
Modificación al Reglamento para la Calidad del Agua Potable: grave retroceso en protección del agua y salud pública en Costa Rica
Pronunciamiento del Grupo Interuniversitario de Estudios Sociales del Agua
El pasado martes 24 de junio de 2025 el gobierno de Rodrigo Chaves aprobó, a través de la ministra de salud Mary Munive, una modificación al Reglamento para la Calidad del Agua Potable (Decreto Ejecutivo No. 38.924-S), la cual representa una grave amenaza y un notable retroceso en la protección del agua y la salud pública en Costa Rica. Esta modificación resulta indignante, tanto en lo que respecta al contenido de la misma como al proceso mediante el cual fue impulsada. Como grupo de trabajo dedicado al estudio científico del agua desde una perspectiva socioambiental, a continuación, exponemos nuestros puntos de vista en relación con este acontecimiento:
- En términos generales, la modificación al Reglamento eleva los límites máximos permitidos de residuos de plaguicidas en el agua para consumo humano. Se trata, tal como lo han denunciado diversos colectivos y organizaciones socioambientales, una “legalización de la contaminación” del agua.
- Considérese, como contexto, que Costa Rica es uno de los países que a nivel mundial aplica mayor cantidad de plaguicidas por área agrícola. Se estima que en este país se aplican entre 10 y 35 kilogramos de ingrediente activo de plaguicida por hectárea agrícola, según diferentes fuentes. Por ejemplo, la base de datos de la FAO, Food and Agriculture Data (FAOSTAT), ubica a Costa Rica como el número uno en el mundo, con un promedio de 23,44 kg/ha entre 2000 y 2020, lo cual representa ocho veces más que el promedio del resto de países de la OCDE del continente americano.
- En Costa Rica hay registrados más de 250 ingredientes activos con acciones biocidas, de los cuales se usan activamente más de 200. Aproximadamente la mitad de estos se consideran Plaguicidas Altamente Peligrosos (PAPs), prohibidos en muchos países del mundo. Por volumen de uso, se estima que aproximadamente el 90% de los plaguicidas utilizados son PAPs.
- La aplicación masiva de plaguicidas y otros agroquímicos tóxicos ya representa un grave problema ambiental y de salud pública en el país. Amplia investigación científica ha evidenciado la correlación entre la aplicación de estos productos y la incidencia de diferentes enfermedades y padecimientos. Por citar un ejemplo, Costa Rica ocupa el 11º lugar en incidencia y el 13º en mortalidad por cáncer gástrico en el mundo.
- Según el PNUD, las erogaciones realizadas por la Caja del Seguro Social (CCSS) y el Instituto Nacional de Seguros (INS) entre el 2018 y el 2020 para brindar cuidado médico y por concepto de incapacidades laborales debido a intoxicaciones provocadas por estas sustancias, en promedio, alcanzaron para esos años el monto de 5 580 554 201 colones. El 87% de esa cifra corresponde a gastos clínicos. Es oportuno indicar que las intoxicaciones representaron aproximadamente el 0,35% del PIB Agrícola de Costa Rica para esos años.
- Además de elevar los límites máximos de plaguicidas permitidos, la modificación al Reglamento incorpora el concepto de “Valor de Alerta”, sustituyendo el concepto hasta entonces vigente de “Valor Máximo Admisible”. Este cambio implica que, frente a una posible contaminación del agua para consumo humano, la población continuará consumiéndola mientras se determina mediante estudios técnicos si efectivamente los niveles de plaguicida sobrepasan los límites máximos permitidos. Es decir, violenta el principio precautorio indubio pro salud.
- La modificación al Reglamento fue sometida a consulta pública, a partir de la cual recibió numerosos cuestionamientos de parte de sectores académicos, técnicos, comunitarios y ambientales. Entre estos, se pronunciaron las universidades públicas, la Academia Nacional de Ciencias, la Defensoría de los Habitantes y la ARESEP, los cuales defendieron sus posiciones con argumentos sólidos y bien documentados. Es decir, la modificación al Reglamento se impulsó de forma antidemocrática y anticientífica.
En fin, la modificación al Reglamento para la Calidad del Agua Potable representa un nefasto acontecimiento en la vida social y política del país y un retroceso en materia ambiental, que exige una respuesta enérgica y organizada de parte de los diversos sectores de la sociedad costarricense. Se trata de una modificación legal que autoriza el consumo humano de agua contaminada con plaguicidas tóxicos, sin respaldo técnico ni científico, impuesto de manera autoritaria al servicio de los intereses empresariales del agronegocio. Resulta sorprendente la irresponsabilidad y la insensatez de esta medida, pues la política pública que correspondería aplicar debería ser todo lo contrario: regular y limitar el uso de plaguicidas tóxicos, en beneficio del ambiente y la salud de la población.
Referencias
Castro-Vargas, María Soledad (2023). Pesticides, plantations and the State. The making and un-making of the Térraba-Sierpe delta. Tesis de Doctorado, Universidad Autónoma de Barcelona.
Dávila, Adriana. et al. (2018). Caracterización clínica y epidemiológica de la población tamizada en el Centro de Detección Temprana del Cáncer Gástrico, Costa Rica, período 1996-2015. Revista Costarricense de Salud Pública, 27(2), 68-81.
Pacheco, José Francisco.; Idriago, Déborah. (2022). Costo Económico y Fiscal del uso de plaguicidas en Costa Rica. San José: PNUD Costa Rica.
Vargas, Elídier. (2021). Uso aparente de plaguicidas en la agricultura de Costa Rica. San José: PNUD Costa Rica.
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