El ciudadano Marco Levy Virgo presentó una solicitud formal ante la Fiscalía General de la República para que se investigue al ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach Capra, por presuntas irregularidades relacionadas con la gestión de humedales en el cantón de Talamanca.
La petición, remitida el 9 de abril a la oficina del fiscal general Carlo Díaz Sánchez, solicita una «investigación exhaustiva e inmediata» en relación con la causa penal 23-000041-0611-PE, vinculada al manejo del documento técnico «Caracterización y Delimitación de Humedales en la Zona Marítimo Terrestre del Litoral del Cantón de Talamanca» de junio de 2021.
Según se detalla en el escrito, Levy considera que existen acciones cuestionables sobre la administración de áreas protegidas en el Caribe Sur, específicamente en el Refugio Gandoca-Manzanillo, donde el MINAE administra aproximadamente el 60% del territorio y el 75% de sus costas, incluyendo 2.802,65 hectáreas de humedales protegidos bajo el Convenio Ramsar.
El documento menciona destituciones de personal en el Área de Conservación Amistad Caribe (ACLAC-SINAC), como el caso del señor Mario Cerdas Gómez, quien fue reemplazado por Maylin Mora Arias. Este proceso de nombramiento, según indica Levy está siendo investigado por la Contraloría General de la República por presunto nombramiento ilegal.
La misiva también hace referencia a la Directriz 09-2023 emitida por el jerarca del MINAE y menciona que desde febrero de 2019, mediante oficio SINAC-ACTO-AL-55-2019, se alertó a la Dirección Ejecutiva de SINAC sobre supuestas irregularidades.
En su petitoria, el ciudadano limonense solicita:
La apertura inmediata de una investigación penal contra el ministro Tattenbach Capra.
La designación de una comisión especial de fiscales para indagar actuaciones de personal del ACLAC-SINAC.
Una revisión de las acciones de empresarias y empresarios inmobiliarios que, según alega, estarían afectando áreas protegidas.
La carta fue enviada con copia a diversas instituciones, incluyendo la Defensoría de las y los Habitantes, la Contraloría General, la Procuraduría General, la Fiscalía Agrario Ambiental, la Comisión de Acceso a la Justicia, la Presidencia del Poder Judicial, la Presidencia de la Asamblea Legislativa y la Comisión de Ambiente del Poder Legislativo.
La Asociación para el Desarrollo de la Ecología ha solicitado al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) información técnica sobre el seguimiento a una resolución emitida por la Sala Constitucional relacionada con la protección del acuífero de Moín en Limón.
Mediante el oficio AEL-00131-2025, con fecha del 30 de marzo de 2025, Marco Levy Virgo, presidente de la asociación, solicitó al ministro Franz Tattenbach Capra detalles sobre el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el ministerio ante la Sala Constitucional en el expediente No. 22-008354-0007-CO.
La sentencia constitucional, dictada el 23 de septiembre de 2022, ordenó la creación de una comisión interinstitucional para abordar la problemática que afecta al acuífero de Moín, específicamente en fincas ubicadas en la zona de protección restringida. Además, la resolución estableció el diseño y ejecución de un plan para atender y solucionar los problemas que afectan dicho acuífero.
Según la nota enviada por la asociación, el MINAE se comprometió a realizar seis labores específicas en protección del acuífero:
Identificar actividades incompatibles con normas ambientales vigentes e informar a instancias correspondientes.
Identificar cuerpos de agua existentes y determinar cuáles poseen criterio.
Determinar áreas de protección de acuerdo con la normativa ambiental.
Emitir criterios técnicos para recuperación de áreas de protección.
Cuantificar dolinas existentes y determinar zonas de protección.
Identificar vertidos de aguas residuales, tanto legales como ilegales.
En su solicitud, la asociación pide específicamente un informe detallado sobre la delimitación y caracterización de humedales dentro de la zona 6 de protección absoluta, así como un estudio foto-interpretativo que muestre los cambios en el uso del suelo en dicha zona.
La asociación espera recibir respuesta del Ministerio dentro del plazo establecido por la normativa vigente.
Sospechan de descargas de sedimentos de mina cercana
El pasado fin de semana, vecinas y vecinos de Miramar detectaron la muerte de una gran cantidad de peces, camarones, cangrejos y otras especies en el río Ciruelas, desde el sector conocido como El Salto, a la salida de la mina Bellavista, hasta varios kilómetros río abajo, llegando al histórico «Puente Negro», camino a la comunidad de Río Seco.
Según testimonios de la comunidad, se contactaron a MINAE, Fuerza Pública y el Ministerio de Salud sobre el incidente, pero se desconoce si se realizaron muestreos o denuncias. Las personas denunciantes tienen gran preocupación, ya que este es un sitio frecuentado por visitantes, especialmente durante la Semana Santa.
Si bien aún se desconoce la causa exacta de la contaminación, la mina Bellavista, ubicada en la parte alta de Miramar de Puntarenas, ha sido objeto de múltiples denuncias por presuntas irregularidades en su administración y posibles daños ambientales (ver cronología abajo).
Dayana Rojas de la Asociación Civil Pro Natura, de Miramar aseguro les informaron que “esta situación se origina a partir del punto conocido como ‘El Salto’ donde se observa una importante descarga de sedimentos en el río, pero aguas arriba a escasos 50 metros se puede ver que el río mantiene su fauna normal… Además, los vecinos aseguran que pudieron mapear el fenómeno por más de 6 kilómetros recorriendo la cuenca del río, hasta llegar al Puente Negro”(audio).
En octubre de 2024, el diputado Carlos Andrés Robles expresó su preocupación por la gestión de la mina y solicitó al Ministerio de Salud una inspección exhaustiva para evaluar sus operaciones y determinar si se cumplen las normativas ambientales y de seguridad (Mundo.cr, 16-10-24).
Estas preocupaciones se basan en denuncias previas, como la presentada por Diego Leonardo García, exsupervisor del Proyecto Minero Bellavista, quien advirtió sobre el depósito de residuos en áreas sin la debida impermeabilización, lo que podría provocar contaminación del agua subterránea. Además, señaló que las piletas de emergencia carecen de sistemas adecuados de detección de fugas y que las descargas de la planta podrían estar afectando negativamente al río Ciruelas (Ver denuncia).
Según la presidenta de Pro Natura “a todo esto se suma la inexistencia de actas, o registros de la Comisión Mixta de Monitoreo y Control Ambiental (o COMIMA) desde hace más de 10 años, que permita garantizar el control y el seguimiento ambiental de las actividades de un proyecto de categoría A, como éste y la negativa de la SETENA de reactivarla alegando que el expediente se encuentra secuestrado como parte del Caso Comején”.
