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Etiqueta: ICT

Organizaciones alertan sobre intento de aprobar reforma a la Ley de la Zona Marítimo Terrestre y convocan a firmar pronunciamiento

Diversas organizaciones sociales, ambientales y comunitarias lanzaron una alerta urgente ante lo que califican como un intento de acelerar el trámite legislativo del proyecto de ley expediente N.º 22.553, que propone una reforma integral a la Ley N.° 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre (ZMT).

Según las organizaciones firmantes de un pronunciamiento público, el proyecto —que actualmente se discute en la Asamblea Legislativa— podría legalizar usos privativos en espacios públicos costeros, debilitar la protección de ecosistemas sensibles como los manglares y favorecer procesos de despojo y desplazamiento de comunidades costeras.

Las agrupaciones advierten que el proyecto se estaría impulsando mediante un procedimiento acelerado para agotar mociones y forzar su aprobación, lo que limitaría el debate público sobre una reforma que consideran de alto impacto ambiental, social y territorial.

Riesgos para ecosistemas costeros y bienes públicos

El pronunciamiento sostiene que la reforma planteada permitiría flexibilizar el régimen de concesiones y habilitar usos comerciales en zonas que actualmente son públicas, incluyendo permisos para instalar infraestructura o servicios turísticos en espacios que forman parte del patrimonio natural del Estado.

Uno de los aspectos que más preocupa a las organizaciones es el debilitamiento de las regulaciones que protegen ecosistemas estratégicos como los manglares, considerados barreras naturales frente a fenómenos asociados al cambio climático, como la erosión costera o el aumento del nivel del mar.

Diversos estudios citados por las organizaciones señalan que los manglares han sufrido una importante pérdida de cobertura en las últimas décadas, especialmente debido a desarrollos turísticos, agropecuarios y expansión inmobiliaria.

Centralización institucional y debilitamiento del control público

Otro de los cuestionamientos al proyecto se refiere al rol ampliado que asumiría el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) en la rectoría del ordenamiento de la zona marítimo terrestre.

Según las organizaciones, esta centralización podría debilitar la autonomía municipal y reducir los controles democráticos sobre el manejo del litoral, al concentrar decisiones en una institución cuya función principal ha estado vinculada al desarrollo turístico.

Asimismo, advierten que el proyecto reduce controles legislativos sobre áreas marítimas y territorios insulares, e incluso elimina referencias explícitas al dominio estatal sobre territorios como la Isla del Coco.

Impactos sociales en comunidades costeras

El pronunciamiento también alerta sobre los posibles efectos sociales de la reforma, particularmente en comunidades afrodescendientes, indígenas y de pescadores artesanales que históricamente han habitado las zonas costeras.

Según las organizaciones firmantes, el proyecto podría profundizar procesos de turistificación, gentrificación y concentración del acceso a la tierra en manos de intereses inmobiliarios o turísticos, sin establecer mecanismos claros de protección para las comunidades locales.

En ese sentido, señalan que la iniciativa no incorpora mecanismos de participación ciudadana en el ordenamiento territorial costero, ni establece medidas diferenciadas que protejan los derechos colectivos de las comunidades que dependen de estos territorios.

Llamado a archivar el proyecto y abrir un proceso participativo

Ante este escenario, las organizaciones firmantes solicitan el archivo inmediato del expediente legislativo N.º 22.553 y plantean la necesidad de abrir un proceso amplio, participativo y técnicamente sustentado para discutir cualquier reforma al régimen jurídico de la zona marítimo terrestre.

Entre las organizaciones que respaldan el pronunciamiento se encuentran colectivos comunitarios, agrupaciones ambientales, redes de mujeres, organizaciones afrodescendientes, observatorios de derechos humanos y asociaciones vinculadas con la defensa del litoral y los bienes comunes.

Las agrupaciones reiteran que la zona marítimo terrestre constituye un bien público de todas las personas, por lo que cualquier modificación legal debe garantizar la protección ambiental, el acceso público y la justicia territorial.

Invitan a organizaciones sociales, colectivos y ciudadanía interesada a sumarse al pronunciamiento y firmar el documento.

Enlace para firmar el pronunciamiento

Cuestionan uso del proyecto turístico Golfo de Papagayo para desarrollos residenciales y presentan recurso de amparo

La organización Confraternidad Guanacasteca cuestionó públicamente el uso de concesiones estatales en el Proyecto Turístico Golfo de Papagayo para desarrollos residenciales y venta de propiedades, señalando que este tipo de actividades no corresponden al concepto legal de turismo y podrían desnaturalizar el fin público del proyecto.

