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Etiqueta: protección ambiental

UCR recomienda no aprobar TLC con Israel y advierte vacíos en derechos humanos, ambiente y participación ciudadana

El Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (UCR) en la sesión realizada el 1 de octubre acordó recomendar a la Asamblea Legislativa no aprobar el proyecto de ley para la aprobación del Tratado de Libre Comercio entre la República de Costa Rica y el Estado de Israel, expediente N.° 25.542.

La decisión se tomó a partir del análisis realizado por distintas instancias universitarias, entre ellas la Facultad de Ciencias Sociales, la carrera de Administración Aduanera y Comercio Exterior y otros espacios académicos de la Universidad. El criterio universitario advierte que el tratado debe ser valorado no solamente desde la perspectiva comercial, sino también considerando sus posibles consecuencias sociales, ambientales, económicas y en materia de derechos humanos.

Entre las principales preocupaciones señaladas por la UCR se encuentra que el tratado carece de un capítulo específico sobre derechos humanos y de cláusulas democráticas, así como de mecanismos que permitan evaluar los riesgos derivados de las actividades económicas promovidas por el acuerdo cuando estas puedan afectar territorios, comunidades o bienes naturales.

El análisis universitario también identifica vacíos en materia de protección ambiental, sostenibilidad y participación ciudadana. El tratado no incorpora un capítulo ambiental ni mecanismos específicos para que la ciudadanía pueda denunciar eventuales incumplimientos de la legislación ambiental, lo que, según el criterio analizado, representa una regresión en materia de gobernanza y acceso a la justicia ambiental.

El Consejo Universitario considera que el intercambio comercial con Israel representa actualmente una porción relativamente reducida del comercio exterior costarricense, por lo que la discusión sobre el tratado debe incorporar criterios relacionados con el desarrollo sostenible, la agricultura, la salud pública y otros compromisos internacionales.

El análisis también identifica asimetrías importantes en el acceso a los mercados. Mientras Israel consolida buena parte de un acceso que ya tenía libre de aranceles, Costa Rica realiza una apertura arancelaria significativamente mayor. Además, una parte importante de la oferta agrícola costarricense con potencial exportador quedó excluida o sometida a contingentes arancelarios.

El criterio señala asimismo carencias en materia de barreras sanitarias y fitosanitarias, contratación pública, inversión, servicios y mecanismos para garantizar un acceso efectivo de las empresas costarricenses al mercado israelí. También advierte sobre la ausencia de mecanismos suficientes para proteger intereses nacionales relacionados con biodiversidad, recursos genéticos y conocimiento tradicional.

Para la Universidad, estas condiciones deben ser analizadas a la luz del principio de que la política comercial del país debe ser coherente con sus principios constitucionales, el derecho internacional, el interés público y las obligaciones asumidas en materia de derechos humanos.

Derechos humanos y territorios ocupados

Uno de los elementos centrales del criterio universitario es la necesidad de incorporar una perspectiva de derechos humanos al análisis de los acuerdos comerciales.

El documento recomienda valorar disposiciones que permitan identificar el origen territorial de los bienes objeto del intercambio y establecer procesos de debida diligencia, de manera que las actividades económicas promovidas por el acuerdo no contribuyan directa o indirectamente al aprovechamiento de bienes naturales provenientes de territorios ocupados o a la consolidación de situaciones contrarias al derecho internacional.

La UCR señala, además, que los costos ambientales y sociales de determinadas actividades económicas pueden recaer de manera desproporcionada sobre poblaciones o territorios ambientalmente frágiles, mientras que los beneficios pueden concentrarse en empresas exportadoras, zonas francas y sectores altamente tecnificados.

El acuerdo adoptado por el Consejo Universitario recomienda formalmente a la Asamblea Legislativa no aprobar el expediente N.° 25.542, con base en los argumentos desarrollados en el análisis universitario.

Con esta posición, la UCR reafirma la importancia de que las decisiones sobre política comercial sean analizadas desde una perspectiva integral, considerando no solamente los posibles beneficios económicos, sino también sus implicaciones para los derechos humanos, la protección ambiental, la soberanía alimentaria, el bienestar social, la participación ciudadana y el cumplimiento del derecho internacional.

Puede descargar el informe desde SURCOS:
https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2026/10/Propuesta-Proyecto-de-Ley-CU-99-2026.pdf

Información enviada por el Programa Kioscos Socioambientales
Universidad de Costa Rica

Organizaciones e instancias cuestionan proyecto que crea una “concesión especial” en la Zona Marítimo-Terrestre

  • Advierten sobre riesgos para el carácter público de la ZMT y piden un diagnóstico antes de aprobar nuevas figuras de regularización

Organizaciones ambientales, comunitarias, académicas, personas defensoras de los territorios costeros y otras personas firmantes expresan su oposición al Expediente N.° 25.157, que propone crear una nueva figura denominada “concesión especial” para determinadas construcciones existentes en la zona restringida de la Zona Marítimo-Terrestre (ZMT).

El texto sustitutivo plantea esta figura para personas físicas o jurídicas que adquirieron fincas bajo la publicidad registral y cuyos títulos posteriormente fueron afectados por actos administrativos o anulados judicialmente por encontrarse sobre la zona restringida de la ZMT.

Las organizaciones y personas firmantes reconocen que debe existir una respuesta justa para quienes hayan sido afectados por errores, actuaciones estatales o situaciones de buena fe. Sin embargo, consideran que esa respuesta no debe comprometer el carácter público de la ZMT, la protección ambiental, la planificación territorial ni los derechos de la colectividad.