Finalmente aseguró que “lamentablemente a pesar de las múltiples denuncias las autoridades locales e instituciones estatales han sido omisas para dar seguimiento al tema de aseguramiento de la calidad del recurso hídrico en nuestro cantón, así como el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, y tras el colapso de una mina clandestina hace pocas semanas donde se cobró la vida de un trabajador y otro resultó gravemente herido, la comunidad espera que como mínimo se tomen las muestras de agua para los análisis físico-químicos correspondientes y se desarrollen investigaciones rigurosas”.
Miramar: un «Territorio de Sacrificio»
La minería en Miramar, en sus diversas formas (legal, ilegal, a cielo abierto o subterránea), ha generado impactos socioambientales profundos y acumulativos, convirtiendo la zona en un «Territorio de Sacrificio».
Por otro lado, una investigación del Proyecto Geografía y Diálogo de Saberes (ED-3526) de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la UCR reveló la existencia de un enjambre de minería subterránea de oro en Costa Rica, con al menos 59 solicitudes de concesión que abarcan 779,52 km² (1,52 % del territorio nacional). Entre los cantones más afectados se encuentra Miramar, donde más del 31,86 % de su superficie está solicitada para exploración minera, incluyendo su área urbana (UCR).
Cronología de denuncias sobre la mina Bellavista
● 2007: Suspensión de operaciones debido a deslizamientos de tierra que afectaron la estabilidad del proyecto minero (UCR).
● Marzo de 2009: Sonia Torres, del Comité Ambiental de Miramar, denunció el abandono de la mina por parte de la empresa canadiense Glencairn Gold Corporation, señalando incumplimientos de compromisos ambientales y posibles contaminaciones de los mantos acuíferos y del río Ciruelas con metales pesados y cianuro (UCR).
● Enero de 2011: Sonia Torres publicó un artículo sobre los impactos de la mina Bellavista en el paisaje y corredores biológicos de la región (SURCOS Digital).
● Mayo de 2011: El grupo Miramar al Grano denunció irregularidades en una auditoría de la mina, señalando inconsistencias en la evaluación ambiental (Semanario Universidad).
● Mayo de 2013: Las empresas Río Minerales S.A. y Metales Procesados MRW S.A. demandaron a la SETENA para reactivar la extracción de oro en la mina Bellavista (Semanario Universidad).
● Setiembre 2023: el Ministerio de Salud emitió una orden sanitaria para el cierre del laboratorio de la empresa debido a la detección de plomo en sangre de trabajadores (Semanario Universidad).
● Julio de 2024: El académico Álvaro Sagot expresó preocupaciones sobre la minería en Costa Rica y los impactos del proyecto Bellavista en Miramar (Radio Columbia).
● Agosto de 2024: Se anunció la intención de elevar una denuncia ante la ministra de Salud por presunta contaminación química en el río Ciruelas, vinculada a la mina Bellavista (El Mundo).
● Octubre de 2024: Durante la sesión ordinaria N°24-2024 del Concejo Municipal de Montes de Oro, se discutieron preocupaciones sobre la mina Bellavista. Diego Leonardo García presentó una denuncia con evidencia fotográfica sobre irregularidades en la planta (Municipalidad de Montes de Oro).
Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes: Análisis de la conflictividad socioambiental en territorios comunitarios de Costa Rica de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.
Comunidad y ASADA de Rancho Redondo alertan sobre posible afectación a fuentes de agua potable
Un grupo de personas vecinas usuarias de la ASADA de Rancho Redondo denunciaron nuevas actividades de tala en la cuenca alta del Río Durazno, una zona vital para el abastecimiento de agua potable de varias comunidades.
Según la denuncia presentada el sábado 22 de marzo ante el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), varios camiones fueron vistos transportando madera extraída de una zona cercana a las nacientes de agua que alimentan el río, aparentemente sin respetar las zonas de protección establecidas por ley.
«Siguen los camiones saliendo cargados de madera, no sabemos si es de una plantación de jaúl, pero según vecinas y vecinos se ha irrespetado la ribera del Río Durazno, una zona de protección acuífera», señala la denuncia dirigida al ministro Franz Tattenbach y al director de Aguas, Miguel Zeledón.
La comunidad solicita que se investigue si la extracción corresponde a una plantación legal y si se han respetado las disposiciones de la Ley Forestal 7575, la Ley de Aguas y otras normativas relacionadas con la protección ambiental.
Esta nueva denuncia se suma a otras dos presentadas anteriormente en la misma zona geográfica: una en Coronado y otra en la finca de los Bolaños en Guayabillos de Rancho Redondo.
Las personas denunciantes también expresaron preocupación por la lentitud en la atención de casos ambientales, señalando que funcionarios del ministerio les han informado que todavía están procesando denuncias del 2024.
«La escasez de agua y el calentamiento global ya llegaron», advierte la denuncia. Además, se expresa la preocupación de que estas actividades podrían comprometer aún más la disponibilidad del recurso hídrico en la región.
Hasta el cierre de esta edición, ni el Ministerio de Ambiente ni la Dirección de Aguas habían respondido a la denuncia presentada por la comunidad.
El Caribe Sur de Costa Rica enfrenta una creciente vulneración ambiental, donde ecosistemas clave, como los bosques costeros y humedales protegidos, podrían estar sufriendo el impacto de actividades presuntamente ilegales que pondrían en riesgo su equilibrio natural. Un reciente incidente, ocurrido el 17 de marzo del 2025, sugiere la importancia de la vigilancia ciudadana y la denuncia ambiental para frenar estas posibles acciones.
En una zona marítimo-terrestre, patrimonio natural del Estado, se habría reportado la presencia de una persona aparentemente realizando actividades de corta prohibidas en un área protegida. Este terreno, además, cuenta con medidas cautelares, lo que agrava la situación y demuestra la vulnerabilidad de estos espacios sin la debida vigilancia. Ante la posible inmediatez del daño ambiental, el defensor ambiental Philippe Vangoidsenhoven alertó a las autoridades. Sin embargo, la respuesta inicial evidenció un problema recurrente: los obstáculos burocráticos y la falta de reacción oportuna ante potenciales delitos ambientales. Vangoidsenhoven tuvo que insistir y detener la patrulla en el camino para que la policía atendiera la situación.
