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Etiqueta: MINAE

Colectivo CONCEVERDE agradece presentación de proyecto de ley que busca proteger zona de recarga hídrica en Heredia

El colectivo CONCEVERDE expresó su agradecimiento al diputado Jonathan Acuña por haber acogido su solicitud de presentar el proyecto de ley 25016, el cual busca transformar en ley el decreto ejecutivo 39259-MINAE.

Este decreto, firmado en Concepción de San Rafael de Heredia el 15 de octubre de 2015, anexó más de 2300 hectáreas de terreno de la zona inalienable establecida por la ley 65 de 1888 al Parque Nacional Braulio Carrillo.

Imagen 1. Mapa de la ampliación propuesta del Parque Nacional Braulio Carrillo, se señala el área anexa mediante el decreto 39259-MINAE. Fuente: Tomado: https://www.facebook.com/photo?fbid=664059306620025&set=a.105237009168927

CONCEVERDE considera que la aprobación de esta propuesta legislativa contribuiría no solo a garantizar la protección de fuentes de agua fundamentales, sino también al fortalecimiento de las acciones nacionales frente a la crisis climática.

Puede leer el proyecto de ley completo en este enlace: https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/06/Proyecto-ampliacion-Braulio-Carrillo.pdf

Organización ambientalista refuta respuesta del MINAE sobre permisos irregulares en Gandoca-Manzanillo

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología respondió el 4 de junio al viceministro de Ambiente, Jorge Mario Rodríguez, refutando los argumentos expuestos en el oficio DVA-064-2025 sobre presuntas irregularidades en el otorgamiento de permisos de uso de suelo en el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo y el sitio Ramsar 783.

Según el documento AEL-00239-2025, firmado por Marco Levy Virgo, presidente de la organización, el Ministerio de Ambiente y Energía (minae) ha omitido su deber de coordinación interinstitucional y su responsabilidad de garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental en estas áreas protegidas.

La organización señala que el minae argumentó no poder invadir las competencias de la Municipalidad de Talamanca, basándose en la autonomía municipal establecida en el artículo 4 del Código Municipal. Sin embargo, Levy considera que esta interpretación desconoce el deber de coordinación interinstitucional que obliga al ministerio a trabajar conjuntamente con las municipalidades para proteger áreas protegidas y sitios Ramsar.

Entre las irregularidades denunciadas se encuentran construcciones y modificaciones ilegales dentro de humedales y manglares, incluyendo drenajes realizados en el Hotel Las Palmas, propiedad de Jan Kalina, para la construcción de una piscina. También se mencionan obras recientes en el Hotel Almendros y Corales, incluyendo la instalación de una piscina, y una serie de caminos ilegales que afectan los humedales y el bosque del refugio nacional.

La asociación indica que estos hechos no han sido investigados ni corregidos por el minae, lo que constituiría una violación directa de las restricciones establecidas en el artículo 151 del Reglamento a la Ley de Conservación de Vida Silvestre, el artículo 18 de la Ley Forestal y las disposiciones internacionales que protegen los sitios Ramsar.

Levy también criticó la negativa del ministerio a establecer una mesa de trabajo interinstitucional para analizar el estado de la Zona Marítimo Terrestre en Talamanca, considerándola injustificada y contraria a los principios de transparencia y cooperación que deben regir la gestión ambiental.

La organización reitera su solicitud para que el minae cumpla con su deber de coordinación con la Municipalidad de Talamanca para investigar los permisos de uso de suelo otorgados en las áreas protegidas mencionadas. Además, insta a la conformación inmediata de una mesa de trabajo interinstitucional para analizar los impactos ambientales de las actividades denunciadas.

El presidente de la asociación advirtió que está dispuesto a escalar el asunto ante la Sala Constitucional si persiste la omisión del minae en abordar estas irregularidades, que considera atentan contra el patrimonio natural de Costa Rica y los compromisos internacionales del país.

El documento fue enviado en copia a diversas instituciones, incluyendo la Contraloría General de la República, la Defensoría de los Habitantes, la Comisión de Ambiente de la Asamblea Legislativa, la Procuraduría General de la República, la Fiscalía Ambiental y la Secretaría Ramsar, entre otras.

Más de 100 organizaciones rechazan proyecto de ley de aguas y alertan sobre sus consecuencias políticas y ambientales

  • Recuerdan a los diputados el costo electoral de legislar en contra del ambiente y las comunidades

  • Exigen que la Asamblea Legislativa se abstenga de aprobar el proyecto

Una amplia y diversa coalición de más de 100 organizaciones sociales, comunitarias, indígenas, ASADAS, académicas y de múltiples sectores expresa su profunda preocupación por el avance del proyecto de Ley Marco para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico (Expediente 23.511), actualmente en discusión en la Asamblea Legislativa.

Para las organizaciones firmantes, este proyecto representa un serio retroceso en materia ambiental y social. Señalan que “en lugar de modernizar la legislación para promover una gestión justa, democrática y ecológica del agua, el texto actual abre peligrosos portillos que facilitan su explotación desmedida, en beneficio del sector extractivista”.

Las organizaciones advierten a las y los diputados que aprobar esta ley acarreará consecuencias políticas en los próximos comicios:

“Haremos visible su responsabilidad. No permitiremos que se entreguen nuestros bienes hídricos a los intereses agroindustriales, inmobiliarios y de la construcción. Les vamos a aguar la fiesta”.

Uno de los puntos más críticos del proyecto es la posibilidad de reducir las zonas de protección alrededor de nacientes y acuíferos, sin garantías mínimas ni estudios técnicos previos. La Procuraduría General de la República (PGR-OJ-095-2023) advirtió que esta disposición viola el principio precautorio y constituye una regresión ambiental.

Un ejemplo alarmante se da en la Zona Norte de Cartago, donde nacientes que abastecen a más de 50 mil personas presentan niveles de contaminación por clorotalonil degradado superiores a los permitidos. En lugar de tomar medidas para proteger estas fuentes, el gobierno elevó ilegalmente los límites permitidos. Según el AyA, el 80% del área de protección de esas nacientes está invadido: 44% por agricultura intensiva, 33% por pastos, 3% por infraestructura, y solo un 20% conserva cobertura forestal (UEN-GA-2024-00175).

El Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea (AL-DEST-CIV-0026- 2025) también advirtió que las reducciones propuestas en zonas de protección podrían provocar fragmentación del bosque, pérdida de biodiversidad, alteraciones del ciclo hidrológico y mayor vulnerabilidad ante fenómenos climáticos extremos.

El proyecto, además, deja temas clave —como el otorgamiento de concesiones, el caudal ecológico y la participación ciudadana— sujetos a reglamentación futura, sin garantías en el texto legal. Esto debilita el control ciudadano y limita la participación de comunidades rurales, costeras e indígenas.

