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Etiqueta: Naciones Unidas

Gaza / Israel: la ordenanza de la Corte Internacional de Justicia (CIJ)

Nicolas Boeglin. Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).

Este 26 de enero del 2024, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dio a conocer su ordenanza, repondiendo a la solicitud urgente de medidas provisionales interpuesta por Sudáfrica contra Israel el pasado 29 de diciembre del 2023: el texto de la ordenanza puede ser consultado en este enlace en francés y en inglés.

Cabe advertir desde ya que esta ordenanza es una decisión preliminar de carácter ugente del juez de La Haya, distinta a la sentencia o fallo sobre el fondo, que se tomará tan solo dentro de unos años por parte del juez de La Haya.

Breve puesta en contexto

La petitoria final de Sudáfrica sobre las medidas provisionales de carácter urgente figura en las páginas 83-84 de su intervención ante los jueces de La Haya realizada el pasado 11 de enero y consta de un total de 9 puntos (véase texto). Por su parte, las conclusiones finales de Israel pidiendo desestimar y archivar esta solicitud se encuentran en la página 75 de su intervención ante los jueces realizada el 12 de enero del 2024 (véase texto

Resulta de interés señalar que durante estas audiencias realizadas los días11-12 de enero, Chile envió a su máximo representante en La Haya  y lo hizo ver mediante un documento circulado por su aparato diplomático (véase comunicado oficial del 11 de enero). Menos de una semana después, conjuntamente con México, Chile solicitó a otra instancia jurisdiccional con sede en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI) la remisión urgente de la situación en Gaza a la Oficina del Fiscal de la CPI (véase comunicado oficial de Chile y comunicado de México, ambos del 18 de enero del 2024): tuvimos oportunidad de analizar en detalle ambos comunicados (Nota 1), planteando de paso la inacción observada por parte de los demás 122 Estados Partes al Estatuto de Roma.

El contenido de la ordenanza de la CIJ en breve

En el texto de su ordenanza dada a conocer este 26 de enero (parte dispositiva tomada con 15 votos a favor en su casi totalidad, párrafo 86), la CIJ declara que: 

«1) Par quinze voix contre deux, 

L’État d’Israël doit, conformément aux obligations lui incombant au titre de la convention pour la prévention et la répression du crime de génocide, prendre toutes les mesures en son pouvoir pour prévenir la commission, à l’encontre des Palestiniens de Gaza, de tout acte entrant dans le champ d’application de l’article II de la convention, en particulier les actes suivants : 

a) meurtre de membres du groupe ; 

b) atteinte grave à l’intégrité physique ou mentale de membres du groupe ; 

c) soumission intentionnelle du groupe à des conditions d’existence devant entraîner sa destruction physique totale ou partielle ; et 

d) mesures visant à entraver les naissances au sein du groupe ; 

2) Par quinze voix contre deux, 

L’État d’Israël doit veiller, avec effet immédiat, à ce que son armée ne commette aucun des actes visés au point 1 ci-dessus ; 

3) Par seize voix contre une, 

L’État d’Israël doit prendre toutes les mesures en son pouvoir pour prévenir et punir l’incitation directe et publique à commettre le génocide à l’encontre des membres du groupe des Palestiniens de la bande de Gaza ; 

4) Par seize voix contre une, 

L’État d’Israël doit prendre sans délai des mesures effectives pour permettre la fourniture des services de base et de l’aide humanitaire requis de toute urgence afin de remédier aux difficiles conditions d’existence auxquelles sont soumis les Palestiniens de la bande de Gaza ; 

5) Par quinze voix contre deux, 

L’État d’Israël doit prendre des mesures effectives pour prévenir la destruction et assurer la conservation des éléments de preuve relatifs aux allégations d’actes entrant dans le champ d’application des articles II et III de la convention pour la prévention et la répression du crime de génocide commis contre les membres du groupe des Palestiniens de la bande de Gaza ; 

6) Par quinze voix contre deux, 

L’État d’Israël doit soumettre à la Cour un rapport sur l’ensemble des mesures qu’il aura prises pour donner effet à la présente ordonnance dans un délai d’un mois à compter de la date de celle-ci. 

../..

(1) By fifteen votes to two, 

The State of Israel shall, in accordance with its obligations under the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide, in relation to Palestinians in Gaza, take all measures within its power to prevent the commission of all acts within the scope of Article II of this Convention, in particular: 

(a) killing members of the group; 

(b) causing serious bodily or mental harm to members of the group; 

(c) deliberately inflicting on the group conditions of life calculated to bring about its physical destruction in whole or in part; and 

(d) imposing measures intended to prevent births within the group;

(2) By fifteen votes to two, 

The State of Israel shall ensure with immediate effect that its military does not commit any acts described in point 1 above ; 

(3) By sixteen votes to one, 

The State of Israel shall take all measures within its power to prevent and punish the direct and public incitement to commit genocide in relation to members of the Palestinian group in the Gaza Strip ; 

(4) By sixteen votes to one, 

The State of Israel shall take immediate and effective measures to enable the provision of urgently needed basic services and humanitarian assistance to address the adverse conditions of life faced by Palestinians in the Gaza Strip; 

(5) By fifteen votes to two, 

The State of Israel shall take effective measures to prevent the destruction and ensure the preservation of evidence related to allegations of acts within the scope of Article II and Article III of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide against members of the Palestinian group in the Gaza Strip; 

(6) By fifteen votes to two, 

The State of Israel shall submit a report to the Court on all measures taken to give effect to this Order within one month as from the date of this Order». 

De algunos detalles de interés

Resulta muy inusual que la Presidenta de la CIJ refiera expresamente, en el resumen de una decisión como la ordenanza leída este 26 de enero del 2024,  al contenido de declaraciones oficiales, como las declaraciones israelíes escalofriantes oídas desde el pasado 7 de octubre: en la gestual extremadamente formal y a veces  muy parsimoniosa de los jueces de la CIJ, este primer detalle no ha pasado desapercibido para muchos de los observadores internacionales.  Tratándose además de una magistrada oriunda de los Estados Unidos, esta señal enviada desde la Presidencia del máximo órgano judicial de Naciones Unidas puede considerarse particularmente clara. 

Como se recordará la solicitud de Sudáfrica planteaba como primer punto (de los 9 que contenía su solicitud) el ordenar un cese al fuego inmediato, tal y como tuvimos la oportunidad de analizarlo en una nota anterior cuando presentó su demanda en diciembre del 2023 (Nota 2). La dificultad consistía para los jueces de La Haya en ordenar un cese al fuego entre dos bandos, con uno solo sentado en el banquillo del Peace Palace de La Haya. Un cese al fuego por definición aplica para dos contendores, y no uno.

La CIJ no acogió esta solicitud de manera expresa. Algunos juristas podrían interpretar que la CIJ deja entonces a Israel la posibilidad de continuar sus acciones militares en Gaza, las cuales ya han causado la muerte de casi  26.000 personas y herido a más de 64.000 según el último informe de situación de Naciones Unidas al 25 de enero (véase informe). No obstante, el inciso 2 del párrafo operativo 86 viene a restringir esta interpretación literal, al señalar la CIJ que hay una inmediatez ordenada a Israel:

«(2)L’État d’Israël doit veiller, avec effet immédiat, à ce que son armée ne commette aucun des actes visés au point 1 ci-dessus  /…/  The State of Israel shall ensure with immediate effect that its military does not commit any acts described in point 1 above ; 

Es de notar que con relación a una solicitud similar pero no idéntica proveniente de Ucrania en febrero del 2022, esta misma solicitud de cese de operaciones militares sí había sido acogida de manera expresa  en la ordenanza del 16 de marzo del 2022 adoptada por la CIJ (véase texto   de la ordenanza, párrafo 86 inciso 1, adoptado con 13 votos a favor y 2 en contra): pero se trataba de un Estado objeto de una agresión militar exigiendo a la CIJ ordenar inmediatamente el cese de la agresión por parte de otro Estado.

Por otro lado, Sudáfrica solicitaba que la CIJ ordenara a Israel permitir la entrada de misiones internacionales de investigaciones en Gaza (más conocidas como «fact finding missions«). El punto 7 de su petitoria indicaba en efecto que:

«(7) The State of Israel shall take effective measures to prevent the destruction and ensure the preservation of evidence related to allegations of acts within the scope of Article II of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide; to that end, the State of Israel shall not act to deny or otherwise restrict access by fact-finding missions, international mandates and other bodies to Gaza to assist in ensuring the preservation and retention of said evidence«.

La CIJ no acogió esta petitoria: en el punto 5 del precitado párrafo 86 ordena únicamente a Israel proceder a evitar la destrucción de indicios de actos cubiertos por la Convención contra el Genocidio de 1948.

No obstante estos dos puntos de importancia que no fueron expresamente contemplados por los jueces de la CIJ en su ordenanza, los puntos 1,2,3,4,5 y 6 de su decisión leída este 26 de enero del 2024 dejan entrever que actos cometidos por Israel en Gaza desde la tarde /noche del 7 de octubre sí interesan disposiciones de la Convención contra el Genocidio de 1948: lo cual constituye en sí una señal muy significativa y debería interpelar en Israel (así como fuera) a muchos decisores sobre la forma tan peculiar que tiene Israel de llevar a cabo sus operaciones militares en Gaza. 

En el párrafo 54 de la ordenanza de este 26 de enero del 2024 se lee que:

« 54. La Cour est d’avis que les faits et circonstances mentionnés ci-dessus suffisent pour conclure qu’au moins certains des droits que l’Afrique du Sud revendique et dont elle sollicite la protection sont plausibles. Il en va ainsi du droit des Palestiniens de Gaza d’être protégés contre les actes de génocide et les actes prohibés connexes visés à l’article III et du droit de l’Afrique du Sud de demander qu’Israël s’acquitte des obligations lui incombant au titre de la convention.

../..

54. In the Court’s view, the facts and circumstances mentioned above are sufficient to conclude that at least some of the rights claimed by South Africa and for which it is seeking protection are plausible. This is the case with respect to the right of the Palestinians in Gaza to be protected from acts of genocide and related prohibited acts identified in Article III, and the right of South Africa to seek Israel’s compliance with the latter’s obligations under the Convention»

Al tiempo que en el párrafo 59 la CIJ dictamina que:

«59. La Cour considère que, par leur nature même, certaines au moins des mesures conservatoires demandées par l’Afrique du Sud visent à préserver les droits plausibles qu’elle invoque sur le fondement de la convention sur le génocide en la présente affaire, à savoir le droit des Palestiniens de Gaza d’être protégés contre les actes de génocide et les actes prohibés connexes visés à l’article III et le droit de l’Afrique du Sud de demander qu’Israël s’acquitte des obligations lui incombant au titre de la convention. En conséquence, il existe un lien entre les droits revendiqués par la demanderesse que la Cour a jugés plausibles et au moins certaines des mesures conservatoires sollicitées.

../..

59. The Court considers that, by their very nature, at least some of the provisional measures sought by South Africa are aimed at preserving the plausible rights it asserts on the basis of the Genocide Convention in the present case, namely the right of the Palestinians in Gaza to be protected from acts of genocide and related prohibited acts mentioned in Article III, and the right of South Africa to seek Israel’s compliance with the latter’s obligations under the Convention. Therefore, a link exists between the rights claimed by South Africa that the Court has found to be plausible, and at least some of the provisional measures requested». 

La ofensiva militar israelí en Gaza: algunas interrogantes

Desde un estricto punto de vista militar,  la «estrategia» de Israel plantea serias interrogantes, al no haber alcanzado ninguno de sus objetivos militares después de más de 110 días de intensos bombardeos en Gaza: los rehenes israelíes siguen sin ser localizados, escondidos en alguna parte en Gaza con sus custodios; al tiempo que los principales mandos militares del Hamás siguen en vida y su estructura militar pareciera resistir al asedio total que Israel inflige diariamente a Gaza con sus bombardeos. Los numerosos escombros de inmuebles en Gaza constituyen ahora escóndites muy útiles para los combatientes del Hamás en sus operaciones contra las fuerzas militares israelíes. Un especialista francés en asuntos militares y connotado comentarista, recientemente escribió en su blog que:

«La situation sur la bande de Gaza est parfaitement désespérante. D’un côté, le gouvernement israélien annonce régulièrement qu’il va enfin sortir de cette opération dévastatrice dont le bilan est parfaitement catastrophique. Mais dans la réalité, rien ne change à ce stade où chaque jour renouvelle son lot de bombardements qui dévastent littéralement la bande de Gaza.

/../

Dans la partie Nord, censée avoir été nettoyée (c’est le terme militaire) par l’armée israélienne, les unités de Tsahal sont régulièrement harcelées par des miliciens qui ont fait des décombres leur refuge. Dans la partie Sud, l’armée affirme vouloir réduire le « quartier général stratégique » du Hamas qui se situerait à Khan Younes, après avoir été vainement cherché à Gaza même puis sous l’hôpital Al Shifa, un QG fantôme qui ne justifie en aucun cas les bombardements opérés sur l’ensemble de la bande de Gaza.  