Finalmente, las autoridades intervinieron en el sitio y, según reportes, lograron la detención de la persona implicada, evitando que el daño se extendiera aún más. Se decomisó el machete y el peón fue llevado a la Fiscalía. Sin embargo, las autoridades ahora buscan identificar a la persona que envió al trabajador, aunque este afirmó no conocer al responsable del encargo. Esta situación, que ocurre con frecuencia, dificulta la persecución de los verdaderos responsables y deja en evidencia los vacíos en la aplicación de la justicia ambiental.
Prácticas conocidas para cometer delitos
Esta forma de actuar es muy común. En el caso del terreno, el concesionario—una persona conocida en la zona—frecuentaba el lugar antes de que se establecieran las medidas cautelares, realizando labores como fumigar y chapear.
Sin embargo, tras la implementación de dichas medidas, ha cambiado su estrategia: en lugar de presentarse personalmente, ha ideado un truco para evadir responsabilidades, enviando peones a realizar estas acciones ilegales en la zona marítimo-terrestre. En ocasiones anteriores, se han decomisado machetes y arrestado a los trabajadores enviados.
Es frecuente que las personas detenidas en el sitio desconozcan con exactitud quién los contrató. Según Philippe, este es su modus operandi. Explica que “así trabaja esta gente: envían al peón, quien sabe exactamente qué trabajo realizar y dónde. Y cuando son detenidos, se hacen los extrañados, diciendo que no saben quién los contrató”.
Al concesionario nunca se le ve en el terreno, aunque todas estas labores benefician directamente sus intereses de modificar la propiedad. Philippe advierte: “Es un truco que puede seguir repitiendo porque esto aún no ha terminado. No creo que esa persona, que realmente se considera dueña del terreno por tener papeles, vaya a detenerse. Él cree que puede hacer lo que le da la gana, y eso lo hace aún más peligroso”.
La importancia de denunciar
Las denuncias ambientales son una herramienta clave para frenar la posible destrucción de espacios protegidos. La legislación costarricense, a través de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre y la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, establece la protección de estos ecosistemas, pero su cumplimiento depende de la fiscalización y la presión ciudadana.
Cada acción cuenta. Si presencias una actividad que podría amenazar el equilibrio ambiental, es crucial reportarla de inmediato al 9-1-1 y a las autoridades competentes, como el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) o la Fiscalía Ambiental. La persistencia en la denuncia puede marcar la diferencia entre la degradación de un ecosistema y su conservación para las futuras generaciones.
El Caribe Sur es una joya natural cuya biodiversidad y riqueza cultural dependen de nuestra acción colectiva. Protegerlo es un compromiso de todos.
Ecosistemas con medidas cautelares: vulnerabilidad y acción comunitaria
A pesar de contar con medidas cautelares, muchos ecosistemas protegidos siguen siendo altamente vulnerables debido a la falta de una presencia policial suficiente que garantice su resguardo. La escasez de recursos y personal impide una vigilancia constante, lo que deja estos espacios expuestos a actividades ilegales que pueden degradar el entorno de manera irreversible. La falta de una respuesta oportuna por parte de las autoridades solo agrava la situación, generando un ambiente de impunidad.
Ante este panorama, la participación comunitaria se convierte en un pilar fundamental para la protección efectiva del territorio. La vigilancia ambiental desde las propias comunidades permite una detección más rápida de actividades sospechosas y fortalece la denuncia como un mecanismo de presión social para que las instituciones actúen. Sin esta red de alerta temprana, los ecosistemas protegidos quedan aún más expuestos a daños que pueden ser irreparables.
Es urgente reforzar los mecanismos de control y garantizar que las medidas cautelares sean más que simples disposiciones en papel. La articulación entre comunidades, organizaciones ambientales y autoridades debe consolidarse para hacer valer estas protecciones y asegurar la conservación real de los ecosistemas en riesgo. La acción colectiva es clave para que la protección ambiental no dependa únicamente de la voluntad de las instituciones, sino que sea un compromiso activo de toda la sociedad.
Lo que debes saber sobre la Zona Marítimo Terrestre en Costa Rica
Aspecto Clave
Descripción
Definición
La Zona Marítimo Terrestre (ZMT) es la franja de 200 metros contados desde la pleamar ordinaria. Los primeros 50 metros son de uso público absoluto.
Propiedad
La ZMT es patrimonio del Estado, por lo que no puede ser adquirida como propiedad privada.
Uso y concesiones
Los 150 metros posteriores a la zona pública pueden ser otorgados en concesión por las municipalidades, bajo regulación del Instituto Costarricense de Turismo (ICT).
Prohibiciones
Se prohíben construcciones sin permisos, deforestación, actividades industriales contaminantes y la destrucción de ecosistemas sensibles.
Protección especial
Si la ZMT incluye humedales, manglares o áreas protegidas, su conservación es aún más estricta, conforme a leyes ambientales y acuerdos internacionales.
Denuncias
Cualquier persona puede denunciar infracciones en la ZMT ante el MINAE, la municipalidad o la Fiscalía Ambiental.
Ante reiterados incumplimientos a órdenes de la Sala Constitucional la petición se sustenta en un estudio jurídico de 86 páginas
La Defensoría de los Habitantes, como contralor de legalidad y garante de protección de los derechos humanos, entre ellos, el derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, tutelado a nivel constitucional e internacional, acudió esta semana a la Sala Constitucional a presentar una solicitud de medida cautelar con ocasión de la gestión de seguimiento de cumplimiento de la sentencia 2019-012745, mediante la que se declaró inconstitucional la Ley número 9223 que afectaba de manera significativa los límites del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo.
La petición contiene un análisis técnico-jurídico de 86 páginas que incluye todos los elementos probatorios que se requieren para la presentación del caso y la solicitud de la medida cautelar.
En esa sentencia del año 2019, la Sala Constitucional declaró inconstitucional la Ley número 9223. Esto sucedió cinco años después de haberse interpuesto la acción para su declaratoria, pues dicha acción fue presentada para su estudio desde el año 2014. Pese a la declaratoria de inconstitucionalidad emitida por la Sala Constitucional y las órdenes expresamente giradas a distintos órganos del Poder Ejecutivo en la referida sentencia, al día de hoy se ha hecho caso omiso y no se ha dado cumplimiento a lo ordenado por la Sala, según se constata en la sentencia número 26300-2024 dictada el 10 de setiembre de 2024, emitida en el marco de una gestión de desobediencia presentada ante el Tribunal Constitucional.
