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Etiqueta: protección ambiental

Denuncia señala destrucción sistemática del Humedal Río Carbón en Playa Negra y cuestiona omisión institucional

El ambientalista limonense Marco Levy Virgo presentó una nueva denuncia penal ante la Fiscalía General de la República, el Organismo de Investigación Judicial y el Concejo Municipal de Talamanca, en la que acusa una “destrucción sistemática, deliberada, acelerada e irreversible” del Humedal Río Carbón, ubicado en Playa Negra de Puerto Viejo, en el Caribe Sur.

La denuncia, identificada como MLV-00164-2026 y fechada el 9 de mayo de 2026, sostiene que desde el año 2005 existe un expediente penal abierto por presuntas afectaciones al humedal, sin que hasta la fecha se haya emitido resolución alguna. Según el documento, durante más de dos décadas se habría consolidado una urbanización progresiva del ecosistema mediante rellenos, tala, drenajes y construcciones vinculadas a desarrollos inmobiliarios.

Levy Virgo afirma que en los últimos años la situación se ha intensificado y denuncia el ingreso cotidiano de camiones con escombros y materiales de relleno al humedal, así como la utilización de maquinaria para modificar el ecosistema. También cuestiona la actuación de instituciones públicas, particularmente del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) y de la Municipalidad de Talamanca.

Uno de los principales señalamientos del denunciante es que el informe técnico oficial “Caracterización y delimitación de humedales en la zona marítimo terrestre del litoral del cantón de Talamanca”, elaborado por el SINAC en junio de 2021, habría permanecido fuera del Sistema Nacional de Información Territorial (SNIT) mientras continuaban otorgándose permisos de construcción dentro del ecosistema.

El estudio técnico citado, elaborado por el Área de Conservación Central del SINAC, concluye que en la Zona Marítimo Terrestre del litoral de Talamanca existen 13 polígonos identificados como humedales palustrinos, que abarcan aproximadamente 165 hectáreas, equivalentes al 34% de la superficie total de la ZMT analizada.

En particular, el informe describe la llanura costera Río Carbón–Puerto Viejo como un sector de humedales con más de 42 hectáreas distribuidas en varios polígonos. El documento señala la presencia de suelos hidromórficos, drenaje lento o nulo, riesgo severo de inundación y vegetación hidrófila característica de ecosistemas de humedal.

La investigación técnica también documenta observaciones de campo relacionadas con construcciones, lotificaciones, caminos y rellenos en sectores identificados como humedal. Entre las anotaciones se mencionan “construcción ilegal”, “camino en construcción”, “relleno”, “lotificación” y “construcciones y lotificación en humedal”.

Según el informe del SINAC, estos ecosistemas cumplen funciones ecológicas esenciales relacionadas con el control de inundaciones, filtración y retención de agua, estabilidad costera y conservación de biodiversidad. El documento destaca además la importancia del área para especies de flora y fauna propias de humedales del Caribe Sur, incluyendo yolillo, sangrillo, cativo, aves acuáticas, reptiles y mamíferos.

En respuesta a una denuncia anterior presentada por Levy Virgo, el Programa Nacional de Humedales del SINAC confirmó mediante la carta oficial CARTA-SINAC-SE-DE-PNH-0017-2026 que existe una causa penal abierta desde 2005 por presuntas afectaciones al Humedal Río Carbón, expediente que se tramita bajo el número 05-001155-0597-PE.

En dicha respuesta, el SINAC indicó que continuará colaborando con la Fiscalía Ambiental y otras autoridades judiciales mediante peritajes técnicos, inspecciones y aportes de información institucional cuando sean requeridos formalmente. Asimismo, señaló que la información disponible sobre el humedal puede consultarse en el Registro Nacional de Humedales y el visor del SNIT.

En su más reciente denuncia, Levy Virgo solicita medidas cautelares inmediatas para detener toda actividad dentro del humedal, así como la realización de una pericia ambiental integral y georreferenciada por parte del Departamento de Biología Forense del OIJ. También pide investigar eventuales responsabilidades de funcionarios públicos y coordinar acciones para la recuperación ecológica del ecosistema.

