de opinión, concluyendo que: «We are proud to have spoken at the Security Council, and we will continue to speak out, wherever and whenever we believe it can make a difference, until Israeli policies cease to prioritize settlements over peace, security, democracy and Israel’s place in the community of nations» (véase artículo del 21/10/2016 titulado «My UN Speech Reflected Love for Israel, Truth About Settlements»).

Una situación desconocida para las autoridades israelíes

Las máximas autoridades de Israel externaron su profunda ira, señalando, entre otras cosas (y sin referirse nunca al tema de los asentamientos ilegales) que se violó un acuerdo tácito con Estados Unidos existente desde los años 80: se lee que en la declaración dada a conocer por parte del Primer Ministro israelí «Tous les présidents américains depuis Carter ont respecté l’engagement américain d’essayer de ne pas dicter les termes d’un accord permanent à Israël devant le Conseil de sécurité. Et hier [vendredi], en opposition totale avec cet engagement, et avec une déclaration explicite du président [Barack] Obama lui-même en 2011, l’administration Obama a mené un complot anti-Israël honteux aux Nations Unies» (ver nota del Times of Israel). Se ignora si el consentir asentamientos ilegales de Israel en territorios palestinos era también parte del susodicho acuerdo, y, como era de esperar, la declaración del Primer Ministro israelí se muestra especialmente evasiva sobre este preciso punto.

Un alto funcionario israelí no identificado, citado por la BBC, fue un poco más explícito: «Este es un abandono a Israel que rompe décadas de política estadounidense de proteger a Israel en la ONU» (ver cable de la BBC).

Posiblemente las gesticulaciones diplomáticas de Israel (llamadas a consulta de sus embajadores, declaraciones oficiales varias, suspensión de programas de cooperación) se concentren en los próximos días en los cuatro Estados que recogieron el texto inicial que Egipto retiró a solicitud de Donald Trump. Dos de ellos no mantienen relaciones diplomáticas con Israel, por lo que las gesticulaciones y represalias se enfocarán muy probablemente en los dos restantes y se oirán algunas declaraciones iracundas (ya usuales) que no impresionan mayormente intentando desacreditar a Naciones Unidas.

A manera de conclusión sobre lo acontencido este 23 de Diciembre en Nueva York

No cabe duda que la sorpresa ha sido total para los diplomáticos de Israel, sus aliados políticos tradicionales, pero también para varios círculos en Estados Unidos y en el mundo, y para muchos especialistas de las mismas Naciones Unidas.

Notemos que la Primer Ministra de Suecia había hace unos días adelantado que, al ejercer la Presidencia del Consejo de Seguridad a partir de Enero del 2017, Suecia – único Estado de la Unión Europea en reconocer a Palestina como Estado – intentaría impulsar un texto en esta misma dirección con relación a los asentamientos israelíes (ver nota de prensa). Como previsible consecuencia del desafío lanzado por Suecia al resto de los Estados miembros de la Unión Europea, al reconocer unilateralmente a Palestina como Estado el 30 de octubre del 2014, el debate sobre el reconocimiento de Palestina dio lugar a importantes resoluciones de los congresos en el Reino Unido, en Irlanda, en Francia, en España y en Bélgica que aún no se han materializado (Nota 5).

No obstante el reciente anuncio sueco, pareciera que el Presidente norteamericano Barack Obama quiso despedirse de la comunidad internacional con un giro histórico con relación a la instrucción tradicionalmente enviada a su representante en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas desde que asumió sus funciones, en enero del 2009.

Este 23 de diciembre del 2016 quedará en la historia como un verdadero viernes negro para la diplomacia israelí, y como una luz esperanzadora para todos los que apoyan la causa del pueblo palestino, contribuyendo además a reforzar la confianza de las actuales autoridades palestinas en las reglas del derecho internacional y en las instituciones encargadas de velar por su debido cumplimiento.

 

Nota 1: En declaraciones hechas por la actual representante de Estados Unidos en las Naciones Unidas en Nueva York, S.E. Samantha Power, reseñadas en un artículo titulado: “US is ‘absolutely adamant’ that Palestine not go to ICC and wreck the peace process — Power”, la embajadora de Estados Unidos declaró en el 2014: “The ICC is of course something that we have been absolutely adamant about. Secretary Kerry has made it very, very clear to the Palestinians, as has the President. I mean, this is something that really poses a profound threat to Israel (sic). Véase al respecto nuestro breve análisis, BOEGLIN N., «La reciente accesión de Palestina al Estatuto de Roma y a otros instrumentos internacionales: breve puesta en perspectiva», Revista Pensamiento Penal (Argentina), Enero del 2015, disponible aquí. Notemos que a los pocos días de aprobada la resolución 2334, se leyó en The Jerusalem Post un artículo de opinión en el que algunos expertos israelíes en derecho internacional expresan sus criterios con respecto a las opciones que abre esta resolución: «Libman pointed out that all of the worst language against the settlements in the UNSC resolution is basically word-for-word from three UNSC resolutions from 1979-1980. Saying the settlements have “no legal validity” are “flagrant violations” and are against both international law and “international humanitarian law” are not new. In that sense, if Bensouda wanted to go after the Israeli settlements as war crimes, she had a case based on prior UNSC resolutions as well as the 2004 International Court of Justice opinion declaring the settlements illegal» (véase artículo titulado «Will the UN resolution bring down a full ICC war crimes probe on Israel?»). Durante una conversación con sus homólogos norteamericanbos hecha pública por Wikilealks (ver cable del 23 de febrero del 2010 de la Embajada norteamericana en Tel Aviv) se lee lo siguiente por parte del Coronel Liron Libman: “Libman noted that the ICC was the most dangerous issue for Israel and wondered whether the U.S. could simply state publicly its position that the ICC has no jurisdiction over Israel regarding the Gaza operation”. El Coronel Liron Libman es un alto funcionario israelí conocedor de las reglas que imperan en el derecho internacional, al haber ostentado durante muchos años el cargo de Jefe del Departamento de Derecho Internacional del Ejército de Israel.

Nota 2: Véase STAGNO UGARTE B., Los caminos menos transitados. La administración Arias Sánchez y la redefinición de la política exterior de Costa Rica, 2006-2010, Heredia, Editorial UNA (EUNA), 2013, pp.70-71.

Nota 3: Véase acta S/PV.3756 de la sesión disponible aquí en la que se lee que para el entonces Embajador Fernando Berrocal de Costa Rica, «Las actuales circunstancias obligan a un alto en el camino y a ponderar, con objetividad y visión, las decisiones del Consejo de Seguridad, para que su apoyo al proceso de paz sea realmente efectivo y refleje adecuadamente la voluntad de paz de la comunidad internacional. Lamentablemente, no nos encontramos, por segunda vez, en ese indispensable y necesario escenario de unidad. En ese contexto, he recibido instrucciones de mi Gobierno de votar abstención en este proyecto de resolución» (p. 4). En su artículo sobre la declaración de Balfour, el profesor Jean Salmon indica que la resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas 43/176 del 15 de diciembre de 1988 y titulada «Question de Palestine» fue adoptada por 138 votos a favor, 2 en contra (Estados Unidos e Israel) y 2 abstenciones (Canadá y Costa Rica). Véase SALMON J., «La proclamation de l´Etat palestinien», 34, AFDI – Annuaire Francais de Droit International – (1988), pp. 37-62, p. 38.

Nota 4: Sobre esta importante victoria diplomática de Palestina del 2012 y sus alcances desde la perspectiva jurídica, remitimos a nuestros breve estudio publicado en el Boletín Sentinelle de laSociété Francaise pour le Droit International (SFDI), BOEGLIN N. «Le nouveau statut de membre de la Palestine : une perspective latinoaméricaine», Enero del 2013, disponible aquí.

Nota 5: Remitimos a nuestra breve nota – en el caso de España – publicada en LaCelosía y a nuestra nota publicada en DerechoalDia sobre el caso de Francia. Este intenso debate parlamentario de finales del 2014 se trasladó incluso al Parlamento Europeo, el cual adoptó una resolución en el mismo sentido el 17 de Diciembre del 2014 (ver comunicado oficial del Parlamento Europeo).

–Texto de la Resolución 2334 (2016) adoptada el 23 de diciembre del 2016 por el Consejo de Seguridad (versión en inglés) –

The Security Council,

Reaffirming its relevant resolutions, including resolutions 242 (1967), 338 (1973), 446 (1979), 452 (1979), 465 (1980), 476 (1980), 478 (1980), 1397 (2002), 1515 (2003), and 1850 (2008),

Guided by the purposes and principles of the Charter of the United Nations, and reaffirming, inter alia, the inadmissibility of the acquisition of territory by force,

Reaffirming the obligation of Israel, the occupying Power, to abide scrupulously by its legal obligations and responsibilities under the Fourth Geneva Convention relative to the Protection of Civilian Persons in Time of War, of 12 August 1949, and recalling the advisory opinion rendered on 9 July 2004 by the International Court of Justice,

Condemning all measures aimed at altering the demographic composition, character and status of the Palestinian Territory occupied since 1967, including East Jerusalem, including, inter alia, the construction and expansion of settlements, transfer of Israeli settlers, confiscation of land, demolition of homes and displacement of Palestinian civilians, in violation of international humanitarian law and relevant resolutions,

Expressing grave concern that continuing Israeli settlement activities are dangerously imperilling the viability of the two-State solution based on the 1967 lines,

Recalling the obligation under the Quartet Roadmap, endorsed by its resolution 1515 (2003), for a freeze by Israel of all settlement activity, including “natural growth”, and the dismantlement of all settlement outposts erected since March 2001,

Recalling also the obligation under the Quartet roadmap for the Palestinian Authority Security Forces to maintain effective operations aimed at confronting all those engaged in terror and dismantling terrorist capabilities, including the confiscation of illegal weapons,

Condemning all acts of violence against civilians, including acts of terror, as well as all acts of provocation, incitement and destruction,

Reiterating its vision of a region where two democratic States, Israel and Palestine, live side by side in peace within secure and recognized borders,

Stressing that the status quo is not sustainable and that significant steps, consistent with the transition contemplated by prior agreements, are urgently needed in order to (i) stabilize the situation and to reverse negative trends on the ground, which are steadily eroding the two-State solution and entrenching a one-State reality, and (ii) to create the conditions for successful final status negotiations and for advancing the two-State solution through those negotiations and on the ground,

  1. Reaffirms that the establishment by Israel of settlements in the Palestinian territory occupied since 1967, including East Jerusalem, has no legal validity and constitutes a flagrant violation under international law and a major obstacle to the achievement of the two-State solution and a just, lasting and comprehensive peace;
  2. Reiterates its demand that Israel immediately and completely cease all settlement activities in the occupied Palestinian territory, including East Jerusalem, and that it fully respect all of its legal obligations in this regard;
  3. Underlines that it will not recognize any changes to the 4 June 1967 lines, including with regard to Jerusalem, other than those agreed by the parties through negotiations;
  4. Stresses that the cessation of all Israeli settlement activities is essential for salvaging the two-State solution, and calls for affirmative steps to be taken immediately to reverse the negative trends on the ground that are imperilling the two-State solution;
  5. Calls upon all States, bearing in mind paragraph 1 of this resolution, to distinguish, in their relevant dealings, between the territory of the State of Israel and the territories occupied since 1967;
  6. Calls for immediate steps to prevent all acts of violence against civilians, including acts of terror, as well as all acts of provocation and destruction, calls for accountability in this regard, and calls for compliance with obligations under international law for the strengthening of ongoing efforts to combat terrorism, including through existing security coordination, and to clearly condemn all acts of terrorism;
  7. Calls upon both parties to act on the basis of international law, including international humanitarian law, and their previous agreements and obligations, to observe calm and restraint, and to refrain from provocative actions, incitement and inflammatory rhetoric, with the aim, inter alia, of de-escalating the situation on the ground, rebuilding trust and confidence, demonstrating through policies and actions a genuine commitment to the two-State solution, and creating the conditions necessary for promoting peace;
  8. Calls upon all parties to continue, in the interest of the promotion of peace and security, to exert collective efforts to launch credible negotiations on all final status issues in the Middle East peace process and within the time frame specified by the Quartet in its statement of 21 September 2010;
  9. Urges in this regard the intensification and acceleration of international and regional diplomatic efforts and support aimed at achieving, without delay a comprehensive, just and lasting peace in the Middle East on the basis of the relevant United Nations resolutions, the Madrid terms of reference, including the principle of land for peace, the Arab Peace Initiative and the Quartet Roadmap and an end to the Israeli occupation that began in 1967; and underscores in this regard the importance of the ongoing efforts to advance the Arab Peace Initiative, the initiative of France for the convening of an international peace conference, the recent efforts of the Quartet, as well as the efforts of Egypt and the Russian Federation;
  10. Confirms its determination to support the parties throughout the negotiations and in the implementation of an agreement;
  11. Reaffirms its determination to examine practical ways and means to secure the full implementation of its relevant resolutions;
  12. Requests the Secretary-General to report to the Council every three months on the implementation of the provisions of the present resolution;
  13. Decides to remain seized of the matter.