“Han transcurrido 11 años aproximadamente desde que se inició con este tortuoso proceso sin obtener resultados tangibles y positivos. A partir de lo anterior, es que esta Defensoría, con sustento en la gestión de seguimiento de cumplimiento de la sentencia 2019-012745 que está conduciendo la Sala Constitucional, interpone una solicitud de medida cautelar dentro de esta etapa de ejecución, para que la decisión tomada por ese Tribunal no se quede en el papel, sino que tenga eficacia, en lo que aún se pueda conservar y proteger, pese a los daños que puedan haberse generado y se resguarde así el patrimonio natural de los y las habitantes”, afirmó la Defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank Lambert.
A la fecha, el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo no se encuentra debidamente delimitado y durante todo este tiempo han existido procesos de construcción en la zona, lo que ha ocasionado tala de árboles y el otorgamiento de al menos 952 permisos de aprovechamiento forestal entre los años 2014 a 2024, período marcado por la falta de certeza técnica y jurídica sobre la delimitación oficial de las zonas boscosas y los humedales de la zona.
Lo anterior sumado a la entrada en vigencia del Plan Regulador Costero Talamanca-Distrito Cahuita, mismo que entre sus bases contempla el Plan General de Manejo del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo, y que además no consideró todos los humedales enlistados en el documento denominado «Caracterización y Delimitación de Humedales en la Zona Marítima Terrestre del Litoral del Cantón de Talamanca» de julio de 2021. Estos humedales habrían sido omitidos en la certificación SINAC-ACLAC-DR-PNE-C-011-2017 del 30 de junio de 2017, correspondiente a la delimitación del Patrimonio Natural del Estado en Zona Marítima Terrestre del cantón de Talamanca, con lo que la delimitación establecida resulta inexacta y por ende, a la fecha, no se tiene certeza que se hayan considerado todas las zonas de bosque -Patrimonio Natural del Estado- que la Sala Constitucional ordenó proteger mediante la referida sentencia 2019-012745. Lo anterior se traduce en el otorgamiento de concesiones y la administración municipal, de zonas que podrían ser parte de ese patrimonio natural del Estado no susceptible de explotación e indebidamente intervenidas.
La medida cautelar se solicita pese a contar con el antecedente de intentos fallidos de otorgamiento por parte de este Tribunal de dichas medidas, que, con ocasión de distintos expedientes, han sido denegadas o incluso ignoradas por parte de esta Sala. A modo de ejemplo, se cita la resolución de las 13:37 horas del 22 de febrero de 2024 que da curso a la acción de inconstitucionalidad contra el Plan General de Manejo del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo, el Plan Regulador Costero Talamanca Distrito-Cahuita y la Directriz número 09-2023. donde pese a haberse requerido la suspensión de los efectos de las normas impugnadas, la Sala optó por justificar técnicamente el por qué, la interposición de una acción de inconstitucionalidad, no suspende la eficacia y la aplicabilidad en general de las normas y denegar por ende lo solicitado; sin considerar, que aún de oficio, y como máximo garante de la tutela constitucional a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, valorando el daño ambiental concreto y potencial existente, puede y debe otorgar las medidas cautelares requeridas en una zona rica en recursos naturales, incluso en vías de extinción, como lo es el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo.
No obstante, con ocasión de las medidas cautelares que fueron noticia la semana anterior otorgadas por la Sala Constitucional en la zona de El Tirol, en Heredia, y valorando lo señalado en la sentencia número 26300-2024 -donde se acredita el incumplimiento de la sentencia 2019-012745- por la Magistrada Alvarado Paniagua, quien destacó que al no haberse realizado la delimitación ni recuperación de las tierras del REGAMA, se deben tomar medidas para cumplir con la sentencia 2019-012745, esta Defensoría mira con esperanza la interposición de la presente solicitud y siguiendo el criterio de la Magistrada de cita, considera que lo urgente e impostergable, es que, mientras se realiza la delimitación mencionada, se deben evitar daños graves al ambiente y a los recursos de flora y fauna del Refugio. En virtud de lo anterior, la Defensoría solicitó:
a) Que la Municipalidad de Talamanca se abstenga de otorgar concesiones en la zona marítimo terrestre o permisos de construcción en la zona REGAMA y aledaños. Respecto a las concesiones y permisos ya otorgados, que se suspenda la ejecución en cabeza de sus titulares, de los efectos jurídicos de las autorizaciones en el sitio, sea la suspensión de cualquier construcción o explotación que esté en curso, hasta tanto no se definan de las 20,1 has de terrenos clasificados como bosque las que se ubican dentro de la zona marítimo terrestre del RNVS Gandoca-Manzanillo y/o que se encuentran indebidamente contempladas en el Plan Regulador Costero con fines distintos al ambiental, tal y como ya lo ordenó esa Sala en Sentencia N° 2019-012745;
b) Que se suspenda la directriz 09-2023 del Ministerio de Ambiente y Energía que dispone que los límites oficiales del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo son los establecidos en Ley número 9223 –expulsada del ordenamiento jurídico por inconstitucional desde 2019 por esa Sala-, denominada “Reconocimiento de los derechos de los habitantes del Caribe Sur”;
c) Que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) suspenda el otorgamiento de permisos de corta y aprovechamiento forestal en las áreas de los siete bloques de bosque y sus aledaños que deben ser retornadas formal, material y normativamente al RNVS Gandoca-Manzanillo. Respecto a los permisos ya otorgados, que se suspenda de inmediato la ejecución en cabeza de sus titulares de los efectos jurídicos de las autorizaciones en el sitio, sea, la suspensión de cualquier aprovechamiento forestal o corta que se esté ejecutando.
SURCOS comparte la carta enviada por Marco Levy Virgo, presidente de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología, al procurador Iván Vinicio Vincenti Rojas y al fiscal general Carlo Díaz Sánchez para que visiten de forma urgente el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo.
Levy Virgo pide la suspensión de los permisos de construcción indiscriminados otorgados por la Municipalidad de Talamanca, así mismo, que esa municipalidad y el SINAC presenten una lista detallada de los derecho de propiedad privada, también que el Registro Público elimine derechos de propiedad que se encuentren dentro de la categoría Ramsar. Además, pide que se definan medidas cautelares para seis medidores recientes del ICE para enormes mansiones. Otra petición es que se informe si ya la Procuraduría General de la Republica se encuentra apersonada dentro de la causa penal 23-000041-0611-PE, que se sigue en contra del investigado y actual ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach Capra.
Compartimos la carta completa, así como los enlaces a los documentos de referencia aportados por Marco Levy Virgo.