Sala Constitucional pide informes por construcción de carretera en zona protegida de Barva

La Sala Constitucional acogió para trámite un recurso de amparo presentado contra el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y la Municipalidad de Barva de Heredia por la construcción de una carretera en Sacramento de Barva, dentro de una zona inalienable protegida por la Ley 65 de 1888 y en el área de amortiguamiento del Parque Nacional Braulio Carrillo.

El recurso fue interpuesto por Isabel Arias Chavarría y José Francisco Alfaro Carvajal, quienes señalan que las obras se realizan sobre un antiguo camino rústico sin que se hayan efectuado estudios ambientales integrales ni contemplado medidas de mitigación para la fauna silvestre, pese a tratarse de un ecosistema de alta fragilidad ecológica.

Según el expediente, las personas recurrentes sostienen que el proyecto financiado mediante un convenio entre el INDER y la Municipalidad de Barva fue tramitado ante SETENA como una obra de bajo impacto ambiental, mediante una evaluación simplificada, cuando por las características ambientales y jurídicas de la zona debía requerirse un Estudio de Impacto Ambiental completo.

El recurso señala además que la intervención implica ensanchamiento del camino, remoción de vegetación y posibles afectaciones sobre corredores biológicos utilizados por especies como quetzales, dantas, pumas, ocelotes, monos carablanca y numerosas aves y reptiles.

Entre los cuestionamientos también se menciona la supuesta ausencia de pasos de fauna y la falta de autorización expresa del MINAE o del SINAC para intervenir el patrimonio natural del Estado en esa zona protegida.

La Sala Constitucional ordenó solicitar informes a la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) y a la Municipalidad de Barva, otorgando un plazo de tres días hábiles para responder sobre los hechos denunciados.

El caso se relaciona con preocupaciones ambientales, que diversos sectores han venido planteando, sobre el impacto de obras viales y desarrollos en zonas de amortiguamiento del Parque Nacional Braulio Carrillo y otros territorios protegidos del norte de Heredia, particularmente en áreas vinculadas con la recarga hídrica y corredores biológicos estratégicos para el Valle Central.

Le invitamos a leer desde SURCOS el documento completo de la resolución judicial:
https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2026/05/0031-0007-237626170-0155-F.pdf

Denuncian posible “collareo” de árbol en Escazú: práctica provoca muerte lenta y genera riesgos

Una persona vecina denunció la aparente aplicación de “collareo” o anillado a un árbol ubicado en Guachipelín Norte de Escazú, una práctica que consiste en remover la corteza alrededor del tronco para interrumpir el flujo de nutrientes y provocar su muerte progresiva.

Las imágenes compartidas evidencian una franja amplia sin corteza en la base del árbol, característica de este método, el cual es señalado por su impacto ambiental y por los riesgos que puede generar en zonas urbanas.

Muerte inducida y riesgo para la comunidad

De acuerdo con la denuncia, el collareo se utiliza en algunos casos para evitar procesos formales de tala, dejando que el árbol muera de forma gradual. Esta condición lo debilita estructuralmente, lo que podría derivar en la caída de ramas de gran tamaño, representando un peligro para personas, viviendas y otros bienes.

Además del riesgo físico, la práctica implica la pérdida de un elemento clave del entorno urbano, con efectos sobre la biodiversidad, la regulación térmica y la calidad ambiental del espacio.

Llamado a atención institucional y ciudadana

La persona denunciante indicó desconocer las razones específicas detrás de esta acción, pero hizo un llamado a la vigilancia comunitaria y a la intervención de las autoridades competentes, ante una práctica que podría estar ocurriendo sin control ni supervisión.

El caso abre nuevamente la discusión sobre la protección del arbolado urbano y la necesidad de fortalecer mecanismos de denuncia, inspección y sanción frente a acciones que atenten contra el ambiente.

