Ir al contenido principal

Etiqueta: IVM

IVM adeudaría cerca de 30 mil millones de colones a pensionados por no aplicar ajuste por costo de vida

Por ANEP

Ajuste debió aplicarse durante los años 2019, 2020 y 2021

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) y su seccional Pensionados IVM solicitan a la gerencia de pensiones del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), explicaciones sobre el por qué no ha realizado los respectivos ajustes por costo de vida o pérdida de valor adquisitivo en las pensiones, ya que el último fue aplicado en el 2019.

Así se desprende del propio sitio web de la CCSS, donde se indica que el último ajuste por costo de vida a las pensiones del régimen IVM entró a regir a partir del 1º de mayo de 2019 y correspondió a un 2.01%. (https://www.ccss.sa.cr/noticias/pensiones_noticia?pensionados-de-ivm-recibiran-mas-junta-directiva-de-la-ccss-aprobo-incremento-del-monto-mensual)

Para el actuario matemático y asesor de la ANEP en materia IVM, Rodrigo Arias López, desde hace 2 años y 6 meses los pensionados están recibiendo el mismo monto mensual por concepto de pensión, pero devaluado en casi un 3% por efecto del aumento en los precios de productos y servicios, según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que calcula el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC).

Como puede observarse y analizarse en el cuadro elaborado por el Asesor de ANEP en IVM, el 31 de diciembre de 2019 se debió realizar un reajuste de un 0,97% por pérdida de valor adquisitivo, pero no se realizó; lo que significa hasta 21 meses de deuda retroactiva. El 31 de diciembre de 2020 debieron realizar un reajuste adicional de un 0,89% por costo de vida, lo cual tampoco cumplió la Gerencia de Pensiones; con estos dos ajustes no realizados la deuda retroactiva acumulada con la población pensionada es de 15 meses. Al 30 de junio de 2021 debieron realizar otro reajuste de 0,76% por pérdida de valor adquisitivo; nuevamente dicho ajustes no se hizo. Todo lo anterior significa que hay una deuda con los 310 mil pensionados de IVM de aproximadamente un 3%, lo que representa unos 30 mil millones de colones, desde mayo de 2019 a la fecha.

Solicitan explicaciones

Ante este escenario, la ANEP y su seccional de Pensionados IVM solicitan a la Gerencia de Pensiones de la CCSS se informe cuándo van a cancelar a los 310 mil pensionados de IVM esa deuda acumulada por costo de vida.

Además, considerando que el artículo 28 del Reglamento de IVM establece que: “La Junta Directiva dispondrá periódicamente la revaluación o reajuste de las pensiones en curso de pago, previo estudio actuarial realizado por la Dirección Actuarial y de Planificación Económica, tomando en consideración las condiciones financieras de este Seguro. El monto del reajuste debe guardar relación, en la medida de lo posible, con los cambios en los niveles de salarios y de costo de vida observados.” solicitan una copia de cada uno de los estudios actuariales realizados por la Dirección Actuarial de la CCSS a partir del segundo semestre del 2019 hasta el primer semestre del 2021.

En el caso de que no se haya realizado alguno de esos estudios actuariales, la ANEP solicita el nombre completo, número de cédula y nombre del puesto de la persona que tomó la decisión de no hacerlo, para tomar las acciones pertinentes

Por último, solicitan a esa Gerencia requerir a la Dirección Actuarial de la CCSS, la elaboración de un estudio sobre la pérdida de valor que han tenido los montos de las pensiones de IVM, según año de vigencia y riesgo (invalidez, vejez y muerte).

Adjunto se encuentra la solicitud de información realizada por el ANEP

Denuncia sobre posibles incumplimientos del Reglamento de IVM

SURCOS comparte la siguiente información:

El pasado 4 de septiembre de 2021 el M.Sc. Rodrigo Arias López presentó una denuncia formal dirigida al auditor interno de la Caja Costarricense de Seguro Social, Lic. Olger Sánchez Carrillo, sobre los posibles incumplimientos del Reglamento de IVM.

En el documento que encuentran al final de la nota se plantean cuatro puntos importantes de denuncia:

  1. Primera denuncia. Posible incumplimiento del párrafo del artículo 29 del Reglamento del seguro de IVM que dice lo siguiente:

“La cuantía mínima de pensión no podrá ser inferior al 50% del ingreso o salario mínimo de contribución que se establezca conforme al artículo 34 de este Reglamento.”

  1. Segunda denuncia. El artículo 28 del Reglamento de IVM dispone:

“Artículo 28. La Junta Directiva dispondrá periódicamente la revaluación o reajuste de las pensiones en curso de pago, previo estudio actuarial realizado por la Dirección Actuarial y de Planificación Económica, tomando en consideración las condiciones financieras de este Seguro. El monto del reajuste debe guardar relación, en la medida de lo posible, con los cambios en los niveles de salarios y de costo de vida observados.”

  1. Tercera denuncia. El artículo 29 del Reglamento de IVM también dice lo siguiente:

“La cuantía mínima de pensión para cada beneficiario en caso de muerte estará determinada por la proporción que le corresponda según el artículo 27 de este Reglamento. En el caso de un solo beneficiario el monto de la pensión por otorgar no podrá ser inferior al 70% del tope mínimo vigente para pensión por vejez o invalidez. En el caso de dos beneficiarios, la suma de los montos por otorgar no podrá ser inferior al 100% de este tope mínimo.”