Limón, 22 de febrero de 2025 AEL-0064-2025
Licenciado Iván Vinicio Vincenti Rojas Procurador Procuraduría General de la República
Lic. Carlo Díaz Sánchez Fiscal General Ministerio Publico
Ref: Solicitud urgente de visita conjunta de Procuraduría y Fiscalía al Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo (REGAMA)
Estimado señor Procurador y señor Fiscal:
Vista la solicitud de medida cautelar solicitada por el Licenciado Melvin Mora Hernández, en su condición de representante del Ministerio Publico a la Municipalidad de Talamanca, mediante oficio 067-FAAP-2024 de fecha 29 de octubre de 2024 que adjunto como prueba documental, y la falta de respuesta asertiva por parte de dicha Municipalidad de Talamanca, y muy especialmente de las autoridades ambientales del MINAE, amparados a la directriz 09-2023 de fecha 17 de octubre del 2023, que causan una inacción administrativa que beneficia a desarrolladores inmobiliarios locales, pese a tratarse del sitio categoría Ramsar, 783 el cual goza de protección internacional por la Convención Ramsar suscrita por nuestro país, vengo muy respetuosamente a solicitarles lo siguiente.
Como ciudadano preocupado por lo que está ocurriendo en la costa caribe, sugiero muy respetuosamente realizar un esfuerzo conjunto entre sus autoridades para que se apersonen a realizar una visita y así inspeccionar la realidad de lo que está ocurriendo. Es importante detener el galopante y desordenado desarrollo inmobiliario que se está dando dentro del área boscosa del bosque que es patrimonio de la Humanidad.
Es importante recordar que fue la Sala Constitucional la que ordenó restituir al Patrimonio Natural del Estado, según el voto No. 2019-12745 del 10 de julio de 2019, mediante el cual anuló la Ley No. 9223 “en lo que respecta a los territorios comprendidos en la zona boscosa” (expediente 14-19174-007-CO).
Hoy, arropados a la inercia y al escaso valor que tiene el MINAE-SINAC en cumplir con las órdenes emanadas de la Sala Constitucional, el Refugio que es declarado en beneficio de la Humanidad, está siendo devastado, y todo ello es debido a los incumplimientos de la resolución No. 2019-12745 del 10 de julio de 2019.
Tan es así, que en el oficio SINAC-SE—DE-0211-2025, de fecha 18 de febrero de 2025, el Director Ejecutivo del SINAC reconoce “dentro de los límites del sitio Ramsar Gandoca Manzanillo. Según el mapa catastral hay un total de 756 propiedades, de las cuales 688 tienen finca inscrita, lo demás corresponden a predios sin finca inscrita” (Negrita cursiva y subrayado no es del original) Estimados señores les ruego que analicen que la falta de acción en la defensa del patrimonio de todos traiciona el compromiso ambiental que le ha dado a Costa Rica prestigio internacional, convirtiéndose las autoridades del Estado en facilitadores del saqueo de los recursos naturales en favor de intereses privados y negocios ilegales.
Podrán observar con esta visita que se ha debilitado la protección ambiental, permitiendo la devastación de ecosistemas clave para su protección como está ocurriendo en Gandoca-Manzanillo. La inacción y la permisividad frente a la deforestación y la expansión inmobiliaria descontrolada está ocurriendo a vista y paciencia en áreas protegidas, lo que tristemente, no solo ponen en riesgo la biodiversidad del país, sino que revelan un modelo de gestión donde la naturaleza queda relegada en favor del lucro de unos pocos.
Adicionalmente, resulta preocupante que las autoridades del MINAE y muy especialmente que en los casos judicializados hayan paralizado toda acción de seguimiento, especialmente por parte de los funcionarios del Área de Conservación Amistad Caribe (ACLAC) que han encontrado en el ministerio publico la excusa perfecta para favorecer a los desarrolladores mediante la falta de seguimiento a las causas judiciales seguidas en contra de Bungalows de Punta Uva, Diez Doce Sociedad Anónima y la causa penal 21-000001-1851-PE cuya propiedad presenta de manera absolutamente irracional la colocación de 6 medidores eléctricos recientemente colocados por el Instituto Costarricense de Electricidad y dentro presuntamente de la investigación seguida bajo la causa penal 21-000001-1851-PE, por el delito de Cambio de Uso de Suelo y otros.
Adicionalmente, les pido por favor, ya que yo como simple ciudadano no tengo acceso legal, que bien sea la Fiscalía Adjunta o el representante de la Contraloría General de la República, que presente ante la Procuraduría General de la República una consulta formal para que emita una opinión jurídica con carácter vinculante sobre lo siguiente: En una zona que Costa Rica ha inscrito ante las autoridades internacionales como una zona amparada por la Convención Ramsar, es posible que tanto el MINAE como la Municipalidad de Talamanca permitan, por acción o por omisión que se destine parte de esa zona para uso privado?
Petitoria
Se obligue a la MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA, AL ALCALDE O A QUIEN OBSTENTE SU REPRESENTACION LEGAL, PROCEDER DE INMEDIATO CON LA SUSPENSIÓN DE LOS PERMISOS DE CONSTRUCCION INDISCRIMINADOS enlistados en el oficio 067-FAAP–2024, ubicados en los límites del Refugio Gandoca Manzanillo, hasta tanto no se realice la delimitación del bosque ordenada en la resolución No. 2019-12745 del 10 de julio de 2019 , conforme lo contempla el Oficio 067-FAAP-2024 de fecha 29 de octubre de 2024, suscrito por la Fiscalía Agrario Ambiental.
Se obligue a la MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA, AL ALCALDE O A QUIEN OBSTENTE SU REPRESENTACION LEGAL, PROCEDER DE INMEDIATO CON LA SUSPENSIÓN DE LOS PERMISOS DE CONSTRUCCION INDISCRIMINADOS enlistados en el oficio DU-040-02-2025 de fecha 6 de febrero del 2025, referente a 24 fraccionamientos de planos ubicados en bosque del Sitio categoría Ramsar 783, Gandoca Manzanillo.
Se obligue a la Municipalidad de Talamanca y al SINAC a presentar una lista detallada a la Procuraduría de todas las personas físicas o jurídicas a quienes se les ha otorgado algún tipo de derecho de propiedad privada, indistintamente del tipo de derecho que sea, en terrenos que se encuentran bajo la protección de Sitio Categoría Ramsar 783, Gandoca Manzanillo, según el oficio SINAC-SE—DE-0211- 2025, de fecha 18 de febrero de 2025.