 

–Texto de la Resolución 2334 (2016) adoptada el 23 de diciembre del 2016 por el Consejo de Seguridad (versión en español)–

Resolución 2334 (2016)

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7853a sesión, celebrada el 23 de diciembre de 2016

El Consejo de Seguridad,

Reafirmando sus resoluciones pertinentes, incluidas las resoluciones 242 (1967), 338 (1973), 446 (1979), 452 (1979), 465 (1980), 476 (1980), 478 (1980), 1397 (2002), 1515 (2003) y 1850 (2008),

Guiado por los propósitos y los principios de la Carta de las Naciones Unidas, y reafirmando, entre otras cosas, la inadmisibilidad de la adquisición de territorio por la fuerza,

Reafirmando la obligación de Israel, la Potencia ocupante, de cumplir escrupulosamente las obligaciones y responsabilidades jurídicas que le incumben en virtud del Cuarto Convenio de Ginebra relativo a la Protección debida a las Personas Civiles en Tiempo de Guerra, de 12 de agosto de 1949, y recordando la opinión consultiva emitida el 9 de julio de 2004 por la Corte Internacional de Justicia,

Condenando todas las medidas que tienen por objeto alterar la composición demográfica, el carácter y el estatuto del Territorio Palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, incluyendo, entre otras cosas, la construcción y expansión de los asentamientos, el traslado de colonos israelíes, la confiscación de tierras, la demolición de viviendas y el desplazamiento de civiles palestinos, en violación del derecho internacional humanitario y las resoluciones pertinentes,

Expresando grave preocupación por el hecho de que la continuación de las actividades de asentamiento israelíes están poniendo en peligro la viabilidad de la solución biestatal basada en las fronteras de 1967,

Recordando la obligación prevista en la hoja de ruta del Cuarteto, que hizo suya en su resolución 1515 (2003), de que Israel paralizara todas las actividades de asentamiento, incluido el “crecimiento natural”, y desmantelara todos los asentamientos de avanzada levantados desde marzo de 2001,

Recordando también la obligación en virtud de la hoja de ruta del Cuarteto de que las fuerzas de seguridad de la Autoridad Palestina mantuvieran un funcionamiento eficaz para hacer frente a todos los que participan en actividades terroristas y desmantelar la capacidad de los terroristas, incluso mediante la confiscación de armas ilegales,

Condenando todos los actos de violencia contra civiles, incluidos los actos de terror, así como todos los actos de provocación, incitación y destrucción,

Reiterando su visión de una región en que dos Estados democráticos, Israel y Palestina, vivan uno al lado del otro en paz y dentro de fronteras seguras y reconocidas,

Destacando que el statu quo no es sostenible y que es necesario adoptar con urgencia, en consonancia con la transición prevista en acuerdos anteriores, medidas importantes con el fin de i) estabilizar la situación e invertir las tendencias negativas sobre el terreno, que están socavando continuamente la solución biestatal y afianzando la realidad de un solo Estado, y ii) crear las condiciones para el éxito de las negociaciones sobre el estatuto definitivo y para promover la solución biestatal mediante esas negociaciones y sobre el terreno,

  1. Reafirma que el establecimiento de asentamientos por parte de Israel en el territorio palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, no tiene validez legal y constituye una flagrante violación del derecho internacional y un obstáculo importante para el logro de la solución biestatal y de una paz general, justa y duradera;
  2. Reitera su exigencia de que Israel ponga fin de inmediato y por completo a todas las actividades de asentamiento en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y que respete plenamente todas sus obligaciones jurídicas a ese respecto;
  3. Subraya que no reconocerá ningún cambio a las líneas del 4 de junio de 1967, incluso en lo que respecta a Jerusalén, que no sean los acordados por las partes mediante negociaciones;
  4. Destaca que la cesación completa de todas las actividades israelíes de asentamiento es fundamental para salvaguardar la solución biestatal, y pide que se adopten de inmediato medidas positivas para invertir las tendencias negativas sobre el terreno que están haciendo peligrar la solución biestatal;
  5. Exhorta a todos los Estados a que, teniendo presente el párrafo 1 de la presente resolución, establezcan una distinción, en sus relaciones pertinentes, entre el territorio del Estado de Israel y los territorios ocupados desde 1967;
  6. Exhorta a que se adopten medidas inmediatas para prevenir todos los actos de violencia contra los civiles, incluidos los actos de terror, así como todos los actos de provocación y destrucción; exhorta a que se rindan cuentas a este respecto, y a que se cumplan las obligaciones en virtud del derecho internacional con miras al fortalecimiento de los esfuerzos en curso para combatir el terrorismo, en particular mediante la coordinación de las medidas de seguridad existentes, y para condenar claramente todos los actos de terrorismo;
  7. Exhorta a ambas partes a que actúen de conformidad con el derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario, y sus acuerdos y obligaciones anteriores, a que demuestren serenidad y contención, y a que se abstengan de realizar actos de provocación e incitación y de hacer declaraciones que enardezcan los ánimos, con el fin de, entre otras cosas, distender la situación sobre el terreno, restablecer la confianza, demostrando mediante políticas y medidas un compromiso genuino con la solución biestatal, y crear las condiciones necesarias para promover la paz;
  8. Exhorta a todas las partes a que, en interés de promover la paz y la seguridad, hagan esfuerzos colectivos para iniciar negociaciones creíbles sobre todas las cuestiones relativas al estatuto definitivo en el proceso de paz del Oriente Medio y dentro de los plazos establecidos por el Cuarteto en su declaración de 21 de septiembre de 2010;
  9. Insta a este respecto a que se intensifiquen y aceleren el apoyo y los esfuerzos diplomáticos regionales e internacionales con objeto de lograr sin demora una paz amplia, justa y duradera en el Oriente Medio, sobre la base de las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas, los principios de referencia de la Conferencia de Madrid, incluido el principio de territorio por paz, la Iniciativa de Paz Árabe y la hoja de ruta del Cuarteto, y de poner fin a la ocupación israelí que se inició en 1967; y subraya a este respecto la importancia de los esfuerzos en curso para impulsar la Iniciativa de Paz Árabe, la iniciativa de Francia para convocar una conferencia internacional de paz, los recientes esfuerzos del Cuarteto, así como las iniciativas de Egipto y la Federación de Rusia;
  10. Confirma su determinación de apoyar a las partes a lo largo de las negociaciones y en la aplicación de un acuerdo;
  11. Reafirma su determinación de examinar formas y medios prácticos para asegurar la plena aplicación de sus resoluciones pertinentes;
  12. Pide al Secretario General que le presente informes cada tres meses sobre la aplicación de las disposiciones de la presente resolución;
  13. Decide seguir ocupándose de la cuestión.

Publicado por Curso de Derecho Internacional. Costa Rica en 15:38

 

(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

 

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

El resultado de las elecciones presidenciales en los Estados Unidos: una razón más para mejorar temas claves en el país

Programa Martes Económicos

Greivin Salazar Álvarez*

 

La semana anterior, el resultado de las elecciones presidenciales en los Estados Unidos de América, que colocaron al candidato republicano Donald Trump como ganador, ha generado cierta inquietud acerca de los posibles efectos económicos que esta decisión podría tener sobre nuestro país, considerando los fuertes lazos comerciales y financieros que tenemos con esta nación. Lo cierto del caso, es que la materialización de los eventuales efectos que han identificado varios analistas del tema, estarán en función de, al menos, tres interrogantes:

  1. ¿Qué tan cierto? Qué tan cierto es que las medidas propuestas por el candidato republicano se puedan llevar a cabo “al pie de la letra”, teniendo en cuenta que el sistema democrático de los Estados Unidos, como todos los sistemas de este tipo, cuenta con sus propios contrapesos.
  2. ¿Qué tan pronto? También existe la duda sobre qué tan pronto podrá el gobierno electo dar inicio con las políticas anunciadas por su candidato en campaña electoral.
  3. ¿Qué tan rápido? Y finalmente, qué tan rápido se podrían concretar dichas políticas y hacerse sentir sus primeros efectos.

Evidentemente existe una cuota importante de incertidumbre con respecto a las anteriores inquietudes, pero esto no debe ser excusa para causar una situación de pánico, en su lugar, este acontecimiento debe ser un llamado de atención, una razón más para mejorar ciertos temas claves en el país, dos en particular.

El primero de estos temas es la competitividad; en este sentido cabe indicar que desde hace varias décadas el país como parte de su estrategia de desarrollo apostó por la atracción de inversión extranjera directa, especialmente en productos alta tecnología y más recientemente, en los llamados servicios empresariales de valor agregado.

En relación con lo anterior, el presidente electo de los Estados Unidos ha planteado una serie de medidas (disminución de impuestos, aumento de los aranceles a las importaciones, renegociación de acuerdos comerciales internacionales, y otros incentivos) con el objetivo de que las empresas nacionales con operaciones en el extranjero regresen a su nación.

Por tanto, el país deberá redoblar esfuerzos para que, aún con la eventual aplicación de las anteriores medidas por parte del gobierno entrante en los Estados Unidos, mantenga su encanto para la atracción de este tipo de inversión extranjera directa; en consecuencia resultan fundamentales aspectos tales como la simplificación de trámites para la apertura de nuevas empresas, la reducción del déficit en la infraestructura nacional, un mayor impulso a la formación de personas con capacidades acordes con las necesidades de estas actividades, así como el aprovechamiento de mayores encadenamientos productivos con el resto de la economía, sin perder de vista las oportunidades que puedan existir para diversificar los mercados de destino de nuestras exportaciones.

El segundo tema tiene que ver con los niveles de endeudamiento; en la actualidad, a pesar de la mejora relativa en las finanzas del Gobierno Central (déficit fiscal), el nivel de deuda pública es elevado y sigue creciendo; asimismo la participación del crédito en dólares otorgado al sector privado, continúa siendo importante.

En efecto, buena parte de las medidas anunciadas por el presidente electo (recorte de impuestos y a la vez incremento en el gasto público), si se hacen efectivas, podrían afectar el déficit fiscal en los Estados Unidos, lo que generaría cierta presión inflacionaria y, por tanto, un ajuste al alza en la tasa de referencia de la Reserva Federal; que tarde o temprano impactaría las tasas de interés a nivel nacional, y por qué no, también el comportamiento del tipo de cambio del colón.

Es así, que ante un cambio en el panorama actual en cuanto el comportamiento de las tasas de interés y el tipo de cambio, el Gobierno así como las empresas y personas con cierto nivel de endeudamiento, podrían experimentar dificultades adicionales para hacer frente a sus obligaciones financieras.

Consecuentemente, es necesario continuar con los esfuerzos, tanto por el lado de los ingresos como de los gastos, para reducir el déficit fiscal y el nivel de endeudamiento público; continuar con mayor ahínco en el proceso de diversificación de mercados de exportación de nuestros productos para reducir la fuerte dependencia que actualmente tenemos de Estados Unidos. También, es recomendable que las empresas y personas midan que tan comprometida puede verse su capacidad de pago, ante algún alza en las tasas de interés o bien la depreciación del colón, cuando deciden endeudarse en dólares, aún cuando sus ingresos no son en esa moneda.

En síntesis, en el corto plazo no es tan factible pensar en efectos económicos inmediatos producto del resultado del reciente proceso electoral en los Estados Unidos, sin embargo, sí es preciso que el país “apure” la marcha de ciertas decisiones en los temas previamente identificados, de tal manera que cuando éstos se comiencen a sentir, nos encontremos mejor preparados.

*Observatorio de la Coyuntura Económica y Social, Escuela de Economía UNA.

 

Imagen con fines ilustrativos tomada de Infobae.

Enviado por Oficina de Comunicación UNA.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Primeras reacciones en América Latina a elección de Donald Trump a la presidencia de Estados Unidos

Nicolas Boeglin (*)

Foto extraída de nota de prensa de DW.
Foto extraída de nota de prensa de DW.

Después del mensaje de felicitación del Primer Ministro de Canadá, en el hemisferio americano, Colombia fue el primer Estado en circular formalmente un comunicado oficial de felicitaciones al Presidente electo de Estados Unidos. Su Presidente Santos, a muy tempranas horas de la madrugada en Bogotá, envió un mensaje desde su cuenta en twitter al nuevo Presidente electo (ver nota de prensa).

Desde la perspectiva internacional, no existe ninguna obligación de expresarse sobre los resultados de un ejercicio electoral por parte de los Estados. Se trata de un asunto interno a un Estado que, en apariencia, no tiene mayor relevancia. No obstante, algunos asuntos internos dan pie para algún tipo de reacciones:

– los eventos suscitados en Brasil (que culminaron el pasado 12 de mayo con la suspensión de la Presidenta Dilma Rousseff y con el anuncio de las primeras medidas por parte del nuevo gabinete brasileño) dieron lugar a un interesante ejercicio entre las cancillerías de América Latina que tuvimos la oportunidad de analizar brevemente (ver nota publicada en el sitio de Global Research);

– el pasado mes de octubre, fueron dos los comunicados conjuntos suscritos por Estados de la región sobre la situación interna en Venezuela, que reseñamos (ver texto de ambos comunicados reproducidos al final de esta nota del 24 de octubre y en esta otra del 27 de octubre).

En materia electoral propiamente dicho, los aparatos diplomáticos han desarrollado una práctica sostenida en la materia, que permite comparar las diversas formas de manifestarse oficialmente sobre una determinada elección. Las felicitaciones enviadas por parte de un Estado a un candidato electo (que aún no ha asumido oficialmente sus funciones como Jefe de Estado) pueden externar la intención de mejorar sustancialmente las relaciones bilaterales o enviar una señal de agrado por el resultado político de las elecciones. Este gesto puede delegarse a un alto funcionario como a un vicepresidente, a un ministro de relaciones exteriores o a un vocero o a un portavoz oficial si se considera innecesario que lo haga el mismo Jefe de Estado. La ausencia de manifestación también puede enviar algún tipo de señal. En algunos casos, puede manifestar cierta negligencia, o bien algún tipo de desinterés en relación al futuro de las relaciones bilaterales entre ambos Estados. Puede también dejar entrever alguna cautela, e incluso algún tipo de reserva con relación al giro político que significa el resultado electoral obtenido en las urnas. El hecho que Panamá enviara su mensaje formal de felicitaciones al nuevo Presidente electo en Costa Rica en abril del 2014 con varios días de atraso con relación a todos los demás Estados que hicieron llegar sus felicitaciones después del 6 de abril, constituye un interesante caso en la región.

El silencio ante resultados electorales puede también expresar una muy seria reserva ante un ejercicio electoral sumamente dudoso, tal como ocurrió en el caso de Perú con ocasión de las elecciones para el tercer mandato intentado por Alberto Fujimori en el año 2000: al acto de investidura del 28 de julio del 2000 sólo participaron dos delegaciones (Nota 1).

Este tipo de expresiones forman parte de lo que se denomina en la práctica diplomática la «cortesía internacional». Un Estado acepta ser cortés con otro manifestándolo o no manifestándose: el silencio es a veces (como en las relaciones entre personas) una forma muy cortés de expresar algún mensaje entre los Estados. Hace unos años, el jefe de la diplomacia de Costa Rica innovó en la materia, al indicar en declaraciones públicas que «no opinaría» y que «no estamos obligados a emitir ningún comentario sobre asuntos internos de los nicaragüenses» (sic.) con relación al resultado de las elecciones en Nicaragua a finales del 2011 (ver nota de prensa).

En el caso de las elecciones en Estados Unidos del 2000, algunos Estados un tanto urgidos en saludar al nuevo Presidente electo norteamericano enviaron felicitaciones a Georges W. Bush que debieron ser luego objeto de delicadas retractaciones ante la duda sobre el resultado final de las elecciones, y la decisión de proceder a un recuento de votos en Florida (Nota 2). En esta nota de prensa se lee que: «World leaders who rushed to congratulate George W. Bush for his apparent victory in the U.S. presidential election were forced on Wednesday to issue swift retractions or retreat into diplomatic silence».

Las modalidades para externar felicitaciones a un Presidente electo son muy variadas, y en las siguiente líneas se intentará reseñar las felicitaciones recibidas por el Presidente electo Donald Trump por parte de Estados de América Latina únicamente.

