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Etiqueta: OIT

Movimiento sindical costarricense exige respeto a la autonomía de la CCSS, a la libertad sindical y a los derechos humanos

Comunicado

¡Basta de persecución a dirigentes sindicales y sociales!

El movimiento sindical costarricense denuncia de manera enérgica la persecución política contra dirigentes sindicales, comunidades indígenas, ambientalistas y demás sectores sociales que defienden derechos fundamentales en nuestro país. Estas acciones constituyen una violación grave a la dignidad humana y al marco jurídico nacional e internacional que garantiza la autonomía institucional, la libertad sindical y los derechos humanos.

El propósito de esta conferencia es reafirmar nuestro compromiso con la defensa integral de la clase trabajadora y de la institucionalidad democrática costarricense, en especial la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y la autonomía sindical, pilares del Estado social de derecho.

Reiteramos nuestro respaldo a la compañera Martha Elena Rodríguez González, víctima de una persecución sin precedentes. Su destitución, mediante un proceso viciado y espurio, dirigido por la Secretaría del Consejo de Gobierno -hoy convertida en candidata a diputada- evidencia la pretensión de conformar una Junta Directiva sumisa al presidente de la República, en abierta violación de la autonomía y Ley Constitutiva de la CCSS.

La libertad sindical y el derecho de organización se encuentran tutelados por instrumentos internacionales ratificados por Costa Rica, como los Convenios 87 y 98 de la OIT, el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Acuerdo de Escazú, además de la propia Constitución Política. Estos compromisos imponen al Estado la obligación de proteger a dirigentes sociales, la autonomía de la CCSS y garantiza el derecho de trabajadoras y trabajadores a organizarse libremente, sin temor a represalias.

Exigimos el pleno respeto a la autonomía de la CCSS y a la libertad sindical, como garantías indispensables frente a injerencias indebidas y persecuciones políticas del gobierno de Rodrigo Chaves Robles.

Hacemos un llamado urgente a la unidad amplia, inclusiva y solidaria de todos los sectores sindicales y sociales. La defensa de la autonomía institucional, de la libertad sindical y de los derechos humanos es una lucha del pueblo costarricense.

¡Ni persecución ni retrocesos! ¡Unidad, autonomía y libertad sindical!

Movimiento Sindical Costarricense
San José, 25 de agosto, 2025

El presidente está obligado a respetar el Derecho Laboral y el Capítulo de Derechos y Garantías Sociales de la Constitución Política

Vladimir de la Cruz

Hace ocho días, en la acostumbrada perorata que monta el presidente con sus periodistas amigos, de preguntas y respuestas montadas, y con los funcionarios de gobierno que obliga a acompañarlo, al exaltar que la Junta Directiva del Instituto Nacional de Aprendizaje, INA, se había pronunciado a favor de la jornada esclavista de trabajo, de 12 horas diarias, la llamada 4-3, hizo pasar a su lado, como también acostumbra, al presidente la Junta Directiva para felicitarlo.

Al hacerlo le dijo al presidente del INA que había sido un acuerdo unánime muy importante, por lo que el presidente del INA le aclaró que no había sido por unanimidad. Le manifestó que en la Junta Directiva hubo un voto disidente, en contra. El presidente ofuscado, perdiendo, como de costumbre sus controles mentales, le increpó qué quién o cual miembro de la Junta Directiva había votado en contra.

El presidente del INA un poco confuso en qué responder, supongo que respetando el derecho de un directivo de discrepar, insistió que no era un acuerdo unánime. De nuevo, el presidente Chaves, más agresivo, irrespetando al presidente del INA, le insistió en saber quién había votado en contra. El presidente del INA sin poder evitar la respuesta, obligado a ella, casi refunfuñando, con cierto nerviosismo, con decencia y vergüenza a la vez, le manifestó que había sido el representante sindical en la Junta Directiva del INA.

El presidente Chaves de nuevo arreció, con cólera, con ira que se veía que le subía la temperatura, indagando sobre el representante sindical, insistió en saber quién era, y presionó al presidente del INA para que dijera el nombre del directivo del INA y Representante del movimiento sindical.

Ante ese nuevo arrebato el presidente del INA le dijo que el representante sindical era Tyronne Esna. Sobre el dirigente sindical inmediatamente el presidente Chaves, como acostumbra, para bajarle el piso a una persona, para burlarse de él, o para denigrarlo públicamente, empezó a pronunciar mal el nombre, llamándolo “terrón”, insistiendo burlonamente en un descalificativo sobre el nombre de la persona, menospreciándolo, desacreditándolo, tratando de dañar su reputación, imagen y credibilidad, y cuestionando que pudiera estar en la Junta Directiva del INA.

El presidente Chaves, trastornado mentalmente como se mostraba, insistió en saber de qué sindicato era Tyronne Esna. Se le informó que era del sindicato SITRAPEQUIA y de la Confederación Costarricense de Trabajadores Rerum Novarum. No satisfecho con burlarse del nombre del dirigente sindical también lo hizo con la organización sindical al llamarla “Rarum”

El presidente también ordenó que le dieran un informe sobre el directivo Tyronne Esna, insinuando que sobre ese informe él procedería en lo que pudiera.

Esta central sindical, originalmente, allá por 1943, la había constituido e impulsado Monseñor Víctor Manuel Sanabria Martínez. El arzobispo con Rafael Ángel Calderón Guardia, entonces presidente de la República y Manuel Mora Valverde, entonces Diputado y Secretario General del Partido Comunista de Costa Rica, que en ese mismo momento, junio de 1943, estaba cambiando de nombre, a solicitud del Arzobispo, por Vanguardia Popular, fueron los que impulsaron esa Reforma Social, fundamento de nuestro sistema democrático.

La historia de la Confederación Costarricense de Trabajadores Rerum Novarum es muy rica en la Historia costarricense y en la Historia de las luchas de las clases trabajadoras del país. Sus dirigentes han sido muy reconocidos y respetados por los diferentes gobiernos que han tenido que tratar con ellos.

En la Historia de las clases trabajadoras de Costa Rica se dieron leyes laborales, resultado de sus luchas y de su necesidad reconocida. Así, por ejemplo, la jornada de ocho horas de trabajo diario, y de 48 a la semana, se estableció en Costa Rica desde diciembre de 1920. En la Reforma Social de 1943, que impuso el Capítulo de Derechos y Garantías Sociales en la Constitución Política de 1871, que era la vigente, lo que se reafirmó en la Constitución Política de 1949, que es la Constitución actual, esta jornada de trabajo así se estableció y así existe.

