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Etiqueta: petroleras

Justicia para las petroleras, castigo para los pueblos: el peligroso precedente contra Greenpeace y el pueblo sioux

Observatorio de Bienes Comunes, UCR

El fallo judicial que condena a Greenpeace a pagar más de 660 millones de dólares a la empresa Energy Transfer (ET) por supuestamente haber instigado las protestas contra el oleoducto Dakota Access (ver mapa 1) es un ataque directo a la libertad de expresión y a la defensa del medioambiente. Más que una sentencia aislada, este caso forma parte de una estrategia sistemática para criminalizar la protesta social y debilitar la resistencia indígena frente al avance de las industrias extractivas.

La demanda contra Greenpeace ha sido denunciada como un caso de SLAPP (Demandas Estratégicas contra la Participación Pública) o demanda mordaza, un mecanismo legal utilizado por corporaciones y actores poderosos para asfixiar financieramente a sus opositores mediante litigios costosos y prolongados. Su propósito no es necesariamente ganar en tribunales, sino generar miedo, censurar la disidencia y desgastar a quienes denuncian injusticias.

Colonialismo y racismo en la narrativa judicial

Más allá de la criminalización de Greenpeace, lo verdaderamente alarmante es el discurso implícito en este fallo: el pueblo sioux de Standing Rock es presentado como un actor secundario, carente de agencia propia y fácilmente manipulable por organizaciones externas. Esta narrativa colonial y racista se enmarca en una larga tradición de despojo y deslegitimación de las luchas indígenas, donde las comunidades que defienden sus territorios son vistas como obstáculos al «progreso» y no como sujetos políticos con derechos y autonomía.

En este caso, las protestas de Standing Rock, que denunciaban la construcción de un oleoducto sobre tierras sagradas y la amenaza a su suministro de agua, fueron presentadas como un «pequeño problema local» explotado por Greenpeace para sus propios fines. Este enfoque niega la legitimidad de la resistencia sioux y refuerza la idea de que las poblaciones indígenas solo actúan cuando son influenciadas por terceros, una visión que se remonta a la época colonial y que persiste en los tribunales y en los discursos empresariales.

Un precedente peligroso para los movimientos sociales

La sentencia contra Greenpeace no solo pone en riesgo la existencia de la organización, sino que envía un mensaje claro a activistas y comunidades en resistencia: cualquier forma de apoyo, visibilización o solidaridad con luchas ambientales e indígenas puede ser castigada con el peso completo del sistema legal y económico.

Este caso se suma a una creciente ola de criminalización de los movimientos ambientalistas y de defensa del territorio en todo el mundo. Desde América Latina hasta Norteamérica, activistas han sido perseguidos, encarcelados e incluso asesinados por desafiar los intereses de las grandes corporaciones extractivas. En muchos casos, los Estados no solo fallan en proteger a estos defensores, sino que se convierten en cómplices al reprimirlos y facilitar el avance de proyectos destructivos.

Frente a este escenario, la respuesta no puede ser la resignación. La lucha del pueblo sioux de Standing Rock fue y sigue siendo un ejemplo de resistencia ante el despojo, y su alianza con grupos ambientalistas y otros movimientos sociales demuestra que la solidaridad es una herramienta poderosa. Sin embargo, es urgente fortalecer los mecanismos de protección para activistas y comunidades, así como denunciar el uso de las leyes para silenciar la protesta.

Si la defensa del agua, la tierra y la vida se convierte en un delito, entonces el verdadero crimen es el modelo económico que pone el beneficio privado por encima del bienestar colectivo. ¿Permitiremos que la justicia siga siendo un instrumento de los poderosos, o exigiremos que responda a las luchas de quienes defienden el planeta?

¿Qué es el oleoducto Dakota Access?

El oleoducto Dakota Access (DAPL, por sus siglas en inglés) es un proyecto de infraestructura energética de aproximadamente 1,886 km de longitud, construido para transportar hasta 570,000 barriles de petróleo al día desde los yacimientos de Bakken, en Dakota del Norte, hasta Illinois, EE.UU.

El oleoducto ha sido altamente controversial porque atraviesa tierras cercanas a la reserva sioux de Standing Rock, poniendo en riesgo el acceso al agua potable y afectando sitios sagrados. A pesar de la resistencia indígena y ambientalista, la obra se completó con el respaldo del gobierno de Donald Trump en 2017, tras haber sido bloqueada temporalmente por la administración de Barack Obama en 2016.