MODALIDADES MODERNAS

Algunos jefes de Estado, como el de México, han optado por una vía menos formal enviando desde su cuenta en twitter el siguiente mensaje. “Felicito a EUA por su proceso electoral y le reitero a @realDonaldTrump la disposición de trabajar juntos en favor de la relación bilateral” (ver nota de prensa). De una manera muy similar el presidente de Bolivia recurrió a su cuenta en twitter (ver nota de prensa), así como el Presidente de Argentina (ver nota de prensa). Por su parte, la canciller de Argentina optó por enviar un mensaje desde su cuenta en twitter, en el que hace ver que hubiera deseado que fuese una mujer la ganadora de los comicios celebrados en Estados Unidos (ver nota de prensa). Ninguno de estos tres Estados ha considerado necesario enviar algún comunicado oficial adicional. En cambio, el tempranero mensaje del Presidente de Colombia de las cuatro de la madrugada fue respaldado por un comunicado más formal, circulado por la diplomacia colombiana horas después.

MODALIDADES USUALES

Mucho más tradicional en materia diplomática, en la que la forma tiene más relevancia que en otros ámbitos, la técnica de la declaración oficial o comunicado de prensa permite mayor precisión y darle mayor alcance y realce a ciertos aspectos, recurriendo al arte del verbo (como en todo texto oficial de un Estado hecho público). Los equipos a cargo de redactar este tipo de textos son particularmente cuidadosos con el uso de adjetivos, puntuación, formulación de cada frase, sintaxis y otros detalles, al tratarse de un texto que da a conocer la posición oficial de un Estado. Esta regla, como toda regla, conoce de excepciones: puede ocurrir que lo que se lea sea un texto mal redactado y con serios errores, como uno recientemente elaborado por las autoridades diplomáticas de Costa Rica, titulado «Declaración Oficial sobre decisión de no escuchar mensaje de Michel Temer en Naciones Unidas» (Nota 3).

Algunos Estados de América Latina han manifestado sus felicitaciones al Presidente electo norteamericano mediante comunicados oficiales, cuyo contenido es variable y denota alguna intención o reserva del mismo Estado, o bien algún tipo de preocupación.

En un comunicado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia con fecha del 9 de noviembre, se lee que:

«El Ministerio de Relaciones Exteriores, en nombre del Gobierno de Colombia, felicita al pueblo y al Gobierno de Estados Unidos de América por el espíritu democrático demostrado en la exitosa jornada electoral en la cual se eligió al nuevo Presidente de los Estados Unidos.

El Gobierno de Colombia felicita al candidato Republicano Donald Trump por su victoria en las elecciones y le desea éxito en las funciones que asumirá como nuevo Presidente de los Estados Unidos de América. Así mismo, expresa su voluntad de continuar fortaleciendo los lazos de amistad y de cooperación que han tenido los dos países.

La relación estratégica entre Colombia y Estados Unidos cuenta con el respaldo bipartidista y se ha caracterizado por una exitosa cooperación, un profundo diálogo político, así como una agenda diversificada de impacto positivo para ambos países».

En declaraciones a la prensa, el Presidente Santos de Colombia había hecho saber que el candidato Trump no era de su preferencia (ver nota de El Tiempo y nota de HispanTV).

De igual forma, la cancillería de Panamá ha circulado el siguiente comunicado de prensa:

«Miércoles, 9 de noviembre de 2016

El Gobierno y Pueblo de la República de Panamá felicita al Pueblo de los Estados Unidos de América por su vocación democrática, demostrada una vez más en la celebración de las elecciones presidenciales, y saluda al Presidente electo Donald Trump y al Partido Republicano por la victoria.

A la vez, reitera la disposición por continuar fortaleciendo las históricas relaciones de amistad y cooperación, que como socios estratégicos han desarrollado la República de Panamá y los Estados Unidos de América, especialmente en temas de interés mutuo como el fortalecimiento de nuestras relaciones económicas, la seguridad y la paz».

Por parte de Guatemala, su comunicado oficial incluye una referencia a la preocupación que tiene por la situación de los migrantes radicados en Estados Unidos:

«El Gobierno de la República de Guatemala, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, felicita al Pueblo y Gobierno de los Estados Unidos de América por la celebración de las elecciones presidenciales realizadas el día de ayer y por demostrar una vez más su compromiso con los valores democráticos.

Asimismo, Guatemala felicita al Presidente electo, señor Donald J. Trump, por su victoria en los comicios presidenciales y le desea una exitosa gestión.

Guatemala hace votos porque las acciones que realice su administración, permitan reconocer el valioso aporte que hacen los Migrantes en los Estados Unidos y que sus políticas favorecerán y velarán por el respeto, bienestar y protección de la población migrante radicada en ese país.

El Gobierno de Guatemala manifiesta su deseo de trabajar de manera estrecha con su administración, en todas aquellas prioridades comunes de ambos países y de la región, así como reitera al Gobierno de los Estados Unidos el compromiso por continuar fortaleciendo la relación bilateral, que coadyuve al fortalecimiento e incremento del intercambio comercial, las inversiones y la cooperación para el desarrollo».

Posterior a Colombia, a Panamá y a Guatemala, Costa Rica circuló el siguiente comunicado:

«Costa Rica saluda al pueblo y Gobierno de los Estados Unidos de América por elección de Presidente Donald Trump PUBLICADO EL 09/11/2016 09:26 AM

El Gobierno de la República de Costa Rica expresa su saludo al Honorable Pueblo y al Ilustrado Gobierno de los Estados Unidos de América por las elecciones presidenciales celebradas este 8 de noviembre de 2016, que han dado como resultado la elección del señor Donald Trump como Presidente.

Costa Rica expresa su reconocimiento al pueblo de los Estados Unidos de América que ha dado muestras de su probada vocación democrática y a las instituciones electorales por crear y garantizar las condiciones que permitieron llevar a cabo estos comicios.

«El pueblo de los Estados Unidos ha electo al señor Donald Trump como su Presidente. Felicito al señor Donald Trump y le deseo éxitos en su gestión», aseguró el Presidente de la República, Luis Guillermo Solís Rivera. El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto felicita al Presidente Electo Donald Trump por su elección y expresa su convencimiento de que los Estados Unidos de América y Costa Rica –que establecieron relaciones en 1851- continuarán profundizando sus tradicionales relaciones de amistad y cooperación, así como una agenda común de valores y propósitos compartidos en el plano bilateral, regional y mundial».

En declaraciones a la prensa, el Presidente de Costa Rica había externado su preocupación con relación al candidato hoy Presidente electo (ver nota de Prensa Libre). Como detalle específico en la región, notemos que las elecciones realizadas en Nicaragua el pasado 6 de noviembre no han dado lugar a ningún comunicado oficial por parte de Costa Rica.

En el caso de Ecuador, el comunicado oficial de su Ministerio de Relaciones Exteriores es extremadamente corto: «El Gobierno del Ecuador felicita al pueblo estadounidense por la realización de las elecciones presidenciales, legislativas y de gobernadores, del 8 de noviembre de 2016.

El Gobierno del Ecuador espera mantener relaciones basadas en el respeto mutuo con la administración del presidente electo, Donald Trump».

En el caso de El Salvador, su diplomacia indicó, al igual que la de Guatemala, su preocupación por los migrantes salvadoreños, llamando incluso «a la calma» a esta numerosa comunidad en Estados Unidos:

«El Gobierno de El Salvador felicita al pueblo estadounidense por proceso electoral

El Gobierno de El Salvador, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, felicita al pueblo estadounidense por su participación en la jornada democrática que se desarrolló durante el día de ayer en esa nación.

Asimismo, saluda al nuevo Presidente electo de los Estados Unidos de América, Donald Trump, por haber alcanzado el triunfo en dicho proceso electoral.

El Gobierno salvadoreño hace votos por el fortalecimiento de las relaciones entre ambas naciones.

Al mismo tiempo, aprovecha la ocasión para hacer un llamado a la calma a nuestra comunidad en Estados Unidos y a sus familias en El Salvador y reitera a todos los compatriotas su compromiso firme para trabajar junto a ellos en garantizar que sean respetados sus derechos».

A diferencia de Costa Rica, el Salvador emitió un comunicado con relación a las elecciones en Nicaragua, que se lee como sigue y puede ser comparado al texto anterior:

«Lunes, 07 Noviembre 2016 08:28 Gobierno de El Salvador felicita a pueblo nicaragüense por proceso electoral

El Gobierno de El Salvador, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, saluda al pueblo nicaragüense por su participación en la jornada electoral que se llevó a cabo el domingo pasado, que según datos oficiales alcanzó el 65 por ciento.

Asimismo, expresa su felicitación al Presidente Daniel Ortega, quien, de acuerdo a los mismos reportes oficiales, encabeza los resultados con un 71 por ciento de los votos emitidos.

El gobierno conducido por el Presidente Ortega ha alcanzado hasta la fecha significativos avances y logros tanto sociales como económicos, en su búsqueda por el desarrollo y bienestar a favor de su pueblo. Como país miembro del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), El Salvador manifiesta su compromiso de seguir impulsando el fortalecimiento de la unidad regional y continuar trabajando en iniciativas conjuntas con Nicaragua y los demás Estados en beneficio de su pueblo».

Notemos que México también externó sus felicitaciones a Nicaragua, en los siguientes términos, mediante comunicado de su Secretaría de Relaciones Exteriores: «Comunicado No. 505.- México extiende asimismo su felicitación al Presidente Ortega por su triunfo y reitera su interés en seguir estrechando los lazos de amistad y cooperación que históricamente han caracterizado la relación entre ambos países.

El Gobierno de México felicita al pueblo nicaragüense por la realización, el domingo 6 de noviembre, de una jornada electoral pacífica y ordenada en la que fue reelecto como Presidente de la República Daniel Ortega.

México extiende asimismo su felicitación al Presidente Ortega por su triunfo y reitera su interés en seguir estrechando los lazos de amistad y cooperación que históricamente han caracterizado la relación entre ambos países.

México y Nicaragua establecieron relaciones diplomáticas en 1839 y mantienen una relación dinámica y constructiva. El país es el tercer socio comercial de México en Centroamérica».

Volviendo a las elecciones en Estados Unidos, se lee en medios de prensa que Cuba envío el siguiente comunicado (ver nota de prensa de Jornada): «El presidente de los Consejos de Estado y de Ministros de la República de Cuba, Raúl Castro Ruz, envió un mensaje de felicitación al Sr. Donald J. Trump por su elección como Presidente de los Estados Unidos de América». No se ha logrado acceder a la página oficial del sitio del MINREX de Cuba para revisar si el comunicado se limita o no a esta simple frase, y se agradecería a nuestros lectores remitirnos el texto completo de ser factible (al correo electrónico siguiente: cursodicr@gmail.com)

Por su parte, Brasil, desde el Itamaraty, ha circulado la siguiente carta enviada por su Presidente al Presidente electo en Estados Unidos Donald Trump. Al no ser un Presidente electo una autoridad, la diplomacia brasileña se ha cuidado de no remitir una carta usando las formalidades reservadas únicamente a un Jefe de Estado en ejercicio. Se limita a reproducir una carta enviada al Presidente electo.

«Nota 443

Carta al Presidente electo norteamericano

09 de noviembre del 2016 – 11:56

Su Excelencia Señor Donald J. Trump Presidente electo de los Estados Unidos de América

Señor Presidente electo,

Le felicito por su elección como Presidente de los Estados Unidos.

Brasil y Estados Unidos son dos grandes democracias que comparten valores y mantienen, históricamente, fuertes relaciones en los más distintos ámbitos. Estoy seguro de que vamos a trabajar juntos para estrechar aún más los lazos de amistad y cooperación que unen a nuestros pueblos.

Le deseo pleno éxito en el Gobierno de los Estados Unidos.

Michel Temer Presidente de la República Federativa de Brasil».

La misma técnica consistiendo en remitir, desde un Ministerio de Relaciones Exteriores, a una carta personal del Presidente al Presidente electo Donald Trump fue usada por Perú (ver texto de la carta). Su cancillería se limitó a emitir el siguiente texto: «N° 557 – 09/11/2016 Nota Informativa 557 – 16 En la fecha, el Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, envió una Carta de felicitación al Presidente electo de los Estados Unidos de América, Donald J. Trump, quien será el inquilino número 45 de la Casa Blanca. Acceda a la misiva en: http://bit.ly/2eUJaih Lima, 9 de noviembre de 2016″.

Paraguay emitió mediante el Ministerio de Relaciones Exteriores un texto en el que se puede leer que:

«Comunicado del Gobierno Nacional sobre la Elección Presidencial en los Estados Unidos de América

El Gobierno de la República del Paraguay ha seguido con particular interés el proceso electoral de los Estados Unidos de América, que culminó con la jornada cívica y democrática celebrada el 8 de noviembre pasado, en que resultó electo el candidato del Partido Republicano, Señor Donald Trump.

El Gobierno paraguayo, presidido por el Presidente Horacio Cartes, felicita al Presidente electo, Señor Donald Trump, y a la vez expresa sus mejores deseos de éxito en el ejercicio de la Presidencia de esa Nación hermana.

El Gobierno de la República del Paraguay aspira a mantener y consolidar aún más el excelente nivel de las históricas relaciones de amistad y cooperación existentes, en el ámbito bilateral como multilateral, basadas en principios y valores comunes y compartidos como la democracia, el respeto y la promoción de los derechos humanos, la libertad, la solidaridad y la cooperación internacional».

Uruguay también, mediante sur Ministerio de Relaciones Exteriores emitió el siguiente texto: «COMUNICADO DE PRENSA Nº 114/16

El Gobierno de la República Oriental del Uruguay saluda a los Estados Unidos de América y a su Presidente electo, señor Donald Trump, por su victoria en las elecciones nacionales que tuvieron lugar el pasado 8 de noviembre.

Uruguay ha seguido con particular interés el proceso electoral, y felicita al pueblo estadounidense por su compromiso y apego a los principios y valores democráticos, los cuales son compartidos por ambos Estados.

El Gobierno de la República Oriental del Uruguay aprovecha esta oportunidad para expresar su intención de continuar consolidando la relación de amistad con los Estados Unidos de América tanto en el ámbito bilateral como multilateral, lazos que históricamente han sido de gran beneficio para las dos Naciones».

Finalmente, Venezuela circuló el siguiente comunicado de prensa desde su cancillería: «Venezuela saluda a EE.UU por realización de elecciones y felicita al Presidente electo Donald Trump

La República Bolivariana de Venezuela saluda a los Estados Unidos de Norteamérica por la realización de sus elecciones presidenciales el día 8 de noviembre de 2016.