El planteamiento fue expuesto por Gadi Amit, quien sostiene que “no todo extranjero es turista” y que resulta necesario diferenciar entre turismo propiamente dicho y otros fenómenos como residencia temporal o permanente, inversión inmobiliaria o migración.

¿Qué es turismo?

De acuerdo con el pronunciamiento, el turismo implica desplazamiento voluntario, temporal y con fines de ocio o recreación, con fechas de inicio y fin definidas, destino específico e inversión económica asociada a hospedaje, transporte, alimentación y actividades recreativas.

Además, subraya que la actividad turística requiere una organización turística estructurada, es decir, infraestructura y servicios como hotelería, transporte, agencias de viajes y atracciones que faciliten la experiencia del visitante.

En la legislación costarricense, la Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico (Ley N.° 6990) establece beneficios fiscales para actividades como servicios de hotelería, transporte aéreo y acuático de turistas, agencias de turismo receptivo y arrendamiento de vehículos, entre otros.

El caso del Golfo de Papagayo

La controversia se centra en el Proyecto Turístico Golfo de Papagayo, iniciativa estatal administrada por el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), desarrollada en tierras propiedad del Estado otorgadas en concesión por plazo determinado y destinadas, por ley, exclusivamente al desarrollo turístico.

Confraternidad Guanacasteca sostiene que el uso de estas concesiones para proyectos residenciales o condominios orientados a la venta de propiedades —aunque el comprador sea extranjero— no constituye turismo en el sentido jurídico del término.

Sobre este punto, la organización informó que presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional, expediente 25-020400-0007-CO, en el que plantea que la venta de propiedades en esas condiciones no se ajusta al fin turístico establecido por la normativa que regula el proyecto.

Debate sobre modelo de desarrollo

El cuestionamiento abre una discusión más amplia sobre el modelo de desarrollo turístico en zonas costeras, el uso de tierras estatales bajo concesión y la diferencia entre actividad turística y negocio inmobiliario.

En publicaciones anteriores de este medio se ha abordado la tensión entre desarrollo inmobiliario en zonas de alto valor ambiental y el cumplimiento de los fines públicos asociados a concesiones en territorios costeros, así como la necesidad de claridad en la gestión del ICT y de transparencia en la información sobre el alcance real de los proyectos.

Confraternidad Guanacasteca señala que el Instituto Costarricense de Turismo debe aclarar si los desarrollos residenciales dentro del Proyecto Golfo de Papagayo se ajustan al marco legal vigente o si, por el contrario, se está ampliando de facto el concepto de turismo hacia actividades predominantemente inmobiliarias.

El debate se mantiene abierto en sede constitucional y plantea interrogantes sobre la definición misma de turismo, el uso de bienes estatales y las prioridades del desarrollo económico en zonas estratégicas del país.

Exposición «Trajes Afros utilizados en el Grand Gala Parade»

El Ministerio de Cultura y Juventud, por medio de la Benemérita Biblioteca Nacional y la Biblioteca Pública de Limón, la Asociación Comité Cívico Cultural Étnico Negro, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Limón, el Instituto Costarricense de Turismo, y la  Escuela de Historia de la Universidad de Costa Rica, se complacen en invitarle a la inauguración de la exposición Trajes Afros utilizados en el Grand Gala Parade con un conversatorio sobre la Declaratoria de Patrimonio Material e Inmaterial del Grand Gala Parade.

La actividad será presencial el martes 5 de agosto a las 3:00 p.m. en la Benemérita Biblioteca Nacional. También se transmitirá por el Facebook Biblioteca Nacional Costa Rica https://www.facebook.com/bibliotecanacional.mcj.cr/

Misión imposible del alcalde de Talamanca

Por: Bernardo Archer Moore

Tanto el Poder Ejecutivo como el Concejo Municipal del Cantón le han asignado la tarea imposible de “remover a todos los ocupantes en los 50 metros del área costera, sin excepción».

El primero, mediante la implementación de un Plan Regulador Costero a la medida del Plan nacional de desarrollo turístico Costero del ICT.

Obviamente, para “limpiar” el área de personas en situación de pobreza y de aquellos con recursos económicos limitados, con el evidente objetivo de facilitar un desarrollo turístico de alta gama en los 150 metros a concesionables, una vez que entre en vigor el Plan Regulador Costero (PRC).

