SURCOS comparte la versión de avance no editada del documento con las observaciones finales sobre el tercer informe periódico del Comité Contra la Tortura de Naciones Unidas, para el caso de Costa Rica.
Invitamos a descargar el documento para conocer el detalle de las observaciones.
En una de sus secciones se indica:
“El Comité valora los esfuerzos realizados por el Estado parte para luchar contra la trata de personas con fines de explotación sexual y trabajo forzoso. En particular, toma nota del trabajo que lleva a cabo el Equipo de Respuesta Inmediata, así como de la celebración de acuerdos binacionales orientados a promover flujos migratorios laborales seguros, así como las labores de inteligencia con finalidad de prevenir estos actos. El Comité lamenta, no obstante, las deficiencias señaladas en varios informes en la identificación de las víctimas de la trata, especialmente entre las personas migrantes, y mayor incidencia de estos casos detectados de personas en situación vulnerable, incluidos los pueblos indígenas, los afrodescendientes y las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero. Además, se observa que el número de casos de trata investigados y enjuiciados es muy reducido en comparación con la incidencia de este fenómeno en el Estado parte. Finalmente, el Comité expresa su preocupación ante las informaciones que indican una reducción de las partidas presupuestarias para programas de prevención de la trata y acompañamiento a las víctimas como consecuencia de las medidas de austeridad financiera en vigor desde el 2020.
Más adelante dice:
“El Comité mantiene su preocupación ante las informaciones que documentan actos de hostigamiento y atentados contra la vida o la integridad física de las personas pertenecientes a pueblos indígenas, personas defensoras de derechos humanos y activistas medioambientales ocurridos durante el período objeto de examen. Aunque toma nota de la información facilitada por la delegación del Estado parte sobre sus esfuerzos en la materia, incluido el Programa de Protección a Víctimas y Testigos, así como el enjuiciamiento del asesinato del líder indígena Jehry Rivera, el Comité observa con preocupación que, conforme a diversas fuentes, otras agresiones y asesinatos, como el atentado contra la vida del líder indígena Sergio Rojas en 2019 habrían quedado sobreseídos o no resueltos”.
Este Día Internacional de Solidaridad coincide con uno de los capítulos más sombríos de la historia del pueblo palestino. Estoy horrorizado por la muerte y la destrucción en que se ha sumido la región, abrumada por el dolor, la angustia y el pesar.
Los palestinos de Gaza están sufriendo una catástrofe humanitaria. Casi 1,7 millones de personas se han visto obligadas a abandonar sus hogares, pero ningún lugar es seguro. La situación de la seguridad en la Ribera Occidental ocupada, incluida Jerusalén Oriental, corre el riesgo de desbordarse.
Deseo expresar mi más sentido pésame a los miles de familias que lloran a seres queridos. Entre ellos figuran los miembros del propio sistema de las Naciones Unidas muertos en Gaza en lo que representa la mayor pérdida de personal en la historia de nuestra organización.
He sido claro en mi condena de los atentados terroristas perpetrados por Hamás el 7 de octubre, pero también he sido claro en que tales hechos no pueden justificar el castigo colectivo del pueblo palestino.
En toda la región, el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas (UNRWA) es una tabla de salvación indispensable que presta asistencia vital a millones de refugiados palestinos. Es más importante que nunca que la comunidad internacional respalde al UNRWA como fuente de apoyo al pueblo palestino.
Por encima de todo, este es un día para reafirmar la solidaridad internacional con el pueblo palestino y su derecho a vivir en paz y dignidad.
Para ello, hay que comenzar con un alto el fuego humanitario a largo plazo, el acceso sin restricciones de la asistencia vital, la liberación de todos los rehenes, la protección de los civiles y el fin de las violaciones del derecho internacional humanitario. Debemos estar unidos para exigir el fin de la ocupación y el bloqueo de Gaza.
Ya es hora de avanzar de manera resuelta e irreversible hacia una solución biestatal, sobre la base de las resoluciones de las Naciones Unidas y el derecho internacional, donde Israel y Palestina convivan en paz y seguridad, con Jerusalén como capital de ambos Estados.
Las Naciones Unidas no vacilarán en su compromiso con el pueblo palestino. Hoy y todos los días, solidaricémonos con las aspiraciones del pueblo palestino de ejercer sus derechos inalienables y construir un futuro de paz, justicia, seguridad y dignidad para todos.
Foto extraída de nota de la BBC titulada «Ataque en Israel ¿Porqué el ejército de Israel tardó tanto en reaccionar al ataque de Hamás desde Gaza?» (edición del 10/10/2023)
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin@gmail.com
Este 18 de octubre, un proyecto de resolución (el texto S/2023/773) sobre la situación en Gaza fue vetado por Estados Unidos (véase nota de prensa al respecto y comunicado oficial de prensa de Naciones Unidas).
Se trata de un segundo ejercicio en el que el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas intenta acordar un texto entre sus integrantes, luego del fracaso de una iniciativa propuesta por Rusia en días pasados.
Desde el pasado 7 de octubre, pese al carácter explosivo de la crisis que agita a Medio Oriente con el pasar de los días, el Consejo de Seguridad sigue buscando una fórmula que le permita manifestarse al respecto en una resolución.
El voto en breve
El detalle del voto de este 18 de octubre del 2023 registra 12 votos a favor, 2 abstenciones (Rusia y Reino Unido), con lo cual nuevamente, Estados Unidos confirma su profunda soledad a la hora de referirse a Israel ante los demás integrantes de la comunidad internacional.
Por parte de América Latina votaron a favor Brasil (el proponente del texto) así como Ecuador.
Entre varios aspectos, el texto propuesto por Brasil y que llevó a su Ministro de Relaciones Exteriores a anunciar su presencia en Nueva York (veáse comunicado de prensa de Brasil), condenaba el ataque perpetrado por Hamás el pasado 7 de octubre y la toma de rehenes, exigía una tregua humanitaria y poner un alto a la orden de evacuación de más de 1,1 millón de habitantes de Gaza ordenada por Israel. A su vez exigía el establecimiento de corredores humanitarios dentro de Gaza, así como el restablecimiento del flujo energético y de agua a la población de Gaza.
También exigía tanto al Hamás como a Israel conformarse al derecho internacional humanitario a la hora de llevar a cabo acciones militares, en particular en Gaza, cuya población civil sufre de manera dramática los efectos con cada bombardeo israelí, debido a la alta densidad poblacional en Gaza.
En este comunicado de Naciones Unidas se detallan las explicaciones de voto de varios de los Estados que integran en la actualidad el Consejo de Seguridad, en particular el de Estados Unidos y las razones esgrimidas para no votar a favor.
Una leve sensación de «déjà vu»
No es la primera vez que Estados Unidos vota de manera solitaria en el seno del Consejo de Seguridad cuando se discute sobre la forma tan peculiar que tienen las autoridades de Israel de actuar desafiando abiertamente las normas del derecho internacional público:
– en su sesión del 1ero de junio del 2018, para un texto propuesto por Kuwait (véase enlace al documento S/2018/516) condenando el uso desproporcional de la fuerza por parte de Israel contra manifestantes palestinos desarmados durante lo que se denominó «La Gran Marcha«, el voto obtenido fue de 10 a favor, 1 en contra (Estados Unidos) y 4 abstenciones (véase acta S/PV.8274).
– en su sesión del 19 de diciembre del 2017, con ocasión de un texto propuesto por Egipto condenando el traslado de embajadas a la ciudad de Jerusalén (véase enlace a documento S/2017/1060), el voto registrado fue de 14 votos a favor y un único voto en contra (Estados Unidos): véase acta S/PV.8139.
Esta solidaridad «a toda prueba» tan evidente y tan explícita explica en gran parte el profundo rechazo a Estados Unidos que se observa en diversas latitudes del planeta y en particular en los Estados árabes.
Estados Unidos inauguró su Embajada en Jerusalén el 14 de mayo del 2018 (véase nota de la DW): una decisión que ningún Presidente norteamericano anterior a Donald Trump se había aventurado a tomar, y que el actual ocupante de la Casa Blanca no pareciera querer revertir.
Los datos de pérdidas en vidas humanas y personas heridas en Gaza
El último recuento o estado de situaciónal 17 de octubre del 2023 elaborado por la Oficina de Coordinación para Asuntos Humanitarios de Naciones Unidas (OCHA, véase enlace oficial) indica el saldo siguiente desde que inició el conteo de personas fallecidas y heridas el 7 de octubre en Israel y en Gaza:
– del lado palestino, se registran en Gaza, 3000 personas fallecidas y 12.500 personas heridas, a las que hay que añadir – en Cisjordania – 61 fallecidos y 1230 heridos; mientras que
– del lado israelí, se contabilizan 1300 personas fallecidas y 4229 heridas.
El mismo estado de situación un día antes, al 16 de octubre del 2023 indicaba por su parte el saldo siguiente:
– del lado palestino, se registraban en Gaza, 2808 personas fallecidas y 10850 personas heridas; mientras que
– del lado israelí, se contabilizaban 1300 personas fallecidas y 4121 heridas.
El 12 de octubre pasado, la reconocida ONG Human Rights Watch denunció el uso de fósforo blanco por parte de Israel tanto en Gaza como en recientes acciones militares en el Líbano (véase informe), en el que se puede leer que:
«The use of white phosphorus in Gaza, one of the most densely populated areas in the world, magnifies the risk to civilians and violates the international humanitarian law prohibition on putting civilians at unnecessary risk«.
Tal y como se puede apreciar, la reacción militar israelí pareciera no limitarse únicamente al objetivo oficial según el cual se busca destruir la infraestructura, el material y los centros de mando del Hamás ubicados en Gaza y lograr la eliminación física de sus principales dirigentes.
De algunos detalles semánticos y de algunas advertencias desoídas
La posición aislada de Estados Unidos y el recrudecimiento del repudio que va a causar este nuevo veto norteamericano en el seno de muchas opiniones públicas, en particular en algunos Estados árabes, pero también en África, América Latina, Asia y Europa, vuelve aún más riesgosa la situación para Israel.
Lejos de calmar los ánimos, este veto norteamericano los azuza: es probable que otras embajadas de Israel y de Estados Unidos sufran el asedio de muchedumbres indignadas en diversas partes del planeta en los próximos días, luego de lo observado en la noche/tarde de este 17 de octubre en algunas capitales.