El Gobierno bolivariano de Venezuela felicita al Presidente electo Donald Trump, y hace votos para que se pueda avanzar en un futuro donde impere el respeto a los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, que consagra la igualdad soberana de los Estados y la autodeterminación de los pueblos, entre otros, mediante relaciones políticas y diplomáticas bilaterales respetuosas.

La República Bolivariana de Venezuela anhela que en esta nueva etapa, que comienza para esta nación norteamericana, se puedan establecer nuevos paradigmas con nuestra Región basados en el reconocimiento a las identidades culturales, sociales e históricas de nuestros países, y en el respeto a la no intervención en los asuntos internos, al derecho al desarrollo y a la paz.

De igual forma, esperamos que los Estados Unidos de Norteamérica sepa afrontar los grandes desafíos económicos, sociales y políticos que tiene la humanidad, y en los cuales su actuación es importante para la paz y la estabilidad mundial».

Al momento de redactar esta breve nota, no se registran otros comunicados oficiales de Estados de América Latina, posiblemente más distantes, reservados y cautos sobre el resultado de esta elección, en la que el tema de los migrantes y de la comunidad hispana en Estados Unidos fue objeto de inusuales y provocativas valoraciones por parte del candidato Donald Trump. No obstante, no se descarta que otros Estados de la región envíen comunicados de felicitaciones en los próximos días.

LIBRE COMERCIO EN EL HEMISFERIO AMERICANO

En su campaña, Donald Trump cuestionó los tratados de libre comercio a los que es parte Estados Unidos. El Primer Ministro de Canadá ha declarado estar dispuesto a renegociar el NAFTA que une a Canadá y México con Estados Unidos (ver nota de prensa). En Costa Rica, al estar presidiendo los destinos del país un opositor al Tratado de Libre Commercio (TLC) con Estados Unidos (más conocido como CAFTA-DR), adoptado mediante referendum el 7 de octubre del 2007 por un estrecho margen de 48.844 votos (de un total de 2.654.627 votantes), el tema está cobrando particular interés.

Varios sectores han avanzado la idea de una posible renegociación de dicho instrumento comercial a penas se instale el nuevo ocupante en la Casa Blanca designado en Estados Unidos. Notemos que el actual Embajador de Costa Rica en Estados Unidos, Román Macaya, también propuso en su momento revisar este acuerdo comercial. En la Asamblea Legislativa, el diputado Otton Solis, fundador del Partido Acción Ciudadana (PAC) actualmente en el gobierno, es partidario de renegociar el TLC desde varios años y ha declarado en este día que el momento parece haber llegado para hacerlo (ver nota de La Nación). En el 2010, cuando fue candidato a la presidencia, había indicado que esta renegociación sería una de sus primeras acciones en caso de ser electo Presidente (ver nota de prensa). Como bien se sabe, los tratados comerciales no son normas pétreas y, si así lo disponen las partes, pueden ser modificados o revisados. En caso de que un Estado parte no esté satisfecho con las disposiciones de un tratado y no obtenga de las otras partes su acuerdo para enmendarlo, puede también optar por denunciarlo, recurriendo a una figura (la denuncia) plenamente admitida por el derecho de los tratados consagrado en la Convención de Viena de 1969: remitimos a ese respecto a un estudio sobre la eventual denuncia de República Dominicana al CAFTA-DR, editada por la misma USAID (y que podría ser útilmente completado por uno de un jurista dominicano del sector propiamente académico, quién posiblemente llegaría a otro tipo de conclusiones).

Notemos que desde marzo del 2011, varios cables confidenciales de Wikileaks hechos públicos en Costa Rica, documentan de manera incuestionable la red de información que, desde la Embajada de Estados Unidos en Costa Rica y desde COMEX (Ministerio de Comercio Exterior), logró garantizar la adopción de este tratado comercial en el 2007, en medio de fuertes tensiones y movilizaciones sociales (ver nota de prensa sobre información filtrada desde la misma Sala Constitucional y otra nota sobre estrategias tendientes a deslegitimar a los opositores al TLC). Pese a ser documentos públicos desde marzo del 2011 en Costa Rica, no se ha oído de sanciones o de la apertura de procedimientos administrativos contra funcionarios de la administración 2006-2010. En este artículo del analista Jorge Vargas Cullel, se lee que, además de la red de información privilegiada antes mencionada, los sectores favorables al TLC contaron con otra decisiva herramienta: «El SÍ contó con una evidente ventaja en materia de financiamiento político, lo que le permitió un gasto en publicidad en los medios de comunicación ocho veces superior en relación al gasto del NO: US$ 1,75 millones a US$ 0,21 millones».

Cabe precisar que el tema de la renegociación del CAFTA-DR dio lugar, en octubre del 2016, a una carta de República Dominicana circulada a los demás Estados partes al CAFTA-DR solicitándoles renegociar este instrumento comercial (ver nota de La Extra). No se tiene información a la fecha de redactar esta nota sobre la respuesta dada por las autoridades de Costa Rica a esta solicitud dominicana del pasado mes de octubre, y agradecemos desde ya que nuestros lectores nos proporcionen información al respecto. La renegociación de tratados de libre comercio (TLC) o tratados bilaterales de inversiones (TBI) es un tema sobre el que COMEX se ha mostrado muy discreto en los últimos años. Un reciente análisis (ver nota del Semanario Universidad) sobre la cantidad de dinero que Costa Rica deberá sufragar en el 2017 para enfrentar las demandas y arbitrajes internacionales que arrastra debido a las cláusulas contenidas en estos instrumentos puede explicar – al menos en parte – esta cautela extrema de las autoridades de COMEX.

RESERVA Y CAUTELA EUROPEA ANTE RESULTADOS EN ESTADOS UNIDOS

En Europa, las reacciones han sido muy variadas, desde el entusiasmo de la actual Primer Ministra en Reino Unido y el de su homólogo en Hungría a la extrema reserva de las máximas autoridades en Alemania, las cuales esperan rectificaciones y aclaraciones sobre lo oído durante la campaña electoral por parte de Donald Trump (ver nota del Huffingthon Post). El Presidente de Francia ha indicado ver que la elección de Donald Trump abre un período de «incertidumbre» (ver nota de Le Monde), mientras que la diplomacia alemana ha convocado a una reunión extraordinaria de los 28 Ministros de Relaciones Exteriores de la Unión Europea (UE) para analizar las consecuencias del resultado de las elecciones en Estados Unidos (ver nota de DW). Durante la campaña electoral, Donald Trump había manifestado su oposición frontal al Tratado de Libre Comercio entre la UE y Estados Unidos.

Cabe recordar que Donald Trump se encontraba en el Reino Unido durante la votación sobre el «Brexit» y que felicitó a los que votaron a favor de la salida del Reino Unido de la UE (ver nota de la BBC del 24 de junio del 2016). Se lee en un comunicado del Foreign Office justificando la ausencia del actual jefe de la diplomacia británica (una de las figuras partidaria del Brexit) a la reunión extraordinaria convocada por Alemania que: «The Foreign Secretary will not attend the meeting convened for Sunday. There is a regular Foreign Affairs Council meeting on Monday where a range of issues can be discussed in the normal way. “We do not see the need for an additional meeting on Sunday because the US election timetable is long established. An act of democracy has taken place, there is a transition period and we will work with the current and future administrations to ensure the best outcomes for Britain» (ver nota de prensa)

En aras de completar la reacción en Europa, es de notar que la Unión Europea como tal envió una carta de felicitaciones suscrita por los Presidentes del Consejo Europeo y de la Comisión de la UE (ver texto completo), la cual concluye indicando que: «We should consolidate the bridges we have been building across the Atlantic. Europeans trust that America, whose democratic ideals have always been a beacon of hope around the globe, will continue to invest in its partnerships with friends and allies, to help make our citizens and the people of the world more secure and more prosperous. We would take this opportunity to invite you to visit Europe for an EU – US Summit at your earliest convenience. This conversation would allow for us to chart the course of our relations for the next four years».

A MODO DE CONCLUSIÓN

Como indicado, no existe ninguna obligación que derive específicamente del derecho internacional público de manifestarse después de cada ejercicio electoral por parte de los Estados. Son criterios de oportunidad política los que usualmente priman en este tipo de decisiones. La embarazosa situación acaecida en relación a las felicitaciones “prematuras” enviadas por algunos Estados urgidos de manifestarse al Presidente electo Georges W. Bush en el 2000 denota además una carrera contra el tiempo de algunos para figurar entre los primeros en enviar sus mensajes. Leemos que en el caso alemán sus autoridades declararon públicamente: “What can we do?» /…/ «It is complicated. One wants to be among the first sending congratulations and warm wishes» (ver declaraciones del representante alemán reproducidas en nota de prensa).

Independientemente del esmero de algunos Estados por ser los primeros en enviar sus mensajes, cuando el resultado es inesperado, las reacciones difieren sensiblemente. La sorpresa causada por la designación de Donald Trump como nuevo Presidente de Estados Unidos puede explicar en parte la cautela de algunos Estados, la reserva de muchos otros, en particular en América Latina. Al no haber sido mayormente abordado el tema de las relaciones entre América Latina y Estados Unidos durante esta última campaña electoral norteamericana (como muchos otros temas), la incógnita sobre el rumbo que desea emprender Donald Trump en la relación con América Latina se irá aclarando con sus primeros gestos y declaraciones como Presidente en ejercicio.

—————–

Nota 1: Se lee al respecto que “L´élection de M. Fujimori au Pérou, pour un troisième mandat, a soulevé de très nombreuses critiques de la part de la communauté internationale et très peu d´Etats se sont rendus a la cérémonie d´investiture (la Bolivie et l´Equateur)”. Véase TOURARD H., La qualité de Chef d´Etat, in SFDI (Société Française pour le Droit International), Le Chef d´Etat et le droit international, Colloque de Clermont-Ferrand, Paris, Pedone, 2002, pp.117-137, p.120.

Nota 2: Un ejercicio totalmente inédito tuvo lugar en el año 2000 con muchos de los telegramas de felicitaciones de varios Estados al Presidente electo de los Estados Unidos Georges W. Bush que debieron ser objeto de incómodas «retractaciones» ante la repentina duda sobre el resultado final de las urnas (en particular un grupo de Estados de Asia autores de «felicitaciones prematuras»). En el caso del Reino de los Países Bajos se lee que su diplomacia externó en aquella oportunidad la necesidad de retractarse en los siguientes términos: «Given the fact that at this moment uncertainty exists about the outcome of the American presidential elections, the earlier statement … has been retracted» (ver nota de prensa de The Guardian).

Nota 3: Remitimos a nuestros lectores al comunicado de prensa emitido el 20 de setiembre del 2016 a las 10:00 de la mañana por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica para intentar explicar la actuación de su Presidente en Naciones Unidas minutos antes en Nueva York. El texto de dicho comunicado titulado «Declaración Oficial» (sin que se tenga claridad sobre las razones para distinguirlo de un comunicado de prensa) es reproducido al final de esta nota. Pese a una comparecencia del titular de esta cartera ministerial ante la Asamblea Legislativa (ver texto integral del acta legislativa del 29 de setiembre del 2016) en el que se intentó explicar semejante actuación presidencial, no se ha logrado conocer con precisión la identidad exacta del (los) autor(es) de este texto. Hay que señalar que, al parecer, se trata de una situación inédita en los anales de Naciones Unidas desde 1945, al nunca haber integrado un Jefe de Estado en ejercicio una comitiva retirándose de la sala de audiencias en señal de reprobación.

 

(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica – UCR. Contacto: nboeglin(a)gmail.com

 

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Conversatorio: Mientras los políticos construyen muros, nosotros debemos construir puentes

conversatorio-mientras-los-politicos-construye-muros

El Centro de Amigos para la Paz estará realizando este próximo 10 de octubre el Conversatorio “Mientras los políticos construye muros, nosotros debemos construir puentes”, esto dentro del marco del Encuentro en la Frontera del Observatorio de la Escuela de las Américas (http://www.soaw.org/border/)

Se estará conversando sobre los siguientes temas:

  • Fin a las intervenciones destructivas de índole militar, económica y política de los Estados Unidos en las Américas
  • Desmilitarización de las fronteras. Nos urge construir puentes con nuestros vecinos y vecinas, no muros
  • La desmantelamiento de los sistemas racistas y sexistas que roban, criminalizan y matan a migrantes, refugiados, indígenas, personas trans y de género no convencional, comunidades de color y a otros a lo largo del hemisferio
  • Respeto, dignidad, justicia y autodeterminación de todas las comunidades, especialmente las más pobres y vulnerables
  • ¡No más ganancias por encima del pueblo! Ni los ejércitos privados, las cárceles ni las corporaciones petroleras y mineras deberán determinar nuestro futuro o el de la Tierra. ¡El pueblo deberá decidirlo!

 

Imagen de portada con fines ilustrativos tomada de www.mientrastantoenmexico.mx

Enviado a SURCOS Digital por Marcela Zamora Cruz.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Occidente: reconocer al otro

Arnoldo Mora

 

Dos hechos recientes considerados “históricos”, cuya trascendencia por sus repercusiones a futuro va mas allá de la conmoción que en lo inmediato provocan, están muy alejados en la geografía y, sobre todo, en su naturaleza. Uno es esperanzador porque abre espacios al diálogo político. El otro es espernible porque manifiesta el lado más oscuro de la política actual. Ambos reflejan dos maneras absolutamente opuestas de hacer política.

En el primer caso me refiero a la visita de Obama a La Habana. Cuba se ha convertido, como dice el Papa Francisco, en un centro mundial de diálogo político ejemplar, haciendo realidad lo que el primer papa en visitarla isla, Juan Pablo II, dijera luego de ser recibido tanto por las máximas autoridades políticas, como por las multitudes, con estas premonitorias palabras:”Que el mundo se abra a Cuba para que Cuba se abra al mundo”. Esta apertura no ha sido fácil, porque implica el reconocimiento del derecho a ser diferente; cosa que la Cuba revolucionaria se ha ganado al demostrar ser un pueblo libre y soberano, que no dialoga sino en condiciones de igualdad y dentro del marco del más absoluto respeto al derecho internacional. Obama lo reconoció al afirmar que el pueblo cubano y solo él tenía el derecho inalienable de decidir su propio destino. Un reconocimiento que la Patria de Martí y Fidel se ha ganado por su indoblegable dignidad que le ha valido el respeto universal. Cuba ha demostrado estar dispuesta a hablar de todo y con todos, pero siempre de pie, sin doblegarse ante nada ni ante nadie. Porque Obama lo ha reconocido, fue recibido no como un enemigo, a pesar de que el Estado que él representa, mantiene el bloqueo que el propio Obama repudia, y las leyes Helms-Burton y Torricelli que, por violar los más elementales principios del derecho internacional, han sido objeto de repudio universal, incluso de sus aliados como Canadá y Europa. Dentro de este contexto, se debe considerar que la visita de Obama a Cuba se inspira en el más elemental realismo político, dado que en las Naciones Unidas el bloqueo ha sido unánime y reiteradamente condenado y en lo propios Estados Unidos más de un 56% de la población aprueba el restablecimiento pleno de las relaciones con la isla. Otro tanto creen un creciente número de políticos de los dos partidos mayoritarios y hombres de empresa de los más diversos sectores de la economía yanqui, como el turismo y las compañías de aviación, la agricultura, la industria farmacéutica, el mundo cultural y deportivo.

