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Etiqueta: huelga

Apuntes Patrióticos I

Juan Carlos Durán Castro
Secretario de Seguridad Social CTRN

17 – 10 – 2020

1- Posición de corte fascista y no de Estadista del Presidente Su discurso sumamente retador y desarrollando alianzas con distintos actores y actoras para imponer su «diálogo institucionalizado» y antidemocrático, esa es la ruta trazada después de 4 intentos fracasados. La terquedad indica que para ser viejo y sabio, se debe ser primero joven y estúpido. (grafiti en puente entrando a Escazú).

2- Algunos líderes y liderezas de algunos sectores desde nuestra mirada han sido cooptados y pareciera que son manejados a control remoto. Se olvidan de su discurso y asumen que el » diálogo» del Ejecutivo y Legislativo es lo correcto.

Un error histórico que deja mucho que desear, pues asumen que los patriarcas que hicieron llamado al «diálogo» están por encima del soberano y eso sí es de analizar por fondo desde todo punto de vista, pues tales liderazgos podríamos pensar están en una zona de confort que los deja en un predicado muy complejo.

3- Observamos fracciones legislativas que reafirman su vínculo poco diáfano con los más ricos que no desean compartir su cuenta bancaria y su billetera para ayudar a los 1.600.000 pobres y a los 500.000 desempleados y desempleadas. De hecho osan desde una posición de corte fascista presentar moción en la Asamblea que desconoce a los que generan la defensa patriótica en las calles y se pliegan así al discurso obtuso del Presidente de la República.

Desconocemos si esta línea de confrontación cuenta con los votos suficientes en el hoy o después, pero de prosperar tales intenciones sin duda el país en su conjunto pierde aún más su norte.

4- UCCAEP y en particular su nuevo jerarca es atacada por Presidente de la República y a este personaje tristemente célebre suma a su política de alianzas una comparsa de Ex Presidentes (con las relativas excepciones de Arias y Figueres que se distancian de tales tesis por experticia, política, cálculo electoral, correlación de fuerzas en sus escenarios partidarios y posiblemente por analizar la enorme torpeza del Presidente Carlos Alvarado Quesada), que desconocen la lucha callejera (con sus errores y virtudes)

En tal contexto asistimos a ciertos errores del señor Célimo Guido que terminan ayudando a la oligarquía rancia perdedora de la silla principal de la UCCAEP.

Esa oposición interna perdedora que aprovecha la coyuntura y monta junto con los aliados de la Nación, Teletica, Repretel, Amelia y otros medios una narrativa engañosa para debilitar y destituir al nuevo Presidente de UCCAEP, que se atrevió a romper un paradigma de conformidad con el contexto político actual.

Si fue error o virtud lo acaecido entre RN y UCCAEP lo cierto es que no nos podemos quedar en ese balance, sino avanzar y ver el bosque y no solo el árbol, es decir, dejar de jugar tablero y empezar a jugar ajedrez, pues el momento lo exige, pues de fondo en los escenarios reales y paralelos se wata jugando el futuro de la Patria.

5- Analizamos el comunicado del PAC, el cual es tristemente célebre, de corte fascista y alineado con la torpeza juvenil de Don Carlos Alvarado.

Pero además es indicativo de que fuerzas tienen copada la dirección política de un partido que sigue cavando su propia tumba.

6- Desde nuestra modesta lectura el espacio de diálogo del Banco Popular (ATBPDC) , debe seguir siendo fortalecido y desee ese espacio debemos avanzar y presentar propuestas al Legislativo y Ejecutivo.

Así las cosas, todo apunta que el Gobierno obtuso no desea reconocer el mérito histórico de RESCATE NACIONAL, ya que los califica de una especie de terroristas que dinamitan la institucionalidad y veremos hasta donde sigue optando por no darles audiencia, pero sin duda esto podría cambiar en algún momento.

De igual forma aún no acepta que el espacio del Banco Popular va a caminar de forma autónoma y propositiva lo cual generará que más temprano que tarde algunos actores sindicales de forma no tan evidente se muevan hacia ese espacio y soliciten incorporarse después de haberle reducido su perfil.

7- Centrales sindicales reaccionan tardíamente de nuevo y en general el movimiento sindical sólo puede acompañar protestas puesto que el tema del derecho a huelga esta diezmado en razón de propios errores sindicales (por no darle otro calificativo), lo cual abre solamente una pequeña ventana para seguir metiendo presión en el actual contexto.

Se impone aceptar la realidad jurídica del tema de las huelgas en el sector público y ser altamente creativos para apoyar a RN, pero sobre todo debe el movimiento sindical en su conjunto mejorar con urgencia su lectura política y ponerse a la altura del momento ya que hasta ahora todo indica que si se suben a este tren posiblemente sea en los últimos asientos del último vagón.

8-Actores sindicales deben ampliar su balance político y apostar por mirar más allá de las personas o sectores y colocar al país al frente pues el momento lo exige, la agenda país está por encima de lo corporativo.

Una crisis financiera provocada adrede por la derecha rancia es un posible escenario de los sectores ultraconservadores, o sea, llevar al país a una situación de impagos no debe ser descartada y en tal sentido es que indicamos que el balance de coyuntura es poco profundo en la acera sindical.

9- A la academia Universitaria (existen excepciones), progresista la notamos desarticulada y la respuesta desde las Universidades refleja un buena dosis de captación de las tesis de derecha, posiblemente una buena parte de este sector académico que apostó y ayudó a que EL PAC ganara las elecciones este aún plegado a la miopía y ceguera del Presidente Alvarado, ojalá esto varíe pronto, pues al país le urge academia progresista.

10- Estado de La Nación tiene un tropiezo histórico relevante, pero además sin duda desee el génesis de este esfuerzo tenía pensada válvula de escape para Don Jorge Vargas Cullel.

Pero más allá de lo sucedido con el PEN, esa puerta debe seguir abierta pues no dudamos de la alta capacidad técnica del recurso humano que labora en esa institución y o dudamos que los buenos oficios del PEN pueden ayudar al proceso del Banco Popular.

11- Estamos en un momento de alta y constante negociación política y en ese sentido debe actuar la dirigencia de cualquier sector, pero lo justo y necesario es que todo actuar sea a la luz del día, sin miedos pero con sentido estratégico.

12- RESCATE NACIONAL es y debe seguir manteniendo niveles de autonomía y escuchar y entablar alianzas tácticas y estratégicas, PERO sobre todo debe definir sobre dos temas urgentes, tácticos y estratégicos, veamos:

1- Una línea clara sobre el tema del diálogo nacional, y

2- Desarrollar un trabajo de aporte a la reconstrucción de lo que hemos denominado EL NUEVO MOVIMIENTO PATRIÓTICO NACIONAL.

 

Imagen ilustrativa.

Las huelgas están inscritas en la Historia Nacional

Vladimir de la Cruz

La historia de las huelgas laborales en Costa Rica se remonta al siglo XIX. Desde 1874 tenemos noticias de ellas, incluso en el sector público. En el último tercio de ese siglo grandes movimientos huelguísticos se dieron, entre ellos la huelga de los trabajadores italianos que laboraban en la construcción del ferrocarril. También la hubo de españoles. A finales del siglo XIX hubo un crecimiento del número de huelgas.

A principios del siglo XX fueron importantes las huelgas de los panaderos. En la primera mitad del siglo XX tuvimos períodos de auge en el movimiento huelguístico, 1907-1911, 1917-1921, 1927-1934. Entre 1938 y 1943 hubo importantes movilizaciones obreras y de trabajadores, como de campesinos. En 1946 hubo una huelga contra la CCSS y en 1947 la famosa Huelga de los Brazos Caídos. Durante el período de la Junta de Gobierno también hubo movimientos huelguísticos.

Posterior a la Junta de Gobierno, entre los años 1950-1962 hubo huelgas, las que disminuyeron en el período 1962-1969. A partir de 1970 hubo un incremento de las huelgas, y especialmente en el sector público, junto con grandes movilizaciones populares como fueron las luchas contra el Contrato Ley de la ALCOA, las luchas contra el llamado COMBO del ICE, las luchas contra el Proyecto de Ley del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y, finalmente, este movimiento huelguístico contra el Proyecto de Ley de la Reforma fiscal.

En esta historia de huelgas se han dado características particulares de ellas. En todas las huelgas se elabora una lista de reivindicaciones, de diverso tipo, a negociar con la parte patronal. Se elabora un plan de lucha para obtener el mejor resultado. Y ser parte, obviamente, de un proceso de negociación donde, de parte de los sindicatos y trabajadores, tienen objetivos principales y secundarios por lograr y, en esta perspectiva, capacidad para negociar y obtener el mejor de los resultados planteados y posibles.