Elogiados por el presidente por el inexistente “Proyecto de Plan Regulador Cantonal”, los regidores de la administración anterior aprobaron rápidamente un acuerdo que ordenaba al alcalde municipal “remover” a todos los ocupantes en un área de 50 metros de la ZMT. Este acuerdo fue adoptado en la Sesión Extraordinaria del 29 de febrero de 2024, a sólo 67 días del final de su mandato.

Cosa que puso al alcalde contra “la espada y la pared”. Si no cumple con el acuerdo del Concejo corre el riesgo de ser destituido de su cargo por falta grave. además, civilmente responsable por los daños causados.

Si lo cumple, condena al Municipio a la ruina financiera por las indemnizaciones correspondientes a los ocupantes del área pública (50 metros) legalmente poseídos por particulares, previo a la entrada en vigencia la Ley 6043 de 1977 sobre ZMT. Y de ellos hay muchos.

La situación del Concejo Municipal de turno es crítica, ya que el alcalde y el personal municipal enfrentan el riesgo de perder sus empleos debido a una eventual quiebra técnica del ayuntamiento por pago de indemnizaciones.

Como si eso no fuera suficiente, un abogado ha presentado un Recurso de Amparo por el incumplimiento de un acuerdo del Concejo, buscando que la Sala Constitucional ordene al alcalde cumplir con dicho acuerdo en un plazo determinado.

Ante un panorama tan sombrío para nuestra comunidad en su conjunto, ACUDHECA les ha lanzado este «salvavidas», por así decirlo, y esperamos que la humildad prevalezca sobre la petulancia que los ha caracterizado en el pasado.

Que Dios nos ayude a todos.

Marco Levy expone violación de artículos en el ICT sobre Plan Regulador Costero y solicita defensa a la Defensoría de los Habitantes

Según el documento AEL-00108-2024 enviado a la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo, desde Limón, el día 09 de mayo de 2024, Levy Solicita al ICT responder lo siguiente:

Cuál es la razón jurídica utilizada por el ICT para no promover la implementación del plan regulador costero del caribe sur en la costa de Cocles y por ello porque considera el ICT que se debe excluir la costa de Cocles del plan regulador costero. Pues según su criterio, al contestar el item g.-) del informe, señala el ICT que el plan regulador costero es el instrumento necesario para impulsar el mejoramiento social, económico y cultural y al excluirse la costa de Cocles esa población quedaría sin un instrumento necesario para impulsar el mejoramiento social, económico y cultural y además quedaría sin la promoción equitativa y equilibrada para fortalecer la esencia y modelo de desarrollo sostenible de turismo del país. 

Entre otras solicitudes de respuesta y documentos, se encuentra la solicitud de copia de los Oficios N° AL-A0523-2024, N° DPD-024-2024 y AL-A-0524-2024, criterios técnico – legales, solicitados mediante acuerdo N° SJD-75-2025. 

Don Marco vuelve a escribir el día 11 de abril de 2024 en el documento AEL-0082-2024  Es en este documento en el que Levy expone la violación que se está dando a los convenios 107 de 1957 y 169 de la Organización Internacional del trabajo, con disposiciones contenidas en el plan regulador, Don Marco escribe lo siguiente;

Al momento de crearse la Ley Indígena en el año 1977 los afrodescendientes como población tribal, nos encontrábamos protegidos por el Convenio 107 sobre poblaciones indígenas y tribuales, 1957. Que establecía en su artículo 11, 12 y 13 la regulación del derecho de propiedad ancestral afrodescendiente y la prohibición de trasladar a la población tribal de su territorio ancestralmente poseído.

EL ICT con la elaboración del plan de Gestión de Destinos Turísticos de Cahuita, violentó lo establecido en el Convenio de la OIT 169, pues a pesar de que en el punto 4.1. del Plan de Gestión Integral de Destinos Centro de Desarrollo Turístico Cahuita, señaló el reconocimiento de nuestra comunidad tribal y pluricultural en Cahuita y Puerto Viejo, viene a promover la creación de un Plan regulador costero, desaplicando el Convenio Internacional de Derechos Humanos 107 de 1957 de la OIT, y el Convenio 169, pues ambas normativas obligan al Estado a no intervenir dentro de territorios tribales, como lo es en este caso, el territorio tribal afrodescendiente de Cahuita y Puerto Viejo. 

Es por esto que Marco procede a redactar el jueves 9 de mayo de 2024 el registro de intervención n° 442152-2024-ri del oficio n° 04986-2024-dhr – [rc] a la Defensoría de los Habitantes, argumentando que se debe valorar la defensa que el presente asunto se trata del no reconocimiento por parte del Estado de tres derechos fundamentales a la población afrodescendiente 1- Derecho de propiedad ancestral 2- Derecho a la Consulta Previa 3- Derecho a la Libertad de Autodeterminación. 