Sin embargo, el sesgo imperial del discurso de Obama no puede soslayarse, ya que llama a olvidar el pasado; lo cual nos hace pensar que el apoyo total que su país ha dado a las oprobiosas dictaduras en el mundo entero, incluida la de Batista cuyo rechazo por parte del pueblo cubano dio origen a la revolución, Obama lo ve como una política de presidentes y gobiernos del pasado y no como una política de Estado todavía vigente. Pedirle a las Madres y Abuelas de la Plaza de Mayo en Argentina, que olviden el apoyo irrestricto que la Casa Blanca le dio a la dictadura argentina, es como pedirle al pueblo judío que olvide la responsabilidad de los nazis en el holocausto, o a la población afrodescendiente de Estados Unidos (de donde vienen Obama, Michelle y sus hijas) que olviden la esclavitud y la discriminación de que han sido objeto en la flamante “democracia” gringa. Semejante propuesta de Obama es más que una torpeza: es una aberración. Mientras un presidente de Estados Unidos no pida perdón en su condición de jefe de Estado por estos crímenes y genocidios, hay motivos para seguir considerando a los Estados Unidos como el último y más sangriento imperio de Occidente. Y eso no es de ahora; remonta a los inicios mismos de la Independencia de ese país, cuando Monroe promulgó su tristemente célebre doctrina, lo que se hizo realidad en la generación siguiente, cuando le arrebataron a México, su vecino más inmediato del Sur, la mitad de su territorio (2 millones de kilómetros cuadrados).

La otra noticia que sacudió al mundo, esta vez en forma negativa, han sido los atentados perpetrados por el Estado Islámico en Bruselas. El terror ha puesto en alerta a la humanidad entera. Las causas de esta espeluznante realidad se encuentran en el menosprecio que han hecho las potencias occidentales del derecho internacional por cálculos geopolíticos para explotar el petróleo. Pero Cuba señala el camino a seguir: diálogo político dentro del marco del respeto al derecho internacional. Solo así se logrará una paz duradera para que los pueblos puedan tener sueños de progreso y no pesadillas de horror.

 

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Recolectan firmas para que una de las nuevas esclusas se llame Torrijos-Carter

En la ampliación del Canal

 

A partir de hoy la Fundación Omar Torrijos Herrera inicia la anunciada recolección de firmas que respaldarán la carta que se entregará al Administrador del Canal de Panamá, solicitando se asigne a una de las dos nuevas esclusas construidas como parte de la ampliación de la vía interoceánica, el nombre “Torrijos Carter”.

Panameños de todos los niveles, y personalidades desde el exterior del país, han expresado ya su complacencia por esta iniciativa y sumarán sus nombres al sitio www.EsclusaTorrijosCarter.com.pa, donde ya se están registrando todos aquellos que, sin reserva alguna, valoran el extraordinario aporte histórico de esos tratados internacionales que extinguieron la antigua Zona del Canal, dieron fin a la presencia militar de los Estados Unidos en nuestro suelo, garantizaron la plena soberanía de Panamá en todo su territorio y devolvieron al Estado: el Canal con todos sus activos, bienes y territorios adyacentes.

La misiva que se entregará al administrador de la ACP reconoce que la construcción de un tercer juego de esclusas, pronto a inaugurarse, es un hecho trascendental para las comunicaciones y el comercio marítimo entre las naciones. Destaca, además, que la modernización de una de las rutas interoceánicas más importantes del mundo, ampliará igualmente los horizontes de Panamá y de los panameños.

Pero, recuerda la carta al regente de la Administración Canalera que todo lo anterior no habría sido posible sin la lucha y el sacrificio de varias generaciones de panameños que dieron lo mejor de sí para que pudiéramos ejercer nuestros derechos sobre la ex Zona del Canal. Hace presente también, que fue la voluntad y la decisión de dos dirigentes de la talla de Jimmy Carter y Omar Torrijos, en el marco de una respetuosa y exitosa negociación, lo que permitió que se concretaran los Tratados Torrijos Carter que integraron territorialmente a la República de Panamá.

Panamá, lunes 28 de marzo de 2016

 

*Para mayor información: Facebook.com/fundacionomartorrijosherrera/.

Contacto: Lcdo. Carlos Aguilar / 6550-4881(celular en Panamá).

 

*Imagen tomada de Facebook.com/fundacionomartorrijosherrera/

 

Información enviada a SURCOS Digital por Nils Castro.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Algo más que helicópteros

Arnoldo Mora

 

Arnoldo Mora
Arnoldo Mora

En estos días se ha abierto un debate sobre si los permisos que debe, según la Constitución, dar la Asamblea Legislativa a naves (aéreas o marítimas) equipadas militarmente, pertenecientes a gobiernos extranjeros y que atraviesan espacios bajo jurisdicción del Estado costarricense, puede hacerlo el Ejecutivo si dichas naves no están artilladas. Siendo el nuestro un Estado derecho, debe regirse por los principios generales de la hermenéutica jurídica; en este caso, de los principios del derecho público, en donde no cabe aplicar la norma “In dubio libertas” solo válida en la esfera privada. Todo lo contrario, el derecho público se rige por el principio “odiosa stricte interpretanda sunt”.

Por ende, el derecho del Poder Legislativo es indelegable. Más aun, tratándose de un país que, por mandato constitucional, no tiene ejército y que ha signado la declaración de la II Cumbre de la Celac que declara a toda Nuestra América como territorio de paz; lo cual es aun más relevante en una región como la Cuenca del Caribe, donde el componente geopolítico juega un papel decisivo en la lucha contra el narcotráfico. Es dentro de este contexto que los costarricenses debemos analizar esta delicada situación. El narcotráfico es hoy por hoy, un poder político y, sobre todo, financiero que ha escapado de las manos los Estados nacionales individuales; por lo que solo puede ser derrotado si éstos se comprometen a cumplir fielmente políticas regionales dentro de las normas del derecho internacional. El narcotráfico, al igual que el tráfico de armas, constituye una de las mayores amenazas a la paz y a la convivencia democrática de los países de la región.

¿Qué hacer frente a esta amenaza infernal? Los Estados Unidos solo ofrecen una solución militar. Aunque ellos son los principales responsables de esta situación, pues son los mayores consumidores de droga, nunca han tomado preso a ningún capo de su nacionalidad en su propio territorio teniendo poderosas redes de policía y de inteligencia dotados de enormes presupuestos. Ciertamente sería ingenuo no reconocer que, para enfrentar tan grave problema el componente policíaco es indispensable pero no único ni principal. La lucha contra el narcotráfico se hace combatiendo el negocio del lavado, en el que están involucrados grandes bancos yanquis. El narcotráfico maneja cerca de 650 millones de dólares. Mientras este ubérrimo negocio no se elimine, habrá narcotráfico para rato. Por lo que, aplicar la Constitución, que exige que la presencia en territorio patrio de helicópteros no artillados pero dotados de sofisticados artilugios con fines militares, requiera la aprobación del Primer Poder de la Nación según lo prescribe la nuestra Constitución, no es atentar contra la seguridad nacional, ni cerrar los ojos ante la mayor amenaza a nuestra juventud. Pero tampoco podemos quedarnos cruzados de brazos. Si el problema es internacional, la solución debe inspirarse en acuerdos de los países que conforman la Cuenca del Caribe, desde la Florida hasta el Nordeste brasileño, incluidos los territorios insulares. Su aplicación debe regirse por las normas del derecho internacional y bajo control de Naciones Unidas. Solo así se podrá combatir con posibilidades de éxito y desde sus raíces este infame flagelo. Todo lo demás no son más que paliativos o simple retórica.

 

*Imagen con fines ilustrativos. 

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

 

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Aeronaves militares extranjeras y aprobación previa de sobrevuelo: recientes debates en Costa Rica

Nicolás Boeglin (*)

Aeronaves militares extranjeras y aprobación previa de sobrevuelo.
Mapa de rutas utilizadas por el narcotráfico en las zonas marítimas de Estados de Centroamérica, extraído de artículo de prensa (Al día, Costa Rica) del año 2012.

Como es sabido, un Estado soberano se muestra particularmente sensible a todo lo que sobrevuela su territorio: el Convenio de Aviación Civil Internacional, suscrito en Chicago en 1944, consagra jurídicamente en su primer artículo el reconocimiento de la soberanía del Estado sobre su espacio aéreo, al estipular que: “Los Estados contratantes reconocen que todo Estado tiene soberanía plena y exclusiva en el espacio aéreo situado sobre su territorio”. La definición de la noción de «espacio aéreo» reviste una importancia fundamental para el derecho internacional público y el derecho constitucional, así como para otras ramas del derecho relacionadas al desarrollo de la actividad aeronáutica de carácter comercial. El derecho internacional público distingue el espacio aéreo del espacio ultraterrestre (también denominado “extra-atmosférico”) sin que a la fecha exista un claro consenso internacional sobre el límite entre ambos (Nota 1). Un artículo publicado en 1996 en Canadá explica que: “Étant donné que de nombreux États, notamment les États Unis et les pays occidentaux, ont estimé qu’il était inutile au bout de 30 années d’exercice des activités spatiales, de chercher à résoudre un tel problème, il n’y a jamais eu de délimitation claire et universellement acceptée » (p. 14).

Al ser el espacio aéreo parte íntegra de su territorio, el sobrevuelo y/o el aterrizaje de aeronaves extranjeras es prohibido, a menos que el Estado haya suscrito un convenio internacional o haya dado su consentimiento previo mediante una autorización o permiso por parte del Estado territorial.

Cuando se trata de aeronaves militares, la sensibilidad es aún mucho mayor: recientemente Turquía reaccionó con vehemencia ante la detección de aviones militares rusos no autorizados en su espacio aéreo cercano a la frontera con Siria (ver breve nota sobre este reciente episodio). En muchos Estados, la responsabilidad de otorgar autorizaciones para sobrevuelo o aterrizaje de aeronaves militares recae en el Poder Ejecutivo (como por ejemplo en el caso de Uruguay: ver procedimiento previsto con fecha del 2003 en el que las solicitudes deben dirigirse al Estado Mayor General de la Fuerza Aérea). En otros Estados, esta atribución es competencia del Poder Legislativo: es el caso, por ejemplo, de República Checa, cuyo Parlamento procedió a autorizar el sobrevuelo de aviones militares norteamericanos durante una cumbre de la OTAN celebrada en Praga en el 2002 (ver nota de prensa), o de Nicaragua, cuya Asamblea Nacional aprobó recientemente el ingreso de naves y aeronaves de diez Estados, incluyendo las de Cuba, Japón, Estados Unidos y Rusia (ver nota en el sitio de su Asamblea). Es también el caso de Costa Rica: el texto constitucional así lo dispone, y una circular de la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) del 2005 precisa de igual forma que: “6.3Permiso de sobrevuelo y aterrizaje de aeronaves militares. Para la emisión de un permiso de sobrevuelo y aterrizaje de aeronaves militares sobre el territorio nacional, deben ser autorizadas por la Asamblea Legislativa de conformidad con AIC-A15/03 del 31 de julio del 2003” (ver documento).

El reciente debate en Costa Rica

El pasado fin de semana, el Presidente del Poder Legislativo de Costa Rica publicó un artículo de opinión con relación a una propuesta tendiente a agilizar los trámites de aprobación de sobrevuelo de aeronaves militares extranjeras, debido a que, según se lee, “el año pasado Aviación Civil recibió más de 700 solicitudes de ese tipo”. Su propuesta pretende que el Congreso sea únicamente solicitado cuando estas aeronaves sean artilladas. En el caso de naves militares no artilladas, el permiso sería otorgado directamente por la DGAC: la misma propuesta fue dada a conocer en el plenario del Congreso unos días antes, el 15 de octubre del 2015 por parte del mismo Presidente del Congreso (ver pp. 23-26 del Acta del 15/10/2015). Al revisar con detalle su iniciativa, además de la diferencia de régimen entre naves artilladas y no artilladas, se incluye una característica que, según el Presidente del Congreso, deben de tener los dispositivos militares de las primeras: “Tratándose de aeronaves militares, la Asamblea Legislativa sólo dará trámite a los permisos de permanencia solicitados para estas categorías de medios de transporte que se encuentren artillados o porten dispositivos militares ofensivos” (p. 26).

Al no haber sido mayormente discutida y consultada de previo a su presentación, esta iniciativa provocó el malestar de varios diputados, recriminando, entre otros, a su Presidente el atribuirse competencias que pertenecen al Poder Legislativo (y no a su Presidente): ello se desprende de la lectura de las posiciones registradas inmediatamente después de presentada la propuesta, y disponibles en el acta precitada.

Aprobaciones de sobrevuelo recientes cuestionadas

En el mes de septiembre del 2015, el aterrizaje en Costa Rica de cuatro helicópteros del Ejército de Estados Unidos sin previa aprobación legislativa causó un malestar muy similar en distintos sectores de Costa Rica (ver nota de La Nación así como la de Informa-tico en la que se exigen sanciones, del 22/09/2015). En esta nota de prensa de La Nación se lee que para el jefe de la diplomacia de Costa Rica, “No sé por qué llama tanto la atención. Estados Unidos lo comunica a la Cancillería y la Cancillería a Aviación Civil, pero pueden ser esos helicópteros de Estados Unidos o el avión privado de un jefe de Estado. No son helicópteros artillados de guerra ni tienen morteros ni cosas parecidas. Es algo normal, sobre lo que están queriendo hacer un poco de bulla”.