  1. Cuarta denuncia. El artículo 27 del mismo reglamento ordena lo siguiente:

“La pensión por viudez se incrementará en el porcentaje correspondiente, conforme

aumente la edad del beneficiario. Para los huérfanos de padre y madre el porcentaje de la pensión será del 60%. En el caso de que ambos padres fueran asegurados y fallecieran generando derechos, la pensión será del 60% de una de ellas, según sea lo más conveniente para estos huérfanos.

Si la suma total de las proporciones por viudez y orfandad que se concedan a los

sobrevivientes de un mismo fallecido excediera el 100%, todas serán proporcionalmente reducidas de modo que la suma sea igual a dicho porcentaje. Si posteriormente, un beneficiario que recibió pensión reducida dejará de percibirla por cualquier motivo, las pensiones de los demás beneficiarios se aumentarán proporcionalmente, sin que pudieran exceder los porcentajes fijados en este artículo.

Si la suma total de las proporciones por viudez y orfandad que se concedan a los

sobrevivientes de un mismo fallecido fuera o llegara a ser menor del 100%, podrá otorgarse o redistribuirse el remanente entre los padres del causante en partes iguales, sin que exceda el 20% por ascendiente. En ausencia de padres con derecho, podrá otorgarse o redistribuir el remanente entre los hermanos en partes iguales, sin que exceda el 20% por hermano.”

Adjuntamos el documento oficial para revisión de cada una de las denuncias: 

Desvío de fondos de IVM y devaluación de los montos de las pensiones

M.Sc. Rodrigo Arias López. Actuario Matemático

Desvío de fondos de IVM y devaluación de los montos de las pensiones. CCSS se ahorra anualmente hasta ₡145 mil millones entregando pensiones devaluadas.

Comentaba en un artículo anterior que el Régimen de Invalidez Vejez y Muerte (IVM) debería tener una reserva de ₡55 billones (Artículos 32 y 34 de la Ley No 17); pero que maquillistas y desviadores de fondos que ocupan altos cargos políticos y administrativos en la CCSS solo le permitieron acumular ₡2.3 billones (ver https://wp.me/p6rfbZ-fUA).  Con estos mega desvíos, que tienen al IVM peor que perro callejero sin dueño, los maquillistas justifican que las pensiones no se pueden revaluar, que hay que aumentar las edades de retito y reducir los beneficios, pero que según ellos y doña Rocío Aguilar Montoya, las pulgas de IVM se deben al envejecimiento de la población, a la informalidad del empleo y al Covid-19. ¿Quién les creerá tan colosal mentira?

La última revaluación de las pensiones la hicieron en mayo de 2019; ni siquiera durante la pandemia los maquillistas han mostrado misericordia, menos por quienes tienen una pensión mínima que Aguilar y Cía. desean desaparecer, pues quienes la disfrutan son algo así como un parásito que “reciben una pensión mayor a la que contribuyeron” (Ver https://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/459664/supen-propone-eliminar-pensi-n-m-nima-de-la-ccss). Los miembros de la Junta Directiva de la CCSS que dirigen al clan de maquilladores, creen que ellos son los dueños de los pocos fondos que aún no le han desviado a IVM y que pueden decidir cuándo hacer o no hacer los reajustes por pérdida de valor de los montos de las pensiones. Solo en los últimos 21 meses los desviadores de fondos han dejado de entregar a los pensionados casi ₡30 mil millones, como muestro en el Cuadro 1.

Cuadro 1. Reajustes por costo de vida no realizados por la Junta Directiva de la CCSS en 2019-2021

Dicha suma escamoteada a los pensionados en menos de dos años es pequeña si analizamos la pérdida de valor que han sufrido las pensiones desde la fecha de vigencia, muchas de las cuales hoy son pensiones mínimas porque los maquillistas no les reponen el costo de vida de manera adecuada. Usando datos suministrados por la misma CCSS con corte a noviembre de 2020 actualicé el monto de la pensión inicial en fecha de vigencia con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) sin superar el tope máximo de pensión y lo comparé con el monto de la pensión vigente en la fecha de corte o actual. Si la pensión actualizada es inferior a la pensión actual, entonces el pensionado se considera “favorecido”, caso contrario “perjudicado”.  Esto lo hice preliminarmente para las pensiones otorgadas en caso de vejez e invalidez, ya que en el caso de muerte no cuento con suficiente información.

Si los datos proporcionados por la CCSS son correctos, el resultado indica que, del total de 215,740 pensiones por invalidez y vejez vigentes en la fecha de corte, un 65.5% resulta perjudicado; es decir, el monto de la pensión de 141,410 pensionados ha sufrido pérdida de valor adquisitivo, frente a 74,330 que se han visto favorecidas. Por ejemplo, un total de 7,486 pensiones otorgadas antes de 1992 han sufrido una pérdida de valor superior a un 50%, o sea que hoy deberían estar recibiendo más del doble de lo que reciben; todo por obra de los desviadores de fondos que gestionan al régimen, que lo manejan como si fuera propiedad de ellos.

El grupo que se ha visto favorecido recibe en promedio un 4% más del monto actualizado con el IPC (Ver el Cuadro 2).  Este beneficio “adicional” es por la garantía de la pensión mínima que doña Rocío Aguilar propone eliminar y porque cuando se calculó la pensión inicial se hizo con una fórmula que solo consideraba 48 salarios sin indexar, lo que ocasionó grandes injusticias. Estimo que este grupo “favorecido” requiere un gasto o beneficio adicional de unos ₡35 mil millones anuales, sobre lo cual me referiré en otra oportunidad.

