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Etiqueta: Ministerio de Justicia y Paz

Defensoría interviene de oficio ante proyecto de carpas en centros penales

A propósito de la información divulgada en medios de comunicación sobre la posibilidad de que el Estado proceda con la construcción de cárceles a través de la utilización de carpas, la Defensoría de los Habitantes solicitó al Ministerio de Justicia y Paz informar sobre varias inquietudes.

Entre ellas, si el Ministro de Justicia y Paz, el Director General de Adaptación Social u otras instancias administrativas de dicho ministerio, se han asesorado en otras latitudes para obtener información acerca de cómo se han construido y operan cárceles en las que se han utilizado carpas para albergar a la población privada de libertad. En caso de ser así, indicar cuáles países fueron los abordados para recopilar experiencia al respecto, si han sido visitadas cárceles, detallar cuáles y los resultados de las mismas, así como señalar las buenas prácticas de protección de los derechos de las personas privadas de libertad que el Ministerio ha observado luego de tener contacto con este tipo de construcciones o proyectos, más allá del tema estrictamente presupuestario.

Además, especificar si el Ministerio de Justicia y Paz tiene contemplado dentro de su portafolio institucional de proyectos de construcción, la construcción de cárceles utilizando carpas. En caso de ser así, efectuar una descripción del proyecto, en qué lugar se construiría, el presupuesto a utilizar, cómo se incluirían las obras complementarias que se requieren para la operatividad de un centro penitenciario, así como para garantizar plenamente la prestación de servicios técnicos y de seguridad de un establecimiento de este tipo.

En respuesta a la Defensoría, el Ministro de Justicia y Paz aclaró que el nombre correcto es “construcciones livianas” en los centros penitenciarios del país e indicó que este proyecto se encontraba en una etapa de estudio, análisis y búsqueda de opciones, con el fin de tomar la decisión que convenga a los intereses del Sistema Penitenciario del país y bajo el respeto de los Derechos Humanos. Agregó que cuando esa cartera ministerial concrete y defina la viabilidad del proyecto, y con mayores especificaciones, lo podrán en conocimiento de la Defensoría de los Habitantes y dará respuesta a las inquietudes que existan.

Asimismo, el Ministro de Justicia y Paz indicó que, actualmente, se estaba en la fase previa del proyecto, considerando aspectos asociados como estudio de mercado y factibilidades, y que, como parte de las etapas que se debían desarrollar para su ejecución, estaba la inclusión del perfil del proyecto ante MIDEPLAN, para lo cual se hacía necesario finalizar la etapa previa del mismo que les permitiría definir el alcance del proyecto, y su estudio económico, entre otros aspectos, los que serían incluidos dentro de la inscripción del proyecto.

Considerando la anterior información y de conformidad con los procedimientos institucionales, la Defensoría procedió a la apertura de una Intervención de Oficio, tratándose de una situación que reviste especial interés, en procura de garantizar el efectivo y pleno disfrute de los Derechos Fundamentales de la población privada de libertad, y, sobre todo, considerando que existen estándares internacionales de construcción de centros penitenciarios que deben ser cumplidos por la Administración Penitenciaria.

La realidad de las cárceles muestra una cantidad ilimitada de elementos que inciden de manera negativa en la prestación de los servicios para dicha población. La privación de libertad es una condición derivada de un proceso jurisdiccional, mediante el cual se genera una consecuencia jurídica, cuya implicación es la pérdida de la libertad para una persona, durante un lapso de tiempo determinado. Esta condición no implica la suspensión de garantías o demás derechos de las personas que se encuentran en dicha circunstancia.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Defensoría pide cuentas por chalecos para mujeres de la policía penitenciaria

La Defensoría de los Habitantes investiga una denuncia sobre la disponibilidad de chalecos de seguridad adecuados para mujeres que laboran en la policía penitenciaria del país.

Para la Defensoría no solo es importante estos dispositivos por un tema de seguridad sino también que se considere la perspectiva de género en su diseño, pues deben adaptarse adecuadamente al cuerpo de las mujeres tomando en consideración las diferencias anatómicas.

En el presente año la Defensoría realizó una solicitud de información a las autoridades del Ministerio de Justicia y Paz para conocer las acciones realizadas para la adquisición de estos chalecos, a raíz de una queja presentada por la Unión Nacional de Trabajadores y Trabajadoras (UNT).