En esas reformas de garantías y derechos constitucionales se estableció el derecho de los trabajadores a constituir sindicatos, (Artículo 60), el derecho a la huelga, (Artículo 61), y el derecho a realizar Convenciones Colectivas de Trabajo, (Artículo 62), entre los 74 artículos de este capítulo constitucional que vela por los trabajadores costarricenses, entre otras cosas.

Con el Capítulo de Derechos y Garantías Sociales también se aprobó en 1943 el Código de Trabajo, donde estos tres derechos fundamentales también se establecieron y regularon.

El presidente Chaves obviamente no conoce la Constitución Política, o no la lee, y si la lee no la entiende.

Como resultado de las luchas laborales internacionales también se desarrolló la Organización Internacional del Trabajo, OIT, en 1919, originalmente ligada a la Liga de las Naciones y posteriormente, en 1945, como organismo de las Naciones Unidas.

En la OIT están representados los gobiernos, los empleadores o patronos y los sindicatos. Cada año en Suiza se reúne oficialmente la Asamblea de la OIT con representantes de estos tres sectores. La delegación nacional así se presenta.

En OIT se han aprobado 190 Convenios Internacionales de Trabajo, obligados para los países que así los ratifican. Costa Rica desde 1959 ha aprobado 52 de esos Convenios, entre ellos 8 de los 10 convenios fundamentales, 4 de gobernanza y 40 técnicos. Además, ha ratificado un Protocolo.

De los Convenios fundamentales aprobados están el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, de 1948, el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, de 1949, el Convenio sobre los representantes de los trabajadores, de 1971.

Las convenciones colectivas de trabajo, acordadas entre trabajadores y patrones o empleadores, de acuerdo con la Constitución Política, tienen rango de ley. Son de acatamiento obligatorio y deben respetarse, por quienes las pactan, como por el gobierno cuando tienen resultados que le afectan, como es el caso de reconocer obligadamente a los representantes sindicales que los sindicatos nombran, independiente si al gobernante de turno le gustan o no, para que participen de Juntas Directivas de instituciones públicas, estatales, si por ley tienen esa representación.

En la fanfarria política que montó el presidente el miércoles pasado, se alteró mentalmente, cuando supo de la existencia de la Convención Colectiva de Trabajo, que protege al dirigente sindical Tyronne Esna, que le otorga el derecho al permiso laboral correspondiente para ejercer su trabajo sindical y representar por ello a los trabajadores. En este asunto el presidente Chaves se refirió al dirigente sindical como un vagabundo, condición que extendió a los trabajadores sindicalizados.

En esa sesión del miércoles pasado también estaba presente el ministro de Trabajo, que debe conocer toda esta legislación laboral, social y constitucional, quien pudo aclararle al presidente Chaves que las Convenciones Colectivas de Trabajos son válidas en Costa Rica, que los sindicatos son legales y que tienen autonomía e independencia para nombrar sus dirigentes sindicales y sus representantes ante los organismos que deban hacerlo.

El ministro de Trabajo fue sordo, ciego y mudo ante al ataque del presidente a la forma como se refirió al dirigente sindical Tyronne Esna. El presidente del INA hizo lo que pudo, estando en una posición de cucaracha en bisagra. Se le veía con pena contestando al presidente el ataque y presión que hacia la Junta Directiva del INA. Se le veía amenazado, asustado, por el presidente, atendiendo muy claramente el mensaje autoritario, que el presidente enviaba, de que había que estar de acuerdo con él o no estar en la Junta Directiva.

Es la Junta Directiva la que tiene que disculparse con el dirigente sindical, miembro en igualdad de condiciones con los restantes miembros de esa Junta, de los arrebatos ofensivos del presidente de la República contra su persona. Si los directivos no lo hacen queda en evidencia, su temor, su miedo…y, con todo respeto, su bajada de pantalones y enaguas…

Es la Junta Directiva la que tiene que explicar que en el desempeño del trabajo de las instituciones puede haber disidencias y desacuerdos con relación a lo que se trata y dispone en ellas. Es la Junta Directiva la que tiene que ratificar que en su seno los sectores representados tienen autonomía y libertad para opinar cuando así en representación de sus grupos lo hacen.

El presidente al atacar y cuestionar el derecho de oposición del directivo del INA Tyronne Esna, viola los principios constitucionales de libertad de opinión, de pensamiento.

Los sindicatos deben preparar una acusación ante la OIT de la agresión constante que hace el presidente contra los sindicatos, contra sus dirigentes sindicales, contra la libertad de opinión de los dirigentes sindicales, contra los artículos constitucionales y laborales que garantizan el ejercicio de los sindicatos y sus dirigentes, contra los derechos fundamentales de libertad sindical y de negociación colectiva.

Igualmente, deben llevar su protesta a los organismos internacionales, como la OCDE, pidiendo que se exija a Costa Rica el cumplimiento del respeto a los derechos laborales, sindicales y humanos.

Los sindicatos deben cerrar filas ante estos agravios orientados a sembrar el terror, el miedo, el temor reverencial, como parte de su ejercicio autoritario del poder que quiere instalar.

Compartido con SURCOS por el autor.

Secretaria general de la CTRN denuncia una creciente precarización del trabajo en Costa Rica ante OIT

La secretaria general de la Confederación de Trabajadoras y Trabajadores Rerum Novarum (CTRN), Fanny Sequeira, aprovechó el marco de la 113 Conferencia Internacional del Trabajo para expresarle al director general de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Gilbert F. Houngbo, la difícil situación que viven las trabajadoras y trabajadores de Costa Rica en materia de derechos laborales y sindicales.

De esta forma y a lo largo de la conferencia, la cual es llevada a cabo del 2 al 15 de junio en Ginebra, Suiza, la secretaria ha participado activamente al denunciar para Costa Rica un contexto de ataques a la democracia institucional por parte del poder político, así como una creciente degradación del contrato social y demás deterioros en los derechos laborales.

A su vez, la secretaria también expresó cómo el empeoramiento a derechos laborales, así como los distintos llamados realizados por la OIT para la atención de convenios, han sido continuamente ignorados e invisibilizados. A este respecto, la secretaria agregó:

«Desde hace muchos años los órganos de control de la OIT vienen haciendo reiteradas observaciones al gobierno de turno sobre violaciones a los Convenios 87, 98 y 135, sin que hayan sido atendidas. Estas violaciones son amplias, persistentes y opresivas, favoreciendo la explotación, la precarización laboral y salarial, así como la desprotección social. […].”