Recientemente, un Informe de la Comisión Internacional Independiente de Naciones Unidas con fecha del 3/09/2023 (se trata del documento A/78/198, disponible en la red en los diversos idiomas oficiales de Naciones Unidas), incluye conclusiones en sus párrafos 65 – 77 de gran interés y cuya lectura completa recomendamos.
Se lee en particular que:
«65. La Comisión considera que las operaciones de aplicación de la ley cada vez más militarizadas de Israel y los repetidos ataques de Israel en Gaza tienen como objetivo mantener su ocupación ilegal, que ha durado ya 56 años, y sirven (o se utilizan) para debilitar la oposición a la ocupación, fragmentando la cohesión política, económica y social palestina, impidiendo la libre determinación palestina y, en última instancia, impidiendo el establecimiento de un Estado palestino libre. Los devastadores resultados de las incursiones militares periódicas y los ataques aéreos sobre Gaza, así como de las operaciones de aplicación de la ley militarizadas en la Ribera Occidental, incluida Jerusalén Oriental, recaen principalmente sobre la población civil, que cuenta un número cada vez mayor de muertos y heridos. Estos hechos afectan de forma desproporcionada a los hombres y los niños como principales víctimas, pero también a las mujeres y las niñas, que soportan la carga de convertirse en el principal sostén económico y en cuidadoras».
.. /..
72. La Comisión señala que la amplia aplicación por parte de las autoridades israelíes del marco que rige la conducción de las hostilidades a las operaciones de aplicación de la ley parece tener la intención de atribuir el concepto de participación directa en hostilidades a todos los civiles palestinos que participen en cualquier forma de actividades de oposición, incluidas las protestas pacíficas legítimas. El hecho de no distinguir entre operaciones de aplicación de la ley y conflictos armados da lugar a reglas de intervención mucho más permisivas, que a su vez provocan la muerte y lesiones a más civiles palestinos. La Comisión considera que la aplicación del marco que rige la conducción de las hostilidades también tiene por objeto disminuir la obligación de rendir cuentas y eximir al Estado de la responsabilidad del pago de indemnizaciones a las víctimas en virtud de la legislación israelí.
../..
77. La Comisión concluye que las repetidas incursiones militares y ataques aéreos sobre Gaza, que ya son un hecho anual, deben considerarse en el contexto más amplio de la ocupación israelí, a la que Israel no tiene intención de poner fin. Estas operaciones forman la base de las políticas de separación y aislamiento de Israel en relación con Gaza y son una continuación de sus políticas de anexión de facto en la Ribera Occidental. La ruptura política entre Hamás y la Autoridad Palestina ha sido utilizada por las autoridades israelíes para seguir promoviendo sus políticas de separación, aislamiento y fragmentación, con el objetivo de desviar la atención de la ocupación permanente y la matanza de civiles, que son quienes se llevan la peor parte de este conflicto».
A modo de conclusión
Al parecer, las actuales autoridades israelíes al anunciar querer «vengar» a las 1300 personas fallecidas el 7 de octubre, tienen como objetivo llevar a cabo una acción militar punitiva a gran escala en contra de la población civil de Gaza.
Para ello, las máximas autoridades de Israel en algunas de sus declaraciones han intencionalmente asociado a toda la población de Gaza al Hamás, con incluso la siguientes palabras usadas por su ministro de Defensa en un tweet del 9 de octubre:
«I have ordered a complete siege on the Gaza Strip. There will be no electricity, no food, no fuel, everything is closed. We are fighting human animals and we act accordingly «.
Otra notoria asociación desde el 7 de octubre del 2023 que se escucha en prácticamente cada declaración oficial israelí es la del Hamás con el Estado Islámico.
Más allá de los ejercicios semánticos de las máximas autoridades de Israel que denotan su estrategia de comunicación (en aras de volver más aceptable lo inaceptable), tuvimos la oportunidad de plantear en una nota anterior, en la que analizamos la reacción desproporcional y el carácter indiscriminado de los ataques en Gaza de Israel en respuesta al ataque sufrido el pasado 7 de octubre perpetrado por el Hamás (véase nuestra nota) que:
«Conforme las imágenes escalofriantes del drama al que Israel somete a la población civil palestina en Gaza circulen, es posible que los actos de repudio hacia la política israelí tiendan a radicalizarse aún más en todo el mundo. Desde un simple punto de vista estratégico ¿no será ésta la trampa que tendió Hamás en la que pareciera haber caído Israel?«
El pasado 6 de noviembre se inició en Egipto, la No. 27 Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Con la participación de casi 200 países y hasta el 18 de noviembre, varios miles de participantes (presenciales y virtuales) estarán discutiendo la búsqueda de acuerdos para atender los cada vez más graves efectos negativos que produce el Cambio Climático. Algo agravado por la guerra y la crisis económica mundial.
Con el contexto de que la temperatura de la atmósfera del planeta se ha incrementado en 1,2 grados respecto a los niveles preindustriales, con concentraciones de CO2 a 421,95 ppm (parte por millón) a abril del 2022 con una clara tendencia creciente y con la ausencia de tres de los países más contaminantes: China, Rusia y la India; la perspectiva de éxito de esta conferencia es similar a las de las 26 conferencias anteriores. Es decir: muchas conversaciones, muchas negociaciones y un éxito parcial (por no llamarle fracaso rotundo) que no se traduce en cambios verdaderamente efectivos.
Ante esta situación se hace necesario plantear un urgente cambio de estrategia en la lucha contra el Cambio Climático. Cambio que debe empezar por comprender que la lucha no solo se limita al Cambio Climático, sino para todos los límites planetarios que tienen la Ecosfera terrestre en un severo estado de desequilibrio. Existen soluciones y se requieren de acuerdos globales, pero a diferencia de lo que hasta ahora se ha discutido y “hecho”, se ocupan acciones concretas de tipo local, pero ubicuas en todo el planeta. Analizamos aquí algunos lineamientos de este urgente cambio de estrategia.
Anomalías climáticas en incremento: una anomalía climática es una desviación del valor de un elemento del clima respecto a su valor normal. Para identificarlas se reconocen las diferencias entre un evento climático en un determinado lugar y la condición promedio de ese factor respecto a la latitud y longitud geográfica de ese territorio.
En otras palabras, las anomalías climáticas son los eventos extraordinarios, no esperados y desconocidos para los pobladores de determinado lugar del planeta.
En los últimos 10 años las anomalías climáticas se han incrementado en frecuencia y extensión. Hay muchos ejemplos de esas anomalías: grandes sequías en Europa y Sudamérica, olas de calor en el ártico, inundaciones extraordinarias en zonas áridas de Asia, cada vez más fuertes heladas en el hemisferio norte y más frecuencia de alternancia de grandes lluvias en los trópicos y sequías extremas.
Cada año se rompen récords de temperaturas más elevadas o más bajas o de mayores lluvias en muchos lugares del mundo. Eso no es casual. Se vincula directamente con el aumento de la temperatura de la atmósfera planetaria y ésta, a su vez, al contenido de CO2 que también sigue en crecimiento.
No se requiere se experto en cambio climático para saber que la situación está cambiando rápidamente y que está desmejorando año con año.
El 2030 es nuestro límite crítico: en el 2015 el Acuerdo París se propuso como objetivo primordial el tratar de fortalecer la respuesta mundial al cambio climático, limitando el aumento de la temperatura mundial muy por debajo de los 2 grados centígrados, al tiempo que se continue con los esfuerzos para limitarlo a 1,5 grados.
Las actuales proyecciones de aumento de la temperatura es que esta alcanzará el límite 1,5 grados muy cerca del 2030 que, originalmente, se pensó ocurriría en el 2050. Este límite de 1,5 grados se considera un límite crítico, de no retorno, que tendrá severas consecuencias ambientales en todo el planeta.
Consecuencias como por ejemplo la pérdida de los arrecifes coralinos de todo el mundo, el incremento en la pérdida de bosques y ecosistemas, las sequías y la desertificación con la consecuente pérdida de suelos, el deshielo de las capas polares y el incremento del nivel del mar, además de un aumento de las anomalías climáticas. Desde el punto de visto humano esto se traduce en pobreza, enfermedades, hambre y migración, entre otras calamidades.
El 2030 no solo representa un límite crítico en materia de Cambio Climático, sino también en otros temas ambientales vinculados (límites planetarios), como pérdida en la biodiversidad terrestre y marina, la pérdida de calidad ambiental por contaminación, la disminución significativa de los reservorios de agua dulce y toda la cadena de impactos que se generan de estos eventos y entre los que destacan la disminución en la producción agroalimentaria y el desarrollo de zoonosis que pueden derivar en nuevas pandemias.
Estrategia de descarbonización: los objetivos planteados por el Acuerdo de París del 2015 (que empezó a regir desde el 2020) ahora, en el 2022, a la luz de la realidad que afrontamos, resultan tímidos y muy laxos, basados en la buena voluntad de los países en aplicar acciones concretas, fundamentadas principalmente en la descarbonización de las economías. Algo que, evidentemente, no está lográndose de forma objetiva, todo lo contrario, parece que, a pesar de tantas conversaciones y negociaciones, seguimos avanzando en sentido contrario.
Los datos de la ONU de octubre del 2021 señalaban que las emisiones de CO2, por sí solas, alcanzaban las 33 gigatoneladas en 2021 (una gigatonelada equivale a mil millones de toneladas). Cuando se consideran todos los demás GEI (gases de efecto invernadero como el metano, óxido nitroso y fluorocarbonos), las emisiones anuales son cercanas a los 60 GtCO2e (gigatoneladas de CO2 equivalente).
Por lo tanto, para tener la oportunidad de alcanzar el objetivo de 1,5°C, se deben reducir casi a la mitad las emisiones de GEI. Para el objetivo de 2°C, la necesidad adicional es menor: una caída en las emisiones anuales de 13 GtCO2e para 2030. Estos objetivos no se están logrando con la descarbonización, la tendencia global, es contraria, pues se están dando incrementos en la producción de gases de efecto invernadero.
Incluso en Europa, que ha sido baluarte en la lucha contra el Cambio Climático, se empiezan a levantar voces cada vez más fuertes que cuestionan decisiones dirigidas a la reducción de emisiones. En medio de una economía de guerra, cuando hay carencias de energía, algunos lineamientos originales parecen poco lógicos y alimentan las opiniones de que se trata más de temas ideológicos y de negocio para algunos que un verdadero conjunto de acciones efectivas. Algo que a la luz de los avances obtenidos sigue generando muchas dudas.
