Solicitud de intervención urgente del Consejo Nacional de Ambiente (CNA)

Marco Levy Virgo, de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología, solicitó a la presidencia de la República la intervención inmediata del Consejo Nacional Ambiental, esto, por cuanto de una respuesta recibida de parte de la directora del Área de Conservación Amistad Caribe (ACLAC), se desprende que existe un vicio de nulidad absoluta de toda actuación por parte de terceros, en relación con la “propiedad demanial que pertenece a todos los costarricenses”.

Levy Virgo se refiere a que la resolución No. 11-2017, SINAC-ACLAC-PNE-C-011-2017 del 30 de junio de 2017 utilizada como insumo para la resolución N° 025-2023-SETENA de las 10 horas 40 minutos del 11 de enero de 2023 relacionada con el Plan Regulador Costero de Talamanca carece de los indispensables planos topográficos.

Se emitió una viabilidad ambiental para el Plan Regulador de Talamanca sin contar con los indispensables planos topográficos, el cual puede interrumpir la biodiversidad del lugar debido a que  se están desarrollando obras constructivas en sitios de anidación de tortugas, humedales y bosques ubicados en el litoral del Cantón de Talamanca contraviniendo el artículo 13 de la Ley Forestal vigente, especifica la petición enviada a la Presidencia de la República. 

Lo anterior se desprende de la respuesta de la directora del Área de Conservación Amistad Caribe a las gestiones de Marco Levy Virgo. De acuerdo con esa contestación, “los levantamientos catastrales de las zonas (PNE) en la zona marítimo terrestre de Talamanca”, … “los mismos fueron solicitados en el año 2017 al depto. de IRT-SE mediante oficio SINAC-ACLAC-PNE-058-2017, no obstante, se remitió nuevamente dicha solicitud mediante documento SINAC-ACLACDRFVS-PNE-019-2024, de manera que se realicen los planos catastrados correspondientes de los polígonos delimitados como PNE en la ZMT para cumplir con lo establecido en la normativa y directriz vigente”. 

De esa relación de hechos se desprende que la viabilidad ambiental fue emitida sin contar con los planos catastrados correspondientes, necesarios para delimitar las zonas que deben ser protegidas.

SURCOS comparte los documentos de referencia.