Por la Viabilidad Ambiental dada a Proyecto Parque de Tecnología Ambiental Galagarza
Expediente Administrativo N ° D1-0635-2021-SETENA
Montes de Oro, Puntarenas, Costa Rica. Mayo 2024
Señor Ministro:
Nos dirigimos a usted con todo el respeto que se merece, para manifestar nuestra indignación y rotunda oposición a la Viabilidad Ambiental dada por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) al “Proyecto Parque de Tecnología Ambiental Galagarza”, que Empresas Berthier EBI de Costa Rica pretende desarrollar en Montes de Oro.
Tal como lo manifestamos mediante un documento escrito con más de 1500 firmas de ciudadanos oromontanos y de comunidades vecinas que entregamos a la SETENA, y a viva voz los más de 700 asistentes a la Audiencia Pública efectuada el pasado 02 de setiembre 2023 en Miramar, gracias a que el Voto Constitucional Nº 2023011236 dio lugar al recurso de amparo presentado por una ciudadana, reiteramos por medio de la presente con nuestras calidades, que NO estamos de acuerdo con que la SETENA y el Ministerio de Ambiente y Energía, representado por su persona, permitan la apertura de un segundo relleno sanitario en nuestro cantón, sin antes haber evaluado los efectos acumulativos del proyecto como corresponde, ni haber atendido adecuadamente la catástrofe ambiental, crisis social y pérdidas económicas producidas por el colapso y fracaso rotundo de los rellenos sanitarios actuales y a lo largo de la historia de nuestro país; los rellenos sanitarios, ahora también mal llamados “parques tecnológicos ambientales” son ejemplos de impunidad, destrucción ambiental, perjuicio económico, engaño social y conflictos intracomunales entre otros, además evidencian la incapacidad de control y fiscalización del Estado costarricense para ese tipo de proyectos.
Lamentablemente como país no hemos unido esfuerzos para promover un sistema educativo que permita al ciudadano consumir y disponer de los desechos responsablemente, sino que ha sido mayor el afán de lucro de la industria utilizando la publicidad, el diseño de productos y empaques, así como la aplicación de la obsolescencia programada para promover un consumo irracional de mercancías. Cuando las instituciones públicas propusieron una “declaratoria de emergencia nacional ante la crisis de la basura” en 1991, copia exacta de tres crisis anteriores, y a pesar de tener legislación suficiente, se promulgó la Ley 8839: Ley para la Gestión Integral de Residuos, cuyo espíritu es atacar esta problemática desde la raíz evitando la generación de desechos, concienciando a la ciudadanía y haciéndola responsable del manejo desde la fuente mediante su clasificación para reducir las cantidades a disponer en rellenos sanitarios.
Tanto el MINSA como el MINAE a través de la SETENA han faltado al deber de probidad al no hacer cumplir la Ley 8839; al no obligar a las Municipalidades a colectar selectivamente y aprovechar los desechos, lejos de disminuir la cantidad de éstos ha aumentado y al permitir a las empresas rellenistas sobrepasar por mucho la cantidad de desechos a recibir, se ha ocasionado mal manejo de los rellenos por exceso de desechos con las consecuentes molestias para las comunidades adyacentes en su salud mental y física sumado al deterioro de su situación financiera. El incremento de camiones cargados de desechos ha congestionado aún más el tráfico, deteriorando el estado de las calles e impregnándolas con sus lixiviados, olores pestilentes y ruido a lo largo de los innumerables kilómetros de sus recorridos. Sin dejar de lado que el aumento exorbitante de las ganancias de las empresas aunado a la dependencia técnica de ellas, les ha dado un poder político y económico que las cobija para amedrentar a comunidades enteras mediante demandas a sus líderes, recusaciones a regidores municipales, e incluso pareciera marcarle el norte a más de una instancia pública, abriendo el portillo para normalizar y legitimar megarellenos con enormes impactos en las comunidades rurales.