Cuadro No 2. Pensiones de IVM favorecidas y perjudicadas a noviembre de 2020

El grupo que se ha visto “perjudicado” ha perdido en promedio un 11% de valor adquisitivo en el monto de la pensión, aunque podría ser superior. Si se considera a todo el grupo la pérdida promedio de valor es de un 7% (Ver el Cuadro 2). No obstante, de este lado de los perjudicados opera el riesgo moral de recibir una pensión mayor inflando los salarios en años próximos al retiro, cuando se usaban solo 48 salarios no indexados para calcular el salario de referencia, sobre lo que opinaré en otro artículo.

El gasto que llamo “adicional” en el grupo favorecido, asciende a ₡14,304 millones anuales y el ahorro o escamoteo que han sufrido los perjudicados llega a ₡91 mil millones anuales y alcanzaría los ₡110 mil millones si se agregan los casos de muerte, suponiendo que han sido afectados con mayor intensidad, pues la fecha de vigencia de la pensión del causante es más antigua. Esto sin descontar el posible riesgo moral no estimado. Entonces el desvío de fondos de IVM no es solamente el monto de ₡800 mil millones de cuotas que anualmente no son ingresadas a su contabilidad, sino que hay que agregar los ₡110 mil millones que anualmente le sacan de la bolsa a los pensionados en forma de alimentos, vestido, etc. que ya no podrán adquirir con pensiones devaluadas. Incluso los ₡35 mil millones que los “beneficiados” podrían requerir para corregir sus pensiones iniciales. ¡Se imaginan el mastodonte de billones de colones que le han escamoteado a los pensionados durante todos los años que los han estado sangrando o bolseando!  No obstante, el tema no es solo inflacionario, sino que depende de otras variables, entre ellas la cantidad de cuotas y los salarios cotizados, lo cual analizaré en otra oportunidad.

En el Cuadro 3 presento al agrupo perjudicado, distribuido según rangos de monto de pensión actual, por quinquenios de años de vigencia de la pensión. Contrario a lo que uno podría esperar, la mayor proporción de las pensiones que se han visto perjudicadas son hoy pensiones mínimas; pero no eran pensiones mínimas en la fecha de vigencia. Es decir, muchas de ellas se han devaluado hasta llegar a convertirse en pensiones mínimas. Para doña Rocío Aguilar es que “no contribuyeron para ella”, emulando a José Piñera, exministro de Pinochet, quien atribuye el fracaso del modelo chileno de cuentas individuales a que los trabajadores “no llenaron el tanque” del Mercedes Benz (Ver https://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2017/08/11/guillier-defiende-reforma-de-pensiones-de-bachelet-parafraseando-a-jose-pinera-quieren-mas-gasolina-para-el-mercedes-benz/). De lejos se nota que Aguilar Montoya está buscando gasolina para el “pichirilo” tico, es decir, para el negocio privado de los neoliberales criollos.

Cuadro 3. Cantidad de pensiones perjudicadas según rango de pensión y quinquenio de vigencia

Por ejemplo, casi 8 mil pensiones concedidas antes del año 1995 son hoy pensiones mínimas de ₡137,000 que han perdido un 39% o más de valor; es decir, hoy deberían ser mayores a ₡225,000.  Otras 1,376 pensiones concedidas en el mismo período han tenido una pérdida de un 49%; hoy son de un monto promedio de ₡174,000; pero deberían ser de ₡340,000 (Ver los Cuadros 3 y 4). No obstante, no hay que olvidar el posible riesgo moral antes indicado.

Cuadro 4. Pérdida de valor de las pensiones del grupo afectado

¿Qué dirán o pensarán sobre estos desvíos de fondos y devaluaciones de los montos de las pensiones nuestro presidente Carlos Alvarado y los candidatos al puesto? Posiblemente estarán felices de que existan en la CCSS suficientes maquillistas en los puestos claves que manejan los fondos del seguro social de los trabajadores asalariados. Los empresarios neoliberales y doña Rocío Aguilar hacen porras, piden a voces bajar los aportes patronales, aumentar edades de retiro, bajar beneficios y eliminar las pensiones mínimas, para poder echarle gasolina al “pichirilo” que quieren convertir en un negocio que será un Mercedes Benz para unos cuantos. Los diputados neoliberales les harán el favor de servirles en bandeja lo que queda del pulguiento IVM que produjeron los directivos de la Caja y los gobiernos de turno. ¡El festín neoliberal está más cercano cada día!

Acuerdos de la Junta Directiva de la CCSS sobre reforma a IVM son nulos

Mala gestión y desvío de fondos es lo que lleva a la quiebra a IVM

Asesor de Román Macaya recomendó cambiar el modelo financiero de IVM

M.Sc. Rodrigo Arias López

Una mala gestión y el desvío de cuotas superior a un 7.5% sobre los salarios -equivalente a más de ₡750 mil millones anuales- es lo que está llevando a la quiebra al Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM). El IVM solo cuenta con una reserva de ₡2.5 billones cuando lo que debería tener según la normativa es ₡54 billones. ₡34 billones del faltante de reservas corresponden al 7.5% sobre los salarios que durante décadas han desviado para cubrir otros programas de seguridad social que administra la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), que son total o parcialmente con cargo al presupuesto nacional (Leyes N° 5349, N° 5905, N° 7735, N° 7739, N° 7935 y N° 7983). Otros ₡16 billones del faltante de reserva se explican por turbios manejos de la Ley N° 7374, entre otros hechos, por lo que el escamoteo total de fondos de IVM llega a ₡50 billones, que es casi igual a la reserva requerida por este régimen de pensiones.