Las huelgas deben tener objetivos posibles de lucha. Huelgas con objetivos imposibles son liquidadas y están dadas a fracasar. Solo dirigentes sindicales y políticos irresponsables pueden conducir un movimiento de lucha sindical o político a luchas imposibles de tener resultados favorables a los trabajadores, aunque sean pocos.

En la historia de las huelgas han pesado las llamadas huelgas laborales. Son las que se han dado, se dan y se seguirán dando en centros de trabajo, instituciones públicas y empresas del sector privado. En estas se pone en movimiento un grupo de trabajadores por lograr beneficios económicos sociales, reivindicaciones laborales o por defender derechos laborales que sienten amenazados.

Desde 1943, cuando se aprobó el Código de Trabajo, las huelgas están reguladas en su funcionamiento y ejecución. Para que la huelga laboral se dé se necesita cumplir con un trámite procesal, que agotado sin posibilidad de lograr nada los trabajadores, en discusión con sus patrones, pueden acudir a la huelga, al paro de sus labores, a la suspensión del trabajo, y sobre la acción de fuerza de la huelga, discutir lo pretendido.

Antes de 1943 las huelgas se dieron sin regulación laboral especial. En 1920, con motivo de las huelgas que se dieron durante todo ese año, en diciembre, cuando el gobierno reconoció y estableció la jornada de ocho horas de trabajo diarias, que era el motivo de las huelgas, en el Decreto, el Gobierno reconoció el derecho de los trabajadores a la organización sindical y a la huelga, sin que se hubiera hecho una legislación especial al respecto.

La huelga es una forma de protesta social, organizada de los trabajadores y sus organizaciones sindicales. Resultado de ella se produce una paralización de labores, de trabajos, en perjuicio de sus patronos, privados o públicos, ante quienes proponen reivindicaciones o reclamos.

Cuando se constituyó la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en 1919, los países que forman parte de esta organización, que suscriben y ratifican los Convenios que en esta organización se aprueban, pasan a integrar, como parte de su legislación interna, estos Convenios, con rango superior a las leyes nacionales.

Costa Rica forma parte de la OIT y ha aprobado una buena cantidad de Convenios, entre ellos los de derecho a la organización sindical y a la huelga. Por eso en las reivindicaciones de los movimientos huelguísticos se mencionan estos Convenios. Para la OIT la huelga es un medio legítimo fundamental de los ciudadanos y de los trabajadores, por medio de sus organizaciones sindicales, para defender sus intereses económicos y sociales.

Las huelgas las conocemos desde la antigüedad, desde Egipto, en la época de los faraones. Pero, las huelgas modernas, vienen, en su origen, desde la Revolución Francesa y de la Revolución Industrial del siglo XIX, cuando empezó a organizarse el movimiento obrero contemporáneo.

Como parte de las protestas del movimiento obrero internacional, y particularmente europeo, en el siglo XIX, se dieron movimientos huelguísticos y luchas sociales que adquirieron la forma de cartismo y ludismo.

El cartismo fue el movimiento que se orientó en enviar cartas a los Congresos Legislativos denunciando las malas condiciones de vida y de trabajo de los trabajadores, con la finalidad de que los legisladores aprobaran leyes que regularan estas situaciones.

El ludismo, que debe su nombre a Ned Ludd, dirigente obrero, quien llamaba a la destrucción de las máquinas considerando que eran las culpables de las malas condiciones de vida y de trabajo y de la situación económica y social de los trabajadores.

Estas luchas se reorientaron a partir de 1850 con la presencia, en los trabajadores, de las corrientes políticas socialistas, anarquistas y comunistas, particularmente, y a finales del siglo XIX de las corrientes socialdemócratas y socialcristianas.

En este contexto se llevaron a conceptuarlas como parte de la lucha social política, como parte de la lucha de clases, que adquiría un sesgo anticapitalista y más tarde de lucha por el socialismo, como resultado final de una Revolución social y política.

De este período, en la segunda mitad del siglo XIX, se articula también, a partir de 1864, una organización internacional sindical, la Asociación Internacional de Trabajadores, fundada por Carlos Marx, considerando que si el capitalismo y los capitalistas estaban organizados a nivel internacional de igual modo los trabajadores debían organizarse, a ese mismo nivel, para coordinar luchas en los distintos países.

Hoy hay muchas organizaciones sindicales en cada país, hay federaciones de ellas y confederaciones nacionales. Pero también hay niveles de organización regional sindical, centroamericanas, latinoamericanas, por ramas de producción internacional, y las hay de carácter internacional o mundial.

La huelga laboral se incorporó como parte de los derechos de segunda generación, dentro de la libertad sindical, y se reconoce en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado por Costa Rica.

Las formas y los tipos de huelgas que históricamente se han dado adquieren una gran variedad. Veamos algunas.

Las huelgas hoy son legales e ilegales. Las legales aquellas que se realizan de conformidad al ordenamiento legal y constitucional, donde se cumplen trámites para solicitar ante el Juzgado la legalidad del movimiento. La ilegales las que se realizan fácticamente sin cumplir ningún trámite legal para convocarlas y realizarlas. Las consecuencias de unas y otras son evidentes. En las legales se produce una situación de fuerza, y de espera tirante, entre la parte patronal y laboral por aguantar en estado de huelga para finalmente resolver lo que se discute, el motivo de esa huelga. En las ilegales, las consecuencias son directas contra los trabajadores, en perjuicio de sus salarios que no los reciben durante el período de la huelga, y con amenaza de despido laboral o pérdida del trabajo.

En Costa Rica en toda la historia de las huelgas menos de 12 han sido declaradas legales. Todas, en la práctica ha sido declaradas ilegales. Así se han hecho, y así también han llegado a acuerdos finales, para ponerle fin al conflicto, donde las sanciones contra los trabajadores se minimizan, como se ha propuesto en el actual conflicto que ha vivido el país. Si no se llega a ese acuerdo las consecuencias son evidentes, reales y efectivas.

Entre las presiones laborales y políticas que históricamente se han planteado se han dado las llamadas Huelgas de Hambre. Es la protesta o acto al que se presenta un dirigente sindical o político, o varios, que dejarán de ingerir alimentos durante el plazo que sea necesario para obtener los resultados o reivindicaciones que se demandan. Estas huelgas no pueden ser improvisadas. Los huelguistas de hambre deben prepararse para ello, con supervisión y asistencia médica, y para que puedan durar en ese estado. Estas huelgas se hacen siempre con objetivos alcanzables porque se trata de que se puedan lograr y de que los huelguistas no se mueran. Pero, se trata también de que alrededor de quienes están en huelga se produzcan grandes movilizaciones sociales, de trabajadores, en su apoyo.

Existen las Huelgas de Solidaridad. Son las que se llevan a cabo a favor de un grupo de trabajadores que están en huelga por parte de otros trabajadores, de su propia rama de producción o de otras empresas. Pueden llegar a tener un gran carácter expansivo.

En Costa Rica se dieron movimientos de solidaridad con los huelguistas italianos que construían el ferrocarril, en el siglo XIX, en Turrialba, Cartago y San José, sin que llegaran a realizar huelgas. Las primeras, importantes, de solidaridad laboral, con paro de empresas, se dieron con los huelguistas panaderos de principios del Siglo XX. De esas huelgas hubo tres consecuencias importantes. La primera, fue la expulsión del país de los dirigentes de la huelga, panaderos de origen español, entre ellos Juan Vera, el más destacado. La segunda, se produjo un decreto del gobierno que impidió la circulación de materiales anarquistas, socialistas y comunistas por el correo, porque a los dirigentes sindicales se les imputaba de anarquistas. La tercera, impulsó la creación de la primera Federación de Trabajadores San José en 1905. A finales de la década 1900-1910 se produjo un movimiento de solidaridad de trabajadores traídos de Panamá para romper una huelga bananera, a la que se sumaron cuando llegaron a Limón y se dieron cuenta que los habían traído de rompehuelgas, debido a que eran militantes sindicales. Las otras huelgas de solidaridad se dieron en el sector bananero en la década de 1980.

Existen también las llamadas huelgas de Brazos Caídos. Son reivindicaciones o protestas que se llevan a cabo en la propia empresa, en el puesto de trabajo, donde los trabajadores permanecen inactivos durante la duración de esta huelga.

En Costa Rica, en 1947, se dio una Huelga de Brazos Caídos con pretensiones políticas contra el gobierno de Teodoro Picado con el propósito de obtener garantías electorales y políticas, por parte de la oposición política, frente al proceso electoral que se avecinaba en diciembre de 1947 y febrero de 1948.

En la huelga de brazos caídos los trabajadores no abandonan la empresa o institución, y se pueden establecer turnos para ocuparla permanentemente.