¿Qué es una demanda SLAPP o demanda mordaza?

Una demanda SLAPP (Strategic Lawsuit Against Public Participation) es una demanda judicial utilizada como herramienta de intimidación y censura contra personas o grupos que ejercen su derecho a la libre expresión, especialmente en asuntos de interés público. Su objetivo no es ganar el caso, sino desgastar y silenciar a los demandados mediante procesos legales costosos y prolongados.

Características de una demanda SLAPP:

  • Suele dirigirse contra periodistas, activistas, organizaciones civiles o ciudadanos que denuncian corrupción, abusos o problemáticas sociales.

  • Implica cargos legales infundados o exagerados, como difamación o daño a la reputación.

  • Busca desmotivar la participación pública al generar miedo y costos económicos elevados.

Consecuencias y riesgos:

  • Limita la libertad de expresión y el acceso a la información.

  • Puede tener un efecto disuasorio, desalentando la denuncia de irregularidades.

  • Afecta la democracia al restringir la participación ciudadana en el debate público.

¿Cómo enfrentar una demanda SLAPP?

  • Buscar asesoramiento legal especializado.

  • Hacer visible el caso en medios y redes sociales para generar apoyo público.

  • Impulsar legislación contra el abuso de demandas SLAPP.

Estas demandas son un problema creciente en diversas partes del mundo, por lo que es fundamental conocerlas y denunciarlas para proteger el derecho a la libre expresión y la participación ciudadana.

Referencias:

Agencia EFE. (2025, 19 de marzo). Greenpeace deberá pagar más de 660 millones de dólares a la empresa Energy Transfer. Swissinfo. Recuperado de https://www.swissinfo.ch/spa/greenpeace-deber%C3%A1-pagar-m%C3%A1s-de-660-millones-de-d%C3%B3lares-a-la-empresa-energy-transfer/89036958

Elbein, S. (2016, 17 de noviembre). EE.UU.: la estrategia sioux y la determinante decisión sobre el oleoducto Dakota Access. Mongabay. Recuperado de https://es.mongabay.com/2016/11/ee-uu-la-estrategia-siux-la-determinante-decision-oleoducto-dakota-access/

EntrePueblos. (s.f.). Protesta y resistencia Sioux a oleoducto en Dakota del Norte. Recuperado el [fecha de acceso], de https://www.entrepueblos.org/news/ddhh-extractivismo-5/

La pesadilla petrolera

Freddy Pacheco León

De 1920 a 1975 se perforaron 18 pozos profundos en la zona sur de Limón: 17 terrestres y uno marítimo.

En 14 pozos se obtuvieron muestras de petróleo y gas metano, que no nos dicen nada de las cantidades y calidades, que se podrían explotar comercialmente. La inversión en los procesos de exploración, son tan cuantiosas, que para el Estado costarricense sería imposible embarcarse en un proceso semejante, por lo que habría que dar concesiones a los foráneos interesados.

Ellos, de acuerdo con nuestra deficiente ley de Hidrocarburos, se llevarían hasta el 85% del valor del petróleo extraído, en caso de que éste fuere explotable. Mientras tanto, otras de las amenazas que son vitales para Costa Rica, son las ambientales. Factor innegable, fundamentalmente por el valor intrínseco de la biodiversidad y el paisaje, y porque el principal atractivo turístico de nuestro país es el todavía limpio contexto ambiental.

Lo que no puede desdeñarse, es que, al ser el turismo la principal fuente de divisas extranjeras y de empleo, no tiene sentido invertir en una actividad, como la petrolera, que eventualmente pudiere a afectar sensiblemente, el desarrollo turístico.

¡Es tan malo el «negocio», que cuesta entender cómo todavía hay costarricenses promoviendo algo tan nefasto para el país!

Ecuador dijo sí a la protección de la amazonia ecuatoriana: Parque Nacional Yasuní sin más petroleras

  • En una consulta popular histórica para el mundo y en una ruta clara hacia una sociedad post-petrolera

OILWATCH COSTA RICA; Fabian Pacheco y Mauricio Álvarez

Hoy se inicia un nuevo capítulo para Ecuador y para el mundo entero ante los resultados electorales para detener la explotación petrolera en Yasuní. Ayer 20 de agosto más de doce millones de ecuatorianos se dieron cita para escoger presidente y además votar contra el avance de las petroleras en lo que se considera el “corazón” de la amazonia ecuatoriana.

