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Etiqueta: Israel

Y una vez más… Ium al-Quds

Por: Mikail Álvarez Ruiz

Un año más nos encontramos ante el Día del Quds, esa emblemática fecha establecida por Imam Jomeini para que sirviera como catalizadora del grito mundial de rechazo a la ocupación de la tierra palestina y con este se acercara, año tras año, el ocaso de la dominación sionista y el momento de la definitiva liberación de esas martirizadas tierras.

Un año más en algunos lugares del mundo se realizarán actos para conmemorar esta fecha, se producirán programas televisivos, se realizarán emotivos vídeos, se escribirán artículos. Nuevamente escucharemos los relatos estremecedores de la crueldad del enemigo sionista, de las barbaries que ejercen hasta en los aspectos más básicos de la vida de los palestinos, de casas demolidas, de campos arrasados, de iglesias y mezquitas profanadas, de represión, del último disparo a bocajarro de un militar sionista que acabó con la vida un adolescente palestino y… pasado este día qué. ¿Qué queda de toda esta retórica que desplegamos en el Día del Quds?

No podemos quedarnos en la autosatisfacción por “haber cumplido” en un día como este, tenemos que mirar más allá y si es preciso no asustarnos de ser autocríticos, porque nada avanza en esta vida sin pararse a reflexionar sobre ello, encontrar los errores que se puedan estar cometiendo e intentar corregirlos para que este avance sea realmente sólido.

Para abordar la cuestión de la liberación Palestina hay que hacerlo desde dos frentes bien definidos. En primer lugar está el frente interno, el que concierne a los propios palestinos, el que puede afrontar la cuestión como un hecho de resistencia de un pueblo que lucha contra la ocupación de su territorio, como un mero hecho de liberación nacional contra la potencia colonizadora que los oprime, en este caso, un invento satélite engendrado por los colonizadores franco-anglo-americanos de siempre.

Si abordamos la cuestión de la liberación de la tierra palestina desde este frente, tendremos que preguntarnos ¿qué es lo que están haciendo los palestinos por su propia liberación?

Los orígenes de esta lucha se remontan incluso a fechas anteriores a la proclamación del ente sionista de Israel como estado en el año 1948, allá por 1930 cuando Palestina estaba bajo control del Imperio Británico y el mártir sheij ‘Izaddin al-Qasim fundó la primera organización de resistencia palestina y dio origen a una lucha contra los ocupantes ingleses que duró hasta que finalmente en 1939 las tropas británicas aplastaron definitivamente la revuelta palestina.

Ya tras la proclamación del ente sionista como estado, esta resistencia palestina organizada resurgió en 1959 cuando Yaser Arafat fundó la organización Al-Fatah, que más tarde daría lugar la OLP, y fue a partir de los años 60 cuando diversas organizaciones palestinas emprendieron la lucha por la liberación de su país y la constitución de un estado propio en la totalidad de su territorio.

Sin embargo hubo un antes y un después que marcó definitivamente hasta nuestros días el rumbo de la lucha por Palestina desde el interior; la claudicación, la rendición de la OLP con el propio Yaser Arafat a la cabeza ante el ente sionista y sus padrinos occidentales. Los llamados acuerdos de Oslo de 1993 no fueron más que la escenificación de la peor traición a Palestina y a los palestinos que pudiera imaginarse; la venta de la causa palestina por parte de quienes antes habían luchado contra la ocupación sionista y ahora se convirtieron en simples administradores coloniales de ese ocupante a cambio de… nada.

La administración colonial implementada bajo el rimbombante nombre de “Autoridad Nacional Palestina” en parte de las tierras palestinas ocupadas después de 1948, no tiene realmente más función que la de controlar a la población palestina de esos territorios, para servicio del ocupante sionista.

A partir de entonces hemos visto nacer otro tipo de organizaciones de resistencia que han tomado el relevo en la lucha, y vimos como esos territorios quedaron divididos en dos realidades cuasi estancas cuando tras la confrontación entre Al-Fatah y HAMAS Gaza quedó fuera del control absoluto de la administración colonial, siendo precisamente el territorio de Gaza el que ha mantenido viva la llama de la resistencia frente al ocupante sionista, habiendo sido todos nosotros testigos de dramáticas escenas de represión sionista en este pequeño territorio ante la total e interesada pasividad de la administración colonial de la ANP.

Sin embargo la sombra de esta administración colonial sigue rigiendo la vida palestina pues el conjunto de organizaciones palestinas no han sabido o no han querido romper definitivamente con ella, y al hacer eso, implícitamente están reconociendo su supuesta “autoridad” y, lo que es peor, reconociendo de facto a quién está detrás de esa ANP que no es más que el propio ente sionista de Israel. El miedo por romper con ese engendro traicionero y todo lo que implica tiene estancada la lucha por la real liberación de Palestina desde hace años.

Si lo que se quiere es liberar Palestina, no tiene sentido intentar mantener vivas unas “instituciones” cuya única autoridad es la que le otorga el ocupante para sus propios intereses, y con las que por otra parte intencionadamente se pretende dar ante el mundo una apariencia irreal de institucionalidad palestina, y ahogar así ante la opinión pública mundial la propia justificación de la lucha de los palestinos por la liberación de su tierra.

Desde fechas recientes estamos asistiendo a un ejemplo claro de esta incongruencia, con todo lo que está ocurriendo alrededor de las anunciadas y canceladas elecciones palestinas y las diferentes posturas de las distintas organizaciones, para al final comprobarse que quien realmente decide sobre esas elecciones no es otro que el ente sionista de Israel.

Es absolutamente irreal plantearse que desde el interior de una administración colonial se puede alcanzar la liberación de tierra alguna. Todo lo contrario, participar de esas instituciones es reconocer la autoridad del ocupante y eternizar la ocupación.

Desgraciadamente parece que sólo una organización palestina, Yihad Islámica, ha sabido darse cuenta de la peligrosa trampa que implica querer participar en esas instituciones, y que la prioridad para los palestinos debe ser la lucha activa contra la ocupación y no competir por tener presencia en unas instituciones dependientes del propio ocupante.

Si los palestinos deben crear herramientas de coordinación o de representación, han de hacerlo por ellos mismos, crear las que sean necesarias ellos mismos y absolutamente al margen de la ocupación o sus patrocinadores, aunque tengan que ser clandestinas.

Pero más allá de de las incongruencias de las organizaciones palestinas, no podemos dejar de apuntar igualmente la división real existente entre los palestinos a los que lejos de poder considerar una unidad, tenemos que observar cuan distinta es su actitud frente a la ocupación entre los palestinos de las tierras ocupadas en 1948, los palestinos de Cisjordania y los palestinos de Gaza. Si los palestinos verdaderamente quieren la liberación de su tierra y no simplemente una administración tutelada por el ocupante, cosa que sinceramente hoy por hoy no está clara, deben actuar y sentirse como un único pueblo y no limitarse a ser meros espectadores de lo que les sucede a los otros, sin sentirse implicados ellos mismos mientras esa represión no les afecte directamente.

Pero la causa de Palestina, a diferencia de lo que ocurre con cualquier otro conflicto territorial en cualquier lugar del mundo, no es algo que implique únicamente a los palestinos, sino que incluso por encima de ellos es algo que incumbe al conjunto de los musulmanes del mundo, o al menos así debiera ser.

Si bien en las primeras décadas de la ocupación diferentes países árabes se opusieron a ella e incluso libraron varias guerras contra el ente sionista, lo cierto es que paralelamente podemos ver cómo importantes países musulmanes como Turquía e Irán desde un principio estuvieron junto al ente sionista de Israel. En el caso de Irán la situación cambió radicalmente desde el mismo momento del triunfo de la Revolución Islámica en 1979, pero en el de Turquía nada ha cambiado a pesar de que desde el año 2002 aquel país es gobernado por un partido “islamista”. Pero incluso entre aquellos estados árabes que en su día lucharon contra el ente sionista de Israel vimos claudicar primero a Egipto en 1979 y a después a Jordania en 1994, tras la propia claudicación de la OLP en 1993 como antes se mencionó, e incluso la Liga Árabe propuso en 2002 el reconocimiento del ente sionista bajo la justificación de la farsa de “los dos estados”. Recientemente una cascada de países árabes como Emiratos Árabes Unidos, Bahrein, Sudán o Marruecos se sumaron a la traición, que ahora llaman “normalización”, en 2020, habiendo otros varios que, si bien no han reconocido oficialmente al ente sionista de Israel, sí de facto mantienen buenas relaciones con el ocupante de Palestina.

Pese a la actitud claudicante de buena parte de los gobiernos de los países islámicos, lo cierto es que según encuestas realizadas en estos países la opinión pública de los mismos es abrumadoramente contraria al reconocimiento del ente sionista y por tanto a la rendición frente al ocupante de la tierra palestina, pero realmente… ¿es la cuestión de Palestina una prioridad en la ummah islámica? Es evidente que no, y prueba de ello la tenemos en esos países que recientemente cayeron bajo la órbita sionista en los que pese a esa abrumadora oposición de sus poblaciones, nada absolutamente ha pasado realmente tras la decisión de sus gobiernos.

Pero igualmente, si miramos al resto de la ummah observamos que la cuestión de Palestina está muy lejos de ser una prioridad, bien sea porque desgraciadamente buena parte de sus territorios están sumidos en graves problemas inmediatos, bien sea por la propia desidia que provoca la situación de estancamiento originada tras la capitulación de Oslo.