Como variantes de este tipo de huelgas se dan las llamadas huelgas de Bolígrafos Caídos, cuando en el caso de demandas de policías o agentes de tránsito cuando se niegan a elaborar partes de multas. En algunos países cuando periodistas entran en paros o huelgas usando este método de negarse a escribir en el periódico. Aquí, en Costa Rica, no hay registro de estas dos formas de huelgas.

Está también la llamada Huelga General. Históricamente fue concebida, desarrollada e impulsada por los anarquistas. Se trata de impulsar un movimiento general en el cual se paralice toda la actividad productiva y estatal, con apoyo de todos los grupos sociales, estudiantes, campesinos, pensionados, amas de casa y trabajadoras domésticas. Se trata de que toda la población trabajadora se integre a ella. Su objetivo fundamental es hacer caer a un gobierno.

Aquí, en Costa Rica, este concepto de Huelga General la Asociación Nacional de Empleados Públicos, y su principal dirigente, Albino Vargas, desde el 1 de setiembre, ya pensionado de su ejercicio de funcionario y dirigente sindical, lo han usado muchas veces para llamar a actos de suspensión de labores. Con esta consigna más que huelgas generales han realizado manifestaciones de trabajadores, y pequeñas huelgas en algunas instituciones estatales. Muchas de esas manifestaciones eran solo de dirigentes y unos cuantos trabajadores.

Por la mala forma que han llamado a la realización de la Huelga General me parece que han prostituido el término, lo han debilitado y lo han hecho ineficaz.

Grandes movimientos sociales, como ALCOA, COMBO del ICE, la lucha contra el TLC-CA-RD, o el actual, contra la Reforma Fiscal, no responden a esta concepción de lucha bajo el llamado a la Huelga General.

La huelga general se caracteriza por su extensión más que regional, ojalá de todo el país.

La Huelga General requiere un aparato político de apoyo, de partidos políticos o de fuerzas políticas reales, de lo contrario es llamar a la anarquía social, a la anomia fáctica institucional.

El Movimiento Solidaridad, de características sindicales, en Polonia, con base en la lucha organizada de los trabajadores y de los sindicatos de los astilleros de Gdansk, sí pudo conducir esa forma de lucha en Polonia contra el gobierno y el régimen comunista, porque había ausencia de partidos políticos de oposición y el movimiento sindical ocupó su lugar como fuerza política actuante.

En Costa Rica todavía hoy el movimiento sindical no puede sustituir a los partidos políticos como fuerza política opositora al sistema y al gobierno, ni como alternativa político electoral. Esta debilidad no la pueden subsanar en esta forma de lucha de convocatoria de Huelga General, ni siquiera tratando de sustituir la ausencia hoy de partidos de izquierda con cierta presencia nacional que carecen de fuerza social organizada, como tenían los partidos de izquierda antes de 1990 en el país.

La dirigencia sindical actual no admite conducción política partidaria como se hacía antes de 1990, pero tampoco por sí misma es un poder político. Han tenido ribetes de participación marginal en partidos políticos. Han tenido especial acercamiento a los gobiernos últimos del Partido Acción Ciudadana, no a su Partido.

A lo único que contribuye esta dirigencia sindical con sus acciones ácratas es a desdibujar el peso de las instituciones democráticas, a debilitar la imagen de las instituciones de Poder Político, a fortalecer las imágenes negativas y de desgaste que se han venido promocionando peligrosamente contra los políticos, la Política, los partidos políticos, los Poderes Públicos y los controles políticos establecidos, sin posibilidad real de sustituirlos.

En el momento actual este tipo de convocatorias irresponsables solo puede contribuir a fortalecer tendencias populistas extremas que pueden resultar incontrolables para la sociedad democrática nacional, e incontrolables para los mismos dirigentes sindicales y su propia organización.

También se pueden dar huelgas o paros laborales por horas, o por períodos de tiempo no superiores a la jornada diaria de trabajo. Generalmente se llevan a cabo como experiencia organizativa y de preparación de movimientos mayores. De estas se pasa a la huelga de uno o dos días, o de varios, generalmente con períodos de finalización, pero en posibilidad de ir a huelgas más prolongadas.

No hay experiencia en el país de huelgas novatorias, que son las que se realizan para alterar o modificar lo pactado en los Convenios Colectivos de Trabajo, o que resulten de laudos arbitrales. En general lo pactado en convenios colectivos se negocia con otra Convención Colectiva al finalizar el término de la original. No hay ni siquiera práctica de negociar solo aquellas cláusulas en las cuales los sindicatos o los patrones están interesados en modificar. Para modificar unas cláusulas se debe negociar todo el Convenio. Con las nuevas disposiciones jurisprudenciales de la Sala IV el movimiento sindical debe revisar este aspecto de su lucha.

Huelgas rotatorias se producen en empresas o instituciones cuando se dispone que en una parte de la empresa o institución sus trabajadores paralizan sus labores, alternándose en la cesación de funciones o de trabajo con la finalidad de afectar la coordinación de los procesos productivos o de los servicios empresariales o institucionales. En Costa Rica no se han dado este tipo de huelgas o protestas.

Huelgas estratégicas se llaman en el movimiento obrero internacional aquellas que afectan de modo directo la actividad productiva básica de una empresa, que a su vez repercute en cadena a otros sectores estratégicos y sensibles del sistema económico productivo, paralizando otras empresas por este efecto. Es el caso de la parálisis en cierto tipo de empresas como muelles, ferrocarriles, transporte, comunicaciones en general, electricidad. Cuando en estos servicios en Costa Rica se han dado huelgas producen esos efectos pero no han sido convocadas de esa manera.

En el campo laboral estas son las huelgas más tradicionales.

Otras formas de huelgas, algunas de ellas no conocidas o realizadas en Costa Rica, son las huelgas de consumo, que son formas de protestas para no consumir determinados productos de ciertas empresas, por razones laborales, por maltrato, discriminación o explotación de trabajadores o por incumplimiento de leyes laborales, por incumplimiento de aspectos ambientales, o para apoyar a trabajadores en huelga en esas empresas.

Y, están las huelgas estudiantiles, también de larga data en la Historia nacional, tema de otra reflexión.

En resultado del movimiento de protesta realizado estos días contra el Proyecto de Ley de Reforma Fiscal, en mi opinión, a pesar de las grandes movilizaciones, el movimiento sindical y sus dirigentes salieron perdiendo en toda la línea. No hay que cantar victoria por los niveles de conciencia anti gobierno que pudieran agitarse en esta lucha en estas jornadas. No hay que cantar victoria por las movilizaciones que se dieron y las que se mantuvieron en el interior del país. El resultado de esta primera fase fue la derrota del movimiento sindical que ni siquiera pudo cumplir, por parte de los dirigentes que llegaron a la elaboración de un acuerdo, de poder convencer a sus asambleas sindicales de aprobarlo. Y la derrota de esos dirigentes fue la desautorización de esas asambleas hacia ellos por haber llegado a ese documento, y de no aceptar su cumplimiento. Los que originalmente, esa madrugada, no aceptaron el documento fueron arrastrados a la presión social de aprobarlos por quienes los habían aprobado, quedándose aislados ante la inmensa mayoría de la población y de los trabajadores. Por la fuerza de los acontecimientos algunos sindicatos fueron firmando lo acordado, pero mostrando la debilidad de ellos en el atraso de esa firma, y el repudio de sectores populares ante ciertos actos sindicales en centros de trabajo. Finalmente, ante la aprobación del Proyecto Fiscal en su primer debate parlamentario quedaron más debilitados.

El movimiento sindical, y su dirigencia, no tuvieron la capacidad de tener una agenda alterna en este conflicto. Su consigna de rechazo y de retiro del Proyecto de Reforma Fiscal era imposible en la forma que se dio. La lucha dirigida en esa línea era al fracaso como único objetivo de lucha.

El pliego de peticiones de los sindicatos mostrado al final de esas conversaciones no dejó de ser tan solo eso, un pliego de peticiones y de propuestas. No pudieron articular un solo Proyecto de Ley relacionado con cada una de sus pretensiones, muy válidas la mayoría de ellas, y bien justificadas.

El movimiento sindical y sus dirigentes en esta lucha quedaron atrás. Pudieron articular, como parte de su estrategia, un conjunto de Proyectos de Ley para que paralelamente complementaran al Proyecto de Reforma Fiscal, en lo que ellos señalaban que le faltaba y fueron incapaces de proponerlos.

Algunas de estas propuestas sindicales, tenían aval del sector empresarial, como la lucha contra el contrabando, la evasión y la elusión. Y perdieron oportunidad de aliarse a este sector para conjuntamente elaborar esos proyectos de ley.