Con más del 98% de actas escrutadas, según el Consejo Nacional Electoral: el sí al Yasuní se impone con 58.99% con un total de 5 243 703 personas frente a un 41.01% a favor de la explotación petrolera que sumó a 3 645 334 personas. La pregunta que contestaron fue: “¿Está usted de acuerdo en que el gobierno ecuatoriano mantenga el crudo del ITT, conocido como bloque 43, indefinidamente en el subsuelo?”

El llamado “Bloque 43-ITT” ocupa un sector del Yasuní, un área natural protegida que abarca un millón de hectáreas y hasta donde se conoce alberga más de 2.000 especies de árboles y arbustos, 204 de mamíferos, 610 de aves, 121 de reptiles, 150 de anfibios y más de 250 de peces. Pero su principal función es ser parte de la casa de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario conocidos como “tagaeri”, “taromenane” y “dugakaeri”,

Ecuador ha definido en una consulta histórica detener la explotación petrolera en el Parque Nacional Yasuní. Este referéndum es fruto de un arduo proceso de más de dos décadas de trabajo de la sociedad ecuatoriana que comprende que la verdadera riqueza de este país se encuentra en su biodiversidad y no en el petróleo y la industria destructiva que lo extrae.

Esta decisión sin precedentes se nutre en una larga historia de desastres ambientales que han dañado de forma devastadora la salud de las comunidades y sus ecosistemas y que nutre la conciencia del pueblo ecuatoriano plasmada hoy en las urnas con un: sí a la vida, con un sí a la Amazonia y con un sí al Parque Natural Yasuní.

Ha sido un proceso de deliberación y discusión nacional muy rico, por primera vez se ha logrado llevar a tan alto nivel esta discusión ecológica y someter a consulta popular el futuro de los ecosistemas amazónicos. Este referéndum abre un nuevo capítulo para la defensa de la vida en el continente.

Los resultados de este referéndum constituyen un paso firme hacia la transición de una sociedad post petrolera en América Latina. Una transición justa hacia la reparación ecológica que hoy se muestra como una realidad posible que empieza a amanecer desde el centro de una América herida.

Esta es una gran oportunidad para pensar en cómo se va a desmantelar, cerrar y clausurar la infraestructura petrolera de forma responsable y ordenada. Se debe exigir el debido saneamiento ambiental. Se debe exigir la reparación y restauración ecológica. Las empresas responsables como lo es Petroecuador no pueden sencillamente desaparecer y abandonar las áreas de explotación y extracción sin hacerse responsables de los daños ambientales y sociales que resultan de su insostenible extracción, con el agravante de haberlo hecho dentro de un parque nacional dedicado a la conservación, siendo una de las áreas de mayor diversidad ecológica en el mundo.

Más allá de celebrar el triunfo en defensa de la vida, también es momento de estar vigilantes para la no repetición de este tipo de crímenes ecológicos, para que no se vuelva a cometer estos delitos ambientales que a todas luces han dañado el tejido socio-ecológico amazónico del Ecuador. Porque la extracción petrolera en Yasuní ha sido un crimen donde incluso se ha ocultado la presencia de pueblos indígenas en aislamiento voluntario y se ha evidenciado una criminal actitud del gobierno y las industrias extractivas en ignorarlos.

La consulta del Yasuní plantea una transición territorial que protege los ecosistemas, la vida y la Amazonia. Esta Consulta abre las puertas a un avance enorme para la humanidad ya que sin la Amazonia no sería posible la vida en el planeta.

La deuda ecológica de la industria petrolera también es un tema a discutir en el marco de esta consulta histórica y el desmantelamiento respectivo de su carcasa extractivista con todos sus costos económicos y ecológicos para el país. Petroecuador debe asumir su deuda ecológica y el caso de Yasuní es una buena oportunidad para estudiar las implicaciones de desmantelar dicha infraestructura.

Para Oilwatch Costa Rica ha sido un honor poder participar en calidad de observadores internacionales de estas elecciones y en este proceso en nuestro país hermano del Ecuador. Las organizaciones ecologistas, indígenas de Ecuador no están solas en esta contienda histórica y medular en defensa de la vida en el planeta. De corazón estamos con ustedes.