Por otro lado, el hecho de que los tres países (China, Rusia y la India) que producen mayor cantidad de emisiones (40 % del total) no formen parte de la estrategia de reducción de emisiones, tampoco ayuda a dar más confianza y seguridad en el camino que se sigue.
Cambios estratégicos: la reducción de emisiones de CO2 y otros gases de efecto invernadero es muy importante, pero no debe ser la única medida en la lucha contra el cambio climático. Se requieren implementar y reforzar otras medidas concretas y efectivas que permitan que los países que hasta ahora no se han integrado, se incentiven a hacerlo.
Esas medidas deben llevar a que el trabajo se haga de forma local, a escala de los gobiernos locales de cada país del mundo y con la participación efectiva de su población. Además, las medidas a implementar deben ser multiobjetivo, es decir que además de capturar carbono y ralentizar los efectos del cambio climático, sirvan para restaurar suelos, bosques y recuperar la biodiversidad que se está perdiendo aceleradamente junto con la calidad ambiental de la Ecosfera terrestre. También deben promover el crecimiento económico y el desarrollo sustentable de esos gobiernos locales.
La agricultura y la ganadería convencionales deben cambiar hacia la producción regenerativa que contribuya también a restaurar suelos y ecosistemas y a disminuir la contaminación del suelo y de las aguas superficiales y subterráneas, así como de los océanos.
La protección de los bosques tropicales y boreales existentes es muy importante. Pero para evitar llegar al límite de 1,5 grados, se requiere desarrollar desde ahora y hasta el 2030 al menos 250 millones de hectáreas de bosques tropicales en América Latina, África, Asia y Oceanía.
El financiamiento de estos nuevos bosques debe provenir de la producción y consumo de hidrocarburos y otros combustibles fósiles de forma tal que por cada tonelada de CO2 que se utilice, se garantice que se financiarán, por lo menos, dos toneladas de CO2 almacenado en bosques existentes y en nuevos bosques y suelos regenerativos.
Esta inversión es prioritaria no solo en la lucha contra el cambio climático, sino contra todos los límites planetarios cuyo punto de inflexión está cerca y que, juntos, contribuyen al desequilibrio de la Ecosfera terrestre. Además, como hemos señalado, la inversión en bosques, suelos y biodiversidad en países tropicales (la gran mayoría países pobres) ayudará a resolver problemas sociales y educativos en esta región, incluyendo temas muy sensibles como la migración hacia los países de primer mundo.
También, como hemos señalado ya, la selección de los territorios para el desarrollo de nuevos bosques tropicales y para la agricultura y la ganadería regenerativa tiene que hacerse con un efectivo y eficiente criterio técnico establecido mediante el ordenamiento y la planificación territorial.
Se debe garantizar que, a pesar del trabajo por restaurar el equilibrio de la Ecosfera terrestre y luchar contra el Cambio Climático, el progreso humano debe continuar, pero de una forma sustentable, no contaminante, basado en una economía circular que garantice crecimiento y desarrollo socioeconómico de los países. Los problemas ambientales actuales tienen que corregirse.
Cuando hacemos los números para la implementación de esta estrategia complementaria vemos que, si son posibles siempre que se logre un acuerdo real, efectivo y obligatorio entre los países, en particular los del primer mundo. Lo llamativo de todo esto es que la inversión necesaria es menor a la que se hace en gastos militares.
Sabemos que el camino no es fácil, y por eso, se requiere un esfuerzo extraordinario. Dentro de este esfuerzo es vital que le demos una gran importancia al tiempo. No es posible que sigamos dejar pasar el tiempo como si no estuviéramos en una auténtica emergencia planetaria.
Debemos empezar lo antes posible y por eso, la COP requiere ser profundamente reestructurada hacia un nuevo acuerdo global para restaurar el equilibrio de la Ecosfera terrestre y para ralentizar los efectos del Cambio Climático. Requerimos de acciones concretas y efectivas dentro de un nuevo derrotero global.
*El autor es geólogo ambiental, especialista en ordenamiento y planificación del territorio, gestión del riesgo y evaluación ambiental, con más de 25 años de experiencia. Durante los últimos 15 años se ha especializado en el trabajo por la restauración del equilibrio de la Ecosfera terrestre y la lucha contra el Cambio Climático.
En la carta a continuación, diferentes organizaciones y personas pertenecientes a movimientos sociales de Pueblos Originarios, realizan un pronunciamiento en defensa de Cristhian González Gómez; funcionario de la Organización de Naciones Unidas en Costa Rica.
Agente Residente Sistema de Naciones Unidas Costa Rica.
Señora Catalina Crespo Sancho.
Defensoría de los Habitantes de Costa Rica
5 de agosto, 2022.
Reciban un cordial saludo de parte de las organizaciones, instituciones y personas que suscribimos esta carta.
La cual tiene el objetivo de expresar el respaldo y apoyo a las labores realizadas por Cristhian González Gómez, funcionario de la Organización de Naciones Unidas (ONU). Cristhian no sólo ha sido amable, respetuoso y responsable con el trato directo frente a las Organizaciones Propias de Pueblos Originarios que nos encontramos fortaleciendo nuestra cultura, sino que, es objetivo, altamente ético y su labor se caracteriza por la probidad y por la defensa de los Derechos Humanos. Cristhian pertenece a uno de los Pueblos Originarios que habitan la Zona Sur del país -Pueblo Bruncakj, en el Territorio de Boruca-, por lo que sabemos que cuenta con la experiencia y sensibilidad necesaria para escuchar nuestras necesidades y acompañarnos desde tan importante organismo internacional. Sin lugar a duda su presencia en la ONU y en los Territorios Indígenas de la Zona Sur y del país ha sido de mucha importancia.
Queremos hacer público ante usted, que agradecemos profundamente el trabajo del señor Cristhian González y que respaldamos sus labores. Conocemos de su integridad humana, profesional y, sobre todo, su profundo compromiso con la defensa y promoción de los Derechos Humanos de las personas más vulnerabilizadas, discriminadas y violentadas en el país.
Asimismo, queremos expresar nuestra preocupación por los señalamientos injustos a González Gómez que fueron expresados en una carta que le fue presentada a la señora Defensora de los Habitantes, durante una reunión con sectores que se oponen abiertamente a las recuperaciones de tierra-territorio y que han promovido y participado en agresiones y violaciones a los derechos humanos de los Pueblos Originarios. En esa carta, según la nota publicada por un diario de circulación nacional, se menciona que el señor Cristhian González Gómez tiene participación en las “invasiones en la zona” y que supuestamente cuenta con una actitud imparcial ante las Organizaciones Propias que estamos recuperando nuestras tierras-territorios. Señalamiento que es falso y que más bien da cuenta de la alta complejidad del contexto que atraviesan nuestros Pueblos y Territorios; contexto en el que las y los recuperadores han probado que son los principales afectados de la violencia y que, por tanto, la ONU les dirige la atención y escucha.
Las invitamos a dialogar con los diversos sectores inmersos en este conflicto, con el objetivo de reducir la tensión y la violencia que nos aqueja.
Finalmente, esperamos que se pueda reconocer la importante labor del señor González Gómez, así como de los funcionarios de la Defensoría de los Habitantes señalados en la misma carta. A ellos y ella, les agradecemos profundamente su labor y compromiso real con la defensa de los Derechos Humanos de los Pueblos Originarios y de cualquier sector que se encuentre en vulnerabilidad.
Por primera vez, la Asamblea General de la ONU reconoce en una resolución adoptada por 161 votos a favor, 8 abstenciones y cero en contra; el derecho humano a un ambiente limpio, sano y sostenible. Derecho que ya se encontraba reconocido en múltiples declaraciones desde 1972, en diversos convenios internacionales y por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU; pero que sin embargo, no había sido reconocido como tal por el máximo órgano de las Naciones Unidas.
Un gran paso en la consolidación de este derecho humano fundamental.
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)
Según se desprende de la lista de los actuales Estados que integran el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en este 2022 llegan a expiración de sus respectivos mandatos Brasil y Venezuela (véase listado oficial).
Como bien se sabe, el Consejo de Derechos Humanos constituye la máxima instancia en materia de derechos humanos dentro del organigrama de Naciones Unidas. Se trata de un órgano intergubernamental compuesto por 47 Estados. En este año 2022, esta entidad es presidida, por vez primera en toda su historia, por Argentina (véase comunicado oficial de diciembre del 2021).
El Consejo de Derechos Humanos en breve
Entre sus numerosas atribuciones (Nota 1) el Consejo de Derechos Humanos es la instancia llamada a crear, mediante resolución, comisiones de investigaciones para documentar situaciones en las que se viola de manera masiva y grave derechos humanos: en la actualidad son 36 mecanismos de investigación (véase enlace oficial); también recae en este órgano el crear o renovar mandatos temáticos sobre ámbitos específicos en materia de derechos humanos, y que en la actualidad ascienden a 45 (véase enlace oficial).
Ello sin olvidar de mencionar la adopción de resoluciones en temas relevantes que luego son puestos a conocimiento de la Asamblea General: la reciente (e histórica) resolución A/76/300 sobre derecho al ambiente como un derecho humano adoptada el 28 de julio del 2022 por una abrumadora (e inédita) mayoría (véase nota de prensa y esta nota publicada en Costa Rica explicando el significado de tan abultada mayoría de votos a favor) fue inducida desde el Consejo de Derechos Humanos en el mes de octubre del 2021 (véase nota oficial).
Tablero de la votación acaecida el 23 de julio del 2014, con un solo voto en contra (Estados Unidos) a la hora de votar el Consejo de Derechos Humanos una resolución que crea una comisión de investigación sobre las exacciones israelíes cometidas en Gaza en julio del 2014 y cuyo informe final se presentó en el mes de junio del 2015
La repartición geográfica conlleva algunos criterios muy propios (véase enlace oficial) tendientes a asegurar un equilibrio entre todas las regiones del mundo a la hora de realizarse la votación en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas para escoger a los Estados miembros. En la integración del Consejo de Derechos Humanos, la región de América Latina y del Caribe cuenta con 8 escaños, mientras que África cuenta con 13, al igual que la región Asia/Pacífico, también con 13; como resultado de la antigua partición de Europa durante la Guerra Fría, se considera la región de Europa Occidental por una parte, con 7 y por otra, Europa Oriental, con 6 escaños.