Centrales sindicales rechazan proyecto de jornadas 4×3 y solicitan intervención de la OIT

Cuatro centrales sindicales de Costa Rica manifestaron su rechazo al proyecto de ley sobre jornadas laborales 4×3 impulsado por la administración Chaves Robles, y solicitaron formalmente la intervención de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) mediante una carta abierta.

La Confederación de Trabajadores Unidad en la Acción Sindical (UAS), la Confederación Unitaria de Trabajadores (CUT), la Confederación Costarricense de Trabajadores Democráticos (CCTD) y la Central General de Trabajadores (CGT-Costa Rica) emitieron un comunicado conjunto en el que denuncian que el proyecto, identificado como expediente 24.290, representa «un retroceso y una clara desmejora de las conquistas históricas de la clase trabajadora».

Según expresan las organizaciones sindicales, el gobierno intentó aprobar este proyecto el 19 de mayo mediante el mecanismo de vía rápida en la Asamblea Legislativa, pero no tuvo éxito. La iniciativa pretende implementar una jornada laboral de 12 horas diarias durante cuatro días a la semana.

En el comunicado, las centrales sindicales destacan la decisión de la Asamblea de negar la vía rápida y exigen el rechazo total de este proyecto. «Afectaría negativamente la salud, seguridad y el equilibrio entre la vida laboral y familiar de los costarricenses», señala el documento, indicando que fue desarrollado sin considerar las necesidades y realidades de las personas trabajadoras del país.

Entre las razones de oposición al proyecto, las organizaciones mencionan:

  • El aumento del riesgo de enfermedades y accidentes laborales con jornadas de 12 horas

  • La contradicción con políticas de países miembros de la OCDE que promueven la reducción de jornadas laborales

  • El impacto económico negativo en la productividad según especialistas del Observatorio Económico y Social de la UNA

  • La discriminación hacia mujeres y familias trabajadoras

  • El retroceso en el avance educativo de quienes trabajan y estudian

  • La ausencia de diálogo social en la formulación del proyecto

Paralelamente, las mismas organizaciones enviaron una carta abierta a Eliel Hasson Nisis, director de la Oficina de la OIT para América Central, Haití, Panamá y República Dominicana, expresando su preocupación por la propuesta de ampliación de la jornada laboral.

En la misiva, las confederaciones sindicales indican que la medida «coloca en grave riesgo los derechos fundamentales de la clase trabajadora costarricense y retrocede más de un siglo las conquistas históricas derivadas de la lucha sindical obrera».

Las organizaciones recuerdan que desde la adopción del Convenio N°1 de la OIT en 1919, el principio de la limitación de la jornada laboral ha sido reconocido como un pilar del derecho internacional y solicitan un pronunciamiento público del organismo tripartito sobre esta situación.

«La sociedad costarricense espera de la OIT una posición clara en defensa de los derechos laborales, alineada con los convenios internacionales y con el principio de trabajo digno y equitativo enmarcado dentro del concepto de Trabajo Decente», concluye la carta.

Denuncia Internacional contra altos jerarcas del AyA

El Sindicato de Trabajadores del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (SITRAA) con el respaldo de otras organizaciones sindicales presentaron una denuncia ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La agrupación describe violaciones graves y sistemáticas que afectan el derecho a la organización sindical y negociación colectiva por parte de altos funcionarios del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AYA). La acusación fue presentada el pasado 9 de mayo.

La denuncia incluye al menos 18 causas y un total de 265 reclamos sobre hechos ocurridos desde marzo de 2024, los cuales vulneran las normas internacionales de protección laboral y organización sindical. El sindicato señala como responsables al presidente ejecutivo Juan Manuel Quesada Espinoza y a la gerente general María Alejandra Mora Segura, así como otros 5 funcionarios de la institución.

Según la queja, estas autoridades han presentado acciones contrarias a las disposiciones en los Convenios: N 87 Libertad sindical y protección de derecho de sindicación, N 98 Derecho de sindicación y de negociación colectiva, y N 135 protección a los representantes de los trabajadores. De acuerdo con SITRAA, las acciones denunciadas han debilitado la estructura del sindicato, su funcionamiento y estabilidad poniendo en riesgo la representatividad de los trabajadores dentro del AyA.

La denuncia ante la OIT fue firmada por diversas organizaciones sindicales, tales como: la Confederación Unitaria de Trabajadores, Confederación Costarricense de Trabajadores Democráticos, Central General de Trabajadores y la Confederación de Trabajadores Unidad en la Acción Sindical.

OIT admite queja de UNDECA contra presidente Chaves y Marta Esquivel por discursos de odio y prácticas antisindicales

Comunicado de prensa

A finales de 2024, la Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social (UNDECA) presentó una queja formal ante el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (CLS/OIT) contra el señor Rodrigo Chaves Robles, Presidente de la República, y la señora Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, entonces presidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y que actualmente está separada de su cargo por orden judicial cautelar.

La queja se fundamenta en los infames y difamatorios discursos de odio y reiteradas prácticas antisindicales cometidas por ambos jerarcas, quienes públicamente afirmaron, entre otras expresiones ofensivas, que los sindicatos tienen secuestrada a la Caja, tildándolos además como “los peores enemigos de la institución y de las comunidades”.

En el contexto de la denuncia interpuesta por UNDECA ante el Ministerio Público, por la polémica adjudicación de 10 áreas de salud a cooperativas, la señora Marta Esquivel amenazó públicamente a los sindicatos, intimidación que fue amplificada por el propio Presidente de la República, quien sin fundamento alguno atribuyó a los sindicatos la responsabilidad por las listas de espera en los servicios de salud, alimentando un clima de hostilidad y desinformación.

UNDECA advirtió que estas acciones políticas constituyen prácticas sistemáticas de discriminación y hostilidad antisindical, violatorias de los principios fundamentales de libertad sindical consagrados en la Declaración de Filadelfia (1944) y en los Convenios Internacionales de la OIT, ratificados por Costa Rica”, indicó Luis Chavarría, secretario general del sindicato.

Por lo tanto, UNDECA solicitó al organismo internacional de Naciones Unidas que declare a ambos jerarcas autores responsables por violaciones a la libertad sindical; condenar al Gobierno de la República por el ejercicio de prácticas políticas incompatibles con el Estado de Derecho y los estándares internacionales; y ordene a las autoridades costarricenses que se abstengan de incurrir en nuevas conductas de violencia o persecución antisindical.