Sumada a la moratoria petrolera que Costa Rica ha mantenido desde hace más de veinte años a pesar de las presiones internacionales, este referéndum en Ecuador permite dilucidar la necesidad urgente de construir una sociedad post petrolera y llega a tejer y nutrir la resistencia que desde las comunidades locales y el ecologismo internacional hemos sabido sostener en defensa de la vida misma.

Hoy el Gobierno de Costa Rica nuevamente recae en la tentación de abrir dicho paraíso a la industria extractivista de gas sin ni siquiera respetar el consenso socio-político costarricense que ha sabido orientar el desarrollo nacional hacia actividades respetuosas para con la mega diversidad biológica que alberga el territorio costarricense. No sólo se retrata el gobierno de Chaves desde una perspectiva cavernaria, demagógica y desesperada, sino que delatan su irresponsable discurso trasnochado y anclado en el pasado que la humanidad debe superar.

Los resultados de los comicios en defensa del futuro del Planeta muestran el camino correcto para el buen desarrollo de la humanidad. Desde el centro del mundo hoy resplandecen los resultados de esta histórica consulta que alumbra hacia el futuro y remueve el crudo que no debe oscurecer la vida y la esperanza de una nueva humanidad en este hermoso planeta.

Fuente: https://elecciones2023.cne.gob.ec/Consultas/yasuni

¿Qué es el racismo ambiental?: Tema en el programa Saber Vivir de la Radio 870 UCR

El racismo ambiental fue un término acuñado en Estados Unidos por el investigador Benjamín Chavis, luego de observar contaminación química por los vertidos de industrias principalmente en barrios afroamericanos. El racismo ambiental hace referencia a la discriminación racial en las políticas ambientales; es la discriminación deliberada de las comunidades por alguna condición étnica para depositar residuos tóxicos o instalar industrias contaminantes. Las zonas para este tipo de actividades, usualmente, son las afueras de ciudades y las habitadas por comunidades tradicionales. Por ejemplo, en Brasil, el racismo ambiental afecta fuertemente tanto a comunidades urbanas periféricas, como a comunidades rurales tradicionales.

Este fue el tema abordado por el programa Saber Vivir, de la Radio 870 UCR. Con la compañía de Pamela Cunningham, fundadora de la Colectiva Costa Rica Afro, y de Valeria Montoya, docente e investigadora del programa de Kioscos Socioambientales de la Universidad de Costa Rica.

En el programa se exponen una serie de ejemplos relevantes que evidencian el racismo ambiental. Entre ellos el desplazamiento en la zona de Sao Pablo, en la región centro-oeste de Brasil, por parte de comunidades acaudaladas y blancas. También las afectaciones ambientales causadas por el monocultivo de la caña de azúcar en el Valle del Cauca, Colombia.  

Otros de los conflictos conocidos en este tema son el problema distributivo entre petroleras y el pueblo mapuche (originario de Argentina y Chile), y la contaminación sistemática de fuentes de agua en pueblos afrodescendientes en Ecuador.

Pamela Cunningham hace un énfasis en que el racismo ambiental es una forma de opresión que divide a la sociedad, donde un sector sufre de condiciones injustas con recursos medioambientales peligrosos, nocivos o tóxicos. Valeria Montoya señala que industrias como las mineras o las responsables de desechos electrónicos hacen un uso insostenible de la tierra y los bienes comunes de las comunidades menos privilegiadas, envolviéndolas en un ambiente no sano y que las deja aún más empobrecidas. 

Todos estos problemas se han visto en poblaciones discriminadas, como las afrodescendientes y las indígenas, donde se les despoja de la salud y de sus tierras ancestrales.

Entre las consecuencias del racismo ambiental está la violación de los derechos humanos más básicos, como el derecho a vivir en un ambiente sano. Además, constante sufrimiento e incertidumbre de perder los recursos naturales y ser privado de los bienes comunes. Cambios en las interacciones culturales que tienen las comunidades con la naturaleza por pérdida de elementos históricos, como ríos o zonas boscosas.

En Costa Rica este no es un problema ajeno. Un caso a la vista de todos, pero que suele ser pasado por alto, es el de los basureros. En el programa se resalta que los basureros suelen estar ubicados en comunidades marginales como los barrios más pobres o las zonas costeras, pero nunca en una zona acaudalada. Además, el caso del tóxico nemagón en el Caribe, donde las personas afectadas solamente recibieron una indemnización.