Uno de los principales cuestionamientos es que no se ha demostrado suficientemente la necesidad de crear una nueva figura jurídica. Antes de incorporar otra modalidad de concesión, consideran necesario realizar un diagnóstico que permita identificar las situaciones existentes, los instrumentos legales disponibles, sus limitaciones y los obstáculos administrativos o institucionales que han impedido resolver adecuadamente los casos. A su criterio, una nueva categoría podría generar duplicidades, conflictos normativos y mayor complejidad administrativa sin atender necesariamente las causas del problema.

El análisis también debe considerar que la ZMT constituye un bien de dominio público. La protección de quienes adquirieron propiedades bajo determinadas condiciones registrales debe ser considerada, pero también debe contemplarse el interés de la colectividad costarricense, actual y futura, sobre estos bienes.

Las organizaciones plantean que una solución para situaciones particulares no debería traducirse automáticamente en el reconocimiento de derechos privados sobre terrenos cuya condición de dominio público haya sido determinada mediante decisiones administrativas o judiciales.

Riesgos para el carácter público de la ZMT

Las organizaciones advierten además sobre los efectos que podría tener una concesión de larga duración y susceptible de prórroga. Señalan que una figura concebida para atender situaciones excepcionales podría terminar consolidando ocupaciones privadas durante períodos extensos, aun cuando los terrenos mantengan su condición de bienes de dominio público.

Por ello, consideran necesario analizar no solo quiénes podrían beneficiarse directamente de la reforma, sino también sus efectos sobre la capacidad futura del Estado para ordenar, proteger y administrar la ZMT.

El pronunciamiento también llama la atención sobre los casos en que los títulos de propiedad fueron anulados mediante resoluciones judiciales o actos administrativos. Las organizaciones reconocen la responsabilidad del Estado de establecer mecanismos de reparación cuando una persona haya sufrido las consecuencias de un error estatal, pero consideran necesario diferenciar entre reparar una situación y crear una nueva figura legal que pueda debilitar los efectos jurídicos de decisiones que determinaron el carácter público de determinados terrenos.

¿A quiénes beneficia la propuesta?

Otro aspecto señalado es que la población que podría beneficiarse directamente de la nueva figura no representa necesariamente a todas las personas que históricamente han habitado las costas.

Existen comunidades y pobladores históricos de la ZMT que nunca tuvieron un título de propiedad, debido a las características de su ocupación, a la falta de acceso a mecanismos de titulación u otras circunstancias jurídicas y sociales. Estas personas pueden enfrentar condiciones de vulnerabilidad y problemas de seguridad jurídica, pero no necesariamente están contempladas dentro de la solución propuesta.

Por ello, las organizaciones consideran necesario que cualquier reforma incorpore las distintas realidades sociales de las comunidades costeras y evite establecer soluciones diferenciadas que terminen beneficiando principalmente a quienes tuvieron acceso previo a un título registral.

También consideran necesario conocer cuántas personas podrían acogerse a la nueva figura, dónde se encuentran las propiedades, cuáles fueron las razones por las que sus títulos fueron afectados o anulados, qué tipo de construcciones existen y qué actividades se desarrollan actualmente en ellas, así como las condiciones ambientales de los sitios y las posibles implicaciones de la reforma para la planificación territorial y costera.

No todas las situaciones son iguales. Una vivienda familiar, una actividad turística, una construcción comercial o una infraestructura ubicada en un ecosistema ambientalmente sensible requieren análisis diferenciados.

Planificación territorial y protección ambiental

Las organizaciones consideran que la discusión sobre las construcciones existentes no puede separarse de la planificación territorial de las costas. La permanencia de construcciones y actividades en la ZMT debe analizarse en relación con los planes reguladores costeros, las condiciones ambientales de cada territorio y las capacidades institucionales para fiscalizar y ordenar los usos.

También plantean que cualquier nueva responsabilidad para las municipalidades debe estar acompañada de las capacidades técnicas, financieras y administrativas necesarias para ejercerla adecuadamente.

Un llamado a cambiar el rumbo del debate

Ante estas preocupaciones, las organizaciones, comunidades y personas firmantes solicitan que el debate legislativo sobre el Expediente N.° 25.157 se enfoque primero en conocer y diagnosticar las situaciones existentes, evaluar los instrumentos jurídicos actualmente disponibles y determinar cuáles son los obstáculos que han impedido su aplicación.

Por estas razones, expresan su oposición al Expediente N.° 25.157 en su formulación actual y solicitan que, en lugar de aprobar una nueva figura de regularización, se abra un proceso serio, transparente y participativo para construir soluciones diferenciadas que respeten los derechos de las personas, la protección ambiental, la planificación territorial y el carácter público de la Zona Marítimo-Terrestre.

“La seguridad jurídica no puede construirse sobre la inseguridad del patrimonio público”, señala el pronunciamiento.

El análisis del Expediente N.° 25.157 fue elaborado por Mauricio Álvarez Mora, docente de las Escuelas de Geografía y Ciencias Políticas de la Universidad de Costa Rica, coordinador del proyecto Geografía y Diálogo de Saberes (ED-3526) y de la Clínica de Derechos Humanos Ambientales del IDELA-UNA. El documento toma como referencia el proyecto de ley y criterios de IDESPO/PIC, la Contraloría General de la República, el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa y el dictamen de minoría. Estos documentos plantean, desde distintas perspectivas, cuestionamientos sobre la necesidad, conveniencia y posibles efectos jurídicos de crear una nueva figura para atender esta problemática.