Emplazado para responder la reclamación

En un reciente comunicado que remitió el Comité de Libertad Sindical de la OIT, nos notificó que admitió formalmente la queja que interpusimos, y está emplazando al Gobierno de la República para que responda la reclamación.

🔴 UNDECA reitera su compromiso con la defensa de los derechos de las personas trabajadoras, la libertad sindical y los derechos humanos, en el plano nacional e internacional.

¡La libertad sindical no se negocia, se defiende!

A 100 años de la Ley de Accidentes de Trabajo, con jornadas de 8 horas, en la encrucijada de las nuevas condiciones de trabajo, ante las jornadas de 12 horas diarias

Vladimir de la Cruz

Las clases trabajadoras costarricenses empezaron a distinguirse con conciencia de clase a finales del siglo XIX. Iniciaron sus organizaciones con las sociedades mutualistas, las sociedades de socorros mutuos y las sociedades de mutuo auxilio, que eran organizaciones policlasistas, donde podían agruparse trabajadores, artesanos, obreros, estudiantes, patronos, hombres y mujeres en general. Mi abuelita materna Ofelia Rodríguez Rodríguez, perteneció a una de ellas en el siglo pasado, hasta su muerte.

Hacia 1870, por el impulso del padre Francisco Calvo, también fundador de la Masonería costarricense, surgen las sociedades de artesanos, las sociedades de obreros y las sociedades de trabajadores, que eran organizaciones clasistas, a las cuales solo podían afiliarse artesanos, obreros y trabajadores. Con éstas, la sociedad costarricense empezó a perfilarse y conocerse como una sociedad dividida en clases sociales.

A finales del siglo XIX, el Lic. Félix Arcadio Montero, el último Rector y Presidente de la Universidad de Santo Tomás, que se opuso a su cierre, destacó como un gran líder liberal en Costa Rica y en Centroamérica. Fundó el partido de Obreros y Artesanos, a finales de la década de 1880 y a principios de la década de 1890 fundó el Partido Independiente Demócrata, que afirmó esa conciencia clasista de los trabajadores, artesanos y obreros, cuando su partido llamaba a aglutinarse a los chaquetas, a los descalzos y descamisados contra el Olimpo y los Levitas, enfatizando en quienes estaban en el poder, y en las alturas políticas, y por la forma de sus vestimentas.

La lucha política de Félix Arcadio Montero, fue intensa. Obligó a que los partidos oligárquicos de ese momento, la mayoría liberales, impulsaran en su interior los llamados Clubes de Artesanos, Clubes de Obreros y Clubes de Trabajadores, como hace poco tiempo lo hacían los partidos Liberación Nacional, la Unidad Social Cristiana y los partidos de izquierda, que tenían sus frentes, secciones y sindicatos de trabajadores.

Las luchas políticas de finales del siglo XIX hicieron que el partido Independiente Demócrata eligiera dos diputados, a Félix Arcadio Montero Monge y a Faustino Montes de Oca, y que uno de los partidos liberales eligiera diputado a su dirigente trabajador Víctor Golcher.

Las luchas políticas intensas llevaron a planear un atentado contra el presidente Rafael Iglesias Castro, cuya culpa se le echaron a Félix Arcadio Montero, motivo por el cual fue injustamente detenido y expulsado del país. A su regreso al país, en 1897, fue asesinado, envenenado, en el barco en que venía. Exaltado por el movimiento liberal centroamericano se le honró en su muerte. Casado con Rosa Segura Fonseca, sus hijos siguieron sus pasos liberales y vinculados al movimiento obrero y sus luchas, especialmente Bolívar, Arístides y Alejandro. Sus nietos, los Montero Vega, Álvaro y Arturo, también, militando en el Partido Comunista y su movimiento sindical, desde la gloriosa década de 1940-1948 hasta sus muertes, y uno de sus bisnietos, también ha sido dirigente sindical.

A finales del siglo XIX y principios del siglo XX, entre 1901-1903, las sociedades mutualistas y las de trabajadores dieron paso a las Ligas Obreras y a los Sindicatos, tal y como existen hoy.

La sociedad costarricense había cambiado. Se construían los barrios Aranjuez y Amón, entre 1890 y 1912, la electricidad era un factor de progreso. El capitalismo agrario se había desarrollado. Había fábricas de gaseosas, de cervezas, imprentas, telares e hilanderías, se construían grandes edificios, se vendía electricidad al servicio privado desde 1896 en Alajuela, Heredia, Cartago y San José.

Las luchas obreras internacionales se conocían en el país. Las luchas de los trabajadores europeos y estadounidenses por la jornada de 8 horas, en 1886, 1888 y 1890 fueron seguidas en la prensa diaria, que ya existía desde 1886.

Una de las primeras demandas e inquietudes de los trabajadores nacionales fue la jornada de trabajo de 8 horas, que desde 1913, empezó a presionarse y celebrarse con el desfile del Primero de Mayo, como día Internacional de los Trabajadores.

Los sindicatos que surgieron a principios del siglo XX avanzaron en luchas y en huelgas, defendiendo salarios y condiciones de trabajo. En 1905 se constituyó la primera Federación de Trabajadores, en San José. Siguieron las de provincias, que a inicios de la década de 1910 ya existían algunas.

En 1909, el Centro de Estudios Sociales Germinal, que impulsaron Joaquín García Monge, Omar Dengo, Carmen Lyra, José María Zeledón Brenes, los científicos Jiménez Rojas, con cursos de capacitación a los trabajadores, los motivaron y condujeron para fundar la primera Confederación General de Trabajadores, única en todo el país desde 1913 hasta 1923, que se disolvió para unirse al recién fundado Partido Reformista, del sacerdote y General Jorge Volio Jiménez.

La década de 1910 -1920 golpeó fuertemente al país, por la crisis provocada por la Primera Guerra Mundial y sus repercusiones, que crearon el ambiente para la llegada de Alfredo González Flores al gobierno, el impulso de sus reformas y el golpe de Estado que le dieron en 1917, entre otras cosas, por ese motivo.

De la crisis de la guerra mundial surgió la Revolución Rusa y su repercusión inmediata en Costa Rica, con el Dr. Aniceto Montero, que impulsó el Centro Socialista de Costa Rica, a modo de un partido identificado con las ideas comunistas, marxistas y especialmente leninistas. Cuando murió Lenin, en 1924, organizó desfiles de duelo con los trabajadores nacionales. También se dieron las condiciones para impulsar la Liga de las Naciones y la Organización Internacional del Trabajo, OIT,

La década de 1920 inició con el retorno a la democracia bajo el gobierno de Julio Acosta García, 1920-1924. En su gobierno fueron electos como diputados, que se identificaban con los trabajadores y sus luchas, José María Zeledón Brenes, Bolívar Montero Segura, el dirigente obrero Gerardo Matamoros, Jorge Volio Jiménez y Julio Padilla Romero.