Cada año, durante la Asamblea General de Naciones Unidas, usualmente en el mes de octubre, se procede a renovar de manera parcial el Consejo de Derechos Humanos, eligiendo para cada una de estos cinco bloques regionales a varios Estados por un mandato de tres años para suplir las vacantes correspondientes. En la actualidad, por América Latina y el Caribe figuran: Argentina, Bolivia, Brasil, Cuba, Honduras, México, Paraguay y Venezuela.
Cabe recordar que el Consejo de Derechos Humanos fue creado en el 2006 (véase resolución A/RES/60/251 de abril del 2006) y reemplaza a la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas (un órgano intergubernamental que funcionó desde 1946 hasta el año 2005 compuesto por 53 Estados): es de notar que esta resolución se adoptó con 170 votos a favor, 4 en contra (Estados Unidos, Islas Marshall, Israel y Palau) y 3 abstenciones (Bielorusia, Irán y Venezuela) según se informa en esta nota de prensa de Naciones Unidas. En un interesante artículo del 2007 que analiza las negociaciones previas a esta votación, se lee que un diplomático norteamericano conocido por sus posiciones radicales e intransigentes originó este voto de Estados Unidos:
«La mayoría de los Estados concordaron con el Presidente Eliasson en cuanto a que esta redacción era la mejor posible, dada la atmósfera existente y que era urgente consolidar el acuerdo antes de que se realizara la siguiente reunión de la CDH. Estados Unidos no compartía esta opinión. El Embajador Bolton manifestó su inquietud acerca de muchas disposiciones contenidas en el texto y, junto con negarse a explicitar cuáles cambios lograrían que Estados Unidos apoyara la resolución, hizo un nuevo llamado a efectuar negociaciones individuales entre países. El apoyo para esta posición fue casi nulo y finalmente la Asamblea aprobó la resolución que creaba el nuevo Consejo…» (Nota 2).
Recientemente, tuvimos la oportunidad de analizar la exclusión de Rusia de este órgano de Naciones Unidas (véase nuestra nota del 7 de abril del 2022), como consecuencia de la agresión militar perpetrada en el territorio de Ucrania: cabe indicar que Rusia (158 votos) y Ucrania (166) fueron electas en representación de la región de Europa del Este en octubre del 2020 para integrar el Consejo de Derechos Humanos (véase nota oficial de Naciones Unidas).
Costa Rica y su súbito interés en integrar el Consejo de Derechos Humanos en el 2019
Habíamos tenido la oportunidad de analizar en octubre del 2019 la repentina decisión de Costa Rica de postularse en aras de intentar arrebatarle la silla a Venezuela (Nota 3).
Se trató de una maniobra que no fructificó, quedando electos Brasil y Venezuela por América Latina y el Caribe (véase nuestra breve nota sobre resultados alcanzados en la votación del 27 de octubre del 2019): la diplomacia de Brasil reunió para esta elección 153 votos, la de Venezuela 105, al tiempo que la de Costa Rica (no electa) pudo contar con el respaldo de 96 Estados que votaron en favor de su candidatura (para más detalles sobre los resultados de la votación, véase acta A/74/PV.17, pp. 3-4)
Este episodio bastante peculiar permitió confirmar lo que enseña la observación de la práctica diplomática en Naciones Unidas para este tipo de ejercicios: los intercambios de votos y de compromisos que los Estados han pactado entre sí en materia de candidaturas difícilmente pueden ser revisados a menos de dos semanas de una elección. Algunas candidaturas se anuncian y se negocian con mucho tiempo de antelación y es muy probable que Venezuela y Brasil tenían asegurada gran parte de sus votos cuando Costa Rica anunció súbitamente su postulación. No se trata de semanas o meses de antelación, sino en algunos casos, de candidaturas que se preparan desde varios años (Nota 4).
Después de lo acontecido en el 2019, tanto en el año 2020 como en el 2021, Costa Rica optó, por alguna razón, por no postularse; al igual que lo había hecho del 2015 al 2019, después de su última postulación oficial en el 2014, que no le permitió tampoco ser electa.
En el 2020, resultaron electos para las tres vacantes por la región Bolivia, Cuba y México, con respectivamente 172, 170 y 175 votos respectivamente (véase detalle de los votos obtenidos por los demás Estados en el acta A/75/PV.16, pp.14-15; en el 2021, resultaron electos Argentina (175), Honduras (172) así como Paraguay, con una destacada marca de 185 votos reunidos.
Las elecciones venideras para el 2022, el 2023 y el 2024
Para este año 2022, son dos las vacantes que dejan Brasil y Venezuela y que deberán ser objeto de una decisión colectiva para suplirlas por parte del bloque regional de América Latina y del Caribe: la práctica en Naciones Unidas indica que se delega a cada bloque regional el presentar los candidatos para suplir las vacancias de turno que le corresponden.
En caso de desacuerdo entre los integrantes del GRULAC (Grupo de América Latina y el Caribe en Naciones Unidas), son entonces los votos obtenidos por cada candidatura los que deciden cuáles Estados son electos y cuáles no resultan electos. Únicamente los números obtenidos en la Asamblea General de Naciones Unidas cuentan, al tratarse de una votación secreta.
En el año 2023, serán tres las vacantes al llegar al término de su actual mandato Bolivia, Cuba y México. En el 2024, serán tres nuevamente, al concluir su mandato Argentina, Honduras y Paraguay.
El espacio para tres es siempre mayor al espacio para dos
Tres vacantes en el seno del Consejo de Derechos Humanos dan lugar a elecciones mucho menos reñidas que cuando se trata de dos, y merece mención señalar que:
– para el último ejercicio (2019), las diplomacias brasileña y venezolana lograron su cometido, dejando por fuera a la de Costa Rica;
– al igual que las de Brasil y Cuba (2016), Brasil reuniendo 137 votos, Cuba 160, y Guatemala tan solo 82;
– así como los aparatos diplomáticos de Cuba y México (2013): en aquella oportunidad Cuba reunió 148 votos, México obtuvo 135 votos, quedando fuera Uruguay con 93 votos;
– en octubre del 2010, con 180 votos cada uno, Ecuador y Guatemala fueron electos, al tiempo que se registra, sin explicación plausible, un solo voto a favor de Perú (véase enlace oficial con tablero general de votos obtenidos). Se trata posiblemente de un único voto de un delegado que, sin haber recibido instrucción alguna desde su capital, voto con su mejor criterio o bien por el Estado con el que más se siente identificado…
– en octubre del 2007, Bolivia obtuvo 169 votos, Nicaragua 174, al tiempo que se registró (como en el caso de Perú en el 2010), a Costa Rica, Chile y Belize cada uno con un solo voto (véase acta A/61/PV.97, página 3): en este caso, al menos para el caso de Costa Rica, otra hipótesis a considerar es que su delegado en Naciones Unidas, por alguna razón, no considerara que pudiera votar ni por Bolivia ni por su vecino Nicaragua…
Algunas de las marcas obtenidas por Estados de América Latina, algunas ausencias y algunas presencias notorias
Más allá de las cosas que a veces pueden ocurrir en la mente de un diplomático cuando su capital omite enviarle una instrucción de voto, resulta oportuno recordar que son los 193 Estados Miembros de Naciones Unidas los que son llamados a votar en favor de las candidaturas correspondientes.
Como previsible, la marca más alta registrada por un Estado de América Latina (antes del notorio hito logrado por Paraguay en la última contienda del 2021 reuniendo 185 votos a su favor), fue la obtenida por el aparato diplomático de Brasil en el 2012 (con 184 votos a su favor), seguido por Perú (180) en el 2017, y México (179) también en las elecciones del 2017. Con un solo voto (probablemente el suyo), Colombia es el Estado que obtuvo la menor cantidad de votos en las primeras elecciones realizadas en el 2006, seguido por Honduras con 3 y Costa Rica con 6 (véase acta A/60/PV.80 del mes de mayo del 2006, pp. 3-4).
Resulta oportuno precisar que, desde su integración en el mes de mayo del 2006, el Consejo de Derechos Humanos nunca ha contado (véase listado oficial) con los siguientes Estados de América Latina como Estados miembros: Colombia, Haití y República Dominicana.
Por otro lado, como dato de interés, Cuba ha sido escogido en cinco ocasiones desde el 2006 como integrante para los siguientes períodos: (2006-2009), (2009-2012), (2014-2016), (2017-2019) y (2021-2023). Al igual que México: (2006-2009), (2009-2012), (2014-2016), (2018-2020) y (2021-2023). Se puede considerar que sus respectivas diplomacias consideran prioritario el integrar al Consejo de Derechos Humanos al registrar ambos Estados la mayor cantidad de mandatos desde el 2006. Cuba y México son seguidos por Argentina y Brasil con cuatro mandatos cada uno. Los mandatos de Brasil son: (2006-2008), (2013-2015), (2017-2019) y (2020-2022); los de Argentina: (2006-2007), (2013-2016), (2019-2021) y (2022-2024). Siguen luego Venezuela con tres mandatos: (2013-2015), (2016-2019) y (2019-2021) así como Ecuador (2006-2009), (2011-2013) y (2016-2018).
Como se puede observar, un equilibrio muy sutil se ha instalado entre las diplomacias de Argentina, Cuba, Brasil y México desde el 2006, mientras que los demás Estados de América Latina participan de manera mucho más esporádica a la máxima instancia en materia de derechos humanos dentro del organigrama de Naciones Unidas.
Las candidaturas oficiales para las elecciones en este año 2022
Al parecer, para las elecciones de este 2022, Venezuela ha optado por presentarse para una reelección (véase nota de prensa de Talcualdigtal del 25 de julio del 2022); al tiempo que el pasado 5 de mayo del 2022, Chile anunció de manera oficial su candidatura (véase comunicado oficial de su diplomacia). Es posible que la referencia a Venezuela hecha refiera a un sondeo previo realizado por la diplomacia venezolana antes de tomar la decisión de anunciar oficialmente su postulación.