Firman

Organizaciones, colectivos y programas

Asociación Civil Pro Natura; Asociación Ecologista Desamparadeña, Ecologistas Urbanos y la Escuelita Ecológica; Asociación Proyectos Alternativos (PROAL) / FECON; Asociación Rescate de la Zona Marítima Terrestre (ARREZOMATE); Causa Sur; Colectivo Ecologista Liberiano; Costa Rica por el Océano; Covirena Cabo Blanco-Ario; Defensores de la Casa Común; Federación Costarricense para la Conservación del Ambiente (FECON); Greenwolf; Mar y Comercio; Movimiento Ríos Vivos; Movimiento Salvemos la Loma Salitral; Programa Interdisciplinario Costero (PIC-UNA), proyecto ED-3526 Geografía y Diálogo de Saberes, Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica y Clínica de Derechos Humanos Ambientales del IDELA-UNA

Personas

Alejandro Augusto García Valerio; Ana Grouls; Andrea Arrieta; Andrés Schcolnik; Angélica Alvarado Barrantes; Carimel Gené Cruickshank; Catalina Carrillo Vargas; Damaris Rodríguez Lara; Dayana Rojas Venegas; Diana Avellán Troz; Eduardo Gardela Ramírez; Eugenia Delgado; Fátima Peraza Orellana; Frida Any Madrigal Jirón; Gabriela García Calderón; Jefferson Jiménez Gutiérrez; Jorge Enrique Corrales Alpízar; Jorge Leiva Alpízar; José Pablo Vega Arroyo; Juanita Castillo Jirón; Laura Carolina Garrigues Herrera; María C. Vanoli B.; María Camacho Soto; María José Hernández Johannesen; Marilyn Stephanie Valverde Salas; Martín Ortega; Natalia Zeledón Fontana; Óscar Beita Quesada; Osvaldo Durán-Castro; Patricia Sánchez Lurueña; Stefano Silvestri Colombini; Stephanie Rojas M.; Wilber Cortés Rodríguez; Wilma Eras de la O

Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogo de Saberes: Análisis de la conflictividad socioambiental en territorios comunitarios de Costa Rica de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.

Conferencia en San Rafael de Heredia sobre la importancia de los planes reguladores para un ordenamiento territorial en armonía con el ambiente

CONCEVERDE invita a la conferencia «Importancia de los planes reguladores para un ordenamiento territorial en armonía con el ambiente», que se realizará el miércoles 7 de octubre de 2026, a las 6:30 p. m., en la Casa del Pensionado de San Rafael de Heredia, frente al Estadio Yuba Paniagua (coordenadas: 10°00’40.3″N 84°06’07.7″W).

La conferencia estará a cargo de Jessica Martínez, experta en desarrollo urbano, exministra de Vivienda y Asentamientos Humanos y expresidenta ejecutiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU).

La actividad se da en un momento clave para el cantón, ya que la Municipalidad de San Rafael de Heredia está elaborando el plan de ordenamiento territorial o plan regulador. Según CONCEVERDE, este instrumento definirá si el cantón será ordenado y respetará lo que aún queda de naturaleza, o si se llenará de cemento. Por eso considera importante que la comunidad conozca en qué consiste el instrumento y cómo puede incidir en la regulación que se aprobará.

El plan regulador es la herramienta que define dónde se puede construir, qué áreas deben protegerse y cómo se organiza el crecimiento de un cantón. Afecta directamente la vida cotidiana de sus habitantes: el acceso al agua, el tránsito, la seguridad, los espacios verdes e incluso el valor de las propiedades.

En la conferencia se abordará:

  • qué regula y qué protege este instrumento,
  • cómo influye en los barrios, las viviendas y el entorno,
  • por qué es fundamental que la comunidad participe en su elaboración.

«No se trata de tecnicismos lejanos: se trata de la calidad de vida», señala la organización, que invita a la población a asistir, escuchar y plantear sus preguntas. «Entender el plan regulador es entender cómo se construye el futuro del cantón».

Solicitan reunión con la Asociación de Desarrollo de Manzanillo para alertar sobre impactos del modelo de desarrollo en la comunidad

El ambientalista Marco Vinicio Levy Virgo dirigió una carta a la Junta Directiva de la Asociación de Desarrollo Integral de Manzanillo, en la que solicita una reunión para exponer información técnica sobre los impactos del modelo de desarrollo que, según señala, se viene consolidando en esa comunidad del Caribe Sur.

En la comunicación, fechada el 26 de julio de 2026, Levy explica que durante más de tres décadas ha trabajado en la defensa del ambiente en Manzanillo y sus alrededores. Aclara que su posición no constituye una oposición al desarrollo, sino un llamado a que este respete los límites ecológicos indispensables para garantizar la supervivencia y el bienestar de la comunidad.

Uno de los principales planteamientos del documento es la importancia de proteger las lomas de Manzanillo como zonas de recarga acuífera. Según expone, de estas áreas depende buena parte del abastecimiento de agua para la población y las actividades productivas, por lo que intervenirlas sin información técnica suficiente sobre su capacidad de carga incrementa el riesgo de escasez y deterioro del recurso hídrico.

La carta también analiza el crecimiento de viviendas y alojamientos destinados al alquiler de corta estancia mediante plataformas como Airbnb. Levy sostiene que este modelo genera una demanda creciente de servicios, especialmente agua potable, mientras una parte importante de los beneficios económicos no permanece en la comunidad, situación que considera crea una relación desigual entre el aprovechamiento del territorio y los beneficios locales.