A las luchas sociales de salarios, condiciones de vida y de jornadas de trabajo, a principios del siglo XX, desde 1908 hasta 1925, se dieron luchas y demandas para exigir una Ley de Accidentes de Trabajo, que protegiera especialmente a los trabajadores agrícolas que eran la mayoría nacional. Varias veces se intentó en el Congreso Nacional discutir y aprobar esta ley, sin éxito, pero luchando por ella cotidianamente.

Con el partido Reformista, enfrentando a los socialistas de Aniceto Montero, Jorge Volio había izado la bandera de la Ley de Accidentes de Trabajo, que era una demanda que venía en lucha desde 1908.

Se acababa de fundar la Organización Internacional del Trabajo, OIT, del 1 de febrero al 11 de abril de 1919, organismo hoy parte de las Naciones Unidas para fomentar legislación laboral y social, trabajando conjuntamente empleadores, trabajadores y gobiernos. En 1917 había triunfado la Revolución Comunista en Rusia y en 1922 se había constituido la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, que tuvieron mucha resonancia en Europa en esos años, exaltando el arribo de la clase trabajadora al poder.

Aún antes de la OIT, en Costa Rica ya se habían aprobado disposiciones ejecutivas y leyes que regulaban la relación trabajo-capital. Los trabajadores por su parte luchaban, demandaban y pedían regulaciones y leyes sobre sus condiciones de trabajo. Una de esas luchas se inició en 1908 demandando la Ley de Accidentes de Trabajo, adquiriendo fuerza esta lucha en 1925.

La ley aprobada no afectó a los terratenientes, a los cafetaleros ni a los bananeros dejando desprotegidos, en ese sentido a los trabajadores del campo, que pedían también atender las enfermedades endémicas y mordeduras de víboras entre otros accidentes de trabajo, y tener dispensarios médicos en los centros de trabajos agrícolas. Antecedente de esta Ley fue la Ley de Accidentes de Trabajo de México, de 1904, y lo establecido en la Constitución mexicana de 1917. Aunque no protegió a la inmensa mayoría de los trabajadores fue un avance muy importante.

En la constitución de la OIT se impulsó lograr mayor justicia social. Su trabajo se orientó a formular Convenios sobre distintas temáticas laborales y sociales.

El primero de sus Convenios internacionales del Trabajo, RATIFICADO por Costa Rica, es el del reconocimiento de la jornada de 8 horas diarias de trabajo y, luego, el de la semana laboral de 40 horas. Después siguieron los Convenios sobre salarios, sobre Higiene y seguridad del trabajo, el trabajo de las mujeres y los niños, el empleo, el paro y las migraciones, los seguros sociales y pensiones, riesgos profesionales, trabajos especiales, entre ellos el trabajo agrícola, el trabajo intelectual, el trabajo indígena, sobre los derechos de asociación de los trabajadores y sobre sus condiciones de vida.

El Convenio No. 12, aprobado en 1921 es sobre la reparación de accidentes de trabajo en la agricultura, que se amplió en el Convenio No. 17, de 1925, a la reparación de accidentes de trabajo y, por los Convenios números 18 y 19, de 1925, regularon la reparación de las enfermedades profesionales y la igualdad de trato en los accidentes de trabajo.

De inmediato a su fundación la OIT se preocupó en regular a los accidentes de trabajo, documentos que en la lucha de los trabajadores costarricenses por lograr la Ley de Accidentes de Trabajo no se conocían en ese momento. Sin embargo, la lucha iniciada desde 1908 para lograr la Ley de Accidentes de Trabajo era una necesidad en el país.

Las luchas políticas contra la dictadura de Tinoco y del inicio de la década de 1920, se habían fortalecido con las luchas huelguísticas y organizativas, desde 1918 hasta 1920, para lograr la jornada de 8 horas diarias, con la Ley No. 100 del 9 de diciembre de 1920.

La lucha por esta Ley de Accidentes de Trabajo era más de los sectores agrarios o campesinos que de los trabajadores urbanos. Al aprobarse esta Ley, la No. 53 del 31 de enero de 1925, sobre “Reparación por Accidentes de Trabajo” y sus reformas posteriores, se favoreció más la protección de los trabajadores urbanos, pero ya era una conquista social.

Desde aquellos años, hace 100 años o más, la preocupación por los accidentes de trabajo se agitaba como problema fundamental de los trabajadores, especialmente agrícolas. Durante años esa ley no se aplicó adecuadamente en su protección. Se mantuvieron las demandas por su cumplimiento y se reformó levemente sin detener los accidentes de trabajo, que siguen siendo una pesadilla para los trabajadores, sus familias, la seguridad social y el presupuesto nacional que tiene que atender estas situaciones. El Estado sigue indolente ante esta situación.

Los accidentes de trabajo son constantes y cotidianos. Hoy afectan tanto a trabajadores del campo como de las ciudades, y se regulan como todo aquello “que le suceda al trabajador como causa de la labor que ejecuta o como consecuencia de ésta, durante el tiempo que permanece bajo la dirección y dependencia del patrono o sus representantes, y que puede producirle la muerte o pérdida o reducción, temporal o permanente, de la capacidad para el trabajo”; es cualquier percance que le ocurra a un trabajador durante su jornada laboral, o es consecuencia del percance del trabajo que realiza el trabajador.

Desde 1925 se han venido regulando los accidentes de trabajo, los riesgos laborales y profesionales y las enfermedades ocasionadas por los trabajos. Hoy se atiende por la Caja Costarricense del Seguro Social y especialmente por el Instituto Nacional de Seguros y su excelente Hospital del Trauma, a la población ocupada formal e informalmente, de los sectores Primario, Secundario y Terciario de la economía nacional, que sufren estas situaciones laborales.

En los últimos cinco años, con jornadas de trabajo nacionales de 8 horas diarias, los accidentes de trabajo no bajan de 110.000 al año, y alcanzan hasta 130.000 al año, afectándose los hombres en un 75% y las mujeres en un 25%.