/…/

Si cette opération déclenchée par le gouvernement Netanyahou contre la bande de Gaza continue, le risque d’escalade régional est avéré et le risque pour l’avenir d’Israël est constitué. Il appartient aux alliés d’Israël et à toutes les sociétés qui comprennent que la paix ne se construit pas dans la vengeance, de l’obliger désormais à sortir de cette impasse sanglante et de construire sur ces décombres inutiles l’avenir et la stabilité de cette région» (Nota 3).

Una ordenanza de la CIJ que lanza un llamado a la acción

Al haber Sudáfrica invocado la Convención contra el Genocidio de 1948 como base de competencia para interponer su demanda contra Israel el pasado 29 de diciembre,  la CIJ tenía limitado su ámbito de acción, procediendo a verificar únicamente si las evidencias probatorias presentadas por Sudáfrica eran de recibo (o no) y si guardaban alguna relación (o no) con las disposiciones de este instrumento multilateral.  El sútil equilibrio que la CIJ imprime tradicionalmente a sus decisiones no pareciera esta vez haberse verificado del todo.

Al señalar en su ordenanza que sí existe esta relación, que es plausible que Israel esté violando disposiciones de este instrumento, y al ordenarle a Israel varias de las medidas provisionales solicitadas por Sudáfrica, el equipo legal de Sudáfrica puede sentirse muy satisfecho por la labor realizada.

Esta ordenanza de la CIJ también interpela de ahora en adelante al resto de la comunidad internacional para idear cómo frenar de manera significativa a un Estado cuyas máximas autoridades parecieran decididas a llevar a cabo una operación militar punitiva contra la población civil de Gaza, en represalia al ataque sufrido en la mañana del 7 de octubre perpetrado en territorio israelí por parte del Hamás. 

Es  muy probable que, ordenanza de la CIJ en mano, Estados, sea a título individual o colectivo, se planteen algunas interrogantes muy válidas:

-¿se puede seguir manteniendo relaciones diplomáticas, económicas «normales» con un Estado al que la CIJ señala que puede estar violando varias disposiciones de una emblemática convención como la Convención contra el Genocidio de 1948?

-¿se puede seguir exportando armas y municiones, componentes electrónicos con fines militares a un Estado que está demostrando no saberlos usar correctamente, con bombardeos indiscriminados y desproporcionales y una deliberada política de destrucción total?

-¿se puede seguir manteneniendo relaciones en el ámbito académico, en materia de cooperación técnica y científica, con un Estado que desde la tarde/noche del 7 de octubre destruye de manera intencional y deliberada escuelas, centros educativos superiores, y universidades en Gaza, aniquilando proyectos de vida de muchos jóvenes palestinos?

Por su parte, es muy probable que, también con la ordenanza de la CIJ en sus respectivas carpetas, los integrantes del Consejo de Seguridad, de la Asamblea General  y de otras instancias de Naciones Unidas opten por nuevas iniciativas. 

En cuanto a la Oficina del Fiscal de la CPI (que se ha mostrado hasta ahora bastante distante con el drama cotidiano que se vive en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre), alguna declaración de su parte permitiría encausar acciones y materializarlas, de cara a establecer la responsabilidad penal individual de varios altos mandos israelíes:  es lo que diversos sectores en Europa buscan realizar, en particular desde Francia y Bélgica (Nota 4).

En su comunicado oficial (véase texto) acogiendo con beneplácito la  ordenanza de la CIJ, se lee por parte de Sudáfrica que:

«The United Nations Security Council will now be formally notified of the Court’s order pursuant to Article 41(2) of the Court’s Statute. The veto power wielded by individual states cannot be permitted to thwart international justice, not least in light of the ever-worsening situation in Gaza brought about by Israel’s acts and omissions in violation of the Genocide Convention. Third States are now on notice of the existence of a serious risk of genocide against the Palestinian people in Gaza. They must, therefore, also act independently and immediately to prevent genocide by Israel and to ensure that they are not themselves in violation of the Genocide Convention, including by aiding or assisting in the commission of genocide. This necessarily imposes an obligation on all States to cease funding and facilitating Israel’s military actions, which are plausibly genocidal «.

A modo de conclusión

No está de más señalar que los argumentos elaborados por la defensa de Israel, acompañados por esfuerzos inusuales por parte de algunos grandes medios de comunicación, no tuvieron mayor impacto en los jueces de la CIJ: esta ordenanza se tomó con un voto contudente de 16 contra uno (siendo el juez ad hoc israelí la única voz en contra), o  en algunas partes del párrafo dispositivo 86, con 15 contra 2 (siendo la jueza oriunda de Uganda la otra voz discordante observada, que consideró oportuno emitir una opinión disidente). Cabe precisar que el juez ad hoc de Israel sí votó en favor de los puntos 3 y 4 del precitado párrafo operativo 86, mientras la juez titular oriunda de Uganda votó en contra. 

Con relación a Israel, es de esperarse a reacciones iracundas contra los jueces de la CIJ por parte de sus máximas autoridades, las cuales ya no deben impresionar mayormente. En una nota reciente, ya tuvimos la oportunidad de señalar que:

«Israel deberá entonces ponderar si se arriesga a no acatarla o si cesa sus acciones militares en Gaza. El descrédito generalizado de su accionar en Gaza ha ido en aumento desde el pasado 7 de octubre, y colocarse en abierto desafío al máximo órgano judicial dentro del organigrama de Naciones Unidas conllevaría consecuencias, en particular para algunos de sus aliados más cercanos«.

Con relación a medidas provisionales ordenadas por la CIJ y posteriormente ignoradas por un Estado, recientemente tuvimos la ocasión de observar  el irrespeto a las medidas ordenadas contra Rusia por parte de la CIJ en el mes de marzo del 2022, solicitadas por Ucrania (véase ordenanza del 16 de marzo del 2022). 

El conjunto de sanciones tomadas en contra de Rusia y que se reforzaron al no acatar Rusia lo establecido por el juez internacional a partir de marzo del 2022, interpelará probablemente a muchos en Europa, Estados Unidos y Canadá con relación a un eventual desacato por parte de Israel a la ordenanza de la CIJ leída este 26 de enero del 2024.

Nota 1:  Véase BOEGLIN N., «Gaza /  Israel: a propósito del  anuncio de remisión conjunta de México y de Chile a la Corte Penal Internacional (CPI)«, editada el 18 de enero del 2024, y disponible aquí.

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «»Gaza / Israel: a propósito de la reciente demanda interpuesta por Sudáfrica ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)«, editada el 29 de diciembre del 2023 y disponible aquí.

Nota 3: Véase ANCEL G., «L’Ukraine oblige l’Europe à se réveiller tandis qu’Israël sombre dans le déni«, Ne pas subir, Blog de Guillaume Ancel, édición del 20 de enero del 2024, disponible aquí.

Nota 4: En el caso de Francia, una propuesta del Senado circula desde el 5 de enero del 2024 (véase texto de la «proposition de résolution«) llamando a Francia a solicitar a la CPI e invitando en particular «… le Gouvernement à inclure dans ce renvoi une demande de saisine de la Chambre préliminaire aux fins que soient délivrés des mandats d’arrêt à l’encontre de M. Benyamin Netanyahou et de toute autre personne impliquée, selon l’évolution de l’enquête» (página 28).  Cabe señalar además una declaración conjunta de profesores belgas de derecho internacional público  (véase texto) con fecha del 13 de noviembre del 2023, indicando: «5. Compte tenu du risque de génocide, l’obligation de le prévenir, due conformément à la Convention de 1948 pour la prévention et la répression du crime de génocide, est dès à présent déclenchée«. Esta declaración hecha en nombre de la Société Belge pour le Droit International (SBDI) denota una sensibilidad mucho mayor a la de otras sociedades europeas de derecho internacional público. Salvo error de nuestra parte, solamente se registra, anteriores al texto de la SBDI, esta declaración de expertos españoles en derecho internacional público y relaciones internacionales (véase texto) y esta otra adoptada en nombre de la Società Italiana di Diritto Internazionale (SIDI) el 13 de octubre del 2023. 

Gaza / Israel: decisión de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) anunciada para este 26 de enero

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto : nboeglin@gmail.com.

En un comunicado dado a conocer este 24 de enero (véase texto en francés y en inglés), la Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha anunciado que dará a conocer su ordenanza sobre las medidas provisionales urgentes solicitadas por Sudáfrica el pasado 29 de diciembre del 2023 contra Israel.

Cabe advertir desde ya que se trata de una decisión preliminar de carácter urgente, que es distinta a la decisión o fallo sobre el fondo, que se tomará tan solo dentro de unos años.

La petitoria final de Sudáfrica sobre las medidas provisionales de carácter urgente figura en las páginas 83-84 de su intervención ante los jueces de La Haya realizada el pasado 11 de enero y consta de un total de 9 puntos (véase texto). Por su parte, las conclusiones de Israel pidiendo desestimar y archivar esta solicitud se encuentran en la página 75 de su intervención ante los jueces realizada el 12 de enero del 2024 (véase texto).

Breve puesto en contexto

Como se recordará, Sudáfrica presentó formalmente una demanda contra Israel, la cual vino acompañada de una solicitud urgente de medidas provisionales ante el drama absoluto que se vive en Gaza: véase a ese respecto el texto completo de su demanda inicial de 84 páginas, cuya lectura completa se recomienda: revisten especial interés los párrafos 101-107 que detallan las escalofriantes declaraciones oficiales oídas en Israel por parte de sus máximas autoridades.

Tuvimos la oportunidad de analizar el alcance de la acción interpuesta por Sudáfrica en una nota anterior, y los temores – fundados – que ha despertado esta acción en algunos círculos, tanto en Israel como en Estados Unidos (Nota 1).

Con relación a la forma de defenderse escogida por Israel durante las audiencias en La Haya realizadas el pasado 11 y 12 de enero del 2024, en esta muy recomendada entrevista publicada el 23 de enero del 2024 en la publicación le Magazine+972 en Israel, se lee que:

«My impression of the Israeli defense was that they appeared unable to deny or refute the accusations, providing only minimal and unconvincing attempts at justification. They appeared unprepared to confront the magnitude of the accusations, and struggled to mount a robust defense, often avoiding the critical evidence provided by the South African legal team — perhaps unaccustomed to being under such scrutiny, and also pressed for time«.

Cabe señalar que durante estas audiencias realizadas los días11-12 de enero, Chile envió a su máximo representante en La Haya (véase comunicado oficial del 11 de enero). Menos de una semana después, conjuntamente con México, Chile solicitó a otra instancia jurisdiccional con sede en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI) la remisión urgente de la situación en Gaza a la Oficina del Fiscal de la CPI (véase comunicado oficial de Chile y comunicado de México, ambos del 18 de enero del 2024): tuvimos oportunidad de analizar en detalle ambos comunicados (Nota 2).

Una urgencia absoluta raramente observada

De manera a tener claridad sobre la urgencia total de la situación en Gaza, al 29 de diciembre 2023, el estado de situación elaborado por Naciones Unidas (véase informe) indicaba el siguiente saldo:

«Between the afternoons of 28 and 29 December, 187 Palestinians were killed, and another 312 people were injured, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza. According to the MoH in Gaza, between 7 October and 7:00 on 29 December, at least 21,507 Palestinians were killed in Gaza. About 70 per cent of those killed are said to be women and children. As of then, 55,915 Palestinians have been injured. Many people are missing, presumably buried under the rubble, waiting for rescue or recovery.

On 29 December, the Israeli military announced that one additional soldier had been killed in Gaza. Overall, since the start of the ground operation, 166 soldiers have been killed, and 936 soldiers injured in Gaza, according to the Israeli military».

El último informe de Naciones Unidas (al 23 de enero) indica por su parte que:

» Intense Israeli bombardments from air, land, and sea continued across much of the Gaza Strip on 23 January, resulting in further civilian casualties and displacement, as well as destruction. Ground operations and fighting between Israeli forces and Palestinian armed groups were also reported across much of Gaza. Hostilities were particularly intense in Khan Younis, with Israeli forces reported to having surrounded and launched a large-scale operation in the city. Heavy fighting is reported in proximity to hospitals in Khan Younis, including Al Aqsa, Nasser and Al Amal, with reports of Palestinians trying to flee to the southern town of Rafah. Between the afternoons of 22 and 23 January, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 195 Palestinians were killed, and 354 Palestinians were injured. Between 7 October 2023 and 12:00 on 23 January 2024, at least 25,490 Palestinians were killed in Gaza and 63,354 Palestinians were injured, according to the MoH.

On 23 January, the UN Secretary-General, in remarks made to the Security Council on the Situation in the Middle East, stated: “The past 100 days have been heartbreaking and catastrophic for Palestinian civilians in Gaza. More than 25,000 people, mainly women and children, have reportedly been killed in operations launched by Israeli forces. More than 60,000 others have been reportedly injured. In recent days, the military offensive has intensified in Khan Yunis with many additional causalities. The entire population of Gaza is enduring destruction at a scale and speed without parallel in recent history. Nothing can justify the collective punishment of the Palestinian people.”