Para el futuro las exponentes invitan a identificar las situaciones de racismo ambiental en el país, exigir al gobierno políticas públicas que velen por la igualdad, presión de los grupos sociales para transmitir el entendimiento sobre la situación, apoyar a las organizaciones que luchan por la igualdad, y tener conciencia individual para tomar decisiones amigables con el ambiente. Hacen un llamado a levantar la voz ante situaciones que propicien el racismo ambiental.

Para cerrar Valeria Montoya menciona la importancia de reconocer nuestra propia historia para entender la profundidad de estos actos discriminatorios. Pamela Cunningham nos invita a ser activamente anti-racistas con actos concretos, que como pueblo pasemos de la mención a la acción.

Puede escuchar la charla completa en https://www.facebook.com/870UCR/videos/404625157998450.

“Decreto Pro Petroleras” en espera de un fallo de la Sala IV

Freddy Pacheco
Dr. Freddy Pacheco León

Consecuencia de un decreto ejecutivo dictado en 1998 por el Presidente José María Figueres y su Ministro de Ambiente René Castro (redactado por el entonces Secretario General de la Setena, Allan Astorga) las empresas petroleras extranjeras, como lo hiciera MKJ Xploration (luego Harken) pueden firmar contratos de explotación petrolera con el Estado, sin haber obtenido ANTES la aprobación de los estudios de impacto ambiental que mandaba el erosionado Reglamento a la Ley de Hidrocarburos.

Por eso, en el 2011 presentamos una acción ante el Tribunal Contencioso que pretende anular dicho decreto, para así restablecer todo el Capítulo Ambiental reglamentario que fuere derogado. De lograrse (¡como ya se había logrado en un fallo unánime y contundente en el 2013!) no se podría REPETIR lo sucedido con la transnacional MKJ Xploration que lograra firmar con el Presidente Miguel Ángel Rodríguez y la Ministra Elizabeth Odio, un contrato de explotación petrolera SIN CONTAR ANTES con un estudio de impacto ambiental propiamente dicho.

Y sucedió así porque el llamado DECRETO “PRO PETROLERAS” permite a las petroleras darle el nombre de “estudio de impacto ambiental” hasta a un proyecto de revisión bibliográfica o de reflexión sísmica sin impacto, para que, aprobado por la Setena dicho mal llamado “estudio”, puedan firmar con los más altos representantes del Estado, el compromiso formal contractual que les permita seguir adelante con los trámites conducentes a explotar petróleo en Costa Rica. Todo amparados en una Ley de Hidrocarburos que casi no dejaría beneficios ni siquiera financieros al Estado.

Cuando se presentó la acción hace seis años, tanto la Procuraduría como la petrolera Mallon Oil, alegaron que había vencido el tiempo para que se pudiera presentar la solicitud de anulación del decreto. Que el plazo había caducado y que no debería de conocerse el recurso. SIN EMBARGO, el Tribunal sentenció “que es posible impugnar los actos administrativos de alcance general con efectos normativos, mientras SUBSISTAN EN EL TIEMPO sus efectos continuados. Lo que se impugna es un acto de alcance general el cual si bien fue rubricado el 27 de febrero de 1998 y publicado en el Diario Oficial el día 17 de marzo siguiente, ha estado vigente y HA CONTINUADO SURTIENDO EFECTOS hasta la fecha”.

PERO cuando se esperaba un fallo igualmente favorable, pues el jueves 15 de diciembre prácticamente se repitió la vista oral en atención a un fallo dividido de la Sala I ordenándolo así, un hecho fortuito, ajeno al caso, ha obligado al Tribunal que esta vez le correspondió conocer los alegatos escritos y orales de ambas partes, dejar EN SUSPENSO el dictado de la sentencia que habría de darse en días pasados. Ello en virtud de que hay una Acción de Inconstitucionalidad presentada en el 2014 por la Asociación Nacional de Empleados Judiciales, contra el Transitorio III del Código que regula los procesos contenciosos, que también tiene relación con la alegada caducidad que ya había sido resuelta antes.

En vista de ello, el Tribunal nos comunicó que no debe dictar sentencia hasta que la Sala IV no resuelva, en fecha indeterminada, la acción presentada por empleados judiciales, por lo que seguimos en espera de que se resuelva lo que nos interesa.

