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Etiqueta: lucha social

Organizaciones sociales de Guápiles se preparan para apoyar marcha en Limón

Organizaciones sociales de Guápiles se han estado organizando para acceder a una buseta y así acudir a la manifestación mañana, 29 de octubre en Limón, apoyando a ese pueblo para que no cierren JAPDEVA.

La hora de salida está prevista para las 10 a.m. Se regresa temprano.

Las personas interesadas deben confirmar su participación. Se puede llevar familia con niños/as no menores de 10 años.

Vamos a Limón a defender nuestros derechos.

¡La lucha sigue!!!

 

Compartido con SURCOS por Orlando Barrantes.

¡Limón se une por la institucionalidad costarricense! Marcha este sábado 29

SURCOS comparte el siguiente comunicado:

Limonenses, este sábado 29 de octubre les invitamos a usted y a su familia a una gran marcha patriótica en defensa de nuestra institucionalidad.

Saldremos de la Municipalidad de Limón a las 12:00 md con destino a la entrada de JAPDEVA, por el parque Vargas, para entregar un documento con propuestas y soluciones al señor presidente Rodrigo Chaves, que se le hará llegar por medio de los diputados que nos acompañarán. La finalidad es que Limón se enrumbe hacia la reactivación económica, la generación de empleo, la lucha contra la pobreza, la ejecución del canon de APM y mayor seguridad para las familias, instituciones, empresas y negocios.

Limón se une en una propuesta directa, que el ejecutivo debe negociar con las fuerzas vivas de la provincia de Limón para aplacar los grandes males que nos aquejan. Por esa razón es importante su apoyo, el de su familia y sus amigos para sumarnos en un clamor popular que llegue hasta Casa Presidencial.

A través de los medios de comunicación y redes sociales es hora de luchar y de sembrar semillas de esperanza.

Por el bien de todos este sábado 29 de octubre a las 12:00 mediodía, salida desde la Municipalidad de Limón.

¡Limón se une por la institucionalidad costarricense!

Compartido con SURCOS por Fedrick Patterson y María Miranda.

Juicio de Orlando Barrantes

La sentencia la darán mañana jueves 27 octubre a las 8 a.m. en el Tribunal de Juicio en Guápiles.

Último día de juicio contra Orlando Barrantes Cartín

Comunicado del Comité de Solidaridad por la Absolutoria Definitiva de Orlando Barrantes:

«Hoy los jueces del Tribunal Penal de Pococi realizarán la última fase del OCTAVO juicio POLÍTICO contra nuestro compañero ORLANDO BARRANTES.
Se realizaran las conclusiones y por última se emitirá la sentencia que esperamos sea absolutoria».

Enlace para transmisión en vivo a partir de las 8 am: https://fb.me/e/2JMnYZQtJ?ti=wa

Acompañemos a Orlando en la última audiencia del juicio

Campaña Absolutoria difinitiva para Orlando Barrantes Cartín

Este miércoles 26 será la última audiencia en el Tribunal Penal de Guápiles. La cita para acompañar a Orlando Barrantes Cartín es a la 8 de la mañana.

Porque Orlando es inocente:

Un fallo que honra la vida de Sergio Rojas Ortiz

Por Osvaldo Durán-Castro/Sociólogo ITCR-ecologista FECON

El fallo No. 2022024725 de la Sala Constitucional del 19 de octubre de 2022 reafirma lo que la Sala Primera había reconocido con total claridad en al menos catorce sentencias: que dentro de los territorios indígenas desde la entrada en vigencia de la Ley Indígena N° 6172, publicada en La Gaceta N° 89 del 10 de mayo de 1978, cualquier “venta o compraventa de propiedades es absolutamente nula», como dijo el magistrado Fernando Castillo. La Sala IV reconoce el derecho de los pueblos originarios al rechazar un recurso contra algunas resoluciones de la Sala Primera, mediante las cuales esta Sala había rechazado la pretensión de ocupantes ilegales de consolidar esos negocios de “mala fe”.

La violencia generada por la usurpación de los territorios originarios y el no reconocimiento de la Ley indígena y de otras leyes nacionales, lo mismo que de convenios internacionales como el 169 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, han impedido poner en práctica lo que con toda claridad señala el artículo 3 de la Ley indígena: “Las reservas indígenas son inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indígenas que las habitan. Los no indígenas no podrán alquilar, arrendar, comprar o de cualquier otra manera adquirir terrenos o fincas comprendidas dentro de estas reservas. Los indígenas sólo podrán negociar sus tierras con otros indígenas. Todo traspaso o negociación de tierras o mejoras de éstas en las reservas indígenas, entre indígenas y no indígenas, es absolutamente nulo, con las consecuencias legales del caso”.