Between the afternoons of 22 January and 23 January, 21 soldiers were killed in a single incident in southern Gaza, the highest military toll on a single day since the start of the ground operation. As of 23 January, 219 soldiers have been killed, and 1,232 soldiers have been injured in Gaza, according to the Israeli military«.

No está de más indicar que muchas de las personas gravemente heridas en Gaza están prácticamente condenadas a perder la vida, al yacer bajo los escombros sin que puedan ser auxiliadas, solas y en el frío. Cuando logran ser auxiliadas por algún equipo de rescate aún operativo o por sobrevivientes en mejor estado, llegan a centros hospitalarios y refugios hacinados, muchos de ellos total o parcialmente destruidos, sin energía ni agua, ni suficientes medicamentos, ni suficiente personal médico para atenderlos.

El calificativo de «genocidio» y la acción interpuesta por Sudáfrica ante la CIJ fueron recientemente objeto de una emisión radial en Francia (France Culture), durante la cual el entrevistador pretendió saber más de derecho internacional público que la experta gala entrevistada, procediendo a un cierre abrupto de la entrevista bastante inusual y, en nuestra opinión, muy poco profesional (véase nota de Arret sur Images del 11 de enero del 2024).

A modo de conclusión

Es muy probable que la CIJ ordene un cese al fuego inmediato por razones humanitarias, tal como fue solicitado por Sudáfrica en su extensa demanda, y ello de manera unánime o casi. Esta acción de Sudáfrica se presentó luego de intentos fallidos en el Consejo de Seguridad, debido a dos vetos norteamericanos. La amenaza de un tercer veto de Estados Unidos condujo a la adopción de la resolución 2720 el 22 de diciembre del 2023, la cual adolece de una referencia a un cese al fuego por razones humanitarias.

Es de recordar que en una decisión anterior, relacionada a la construcción de un muro en territorio palestino por parte de Israel, la CIJ adoptó su opinión consultiva (véase texto completo) en julio del 2004 con 14 votos a favor y uno solo en contra en varios de los puntos conclusivos detallados en el párrafo 163, siendo la voz discordante la del juez norteamericano de la CIJ Thomas Buergental.

En el caso de la solicitud de medidas provisionales solicitadas por Sudáfrica contra Israel en diciembre pasado, al haber invocado Sudáfrica la Convención de 1948 para la Prevención y Sanción del Crimen de Genocidio, y deberse centrar parte de la discusión legal sobre el punto de saber si es o no plausible que se esté cometiendo un genocidio en Gaza, es muy posible que el debate interpares en La Haya deje algún rastro en la decisión final, y que algunos otros párrafos operativos de esta ordenanza se deban someter a la votación de los 15 jueces titulares y de los dos jueces ad hoc designados por Sudáfrica e Israel.

Si bien los precitados párrafos 101-107 de la demanda de Sudáfrica (véase texto) constituyen una evidencia probatoria sobre la intención deliberada de las actuales autoridades israelíes, es posible que algunos jueces busquen la manera de no darle la importancia que merecen estas escalofriantes declaraciones oficiales oídas en Israel desde el pasado 7 de octubre

En caso de que Israel desacate esta ordenanza de la CIJ que será leída este próximo 26 de enero del 2024, será entonces la comunidad internacional (Consejo de Seguridad y accesoriamente Asamblea General de Naciones Unidas en caso de veto norteamericano en el primer órgano mencionado), la llamada a idear un mecanismo para obligar a Israel a cesar sus operaciones militares en Gaza: las cuales, desde el 7 de octubre por la tarde / noche consisten, a modo de represalia por el ataque sufrido el mismo 7 de octubre perpetrado por el Hamás, en una acción punitiva colectiva en contra de la población civil de Gaza. Ello en abierta violación a las reglas más básicas del derecho internacional humanitario.

Desde un estricto punto de vista militar, un especialista francés en asuntos militares y connotado comentarista recientemente escribió en su blog que:

«La situation sur la bande de Gaza est parfaitement désespérante. D’un côté, le gouvernement israélien annonce régulièrement qu’il va enfin sortir de cette opération dévastatrice dont le bilan est parfaitement catastrophique. Mais dans la réalité, rien ne change à ce stade où chaque jour renouvelle son lot de bombardements qui dévastent littéralement la bande de Gaza.

/../

Dans la partie Nord, censée avoir été nettoyée (c’est le terme militaire) par l’armée israélienne, les unités de Tsahal sont régulièrement harcelées par des miliciens qui ont fait des décombres leur refuge. Dans la partie Sud, l’armée affirme vouloir réduire le « quartier général stratégique » du Hamas qui se situerait à Khan Younes, après avoir été vainement cherché à Gaza même puis sous l’hôpital Al Shifa, un QG fantôme qui ne justifie en aucun cas les bombardements opérés sur l’ensemble de la bande de Gaza.

/…/

Si cette opération déclenchée par le gouvernement Netanyahou contre la bande de Gaza continue, le risque d’escalade régional est avéré et le risque pour l’avenir d’Israël est constitué. Il appartient aux alliés d’Israël et à toutes les sociétés qui comprennent que la paix ne se construit pas dans la vengeance, de l’obliger désormais à sortir de cette impasse sanglante et de construire sur ces décombres inutiles l’avenir et la stabilité de cette région» (Nota 3).


Nota 1: Véase BOEGLIN N., «»Gaza / Israel: a propósito de la reciente demanda interpuesta por Sudáfrica ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)«, editada el 29 de diciembre del 2023 y disponible aquí.

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito del anuncio de remisión conjunta de México y de Chile a la Corte Penal Internacional (CPI)«, editada el 18 de enero del 2024, y disponible aquí.

Nota 3: Véase ANCEL G., «L’Ukraine oblige l’Europe à se réveiller tandis qu’Israël sombre dans le déni«, Ne pas subir, Blog de Guillaume Ancel, édición del 20 de enero del 2024, disponible ici.

Foto extraída de esta nota de prensa titulada «Bilan du Hamas: 5000 morts dont 2055 enfants, dans la bande de Gaza», Le Journal de Québec, edición del 23/10/2023.

Gaza / Israel: a propósito de las maniobras norteamericanas y la reciente resolución del Consejo de Seguridad

Gaza / Israel: a propósito de las maniobras norteamericanas y la reciente resolución S/RES/2720(2023) del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

«More than 5,300 Palestinian children have been reportedly killed in just 46 days – that is over 115 a day, every day, for weeks and weeks. Based on these figures, children account for forty per cent of the deaths in Gaza. This is unprecedented. In other words, today, the Gaza Strip is the most dangerous place in the world to be a child.

“We are also receiving reports that more than 1,200 children remain under the rubble of bombed out buildings or are otherwise unaccounted for».

UNICEF Executive Director, briefing at UN Security Council, November 22, 2023

Según se informó en medios de prensa internacionales, el pasado 22 de diciembre, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas finalmente logró adoptar una resolución (véase nota de la BBC y comnicado oficial de prensa de Naciones Unidas). El texto de la resolución S/RES/2720(2023) estará disponible en este enlace oficial de Naciones Unidas en los próximos días: la versión en francés y en inglés de la propuesta final adoptada está reproducida desde ya al final de esta nota. 

Una comparación entre el borrador inicial propuesto y el texto final adoptado (cuya versión «in blue«  – Nota 1 – está disponible, así como en este enlace) se impone, en aras de entender mejor las intensas negociaciones que se extendieron por más de seis días debido a objeciones de Estados Unidos.

El dilema para algunas delegaciones promotoras del borrador de resolución fue por una parte, el de evitar a toda costa un texto muy contundente que llevara a un nuevo veto solitario de Estados Unidos (el tercero desde el 7 de octubre); pero por otra, algunos Estados consideraban que se podía exponer (de nuevo) la profunda soledad de Estados Unidos con un veto norteamericano a un texto exigiendo un cese al fuego humanitario a ambos bandos.

Como se recordará el primer veto de Estados Unidos en el Consejo de Seguridad  ante una propuesta de Brasil largamente negociada, se registró el 18 de octubre, con 12 votos a favor y dos abstenciones (Reino Unido y Rusia) (Nota 2). Mientras que el 8 de diciembre, con esta vez una propuesta de Emiratos Árabes Unidos, se logró reunir 13 votos a favor, una abstención (Reino Unido) y un segundo veto norteamericano. 

Una solicitud de cese al fuego inicial descartada

Como era de esperar, la solicitud expresa y firme de un cese de fuego humanitario colocada en el Párrafo Operativo 2 (OP2) del borrador inicialmente propuesto por Emiratos Árabes Unidos (véase enlace) debió ser  descartada, permitiendo así la adopción del texto propuesto: en efecto, luego de varios días posponiendo el momento de la votación, la resolución S/RES/2720(2023) contó con 13 votos a favor y dos abstenciones (Estados Unidos y Rusia). 

Justo previo a la votación de esta resolución, Rusia propuso una enmienda que  reincorporaba el vocabulario inicial sobre la necesidad de una suspensión de hostilidades, solicitando la inclusión en el Párrafo Operativo 2 (OP2) de: 

«and in this regard calls for an urgent suspension of hostilities to allow safe and unhindered humanitarian access, and for urgent steps towards a sustainable cessation of hostilities«. 

La enmienda rusa reunió 10 votos a favor, 4 abstenciones (Albania, Japón, Suiza y Reino Unido) y, como era de esperar, el veto solitario de Estados Unidos. 

Con lo cual, uno de los objetivos iniciales (frenar la destrucción diaria a la que procede Israel desde el pasado 7 de octubre en Gaza y el número de muertes en el seno de la población civil con cada bombardeo) no se logró alcanzar. 

Considerando que en esta ocasión, el borrador inicial fue propuesto el 16 de diciembre por Emiratos Árabes Unidos, se puede considerar que los seis días de discusiones en el Consejo de Seguridad ante las persistentes objeciones de Estados Unidos permitieron hacer ganar un tiempo muy valioso a Israel. 

Se lee en esta nota sobre las intensas negociaciones previas sobre este punto elaborada por la ONG Security Council Report que, 

«It seems that the US—which has opposed calls for a ceasefire and has yet to publicly call for a cessation of hostilities—could not accept language calling for this latter measure and apparently sought a more indirect formulation during its bilateral exchanges with the UAE. In an apparent compromise, the draft currently in blue calls for “the urgent suspension of hostilities” to allow humanitarian access and “for urgent steps towards a sustainable cessation of hostilities”. It seems, however, that this language may still be unacceptable to the US, which apparently requested amending this paragraph further after the text was put in blue on 18 December, to call for “urgent steps to immediately allow safe, unhindered, and expanded humanitarian access and also for urgent steps toward a reduction of hostilities”.

La máxima representante de una reconocida ONG como Amnistía Internacional no dudó en denunciar la maniobra norteamericana al declarar en su comunicado (véase texto completo) que:

«It is disgraceful that the US was able to stall and use the threat of its veto power to force the UN Security Council to weaken a much-needed call for an immediate end to attacks by all parties”.

De otras gestiones de Estados Unidos para preservar a Israel libertad total en su accionar

Siempre sobre las presiones norteamericanas para garantizar a las demás delegaciones que su veto no sería usado, se lee en este mismo estudio de Security Council Report  – cuya lectura completa se recomienda – que Estados Unidos logró  que desapareciera toda referencia a Israel como «Potencia Ocupante«, así como a la misma Carta de Naciones Unidas en la parte operativa del texto:

«During the negotiations, the US apparently objected to references to Israel as “the occupying power” and to language that Washington believed could be read as imposing binding legal obligations under the UN Charter. An earlier version of the text contained a determination that “the deteriorating humanitarian situation in the Gaza Strip constitutes a threat to peace and security in the region” as well as several provisions framed as decisions of the Security Council. (According to Article 25 of the UN Charter, “The Members of the United Nations agree to accept and carry out the decisions of the Security Council in accordance with the present Charter”.) None of these references are contained in the draft in blue. For instance, although in the first draft of the resolution, the Council “decide[d]” that the conflict parties should “allow the use of all land, sea and air routes to and throughout the entire Gaza Strip” for the provision of humanitarian assistance, in the draft in blue the Council “[d]emands” that the parties do so.«

Estas omisiones notorias se contraponen al lenguaje del mismo Consejo de Seguridad al adoptar varias resoluciones sobre el conflicto palestino-israelí: a modo de ejemplo, podemos citar la resolución 2334 de diciembre del 2016  – véase texto de la resolución S/RES/2334(2016 – adoptada con 14 votos a favor y una única abstención (Estados Unidos).

En este otro interesante análisis sobre la maniobras realizadas por el aparato diplomático norteamericano para intentar salvar a toda costa la imagen internacional de Estados Unidos en este mes de diciembre del 2023, el autor concluye indicando que:

«By agreeing to modify the wording of the draft resolutions, the authors of the resolution alleviated immediate external and domestic pressures on the US. Therefore, Resolution 2720 does not signify a surrender by the US but rather a strategic maneuver to preserve its global reputation«. 