Con el sistema de jornadas diarias de 12 horas de trabajo que se quiere imponer, al estilo de las jornadas esclavistas del siglo XIX, los accidentes de trabajo aumentarán, por las mismas condiciones que existen, y se mantendrán con esas jornadas de 12 horas, por lo menos en un 40% más de las que ya se producen. Es decir, podrán alcanzar de los 160.000 a 170.000 trabajadores accidentados por año, aumentando igual el número de los trabajadores fallecidos por accidentes laborales.

Los accidentes de trabajo actualmente se concentran principalmente en la agricultura, la ganadería, la silvicultura y pesca, en la construcción, en la industria, en la administración pública, defensa y planes de seguridad social, en la construcción, en el comercio por mayor y por menor, así como en la reparación vehículos y motocicletas, en las Industrias manufactureras, las actividades de servicios administrativos y de apoyo y en las actividades de alojamiento y venta de comidas.

En la administración pública se produce el mayor número de accidentados, siguiéndole los sectores de la agricultura, la construcción y la industria. A nivel provincial Puntarenas, Limón y Guanacaste son las que reportan más siniestralidades laborales. Más del 90% de los accidentes de trabajo se producen en el mismo puesto de trabajo habitual, dentro o fuera del centro de trabajo. Por rango de edad la mayor cantidad de accidentes de trabajo se produce en trabajadores jóvenes, un 44%, entre 15 y 34 años, un 37%, entre los de 36 y 49 años, y un 18%. entre 50 y 65 años. En las mujeres trabajadoras a medida que aumenta la edad aumentan los accidentes.

De todos los accidentados un 78% resulta incapacitado entre uno y dos días, y el promedio de fallecidos por los accidentes de trabajo se mueve entre el 6% y el 10% de los trabajadores siniestrados. Los accidentes de trabajo se producen en las empresas que tienen menos de 9 trabajadores hasta las que tienen más de 50 trabajadores.

En el país hay más de 80.000 empresas sujetas a velar por la calidad de su trabajo y de sus condiciones de trabajo, de su seguridad e higiene ocupacional.

De acuerdo con el Convenio número 81 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los inspectores del trabajo están facultados para investigar estas condiciones y a la vez están facultados para impulsar o recomendar medidas a fin de que se subsanen los defectos que ellos adviertan en la instalación, el montaje, en los métodos de trabajo que constituyan razonables peligros para la salud o seguridad de los trabajadores. Sin embargo, el Ministerio de Trabajo no tiene la cantidad de inspectores en capacidad de realizar estas tareas de inspección laboral. De esas 80.000 empresas no se visitan 3000 al año para precisar problemas en el incumplimiento de las condiciones de salud y de seguridad laboral que se debe tener.

Celebramos el centenario de la Ley No. 53 del 31 de enero de 1925, sobre “Reparación por Accidentes de Trabajo”. Pero no podemos dejar de decir que la legislación actual y el sistema de seguridad social que atiende esta situación sigue siendo deficiente.

Los sindicatos deben poner más atención a este problema. En la campaña electoral que ya está encima, los partidos políticos deberían comprometerse en atender con mayores recursos la inspección laboral y de la seguridad social y de mejorar, hasta donde sea posible, las instituciones de salud pública que atienden a los accidentados.

Compartido con SURCOS por el autor.

Sindicatos enfrentan el estrés térmico: un asesino invisible para trabajadores agrícolas

El calentamiento global intensifica los riesgos laborales en el sector agrícola, con efectos particularmente severos para las mujeres trabajadoras

El estrés térmico se ha convertido en un «asesino invisible» que afecta a 2.410 millones de personas trabajadoras en todo el mundo, lo que representa el 71% de la población activa global. Según datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), este fenómeno provoca anualmente 18.970 muertes y 22,85 millones de lesiones.

En el sector agrícola, el impacto es aún más preocupante: se proyecta una reducción aproximada del 60% en las horas de trabajo para 2030 debido al calor extremo, según información compartida por Maikol Hernández Arias, de la Federación Nacional de Trabajadores de la Agroindustria, Gastronomía, Hotelería y Afines (Fentragh) de Costa Rica.

Temperaturas récord y sus efectos

El documento presentado en la reunión del Comité del Grupo de Trabajadores/as de la Agricultura (GPTA) en Bogotá, Colombia, el pasado septiembre, advierte que junio de 2024 fue el mes más cálido registrado y el duodécimo mes consecutivo en alcanzar el umbral de 1,5 °C.

«El estrés térmico se asocia con insolación, agotamiento por calor, lipotimia térmica (síncope o desmayo), calambres por calor y sarpullido por calor», indica el informe, que también destaca cómo la temperatura corporal humana debe mantenerse por debajo de 38°C para evitar la hipertermia. Temperaturas corporales superiores a 40,6°C implican riesgo de pérdida de conciencia, daños orgánicos y muerte.

Mayor vulnerabilidad de las mujeres

Un dato relevante del informe es que, durante el trabajo físico, las mujeres tienen 3,7 veces más probabilidades de ser intolerantes al calor que los hombres. «Las mujeres tienden a sudar menos que los hombres y, por tanto, tienen menor capacidad para liberar calor del cuerpo», señala el documento.

El trabajo agrícola es particularmente vulnerable, ya que se considera de intensidad alta (360-465 de intensidad laboral) y muy alta (> 465), en comparación con el trabajo de oficina. Esto implica que las temperaturas máximas para trabajar en agricultura deberían ser de 29-30°C para labores de alta intensidad.

Respuestas sindicales y normativas internacionales

Ante esta situación, diversos sindicatos han desarrollado iniciativas para proteger a las personas trabajadoras:

  • En Estados Unidos, la Asociación de Trabajadores Agrícolas (FLOC) estableció pautas sobre el calor que recomiendan abandonar el campo y buscar sombra y agua cuando la temperatura alcanza los 30°C/85°F y se presentan síntomas de estrés térmico.

  • En Australia, el sindicato UWU elaboró un modelo de cláusula sobre calor extremo que estipula que cuando la temperatura supere los 29,5°C, la parte empleadora debe proporcionar una pausa de 15 minutos con goce de sueldo cada hora de trabajo.

Varios países ya han implementado normativas al respecto:

  • En Sudáfrica, las empresas empleadoras están obligadas a mitigar el estrés térmico cuando el índice WBGT (temperatura globo y bulbo húmedo) medio por hora supera los 30°C.

  • En España, una ley de 2023 obliga a evitar determinadas tareas cuando hace calor y garantiza que no se reduzcan los salarios si se interrumpe el trabajo debido al calor.