Sin embargo, sí existe una llama latente en el corazón de esa ummah como lo demuestra su reacción espontánea de satisfacción y orgullo tras la derrota sionista en Líbano en 2006. Y esto a su vez demuestra que el camino para la liberación de la tierra palestina está muy lejos de ser el de las interminables “conversaciones diplomáticas” que no sirven más que para afianzar al ocupante, debilitar al ocupado y desinteresar al resto. No, no es el camino de los acérrimos amantes de “la diplomacia” el que la historia y el presente demuestran que ha derribado imperios y expulsado a ocupantes, no es ese camino el que reaviva la llama de rebeldía en los corazones de los oprimidos.

La liberación de Palestina requiere simplemente de un NO, de un NO absoluto al ente sionista por parte de todos, de palestinos y de los musulmanes del mundo. Un NO que nazca del corazón de cada uno de nosotros y ahogue incluso a aquellos gobiernos supuestamente islámicos que no quieran escuchar ese grito. Un NO a la verborrea anestesiante de la “diplomacia” manipulada. Un NO que los gobiernos de los países musulmanes debieran dar al ente sionista y a quienes lo patrocinan. Un NO que las organizaciones palestinas y los palestinos en general debieran dar a la claudicación, a Oslo, a las instituciones coloniales delegadas como la ANP y a todos quienes las apoyen.

Y un SÍ rotundo a la Resistencia, una Resistencia que debe implicarnos a todos y en la que podemos participar en nuestra vida cotidiana aunque solo sea siendo estrictos en la campaña de boicot al ente sionista y a sus colaboradores. Un SÍ a la Resistencia activa frente a un enemigo que en lo político no está acostumbrado más que a jugar con cartas marcadas. Un Sí a la Resistencia popular en Palestina que dé lugar a una nueva y definitiva Intifada. Un Sí, por supuesto, a la Resistencia militar que no de tregua al ocupante.

La causa de la liberación de la tierra palestina de un régimen ocupante impuesto, criminal, racista y genocida nos une cada último viernes de cada mes de Ramadán. Nuestra responsabilidad es hacer que esta conmemoración del Día del Quds no se restrinja a una mera fecha en el calendario, sino que sepamos asumirla y tenerla presente el resto de los días del año para que ese NO resuene en todo el mundo en todo momento y el régimen sionista termine colapsando. Insha Allah.

 

Imagen tomada de Telesur.

Palestina en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas: a propósito de un reciente voto sobre justicia y rendición de cuentas para las víctimas palestinas

Nicolas Boeglin (*)

En los últimos días de su sesión anual en Ginebra, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, máxima instancia de Naciones Unidas en materia de derechos humanos, adoptó la resolución titulada «Human Rights situation in the Occupied Palestinian Territory, including East Jerusalem, and the obligation to ensure accountability and justice» (véase texto completo).

Se trata de un recordatorio anual de las distintas obligaciones que, en materia de derechos humanos y de derecho internacional humanitario, incumple impunemente Israel desde hace ya muchos años. Es así como se lee que el Consejo de Derechos Humanos

«4. Deplora la persistente falta de cooperación de Israel con los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos y otros mecanismos de las Naciones Unidas que intentan investigar las presuntas vulneraciones del derecho internacional en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y pide que se coopere plenamente con el Consejo de Derechos Humanos y todos sus procedimientos especiales, mecanismos pertinentes e investigaciones, así como con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos;

5. Exige a Israel, la Potencia ocupante, que ponga fin a todas las acciones ilegales en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, entre otras la construcción de asentamientos; la demolición de estructuras residenciales, incluidas las demoliciones punitivas de viviendas; el desalojo forzoso de habitantes palestinos y la revocación de los permisos de residencia de los palestinos que viven en Jerusalén Oriental mediante una serie de leyes discriminatorias; las excavaciones en lugares religiosos e históricos y sus alrededores; y todas las demás medidas unilaterales que tienen por objeto alterar el carácter, el estatus y la composición demográfica de todo el territorio, todas las cuales tienen, entre otras cosas, efectos graves y nocivos para los derechos humanos del pueblo palestino y las perspectivas de un arreglo justo y pacífico«.

Entre los párrafos añadidos a los usualmente reunidos en esta resolución, que se adopta cada año en Ginebra, se lee que para este 2021, el Consejo de Derechos Humanos:

«18. Exhorta a Israel, la Potencia ocupante, a que cumpla las obligaciones que le impone el derecho internacional respecto de la población ocupada protegida y garantice un acceso sin discriminación a las vacunas contra la enfermedad por coronavirus (COVID-19) en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, entre otros medios en coordinación con el Gobierno del Estado de Palestina«.

Como se observará si se lee el texto completo, el Consejo de Derechos Humanos no hace sino externar su profunda preocupación por la situación imperante en el territorio palestino ocupado, exhortando a la potencia ocupante a cumplir sus obligaciones como tal y a investigar y sancionar a los responsables de exacciones cometidas contra la población civil palestina.

Imagen de bombardeos israelíes en Gaza extraída de nota de France24 titulada «Israël bombarde massivement Gaza, l’ONU appelle à éviter la guerre», edición del 20/07/2014

Una resolución objeto de un fuerte cabildeo israelí en su contra

Como es ya bastante usual, Israel (Estado que no integra este órgano de Naciones Unidas) desplegó intensas gestiones diplomáticas semanas antes de la votación, así como su incondicional aliado norteamericano (que tampoco lo es) en aras de intentar obtener un resultado favorable entre los 47 Estados que integran este Consejo. Pocamente divulgado en algunos medios internacionales, cabe recordar el hecho siguiente: el Presidente israelí realizó personalmente una gira en Austria, Alemania y Francia pocos días antes de la votación, como parte de la campaña oficial de Israel en contra de la justicia penal internacional de La Haya (véase cable de la agencia china de noticias Xinhua del 16/03/2021).

Como se recordará, en junio del 2018 Estados Unidos optó por retirarse del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas después de votarse una resolución de este órgano creando una comisión de investigación sobre las exacciones de todo tipo de las fuerzas de seguridad israelíes contra los manifestantes palestinos participando a la denominada «Gran Marcha del Retorno» (véase al respecto nuestra breve nota al respecto).Con 29 votos a favor, 14 abstenciones y dos votos en contra (Australia y Estados Unidos), Estados Unidos consideró que retirarse del Consejo de Derechos Humanos era lo más apropiado y oportuno: un gesto raramente observado, y saludado únicamente por Israel. El informe de esta comisión de investigación está disponible desde febrero del 2019 en este enlace oficial.

Los resultados de la votación en breve

Para este año 2021, la resolución titulada «Situación de los derechos humanos en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y obligación de garantizar la rendición de cuentas y la justicia» se adoptó con 32 votos a favor (incluyendo los de Francia y Alemania), 6 en contra (entre los cuales el de Austria) y 8 abstenciones.

Un Estado de Oriente Medio y miembro del Consejo de Derechos Humanos particularmente observado, Bahrein, optó por no participar en la votación (ausencia de su delegado en el momento de la votación, también denominado «No Show«): es el único Estado de los 47 en haber recurrido a esta peculiar técnica para el voto de esta resolución. Como se recordará, el 15 de setiembre del 2020, Bahrein e Israel anunciaron la firma, desde Washington, de un sorpresivo acuerdo sobre la normalización de sus relaciones oficiales.

En esta ocasión, Israel pudo únicamente contar con los votos de Austria, Bulgaria, Brasil, Camerún, Malawi y Togo (que votaron en contra del texto) según se desprende del registro de la votación (véase enlace) y que a continuación reproducimos:

Por parte de América Latina y el Caribe, con excepción de Brasil que votó en contra, los demás Estados de la región votaron a favor de la resolución (Argentina, Bolivia, Cuba, México, Uruguay y Venezuela), Bahamas optando por abstenerse (al igual que Filipinas, India, Islas Marshall, Nepal, Reino Unido, República Checa y Ucrania). Siempre con relación a América Latina, no está de más recordar que en octubre del 2020, resultaron electos por parte de América Latina, Bolivia, Cuba y México, en sustitución de Perú y Chile, con México logrando ser reelecto (véase nuestra breve nota al respecto); mientras que en octubre del 2019, resultaron electos Brasil (reelección) y Venezuela, al tiempo que Costa Rica intentó de manera sorpresiva postularse, sin lograrlo (véase nuestra breve nota al respecto).

Cabe señalar que en el 2020, un texto muy similar contó con 17 abstenciones, entre las cuales las de Alemania, Corea del Sur, Dinamarca, Italia, Japón, Países Bajos, Senegal y Uruguay: 8 Estados que optaron entre el 2020 y el 2021 por cambiar su posición y votar afirmativamente en favor del texto.

Justicia y rendición de cuenta en Palestina: un acento diferente en este 2021

A diferencia de otros años, esta votación acaecida este 23 de marzo del 2021 en el máximo órgano de Naciones Unidas en materia de derechos humanos, resulta de mayor relevancia para Palestina y para las víctimas y las organizaciones palestinas que claman desde hace mucho tiempo por justicia ante las exacciones israelies cometidas en territorio palestino.

En efecto, el pasado 5 de febrero, la Sala Preliminar de la Corte Penal Internacional (CPI) decidió que la CPI es plenamente competente para examinar lo ocurrido y ello en todos los territorios palestinos, sin ningun tipo de excepción (véase al respecto nuestra breve nota titulada: «Corte Penal Internacional (CPI) / Palestina: ¿el fin de la impunidad para los autores de crímenes de guerra cometidos en Palestina?«, disponible en este enlace).

Un reciente foro con juristas de habla francesa (el profesor Eric David, de Bélgica y el magistrado galo Ghislain Poissonnier) auspiciado por la AURDIP (Association des Universitaires pour le Respect du Droit International en Palestine) detalló el alcance de esta histórica decisión que fue dada a conocer en La Haya el 5 de febrero del 2021 (véase programa y enlace del foro, realizado el 30/03/2021).