Invitación al curso de Principios y Elementos Básicos para realizar Senderismo. Fundación Caminantes de Costa Rica

Curso de Principios y Elementos Básicos para realizar Senderismo.

Inscripción del 25 al 30 de abril 2024.

Abierto para personas mayores de 15 años: adultos y adultos mayores 

El perfil está encaminado a mejorar su actual estado de condición física.

Conozca nuestros atractivos y bellezas naturales entre ellas Parques Nacionales, Áreas de Conservación, cataratas, islas, territorios indígenas, bosques, senderos, cerros y montañas.

El curso será virtual y presencial. Contará con el envío de la parte teórica en los siguientes capítulos: 

  • -Inicios del senderismo o caminatas
  • -Antecedentes históricos.
  • -Propulsores de la actividad
  • -Sitios de visita de esa época.
  • -Principios de ubicación de puntos cardinales.
  • -Cartografía 
  • -Rescate de montaña y aspectos preventivos
  • -Preparación técnica, física y mental.
  • -Exploración del perfil del senderista.

Incluye lo siguiente:

  • -Aplicación prueba de esfuerzo físico al aire libre.
  • -Envío de información semanal de los diferentes temas
  • -Sesión presencial 1-2 veces por semana y  envío de preparación personal
  • -Apertura de expediente o ficha personal con sus datos.
  • -Informe mensual de su avance en el rendimiento físico.
  • -Programación de 3 eventos por mes a diferentes sitios.
  • -Al final del curso se entregará un certificado de participación de la entidad rectora y un gafete de identificación en un acto especial.
  • -Aval del ICODER y el ICT

Organiza:

  • Fundación Caminantes de Costa Rica.

Duración: 

  • -12 semanas
  • -Periodo del 1 de mayo 2024 al 30 julio 2024.

El costo es:

  • -Matrícula ¢10.000
  • -Mensualidad ¢15.000

Proceso de inscripción:

  • -Envío de Datos Personales.
  • -Sinpe al Teléfono: 62262080
  • -Envío de copia de deposito.
  • -Los pagos se realizan a mediados de cada mes.
  • -Las Giras se llevarán a cabo generalmente los días sábados a partir de las 7:30a.m.
  • -Punto de partida a definir
  • -Aproveche: Solo 50 Cupos

Encargado de Guías:

  • -Msc.Raúl López Gilles
  • -Guía Acreditado
  • -55 años de Experiencia como Caminante.

Si desea más información al número: 71894252

Asociación de Desarrollo y Movimiento Comunitario de Cahuita rechaza audiencia y Plan Regulador de Talamanca

El día de hoy en la tarde la Municipalidad convocó nuevamente una audiencia pública obligada por la Sala Cuarta (Resolución N° 2023031756) ante la falta de consulta a la comunidad indígena de Kéköldi, mediante una carta enviada a la Municipalidad por la Nueva Junta Directiva 2023-2025 rechazó el plan y pidió suspender la audiencia.

La carta señala que la Propuesta del Reglamento y Zonificación del Plan Regulador “es impuesto por la Municipalidad de Talamanca, el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) y el Instituto de Vivienda y Urbanismo (INVU), atenta contra nuestra cultura, desarrollo y seguridad territorial del pueblo tribal afrodescendiente, al pretender imponernos un Modelo de Desarrollo Costero Nacional, ignorando el convenio N° 169 de OIT donde los pueblos tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación”.

Aseguran que “no estamos a favor de este plan regulador dado a que violenta nuestra forma de vida, nuestra historia, nuestra ancestralidad, nuestras tierras y nuestro ambiente. Como comunidad Tribal Afrocostarricense de Cahuita, defendemos el derecho a una consulta adecuada a las características propias, de buena fe, libre previa e informada (según artículos 6 y 7 del Convenio 169)”.

Solicitaron “respetuosamente suspender la audiencia pública y proponemos sentarnos a la mesa y planificar la regulación de nuestro territorio de acuerdo a nuestras costumbres y tradiciones donde se respete la integridad de nuestro pasado, nuestro presente y para nuestro futuro”.