En respuesta a esta Defensoría, el 05 de abril anterior la Dirección de Adaptación Social informó que, si bien se cuenta con un contrato activo para la adquisición de estos equipos y se han efectuado varias cargas de contrato -se adquirieron 1.231 unidades-, también es cierto que se han dejado de utilizar un grupo de chalecos debido a su vencimiento, para un total de 1.971 entre el periodo del 2021 al 2024.

Además, se indicó que, para el periodo actual se cuenta con una asignación presupuestaria cercana a los 200 millones de colones para la adquisición en el primer semestre del año 2024 de unos 212 chalecos, los cuales deberán ser distribuidos de manera equitativa en todos los centros penitenciarios y unidades de trabajo, dando prioridad a aquellos que presentan un mayor déficit.

Adaptación Social señaló que como parte del cumplimiento de una resolución de la Sala Constitucional se hizo una carga al contrato para la adquisición de 67 chalecos femeninos, las cuales dadas las características de la contratación constituirían 134 agentes de policía femenina que se estarán cubriendo en esta primera etapa, y de acuerdo al presupuesto asignado a esa partida se irán progresivamente adquiriendo más chalecos a las mujeres policías de acuerdo a la necesidad institucional.

La Defensoría de los Habitantes continuará con el proceso de investigación y seguimiento a este tema, para generar las recomendaciones del caso.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Defensoría: Justicia deberá explicar avances en 10 metas en temas de seguridad

Seguimiento a cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo 2023-2026

A partir de la evaluación realizada por el Ministerio de Planificación acerca del cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo e Inversiones Públicas 2023-2026, la Defensoría de los Habitantes solicitó cuentas al Ministerio de Justicia y Paz sobre los avances en el cumplimiento de 10 metas.

Para nadie es un secreto que la temática de la seguridad ciudadana constituyó en el año 2023 y en la actualidad, uno de los mayores desafíos a nivel del Estado costarricense, con la tasa de homicidios más alta en la historia del país y con varias “oportunidades de mejora”, según Mideplan, en la ejecución de acciones planteadas en dicho Plan Nacional para este sector.

La Defensoría considera fundamental que el Ministerio de Justicia informe sobre las acciones programadas, calendario respectivo y asignación de responsabilidades, para atender cada una de las siguientes 10 situaciones:

– Sobre la medición del porcentaje de personas privadas de libertad que participan en procesos de reinserción social integral, pues en el 2023 Planificación indicó que no fue posible debido a la forma en que registra esa información.

– Sobre la insuficiente participación de personas privadas de libertad en actividades ocupacionales remuneradas en las regiones Brunca y Huetar Caribe.

– Sobre las acciones adoptadas para atender las causas del retraso en la construcción de Delegaciones Policiales. Planificación detectó un retraso en el diseño, adjudicación y construcción de ocho Delegaciones Policiales, debido a que la Fuerza Pública modificó criterios sobre cantidad de funcionarios que albergaría cada una, a que el contratista de la Delegación de Horquetas abandonó la obra y al aumento en los precios de construcción y consecuente insolvencia financiera.

– Sobre acciones para agilizar la implementación del programa “Fortalecimiento de la seguridad ciudadana y prevención de violencia”, y específicamente el componente “Efectividad policial”, pues Planificación identificó insuficiente avance.

– Sobre las acciones para actualizar, la meta de otorgar permisos de trabajo a personas solicitantes de refugio, de acuerdo con la reglamentación reciente.

– Sobre las acciones para replantear, dotar de recursos y ejecutar el proyecto “Un Esfuerzo Preventivo, de Prevención de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva”. Planificación indica que no se avanzó debido a deficiencias en su diseño, a la falta de recursos y a la suspensión de convenios para asignar “personal a préstamo” a esa iniciativa.

– Sobre las acciones para dotar de personal y mejorar la ejecución presupuestaria, en la iniciativa de atención a mujeres víctimas de violencia con representación legal y orientación psicosocial, en los distintos centros de denuncia interinstitucional. Aquí Planificación detectó insuficiente capacidad instalada para atender la demanda de bienes y servicios, de al menos 600 mujeres víctimas de violencia atendidas en los distintos centros de denuncia institucional y tardanza en la contratación de profesionales.

– Sobre acciones para promover, con material impreso y otras modalidades de divulgación, el acceso de mujeres víctimas de violencia a los “Puntos Violeta” y otros “espacios seguros” previstos en el PNDIP 2023-2026.