Con relación a Costa Rica, al momento de redactar estas líneas no se ha hecho público anuncio alguno. Después de su repentino intento en el 2019, y del fracaso de su candidatura en el 2014 (véase nota nuestra al respecto), la última vez que Costa Rica fue electa en el Consejo de Derechos Humanos remonta al año 2011, al quedar electa con Chile y con Perú (y quedando fuera de la contienda Nicaragua): véase al respecto nota oficial de Naciones Unidas así como esta nota oficial de los resultados obtenidos por cada aparato diplomático (Chile con 159 votos, Costa Rica con 138, Perú con 136, y Nicaragua -no electa- con 98 votos reunidos).
Nótese que en este enlace de una ONG especializada en derechos humanos con sede en Ginebra y en un volante de una actividad a realizarse en Ginebra en el mes de septiembre del 2022, sí se menciona a Costa Rica conjuntamente con Chile y con Venezuela (véase volante) para ocupar las dos vacantes a suplir en octubre del 2022, sin que haya trascendido (salvo error nuestro), algún anuncio oficial de candidatura.
Por su parte, República Dominicana, el pasado 14 de junio anunció su candidatura para integrar el Consejo de Derechos Humanos (véase comunicado oficial): al revisar con detenimiento, se trata de una postulación para el período (2024-2026), y no para el que se decidirá próximamente (2023-2025).
Las designaciones para el mandato (2023-2025) se decidirán durante la sesión de la Asamblea General de Naciones Unidas que iniciará en septiembre del 2022.
A modo de conclusión
Cabe precisar que quien fuera el máximo representante de Costa Rica en Naciones Unidas en la sede de Nueva York en el período (2018-2022) fue recientemente electo como experto independiente en derechos humanos para integrar el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas en junio del 2022 (véase nota oficial de Naciones Unidas y hoja de vida de los candidatos propuestos): no se trata de un órgano intergubernamental, sino de un órgano de tratado (también denominado órgano de supervisión o monitoreo en la literatura especializada – Nota 5) compuesto por expertos independientes, encargado de velar por el debido cumplimiento de las obligaciones internacionales de los 173 Estados Parte al Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos de 1966 (véase estado oficial de firmas y ratificaciones). Tuvimos la oportunidad de analizar un ejercicio similar realizado en octubre del 2021 en el marco regional hemisférico de cara a la designación de cuatro jueces para integrar la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Nota 6).
Desde el 30 de junio del 2022 (véase nota oficial sobre renuncia aceptada en mayo del 2022), Costa Rica adolece de un representante con rango de Embajador en Naciones Unidas en Nueva York. Una situación similar a la vivida por Costa Rica en el 2014, un año en el que las elecciones celebradas para designar a los integrantes del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas en octubre de este año fueron precedidas por la toma de posesión de nuevas autoridades electas en mayo, dando lugar a un vacío mientras se procedió a la designación del nuevo representante en Naciones Unidas en Nueva York por parte del Poder Ejecutivo costarricense.
Con relación a Chile, es de notar que designó a su nueva embajadora en Naciones Unidas diez días después de la toma de posesión de sus nuevas autoridades (véase nota de prensa del 21 de marzo del 2022). Cabe destacar que, además de adherir recientemente al Acuerdo de Escazú, convirtiéndose en el Estado Parte número 13 desde el pasado 13 de junio del 2022 (véase estado oficial de firmas y ratificaciones) (Nota 7), el Poder Ejecutivo chileno acaba de proceder a depositar el instrumento de ratificación del Protocolo de San Salvador de 1998 ante la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos / OEA (véase nota oficial de su diplomacia del 28 de julio del 2022): como se ha podido apreciar en los últimos meses, la diplomacia de Chile profundiza su compromiso internacional con los derechos humanos desde que llegó la nueva administración del Presidente Gabriel Boric.
–Notas–
Nota 1: Sobre las nuevas competencias del Consejo de Derechos Humanos con relación a su predecesora, la Comisión de Derechos Humanos y un intento de comparar ambos órganos después de 5 años de funcionamiento del primero, véase VIEGA e SILVA M., El Consejo de Derechos Humanos de la Naciones Unidas, Tesis doctoral, Universidad Carlos III de Madrid, 2011, 667 páginas, pp. 169-246. Texto integral de la tesis disponible aquí.
Nota 2: Véase HALPERIN H.M, ORENTLICHER D., «El nuevo Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas«, Anuario de Derechos Humanos (2207), pp. 113-120, en pp.117-118. Texto disponible aquí.
Nota 3: Véase BOEGLIN N., «La reciente candidatura de Costa Rica al Consejo de Derechos Humanos: breves reflexiones«, Réseau International des Droits Humains, edición del 16 de octubre del 2019, disponible aquí.
Nota 4: En la misiva circulada por Costa Rica el 11 de abril del 2011 enviada al Presidente de la Asamblea General (véase texto completo), se indica por parte del Embajador de Costa Rica en Naciones Unidas que:
«La información sobre las promesas y los compromisos de Costa Rica en materia de derechos humanos se distribuyó a todos los Estados Miembros en julio de 2009, cuando el Gobierno anunció la decisión de presentar su candidatura al Consejo de Derechos Humanos para el período 2011-2014.
Las elecciones al Consejo de Derechos Humanos se celebrarán durante el sexagésimo quinto período de sesiones de la Asamblea General, el 20 de mayo de 2011«.
Nota 5: Véase por ejemplo MUSSO J.A, RODRIGUEZ M.C., SÁNCHEZ MERA S. TAHHAN R. M., Lecciones de Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Universidad Católica Santiago del Estero, ediciones UCSE, 2021, 413 páginas, texto completo disponible aquí, pp. 86-101. Para un estudio sobre los órganos de tratados más detallado en español, véase CASTAÑEDA HERNANDEZ M., Los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos de Naciones Unidas como elementos de cambio en el orden internacional, Tesis doctoral, Universidad Carlos III de Madrid, 2018, 325 páginas. Texto integral de la tesis disponible aquí.
Nota 6: Véase BOEGLIN N., «La elección de nuevos integrantes en la Corte Interamericana de Derechos Humanos«, Portal de la Universidad de Costa Rica (UCR), Sección Voz Experta, edición del 20 de octubre del 2021, disponible aquí.
Nota 7: Sobre esta notable adhesión de Chile al Acuerdo de Escazú, que exhibe aún más a Costa Rica en sus inconsistencias en el plano internacional, véase BOEGLIN N., «Acuerdo de Escazú: Chile es oficialmente Estado Parte número 13. Algunas breves reflexiones desde Costa Rica«, Diario Constitucional, edición del 31 de julio del 2022, disponible aquí.
Foto: El nuevo Presidente de Chile Gabriel Boric y Constance Nalegach, ex negociadora del Acuerdo de Escazú durante su proceso de discusión (2012-2018) en la ceremonia oficial de la firma del Acuerdo de Escazú, en el Palacio de la Moneda, celebrada el 18 de marzo del 2022 (foto extraída de redes sociales).
Nicolas Boeglin (*)
En la última semana del mes de junio del 2022, Naciones Unidas ha procedido a actualizar el estado oficial (véase enlace) de las firmas y de las ratificaciones del Acuerdo de Escazú: desde el 13 de junio, por parte de la Oficina de Tratados de la Secretaría General de Naciones Unidas, fue registrado el instrumento de adhesión depositado formalmente por Chile.
Las mayorías obtenidas en las dos cámaras del Poder Legislativo chileno en menos de 20 días en el mes de mayo del 2022 en favor del Acuerdo de Escazú merecen mención: el 11 de mayo, la Cámara de Diputados lo aprobó con 105 votos a favor, 34 en contra y 3 abstenciones, al tiempo que el 31 de mayo lo aprobó el Senado con 31 votos a favor, 3 en contra y 11 abstenciones. Estas mayorías indiscutibles evidencian que los supuestos «argumentos» en contra del Acuerdo de Escazú ya no impresionan sino a unos muy pocos, y que forman parte del pasado. A su vez, estas cifras obtenidas en ambas cámaras chilenas recuerdan que en noviembre del 2020, el Senado de México aprobó el Acuerdo de Escazú por unanimidad (véase comunicado oficial de su Senado), que en septiembre del 2020, en Argentina, la votación en la Cámara de Diputados registró 240 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones (véase nota oficial) y que en el 2019, el Parlamento bicameral de Uruguay lo aprobó por unanimidad (véase ficha técnica).
A partir del 13 de junio del 2022, el número de Estados Partes al Acuerdo de Escazú se eleva a 13. La forma con la que Chile adhirió al Acuerdo de Escazú, el nivel de consenso con el que se aprobó tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado plantea ahora algunas interrogantes en los Estados en los que los detractores al Acuerdo de Escazú referían a la discusión en Chile como un «argumento» para no aprobar este tratado regional, adoptado en el 2018 en Costa Rica por 33 delegaciones de América Latina y del Caribe.
Una anhelada rectificación por parte de Chile
La aprobación del Acuerdo de Escazú constituye un gran logro del actual Poder Ejecutivo, que pone fin a una innecesaria polarización que se inició a mediados del 2018 con la negativa de las autoridades chilenas de tan siquiera firmar este instrumento regional de vanguardia para la región y para el mundo. De poca grata memoria, cabe recordar que en el mes de septiembre del 2018, Chile ni siquiera envió a un delegado a la gran ceremonia oficial en Naciones Unidas de apertura oficial del Acuerdo de Escazú a la firma de los 33 Estados Miembros de la Comisión Económica de Naciones Unidas para América Latina (CEPAL): un gesto insólito por parte de una desconcertante administración como la del Presidente Sebastián Piñera, jamás observado en un recinto como el de la Asamblea General de Naciones Unidas en Nueva York.
La movilización de un importante sector de la sociedad civil chilena solicitando que el Poder Ejecutivo reconsiderara tan insólita posición (véase carta colectiva que circuló en septiembre del 2018) no logró mayor efecto. El hecho que, desde el Vaticano, la Conferencia Latinoamericana de Religiosos (CLAR) reiterara en el 2020 a Chile (y a los demás Estados de la región) aprobar el Acuerdo de Escazú (véase nota del VaticanNews) conoció la misma suerte.
Escazú: un instrumento de vanguardia
Escazú ha sido descrito por especialistas como un instrumento moderno en materia de gestión y de gobernanza ambiental (Nota 1). Pero tal es el carácter visionario de Escazú que el pasado 24 de junio del 2022 se anunció por parte de la Comisión Económica de Naciones Unidas para Europa (UNECE) la designación de un relator sobre personas defensoras del ambiente (véase comunicado oficial de la UNECE), inspirándose en los debates y en los logros inobjetables e incuestionables alcanzados en el Acuerdo de Escazú, no contemplados en la Convención de Aarhus.