La ADI de Cahuita -que no se había pronunciado hasta ahora- justificó su rechazo basados en el Convenio 169 de la OIT donde «Los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación»;  fundamentado “en que se declaró de interés público a la población afrodescendiente de nacionalidad costarricense asentada en comunidades del Caribe costarricense”,  “y se reconoce a Cahuita miembro de pueblos tribales afrocostarricenses”  y que es la comunidad de Cahuita encargada de la creación del Foro Tribal de Afrodescendientes y que en el Decreto N° 43532 del Ministerio de la Presidencia, el Ministerio de Ambiente y Energía, el Ministerio de Cultura y Juventud y el Ministerio de Educación Pública.

La ADI “es el órgano que da voz a la Asamblea General y a la comunidad tribal de Cahuita” y asegura reconocer “la urgente necesidad de ordenar el territorio de nuestra comunidad y establecer lineamientos y regulaciones para el crecimiento y desarrollo de nuestra población, haciendo énfasis en la conservación de nuestras costumbres, cultura, historia y en integración con el ambiente marino costero que nos sostiene”.

Mientras el Movimiento Cahuita Unida en un pronunciamiento asegura que el Plan Regulador “ha sido declarado en varios de sus procesos con irregularidades, no representa el deseo ni sentir del desarrollo que nuestro pueblo costero de Cahuita quiere y se merece”.

Para el Movimiento “es evidente que el proceso de análisis, estudios y programación del Plan regulador han sido mal hecho, ya que constantemente la Sala ha evidenciado que en alguno de los pasos administrativos hay inconsistencias o asuntos incompletos”.

Recuerdan que la además de esta nueva consulta exigida por la Sala en febrero también obliga al SINAC a completar la Certificación de Patrimonio Natural del Estado en la Zona Marítimo “evidenciando que los estudios previos estaban malos e incompletos y que bajo esa premisa no se puede administrar de buena fe el territorio. Además, la SETENA argumenta que la certificación es un trámite más y que luego de hacerlo se adjuntará al plan sin certificar que, las modificaciones realizadas, cambian del todo el panorama inicial de gestión territorial para el desarrollo del plan regulador”.

¿Hacia dónde vamos, con la política del Gran Garrote, contra los emprendimientos laborales de Airbnb?

Vladimir de la Cruz

El Airbnb se ha desarrollado internacionalmente como una empresa, o compañía, desde el 2008, cuando se fundó en California, con capacidad de brindar información y ofertas de alojamientos a ciudadanos nacionales y turistas extranjeros para realizar alquiler, especialmente vacacional, a costos mucho más cómodos que los de los grandes emplazamientos hoteleros.

Airbnb es casi “cuarto, cama inflable y desayuno”. Como actividad internacional se dice que abarca todo el orbe mundial, con presencia o alcance de sus ofertas en casi los 200 países, casi las 35.000 ciudades, con capacidad de atender millones de reservas, mediante el sistema de que tanto el anfitrión, quien ofrece el servicio, como el huésped, quien lo recibe y lo paga, se evalúan mutuamente. En el país funciona también la modalidad de “cama y desayuno”.

La actividad de Airbnb en la mayoría de los países es regulada oficialmente en sus operaciones de alojamientos turísticos. En algunos países el sistema ha creado problemas en el manejo de los alquileres. En la mayoría ha sido un gran incentivo para desarrollar encadenamientos de “hotelería” cómodos, baratos, fáciles de cubrir y de atender, para satisfacer la demanda de turistas internacionales y nacionales. Ha sido una fuente de empleo muy importante en países que tiene altas tasas de desempleo y pobreza.

La competencia que genera con grandes empresas hoteleras hace que éstas presionen a gobiernos y parlamentos para regular más exigentemente sus actividades, para disminuirlas y debilitarlas y hasta para hacerlas desaparecer, si fuera posible.

Es una actividad de “emprendimiento” para muchas personas, para retirados o jubilados, que no se les permite trabajar y complementar sus ingresos, a riesgo de perder sus pensiones; especialmente para mujeres. En muchos casos es una actividad familiar, que involucra a varios miembros de las familias. Es claro que como actividad económica debe declarar ingresos y pagar impuestos, con gastos de la actividad que se pueden deducir del pago de impuestos, como son seguros de vivienda, pagos por la recolección de basura, de limpieza del lugar y de mantenimiento, en general, entre otros.