Asimismo, señala que durante años algunos intereses inmobiliarios y turísticos han ejercido influencia en distintos espacios de decisión local y regional. En su criterio, ello no se ha traducido en una defensa prioritaria de la recarga acuífera ni de la capacidad de carga del territorio, provocando que la comunidad asuma las consecuencias sobre el acceso al agua y la calidad de vida.

El documento incorpora además un repaso de antecedentes relacionados con el ordenamiento territorial del Caribe Sur, entre ellos el enfoque conocido como «The Rich Coast», el Plan Regulador Costero y la Ley 9223, lo que indica que, a juicio del autor, algunos de estos procesos han sido utilizados para favorecer intereses empresariales vinculados al desarrollo inmobiliario en zonas ambientalmente sensibles.

Levy manifiesta también su preocupación por un documento suscrito por un expresidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Manzanillo y remitido a la Sala Constitucional dentro del expediente relacionado con la Ley 9223. Considera que dicho escrito responde a una perspectiva ajena a los intereses colectivos de la comunidad y hace un llamado a evitar que la organización comunal sea utilizada para respaldar posiciones que puedan favorecer agendas particulares sobre el interés público.

En la parte final de la carta, el ambientalista reitera que no está en contra del turismo ni de la actividad empresarial. Afirma que el turismo es fundamental para Manzanillo, pero sostiene que debe desarrollarse con contrapesos comunitarios y respetando la capacidad ecológica del territorio para evitar que la población local termine relegada y que se comprometan recursos estratégicos como el agua.

Finalmente, solicita a la junta directiva de la Asociación la oportunidad de reunirse para compartir información técnica sobre la recarga acuífera, la capacidad de carga del territorio y los efectos del modelo de desarrollo vigente, con el propósito de que la comunidad cuente con mayores elementos para tomar decisiones con autonomía y visión de futuro. La carta concluye expresando su disposición para reunirse en el momento y lugar que la organización considere conveniente.

Información basada en el oficio MLV-00289-2026 remitido por Marco Vinicio Levy Virgo.

Sala Constitucional da curso a amparo por demora en ejecutar sentencia del caso Hotel RIU Guanacaste

La Sala Constitucional dio trámite a un recurso de amparo presentado por Gad Amit Kaufman, en representación de la Asociación Confraternidad Guanacasteca, relacionado con la prolongada demora en la ejecución de la sentencia del Tribunal Ambiental Administrativo (TAA) en el expediente del caso Hotel RIU Guanacaste.

La resolución, emitida el 20 de julio de 2026, ordena solicitar informes al ministro de la Presidencia, a la coordinadora de Gestión Documental de la Presidencia de la República, a la presidenta del Tribunal Ambiental Administrativo y a la ministra de Ambiente y Energía, quienes deberán responder en un plazo de tres días hábiles sobre los hechos expuestos en el recurso.

El recurso señala que el 16 de mayo de 2026 la Asociación Confraternidad Guanacasteca presentó ante la Presidencia de la República una gestión de interés público titulada «Mora en el Tribunal Ambiental Administrativo – Solicitud de ejecución de sentencia N.° 1403-2005-TAA (Caso Hotel RIU Guanacaste)», mediante la cual solicitó acciones para atender la prolongada mora que afecta ese expediente y el funcionamiento del Tribunal Ambiental Administrativo.

Entre las solicitudes formuladas se incluyó instruir al MINAE para fortalecer administrativamente al Tribunal Ambiental Administrativo, establecer métricas y plazos máximos de resolución de expedientes, y garantizar el nombramiento oportuno de jueces titulares y suplentes para evitar nuevas paralizaciones institucionales.

Según se expone en el recurso, la Presidencia trasladó la gestión al Ministerio de Ambiente y Energía mediante oficio del 21 de mayo de 2026. Posteriormente, el propio Tribunal Ambiental Administrativo informó que enfrenta una situación de severa congestión, con más de 4.560 expedientes administrativos en trámite, 317 expedientes en fase de seguimiento de ejecución y una capacidad limitada de personal para atenderlos.

La gestión sostiene que, pese a reconocer la magnitud de la mora institucional, las autoridades no respondieron al fondo de la solicitud relacionada con el expediente del Hotel RIU Guanacaste, el cual, según se indica, permanece sin sentencia firme después de 17 años, debido a solicitudes de adición, aclaración y recursos pendientes de resolución.

En resoluciones anteriores sobre este mismo tema, SURCOS ha informado acerca de las gestiones impulsadas por la Asociación Confraternidad Guanacasteca para exigir el cumplimiento efectivo de la sentencia del Tribunal Ambiental Administrativo y denunciar la prolongada mora que afecta este caso emblemático, así como las implicaciones que ello tiene para la tutela efectiva del ambiente y el acceso a una justicia ambiental pronta y cumplida.

Con la admisión del recurso, la Sala Constitucional inicia el trámite correspondiente y solicita a las autoridades recurridas rendir los informes respectivos antes de resolver sobre el fondo del amparo.