Al respecto, resulta oportuno mecionar que este próximo 9 de abril vencerá el plazo otorgado por la CPI a Israel (así como a Palestina) para contestar la notificación enviada el pasado 9 de marzo a ambos Estados: como bien se sabe, el principio de complementaridad (Nota 1) obliga a la CPI a solicitar inicialmente al Estado incriminado el listado de investigaciones realizadas sobre los mismos hechos (de manera a no duplicar los esfuerzos de entidades nacionales preexistentes). En estos primeros días de abril, no pareciera tenerse mucha claridad sobre la estrategia de Israel (véase nota del Jerusalem Post del 1/04/2021 titulada «Israel has no planned approach, response to ICC, with 9 days to go» y este artículo de opinión publicado en Haaretz titulado «Israel and the ICC: Denial Isn’t Just a River in Egypt» en la misma fecha ). De contestar formalmente Israel a la CPI sobre las eventuales investigaciones internas realizadas en Israel con relación a los hechos que quiere investigar la CPI, legitimaría la decisión del pasado 5 de febrero (que oficialmente Israel considera oficialmente ilegítima, sesgada e incluso «antisemita» (Nota 2); y de no contestar a la CPI, habilitaría jurídicamente a los investigadores de la CPI a examinar ellos mismos todos los hechos, sin excepción de ningun tipo, objeto de la solicitud presentada por Palestina a la Fiscalía de la CPI.

Cabe también señalar que este 3 de abril del 2021, la CPI saludó el retiro de sanciones en su contra por parte de la nueva administración norteamericana (véase comunicado oficial de la CPI). Como bien se sabe, el único Estado en haber felicitado a Estados Unidos por esta insólita decisión tomada en junio del 2020 fue Israel (véase nota del Times of Israel del 11/06/2020): habíamos tenido la oportunidad de explicar que las justificaciones oficiales dadas por Estados Unidos al anunciar estas sanciones disimulaban otras, menos explícitas, relacionadas a Israel (Nota 3).

Votaciones anteriores en breve sobre justicia y rendición de cuentas en Palestina

En el año 2020, una resolución muy similar (véase texto integral en inglés) había sido adoptada por el Consejo de Derechos Humanos con 22 votos a favor (incluyendo el voto de Bahrein), 8 en contra (Austria, Australia, Brasil, Bulgaria, Islas Fidji, República Checa, Togo y Ucrania) y 17 abstenciones.

En 2019 (véase texto integral), el resultado obtenido fue de 23 votos a favor, 8 en contra y 15 abstenciones. Es de notar que en el 2019, Bahrein figuraba entre los Estados proponentes del proyecto de resolución.

En 2018, un texto similar (véase texto integral) obtuvo 27 votos a favor, 4 en contra (Australia, Estados Unidos, Togo y Reino Unido) y un total de 15 abstenciones.

A modo de conclusión

Más allá de la situación bastante peculiar para este 2021 de la delegación de Bahrein en Ginebra, y del súbito cambio de parecer de varios Estados partidarios de abstenerse el año pasado, la comparación de los resultados obtenidos desde el 2018 en la votación de esta resolución evidencia el siguiente dato: la marca registrada en este 2021 es la peor obtenida por la diplomacia israelí y la de su fiel aliado norteamericano en los últimos 4 años.

Lo cual viene a confirmar (nuevamente) el efecto contraproductivo que conllevan para Israel la tónica y la actitud adoptada por sus máximas autoridades en los últimos tiempos, consistiendo en desafiar abiertamente las bases del ordenamiento jurídico internacional.

Notas:

Nota 1: El principio de complementariedad (también denominado «subsidiaredad«) de la CPI significa que únicamente examina asuntos que no hayan sido objeto de investigaciones por parte de las autoridades judiciales nacionales. O bien, cuando a través de supuestas «investigaciones«, se manifiesta claramente la renuencia del Estado a investigar y a sancionar debidamente a los responsables de los hechos incriminados. Véase al respecto: C.-TOUSSIGNANT M., «L’instrumentalisation du principe de complémentarité de la CPI: une question d’actualité» RQDI (Revue Québécoise de Droit International), 2012, pp.73-99. Texto integral del artículo disponible aquí.

Con relación al crimen de guerra que constituye la colonización ilegal a la cual ha procedido Israel desde muchos años y objeto de la solicitud hecha por Palestina a la CPI, se leyó recientemente por parte de especialistas franceses, que:
«Le droit israélien considérant la colonisation comme légitime, aucune enquête nationale ne sera bien sûr menée sur les auteurs du crime de colonisation. Le bureau du procureur pourra donc enquêter sans délai sur ces faits, sans qu’Israël puisse lui opposer la règle de la « complémentarité », à savoir l’existence de procédures pénales menées dans un État contre les auteurs de crimes de guerre et qui peut faire obstacle à l’exercice de la compétence de la CPI, comme cela sera peut-être le cas dans les deux premiers types de crimes commis à Gaza» (véase PICHET E. & POISSONNIER G., «Colonisation des territoires palestiniens : quelles conséquences peut entraîner l’ouverture de l’enquête de la CPI ?«, The Conversation, edición del 17/03/2021, y disponible en este enlace).

Nota 2: Remitimos a nuestros estimables lectores a esta nota del Times of Israel, titulada «Netanyahu: An ICC investigation of Israel would be ‘pure anti-Semitism’ » (edición del 6/02/2021) y a este artículo de opinión publicado por el Presidente de Israel en Le Figaro (Francia), el pasado 18 de marzo del 2021, disponible en este enlace.

Nota 3: Véase al respecto nuestra breve nota: BOEGLIN N., «Sanciones de EEUU contra la Corte Penal Internacional (CPI): algunos apuntes sobre sus verdaderas motivaciones«, Portal de la Universidad de Costa Rica (UCR), Sección Voz Experta, 24 de setiembre del 2020, y disponible aquí. Nos permitímos concluir en aquella oportunidad con la siguiente reflexión que a continuación reproducimos:

«En relación con estas recientes sanciones contra el personal de la CPI, resulta un tanto sorprendente que la Administración norteamericana se preste para semejante espectáculo ante los demás integrantes de la comunidad internacional, sin percatarse de que esta actitud de profunda hostilidad puede también estar influyendo en los jueces de la CPI para mostrarse aún más severos con Israel en su decisión preliminar (actualmente en preparación), relativa a la solicitud de investigación presentada en diciembre del 2019 por la fiscal de la CPI.»

 

(*) Esta nota fue escrita por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica

Nuevo acuerdo con Irán y las celadas de Macron

Por: Mikail Álvarez Ruiz

Publicaba el sábado 13 de febrero la web del periódico mejicano Excelsior, un artículo firmado por Esther Shabot Askenazi, una de sus columnistas, bajo el título “¿Nuevo acuerdo con Irán? Las propuestas de Macron”.

En dicho artículo la autora hace un repaso más bien sesgado tanto de la actual situación de la República Islámica de Irán, devastada según ella por la crisis económica resultado de las sanciones y embargos estadounidenses y agravada por las consecuencias del COVID, como de la historia del popularmente denominado Acuerdo Nuclear, de nombre oficial Plan de Acción Integral Conjunto o JCPOA por sus siglas en inglés, para concluir con lo que sería el tema principal de su artículo que no es otro sino el ofrecimiento “mediador” del presidente francés Emmanuel Macron y su propuesta de incluir nuevos actores en las hipotéticas futuras conversaciones, como lo serían Arabia Saudí y el ente sionista de Israel.

Ciertamente el pasado 4 de febrero el presidente francés, recordemos que Francia es uno de los tres países europeos firmantes de dicho acuerdo junto con el Reino Unido y Alemania, dijo estar dispuesto a servir de mediador «honesto y comprometido» en un diálogo entre Estados Unidos y la República Islámica, para afirmar seguidamente que el diálogo con Irán sobre el acuerdo nuclear debería contar con los aliados occidentales en la región como Arabia Saudita y el ente sionista.

La autora del artículo considera en su conclusión la propuesta de Macron como muy interesante, y que valdría la pena que la nueva administración estadounidense explorara la idea lanzada por el presidente francés y tuviera muy en cuenta la opinión de saudíes e israelíes en cualquier futura negociación para garantizar que los intereses de esos regímenes quedaran salvaguardados.

La pregunta es ¿para quién es interesante la propuesta de Emmanuel Macron? Obvio que únicamente lo sería para el eje americano-sionista del que la troika europea son meros subalternos; en absoluto para la República islámica de Irán, ni tan siquiera para los que dentro de ella han apostado, y siguen apostando todo, en favor de ese acuerdo.

Si bien durante la campaña electoral el actual presidente de los EE.UU. hizo varias alusiones a su intención de devolver a los EE.UU. al seno del acuerdo del Plan de Acción Integral Conjunto abandonado por su predecesor en 2018, lo cierto es que desde su toma del poder no ha hecho más que ratificar las sanciones impuestas por Trump tras su abandono del acuerdo, pretendiendo además imponer condiciones a Irán para ese supuesto retorno de los EE.UU., que en sí representaría no regresar a lo ya firmado en 2015 después de años de conversaciones, sino que el teóricamente vigente acuerdo nuclear sea simplemente el punto de partida para otras “negociaciones” con las que recortar y maniatar aún más las capacidades de la República Islámica.

Si el acuerdo nuclear en su momento para muchos iraníes fue un trago amargo obligado a tomar en pro de una esperanza de alivio de la situación económica que sufría del país como consecuencia de las sanciones unilaterales impuestas especialmente desde la presidencia del “demócrata” Bill Clinton, lo cierto es que pronto se pudo comprobar, antes incluso del abandono estadounidense, que todo lo relacionado con los compromisos de los países occidentales hacia Irán dentro de ese acuerdo era puro papel mojado, por no haber cumplido estos jamás ninguna de sus obligaciones.