– Acciones para mejorar la ejecución presupuestaria del sector, en el cumplimiento de las metas sectoriales y de intervención pública establecidas en el PNDIP 2023-2026. Indica Planificación que el sector Seguridad Ciudadana y Justicia solamente ejecutó el 62% de la programación presupuestaria del 2023.

-Considerando que el PNDIP 2023-2026 cifró en 545 el número de homicidios para 2023, que esa cifra resultó absolutamente superada (907), y que para 2024 también se prevé superar la “meta” estimada en dicho Plan (533), informar las acciones que usted, como Ministro Rector del Sector Seguridad Ciudadana y Justicia, está adoptando para cumplir las responsabilidades que le encarga el artículo 4 del Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo, a fin de anticipar y revertir la tendencia observada en la tasa de homicidios dolosos y el previsible incumplimiento de las metas del PNDIP. Actualmente el Ministerio de Justicia solicitó una prórroga para responder a la Defensoría.

Oficina de Comunicación Institucional.

Defensoría de los Habitantes

Ni amigos, ni pares, ni adversarios: la distancia del juez

Walter Antillón

1.- Desde hace años he venido observando una práctica que me parece institucionalmente incorrecta y que consiste en que, cada cierto tiempo, Ministros o funcionarios de los Ministerios de Justicia, o de Seguridad Pública, han convocado al Ministerio Público, o personalmente al Fiscal General de la República, a participar en reuniones heterogéneas (a veces con participación de la DEA u otros cuerpos policiales extranjeros) para discutir y convenir en políticas, tácticas o campañas dirigidas a combatir ciertas formas de delincuencia que, se estima, amenazan la vida o la seguridad de los ciudadanos. Mi discrepancia se funda en que la Fiscalía es el órgano de la Justicia que con absoluta autonomía e imparcialidad ejercita la acción penal, esto es, la función requirente del Estado, contra cualesquiera personas sin distinción, según el mérito de la causa; de manera que sus agentes, por elementales reglas de higiene institucional, deberán sustraerse de toda ocasión que pueda conducirlos a participar en planes de cooperación o acciones conjuntas con otros cuerpos funcionariales de donde puedan resultar situaciones de influencias, empatías o sentimientos afines con funcionarios públicos nacionales o extranjeros; funcionarios a quienes eventualmente, el día de mañana, los fiscales podrían estar llamados a acusar como presuntos autores de delito (como, por lo demás, ocurre con alguna frecuencia).

2.- Ahora bien, en los últimos tiempos, y particularmente en el actual Gobierno, se ha recaído lamentablemente en dicha práctica, pero en grado mayor, cuando se convoca a los señores Presidente de la Corte Suprema de Justicia y Fiscal General de la República, junto con Diputados, Ministros y otros, a reuniones de urgencia en Casa Presidencial; reuniones lideradas por el señor Presidente de la República con el justo empeño de detener la ola de violencia que viene padeciendo nuestro País. Me parece que la última de dichas convocatorias ha tenido lugar el 3 de octubre del año próximo pasado (ver “elmundo.cr” del 2 de octubre citado).

3.- Igualmente ahora, y con mayor razón, los ciudadanos debemos señalar lo gravemente incorrecto de dicha práctica. El ejercicio independiente e imparcial de la potestad jurisdiccional del Estado (en sus formas judicante y requiriente) que ejercen en forma ordinaria jueces, magistrados, fiscales y defensores del Poder Judicial, consiste en la aplicación de la Constitución y las Leyes a los casos concretos sometidos a su conocimiento; de manera que perseguir y cumplir objetivos como “combatir”, “detener” o “contener” actos individuales o procesos sociales precalificados como dañinos, peligrosos, etc., son, por definición, ejecución de políticas criminales, lo cual es actividad radicalmente ajeno a la esfera de competencias de aquel Poder.

Tanto es así que, por ejemplo, como resultado del proceso jurisdiccional seguido contra una persona, podría ocurrir, tanto la condena penal de ésta, como también su absolución, con eventuales cargos criminales contra las autoridades que torpe y maliciosamente la implicaron en el caso; porque jueces y fiscales, al examinar objetivamente la conducta de un imputado, también tienen el deber de detectar e identificar los eventuales abusos e infracciones de las autoridades que intervinieron en el caso, y proceder de conformidad.

4.- Las anteriores consideraciones vienen primariamente respaldadas en la tradición liberal y garantista del constitucionalismo moderno, de matriz ilustrada (Locke, Montesquieu). Y al respecto los ciudadanos tenemos el deber de destacar y señalar el amplio desarrollo que en nuestra época ha experimentado la clásica doctrina de la separación entre las funciones y los poderes supremos del Estado.