Denuncian ante la Auditoría Interna del SINAC presunta afectación de más de mil hectáreas de humedal palustre en Limón

Una denuncia formal presentada ante el Consejo Nacional de Áreas de Conservación (CONAC), el Consejo Regional del Área de Conservación La Amistad Caribe (CORAC-ACLAC) y la Auditoría Interna del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) solicita la intervención urgente de esa instancia de control interno ante la presunta afectación de un humedal palustre registrado en Bananito Sur, distrito Valle de la Estrella, cantón de Limón. La gestión fue presentada por Marco Vinicio Levy Virgo, quien solicita investigar posibles omisiones institucionales y adoptar medidas inmediatas para la protección y restauración del ecosistema.

La denuncia se fundamenta en dos dictámenes técnicos oficiales emitidos por la Unidad Hidrológica Caribe de la Dirección de Agua del MINAE, los cuales documentan la existencia de un canal de drenaje agrícola que atraviesa gran parte del área inscrita en el Registro Nacional de Humedales (Palustre), así como una zona de tala y quema ubicada dentro del humedal. Según el escrito, la afectación comprometería un polígono de aproximadamente 1.002 hectáreas.

El primero de los dictámenes determinó que en el sitio existen dos cuerpos de agua: una quebrada que corresponde al dominio público y un canal de drenaje agrícola que no constituye un cauce de dominio público. Sin embargo, el informe también estableció que gran parte del recorrido del canal se ubica dentro del área delimitada como humedal palustre registrado.

Posteriormente, un segundo informe técnico concluyó que, aunque las labores de mantenimiento del canal no configuraban un posible delito por obras ilegales en cauce, sí existían elementos para considerar una posible afectación ambiental al humedal, debido a la ubicación del canal dentro del área protegida y a la presencia de una franja con evidencia de tala y quema. Por esa razón, la Dirección de Agua dispuso trasladar el caso al SINAC para que investigara los hechos y determinara las actuaciones correspondientes.

En la denuncia presentada esta semana, Levy sostiene que, pese a esos dictámenes oficiales y a la recomendación expresa de intervención, persiste una omisión prolongada en el cumplimiento de las obligaciones de protección por parte del Área de Conservación La Amistad Caribe. Además, señala que el drenaje artificial del humedal habría provocado alteraciones hidrológicas, fragmentación del ecosistema, pérdida de vegetación, disminución de la biodiversidad y posibles impactos irreversibles sobre un ecosistema especialmente vulnerable.

Como antecedente, el documento recuerda que la Sala Constitucional admitió para trámite un recurso de amparo relacionado con estos hechos y solicitó informes al Sistema Nacional de Áreas de Conservación y al Ministerio de Ambiente y Energía sobre la presunta afectación del humedal y sobre las actuaciones institucionales desarrolladas en este caso.

Asimismo, la denuncia hace referencia a una constancia emitida por la propia Sala Constitucional el 6 de julio de 2026, en la que se dejó constancia de que el director ejecutivo del SINAC no había presentado el informe requerido dentro del plazo establecido por el Tribunal.

Entre las solicitudes planteadas se pide admitir formalmente la denuncia, activar los mecanismos de control interno, ordenar la intervención del Auditor Interno del SINAC para valorar el impacto ambiental y la gestión institucional, determinar eventuales responsabilidades administrativas y proponer las medidas correctivas, sancionatorias y de restauración que correspondan. También se solicita al CONAC y al CORAC-ACLAC disponer acciones inmediatas para la protección, investigación y recuperación del humedal.

La denuncia sostiene que la urgencia de estas actuaciones responde al carácter progresivo y potencialmente irreversible del daño denunciado, así como a la necesidad de preservar la evidencia y evitar un mayor deterioro del ecosistema mientras continúan los procedimientos administrativos y judiciales relacionados con el caso.

Imagen con fines ilustrativos. Fuente: Observatorio de Bienes Comunes UCR.

Solicitan declarar nulos 209 permisos de uso de suelo otorgados en el área de influencia del Refugio Gandoca-Manzanillo

Marco Vinicio Levy Virgo presentó una denuncia formal ante la Municipalidad de Talamanca, el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la República y la Fiscalía Ambiental, mediante la cual solicita la declaratoria de nulidad absoluta de 209 permisos de uso de suelo otorgados entre marzo de 2014 y enero de 2019 en la zona marítimo-terrestre comprendida entre Cocles y Manzanillo.

La gestión se fundamenta en una certificación emitida por la Secretaría del Concejo Municipal de Talamanca, según la cual durante ese período fueron aprobados 209 permisos de uso de suelo en terrenos ubicados dentro del área de influencia del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo.

Según la denuncia, dichos permisos fueron otorgados a personas físicas y jurídicas para la ocupación y, en múltiples casos, la explotación comercial de terrenos localizados en una zona considerada de dominio público estatal y vinculada a un área silvestre protegida. El documento sostiene que tales autorizaciones habrían sido emitidas sin la participación de las autoridades competentes en materia de áreas protegidas.

Levy argumenta que existe una amplia base jurisprudencial relacionada con ocupaciones y explotaciones comerciales en esa misma zona. Entre las resoluciones citadas se encuentran las sentencias N.º 178-2002, 286-2003, 285-F-04 y 220-2007, esta última relacionada con el conocido caso del Hotel Las Palmas, ubicado en Punta Uva. De acuerdo con la denuncia, estas resoluciones confirmaron la ilegalidad de determinadas ocupaciones dentro del refugio y consolidaron criterios sobre la protección del dominio público y de las áreas silvestres protegidas.

Como respaldo adicional, el denunciante incorpora documentación histórica relacionada con el caso Hotel Las Palmas. Entre ella figura una gestión presentada ante la Contraloría General de la República en julio de 2008 por la Asociación de Desarrollo para la Ecología, en la cual se señalaba que existían resoluciones judiciales firmes cuya ejecución seguía pendiente a pesar de haber sido confirmadas por los tribunales.

