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Etiqueta: protección ambiental

Denuncian intervenciones irregulares en el humedal de Playa Negra y exigen acción técnico-científica del SINAC

El ciudadano Marco Levy Virgo presentó una denuncia formal ante la Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) por intervenciones irregulares en el humedal de Playa Negra, ubicado en Puerto Viejo de Talamanca, provincia de Limón, y solicitó un abordaje inmediato con base técnico-científica para proteger este ecosistema.

El oficio, fechado el 8 de enero de 2026 y dirigido a la Dirección del Área de Conservación La Amistad Caribe, señala que las acciones denunciadas —incluyendo el ingreso de maquinaria pesada, rellenos y extracción de vegetación— ponen en riesgo la integridad ecológica del humedal, el cual forma parte del Patrimonio Natural del Estado y se encuentra registrado en el Inventario Nacional de Humedales del SINAC.

Fundamentación legal y ambiental

La denuncia se apoya en el artículo 50 de la Constitución Política, que garantiza el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como en los principios precautorio y preventivo, los derechos difusos de tercera generación y los compromisos asumidos por Costa Rica en el marco del Convenio Ramsar sobre humedales.

El documento recuerda que la jurisprudencia reiterada de la Sala Constitucional obliga a las autoridades públicas a actuar con diligencia, incluso ante incertidumbre científica, cuando se trata de ecosistemas frágiles como los humedales, y que la inacción administrativa frente a denuncias ambientales puede constituir una violación constitucional.

Hechos denunciados

Según testimonios de personas vecinas del sector de Playa Negra, citados en el oficio, tras una pausa de aproximadamente dos meses se reanudó el ingreso constante de vagonetas con material de relleno y maquinaria, así como la salida de vehículos con raíces y ramas de árboles, incluso en horarios nocturnos. Estos hechos sugieren una reanudación de actividades prohibidas dentro del humedal.

La denuncia advierte que estas intervenciones pueden generar fragmentación del hábitat, alteración del flujo hídrico, contaminación por sedimentos y pérdida de biodiversidad, afectando no solo a la comunidad local, sino también a las generaciones presentes y futuras.

Exigencias concretas al SINAC

Entre las solicitudes planteadas al SINAC destacan:

  • La realización de una inspección inmediata in situ, con participación de especialistas en ecología de humedales, hidrología y biodiversidad.
  • La entrega de un acta de inspección con análisis georreferenciado del estado actual del humedal.
  • La elaboración de un mapa de ocupación histórica de los últimos 15 años.
  • Un detalle exhaustivo de todas las construcciones autorizadas en ese período dentro del humedal.
  • Mapas técnicos del ecosistema con capas de protección, usos de suelo y áreas de influencia hidrológica.
  • Copias de los oficios de coordinación interinstitucional entre el SINAC y la Municipalidad de Talamanca relacionados con la protección del sitio.

El documento advierte que, de no atenderse estas solicitudes en los plazos indicados, se procederá a interponer acciones judiciales ante la Sala Constitucional, incluyendo la solicitud de medidas cautelares para paralizar cualquier actividad en el humedal.

La denuncia subraya que la protección de Playa Negra constituye un asunto de interés público, y que las autoridades ambientales están obligadas a garantizar la conservación efectiva de este ecosistema conforme al marco constitucional y legal vigente.

Antecedentes

SURCOS ha dado seguimiento en distintos momentos a conflictos socioambientales en el Caribe sur, particularmente en torno a la protección de humedales, territorios costeros y áreas de alto valor ecológico, así como a denuncias ciudadanas por intervenciones irregulares y debilidades en la acción institucional.

En notas previas, se ha advertido sobre la importancia de aplicar de manera efectiva el Convenio Ramsar, los principios precautorio y preventivo, y el artículo 50 de la Constitución Política, especialmente en ecosistemas frágiles sometidos a presiones inmobiliarias y turísticas.