Lo anterior se realiza a vista y paciencia de la Auditoría Interna de la CCSS, ya que a pesar de los múltiples informes que ha realizado dicho órgano auditor (ASF-065-2011, ASF-084-2014, ASAAI-210-2013, ASF-009-2014, ASF-019-2012, ASF-151-2013, ASAAI-187-2012, ASF-321-2012, ASF-112-2017, ASF-186-2016, ASF-15-2017, ASF-195-2017, ASF-137-2019, ASF-171-2020), todo termina en nada o como “cumplido”; pero cuesta a los asegurados ₡5 mil millones anualmente en el pago de salarios y demás gastos que demanda dicho órgano de vigilancia de fondos públicos.

Esto pone en serias dudas la integridad de la administración de IVM y del deber de probidad al que están obligados los funcionarios públicos. Recordemos que el artículo 73 de la Constitución ordena que los fondos y reservas de los seguros sociales (seguros de salud y pensiones de los trabajadores asalariados), no pueden ser desviados para otros fines distintos a los de su creación. Los artículos 32 y 34 de la Ley N° 17 establecen que el IVM debe gestionarse como un fondo de capitalización colectiva. Sin embargo, el actuario Ronald Cartín Carranza y actual asesor de la Presidencia Ejecutiva, quien presuntamente es nombrado a dedo a diario como Director a.i. de la Dirección Actuarial, propuso en el año 1980 cambiar o “formalizar” el modelo de capitalización completa por uno de primas escalonadas. El plan fue ejecutado con un primer escalón de 63 años de duración; en 2010 cambia la tarifa cada 5 años y a partir de 2020 cada tres años. En el estudio actuarial del año 1980 realizado por Cartín se lee lo siguiente:

Objetivo general del presente estudio

El presente estudio pretende dar un ordenamiento financiero adecuado y una definición matemático-actuarial apropiada y conveniente, al actual régimen financiero del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social.

  1. La implantación en la CAJA de un nuevo sistema de financiamiento, que sea conveniente a la evolución económica y social del país y que permita adaptar en forma flexible las prestaciones a los fenómenos tanto demográficos como económicos y sociales, permitiendo el otorgamiento de prestaciones suficientes para cumplir con la finalidad social que le fue asignada al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte.

Presuntamente al actuario se le olvidó que la evaluación actuarial y sus recomendaciones tenían que basarse en la normativa constitucional y legal (entre ella el artículo 73 Constitucional y los artículos 32, 34 y 43 de la Ley 17), de conformidad con lo ordenado a los miembros del Colegio de Ciencias Económicas en la Ley N° 7105 que dice: “Observar una conducta intachable, conforme con el reglamento de ética profesional, el reglamento y la ley.”  Los artículos 5 y 19 de tal Código de Ética indicado dicen lo siguiente:

Artículo 5. En el desempeño profesional y de las funciones que ejerza el colegiado debe actuar según los dictados de su conciencia y su leal saber y entender, sin hacer concesiones que menoscaben los intereses generales, o el buen nombre de los profesionales en Ciencias Económicas. Por eso su ejercicio profesional deberá ser siempre probo, leal, veraz, ético y de buena fe.

Artículo 19. El colegiado tiene el deber ineludible de cumplir con las normas legales vigentes. Igualmente deberá ajustar sus actividades profesionales a las disposiciones y acuerdos que con carácter general y obligatorio dicten los organismos facultados para ello, siempre que se encuentren apegados a derecho.

En la página 54 de su informe, el Sr. Cartín llegó a la siguiente conclusión: “De conformidad a lo expuesto en las dos secciones anteriores, ante las inconveniencias de aplicar el sistema de prima media constante (como lo son los serios problemas de inversión ocasionados por la acumulación de enormes capitales y la dificultad de adaptar las prestaciones conforme al aumento en el costo de la vida), se concluye que el sistema financiero más adecuado para el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte es el de la prima escalonada. Este representa una solución intermedia que, mientras garantiza la estabilidad de las tasas de cotización por un período relativamente amplio, evita la excesiva acumulación de reservas.”

En sus conclusiones el actuario no solo desacreditó al modelo de capitalización de reservas completas, para el cual también aclaró que en 1980 ya ocupaba una prima superior a la vigente -no vio el 7,5% que le estaban desviando, pues tampoco miró los artículos 32 y 43 de la Ley 17-, sino que también denigró al modelo de reparto; pues señaló que el costo sobre lo salarios crecería a un ritmo bastante alto; pero que para el año 2025 se estabilizaría. ¡Oh, qué alentador, en cuatro años el costo de IVM sobre los salarios dejará de crecer! Fue así como recomendó lo siguiente, para que todo fuera “oficialmente”, pues la Junta Directiva de la CCSS ya venía violentando la Ley 17, desviando fondos:

Adoptar oficialmente el «sistema de prima escalonada», como el método financiero que regirá el funcionamiento del Régimen de Pensiones. Para tal efecto es recomendable incluir en el Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte la correspondiente reforma que defina claramente, sin dejar lugar a dudas, la organización financiera del Régimen.