Asimismo, se aportan oficios de la Procuraduría General de la República y del SINAC correspondientes al año 2008. En ellos se hace referencia a procesos judiciales y administrativos relacionados con el Hotel Las Palmas y a la necesidad de ejecutar actuaciones vinculadas con el desalojo y la protección de los bienes públicos ubicados dentro del refugio.

La denuncia sostiene que los 209 permisos presentan varias causales de nulidad absoluta. Entre ellas menciona la supuesta incompetencia de la Municipalidad de Talamanca para autorizar usos dentro de un refugio nacional de vida silvestre, la violación del régimen jurídico de los bienes de dominio público, el desconocimiento de resoluciones judiciales firmes, la desviación de poder y el eventual abuso del derecho.

El documento también señala que los actos cuestionados afectarían normas de orden público ambiental y el régimen demanial del Estado, razón por la cual solicita que se declare la nulidad absoluta e insanable de todos los permisos otorgados entre 2014 y 2019.

Entre las medidas solicitadas figuran la suspensión inmediata de los efectos jurídicos de los permisos, la prohibición de emitir nuevas autorizaciones derivadas de ellos, la realización de inspecciones técnicas y la paralización de obras o actividades desarrolladas al amparo de dichos permisos. También se solicita una auditoría integral de los permisos otorgados en áreas protegidas y zonas de dominio público desde 2014 hasta la actualidad, así como la remisión de información a la Contraloría General de la República y a la Fiscalía Ambiental para determinar eventuales responsabilidades.

Como prueba documental, la gestión incorpora la certificación municipal sobre los 209 permisos, las sentencias judiciales relacionadas con el caso Hotel Las Palmas y documentación histórica vinculada con actuaciones de la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la República y el SINAC.

Dictamen del MINAE confirma cuatro cuerpos de agua permanentes en la Finca El Maderal

Comité Vecinal Vecinos por El Maderal presentó nuevos informes técnicos y jurídicos tras la emisión de un dictamen oficial que identifica cuatro cuerpos de agua de dominio público permanente en el terreno donde se proyecta una planta de gestión de residuos sólidos.

La Dirección de Agua del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) confirmó la existencia de cuatro cuerpos de agua de dominio público de carácter permanente en la Finca El Maderal, ubicada en Mata de Plátano de Goicoechea, donde se proyecta la construcción de una planta industrial para la gestión de residuos sólidos promovida por la Municipalidad de San José.

El criterio técnico fue emitido mediante el dictamen DA-UHTPCOSJ-0778-2026, resultado de inspecciones realizadas en octubre de 2025 y marzo de 2026. El documento concluye que dos de las fuentes corresponden a quebradas permanentes afluentes de la quebrada Patalillo y que otras dos corresponden a afloramientos permanentes asociados al flujo base de dicha quebrada, tributaria del río Torres.

Según el dictamen, las fuentes identificadas mantienen carácter permanente y forman parte del dominio público hídrico. El informe también señala que los afloramientos observados se relacionan con flujos subsuperficiales que emergen en contacto con materiales geológicos presentes en la zona.

Tras conocerse el contenido del dictamen, el Comité Vecinal Vecinos por El Maderal remitió a la Dirección de Agua una gestión de aclaración y complementación técnica, así como un informe técnico-jurídico complementario. En esos documentos la organización plantea consultas sobre diversos aspectos metodológicos y jurídicos del criterio emitido, entre ellos la clasificación de las fuentes de agua, la delimitación de áreas de protección, la incorporación de estudios biológicos y forestales al expediente y la evaluación de nacientes reportadas por la comunidad.

El comité sostiene que la confirmación oficial de cuerpos de agua permanentes debe ser considerada en la valoración integral del proyecto propuesto para la finca. Asimismo, argumenta que el sitio posee características ambientales relevantes documentadas por distintas instituciones y equipos técnicos.

Entre los antecedentes citados por la organización se encuentra la confirmación por parte del SINAC de aproximadamente 7,6 hectáreas de cobertura forestal compacta en la propiedad, así como estudios universitarios que identifican la presencia de bosque secundario y de nacientes permanentes dentro del ecosistema.

La comunidad organizada también recuerda que el Concejo Municipal de Goicoechea acordó solicitar la detención del proyecto en febrero de 2026 y que el caso es actualmente objeto de análisis en diferentes instancias, incluyendo la Sala Constitucional y la Contraloría General de la República.

De acuerdo con la información suministrada por el Comité Vecinal, el proyecto adjudicado por la Municipalidad de San José contempla una inversión superior a los ¢537 millones para la instalación de una planta de gestión de residuos sólidos en una finca municipal de aproximadamente 11,17 hectáreas.

Las personas representantes de la organización comunal manifestaron que continuarán impulsando acciones administrativas y legales para la protección del ecosistema hídrico y forestal de la Finca El Maderal, mientras solicitan que las instituciones competentes valoren integralmente la información técnica disponible.

Ciudadano solicita anular permisos y acciones administrativas en proyecto Puket con base en informe técnico del Tribunal Ambiental Administrativo

El ciudadano y activista ambiental Marco Vinicio Levy Virgo presentó un requerimiento formal ante diversas instituciones públicas para que adopten medidas inmediatas en relación con el denominado Proyecto Puket, ubicado dentro del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, y para que se declare la nulidad absoluta de cualquier acto administrativo que haya permitido intervenciones en el área desde el año 2011.