Como se puede observar, las maniobras norteamericanas quedan bastante bien evidenciadas para muchos analistas, pese a la forma muy peculiar de presentar esta resolución en los titulares de algunos grandes medios de prensa internacionales.

Un mecanismo internacional de centralización para distribuir la ayuda humanitaria en Gaza 

El texto de la resolución S/2720(2023) adoptada por el Consejo de Seguridad este 22 de diciembre del 2023 sí mantiene un mecanismo internacional para poder centralizar y asegurar la distribución de la ayuda internacional humanitaria (referrida en el Párrafo Operativo 4 de la propuesta emiratí inicial): se trata de una valiosa ayuda internacional que espera fuera de Gaza la autorización para poder ingresar desde varias semanas. Israel permite entrar cierta cantidad de camiones de manera esporádica y sumamente limitada, dadas las penurias de todo tipo que vive la población civil palestina en Gaza. 

El desafio consistirá en ver de qué manera se implementará este mecanismo, dada la negativa reiterada de Israel de ver a más personal de Naciones Unidas desplegarse en Gaza con respecto al ya existente in situ. Al respecto, en una declaración pública del Secretario General de Naciones Unidas dada a conocer este 22 de diciembre (véase texto completo), el máximo representante de Naciones Unidas recordó que:

«136 of our colleagues in Gaza have been killed in 75 days – something we have never seen in the history of the United Nations«.

Gaza: una tragedia total

Tuvimos la oportunidad de analizar estos y otros aspectos en discusión que mantenían fuertes objeciones de Estados Unidos, así como referir a ejercicios similares recientes en el Consejo de Seguridad, en nuestra nota anterior titulada «Gaza / Israel: inminente voto de una nueva resolución del Consejo de Seguridad «. 

La amenaza de un tercer veto norteamericano pareciera haber logrado debilitar la propuesta inicial emiratí, y no sería de sorprenderse que la propuesta original sea llevada a la Asamblea General de Naciones Unidas, dada la absoluta urgencia de frenar los ímpetus de Israel: su operación militar en Gaza consiste, desde el pasado 7 de octubre, en una acción punitiva colectiva en contra de la población civil de Gaza, con un saldo mortífero de casi 20.000 fallecidos al 22 de diciembre. 

Se lee en el último informe de situación elaborado por Naciones Unidas (véase informe al 21 de diciembre) que:

«Between 7 October and 19 December, 19,667 fatalities were reported by the Gaza Ministry of Health (MoH), which has not published updated tolls since then. The Gaza Government Media Office reported on the fatalities as of 21 December, although their methodology is unknown. Taken together, with the noted caveats, these figures amount to about 20,000. Of them, more than 8,000 are said to be children and more than 6,200 women. The Under-General Secretary stated: “That such a brutal conflict has been allowed to continue and for this long – despite the widespread condemnation, the physical and mental toll and the massive destruction – is an indelible stain on our collective conscience.” 

Between 20 and 21 December, four Israeli soldiers were reportedly killed in Gaza. Since the start of the ground operations, 138 soldiers have been killed in Gaza, and 771 soldiers have been injured, according to the Israeli military «.

Recientemente se leyó en Francia por parte de un reconocido experto y ex militar galo especialista en efectos de bombardeos aéreos, que el saldo mortífero en Gaza podría ser muy superior. Utilizando el número de bombas que Israel oficialmente reconoce haber largado desde los aires sobre Gaza desde el 7 de octubre, indica en sus últimas reflexiones que publica en su blog (véase su nota completa  del 16 de diciembre, titulada «Israël contre le Hamas, un carnage y compris pour les otages ? «) que:

«Avec au moins 450 bombardements (aériens et tirs d’artillerie) par jour, cela représente au minimum un nombre de victimes équivalent puisque ces tirs sont par nature très meurtriers. Les dégâts sont considérables : 63 jours par 450 tués = 28,000 morts au minimum, soit une « fourchette » probable de 25 à 35 mille morts, auxquels il faut rajouter 3 à 4 fois plus de blessés, donc un total de plus de 125,000 morts et blessés après 9 semaines de bombardements (et une semaine de trêve)«. 

Cabe precisar que este reciente  informe de la ONG AirWars detalla cómo, con un solo ataque aéreo realizado el 25 de octubre por parte de Israel,  Israel causó la muerte de más de 100 personas en Gaza.

Finalmente, es de señalar que muy recientemente las «pruebas contundentes» aportadas por Israel para justificar su asedio militar al hospital Al-Shifa en Gaza no lograron convencer a ningún periodista de investigación de un medio como el Washington Post en Estados Unidos (véase nota del Huffinghton Post titulada «Evidence Doesn’t Support Israeli Claims That Hospital Was Hamas Command Center: Report»).

Las municiones de Estados Unidos usadas por Israel 

Ante semejante insensatez por parte de Israel, sus importaciones masivas de municiones desde Estados Unidos plantean algunas interrogantes: no está de más precisar esta reciente iniciativa de un Senador en Estados Unidos con el fin de aplicarle a Israel el mismo régimen de condicionamientos para beneficiar de material militar norteamericano (tal y como se implementa con exportaciones similares hacia otras latitudes), invocando en particular la sección 502 B del Foreign Assistance Act de 1961.

Se debe tener en cuenta que el 18 de octubre, un alto funcionario del Departamento de Estado de experiencia, hizo pública su carta de renuncia (véase texto completo cuya lectura se recomienda) al oponerse al apoyo irrestricto en armas y municiones a Israel por parte de Estados Unidos.  

En una reciente nota de The Guardian  del 27 de diciembre del 2023 sobre la nebulosa que campea sobre el uso por parte de Israel de municiones norteamericanas destinadas a Estados Unidos (y no a Israel) almacenadas en sitios secretos en Israel, este ahora ex alto funcionario norteamericano expresa que:

«There’s no review of human rights, there’s no review of regional balance, there’s none of the conventional arms transfer policy review that would normally happen,” he said. “Essentially, it’s take what you can and we’ll sort it out later.

Una creciente indignación en el mundo ante la insensatez israelí

El repudio que causa el accionar militar en Gaza de Israel con el apoyo irrestrico de Estados Unidos es cada vez mayor y otros aliados, otrora cercanos a Israel (como Canadá y Australia) han ido tomando sus distancias ante la insensatez que se ha apoderado de las máximas autoridades israelíes desde la tarde/noche del pasado 7 de octubre. 

El pasado 17 de diciembre, fue la Organización Mundial de la Salud (OMS) la que describió como un «baño de sangre» el hospital de Al-Shifa en Gaza (véase comunicado de prensa) ante la imposibilidad de los médicos y enfermeros de atender correctamente a los numerosos pacientes graves que llegan continuamente a este centro hospitalario. 

Con respecto al número de niños que han perdido la vida en Gaza desde el 7 de octubre, se lee en este informe de Defense Children International con fecha del 14 de diciembre del 2023 que: «Israeli forces have killed at least 7,870 Palestinian children in Gaza since the Israeli military unleashed a massive military offensive on the Gaza Strip on October 7«.

El pasado 22 de diciembre, desde la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas (véase comunicado oficial) una experta no dudo en afirmar que, detrás de las «zonas de refugio» hacia las que se obliga a trasladarse a los desplazados en Gaza, para luego bombardearlas indicando otros sitios supuestamente «seguros» determinados por las autoridades militares israelíes, hay una estrategia deliberada y una clara intención que debe ser denunciada por la comunidad internacional:

«As evacuation orders and military operations continue to expand and civilians are subjected to relentless attacks on a daily basis, the only logical conclusion is that Israel’s military operation in Gaza aims to deport the majority of the civilian population en masse«.

Finalmente, compartimos la descripción hecha por el Secretario General de la situación desesperada que se vive en Gaza, contenida en sus declaraciones del mismo 22 de diciembre ante la prensa (véase enlace oficial de Naciones Unidas), en las que se lee que:

«One colleague described the deathly silence of a hospital with no medication or treatment for its sick and injured patients. According to the World Food Programme, widespread famine looms. More than half a million people – a quarter of the population – are facing what experts classify as catastrophic levels of hunger. Four out of five of the hungriest people anywhere in the world are in Gaza. And clean water is at a trickle.  UNICEF found that displaced children in the south have access to just ten percent of the water they need. In these desperate conditions, it is little wonder that many people cannot wait for humanitarian distributions and are grabbing whatever they can from aid trucks«. 

Si bien la comunidad internacional se ha focalizado en el drama diario que se vive en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre, la colonización israelí en Cisjordania está llegando a niveles de violencia raramente registrados, con más de 290 palestinos civiles ultimados por el ejército israelí desde el 7 de octubre. Este 28 de diciembre, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en un comunicado (véase texto ) señaló que:  

«The UN Human Rights Office has verified the deaths of 300 Palestinians from 7 October to 27 December 2023 – including 79 children – in the occupied West Bank, including East Jerusalem, since the attacks by Hamas and other Palestinian armed groups in southern Israel. Of these, Israeli Security Forces killed at least 291 Palestinians, settlers killed eight, and one Palestinian was killed either by Israeli Security Forces or settlers. Prior to 7 October, 200 Palestinians had already been killed in the area in 2023 – the highest number in a ten-month-period since the UN began keeping records in 2005«.

Pocamente divulgada, la expansión en Jerusalén Oriental de Israel está alcanzando niveles raramente observados, tal y como lo informó muy recientemente la ONG  israelí Peace Now (véase informe del 18 de diciembre).

La continuación del asedio total israelí en Gaza

En el penúltimo informe de Naciones Unidas sobre la situación imperante en Gaza (véase informe al 27 de diciembre), se lee que Israel ha recrudecido su accionar en los últimos días, al tiempo que el número de muertos en Gaza superó la cifra de 21.000 personas:

«On 27 December, heavy Israeli bombardment from air, land, and sea, continued across most of the Gaza Strip. In the north, Gaza City and Jabalya were most affected; in the Middle Area, hostilities continued in the four refugee camps – Al Bureij, An Nuseirat, Deir Al Balah and Al Maghazi. Simultaneously, Israeli forces struck multiple targets in the southern cities of Khan Yunis and Rafah. Intense ground operations and fighting between Israeli forces and Palestinian armed groups also continued in most areas, except for Rafah, as did the firing of rockets by Palestinian armed groups into Israel.

Between 26 and 27 December, 195 Palestinians were reportedly killed, and another 325 people were injured, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza. Between the afternoons of 26 and 27 December, no Israeli soldiers were reported killed in Gaza.* Since the start of the ground operation, 162 soldiers have been killed, and 898 soldiers have been injured in Gaza, according to the Israeli military.

According to the World Health Organization (WHO), as of 27 December, 13 out of Gaza’s 36 hospitals are partially functional; nine in the south and four in the north. The four hospitals partially functional in the north have been offering maternity, trauma, and emergency care services. However, they face challenges such as a shortage of medical staff, including specialized surgeons, neurosurgeons, and intensive care staff, as well as a lack of medical supplies such as anesthesia, antibiotics, pain relief medicines, and external fixators. Additionally, they have an urgent need for fuel, food, and drinking water. The nine partially functional hospitals in the south are operating at three times their capacity, while facing critical shortages of basic supplies and fuel. According to the MoH in Gaza, occupancy rates are now reaching 206 per cent in inpatient departments and 250 per cent in intensive care units.

On 25 December, a team from the WHO visited Al Aqsa Hospital, in the Middle Area, where many of the injured from the strike on Al Mahghazi Camp were taken, to assess the situation, and heard “harrowing accounts” shared by health workers and patients alike. On 27 December, the WHO Director-General appealed to the international community “to take urgent steps to alleviate the grave peril facing the population of Gaza and jeopardizing the ability of humanitarian workers to help people with terrible injuries, acute hunger, and at severe risk of disease».

According to the MoH in Gaza, between 7 October and 00:00 on 28 December, at least 21,110 Palestinians were killed in Gaza. About 70 per cent of those killed are said to be women and children. As of 27 December, 55,243 Palestinians have been injured. Many people are missing, presumably buried under the rubble, with many still waiting for rescue or recovery».

En el último mismo informe de situación (véase texto del informe al 28 de diciembre), se lee que:

«On 28 December, heavy Israeli bombardment from air, land, and sea, continued across most of the Gaza Strip. Intense ground operations and fighting between Israeli forces and Palestinian armed groups also continued in most areas, except for Rafah, as did the firing of rockets by Palestinian armed groups into Israel.  

Between the afternoons of 27 and 28 December, 210 Palestinians were reportedly killed, and another 325 people were injured, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza. According to the MoH in Gaza, between 7 October and 7:00 on 28 December, at least 21,320 Palestinians were killed in Gaza. About 70 per cent of those killed are said to be women and children. As of then, 55,603 Palestinians have been injured. Many people are missing, presumably buried under the rubble, waiting for rescue or recovery.  