No es posible que funcionarios del MINAE y otras dependencias, cargados de títulos académicos, sin haber podido atender, ni entender la crisis que viven las comunidades de Montes de Oro, Desamparados, Aserrí y La Uruca por ejemplo, sigan autorizando nuevos desastres; peor aún haciendo caso omiso al hecho de que la zona en donde se pretende desarrollar el proyecto PTA Galagarza es un Área Ambientalmente Frágil, pues a una distancia menor de 2 Km se encuentran los restos del antiguo Vertedero de Basura de Zagala, y otro relleno sanitario llamado Parque Ecoindustrial Miramar – Tecnoambiente, operado desde hace más de 12 años por el Grupo Empresarial RABSA, y que desde el año 2021 sobrepasa las 1100 toneladas diarias de desechos sólidos provenientes de diferentes municipalidades del país, entre ellas Montes de Oro, Esparza, Monteverde, Puntarenas, Lepanto, Abangares, Bagaces, Cañas, Nandayure, Colorado, Upala, Pérez Zeledón, Coto Brus y Golfito, así como los transportados por las empresas LUBERA y LUMAR (desechos provenientes de las municipalidades de Heredia, Poás, Grecia, Quepos, Palmares y Liberia), y entidades públicas y privadas, tales como la Caja Costarricense del Seguro Social, Compañía Nacional de Fuerza y Luz, Coca-Cola Femsa S.A., Fábrica Centroamericana de Harinas S.A., Corporación Pipasa SRL y Vidriera Centroamericana S.A., entre otros.
Desde que Tecnoambiente inició operaciones en nuestro cantón, se han producido constantes cuestionamientos hacia la empresa, la Municipalidad local y las autoridades estatales competentes en materia ambiental y sanitaria, por su falta de intervención ante el declarado descontento, malestar e inconformidad de las comunidades vecinas que sufrimos por la continua emisión de polvos alérgenos, olores pútridos y líquidos lixiviados así como la proliferación de microorganismos patógenos (principalmente bacterias y hongos) que quedan suspendidos en el aire y se dispersan sobre las comunidades por la acción del viento, moscas, mosquitos y otras plagas que son vectores de riesgo para la salud, así como el empobrecimiento escénico visible desde diversos puntos del cantón y que repercute directamente en el turismo.
Los estudios de impacto ambiental se han convertido en meros trámites con propuestas que legitiman la entrega de las riquezas naturales nacionales a cualquier costo. En el caso del proyecto PTA Galagarza, la propiedad prevista para el desarrollo del proyecto cuenta con presencia de los cuerpos de agua: depresión natural, quebrada Llano, afloramiento de agua (naciente) y la colindancia con el Río Seco, cuyo cauce desemboca en el Humedal Estero de Puntarenas y Manglares Asociados (lugar donde nace la vida marina que alimenta al resto de ecosistemas de la vertiente del Océano Pacífico de Costa Rica), y que ya se ha visto impactado negativa e irreversiblemente con el arrastre de desechos sólidos de todo tipo y sustancias lixiviadas provenientes del antiguo botadero y el actual relleno, afectando a su vez a los ecosistemas que habitan el río, el Humedal Estero de Puntarenas y Manglares Asociados y también la Cuenca del Golfo de Nicoya.
Adicionalmente, la finca se encuentra a una distancia menor de 5 Km del Santuario de Vida Silvestre Natuwa, único santuario que promueve la conservación de los emblemáticos guacamayos de Costa Rica, tanto de lapa roja (Ara macao), como de lapa verde (Ara ambiguus), figurando el último en peligro crítico según los criterios (A4abcd) de la Lista Roja de Especies Amenazadas de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN). Y donde se da albergue también a diversas especies de aves, reptiles y mamíferos, entre ellos el ahora simbólico jaguar que representa a Costa Rica y su economía proyectada al mundo desde la Presidencia de la República y los diferentes ministerios.