Otro punto crítico es que se permitiría a desarrollos inmobiliarios, como condominios turísticos, perforar pozos propios si el AyA declara falta de disponibilidad, sin distinguir entre proyectos comunitarios y grandes emprendimientos privados. Esta medida puede generar desplazamientos, turismo descontrolado y graves impactos ecosistémicos, especialmente en zonas costeras.

También se plantea una amnistía general para legalizar pozos ilegales, sin estudios técnicos ni revisión de impacto, lo que premia la ilegalidad y compromete la sostenibilidad de los acuíferos.

Además, el proyecto no delimita claramente las competencias de las instituciones involucradas en la gestión del agua (MINAE, Ministerio de Salud, AyA, SENARA, municipalidades, ASADAS), lo que puede generar conflictos, descoordinación y vacíos de responsabilidad.

Aunque se menciona el cambio climático, no se establecen obligaciones concretas ni mecanismos eficaces para garantizar la adaptación, la protección de ecosistemas o una planificación hídrica con enfoque climático.

Frente a esta situación, las organizaciones firmantes hacen un llamado urgente a la Asamblea Legislativa:

Exigimos que se abstengan de aprobar este proyecto de ley. Antes de avanzar, es indispensable determinar si vulnera la Constitución y el derecho humano al agua. No se puede legislar a espaldas del pueblo y del ambiente”.

Las organizaciones firmantes: Alianza por la Defensa del Agua – Puntarenas, Amigos de los Árboles, Asada Guacimal Puntarenas, Asada San Miguel, Asada San Miguel de Cañas, Asoc. PROAL/Proyectos Alternativos, Asociación Civil Pro Natura, Asociación de Estudiantes de Biología UCR, Asociación de Indígenas de Sixaola Ngäbe (ATIGUSI), Asociación de Mujeres Artesanas de Santa Elena, Asociación de mujeres Meri Dirikä (Mujeres lideresas Ngäbe de Sixaola), Asociación de Progreso Barranca, Asociación de Siquirres, Asociación de Turismo Rural de Santa Elena de Pital, Asociación Ecologista Nido de Halcón, Asociación Ojo de Agua Legado Ancestral, Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (APREFLOFAS), Asociación Pro Guanacaste Integrado, Asociación Red de Coordinación en Biodiversidad, Asociación Regenerativa Matzù Insigne, Asociación Sindical Costarricense de Empleados de Telecomunicaciones y Electricidad, ASOOSTRAS Judas de Chomes, AGLOCAM Logística, Bloqueazul, Bloqueverde, Buen Vivir-Costa Rica, Casa AIKO, Meleruk, Talamanca, COECOCEIBA-Amigos de la Tierra Costa Rica, Colectiva por el Derecho a Decidir CR, Colectivo Agroecológico Campo Alegre, Colectivo Agroecológico Zurquí, Colectivo Ecologista Liberiano, Colectivo Trueque, Comisión Alianza Comunal del Corredor Biológico Paso de la Danta., Comité de vecinos Boquerón, Comité de vecinos Boquerón Abajo, Comité Punta Pelencho, Comunidad de Barrio el llano, Pérez Zeledón, Comunidad de Yerbabuena, La Unión., Concejal de Distrito, Sabanilla de Montes de Oca, CONCEVERDE Colectivo Ciudadano de San Rafael de Heredia, Confederación Unitaria de Trabajadores, Confraternidad Guanacasteca, Coordinadora por la Liberación Animal, Costa Rica por el Océano, Covirenas Caribe Sur, Defensores de la Casa Común, Eco Cipreses, Eco Vida ., Ecolur Compostaje Doméstico, Esparzol, Federación costarricense para la conservación de la naturaleza (FECON), Festival Madre Monte Longo Mai, Foro Político Filosófico Agenda Verde, Frente de Resistencia Animal y de la Tierra, Frente Ecologista Universitario (FECOU), Frente Nacional de Lucha, Fundación Caracara, Fundación CODEHMA, Fundación Orgánica, Fundación Suwo Di, Fundación TAIS, GreenWolf, Hatillo 4 Sur Organizado, Horizonte DEI, Junta de Salud de Sarchi, La Gallada del Golfo Dulce, Montaña Verde, Movimiento Cahuita Unida, Movimiento Costarricense de Solidaridad con Palestina, Movimiento de Resistencia y Formación, Movimiento de Trabajadores y Campesinos MTC, Movimiento Ríos Vivos, Longo Mai de Volcán de Buenos Aires, Movimiento Salvemos la Loma Salitral, Mujeres apoyando a Lucy y doña Digna, Mujeres Unidas en Salud y Desarrollo (Musade), Observatorio Ciudadano del Agua Quebrada Barreal, Observatorio Ciudadano del Agua Río 3 Amigos, Observatorio Ciudadano del Agua Río Agualote, Observatorio Ciudadano del Agua Río Cañas Aserrí. /Desamparados, Oilwatch Costa Rica, PIAPIAS: Comunicación Popular y Educación Antiespecista, Preserve Planet, Proyecto Geografía y Diálogos de Saberes del Programa Kioscos Socioambientales UCR, Proyecto Movimientos Socioambientales del Caribe Sur de Costa Rica de Kioscos Socioambientales, Radio Machete, Red de Agroecología Costa Rica, Ríos Vivos, Sindicato de Trabajadores Bröran del Agro, Artesanos y Gestores de la Cultura Crün Shürin (STABRÖCS), Talamanca Siempre Verde, UNAPROA, Unidos por el Agua, Voces Nuestras, Centro de Comunicación Educativa, Yunta Agroecológica de Mujeres.