On 28 December, the Israeli military announced that three additional soldiers had been killed in Gaza. Overall, since the start of the ground operation, 165 soldiers have been killed, and 921 soldiers have been injured in Gaza, according to the Israeli military. «

Estas y otras descripciones sobre lo que se vive en Gaza desde el pasado 22 de diciembre confirman que el contenido de la resolución S/RES/2720(2023) del Consejo de Seguridad adoptada en esa fecha de diciembre no frena mayormente los planes del ejército israelí, ni logra frenar en lo más mínimo el número de muertes y de heridos entre la población civil de Gaza.

A su vez, un reciente artículo publicado en Argentina sobre los heridos que se cuentan por miles dentro de los rangos del ejército israelí desde que inició Israel su ofensiva terrestre en Gaza (véase artículo titulado «El costo oculto de la guerra contra Hamas: miles de soldados israelíes heridos y traumatizados de por vida«) vislumbra una serie de desafíos futuros para muchas familias y la misma sociedad israelí.

A modo de conclusión

Dada las lagunas y las debilidades de la resolución 2720 adoptada por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, es más que probable que Israel continúe su asedio total en contra la población civil palestina en estos últimos días del año 2023; y que se deba acudir nuevamente a la Asamblea General de Naciones Unidas para obtener una contundente condenatoria ante la insensata respuesta militar israelí al ataque sufrido el 7 de octubre. Otra acción ante el Consejo de Seguridad no es de descartarse, con esta vez un serio riesgo de obtenerse 14 votos a favor y un único veto norteamericano.

Debido a la»intensificación» de los ataques isarelíes en Gaza desde el 22 de diciembre, este 27 de diciembre fue Francia la que emitió un comunicado (véase texto) en el que se lee que: 

«nous appelons Israël à faciliter l’acheminement de l’aide dans l’ensemble de la bande de Gaza et à prendre des mesures urgentes pour garantir un accès humanitaire complet, sûr et sans entraves«.

En cuanto a Estados Unidos, su posición insostenible ante los demás integrantes de la comunidad internacional por su incondicional apoyo a Israel es más que latente. Estas recientes maniobras en el seno del Consejo de Seguridad posiblemente aumenten el repudio en su contra que se observa históricamente en Oriente Medio y en otras latitudes del planeta; así como dentro de Estados Unidos, dado que una proporción creciente de la opinión pública cuestiona el apoyo irrestricto a Israel de la actual administración norteamericana desde el pasado 7 de octubre. 

Nota 1: Un borrador de texto es puesto «in blue version» en el Consejo de Seguridad cuando sus autores y promotores consideran que la versión lograda es lo suficientemente consensuada como para ser considerada casi definitiva. Sobre la manera con la que el Consejo de Seguridad idea, elabora y acuerda el texto de sus futuras resoluciones, véase WOOD M.C., «The interpretation of Security Council resolutions«, Max Planck Yearbook of United Nations (2017), pp. 73-95, en especial pp. 77-82. Texto completo del artículo disponible aquí

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel – A propósito del veto de Estados Unidos a un proyecto de resolución en el seno del Consejo de Seguridad presentado por Brasil«, LaRevistacr, edición del 21 de octubre del 2023. Texto disponible aquí.

Observaciones finales sobre el tercer informe periódico de Costa Rica – Comité contra la Tortura

SURCOS comparte la versión de avance no editada del documento con las observaciones finales sobre el tercer informe periódico del Comité Contra la Tortura de Naciones Unidas, para el caso de Costa Rica.

Invitamos a descargar el documento para conocer el detalle de las observaciones.

En una de sus secciones se indica:

El Comité valora los esfuerzos realizados por el Estado parte para luchar contra la trata de personas con fines de explotación sexual y trabajo forzoso. En particular, toma nota del trabajo que lleva a cabo el Equipo de Respuesta Inmediata, así como de la celebración de acuerdos binacionales orientados a promover flujos migratorios laborales seguros, así como las labores de inteligencia con finalidad de prevenir estos actos. El Comité lamenta, no obstante, las deficiencias señaladas en varios informes en la identificación de las víctimas de la trata, especialmente entre las personas migrantes, y mayor incidencia de estos casos detectados de personas en situación vulnerable, incluidos los pueblos indígenas, los afrodescendientes y las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero. Además, se observa que el número de casos de trata investigados y enjuiciados es muy reducido en comparación con la incidencia de este fenómeno en el Estado parte. Finalmente, el Comité expresa su preocupación ante las informaciones que indican una reducción de las partidas presupuestarias para programas de prevención de la trata y acompañamiento a las víctimas como consecuencia de las medidas de austeridad financiera en vigor desde el 2020.

Más adelante dice:

“El Comité mantiene su preocupación ante las informaciones que documentan actos de hostigamiento y atentados contra la vida o la integridad física de las personas pertenecientes a pueblos indígenas, personas defensoras de derechos humanos y activistas medioambientales ocurridos durante el período objeto de examen. Aunque toma nota de la información facilitada por la delegación del Estado parte sobre sus esfuerzos en la materia, incluido el Programa de Protección a Víctimas y Testigos, así como el enjuiciamiento del asesinato del líder indígena Jehry Rivera, el Comité observa con preocupación que, conforme a diversas fuentes, otras agresiones y asesinatos, como el atentado contra la vida del líder indígena Sergio Rojas en 2019 habrían quedado sobreseídos o no resueltos”.

Puede descargar el documento desde este enlace.

 

Imagen: https://spanish.vlexblog.com

Naciones Unidas. Mensaje del secretario general con motivo del Día Internacional de Solidaridad con el Pueblo Palestino

29 de noviembre de 2023

Este Día Internacional de Solidaridad coincide con uno de los capítulos más sombríos de la historia del pueblo palestino. Estoy horrorizado por la muerte y la destrucción en que se ha sumido la región, abrumada por el dolor, la angustia y el pesar.

Los palestinos de Gaza están sufriendo una catástrofe humanitaria. Casi 1,7 millones de personas se han visto obligadas a abandonar sus hogares, pero ningún lugar es seguro. La situación de la seguridad en la Ribera Occidental ocupada, incluida Jerusalén Oriental, corre el riesgo de desbordarse.

Deseo expresar mi más sentido pésame a los miles de familias que lloran a seres queridos. Entre ellos figuran los miembros del propio sistema de las Naciones Unidas muertos en Gaza en lo que representa la mayor pérdida de personal en la historia de nuestra organización.

He sido claro en mi condena de los atentados terroristas perpetrados por Hamás el 7 de octubre, pero también he sido claro en que tales hechos no pueden justificar el castigo colectivo del pueblo palestino.

En toda la región, el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas (UNRWA) es una tabla de salvación indispensable que presta asistencia vital a millones de refugiados palestinos. Es más importante que nunca que la comunidad internacional respalde al UNRWA como fuente de apoyo al pueblo palestino.

Por encima de todo, este es un día para reafirmar la solidaridad internacional con el pueblo palestino y su derecho a vivir en paz y dignidad.

Para ello, hay que comenzar con un alto el fuego humanitario a largo plazo, el acceso sin restricciones de la asistencia vital, la liberación de todos los rehenes, la protección de los civiles y el fin de las violaciones del derecho internacional humanitario. Debemos estar unidos para exigir el fin de la ocupación y el bloqueo de Gaza.

Ya es hora de avanzar de manera resuelta e irreversible hacia una solución biestatal, sobre la base de las resoluciones de las Naciones Unidas y el derecho internacional, donde Israel y Palestina convivan en paz y seguridad, con Jerusalén como capital de ambos Estados.

Las Naciones Unidas no vacilarán en su compromiso con el pueblo palestino. Hoy y todos los días, solidaricémonos con las aspiraciones del pueblo palestino de ejercer sus derechos inalienables y construir un futuro de paz, justicia, seguridad y dignidad para todos.

Gaza / Israel: Estados Unidos veta proyecto de resolución en el seno del Consejo de Seguridad presentado por Brasil

Foto extraída de nota de la BBC titulada «Ataque en Israel ¿Porqué el ejército de Israel tardó tanto en reaccionar al ataque de Hamás desde Gaza?» (edición del 10/10/2023)

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin@gmail.com

Este 18 de octubre, un proyecto de resolución (el texto S/2023/773) sobre la situación en Gaza fue vetado por Estados Unidos (véase nota de prensa al respecto y comunicado oficial de prensa de Naciones Unidas).

Se trata de un segundo ejercicio en el que el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas intenta acordar un texto entre sus integrantes, luego del fracaso de una iniciativa propuesta por Rusia en días pasados.

Desde el pasado 7 de octubre, pese al carácter explosivo de la crisis que agita a Medio Oriente con el pasar de los días, el Consejo de Seguridad sigue buscando una fórmula que le permita manifestarse al respecto en una resolución.

El voto en breve

El detalle del voto de este 18 de octubre del 2023 registra 12 votos a favor, 2 abstenciones (Rusia y Reino Unido), con lo cual nuevamente, Estados Unidos confirma su profunda soledad a la hora de referirse a Israel ante los demás integrantes de la comunidad internacional.

Por parte de América Latina votaron a favor Brasil (el proponente del texto) así como Ecuador.

Entre varios aspectos, el texto propuesto por Brasil y que llevó a su Ministro de Relaciones Exteriores a anunciar su presencia en Nueva York (veáse comunicado de prensa de Brasil), condenaba el ataque perpetrado por Hamás el pasado 7 de octubre y la toma de rehenes, exigía una tregua humanitaria y poner un alto a la orden de evacuación de más de 1,1 millón de habitantes de Gaza ordenada por Israel. A su vez exigía el establecimiento de corredores humanitarios dentro de Gaza, así como el restablecimiento del flujo energético y de agua a la población de Gaza.

También exigía tanto al Hamás como a Israel conformarse al derecho internacional humanitario a la hora de llevar a cabo acciones militares, en particular en Gaza, cuya población civil sufre de manera dramática los efectos con cada bombardeo israelí, debido a la alta densidad poblacional en Gaza.

En este comunicado de Naciones Unidas se detallan las explicaciones de voto de varios de los Estados que integran en la actualidad el Consejo de Seguridad, en particular el de Estados Unidos y las razones esgrimidas para no votar a favor.

Una leve sensación de «déjà vu»

No es la primera vez que Estados Unidos vota de manera solitaria en el seno del Consejo de Seguridad cuando se discute sobre la forma tan peculiar que tienen las autoridades de Israel de actuar desafiando abiertamente las normas del derecho internacional público:

– en su sesión del 1ero de junio del 2018, para un texto propuesto por Kuwait (véase enlace al documento S/2018/516) condenando el uso desproporcional de la fuerza por parte de Israel contra manifestantes palestinos desarmados durante lo que se denominó «La Gran Marcha«, el voto obtenido fue de 10 a favor, 1 en contra (Estados Unidos) y 4 abstenciones (véase acta S/PV.8274).

– en su sesión del 19 de diciembre del 2017, con ocasión de un texto propuesto por Egipto condenando el traslado de embajadas a la ciudad de Jerusalén (véase enlace a documento S/2017/1060), el voto registrado fue de 14 votos a favor y un único voto en contra (Estados Unidos): véase acta S/PV.8139.

Esta solidaridad «a toda prueba» tan evidente y tan explícita explica en gran parte el profundo rechazo a Estados Unidos que se observa en diversas latitudes del planeta y en particular en los Estados árabes.

Estados Unidos inauguró su Embajada en Jerusalén el 14 de mayo del 2018 (véase nota de la DW): una decisión que ningún Presidente norteamericano anterior a Donald Trump se había aventurado a tomar, y que el actual ocupante de la Casa Blanca no pareciera querer revertir.

Los datos de pérdidas en vidas humanas y personas heridas en Gaza

El último recuento o  estado de situación al 17 de octubre del 2023 elaborado por la Oficina de Coordinación para Asuntos Humanitarios de Naciones Unidas (OCHA, véase enlace oficial) indica el saldo siguiente desde que inició el conteo de personas fallecidas y heridas el 7 de octubre en Israel y en Gaza:

– del lado palestino, se registran en Gaza, 3000 personas fallecidas y 12.500 personas heridas, a las que hay que añadir – en Cisjordania – 61 fallecidos y 1230 heridos; mientras que

– del lado israelí, se contabilizan 1300 personas fallecidas y 4229 heridas.

El mismo estado de situación un día antes, al 16 de octubre del 2023 indicaba por su parte el saldo siguiente:

– del lado palestino, se registraban en Gaza, 2808 personas fallecidas y 10850 personas heridas; mientras que

– del lado israelí, se contabilizaban 1300 personas fallecidas y 4121 heridas.

El 12 de octubre pasado, la reconocida ONG Human Rights Watch denunció el uso de fósforo blanco por parte de Israel tanto en Gaza como en recientes acciones militares en el Líbano (véase informe), en el que se puede leer que:

«The use of white phosphorus in Gaza, one of the most densely populated areas in the world, magnifies the risk to civilians and violates the international humanitarian law prohibition on putting civilians at unnecessary risk«.

Tal y como se puede apreciar, la reacción militar israelí pareciera no limitarse únicamente al objetivo oficial según el cual se busca destruir la infraestructura, el material y los centros de mando del Hamás ubicados en Gaza y lograr la eliminación física de sus principales dirigentes.