🔗 Ver publicaciones relacionadas en SURCOS sobre humedales y ambiente en el Caribe sur:
https://surcosdigital.com/?s=humedal+Caribe+sur

Alcalde se resiste a acuerdo municipal para proteger el Cerro Chompipe

El alcalde de la Municipalidad de San Rafael de Heredia manifestó públicamente su oposición a un acuerdo del Concejo Municipal que respalda el traspaso de aproximadamente 155 hectáreas del Cerro Chompipe al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), con el fin de asegurar su protección absoluta como parte de la zona inalienable establecida por la Ley n.° 65 de 1888.

La posición del jerarca municipal fue expresada recientemente en su cuenta de Facebook, donde afirmó que la municipalidad no ha traspasado ni traspasará terrenos al MINAE, y sostuvo que no existe obligación judicial para hacerlo. Asimismo, cuestionó que áreas boscosas protegidas pasen a manos de un ministerio que, a su criterio, ha sido negligente y desfinanciado, y anunció su intención de vetar el acuerdo municipal, al considerar que responde a posiciones políticas dentro del Concejo.

La posición de CONCEVERDE

Ante estas manifestaciones, la organización ambiental CONCEVERDE reiteró que el tema no depende de la voluntad política del alcalde ni de criterios discrecionales, sino del cumplimiento estricto de la legalidad vigente. Según la organización, existen dos resoluciones firmes de la Sala Constitucional (votos 12109-2008 y 017109-2023) que ordenan al Estado, a través del MINAE, recuperar y administrar los terrenos comprendidos dentro de la zona inalienable, incluso aquellos que figuren registralmente a nombre de municipalidades.

CONCEVERDE subraya que dichas resoluciones tienen efectos erga omnes, por lo que obligan a todas las instituciones públicas, incluidas las municipalidades, y que la administración de parques nacionales y zonas inalienables corresponde legalmente al MINAE, conforme a la Ley de Parques Nacionales y la Ley N° 65.

La organización cuestiona además que la municipalidad haya optado por conformar una comisión interna para analizar el tema, en lugar de consultar a la Procuraduría General de la República, órgano competente para emitir criterios jurídicos vinculantes sobre la administración de bienes del Estado.

Debate sobre protección ambiental y gestión institucional

CONCEVERDE también rechazó los señalamientos del alcalde sobre la supuesta incapacidad del MINAE para proteger estos territorios. A su juicio, las deficiencias de instituciones públicas como el MINAE responden en gran medida a procesos de desfinanciamiento político, lo cual no justifica despojar a estas entidades de sus competencias legales ni trasladarlas a gobiernos locales que, según la organización, han mostrado tolerancia frente a construcciones ilegales y desarrollos desordenados en zonas sensibles.

En ese sentido, la organización ambiental alertó sobre eventuales intenciones de impulsar proyectos de carácter ecoturístico en el Cerro Chompipe, bajo figuras jurídicas que —afirman— no serían viables legalmente por tratarse de terrenos inalienables y parte del Parque Nacional Braulio Carrillo, al que fueron anexados mediante decreto ejecutivo en 2015.

Observaciones preliminares y llamado a la cautela

CONCEVERDE informó además que se encuentra revisando planos e información catastral relacionada con los terrenos del Cerro Chompipe, y que ha detectado posibles inconsistencias preliminares entre las áreas registrales y las medidas catastrales reportadas por la municipalidad. No obstante, la organización indicó que estas observaciones están en fase de verificación, por lo que evitó adelantar conclusiones hasta contar con información plenamente confirmada.

La controversia se suma a una serie de gestiones y pronunciamientos previos, publicados por SURCOS, en los que organizaciones ambientales han exigido el cumplimiento de las resoluciones constitucionales y la protección efectiva de este patrimonio natural, clave para la conservación del recurso hídrico y los ecosistemas de la región herediana.

Municipalidad de San Rafael de Heredia aprueba traspaso de finca en Cerro Chompipe para su protección absoluta

CONCEVERDE

El Concejo Municipal de San Rafael de Heredia aprobó el traspaso de aproximadamente 155 hectáreas del Cerro Chompipe al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), cumpliendo con la obligación legal de proteger terrenos declarados inalienables desde el 30 de julio de 1888 por la Ley 65. Esta norma histórica buscó detener la deforestación y garantizar el recurso hídrico para el Valle Central, estableciendo la protección absoluta de los terrenos de las montañas heredianas, incluyendo la finca del Cerro Chompipe, que registralmente está a nombre de la Municipalidad de San Rafael de Heredia.

El proceso de traspaso ha estado marcado por la resistencia del alcalde Jorge Arias Santamaría, quien se ha negado reiteradamente a ejecutar el traspaso, pese a dos resoluciones de la Sala Constitucional y normativa jurídica, que obligan al MINAE, a recuperar los terrenos de la zona inalienable, aun los que están a nombre de municipalidades.

La organización ambiental CONCEVERDE celebra la decisión de los cinco regidores que respaldaron la moción; sin embargo, denuncia la postura de los regidores del partido del alcalde, Auténtico Rafaeleño, quienes al rechazarla terminan avalando los planes del jerarca de la administración municipal, de impulsar en el Cerro Chompipe un proyecto con fines económicos, más que de protección, encubierto bajo la figura de monumento natural. Esta iniciativa contradice el mandato de protección absoluta y amenaza un patrimonio natural que nuestros antepasados impulsaron con visión y sabiduría desde el siglo XIX.

El Cerro Chompipe no es un terreno disponible para negocios ni proyectos turísticos: es un bien inalienable, parte del patrimonio natural del Estado, y su destino está claramente definido por la ley y la historia. La negativa del alcalde y sus aliados representa un retroceso grave frente a la lucha por la defensa del agua y los bosques heredianos.

En los siguientes enlaces, se pueden visualizar, algunas de las gestiones realizadas para el traspaso de la finca del Cerro Chompipe:

https://drive.google.com/file/d/116kqQE416-tl1wR9cnf-s4eZhUV4NJoD/view?usp=sharing

https://surcosdigital.com/colectivo-conceverde-exige-respuestas-a-municipalidad-de-san-rafael-por-realizar-actividades-no-permitidas-en-cerro-chompipe/

https://surcosdigital.com/conceverde-solicita-al-alcalde-de-san-rafael-de-heredia-cumplir-con-traspaso-de-finca-que-forma-parte-del-patrimonio-natural-del-estado/

https://surcosdigital.com/demandan-acciones-del-minae-para-recuperar-finca-estatal-en-zona-protegida-del-cerro-chompipe/

CONCEVERDE denuncia complacencia municipal ante construcción ilegal en zona de protección

El colectivo CONCEVERDE, junto con personas vecinas de San Rafael de Heredia, denunció nuevamente la inacción de la Municipalidad de San Rafael frente a la construcción de una obra levantada sin permisos y dentro de una zona especial de protección del Gran Área Metropolitana (GAM), en un terreno declarado inalienable según la Ley N.º 65 de 1888.

De acuerdo con el comunicado público, desde 2024 se viene alertando sobre el inicio de una edificación que, por sus características, mostraba ser una planta industrial o bodega, uso completamente incompatible con el régimen de suelo permitido. La Municipalidad colocó sellos de clausura al constatar la ausencia de licencia, pero la construcción continuó hasta su finalización, pese a la prohibición expresa.

El colectivo señala además un agravante: las áreas circundantes se utilizan como chatarrera de desechos de vehículos, actividad que implica manejo de aceites, combustibles y otros contaminantes que pueden afectar aguas superficiales y subterráneas, comprometiendo bienes de dominio público y el derecho colectivo a un ambiente sano.

Tras concluir las obras, la Municipalidad notificó al propietario la obligación de demoler lo construido ilegalmente. El responsable presentó un recurso de apelación y, paralelamente, solicitó al Tribunal Contencioso Administrativo una medida cautelar para suspender la demolición. Sin embargo, de acuerdo con información comunicada por el propio alcalde, el Tribunal rechazó la medida cautelar, lo que habilitaba la ejecución inmediata del derribo.

A pesar de ello, la Municipalidad decidió no ejecutar la demolición, alegando que debía esperar la resolución sobre el fondo del recurso. Para CONCEVERDE, esta decisión constituye un acto de complacencia y negligencia que contradice la resolución judicial y confirma una serie de omisiones que han permitido la continuidad de obras ilegales en el cantón.

El colectivo sostiene que este caso no es aislado y se inscribe en un patrón de falta de fiscalización municipal, el cual afecta la legalidad urbanística, la protección ambiental y el interés público. Asimismo, recuerda que la zona donde ocurrió la construcción es parte de un territorio especialmente protegido para la recarga hídrica y la conservación paisajística del GAM, por lo que las autoridades locales tienen la obligación reforzada de actuar con diligencia.

CONCEVERDE reitera su llamado a que se cumpla la normativa ambiental y urbanística, se ejecute la demolición ordenada y se garantice la protección de los bienes públicos afectados.

Posibles riesgos para derechos tribales y comunidades costeras en caso de recurso de amparo en Matina

Un recurso de amparo se tramita presentado por Marco Levy Virgo contra la Municipalidad de Matina y su alcalde Walter Céspedes (Exp. No. 25-020575-0007-CO). La solicitud busca obtener copia oficial del mapa del denominado pueblo tribal del cantón, así como información sobre las acciones municipales para garantizar el respeto a los derechos territoriales de la población afrocostarricense.

Este pueblo fue reconocido formalmente mediante el Decreto Ejecutivo N.º 43532-MP-MINAE-MCJ-MEP y cuenta con protección internacional bajo el Convenio N.º 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La gestión se desarrolla en un contexto en el que persisten denuncias y temores sobre la usurpación de tierras ancestrales afrodescendientes y presunto tráfico de influencias para apropiarse de esos territorios.

Posibles efectos de una eventual jurisprudencia

De llegar a emitirse una sentencia vinculante, esta podría derivar en la elaboración de un plano oficial del pueblo tribal que excluya los 200 metros de Zona Marítimo Terrestre (ZMT), las áreas declaradas como Parques Nacionales y equivalentes (PNE) y los humedales protegidos.

Si bien una delimitación así representaría un precedente para la protección ambiental, también podría ser utilizada para acelerar la implementación de Planes Reguladores Costeros (PRC) en otros cantones, incluido Talamanca, con consecuencias graves para las comunidades costeras: desalojos y demoliciones en la franja pública de 50 metros de la ZMT, y concesionamiento de los 150 metros restantes sin reconocimiento efectivo de posesiones históricas y ancestrales.

Un delicado equilibrio

Este caso pone en evidencia la tensión entre la defensa de los derechos de pueblos tribales y la aplicación de normativas de ordenamiento territorial que podrían afectar la permanencia de comunidades históricas, como las del distrito de Cahuita.

Ante este panorama, Bernardo Archer Moore, presidente de ACUDHECA hace un llamado a un análisis prudente y consciente de que una resolución en favor del recurso podría atender varios asuntos de interés público, pero también generar efectos adversos sobre la continuidad histórica y cultural de las comunidades costeras afrodescendientes.

Grave situación jurídica del municipio de Talamanca por errores del MINAE y SINAC

Desde la Asociación para el Desarrollo de la Ecología se hizo llegar una carta al señor alcalde de Talamanca, Rugeli Morales Rodríguez, y al Concejo Municipal, en la que se expone una grave situación jurídica que enfrenta el cantón, producto de errores, inconsistencias e irregularidades administrativas atribuibles al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

El documento, firmado por el ciudadano Marco Levy Virgo, solicita que la Municipalidad actúe de forma inmediata y contundente ante las consecuencias legales que afectan al Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, particularmente el sitio Ramsar 783, y el humedal del Río Carbón en Playa Negra, los cuales han sido objeto de urbanización, invasiones y fraccionamiento sin control, en parte por la omisión de autoridades ambientales.

Además, se exige la identificación de los funcionarios responsables, incluyendo al exdirector del ACLAC, Edwin Cyrus Cyrus, y al actual ministro de Ambiente, Franz Tattenbach Capra. También se insta a coordinar con MINAE y SINAC un mapa integral del ecosistema afectado, con información sobre construcciones legales e ilegales, carreteras, caminos y presencia de personas físicas o jurídicas en áreas protegidas.