Ya con esa recomendación la jerarquía de la CCSS se sintió con luz verde del actuario para seguir desviando fondos, pero necesitaba maquillar la normativa reglamentaria; por eso hoy leemos en el artículo 30 del Reglamento de IVM lo siguiente:

En consistencia con la naturaleza y reformas introducidas al Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, el sistema de financiamiento que rige es el de Primas Escalonadas, al que a su vez corresponde el método de valuación denominado Proyecciones Demográficas y Financieras. Es en ese marco en donde deben efectuarse las valuaciones actuariales para este Seguro, en las cuales se debe garantizar que los cálculos reflejen fielmente los métodos y las hipótesis adoptadas.

Si alguien sigue con dudas sobre como los maquillistas se las ingenian para desviar tanta cantidad de billones de dinero, basta con que lea el artículo 43 de la Ley 17 que dice lo siguiente: “Artículo 43.- La Caja regulará la distribución de sus fondos con arreglo a los cálculos actuariales que le sirvieron de base, o con los que se adopten en virtud de los resultados que arrojen las revisiones ordenadas en el artículo anterior”, lo cual como dicen, “es un saludo a la bandera”, pues en el informe de auditoría ASF-205-2018 de fecha 4/12/2018, dice lo siguiente:

Mediante entrevista escrita, el Lic. Guillermo López Vargas, Director Actuarial y Económico, respecto a las razones por las cuales las valuaciones actuariales del Seguro de Salud, anteriormente no se remitían a Junta Directiva, manifestó: ‘Por ser un corte más financiero que actuarial, se remitían a la Gerencia Financiera para su valoración y quedaba a su criterio llevarla a Junta de Directiva. Las del Seguro de Pensiones esas si históricamente se han comunicado o la Junta Directiva. La Valuación Actuarial del 2015 del Seguro de Salud fue la primera que se conoció en Junta Directiva».

En cuanto a la Valuación Actuarial del Seguro de Salud 2015, esta se presentó formalmente luego de atender requerimientos anteriores, en el artículo 8 de la sesión 8978 celebrada el 19 de julio 2018. No obstante, llama la atención que dicho acuerdo de Junta Directiva no señala haberse aprobado la Valuación Actuarial.

Lo anterior significa que la Junta Directiva de la CCSS no dirige ni fiscaliza las operaciones de la Caja como lo ordena el artículo 14 de la misma Ley, sino que es a ella a quien la dirigen y gobiernan, pues todo el mundo se preguntará ¿cómo puede cumplirse el artículo 32 de la Ley 17, que ordena que los fondos del seguro social se dividan en dos partes, una para el fondo de reparto del seguro de salud y otra para el fondo de capitalización del seguro de pensiones, si esa Junta Directiva nunca había visto un estudio actuarial del seguro de salud y no ve ningún estudio actuarial conjunto de salud y pensiones?. La respuesta es que esa es la clave de los maquillistas para el desvío de fondos de IVM.

Si todavía alguien sigue dudoso, que vea la valuación actuarial que la Junta Directiva de la CCSS utilizó para tomar la reciente decisión de elevar las edades de retiro y bajar beneficios en IVM. Notará que el actuario asesor de Román Macaya y “Director a.i,” de la Dirección Actuarial según firma -presuntamente nombrado a dedo y quien recomendó en 1980 el modelo de primas escalonadas para IVM-, junto con el jefe del Área Actuarial presuntamente incurren en violación del código de ética y del deber de probidad definido en el artículo 3 de la Ley Contra el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública N° 8422, pues en la página 4 dicen que el estudio actuarial se realiza según “la normativa del régimen”, citan en la página 18 el artículo 32 de la Ley 17 y conocen que el costo del fondo de reparto (seguro de salud) regulado por la Ley 17 es de solo un 7.11% sobre los salarios en lugar del 15% que le trasladan -desviándole 7.89% (15% – 7.11%) sobre los salarios al IVM -; sin embargo, omiten mostrarlo en el estudio actuarial de IVM, con lo cual se convierten en cómplices de los maquillajes para  continuar con el desvío de fondos. En el resumen ejecutivo del informe actuarial se lee lo siguiente:

La valuación fue elaborada bajo la dirección y los lineamientos generales del actuario M.A.S. Ronald A. Cartín Carranza, Director Actuarial ai, de la DAE. El actuario responsable de la ejecución de las proyecciones, balances actuariales y otros cálculos aquí presentados. fue el actuario M.Sc. Cristian Torres Jiménez_ Jefe del Área Actuarial de la DAE.

El indicador de «Costo Anual» (Egresos año/Salarios año) presenta una tendencia evidentemente creciente, y con tendencia a superar el 13% para el año 2030 (y posteriormente alcanzar niveles cercanos al 33% para el año 2085).

El análisis del Balance Actuarial al 31/12/2018 con Grupo Abierto señaló un déficit actuarial de aproximadamente 100 billones de colones, obteniéndose una Razón de Solvencia del 48.3 % (o sea, al 31 de diciembre de 2018, hay un déficit que no permitiría al Fondo financiar al 51.7% de las promesas en el periodo de 100 años bajo estudio).