Nuevo reglamento de vida silvestre genera alertas por posibles retrocesos en protección ambiental

La Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (APREFLOFAS) emitió un comunicado en el que analiza críticamente la propuesta de nuevo Reglamento de Vida Silvestre impulsada por el MINAE. Desde un enfoque técnico, científico y de defensa ambiental, la organización advierte sobre posibles retrocesos en la protección de la biodiversidad, cuestiona la falta de recursos para el SINAC y llama a una revisión profunda, participativa y fundamentada en evidencia científica antes de avanzar con la normativa.

SURCOS le comparte el comunicado de APREFLOFAS:

  • La propuesta planteada por el MINAE para un nuevo Reglamento de Vida Silvestre busca derogar el actual reglamento, Decreto Ejecutivo 40548-MINAE de 2017.

  • El manejo de la vida silvestre debe ser planteado desde el conocimiento científico y dirigido hacia la conservación.

  • La propuesta del MINAE no incluye recursos financieros para el SINAC.

La Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (APREFLOFAS), fundada en 1985, en su condición de promotora y defensora de la protección ambiental ha desarrollado distintas acciones, estrategias y capacidades a lo largo de cuatro décadas, entre estas la educación ambiental, la investigación, el análisis técnico y jurídico de leyes y reglamentos en materia ambiental; y la difusión de conocimiento científico sobre la interacción entre los seres humanos y la vida silvestre.

La normativa relacionada con vida silvestre (flora y fauna) se encuentra contenida principalmente en la Ley de Conservación de Vida Silvestre (Ley 7317 y sus reformas) y en el actual Reglamento de Vida Silvestre, establecido en el Decreto 40548-MINAE de 2017.

El actual Reglamento de vida silvestre, Decreto 40548-MINAE de 2017

La elaboración del Reglamento actual (Decreto 40548-MINAE de 2017) fue realizada por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) entre los años 2015 y 2017, antes de ser oficializado, el reglamento fue presentado a consulta pública en el año 2017; dicho reglamento se compone de 231 artículos.

La elaboración del Reglamento actual (Decreto 40548-MINAE de 2017) tuvo además el apoyo técnico y los aportes de centros e institutos de investigación especializados en vida silvestre de la Universidad de Costa Rica (Jardín Lankester) y de la Universidad Nacional (ICOMVIS y Hospital de Especies Menores y Silvestres), colegios profesionales, especialistas en medicina veterinaria y organizaciones no gubernamentales especializadas en vida silvestre.

Desde su entrada en vigencia en el año 2017, el Reglamento actual ha generado disconformidad por parte de quienes prefieren una mayor apertura y uso comercial de la vida silvestre, especialmente de la fauna. En ese sentido, un total de ocho acciones de inconstitucionalidad fueron interpuestas desde 2017 contra el actual reglamento, todas ellas fueron declaradas sin lugar por la Sala Constitucional mediante las sentencias 2018-2844, 2018-4285, 2018-8413, 2018-18563, 2020-11171, 2021- 2185, 2021-3851 y 2024-25584.

Las limitaciones al comercio, la exhibición y la reproducción de especies de fauna bajo las distintas categorías de manejo establecidas en el Reglamento, fueron los principales reclamos resueltos por la Sala Constitucional en las sentencias antes mencionadas.

El proceso de un nuevo Reglamento

El 21 de octubre de 2025, el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) mediante una convocatoria su sitio web puso a disposición para consulta pública el proyecto para un nuevo Reglamento de Vida Silvestre, esa primera versión contenía 325 artículos y 22 anexos.

La consulta oficial para emitir criterios estuvo disponible hasta el 04 de noviembre de 2025 en el sitio web del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), dado que la propuesta de reforma ha sido planteada desde el mecanismo de mejora regulatoria, el cual es coordinado y supervisado por el MEIC.

Una disconformidad recurrente durante este proceso de consulta, ha sido el plazo disponible de 10 días hábiles para hacer observaciones sobre un instrumento que versa sobre materia sumamente técnica, como lo es la conservación y manejo de vida silvestre. Estas disconformidades sobre el plazo de consulta fueron planteadas por colegios profesionales, organizaciones no gubernamentales especializadas en vida silvestre, investigadores e investigadoras, centros de investigación e institutos especializados en vida silvestre, entre otros.