Nada hizo la Francia de Macron, ni los otros países europeos firmantes del acuerdo ratificado por la Resolución 2.231 del Consejo de Seguridad de la ONU, para salvar el pacto tras el abandono estadounidense, como hubieran podido hacer con la puesta en marcha del mecanismo Entidad con Cometido Especial (SPV, por sus siglas en inglés) y el mecanismo llamado Instrumento de Apoyo a Intercambios Comerciales (Instex, por sus siglas en inglés), con los cuales podría haberse avanzado en el desarrollo del JCPOA. Nada, salvo enredar e intentar ganar tiempo frente a la República Islámica con interminables conversaciones, al igual que hicieron durante la negociación del propio acuerdo y durante el corto periodo en el que este estuvo en teórico vigor, mientras al tiempo exigían que Irán cumpliera escrupulosamente con sus obligaciones, como así hizo y ha hecho hasta principios de este año 2021 cuando frente al continuo incumplimiento de los países occidentales desde que el acuerdo entró en vigor en enero de 2016, Irán comenzó a reducir de forma gradual y casi simbólica, a pesar del bombo dado en Occidente, sus compromisos con el acuerdo nuclear.

La postulación de Macron como negociador «honesto y comprometido» raya en lo cómico, habida cuenta la histórica animadversión de la República Francesa hacia la República Islámica de Irán, y los compromisos e intereses del régimen francés con sus homólogos árabes del Golfo Pérsico y por supuesto con el ente sionista, amén de lo ya mencionado respecto al comportamiento y la responsabilidad de Macron y su gobierno en la no implementación de los acuerdos plasmados en el Plan de Acción Integral Conjunto.

Más cómica aún es la pretensión de los EE.UU. y sus adláteres europeos de plantear una renegociación de lo ya pactado en el JCPOA para incluir en el hipotético nuevo acuerdo temas fundamentales para la seguridad de la República Islámica como son su capacidad de influencia regional y sobre todo el control de su industria militar, especialmente el programa misilístico de la misma.

Si el acuerdo nuclear fue un trago amargo a cambio de una esperanza que pronto se demostró falsa, y que no solo no fue capaz de eliminar las sanciones estadounidenses vigentes en 2015 sino que a 6 años vista desde la firma del acuerdo las mismas han sido considerablemente incrementadas con las lógicas consecuencias para la economía iraní y la vida de los iraníes, lo que ahora proponen los países occidentales firmantes del acuerdo, con el aliento del ente sionista y los regímenes monárquicos del Golfo, representaría un simple acta de rendición para la República Islámica que nadie en Irán, ni siquiera aquellos sectores más occidentalizados y que tanto siguen intentando vender las supuestas virtudes del JCPOA, podrá aceptar ni tan siquiera negociar.

De cierto que los EE.UU. y sus aliados europeos saben esto, luego esa vacía pretensión de renegociación del “acuerdo nuclear” solo puede perseguir dos cosas. Por una parte, prolongar la actual situación de presión máxima frente a Irán a la espera de que un colapso económico lleve a una inestabilidad social que ayude a su postergada intención desde hace 42 años de hacer claudicar a la República Islámica, culpando al tiempo a “la intransigencia iraní” de la situación creada ante la acomodada y acéfala opinión pública de sus países. Por otra parte, y en paralelo con lo anterior, intentar que la brecha entre los sectores prooccidental y revolucionario en el seno de la política iraní se ensanche al punto de un enfrentamiento tal que igualmente contribuya a la destrucción de la República Islámica de Irán tal como hoy la conocemos.

Sin embargo, la República Islámica, para desesperación de sus enemigos, viene demostrando en los últimos 42 años una capacidad de resiliencia como pocos países han hecho en la historia moderna. El mundo unipolar referenciado a los EE.UU., a su poder militar y a su economía está cambiando poco a poco, abriéndose nuevos horizontes en el oriente más colaborativos y menos impositivos, a los cuales seguramente la República Islámica sabrá mirar salvaguardando como hasta ahora su independencia.

Seguramente veremos pasar a Macron y a sus ambiciones neocoloniales, o mejor dicho, las ambiciones neocoloniales de la República Francesa (tan entrometida por ejemplo en la situación libia, siria o libanesa); veremos pasar a Biden al igual que vimos pasar a Trump y a todos sus antecesores desde hace 42 años, y seguramente veremos que la República Islámica de Irán seguirá en su lugar. Por tanto, mejor harían los EE.UU., Reino Unido, Francia y Alemania en aceptar que la realidad histórica no siempre es la que ellos trazan, en aceptar que las relaciones entre países deben alejarse de las imposiciones unilaterales y la rapiña. Y sobre todo, mejor harían los países que componen la Unión Europea en dejar de ser perros falderos de la política e intereses de otros países que falsamente los llaman aliados, y que solo los utilizan como peones carne de cañón de su propia política, lo que muchas veces, como en el caso que nos ocupa, representa una importante pérdida de capacidad de negocio para estos países a cambio de nada, ya que esto “del negocio” es lo único que en el fondo parece pretender unir a esta “comunidad económica”.

Palestina / Corte Penal Internacional (CPI): camino despejado para la justicia penal internacional

Nicolas Boeglin

En una muy esperada decisión dada a conocer este 5 de febrero del 2021, la Sala de lo Preliminar de la Corte Penal Internacional (CPI) decidió que la CPI tiene plena jurisdicción para conocer de exacciones cometitas por Israel y ello, en todos los territorios palestinos, sin excepción de ningún tipo (véanse los comunicados de prensa de la CPI en inglés y en francés).

Por parte de la sociedad civil, son varias las organizaciones que expresaron su profunda satisfacción con esta decisión (véase, entre muchos otros textos, el comunicado de prensa de Human Rights Watch).

Esta Sala de la CPI estuvo integrada por tres miembros: una jueza (oriunda de Benín), y dos jueces (de Francia y de Hungría); y fue presidida por el juez húngaro, el cual optó por separarse del criterio de sus dos colegas.

La conclusiones a las que llega la Sala de la CPI en breve

En su larga sentencia (véase texto completo de 60 páginas), la Sala de la CPI concluye en su parte dispositiva que:

«- that Palestine is a State Party to the Statute; (…)

– by majority, Judge Kovács dissenting, that, as a consequence, Palestine qualifies as ‘[t]he State on the territory of which the conduct in question occurred’ for the purposes of article 12(2)(a) of the Statute; and (…)

– by majority, Judge Kovács dissenting, that the Court’s territorial jurisdiction in the Situation in Palestine extends to the territories occupied by Israel since 1967, namely Gaza and the West Bank, including East Jerusalem«.

Como se puede observar, dos jueces de los tres optaron por considerar que la justicia penal internacional es competente para examinar lo que ocurre en todos los territorios palestinos, incluyendo Gaza y Jerusalén Oriental: un escenario particularmente temido por Israel. Algunos de sus aliados (Alemania, Australia, Austria, Brasil, Hungría, República Checa y Uganda) intentaron en los amici curiae presentados en La Haya, convencer a la CPI de declararse incompetente y de limitar su competencia territorial, sin lograr mayores éxitos en su gestión.

Habíamos tenido la oportunidad de analizar el alcance de la demanda presentada por Palestina en el 2018, así como los intentos (desesperados) de Israel y de sus aliados para intentar evitar a toda costa que se concretara lo que se escuchó en La Haya este 5 de febrero del 2021 y que viene a confirmar en todos sus extremos la interpretación hecha por la Fiscalía de la misma CPI (véase nuestra breve nota titulada «Solicitud de investigación contra exacciones militares israelíes procede en todos los territorios palestinos, Gaza incluida. Fiscal de la Corte Penal Internacional«, publicada en el Portal de la UCR, sección Voz Experta, edición del 12/05/2020, y disponible en este enlace).

La actitud desafiante de Israel y de su incondicional aliado norteamericano ante la justicia penal internacional

Cabe recordar que cuando la Fiscalía de la CPI anunció que había procedido a iniciar formalmente una investigación en Palestina en diciembre del 2019, en Israel, el Primer Ministro y el Ministro de Defensa calificaron a la CPI como antisemita (véase nota del Jerusalem Post y este cable de la agencia Reuters), como parte de las gesticulaciones iracundas del aparato estatal israelí que ya no impresionan mayormente.

Hay que tener presente que Israel pudo beneficiar como nunca antes en la historia de un ocupante de la Casa Blanca (hasta enero del 2021) dispuesto a satisfacer cada una de sus pretensiones y de sus caprichos, tanto en el plano bilateral como multilateral: como parte del abanico de presiones ejercidas sobre la CPI, Estados Unidos adoptó de manera insólita sanciones contra el personal mismo de la CPI en junio del 2020, que tuvimos la oportunidad de analizar (véase nuestra breve nota titulada «A propósito de las sanciones anunciadas por Estados Unidos contra el personal de la Corte Penal Internacional (CPI)» y disponible en este enlace).

Anteriormente, y como expresión de solidaridad absoluta con Israel, Estados Unidos optó por retirarse del Consejo de Derechos Humanos cuando este órgano de Naciones Unidas votó una resolución creando un mecanismo para investigar las exacciones israelíes contra los manifestantes palestinos que participaron a la denominada «Marcha del Retorno«, en junio del 2018 (véase al respecto nuestra breve nota titulada «El retiro de Estados Unidos del Consejo de Derechos Humanos: breves apuntes» y disponible en este enlace).

Foto de la Embajadora de Estados Unidos en Naciones Unidas saliendo de la sala de sesiones del Consejo de Seguridad al iniciar su alocución el Embajador de Palestina, el 15 de mayo del 2018 en Nueva York. Foto extraída de nota de prensa titulada «EE.UU. se queda solo en la ONU» (La Vanguardia, edición del 16/5/2018).