De algunos detalles semánticos y de algunas advertencias desoídas

La posición aislada de Estados Unidos y el recrudecimiento del repudio que va a causar este nuevo veto norteamericano en el seno de muchas opiniones públicas, en particular en algunos Estados árabes, pero también en África, América Latina, Asia y Europa, vuelve aún más riesgosa la situación para Israel.

Lejos de calmar los ánimos, este veto norteamericano los azuza: es probable que otras embajadas de Israel y de Estados Unidos sufran el asedio de muchedumbres indignadas en diversas partes del planeta en los próximos días, luego de lo observado en la noche/tarde de este 17 de octubre en algunas capitales.

Recientemente, un Informe de la Comisión Internacional Independiente de Naciones Unidas con fecha del 3/09/2023 (se trata del documento A/78/198, disponible en la red en los diversos idiomas oficiales de Naciones Unidas), incluye conclusiones en sus párrafos 65 – 77 de gran interés y cuya lectura completa recomendamos.

Se lee en particular que:

«65. La Comisión considera que las operaciones de aplicación de la ley cada vez más militarizadas de Israel y los repetidos ataques de Israel en Gaza tienen como objetivo mantener su ocupación ilegal, que ha durado ya 56 años, y sirven (o se utilizan) para debilitar la oposición a la ocupación, fragmentando la cohesión política, económica y social palestina, impidiendo la libre determinación palestina y, en última instancia, impidiendo el establecimiento de un Estado palestino libre. Los devastadores resultados de las incursiones militares periódicas y los ataques aéreos sobre Gaza, así como de las operaciones de aplicación de la ley militarizadas en la Ribera Occidental, incluida Jerusalén Oriental, recaen principalmente sobre la población civil, que cuenta un número cada vez mayor de muertos y heridos. Estos hechos afectan de forma desproporcionada a los hombres y los niños como principales víctimas, pero también a las mujeres y las niñas, que soportan la carga de convertirse en el principal sostén económico y en cuidadoras».

.. /..

72. La Comisión señala que la amplia aplicación por parte de las autoridades israelíes del marco que rige la conducción de las hostilidades a las operaciones de aplicación de la ley parece tener la intención de atribuir el concepto de participación directa en hostilidades a todos los civiles palestinos que participen en cualquier forma de actividades de oposición, incluidas las protestas pacíficas legítimas. El hecho de no distinguir entre operaciones de aplicación de la ley y conflictos armados da lugar a reglas de intervención mucho más permisivas, que a su vez provocan la muerte y lesiones a más civiles palestinos. La Comisión considera que la aplicación del marco que rige la conducción de las hostilidades también tiene por objeto disminuir la obligación de rendir cuentas y eximir al Estado de la responsabilidad del pago de indemnizaciones a las víctimas en virtud de la legislación israelí.

../..

77. La Comisión concluye que las repetidas incursiones militares y ataques aéreos sobre Gaza, que ya son un hecho anual, deben considerarse en el contexto más amplio de la ocupación israelí, a la que Israel no tiene intención de poner fin. Estas operaciones forman la base de las políticas de separación y aislamiento de Israel en relación con Gaza y son una continuación de sus políticas de anexión de facto en la Ribera Occidental. La ruptura política entre Hamás y la Autoridad Palestina ha sido utilizada por las autoridades israelíes para seguir promoviendo sus políticas de separación, aislamiento y fragmentación, con el objetivo de desviar la atención de la ocupación permanente y la matanza de civiles, que son quienes se llevan la peor parte de este conflicto».

A modo de conclusión

Al parecer, las actuales autoridades israelíes al anunciar querer «vengar» a las 1300 personas fallecidas el 7 de octubre, tienen como objetivo llevar a cabo una acción militar punitiva a gran escala en contra de la población civil de Gaza.

Para ello, las máximas autoridades de Israel en algunas de sus declaraciones han intencionalmente asociado a toda la población de Gaza al Hamás, con incluso la siguientes palabras usadas por su ministro de Defensa en un tweet del 9 de octubre:

«I have ordered a complete siege on the Gaza Strip. There will be no electricity, no food, no fuel, everything is closed. We are fighting human animals and we act accordingly «.

Otra notoria asociación desde el 7 de octubre del 2023 que se escucha en prácticamente cada declaración oficial israelí es la del Hamás con el Estado Islámico.

Más allá de los ejercicios semánticos de las máximas autoridades de Israel que denotan su estrategia de comunicación (en aras de volver más aceptable lo inaceptable), tuvimos la oportunidad de plantear en una nota anterior, en la que analizamos la reacción desproporcional y el carácter indiscriminado de los ataques en Gaza de Israel en respuesta al ataque sufrido el pasado 7 de octubre perpetrado por el Hamás (véase nuestra nota) que:

«Conforme las imágenes escalofriantes del drama al que Israel somete a la población civil palestina en Gaza circulen, es posible que los actos de repudio hacia la política israelí tiendan a radicalizarse aún más en todo el mundo. Desde un simple punto de vista estratégico ¿no será ésta la trampa que tendió Hamás en la que pareciera haber caído Israel?«

COP27: Urge cambiar la estrategia en la lucha contra el Cambio Climático

Por Allan Astorga*

El pasado 6 de noviembre se inició en Egipto, la No. 27 Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Con la participación de casi 200 países y hasta el 18 de noviembre, varios miles de participantes (presenciales y virtuales) estarán discutiendo la búsqueda de acuerdos para atender los cada vez más graves efectos negativos que produce el Cambio Climático. Algo agravado por la guerra y la crisis económica mundial.

Con el contexto de que la temperatura de la atmósfera del planeta se ha incrementado en 1,2 grados respecto a los niveles preindustriales, con concentraciones de CO2 a 421,95 ppm (parte por millón) a abril del 2022 con una clara tendencia creciente y con la ausencia de tres de los países más contaminantes: China, Rusia y la India; la perspectiva de éxito de esta conferencia es similar a las de las 26 conferencias anteriores. Es decir: muchas conversaciones, muchas negociaciones y un éxito parcial (por no llamarle fracaso rotundo) que no se traduce en cambios verdaderamente efectivos.

Ante esta situación se hace necesario plantear un urgente cambio de estrategia en la lucha contra el Cambio Climático. Cambio que debe empezar por comprender que la lucha no solo se limita al Cambio Climático, sino para todos los límites planetarios que tienen la Ecosfera terrestre en un severo estado de desequilibrio. Existen soluciones y se requieren de acuerdos globales, pero a diferencia de lo que hasta ahora se ha discutido y “hecho”, se ocupan acciones concretas de tipo local, pero ubicuas en todo el planeta. Analizamos aquí algunos lineamientos de este urgente cambio de estrategia.

Anomalías climáticas en incremento: una anomalía climática es una desviación del valor de un elemento del clima respecto a su valor normal.  Para identificarlas se reconocen las diferencias entre un evento climático en un determinado lugar y la condición promedio de ese factor respecto a la latitud y longitud geográfica de ese territorio.

En otras palabras, las anomalías climáticas son los eventos extraordinarios, no esperados y desconocidos para los pobladores de determinado lugar del planeta.

En los últimos 10 años las anomalías climáticas se han incrementado en frecuencia y extensión. Hay muchos ejemplos de esas anomalías: grandes sequías en Europa y Sudamérica, olas de calor en el ártico, inundaciones extraordinarias en zonas áridas de Asia, cada vez más fuertes heladas en el hemisferio norte y más frecuencia de alternancia de grandes lluvias en los trópicos y sequías extremas.

Cada año se rompen récords de temperaturas más elevadas o más bajas o de mayores lluvias en muchos lugares del mundo. Eso no es casual. Se vincula directamente con el aumento de la temperatura de la atmósfera planetaria y ésta, a su vez, al contenido de CO2 que también sigue en crecimiento.

No se requiere se experto en cambio climático para saber que la situación está cambiando rápidamente y que está desmejorando año con año.

El 2030 es nuestro límite crítico: en el 2015 el Acuerdo París se propuso como objetivo primordial el tratar de fortalecer la respuesta mundial al cambio climático, limitando el aumento de la temperatura mundial muy por debajo de los 2 grados centígrados, al tiempo que se continue con los esfuerzos para limitarlo a 1,5 grados.

Las actuales proyecciones de aumento de la temperatura es que esta alcanzará el límite 1,5 grados muy cerca del 2030 que, originalmente, se pensó ocurriría en el 2050. Este límite de 1,5 grados se considera un límite crítico, de no retorno, que tendrá severas consecuencias ambientales en todo el planeta.

Consecuencias como por ejemplo la pérdida de los arrecifes coralinos de todo el mundo, el incremento en la pérdida de bosques y ecosistemas, las sequías y la desertificación con la consecuente pérdida de suelos, el deshielo de las capas polares y el incremento del nivel del mar, además de un aumento de las anomalías climáticas. Desde el punto de visto humano esto se traduce en pobreza, enfermedades, hambre y migración, entre otras calamidades.

El 2030 no solo representa un límite crítico en materia de Cambio Climático, sino también en otros temas ambientales vinculados (límites planetarios), como pérdida en la biodiversidad terrestre y marina, la pérdida de calidad ambiental por contaminación, la disminución significativa de los reservorios de agua dulce y toda la cadena de impactos que se generan de estos eventos y entre los que destacan la disminución en la producción agroalimentaria y el desarrollo de zoonosis que pueden derivar en nuevas pandemias.

Estrategia de descarbonización: los objetivos planteados por el Acuerdo de París del 2015 (que empezó a regir desde el 2020) ahora, en el 2022, a la luz de la realidad que afrontamos, resultan tímidos y muy laxos, basados en la buena voluntad de los países en aplicar acciones concretas, fundamentadas principalmente en la descarbonización de las economías. Algo que, evidentemente, no está lográndose de forma objetiva, todo lo contrario, parece que, a pesar de tantas conversaciones y negociaciones, seguimos avanzando en sentido contrario.

Los datos de la ONU de octubre del 2021 señalaban que las emisiones de CO2, por sí solas, alcanzaban las 33 gigatoneladas en 2021 (una gigatonelada equivale a mil millones de toneladas). Cuando se consideran todos los demás GEI (gases de efecto invernadero como el metano, óxido nitroso y fluorocarbonos), las emisiones anuales son cercanas a los 60 GtCO2e (gigatoneladas de CO2 equivalente).

Por lo tanto, para tener la oportunidad de alcanzar el objetivo de 1,5°C, se deben reducir casi a la mitad las emisiones de GEI. Para el objetivo de 2°C, la necesidad adicional es menor: una caída en las emisiones anuales de 13 GtCO2e para 2030. Estos objetivos no se están logrando con la descarbonización, la tendencia global, es contraria, pues se están dando incrementos en la producción de gases de efecto invernadero.

Incluso en Europa, que ha sido baluarte en la lucha contra el Cambio Climático, se empiezan a levantar voces cada vez más fuertes que cuestionan decisiones dirigidas a la reducción de emisiones. En medio de una economía de guerra, cuando hay carencias de energía, algunos lineamientos originales parecen poco lógicos y alimentan las opiniones de que se trata más de temas ideológicos y de negocio para algunos que un verdadero conjunto de acciones efectivas. Algo que a la luz de los avances obtenidos sigue generando muchas dudas.

Por otro lado, el hecho de que los tres países (China, Rusia y la India) que producen mayor cantidad de emisiones (40 % del total) no formen parte de la estrategia de reducción de emisiones, tampoco ayuda a dar más confianza y seguridad en el camino que se sigue.

Cambios estratégicos: la reducción de emisiones de CO2 y otros gases de efecto invernadero es muy importante, pero no debe ser la única medida en la lucha contra el cambio climático. Se requieren implementar y reforzar otras medidas concretas y efectivas que permitan que los países que hasta ahora no se han integrado, se incentiven a hacerlo.

Esas medidas deben llevar a que el trabajo se haga de forma local, a escala de los gobiernos locales de cada país del mundo y con la participación efectiva de su población. Además, las medidas a implementar deben ser multiobjetivo, es decir que además de capturar carbono y ralentizar los efectos del cambio climático, sirvan para restaurar suelos, bosques y recuperar la biodiversidad que se está perdiendo aceleradamente junto con la calidad ambiental de la Ecosfera terrestre. También deben promover el crecimiento económico y el desarrollo sustentable de esos gobiernos locales.

La agricultura y la ganadería convencionales deben cambiar hacia la producción regenerativa que contribuya también a restaurar suelos y ecosistemas y a disminuir la contaminación del suelo y de las aguas superficiales y subterráneas, así como de los océanos.

La protección de los bosques tropicales y boreales existentes es muy importante. Pero para evitar llegar al límite de 1,5 grados, se requiere desarrollar desde ahora y hasta el 2030 al menos 250 millones de hectáreas de bosques tropicales en América Latina, África, Asia y Oceanía.