Como se recordará, Escazú (2018) es el equivalente para América Latina y el Caribe del Aarhus (1998) en Europa. Una evidencia más de la visión meridiana que tuvieron, y ello desde sus inicios los Estados que gestaron el Acuerdo de Escazú, y que debería reforzar en América Latina y el Caribe, la convicción de su urgente y necesaria aprobación.
En el mes de abril, la CEPAL difundió una guía de implementación (de casi 200 páginas) del Acuerdo de Escazú, de lectura muy recomendada para organizaciones sociales y entidades públicas así como público en general interesado.
En estos primero días del mes de julio, Argentina ha anunciado (véase nota de prensa) una consulta pública de cara a mejorar su estrategia nacional sobre cambio climático, una consulta que se inscribe dentro de los lineamientos del Acuerdo de Escazú.
Chile avanza con Escazú y se abren perspectivas
Chile en este mes del ambiente logró realizar el depósito de su adhesión en Naciones Unidas pocos días después de las festividades del Día Internacional del Ambiente. Es de notar que otros Estados, al igual que Chile, al ratificar el Acuerdo de Escazú tuvieron el esmero de depositar su instrumento formal de ratificación en Naciones para fechas simbólicas para el Ambiente y para el mismo Acuerdo de Escazú (Nota 2).
Días antes del 5 de junio, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de Chile emitió también una instrucción (véase texto) que debería desde ya inspirar a muchos otros Estados de América Latina sobre participación de las comunidades afectadas o potencialmente impactadas. El pasado 22 de junio, las tres titulares de carteras ministeriales chilenas (Ambiente, Relaciones Exteriores y Justicia) se reunieron para elaborar una hoja de ruta de cara a la implementación del Acuerdo de Escazú (véase comunicado oficial del Ministerio de Justicia).
No cabe duda que, Escazú ha encontrado en Chile en este 2022 a uno de los equipos de gobierno que mejor entiende el alcance de su contenido y ejemplifica a los demás cómo materializar los principios que enuncia. Después de la primera Conferencia de las Partes (COP) celebrada en Chile en abril del 2022 que tuvimos la oportunidad de analizar, la segunda se realizará… también en Chile en el 2024, al tiempo que una reunión intermedia se realizará en el 2023 en Argentina.
En América Latina se considera que a raíz de los cambios políticos acaecidos en Colombia, Escazú tiene ahora posibilidades de ser aprobado ahí, sin más titubeos, zancadillas y maniobras de todo tipo gestadas desde el mismo Poder Ejecutivo colombiano saliente. Así lo deja entrever quien asumirá próximamente la Presidencia del Congreso de Colombia en una muy reciente entrevista.
Honduras por su parte sigue con un Ejecutivo que a la fecha no ha iniciado la firma del Acuerdo de Escazú: un gesto político de importancia que bien podría materializarse, si se considera que la fecha del 4 de marzo del 2018 para el Acuerdo de Escazú se escogió como un homenaje de América Latina y del Caribe al natalicio de Berta Cáceres, lideresa hondureña lenca asesinada en Honduras en el 2016: el autor intelectual de este vil asesinato acaba de ser condenado el pasado 21 de junio (véase nota de la BBC), al tiempo que persisten dudas sobre las reiteradas negligencias de las entidades bancarias europeas a cargo del proyecto Agua Zarca. El 30 de junio del 2022, la ONG Human Rights Watch envió una larga petitoria a las autoridades hondureñas (véase texto) que solicita la firma y pronta aprobación del Acuerdo de Escazú, al señalar que:
«Al menos 10 defensores de derechos humanos fueron asesinados en 2021, indicó la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), mientras que 199 defensores de derechos humanos sufrieron hostigamiento, amenazas o ataques ese mismo año. De esa cifra, el 80 % defendía derechos sobre la tierra o ambientales. En casi todos los casos, las amenazas y los ataques contra los defensores de derechos humanos quedan en la impunidad«.
Honduras, al igual que Cuba, El Salvador y Venezuela permanecen ausentes entre quienes no han firmado tan siquiera el Acuerdo de Escazú.
Costa Rica y Escazú: interrogantes y situación incómoda
No está de más señalar que los siguientes Estados han firmado el Acuerdo de Escazú y se niegan a la fecha a aprobarlo sus respectivos congresos: Brasil, Colombia, Costa Rica, Guatemala, Haití, Paraguay, Perú y República Dominicana. Costa Rica en… ¿semejante lista de Estados renuentes a proteger los derechos de quienes defienden el ambiente? Así como se lee.
En el caso de Costa Rica, el magnífico ejemplo de la adhesión de Chile podría iniciar sus efectos en la discusión en el seno de su Poder Legislativo, tal y como se explicó en su momento con ocasión del Día Internacional del Ambiente en este 2022. Iniciativas legislativas recientes altamente preocupantes que limitarían sustancialmente las normas vigentes en Costa Rica sobre participación ciudadana en materia ambiental han encendido las alarmas en estos primeros días del mes de julio del 2022 (véase por ejemplo nota de prensa titulada «Ambientalistas advierten sobre deriva autoritaria de Chaves en materia ambiental» y artículo sobre las incertidumbres que plantea esta «reforma» de la máxima instancia ambiental en Costa Rica); al mismo tiempo, un notorio caso de contaminación del agua potable en la comunidad de Cipreses evidencia la total impericia de las actuales autoridades a cargo de velar por la calidad del agua suministrada (véase carta del colectivo EcoCipreses del 30 de junio), y confirma – una nueva vez – la urgente necesidad de garantizar y de consolidar un participación ciudadana informada en materia ambiental en Costa Rica. El impacto en la salud humana de personas pertenecientes a comunidades afectadas por la expansión piñera es otra gran pesada deuda que arrastran desde muchos años las autoridades de Costa Rica (véase muy completo reportaje del 2019, cuya lectura se recomienda).
Como lo recordábamos durante la última semana de junio en un foro internacional celebrado en San José sobre Derechos Humanos (Congreso sobre BioDerecho y Derechos Humanos y video – intervención nuestra a partir de 1:59:00), el eje de la participación ciudadana en materia ambiental constituye uno de los pilares del Acuerdo de Escazú del 2018, así como de la Convención de Aarhus (1998).
Los costarricenses ya han podido por sí solos observar que nada de lo que se prevé por parte de algunas pocas cámaras empresariales que va a ocurrirle a la economía costarricense si se aprueba el Acuerdo de Escazú ocurrió en el caso de las economías de Argentina, Bolivia, Ecuador, México, Panamá y Uruguay al aprobarlo. Se prevé que la economía chilena tampoco se verá impactada negativamente y que más bien, el indiscutible liderazgo ambiental y en materia de derechos humanos en la región que reafirma con su adhesión al Acuerdo de Escazú le deparará a Chile novedosos proyectos de inversión y en materia de cooperación.
Siguen siempre esperando una respuesta varias preguntas que lanzamos a las cámaras empresariales en el medio digital costarricense de Delfino.cr, en marzo pasado. Reiteramos el hecho que los supuestos «argumentos» contra el Acuerdo de Escazú corresponden a mitos, promovidos por varias cúpulas empresariales de América Latina y por sus (siempre hacendosas) fichas políticas.
Ya nuestro colega Mario Peña ha explicado que la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental aplica desde 1998 en el ordenamiento jurídico costarricense y que no ha ahuyentado a nadie en particular, pese a lo sostenido por cámaras empresariales y por una magistrada de la Sala Constitucional para oponerse al Acuerdo de Escazú (Nota 3). Con relación a otros supuestos «argumentos“ contra Escazú, tempranamente el equipo de periodistas de la Universidad de Costa Rica (UCR) de Doble Check así lo demostró con un titular que (a la fecha de hoy…) no ha dado lugar a ningún derecho de respuesta o de rectificación por parte de la entidad aludida y que se lee así: «UCCAEP usa argumentos falsos para oponerse al Acuerdo de Escazú«.
El mismo jurista Mario Peña había por su lado desmitificado en otra valiosa contribución publicada en noviembre del 2020 las sinrazones y verdaderas leyendas vehiculadas por algunos sectores en Costa Rica en contra de Escazú. Sinrazones y leyendas que encontramos diseminadas de manera casi idéntica en otros comunicados al de la UCCAEP (véase por ejemplo carta de cámaras ligadas al sector agroexportador costarricense) y en otras latitudes del continente: véanse por ejemplo en Perú este documento suscrito por su Colegio de Ingenieros y este otro documento suscrito por altos mandos militares peruanos sobre la supuesta pérdida de soberanía en la Amazonía peruana, o bien a este anuncio de cámaras paraguayas del sector agropecuario (véase texto completo).
Volviendo a Costa Rica, la Cámara Nacional de Eco Turismo y Turismo Sostenible (CANAECO) tuvo el valor de refutar públicamente a sus homólogas en un comunicado a favor del Acuerdo de Escazú, no así la CANATUR (véase comunicado): la cámara nacional de la industria turística costarricense, que se basa en los atractivos de la prodigiosa biodiversidad de Costa Rica, ¿adversando el Acuerdo de Escazú establecido para proteger a quienes defienden el ambiente? Vaya consternación para muchos.
Siempre con relación a Costa Rica, cabe mencionar un «descubrimiento» único de su Poder Judicial. En efecto, ningún otro Poder Judicial en los 12 Estados que ya han ratificado el Acuerdo de Escazú, como tampoco el Poder Judicial peruano (véase documento), y mucho menos el chileno (véase documento), ha sostenido un criterio similar al expuesto por la Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica: según ella (y solamente ella…), el inciso 5 del artículo 8 del Acuerdo de Escazú conllevaría un gasto adicional para el funcionamiento del Poder Judicial costarricense. El Acuerdo de Escazú ¿obliga a un esfuerzo económico adicional para el presupuesto de la justicia en Costa Rica y únicamente en el caso de Costa Rica? Vaya innovación y esfuerzo de creatividad. En realidad, este «descubrimiento» no debe verse como algo fortuito, sino que se inscribe en una línea jurisprudencial regresiva de la Sala Constitucional costarricense en materia de participación ciudadana en materia ambiental pocamente divulgada y cuestionada (Nota 4).