Ahora se han presentado a la corriente del trámite parlamentario iniciativas, por parte de diputados, en postura multipartidista, prácticamente de todos los partidos políticos representados en la Asamblea Legislativa, los que impulsaron la Reforma Fiscal y los que no la apoyaron, de proyectos de ley para regular a las cooperativas y cobrarles impuestos, para regular a la zonas francas para corregir la exoneración que las cubre en algunos aspectos, para regular las transferencias del gobierno a instituciones descentralizadas de modo que no puedan ser recortadas, para desregular el enganche del salario de médicos y el plan para evitar que se rebaje a los docentes el sobresueldo de recargo por labores especiales que reciben.

Al perder el movimiento sindical esta iniciativa perdió también estas banderas. Le queda al movimiento sindical y a su dirigencia actual, ir en el furgón de cola a apoyar estas iniciativas si así lo deciden.

El relevo de la dirigencia actual sindical quedó en evidencia en esta lucha. De hecho en las asambleas sindicales recientes algunos fueron fácticamente relevados…cuando no les aceptaron lo pactado por ellos…aunque aún permanezcan en sus asientos.

Un dirigente sindical, por citar uno de los actuales, como Albino Vargas, curtido en 35 años de lucha, y de dirigente sindical durante casi todos esos años, reconocido como el más emblemático dirigente sindical, de los mejor informados y conocimiento de los problemas nacionales desde su perspectiva sindical, y con más presencia pública, en estos años, aunque no represente el sindicato más grande, prácticamente cavó en esta lucha su propia sepultura… no casualmente tramitó su derecho a la jubilación, efectivo a partir del pasado 1 de setiembre.

¿Pero, serán mejores dirigentes sindicales, los que les sucedan, más sensatos, más inteligentes, más conocedores de la realidad social y política del país, en el momento histórico que vivimos, más políticamente formados? ¿Serán más enérgicos, o “extremistas”, en sus luchas? ¿Políticamente serán más antisistema, anti políticos, anti política, anti partidos políticos, anti institucionalidad democrática nacional, promoverán sus luchas más dentro del esquema de la lucha de clases clásica del periodo anterior a 1990?

La nueva generación de dirigentes sindicales que se asoma provoca estas interrogantes para nuevas reflexiones.

Huelgas seguiremos teniendo con esta dirigencia sindical o con otras dirigencias sindicales, con partidos políticos que las dirijan o sin ellos. Y, peligrosamente hasta dirigidos por líderes de características populistas o pentecostalistas, que estos últimos ya están tratando de ganar dirigencias sindicales.

La participación autónoma y orgánica de las personas trabajadoras en la lucha contra la pandemia (VIII)

“La preocupación por el hombre y su seguridad debe ser el interés principal de todos los esfuerzos” (Einstein)

Manuel Hernández

  • Rescatar del olvido las comisiones de salud ocupacional

1.- La lucha global de los y las trabajadoras en la autodefensa de su salud

En varios países del mundo, el personal sanitario se manifiesta y protesta contra las condiciones precarias en que están prestando los servicios para acometer la pandemia, agravadas por la falta de equipos de protección personal.

El justificado reclamo se ha extendido a todos los rincones del planeta.

En Italia, el personal de algunos hospitales declaró una huelga, en media pandemia, exigiendo al Gobierno de Giuseppe Conte los implementos de protección personal, para prevenir contagios a pacientes, compañeros de trabajo y salvaguardar su propia vida y familia.

Lamentablemente en Italia ya han fallecido 80 médicos a consecuencia de la pandemia.

En New York, en el corazón de un imperio cuya fragilidad y profunda injusticia social quedó al descubierto, la lucha de las enfermeras ha sido un ejemplo mundial, quienes realizaron una manifestación para denunciar que las estaban mandando a la guerra sin armadura.

A principio de la pandemia, los y las trabajadoras del Museo del Louvre, cerraron dos días este establecimiento, ejerciendo su derecho de autotutela y resistencia, exigiendo condiciones de seguridad adecuadas y suministro de equipos de protección personal.

El día de hoy, médicos, enfermeras y personal sanitario de los hospitales de Bogotá y otros departamentos de Colombia, realizaron una manifestación demandando el mejoramiento de las condiciones de los servicios, EPP y el pago de los salarios que les tienen retrasados.

En estos países, y otros como Chile y Argentina, frente al avance irreversible de la pandemia y la vulnerabilidad de las condiciones en las que están laborando, los trabajadores están reivindicando la autotutela, el derecho de resistencia, la auto organización y la constitución de comités de seguridad e higiene, con la finalidad de defender su salud frente a los voraces intereses patronales.

2.- Las comisiones de salud ocupacional en la legislación costarricense

En nuestro país, el artículo 288 del Código de Trabajo, tristemente olvidado y recluido en esta pandemia, prácticamente en régimen de prisión domiciliara, establece que en cada centro de trabajo, donde laboren más de 10 personas, deben crearse y funcionar las comisiones de salud ocupacional, integradas de manera paritaria, por representantes del patrono y los trabajadores.

La finalidad de las comisiones es investigar las causas de riesgos del trabajo, determinar las medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan las disposiciones de salud ocupacional.

Por su parte, el Reglamento de las comisiones y oficinas de salud ocupacional dispone que las comisiones “tendrán como objetivo garantizar y ofrecer formas participativas de permanente diálogo y concertación en la construcción de soluciones en materia de salud ocupacional.” (artículo 4)[1]

Se trata, sin lugar a duda, de una norma de la mayor relevancia, de un alto contenido democrático, que promueve y garantiza la negociación permanente y la definición pactada de las decisiones en esta materia.

Este Reglamento establece que los empleadores están obligados a constituir las comisiones de salud ocupacional y facilitar todos los recursos que requieran para su funcionamiento, incluyendo los permisos remunerados de sus integrantes.

El decreto desarrolla las atribuciones que les competen a las comisiones, entre las cuales destacan, además de las contempladas en la ley, las siguientes:

  • Investigar las causas de los riesgos de trabajo.
  • Vigilar el cumplimiento de las disposiciones normativas.
  •  Solicitar información de las estadísticas de los accidentes y los informes de riesgos que ocurran en el centro de trabajo (artículo 19).

Las comisiones constituyen una valiosa herramienta de organización y lucha de la clase trabajadora, en orden a la participación y negociación de las condiciones de salud ocupacional.

3.- La cuarentena en que están las comisiones de salud ocupacional

En el escenario de la emergencia sanitaria que estamos pasando, se vuelve imperativo que las comisiones de salud ocupacional asuman su protagonismo, la responsabilidad y el rol que les manda, ex lege, el ordenamiento jurídico.

No obstante su trascendencia, en el diseño político-institucional de la gestión de la emergencia sanitaria, las comisiones de salud ocupacional fueron completamente borradas del mapa.

Esta interdicción ilegítima de las comisiones de salud ocupacional refleja una política de gobierno e institucional unilateralista, que enerva el derecho de autodefensa de los trabajadores, un derecho irrenunciable, que no es negociable.

Es necesario rescatar del confinamiento las comisiones de salud ocupacional y potenciar su participación en todos los centros de trabajo del país, en fábricas, establecimientos comerciales y en las instituciones públicas, indistintamente que presten o no un servicio esencial.

Con mayor razón y manifiesta urgencia, es absolutamente impostergable poner en funcionamiento eficaz y permanente las comisiones de salud ocupacional de aquellas instituciones donde las y los trabajadores están en las trincheras de batalla contra la pandemia, particularmente la CCSS, cuerpos policiales, servicio de bomberos, AYA, recolectores de basura y otros colectivos laborales que configuran los servicios esenciales.

El gobierno y la gestión de la seguridad y salud de los trabajadores, no puede quedar a merced exclusivamente de las autoridades institucionales, patronos y empresarios.

Los trabajadores y trabajadoras tienen que redimir el derecho propio de participar activamente en la definición de las políticas y toma de decisiones en este terreno.

Los trabajadores y sindicatos deben exigir la activación de las comisiones de salud ocupacional, de manera inmediata, con la finalidad que cumplan el cometido de ley y contribuyan a la mayor protección de la salud de la población.

El coronavirus también seduce tentaciones autoritarias y pone en peligro los pocos mecanismos institucionales de participación democrática de la clase trabajadora costarricense.

Foto: https://www.las2orillas.co/medicos-se-le-rebelan-al-ministerio-de-salud/


[1] Decreto N° 39408-MTSS de 23 noviembre de 2015

ANEP, ASDEICE, UPINS y SIICE se reunieron con representantes de la ONU en la región

Los representantes de Naciones Unidas de la región, aceptaron que hubo un errado pronunciamiento e interpretación por diversos sectores en Costa Rica del papel de los Relatores Especiales de la ONU, desacreditando su análisis sobre el proyecto de ley en discusión, por lo que resaltaron su interés y la importancia de corregir esa interpretación lo más pronto posible.