Porque, en efecto, dichas funciones e instituciones/poderes han sido objeto de renovados análisis doctrinarios, con notables resultados a partir de la consideración de las dos grandes dimensiones de la fenomenología de la producción jurídica, a saber:

  1. a) Una dimensión activa, que corresponde a la función general de gobernar (legislar y ejecutar a tenor de lo legislado) y se expresa en forma de voluntad, poder, innovación y disposición.
  2. b) Una dimensión no activa, que corresponde a la función general de garantizar secundariamente el derecho (juzgar), y se expresa como conocimiento, saber, conservación y constatación.

(ver, por todos, Luigi Ferrajoli: Principia Iuris. Teoria del diritto e della democrazia; Laterza, Bari, 2007; pág. 871 y sigtes.)

5.- La evolución institucional en los países más avanzados acusa claramente la tendencia a atenuar la distancia entre ambas instituciones representativas (parlamento y gobierno: legislar y administrar), conformando entre ellas una relación de condivisión funcional; y opuestamente, la tendencia a acentuar la distancia de las dos frente a la otra institución: la no representativa (judicial), cuya función (y también su legitimación) es garantizar el derecho, caso de fallar otras garantías de carácter primario.

Por ejemplo, la salud de los costarricenses goza de la garantía primaria de la Caja Costarricense de Seguro Social; pero si, debido a las alevosías de presidencias y directivas neoliberales que la apuñalan desde adentro, o corruptelas similares, la garantía primaria falla, bien sabemos los usuarios de las múltiples veces que la Sala Constitucional ha hecho funcionar la garantía secundaria.

6.- En conclusión, el carácter esencial, vital, de la función de garantía secundaria del Poder Judicial para asegurar el Estado Constitucional de Derecho y la vigencia de los derechos humanos de la población, nos obligan a extremar las salvaguardas de la independencia interna y externa, y la alta dignidad de cada uno de los jueces y magistrados de dicho Poder, así como del Fiscal General de la República y, plausiblemente, de los restantes fiscales y defensores.

7.- Ni amigos, ni pares, ni adversarios de los demás funcionarios públicos, los fiscales, los defensores, los jueces y los magistrados del Poder Judicial constituyen un orden aparte, cuya distancia y condición deben ser escrupulosamente respetadas; bajo pena de incurrir, en el más leve de los casos, en violación a las normas de corrección constitucional vigentes en todo país civilizado.

Imagen: UCR. 

Costa Rica atenderá a población migrante y vulnerable con apoyo de US$20 millones del BID

Comunicado. 10 de agosto de 2023. El Directorio del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) aprobó hoy otorgar US$20 millones no reembolsables a Costa Rica para la implementación del Programa Integral de Seguridad Ciudadana y Prevención de la Violencia para la Inclusión de Grupos Migrantes Vulnerables. El objetivo de esta donación es contribuir a reducir la vulnerabilidad de la población local y migrante a la violencia, la marginalidad y la discriminación.

Costa Rica es principalmente un país de destino para los migrantes y tiene una amplia tradición de inclusión, con políticas receptivas hacia migrantes y refugiados. Ante el creciente número de migrantes que ingresan al país, o que hacen tránsito en su camino a Estados Unidos, surgen nuevos retos de seguridad para esta población: riesgos de convertirse en víctima y/o victimarios del crimen y la violencia, limitada capacidad institucional para atender necesidades de los migrantes, o el aumento de actitudes en contra de la migración, entre otros.

En este contexto, la donación es posible gracias a que Costa Rica es uno de los países elegibles para acceder a los recursos de la Facilidad No Reembolsable para Apoyar a Países que Reciben Flujos Migratorios Intrarregionales Repentinos y de Gran Magnitud, que el BID constituyó con recursos propios en 2019 por US$100 millones.

El programa será ejecutado por el Ministerio de Justicia y Paz (MJP) y consta de dos componentes: prevención social de la violencia y fortalecimiento de las capacidades institucionales para atender los flujos migratorios.

El primero permitirá ampliar la infraestructura y los servicios orientados a la prevención de la violencia, beneficiando tanto a la población migrante como a las comunidades de acogida en diversas regiones del país. Por medio del segundo componente se fortalecerán las capacidades institucionales de la Dirección General de Migración y Extranjería para atender los flujos migratorios, con el objetivo de promover la inclusión socioeconómica de la población migrante y así reducir sus niveles de vulnerabilidad y exposición a delitos y violencia.