En cuanto a las observaciones sobre el contenido de la primera propuesta presentada para consulta pública, distintos grupos de la sociedad civil, colegios profesionales, especialistas y distintas ONG emitieron aproximadamente 800 observaciones para revisión del MINAE.

Una de las observaciones más reiteradas por parte de la ciudadanía, visible en el expediente de consulta implicó cuestionamientos a la excepción a la tenencia cinco especies de aves silvestres de la familia de los psitácidos (Amazona autumnalis, Amazona farinosa, Brotogeris jugularis, Eupsittula canicularis, Psittacara finschi) y a la tenencia de Aras híbridas (lapas híbridas) contenida en el artículo 126.a (página 80) de la versión sometida a consulta pública; pese a los cuestionamientos, el MINAE mantuvo esa disposición intacta en la segunda versión del proyecto del 29 de enero de 2026 (artículo 126.1, página 86) y en la tercera versión del 9 de marzo de 2026 (29 de enero de 2026 (artículo 126.1, página 84), aun cuando en el mismo expediente y en la consulta pública constan distintos cuestionamientos sobre la legalidad de esa medida, la severa regresión ambiental que implica y el cuestionamiento sobre si existen o no criterios técnicos para fundamentarla.

Una vez concluida la consulta pública, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) emitió el informe DMR-DAR-INF-261-2025 del 12 de noviembre de 2025, donde señaló 44 recomendaciones con carácter vinculante que deben ser corregidas, como puede verse en la página 32 de ese informe, donde dicho Ministerio indicó:

Como resultado de lo expuesto, esta Dirección concluye que la propuesta transgrede los principios de mejora regulatoria de: Cooperación Intra e Interinstitucional, Eficiencia, Legalidad, Publicidad, Reglas Claras y Objetivas, Seguridad Jurídica, Transparencia. Por lo tanto, emite, con carácter vinculante, las siguientes recomendaciones (…)”

En fecha 18 de marzo de 2026 tuvo lugar en la Universidad Nacional un conversatorio sobre el proyecto de nuevo reglamento, este espacio de diálogo y reflexión técnica, científica y jurídica tuvo ponencias por parte de APREFLOFAS, el Instituto Internacional de Conservación de Vida Silvestre (ICOMVIS), el Centro de Rescate Wildlife Rescue Center (antiguamente ZooAve) y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), en este espacio, uno de los temas de mayor discusión fue el tema de la tenencia de aves silvestres y la posibilidad de mantenerlas en cautiverio, situación que estuvo definida expresamente en las tres versiones del reglamento disponibles hasta ese momento (21 de octubre de 2025, 29 de enero de 2026 y 09 de marzo de 2026). La grabación completa del conversatorio puede verse en este enlace en el canal de Youtube del ICOMVIS.

Durante el conversatorio, hubo además cuestionamientos sobre los criterios técnicos que fundamentaron esa decisión, sin que a la fecha de este comunicado de prensa conste en el expediente si existen o no esos criterios. Esto es particularmente relevante, dado que las decisiones sobre vida silvestre deben ser definidas con base en la ciencia y la técnica.

Luego del conversatorio del 18 de marzo, en una cuarta versión del proyecto de nuevo Reglamento, el MINAE retiró la posibilidad de cautiverio de cinco de las especies de aves, manteniendo esa posibilidad para las lapas híbridas, lo cual también ha sido objeto de cuestionamientos por parte de la opinión pública durante los últimos días.

De tal manera, según lo que consta en el expediente digital, la rectificación del MINAE sobre la tenencia de varias especies de aves, surge hasta que los cuestionamientos sobre esta medida salieron a la luz pública en distintos espacios.

Otros de los elementos que ha llamado la atención es la aprobación de una nueva categoría de sitio de manejo que combina “centros de rescate” con “zoológicos sin fines comerciales” contenida en el artículo 179.b de todas las cuatro versiones del proyecto de nuevo Reglamento. Al respecto, no consta en el expediente mayor detalle sobre los criterios científicos que avalen estas y otras medidas.

El nuevo reglamento no plantea nuevos recursos para el SINAC

Desde APREFLOFAS consideramos sumamente relevante destacar que la propuesta del nuevo reglamento no viene acompañada de la asignación de recursos técnicos, tecnológicos, financieros, presupuestarios o humanos para el SINAC.

En ese orden de ideas, debe recordarse que el último Informe del Programa Estado de la Nación (2025), ya advertía sobre el recorte de presupuesto que viene siendo aplicado en el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, señalándose en el Informe (página 169):

El presupuesto del Sinac se redujo un 40% en el último lustro. En consecuencia, se realizaron menos actividades de control, monitoreo y fiscalización en las áreas de conservación. Esta situación se agrava por la progresiva transformación de la estructura de gobernanza hacia una mayor concentración de poderes en detrimento de la participación y el criterio técnico”.

Adicionalmente, desde APREFLOFAS estimamos sumamente relevante destacar que un nuevo Reglamento de vida silvestre no debe ser más permisivo que el anterior, especialmente, cuando la situación mundial de la biodiversidad es hoy todavía más delicada que la que tuvimos en el año 2017.

Consideramos oportuno destacar que la permisividad y flexibilidad es todavía más riesgosa cuando no se tienen estudios poblacionales de las especies de fauna silvestre, recordando que el Reglamento tiene efecto en todas las especies de flora y fauna, no solamente en las que hemos mencionado en este comunicado.

Por todo lo anterior, desde APREFLOFAS:

  1. Consideramos que cualquier propuesta de nuevo Reglamento debe buscar fortalecer la protección y conservación de vida silvestre y debe ser fundamentada en criterios técnicos y científicos verificables.

  2. Cualquier propuesta de Reglamento de vida silvestre debe ser objeto de la difusión oficial de información amplia, veraz y transparente para la ciudadanía.

  3. Señalamos que cualquier propuesta de nuevo Reglamento resulta operativamente inviable si el SINAC sigue siendo objeto de recortes en su presupuesto.

  4. Solicitamos al MINAE designar una mayor cantidad de guardaparques, personal, vehículos, recursos técnicos y recursos tecnológicos de vigilancia para la protección de las Áreas Silvestres Protegidas, particularmente en las áreas con alta incidencia de delitos ambientales y en las oficinas regionales.

  5. Las decisiones sobre vida silvestre son de interés público y deben fundamentarse en la ciencia y la técnica.

  6. Solicitamos a las autoridades una minuciosa revisión de la propuesta para cerrar la posible apertura de portillos que permitan delitos ambientales, por lo cual, consideramos que debe darse una pausa en el avance de esta propuesta, permitiendo su revisión detallada y el escrutinio ciudadano.

  7. Invitamos a toda la ciudadanía a informarse sobre este tema y a solicitar la rendición de cuentas por parte de las autoridades.

¡Respetemos a la vida silvestre!

Organizaciones solicitan audiencia urgente en la Asamblea Legislativa y rechazan reforma a la Ley de Zona Marítimo Terrestre

Organizaciones costeras, de mujeres y en defensa de la Zona Marítimo Terrestre solicitaron formalmente una audiencia ante la Presidencia de la Asamblea Legislativa y las jefaturas de fracción, con el fin de expresar su rechazo al proyecto de ley “Reforma integral a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre” (Expediente N.º 22.553).

La solicitud fue dirigida al presidente legislativo, Rodrigo Arias Sánchez, así como a distintas jefaturas de fracción, en un contexto de creciente preocupación por el avance acelerado de esta iniciativa en el Congreso.

La semana pasada más de ochenta organizaciones sociales, ambientales, académicas y comunitarias, junto con más de doscientas personas firmantes, advierten que la reforma podría generar impactos profundos en las comunidades costeras y en ecosistemas estratégicos del país. Entre las principales preocupaciones se señalan posibles procesos de privatización del litoral, el debilitamiento de la protección ambiental, particularmente en humedales y manglares, y el riesgo de desplazamiento de comunidades que históricamente han habitado y cuidado estos territorios, incluyendo poblaciones afrodescendientes, indígenas y personas dedicadas a la pesca artesanal.

Asimismo, se alerta que el proyecto introduce condiciones administrativas, técnicas y económicas que resultarían difíciles de cumplir para las comunidades locales, lo que podría favorecer la concentración de concesiones en manos de actores con mayor capacidad económica, mediante mecanismos como la subasta.

Las organizaciones también recuerdan que este expediente ya había sido cuestionado y detenido en el año 2021 por razones jurídicas, sociales y ambientales, y que su reactivación en 2025 ha ocurrido sin un proceso amplio de consulta y participación con las comunidades afectadas.

Adicionalmente, informes técnicos han señalado posibles roces de constitucionalidad en varios artículos del proyecto, lo que incrementa la preocupación sobre su viabilidad legal y sus efectos sobre el régimen de protección de la zona marítimo terrestre.

En este contexto, las organizaciones firmantes reiteran la necesidad de abrir un proceso de diálogo amplio, transparente y participativo, que incluya a comunidades costeras, organizaciones sociales y sectores académicos, antes de avanzar con una reforma de esta magnitud.

Como parte de este proceso de articulación, el pasado 18 de marzo se realizó un espacio virtual informativo, con la participación de la politóloga y asesora legislativa Jessica Ramírez, y la abogada especialista en derecho ambiental y derechos humanos Sofía Barquero. La actividad fue organizada por el Proyecto de Geografía y Diálogo de Saberes de la Universidad de Costa Rica, la Red de Mujeres Costeras y Rurales, el Programa Kioscos Socioambientales de la UCR y el Programa Interdisciplinario Costero de la Universidad Nacional.

Las organizaciones hacen un llamado a las diputaciones a atender esta solicitud de audiencia y a valorar la necesidad de detener el avance del expediente 22.553, en resguardo del carácter público de las playas, la protección de los ecosistemas costeros y los derechos de las comunidades que históricamente han habitado estos territorios.

Organizaciones alertan sobre intento de aprobar reforma a la Ley de la Zona Marítimo Terrestre y convocan a firmar pronunciamiento

Diversas organizaciones sociales, ambientales y comunitarias lanzaron una alerta urgente ante lo que califican como un intento de acelerar el trámite legislativo del proyecto de ley expediente N.º 22.553, que propone una reforma integral a la Ley N.° 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre (ZMT).

Según las organizaciones firmantes de un pronunciamiento público, el proyecto —que actualmente se discute en la Asamblea Legislativa— podría legalizar usos privativos en espacios públicos costeros, debilitar la protección de ecosistemas sensibles como los manglares y favorecer procesos de despojo y desplazamiento de comunidades costeras.

Las agrupaciones advierten que el proyecto se estaría impulsando mediante un procedimiento acelerado para agotar mociones y forzar su aprobación, lo que limitaría el debate público sobre una reforma que consideran de alto impacto ambiental, social y territorial.

Riesgos para ecosistemas costeros y bienes públicos

El pronunciamiento sostiene que la reforma planteada permitiría flexibilizar el régimen de concesiones y habilitar usos comerciales en zonas que actualmente son públicas, incluyendo permisos para instalar infraestructura o servicios turísticos en espacios que forman parte del patrimonio natural del Estado.

Uno de los aspectos que más preocupa a las organizaciones es el debilitamiento de las regulaciones que protegen ecosistemas estratégicos como los manglares, considerados barreras naturales frente a fenómenos asociados al cambio climático, como la erosión costera o el aumento del nivel del mar.

Diversos estudios citados por las organizaciones señalan que los manglares han sufrido una importante pérdida de cobertura en las últimas décadas, especialmente debido a desarrollos turísticos, agropecuarios y expansión inmobiliaria.

Centralización institucional y debilitamiento del control público

Otro de los cuestionamientos al proyecto se refiere al rol ampliado que asumiría el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) en la rectoría del ordenamiento de la zona marítimo terrestre.

Según las organizaciones, esta centralización podría debilitar la autonomía municipal y reducir los controles democráticos sobre el manejo del litoral, al concentrar decisiones en una institución cuya función principal ha estado vinculada al desarrollo turístico.