En el año 2013, con ocasión de la visita del Presidente de Estados Unidos a Costa Rica (2 y 3 de mayo del 2013), el sobrevuelo de helicópteros de Estados Unidos cuyos permisos no fueron solicitados fue objeto de una fuerte recriminación por parte de la Sala Constitucional de Costa Rica (ver nota de La Nación del 6/07/2013). En su decisión Res. 01922-2013 del 5 de julio del 2013, el juez constitucional indicó, entre otros, que: «/…/la Dirección General de Aviación Civil, se arrogó una competencia exclusiva de la Asamblea Legislativa, al autorizar el ingreso y permanencia en aeropuertos de aeronaves, cuya calificación, si son militares o de guerra, si estaban o no artilladas o por los fines con que ingresaron y permanecieron en el territorio nacional, le corresponde, exclusivamente, a ese órgano constitucional. Consecuentemente, la Dirección General de Aviación Civil infringió el derecho fundamental a la paz» (Nota 2). Se trata de una faceta más del denominado “derecho a la paz” como un derecho humano, desarrollado por el juez constitucional de Costa Rica en los últimos años, y que tuvimos la oportunidad de analizar brevemente (Nota 3).

Una discusión de cierta data

En su artículo de opinión, el Presidente del Poder Legislativo costarricense precisa que Costa Rica recibió más de 700 solicitudes el año pasado para ingresar a su espacio aéreo con aeronaves militares. Salvo error de nuestra parte, no se ha dado a conocer el detalle de esta lista de 700 solicitudes de sobrevuelo, lo cual no permite valorar cuáles Estados están haciendo un uso tan frecuente del espacio aéreo costarricense con aviones militares. A este respecto sería interesante, además de conocer el detalle de esta lista, poder compararla con el número (y el detalle) de solicitudes recibidas en años anteriores, de manera a tener un panorama más completo, y conocer cuáles permisos son aprobados y cuáles son denegados. Se lee por ejemplo en una memoria del Ministerio de Relaciones Exteriores del año 2011 que para el período que va del 30 de abril del 2010 al 1ero de mayo del 2011, “se diligenciaron 82 sobrevuelos y aterrizajes sobre territorio nacional” (p. 201).  En una respuesta a una solicitud de aclaración al Ministro de Seguridad con fecha de agosto del 2003 se indicaba por parte del Procurador para Asuntos Internacionales que: “No es usual que los aviones de guerra modernos, más sofisticados y poderosos, tengan necesariamente que sobrevolar el espacio aéreo nacional «para su tránsito entre dos o más Estados diferentes a Costa Rica», tal como expresa el consultante; pues generalmente dichas travesías se hacen sobre la alta mar o el espacio aéreo internacional, incluso fuera del alcance de los aparatos de radar normales” (ver texto del documento).

En su artículo de opinión, el Presidente del Congreso refiere también a una gran variedad de Estados y de situaciones: «Solo entre el 1° de julio y el 15 de setiembre de este año, hubo 70 peticiones, correspondientes a aeronaves de Bolivia (con el vicepresidente a bordo), México, Venezuela, Estados Unidos, Rusia, Chile (en el que viajaba la presidenta), Marruecos (visita de turismo de la familia real) y Colombia, entre muchos otros países» precisa el legislador. Nuevamente aquí, el dato aportado reviste especial interés, y un observador podría preguntarse cómo es que se distribuyeron estos 70 permisos otorgados en tan solo 2 meses y medio a Estados que requieren pasar por el espacio aéreo de Costa Rica con aeronaves militares.

La prensa de Costa Rica informó el pasado 17 de octubre (ver nota de Diario La Extra) que dos aviones del servicio de guardacostas de Estados Unidos que apoyan a Costa Rica en la lucha contra el narcotráfico debieron abandonar el territorio de Costa Rica debido a la falta de permisos por parte del Poder Legislativo. Como bien se sabe, Costa Rica y Estados Unidos acordaron un acuerdo de patrullaje conjunto el 1ero de diciembre de 1998 en ambos océanos (ver texto de aprobación del acuerdo en la ley 7929 de 1999).

Con relación al Océano Atlántico, un convenio regional asociando a Estados Unidos, a Francia, a Países Bajos y a Estados del litoral Caribe, incluyendo a Haití, fue suscrito en el 2003 y aprobado por Costa Rica en el 2010 (ver texto de ley de aprobación).

La noción de “aeronaves de guerra”

Con respecto al acuerdo con Estados Unidos de 1998, surgió, unos años después de su aprobación, la duda de saber si las naves y aeronaves norteamericanas debían solicitar un permiso (o no) por parte del Congreso. En el dictamen 209/2003 del 7 de julio del 2003 (ver texto completo), la Procuraduría General de la República (PGR) respondió a una solicitud de aclaración por parte de las autoridades a cargo de la lucha contra el narcotráfico, con relación a «la eventual exigencia de permiso legislativo para el aterrizaje en nuestros aeropuertos nacionales, de aeronaves no artilladas del Gobierno de los Estados Unidos de América». En su respuesta, la PGR indicó al Ministro de Seguridad que: «3.- Para los efectos del inciso 5° del Artículo 121, de la Constitución Política, son aeronaves de guerra aquellas que pertenezcan a las Fuerzas Armadas de un Estado, que lleven los signos exteriores distintivos de las aeronaves de guerra de su nacionalidad, que se encuentre al mando de un oficial designado por el gobierno de ese Estado y cuya dotación se encuentre sometida a las reglas de las fuerzas armadas regulares de su país; independientemente de que sean o no artilladas y de la misión o propósito del vuelo. 4.- La autorización para el sobrevuelo y aterrizaje en los aeropuertos nacionales, de aeronaves de guerra extranjeras, constituye un acto de soberanía propio de las atribuciones exclusivas de la Asamblea Legislativa por el inciso 5° del artículo 121 de la Constitución Política, y por tal razón es una potestad indeclinable e intransferible, pues constituye el ejercicio puro y clásico de la soberanía; del poder soberano depositado por el pueblo en sus representantes, reunidos en el órgano legislativo. El criterio presente dictamen es que si una aeronave extranjera – cualquiera que fuese su nacionalidad- reúne las características apuntadas en el párrafo anterior, debe ser considerada una nave de guerra, y por ello debe obtener la autorización de la Asamblea Legislativa para sobrevuelo y aterrizaje en nuestro país; independientemente de si está o no artillada y de la misión o finalidad del vuelo».

Este mismo criterio fue el que se estableció en una circular de la Dirección General de Aviación Civil con fecha del 31/07/2003 (ver texto) , siempre disponible en el sitio oficial de esta entidad (al momento de redactar estas líneas), la cual precisa de la misma manera que: “son aeronaves de guerra aquellas que pertenezcan a las Fuerzas Armadas de un Estado, que lleven los signos exteriores distintivos de las aeronaves de guerra de su nacionalidad, que se encuentre al mando de un oficial designado por el gobierno de ese Estado y cuya dotación se encuentre sometida a las reglas de las fuerzas armadas regulares de su país; independientemente de que sean o no artilladas y de la misión o propósito del vuelo”. Ante una solicitud de aclaración, el Procurador para Asuntos Internacionales mantuvo el criterio anteriormente avanzado en el mes de agosto del 2003 (ver texto de su nota con fecha del 5 de agosto del 2003).Ante una nueva solicitud para una nueva aclaración, en marzo del 2006, dos Procuradoras respondieron al Ministro de Seguridad sin modificar el criterio expuesto en el 2003 (ver texto del resumen del dictamen).

A mediados del 2004, se leyó que las autoridades consideraban excesiva la interpretación hecha por la PGR (ver nota de La Nación del 26/07/2004), indicando que se habían presentado “situaciones difíciles a gobiernos amigos, cuando aeronaves de guerra extranjeras que trasladan mandatarios o funcionarios de alto nivel deben sobrevolar nuestro territorio en tránsito a terceros países”. La Gaceta Oficial del mes de septiembre del 2004 (ver texto de Gaceta Oficial del 29/09/2004, página 1) refiere por ejemplo que la Asamblea Legislativa “aprobó conceder permiso de sobrevuelo para dos aeronaves de la Fuerza Aérea de Autodefensa de Japón, las cuales pretenden atravesar el espacio aéreo nacional los días 14 y 17 de setiembre del año 2004, con el propósito de trasladar al Primer Ministro del Japón, señor Junichiro Koizumi y su delegación, en un viaje a los Estados Unidos de América, México y Brasil”. Una Gaceta Oficial de mediados del año 2005 (ver texto) reporta que la misma Asamblea decidió el 3 de agosto del 2005 “Conceder permiso de sobrevuelo y aterrizaje a una aeronave de la Fuerza Aérea del Reino de España, la cual trasladará a la Vicepresidenta Primera del Gobierno de España, Excelentísima Señora María Teresa Fernández de la Vega Sanz, quien visitará Costa Rica durante el período comprendido entre el 1º y el 2 de agosto del 2005”.

Unos días después de ese mismo mes de agosto del 2005, se decidió por parte de los diputados eximir de permisos por parte de la Asamblea Legislativa a naves militares no artilladas (ver nota de La Nación): en esta última, se indica que esta decisión se anunció mediante comunicado de prensa y que se tomó a raíz de «una petición del Ministerio de Seguridad para que se dieran los permisos respectivos a los aviones que trasladarán a Costa Rica al presidente de Corea del Sur y a varios mandatarios de Centroamérica”.

Las más de 700 solicitudes de permisos aprobadas por la DGAC el año pasado mencionadas por el Presidente del Congreso en su reciente artículo parecieran indicar que la interpretación de la PGR del 2003 ya no prevalece y que la decisión de los diputados de agosto del 2005 se mantiene vigente. No obstante, una reciente solicitud de autorización al Poder Legislativo para el sobrevuelo de una aeronave boliviana pareciera indicar que el criterio es variable: al revisar el acta parlamentaria, se puede apreciar que la solicitud enviada a la cancillería de Costa Rica precisaba que se trataba de una aeronave militar no artillada de Bolivia en la que viajaba su Vice Presidente (ver p. 30 del Acta del 8 de octubre del 2015). La autorización de vuelo fue remitida a la Asamblea Legislativa y no a la DGAC.

Recurrentes aprobaciones masivas y el juez constitucional

El antes mencionado acuerdo de patrullaje conjunto con Estados Unidos suscrito en 1998 y aprobado en 1999 merece mención aparte, en la medida en que se intentó subsanar un roce constitucional detectado por la Sala Constitucional mediante un protocolo que no se publicó sino 10 años después de suscribirse. En efecto, en junio de 1999 el juez constitucional declaró en su Resolución 4156 -99 ( ver texto ) que “Todo lo anteriormente expresado nos conduce a dos conclusiones: primera, que es inconstitucional el numeral VIII.2 del tratado, por violación del inciso 5) del artículo 121 de la Constitución Política; segunda, que el tratado, tal y como se formula, lleva implícita la interdicción, de manera absoluta, de todo lo concerniente a la materia militar, pero en el estricto sentido de lo castrense, esto es, que se trate de tropas americanas y naves de guerra del ejército de los Estados Unidos de América”. Con el fin de subsanar el texto, se negoció entre Costa Rica y Estados Unidos un Protocolo al Tratado de 1998, en el mes de julio de 1999. Ante una consulta por parte de un diputado en el año 2010 sobre el contenido exacto del tratado, una Procuradora concluyó su análisis (ver texto de la Opinión OJ-031-2010) manifestando que: “2.En ese sentido, la voluntad real expresada por los señores Diputados fue modificar el Acuerdo por medio de su Protocolo, el cual fue debidamente aprobado por la Asamblea Legislativa. 3. Por razones que no se determinan, el Decreto Legislativo 7929, texto impreso de la Ley aprobada por la Asamblea Legislativa, no se corresponde con la voluntad real del Legislativo”. En la sección “Fe de erratas” apareció finalmente publicado el Protocolo al convenio bilateral en la Gaceta Oficial Número 176 del 9/09/2010 (ver texto, en la última sección Fe de Erratas), cuyos dos únicos artículos nos permitimos reproducir: “Artículo I. El párrafo 2 de la Sección VIII del Acuerdo será modificado para leerse en su totalidad de la siguiente manera: “En toda ocasión que lo requiera el artículo 121, inciso 5, de la Constitución Política de Costa Rica, el Gobierno de Costa Rica deberá requerir y obtener de la Asamblea Legislativa el permiso correspondiente para las actividades contempladas en los incisos 8 y 10.b de la Sección IV del presente Acuerdo.” Artículo II. Este Protocolo deberá entrar en vigencia al mismo tiempo y en la misma forma que el Acuerdo”.

Paralelamente a estas inusuales informalidades para un instrumento jurídico internacional, este tratado bilateral ha dado lugar a intentos de ampliar el alcance de algunas de sus disposiciones, llevados a conocimiento del juez constitucional, y que se reseñarán muy brevemente en las líneas que siguen.

Para el período que va del 1ero de julio al 31 de diciembre del 2015, el Congreso de Costa Rica aprobó en junio del 2015 el atraque de 83 naves de Estados Unidos en tareas de apoyo a la lucha contra el narcotráfico en ambos mares (ver p. 2 de Gaceta Oficial del 9/01(2015). El texto del permiso otorgado en junio del 2015 precisa que se trata de «permiso de atraque, permanencia en puerto y desembarque de las tripulaciones de las embarcaciones del Guardacostas de los Estados Unidos de América, que estarán desarrollando operaciones antinarcóticos en el apoyo al Servicio Nacional de Guardacostas y demás autoridades del país». En junio del 2014, se otorgó un permiso similar para un número mucho menor de 44 embarcaciones (ver texto del permiso) desde el 1ero de julio hasta el 31 de diciembre del 2014. No se cuenta con información sobre la razón de ser de esta diferencia de un año a otro. Sobre este punto, vale la pena recordar que la solicitud norteamericana hecha en noviembre del 2013 para el período anterior (1ero de enero – 30 de junio del 2014) también solicitaba la autorización para 43 embarcaciones (ver texto de la solicitud).

En julio del 2010, una solicitud de la Embajada de los Estados Unidos (que fue aprobada por la Asamblea Legislativa) para apoyar con flota militar fuertemente artillada (incluyendo portaaviones de su marina, la cual lleva las siglas de USS) a las naves de su servicio de Guardacostas (siglas USCGC) en los mares de Costa Rica provocó ya no un malestar, sino una profunda indignación de varios sectores en Costa Rica (ver nota de Semanario Universidad). Al revisar las actas del Parlamento de finales de junio del 2010, se evidencia la gran reticencia del Presidente del Congreso para leer en su totalidad la nota diplomática enviada por la Embajada de Estados Unidos (ver acta del 30/06/2010, pp. 19-24). A la nota inicial (reproducida en las pp. 6-9) solicitando permiso para 53 embarcaciones, se añade un documento más (pp.14-18) que solicita el permiso para 46 embarcaciones: su lectura se debe a la insistencia de un diputado para que sea leída. Finalmente, la insistencia del mismo diputado es la que obliga a la lectura de la traducción no oficial de la nota 062 que se reproduce en la página 24 y que establece que: “El Gobierno de Costa Rica y el Gobierno de los Estados Unidos no formularán reclamos con excepción de aquellos contractuales en contra del otro por daño pérdida o destrucción de la propiedad del otro, lesiones o muerte del personal de ambos que surgieran de las actividades a las cuales se les aplica este acuerdo. Los reclamos de terceros que surjan de las actividades de la operación deberán ser referidos al supuesto gobierno responsable para que estos sean resueltos según las leyes de dicho gobierno, se entiende; sin embargo, de conformidad con la Ley número 7929 del 6 de octubre de 1999, publicada en La Gaceta número 209 del 28 de octubre de 1999, que el Gobierno de Costa Rica no renuncia a su jurisdicción penal, aun en casos relacionados con compensación ordinariamente resueltos por el derecho privado o administrativo. La Embajada agradece la cooperación que el Gobierno de Costa Rica brinde para cumplir con estos requisitos y solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores remitirlos a las autoridades correspondientes con el propósito de coordinar estas visitas a puerto y las subsiguientes operaciones”.