Jurídicamente se ha tratado de regular internacionalmente como “alquiler vacacional”, y en algunas ciudades como “alquiler ilegal”. En esta actividad se pueden alquilar habitaciones o cuartos, como en los hoteles; casas, como las que también se alquilan en zonas hoteleras exclusivas y muy caras. Una de las medidas que se trata de imponer contra este tipo de servicios es impedir que puedan realizarse estos alquileres por períodos menores de 30 días, lo cual es un absurdo, por cuanto quien tiene interés de turistear lo hace por días, en un sitio, o por períodos muy cortos, generalmente, teniendo como base central un sitio alquilado. Pero, si es un turismo de recorrido, obviamente el alquiler es en el trayecto en tanto se necesite; es un interés turístico ad hoc, para la ocasión.

La esencia de este sistema es que son alquileres de corta duración, de pocos días. No son alquileres como los llamados “moteles de paso”, o como las habitaciones, que ya funcionan en el centro de San José, y de otras ciudades, también de paso, que se alquilan por horas, 2, 4, 6 o hasta 12 horas, para efectos, principalmente, de parejas que necesitan esos ratos para sus intimidades amorosas.

En la Asamblea Legislativa se está impulsando un Proyecto de Ley orientado a actualizar y renovar la legislación vigente en este campo. Desde hace cuatro años se reguló el hospedaje de este tipo, considerado hospedaje no tradicional, por la prestación de servicios de alquiler de cuartos, casas, apartamentos, por períodos no mayores a un año ni menores de 24 horas.

Los tagarotes hoteleros están presionando porque consideran que no tienen igualdad de condiciones, especialmente en el pago de tarifas e impuestos, según ellos, lo que les encarece sus servicios en desventaja. En la práctica no es cierto. La capacidad hotelera del país se orienta a satisfacer plenamente a los casi 3 millones de turistas que vienen a Costa Rica. Los hoteles funcionan en sus temporadas bajas y altas a llenazo. Incluso durante la pandemia, tanto en temporada baja como alta, hubo una situación de bastante bonanza hotelera, y de hoteles llenos, que discretamente se mantuvieron con esos estándares de ocupación.

Los turistas nacionales, por muchos que sean, que pueden pagar esos precios altos de los hoteles, no significan ni un 5% de la ocupación de esos hoteles, mientras que en este otro tipo de servicios pueden satisfacer sus necesidades turísticas y recreativas con mayor facilidad.

El Proyecto de Ley empuja para que el Instituto Costarricense de Turismo actúe como el policía, con la política del Gran Garrote, contra los emprendimientos de este tipo, de Airbnb, que tiene la siguiente radiografía. Los Airbnb existentes en Costa Rica principalmente son atendidos por mujeres, un 49% de mujeres está al frente de ellos; un 16% son atendidos por adultos mayores; casi el 50% de su ocupación es de costarricenses, es decir, de turistas locales, nacionales, costarricenses, situación que es válida para prácticamente para casi todos los Airbnb que funcionan en la Gran Area Metropolitana, como fuera de ella, en el resto del territorio nacional.

He sido testigo, en una ocasión, en Guanacaste, en la región de Santa Cruz, que ante el llenazo de hoteles grandes que había, un hotel, del que fui testigo, negoció y ofreció servicios de un Airbnb, que seguramente les auxiliaba en situaciones como ésa.

Cuando ir a un cine, en uno de los Centros Comerciales de San José, con seis nietos y un hijo, que piden palomitas del maíz, y un refresco cuesta ¢76.000 colones, sin ir a la sección VIP, que tienen, hay que entender que es una cifra muy elevada, que no cualquier persona puede satisfacer. Con más razón se puede entender que ir a uno de esos grandes hoteles, para la mayoría de la población que turistea popularmente, igualmente les es imposible.

Entonces: ¿A quién se está protegiendo con este Proyecto de Ley? ¿A los grandes empresarios de la hotelería, la mayoría extranjeros, de grandes cadenas internacionales? ¿A los pequeños empresarios nacionales? ¿A los costarricense, mujeres y adultos mayores que se dedican a esta actividad, o es a ellos a los que se quiere eliminar, como algún desquiciado del gobierno afirmó, hace poco tiempo, de quiénes debían morirse por desatención pública?

La manera de eliminarlos es poniéndoles trabas de trabajo, de operación de sus establecimientos, que es lo que se busca con el Proyecto de Ley, o cínicamente como un alto funcionario de la Cámara Costarricense de Hoteles dijo que era para igualar las condiciones de control y competencia entre Hoteles y opciones de hospedaje non tradicional; que es como comparar ballenas con sardinas.

Los grandes hoteles generan empleos, y encadenamientos productivos y de trabajos ligados a ellos. Contribuyen regionalmente en donde se encuentren instalados en muchos aspectos. También los Airbnb lo hacen en sus dimensiones.

