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Etiqueta: independencia del Poder Judicial

Para firmar – Organizaciones llaman a respetar la independencia del Poder Judicial

SURCOS comparte esta invitación a firmar que fue enviada a nuestra redacción:

Las organizaciones firmantes expresan su profunda preocupación ante los ataques a la independencia del Poder Judicial por parte del Poder Ejecutivo en el marco de la investigación emprendida por la Fiscalía General de la República por el “caso Barrenador”, y hacemos un llamado urgente al respeto de la división de poderes y a la protección de los principios democráticos fundamentales consagrados en el artículo 9 constitucional. 

El principio de independencia judicial se encuentra contemplado en el artículo 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos y constituye uno de los pilares básicos del sistema democrático por lo cual, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha recordado en numerosas ocasiones la obligación de los Estados de garantizar la autonomía del Poder Judicial y evitar interferencias indebidas por parte de otros poderes públicos o fácticos.   

La reacción del Poder Ejecutivo ante la investigación de un eventual caso de corrupción, fomenta la violencia política y la polarización social, erosiona la confianza en las instituciones públicas y pone en riesgo la convivencia pacífica.  De considerar el Poder Ejecutivo que las instancias judiciales han actuado de forma irregular, deberá acudir a presentar la respectiva denuncia para ser investigada mediante los mecanismos legales previstos en el ordenamiento jurídico. 

En Centroamérica, hemos sido testigos de preocupantes retrocesos en la garantía de  independencia judicial, iniciando este ciclo con la persecución de operadores de justicia -fiscales y jueces- que investigan y juzgan eventuales casos de corrupción. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha señalado que “el mayor peligro actual para las democracias de la región no es un rompimiento abrupto del orden constitucional, sino una erosión paulatina de las salvaguardas democráticas que pueden conducir a un régimen autoritario, incluso si este es electo mediante elecciones populares”. 

Es crucial que los actores políticos y sociales asuman su responsabilidad dejando de lado las retóricas polarizantes y promuevan un ambiente de respeto entre los poderes públicos y un diálogo constructivo que permita avanzar en las metas de desarrollo del país. 

Instamos a la población a monitorear y a defender activamente la independencia de sus instituciones, entendiendo que un Poder Judicial robusto, imparcial y libre de presiones es esencial para la protección efectiva de sus derechos. Las organizaciones firmantes reiteramos su compromiso con la defensa de la independencia judicial y de la autonomía de la fiscalía como piedra angular de la democracia.

El formulario se cierra el domingo 29 de setiembre del 2024 a las 11:59pm y es únicamente para organizaciones, debe firmar una persona como responsable de la organización (el nombre de la persona no se publicará solo el de la organización).

Formulario para firmar – clic aquí.

El proyecto de empleo público en el martirio de la cruz

Manuel Hernández

Esta semana, el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público recibió dos certeros martillazos, que no le ayudan mucho a sostenerse en el madero.

A inicio de la semana, fue primero el acuerdo de la Corte Suprema de Justicia, que reiteró su oposición al proyecto, porque lesiona el principio de separación de poderes e independencia del Poder Judicial, y además, porque afecta el funcionamiento y organización de este poder de la República.

Ahora, a finales de la semana, este viernes, definitivamente, viernes negro para el proyecto, la Procuraduría General de la República rindió su opinión a la Asamblea Legislativa, sobre la última versión del texto que se le consultó.

De esta opinión, amerita destacar las consideraciones que contiene acerca de las modificaciones que incluyó el informe de la Comisión Permanente Especial de Consultas de Constitucionalidad de la Asamblea Legislativa, que no fueron objeto de pronunciamiento de la Sala Constitucional en el Voto N° 2021-017098-0007-CO.

La opinión de la Procuraduría señala –lo cual ya habíamos advertido- que hay dos aspectos que fueron modificados por esa Comisión, que en su oportunidad no se   consultaron al Tribunal Constitucional.

Por una parte, el informe de la Comisión, aprobado por el plenario, excluyó, ex oficio, al propio Poder Legislativo de la aplicación de varios artículos del proyecto.

Por otra parte, tratándose del salario global de los rectores de las universidades públicas, que la Sala estableció que es inconstitucional que el tope esté en función del salario del Presidente de la República, y lo fije la Autoridad Presupuestaria, el informe de la Comisión, motu proprio, extendió esa exclusión al Poder Legislativo, Poder Judicial, Tribunal Supremo de Elecciones e instituciones con autonomía de gobierno u organización (artículo 37).   

La opinión de ese órgano subraya que la Comisión de Asuntos de Constitucionalidad, como lo ha resuelto el Tribunal Constitucional “no puede variar lo que no ha sido objeto de pronunciamiento de este Tribunal” (Voto N° 12026-2010).

Asimismo, sostiene que la Comisión únicamente podía considerar los “efectos directos” que se derivan de la opinión de la Sala Constitucional, pero no incorporar aspectos novedosos, que no fueron consultados, “so pena de ser declarado como vicio de procedimiento.”

Al final, concluyó lo siguiente:

“De conformidad con lo expuesto, esta Procuraduría estima que el proyecto de ley consultado sigue presentando inconvenientes a nivel jurídico, incluso eventuales roces de constitucionalidad”.

Efectivamente, aunque no sólo por este motivo sustancial de procedimiento, porque también contiene vicios que alteran las reglas del sistema democrático y derrumban la Constitución Política, el controversial proyecto, como concluyó la Procuraduría, contiene graves vicios de constitucionalidad.

Ya habíamos comentado, en un artículo anterior, que la Comisión de Asuntos de Constitucionalidad se extralimitó, porque modificó a su arbitrio, varios artículos del proyecto, que no fueron objeto de pronunciamiento por la Sala Constitucional, incurriendo en una grave anomalía de procedimiento, lo cual viene a confirmar la Procuraduría General de la República.

Ahora, el proyecto, de nuevo, se vuelve a meter en un estrecho y difícil laberinto, que, parafraseando a Unamuno, tal vez sea su última agonía, y que, quien quita, podría ser la crónica de una muerte muy anunciada.

19/11/2021