Leídos (a duras penas) los tres documentos, finalmente el Presidente del Congreso se sintió obligado a precisar (pp.24-25) que: “Diputado, únicamente para hacer la aclaración. Si bien es cierto son tres notas, son dos permisos; uno es del permiso que se está discutiendo, que es el primero de Guardacostas; el otro es de la Armada Marina, o sea, que son dos actos distintos; y el otro es un anexo a los dos permisos, pero es un anexo como para información, digamos que nosotros lo tramitamos en un solo expediente. Vamos, para evitar dudas, a hacer dos votaciones para que quede cada una de las solicitudes debidamente votadas”.

Ante tanta improvisación, varios diputados y ciudadanos presentaron un recurso ante la Sala Constitucional de Costa Rica contra la aprobación realizada por los parlamentarios de esta solicitud. En su sentencia Res. 2010-021680(ver texto integral), emitida el 24 de diciembre del 2010, la Sala Constitucional precisó que: “… en nuestra opinión el inciso 5) del artículo 121 constitucional no admitiría una interpretación restrictiva, porque es irrenunciable e implicaría una negación a la autoridad normativa expresa otorgada por la Constitución Política, al cuerpo deliberativo y representativo de la soberanía popular, por lo que de ninguna manera sería admisible que sirviera un Tratado Internacional para minar tal atribución que le es inherente al Parlamento. Más aun, se afectarían los principios constitucionales de supremacía constitucional y de su rigidez, de eficacia directa e inmediata aplicación de la Carta Magna, sin que ni siquiera se hubiesen observado los procedimientos constitucionales que pudieran afectar aquella jerarquía y rigidez, con lo cual se vacía de contenido una importante parte orgánica de la Constitución, su supremacía, así como su regularidad jurídica. Por último, las partes han interpretado el Acuerdo y su Nota Diplomática en el sentido de que para su ejecución es válido el autorizar el ingresos de naves militares para fines pacíficos, civiles, de policía, lo que constituye un elemento esencial en su interpretación a tenor de lo dispuesto en el numeral 31.3, inciso b) de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados –práctica ulterior seguida en la aplicación del tratado-, y avalada por esta Sala Constitucional”. Es de notar que esta decisión se tomó por un estrecho margen, ya que de siete magistrados, tres se separaron del voto de mayoría: con relación a la parte de la nota diplomática que debió ser leída por el Presidente del Congreso por insistencia de un diputado, los tres magistrados indicaron que: “Ciertamente consideramos que el acuerdo impugnado viola el derecho que le asiste a toda persona costarricense a obtener justicia y pronta reparación por cualquier daño sufrido en el territorio nacional, acudiendo a los Tribunales de Justicia de Costa Rica y “ocurriendo” a las leyes costarricenses (artículos 41 y 153 de la norma fundamental). Además, implica una clara denegación de justicia, pues una gran mayoría de los habitantes de la República no cuentan con medios económicos, materiales sociales y culturales para trasladarse a Estados Unidos de América a exigir el reclamo de sus derechos en casos de haber sufrido daños en su persona, propiedad o intereses morales. Así entonces, quienes suscribimos el voto particular consideramos que, también en cuanto a este aspecto, el acuerdo deviene en inconstitucional”.

Resulta oportuno señalar que este recurso interpuesto en julio el 2010 contó con la firma de varios diputados: uno de ellos fue Ministro de Seguridad en la administración 1998-2002, y conoce con mayor detalle el alcance exacto de los términos acordados en el tratado de patrullaje conjunto suscrito a finales de 1998.

En una resolución anterior de la misma Sala Constitucional(ver texto integral de la Res. 2009-005426) del 31 de marzo del 2009, se lee que también en el 2007 se procedió a este tipo de solicitud “ampliada” por parte de la Embajada de Estados Unidos, consistiendo en completar una primera lista de barcos con las siglas USCGC con naves fuertemente artilladas de su marina (con las siglas USS): «Se solicita el permiso para diecisiete embarcaciones con el acrónimo USCGC (servicio de guardacostas del país indicado). También se tramitó la nota diplomática #004 del 3 de enero de 2007 requiriendo el ingreso de cinco barcos con el acrónimo USS (marina de guerra de los Estados Unidos). Pudo comprobar que las embarcaciones que corresponden a la segunda nota son de la marina, debidamente artilladas, con lanzadores de misiles y diseñadas para misiones de corto alcance. No pertenecen al servicio de guardacostas y tienen el doble de longitud de las naves de ese servicio, con lo que son inútiles para persecuciones de lanchas rápidas en el mar». En aquella ocasión, el juez constitucional rechazó el recurso interpuesto e indicó que: «Es precisamente en la sede Parlamentaria donde debe discutirse la conveniencia o no de ese ingreso, como en efecto ocurrió. No hay elementos de juicio suficientes en este caso que permitan concluir que los motivos del ingreso sean distintos de los que expresó el entonces Ministro de Seguridad en la nota dirigida a la Asamblea y que permita de alguna forma concluir que en el ejercicio de la competencia constitucional en cuestión la Asamblea Legislativa se hubiera apartado del valor constitucional de la paz, cuyo contenido ha fijado la propia Sala en los términos que ya se transcribieron». Cabe señalar que esta aprobación en mayo del 2007 por parte de la Asamblea Legislativa se debió también, según la misma Embajada de Estados Unidos en Costa Rica, a su propia labor de cabildeo. Se lee en este cable diplomático del 27/05/2007 publicado por la organización Wikileaks, que “4.This vote caps our behind-the-scenes lobbying campaign over the past six months, which was highlighted by Berrocal and the Ambassador hosting key legislators (and media) aboard the USCGC Rush in Golfito in January”. En el mismo cable también se señala que un pequeño detalle pasó desapercibido para muchos en Costa Rica: “6.COMMENT: These votes clear the way for ship visits until after the CAFTA referendum, which is good news by itself; if the new visit window leads to even less stringent visit approval requirements in the future, even better. (No one seems to have noticed that the period approved — May 1-November 30, 2007 — is actually seven months.)”.En otro cable diplomático hecho público por Wikileaks del mes de diciembre del 2008 (ver cable) se detalla lo provechoso que resultó para la imagen de Estados Unidos la estadía de la embarcación USS Underwood en Golfito en el mes de noviembre del 2008 para convencer a diputados costarricenses, entre otros: “Costa Rica’shyper-legalistic political system and the anti-military, pro-disarmament views of the government and society often made it very difficult to provide military assistance here in the past. As Reftels

illustrate, challenges remain, even when providing humanitarian assistance, and we should proceed carefully, but the Underwood’s visit illustrates how far we have come. The willing participation of skeptical, often-critical legislators from the main opposition party (the PAC) was critical to provide them a clear understanding of the USN’s «role» in law enforcement. We believe they now grasp the nuance that whether from a USCG cutter or a USN warship, it is always a law enforcement team that conducts boardings and the actual hands on searches, seizures and arrests under the bilateral maritime agreement with Costa Rica”.

Encontramos también una resolución del año 2006 de la Sala Constitucional que merece mención, en la medida en que señalaba en aquel momento el carácter estrictamente policial de las operaciones realizadas en materia de patrullaje conjunto en términos que hoy parecen haberse desvanecido: “Al respecto, debe tenerse presente la naturaleza de cuerpo policial, y no militar, del Servicio de Guardacostas de los Estados Unidos de América. Asimismo, en la jurisprudencia parcialmente transcrita, ya la Sala señaló que el Acuerdo de referencia establece un sistema de vigilancia policial conjunta, a través de lo que convencionalmente se denominan fuerzas de orden público, utilizando naves que no son de guerra en estricto sentido, ni tampoco tropas, ni militares, del Ejército de los Estados Unidos de América, sino mediante la conformación de fuerzas y equipos policiales, como parte de la ejecución de los compromisos asumidos por ambos países en la lucha contra el narcotráfico. Adicionalmente, la Sala dijo que la naturaleza de la operación conjunta del patrullaje como medio para combatir el tráfico ilícito de estupefacientes lo distingue de las operaciones militares, por cuanto los fines que persigue no son militares, ni se fundamentan en actuaciones bélicas, sin que el tratado autorice la permanencia de fuerzas militares en territorio nacional” (ver texto de la Resolución 2006-017744 del 11 de diciembre del 2006). La última frase evidencia el cambio de posición del juez constitucional, si la comparamos con el “regalo” navideño del 24 de diciembre del 2010 antes mencionado.

Algunas valoraciones

Más allá de los diversos intentos a lo largo de los años para ampliar progresivamente el alcance de lo establecido en 1999 por parte de Costa Rica y de Estados Unidos, de la tendencia a militarizar la lucha contra el narcotráfico (que se promueve en otras latitudes con resultados cuestionables en cuanto a su eficacia), y de los diversos ejercicios realizados ante la justicia constitucional costarricense, al momento de redactar estas líneas, se cuenta con pocos elementos para saber exactamente qué tipo de aeronaves militares sobrevuelan con tanta regularidad el espacio aéreo de Costa Rica. La cifra de más de 700 permisos aprobados en un solo año merecería mayores detalles por parte de las autoridades a cargo de la aviación civil en Costa Rica. Adicionalmente, se cuenta con pocos datos sobre los logros, los aciertos (y los desaciertos) del convenio de patrullaje con Estados Unidos, el cual adolece de una evaluación integral, pese a haber cumplido 15primaveras en el2014.

En una carta de entendimiento suscrita entre Costa Rica y Estados Unidos en junio del 2009 con relación a la Iniciativa de Mérida (ver documento, Programa Interdicción marítima y terrestre regional) se indicaba brevemente que: “En reconocimiento a los efectos nocivos que ha tenido el incremento del tráfico ilícito en las aguas costeras y dentro del territorio costarricense en la seguridad interna de Costa Rica, este proyecto buscará dar apoyo a los esfuerzos del Gobierno de Costa Rica (GOCR) para combatir el tráfico por tierra y en sus aguas costeras”.

En nuestra modesta opinión, se trata de un primer(y como puede suceder con un primerizo, tímido)“reconocimiento” (según el término usado)de los efectos no contemplados del patrullaje conjunto que debería merecer mayor atención por parte de las autoridades nacionales: en efecto, es muy probable que la presión ejercida en alta mar (debido a la capacidad de vigilancia desarrollada desde 1999) haya sustancialmente modificado las rutas del narcotráfico, acercándolas cada vez más a las costas de Costa Rica. A inicios de los años 2000, las rutas marítimas de trasiego se ubicaban a más de 130 millas náuticas: ver por ejemplo la ubicación del decomiso realizado en noviembre del 2002 al que refiere esta nota de prensa. A este respecto, el mapa de esta otra nota de Al día editada 10 años después (2012) es sumamente ilustrativo: recientes decomisos en el 2015 refieren a distancias menores a las 10 millas (ver nota del Diario La Extra de marzo del 2015).

Otro efecto, poco estudiado, que merecería igual – o hasta mayor – atención es el siguiente: en los últimos años, son muchas las familias de pescadores costarricenses las que han visto a sus integrantes involucrarse en tareas de apoyo a los narcotraficantes. Muchos pescadores jefes de hogar han sido sancionados como tal y se encuentran cumpliendo una pena en un centro penal: en varios casos, por encontrarse en el mar con sus embarcaciones artesanales con una inusual cantidad de gasolina, en labores de abastecimiento a las lanchas rápidas usadas por el narcotráfico. El Plan Nacional sobre Drogas 2013-2017 (ver documento) precisa que: “Los barcos pesqueros artesanales de bandera nacional, han sido intensivamente utilizados para el trasiego de drogas, bajo la lógica de su capacidad de confundirse con el resto de buques costarricenses que se dedican a la pesca a pequeña escala” (p. 17). El Plan Nacional no contempla mayores iniciativas para remediar a esta delicada situación en las costas de Costa Rica, que se puede ver como una consecuencia previsible del acuerdo de patrullaje conjunto de 1999.

Es también muy probable que buena parte de la droga que navegaba en alta mar entre Colombia y México destinada al mercado norteamericano en los años noventa sea ahora trasegada por bandas organizadas en el mismo territorio de Costa Rica: a este respecto, merece mención la referencia que hace el Instituto Costarricense sobre Droga (ICD) en su informe (ver texto) al indicar que: “Es muy evidente que el patrullaje en conjunto con el gobierno de los Estados Unidos da frutos que impiden que esta droga llegue a ser consumida en las calles de la potencia del norte y las nuestras ya que la mecánica actual de pago de los cárteles a los costarricense por los servicios que estos brindan incluye el pago con drogas, misma que luego se procura vender en territorio costarricense” (p. 28). Lamentablemente el ICD no precisa la proporción existente entre la droga incautada destinada a Estados Unidos y la destinada a Costa Rica, que permitiría valorar mejor las ventajas y desventajas de estos operativos conjuntos desplegados en el mar para Costa Rica. Tampoco propone iniciativa alguna para resguardar y proteger a sus comunidades costeras. Más generalmente, el ICD se muestra un tanto discreto sobre el patrullaje conjunto, con un único y modesto gráfico para el período 2008-2013 en su informe anual (pág. 30 del informa antes mencionado). Lo cierto es que las retribuciones por este trasiego otrora realizado en el mar ya no se realizan en dinero en efectivo, sino que se pagan con porciones del mismo producto trasegado, destinado ahora a suplir la creciente demanda del mercado nacional.