La misiva advierte sobre el riesgo económico que estas irregularidades podrían generar para el presupuesto municipal, en caso de demandas legales por derechos otorgados sin fundamento técnico o legal.

Finalmente, la carta fue remitida también a autoridades nacionales como la Defensora de los Habitantes, la Contralora General y el Procurador General, así como a asociaciones comunales, cámaras de turismo y organizaciones del Caribe Sur.

La Municipalidad debe proteger los intereses de sus ciudadanos y no puede seguir siendo víctima de la negligencia de funcionarios del MINAE y SINAC”, señala el documento.

Finca pendiente de traspaso dentro del Parque Nacional Braulio Carrillo genera preocupación ciudadana y riesgos para el patrimonio natural

La reciente nota informativa elaborada por el Observatorio de Bienes Comunes de la Universidad de Costa Rica (UCR) documenta una grave omisión institucional que pone en riesgo el patrimonio natural del país: la finca 4-156766, ubicada dentro del Parque Nacional Braulio Carrillo, aún no ha sido traspasada al Estado, a pesar de una orden de la Sala Constitucional.

El Parque Nacional Braulio Carrillo representa uno de los principales tesoros ecológicos más importantes del país. Se extiende desde la Cordillera Volcánica Central hasta las tierras bajas del Caribe, abarcando más de 47.000 hectáreas de bosques, ríos y zonas montañosas con una biodiversidad extraordinaria. Este territorio, resguardado por el SINAC y el MINAE, cumple funciones clave en la conservación de agua, conectividad biológica y protección de especies en riesgo.

Dentro del parque, en el sector del Cerro Chompipe dentro de los límites del parque y en una zona inalienable establecida por la Ley N.º 65 de 1888, se localiza la finca 4-156766, que, a pesar de tener cobertura boscosa y ser considerada Patrimonio Natural del Estado según la Ley Forestal, aún no ha sido traspasada al Estado costarricense.

Aunque ya se emitió una orden de la Sala Constitucional (resolución 2023-017109) y una solicitud formal del SINAC en julio de 2024, la finca continúa inscrita a nombre de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, lo cual genera preocupación por su vulnerabilidad ante intervenciones no autorizadas.

La falta de traspaso impide que el Estado ejerza plenamente su autoridad sobre la propiedad, lo que debilita los esfuerzos de protección ambiental. Se han reportado actividades irregulares, como colocación de cámaras trampa y amojonamientos, sin permisos del MINAE. Esta ambigüedad institucional expone el terreno a usos indebidos y demuestra las limitaciones del aparato estatal para hacer cumplir la legislación ambiental.

Ante esta situación, el ciudadano Marco Levy Virgo, con apoyo de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología, exigió al MINAE mediante una solicitud formal, un cronograma de acciones con fechas claras para el traspaso, sanciones por intervenciones ilegales y la publicación periódica de informes públicos sobre el avance en la recuperación de terrenos protegidos.

Este caso ilustra la importancia de una ciudadanía activa y vigilante, que, a través de la participación y el seguimiento, impulsa el cumplimiento de obligaciones estatales. Mientras no se concrete el traspaso, la finca permanece en un vacío legal, amenazada por intereses ajenos a la conservación. La participación activa de la ciudadanía es fundamental para que la protección del ambiente trascienda el discurso y se materialice en acciones reales y oportunas.

En el siguiente enlace podrá acceder a la nota completa: https://bienescomunes.fcs.ucr.ac.cr/finca-pendiente-de-traspaso-en-el-parque-nacional-braulio-carrillo-genera-preocupacion-ciudadana-y-riesgos-para-el-patrimonio-natural/

Imágenes: Observatorio de bienes Comunes extraídas del Semanario Universidad.

Parlamento Cívico Ambiental rechaza reforma que permite contaminación por plaguicidas en el agua potable

Comunicado

Parlamento Cívico Ambiental expresa su rotundo rechazo a la reforma que permite contaminación por plaguicidas en el agua potable y exige su derogatoria

San José, 7 de julio de 2025

El Parlamento Cívico Ambiental, impulsada la iniciativa del Acuerdo 19-25 desde de su Comisión de Recurso Hídrico, manifiesta su profunda preocupación y enérgico rechazo a la reforma al “Reglamento para la Calidad del Agua Potable” No. 38924-S, la cual permite la presencia de residuos de agroquímicos, incluyendo el agrotóxico clorotalonil, en el agua para consumo humano.