Se ordene al Registro Público de la Propiedad la eliminación de cualquier derecho de propiedad que se haya inscrito en ese Registro Publico, en favor de cualquier propiedad que se encuentre ubicada dentro del mapa que el propio Estado de Costa Rica declaró ante las autoridades Ramsar, como Sitio Categoría Ramsar 783, Gandoca Manzanillo, por tratarse de un inmueble que es inalienable y no sujeto a inscripción privada, por estar protegido por una norma de carácter superior a cualquier norma ordinaria de rango inferior.
Solicitud de medidas cautelares dentro de causa penal 23-000452-0829-PE, en el cual consta según 6 medidores recientes del ICE que se están construyendo enormes mansiones a vista y paciencia del Ministerio Publico y muy particularmente de los funcionarios del Área de Conservación Amistad Caribe (ACLAC).
Solicitud de medida cautelar en contra de listado de construcciones del oficio 067- FAAP-2024 de fecha 29 de octubre de 2024, suscrito por el Lic. Melvin Mora Hernández.
Indicar si ya la Procuraduría General de la Republica se encuentra apersonada dentro de la causa penal 23-000041-0611-PE, que se sigue en contra del investigado y actual Ministro de Ambiente y Energía, el Señor Franz Tattenbach Capra.
Prueba:
Adjunto remito oficio 067-FAAP-2024 de fecha 29 de octubre de 2024, en el cual se demuestra que se están construyendo enormes mansiones a vista y paciencia de sus autoridades y muy particularmente de los funcionarios del Área de Conservación Amistad Caribe (ACLAC).
Adjunto remito copia del oficio SINAC-SE—DE-0211-2025, de fecha 18 de febrero de 2025.
Adjunto remito oficio SINAC-SE-DE-0046-2025 de fecha 14 de enero de 2025, referente al mapa del terreno incluido en la Convención Ramsar 783, Gandoca Manzanillo.
Adjunto remito el oficio DU-040-02-2025 de fecha 6 de febrero del 2025, referente a 24 fraccionamientos de planos ubicados en bosque del Sitio categoría Ramsar 783, Gandoca Manzanillo.
La Defensoría de los Habitantes realizó una intervención de oficio por la afectación que sufrió el humedal de Coris, ubicado en Cartago, el cual debe ser conservado y protegido.
Al caso se sumó una denuncia de un habitante ante la Defensoría, quien detalló los daños al ecosistema causados por una construcción de proyectos agrícolas y urbanos en una propiedad privada en Coris, contigua al humedal. El habitante reclamo acciones inmediatas, incluyendo la paralización de las obras, una evaluación exhaustiva de los daños y la intervención de una comisión interinstitucional para garantizar la protección y recuperación del humedal. Incluso, un grupo de vecinos presentó varias denuncias ante la Municipalidad de Cartago y el Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE).
Tras una inspección de la Municipalidad de Cartago se clausuraron las obras, debido a la falta de trámites o solicitudes de permisos de construcción y verifica si las edificaciones vecinas a los cuerpos de agua se encuentran dentro del área de protección que establece la Ley Forestal. De ser así, se procederá con la demolición una vez cumplido el debido proceso. Es importante destacar que, la Defensoría verificó que las instituciones competentes en este caso han venido realizando las acciones correspondientes para detener y prevenir la afectación al humedal. No obstante, con el objetivo de que se proteja la calidad de vida de las personas y el medio ambiente, giró varias recomendaciones a las autoridades competentes, MINAE y Municipalidad de Cartago.
Al MINAE la Defensoría le recomendó:
– Informar sobre la conclusión del proceso de elaboración de los dictámenes a nacientes y humedal tanto de la Dirección de Agua y del Departamento de Recurso Hídrico del Área de Conservación Central así como remitir el cronograma de las acciones a realizar a partir de estos dictámenes.
– Coordinar con las instancias correspondientes las acciones necesarias, para evaluar el daño ambiental ocasionado al humedal de Coris y verificar, en el campo, que el plan remedial que se presente, garantice la restauración del área protegida.
– Gestionar las sanciones administrativas dispuestas en la normativa nacional ante la violación de protección ambiental por conductas de acción u omisión dañinas al ambiente.
– Elaborar una estrategia de protección y conservación del humedal tal y como lo dispone el Política Nacional de Humedales 2017-2030 y procurar su cumplimiento en el mediano plazo.
A la Municipalidad de Cartago se le recomendó:
Mantener la paralización de las obras en la propiedad afectada hasta que se confirme oficialmente la existencia del humedal y se determine su área de protección.
En coordinación con la Oficina Subregional Cartago del Área de Conservación Central, continuar con los patrullajes interinstitucionales para evitar nuevas infracciones ambientales y verificar que se cumplan las órdenes de paralización.
Implementar políticas de planificación territorial que prevengan futuras afectaciones al humedal y crear zonas de amortiguamiento alrededor de las áreas protegidas para limitar actividades comerciales y agrícola.
Ante la intención del alcalde de San Rafael de Heredia, Jorge Arias Santamaría, de llevar a cabo construcciones de diversa índole en el Cerro Chompipe, cobijadas bajo la figura de un “MOMUMENTO NATURAL RECREATIVO”, para lo cual deberá eliminar árboles nativos que son parte de un bosque; además estando ese cerro dentro de áreas de protección, como es el Parque Braulio Carrillo y la Zona Inalienable de la Ley 65 del 30 de julio de 1888, el colectivo ciudadano CONCEVERDE DE SAN RAFAEL DE HEREDIA, queremos expresar nuestra profunda preocupación y denunciar estos actos que ponen en grave riesgo el recurso hídrico, el medio ambiente y la biodiversidad que en él habita.
Es inadmisible que se esté pensando en realizar obras en una zona que es de alta recarga acuífera, de muy alta vulnerabilidad hidrogeológica y ambiental. De llevarse a cabo las pretensiones del alcalde de San Rafael de Heredia, consideramos, no solo se estaría violentando la normativa vigente, sino que, también deteriorando ecosistemas vitales que cumplen funciones esenciales para el equilibrio natural, como la regulación del ciclo del agua, la conservación de la fauna y flora silvestre, y la mitigación del cambio climático.
En particular, nos preocupan que se lleven a cabo construcciones, en áreas como el Parque Nacional Braulio Carrillo, la Zona Inalienable de la Ley 65 del 30 de julio de 1888. Estas acciones son especialmente perjudiciales en zonas que además son de recarga de los acuíferos donde se abastecen más del 60% de habitantes del Valle Central, donde la impermeabilización del suelo compromete la disponibilidad de agua potable para las comunidades y afecta la calidad de los recursos hídricos.