El fallo de la Sala IV limpia la dignidad de Sergio Rojas Ortiz, pisoteada y vilipendiada en razón de su lucha. Reconfirma que Sergio en esta materia siempre tuvo la razón, que ninguno de sus argumentos estaba errado, que tenía total conocimiento de la legislación nacional e internacional en la que respaldaba cada una de sus acciones, que el derecho consuetudinario y cultural de los pueblos originarios también era y sigue siendo válido, y que su muerte no fue más que una expresión de todas las formas de violencia que han soportado los pueblos originarios.

Este fallo reivindica la lucha que Sergio mantuvo por décadas con cientos de personas indígenas en medio de descalificaciones de los gobiernos y de la institucionalidad. Y tal vez, uno de los aspectos al que más hay que poner atención, es que cuando Sergio fue encarcelado por 7 meses sin que nunca se le hiciera una acusación formal, estaba enfrentando clara y directamente el racismo, el odio y la persecución que alguno.as funcionario.as del Poder Judicial descargaban contra él y contra los pueblos originarios. Es por racismo que se siguen negando los derechos de la gente indígena y se juzgan las usurpaciones como disputas ordinarias de derecho agrario.

La inteligencia de Sergio se fundía con su sabiduría y su paciencia segura y silenciosa ante las agresiones, y esto resultada desconcertante para sus enemigos abogados, jueces, carceleros y terratenientes usurpadores; y hasta para la gente indígena que no compartía su trabajo. Sin embargo, esas fueron las cualidades que le dieron arrojo hasta el último minuto de vida en las montañas de Yeri donde lo acribillaron. De alguna manera el odio con que lo mataron se empequeñece con este fallo de la Sala Constitucional. Sergio y la gente indígena que sigue defendiendo sus derechos siempre han tenido la razón, y su muerte, y la de Jerhy Rivera Rivera, sólo se explican por el racismo que con distintas expresiones persiste en una parte de la sociedad costarricense y, desgraciadamente, en alguna parte de la institucionalidad insensible e deliberadamente negligente.

Otra de las hazañas de Sergio Rojas Ortiz fue trabajar por los derechos legítimos de sus pueblos desde la Asociación de Desarrollo Integral de Salitre. Llegar a presidir esa ADI fue por sí sólo un reto que siempre había sido impensable para la mayoría de la gente indígena, aun cuando querían desprenderse de los controles “sikuas”/no indígenas. Esos eran tiempos en que, sin tapujos, las ADIs de los territorios indígenas eran manipuladas, controladas y dirigidas sin el menor cuidado por entidades como la Comisión nacional de asuntos indígenas (CONAI), DINADECO, ministerios, partidos políticos y hasta terratenientes ocupantes ilegales de tierras indígenas. “Hubo muchos casos en que los mismísimos finqueros eran presidentes de las ADIS dentro de nuestros propios territorios, y nosotros estábamos por debajo de ellos, como aplastados, la mayoría de la nuestra gente estaba con miedo y sin fuerzas para hacer alguna resistencia”; así lo reconocen Pablos Sivas Sivas y otras personas que estuvieron con Sergio por décadas pero mucho más luego del 2010, cuando las recuperaciones se convirtieron en la acción directa de hacer valer derechos jurídicos y culturales en su propia tierra.

Romper con el dominio sikua de las ADIs era romper con un cimiento del colonialismo viejo y moderno. Eso supuso enfrentamientos con todo en “andamiaje” del Estado, y también con mucha gente de los propios pueblos. De hecho, hasta hoy persisten las confrontaciones entre ADIs y Consejos de Mayores que son la forma cultural de organización indígena, sobre si son o no legales las recuperaciones. En esa disputa está quedando claro que los Consejos de mayores que siguen la línea de trabajo de Sergio Rojas tienen la razón.

Cuando Sergio estuvo al frente de la ADI de Salitre se inició una fase histórica para los pueblos originarios. Su presidencia en la ADI le permitió a la gente indígena comprender que a pesar de que esas organizaciones se implantaron para sustituir sus organizaciones culturales, se podían usar para recuperar y defender sus derechos. Eso fue algo que jamás le perdonaron. Efectivamente, Sergio actuó con una determinación descomunal y una inspiración que estimuló a su pueblo. Desde esos años Sergio tuvo la claridad que hoy reafirman las instancias jurídicas de mayor rango en el país. Su ausencia de miedo y su certeza se podrían resumir en la pregunta que él mismo le hacía a la gente que quería sumarse a las recuperaciones: “¿Están dispuestos a morir?”. Esa misma pregunta se la siguen haciendo hombres y mujeres recuperadoras que hoy viven en vilo, “con un ojo cerrado y el otro abierto”, porque las agresiones no han terminado. Pero a pesar de la inseguridad, lo que sí se reconoce en los territorios recuperados es que hay muchas semillas de Sergio germinando.