Más allá de posturas, vociferaciones y de las amenazas puestas a ejecución por el aliado norteamericano, en julio del 2020 se filtró en la prensa israelí que las autoridades preparaban un lista secreta de cientos de integrantes de sus fuerzas de seguridad involucrados en actos susceptibles de calificar como crímenes de guerra o crímenes contra la humanidad (véase nota de Haaretz del 16/07/2020 titulada «Israel drafts secret list of hundred of officials who may stand trial at Internacional Court» y esta otra nota publicada en la misma fecha en The Times of Israel).

A modo de conclusión

Esta sentencia del 5 de febrero del 2021 viene a finalizar un largo recorrido procesal desde la solicitud de investigación preliminar presentada en mayo del 2018 por Palestina (véase cronograma seguido en este documento oficial de Naciones Unidas) y abrir una nueva y decisiva etapa.

Con esta decisión, la justicia penal internacional ve despejado el camino para examinar todo lo observado, documentado y denunciado en el territorio palestino desde el mes de junio del 2014, y que tiene enlutadas a tantas familias en Palestina, esperando desde entonces por justicia y clamando por ella.

El hecho que una jurisdicción internacional como la CPI, por vez primera en la historia del derecho internacional público, se pronuncie sobre el estatuto de Palestina como Estado y acepte examinar lo que ocurre dentro de su territorio, confiere a esta decisión un alcance ya no solamente jurídico, sino altamente simbólico y esperanzador.

 

Este texto fue elaborado por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)
Enviado a SURCOS por el autor.

Corte Penal Internacional: de cara a la elección de jueces titulares

Nicolas Boeglin

En esta segunda quincena del mes de diciembre, se realiza la Asamblea de Estados Partes de la Corte Penal Internacional (CPI) en La Haya: véase comunicado oficial de la CPI al respecto.

En la actualidad, son en total 123 los Estados Partes al Estatuto de Roma, tal y como se puede apreciar del estado oficial de firmas y ratificaciones (véase enlace oficial): en América Latina, faltan únicamente al llamado Cuba y Nicaragua, que tan siquiera han firmado este valioso instrumento internacional adoptado en 1998, que busca sancionar penalmente a personas responsables de actos considerados como los más graves por la comunidad internacional (crimen de genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y el crimen de agresión).

En este año 2020, la CPI debió enfrentar la creciente hostilidad de Estados Unidos y de Israel, una situación raramente observada (Nota 1), la cual tiene como tela de fondo la investigación preliminar llevada por la Fiscal de la CPI sobre las exacciones israelíes en territorio palestino (Nota 2). En su último discurso como titular de la Fiscalía de la CPI ante la Asamblea de Estados Partes (véase texto completo), su autora señaló que:

«All here present have recognised the unacceptable nature of the measures taken by the United States (“US”) administration. I’m grateful to the ASP President and to all those who have spoken out on the matter, through joint statements, individual expressions of support, or otherwise supported the Court and me personally.

The measures do not only constitute an attack on the Court and the Rome Statute system but a direct political affront to States Parties and a dangerous precedent for a rules-based international system.

It is my sincere hope that the US reverses its aggressive policy of antagonism towards the Court. No one wins from such tactics. Until such time, it is crucial that States Parties remain vigilant and keep close tabs on the matter, especially as further escalation remains on the table«.

Con relación a América Latina, resulta oportuno indicar que la Fiscalía de la CPI tiene abiertas cuatro investigaciones preliminares: una en Bolivia, una en Colombia y dos en Venezuela (véase enlace oficial), mientras que la CPI registra actualmente veinte casos, todos contra dirigentes del continente africano (véase enlace oficial). Con relación a Costa Rica, es de notar que pese a lo oído en Costa Rica, no figura su nombre en la lista de los Estados citados por la CPI que le solicitaron colectivamente abrir una investigación en Venezuela a finales del año 2018 (véase enlace oficial).

Las elecciones del 2020 en breve

En una sesión siguiente a realizarse en Nueva York en este mismo mes de diciembre del 2020, se procederá a la escogencia de seis nuevos integrantes de la máxima instancia en materia de justicia penal internacional (véase comunicado oficial en español de la CPI que precisar perfil de candidatos propuestos y sistema de votación escogido), así como al nuevo titular de la Fiscalía de la CPI (véase enlace sobre proceso seguido).

Con relación a la elección de los futuros jueces, sobre la que versarán las siguientes líneas, los Estados Partes son llamados a postular a sus nacionales en dos listas (A y B) de candidatos, según su perfil profesional (véase arículo 36, párrafo 3) del Estatuto de Roma: la lista A se reserva para profesionales del derecho penal, que cuentan con «reconocida competencia en derecho y procedimiento penales y la necesaria experiencia en causas penales en calidad de magistrado, fiscal, abogado u otra función similar«; mientras que la lista B contempla a personas con «reconocida competencia en materias pertinentes de derecho internacional, tales como el derecho internacional humanitario y las normas de derechos humanos, así como gran experiencia en funciones jurídicas profesionales que tengan relación con la labor judicial de la Corte«.

En la actualidad, de 18 jueces, la CPI cuenta con tres provenientes de América Latina y el Caribe (dos mujeres y un hombre). Como en muchas otras instancias internacionales, la igualdad de género sigue siendo un desafío en el seno de la justicia penal internacional, si consideramos que en su composición actual de 18 integrantes, la CPI cuenta con seis mujeres (véase listado oficial).

Cabe señalar que de un total de 18 postulantes para las seis vacantes, los Estados de América Latina y el Caribe han presentado en total a siete candidatos. La distribución geográfica no debería permitir más que un puesto para este bloque regional. La poca coordinación de la región que evidencian estos números implica para cada aparato diplomático la realización de diversas gestiones diplomáticas y solicitudes de apoyos, en aras de intentar alcanzar la victoria de su postulado o postulada: se trata de la candidata de Brasil (lista A), del candidato de Colombia (lista B) del candidato de Costa Rica (lista B), del candidato de Ecuador (lista B), de la candidata de México (B), de la candidata de Trinidad y Tobago (A) y de la candidata del Uruguay (B). En algunos casos, se trata de reconocidas figuras y profesionales en su campo, en otros no tanto; en unos adicionales, las atractivas condiciones que ofrece la CPI (véase enlace oficial) y el hecho de beneficiar de un mandato de nueve años pueden, en parte, explicar su interés por integrarla.

Nótese que no siempre este bloque regional ha actuado de esta manera: en el 2014, la coordinación regional permitió que el único candidato de América Latina y el Caribe fuera el candidato de Brasil. Este último inició con 34 votos a favor en la primera ronda y terminó retirándose de la contienda después de la ronda número 11 con 14 votos (véase nota oficial sobre elecciones del 2014 con resultados de las 22 rondas registradas).

Con relación al candidato propuesto por Costa Rica (véase hoja de vida), su innegable experiencia como diplomático es un elemento a tomar en consideración. No obstante, considerando la gran cantidad de profesionales y de especialistas en derecho penal y en derechos humanos con los que se cuenta en Costa Rica, así como jueces penalistas con amplia experiencia, no se tiene claro si su postulación resultó de una terna o de algun concurso involucrando el criterio de gremios profesionales, especialistas, escuelas de derecho y de la judicatura penal. En esta nota de prensa, se señala que las máximas autoridades diplomáticas de Costa Rica consideraron oportuno – febrero del 2020 – conocer a los demás contendores antes de hacer público el anuncio de la candidatura oficial (véase nota de CRHoy del 16/02/2020).

América Latina, mujeres y justicia internacional

Es de notar desde ya que a diferencia de Colombia, Costa Rica y Ecuador, los departamentos de candidaturas de Brasil, México y Uruguay optaron para esta contienda del 2020 por postular a una mujer: un detalle de interés que muy probablemente explique, si nuestra intuición es la correcta, la ventaja de la que estos aparatos diplomáticos sabrán sacar provecho a la hora de intentar convencer a las demás 122 delegaciones. En el 2017, para seis vacantes, los Estados Partes escogieron a cinco mujeres entre las 12 postulaciones (véase resultado oficial de votaciones).

En la primera elección de jueces de la CPI realizada en el 2003, el candidato de Bolivia, René Blattmann fue escogido por un mandato de seis años (véase hoja de vida), con 57 votos obtenidos (véase nota de prensa); al tiempo que la jurista costarricense Elizabeth Odio Benito reunió a 60 votos de 85 posibles en la primera ronda, con un mandato que culminó en el 2012 (véase nota de prensa de 5/02/2003). Nótese que la misma jurista costarricense fue electa jueza de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el mes de junio del 2015 (Nota 3).

En el caso de otros integrantes de América Latina que llegaron a ser electos jueces en el seno de la CPI desde el 2003, se pueden contabilizar:

– la jueza propuesta por Argentina, Silvia Fernádez de Gurmendi, quién fungió como jueza de la CPI en el período (2010-2018), habiendo ocupado con anterioridad funciones dentro de la CPI (véase hoja de vida);

– la jueza propuesta por República Dominicana Olga Venecia del C. Herrera Carbuccia (2012-2021) (véase hoja de vida);

– la jueza propuesta por Perú Luz del Carmen Ibáñez Carranza (2018-2027) (véase hoja de vida).

A modo de conclusión

Es de notar que la nacionalidad de un juez en la CPI obliga al Estado del que es oriundo a cierta reserva, en aras de permitir cierta rotación a nivel de la región o subregión. Ello puede explicar por ejemplo que Argentina no postulara ninguna candidatura para estas elecciones del 2020 y que Brasil y Uruguay sí lo hicieran. También puede explicar que el candidato postulado por Costa Rica en diciembre del 2011 no tuviera mayores posibilidades, teniendo la CPI hasta el 2012 a una jueza de nacionalidad costarricense (véase rondas 9 a 11 y los votos registrados en diciembre del 2011).

Cabe también precisar que algunos candidatos propuestos poseen un perfil de personas poco familiarizadas con la justicia penal internacional: por ejemplo, podemos citar el extraño caso del candidato de Colombia y su negativa evaluación por parte de un comité internacional adscrito a la CPI (véase informe, página 19). Tratándose de un latitud del continente que posee a reconocidos especialistas en materia penal y en materia de derechos humanos, el espectáculo brindado por Colombia merece mención: pese a la recomendación negativa, el candidato colombiano sigue en la contienda y será interesante apreciar el número de votos obtenidos por la diplomacia colombiana.

En la práctica, se observa también que muchas de las personas que llegaron a la CPI ejercieron anteriormente como jueces penales en su Estado de origen, o bien adquirieron experiencia internacional en materia penal en funciones dentro de la CPI antes de integrarla como jueces titulares.

Con relación a Costa Rica, formalmente se trata de la segunda postulación oficial que realiza de un candidato para la CPI, si consideramos que la primera se dió en diciembre del 2011 sin lograrse concretar. En efecto, en el 2003, fue Panamá (y no Costa Rica) el Estado que postuló a Elizabeth Odio Benito, quien fungió como jueza de la CPI hasta el 2012.

–Notas–

Nota 1: Véase al respecto nuestra breve nota BOEGLIN N., «Sanciones de EEUU contra la Corte Penal Internacional (CPI): breves apuntes sobre sus verdaderas motivaciones«, Portal de la Universidad de Costa Rica (UCR), Sección Voz Experta, edición del 24/09/2020, disponible aquí.

Nota 2: Véase al respecto nuestra breve nota de junio del 2020, BOEGLIN N., «A propósito de las sanciones anunciadas por Estados Unidos contra el personal de la Corte Penal Internacional (CPI)»), Derecho Internacional, edición del 13/06/2020, disponible aquí.

Nota 3: Véase al respecto nuestra breve nota, BOEGLIN N., «Elecciones en el marco de la Asamblea General de la OEA: un breve análisis«, DerechoaldDia, edición del 17/06/2015, disponible aquí.

 

Imagen: Elizabeth Odio Benito, jurista costarricense electa integrante de la CPI (2003-2012), acompañada por Bruno Stagno Ugarte, Presidente de la Asamblea de Estados Partes a la Corte Penal Internacional (2005-2008) y ex Canciller de Costa Rica (2006-2010). Foto extraída de nota de prensa, Prensa Libre, edición del 14/08/2009

Esta nota fue elaborada por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

Donald Trump, Evangélicos: Reseteo Económico y Nuevo Orden Mundial

Lic. José A. Amesty R.

Sin duda alguna, los evangélicos/as de EEUU y de muchos países del mundo occidental cristiano, deseaban (todavía lo desean) que Trump hubiese ganado las elecciones presidenciales.

Recordemos que el 44 por ciento de los votantes registrados en EEUU, son cristianos evangélicos blancos, por lo que tienen importante peso en las elecciones.

Según expresiones de los evangélicos/as, la victoria de Joe Biden fue adelantada por algunos medios de comunicación, inicialmente de EEUU, y replicada por medios del mundo, tras conocer los resultados electorales en Estados Claves norteamericanos, pero que esta supuesta victoria será revisada por los tribunales.

Luego que Trump haya calificado los comicios de fraude, comenzará a procesar su caso en los tribunales para asegurar que las leyes electorales se respeten, y que se establezca al ganador legítimo. Algo que, probablemente, obligue el recuento de los votos escrutados en más de un Estado.

Ahora, ¿Por qué los evangélicos/as protestantes de EEUU (y no evangélicos/as en general), estaban seguros del Triunfo de Trump y de allí su apoyo?

Los siguientes elementos, explicaciones y afirmaciones, dan respuesta a la pregunta anterior:

  • Más que en ningún otro país occidental, las posiciones de los políticos en Estados Unidos sobre la legalización del aborto, alinean los apoyos electorales. Uno de los principios fundamentales del movimiento evangélico estadounidense, es el compromiso con la vida. Es la idea de que cada ser humano dentro del vientre, y fuera de él también, lleva la imagen de Dios.
  • Los evangélicos/as, están convencidos que Donald Trump es un dique contra la debacle moral del país, a pesar de que el político/empresario éticamente, está, muy alejado de lo que consideran modelo de vida.
  • El evangelicalismo blanco considera a Trump el único capaz de restaurar el paraíso perdido en la Unión Americana.
  • Trump se presenta como el Salvador, que luego de una edad oscura, ahora debe brillar la irradiante luz de otras épocas. La retórica de Trump coincide con el imaginario evangélico blanco, sobre el pasado del país y los nubarrones del futuro, al dejar atrás la herencia de haber sido fundada como nación cristiana.
  • Igualmente, Donald Trump continúa presentándose como el único que puede salvar a los Estados Unidos de las amenazas políticas, económicas y culturales que se ciernen sobre la nación.
  • El profesor de Historia en la Universidad Messiah de Pennsylvania, autor del libro “Créeme: el camino evangélico a Donald Trump”, John Fea, afirma: “Por mucho tiempo los cristianos evangélicos blancos, se han comprometido en la vida pública, mediante una estrategia definida por la política del miedo; la búsqueda de poder político (al que llama wordly power, poder mundano), y anhelo nostálgico por un pasado nacional que, en primer lugar, tal vez nunca ha existido”.
  • Según los evangélicos/as, a Trump lo salva, consideran, que es defensor de la vida y hombre de fe.
  • Así mismo, los evangélicos/as afirman que la victoria electoral es de quien obtenga más votos electorales, y no necesariamente a quien coseche la mayor cantidad de votos populares. Así sucedió en 2016, cuando Hillary Clinton, obtuvo casi tres millones de votos más que Trump, pero la peculiar forma de dirimir la elección presidencial en Estados Unidos hizo posible que ganara Trump. En este sentido, lo cierto es que el ex vicepresidente aún no ha ganado nada. Al menos, de manera legal.

Explicándolo, de la siguiente manera: En primera instancia, tal y como está constituido el sistema electoral estadounidense (sufragio indirecto), el ganador de los comicios no es ratificado, sino hasta el mes de diciembre. En realidad, a quienes eligen los votantes, el día de las elecciones, es a un grupo de 538 ciudadanos llamados “los electores” del denominado Colegio Electoral. Esos 538 constituyen lo que se conoce como los “votos electorales”.

El presidente de los Estados Unidos, se elige de manera oficial en el mes de diciembre, en una asamblea formada por estos 538 electores. El día de las elecciones, en las papeletas, cada candidato a Presidente lleva adjunto el nombre de su vicepresidente y el partido político al que pertenece. Pero estos votos no eligen de momento al Presidente, sino que eligen en bloque a esos compromisarios que irán después al Colegio Electoral en diciembre.

Como hay 538 electores en total, un candidato necesita al menos 270, para ser elegido. Lo que se traduce en la mitad de esos 538, o sea 269 + 1 = 270 electores para ser elegido Presidente de los Estados Unidos.

Finalmente, es el día 6 de enero, cuando el Congreso se reúne para contar los votos electorales, y certificar al ganador de la elección. Oficialmente, es ese el momento de la verdad.

Serán, en última instancia, la Corte Suprema de Justicia y el Congreso los que determinarán si realmente el Señor Biden, ha sido electo el 46 presidente de los Estados Unidos o no.

  • Según opiniones de altas personalidades del mundo evangélico: “Trump ha hecho más por el movimiento evangélico que cualquier otro presidente, desde la época de Ronald Reagan”.
  • Pese a tantas polémicas en torno al Presidente Trump (incluidas acusaciones de infidelidades matrimoniales y conductas sexuales inapropiadas, que él niega), cerca de tres de cada cuatro evangélicos blancos en EE.UU. aprueban su gestión, según un sondeo del Centro de Investigación Pew.
  • A su vez, en el año 2018 Trump, firmó una orden ejecutiva, para facilitar la participación de grupos religiosos, en campañas políticas, sin perder sus beneficios impositivos y hace unos días emitió otra, para aumentar la influencia de estos grupos dentro del gobierno.
  • Los evangélicos/as afirman que un compromiso de Donald Trump con ellos, es ayudarnos a ponerle un fin a la persecución mundial contra los cristianos, y proteger la libre expresión religiosa.
  • Por otro lado, el evangélico es uno de los movimientos más pro reforma migratoria. Tenemos que buscar una forma para legalizar, a aquellos que están aquí que no están involucrados en actividades negativas, y según ellos Trump, los ayudará en esto.
  • Hay un dato interesante, es conocida la cercanía de los evangélicos en general, con el gobierno de Israel, en este sentido, se entiende que, legisladores israelíes de derecha, llegados a la ciudad, en 2017,se dirigieron a reunirse con prominentes evangélicos estadounidenses en la Gran Iglesia Bautista Nueva Esperanza en el centro de Washington, DC, y dieron una conferencia sobre la importancia de trasladar la embajada de Estados Unidos a Jerusalén, y se mostraron esperanzados de que, el presidente electo Donald Trump cumpliría su promesa de hacer el traslado.

Hasta aquí, respondemos un poco a la pregunta planteada: ¿Por qué los evangélicos/as protestantes de EEUU (y no evangélicos/as en general), estaban seguros del Triunfo de Trump y de allí su apoyo?