¿Recuerdan que nos habían dicho que para el año 2025 ese costo anual se estabilizaría; pero ahora nos dicen que casi se triplicará después de 2030 a 2085? En 1980 nos recomendaron no crear reservas; pero hoy usan como excusa esos faltantes -incluso bastante inflados- para mostrarnos una situación bien precaria del IVM y tener pretextos para elevar edades y bajar beneficios. ¿Recuerdan que nos dijeron que el cambio de un modelo de reservas completas a un modelo de primas escalonadas era para “dar un ordenamiento financiero adecuado” a IVM y que cumpliera sus fines? ¿Qué dicen en su informe los actuarios sobre el desvío de fondos de IVM? Nada.

Todo lo anterior sucede como una afrenta a la Mesa de Diálogo convocada en 2017, pues la Junta Directiva de la CCSS, en el artículo 180 de la sesión N° 8976, celebrada el 12 de julio del año 2018, acordó en el acuerdo tercero, acoger todas las recomendaciones realizadas por dicha mesa de diálogo, entre ellas las siguientes, que se encuentran sin cumplir por el Sr. Román Macaya y la administración activa de la CCSS (Ver informe auditor AI-2211-19):

Se realicen las gestiones que correspondan para que se nombre como Director de la Dirección Actuarial a un actuario, en virtud de que las funciones sustantivas corresponden a esa disciplina.

“Realizar un estudio de sostenibilidad del Seguro de Salud, que incluya la razonabilidad y pertenencia de las contribuciones, el cual sea elaborado por un organismo independiente con experiencia en sistemas públicos de Seguridad Social.”

Lo anterior no es sorprendente, pues la Directiva de la CCSS derogó en el año 2010 el Reglamento de la Dirección Actuarial, que en su artículo 3 ordenaba que la Dirección Actuarial fuera dirigida por un director experto en el campo actuarial. En su lugar aprobó un manual organizacional, que no indica los requisitos del puesto de Director Actuarial y que menciona que su fundamento es el reglamento que no existe pues fue derogado. En el manual organizacional se lee lo siguiente como factor clave de éxito:

Se debe actualizar el reglamento de la Dirección Actuarial y de Planificación Económica, aprobado por la Junta Directiva, en el artículo 11°, de la sesión N° 6489, celebrada el 24 de enero de 1991, con el propósito de que responda a la estructura funcional y organizacional establecida en el presente Manual de Organización.

También en el manual organizacional se cita lo establecido en el artículo 192 de la Constitución Política sobre la idoneidad comprobada para realizar nombramientos en cargos públicos, lo cual también está regulado en el artículo 21 de la Ley 17; sin embargo, el puesto de director actuarial ha sido llenado interinamente a dedo durante más de 12 años.

Como para ofender más a la Mesa de Diálogo de 2017, la jerarquía de la CCSS no solo ha incumplido la ejecución de esas dos recomendaciones, sino que su Junta Directiva nombró como Gerente Financiero a la misma persona que ya había ocupado el cargo durante seis años, presuntamente eliminando el requisito académico obligatorio de maestría afín al puesto y sin considerar que la misma persona estaba denunciada ante la Fiscalía General de la República por presuntos daños ocasionados a la CCSS que aceleraron la crisis del seguro de salud en el año 2011.¿Recuerdan que los estudios actuariales del seguro de salud se los enviaban a la Gerencia Financiera? Ella decidía si los tramitaba o no a la Junta Directiva; o sea, lo que existe es una Junta Directiva de adorno o de papel en la Ley 17. ¿Alguna duda? Los estudios actuariales del seguro de salud con corte al 31/12/2017 siguen maquillados, les falta el balance por modalidad de seguro y no dicen nada al respecto en sus conclusiones y recomendaciones. Igual característica tiene el estudio actuarial de IVM con corte al 31/12/2018 por la misma razón. ¿Quiénes y donde los maquillan? ¿En la Dirección Actuarial? ¿La Gerencia financiera sigue participando? ¿Y la Dirección Jurídica? ¿Y qué hace Don Román Macaya? ¿Los miembros de la Junta Directiva de la CCSS serán al fin y al cabo los responsables? ¿Y la Auditoría Interna? ¿La Contraloría General de la República? ¿El Ministerio Público qué hace? ¿O será que existe una camarilla para desviar fondos de IVM?

Y como para ponerle la cereza al pastel el asunto podría estar enturbiado por conflictos de interés entre el Director Actuarial y algunos subalternos, quienes presuntamente habrían recibido el pago de hasta 10 anualidades adicionales a las usuales, sin cumplir con los requisitos aprobados por la Junta Directiva de la CCSS en el artículo 5 de la sesión 8345 del 7/5/2009, pues desde el año 2013 no están laborando en el Área Actuarial, todo lo cual conoce el Sr. Román Macaya Hayes y hasta la Contraloría General de la República. Todo esto en relación con el teje y maneje del desvío de fondos públicos.

Todos estos hechos llevarían al IVM a una situación prácticamente de insolvencia a partir del año 2009, cuando los aportes ya no fueron suficientes para pagar los gastos, obligando -sin necesidad pues lo que hay es un desvío de fondos- a un aumento de los aportes de 1.66% sobre los salarios (0.66% el Estado y 1% el trabajador), lo cual ayudó poco porque ya era demasiado tarde y además el Covid vino a derramar el vaso lleno de pésima gestión.