Hacemos un llamado a las autoridades competentes, incluyendo el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) y los gobiernos locales, para que no cedan ante las intenciones del alcalde, y por el contrario intensifiquen la vigilancia y el control en las zonas que ya cuentan jurídicamente con protección absoluta. Es crucial que se abstengan de proyectar acciones que pongan en riesgo los pocos recursos naturales que aún tenemos en el Valle Central y, en particular, en San Rafael de Heredia.
Asimismo, exhortamos a la ciudadanía rafaeleña y en general del Valle Central a mantenerse alerta, denunciar y manifestarse ante cualquier actividad que atente contra nuestros bosques y áreas de protección. La participación de todos es crucial para la conservación de nuestro patrimonio natural. Debemos recordar que la protección del medio ambiente es una responsabilidad compartida y que cada acción cuenta para garantizar un futuro sostenible para las próximas generaciones.
Reafirmamos en CONCEVERDE nuestro compromiso con la defensa del medio ambiente y seguimos trabajando para asegurar que nuestras áreas protegidas se mantengan libres de intervenciones que comprometan su integridad. Unamos esfuerzos para salvaguardar nuestros recursos naturales y promover un desarrollo que respete y valore la riqueza ecológica de nuestro país.
Cuando se piensa que ya no hay más ocurrencias burocráticas en el horizonte del Estado costarricense, lamentablemente no hay que esperar mucho para percatarse del error de esa percepción. Hoy veremos otro ejemplo.
Resulta que, en su afán de destruir la visionaria, magnífica, ¡y muy modificada Ley de Aguas!, que nos legara el Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, hace 82 años, regresa otro mal proyecto de ley, que, como resabio de las anteriores propuestas, avanza, con cierto sigilo, en la Asamblea Legislativa, como si no tuviera importancia. Sin que la mayoría de los señores diputados, se estén percatando de las consecuencias que tendría una posible aprobación, de la iniciativa que está procesándose en comisión, éste avanza, gracias quizá a la buena fe de sus proponentes, y de los que son indiferentes, pues, seguramente, les habrán comentado, que es un buen proyecto, moderno, extraordinario, y muy necesario para sustituir “la vieja ley” de 1942, que ya cumplió su vida terrenal. Que el agua, su agua, nuestra agua, la de nuestros hijos, requiere, una “gestión integrada”, que no se explica cómo funcionaría.
Sobresale en dicho proyecto, como principal objetivo, la creación de un nuevo organismo gubernamental, que absorbería, como un papel secante, fundamentales funciones del AyA, como la gobernabilidaddel recurso hídrico, y, las que, ejecuta, gracias a su realidad natural e institucional, como órgano ejecutor y rector del sector agua, que, además, tiene la capacidad constitucional de delegar, en las ejemplares ASADAS, dicha gobernabilidad, para el abastecimiento de agua potable en comunidades rurales. Asociaciones que, en la versión original del proyecto, se habrían convertido en concesionarias, con las consecuencias inconstitucionales que se vislumbraban.
Las responsabilidades del AyA, han sido puestas en práctica, desde que, en 1961, el presidente Mario Echandi Jiménez, promoviera su creación como Servicio Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SNAA), en un momento histórico en que el país, experimentaba una severa crisis de abastecimiento de agua potable, en los crecientes centros urbanos, y que hoy hemos de seguir aplaudiendo.
En la más reciente propuesta, de las varias que han pasado por el Congreso, aunque se debilita, no se propone desaparecer el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), con sus más de 4.000 funcionarios, profesionales especialistas, técnicos calificados, operarios de diversos oficios, administrativos que atienden, entre otros, las responsabilidades, relacionadas con “Aprovechar, utilizar, gobernar o vigilar, según sea el caso, todas las aguas de dominio público indispensables para el debido cumplimiento de las disposiciones de esta ley, en el ejercicio que el Estado tiene sobre ellas”, tal y como lo concibieran los legisladores en 1961. Para don Mario Echandi, la creación del SNAA, sustentada en la Ley de Aguas del doctor Calderón Guardia, era «la medida de mayor trascendencia nacionalen favor de la salud pública durante los últimos cincuenta años”. Y por ello, consecuentemente, se gestionaron los préstamos internacionales que permitieran su urgente estructuración, pues el compromiso nacional y el interés por dotar al país de agua de buena calidad para consumo humano, servida a domicilio, demandaba una buena dosis de entrega, en momentos en que los gobiernos locales, y otros ciudadanos, estaban lejos de tener la capacidad de garantizar tan fundamental servicio público.
La trascendencia de ese acto gubernamental, hoy se ha de valorar, a partir de lo avanzado, y los logros alcanzados, pues, a diferencia de otros países, la gran mayoría de los costarricenses, ¡todavía!, podemos tomar agua del grifo, con la seguridad de que su calidad y cantidad adecuadas, son una meta irrenunciable.
Pues, resulta, que, hay quienes piensan, que esa compleja tarea encomendada al AyA, sin que medie, ningún informe técnico, riguroso, participativo y coordinado con sus departamentos de planificación, jurídicos y de ejecución, se le debe trasladar a un nuevo aparato burocrático que se estaría creando en el marco del MINAE, para que, desde él, se ejerza, nada menos, que la gobernabilidad del agua de todos los costarricenses, que hoy cumple el AyA, como misión suprema.
¡No se preocupen!, dicen los que así piensan, pues ya el MINAE tiene una Dirección de Agua, que se encarga de otorgar permisos de uso y concesiones, para personas físicas y jurídicas, de carácter privado, y que, con “unos ajustes presupuestarios”, podría asumir funciones trascendentales que definen al AyA.
Ante ello, soslayan que el Ministerio de Ambiente, con escaso presupuesto e inmensas obligaciones sin atender, como, por ejemplo, el pago de gran parte de las tierras, sobre las cuales se ha sustentado el conjunto de áreas de conservación que tanto prestigia a Costa Rica, tiene posibilidad cero, de aumentar significativamente su presupuesto general, que, más bien, vemos disminuir, año con año, pese a las responsabilidades crecientes que conllevan sus funciones, en pro del desarrollo sostenible.