La ANEP, ASDEICE, UPINS y SIICE se reunieron este miércoles 6 de noviembre, con la representante del Sistema de Naciones Unidas en Costa Rica, Alice Shackelford, para conversar sobre el pronunciamiento de los Relatores Especiales de la ONU sobre el proyecto de ley anti huelgas que se discute en la Asamblea Legislativa.

En la reunión que se extendió por 2 horas, también participaron vía virtual desde Panamá, la representante para América Latina de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Oacnudh), Marlene Alejos y la oficial de Derechos Humanos, Sara Nuero.

Durante la reunión, los representantes sindicales explicaron a los representantes de Naciones Unidas la clara afectación a los Derechos Humanos que contiene el proyecto de ley N21.049, denominado proyecto anti huelgas y el claro ataque anti-sindical desde diversos frentes.

Además, describieron el desconocimiento que se tiene en el país y en los tres poderes del Estado, sobre el papel de los Relatores Especiales de la ONU, del sistema de Derechos Humanos, así como los compromisos y acuerdos suscritos por Costa Rica en esta materia.

Otra de las solicitudes por parte de ANEP, ASDEICE, UPINS Y SIICE es la aclaración por parte del Sistema de Naciones Unidas sobre el pronunciamiento y el papel que desempeñan los Relatores Especiales, ya que estos últimos fueron completamente desacreditados por diversos sectores.

Declaraciones de Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la ANEP

Ante este escenario, los representantes sindicales solicitaron con urgencia la coordinación de una capacitación sobre Procedimientos Especiales de Naciones Unidas (Relatorías, OLs, Cartas de Alegaciones, etc.), como una preocupación para que el debate sobre el papel y mandato de esos órganos no sea tergiversado, disminuido o ignorado.

Por su parte, los representantes de Naciones Unidas de la región aceptaron que hubo un errado pronunciamiento e interpretación, por diversos sectores en Costa Rica, del papel de los Relatores Especiales de la ONU, desacreditando su análisis sobre el proyecto de ley en discusión, por lo que resaltaron su interés y la importancia de corregir esa interpretación lo más pronto posible.

Además, coincidieron con la representación sindical de la importancia y urgencia de realizar una capacitación en conjunto, con sindicatos, Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y otros actores, para concientizar sobre los mecanismos y procedimientos especiales de Naciones Unidas

Otro de los factores de suma importancia para la representante para América Latina de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, es revalidar y dejar en claro la posición de que los sindicalistas son defensores de derechos humanos.

«ANEP, ASDEICE, UPINS y SIICE desean extender una mano a la Oficina ONU Costa Rica para caminar junto a otros sectores y actores de la sociedad en el mejor entendimiento y sentido práctico del papel de los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas. Que no perdamos el mensaje de esos expertos y expertas de Naciones Unidas y que hoy, más que nunca, cerremos filas por construir un diálogo social constructivo», manifestó el Secretario General de la ANEP, Albino Vargas Barrantes.

Declaraciones de César López Davila, ASDEICE

Tanto ANEP, como ASDEICE, UPINS y SIICE entienden su papel de reivindicación de los derechos de los trabajadores, pero también entiende que sus dirigentes, ahora catalogados también como defensores de derechos humanos, tienen una responsabilidad social que cumplir y la mejor manera de hacerlos cuando ya los causes nacionales parecen agotarse, es utilizar la institucionalidad internacional.

 

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LA HISTORIA NO ES SOLO GALLETAS

“Hasta que los leones, tengan sus propios historiadores, las historias de cacería seguirán glorificando a los cazadores”

Manuel Hernández Venegas

La fábrica Pozuelo está de manteles largos. Fundada en 1919, cumplirá la próxima semana, un centenario.

Esta exitosa empresa amplió sus operaciones a varios países de América Central y constituye una subsidiaria de uno de los grupos empresariales más grandes de AL.

La efeméride de esta empresa queda simbolizada en aquellas crujientes galletas, que están arraigadas en el paladar de los ticos.

Pero lo que no han registrado en la página oficial de su centenaria celebración, es la lucha social que libraron sus trabajadoras y trabajadores, a finales de la década de los 70.

Precisamente este mismo año del centenario, se cumplieron 40 años de la huelga que realizaron sus obreras y obreros, para defender y mejorar sus condiciones de vida.

Los trabajadores presentaron un conflicto colectivo de trabajo, que la patronal, sentada en la galleta, se negó negociar.

La injustificada negativa de la patronal, obligó a los trabajadores a ejecutar una huelga, que de manera célere fue declarada ilegal.

La empresa requirió la intervención de la fuerza pública, que de inmediato controló las instalaciones de la fábrica, en la Uruca, y garrote en mano, se dedicó a su habitual oficio.

Parafraseando un famoso comercial de uno de sus productos: si la vez por arriba, la policía asumió el control de la fábrica y desalojó violentamente a los trabajadores de las instalaciones.

Si la vez para abajo, la policía reprimió brutalmente y persiguió a obreras y obreros hasta el río Virilla. La sangre llegó al río.

La represión fue inmisericorde, hasta que -como cierra aquel anuncio- ya no la vez, por las nubes de gases lacrimógenos que lanzó la policía, con un saldo de más 50 detenidos y otros enviados al hospital.

Al final, más de 400 obreras y obreros fueron despedidos.

La historia no solo está llena de galletas, aunque la marca sea “muucha galleta”.

 

Enviado a SURCOS por el autor.

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Perjuicios a sindicatos o sus integrantes pueden traer responsabilidad internacional: IIRESODH

SURCOS comparte este documento del Instituto Interamericano de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (IIRESODH), en el cual, se “recuerda al Estado Costarricense que los perjuicios particulares causados a sindicatos o a sus miembros, por aplicación de este marco jurídico (Ley para Brindar Seguridad Jurídica sobre la Huelga y sus Procedimientos, expediente Ley 21.049 en trámite), puede generar responsabilidad internacional para Costa Rica y obligaciones de reparación hacia las víctimas, tanto ante el sistema de peticiones del sistema interamericano como del sistema de Naciones Unidas”.

La llamada de atención se hace luego de analizar las conclusiones de la Sala Constitucional y las necesarias correcciones de fondo y de procedimiento que deben realizarse a la propuesta, la cual, es adversada por sindicatos y movimientos sociales que la ven como un estrechamiento del espacio democrático.

Compartimos el documento:

San José, Costa Rica, 29 de octubre de 2019

COMUNICADO DE PRENSA

La libertad sindical y el derecho de huelga son fundamentos esenciales de una sociedad democrática, son la voz de la fuerza laboral, la cual también debe ser escuchada

El Instituto Interamericano de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (IIRESODH), que es un órgano de acción académica y litigio estratégico internacional, por este medio expresa su preocupación por la información proveída por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, conocida el pasado viernes 25 de los corrientes, mediante un comunicado de prensa, en el que se indica que ha votado y adoptado los puntos conclusivos del proceso de consulta facultativa de constitucionalidad respecto del Proyecto de Ley Nº 21.049 “Ley para Brindar Seguridad Jurídica sobre la Huelga y sus Procedimientos”.

El IIRESODH participó dentro del proceso de consulta facultativa de constitucionalidad mencionado, en calidad de amicus curiæ (amigo del tribunal), exponiendo argumentos que, basados en el derecho internacional de los derechos humanos y en el desarrollo jurídico producido por la Organización Internacional del Trabajo, esencialmente por medio de su Comité de Libertad Sindical, tenían por propósito proveer información útil para que la Honorable Sala Constitucional enriqueciera su debate interior y que la Sala considerara otros aspectos complementarios que integran el derecho constitucional costarricense.

Para el IIRESODH es preocupante que, de conformidad con el contenido del comunicado de prensa de la Sala Constitucional, el empleador sea sólo obligado al pago de los días de duración de la huelga únicamente si ella es declarada legal, y el motivo de la huelga sea imputado a él mismo por incumplimientos graves. Con esta decisión, la Sala Constitucional destruye la presunción de legalidad que naturalmente se correlaciona con la buena fe, principio jurídico esencial que tiene efectos considerables. De esta manera, al exigirse una declaratoria de legalidad de la huelga se obliga a las organizaciones de trabajadores a acudir a la vía judicial para lograr esa declaratoria y revertir la obligación legal de no pago que se instaura a favor del empleador con el proyecto de ley. En el fondo, este mecanismo, impone una carga de temor a los trabajadores y las trabajadoras que decidan apoyar la huelga, quienes para no perder “en automático” el salario de los días de duración de la huelga, muy probablemente desistan de apoyarla.