Sergio no se esperó a resoluciones para ejercer sus derechos y estaría celebrando este fallo sin dejar de afilar las herramientas para recuperar más tierras. Con la sentencia de la Sala IV se reafirma que es correcta la acción de los pueblos que están ejerciendo justicia por su propia mano, recuperando su tierra en Saka Duwë Senaglo, Seglö Kaskä, Kono Jú, San Andrés, Crun Shurin, Yuwi Senaglo y Kelpego. Aunque el fallo no es el fin de este proceso, sí es una señal concreta de que se pueden recuperar la tierra y los derechos de los pueblos originarios que fueron negados por siglos.

Este fallo contribuye a limpiar la ultrajada vida de Serio Rojas Ortiz y ojalá sea un refuerzo para que la sociedad costarricense supere todas las formas de discriminación y racismos contra los pueblos originarios. Eso implica conocer los derechos de estas personas, como los establecidos en la Ley indígena. Ya no hay pretexto para que todas las tierras usurpadas desde que entró en vigencia la Ley indígena no sean devueltas a los pueblos originarios que son sus legítimos dueños. De nuevo se ponen a prueba la voluntad y la capacidad de la institucionalidad de Costa Rica, y especialmente de quienes deben actuar para hacer valer esos derechos. ¿Con qué fundamento un tribunal de menor rango podría juzgar en sentido contrario de lo sentenciado tantas veces por la Sala Primera y ahora por la Sala IV?

El fallo es un avance muy importante pero no elimina las dificultades, como se comprueba con el rechazo y las controversias que ya se exponen, por ejemplo, en un audio que circula en Buenos Aires de Osa, cuyo emisor desconocemos: “Si ese artículo (el 3) de la ley estuvo malo , la gente no tiene la culpa porque la mayoría de la gente no conoce las leyes y los abogados desconocen un montón de normas que no se deben aplicar…”

“…aquí no existe ningún poseedor de mala fe todos son de buene fe…,…entraron a ejercer derechos…todos comprados…”.

“…ya están llenando las arcas los Arburola y otro grupo ahí para pedirle plata a la gente para hacer otro juicio y perderlo”.

FETRAL convoca a reunión urgente este lunes 24

SURCOS comparte la siguiente convocatoria:

«Compañeros (as): bendiciones. Convocatoria urgente a todos los líderes de todas las organizaciones civiles, comunales, sindicales, estudiantes, religiosos.

Este lunes 24 de octubre a las 5 pm en el edificio de Sintrajap.
Es urgente unirnos por la defensa de la institucionalidad de Costa Rica, dado el rumbo injusto y equivocado que marcan para Limón.

Este lunes 24 entonces 5 pm en SINTRAJAP.
FETRAL».

Sala Constitucional declara nulidad de todas las compraventa de tierras por parte de personas no indígenas

Comunicado público

Sala Constitucional declara nulidad de todas las compraventa de tierras por parte de personas no indígenas dentro de los Territorios realizadas posterior a la entrada en vigencia de la Ley Indígena de 1977.

Jueves 20 de octubre de 2022. El 31 de agosto de 2021 Rodrigo Arauz Figueroa interpuso acción de Inconstitucionalidad contra la jurisprudencia de la Sala I de la Corte Suprema de Justicia en relación al artículo 3 de la Ley Indígena; expediente 21-017138-0007-CO.

El día de ayer miércoles 19 de octubre de 2022, mediante el fallo No 2022024725, la Sala Constitucional, por mayoría, declaró sin lugar esa acción de inconstitucionalidad interpuesta en contra de dicha jurisprudencia en relación con el artículo 3 de la Ley Indígena, el cual establece «Las reservas indígenas son inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indígenas que las habitan. Los no indígenas no podrán alquilar, arrendar, comprar o de cualquier otra manera adquirir terrenos o fincas comprendidas dentro de estas reservas. Los indígenas sólo podrán negociar sus tierras con otros indígenas. Todo traspaso o negociación de tierras o mejoras de éstas en las reservas indígenas, entre indígenas y no indígenas, es absolutamente nulo, con las consecuencias legales del caso».