Empresas Berthier EBI de Costa Rica nos ha mentido descaradamente al afirmar que cuenta con un Sistema Integrado de Gestión que le permite “garantizar que en comunidades tan cercanas como 1.0 Km no se presenten reportes por malos olores durante años”, pues existe material documentado con las quejas, denuncias, fotografías, videos y reportajes periodísticos en diferentes medios de comunicación que demuestran múltiples y constantes irregularidades en sus rellenos sanitarios, evidenciando que no existe tal garantía. Así mismo, condenas por sobornos a funcionarios públicos, por ejemplo en el año 2011, cuando la Sala III otorgó una pena de 5 años para el exalcalde de Aserrí, Mario Morales Guzmán, por recibir dádivas por parte del exgerente de la empresa, Juan Carlos Obando Umaña; y por procesos fraudulentos como en el caso de la Sentencia N° 10417 de Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, del 5 de agosto de 2011, que dio lugar a un recurso de amparo por violación a los derechos a la salud y a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado (Artículo 50 de nuestra Constitución Política), por sobrecarga en la recepción de desechos en el PTA Uruka, y más recientemente, la construcción de la “Celda Única” en el PTA Aczarri sin solicitar ni obtener la totalidad de los permisos requeridos, y que en julio de 2023 colapsó dejando toneladas de basura al aire libre, expuestas ante las lluvias, generando malos olores desproporcionados por la cantidad de biogás liberado a través de las grietas, además de terreno inestable con inminente riesgo a la integridad de los vecinos de la zona. Todo a vista y paciencia de las autoridades estatales.
Todas estas afectaciones se verían incrementadas de manera exponencial y serían acumulativas al instalarse un segundo relleno sanitario a una distancia no mayor de 2 Km del primero, algo sin precedentes en Costa Rica; resultando irracional y alejado de los principios de la ciencia y la técnica que el costo ambiental de más del 85% de los desechos sólidos del país, se recargue en el 0,25% de la población, que es el peso relativo de todo el país.
En síntesis, la presencia y funcionamiento del PTA Galagarza acarrea graves repercusiones directas sobre la economía de la región, principalmente a nivel de turismo, ecoturismo, pesca artesanal en el Golfo de Nicoya, actividades comerciales como hoteles, restaurantes, fincas recreativas y de conservación, por citar algunos. Sin dejar de lado que aún sin iniciar operaciones, ya se experimenta la estrepitosa caída en el valor de las propiedades y las dificultades inherentes para la obtención de créditos bancarios, así como la insuficiente generación de empleo digno en contraste con el daño ambiental irreversible que se generará.
La falta de recursos y capacidad del Estado no permite la apertura de más rellenos sanitarios. No existe control operacional efectivo, la fiscalización es escasa y poco eficiente de principio a fin, con mayor riesgo durante la fase de operación, porque mientras, un relleno sanitario opera los 365 días del año en horarios que van desde las 5 am hasta las 10 pm (e incluso horas de la madrugada), los controles estatales se dan mensualmente, con funcionarios que laboran solo de lunes a viernes y de 7 de la mañana a 3 de la tarde.
Por consecuente, apelamos a su persona en legítima defensa del interés público y sobre el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, conforme a lo otorgado en el Artículo 50 de nuestra Constitución Política, para que no se siga viendo el PTA Galagarza como un proyecto aislado o individual, sino por el contrario, se realice la Evaluación Científico – Técnica de los Efectos Acumulativos (EEA) como corresponde y los mismos sean contemplados en el expediente de SETENA, para analizar y evaluar los cambios ambientales acumulativos, originados por la suma sistemática de los efectos de actividades, obras o proyectos desarrollados dentro del área geográfica definida. Así mismo se declare la nulidad de la Viabilidad Ambiental otorgada por la SETENA al desarrollador y se archive el Expediente Administrativo N ° D1-0635-2021-SETENA.
“El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades del desarrollo y ambiente de las generaciones presentes y futuras”. (Principio 3 de la Declaración de Rio, 1992).
Respetuosamente, las y los ciudadanos oromontanos que no desean ver al cantón de Montes de Oro convertido en el basurero nacional.
Imagen con fines ilustrativos.
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