Por todo lo anterior es que considero que el reciente acuerdo de la Junta Directiva de la CCSS de reforma a IVM es completamente nulo; se realizó al margen de la normativa constitucional y legal citada anteriormente, sin un estudio actuarial que considere el impacto de la pandemia, sin crearle a IVM nuevas fuentes de financiamiento y sin reintegrarle los desvíos de fondos que le han venido haciendo. Con ello también incurren en la falacia de informar a la ciudadanía que con esa reforma le están dando sostenibilidad a IVM hasta el año 2050. Una mentira más.

Sin duda una de las acciones necesarias para restaurar la viabilidad financiera de IVM, es que le reintegren gradualmente el desvío de 7.5% sobre los salarios que le hacen, a razón de un 1% sobre los salarios por año, comenzando en 2022. A partir del año 2029 la devolución debe ser completa; es decir, un 7.5% sobre los salarios. Y por supuesto, hay que evitar que la CCSS siga siendo manejada por maquillistas.

He sido sumamente reiterativo brindando este tipo de opiniones técnicas desde hace casi dos décadas, tanto siendo funcionario de la CCSS como ejerciendo mi derecho como ciudadano. Este análisis fue presentado a la Junta Directiva de la Caja por FECTSALUD sin que hubiera sido tomado en cuenta, confirmándose que el principal objetivo de los maquilladores es continuar desviando fondos de IVM.

Desde la Otra Acera: IVM toca fondo

El programa Desde la Otra Acera invita al conversatorio «IVM toca fondo» el 19 de agosto del 2021 a las 7:00 p.m, en el cuál se contará con la participación de: 

  • Martha Rodríguez
  • Patricia Mora
  • Jaime Barrantes

El programa se transmitirá por medio del Facebook y YouTube de APSE Informa.

Msc. Rodrigo Arias López: «Fondos de pensiones no alcanzarán hasta 2050»

El experto en matemática actuarial, Rodrigo Arias López desmintió a la Junta Directiva de la CCSS en varios aspectos mencionados en la conferencia de prensa brindada el pasado jueves sobre las reformas al régimen de IVM.

Según lo mencionado por Román Macaya los fondos de pensiones alcanzarán hasta el 2050, sin embargo, de acuerdo con los análisis realizados por Rodrigo Arias López eso no es cierto, pues los acuerdos tomados por la Junta Directiva no representan un aumento en cuanto a los recursos destinados al régimen de pensiones, si no que este quedará con los mismos recursos que cuenta, por lo que la sostenibilidad de dicho régimen no está garantizada.

Invitamos a ver el video completo, de producciones ANEP, en el siguiente enlace:

https://www.facebook.com/AnepSindicato/videos/537713144142343/

Reforma de Pensiones IVM

Por Martha Elena Rodríguez

Posición de la representante sindical en la CCSS respecto a la Reforma al IVM: 

Los sistemas públicos de pensiones deben contribuir a la eliminación de las diversas formas de exclusión y la desigualdad, estableciendo mecanismos de justicia distributiva, de protección social solidaria y universal. 

En este contexto deben garantizar la protección y la suficiencia de las prestaciones, aunado a políticas de mercado laboral que formalicen el empleo, eviten las limitaciones al aseguramiento, acciones para evitar la enorme evasión y morosidad a la Seguridad Social. 

Como principio fundamental, el sector sindical ha considerado que no se puede discutir de pensiones que afectan a los jóvenes, sin los jóvenes, sin las mujeres, sin los grupos étnicos y de otros sectores fundamentales de la sociedad costarricense. 

Asimismo, fue plenamente demostrado por el Instituto Nacional de las Mujeres que hay una segregación laboral, que las mujeres se ubican en sectores de la economía en donde los salarios son inferiores y el mercado laboral está más saturado. Ganan hasta un 27% menos que los hombres, con trayectorias laborales interrumpidas, desconocido su trabajo reproductivo, productivo y de cuido. trabajan 70 horas semanales. ¡No se puede tratar igual lo que es desigual, 

Aumentar la edad de jubilación, solo aplaza el ingreso de los jóvenes al mercado laboral, perjudicando a ese sector mayoritariamente desempleado. 

Solo una de las fórmulas disminuye hasta en un 5% el monto de la pensión y hasta un 15% en total. No hay ninguna gradualidad en las propuestas que están siendo apoyadas mayoritariamente. 

Finalmente, las propuestas promovidas por la gerencia de pensiones no acogieron ninguna de las propuestas de los sectores sindicales y sociales, descargando, exclusivamente, sobre los hombros de las personas trabajadoras el costo de la reforma, cuyas medidas son regresivas y limitan la realización efectiva del derecho una jubilación decente, en caso de invalidez, vejez o la muerte del afiliado al sistema.

Por tanto, atendiendo la visión y mandato de sindicales sociales y las personas trabajadoras, reunidas el día de ayer para este tema respecto a las reformas paramétricas mi voto será en contra.

SITRAINA: la reforma de IVM es un duro golpe en contra de la democracia costarricense y el pueblo debe tomar cartas en el asunto

En Costa Rica los grupos de poder, los cuales se han apoderado de los principales espacios de decisión política en las instituciones estatales, no cesan de darle golpes contundentes a la clase trabajadora y a la organización misma del Estado.

El ejemplo más reciente es la modificación del Régimen de Pensiones de la CCSS, con el cual se eliminará la posibilidad de obtener una pensión anticipada y la cantidad de pensión que recibirán las personas, cuando se acojan a este derecho.