Las personas firmantes: Alejandra Sandi Retana, Alfredo Jiménez Montero, Alix guerrero morales, Álvaro Fernández González, Amanda Carballo Córdoba, Amanda Gutiérrez Rodríguez, Ana Fonseca Moya, Ana Ligia Sanchez Rojas, Ana Tristán Sánchez, Ana yancy galagarza, Andrea Mora Villegas, Andriana Jiménez Marin, Antonio Castiglioni Espinoza, Ariana Gómez López, Ariana Lizeth Coca Barrera, Ariel Vindas Núñez, Ariela Álvarez arguedas, Arturo Carballo Madrigal, Bärbel Passeyer, Brenda Briceño González, Bruno de Jesús Coto Barboza, Carlos Alberto Mayorga Martinez, Carmen Díaz Castro, Carmen Luisa Madrigal Jirón, Catalina Carrillo Vargas, César Augusto Gómez Calderón, Christoph Burkard, Comite de vecinos Boqueron Abajo, Craig Schieber, Dafne Araya Vega, Daniel Moraga León, Daniela María Salas Monge, Dany Villalobos, Darío Antonio Rojas Venegas, David Villalobos Villalobos, Davide Giannotti, Dayana Rojas Venegas, Diana Mejías Villalobos, Diego Alfonso Amey Fonseca, Donel Alvarado Zapata, Dylan Zúñiga Villalobos, Eduardo Gardela Ramírez, Elber Alberto Solano Monge, Enid Cruz Ramírez, Escarleth Rodríguez Solano, Estrella Venegas Zamora, Fabián Arias Solano, Fanny Calvo Aguilar, Federico Campos Mora, Fiorella Biolley Solano, Freddy Alexander Peña Chavarría, Gabriel Delgado Álvarez, Gabriela Pérez Quintanilla, Gaus Monge Mora, Génesis Rojas Cruz, Gina Borrero, Giovanni Brenes, Greivin Núñez Mendoza, Guisell Duran Perez, Hannya leiton Zúñiga, Héctor González Pacheco,, Heidy Córdoba Guido, Ingrid Rodriguez Wolter, Isabel Méndez Garita, Italo Fera Fallas, Ivonne Jackelen, Jeff Hernández Castro, Jeremy Valverde Jiménez, Jorge Corrales Alpízar, Jorge Segura Ramírez, Jorge Sibas Vega, José Antonio Mora Calderón, Jose Coimbra, José Manuel Cerdas Albertazzi, José Pablo Zárate Montero, Juan Pablo Gutiérrez García, Juan Solano, Karen Fallas Corrales, Karen Romero Castro, Karla Ann Koll, Karla Borbón Meneses, Karla Milena Picado Valverde, Katherine Barquero Carrillo, Kattya Rodríguez Alfaro, Kenneth Alfaro Alvarado, Laura Carolina Garrigues Herrera, Laura Yuré Calvo Santana, Ligia Barrantes Cartin, Lucía Mahlich Barreto, Luis Diego Marín Schumacher, Luis Gabriel Coronado, Luis gustavo Moraga Rodríguez, Luis José López Miranda, Luz María Romero Miño, Madeline Kiser, Manuel Palacios Baker, Marcos Benicio Jimenez Montezuma, Maria Celeste Quesada Valverde, María Chaves Villalobos, Maria Daniela Chaves Mendoza, María del Rocío Chamorro Tasies, Maria Delgado Cordero, María Eugenia Delgado Marín, María Fernanda Chaves Rodríguez, María Fernanda Oviedo Zúñiga, María Gabriela Hernández López, Maria Hernandez, María Laura Gutiérrez García, María Soto Barrientos, María Trejos Montero, Mariana Porras Rozas, Mariana Taylor Retana, Marianela Quesada Navarro, Mario jose suazo palma, Marta Castro, Marvin Varela Solano, Maureen Leal Mora, Mauren Ramírez Carballo, Mauricio Alvarez Mora, Maylin Karlson Flores, Me uno a la defensa por El Agua = La Vida, Melanny Delgado Cordero, Melissa Céspedes Alvarado, Melvin Solis Blanco, Millaray Villalobos Rojas, Minor López, Miriam Valle Gutiérrez, Mónica Escalante Casco, Mónica Solís Ugalde, Movimiento de Resistencia y Formación, Nahomy Solís Cruz, Nancy Mendoza Diaz, Natalia Solano Corrales, Natalia Solís Rojas, NICOLAS MORALES LORIA, Noemi Canet, Orlando Barrantes Cartín, Orlando Castro Quesada, Oscar Beita Quesada, Osvaldo Durán Castro, Paola Carrillo Molina, Pascal Girot Pignot, Paulino Najera Rivera, Peggy Chamorro, Priscilla Rojas Alvarado, Rafael Villegas mayorga, Raquel Berrocal Sibaja, Raquel sagot, Rebeca Montero Castro, Ronulfo Morera Vargas, Rosa Cordero Guzman, Rosi Naranjo Segura, Ross Salazar Vargas, Roxana Gómez Zúñiga, Ruth Sancho Matamoros, Samantha Obaldia Calderón, Sandra Candela Restrepo, Seidy Boniche Reyes, Sergio Ortíz Pérez, Sofía Gutiérrez Rodríguez, Sofía Martorell Esquivel, Stefanny Castro Ramirez, Stefano Silvestri, Stephanie Rojas Merlo, Susan Barrantes Acevedo, Tamara Borrero, Thalia jimenez Tomas, Ulises Chavarría Chevez, Verónica Castro Ramírez, Virginia Murillo Murillo, Walter Benavides, Yendry Martínez Rivera, Yoel Buitrago

Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes: Análisis de la conflictividad socioambiental en territorios comunitarios de Costa Rica de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.

Ciudadano de Limón solicita investigación al Ministerio Público sobre presuntas irregularidades en MINAE

El ciudadano Marco Levy Virgo presentó una solicitud formal ante la Fiscalía General de la República para que se investigue al ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach Capra, por presuntas irregularidades relacionadas con la gestión de humedales en el cantón de Talamanca.

La petición, remitida el 9 de abril a la oficina del fiscal general Carlo Díaz Sánchez, solicita una «investigación exhaustiva e inmediata» en relación con la causa penal 23-000041-0611-PE, vinculada al manejo del documento técnico «Caracterización y Delimitación de Humedales en la Zona Marítimo Terrestre del Litoral del Cantón de Talamanca» de junio de 2021.

Según se detalla en el escrito, Levy considera que existen acciones cuestionables sobre la administración de áreas protegidas en el Caribe Sur, específicamente en el Refugio Gandoca-Manzanillo, donde el MINAE administra aproximadamente el 60% del territorio y el 75% de sus costas, incluyendo 2.802,65 hectáreas de humedales protegidos bajo el Convenio Ramsar.

El documento menciona destituciones de personal en el Área de Conservación Amistad Caribe (ACLAC-SINAC), como el caso del señor Mario Cerdas Gómez, quien fue reemplazado por Maylin Mora Arias. Este proceso de nombramiento, según indica Levy está siendo investigado por la Contraloría General de la República por presunto nombramiento ilegal.

La misiva también hace referencia a la Directriz 09-2023 emitida por el jerarca del MINAE y menciona que desde febrero de 2019, mediante oficio SINAC-ACTO-AL-55-2019, se alertó a la Dirección Ejecutiva de SINAC sobre supuestas irregularidades.

En su petitoria, el ciudadano limonense solicita:

  1. La apertura inmediata de una investigación penal contra el ministro Tattenbach Capra.

  2. La designación de una comisión especial de fiscales para indagar actuaciones de personal del ACLAC-SINAC.

  3. Una revisión de las acciones de empresarias y empresarios inmobiliarios que, según alega, estarían afectando áreas protegidas.