Ahora, hay un elemento poco conocido, que raya en lo económico, que responde a esta pregunta, y es el Reseteo Económico y el Nuevo Orden Mundial, veamos:

Qué es el Reseteo Económico Mundial?

El Foro Económico Mundial, define el “Gran Reinicio” como: “un compromiso para crear de manera conjunta y urgente, las bases de nuestro sistema económico y social para un futuro más justo, más sostenible y resilente”. Se invitará a líderes mundiales de gobiernos, las empresas y la sociedad civil.

En otras palabras, no es más que las grandes élites económicas consideran que es el momento, para la gran reingeniería social, resetear la economía mundial post-COVID, y darle sentido la expresión “la nueva Normalidad”, que nos lleva a un Nuevo Orden Mundial (N.O.M) con nuevo dinero digital, eliminando el actual sistema monetario, y anunciando el fin de dinero en efectivo que utilizamos en la actualidad.

Es un tiempo, donde se van a perdonar las deudas de los ciudadanos, se van a implementar nuevos planes, y otros.

¿Qué es Resetear la Economía?

Bautizada The Great Reset (el Gran Reseteo), esta iniciativa intentará “reconstruir” el sistema económico y social global, para hacerlo más sostenible. Este cambio total es presentado como necesario a causa del derrumbe de la economía mundial, consecuencia a su vez del confinamiento general.

¿Qué es el Reseteo del Dólar?

El “Reseteo” del dólar de Trump, sería el décimo mayor reajuste de los últimos 100 años. Una y otra vez a lo largo de la historia estadounidense, un orden económico se estanca y necesita ser reseteado.

Hasta ahora entonces, Trump está detrás de este Reseteo y los evangélicos/as lo ven, como el anunciado “nuevos cielos y nueva tierra”. Claro, para los hermanos/as evangélicos/as, esto tiene su carga bíblica y profética. En cierta forma son ingenuos, algunos, y/o hay una gran cantidad de ellos, que buscan beneficiarse de este nuevo sistema, entendido como un Nuevo Orden Mundial.

Estamos en ese punto ahora, el Fondo Económico Mundial (WEF) ha previsto una cumbre para enero de 2021 en Davos, Suiza, con el tema el gran reinicio, donde debía (debe) estar Donald Trump.

Ahora, ¿de dónde provendrá el dinero para iniciar este Nuevo Orden Mundial y poder Resetear la Economía/Dólar ? ¿y Cuál es su base jurídica?

Hay un acuerdo llamado el Acuerdo de Nesara/Gesara:

El acuerdo mundial de Gesara (Ley de Seguridad Económica Global) fue firmado por 209 de 253 países del planeta. Los fondos de prosperidad de Nesara/Gesara tienen su origen durante los gobiernos del mítico presidente Kennedy en EE. UU. y Sukarno, presidente de Indonesia, años 60.

Nesara, es consecuencia de largos procesos judiciales, contra la banca, promovidos por militares jubilados y granjeros estadounidenses, por embargos fraudulentos, la Corte Suprema de EEUU (1993) falló a su favor reconociendo que había evidencia de fraudes y dictaminó que se requerían reformas sustanciales.

De ahí surge, la Ley Nacional de Reforma y Seguridad Económica (Nesara), que fue aprobada en el año 2000, en sesión secreta del Congreso de EEUU, y firmada por Bill Clinton antes de dejar su cargo; contendría medidas como: eliminación de la Reserva Federal de EEUU, abolición del Impuesto sobre la Renta, perdón de deudas, liberación de más de 6.000 patentes ocultas, entre otras.

Por su impacto mundial, se optó por globalizar Nesara, así que en 2014, coincidiendo con el Acuerdo Climático de París, 209 naciones firmaron el acuerdo Ley de Reforma y Seguridad Económica Global (Gesara), que debía implantarse en tres años. El acuerdo contempla: erradicar la fijación de precios, por las élites financieras de los valores de respaldo, que las monedas se basen en el verdadero valor del oro, más otros 40 minerales económicos críticos, así como el petróleo y reservas de gas natural licuado.

Cuando señalamos que Donald Trump está detrás del inicio de esta trama económica mundial, lo hacemos con estos señalamientos:

El pasado miércoles 22 de enero 2019, el presidente Trump y el Tesoro estadounidense firmaron el reinicio financiero mundial, y los bancos suizos recibieron autorización para introducir los códigos necesarios para la liberación de fondos. Además, un contacto en Europa, afirma haber intercambiado con total liquidez, y tenían plena liquidez con acceso a los fondos.

El presidente Trump regresó de Davos el miércoles 22 de enero, y se comunicó por teléfono con cinco países diferentes. El nuevo Tesoro de los Estados Unidos firmó el reseteo a las 4:30 de la tarde del miércoles 22 de enero y el presidente Trump firmó el reinicio financiero mundial a las 7 de la tarde del miércoles 22 de enero. Los Ancianos Chinos querían que esto pasara el viernes 24 de enero, porque querían volar de regreso el sábado para sus fiestas de año nuevo.

Igualmente trascendió que en esa misma fecha:

El presidente Trump celebró una cumbre monetaria internacional en su Casa Blanca de Invierno en Florida, situada en el histórico centro turístico de Mar-a-Lago.

Utilizando su poder, reunió a los líderes financieros más importantes del planeta.

Esto incluiría representantes de Estados Unidos, China, Japón, Alemania, Italia, Francia, Reino Unido y del Fondo Monetario Internacional.

Todos están de acuerdo en revalorizar de forma conjunta, todas sus monedas contra el oro, hasta que el precio de esta materia prima alcance los US$ 10.000 la onza. El Consejo de la Reserva Federal convocará entonces una reunión especial de su junta y votará una nueva política y anunciará al mundo que el precio de la onza oro será de US$ 10.000.

El Sistema de Reserva Federal, hará que la onza de oro valga US$ 10.000, utilizando las reservas que el Tesoro tiene de este material en Fort Knox, y los principales comerciantes de esta materia prima realizarán operaciones de mercado abierto en oro.

En resumen, ya sabemos los intereses tanto “espirituales” como materiales, porque los hermanos/as evangélicos/as, y no evangélicos/as, deseaban (desean) tanto que Trump ganara las elecciones, de allí su apoyo incondicional, que olvida, no importa quién sea ni que represente, lo importante son los resultados. “El fin justifica los medios”, premisa nada cristiana ni mucho menos evangélica.

Imagen ilustrativa: https://www.infobae.com/

Sanciones de EEUU contra la CPI: reacción de la CPI y reflexiones sobre las verdaderas motivaciones que oficialmente se omiten

Nicolas Boeglin (*)

Este 2 de setiembre, la Corte Penal Internacional (CPI) denunció y rechazó las sanciones tomadas por Estados Unidos el mismo día contra dos de sus funcionarios, uno de ellos siendo la misma Fiscal de la CPI. Una reacción inmediata a un hecho insólito (e inédito) en la historia de la justicia penal internacional, y, más generalmente, en la historia del derecho internacional.

Por su parte, el Presidente de la Asamblea de Estados Partes, el surcoreano O-Gon Kwon, llamó de inmediato a todos los integrantes de la comunidad internacional a rechazar enérgicamente estas sanciones unilaterales, al tiempo que anunció la convocatoria de una reunión urgente de los Estados Partes al Estatuto de Roma (veáse texto completo de su carta – versión en español – difundida desde el sitio oficial de la CPI).

La reacción de la CPI en breve

En su comunicado de prensa (véase texto completo de las versiones en inglés y en francés reproducidas al final de esta nota), la CPI indica que:

«These coercive acts, directed at an international judicial institution and its civil servants, are unprecedented and constitute serious attacks against the Court, the Rome Statute system of international criminal justice, and the rule of law more generally.

The Court continues to stand firmly by its personnel and its mission of fighting impunity for the world’s most serious crimes under international law, independently and impartially, in accordance with its mandate. In doing so, the Court benefits from the strong support and commitment of two thirds of the world’s States which are parties to the Rome Statute«.

../..

«Ces actes coercitifs, dirigés contre une institution judiciaire internationale et ses fonctionnaires, sont sans précédent et constituent de graves attaques contre la Cour, le système de justice pénale internationale du Statut de Rome et l’état de droit en général.

La Cour continue d’appuyer fermement son personnel et sa mission de lutter contre l’impunité pour les crimes les plus graves du monde au regard du droit international, de manière indépendante et impartiale, conformément à son mandat. Ce faisant, la Cour bénéficie du soutien et de l’engagement résolus des deux tiers des États du monde qui sont parties au Statut de Rome

Como se puede apreciar, el rechazo a estas sanciones es vehemente y contundente. No pareciera que la CPI se sienta en lo más mínimo impresionada por estas nuevas decisiones unilaterales ordenadas por Estados Unidos, cuyos anuncios previos fueron condenados por la mayor parte de los Estados que integran la comunidad internacional desde varios meses, con una notable excepción: Israel.

En efecto, Israel fue el único Estado en celebrar de manera entusiasta y en felicitar oficialmente a Estados Unidos en junio pasado por estas sanciones: véase nota de The Times of Israel del 11/06/2020 titulada «Netanyahu hails Trump for announcing sanctions against «corrupt» ICC«.

Las sanciones de Estados Unidos y su verdadera motivación

Las sanciones fueron anunciadas este mismo 2 de setiembre desde Washington por el Secretario de Estado en persona, señalando que (véase texto oficial del comunicado de prensa):

«Today we take the next step, because the ICC continues to target Americans, sadly. Pursuant to Executive Order 13928, the United States will designate ICC Prosecutor Fatou Bensouda, and the ICC’s Head of Jurisdiction, Complementary, and Cooperation Division Phakiso Mochochoko for having materially assisted Prosecutor Bensouda. Individuals and entities that continue to materially support those individuals risk exposure to sanctions as well. Additionally, the State Department has restricted the issuance of visas for certain individuals involved in the ICC’s efforts to investigate U.S. personnel «.