Encontramos en otro informe anual para el año 2013 del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) (ver documento) una interesante aseveración: “El éxito de las labores de patrullaje conjunto entre Costa Rica y los EE.UU – particularmente entre 2007 y 2008- obligó a los traficantes a modificar su trayecto. En primer lugar, acercándose más a la costa con la intención de pasar inadvertidos para los sistemas de detección; y utilizando embarcaciones pequeñas, comúnmente de 2 motores, que pueden cargar entre 400/900 kg” (p. 35). Este mismo informe (que tampoco procede a algún análisis más profundo sobre los efectos del patrullaje conjunto) reconoce además que “La mayor parte de la cocaína que llega hasta Costa Rica lo hace por vía marítima. De la droga que llega hasta suelo costarricense, solo una pequeña cantidad permanece para abastecer el mercado local mientras que la mayor parte continua en dirección al mercado del norte mediante diferentes combinaciones en rutas aéreas marítimas o terrestres” (pp. 14-15). El mismo informe oficial de la OIJ precisa además que “Las incautaciones de cocaína más cuantiosas son aquellas realizadas en intervenciones marítimas o en provincias costeras” (p. 74).

En definitiva se puede avanzar, con base en esta breve información recopilada – que no pretende ser exhaustiva – producida por las mismas dependencias del aparato estatal costarricense, que: el desplazamiento inicial de las rutas de cargamentos de droga destinadas a abastecer la demanda del mercado norteamericano hacia las costas de Costa Rica; el grado de vulnerabilidad de algunas comunidades costeras ante la presión ejercida por los narcotraficantes; el desplazamiento ya no solamente a las costas, sino al mismo territorio costarricense de las rutas otrora marítimas; el hecho que el narcotráfico haya ideado desde el territorio costarricense nuevos circuitos de distribución hacia los mercados situados al Norte de Centroamérica que antes se realizaban en alta mar; son, entre muchos otros, complejos temas que tienen todos y cada uno implicaciones muy serias para las autoridades policiales y el Estado costarricense, para las comunidades costeras y para la sociedad costarricense como un todo. Ante esta previsible situación, se hubiese esperado del Estado costarricense y de su aliado norteamericano medidas para desarticular y contener la presión sobre las comunidades costeras que implicaría el patrullaje conjunto acordado en 1998: en una comparecencia ante la Comisión de Seguridad y Narcotráfico, el Comisionado Antidrogas en el 2010 fue enfático sobre la poca preparación de Costa Rica para resguardar lo que ocurre en sus costas y en las primeras 20 millas de mar adyacente (Nota 4).

Conclusión:

Independientemente de aspectos meramente represivos en los que insisten muy a menudo los cuerpos policiales y de seguridad en sus informes anuales, con claras tendencias a militarizar la lucha contra el narcotráfico en algunos casos, y a considerar “exitoso” cualquier aumento en las cantidades de decomiso de droga, es posible que la actual discusión planteada en Costa Rica sobre permisos a aeronaves vuelva a dar lugar a discusiones en el seno del Parlamento y, eventualmente, a un nuevo ejercicio ante el juez constitucional. Un momento oportuno para incluir, en algún momento de la discusión, las consecuencias (al parecer no previstas) del acuerdo de patrullaje conjunto suscrito en 1999 con Estados Unidos.

—–Notas—–

Nota 1: Se lee en este artículo que: “En cuanto al límite exterior del espacio aéreo, su debate continúa, como indicamos, en la citada comisión de la ONU. Son numerosas y diversas las teorías que se han expuesto sobre este particular, por lo cual se las ha reunido en dos grandes grupos, a saber: las teorías espaciales, fundamentadas en consideraciones técnicas o físicas, y las teorías funcionales, que se basan en el concepto de la actividad espacial”. Véase MOYANO BONILLA C., “El Protocolo de Montreal de 1984 y la violación del espacio aéreo por aeronaves civiles”, Boletín Mexicano de Derecho Comparado, Disponible aquí.

Nota 2: La Sala Constitucional indica además con especial acento que: “Le corresponde al órgano legislativo, como representante y encarnación del pueblo costarricense, de sus valores, principios, tradiciones y derechos colectivos de los que es titular, discutir y discernir si se trata de “tropas extranjeras” o no, si estamos o no ante “naves de guerra” y, en definitiva, autorizar su ingreso o no al territorio nacional, según los fines que tengan propuestos esas tropas extranjeras o naves de guerra /…/. Bajo esa inteligencia, ningún otro órgano o entidad pública puede autorizar el ingreso de tropas extranjeras o de naves de guerra o discutir, si se trata de unos u otros, tales extremos le están reservados, exclusivamente, a la Asamblea Legislativa en procura de actuar el valor constitucional y el derecho fundamental a la paz, consustanciales a la sociedad costarricense. El órgano o la entidad que se arrogue esa atribución o competencia exclusiva y pretenda efectuar distinciones que son competencia del órgano legislativo, será, por consiguiente, manifiesta y absolutamente incompetente y cualquier acto que dicte será sustancialmente disconforme con el parámetro de constitucionalidad».

Nota 3: Véase BOEGLIN N., “Hacia la consolidación del derecho humano a la paz”, publicado en el sitio Tribuglobal, edición del 4/02/2014, disponible aquí.

Nota 4: Leemos en esta acta de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico del Congreso de Costa Rica del 21/09/2010, que para el Comisionado Antidrogas de Costa Rica y Vice Ministro, “El patrullaje conjunto marítimo también establece la posibilidad del patrullaje aéreo y la interdicción aérea sigue siendo uno de los recursos más efectivos. Y aquí también nosotros dentro del replanteamiento de la estrategia del patrullaje hemos optado por utilizar el recurso aéreo también. Me refiero a tecnología, me refiero a radares, a capacidad de detección para poder nosotros intervenir cuando esas embarcaciones se van acercando a la costa. Pero en este momento con los recursos que tiene el país se hace prácticamente, como lo dice nuestro pueblo, burro amarrado contra tigre suelto en la lucha. Nosotros no tenemos en este momento esa capacidad de interdicción marítima, y estamos focalizando la acción en hacer puntos de contención específicos y poder tener mayor apoyo en la detección. Porque Costa Rica tampoco cuenta con los recursos tecnológicos de radar, para poder estar estableciendo y aunque los tuviéramos no tenemos la capacidad para dar una cobertura adecuada al abordamiento, al acercamiento de esas lanchas a esas lanchas a nuestras costas, que es lo que tanto golpea” (p. 29). En la página 21 de esta misma acta se transcribe lo oído por un diputado en la cadena norteamericana de CNN por parte de la Presidenta de Costa Rica, y que según este mismo diputado fue luego “borrado del mapa“.

 

(*) Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)

 

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

El mensaje de una ceremonia inolvidable

Ricardo Alarcón de Quesada*

 

Especial para CLARIDAD

 

Ver la bandera de la estrella solitaria otra vez alzada en la Embajada cubana en Washington trae inevitablemente el recuerdo de quienes no pudieron asistir a una ceremonia por cuya realización, sin embargo, dieron generosamente sus vidas. Son muchos, cubanos, estadounidenses, puertorriqueños e hijos de otras tierras, los ausentes que asaltan la memoria y, vencedores del olvido, incitan a escribir estas rápidas reflexiones.

Mencionaré sólo a uno que a todos sintetiza. Carlos Muñiz Varela, quien hizo suyas y defendió hasta el último aliento dos insignias hermanas. Él tampoco asistirá, pero su presencia será imborrable, el día no lejano en que la enseña boricua se levante, libre, orgullosa y solitaria, en la capital norteamericana.

El restablecimiento de las relaciones diplomáticas entre Cuba y Estados Unidos es ante todo una gran victoria del pueblo cubano y también de la solidaridad internacional. No se habría llegado a ese día sin la abnegada y heroica resistencia antillana frente al bloqueo económico que aún persiste y constituye el genocidio más prolongado de la Historia. Tampoco habría sido posible sin la exigencia unánime de los países de América Latina y el Caribe y de incontables amigos solidarios en Norteamérica y en otras partes.

Se pudo alcanzar este acuerdo, sobre todo, porque el continente vive una época nueva y los intentos por aislar a Cuba fueron derrotados y terminaron aislando totalmente a Washington. Hace medio siglo el Imperio forzó a todos los miembros de la OEA, salvo a México, a romper con Cuba, pero ahora, cuando reabre su Embajada en La Habana, encontrará aquí que, desde hace tiempo, todos los demás habían regresado y el poderoso vecino era quien estaba en la absoluta soledad que ahora quiere superar.

De Martí viene a los cubanos la obligación de respaldar el derecho de Puerto Rico a su independencia. Que Cuba flaquease en el cumplimiento de ese deber fue durante muchos años una de las principales demandas norteamericanas para normalizar las relaciones. De hecho, ésa fue la exigencia más duradera, pues otras condiciones igualmente inaceptables, como los vínculos con la URSS o el apoyo a los movimientos de liberación en África y Centroamérica, hace décadas fueron superadas por la historia.

Cuba nunca renunció a la solidaridad con la causa nacional puertorriqueña. No lo hará jamás y Washington lo sabe.

Por eso esta victoria cubana pertenece también a Puerto Rico y se produce cuando la isla hermana enfrenta una coyuntura definitoria, luego de que la Comunidad de Estados Latinoamericanos y del Caribe (CELAC) ha reafirmado que el caso de Puerto Rico es parte de su propia Agenda y avanza un apoyo internacional indispensable que debe hacerse cada vez más resuelto y eficaz.

El actual estatus colonial fue rechazado por la mayoría absoluta de la población en el plebiscito de noviembre de 2012 y todos reconocen que su modelo económico se derrumba y Puerto Rico sufre una profunda crisis de la que sólo podrá salir con el pleno ejercicio de la soberanía y la independencia.

Estados Unidos tiene una responsabilidad insoslayable y debe ejercerla si quiere mejorar sus vínculos con nuestro Continente. El imperio yanqui se apoderó de Puerto Rico por la fuerza en 1898 y desde entonces la trata como territorio que le pertenece, como a una posesión suya, es decir, una colonia. El presidente Obama, profesor de Derecho Constitucional, conoce que el colonialismo es ilegal y que las potencias coloniales, de acuerdo con las normas internacionales, tienen el mandato de devolver a los pueblos sometidos todos los poderes que detentan. Debe dar los pasos que le incumben para que el pueblo puertorriqueño asuma sus inalienables derechos nacionales y lo haga por sí mismo, libremente, sin intromisiones ni presiones foráneas. Debería apoyar una fórmula que cuenta hoy con muy amplio consenso, la realización de una Asamblea Constituyente en la que participen todas las corrientes de opinión boricuas y cuyos trabajos y resultados Estados Unidos se comprometa a respetar.

Hay otras cuestiones que el presidente Obama está en plena capacidad de resolver y respecto a las cuales tiene también una obligación ineludible. Poner en libertad inmediatamente a Oscar López Rivera, disponer que el FBI entregue toda la información que aún oculta respecto a los asesinatos de Santiago Mari Pesquera y de Carlos Muñiz Varela son decisiones que dependen enteramente de él y debe tomarlas ya, sin más dilación.

Estas medidas son acciones que puede emprender fácilmente ahora y están en sus manos precisamente porque Puerto Rico todavía es una colonia del Imperio que él preside. Sí se puede y él lo sabe.

 

* Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba de 1993 a 2013, Ministro de Relaciones Exteriores, y Embajador de Cuba en Naciones Unidas. Además, fue miembro del Comité Central del Partido Comunista de Cuba y su Buró Político.

 

Enviado a SURCOS Digital por Carlos Meneses.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

¿Otra vez militares a Centroamérica?

Fuente: Editorial de La Jornada

 

El Comando Sur de las fuerzas armadas estadounidenses anunció ayer que esta misma semana empezará a desplegar una fuerza de tarea de 280 infantes de marina ( marines) conformada por tropas de aire, mar y tierra, con el propósito de entrenar a las fuerzas locales –sobre todo las hondureñas– en combate a la delincuencia organizada y tareas de rescate de población civil ante desastres naturales. El grupo principal de esta fuerza, de 180 efectivos, será enviado a la base militar que Washington controla en Honduras, en la localidad de Palmerola. Los otros 100 se distribuirán en otros puntos del territorio hondureño, así como en Belice, El Salvador y Guatemala.

“Los marines estarán en posibilidad de agrupar rápidamente personal y equipos en la región si son requeridos ante una situación de emergencia”, indicó el Comando Sur en el comunicado.

La información resulta preocupante porque, de acuerdo con los antecedentes históricos, la presencia de fuerzas militares de la potencia del norte nunca ha sido positiva para las poblaciones centroamericanas. Desde las incursiones del filibustero William Walker en Nicaragua, Costa Rica y Honduras (ya antes había intentado, sin éxito, hacerse con el control de Sonora y Baja California), a mediados del siglo XIX, hasta el respaldo genocida de las administraciones Reagan y Bush a las dictaduras guatemalteca y salvadoreña, en la penúltima década del siglo pasado, la presencia de los contingentes militares estadunidenses en Centroamérica se ha traducido en masacres, violaciones masivas a los derechos humanos, apoyo a tiranos impresentables y pérdida de soberanía para las naciones afectadas. De hecho, esas aventuras bélicas han terminado en ocupaciones en forma –como ocurrió en Nicaragua con Walker, quien proclamó una república esclavista, o 70 años más tarde, con tropas regulares cuya presencia provocó el inicio de la guerra de liberación encabezada por Augusto César Sandino– o en la conformación de regímenes marioneta, como pasó en la propia Nicaragua con la dinastía de los Somoza; en Guatemala, con Carlos Castillo Armas, y en Honduras, con gobernantes civiles puramente decorativos, hace tres décadas.

Hoy día Washington no es más respetuoso de los derechos humanos y las soberanías que hace 30, 60 o 100 años, como demuestran los abusos policiales que ocurren mes tras mes en las calles de las ciudades estadunidenses; las torturas en Guantánamo y Abu Ghraib, y las incursiones bélicas de la administración Obama en Libia y Siria. Por lo demás, Estados Unidos tampoco ha renunciado a su orientación colonialista e injerencista.

En tales circunstancias, un nuevo despliegue de tropas de Washington en Centroamérica abre la perspectiva de un nuevo ciclo de violaciones masivas a los derechos humanos y a atrocidades como las que perpetraron los militares y paramilitares de la región bajo la dirección, entrenamiento y financiamiento del Pentágono y la CIA. Para colmo de males, si los gobiernos de la región son incapaces de enfrentar al crimen organizado y llevar a sus cabecillas ante los tribunales, cabe dudar de su capacidad para sancionar a tropas ocupantes que, como ocurre hasta con los cascos azules de la ONU, tienen la impunidad garantizada para cometer cualquier clase de atropellos contra la población civil.

La noticia comentada abre, en suma, una perspectiva ominosa para Guatemala, Honduras, El Salvador y Belice. Cabe esperar que los gobernantes de esas naciones hermanas recapaciten y rechacen semejante ayuda.

 

Enviado a SURCOS Digital por Carlos Meneses.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/