La carta fue enviada con copia a diversas instituciones, incluyendo la Defensoría de las y los Habitantes, la Contraloría General, la Procuraduría General, la Fiscalía Agrario Ambiental, la Comisión de Acceso a la Justicia, la Presidencia del Poder Judicial, la Presidencia de la Asamblea Legislativa y la Comisión de Ambiente del Poder Legislativo.

SURCOS comparte los documentos de referencia:

Directriz No.09-2023-ACLAC
SINAC-ACTO-AL-055-2019
Comunicación de Acuerdos Corac Aclac (2)
2022 nov 11 ACUERDO COLAC

Asociación solicita al MINAE informes sobre protección del acuífero de Moín

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología ha solicitado al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) información técnica sobre el seguimiento a una resolución emitida por la Sala Constitucional relacionada con la protección del acuífero de Moín en Limón.

Mediante el oficio AEL-00131-2025, con fecha del 30 de marzo de 2025, Marco Levy Virgo, presidente de la asociación, solicitó al ministro Franz Tattenbach Capra detalles sobre el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el ministerio ante la Sala Constitucional en el expediente No. 22-008354-0007-CO.

La sentencia constitucional, dictada el 23 de septiembre de 2022, ordenó la creación de una comisión interinstitucional para abordar la problemática que afecta al acuífero de Moín, específicamente en fincas ubicadas en la zona de protección restringida. Además, la resolución estableció el diseño y ejecución de un plan para atender y solucionar los problemas que afectan dicho acuífero.

Según la nota enviada por la asociación, el MINAE se comprometió a realizar seis labores específicas en protección del acuífero:

  1. Identificar actividades incompatibles con normas ambientales vigentes e informar a instancias correspondientes.

  2. Identificar cuerpos de agua existentes y determinar cuáles poseen criterio.

  3. Determinar áreas de protección de acuerdo con la normativa ambiental.

  4. Emitir criterios técnicos para recuperación de áreas de protección.

  5. Cuantificar dolinas existentes y determinar zonas de protección.

  6. Identificar vertidos de aguas residuales, tanto legales como ilegales.

En su solicitud, la asociación pide específicamente un informe detallado sobre la delimitación y caracterización de humedales dentro de la zona 6 de protección absoluta, así como un estudio foto-interpretativo que muestre los cambios en el uso del suelo en dicha zona.

La asociación espera recibir respuesta del Ministerio dentro del plazo establecido por la normativa vigente.

Imagen: Semanario Universidad.

Denuncian muerte masiva de peces en el río Ciruelas, Miramar

  • Sospechan de descargas de sedimentos de mina cercana

El pasado fin de semana, vecinas y vecinos de Miramar detectaron la muerte de una gran cantidad de peces, camarones, cangrejos y otras especies en el río Ciruelas, desde el sector conocido como El Salto, a la salida de la mina Bellavista, hasta varios kilómetros río abajo, llegando al histórico «Puente Negro», camino a la comunidad de Río Seco.

Según testimonios de la comunidad, se contactaron a MINAE, Fuerza Pública y el Ministerio de Salud sobre el incidente, pero se desconoce si se realizaron muestreos o denuncias. Las personas denunciantes tienen gran preocupación, ya que este es un sitio frecuentado por visitantes, especialmente durante la Semana Santa.

Si bien aún se desconoce la causa exacta de la contaminación, la mina Bellavista, ubicada en la parte alta de Miramar de Puntarenas, ha sido objeto de múltiples denuncias por presuntas irregularidades en su administración y posibles daños ambientales (ver cronología abajo).

Dayana Rojas de la Asociación Civil Pro Natura, de Miramar aseguro les informaron que “esta situación se origina a partir del punto conocido como ‘El Salto’ donde se observa una importante descarga de sedimentos en el río, pero aguas arriba a escasos 50 metros se puede ver que el río mantiene su fauna normal… Además, los vecinos aseguran que pudieron mapear el fenómeno por más de 6 kilómetros recorriendo la cuenca del río, hasta llegar al Puente Negro”(audio).

En octubre de 2024, el diputado Carlos Andrés Robles expresó su preocupación por la gestión de la mina y solicitó al Ministerio de Salud una inspección exhaustiva para evaluar sus operaciones y determinar si se cumplen las normativas ambientales y de seguridad (Mundo.cr, 16-10-24).

Estas preocupaciones se basan en denuncias previas, como la presentada por Diego Leonardo García, exsupervisor del Proyecto Minero Bellavista, quien advirtió sobre el depósito de residuos en áreas sin la debida impermeabilización, lo que podría provocar contaminación del agua subterránea. Además, señaló que las piletas de emergencia carecen de sistemas adecuados de detección de fugas y que las descargas de la planta podrían estar afectando negativamente al río Ciruelas (Ver denuncia).

Según la presidenta de Pro Natura “a todo esto se suma la inexistencia de actas, o registros de la Comisión Mixta de Monitoreo y Control Ambiental (o COMIMA) desde hace más de 10 años, que permita garantizar el control y el seguimiento ambiental de las actividades de un proyecto de categoría A, como éste y la negativa de la SETENA de reactivarla alegando que el expediente se encuentra secuestrado como parte del Caso Comején”.

Finalmente aseguró que “lamentablemente a pesar de las múltiples denuncias las autoridades locales e instituciones estatales han sido omisas para dar seguimiento al tema de aseguramiento de la calidad del recurso hídrico en nuestro cantón, así como el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, y tras el colapso de una mina clandestina hace pocas semanas donde se cobró la vida de un trabajador y otro resultó gravemente herido, la comunidad espera que como mínimo se tomen las muestras de agua para los análisis físico-químicos correspondientes y se desarrollen investigaciones rigurosas”.

Miramar: un «Territorio de Sacrificio»

La minería en Miramar, en sus diversas formas (legal, ilegal, a cielo abierto o subterránea), ha generado impactos socioambientales profundos y acumulativos, convirtiendo la zona en un «Territorio de Sacrificio».

Por otro lado, una investigación del Proyecto Geografía y Diálogo de Saberes (ED-3526) de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la UCR reveló la existencia de un enjambre de minería subterránea de oro en Costa Rica, con al menos 59 solicitudes de concesión que abarcan 779,52 km² (1,52 % del territorio nacional). Entre los cantones más afectados se encuentra Miramar, donde más del 31,86 % de su superficie está solicitada para exploración minera, incluyendo su área urbana (UCR).

Cronología de denuncias sobre la mina Bellavista

2007: Suspensión de operaciones debido a deslizamientos de tierra que afectaron la estabilidad del proyecto minero (UCR).

Marzo de 2009: Sonia Torres, del Comité Ambiental de Miramar, denunció el abandono de la mina por parte de la empresa canadiense Glencairn Gold Corporation, señalando incumplimientos de compromisos ambientales y posibles contaminaciones de los mantos acuíferos y del río Ciruelas con metales pesados y cianuro (UCR).