Si asociamos a esto las modificaciones al retiro del ROP, podemos decir que los grupos de poder no solamente están hipotecando el país para sanear las finanzas públicas de sus propias cochinadas, sino que para hacerlo, nos están dejando a las y los costarricenses sin la posibilidad de contar con una pensión digna en la vejez o en eventuales enfermedades o condiciones generadas por accidentes que nos imposibiliten trabajar.

Pero si nos detenemos a pensar un poco, ¿cuál es la verdadera causa de la vulneración del Régimen de Invalidez Vejez y Muerte de la CCSS? Si bien es cierto que está aumentando la población adulta y disminuyendo los segmentos poblacionales de personas jóvenes, la verdadera causa de este problema es la mala administración de los fondos de pensiones que los mismos grupos de poder han promovido para lograr dos objetivos: a. debilitar la institucionalidad pública que garantiza la democracia costarricenses y promover su privatización; b. desfalcar los fondos públicos y apoderarse de ellos como si fueran aves de rapiña, avariciosas e insaciables.

No debemos olvidar los escándalos históricos y recientes en los que se ha visto involucrada la administración de la CCSS, pero tampoco podemos caer en la trampa de pensar que esta institución no sirve o que sus funcionarias y funcionarios (a saber, empleadas y empleados públicos) son los culpables de esta situación.

Si la CCSS no fuera una institución funcional para la democracia costarricense, no fuera uno de los baluartes de nuestra identidad nacional y nuestra calidad de vida. Por otro lado, los casos de corrupción en la CCSS no son el resultado del ingenio de funcionarias y funcionarios rasos, sino de altos jerarcas, cuyos puestos muchas veces obedecen a favores políticos. De ahí que sean los mismos grupos de poder los que debilitan las instituciones, colocando personas corruptas para desfalcarlas y a la vez los que nos dicen que estas instituciones no sirven y que deben ser privatizadas. Sin embargo, sería muy ingenuo arrancar una de las plantas que da mejores flores o frutos en nuestro jardín, simplemente porque tiene una maleza, en lugar de arrancar la maleza y permitir que la planta crezca más fuerte y bonita.

Y es esta lógica de debilitamiento de las instituciones, tercerización de servicios y privatización la que realmente es la culpable de que regímenes que brindan seguridad social al pueblo costarricense, como lo es el Régimen de Invalidez Vejez y Muerte, se vean vulnerados financieramente.

No debemos olvidar que la evasión de pagos de grandes empresas e incluso de la administración neoliberal que ejercen los grupos de poder en el Estado, son los que tienen en jaque a la CCSS. No debemos dejar de lado el hecho de que estos mismos grupos de poder están interesados en que los patronos no paguen o paguen menos dinero de cuotas obrero-patronales. No debemos dejar en el olvido escándalos de corrupción como el de Caja-Fischel. Esto porque quienes administran actualmente la CCSS, en nombre de los grupos de poder más retrógrados de los últimos 70 años, pretenden dejar todo esto en el olvido y salirnos simplemente con el cuento de “no hay plata” y “la plata no alcanza” para aplicar medidas paliativas al régimen. Medidas que recaen sobre los hombros de las clases trabajadoras, sin asumir la responsabilidad histórica de sus actos intencionales de mala administración del Estado y de los fondos públicos.

Es ante este panorama que el pueblo costarricense no debe callar. Basta ya de agachar la cabeza y seguir recibiendo palo porque el pueblo no es ningún esclavo de los grupos de poder. El estado surge y vive porque es una asociación de una multitud de individuos libres que se convierten en un pueblo, a partir de un contrato social por medio del cual se funda un Estado para velar por el bien común y no por los intereses de unos cuantos avariciosos e insaciables.

El Estado costarricense debe ser un estado democrático y no una oligarquía o una plutocracia. Para eso es necesario que el pueblo asuma su cuota de poder y active los mecanismo de democracia participativa que yacen en la doctrina fundamental de la democracia para exigirle a los grupos de poder que retrocedan en sus intenciones de empobrecernos y dejarnos sin nada.

Comunicación SITRAINA

UNDECA llama a concentración

El Frente Nacional por la Seguridad Social FRENASS, se suma a la convocatoria que hace UNDECA para unirnos en una gran Concentración en rechazo a la nefasta decisión de la Junta Directiva de la CCSS de reformar el Régimen de Pensiones IVM y contra la tiranía Política empresarial y de Gobierno. Unidad y lucha contra el modelo neoliberal y patriarcal pues esta reforma afecta de manera particular a las mujeres y deposita todo el peso de la enmienda en el Sector Trabajador.

Se convoca el día jueves 19 agosto a las 9 am, Contiguo a JUPEMA, San José.

¡Unidad y lucha contra el modelo neoliberal!

Publicación original: https://www.facebook.com/381719305230044/posts/4152431214825482/

Reforma a IVM Población mayor empobrecida y con vejez indigna

El 13 de agosto el señor Juan Carlos Durán Castro, dirigente sindical del sector salud envía un mensaje sobre el régimen de pensiones de la CCSS, en el cual indica que vamos hacia una población adulta mayor empobrecida y con una vejez indigna. Invita a los compañeros de la Caja Costarricense del Seguro Social, a los compañeros del sector privado, hombre, mujeres y colectivos sociales a que se unan y generar una campaña nacional a favor de una revisión de ese acuerdo y a favor de la gradualidad para que el golpe sea distinto al que le van a dar al pueblo.

Invitamos a ver el video completo: