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Etiqueta: Poder Judicial

Solicitud pública de la judicatura nacional a Corte Plena por personal auxiliar

Piden autorizar al personal auxiliar a quedarse en sus casas para cumplir el distanciamiento social y cierre de atención al público

SURCOS recibió el siguiente documento así como la respuesta de magistradas y magistrados que se puede descargar al final:

“Nosotros, jueces y juezas de la República, de todas las materias y partes del país, por medio de la presente hacemos un vehemente y enérgico llamado a los señores magistrados y señoras magistradas para que —debido a la situación de emergencia nacional ante la pandemia decovid-19 que afronta el país y la drástica elevación de los casos que ya han ocasionado la primera muerte— se adopten, de inmediato, los acuerdos necesarios para que se permita que el personal auxiliar y subalterno de esta institución, baluarte en la protección de los derechos de todas las personas, pueda permanecer en sus casas con sus familias, acatando las disposiciones del Ministerio de Salud para la protección de su integridad física y la de sus familias y se cierre la atención al público en la institución, salvo las salvedades usuales en este tipo de situaciones.

Debe tenerse en cuenta que los y las auxiliares de la administración de justicia, que ocupan la base de la “pirámide judicial”, son las personas más expuestas al contagio, dado que deben hacer uso de los medios de transporte público y atender a usuarios/as, en despachos abarrotados y, en muchas ocasiones, con condiciones inadecuadas de trabajo, situación distinta a la de quienes ostentamos puestos profesionales, magistratura incluida, cuyas condiciones son mucho más favorables. Por ello, las diferentes medidas que se han adoptado (teletrabajo sin posibilidad de acceso a sistemas informáticos o la reducción de la jornada laboral) no tienen posibilidad de disminuir estos factores de riesgo y se tornan inadecuadas para paliar el contagio.

Los y las firmantes nos comprometemos a mantenernos en nuestras funciones a fin de disminuir el impacto que tal medida pueda tener en el servicio de justicia”.

Dado en San José, Costa Rica, a las 18:00 horas del 18 de marzo de 2020.

Firmas:

Jueces y juezas del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de San José

1.- Rosa María Acon Ng, cédula 700880120.

2.- Alfredo Araya Vega, cédula 303540110.

3.- Jorge Luis Arce Víquez, cédula 106250684.

4.- Maribel Bustillo Piedra, cédula 106830430.

5.- Melissa Campos Guzmán, cédula 10149400419.

6.- Marianella Corrales Pampillo, cédula 108980014.

7.- Rosaura Chinchilla Calderón, cédula 107260142.

8.- Gustavo Gillen Bermúdez, cédula 108250226.

9.- Manuel Gómez Delgado, cédula 109650871.

10.- Kattia Jiménez Fernández, cédula 401580862.

11.- Edwin Esteban Jiménez González, cédula 108580476.

12.- Rafael Mayid González González, cédula 109020374.

13.- Raúl Madrigal Lizano, cédula 0109150038.

14.- Giovanni Mena Artavia, cédula 107100029.

15.- Laura Murillo Mora, cédula 107480405.

16.- Francini Quesada Salas, cédula 107680495.

17.- Gustavo Adolfo Rojas Gutiérrez, cédula 110950534.

18.- Ana Isabel Solís Zamora, cédula 108460851.

19.- Alejandra Valenciano Chinchilla, cédula 1011040484.

20.- Patricia Vargas González, cédula 108860238.

21.- Iris Valverde Usaga, cédula 105590201.

Jueces y juezas del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil

22.- Erick Alonso Calvo Rojas, cédula 204330701.

23.- Flory Chaves Zárate, cédula 204030471.

24.- Jorge Camacho Morales, cédula 105480849.

25.- Gustavo Jiménez Madrigal, cédula 204560480.

26.- Helena Ulloa Ramírez, cédula 107110370.

27.- Rafael Segura Bonilla, cédula 401460866.

Jueces y juezas del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago

28.- Ivette Carranza Cambronero, cédula 108520427.

29.- David Alberto Fallas Redondo, cédula 108350935.

30.- Xiomara Gutiérrez Cruz, cédula 1010120159.

31.- Marco Mairena Navarro, cédula 502350939.

32.- Jaime Robleto Gutiérrez, cédula 800680284.

Jueces y juezas del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste

33.- José Manuel Cisneros Mojica, cédula 1010730255.

34.- Cynthia Dumani Stradtmann, cédula 106520057.

35.- Wilson Flores Fallas, cédula 108980536.

36.- Marlene Mendoza Ruiz cédula 502790730.

37.- Rodrigo Obando Santamaría, cédula 107800204.

Jueces y juezas del Juzgado Agrario del II Circuito Judicial, Zona Atlántica

38.- Esteban Castillo Zúñiga cédula 10135300662.

39.- Elsa Centeno Jiménez, cédula 7113831.

40.- Geison López Barrantes, Juez Coordinador.

41.- Mayra Matamoros Rodríguez. cédula 107030728.

Jueces y juezas del Tribunal de Juicio de Quepos

42.- Maureen Víquez Córdoba, cédula 303200851.

43.- Hernán Enrique Moya Ureña, cédula 303470175.

44.- Johanna Bogantes Madrigal, cédula 109700436.

Jueces y juezas del Juzgado Penal de San Carlos

45.- Jeffrey Antonio Quesada Arroyo, cédula 2-0649-0316.

46.- Ivannia María Ramírez Hidalgo, cédula 2-0644-0977.

47.- Joselyn Villegas Araya, cédula 2-0672-0153.

Jueces y juezas del Tribunal Contencioso Administrativo

48.- Rosa Cortés Morales, cédula 1-0611-0837.

49.- Dr. Carlos Humberto Góngora Fuentes, cédula 303410335.

50.- Lindsay Rodríguez Cubero, cédula 1-1056-0070, jueza 3.

51.- José Martín Conejo Cantillo cédula 1-1058-0503.

52.-M.Sc. Eduardo González Segura, Juez decisor, Sección Segunda.

53.- Cynthia Abarca Gómez, cédula 1-764-404.

54.- José Roberto Brenes Chinchilla, cédula 107030314.

55.- Karla Madriz Martínez, cédula 3-0344-0025.

56.- Daniel Aguilar Méndez, cédula 3-0371-0684.

57.- José Roberto Garita Navarro, cédula 109280100.

Jueces y juezas del Juzgado Penal Juvenil de San José

58.- Lic. Danilo Segura Mata, cédula 0107470857, Juez Coordinador.

59.- Master Lucy Jiménez Jiménez, cédula 0105850816.

60.- Máster Laura Trejos Ramírez, cédula 0111520968.

61.- Licda. María Fernanda Herra Jiménez, cédula 0115040208.

62.- Máster Diego Barquero Segura, cédula 112990647.

Jueces y juezas del Tribunal de Apelaciones Civil y de Trabajo de la Zona Atlántica, Sede en Limón

63.- Guillermo Guilarte Corrales, cédula número 1-0721-0961.

64.- Alberto Cesar Juárez Gutiérrez, cédula número 5-0328-0870.

65.- Luis Esteban Araya Ugalde, cédula número 1-0860-0133.

Jueces y juezas del Juzgado de Tránsito del II Circuito Judicial de San José

66.- Ana Catalina Campos Ramírez, cédula 108310491.

67.- Marta Carolina López Espinoza, cédula 502840056.

68.- Tatiana Murillo Jara, cédula 401600673.

69.- Ileana Loáiciga Calderón, cédula 107070843.

70.- Mauren Ortiz Cerdas, cédula 303540070.

71.- Hans Leandro Carranza, cédula 303020068.

Jueces y juezas del Tribunal de Juicio de Alajuela

72.- Alberto García Chaves, cédula 1-1125-0346.

73.- Christian Quirós Alfaro, cédula 1-1657-435.

74.- Adrián Montero Carranza, cédula 2-480-806.

75.- Marianela Vargas Cousin, cédula 6-178-798.

76.- Giovanni Hernández Martínez, cédula 1-1035-0410.

Juzgado de Violencia Doméstica de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita.

77.- Frania Emilia Rojas Vindas, cédula 1-893-608.

78.- Carmen Ligia Chacón González, cédula 1-891-810.

Jueces y juezas del Juzgado Penal de Puntarenas

79.- Jordan Josué Nelson Martínez, cédula 07-021210882.

80.- Luis Daniel Montero Rojas 04-0202-0980.

81.-Jeinny Blanco Quesada 02-0582-0599.

82.- Mariela Quesada Campos cédula 07-0196-0611.

Jueces y juezas de diversos despachos del país

83.- Jenny Aguilar Brenes, cédula 303530134, Juzgado Penal de Alajuela.

84.- Mariana Howell Blanco, cédula: 1-1317-0718, jueza en el Juzgado Tercero Especializado de Cobro del I Circuito Judicial de San José.

85.- Oscar Cruz Conejo cedula 30241034, Juez del Tribunal de Apelación Civil y Laboral de Cartago.

86.- Xinia González Grajales, jueza. Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil de Puntarenas.

87.- Doralicia Orozco Camacho, cédula 109660188.

88.- Adriana Orocú Chavarría, cédula 303170898, jueza en el Juzgado Primero Civil de San José.

89.- José Barrantes Chan, cédula 602840477, juez supernumerario en Quepos.

90.- Ruth Alpízar Rodríguez, cédula 1-801-916, jueza Agraria de Liberia.

91.- Laura Chinchilla Rojas, cédula 1013160172, jueza del Tribunal de Juicio de Heredia.

92.- Estéfana Brenes Alfaro, cédula 1-910-772, jueza coordinadora Juzgado de Tránsito de Desamparados y Aserrí.

93.- Dr. Juan Carlos Alvarado Miranda, cédula 401300930, Juez del Juzgado de ejecución penal de Alajuela.

94.- Sandra Yorleny Tenorio Sánchez, cédula 5-219-979, Juzgado de Trabajo, Primer Circuito de San José.

95.- José Alberto Rojas Chacón, cédula 108340614. Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Alajuela, San Ramón.

96.- Susana Cristina Mata Gómez, Juzgado II especializado de Cobro, I Circuito Judicial de San José.

97.- María José Badilla Montes, cédula 113740745, Jueza en el Juzgado de Trabajo de Puntarenas.

Jueces y juezas en los Tribunales de Pérez Zeledón

98.- Manuel Fallas Calderón, cédula 109260942. Juez penal.

99.- José Luis Cambronero, cédula 106040350, jueza en materia penal.

99.- César Lara Fallas, 1-1302-0354. Tribunal de Juicio.

100.- Kiabeth Valverde Araya, cédula 1017110475. Tribunal de Juicio.

101.- Bryan Mejías Corrales, cédula 1016710832, Tribunal de Juicio.

102.- Daunett R. Chinchilla Segura, cédula 1015170476, Tribunal de Juicio.

103.- Carlos Adolfo Calderón Bogantes, cédula 1-0954-0798, Tribunal de Juicio.

104.- Katherine Agüero B., cédula 1-1536-0467, Tribunal de Juicio.

105.- Franz Loney Castro Solís, cédula 2-0575-0224, Tribunal de Juicio.

106.- Harol Ríos Solórzano, cédula 1-1288-0207, Tribunal de Juicio.

107.- Nikole Castro Mora, cédula 1017340017. Tribunal de Juicio.

107.- Hellen Hidalgo Ávila 1-1205-0338, Juzgado Civil y laboral.

108.-Norman Herrera Vargas 2-0513-0564, Juzgado Civil y laboral.

109.-Rafael Rojas 1-0746-0394, Juzgado Civil y laboral.

110.- Enar Venegas Pérez, 1-1100-0758, Juzgado Civil y laboral.

Jueces y juezas del Tribunal Penal del II Circuito Judicial de San José

111.- Hugo Porter Aguilar, 01-0731-0052.

112.- Adriana Tenorio Jara, 01-1044-0271.

113.- Alfredo Arias Calderón, 06-0215-0285.

114.- Yanan Chacón Mena, 01-1305-0239.

115.- Sergio Quesada Carranza, 1-0748-0131.

116.- Hannia Soto Arroyo, 01-0875-0490.

117.- Franz Paniagua Mejía, 01-0634-0520.

118.- Ivannia Delgado Calderón, 07-0125-0539.

119.- Mercedes Muñoz Campos, 01-1009-0474.

120.- Erika Calvo Navas, 09-0087-0465.

121.- Sharin Acuña Ruíz, 01-1261-0276.

122.- Ana Raquel Salas Bolaños, 01-1400-0194.

123.- Rosaura García Aguilar, 01-0626-0862.

124.- Maureen Iong Ureña, 01-0815-0990.

Jueces y juezas del Juzgado de Cobros del II Circuito Judicial de San José

125.- Susana Mata Gómez, cédula 113870756.

126.- Jenny Corrales Torres, cédula 113090580.

127.- Giovanni Morales Mora.

128.- Fiorella Guzmán Valerio, cédula 114750195.

129.- Isabel Castillo Navarro.

130.- María Vargas González.

Jueces y juezas de Corredores

131.- Andrea Arauz Cabrera, cédula 603190013, Jueza del Tribunal Penal de Corredores.

132.- Irma Zúñiga Rodríguez, cédula 113810733, Jueza del Tribunal Penal de Corredores.

133.- Doni Pantón Moya cédula 701210171, Juez del Tribunal Penal de Corredores.

134.- Luis Guillermo Miranda Blanco, cédula 502900998, Juez del Tribunal Penal de Corredores.

135.- Yamila Ulate Young, cédula 109250150, Jueza del Tribunal Penal de Corredores.

136.- Kenneth Monge Palma, cédula 701640503, Juez del Tribunal Penal de Corredores.

137.- Víctor Rivera Mora, Juez del Tribunal Penal de Corredores.

138.- Diana Vargas B., Jueza del Tribunal Penal de Corredores.

139.- Lester J. Villalobos Gallardo, Juez del Tribunal Penal de Corredores.

140.- Melany Valdés Duarte, cédula 603410804, Jueza del Tribunal Penal de Corredores.

141.- Gregory Chinchilla Lázaro, cédula 604150634, Juez del Tribunal Penal de Corredores.

142.- Catiana Delgado Trujillo, cédula 603230543, Jueza del Tribunal Penal de Corredores.

143.- Yolanda Venegas Caballero, cédula 602700438, Jueza del Tribunal Penal de Corredores.

144.- Sergio López Arias, cédula 205310810, Juez del Tribunal Penal de Corredores.

145.- Alicia Anchía Delgado, cédula 110060573, Jueza del Tribunal Penal de Corredores.

146.- Daniel Venegas Carrillo, cédula 604110174, Juez del Tribunal Penal de Corredores.

147.- Seidy Ugalde Almengar, cédula 602440918, Jueza del Tribunal Penal de Corredores.

148.- Wilbert Vallecillo.

Foto: UCR

Respuesta de magistradas y magistrados:

Costa Rica es una democracia disfrazada de legalidad

  • Estudio describe el mecanismo por el cual se logra una ‘‘concertación’’ de voluntades entre los tres poderes de la República

Manuel Antonio Solís Avendaño, investigador del Instituto de Investigaciones Sociales de la Universidad de Costa Rica (IIS-UCR). Solís señaló que su texto es producto de la institucionalidad que representa la Universidad, desde la cual es posible contar con el espacio y soltura de la academia y producir investigación de este tipo, la cual puede ser base para lograr transformaciones necesarias. «Después puede ser difícil», advirtió el académico (foto: Anel Kenjekeeva).

“Todo sistema autocrático empieza por controlar a sus jueces”, señaló el exmagistrado José Manuel Arroyo Gutiérrez al resumir lo descrito en el libro Costa Rica: la democracia de las razones débiles (y los pasajes ocultos), del investigador Manuel Antonio Solís, presentado el pasado 8 de agosto de 2018, en la Facultad de Derecho.

El documento de 500 páginas evidencia un sistema por el cual, desde hace décadas en Costa Rica, se logran concertar voluntades, a favor de partidos políticos específicos o de intereses personales concretos, entre los distintos poderes de la República.

El engranaje se revela a partir del estudio de los nombramientos de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, por los diputados de la Asamblea Legislativa. Tales designaciones se realizan con procedimientos que cambian de forma constante y que se acomodan a los candidatos de preferencia.

El autor de la investigación, liderada por el Instituto de Investigaciones Sociales de la Universidad de Costa Rica (IIS-UCR), señaló que los procesos para elegir a los magistrados son “perfectamente legales” e, incluso, calificados de procesos democráticos, pero advierte que también son procesos completamente incomprensibles para la ciudadanía.

¿Por qué se terminó eligiendo a quien no participó del proceso de elección?, ¿por qué el de mayor puntaje no queda electo?, ¿por qué los candidatos hacen lobby político para ser elegidos y qué negocian con los diputados en esos espacios?

Solís explicó que contrario a los procesos de elección popular, como las votaciones que se realizan para decidir quiénes ostentarán el poder ejecutivo y el legislativo (de las cuales todos nos sentimos de alguna manera orgullosos), las designaciones de los magistrados de la República reflejan un caudillismo y opacidad.

Portada del libro: Costa Rica: La democracia de las razones débiles (y los pasajes ocultos) (foto: Anel Kenjekeeva).

Además, el investigador advierte que de esa misma manera se eligen en Costa Rica al defensor o defensora de los habitantes y al contralor o contralora general de la República. Estos casos también quedaron documentados en la publicación.

Información reveladora en el momento preciso

El libro de Solís sale a la luz pública justo en un momento en que hay ocho nombramientos de magistrados pendientes, designaciones que serán resueltas por los actuales miembros de la Asamblea Legislativa. Este es un hecho relevante, señaló el exmagistrado Arroyo, pues quienes sean electos van a aplicar la Ley en Costa Rica, seguramente por los próximos 20 años.

El exmagistrado José Manuel Arroyo Gutiérrez denunció que el nuevo procedimiento de nombramientos que usará la actual Comisión de Nombramientos de la Asamblea Legislativa da un 40% del total del proceso selectivo a la entrevista. Arroyo consideró que este era un porcentaje muy amplio de uso subjetivo, el cual se ha utilizado en otras ocasiones para desvalorizar los criterios objetivos de la selección (foto: Anel Kenjekeeva).

En esta oportunidad, la Asamblea realizará las designaciones con, otra vez, un nuevo procedimiento, el cual le ha dado a una entrevista subjetiva el valor de 40%.

Tampoco este nuevo procedimiento cumple con los estándares internacionales que se siguen para proteger la independencia de los tres Poderes de la República.

El estudio, igualmente, logra profundizar en toda la institucionalidad costarricense; en particular, trabaja los límites de la llamada división de poderes y la reivindicación fundamental de la tradición liberal republicana desde el siglo XVIII.

La abogada y politóloga Sara Barrios Rodríguez cometó que la ciudadanía debe enterarse de quiénes son y cómo piensan los que se encargan de la aplicación de la justicia en el país; además, debe controlar y opinar sobre ello (foto: Anel Kenjekeeva).

Tres explicaciones

Manuel Antonio Solís, autor del libro e investigador del IIS-UCR, reconoce que toda esta construcción de vínculos entre los distintos poderes tiene su génesis en la lucha bipartidista entre el Partido Liberación Nacional y el Partido Unidad Social Cristiana, en los años 80 y 90.

De igual modo, advierte que este mecanismo es hijo de la apertura económica y de la Reforma del Estado que se promovió en los 90, en la cual hubo acuerdos entre las fuerzas del bipartidismo. Al respecto, en la presentación del libro se comentó que los nombramientos realizados en ese momento por la Asamblea Legislativa fueron casi de “uno para ti y otro para mí”.

Audiencia del 8 de agosto de 2018, en el miniauditorio de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, Sede Rodrigo Facio, durante la presentación del libro: “Costa Rica: la democracia de las razones débiles (y los pasajes ocultos)” (foto: Anel Kenjekeeva).

La reforma en los 90 al reglamento de nombramientos buscó profesionalizar de alguna manera este proceso y ser una respuesta al claro malestar dentro del Poder Judicial sobre estas designaciones. También, la misma apertura económica del país obligó a cambios solicitados por los organismos internacionales.

Sin embargo, en Costa Rica aún no hay una reforma clara en este sentido. Al respecto, los comentaristas de la investigación, la Dra. Sara Barrios y el exmagistrado Arroyo, aseguraron que solo una profunda transformación de la política dominante puede solventar estas repudiables relaciones entre los poderes de la República.

El llamado es a despertar una ciudadanía vigilante, que desde mucho sectores cuestione a los diputados sobre quiénes serán nuestros magistrados. En momentos de una gran discusión nacional sobre temas polémicos, es necesario saber qué piensa un futuro magistrado sobre el aborto o sobre el matrimonio igualitario. La abogada y politóloga Sara Barrios recordó que ningún sujeto (solo por el hecho de serlo) es objetivo y, ante esa realidad, la ciudadanía debe conocer a quienes le juzgan.

 

Gabriela Mayorga López

Periodista, Oficina de Divulgación e Información

 

Fuente original: https://www.ucr.ac.cr

Compartido con SURCOS por Juan Carlos Cruz Barrientos.

Lucha social y criterio jurídico complican plan fiscal del gobierno

Entre sábado 29 y domingo 30 de setiembre las organizaciones sindicales que forman parte de la Unidad Sindical acordaron no aceptar el documento de arreglo con el gobierno, que proponía el inicio de una comisión de diálogo sin garantizar que el actual expediente 20,580 sería modificado. Eso implica, como ha circulado en redes digitales, que la huelga continúa.

A ese panorama de lucha social se suman acciones en el campo jurídico, como la presentación de un recurso de amparo por parte de pueblos indígenas por la ausencia de consulta sobre un tema que les afecta, esto, acorde con el Convenido 169 que Costa Rica firmó con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Este documento, compartido en redes digitales, puede consultarse aquí:

Recurso de Amparo de Laura Espinoza Bejarano

A lo anterior, siempre en el campo jurídico, se suma el criterio ya conocido en torno a que el trámite del plan fiscal no ha seguido la ruta correcta, pues al afectar la organización y el funcionamiento del Poder Judicial requiere mayoría calificada (38 votos) y por tanto no se puede aplicar la llamada vía rápida que ha seguido el proyecto.

En este enlace del Semanario Universidad puede conocerse a fondo este tema:

https://semanariouniversidad.com/pais/criterio-de-la-corte-que-podria-traerse-abajo-la-reforma-fiscal/

SURCOS ha publicado material didáctico acerca de este tema, para localizarlo en nuestra página puede utilizar el buscador con las siguientes palabras clave: material didáctico fiscal.

Poder Judicial se compromete ante representantes de pueblos indígenas de la Zona Sur a investigar judicialmente la impunidad

  • EL PASADO VIERNES 24 DE AGOSTO LA COMISIÓN DE ACCESO A LA JUSTICIA PARA LOS PUEBLOS INDÍGENAS DEL PODER JUDICIAL SE COMPROMETIÓ, ANTE REPRESENTANTES DE PUEBLOS Y TERRITORIOS INDÍGENAS DE LA ZONA SUR, A INVESTIGAR JUDICIALMENTE LA IMPUNIDAD PRESENTE EN EL PROCESO DE RECUPERACIÓN DE TIERRAS-TERRITORIOS
  • COMUNIDADES Y ORGANIZACIONES PIDEN QUE LOS CASOS DENUNCIADOS SEAN LLEVADOS A LA INSPECCIÓN JUDICIAL Y SE ESTABLEZCAN LAS SANCIONES Y MEDIDAS CORRESPONDIENTES

 

6 de setiembre 2018. Desde el 23 de enero de 2018 la Coordinadora de Lucha Sur Sur (CLSS), con el apoyo de la Defensoría de los Habitantes, se dio a la tarea de gestionar una reunión con el Poder Judicial. Cita que pretende contribuir a la lucha por el acceso a la justicia de pueblos indígenas y a disminuir la impunidad presente en los ataques que sufren estos pueblos a raíz del proceso legítimo y legal de recuperación de tierras-territorios indígenas.

Esta reunión fue realizada el viernes 24 de agosto en Buenos Aires. A ella asistieron representantes de distintos pueblos y de los territorios indígenas de Salitre, Cabagra, Rey Curré y Térraba, representantes campesinos de Finca Chánguina y Térraba, distintas juezas, jueces, representantes de la defensa pública, la fiscalía, la Contraloría de Servicios y otras instancias del Poder Judicial de la Zona Sur y Carmen María Escoto, quién además de coordinar la Comisión de Acceso a la Justicia para los Pueblos Indígenas es la Vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia.

Los y las representantes indígenas dejaron en evidencia las sistemáticas agresiones que viven los pueblos indígenas en los procesos de recuperación de tierra-territorio, donde la respuesta institucional ha sido la impunidad. Esto es evidente al constatar que ninguno de los agresores plenamente identificados ha sido condenado, además de que distintas denuncias han sido desestimadas por considerarse falsamente como un conflicto entre indígenas.

Asimismo, las personas indígenas interpelaron a las autoridades en relación a la imposición que representa las Asociaciones de Desarrollo Indígena (ADI) para los pueblos indígenas que cuentan con otras formas organizativas y tradicionales, como lo son los Consejos de Mayores y Mayoras, Consejos Territoriales, entre otras. Otro de los aspectos denunciados corresponden a la acción y omisión cometida por las personas funcionarias judiciales de Buenos Aires; entorpeciendo el acceso a la justicia para los pueblos originarios.

Todas las denuncias expuestas en la reunión fueron presentadas en documentos que quedaron en manos del Poder Judicial. Ente que se comprometió a presentar ante la Inspección Judicial cada uno de los casos denunciados por las personas indígenas presentes en la reunión, para que sean debidamente investigados; lo que podría generar sanciones administrativas y/o judiciales a las y los funcionarios implicados.

Ante ello, reiteramos nuestro compromiso con la lucha de los pueblos indígenas y su proceso de recuperación de tierra y territorio y denunciamos, nuevamente, la impunidad sistemática presente en el proceso. No es posible que la dignidad y el acceso a la justicia sea negada a los pueblos indígenas.

 

Para mayor información: Felipe Figueroa (Territorio de Salitre) 8409-9129, Elí Ortiz (Territorio de Cabagra) 8587-1496, Dinora Estrada (Territorio Rey Curré) 8793-5004, Robert Morales (Territorio recuperado Crun Shurin) 8699-4843.

ORGANIZACIONES FIRMANTES:

Consejo de Mayores y Mayoras Iriria Jtechö Wakpa de Cabagra

Consejo Ditsö Iriria Ajkönuk Wakpa de Salitre

Consejo Regional Indígena Pacífico Sur de Yimba Cajc (Rey Curre)

Consejo de Mayores Broran de Térraba

Recuperadores Nasö Broran de Finca Crun Shurin

Comité de parceleros de Finca San Andrés

Cootraosa R.L

Comité por la tierra de Finca Chnguina.

Voces Nuestras

Ditsö

 

Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por Nery Chaves.

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Comunidades indígenas se reúnen con Poder Judicial

Hoy viernes 24 de agosto de 2018, delegados de organizaciones y comunidades indígenas del sur del país, que asisten a la Coordinadora de Lucha Sur Sur, participaron en una sesión de trabajo con la Subcomisión de Acceso a la Justicia para los Pueblos Indígenas del Poder Judicial.

Próximamente se darán a conocer los detalles y resultados de esta importante reunión.

 

Coordinadora de Lucha Sur Sur.

Voces Nuestras.

Ditsö.

 

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Marcha: El pueblo soberano al rescate del Poder Judicial

Enterremos la impunidad y la corrupción

 

El pasado 21 de julio se realizó en la Plaza de la Cultura, al acto: El pueblo soberano al rescate del Poder Judicial. Enterremos la impunidad y la corrupción.

La marcha fue convocada por el Movimiento Ciudadano por la Dignidad Nacional y se realizó con la finalidad de poner en evidencia a las y los magistrados que se opusieron a una sanción correcta de los 4 magistrados de la Sala III y se entregó un manifiesto con las principales acciones que deberán tomarse para que los y las costarricenses podamos volver a confiar en este Poder de la República.

Compartido en redes digitales digitales por Adri Herrera y otras personas.

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Convocatoria: El pueblo soberano al rescate del Poder Judicial. Enterremos la impunidad y la corrupción

Se convoca a la ciudadanía a que asista este próximo sábado 21 de julio a las 10 a.m. en la Plaza de la Cultura, al acto: El pueblo soberano al rescate del Poder Judicial. Enterremos la impunidad y la corrupción.

Será un acto en se llevará un ataúd hasta la plaza de la Justicia con fotos de corruptos y 10 con signos de pregunta en representación de los 10 votos secretos de los magistrados que se opusieron a una sanción correcta de los 4 magistrados de la Sala III y se entregará un manifiesto con las principales acciones que deberán tomarse para que los y las costarricenses podamos volver a confiar en este Poder de la República. Durante el acto habrá oportunidad para la participación de público y de artistas nacionales.

 

CONVOCA: Movimiento Ciudadano por la Dignidad Nacional.

ORGANIZAN: Movimiento de Ciudadanía que Construye Territorios Seguros; Estado Laico CR; FEITEC 80s; Sitrajud (pc); Sindicato OIJ (pc); entre otros.

Marcha por el rescate del Poder Judicial
Imagen compartida en redes sociales.

 

Imagen con fines ilustrativos tomada de www.ucr.ac.cr

Circulado en redes sociales y enviado por Romano Sancho y Flora Fernández.

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Territorios Seguros participó en Taller para la co-creación del Plan de Acción de la Política de Justicia Abierta

El 7 de junio estuvimos en el evento organizado por el Poder Judicial denominado

Taller para la co-creación del Plan de Acción de la Política de Justicia Abierta con la participación de la experta de EUROsociAL+, Sandra Elena Sanz.

Allí se reconoció nuestra labor, pero sobre todo debemos entender la responsabilidad que debe asumir la ciudadanía de dejar de quejarse y empezar a definir el rumbo político que debe tener nuestra institucionalidad.

La tarea que asume el Poder Judicial, no es más que el llamado a la ciudadanía a co-crear la política pública de lo que debe ser la justicia de nuestro país.

Territorios Seguros participo en Taller para la cocreacion del Plan de Accion
En la foto se aprecia al magistrado Román Solís durante su intervención. El alto juez es un impulsor de la participación ciudadana.

 

Texto e imágenes enviadas por Carlos Campos Rojas.

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Los Territorios Seguros no dejan de estar en actividad

los-territorios-seguros-no-dejan-de-estar-en-actividad2

Esta semana estuvimos invitados al Congreso Internacional de Justicia Abierta, organizado por el Poder Judicial.

Ahí hicimos varios contactos internacionales y pudimos conocer los argumentos que maneja el Poder Ejecutivo y el Legislativo al respecto. Fue sumamente interesante.

Doña Zarella nos mostró su reconocimiento por la labor que desempeña la Ciudadanía que Construye Territorios Seguros.

Los Territorios Seguros de Los Veteranos de San Gerardo de La Rita, organizaron una actividad para festejar a los niños el domingo 4 de diciembre; contaron con el apoyo del comercio y de ciudadanía que se identifica con el proceso.

La señora alcaldesa ofreció su apoyo, sin embrago al final no se concretó.

También el Territorio Seguro Cocles, consecuente con su responsabilidad de darle un giro al Centro Educativo, se hicieron presentes a limpiar y chapear las áreas verdes, tarea que no había sido realizada por la Junta de Educación y la anterior directora que fue suspendida.

 

Texto e imágenes enviadas por Carlos Campos de Territorios Seguros.

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Pueblos indígenas en Salitre: CIDH solicita medidas cautelares a Costa Rica

Nicolas Boeglin (*)

Informe Salitre Observatorio de Derechos Humanos y Autonomía Indígena6

El 30 de abril del 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitó a Costa Rica medidas cautelares en favor de las poblaciones indígenas Teribe y Bibri ubicadas en Salitre. Una llamada de atención que viene a recordar una deuda histórica del Estado costarricense con relación a los derechos de las comunidades indígenas y la desprotección a la que son sometidos los indígenas en sus propios territorios.

 

El pasado 30 de abril del 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH) decidió solicitar a Costa Rica medidas cautelares en aras de proteger la vida y la integridad física de las poblaciones indígenas Teribe y Bibri ubicadas en Salitre de Puntarenas. Se trata de un territorio indígena en el que desde varios años las comunidades indígenas intentan recuperar sus tierras, ocupadas por finqueros y empresarios. La situación en Salitre de los indígenas con relación a la ocupación de las tierras por no indígenas se repite en gran parte de los territorios indígenas de Costa Rica, debido a la inercia estatal (ver nota de prensa). Un análisis reciente de un especialista para el Estado de La Nación (ver informe de Rubén Chacón Castro) sobre la aplicación de la normativa en la materia indica que: “En general, la gran mayoría de los casos expuestos tienen que ver con que no hay voluntad política que posibilite la aplicación literal de la ley. Es especialmente dramático el caso de los derechos territoriales” (p. 32).

No obstante la problemática general que enfrentan las comunidades indígenas en todo el territorio, la lucha emprendida en Salitre es la que ha tenido, por alguna razón, mayor eco en prensa que las demás luchas emprendidas por comunidades indígenas.

Pocos días después de celebrarse en toda Costa Rica el día de la independencia, el 15 septiembre del 2012, uno de los líderes indígenas en Salitre, Sergio Rojas, fue objeto de un violento ataque con disparos del que salió ileso, causando un repudio generalizado por parte de distintas organizaciones sociales (ver nota de SERPAJ). A la fecha, este atentado no ha dado lugar a imputación alguna por parte de las autoridades policiales y judiciales. En octubre del 2012, comunidades indígenas se opusieron a la colocación de una cerca por parte de no indígenas, y fueron víctimas de actos de violencia: según testimonios recogidos por la prensa (ver nota): las autoridades policiales y judiciales no investigaron los hechos y a la fecha, se desconoce sanción alguna contra sus autores. Una violenta golpiza propinada a tres integrantes indígenas (ver nota de prensa) en los primeros días del mes de enero del 2013 (época en la que el país y sus autoridades se reponen de las festividades de fin de año) parece haber conocido la misma suerte de sus autores en cuanto al accionar de las autoridades para sancionarlos por estos hechos.

El texto de la decisión de la Comisión Interamericana del pasado 30 de abril no deja duda alguna sobre la situación de indefensión de estas comunidades ante los recurrentes atropellos y actos de intimidación de todo tipo que han sufrido y el sentimiento de desprotección de muchos de sus integrantes.

Salitre ante el escrutinio internacional

La inoperancia del Estado con relación a las comunidades afectadas por la expansión piñera en Costa Rica fue recientemente objeto de una audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el mes de marzo del 2015 (ver nuestra modesta nota al respecto). La situación en Salitre es ahora motivo de una solicitud de medidas cautelares de este mismo órgano interamericano de supervisión en materia de derechos humanos, el cual en poco tiempo, está conociendo de álgidos temas de la agenda nacional: en ambos casos, se trata de problemáticas que datan de varios años y que las diversas entidades públicas no han logrado resolver. Ambos casos se traducen en una vulneración de los derechos humanos de las comunidades afectadas. En el caso de Salitre, los actos de violencia contra estas comunidades por parte de personas privadas armadas para que abandonen sus territorios han ido en aumento. En el 2014, una de las acciones más violentas contra mujeres indígenas fue perpetrada el mismo día en que la Selección Nacional de Costa Rica jugaba en cuartos de final contra Países Bajos durante el pasado campeonato mundial de fútbol, el 5 de julio del 2014 (ver documental disponible aquí que recoge varios testimonios de la víctimas de estos actos). Días después de las festividades del 25 de diciembre del 2014, la prensa reportó, de igual manera, incendios de los ranchos de pobladores indígenas, consumados por las llamas (ver nota de prensa) durante el mismo día en que se celebra la Navidad.

Pese al diálogo establecido por las autoridades de Costa Rica desde entonces para intentar resolver la situación, las acciones contra los pobladores se han mantenido, y remitimos al lector a la larga serie de actos reportados a la misma Comisión, incluida en la sección “Resumen de los hechos” de su antes mencionada decisión del 30 de abril pasado. El órgano interamericano de protección de los derechos humanos solicitó a Costa Rica informarle dentro de un plazo no menor a 15 días a partir de la notificación de su decisión sobre las distintas medidas tomadas por las autoridades en resguardo de estas poblaciones indígenas.

Las medidas cautelares constituyen, como bien se sabe, un mecanismo mediante el cual la Comisión, en casos de urgencia y gravedad, busca evitar que se le cause un daño irreparable a personas o grupo de personas y no es la primera vez que Costa Rica recibe este tipo de petición por parte de la CIDH: la violencia perpetrada contra un opositor a la expansión piñera en la zona Sur dio lugar a un ejercicio similar en el 2009 (Nota 1). El Artículo 25, párrafo 1 del Reglamento de la Comisión Interamericana precisa que:” Artículo 25, 1. En caso de gravedad y urgencia y toda vez que resulte necesario de acuerdo a la información disponible, la Comisión podrá, a iniciativa propia o a petición de parte, solicitar al Estado de que se trate la adopción de medidas cautelares para evitar daños irreparables a las personas”. Estas medidas cautelares solicitadas a Costa Rica vienen a añadirse a una larga serie de medidas ordenadas en años recientes por la CIDH en favor de comunidades indígenas, tribales y campesinas en América Latina, ya sea para frenar proyectos que las afectan o para proteger a sus líderes de actos de intimidación y amenazas de los que son muy a menudo víctimas (ver listado oficial).

Las actuaciones del Poder Judicial en torno a la situación en Salitre

Informe Salitre Observatorio de Derechos Humanos y Autonomía Indígena9

En el plano estrictamente interno, la inoperancia del Poder Judicial para investigar y sancionar los hechos de violencia contra las poblaciones indígenas recuerda la impunidad que campea cuando de crímenes y exacciones contra ecologistas se trata en Costa Rica (Nota 2). Esta ineficiencia del aparato estatal es altamente preocupante: el clima de impunidad favorece la violencia y la sensación de desprotección aumenta en las poblaciones indígenas. No obstante, la pérdida de credibilidad en las instancias judiciales por parte de las comunidades indígenas de Salitre no pareciera desvelar a los operadores de justicias. Por su parte, la Sala Constitucional en octubre del 2014 suspendió una orden de desalojo ordenada por el Poder Ejecutivo en la zona de Salitre, como medida cautelar (ver nota de prensa). En noviembre del 2014, el antes mencionado líder indígena, Sergio Rojas, fue aprehendido por una dependencia del Poder Judicial, el Ministerio Público, por supuesto delito de fraude (ver nota de prensa). Las llamadas de Naciones Unidas a restablecer la calma en Salitre efectuadas en ese mismo mes no parecieron influir mayormente (ver nota de prensa). En abril del 2015, varias organizaciones sociales solicitaron levantar las medidas de privación de libertad ordenadas por el juez a cargo del caso de Sergio Rojas (ver nota de prensa), las cuales se mantuvieron intactas. El artículo 10 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) según el cual “1. Cuando se impongan sanciones penales previstas por la legislación general a miembros de dichos pueblos deberán tenerse en cuenta sus características económicas, sociales y culturales.2. Deberá darse la preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento” pareciera, al menos en este preciso caso, ser ignorado por el sistema penal costarricense.

Es de señalar que estas medidas cautelares solicitadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han dado lugar a algunas manifestaciones por parte de otras entidades internacionales. Leemos en un artículo reciente sobre Salitre que: «El Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) señala que las autoridades costarricenses deben proceder con la expropiación, en todo el país, de quienes ocupen tierras indígenas de modo ilegal. Según el PNUD, un 40% de esas tierras está en manos de individuos que no son indígenas. “No se puede avanzar en materia de derechos humanos, si un derecho tan básico como la tenencia de las tierras no está garantizado. Esas tierras son exclusivas de los indígenas”, dijo Yoriko Yasukawa, coordinadora del PNUD en Costa Rica». Recordemos que durante su visita a Costa Rica el pasado 30 de julio del 2014, el Secretario General de las Naciones Unidas, Ban Ki-Moon, tuvo la oportunidad de escuchar a un nutrido grupo de líderes indígenas provenientes de los territorios indígenas de Costa Rica (ver nota de prensa).

Costa Rica ante el CERD de Naciones Unidas

Además del espacio brindado por las autoridades al Secretario General de Naciones Unidas para que se reuniera con líderes indígenas durante su visita a Costa Rica, sus autoridades han externado a entes internacionales sus esfuerzos en materia de recuperación de tierras en favor de las poblaciones indígenas en diversos informes oficiales. Por ejemplo, los esfuerzos estatales en aras de resolver las demandas legítimas de las poblaciones indígenas ocupan gran parte del último informe oficial presentado por Costa Rica ante el Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (CERD) de las Naciones Unidas, en cumplimiento de las obligaciones internacionales suscritas por Costa Rica en la Convención que lleva el mismo nombre. El informe de Costa Rica (Documento CERD/C/CRI/19-22 con fecha del 16 de abril del 2014 disponible aquí) concluye con un énfasis en el tema de la recuperación de tierras (remitimos al lector a la lectura de los párrafos finales 289-300). A diferencia del mecanismo previsto ante el CERD (que se limita a hacer observaciones al informe presentado por el Estado y a cotejarlo con un eventual informe alternativo proviniendo de la sociedad civil que llegue a manos del CERD), el mecanismo previsto en el sistema interamericano de protección de los derechos humanos permite a las comunidades presentar una denuncia contra el mismo Estado ante la Comisión Interamericana por violación de los derechos consagrados en instrumentos internacionales. La ratificación del Protocolo Facultativo al Pacto sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales – o Pacto DESC – por parte de Costa Rica en septiembre del 2014 (ver nuestra breve nota al respecto publicada en el sitio Derechoaldia) permite de igual forma la presentación de denuncias contra el Estado ante el Comité DESC de las Naciones Unidas, en particular en materia de derechos culturales.

Continúa colecta de viveres en solidaridad Salitre

Las obligaciones internacionales de Costa Rica

La problemática en Salitre ilustra, de igual manera que en el caso del proyecto hidroeléctrico El Diquis (Nota 3), las serias deficiencias y lagunas del marco legal vigente en Costa Rica para resguardar y proteger adecuadamente los derechos de las poblaciones indígenas en sus territorios y garantizarles un adecuado proceso de consulta. Desde finales de los años noventa, un proyecto de ley para resolver gran parte de las problemáticas que enfrentan los pueblos indígenas en Costa Rica aguarda pacientemente en los estantes de alguna oficina de la Asamblea Legislativa (Nota 4).

En el caso del P.H Diquis, cabe recordar el hecho (un tanto singular) cuando el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) anunció su retiro de los territorios indígenas un día antes de concluir su visita el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, James Anaya (ver nota de prensa del 26/04/2011): el gesto fue mencionado por el Relator en su informe publicado un mes después (ver texto de su informe del 30/5/2011) pero exigiendo compromisos adicionales por parte del ICE (y a la fecha sin darse): “20. El retiro de las instalaciones y operaciones del ICE del territorio Térraba, anunciado por el ICE durante la visita del Relator Especial, es un paso positivo para superar la evidente desconfianza generada por esa presencia. El Relator Especial considera que sería aconsejable que el ICE añada a ese gesto un claro compromiso de no reintroducir sus operaciones en territorios indígenas sin una consulta previa adecuada, así como que sean reconocidas las deficiencias del ICE en su comportamiento con los pueblos indígenas hasta el momento”. Más allá de las gesticulaciones de índole variada por parte del aparato estatal durante la visita in situ de un experto de las Naciones Unidas, que se repitieron en el caso de Jairo Mora Sandoval en el 2013 (Nota 5), existe una serie de obligaciones internacionales en materia de consulta que derivan de varios instrumentos internacionales ratificados por Costa Rica. Diagnósticos, estudios, expertos y foros académicos recuerdan regularmente a las autoridades el preocupante rezago acumulado por Costa Rica en materia de consulta, y más generalmente, de protección de los derechos de las comunidades indígenas: es el caso de un foro realizado en octubre del 2012 sobre El Diquis (ver nota) y otro más reciente (ver nota) realizado en la UCR en junio del 2014.

A las obligaciones internacionales de carácter general plasmadas en distintos instrumentos internacionales que Costa Rica no ha implementado, hay que añadir el hecho que desde varios años el contenido de estas obligaciones y sus alcances se han ido precisando y ampliando con la jurisprudencia de la misma Corte Interamericana de Derechos Humanos. A este respecto, la Dra. Karine Rinaldi (ver artículo del 1/11/2012 publicado en La Nación) ha señalado la imperiosa necesidad de adecuar el accionar del Estado costarricense a los parámetros de la jurisprudencia interamericana en materia de consulta a los pueblos indígenas en el caso del P.H. Diquis. Una obligación internacional que a la fecha el Estado costarricense debe implementar, que ya ha dado lugar a varias visitas a Costa Rica e informes del Relator de las Naciones Unidas James Anaya entre el 2011 y el 2013, y que a la fecha no se ha concretado.

Tanto el caso de Salitre como el del P.H. Diquis y el de muchos otros casos de comunidades indígenas de Costa Rica cuyos derechos son vulnerados podrían en algún momento tocar la puerta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Sus sentencias en materia de derechos de los pueblos indígenas, vinculantes para todos los Estados partes al sistema interamericano de protección de los derechos humanos (Nota 6), han sido inclusive saludadas internacionalmente: leemos en las conclusiones de una reciente publicación especializada en la materia (texto disponible aquí) que: “La flexibilidad y apertura por parte de la Corte para desarrollar una interlocución válida con los sistemas consuetudinarios ha permitido posicionar al Sistema Interamericano como uno de los sistemas pioneros y que mayores desarrollos ha alcanzado en este tipo de problemáticas; no en vano la Corte Penal Internacional y el Sistema Africano de Derechos Humanos han tornado su interés hacia las sentencias que produce este Tribunal, a manera de guía en cuanto buenas prácticas y desafíos que se esperan en casos de violaciones colectivas y con componentes étnicos de gran complejidad”.

En relación con los hechos acontecidos en el Territorio Indígena de Salitre

Conclusión:

En su informe del 2006 ante el mismo CERD, (Documento CERD/C/CRI/18 del 30 de agosto de 2006, disponible aquí), Costa Rica respondió a una de las preocupaciones externadas por el CERD refiriéndose al proyecto de ley sobre derechos de los pueblos indígenas, en los siguientes términos: “Reiteramos que este proyecto, resultado de una iniciativa que tuvo cuatro etapas, con amplias consultas tanto entre los pueblos indígenas como en la Sala Constitucional y con dictamen positivo en su momento de la Comisión Legislativa, recoge el establecimiento de un marco para el desarrollo autónomo de las ocho etnias indígenas costarricenses” (párrafo 34). En sus observaciones del 2007 al informe presentado (ver texto de dichas observaciones), el CERD recordaba la solicitud hecha desde el 2002 a Costa Rica y “exhorta /ba/ una vez más al Estado Parte a que elimine cuanto antes los obstáculos legislativos que impiden la aprobación del proyecto de Ley de desarrollo autónomo de los pueblos indígenas” (punto 9). Pese a la exhortación a Costa Rica del 2002 reiterada en el 2007 por parte de los miembros del CERD, el Proyecto de Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas (Expediente no. 14352) se mantiene como proyecto en los archivos de la Asamblea Legislativa, y muchas de las poblaciones indígenas costarricenses, en situación de indefensión.

 

Notas: —

Nota 1: En años anteriores, Costa Rica había también recibido de parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una solicitud para proteger la vida y la integridad física de un reconocido líder comunal, Aquiles Rivera, en su lucha contra la expansión piñera en la zona Sur: se lee en este artículo titulado “Costa Rica: La expansión del monocultivo de piña en detrimento de los derechos humanos” que “El 11 de mayo de 2009 Aquiles sufrió un robo en su oficina en el cual le sustrajeron la computadora y el fax, únicas herramientas con las que contaba para trabajar. Unos días después de este hecho, en la noche, fue amenazado de muerte cerca de su casa en Buenos Aires de Puntarenas. Unos meses después también su hijo, menor de edad, fue amenazado de muerte. Lo que se está buscando por medio de la Comisión es la protección para Aquiles y su hijo, además de que se le ordene al Estado de Costa Rica que investigue los hechos y se pueda comprobar la relación que existe entre el trabajo de Aquiles, el robo de su oficina y las amenazas de muerte”.

Nota 2: La impunidad de los crímenes contra ecologistas en Costa Rica es una reivindicación del movimiento ecologista de Costa Rica desde muchos años. Fue incluso acuerpada y señalada por John Knox, Experto independiente de las Naciones Unidas sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente, durante su visita a Costa Rica en el transcurso del año 2013. En su Informe (ver texto) recomienda la sugerencia del sector ecologista de crear una Comisión de la Verdad ante la incapacidad del sistema de investigar y sancionar estos crímenes (punto 67). Remitimos al lector a una breve nota. BOEGLIN N., “Informe sobre Ambiente y Derechos Humanos en Costa Rica”, 14/05/2014 publicada en Tribuglobal y disponible aquí.

Nota 3: En una obra relativa a los 10 años de jurisprudencia constitucional en materia indígena (disponible aquí) publicada bajo los auspicios de la OIT, leemos que: “El 21 de junio del 2001 salió publicado en La Gaceta Alcance N°49 a la Gaceta N°119, una nueva publicación de este Proyecto de Ley, ahora referido con el número 14.352. En vista de que el expediente 12.032 fue archivado en Julio del 2000. Ambos textos son idénticos entre sí”. (p.35, Nota 1).

Nota 4: Con relación a la discusión en torno al Proyecto Hidroeléctrico El Diquis, remitimos al lector al pronunciamiento del Consejo Universitario de la UCR de septiembre del 2012 (disponible aquí) que recomendaba: “Solicitar al Poder Ejecutivo la derogatoria del Decreto Ejecutivo N. 34312-MP-MINAE, el cual Declara de Conveniencia Nacional e Interés Público los estudios y las obras del Proyecto Hidroeléctrico El Diquís y sus obras de transmisión, en adelante el Proyecto, las que serán construidas por el Instituto Costarricense de Electricidad, del 6 de febrero de 2008, publicado en La Gaceta, en el tanto este no tiene como sustento los estudios ambientales y los soportes técnicos necesarios para su legalidad” (punto 16, página 25). Desde la perspectiva de los derechos de las poblaciones indígenas afectadas por este megaproyecto, que también es mencionada en el pronunciamiento de la UCR, la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Texas (Estados Unidos) elaboró un detallado informe titulado «Nadando a Contracorriente: El Pueblo Teribe y el Proyecto Hidroelectrico El Diquis en Costa Rica» (informe de julio del 2010, versión en inglés y en español) así como la Universidad de Dundee (Reino Unido) (ver informe de junio del 2011).

Nota 5: La visita a Costa Rica del experto independiente de las Naciones Unidas John Knox sobre ambiente y derechos humanos se realizó del 28 de julio al 1ero de agosto del 2013. El arresto de varios sospechosos de la muerte del ecologista Jairo Mora Sandoval se dio 24 horas antes de que concluyera su visita (ver nota del 31 de julio del 2013 de La Nación).

Nota 6: En un detallado artículo cuya lectura recomendamos, la jurista Karine Rinaldi indica que: “… esta interpretación evolutiva debe de ser entendida como parte del derecho interamericano, vinculante para los Estados de la OEA que ratificaron la Convención y reconocieron la competencia de la Corte. En este sentido, en palabras del Juez Ferrer Mac-Gregor Poisot, “[l]as interpretaciones que realiza la Corte IDH se proyectan hacia dos dimensiones: (i) en lograr su eficacia en el caso particular con efectos subjetivos, y (ii) en establecer la eficacia general con efectos de norma interpretada”/…/ Paralelamente, la interpretación formulada por la Corte Interamericana va a tener de hecho el mismo valor que la letra del Pacto, e incluso será superior a la redacción de éste, porque como intérprete final del mismo fija la superficie y el alcance de sus cláusulas escritas”. Véase RINALDI K., “Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Principio de no regresión ambiental y los derechos de los pueblos indígenas y tribales. Enseñanzas de la jurisprudencia Interamericana“, in PEÑA CHACÓN M. (Ed), El principio de no regresión en el derecho comparado latinoamericano, PNUD/Maestría en Derecho Ambiental, UCR, 2013, pp. 356-384, p.363. Obra completa cuyo texto está disponible aquí.

 

(*) Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)

 

Información enviada a SURCOS Digital por el autor.

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