La propuesta eleva los niveles máximos permitidos de contaminantes, transformándolos en simples valores de referencia para análisis de riesgo, sin contar con una justificación técnica adecuada ni estudios científicos independientes. Esta modificación representa un grave retroceso en materia de derechos humanos, salud pública y protección ambiental.

Costa Rica ha sido reconocida internacionalmente por su compromiso con la sostenibilidad y la protección del ambiente. Aprobar esta reforma pone en entredicho dicho prestigio, y contraviene los principios constitucionales consagrados en los artículos 21 y 50 de la Constitución Política, así como los compromisos asumidos mediante los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Diversos estudios indican que el país presenta altos índices de enfermedades relacionadas con el consumo de agua contaminada, como el cáncer gástrico. Esta reforma afecta de forma desproporcionada a las comunidades con menos recursos, que tienen limitado acceso a fuentes de agua seguras, exacerbando así la desigualdad social.

Asimismo, preocupa que esta iniciativa responda a presiones de intereses económicos particulares, debilitando la legislación ambiental nacional y sacrificando el bienestar común. El Parlamento Cívico Ambiental considera inaceptable que se ponga en riesgo la salud de la población por favorecer a ciertos sectores empresariales.

Por todo lo anterior, este órgano hace un llamado urgente al Ministerio de Salud para que derogue la reforma y conforme una instancia técnica interinstitucional permanente que vele por la calidad del agua potable en el país. Además, se insta a promover políticas orientadas a la eliminación progresiva de los agroquímicos altamente peligrosos, en línea con estándares internacionales.

Se solicita asimismo a las y los diputados de la Asamblea Legislativa que continúen con su control político denunciando este tipo de medidas. Finalmente, se llama a la sociedad civil a que ejerza las acciones respectivas para efectos de detener los efectos dañinos de este decreto.

El acceso al agua potable limpia y segura es un derecho humano fundamental. No permitamos que se debiliten los logros alcanzados.

Demandas clave del PCA:

  • Derogatoria de la reforma al “Reglamento para la Calidad del Agua Potable” No. 38924-S

  • Conforme la instancia técnica interinstitucional permanente requerida en esta materia.

  • Promoción de iniciativas orientadas a la eliminación progresiva de los agroquímicos altamente peligrosos.

  • Respeto irrestricto a la jurisprudencia ambiental y a los principios constitucionales.

  • Que diputados y diputadas de la Asamblea Legislativa continúen con su control político denunciando este tipo de medidas.

  • Que la sociedad civil ejerza las acciones respectivas para efectos de detener los efectos dañinos de este decreto.

El Parlamento Cívico Ambiental hace un llamado a todos los miembros de la Asamblea Legislativa, medios de comunicación y sociedad civil a mantenerse vigilantes y unidos en la defensa de la salud pública producto del manejo adecuado patrimonio ecológico de Costa Rica y en la promoción de un desarrollo verdaderamente sostenible.

Situación actual del Plan Regulador Costero del cantón de Talamanca

El Plan Regulador Costero del cantón de Talamanca, aprobado el 5 de octubre de 2023, se encuentra actualmente paralizado debido a requerimientos legales y administrativos que demandan la actualización de la Certificación del Patrimonio Natural del Estado (PNE).

De acuerdo con la Resolución N°2024-003959 del expediente N°23 014549-0007-CO emitida por la Sala Constitucional, se ordenó al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) completar, en un plazo de tres meses a partir de la notificación de dicha sentencia, la certificación del PNE en la Zona Marítimo Terrestre del Cantón de Talamanca. Esta certificación incluye la caracterización y delimitación de humedales en el litoral del cantón, lo cual es indispensable para garantizar la protección ambiental y el cumplimiento de la normativa vigente.