El financiamiento de estos nuevos bosques debe provenir de la producción y consumo de hidrocarburos y otros combustibles fósiles de forma tal que por cada tonelada de CO2 que se utilice, se garantice que se financiarán, por lo menos, dos toneladas de CO2 almacenado en bosques existentes y en nuevos bosques y suelos regenerativos.

Esta inversión es prioritaria no solo en la lucha contra el cambio climático, sino contra todos los límites planetarios cuyo punto de inflexión está cerca y que, juntos, contribuyen al desequilibrio de la Ecosfera terrestre. Además, como hemos señalado, la inversión en bosques, suelos y biodiversidad en países tropicales (la gran mayoría países pobres) ayudará a resolver problemas sociales y educativos en esta región, incluyendo temas muy sensibles como la migración hacia los países de primer mundo.

También, como hemos señalado ya, la selección de los territorios para el desarrollo de nuevos bosques tropicales y para la agricultura y la ganadería regenerativa tiene que hacerse con un efectivo y eficiente criterio técnico establecido mediante el ordenamiento y la planificación territorial.

Se debe garantizar que, a pesar del trabajo por restaurar el equilibrio de la Ecosfera terrestre y luchar contra el Cambio Climático, el progreso humano debe continuar, pero de una forma sustentable, no contaminante, basado en una economía circular que garantice crecimiento y desarrollo socioeconómico de los países. Los problemas ambientales actuales tienen que corregirse.

Cuando hacemos los números para la implementación de esta estrategia complementaria vemos que, si son posibles siempre que se logre un acuerdo real, efectivo y obligatorio entre los países, en particular los del primer mundo. Lo llamativo de todo esto es que la inversión necesaria es menor a la que se hace en gastos militares.

Sabemos que el camino no es fácil, y por eso, se requiere un esfuerzo extraordinario. Dentro de este esfuerzo es vital que le demos una gran importancia al tiempo. No es posible que sigamos dejar pasar el tiempo como si no estuviéramos en una auténtica emergencia planetaria.

Debemos empezar lo antes posible y por eso, la COP requiere ser profundamente reestructurada hacia un nuevo acuerdo global para restaurar el equilibrio de la Ecosfera terrestre y para ralentizar los efectos del Cambio Climático. Requerimos de acciones concretas y efectivas dentro de un nuevo derrotero global.

 

*El autor es geólogo ambiental, especialista en ordenamiento y planificación del territorio, gestión del riesgo y evaluación ambiental, con más de 25 años de experiencia. Durante los últimos 15 años se ha especializado en el trabajo por la restauración del equilibrio de la Ecosfera terrestre y la lucha contra el Cambio Climático.

(Imagen de Valdir Silveira)

Fuente: https://www.pressenza.com/es/2023/01/cop27-urge-cambiar-la-estrategia-en-la-lucha-contra-el-cambio-climatico/

Carta abierta en apoyo a Cristhian González Gómez; funcionario de la Organización de Naciones Unidas en Costa Rica

En la carta a continuación, diferentes organizaciones y personas pertenecientes a movimientos sociales de Pueblos Originarios, realizan un pronunciamiento en defensa de Cristhian González Gómez; funcionario de la Organización de Naciones Unidas en Costa Rica. 

Si desea ser parte de los y las firmantes de la carta abierta, acceda al siguiente enlace de Google Formularios: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdScXYQA5DtxFY3WApLs9FQIo_hl8Qu5muXO3SACzojdHReag/viewform

Compartimos la carta a continuación: 

Señora Allegra Baiocchi.

Agente Residente Sistema de Naciones Unidas Costa Rica.

Señora Catalina Crespo Sancho. 

Defensoría de los Habitantes de Costa Rica 

5 de agosto, 2022.

Reciban un cordial saludo de parte de las organizaciones, instituciones y personas que suscribimos esta carta.

La cual tiene el objetivo de expresar el respaldo y apoyo a las labores realizadas por Cristhian González Gómez, funcionario de la Organización de Naciones Unidas (ONU). Cristhian no sólo ha sido amable, respetuoso y responsable con el trato directo frente a las Organizaciones Propias de Pueblos Originarios que nos encontramos fortaleciendo nuestra cultura, sino que, es objetivo, altamente ético y su labor se caracteriza por la probidad y por la defensa de los Derechos Humanos. Cristhian pertenece a uno de los Pueblos Originarios que habitan la Zona Sur del país -Pueblo Bruncakj, en el Territorio de Boruca-, por lo que sabemos que cuenta con la experiencia y sensibilidad necesaria para escuchar nuestras necesidades y acompañarnos desde tan importante organismo internacional. Sin lugar a duda su presencia en la ONU y en los Territorios Indígenas de la Zona Sur y del país ha sido de mucha importancia. 

Queremos hacer público ante usted, que agradecemos profundamente el trabajo del señor Cristhian González y que respaldamos sus labores. Conocemos de su integridad humana, profesional y, sobre todo, su profundo compromiso con la defensa y promoción de los Derechos Humanos de las personas más vulnerabilizadas, discriminadas y violentadas en el país.

Asimismo, queremos expresar nuestra preocupación por los señalamientos injustos a González Gómez que fueron expresados en una carta que le fue presentada a la señora Defensora de los Habitantes, durante una reunión con sectores que se oponen abiertamente a las recuperaciones de tierra-territorio y que han promovido y participado en agresiones y violaciones a los derechos humanos de los Pueblos Originarios. En esa carta, según la nota publicada por un diario de circulación nacional, se menciona que el señor Cristhian González Gómez tiene participación en las “invasiones en la zona” y que supuestamente cuenta con una actitud imparcial ante las Organizaciones Propias que estamos recuperando nuestras tierras-territorios. Señalamiento que es falso y que más bien da cuenta de la alta complejidad del contexto que atraviesan nuestros Pueblos y Territorios; contexto en el que las y los recuperadores han probado que son los principales afectados de la violencia y que, por tanto, la ONU les dirige la atención y escucha.

Las invitamos a dialogar con los diversos sectores inmersos en este conflicto, con el objetivo de reducir la tensión y la violencia que nos aqueja.

Finalmente, esperamos que se pueda reconocer la importante labor del señor González Gómez, así como de los funcionarios de la Defensoría de los Habitantes señalados en la misma carta. A ellos y ella, les agradecemos profundamente su labor y compromiso real con la defensa de los Derechos Humanos de los Pueblos Originarios y de cualquier sector que se encuentre en vulnerabilidad. 

Saludos fraternos.

ONU reconoce derecho humano a un ambiente limpio, sano y sostenible

Por primera vez, la Asamblea General de la ONU reconoce en una resolución adoptada por 161 votos a favor, 8 abstenciones y cero en contra; el derecho humano a un ambiente limpio, sano y sostenible. Derecho que ya se encontraba reconocido en múltiples declaraciones desde 1972, en diversos convenios internacionales y por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU; pero que sin embargo, no había sido reconocido como tal por el máximo órgano de las Naciones Unidas. 

Un gran paso en la consolidación de este derecho humano fundamental.

Se adjunta el texto de la resolución completa.

 

Compartido con SURCOS por Rafael López Alfaro.

Imagen tomada de Wikipedia.

Elecciones en el seno del Consejo de Derechos Humanos (para el período 2023-2025)

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)

Según se desprende de la lista de los actuales Estados que integran el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en este 2022 llegan a expiración de sus respectivos mandatos Brasil y Venezuela (véase listado oficial). 

Como bien se sabe, el Consejo de Derechos Humanos constituye la máxima instancia en materia de derechos humanos dentro del organigrama de Naciones Unidas. Se trata de un órgano intergubernamental compuesto por 47 Estados. En este año 2022, esta entidad es presidida, por vez primera en toda su historia, por Argentina (véase comunicado oficial de diciembre del 2021).

El Consejo de Derechos Humanos en breve

Entre sus numerosas atribuciones (Nota 1) el Consejo de Derechos Humanos es la instancia llamada a crear, mediante resolución, comisiones de investigaciones para documentar situaciones en las que se viola de manera masiva y grave derechos humanos: en la actualidad son 36 mecanismos de investigación (véase enlace oficial); también recae en este órgano el crear o renovar mandatos temáticos sobre ámbitos específicos en materia de derechos humanos, y que en la actualidad ascienden a 45 (véase enlace oficial). 

Ello sin olvidar de mencionar la adopción de resoluciones en temas relevantes que luego son puestos a conocimiento de la Asamblea General: la reciente (e histórica) resolución A/76/300 sobre derecho al ambiente como un derecho humano adoptada el 28 de julio del 2022 por una abrumadora (e inédita) mayoría (véase nota de prensa y esta nota publicada en Costa Rica explicando el significado de tan abultada mayoría de votos a favor) fue inducida desde el Consejo de Derechos Humanos en el mes de octubre del 2021 (véase nota oficial).

Tablero de la votación acaecida el 23 de julio del 2014, con un solo voto en contra (Estados Unidos) a la hora de votar el Consejo de Derechos Humanos una resolución que crea una comisión de investigación sobre las exacciones israelíes cometidas en Gaza en julio del 2014 y cuyo informe final se presentó en el mes de junio del 2015

La repartición geográfica conlleva algunos criterios muy propios (véase enlace oficial) tendientes a asegurar un equilibrio entre todas las regiones del mundo a la hora de realizarse la votación en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas para escoger a los Estados miembros. En la integración del Consejo de Derechos Humanos, la región de América Latina y del Caribe cuenta con 8 escaños, mientras que África cuenta con 13, al igual que la región Asia/Pacífico, también con 13; como resultado de la antigua partición de Europa durante la Guerra Fría, se considera la región de Europa Occidental por una parte, con 7 y por otra, Europa Oriental, con 6 escaños.

Cada año, durante la Asamblea General de Naciones Unidas, usualmente en el mes de octubre, se procede a renovar de manera parcial el Consejo de Derechos Humanos, eligiendo para cada una de estos cinco bloques regionales a varios Estados por un mandato de tres años para suplir las vacantes correspondientes. En la actualidad, por América Latina y el Caribe figuran: Argentina, Bolivia, Brasil, Cuba, Honduras, México, Paraguay y Venezuela.

Cabe recordar que el Consejo de Derechos Humanos fue creado en el 2006 (véase resolución A/RES/60/251 de abril del 2006) y reemplaza a la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas (un órgano intergubernamental que funcionó desde 1946 hasta el año 2005 compuesto por 53 Estados): es de notar que esta resolución se adoptó con 170 votos a favor, 4 en contra (Estados Unidos, Islas Marshall, Israel y Palau) y 3 abstenciones (Bielorusia, Irán y Venezuela) según se informa en esta nota de prensa de Naciones Unidas. En un interesante artículo del 2007 que analiza las negociaciones previas a esta votación, se lee que un diplomático norteamericano conocido por sus posiciones radicales e intransigentes originó este voto de Estados Unidos:

«La mayoría de los Estados concordaron con el Presidente Eliasson en cuanto a que esta redacción era la mejor posible, dada la atmósfera existente y que era urgente consolidar el acuerdo antes de que se realizara la siguiente reunión de la CDH. Estados Unidos no compartía esta opinión. El Embajador Bolton manifestó su inquietud acerca de muchas disposiciones contenidas en el texto y, junto con negarse a explicitar cuáles cambios lograrían que Estados Unidos apoyara la resolución, hizo un nuevo llamado a efectuar negociaciones individuales entre países. El apoyo para esta posición fue casi nulo y finalmente la Asamblea aprobó la resolución que creaba el nuevo Consejo…» (Nota 2).

Recientemente, tuvimos la oportunidad de analizar la exclusión de Rusia de este órgano de Naciones Unidas (véase nuestra nota del 7 de abril del 2022), como consecuencia de la agresión militar perpetrada en el territorio de Ucrania: cabe indicar que Rusia (158 votos) y Ucrania (166) fueron electas en representación de la región de Europa del Este en octubre del 2020 para integrar el Consejo de Derechos Humanos (véase nota oficial de Naciones Unidas).

Costa Rica y su súbito interés en integrar el Consejo de Derechos Humanos en el 2019

Habíamos tenido la oportunidad de analizar en octubre del 2019 la repentina decisión de Costa Rica de postularse en aras de intentar arrebatarle la silla a Venezuela (Nota 3).

Se trató de una maniobra que no fructificó, quedando electos Brasil y Venezuela por América Latina y el Caribe (véase nuestra breve nota sobre resultados alcanzados en la votación del 27 de octubre del 2019): la diplomacia de Brasil reunió para esta elección 153 votos, la de Venezuela 105, al tiempo que la de Costa Rica (no electa) pudo contar con el respaldo de 96 Estados que votaron en favor de su candidatura (para más detalles sobre los resultados de la votación, véase acta A/74/PV.17, pp. 3-4)

Este episodio bastante peculiar permitió confirmar lo que enseña la observación de la práctica diplomática en Naciones Unidas para este tipo de ejercicios: los intercambios de votos y de compromisos que los Estados han pactado entre sí en materia de candidaturas difícilmente pueden ser revisados a menos de dos semanas de una elección. Algunas candidaturas se anuncian y se negocian con mucho tiempo de antelación y es muy probable que Venezuela y Brasil tenían asegurada gran parte de sus votos cuando Costa Rica anunció súbitamente su postulación. No se trata de semanas o meses de antelación, sino en algunos casos, de candidaturas que se preparan desde varios años (Nota 4).