La gestión, dirigida al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), a la Municipalidad de Talamanca y a la Contraloría General de la República, se fundamenta en un informe técnico elaborado por el Tribunal Ambiental Administrativo (TAA) tras una inspección realizada en abril de 2011.

Según el documento presentado por Levy Virgo, el informe técnico TAA-DT-0048-011 constituye una prueba oficial del propio Estado que determinó hace más de una década que la propiedad inspeccionada se encuentra dentro de los límites del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, que parte de los terrenos corresponden al Patrimonio Natural del Estado y a zona restringida de la zona marítimo-terrestre, y que en el sitio existían condiciones de bosque y humedal.

El informe también documentó alteraciones ambientales significativas, entre ellas la corta de sotobosque, la construcción de canales de drenaje, la introducción de pastos y especies exóticas y la preparación de terrenos para cambios de uso de suelo en aproximadamente 9,1 hectáreas.

De acuerdo con la exposición presentada, el informe técnico del Tribunal Ambiental Administrativo concluyó que el área afectada conserva características propias de bosque y humedal, pese a las intervenciones realizadas, y que parte de las acciones observadas respondían a prácticas recurrentes en la región para transformar ecosistemas naturales en terrenos aptos para otros usos.

Con base en estos hallazgos, Levy sostiene que las instituciones públicas contaban desde 2011 con información suficiente para actuar en defensa del área protegida y que la falta de acciones efectivas durante más de una década podría generar responsabilidades administrativas, civiles e incluso penales para las autoridades competentes de distintas épocas.

Entre las medidas solicitadas se encuentra la paralización inmediata de cualquier obra o actividad en el área objeto del informe, la adopción de medidas cautelares por parte del SINAC, la reactivación o continuación de procedimientos administrativos en el Tribunal Ambiental Administrativo, la revisión de eventuales servicios públicos brindados en la zona y una investigación por parte de la Contraloría General de la República sobre posibles omisiones institucionales.

Asimismo, el documento plantea la solicitud de declarar la nulidad absoluta de cualquier permiso, autorización, concesión o acto administrativo emitido con posterioridad al informe técnico de 2011 que haya permitido construcciones, cambios de uso del suelo, infraestructura u otras intervenciones en el área analizada.

La gestión forma parte de una serie de acciones ciudadanas relacionadas con la protección del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, donde distintos sectores han venido cuestionando actuaciones estatales y decisiones administrativas vinculadas con el manejo de territorios protegidos, humedales y zonas de patrimonio natural.

En su escrito, Levy Virgo solicita respuestas institucionales dentro de plazos específicos y advierte que, de no obtenerlas, se reserva el derecho de acudir a distintas vías legales y administrativas para exigir el cumplimiento de las obligaciones de protección ambiental establecidas en el ordenamiento jurídico costarricense.

SURCOS ha dado seguimiento durante los últimos meses a diversas gestiones, denuncias y resoluciones relacionadas con la protección ambiental en Gandoca-Manzanillo, un territorio que continúa generando debate nacional por la conservación de sus ecosistemas, humedales y áreas protegidas.

Comunidades de Osa logran que la Contraloría ordene protección ambiental en permisos de construcción

Comisión Alianza Comunal*

  • Estudio sobre permisos de construcción en la Fila Costeña y el Corredor Biológico Paso de la Danta

  • La Contraloría confirma graves debilidades institucionales en la protección ambiental y el ordenamiento territorial

La Contraloría General de la República (CGR) emitió la orden n.° DFOE-SOS-ORD-00002-2026, tras una investigación preliminar sobre permisos de construcción otorgados en la Fila Costeña y el Corredor Biológico Paso de la Danta (CBPD). La investigación surge a partir del proceso de incidencia ciudadana conducido por nuestra Comisión, el cual fue apoyado y gestionado a través de la denuncia presentada, el 30 de setiembre de 2025 por el exdiputado Ariel Robles, ante presuntas irregularidades en el otorgamiento de permisos de construcción en terrenos con mucha fragilidad ambiental dentro del cantón de Osa.

El estudio fue desarrollado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría, cuyos resultados fueron notificados el 21 de mayo de 2026. Como resultado, el órgano contralor emitió órdenes vinculantes dirigidas a seis municipalidades: Osa, Pérez Zeledón, Quepos, Dota, Buenos Aires y Tarrazú, así como al SINAC y la Dirección de Aguas del MINAE.

La Contraloría concluye que estas municipalidades han venido otorgando permisos de construcción basándose únicamente en la revisión documental de requisitos, sin incorporar formalmente la variable ambiental ni mecanismos preventivos de consulta técnica con instituciones como SETENA, SINAC o Dirección de Aguas. Esto ocurre incluso dentro de territorios estratégicos para la conectividad ecológica y la conservación de ecosistemas.

Según el informe: “Los gobiernos locales de Osa, Pérez Zeledón, Quepos, Dota, Buenos Aires y Tarrazú han visto debilitada su correcta administración y planificación territorial, por cuanto otorgan permisos de construcción sin incorporar formalmente la variable ambiental (…) comprometiéndose así el desarrollo sostenible del cantón y el equilibrio entre expansión urbana, protección ambiental y bienestar de la población”.

La CGR también señala la ausencia de planes reguladores integrales, la falta de controles mediante coordenadas geográficas, la inexistencia de zonificaciones ambientales y la débil coordinación interinstitucional para la tutela del ambiente.