Véase también esta nota de prensa con video incluido que refiere en el comentario a las investigaciones en curso de la CPI por hechos ocurridos en Afganistán que involucrarían a personal militar norteamericano. Una mención a Afganistán que encontramos también esta nota de prensa de la BBC y en muchos otros cables noticiosos.

Un comentador curioso se percataría, al revisar con un simple click el expediente sobre la investigación en Afganistán de la CPI (véase enlace oficial  ), que no hay nada nuevo desde el 5 de marzo del 2020 para explicar las repetidas gesticulaciones iracundas del aparato estatal norteamericano contra la CPI de estos últimos tiempos. Por lo que las justificaciones oficiales dadas (y replicadas por algunos analistas) no son muy convincentes si las limitamos a la investigación relacionada a Afganistán que realiza la CPI.

La inminente decisión de la CPI sobre Palestina

En una nota nuestra anterior del mes de junio del 2020, habíamos tenido la oportunidad de sugerir que la situación en Palestina y las exacciones cometidas por Israel en territorios ocupados palestinos no son para nada ajenas a estas sanciones proferidas por Estados Unidos contra la CPI, precisando que:

«La línea de tiempo no se adecúa a la explicación dada en algunos medios de prensa /…/ que ponen – casi al unísono – el accento en las investigaciones de la CPI relacionadas a Afganistán para justificar esta reciente reacción norteamericana«

(véase nuestra breve nota nuestra titulada «A propósito de las sanciones anunciadas por Estados Unidos contra el personal de la Corte Penal Internacional (CPI)»).

Cabe precisar que el texto oficial de las sanciones enunciadas el pasado 11 de junio por Estados Unidos contra la CPI se encuentra disponible en este enlace oficial de la Casa Blanca: su lectura (y relectura) evidencia el esfuerzo hecho para no referirse expresamente a Israel en su fundamentación oficial. Es esta misma omisión la que sí se detectó por parte de un observador más acucioso que sus colegas en Israel, en este artículo de Haaretz de junio del 2020 titulado » US decision to sanction International Crime Court was coordinated with Israel, souce says«, al leerse que:

«Israel was not mentioned in Trump’s executive order, but it was mentioned in a White House press statement that explained the decision«.

En un muy completo artículo publicado este 1ero de setiembre del 2020 en Estados Unidos en el sitio de JustSecurity, titulado «The Int´l Criminal Court Executive Order: Global Reactions Compiled» (y cuya lectura completa se recomienda), una académica mucho mejor informada que algunos analistas es enfática, al señalar que:

«… the OTP’s investigation into events in the Palestinian territories may actually be the real driving force behind the United States’ virulent response. Paul R. Pillar, a former intelligence officer, demonstrated that Israel “pushed America” to sanction the Court and to coordinate these with Israel. Indeed, some have noted that the risk to Israeli officials is much greater (witness the leaked list of potential defendants drawn up by the Israeli government)«.

Nótese que estas sanciones contra la CPI anunciadas este 2 de setiembre fueron anunciadas por el jefe de la diplomacia norteamericana, unos días después de finalizada su gira personal en la que no logró obtener ninguna normalización con Israel por parte de otro Estado de la península árabe: remitímos a nuestros estimables lectores a una nota anterior sobre el supuesto carácter «histórico» del anuncio hecho por Emiratos Árabes Unidos (EAU) e Israel el pasado 13 de agosto (véase breve nota nuestra titulada: «Foro sobre Palestina y sobre supuesto «acuerdo histórico» de normalización de relaciones entre Emiratos Árabes Unidos e Israel»).

Foto extraída de nota de prensa de The Times of Israel, titulada «US places sanctions on International Criminal Court Prosecutor Bensouda», edición del 2/09/2020.

A modo de conclusión

No es la primera vez que la actual administración norteamericana se destaca por su hostilidad hacia organizaciones internacionales adscritas a Naciones Unidas, y es posible que la actual contienda electoral norteamericana explique (en parte) esta nueva arremetida, esta vez contra la máxima instancia universal en materia de justicia penal internacional.

Al respecto, cabe señalar otro gesto político hacia Israel (escasamente analizado en la prensa) acaecido hace pocas semanas por parte de la actual administración norteamericana: de manera insólita para muchos norteamericanos, y por vez primera en la historia de los Estados Unidos, un Secretario de Estado en ejercicio participó personalmente en una Convención del Partido Republicano. No lo hizo desde su oficina, sino que lo hizo desde Jerusalén.

El pasado 18 de julio en una nota relacionada a la pausa estival de los funcionarios de la CPI en La Haya, se pudo leer en este artículo del Jerusalem Post titulado «ICC breaks without jurisdiction ruling on Israeli war crimes cases«, que para la Fiscal de la CPI, no hay duda alguna sobre la maniobra conjunta y planificada de Estados Unidos e Israel:

It is no secret that the administrations in the US and the state of Israel are coordinating their reactions and their policies toward the court,” Bensouda said.«

Es muy probable que esta misma percepción sea también compartida por el personal de la CPI y por varios de los jueces de la CPI.

Con relación a estas recientes sanciones contra el personal de la CPI, resulta un tanto sorprendente que la administración norteamericana se preste para semejante espectáculo ante los demás integrantes de la comunidad internacional, sin percatarse que esta actitud de profunda hostilidad puede también estar influyendo en los jueces de la CPI para mostrarse aún más severos con Israel en su decisión preliminar (actualmente en preparación) relativa a la solicitud de investigación presentada en diciembre del 2019 por la Fiscal de la CPI.

La reserva observada por parte del aparato diplomático israelí – usualmente muy expresivo – desde el 2 de setiembre pasado con relación a estas sanciones norteamericanas pareciera obedecer a este temor.


El texto completo del comunicado de prensa en inglés y en francés es reproducido a continuación de manera integral.

International Criminal Court condemns US economic sanctions

The International Criminal Court («ICC» or «Court») condemns the economic sanctions imposed by the US earlier today on the Court’s Prosecutor and a member of her Office.

The new measures, announced pursuant to the US Executive Order 13928 dated 11 June 2020, are another attempt to interfere with the Court’s judicial and prosecutorial independence and crucial work to address grave crimes of concern to the international community as mandated under the ICC Rome Statute.

These coercive acts, directed at an international judicial institution and its civil servants, are unprecedented and constitute serious attacks against the Court, the Rome Statute system of international criminal justice, and the rule of law more generally.

The Court continues to stand firmly by its personnel and its mission of fighting impunity for the world’s most serious crimes under international law, independently and impartially, in accordance with its mandate. In doing so, the Court benefits from the strong support and commitment of two thirds of the world’s States which are parties to the Rome Statute.

La Cour pénale internationale condamne les sanctions économiques des États-Unis

La Cour pénale internationale (« CPI » ou « la Cour ») condamne les sanctions économiques imposées plus tôt dans la journée par les États-Unis à l’encontre du Procureur de la Cour et d’un membre de son Bureau.

Les nouvelles mesures, annoncées conformément au décret exécutif des États-Unis 13928 du 11 juin 2020, constituent une nouvelle tentative d’interférer avec l’indépendance de la justice et des poursuites de la Cour et son travail crucial pour lutter contre les crimes graves qui touchent la communauté internationale, conformément au Statut de Rome de la CPI.

Ces actes coercitifs, dirigés contre une institution judiciaire internationale et ses fonctionnaires, sont sans précédent et constituent de graves attaques contre la Cour, le système de justice pénale internationale du Statut de Rome et l’état de droit en général.

La Cour continue d’appuyer fermement son personnel et sa mission de lutter contre l’impunité pour les crimes les plus graves du monde au regard du droit international, de manière indépendante et impartiale, conformément à son mandat. Ce faisant, la Cour bénéficie du soutien et de l’engagement résolus des deux tiers des États du monde qui sont parties au Statut de Rome.

 

(*) Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica.

Enviado por el autor.

Foro: ¿Qué pasa con Palestina e Israel? / video

El pasado 14 de agosto se realizó el foro: “¿Qué pasa con Palestina e Israel? Perspectivas desde el plan de anexión israelí”, con la participación de Sergio Moya, Wajiha Sasa, Nicolas Boeglin y Valeria Rodríguez.

Los panelistas cuestionaron duramente el reciente acuerdo de normalización de relaciones diplomáticas anunciado por Estados Unidos entre Emiratos Árabes Unidos e Israel, así como el denominado «Acuerdo del siglo» presentado por el presidente Trump en febrero del 2020.

Compartimos el video del foro.

¿Qué pasa con Palestina e Israel?

Este 14 de agosto a las 6 p.m., en FEUCR se estará hablando sobre “¿Qué pasa con Palestina e Israel? Perspectivas desde el plan de anexión israelí”, y se estará transmitiendo a través de Facebook Live,

Con la participación de Sergio Moya, Wajiha Sasa, Nicolas Boeglin y Valeria Rodríguez.

 

*Foto extraída de nota de prensa titulada «Ejército israelí mata a una enfermera palestina que asistía a heridos en la frontera de Gaza» (LaRed21, Uruguay).

 

FEUCR se declara como un espacio libre de apartheid

Voz estudiantil. Tras el anuncio del Gobierno de unidad nacional del Estado de Israel, según el cual comenzaría a anexarse ilegalmente territorios ocupados en las regiones de Cisjordania y el Valle del Jordán en Palestina, la Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica (FEUCR) sigue la convocatoria del movimiento internacional BDS (Boicot, Desinversión y Sanciones) y se declara como un espacio libre de apartheid.

Lea la declaratoria en http://ucr.cr/r/rvdZ