  • En Grecia, la normativa exige una interrupción total del trabajo cuando el índice WBGT supera ciertos umbrales según la intensidad de la labor.

Instrumentos internacionales disponibles

La OIT cuenta con instrumentos específicos para proteger a las personas trabajadoras del estrés térmico, como:

  • Convenio 155 sobre salud y seguridad en el trabajo

  • Convenio 187 sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo

  • Convenio 184 sobre salud y seguridad en la agricultura

  • Recomendación 194 sobre la lista de enfermedades profesionales

El informe subraya que según los convenios 155 y 184 de la OIT, las personas trabajadoras tienen derecho a retirarse de situaciones peligrosas cuando exista riesgo inminente y grave para su salud y seguridad.

Para consultar el informe completo sobre las repercusiones del calor extremo en trabajadores agrícolas y las respuestas sindicales, puede descargarlo desde el siguiente enlace: https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/03/06-Heat-AWTG-Board-Sept-2024-es.pdf

UNDECA presenta denuncia ante OIT por prácticas de violencia y discursos de odio del presidente Chaves y la presidenta ejecutiva de la CCSS

Comunicado

El Gobierno de Rodrigo Chaves Robles, desde los primeros días, la emprendió contra el sistema democrático costarricense y rabiosamente contra los sindicatos.

La Caja Costarricense de Seguro Social es una institución fundacional del Estado Social y Democrático, que el Gobierno pretende desmantelar y privatizar, aunque sea recurriendo a los actos, denunciados por UNDECA y otros, al Ministerio Publico, que resultaron en la detención en las celdas de OIJ la presidenta ejecutiva de la Caja y siete personas más.

UNDECA es el reducto de defensa de la Caja, su autonomía, recursos financieros y los derechos de casi 70.000 personas que laboran en esa entidad.

Nuestra inclaudicable posición nos ha costado que el presidente de la República y Marta Esquivel Rodríguez, Presidenta Ejecutiva de la CCSS, acometan contra UNDECA, desplegando un conjunto de actuaciones que violentan los principios de libertad sindical.

A raíz que la conjura contra este y otros sindicatos institucionales ya resulta desproporcionada, llegando a extremos de violencia intolerable, UNDECA interpuso una denuncia en la Organización Internacional de Trabajo (OIT) contra el Presidente de la República y Marta Eugenia Esquivel Rodríguez.

Las actuaciones más graves, entre otras, que sustentaron la denuncia son:

1.- Marta Eugenia Esquivel declaró, en la habitual conferencia de prensa de Casa Presidencial, que los sindicatos tienen secuestrada la CCSS.

2.- La misma jerarca declaró públicamente que los sindicatos son los peores enemigos de la Caja y las comunidades.

3.- Esquivel amenazó a los sindicatos por denunciar en el Ministerio Público, la cuestionada adjudicación de 10 áreas de salud a favor de cooperativas y un consorcio hospitalario privado.

El presidente de la República amplificó la agresión contra los sindicatos, atribuyéndonos que somos los responsables de las listas de espera.

4.- Esas prácticas antisindicales se coronan con el ataque deleznable que ha sufrido nuestra compañera Martha Elena Rodríguez González, Secretaria General Adjunta de UNDECA y representante de los sindicatos en la Junta Directiva de la Caja, contra quien el Consejo de Gobierno ilegítimamente ordenó la apertura de un procedimiento sancionatorio y una medida cautelar de separación de su cargo, que fue anulada por la Sala Constitucional, por violentar derechos fundamentales.

Las arteras acciones montadas contra nuestra compañera Martha Elena violentan el principio de autonomía e independencia sindical.

El conjunto articulado de actuaciones del Presidente de Gobierno y Marta Esquivel, configuran prácticas recurrentes y sostenidas de hostilidad y discriminación antisindical, que vulneran los principios de libertad sindical, contenidos en la Declaración de Filadelfia de OIT (1944) y los convenios internacionales de OIT, ratificados por Costa Rica.

UNDECA denunció que el Gobierno de la República está creando un peligroso clima de confrontación, amenazas, presión y desprestigio contra los sindicatos, que pretende, impedir que los sindicatos realicen su misión de manera eficiente y eficaz, y además, esos discursos incitan a la violencia, con el propósito que la ciudadanía rechace y repulse moralmente a UNDECA y los sindicatos de la Caja, declarados calumniosamente secuestradores y los peores enemigos de la Caja y las comunidades.

UNDECA comunicó la denuncia internacional al Director General de OIT y está solicitando que se declare que el presidente de la República y Marta Eugenia Esquivel Rodríguez son autores responsables de la violación de los principios de libertad sindical.

En consecuencia, se solicitó condenar al Gobierno por el ejercicio de prácticas políticas incompatibles con la libertad sindical y ordenar a esas autoridades gubernamentales abstenerse de continuar con esas conductas de violencia antisindicales.

UNDECA terminó su denuncia citando la siguiente declaración del Secretario General de Naciones Unidas; Antonio Gutiérrez:

“El discurso de odio constituye una amenaza para los valores democráticos, la estabilidad social y la paz, y las Naciones Unidas deben hacerle frente en todo momento por una cuestión de principios.”

El discurso de odio del presidente y Marta Esquivel contra los sindicatos es irreconciliable con los postulados de nuestra Constitución Política y los convenios de OIT en materia de libertad sindical.

San José, 02 de octubre de 2024.

Los sindicatos son actores políticos que les compete la defensa de la educación y de la democracia costarricense

Manuel Hernández

Las universidades públicas, una pluralidad de sectores sociales, productivos, estudiantiles y sindicatos, están convocado a un movimiento nacional de protesta cívica, para el miércoles y jueves de esta semana.

Algunos sindicatos están convocando, de manera explícita, a una huelga uno o ambos días.

El objetivo central del movimiento, aunque hay que destacar que no es el único, es protestar contra los constantes recortes de los recursos asignados a la educación pública, y además, presionar para que en esta oportunidad, de una vez por todas, la Asamblea Legislativa cumpla el mandato constitucional, que ordena que el presupuesto destinado a la educación no puede ser inferior al 8% de PIB (artículo 78 de la Constitución Política).

Vale advertir que la norma constitucional no establece una aspiración, una meta, sino un precepto imperativo, que, por encima de cualquier imposición de orden fiscalista, tiene que respetarse en virtud del principio de supremacía de la Constitución, principio que desafortunadamente ha sido violentado impunemente, año, tras año, y nada ha pasado.