La iniciativa complementará el trabajo que ya se realiza en el país a través del Programa de Seguridad Ciudadana y Prevención de Violencia, financiado por el BID mediante un préstamo por US$100 millones. Dicho programa incluye la construcción de delegaciones policiales y la creación de Centros Cívicos por la Paz en comunidades vulnerables.

 

Imagen: https://ciencia.unam.mx/leer/1124/-buscas-informacion-sobre-la-migracion-

ANEP presenta Recurso de Amparo contra medida cautelar atípica girada por jueza contra Ministerio de Justicia y Paz

SURCOS comparte el siguiente comunicado de prensa:

Con la medida se vulneran los derechos de libertad de expresión, de opinión y de acceso a la información, así como a la separación de poderes y la libertad de prensa.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) presentó, la mañana de este viernes, un recurso de amparo contra la medida cautelar atípica girada por una jueza de la república que impide al Ministerio de Justicia y Paz referirse a temas carcelarios ante la opinión pública y medios de comunicación.

La acción de la ANEP se presenta en favor de los funcionarios y servidores del Ministerio de Justicia y Paz, de las personas periodistas del país y de la ciudadanía en general, al considerar que se vulneran derechos fundamentales.

“Nos parece que esta decisión de la señora jueza constituye una acción intimidante, que desincentiva los principios democráticos y republicanos del ser costarricense. Por consiguiente, se vulneran los derechos de libertad de expresión, de opinión y de acceso a la información, así como a la separación de poderes. Se vulnera la libertad de prensa y los principios de proporcionalidad, racionalidad y razonabilidad”, manifestó el Secretario General de la ANEP, Albino Vargas Barrantes.

Para la ANEP, no existe una fundamentación previa por parte de la juzgadora que indique cómo se vulnerarían los principios de independencia judicial y de juez natural, no razona por qué considera estos elementos por encima de otros principios y derechos humanos.

Afectación de derechos

1.Se considera violentada la libertad de prensa, no solo como una de las mayores manifestaciones de la libertad de expresión y de conciencia, bajo la cual las personas pueden expresar libremente y sin temor a coacción o represalias sus opiniones y pueden informar a la población, sino también, como el derecho que les asiste a las personas periodistas y comunicadoras a informar sobre la gestión de las administraciones y el deber de los servidores públicos de brindar la información de interés público que les sea solicitada. Así como el derecho de petición y pronta respuesta que les asiste a todos los ciudadanos de acuerdo con el artículo 27 y 30 de la Constitución Política y el artículo 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional.

2.Se vulnera el artículo 28 de la Constitución, que indica que: “Nadie puede ser inquietado ni perseguido por la manifestación de sus opiniones ni por acto alguno que no infrinja la ley.” El término nadie incluye a las autoridades penitenciarias. De igual manera, la medida de la juzgadora contraría lo que estipula el artículo 29 de la Constitución Política que indica que: “Todos pueden comunicar sus pensamientos de palabra o por escrito, y publicarlos sin previa censura…”

  1. Se vulnera el principio de rendición de cuentas que menciona el artículo 11 de la Constitución Política y el derecho de acceso a la información pública que se desprende del artículo 30 constitucional. Esto, por cuanto la medida cautelar atípica interfiere en el libre acceso de la ciudadanía a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre asuntos de interés público. Como las autoridades penitenciarias no podrán comentar o referirse a la temática del Sistema Penitenciario Nacional, la ciudadanía durante lo que dure el proceso no podrá ejercer control sobre la legalidad, eficacia y eficiencia de la función administrativa desplegada por este ente público.  
  2. Se considera violentado el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en cuanto a la libertad de Pensamiento y de Expresión

5.La medida impuesta a las autoridades penitenciarias por la juzgadora sigue una lógica que contraviene el espíritu y los instrumentos internacionales de derechos humanos citados en los párrafos,4, 5 y 6 del preámbulo de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión:

  1. Esta decisión de la Juzgadora tiene roces con el principio de separación de poderes (separación de funciones) del artículo 9 de la Constitución Política.