Después de lo acontecido en el 2019, tanto en el año 2020 como en el 2021, Costa Rica optó, por alguna razón, por no postularse; al igual que lo había hecho del 2015 al 2019, después de su última postulación  oficial en el 2014, que no le permitió tampoco ser electa.

En el 2020, resultaron electos para las tres vacantes por la región Bolivia, Cuba y México, con respectivamente 172, 170 y 175 votos respectivamente (véase detalle de los votos obtenidos por los demás Estados en el acta A/75/PV.16, pp.14-15; en el 2021, resultaron electos Argentina (175), Honduras (172) así como Paraguay, con una destacada marca de 185 votos reunidos.

Las elecciones venideras para el 2022, el 2023 y el 2024

Para este año 2022, son dos las vacantes que dejan Brasil y Venezuela y que deberán ser objeto de una decisión colectiva para suplirlas por parte del bloque regional de América Latina y del Caribe: la práctica en Naciones Unidas indica que se delega a cada bloque regional el presentar los candidatos para suplir las vacancias de turno que le corresponden. 

En caso de desacuerdo entre los integrantes del GRULAC (Grupo de América Latina y el Caribe en Naciones Unidas), son entonces los votos obtenidos por cada candidatura los que deciden cuáles Estados son electos y cuáles no resultan electos. Únicamente los números obtenidos en la Asamblea General de Naciones Unidas cuentan, al tratarse de una votación secreta.

En el año 2023, serán tres las vacantes al llegar al término de su actual mandato Bolivia, Cuba y México. En el 2024, serán tres nuevamente, al concluir su mandato Argentina, Honduras y Paraguay.

El espacio para tres es siempre mayor al espacio para dos

Tres vacantes en el seno del Consejo de Derechos Humanos dan lugar a elecciones mucho menos reñidas que cuando se trata de dos, y merece mención señalar que:

– para el último ejercicio (2019), las diplomacias brasileña y venezolana lograron su cometido, dejando por fuera a la de Costa Rica;  

– al igual que las de Brasil y Cuba (2016), Brasil reuniendo 137 votos, Cuba 160, y Guatemala tan solo 82; 

– así como  los aparatos diplomáticos de Cuba y México (2013): en aquella oportunidad Cuba reunió 148 votos, México obtuvo 135 votos, quedando fuera Uruguay con 93 votos;

– en octubre del 2010, con 180 votos cada uno, Ecuador y Guatemala fueron electos, al tiempo que se registra, sin explicación plausible, un solo voto a favor de Perú (véase enlace oficial con tablero general de votos obtenidos). Se trata posiblemente de un único voto de un delegado que, sin haber recibido instrucción alguna desde su capital, voto con su mejor criterio o bien por el Estado con el que más se siente identificado…

– en octubre del 2007, Bolivia obtuvo 169 votos, Nicaragua 174, al tiempo que se registró (como en el caso de Perú en el 2010), a Costa Rica, Chile y Belize cada uno con un solo voto (véase acta A/61/PV.97, página 3): en este caso, al menos para el caso de Costa Rica, otra hipótesis a considerar es que su delegado en Naciones Unidas, por alguna razón, no considerara que pudiera votar ni por Bolivia ni por su vecino Nicaragua…

Algunas de las marcas obtenidas por Estados de América Latina, algunas ausencias y algunas presencias notorias

Más allá de las cosas que a veces pueden ocurrir en la mente de un diplomático cuando su capital omite enviarle una instrucción de voto, resulta oportuno recordar que son los 193 Estados Miembros de Naciones Unidas los que son llamados a votar en favor de las candidaturas correspondientes. 

Como previsible, la marca más alta registrada por un Estado de América Latina (antes del notorio hito logrado por Paraguay en la última contienda del 2021 reuniendo 185 votos a su favor), fue la obtenida por el aparato diplomático de Brasil en el 2012 (con 184 votos a su favor), seguido por Perú (180) en el 2017, y México (179) también en las elecciones del 2017. Con un solo voto (probablemente el suyo), Colombia es el Estado que obtuvo la menor cantidad de votos en las primeras elecciones realizadas en el 2006, seguido por Honduras con 3 y Costa Rica con 6 (véase acta A/60/PV.80 del mes de mayo del 2006, pp. 3-4).

Resulta oportuno precisar que, desde su integración en el mes de mayo del 2006, el Consejo de Derechos Humanos nunca ha contado (véase listado oficial) con los siguientes Estados de América Latina como Estados miembros: Colombia, Haití y República Dominicana. 

Por otro lado, como dato de interés, Cuba ha sido escogido  en cinco ocasiones desde el 2006 como integrante para los siguientes períodos: (2006-2009), (2009-2012), (2014-2016), (2017-2019) y (2021-2023). Al igual que México: (2006-2009), (2009-2012), (2014-2016), (2018-2020) y (2021-2023). Se puede considerar que sus respectivas diplomacias consideran prioritario el integrar al Consejo de Derechos Humanos al registrar ambos Estados la mayor cantidad de mandatos desde el 2006. Cuba y México son seguidos por Argentina y Brasil con cuatro mandatos cada uno. Los mandatos de Brasil son: (2006-2008), (2013-2015), (2017-2019) y (2020-2022); los de Argentina: (2006-2007), (2013-2016), (2019-2021) y (2022-2024). Siguen luego Venezuela con tres mandatos: (2013-2015), (2016-2019) y (2019-2021) así como Ecuador (2006-2009), (2011-2013) y (2016-2018).

Como se puede observar, un equilibrio muy sutil se ha instalado entre las diplomacias de Argentina, Cuba, Brasil y México desde el 2006, mientras que los demás Estados de América Latina participan de manera mucho más esporádica a la máxima instancia en materia de derechos humanos dentro del organigrama de Naciones Unidas.

Las candidaturas oficiales para las elecciones en este año 2022

Al parecer, para las elecciones de este 2022, Venezuela ha optado por presentarse para una reelección (véase nota de prensa de Talcualdigtal del 25 de julio del 2022); al tiempo que el pasado 5 de mayo del 2022, Chile anunció de manera oficial su candidatura (véase comunicado oficial de su diplomacia). Es posible que la referencia a Venezuela hecha refiera a un sondeo previo realizado por la diplomacia venezolana antes de tomar la decisión de anunciar oficialmente su postulación.

Con relación a Costa Rica, al momento de redactar estas líneas no se ha hecho público anuncio alguno. Después de su repentino intento en el 2019, y del fracaso de su candidatura en el 2014 (véase nota nuestra al respecto), la última vez que Costa Rica fue electa en el Consejo de Derechos Humanos remonta al año 2011, al quedar electa con Chile y con Perú (y quedando fuera de la contienda Nicaragua): véase al respecto nota oficial de Naciones Unidas así como esta nota oficial de los resultados obtenidos por cada aparato diplomático (Chile con 159 votos, Costa Rica con 138, Perú con 136, y Nicaragua -no electa- con 98 votos reunidos). 

Nótese que en este enlace de una ONG especializada en derechos humanos con sede en Ginebra y en un volante de una actividad a realizarse en Ginebra en el mes de septiembre del 2022, sí se menciona a Costa Rica conjuntamente con Chile y con Venezuela (véase volante) para ocupar las dos vacantes a suplir en octubre del 2022, sin que haya trascendido (salvo error nuestro),  algún anuncio oficial de candidatura.

Por su parte, República Dominicana, el pasado 14 de junio anunció su candidatura para integrar el Consejo de Derechos Humanos (véase comunicado oficial): al revisar con detenimiento, se trata de una postulación para el período (2024-2026), y no para el que se decidirá próximamente (2023-2025).

Las designaciones para el mandato (2023-2025) se decidirán durante la sesión de la Asamblea General de Naciones Unidas que iniciará en septiembre del 2022.

A modo de conclusión

Cabe precisar que quien fuera el máximo representante de Costa Rica en Naciones Unidas en la sede de Nueva York en el período (2018-2022) fue recientemente electo como experto independiente en derechos humanos para integrar el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas en junio del 2022 (véase nota oficial de Naciones Unidas y hoja de vida de los candidatos propuestos): no se trata de un órgano intergubernamental, sino de un órgano de tratado (también denominado órgano de supervisión o monitoreo en la literatura especializada – Nota 5) compuesto por expertos independientes, encargado de velar por el debido cumplimiento de las obligaciones internacionales de los 173 Estados Parte al Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos de 1966 (véase estado oficial de firmas y ratificaciones). Tuvimos la oportunidad de analizar un ejercicio similar realizado en octubre del 2021 en el marco regional hemisférico de cara a  la designación de cuatro jueces para integrar la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Nota 6).

Desde el 30 de junio del 2022 (véase nota oficial sobre renuncia aceptada en mayo del 2022), Costa Rica adolece de un representante con rango de Embajador en Naciones Unidas en Nueva York. Una situación similar a la vivida por Costa Rica en el 2014, un año en el que las elecciones celebradas para designar a los integrantes del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas en octubre de este año fueron precedidas por la toma de posesión de nuevas autoridades electas en mayo, dando lugar a  un vacío mientras se procedió a la designación del nuevo representante en Naciones Unidas en Nueva York por parte del Poder Ejecutivo costarricense.

Con relación a Chile, es de notar que designó a su nueva embajadora en Naciones Unidas diez días después de la toma de posesión de sus nuevas autoridades (véase nota de prensa del 21 de marzo del 2022). Cabe destacar que, además de adherir recientemente al Acuerdo de Escazú, convirtiéndose en el Estado Parte número 13 desde el pasado 13 de junio del 2022 (véase estado oficial de firmas y ratificaciones) (Nota 7), el Poder Ejecutivo chileno acaba de proceder a depositar el instrumento de ratificación del Protocolo de San Salvador de 1998 ante la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos / OEA (véase nota oficial de su diplomacia del 28 de julio del 2022): como se ha podido apreciar en los últimos meses, la diplomacia de Chile profundiza su compromiso internacional con los derechos humanos desde que llegó la nueva administración del Presidente Gabriel Boric.

–Notas–

Nota 1: Sobre las nuevas competencias del Consejo de Derechos Humanos con relación a su predecesora, la Comisión de Derechos Humanos y un intento de comparar ambos órganos después de 5 años de funcionamiento del primero, véase VIEGA e SILVA M.El Consejo de Derechos Humanos de la Naciones Unidas, Tesis doctoral, Universidad Carlos III de Madrid, 2011, 667 páginas, pp. 169-246. Texto integral de la tesis disponible aquí.

Nota 2: Véase HALPERIN H.M,  ORENTLICHER D., «El nuevo Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas«, Anuario de Derechos Humanos (2207), pp. 113-120, en pp.117-118. Texto disponible aquí.

Nota 3: Véase BOEGLIN N., «La reciente candidatura de Costa Rica al Consejo de Derechos Humanos: breves reflexiones«, Réseau International des Droits Humains, edición del 16 de octubre del 2019, disponible aquí.

Nota 4: En la misiva circulada por Costa Rica el 11 de abril del 2011 enviada al Presidente de la Asamblea General (véase texto completo), se indica por parte del Embajador de Costa Rica en Naciones Unidas que:

«La información sobre las promesas y los compromisos de Costa Rica en materia de derechos humanos se distribuyó a todos los Estados Miembros en julio de 2009, cuando el Gobierno anunció la decisión de presentar su candidatura al Consejo de Derechos Humanos para el período 2011-2014.

Las elecciones al Consejo de Derechos Humanos se celebrarán durante el sexagésimo quinto período de sesiones de la Asamblea General, el 20 de mayo de 2011«.

Nota 5: Véase por ejemplo MUSSO J.A, RODRIGUEZ M.C.,  SÁNCHEZ MERA S. TAHHAN R. M., Lecciones de Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Universidad Católica Santiago del Estero, ediciones UCSE, 2021, 413 páginas, texto completo disponible aquí, pp. 86-101. Para un estudio sobre los órganos de tratados más detallado en español, véase CASTAÑEDA HERNANDEZ M. Los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos de Naciones Unidas como elementos de cambio en el orden internacional, Tesis doctoral, Universidad Carlos III de Madrid, 2018, 325 páginas. Texto integral de la tesis disponible aquí.

Nota 6: Véase BOEGLIN N., «La elección de nuevos integrantes en la Corte Interamericana de Derechos Humanos«, Portal de la Universidad de Costa Rica (UCR), Sección Voz Experta, edición del 20 de octubre del 2021, disponible aquí.

Nota 7: Sobre esta notable adhesión de Chile al Acuerdo de Escazú, que exhibe aún más a Costa Rica en sus inconsistencias en el plano internacional, véase BOEGLIN N., «Acuerdo de Escazú: Chile es oficialmente Estado Parte número 13. Algunas breves reflexiones desde Costa Rica«,  Diario Constitucional, edición del 31 de julio del 2022, disponible aquí.