Pese a que la planilla de la Dirección de Agua ronda los 40 funcionarios, incluyendo choferes, conserjes, mensajeros, recepcionistas, solo seis cumplen funciones de «gestión de proyectos de desarrollo hídrico«. Y, aún, así, se propone que sobre esa tambaleante “estructura”, se edifique la pomposa Dirección Nacional de Aguas (DINA), que cumpliría funciones que hoy se ejecutan en el AyA. Ello, sin tener un estudio cuidadoso, acerca de la requerida inversión financiera, que, como es usual en este tipo de proyectos, no se ha estimado formalmente. Así las cosas, la gobernabilidad del agua, quedaría en manos de un organismo, que, al día de hoy, no ha sido objeto de un proceso riguroso de planificación, tal y como se puede corroborar fácilmente.
Pero, hay algo más, y quizá más ocurrente. Resulta que, hacia esa misma Dirección Nacional de Aguas (DINA), sin pensarlo mucho y sin mayor estudio, también se incorporarían funciones que hoy, con un calificado recurso humano profesional y técnico, se ha venido ejecutando en el Senara (Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento), creado durante la administración de don Luis Alberto Monge en 1983.
Los proponentes del proyecto de creación de la DINA, desdeñan que el conocimiento que se tiene en Costa Rica, acerca de esas formaciones hidrogeológicas que conocemos como acuíferos subterráneos, se ha desarrollado, en o alrededor, del Senara. Labor silenciosa, pero constante, de mucha rigurosidad científica, que ha permitido localizar los acuíferos en todo el país, estimar sus caudales, conocer su compleja geología, determinar su vulnerabilidad, dictar medidas de protección, con la fundamental misión, de garantizar a los habitantes de todo el país, el uso sostenible de esas fuentes de agua, que garantizan el abastecimiento de agua potable de la mejor calidad.
Para el debido cumplimiento de esas insustituibles obligaciones, el Senara cuenta con más de 136 funcionarios, entre los cuales se cuenta, cerca de un centenar de profesionales y técnicos, que ya han vivido, con cierta desazón, los tortuosos caminos, por donde caminan los recurrentes proyectos, que buscan derogar la visionaria Ley de Aguas del Dr. Calderón Guardia, quitarle al AyA la suprema función de gobernar el agua potable, y, realizar las funciones que, sobre la aguas subterráneas, cumple a cabalidad el Senara. Algo así, como un terremoto institucional en el sector agua.
Años atrás, enfrentados a la realidad de no contar con los especialistas, que hoy laboran para el Senara, hasta propusieron que los mismos, se trasladaren a la DINA, que estaría por crearse. Ante el rechazo manifiesto que se recibió como respuesta, se optó por desistir de esa ocurrencia, pero, contrario a la lógica más elemental, se ha seguido adelante con la necedad de que, en la DINA, se abran las plazas para la contratación de los recursos humanos imprescindibles, y se financie la adquisición de materiales y equipos, como del Senara, para poder cumplir con las tareas que… hoy cumplen los experimentados funcionarios del Senara. ¿Verdad que no tiene sentido?
Bajo esa premisa, se establece en dicho proyecto de ley (Nº 23.511, Ley marco para la gestión integrada del recurso hídrico) que la DINA, cual espejo del Senara, se encargaría de “realizar las investigaciones hidrológicas e hidrogeológicas a nivel nacional, así como las prácticas de mejoramiento, conservación y protección para el uso sostenible del agua, tanto superficial como subterráneo”. Además, tendría que “Desarrollar el monitoreo y la clasificación en cantidad y calidad de las aguas, tanto superficiales como subterráneas, y realizar los estudios de vulnerabilidad de los acuíferos, así como la delimitación de las áreas de recarga y descarga de aguas subterráneas”. Y, cual si se tratara de aspectos no cubiertos actualmente, por el organismo del Estado especializado en la materia, se anota que la DINA tendría que “Elaborar los estudios respectivos y proponer al ministro de Ambiente y Energía ladeclaratoria de áreas de recarga acuífera de protección absoluta”, así como, “Realizar investigaciones y estudios técnicos-científicos en aguas subterráneas, pluviales y superficiales con fines de exploración, explotación, inyección artificial e investigación científica y técnica de acuíferos, protección y aprovechamiento sostenible”.
Así, cual, si el Estado estuviere enfrentando un vacío, en la administración, investigación, dictado de directrices, regulaciones, etc., sobre el manejo de las aguas superficiales y subterráneas, el proyecto de ley propone duplicar en el organismo que estaría por crearse, las responsabilidades que, por ley, corresponde cumplir, tanto al AyA, como al Senara. Propuesta que se hace, en momentos en que, como sabemos, es imprudente, asumir extraordinarios compromisos presupuestarios, relacionados con una nueva instancia estatal, que ejecutaría, funciones que ya realiza eficientemente, el Estado.
Sí hay algo que no se puede, ni se debe, ocultar. Aparte de los problemas de gestión en el AyA, que se han venido profundizando, con el correr de los últimos 12 o 15 años, vemos, que sus «aguas se han contaminado», con elementos salidos del privatizador Banco Mundial. Ejemplo relevante, aquél que considera al «agua como un bien económico«, y no como «un bien social», traído a Costa Rica, por funcionarios ubicados estratégicamente, en el MINAE y el AyA, indebidamente vinculados a la GWP-BM (Global Water Partnership). Personas que han hecho creer, principalmente, a algunos legisladores, que la Ley de Aguas, la ley de Creación del AyA y la ley de Creación del Senara, son los tres pecados capitales, que han hecho imposible el trabajo eficiente de los jerarcas del AyA.
Que el hecho de perder, por fugas desde sus cañerías, agua para más de dos millones de personas, o que no se hubiera construido el proyecto Orosi 2, o aprovechado parte de las aguas que se pierden en el balneario Ojo de Agua, o ejecutado un eficiente proyecto de hidrómetros, que permita el cobro justo del agua en condominios, es causado por esas leyes citadas, que, cabe reseñar, han obstaculizado, hasta ahora, procesos de privatización, que los costarricenses no queremos.
Se conoce que han corrido dólares, por manos de «consultores», encargados de la redacción apresurada de las varias propuestas de nueva Ley de Aguas, que, como la actual, pese a sus deficiencias, se propone imponer en nuestra Patria. Trabajos pagados, sin reflexionar, acerca de las onerosas consecuencias financieras, que tendría su aprobación, y, el retroceso que provocaría, una interesada administración de la mayor riqueza natural de Costa Rica. En fin, se trata de un capricho recurrente, que tendría un costo indeterminado para las finanzas públicas, y para el bienestar de los habitantes, que es preciso detener.