Enero de 2011: Sonia Torres publicó un artículo sobre los impactos de la mina Bellavista en el paisaje y corredores biológicos de la región (SURCOS Digital).

Mayo de 2011: El grupo Miramar al Grano denunció irregularidades en una auditoría de la mina, señalando inconsistencias en la evaluación ambiental (Semanario Universidad).

Mayo de 2013: Las empresas Río Minerales S.A. y Metales Procesados MRW S.A. demandaron a la SETENA para reactivar la extracción de oro en la mina Bellavista (Semanario Universidad).

Setiembre 2023: el Ministerio de Salud emitió una orden sanitaria para el cierre del laboratorio de la empresa debido a la detección de plomo en sangre de trabajadores (Semanario Universidad).

Julio de 2024: El académico Álvaro Sagot expresó preocupaciones sobre la minería en Costa Rica y los impactos del proyecto Bellavista en Miramar (Radio Columbia).

Agosto de 2024: Se anunció la intención de elevar una denuncia ante la ministra de Salud por presunta contaminación química en el río Ciruelas, vinculada a la mina Bellavista (El Mundo).

Octubre de 2024: Durante la sesión ordinaria N°24-2024 del Concejo Municipal de Montes de Oro, se discutieron preocupaciones sobre la mina Bellavista. Diego Leonardo García presentó una denuncia con evidencia fotográfica sobre irregularidades en la planta (Municipalidad de Montes de Oro).

o Fotos y videos: https://drive.google.com/drive/u/3/folders/1hf0On7vZVGiICuX4eMAWDwuE86XfUkxL

Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes: Análisis de la conflictividad socioambiental en territorios comunitarios de Costa Rica de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.

Personas vecinas piden cuentas por tala en cuenca alta del Río Durazno

Comunidad y ASADA de Rancho Redondo alertan sobre posible afectación a fuentes de agua potable

Un grupo de personas vecinas usuarias de la ASADA de Rancho Redondo denunciaron nuevas actividades de tala en la cuenca alta del Río Durazno, una zona vital para el abastecimiento de agua potable de varias comunidades.

Según la denuncia presentada el sábado 22 de marzo ante el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), varios camiones fueron vistos transportando madera extraída de una zona cercana a las nacientes de agua que alimentan el río, aparentemente sin respetar las zonas de protección establecidas por ley.

«Siguen los camiones saliendo cargados de madera, no sabemos si es de una plantación de jaúl, pero según vecinas y vecinos se ha irrespetado la ribera del Río Durazno, una zona de protección acuífera», señala la denuncia dirigida al ministro Franz Tattenbach y al director de Aguas, Miguel Zeledón.

La comunidad solicita que se investigue si la extracción corresponde a una plantación legal y si se han respetado las disposiciones de la Ley Forestal 7575, la Ley de Aguas y otras normativas relacionadas con la protección ambiental.

Esta nueva denuncia se suma a otras dos presentadas anteriormente en la misma zona geográfica: una en Coronado y otra en la finca de los Bolaños en Guayabillos de Rancho Redondo.

Las personas denunciantes también expresaron preocupación por la lentitud en la atención de casos ambientales, señalando que funcionarios del ministerio les han informado que todavía están procesando denuncias del 2024.

«La escasez de agua y el calentamiento global ya llegaron», advierte la denuncia. Además, se expresa la preocupación de que estas actividades podrían comprometer aún más la disponibilidad del recurso hídrico en la región.

Hasta el cierre de esta edición, ni el Ministerio de Ambiente ni la Dirección de Aguas habían respondido a la denuncia presentada por la comunidad.

Alerta en el Caribe Sur: la denuncia que evitó mayor impacto ambiental

Observatorio de Bienes Comunes, UCR

El Caribe Sur de Costa Rica enfrenta una creciente vulneración ambiental, donde ecosistemas clave, como los bosques costeros y humedales protegidos, podrían estar sufriendo el impacto de actividades presuntamente ilegales que pondrían en riesgo su equilibrio natural. Un reciente incidente, ocurrido el 17 de marzo del 2025, sugiere la importancia de la vigilancia ciudadana y la denuncia ambiental para frenar estas posibles acciones.

En una zona marítimo-terrestre, patrimonio natural del Estado, se habría reportado la presencia de una persona aparentemente realizando actividades de corta prohibidas en un área protegida. Este terreno, además, cuenta con medidas cautelares, lo que agrava la situación y demuestra la vulnerabilidad de estos espacios sin la debida vigilancia. Ante la posible inmediatez del daño ambiental, el defensor ambiental Philippe Vangoidsenhoven alertó a las autoridades. Sin embargo, la respuesta inicial evidenció un problema recurrente: los obstáculos burocráticos y la falta de reacción oportuna ante potenciales delitos ambientales. Vangoidsenhoven tuvo que insistir y detener la patrulla en el camino para que la policía atendiera la situación.

Finalmente, las autoridades intervinieron en el sitio y, según reportes, lograron la detención de la persona implicada, evitando que el daño se extendiera aún másSe decomisó el machete y el peón fue llevado a la Fiscalía. Sin embargo, las autoridades ahora buscan identificar a la persona que envió al trabajador, aunque este afirmó no conocer al responsable del encargoEsta situación, que ocurre con frecuencia, dificulta la persecución de los verdaderos responsables y deja en evidencia los vacíos en la aplicación de la justicia ambiental.

Prácticas conocidas para cometer delitos

Esta forma de actuar es muy común. En el caso del terreno, el concesionario—una persona conocida en la zona—frecuentaba el lugar antes de que se establecieran las medidas cautelares, realizando labores como fumigar y chapear.

Sin embargo, tras la implementación de dichas medidas, ha cambiado su estrategia: en lugar de presentarse personalmente, ha ideado un truco para evadir responsabilidades, enviando peones a realizar estas acciones ilegales en la zona marítimo-terrestre. En ocasiones anteriores, se han decomisado machetes y arrestado a los trabajadores enviados.

Es frecuente que las personas detenidas en el sitio desconozcan con exactitud quién los contrató. Según Philippe, este es su modus operandi. Explica que “así trabaja esta gente: envían al peón, quien sabe exactamente qué trabajo realizar y dónde. Y cuando son detenidos, se hacen los extrañados, diciendo que no saben quién los contrató”.

Al concesionario nunca se le ve en el terreno, aunque todas estas labores benefician directamente sus intereses de modificar la propiedad. Philippe advierte: “Es un truco que puede seguir repitiendo porque esto aún no ha terminado. No creo que esa persona, que realmente se considera dueña del terreno por tener papeles, vaya a detenerse. Él cree que puede hacer lo que le da la gana, y eso lo hace aún más peligroso”.