En esta ocasión, a raíz de tanto ajuste fiscal y desproporcionada afectación de los recursos destinados al gasto público y la inversión social, en la agenda de la lucha ciudadana la cuestión del presupuesto de la educación asume una centralidad de primer orden.

La convocatoria sindical a un movimiento de huelga contra las políticas públicas y gubernamentales no es nada que desborde las competencias que nuestro ordenamiento, desde la Constitución Política (CO POL), hasta las leyes ordinarias, atribuye a los sindicatos. Los sindicatos no están haciendo otra cosa que no sea atender una misión suprema, que trasciende la tradicional función reivindicativa y contractual que comúnmente realizan.

Ese cometido superior del que estamos hablando está preceptuado en el artículo 332 del Código de Trabajo:

ARTICULO 332.- Declarase de interés público la constitución legal de las organizaciones sociales, sean sindicatos, como uno de los medios más eficaces de contribuir al sostenimiento y desarrollo de la cultura popular y de la democracia costarricense.”

Una norma con un apreciable sentido estético, pero que, además, encierra una profunda proyección ética y ciudadana, que define el modelo de sociedad que los sindicatos tienen que asumir la responsabilidad y compromiso de defender y fortalecer.

Esta norma declara de interés público la formación y actividad de los sindicatos, porque se les atribuye el cometido de defender y desarrollar la cultura popular y la democracia. Es decir, la norma legal concibe a los sindicatos como sujetos políticos, actores claves en la configuración del sistema democrático.

La participación política que se reconoce a los sindicatos es expresión del modelo de Estado diseñado por la Constitución: un Estado de carácter democrático, plural, pluricultural, multiétnico y participativo (artículo 1°).

Ese modelaje democrático lo profundizó, a principio de este siglo, la trascendental reforma del artículo 9 de la misma Constitución (2003), que estipuló que el Gobierno de la República es popular, representativo, participativo, alternativo y responsable, el cual ejerce -en primer lugar- el Pueblo y los demás Poderes institucionales.

Los sindicatos vienen así investidos como interlocutores políticos, dentro del marco axiológico de la Constitución, cuyas acciones también tienen como destinatarios los poderes públicos, con la finalidad de participar e incidir en el diseño y definición de las políticas públicas que conciernen a las y los trabajadores, inescindiblemente como clase social y ciudadanos.

Al cobijo de ese amplio marco jurídico, cuyo marco comprende el reconocimiento constitucional del derecho de huelga de los trabajadores, que por cierto, el artículo 61 constitucional no restringe los intereses defendibles en una huelga a los intereses de carácter estrictamente profesionales, en consonancia con el artículo 1° y 9 CO POL, que definen el modelo del Estado Social y Democrático, en relación con el articulo 334 y 371 del Código de Trabajo, ultima norma que reconoce el derecho de huelga contra las políticas públicas, se puede sólidamente sostener que la convocatoria de los sindicatos a una huelga contra las políticas de ajuste fiscal, que tanto daño están causando a la democracia social y la educación, tiene pleno respaldo en nuestro ordenamiento jurídico.

No puede omitirse, salvo que se incurra en una ignorancia monumental, que la reciente Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, OC-27/21, en materia de Libertad Sindical, reconoce expresamente, entre otras modalidades, la validez y la protección de la huelga “que impugnan políticas públicas”.

Este histórico pronunciamiento de la CORTEIDH es vinculante para Costa Rica, el cual tiene una eficacia normativa, de carácter inmediata, cuyos derechos de libertad sindical amparados, incluida la huelga, son “derechos de exigibilidad inmediata”, como lo determinó la misma resolución.

No es ocioso recordar que el carácter vinculante del pronunciamiento del Tribunal Internacional fue admitido recientemente por la Procuraduría General de la República, que para nada ha sido una instancia sospechosa de ser simpatizante de los sindicatos.

El carácter vinculante de la Opinión Consultiva implica que todas las autoridades públicas y gubernamentales concernidas en el movimiento de huelga, convocado por los sindicatos, empezando por la Ministra de Educación, tienen que aplicar el correspondiente control de convencionalidad, y por tanto, inhibirse de cualquier actuación administrativa que pueda tener el efecto, directo o indirecto, de limitar, restringir o sancionar, de cualquier manera, el ejercicio pleno de ese derecho fundamental de las y los trabajadores.

Por último, no es menos importante subrayar que reiterados pronunciamientos de los órganos de control de OIT, admiten la validez de las huelgas “que engloban también la búsqueda de soluciones a las cuestiones de política económica y social.” (Ver Recopilación de decisiones del Comité de Libertad Sindical, párr. 758 y 763. Asimismo, Comité de Libertad Sindical, 344º informe, Caso núm. 2509, párrafo 1247; 348º informe, Caso núm. 2530, párrafo 1190; 351º informe, Caso núm. 2616, párrafo 1012; 353º informe, Caso núm. 2619, párrafo 573; 355º informe, Caso núm. 2602, párrafo 668; 360º informe, Caso núm. 2747, párrafo 841; y 372º informe, Caso núm. 3011, párrafo 646).

La convocatoria sindical a la huelga, ahora más que nunca, está de sobra justificada, en razón que el Estado ha perdido legitimidad democrática, a causa de regresivas políticas públicas, enraizadas en la ignominiosa Regla Fiscal, que lesionan los programas sociales y servicios públicos que constituyen la infraestructura de la democracia (educación, cultura, salud, niñez y adolescencia, entre otros tantos), afectando con mayor intensidad los sectores más vulnerables de la población costarricense.

La permanente violación del artículo 78 constitucional, los insufribles recortes de los presupuestos públicos menoscaban la cultura popular y socaban la democracia costarricense, cuya defensa, en buena hora, que ya hacía tanta falta, están asumiendo patrióticamente los sindicatos.

Admito que todavía me queda algo de optimismo. Pienso que aún no es demasiado tarde para defender y rescatar la democracia, en beneficio de las grandes mayorías de la población. No es aún imposible.

John Lennon afirmó:

“Tú decides el mundo que quieres tener.
Tienes el poder de cambiar el mundo,
por ende,
el de quienes te rodean.
Aquí nada es imposible.”

En medio de la crisis más grave que ha sufrido nuestro sistema democrático, ese es el impostergable desafío ético y político que tienen los sindicatos, cuya senda marcó, hace 81 años, el artículo 332 del Código de Trabajo, con una impensable visión de futuro.

El mayor riesgo es que no hagamos nada y dejar que la historia nos pase por encima.