Ante los diversos argumentos presentados por la ANEP en el Recurso de Amparo se solicita a la Sala Constitucional que, deje sin efecto, de manera inmediata, la medida cautelar atípica dictada por la Jueza Mayra Acevedo Matamoros en contra de las autoridades penitenciarias, hasta que se resuelva el presente Recurso de Amparo, así como que se declare con lugar en todos sus extremos el presente Recurso de Amparo con las consecuencias legales que ello implique

Por último, que se declare que la “medida cautelar atípica” es contraria al derecho de la constitución y vulnera los derechos fundamentales de los funcionarios penitenciarios, de las personas periodistas y de la ciudadanía en general.

Para más información sobre este proceso adjuntamos la página oficial de ANEP:

https://anep.cr/anep-presenta-recurso-de-amparo-contra-medida-cautelar-atipica-girada-por-jueza-contra-ministerio-de-justicia-y-paz/

 

Imagen del header tomada de: https://anep.cr/

Unión Nacional de Trabajadores interpone proceso sumario por discriminación contra Ministerio de Justicia y Paz

La Unión Nacional de Trabajadores (UNT) informó que la directora de la Policía Penitenciaria solicitó el cese del nombramiento provisional de una compañera agente de policía, porque aparentemente tuvo un comportamiento incompatible con la función policial, pero según el sindicato, se trató de incapacidades por enfermedad, por lo cual interpusieron un proceso sumario por discriminación.

De acuerdo con la UNT, la agente cumplió todas las pruebas para demostrar su idoneidad (físicas, psicológicas, médicas y estudio de entorno comunitario), pero el “comportamiento incompatible” son incapacidades por enfermedad, incluyendo dos órdenes sanitarias por sospecha de COVID-19.

“De forma discriminatoria, según nuestro criterio, la directora de la Policía considera que sufrir una incapacidad temporal por enfermedad, es un «comportamiento incompatible» con la función policial… O sea, un policía no puede enfermarse”, comunicó la UNT.

La UNT fue notificada de que el Juez de Trabajo ordenó como medida cautelar, reinstalar a la agente de forma inmediata, mientras se determina si efectivamente el cese de interinato por incapacidad es un trato discriminatorio.

“Esperamos que finalmente se declare con lugar nuestra demanda y que la compañera, que cuenta con todos los atestados y ha aprobado las pruebas de idoneidad, se mantenga laborando como Policía Penitenciaria. Este caso es un precedente importante que pone límites a la discrecionalidad del Ministerio de Justicia y tutela los derechos laborales de trabajadores y trabajadoras que en razón de su nombramiento provisional, muchas veces son víctimas de arbitrariedades e injusticias”, agregó el sindicato.

UNA: Privados de libertad alzan la voz por humanización de sistema penitenciario

  • I Congreso Cultura de Paz: personas privadas de libertad en diálogo con sistema penitenciario
  • Personas privadas de libertad llaman a humanizar sistema penitenciario

 

Cerca de 40 personas privadas de libertad de 14 centros penales, entre quienes destaca un grupo de mujeres, alzan su voz para plantear recomendaciones orientadas hacia la humanización del Sistema Penitenciario, como parte del: I Congreso Cultura de Paz: Diálogo entre privados de libertad y sistema penitenciario.

Este viernes 23 de junio, se dio la firma del documento con recomendaciones en el Campus Liberia, Universidad Nacional. En este evento participaron: María Cecilia Sánchez, Ministra de Justicia y Paz; Marco Feoli, viceministro de Justicia y Paz; Alberto Salom, rector de la UNA; Roberto Rojas, decano del Centro de Estudios Generales UNA; Víctor Julio Baltodano, decano electo Sede Chorotega y representantes de las personas privadas de libertad

El documento anteriormente citado recoge vivencias de las personas privadas de libertad expuestas en mesas de trabajo, integradas también por autoridades del Ministerio de Justicia y Paz, funcionarios penitenciarios, y académicos y estudiantes de la UNA.

La prevención de la violencia social, hacinamiento en centros penales, humanización del sistema, reincidencia delictiva, reinserción efectiva y modelo punitivo, son algunos de los temas que se contempla el documento.

El objetivo es recoger insumos con miras a la elaboración de propuestas de política pública sobre el modelo penitenciario nacional.

El evento se organiza en el marco del Proyecto: Cultura de paz y expresiones artísticas con personas privadas de libertad en el Centro de Atención Institucional Calle Real en Liberia- y en el Centro Semi-Institucional de Nicoya, del Centro de Estudios Generales.

 

Invitan: Ministerio de Justicia y Paz, Centro de Estudios Generales y Sede Región Chorotega de la UNA

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por Oficina de Comunicación UNA.

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