Aclaramos que, en vista de que el Presidente Luis Guillermo Solís ha ampliado hasta el 2021, una MORATORIA que impide nuevas solicitudes de explotación petrolera en Costa Rica, los efectos del decreto son nulos en estos momentos. Lo cual se une al deseo que nos manifestara personalmente el expresidente José María Figueres, en el sentido de que ESTÁ DE ACUERDO en que se anule el decreto que él firmara al término de su mandato en 1998…

 

Dr. Freddy Pacheco León

Biólogo

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de www.petroleoamerica.com

Enviado a SURCOS por el autor.

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Juicio podría revivir Decreto Pro Petroleras

El juicio oral y público mediante el cual el Tribunal Contencioso Administrativo, por unanimidad, había anulado en sentencia del 12 de junio del 2013, el conocido como “Decreto Pro Petroleras”, emitido por el expresidente José María Figueres, por su ministro de Ambiente René Castro, sería realizado este jueves 15 de diciembre a las 8:30 de la mañana, en el mismo Tribunal, en el II Circuito Judicial, frente a la fábrica de Café Dorado, en calle Blancos, Goicoechea.

La petrolera Mallon Oil Company y la Procuraduría General de la República, alegaron que el señor juez había notificado la sentencia dos días después del plazo, y en votación de 3×2, la Sala Primera les dio la razón, por lo que hay que repetir el juicio.

Breve explicación

Antes del decreto ejecutivo Nº 26750-Minae el 27 de febrero de 1998, las empresas petroleras tenían que cumplir estrictos requisitos ambientales para acceder a la firma con el Estado, de los contratos para explotación de hidrocarburos. El decreto Figueres Castro, emitido cuando ya se había adjudicado la licitación para explotación petrolera a la empresa Harken Oil (antes MKJ Xploration) le permitió a ésta firmar el contrato de exploración y explotación de petrolera, sin tener que cumplir con la presentación de un estudio de impacto ambiental integral que señalaba el Reglamento a la Ley de Hidrocarburos de 1995.

Y sucedió así pues el decreto que aspiramos anular, eliminó los 20 artículos del Reglamento a la Ley de Hidrocarburos, del Título “De la Protección Ambiental – Del Estudio de Impacto Ambiental –“ que formaba parte de los requisitos necesarios para que las empresas petroleras pudieran suscribir contratos de explotación petrolera con el Estado. Al suceder así, la empresa Harken suscribió el respectivo contrato con el Presidente Miguel Ángel Rodríguez y su ministra Elizabeth Odio, año y medio después de la publicación del decreto…Decreto mediante el cual se sustituye ese importante requisito, por la presentación de “proyectos” que, según las normas de Setena no requieren estudio de impacto ambiental, alguno pues se trata de actividades de muy bajo impacto, como son un estudio de reflexión sísmica o un “proyecto” de estudio bibliográfico, como sucediera con las petroleras Harken y Mallon Oil, respectivamente.

Proyectos que, ante el “muy especial” decreto ejecutivo, la Setena consideró obligatorio ver como “proyectos” y los documentos como “estudios de impacto ambiental”, por lo que les otorgó, en su momento, la “viabilidad ambiental”.

En la sentencia apelada, según el Tribunal, ni la Procuraduría ni la Mallon Oil demostraron en el juicio “Que la realización de un Estudio de Impacto Ambiental único o total desde el inicio de las etapas de una concesión para la exploración y explotación de hidrocarburos sea muy oneroso e innecesario”, argumento esgrimido en defensa del decreto que favorece a las empresas petroleras en general- Los testigos no pudieron demostrar, según el Tribunal, la existencia de “parámetros técnicos y científicos que dan sustento al reglamento impugnado” -.

Lo que pretendemos lograr nuevamente este jueves 15 de diciembre, es que a partir de su anulación, toda empresa petrolera (china, latinoamericana, estadounidense, etc.) interesada en explotar petróleo en Costa Rica, deba antes de firmar los respectivos contratos de explotación petrolera con el Estado, elaborar un verdadero Estudio de Impacto Ambiental para con él, buscar la declaratoria de viabilidad ambiental de parte de la Setena, según lo determinaba el derogado Título del Reglamento, emitido acorde con la Ley de Hidrocarburos (art.41), la Ley Orgánica del Ambiente (art.17) y reafirmado eventualmente por la Ley de Biodiversidad.

 

Dr. Freddy Pacheco León

Biólogo

Especialista en estudios de impacto ambiental

 

Imagen con fines ilustrativos tomada de www.petroleoamerica.com

Enviado por Dr. Freddy Pacheco León.

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