La importancia de denunciar

Las denuncias ambientales son una herramienta clave para frenar la posible destrucción de espacios protegidos. La legislación costarricense, a través de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre y la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, establece la protección de estos ecosistemas, pero su cumplimiento depende de la fiscalización y la presión ciudadana.

Cada acción cuenta. Si presencias una actividad que podría amenazar el equilibrio ambiental, es crucial reportarla de inmediato al 9-1-1 y a las autoridades competentes, como el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) o la Fiscalía AmbientalLa persistencia en la denuncia puede marcar la diferencia entre la degradación de un ecosistema y su conservación para las futuras generaciones.

El Caribe Sur es una joya natural cuya biodiversidad y riqueza cultural dependen de nuestra acción colectiva. Protegerlo es un compromiso de todos.

Ecosistemas con medidas cautelares: vulnerabilidad y acción comunitaria

A pesar de contar con medidas cautelares, muchos ecosistemas protegidos siguen siendo altamente vulnerables debido a la falta de una presencia policial suficiente que garantice su resguardo. La escasez de recursos y personal impide una vigilancia constante, lo que deja estos espacios expuestos a actividades ilegales que pueden degradar el entorno de manera irreversible. La falta de una respuesta oportuna por parte de las autoridades solo agrava la situación, generando un ambiente de impunidad.

Ante este panorama, la participación comunitaria se convierte en un pilar fundamental para la protección efectiva del territorioLa vigilancia ambiental desde las propias comunidades permite una detección más rápida de actividades sospechosas y fortalece la denuncia como un mecanismo de presión social para que las instituciones actúenSin esta red de alerta temprana, los ecosistemas protegidos quedan aún más expuestos a daños que pueden ser irreparables.

Es urgente reforzar los mecanismos de control y garantizar que las medidas cautelares sean más que simples disposiciones en papelLa articulación entre comunidades, organizaciones ambientales y autoridades debe consolidarse para hacer valer estas protecciones y asegurar la conservación real de los ecosistemas en riesgoLa acción colectiva es clave para que la protección ambiental no dependa únicamente de la voluntad de las instituciones, sino que sea un compromiso activo de toda la sociedad.

Lo que debes saber sobre la Zona Marítimo Terrestre en Costa Rica

Aspecto Clave Descripción
Definición La Zona Marítimo Terrestre (ZMT) es la franja de 200 metros contados desde la pleamar ordinaria. Los primeros 50 metros son de uso público absoluto.
Propiedad La ZMT es patrimonio del Estado, por lo que no puede ser adquirida como propiedad privada.
Uso y concesiones Los 150 metros posteriores a la zona pública pueden ser otorgados en concesión por las municipalidades, bajo regulación del Instituto Costarricense de Turismo (ICT).
Prohibiciones Se prohíben construcciones sin permisos, deforestación, actividades industriales contaminantes y la destrucción de ecosistemas sensibles.
Protección especial Si la ZMT incluye humedales, manglares o áreas protegidas, su conservación es aún más estricta, conforme a leyes ambientales y acuerdos internacionales.
Denuncias Cualquier persona puede denunciar infracciones en la ZMT ante el MINAE, la municipalidad o la Fiscalía Ambiental.

Defensoría solicitó medida cautelar en caso Gandoca-Manzanillo

Ante reiterados incumplimientos a órdenes de la Sala Constitucional la petición se sustenta en un estudio jurídico de 86 páginas

La Defensoría de los Habitantes, como contralor de legalidad y garante de protección de los derechos humanos, entre ellos, el derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, tutelado a nivel constitucional e internacional, acudió esta semana a la Sala Constitucional a presentar una solicitud de medida cautelar con ocasión de la gestión de seguimiento de cumplimiento de la sentencia 2019-012745, mediante la que se declaró inconstitucional la Ley número 9223 que afectaba de manera significativa los límites del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo.

La petición contiene un análisis técnico-jurídico de 86 páginas que incluye todos los elementos probatorios que se requieren para la presentación del caso y la solicitud de la medida cautelar.

En esa sentencia del año 2019, la Sala Constitucional declaró inconstitucional la Ley número 9223. Esto sucedió cinco años después de haberse interpuesto la acción para su declaratoria, pues dicha acción fue presentada para su estudio desde el año 2014. Pese a la declaratoria de inconstitucionalidad emitida por la Sala Constitucional y las órdenes expresamente giradas a distintos órganos del Poder Ejecutivo en la referida sentencia, al día de hoy se ha hecho caso omiso y no se ha dado cumplimiento a lo ordenado por la Sala, según se constata en la sentencia número 26300-2024 dictada el 10 de setiembre de 2024, emitida en el marco de una gestión de desobediencia presentada ante el Tribunal Constitucional.

Han transcurrido 11 años aproximadamente desde que se inició con este tortuoso proceso sin obtener resultados tangibles y positivos. A partir de lo anterior, es que esta Defensoría, con sustento en la gestión de seguimiento de cumplimiento de la sentencia 2019-012745 que está conduciendo la Sala Constitucional, interpone una solicitud de medida cautelar dentro de esta etapa de ejecución, para que la decisión tomada por ese Tribunal no se quede en el papel, sino que tenga eficacia, en lo que aún se pueda conservar y proteger, pese a los daños que puedan haberse generado y se resguarde así el patrimonio natural de los y las habitantes”, afirmó la Defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank Lambert.

A la fecha, el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo no se encuentra debidamente delimitado y durante todo este tiempo han existido procesos de construcción en la zona, lo que ha ocasionado tala de árboles y el otorgamiento de al menos 952 permisos de aprovechamiento forestal entre los años 2014 a 2024, período marcado por la falta de certeza técnica y jurídica sobre la delimitación oficial de las zonas boscosas y los humedales de la zona.

Lo anterior sumado a la entrada en vigencia del Plan Regulador Costero Talamanca-Distrito Cahuita, mismo que entre sus bases contempla el Plan General de Manejo del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo, y que además no consideró todos los humedales enlistados en el documento denominado «Caracterización y Delimitación de Humedales en la Zona Marítima Terrestre del Litoral del Cantón de Talamanca» de julio de 2021. Estos humedales habrían sido omitidos en la certificación SINAC-ACLAC-DR-PNE-C-011-2017 del 30 de junio de 2017, correspondiente a la delimitación del Patrimonio Natural del Estado en Zona Marítima Terrestre del cantón de Talamanca, con lo que la delimitación establecida resulta inexacta y por ende, a la fecha, no se tiene certeza que se hayan considerado todas las zonas de bosque -Patrimonio Natural del Estado- que la Sala Constitucional ordenó proteger mediante la referida sentencia 2019-012745. Lo anterior se traduce en el otorgamiento de concesiones y la administración municipal, de zonas que podrían ser parte de ese patrimonio natural del Estado no susceptible de explotación e indebidamente intervenidas.