Es más que probable que se acentúe, con el pasar del tiempo (y de nuevas ratificaciones del Acuerdo de Escazú por venir), la mezquindad – en nuestra opinión bastante insólita – del Poder Judicial Costa Rica ante sus demás pares de América Latina y del Caribe.
A modo de conclusión
Conforme vayan registrándose nuevas ratificaciones del Acuerdo de Escazú, la posición exhibida por Costa Rica en el plano internacional se volverá más incómoda e insostenible, por lo que planteamos desde ya las siguientes interrogantes: ¿estaremos aún a tiempo, después de Chile, de rectificar? Habiendo Chile y Costa Rica co-liderado el proceso de negociación entre el 2012 y el 2018 ¿no debió la primera COP realizarse en Chile y la segunda en Costa Rica? ¿Habrá que esperar que Colombia también lo apruebe (y luego tal vez Brasil, Honduras, Perú o Paraguay) para que Costa Rica se sienta de una u otra manera interpelada por otros Estados de la región y reaccione? Como ciudadanos, ¿qué más podemos hacer con relación a la urgente necesidad de consolidar un modelo de gobernanza ambiental mucho más funcional que el existente en Costa Rica, y que ofrece a todo Estado que lo aprueba el Acuerdo de Escazú?
No quisiéramos concluir estas breves líneas sin externar a la jurista chilena Constance Nalegach, con quien tuvimos el privilegio de compartir varios espacios y foros, en particular una reciente entrevista en la televisión universitaria, nuestra profunda admiración por su labor incansable y su compromiso inclaudicable en favor de una verdadera democracia ambiental en América Latina y el Caribe: el Acuerdo de Escazú y todos los defensores del ambiente de América Latina le deben mucho a esta gran figura chilena.
– -Notas- –
Nota 1: Véase por ejemplo PEÑA M., «Transparencia y rendición de cuentas en el Estado de Derecho ambiental«, Delfino.cr, edición del 17 de abril del 2021, disponible aquí. Sobre el Acuerdo de Escazú, remitimos a dos valiosas publicaciones colectivas que detallan los alcances de su contenido y su importancia para la consolidación de una verdadera democracia ambiental en América Latina y el Caribe: BARCENA A., MUÑOZ AVILA L., TORRES V. (Editoras), El Acuerdo de Escazú sobre democracia ambiental y su relación con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, 2021, CEPAL/Universidad del Rosario (Colombia), 298 páginas, disponible en este enlace; y PRIEUR M., SOZZO G. y NAPOLI A. (Editores), Acuerdo de Escazú: pacto para la economía y democracia del siglo XXI, 330 páginas, 2020, Universidad del Litoral (Argentina), disponible en este enlace. El hecho que se trata de un instrumento de vanguardia se confirma aún más al revisar los desarrollos para la aplicación del Artículo 7 elaborados por la misma CEPAL en la guía de implementación del Acuerdo de Escazú, presentada en abril del 2022 (disponible aquí, pp.108-126).
Nota 2: Es así como algunos Estados escogieron el segundo año de vida de Escazú (Antigua y Barbuda logrando el depósito en la misma fecha, Nicaragua y Panamá unos pocos días después), el primer aniversario de la apertura de su firma (Bolivia, San Vicente y las Granadinas, Uruguay con un cronograma realmente envidiable y ejemplar). En el caso de Argentina y de México, ambos aparatos diplomáticos coordinaron la fecha del 22 de enero del 2021 para permitir una entrada en vigor de Escazú para el Día de la Tierra, el 22 de abril. Como vemos, cada Estado a su manera ha buscado honrar Escazú con una fecha simbólica escogida para depositar formalmente su instrumento de ratificación en Naciones Unidas, destacándose la perfecta sintonía entre los aparatos diplomáticos de Argentina y de México para darle el mayor realce posible a la fecha de entrada en vigor del Acuerdo de Escazú.
Nota 3: La posición de la antes mencionada magistrada se puede leer en la «nota» que acompaña el voto de la Sala Constitucional de marzo del 2020 sobre el Acuerdo de Escazú (véase texto completo). Es de notar que en su voto salvado, el Magistrado Paul Rueda señala la lectura totalmente errónea hecha por sus colegas de la Sala: «Se advierte con facilidad que tal norma en ningún momento le impone al Poder Judicial la obligación de brindar asistencia técnica y gratuita, la cual corresponde implementarse a partir de las condiciones propias del ordenamiento jurídico de cada país. En el caso de Costa Rica, tal asistencia puede ser brindada por cualesquiera dependencias públicas afines al tema, verbigracia, la Defensoría de los Habitantes, las Defensorías Sociales del Colegio de Abogados o los consultorios jurídicos de la UCR (lo que no excluye la cooperación de aquellos correspondientes a universidades privadas). Erradamente, el voto de mayoría solo pensó en el Poder Judicial y estimó que el texto consultado “contiene en su articulado normas explícitas que disponen la creación, la variación sustancial o la supresión de órganos estrictamente jurisdiccionales o de naturaleza administrativa adscritos al Poder Judicial, o bien, crea, ex novo, modifica sustancialmente o elimina funciones materialmente jurisdiccionales o administrativas”. A partir de lo expuesto, sostengo que del texto expreso del numeral en mención en ningún momento se extrae lo que la Mayoría supone«.
Nota 4: En efecto, no es la primera vez que, en Costa Rica, la mayoría de la Sala Constitucional busca la manera de limitar significativamente el alcance de la participación ciudadana en materia ambiental, uno de los tres pilares fundacionales del Acuerdo de Escazú. Se trata de una cara de la justicia costarricense constitucional pocamente divulgada y conocida, pese a que, en nuestra modesta opinión, debiera serlo, además de discutida y denunciada. En el 2017, la Sala Constitucional de Costa Rica, decidió que la participación ciudadana en materia ambiental ya no califica (según ella y… solamente ella) como un derecho humano: ello se desprende del párrafo V de la sentencia 1163-2017 (véase texto completo). Resulta oportuno señalar que esta decisión fue objeto de tan solo dos votos salvados (suscritos por los magistrados Fernando Cruz y Paul Rueda): los cinco magistrados/a restantes consideraron que ir en contra de la jurisprudencia de la misma Sala Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos no ameritaba ninguna reflexión particular. Un año antes, en el 2016, el juez constitucional costarricense consideró que la libertad de empresa prevalece sobre un acuerdo municipal estableciendo una moratoria para nuevas plantaciones de piña: un acuerdo municipal tomado en aras de proteger la salud pública de las comunidades aledañas a este monocultivo en el cantón de Los Chiles. Véase texto completo de la sentencia 11545-2016 en la que se lee textualmente que: «Dicho lo anterior, las municipalidades no tienen competencia para prohibir una determinada actividad económica lícita en sus territorios o declarar moratorias, definidas o indefinidas. Esa competencia corresponde al Estado, toda vez que el Derecho de la Constitución (valores, principios y normas) es claro y preciso, en el sentido de que el régimen de las libertades públicas está reservado a la Ley. En el caso que nos ocupa, no existe ninguna norma jurídica con rango de Ley que autorice a la municipalidad recurrida a prohibir el cultivo de piña en su territorio, o declarar una moratoria indefinida del cultivo de ese producto, de ahí que su actuación es arbitraria y, por consiguiente, contraria al ordenamiento jurídico». Al tratarse de una moratoria por un plazo muy preciso de 5 años, resulta más que cuestionable que la Sala considerara que se trataba de una «moratoria indefinida«. Nuevamente aquí la lectura del voto particular del magistrado Fernando Cruz permite ver cuán errática, antojadiza y cuestionable es la decisión tomada por la mayoría de sus colegas: el magistrado Cruz concluye explicando que «dadas las amenazas y efectos lesivos para la salud y el ambiente que provoca el cultivo de la piña, las comunidades tienen plena legitimidad legal y política para dictar medidas preventivas, temporales, para asegurarse que sus ciudadanos no resultarán perjudicados por una actividad agroexportadora que provoca daños y amenazas sobre la biodiversidad».
(*) Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)
En estos últimos días del mes de mayo del 2022, se difundió en algunos círculos diplomáticos y en algunos medios de prensa (véase por ejemplo nota de Le Point y nota de The Guardian) la carta de renuncia del diplomático ruso Boris Bondarev, quien fuera hasta el 23 de mayo consejero en la Misión Permanente de Rusia ante las Naciones Unidas en Ginebra, Suiza.
Es, al parecer, el primer integrante del aparato diplomático ruso en renunciar a sus funciones oficiales desde el inicio de la agresión militar de Rusia al territorio de Ucrania iniciada el pasado 24 de febrero del 2022. Al menos, el primero en hacer pública su decisión, si es que se han dado otras bajas de este tipo sin trascender en la esfera pública. El 23 de marzo, la BBC informó de otra renuncia de un alto funcionario ruso, sin que se conozcan sus motivos para hacerlo (véase nota). En cambio, la carta de Boris Bondarev, extraída de la red social twitter, explicita sus motivaciones y se reproduce de manera integral a continuación (véase enlace):
«Renuncio, no renuncio, y si renuncio, ¿qué hago?»: apuntes en torno a un siempre delicado dilema interno
Una renuncia de esta índole que consiste en cesar de continuar defendiendo a un Estado por parte de un diplomático de carrera debe siempre entenderse como un acto que evidencia una profunda crisis en lo interno del aparato diplomático de dicho Estado.
El desacuerdo en seguir las instrucciones enviadas desde la capital puede ser la realidad de algunos diplomáticos cuando se trata de criterios políticos que consideran cuestionables y discutibles. No obstante, cuando conforme la reflexión se instala en la mente del diplomático, su debate interno puede llegar a levantar algunas interrogantes a un punto tal que la decisión que toma es la siguiente: ya no tiene mayor sentido continuar sosteniendo lo que considera … insostenible. Renunciar a toda una carrera profesional dentro del servicio exterior del Estado es siempre una decisión díficil de tomar.
Existen algunos precedentes, y en cada uno de ellos se confirma esta lectura: recientemente por ejemplo, en América Latina, se informó de la decisión de quien fuera el embajador de Nicaragua ante la Organización de Estados Americanos (OEA) de renunciar a seguir representando los intereses de Nicaragua (véase nota de la BBC del 23 de marzo del 2022). En el 2004, fue el embajador de Venezuela ante Naciones Unidas el que dimitió de sus funciones (véase al respecto esta nota de prensa oficial de Naciones Unidas).