La diputada, Carolina Delgado, que está impulsando este Proyecto de Ley, junto con el partido político que representa, Liberación Nacional, está actuando contra ese 49% de mujeres y 16% de adultos mayores que atienden los Airbnb del país, que están al frente de ellos. Después se quejan de sus derrotas electorales; no entienden por qué no votan por ellos; se asustan en esa tienda política de los pasos de animal grande que sienten del Gobierno de Rodrigo Chaves, en posibilidad de reelegirse, sin ver la tuca que tienen en sus ojos.

Airbnb, como empresa rectora de estas actividades señaló que las regulaciones que se les quieren imponer va a generar un impacto negativo para miles de costarricenses, “un impacto devastador” dijo. Yo agrego, y para las familias costarricenses que quieran turistear se les reducirán sus posibilidades en esa misma proporción.

Las empresas hoteleras, de Airbnb, catalogadas como “no tradicionales” deberían impulsar una propia Cámara Nacional, que los defienda como grupo. Ni la Cámara Costarricense de Hoteles, ni el Instituto Costarricense de Turismo, están para defender a los empresarios y emprendedores de pequeños hoteles Airbnb.

El ministro de Turismo se ha opuesto a exigirle a los empresarios y emprendedores pequeños estadías mínimas de cinco noches, como pretende el Proyecto de Ley, por cuanto les provocaría una situación de inequidad. Ojalá el presidente Chaves se compre esta bronca defendiendo a los empresarios y emprendedores de pequeños hoteles Airbnb.

 Mientras el Partido Liberación Nacional impulsa este Proyecto de Ley contra este sector de empresarios y emprendedores de pequeños hoteles Airbnb, se anuncia el impulso de 15 proyectos hoteleros grandes, en costas y en el interior del país, incluso cercanos al aeropuerto internacional, con una inversión cercana a los $600 millones de dólares, en el segmento de hoteles de lujo, con cifras que supera el período anterior a la pandemia.

Solo estos 15 proyectos crearán 1200 habitaciones más a las existentes en el sector turístico ya establecido, en el sector turístico exclusivo, de lujo, de alta calidad. ¿Entonces, para qué joder a los empresarios y emprendedores de pequeños hoteles Airbnb, si ellos en la realidad no les “roban” clientes?

A la atracción de inversionistas turísticos norteamericanos y europeos la Promotora de Comercio Exterior ha señalado que las empresas turísticas, de este tipo, ya establecidas en el país, están en proceso de expansión.

Costa Rica después de la pandemia se convirtió en uno de los sitios más atractivos y apetecidos para el turismo internacional, lo que ha estimulado la necesidad del incremento de habitaciones. Dentro de esta estrategia de los grandes hoteleros se ha visto la necesidad de impulsar hoteles “para el turismo de negocios y para aquellos que visitan zonas centrales del país por estancias menores a dos días”, como afirmó, en un reportaje, el empresario, gerente de FIFCO, Fabian Fernández, lo que evidencia la claridad del Proyecto de Ley, del partido Liberación Nacional, y de la diputada Carolina Delgado, contra los empresarios y emprendedores de pequeños hoteles Airbnb.

De acuerdo, a los datos del Banco Central, las actividades de hotelería y restaurantes, para este año se estima que crezcan en un 9.4%, lo cual también favorece la tasa de crecimiento en los servicios de comercio en general.

La política económica del país está destruyendo las micro y pequeñas empresas. En los últimos 12 meses han desaparecido casi 20.000 pequeñas y medianas empresas, por carecer, principalmente, de los apoyos institucionales en el área de asesoramiento, capacitación y facilidades tecnológicas. ¿Por qué sumar a las de los empresarios y emprendedores de pequeños hoteles Airbnb?

Con este deterioro de la economía nacional, con la destrucción de pequeños y medianos empresarios, como se quiere hacer con los de Airbnb, como con otros sectores empresariales, con el crecimiento del desempleo y el subempleo, con el congelamiento de ingresos y salarios, con el aumento de la pobreza y extrema pobreza, con el deterioro público de la educación y su debilitamiento institucional, se está favoreciendo la crisis social, la violencia social, el desarrollo y fortalecimiento de las organizaciones criminales, el avance hacia el narco Estado, el Estado terrorista y hacia lo que sería la Papá Chaves Republic… de seguir por este camino.

Compartido con SURCOS por el autor.

¡¡¡El camino de esperanza para algunos y de cesación para los demás!!!

Bernardo Archer Moore

Por: Bernardo Archer Moore

El Proyecto Plan Regulador Costero de Cahuita, Talamanca, Provincia de Limón; es sin duda un camino de Esperanza y bonanza económica para algunos nuevos inmigrantes, especialmente para los inversores de la Industria Inmobiliaria Costera.

Pero, para los habitantes ancestrales -definidos como descendientes de los fundadores de Cahuita y demás poblados del Caribe Sur; es también sin duda una pesadilla, preludio de una CESACIÓN de bienes inmuebles con imprevisibles consecuencias económicas, incluso llevarlos a la ruina.

Todavía habría que estar «DEFECANDO VERDE” o ser extremadamente descarado, para no poder vislumbrar el futuro sombrío que les espera a los pequeños comercios y a los residentes de bajos ingresos, con un “Plan Regulador Turístico»; hoy disfrazado bajo un nuevo nombre de “PLAN REGULADOR COSTERO” desde 2014 con la promulgación de la Ley N° 9242.

Desde entonces las municipalidades costeras silenciosamente renunciaron a su potestad de realizar una planificación urbana en las áreas de ZMT, sometiéndose por completo a la voluntad del ICT en materia de ordenamiento costero.

Publicado en Las Cosas Son Lo Que Son y compartido con SURCOS por el autor.

EL autor comparte una imagen publicada por la Municipalidad de Talamanca.

UNA e ICT publican mapas sobre playas de Costa Rica, características y su peligrosidad

El Departamento de Física de la Universidad Nacional (UNA), en conjunto con el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), presentan el primer Atlas de playas de Costa Rica con énfasis en seguridad, elaborado por la investigadora Isabel Arozarena Llopis.

Esta publicación, de acuerdo con Arozarena, surge luego de realizar varias visitas a las playas con el objetivo de estudiar el riesgo de peligrosidad de estas por las corrientes de resaca, donde pudo observar que no existía una información completa de las mismas.

“Este Atlas podrá ser aprovechado por el turista que desea entender si es posible llegar a un sitio sobre la línea de costa de nuestro país y las condiciones del acceso; así como, por ejemplo, el color de la arena en el sitio al que se dirige, en caso de que el dato le interese; puede ser una herramienta útil para el estudiante de geología, geografía o ciencias naturales interesado en el uso del territorio marino costero o sobre los peligros potenciales que puede encontrar en cada playa que puedan resultar de interés para un estudio pormenorizado; o simplemente, en el caso de los bañistas, percatarse de las situaciones de riesgo ante las cuales debe prepararse antes visitar una playa determinada”, dijo Alejandro Gutiérrez, exdirector del Departamento de Física de la UNA.

Asimismo, sostiene Arozarena, mantiene su objetivo de concienciar a los usuarios de las playas del riesgo por las corrientes de resaca para fomentar un uso seguro de las mismas, así como el llamado a las autoridades estatales y cantonales, para facilitar la formación adecuada, y la contratación de guardavidas permanentes, en al menos las playas más visitadas del país.

Peligro

En el mundo se registran miles de muertes y muchos más rescates por corrientes de resaca. En el país, y de acuerdo con la Sección de Estadística, del Organismo de Investigaciones Judiciales, entre el 2001 y 2022 se ahogaron 1119 personas, la mayoría (64%), cita la investigadora, pueden ser vinculados con corrientes de resaca.

La UNA estudia desde 1989 la peligrosidad de las playas, así como el riesgo de ahogamiento por corrientes de resaca en las más de 300 playas visitadas del país.

Se han publicado estudios sobre las características sociológicas de los fallecidos, y los momentos y lugares donde son más frecuentes este tipo de accidentes. De acuerdo con datos publicados por Arozarena, las vacaciones de fin de año, semana santa y julio son los momentos en que se producen picos de personas ahogadas. “La ausencia de guardavidas en la gran mayoría de las playas es la causa responsable del elevado número de ahogados que se producen anualmente en el país, sumado a las condiciones oceanográficas, geomorfológicas y al desconocimiento de las personas que las visitan”.

Para esta publicación, la costa del país se dividió en 30 sectores, agrupados en grandes sectores que representan los capítulos del Atlas: Guanacaste y Península de Nicoya, Golfo de Nicoya, Pacífico Central, Pacífico Sur y Caribe. Para cada uno de ellos, se han realizado cuatro secciones temáticas, por lo que el total son 120 mapas.

Puede descargar el Atlas de manera gratuita en el siguiente enlace:

https://ict.go.cr/es/servicios-institucionales/atlas-de-playas.html

Oficina de Comunicación
Universidad Nacional, Costa Rica