Un precedente histórico para el Corredor Biológico Paso de la Danta

La importancia de este proceso trasciende el cantón de Osa. El Corredor Biológico Paso de la Danta atraviesa parcial o totalmente seis cantones: Osa, Quepos, Pérez Zeledón, Dota, Tarrazú y Buenos Aires.

La Contraloría reconoce oficialmente que el Plan de Gestión del Corredor Biológico Paso de la Danta constituye un instrumento relevante de gestión territorial y protección ambiental, el cual había sido ignorado o minimizado en los procesos municipales de permisos de construcción.

El informe además señala los Elementos Focales de Manejo (EFM) identificados, que pueden integrar Áreas Ambientalmente Frágiles (AAF), fundamentales para la conectividad ecológica entre la Cordillera de Talamanca, el Humedal Térraba-Sierpe y el Parque Nacional Marino Ballena, incluyendo: grandes parches de bosque tropical; rutas de conectividad para grandes mamíferos; cuencas hidrográficas que impactan arrecifes y ecosistemas marino-costeros y corredores costeros vinculados con sitios de anidación de tortugas marinas.

La conclusión es contundente: las áreas ambientalmente frágiles y sitios de importancia ambiental del CBPD sí deben ser consideradas de manera vinculante en los permisos de construcción.

Este proceso también representa una experiencia pionera de articulación entre organización comunitaria, investigación ciudadana y fuerzas políticas dentro de la Asamblea Legislativa, que permitió escalar una denuncia territorial hacia la Contraloría General de la República. Se trata de una vía poco utilizada históricamente por las comunidades en conflictos socioambientales relacionados con omisiones municipales y ordenamiento territorial. La experiencia abre un camino importante para otros territorios del país, demostrando que las comunidades organizadas pueden activar mecanismos institucionales de fiscalización del Estado cuando existen vacíos regulatorios, falta de controles ambientales o decisiones municipales que comprometen ecosistemas y bienes comunes. En ese sentido, este caso podría sentar un precedente importante para futuras luchas ambientales y territoriales en Costa Rica.

Órdenes obligatorias y cambios institucionales

La Contraloría ordenó medidas correctivas obligatorias para municipalidades, SINAC y Dirección de Aguas.

Entre las medidas ordenadas por la Contraloría destacan la incorporación formal de la variable ambiental en los procesos de otorgamiento de permisos de construcción, la creación de mecanismos obligatorios de coordinación entre las municipalidades, el SINAC, SETENA y la Dirección de Aguas, así como la actualización del Plan de Gestión del Corredor Biológico Paso de la Danta. Además, se establece la necesidad de delimitar sitios de importancia ambiental y áreas ambientalmente frágiles, fortalecer los sistemas de información y control territorial e implementar procesos de capacitación ambiental para el personal técnico y administrativo de los gobiernos locales.

El incumplimiento de estas órdenes puede constituir falta grave y derivar en sanciones administrativas.

Una lucha comunitaria sostenida durante años

Como Comisión Alianza Comunal (CAC), adscrita al Comité Local del Corredor Biológico Paso de la Danta, queremos compartir con las comunidades que este proceso no surgió de la nada.

Durante años hemos impulsado procesos de educación popular, investigación-acción y participación ciudadana para documentar y visibilizar los impactos del modelo constructivo intensivo y del turismo inmobiliario desregulado sobre la Fila Costeña.

Hemos investigado afectaciones sobre fuentes de agua, bosques, biodiversidad y ecosistemas vinculados al Parque Nacional Marino Ballena. También tuvimos que recurrir a recursos legales para acceder a información pública sobre permisos de construcción y evidenciar las debilidades institucionales en el ordenamiento territorial.

Todo este trabajo colectivo permitió construir acuerdos comunales y elevar las denuncias hasta instancias nacionales.

Hoy, el informe de la Contraloría confirma oficialmente muchas de las preocupaciones y denuncias que las comunidades venimos señalando desde hace años.

Volvamos a encontrarnos

Queremos contarles a nuestras vecinas y vecinos que, durante este tiempo en que no nos hemos encontrado en el espacio del Festival del Día Mundial del Océano, la defensa de la Fila Costeña no se ha detenido.

Al contrario: se ha abierto un precedente histórico que podría transformar la manera en que se gestionan los permisos de construcción y la protección ambiental no solo en Osa, sino en todos los territorios del Corredor Biológico Paso de la Danta.

Por eso queremos volver a encontrarnos este próximo domingo 7 de junio en el Festival del Día Mundial del Océano, en El Mercado de Bahía Ballena.

Queremos compartir los avances, los desafíos, las tensiones y las esperanzas de este proceso colectivo que lleva muchos años caminándose y que también se ha sostenido gracias a ustedes: con su presencia, sus firmas, sus conversaciones, su apoyo y su compromiso con la defensa del territorio.

La Fila Costeña sigue siendo una primera línea de protección del Parque Nacional Marino Ballena. Un territorio clave para el agua, la biodiversidad y la calidad de vida de las comunidades de toda la región.

Pero también se ha convertido en un laboratorio vivo de organización comunitaria y defensa territorial cuyos aprendizajes podrían servir de ejemplo para muchas otras comunidades, corredores biológicos y territorios del país.

Informe: https://drive.google.com/file/d/1XTcwTK7KmRndxe2w8SanqGwaC6ocayqW/view?usp=sharing

*Adscrita al Comité Local del Corredor Biológico Paso de la Danta