El Por Tanto del fallo constitucional indica “Por mayoría se declara sin lugar la acción de inconstitucionalidad. La magistrada Garro Vargas y el magistrado Garita Navarro salvan el voto y declaran inconstitucional la línea jurisprudencial impugnada en cuanto asume, de manera genérica, la existencia de mala fe en la causa adquisitiva del negocio traslativo de dominio a partir, exclusivamente, de la vigencia del artículo 5 de la Ley Indígena y, por ello, de la nulidad originaria del negocio de traspaso, derivada de lo dispuesto en el citado artículo. La magistrada Garro Vargas consigna nota.”; la totalidad del fallo se conocerá en un mes y medio aproximadamente, de acuerdo a los tiempos del ente judicial.

El magistrado de la Sala Constitucional Fernando Castillo, se refirió al fallo por medio de unos audios dirigidos a la prensa, en los cuales indica:

“La jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia establece una regla de derecho en el sentido de que todas aquellas personas no indígenas que han comprado tierras dentro de las reservas indígenas con posterioridad a la promulgación de la citada Ley, se considera que no han actuado de buena fe, consecuentemente, se llega a la conclusión de que esa venta o compraventa de propiedades es absolutamente nula».

«Dicha regla de derecho es conforme al derecho de la Constitución, es decir conforme a los valores, principios y normas constitucionales, de ahí que la Sala por mayoría decidió declarar sin lugar la acción de inconstitucionalidad y sostener la jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia y consecuentemente, hacer estas ventas nulas al considerarse de que no hay buena fe el Estado no está en la obligación de indemnizar a los compradores, no indígenas ni mucho menos ejercer la potestad expropiatoria».

Sobre este caso, el 22 de setiembre de 2021 la Sala Constitucional resolvió acoger la acción planteada para resolver y ordenó publicar por 3 veces en el Boletín Judicial 192 del 6 de octubre de 2021, pág. 9 y 10, lo siguiente:

«Para que en los procesos o procedimientos en los que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso…lo único que no puede hacerse es dictar sentencia.

Lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procesos tenientes a agotar esta vía” por lo que una vez resuelta la acción planteada, deberán dictarse las sentencias y resoluciones correspondientes.

Esta resolución de la Sala Constitucional viene a reafirmar lo expresado y sostenido por varias organizaciones, principalmente las organizaciones propias de Pueblos Originarios, y desmiente lo externado por los grandes terratenientes que ocupan ilegalmente estos Territorios, sus representantes legales y organizaciones como la Asociación Multiétnica y Pluricultural de Buenos Aires.

Las organizaciones firmantes, celebramos este fallo y solicitamos vehementemente que el Estado de Costa Rica cumpla con su obligación de garantizar el derecho a la tierra- territorio a los Pueblos Originarios; por lo que el Poder Ejecutivo deberá realizar sin dilaciones los desahucios administrativos priorizados por estos Pueblos en cada Territorio y el Poder Judicial deberá resolver con celeridad conforme a derecho, el bloque de constitucionalidad, la normativa nacional e internacional, los derechos humanos de Los Pueblos Originarios y la resolución de la Sala Constitucional aquí indicada.

– Concejo Ditsö Iriria Ajkönu Wakpa de Salitre.

– Consejo Iriria Sat Kök de Yäbamï Dí (Cabagra).

– Recuperadoras/es Cabécar de Kono Jú.

– Recuperadoras/es Cabécar de Yuwi Senaglo.

– Recuperadoras/es Cabécar de Seglö Kaskä.

– Recuperadoras de Saka Duwë Senaglo.

– Recuperadoras/es Cabécar de Kelpego.

– Recuperadoras/es Naso Brörán de Crun Shurin.

– Recuperadoras/es Naso Brörán de San Andrés.

– Consejo Indígena Regional Pacífico Sur de Yimba Cäjc.

– Cootraosa.

– Comité de lucha por la tierra Finca Chánguina.

– Coordinadora de Lucha Sur Sur.

Plantón: ya basta de torturas

Este jueves 20 de octubre a la 1:00 p.m. se realizará en el plantón de la Asamblea Legislativa, una protesta pacífica en coordinación con diferentes grupos colectivos, organizaciones y personas de la comunidad sexualmente diversa en demostración y apoyo al proyecto de Ley que sanciona las mal llamadas “terapias de conversión”. 

Esta protesta pacífica es para señalar a las fuerzas ultraconservadoras y religiosas que se sitúan en las curules de la Asamblea Legislativa, que los grupos colectivos y sociales no dejarán que un proyecto que tendrá gran impacto en la vida de muchos jóvenes costarricenses sexualmente diversos sea frenado y bloqueado. 

Únase este próximo jueves frente a la Asamblea Legislativa en apoyo a dicho proyecto de Ley y sea parte de esta lucha social, inclusiva y colectiva.

 

Compartido a SURCOS por Marco Castillo.