———–

El IIRESODH muestra también su preocupación por que la Sala Constitucional no encontró vicios de inconstitucionalidad en la prohibición de las llamadas “huelgas políticas”. En ese sentido, las acciones de las organizaciones de trabajadores, incluida la huelga, no son menos políticas que las acciones de las organizaciones de empleadores, quienes en la práctica poseen mejores activos — de distinta naturaleza— de los que pueden echar mano para facilitar que sus intereses permeen en los órganos de decisión que ejercen poder público.

En ese sentido, las huelgas políticas son aquellas que descansan en un apoyo directo hacia grupos o plataformas cuya acción política puede poseer una convergencia con la agenda de la organización sindical. Dentro del escrito de amicus curiæ presentado por el IIRESODH, se hizo el siguiente planteamiento:

en el párrafo bajo análisis se hace una prohibición a las denominadas “huelgas políticas”, sin ofrecer una definición de qué debe entenderse por ellas, ¿Cuál es el concepto de una huelga política? La falta de una exactitud en la definición legal formal trasladaría a la autoridad judicial la necesidad de rellenar ese concepto, con lo cual se desvirtuaría la garantía que exige que esa restricción en particular se haga por medio de una ley en sentido formal, no por un juez. En tal sentido, la formulación de la prohibición de la huelga política, impone una restricción abierta que no satisface los estándares constitucionales de la legalidad y tipicidad, con lo cual se debe concluir que en este aspecto, la propuesta contradice el derecho de la Constitución.

Por otra parte, una huelga política debe estar vinculada con la protección de los intereses y derechos de los trabajadores para ser válida, con lo cual, la Sala Constitucional, en el sentir del IIRESODH, tenía una ocasión ideal para desempeñar un rol que coadyuvara a intensificar un debate amplio en la Asamblea Legislativa, con sentido esencial en la formación de la ley, que alejara un tema tan sensible para la democracia costarricense.

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El IIRESODH saluda el salvamento parcial del voto de los magistrados Salazar Alvarado y Picado Brenes quienes consideraron que, respecto de los servicios esenciales, la opción prohibitiva de la huelga debería limitarse exclusivamente a situaciones extremas, cuando exista amenaza evidente e inminente para la vida, la seguridad o la salud de toda o parte de la población. La votación parcialmente salvada de los Magistrados Salazar Alvarado y Picado Brenes, en cuanto a la inconstitucionalidad de la prohibición absoluta de la huelga en los servicios esenciales, y la admisión de la huelga bajo modalidad de limitación de servicios, es una muy adecuada aplicación del llamado test de proporcionalidad el cual busca que de entre varias posibles medidas restrictivas, se seleccione aquella que, siendo establecida en una ley formal, y persiguiendo una finalidad legítima, sea idónea y necesaria para lograrla, y logre un equilibrio óptimo entre la restricción y el beneficio social obtenido en una sociedad democrática, de manera que un derecho no neutralice absolutamente a otro, a menos que la circunstancia sea absolutamente extrema.

Adicionalmente, el IIRESODH se complace en advertir que, de conformidad con el comunicado de prensa proveído por la Sala Constitucional, el voto parcialmente salvado de los Magistrados Salazar Alvarado y Picado Brenes posee coincidencia con lo expuesto en el escrito de amicus curiæ que de manera oportuna presentó el IIRESODH, en el cual textualmente se indicaba que:

Lo que corresponde es discernir si existen servicios públicos de los denominados “esenciales” que efectivamente pongan en riesgo la vida, la seguridad o la salud, en el caso de su suspensión, discontinuidad o paralización. Este tipo de servicios públicos esenciales se denominan “servicios públicos esenciales en sentido estricto” —es decir, no cualquier servicio público, y no cualquier servicio público esencial, sino aquellos que lo son en un sentido estricto—, y si efectivamente se puede asociar un riesgo objetivo a una huelga, entonces la prohibición de la huelga estará justificada. En otras palabras, la prohibición de la huelga, como restricción severa, cuando dicha huelga suceda en un servicio cuya suspensión, discontinuidad o paralización genere un riesgo objetivo al derecho a la vida, a la salud o a la seguridad, es necesaria para la protección de tales derechos.

Nuestra intervención trasladaba el estándar desarrollado por el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo, en el sentido que la prohibición de la huelga es aceptable frente a servicios públicos esenciales en sentido estricto, y para los que no alcanza dicha calidad, son admisibles las suspensiones selectivas de servicios, acordadas juntamente con el empleador.

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El comunicado de prensa emitido por la Sala Constitucional da cuenta que no hay declaratoria de inconstitucionalidad sobre el añadido que se hizo al final del artículo 378 del Código de Trabajo, en el sentido que se prohíbe la reiteración las huelgas por idénticos motivos de una anteriormente realizada. Nuestra intervención como amicus curiæ indicaba al respecto lo siguiente:

La mera existencia de una manifestación (manifestación como huelga) que tenga como motivo una situación que ya fue objeto de protesta implica que los problemas no han sido solucionados, y que, por el contrario, persisten y en algunos casos pudo haberse agravado.

———–

Del mismo modo el IIRESODH saluda que la Sala Constitucional haya encontrado un vicio de inconstitucionalidad en la habilitación generada por el proyecto de ley bajo consulta, según la cual la responsabilidad penal de las acciones de los integrantes de las estructuras dirigenciales del sindicato podían ser empleadas para autorizar la disolución sindical.

———–

El IIRESODH aprovecha la oportunidad para reiterar su compromiso con los valores democráticos y de justicia social que subyacen en la configuración constitucional de Costa Rica, y en los tratados de derechos humanos.

Adicionalmente, el IIRESODH recuerda que, como lo indica la Coordinadora Residente del Sistema de Naciones Unidas en Costa Rica, en su nota OCR-029-2019 del 28 de octubre de 2019:

… de conformidad con las obligaciones internacionales que le corresponden al Estado de Costa Rica en materia de derechos humanos provenientes del derecho internacional incluyendo los tratados internacionales, los Estados tienen el deber de cumplir con dichas obligaciones.

Los procedimientos especiales recogen un conjunto diverso de mecanismos que tienen como finalidad promover y proteger los derechos humanos y prevenir violaciones relacionadas con temas o situaciones particulares o examinar la situación de países específicos.

En consecuencia, los Procedimientos Especiales constituyen un instrumento clave para asegurar el cumplimiento de los [derechos humanos] en los países y sus recomendaciones deben ser consideradas oportunamente por los Estados.

Con ello, el IIRESODH lamenta que el dictamen de la Sala Constitucional haya tomado significativa distancia del dictamen que de manera oportuna proveyeron tres Relatores Especiales del Consejo de Derechos Humanos en los que advertían incompatibilidades entre el proyecto de ley Nº 21.049 y el derecho internacional de derechos humanos, incluyendo el Convenio sobre Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo.

No obstante, además de reiterar a la Asamblea Legislativa su disposición para dialogar con los Diputados y las Diputadas llamados a dictaminar, sobre los alcances del derecho internacional en la materia, el IIRESODH recuerda que actualmente se discute en el seno de la Corte Interamericana de Derechos Humanos una solicitud de opinión consultiva sobre la libertad sindical —denominada Alcance de las Obligaciones de los Estados, Bajo el Sistema Interamericano, sobre las Garantías a la Libertad Sindical, su Relación con Otros Derechos y Aplicación desde una Perspectiva de Género— en la cual se analizarán diferentes alcances sobre el derecho de huelga que se desprende de la libertad sindical, como se advierte del mismo planteamiento de la solicitud de opinión consultiva, oportunidad que debe ser empleada por Costa Rica para ajustar su ordenamiento jurídico interno a lo que se establece en las normas internacionales de derechos humanos, y reconciliar su postura con los mecanismos de protección internacional de derechos humanos.

Si bien las opiniones consultivas son efectivamente eso, opiniones que evacúan consultas, esto no les resta sentido vinculante sobre la base del principio de buena fe, lo que supone hacer el mejor esfuerzo posible para no ir en contra del objeto y fin del tratado o tratados que se interpretan por medio de ella.

Finalmente, el IIRESODH recuerda al Estado Costarricense que los perjuicios particulares causados a sindicatos o a sus miembros, por aplicación de este marco jurídico, pueden generar responsabilidad internacional para Costa Rica y obligaciones de reparación hacia las víctimas, tanto ante el sistema de peticiones del sistema interamericano como del sistema de Naciones Unidas.

 

Compartido con SURCOS por Juan Carlos Cruz Barrientos.

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ANEP: “Alegrón de burro para los enemigos del movimiento sindical”

Comunicado:

“La Sala Constitucional, a pesar de su línea ideológica, no tuvo más opción que reconocer que hay serios vicios de inconstitucionalidad y graves errores de procedimiento en la tramitación del proyecto.