La medida cautelar se solicita pese a contar con el antecedente de intentos fallidos de otorgamiento por parte de este Tribunal de dichas medidas, que, con ocasión de distintos expedientes, han sido denegadas o incluso ignoradas por parte de esta Sala. A modo de ejemplo, se cita la resolución de las 13:37 horas del 22 de febrero de 2024 que da curso a la acción de inconstitucionalidad contra el Plan General de Manejo del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo, el Plan Regulador Costero Talamanca Distrito-Cahuita y la Directriz número 09-2023. donde pese a haberse requerido la suspensión de los efectos de las normas impugnadas, la Sala optó por justificar técnicamente el por qué, la interposición de una acción de inconstitucionalidad, no suspende la eficacia y la aplicabilidad en general de las normas y denegar por ende lo solicitado; sin considerar, que aún de oficio, y como máximo garante de la tutela constitucional a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, valorando el daño ambiental concreto y potencial existente, puede y debe otorgar las medidas cautelares requeridas en una zona rica en recursos naturales, incluso en vías de extinción, como lo es el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo.

No obstante, con ocasión de las medidas cautelares que fueron noticia la semana anterior otorgadas por la Sala Constitucional en la zona de El Tirol, en Heredia, y valorando lo señalado en la sentencia número 26300-2024 -donde se acredita el incumplimiento de la sentencia 2019-012745- por la Magistrada Alvarado Paniagua, quien destacó que al no haberse realizado la delimitación ni recuperación de las tierras del REGAMA, se deben tomar medidas para cumplir con la sentencia 2019-012745, esta Defensoría mira con esperanza la interposición de la presente solicitud y siguiendo el criterio de la Magistrada de cita, considera que lo urgente e impostergable, es que, mientras se realiza la delimitación mencionada, se deben evitar daños graves al ambiente y a los recursos de flora y fauna del Refugio. En virtud de lo anterior, la Defensoría solicitó:

a) Que la Municipalidad de Talamanca se abstenga de otorgar concesiones en la zona marítimo terrestre o permisos de construcción en la zona REGAMA y aledaños. Respecto a las concesiones y permisos ya otorgados, que se suspenda la ejecución en cabeza de sus titulares, de los efectos jurídicos de las autorizaciones en el sitio, sea la suspensión de cualquier construcción o explotación que esté en curso, hasta tanto no se definan de las 20,1 has de terrenos clasificados como bosque las que se ubican dentro de la zona marítimo terrestre del RNVS Gandoca-Manzanillo y/o que se encuentran indebidamente contempladas en el Plan Regulador Costero con fines distintos al ambiental, tal y como ya lo ordenó esa Sala en Sentencia N° 2019-012745;

b) Que se suspenda la directriz 09-2023 del Ministerio de Ambiente y Energía que dispone que los límites oficiales del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo son los establecidos en Ley número 9223 –expulsada del ordenamiento jurídico por inconstitucional desde 2019 por esa Sala-, denominada “Reconocimiento de los derechos de los habitantes del Caribe Sur”;

c) Que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) suspenda el otorgamiento de permisos de corta y aprovechamiento forestal en las áreas de los siete bloques de bosque y sus aledaños que deben ser retornadas formal, material y normativamente al RNVS Gandoca-Manzanillo. Respecto a los permisos ya otorgados, que se suspenda de inmediato la ejecución en cabeza de sus titulares de los efectos jurídicos de las autorizaciones en el sitio, sea, la suspensión de cualquier aprovechamiento forestal o corta que se esté ejecutando.

Comunicación
Defensoría de los Habitantes

Solicitud urgente al procurador y al fiscal general para que visiten Gandoca Manzanillo

SURCOS comparte la carta enviada por Marco Levy Virgo, presidente de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología, al procurador Iván Vinicio Vincenti Rojas y al fiscal general Carlo Díaz Sánchez para que visiten de forma urgente el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo.

Levy Virgo pide la suspensión de los permisos de construcción indiscriminados otorgados por la Municipalidad de Talamanca, así mismo, que esa municipalidad y el SINAC presenten una lista detallada de los derecho de propiedad privada, también que el Registro Público elimine derechos de propiedad que se encuentren dentro de la categoría Ramsar. Además, pide que se definan medidas cautelares para seis medidores recientes del ICE para enormes mansiones. Otra petición es que se informe si ya la Procuraduría General de la Republica se encuentra apersonada dentro de la causa penal 23-000041-0611-PE, que se sigue en contra del investigado y actual ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach Capra.

Compartimos la carta completa, así como los enlaces a los documentos de referencia aportados por Marco Levy Virgo.

Limón, 22 de febrero de 2025
AEL-0064-2025

Licenciado Iván Vinicio Vincenti Rojas
Procurador
Procuraduría General de la República

Lic. Carlo Díaz Sánchez
Fiscal General

Ministerio Publico

Ref: Solicitud urgente de visita conjunta de Procuraduría y Fiscalía al Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo (REGAMA)

Estimado señor Procurador y señor Fiscal:

Vista la solicitud de medida cautelar solicitada por el Licenciado Melvin Mora Hernández, en su condición de representante del Ministerio Publico a la Municipalidad de Talamanca, mediante oficio 067-FAAP-2024 de fecha 29 de octubre de 2024 que adjunto como prueba documental, y la falta de respuesta asertiva por parte de dicha Municipalidad de Talamanca, y muy especialmente de las autoridades ambientales del MINAE, amparados a la directriz 09-2023 de fecha 17 de octubre del 2023, que causan una inacción administrativa que beneficia a desarrolladores inmobiliarios locales, pese a tratarse del sitio categoría Ramsar, 783 el cual goza de protección internacional por la Convención Ramsar suscrita por nuestro país, vengo muy respetuosamente a solicitarles lo siguiente.

Como ciudadano preocupado por lo que está ocurriendo en la costa caribe, sugiero muy respetuosamente realizar un esfuerzo conjunto entre sus autoridades para que se apersonen a realizar una visita y así inspeccionar la realidad de lo que está ocurriendo. Es importante detener el galopante y desordenado desarrollo inmobiliario que se está dando dentro del área boscosa del bosque que es patrimonio de la Humanidad.

Es importante recordar que fue la Sala Constitucional la que ordenó restituir al Patrimonio Natural del Estado, según el voto No. 2019-12745 del 10 de julio de 2019, mediante el cual anuló la Ley No. 9223 “en lo que respecta a los territorios comprendidos en la zona boscosa” (expediente 14-19174-007-CO).