Asimismo, la Sala Constitucional instruyó al Departamento de Urbanismo y a la Unidad de Criterios Técnicos y Operativos de Ordenamiento Territorial del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), así como al Concejo Municipal de Talamanca, a incorporar las actualizaciones del PNE en el Plan Regulador Costero.

El SINAC ha entregado al INVU archivos digitales de sistemas de información geográfica y un documento que certifica los ajustes realizados, sin embargo, se ha identificado que la documentación remitida presenta limitaciones.

El INVU sobre la actualización de la certificación SINAC-ACLAC-DR-PNE-C-011 2017 para realizar los ajustes del PNE al Plan Regulador Costero del cantón de Talamanca, señala que falta información cartográfica completa, solicitan que se les faciliten los catastros de los PNE y el Excel de los ajustes, debido a la ausencia de catastros actualizados, consulta sobre los criterios técnicos claros para ajustar la zonificación en áreas que antes eran bosques, pero que ahora no están clasificadas como tales.

El INVU sobre la actualización de la certificación SINAC-ACLAC-DR-PNE-C-011 2017 para realizar los ajustes del PNE al Plan Regulador Costero del cantón de Talamanca, se dirige señala que:

La paralización temporal del Plan Regulador Costero responde a la necesidad de garantizar un instrumento de planificación que cumpla con los estándares ambientales, legales y técnicos exigidos. Esto incluye la protección de los ecosistemas sensibles, como los humedales, y el aseguramiento de un desarrollo sostenible que beneficie a las comunidades costeras del Caribe Sur.

Se les invita a todos los pobladores, organizaciones locales y actores interesados a mantenerse informados a través de los canales oficiales de la Municipalidad de Talamanca. Una vez se reciban las aclaraciones y documentación requerida por parte de SINAC, se procederá a gestionar los ajustes necesarios la Viabilidad Ambiental del Plan Regulador Costero, garantizando un proceso participativo y transparente.

Fuente: Marco Levy Virgo.

Solicitan detener proyecto inmobiliario Puket en el sitio Ramsar Gandoca-Manzanillo

Mediante el oficio AEL-00245-2025 dirigido al ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach Capra, el ciudadano Marco Levy Virgo solicitó formalmente la aplicación del principio precautorio in dubio pro natura para detener el proyecto inmobiliario conocido como Puket, ubicado dentro del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo (REGAMA), sitio Ramsar n.º 783.

La solicitud se fundamenta en las consecuencias ambientales derivadas de la directriz 09-2023, así como en las irregularidades documentadas en el informe TAA-DT-0048-011 del Tribunal Ambiental Administrativo. Este informe detalla afectaciones significativas en el ecosistema del humedal, incluyendo la tala ilegal, construcción de drenajes, introducción de especies exóticas y obras sin autorización en zona marítimo-terrestre.

El Refugio Gandoca-Manzanillo es un humedal de importancia internacional que alberga bosques anegados, manglares y especies como raphia taedigera (yolillo), pterocarpus officinalis (sangrillo) y prioria copaifera (cativo). Además, protege el acuífero Sixaola, recurso esencial para la región. De acuerdo con la Convención de Ramsar, Costa Rica tiene la obligación de garantizar su conservación y uso racional.

Según el documento enviado al ministerio, el terreno afectado presenta características de humedal y se encuentra íntegramente dentro de los límites de REGAMA. El informe citado denuncia la alteración de más de 9 hectáreas y la existencia de construcciones ilegales, canalización de aguas, así como una posible fragmentación de la propiedad con fines de urbanización.

Ante esta situación, se solicita la suspensión inmediata de toda actividad asociada al proyecto Puket y la revisión de la directriz 09-2023. También se pide investigar y sancionar las irregularidades ambientales detectadas, implementar un plan de restauración ecológica, proteger el acuífero Sixaola y verificar la legalidad de permisos otorgados.

Finalmente, se insta al ministerio de ambiente y energía a comunicar al secretariado de Ramsar las acciones adoptadas para garantizar la protección del sitio Ramsar n.º 783 y el cumplimiento de los compromisos internacionales de Costa Rica.