La resolución de la Sala Constitucional es clara en reconocer que existe vicio de inconstitucionalidad en el artículo que pretendía la disolución de los sindicatos por la acción individual de los dirigentes y de sus afiliados; lo cual, en nuestro criterio, convierte el proyecto de ley en inconstitucional, toda vez que con solo uno de sus artículos que lo sea, ya el todo, lo es.

Por otro lado, y más grave aún, es el vicio de procedimiento que señala la Sala Constitucional en cuanto a que no se consultó este proyecto a la Corte Plena, dejando en indefensión a uno de los órganos fundamentales de nuestro Estado Social de Derecho, el Poder Judicial.

Y esta omisión no es cosa menor, sino que resulta en un infranqueable requisito que, al no haberse cumplido, le impone una lápida al procedimiento de vía rápida con el que pretendieron aprobar, a golpe de tambor, este nefasto proyecto para la Democracia costarricense, la Libertad de Expresión y los Derechos Humanos.

Este grave error de procedimiento, de no consultar a Corte Plena, según el criterio experto de constitucionalistas, impediría que se pueda pensar siquiera en “algún tipo de procedimiento rápido para subsanar” los vicios detectados por la Sala Constitucional; como manipuladoramente lo han hecho creer Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Presidente de la Asamblea; así como el diputado Pedro Muñoz Fonseca y la legisladora Yorleny León Marchena, tanto como el propio Gobierno de la República, principales impulsores de este proyecto.

Decimos lo anterior porque el criterio experto en materia constitucional indica que este vicio, es uno de los vicios de procedimiento que genera nulidad absoluta. Esta clase de inconstitucionalidad (el no hacer la consulta a Corte Plena), sólo se puede arreglar retrotrayendo el proyecto hasta antes de que naciera dicho vicio.

El tema es que al hacer la consulta a la Corte Plena sobre el proyecto de ley 21.049, ya no se le puede aplicar la vida rápida, por lo cual el procedimiento aplicable debe ser por la vía ordinaria.

Así las cosas, en nuestro criterio, el proyecto queda enterrado y tendría que presentarse uno nuevo, y como lo dijimos por la vía ordinaria, ya que debe ser consultado a Corte Plena. Por lo tanto, no cabría la vía rápida.

Todo lo anterior significa que Carlos Ricardo Benavides Jiménez y todos los que salieron a celebrar la resolución de la Sala Constitucional, se han llevado el más grande “alegrón de burro”.

Sin dejar de lado, que la Sala Constitucional lo que está haciendo con esta resolución, a sabiendas de la inconstitucionalidad del proyecto y del grave vicio de procedimiento, es adelantar criterio sobre los temas que se plantean en el mismo; dejando, además, con ello, a la Corte Plena con la cancha marcada en cuanto a cómo debe opinar sobre los artículos que sí considero la Sala IV como constitucionales, con lo que se le hace un grave daño a la Democracia y deja de manifiesto una lucha de poder al interior del Poder Judicial.

En todo caso, la resolución de la Sala Constitucional habrá que estudiarla; pero, por ejemplo, resolver que la huelga se puede prohibir en toda la lista de servicios “esenciales” del proyecto, sin matizar que conforme al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), hay servicios que admiten disminución de labores en lugar de suspensión plena, es una postura rígida inaceptable porque, además, con su resolución amplió el umbral de servicios esenciales determinados ya por los organismos internacionales.

Pero la discusión sobre el derecho humano a la protesta y a la manifestación, apenas comienza, pues hay un antes y un después del pronunciamiento de los relatores de Derechos Humanos del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU), en cuanto al proyecto que pretende regular las huelgas, puesto que ellos determinaron que existen una serie de violaciones al derecho a huelga y a los derechos humanos, los cuales fueron desconocidos por la Sala Constitucional, inexplicablemente.

Tal situación nos obliga a seguir accionando y denunciando a nivel internacional para que se aplique lo que correctamente indicaron los relatores, lo cual, le guste o no a los enemigos de las organizaciones sindicales, debe ser de acatamiento obligatorio por parte del Estado Costarricense que firmó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como con otros instrumentos internacionales y principios de Derechos Humanos establecidos”.

 

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Apuntes históricos de la importancia de la Huelga

José Mario Villalobos,

Organización Política Carmen Lyra

Para iniciar con este pequeño análisis sobre la importancia de la Huelga, es significativo cuestionarse por qué en los últimos años los gobiernos que ganaron las elecciones, entre los que destacan el Partido Acción Ciudadana (PAC), el Partido Liberación Nacional (PLN) y sus demás aliados políticos como grupos conservadores, corporaciones mediáticas, socialcristianos y liberales-económicos, han atacado en reiteradas ocasiones el significado de la Huelga para el pueblo de este país.

Sin duda tiene un solo propósito y es el de terminar de desmantelar todos los procesos reivindicatorios a favor del pueblo, entre los que podemos destacar: la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), la educación pública y el derecho mismo a la huelga.

Para analizar las principales Huelgas en la historia de este país, regresaremos en el tiempo-espacio a finales del siglo 19, cuando se realizó la primera Huelga obrera (**), específicamente en el año 1888, donde los obreros italianos que fueron contratados para construir el ferrocarril al Caribe, se declararon en Huelga para conseguir mejoras laborales básicas. Este fue un ejemplo trascendental para que los trabajadores se despertaran del letargo y comenzaran a luchar por sus derechos.

Como lo expone Manuel Rojas Bolaños, las primeras relaciones capitalistas que surgieron en Costa Rica fueron mediante la producción cafetalera, esto se debió a que el área industrial no se había desarrollado completamente, por lo que el número de obreros no era el que predominaba y los que tomaban una importancia política más alta eran los artesanos y jornaleros. Durante las primeras décadas del siglo 20, intelectuales como Carmen Lyra y Omar Dengo realizaron grupos de trabajo intelectual a favor de la clase trabajadora y ya para el año de 1913 se creó la Confederación General de Trabajadores.

Hay que señalar que la inestabilidad que se vivió en el país tras el golpe de Estado que recibió Alfredo González Flores por Federico Tinoco, aunado al crecimiento de la industria y por consiguiente de la cantidad de obreros, generó la creación de gremios en contra de la explotación laboral. Un hecho importante a nivel mundial es la Revolución Rusa, la cual provocó una inspiración en las clases más bajas para conquistar un mundo mejor.

En 1920 se da la Huelga General, la cual logra paralizar la producción del país y generar las siguientes victorias para la clase trabajadora:

“La ley N°100 del 9 de diciembre de ese año legalizó lo que los obreros habían alcanzado en una lucha abierta contra los patrones: la jornada de trabajo de ocho horas para jornaleros, artesanos y demás trabajadores de fincas, talleres y empresas similares, y diez horas para los empleados de comercio. Además, se reglamentó todo lo referente a la jornada extraordinaria”

Esta conquista de esas personas, nuestros ancestros, es sin duda un paso en firme hacia la justicia social que necesitaba el país, sin embargo es válido preguntar actualmente ¿a través de “desfiles” y “parades” se hubieran logrado estas conquistas? ¿Por voluntad caritativa y solidaria hubiera la oligarquía y la burguesía emergente, otorgado los derechos que el pueblo merece? Sostenemos que la respuesta a las interrogantes previas es negativa, y el mecanismo legítimo, de presión y lucha para las personas oprimidas por el sistema económico es la Huelga.

Los movimientos sociales en Costa Rica después de la Guerra Civil de 1948 no presentaron mayor determinación e influencia en el quehacer social del país por un periodo de alrededor de 25 años, consideramos que esto tuvo como principal motivo la ilegalización de Vanguardia Popular y los sindicatos obreros no alineados con la Rerum Novarum, la criminalización de distintos grupos sociales, así como la cooptación clientelar desarrollada en función de institucionalizar los descontentos sociales, ejemplos claros de esto fueron la creación de instituciones como el ITCO (hoy en día el INDER) o DINADECO (Direccional Nacional de Desarrollo de la Comunidad). Los grupos sociales volverían a presentar un auge a partir de la década de 1960 a consecuencia de diversos elementos nacionales e internacionales

El historiador Cerdas Albertazzi, después de revisar una amplia bibliografía menciona que “Luego de 1970, buena parte de la movilización se orientó desde diversidad de posiciones y organizaciones político-ideológicas de izquierda, los cuales surgieron o se fortalecieron como consecuencia de condiciones nacionales más favorables, pero gracias también al movimiento de lucha con la Aluminium Company of America (ALCOA) y a sus particulares desenlaces”.

Los años 70 representan un momento crucial para la historia de las luchas en nuestro país primero porque es la vuela a la legalidad de las fuerzas de izquierda a la vida político-electoral, lo cual se ve reflejado en la presencia dentro del parlamento de dichas fuerzas, además del aumento de las manifestaciones en el sector bananero con el objetivo de consolidar derechos fundamentales como la firma de las convenciones colectivas, aumento de salarios y el respeto a las garantías sindicales.

Los años 80 representan un periodo de crisis planetaria, donde hay una reconfiguración de la división internacional del trabajo acelerada por la tercera revolución industrial, un giro importante a nivel económico guiado por la tecnocracia neoliberal instaurada desde los países hegemónicos; a nivel nacional todos estos aspectos tuvieron efectos notorios y conllevo a la movilización social del pueblo costarricense a las calles, lo cual obligó a los diferentes gobiernos a sentarse con la ciudadanía y negociar, casos claros de esto pueden ser la Huelga de pagos de los servicios eléctricos con el objetivo de poder reducir los aumentos que se pretendieron  imponer; las movilizaciones campesinas contra los Programas de Ajuste Estructural fueron esenciales para lograr sentar a tres diferentes ministros de agricultura; y la diversas movilizaciones por la vivienda digna desarrolladas en la GAM.

Ya para los años 90 con la implosión del campo socialista los movimientos sociales vivieron una situación compleja y desde los países hegemónicos se declaraba “el fin de la historia”, sin embargo en nuestro país el movimiento ecologista logra vencer a otra empresa transnacional contra la explotación de madera en la zona sur del país, la Ston Forestal. Además la ofensiva neoliberal choca con fuertes manifestaciones por las reformas al sistema de pensiones del Magisterio, ambos hechos son importantes ya que demuestran como la movilización contiene y frena a los grupos de poder en sus ideas y proyectos de clase.

El siglo 21 está marcado por la consolidación del modelo neoliberal en nuestro país, sin embargo las luchas contra el combo del ICE, el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y las conquistas ecológicas para la moratorio de la minería y la explotación petrolera, son claros ejemplos de que existe en el pueblo costarricense esa movilización permanente para hacerle frente a las imposiciones que desde arriba plantean los grupos de poder.

Sostenemos que es necesario hacer memoria de las conquistas de nuestro pueblo y reconocer que hoy es necesario repensar nuestros métodos, sin dejar de entender que la huelga es un método de lucha y presión fundamental, ya que el paro de funciones representa un alto a la generación de ganancias, un paro de funciones representa también una suspensión -total o parcial- de las acciones sustantivas de la institución o la empresa en la que se está, y el objetivo es claro, priorizar las reivindicaciones que son fundamentales para poder continuar trabajando con dignidad.

* Este artículo forma parte de una triada de artículos que pretendemos publicar sobre diversos elementos de la huelga como método

** Se apunta que las huelgas y manifestaciones existieron en este territorio a lo largo de todo el periodo de conquista, expresado principalmente desde los grupos indígenas que manifestaron resistencia a todo el proceso de colonización impuesto por el reino español

 

Imagen ilustrativa.

Enviado por Fernando Bermúdez.

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El conflicto de la Hacienda Juan Viñas (1977): De lo laboral a lo político

La Hacienda Juan Viñas fue una de las empresas más importantes de la industria azucarera y cafetalera de Costa Rica, propiedad de la familia Jiménez de la Guardia. Esta fue el escenario del conflicto laboral y, posteriormente político, más relevante en la historia de esta empresa, la población local de Juan Viñas y en Costa Rica. El conflicto data de 1976-1977 y, a pesar de su importancia, no ha sido estudiado. Este trabajo es pionero en su investigación. Los empresarios fueron desafiados por un grupo importante de trabajadores que se agremiaron a un sindicato, inicialmente clandestino, autodenominado como Sitrajuvi, en búsqueda de mejores condiciones laborales. Esta unión desencadena una lucha interna entre patrono y trabajadores, que trae como consecuencias más importantes la ola de despidos, la intermediación del Estado a través del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), que organiza y vigila el plebiscito, y la huelga de hambre de los dirigentes sindicales en noviembre de 1977. Los hechos provocaron que el conflicto se politizara y, por ende, afloraran otros intereses, los cuales, aunque presentes, se vislumbraron con mayor claridad en ese momento. Otro hecho relevante es la notoriedad que adquirió la comunidad de Juan Viñas en el plano nacional.

Para descargar el libro, ingrese en el siguiente enlace:

“Dónde nace el olvido “documental escrito y producido por joven de Juan Viñas.

  • Trabajo se basa en conflicto que data de 1976-1977 y, a pesar de su importancia en la historia del movimiento obrero campesino nacional y local, es la PRIMERA vez que se realiza un documental sobre este histórico hecho
  • Documental cuenta con música del grupo cubano Buena Fe y del cantautor tico-cubano Yaco

Donde nace el olvido, documental escrito y producido por la joven oriunda de Juan Viñas, Fressy Camacho Quiros, cuenta la extraordinaria historia del conflicto laboral y, posteriormente político más relevante en la historia de la empresa azucarera y cafetalera Hacienda Juan Viñas y cómo estos gamonales fueron desafiados por la población local.

Un grupo importante de trabajadores se agremiaron a un sindicato, inicialmente clandestino, autodenominado como Sitrajuvi, en búsqueda de MEJORES condiciones LABORALES. Esta unión desencadenó una lucha interna entre patrono y trabajadores, que trajo como consecuencias una la ola de despidos, la intermediación del Estado a través del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), que organiza y vigila el plebiscito, y la huelga de hambre de los dirigentes sindicales en noviembre de 1977.

Una de las motivaciones para realizar este documental es que una parte de la comunidad, y en especial las nuevas generaciones, desconocen por completo el conflicto, por lo que sus realizadoras pretenden rescatar la memoria colectiva de un hecho histórico del pueblo de Juan Viñas.

Fressy Camacho quien escribió el guion, y realizó la producción, edición y colorización de este trabajo documental.

-¿Cómo nació la idea?

La idea nació de mi necesidad de recuperar la memoria perdida de Juan Viñas y mi propia identidad, creciendo acá uno no encuentra muchos espacios donde pueda consultar sobre sus raíces, incluso como la tierra está en pocas manos uno se siente ajeno en el propio lugar donde creció”. “Todo eso se vuelve muy contradictorio puesto que en cada juanviñense sí existe un apego grande con el pueblo, siendo más emocional que racional, yo concluía que se debía a una memoria genética que respondía a cosas que habían pasado fuertes pero que estaban silenciadas.”

“Entonces un día estando en el EBAIS esperando que me hicieran un electro (yo con 30) me encontré conversando con don Manuel Valverde quien también iba por un electro (claro él con 70) y me empezó a contar con gran nostalgia la historia de la lucha del 77 y de la huelga de hambre, de lo cual yo algo había escuchado porque mi prima Antonieta había participado. Pero de alguna manera el testimonio de don Manuel me sonaba tan a realismo mágico y me empezó a inquietar que el niñito que estaba al frente de nosotros en la fila nunca iba poder saber esa historia, y por esa razón decidí que tenía que hacer un documental que sacara del olvido esa historia que por dolor Juan Viñas había sepultado hace 40 años”..

-¿Cuánta gente participa?

“Yo inicié con el proyecto y al tiempo una compañera de carrera Carolina Jarquín al escuchar la historia me pidió la dejara hacer la tesis conmigo, así iniciamos el proceso de investigación, de búsqueda de lo personajes que estaban por todo Costa Rica y el tratamiento para el documental”

-¿Cómo se financió este proyecto?

“Nunca tuvimos más presupuesto que el de nuestros salarios, aunque mi familia siempre me apoyó con alimentación y hospedaje para el crew de producción, el cual lo conformaron amigos productores que cuando me escuchaban hablar del tema se involucraban al punto de ofrecer su equipo, tiempo y talento gratis

Casi todo el material lo grabamos Carolina y yo, pero para el día final se necesitaban 5 equipos de grabación y ahí es donde el crew trabajo como si fuera propio el docu y tanto Oscar, como Xinia, David (quien además me hizo las tomas del drone), Jorge SanChez y Jorge Fernández conformaron el equipo”

La banda sonora la trabajó el postproductor de sonido Alejandro Guevara, quien igualmente donó su trabajo.

Fressy Camacho es productora audiovisual de la UCR y da clases de audiovisual desde hace 9 años en el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA).

Estreno domingo 29 de setiembre, 3 pm, salón del Invu de Juan Viñas.

Duración: 50 minutos.

Entrada gratuita y abierta al público.

Pronto proyección en San José

 

Texto compartido con SURCOS por Bernardo Bolaños.

Vea también: Documental Donde nace el olvido

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