Existen también casos, de una naturaleza muy distinta, en los que son declaraciones desafortunadas que llevan a solicitar la renuncia de un embajador, sin que a veces la renuncia se materialice (véase por ejemplo nota de la BBC del 2010 sobre extrañas declaraciones del Embajador de Chile en Buenos Aires). En el 2013, luego de declaraciones desacertadas de su máximo reprentante en Panamá, Costa Rica procedió a presentar oficialmente sus «disculpas» en una carta formal lamentando lo ocurrido: no hubo en este caso ninguna renuncia, sino un cese y traslado del interesado a otro destino, siempre con rango de embajador (Nota 1).
En el caso más específico de los diplomáticos rusos en este mes de mayo del 2022, el continuar justificando y defendiendo los argumentos oficiales de Rusia en su accionar en contra de Ucrania tiende a volverse cada vez más apremiante, como lo intentaremos explicar en las líneas que siguen.
La agresión de Rusia a Ucrania: un cajellón sin salida desde la estricta perspectiva legal internacional
Desde el 16 de marzo del 2022, una decisión preliminar (denominada «providencia» u «ordenanza«) de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) ordena a Rusia cesar de inmediato su oficialmente denominada «operación militar especial» en Ucrania.
Se trata de una primera decisión favorable a Ucrania con relación a la demanda que interpuso en La Haya pocos días después de iniciarse la agresión rusa a su territorio: véase al respecto para mayores detalles nuestra breve nota al respecto titulada «Ucrania / Rusia: las medidas provisionales ordenadas a Rusia por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) puestas en perspectiva«.
Son en efecto varias las reglas que Rusia está violando abiertamente desde la madrugada del 24 de febrero del 2022, empezando por las primeras disposiciones de la misma Carta de Naciones Unidas relativas al respeto a la integridad territorial de un Estado y a la prohibición del uso de la fuerza (Nota 2).
Esta primera ordenanza del juez internacional de La Haya en el caso que opone Ucrania a Rusia es claramente irrespetada, y coloca ahora a Rusia en una situación de abierto desafío a la autoridad de la justicia internacional: sin lugar a dudas, este desacato a esta decisión produce sus consecuencias desde el punto de vista jurídico.
En efecto, al cumplirse el pasado 24 de mayo tres meses desde el inicio de las operaciones militares rusas en territorio ucraniano, que violentan las reglas más básicas del ordenamiento jurídico internacional, es probable que Ucrania refuerce su decidida estrategia legal con una acción ante la justicia internacional tendiente a obtener reparaciones por los graves daños causados por Rusia en su territorio: diversas entidades trabajan desde ya en Ucrania (y probablemente también fuera de ella), en aras de calcular y de cuantificar – destrucción tras destrucción – los múltiples daños ocasionados por Rusia en Ucrania (véase enlace con cálculos y estimaciones al 27 de abril del 2022). Un evento internacional abierto al público reunirá expertos el 30 de mayo sobre este preciso tema (véase enlace oficial).
Cabe recordar que en otro caso conocido por la CIJ, en su demanda de 1984 contra Estados Unidos, Nicaragua presentó una memoria sobre compensación por daños que detallaba los diversos rubros de la destrucción causada por Estados Unidos en su territorio al entrenar, adiestrar y financiar a la denominada «contra» nicaragüense (véase documento, en particular pp. 266-349). Un cambio de orientación político acaecido en 1990 tuvo como consecuencia el retiro formal de la demanda por compensación por la misma Nicaragua en 1991 (véase comunicado oficial de la CIJ de septiembre de1991 en francés y en inglés).
Rusia y la justicia internacional: el significado de su no comparecencia
Siempre con relación a la demanda interpuesta por Ucrania contra Rusia el 26 de febrero del 2022 ante el juez de La Haya (véase texto de la demanda y texto de la solicitud de medidas provisionales), cabe recordar que, al convocarse a audiencias públicas en La Haya realizadas el 7 de marzo para escuchar los alegatos de Ucrania y los contra alegatos de Rusia, Rusia optó por no comparecer ante los jueces de La Haya. ¿No comparecer ante el juez internacional desdeñando de esta manera una tribuna internacional como la barra de La Haya para justificar su accionar? ¿Acaso los argumentos de Rusia para justificar su agresión no cuentan con la sólidez suficiente como para someterlos a un debate contradictorio en La Haya? Es una de las tantas preguntas que entraña esta significativa ausencia: para mayores detalles (y algunas otras preguntas hechas que no ameritan ser nuevamente reproducidas), véase nuestra breve nota al respecto titulada «Ucrania / Rusia: la fuerza del derecho ante el derecho a la fuerza. A propósito de la no comparecencia de Rusia ante la CIJ «.
Esta actitud del aparato diplomático de Rusia evidenció ante todo (y en particular ante los jueces de la CIJ y el resto de la comunidad internacional) la situación poco sostenible, desde el punto de vista jurídico, en la que se ha colocado Rusia desde la madrugada del 24 de febrero del 2022.
Las acciones bélicas se han mantenido desde entonces entre las fuerzas militares de Rusia y de Ucrania, con avances y retrocesos de unos y de otros, pérdidas en vidas humanas cuantiosas tanto en las tropas de una como de otra. El saldo en muertes y heridos de gravedad en el seno de la población civil ucraniana aumenta día tras día, así como el flujo de refugiados y de desplazados internos y el número de tragedias de todo tipo en las que se ven inmersas familias ucranianas.
A la fecha, no se vislumbra mayor esfuerzo o iniciativa para reiniciar canales de negociación en aras de que cesen las hostilidades, en particular desde que Ucrania vislumbra una victoria militar. Los hallazgos a inicios del mes de abril del 2022 de las exacciones cometidas por Rusia en la localidad de Bucha han modificado sustancialmente la posición inicial de Ucrania de sentarse a una mesa de negociación, y el firme respaldo de la comunidad internacional influye en esta postura. En esta nota de RFI se informa sobre la llamada a consulta del embajador de Rusia en París por las autoridades galas al negarse este diplomático a reconocer la responsabilidad de Rusia en los eventos de Bucha.
Con relación a la responsabilidad penal individual de altos funcionarios de Rusia, tanto civiles como militares, en la instigación o la comisión de actos que califiquen como crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, el conflicto en Ucrania ha llevado a otra jurisdicción internacional situada en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI), a multiplicar diversas investigaciones en su territorio (véase enlace oficial de la CPI al respecto).
En su misiva, el ahora ex diplomático ruso Boris Bondarev explica, sin contemplación para sus antiguas autoridades en el Ministerio de Asuntos Exteriores ruso que:
«Today the Ministry of Foreign Affairs is not about diplomacy. It is all about warmongering, lies and hatred. It serves interests of few, the very few people thus contributing to further isolation and degradation of my country«.
A modo de conclusión
Es posible que esta primera renuncia hecha pública de un alto funcionario diplomático de Rusia sea seguida de otras, dado el aislamiento cada vez más pronunciado de Rusia en el seno de la comunidad internacional: esta última observa a uno de sus integrantes ignorar las bases fundacionales del mismo ordenamiento jurídico existente desde 1945.
En la precitada nota de The Guardian el ahora ex funcionario ruso explica que su decisión estaba tomada desde el mismo 24 de febrero y que debió proceder a arreglos de diversa índole antes de hacerla efectiva. Resulta de interés señalar que, en su también carta de renuncia (con fecha del 23 de febrero del 2022), uno de los asesores legales de larga data de Rusia ante el juez internacional de La Haya, el jurista francés Alain Pellet, señaló en el último párrafo que:
«I have enjoyed working with you to defend the interests of your country, which I love dearly. I appreciated that while defending them together, we could exchange freely on the limits not to be crossed. I have seen the scruples of some of you and understood the unwavering commitment of others. But enough is enough. Yesterday I sent my letter of resignation to the competent authorities: lawyers can defend more or less questionable causes. But it has become impossible to represent in forums dedicated to the application of the law a country that so cynically despises it
/
J’ai aimé travailler avec vous pour la défense des intérêts de votre pays, que j’aime profondément. J’ai apprécié que tout en les défendant ensemble, nous puissions échanger librement sur les limites à ne pas franchir. J’ai constaté les scrupules de certains d’entre vous et compris l’engagement sans faille d’autres. Mais, trop c’est trop. J’ai adressé hier ma lettre de démission aux autorités compétentes : des avocats peuvent défendre des causes plus ou moins discutables ; il est impossible de représenter dans des enceintes vouées à l’application du droit un pays qui le méprise si cyniquement» (véase carta publicada en inglés en el sitio EJIL-Talk y en francés en su sitio personal).
– – Notas – –
Nota 1: El 7 de marzo del 2013, Costa Rica retiró a su embajador en Panamá (véase nota de prensa de La Nación) y envió una nota en la que presentó sus disculpas formales a las autoridades panameñas. Ello se debió a declaraciones dadas por el embajador Melvin Sáenz Biolley, el 6 de febrero anterior, primero en las afueras de un estadio, y luego en un medio radial panameño conducido por la periodista Bettina García Muller. Costa Rica notificó oficialmente a Panamá que: “El Gobierno de Costa Rica desea hacer llegar sus más sentidas disculpas por las expresiones emitidas por don Melvin y las molestias que estas causaron al ilustrado Gobierno de Panamá” (véase nota de prensa de La Nación). En julio del 2013, el señor Melvin Sáenz Biolley presentó oficialmente sus credenciales como embajador de Costa Rica en Perú (veáse nota de CRHoy).
Nota 2: Se trata de un conjunto de reglas muy básicas que sostienen el edificio normativo internacional desde 1945 y que detalla una entidad como el International Law Institute (Institut de Droit International) en su declaración del 1ero de marzo del 2022 (véase texto en francés y en inglés). Estas mismas normas internacionales reaparecen en la demanda presentada por Ucrania contra Rusia el 26 de febrero del 2022 ante la CIJ: véase texto en francés y en inglés.
Esta nota fue escrita por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)Publicado por Curso de Derecho Internacional.
@UNCOSTARICA visitó ayer el territorio indígena de China Kichá para recabar información sobre los hechos suscitados recientemente y apoyar las posibles soluciones que permitan la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas en Costa Rica.
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