Hoy, arropados a la inercia y al escaso valor que tiene el MINAE-SINAC en cumplir con las órdenes emanadas de la Sala Constitucional, el Refugio que es declarado en beneficio de la Humanidad, está siendo devastado, y todo ello es debido a los incumplimientos de la resolución No. 2019-12745 del 10 de julio de 2019.

Tan es así, que en el oficio SINAC-SE—DE-0211-2025, de fecha 18 de febrero de 2025, el Director Ejecutivo del SINAC reconoce “dentro de los límites del sitio Ramsar Gandoca Manzanillo. Según el mapa catastral hay un total de 756 propiedades, de las cuales 688 tienen finca inscrita, lo demás corresponden a predios sin finca inscrita” (Negrita cursiva y subrayado no es del original) Estimados señores les ruego que analicen que la falta de acción en la defensa del patrimonio de todos traiciona el compromiso ambiental que le ha dado a Costa Rica prestigio internacional, convirtiéndose las autoridades del Estado en facilitadores del saqueo de los recursos naturales en favor de intereses privados y negocios ilegales.

Podrán observar con esta visita que se ha debilitado la protección ambiental, permitiendo la devastación de ecosistemas clave para su protección como está ocurriendo en Gandoca-Manzanillo. La inacción y la permisividad frente a la deforestación y la expansión inmobiliaria descontrolada está ocurriendo a vista y paciencia en áreas protegidas, lo que tristemente, no solo ponen en riesgo la biodiversidad del país, sino que revelan un modelo de gestión donde la naturaleza queda relegada en favor del lucro de unos pocos.

Adicionalmente, resulta preocupante que las autoridades del MINAE y muy especialmente que en los casos judicializados hayan paralizado toda acción de seguimiento, especialmente por parte de los funcionarios del Área de Conservación Amistad Caribe (ACLAC) que han encontrado en el ministerio publico la excusa perfecta para favorecer a los desarrolladores mediante la falta de seguimiento a las causas judiciales seguidas en contra de Bungalows de Punta Uva, Diez Doce Sociedad Anónima y la causa penal 21-000001-1851-PE cuya propiedad presenta de manera absolutamente irracional la colocación de 6 medidores eléctricos recientemente colocados por el Instituto Costarricense de Electricidad y dentro presuntamente de la investigación seguida bajo la causa penal 21-000001-1851-PE, por el delito de Cambio de Uso de Suelo y otros.

Adicionalmente, les pido por favor, ya que yo como simple ciudadano no tengo acceso legal, que bien sea la Fiscalía Adjunta o el representante de la Contraloría General de la República, que presente ante la Procuraduría General de la República una consulta formal para que emita una opinión jurídica con carácter vinculante sobre lo siguiente: En una zona que Costa Rica ha inscrito ante las autoridades internacionales como una zona amparada por la Convención Ramsar, es posible que tanto el MINAE como la Municipalidad de Talamanca permitan, por acción o por omisión que se destine parte de esa zona para uso privado?

Petitoria

  1. Se obligue a la MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA, AL ALCALDE O A QUIEN OBSTENTE SU REPRESENTACION LEGAL, PROCEDER DE INMEDIATO CON LA SUSPENSIÓN DE LOS PERMISOS DE CONSTRUCCION INDISCRIMINADOS enlistados en el oficio 067-FAAP–2024, ubicados en los límites del Refugio Gandoca Manzanillo, hasta tanto no se realice la delimitación del bosque ordenada en la resolución No. 2019-12745 del 10 de julio de 2019 , conforme lo contempla el Oficio 067-FAAP-2024 de fecha 29 de octubre de 2024, suscrito por la Fiscalía Agrario Ambiental.
  2. Se obligue a la MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA, AL ALCALDE O A QUIEN OBSTENTE SU REPRESENTACION LEGAL, PROCEDER DE INMEDIATO CON LA SUSPENSIÓN DE LOS PERMISOS DE CONSTRUCCION INDISCRIMINADOS enlistados en el oficio DU-040-02-2025 de fecha 6 de febrero del 2025, referente a 24 fraccionamientos de planos ubicados en bosque del Sitio categoría Ramsar 783, Gandoca Manzanillo.
  3. Se obligue a la Municipalidad de Talamanca y al SINAC a presentar una lista detallada a la Procuraduría de todas las personas físicas o jurídicas a quienes se les ha otorgado algún tipo de derecho de propiedad privada, indistintamente del tipo de derecho que sea, en terrenos que se encuentran bajo la protección de Sitio Categoría Ramsar 783, Gandoca Manzanillo, según el oficio SINAC-SE—DE-0211- 2025, de fecha 18 de febrero de 2025.
  4. Se ordene al Registro Público de la Propiedad la eliminación de cualquier derecho de propiedad que se haya inscrito en ese Registro Publico, en favor de cualquier propiedad que se encuentre ubicada dentro del mapa que el propio Estado de Costa Rica declaró ante las autoridades Ramsar, como Sitio Categoría Ramsar 783, Gandoca Manzanillo, por tratarse de un inmueble que es inalienable y no sujeto a inscripción privada, por estar protegido por una norma de carácter superior a cualquier norma ordinaria de rango inferior.
  5. Solicitud de medidas cautelares dentro de causa penal 23-000452-0829-PE, en el cual consta según 6 medidores recientes del ICE que se están construyendo enormes mansiones a vista y paciencia del Ministerio Publico y muy particularmente de los funcionarios del Área de Conservación Amistad Caribe (ACLAC).
  6. Solicitud de medida cautelar en contra de listado de construcciones del oficio 067- FAAP-2024 de fecha 29 de octubre de 2024, suscrito por el Lic. Melvin Mora Hernández.
  7. Indicar si ya la Procuraduría General de la Republica se encuentra apersonada dentro de la causa penal 23-000041-0611-PE, que se sigue en contra del investigado y actual Ministro de Ambiente y Energía, el Señor Franz Tattenbach Capra.

Prueba:

  1. Adjunto remito oficio 067-FAAP-2024 de fecha 29 de octubre de 2024, en el cual se demuestra que se están construyendo enormes mansiones a vista y paciencia de sus autoridades y muy particularmente de los funcionarios del Área de Conservación Amistad Caribe (ACLAC).
  2. Adjunto remito copia del oficio SINAC-SE—DE-0211-2025, de fecha 18 de febrero de 2025.
  3. Adjunto remito oficio SINAC-SE-DE-0046-2025 de fecha 14 de enero de 2025, referente al mapa del terreno incluido en la Convención Ramsar 783, Gandoca Manzanillo.
  4. Adjunto remito el oficio DU-040-02-2025 de fecha 6 de febrero del 2025, referente a 24 fraccionamientos de planos ubicados en bosque del Sitio categoría Ramsar 783, Gandoca Manzanillo.
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Atentamente,
Marco Levy Virgo
Presidente
Asociación para el Desarrollo de la Ecología