Asimismo, advierten que el proyecto reduce controles legislativos sobre áreas marítimas y territorios insulares, e incluso elimina referencias explícitas al dominio estatal sobre territorios como la Isla del Coco.

Impactos sociales en comunidades costeras

El pronunciamiento también alerta sobre los posibles efectos sociales de la reforma, particularmente en comunidades afrodescendientes, indígenas y de pescadores artesanales que históricamente han habitado las zonas costeras.

Según las organizaciones firmantes, el proyecto podría profundizar procesos de turistificación, gentrificación y concentración del acceso a la tierra en manos de intereses inmobiliarios o turísticos, sin establecer mecanismos claros de protección para las comunidades locales.

En ese sentido, señalan que la iniciativa no incorpora mecanismos de participación ciudadana en el ordenamiento territorial costero, ni establece medidas diferenciadas que protejan los derechos colectivos de las comunidades que dependen de estos territorios.

Llamado a archivar el proyecto y abrir un proceso participativo

Ante este escenario, las organizaciones firmantes solicitan el archivo inmediato del expediente legislativo N.º 22.553 y plantean la necesidad de abrir un proceso amplio, participativo y técnicamente sustentado para discutir cualquier reforma al régimen jurídico de la zona marítimo terrestre.

Entre las organizaciones que respaldan el pronunciamiento se encuentran colectivos comunitarios, agrupaciones ambientales, redes de mujeres, organizaciones afrodescendientes, observatorios de derechos humanos y asociaciones vinculadas con la defensa del litoral y los bienes comunes.

Las agrupaciones reiteran que la zona marítimo terrestre constituye un bien público de todas las personas, por lo que cualquier modificación legal debe garantizar la protección ambiental, el acceso público y la justicia territorial.

Invitan a organizaciones sociales, colectivos y ciudadanía interesada a sumarse al pronunciamiento y firmar el documento.

Enlace para firmar el pronunciamiento

CONCEVERDE alerta sobre proyecto municipal en el cerro Chompipe y advierte riesgos para el recurso hídrico

La organización CONCEVERDE emitió una alerta pública dirigida a la población de San Rafael de Heredia ante la posibilidad de que avance un proyecto impulsado por la Municipalidad en el cerro Chompipe, iniciativa que —según la organización— se presentaría bajo la figura de “Monumento Natural”, pero que implicaría el desarrollo de infraestructura recreativa en una zona de alta vulnerabilidad ambiental.

El pronunciamiento surge tras la difusión de un video en el que funcionarios municipales aparecen junto a la diputada electa Marta Esquivel, quien manifiesta respaldo al proyecto promovido por el alcalde rafaeleño. CONCEVERDE cuestiona la participación de actores externos en una iniciativa que, afirma, compromete un territorio reconocido jurídicamente como área de protección absoluta.

Zona de protección dentro del Parque Nacional Braulio Carrillo

El cerro Chompipe se ubica dentro del Parque Nacional Braulio Carrillo y en la zona inalienable establecida por la Ley 65 del 30 de julio de 1888, condición que le otorga un régimen especial de protección. Según la organización, cualquier intervención en esa área podría amenazar directamente recursos naturales estratégicos, en particular el recurso hídrico.

CONCEVERDE advierte que no se trata únicamente de un asunto local, ya que las zonas montañosas del sector cumplen funciones de recarga acuífera que abastecen a amplias áreas del Valle Central. Por ello, consideran que el eventual desarrollo de infraestructura recreativa generaría impactos que trascienden el ámbito cantonal.

Antecedentes del debate ambiental en San Rafael

En notas previas publicadas por este medio se ha documentado la preocupación de organizaciones comunitarias y ambientales ante proyectos que podrían afectar áreas protegidas y zonas de recarga hídrica en San Rafael de Heredia. Estos antecedentes incluyen discusiones sobre ordenamiento territorial, protección de nacientes y el rol de la ciudadanía en la defensa de bienes públicos ambientales.

La controversia en torno al cerro Chompipe se inscribe en ese contexto más amplio, donde sectores comunitarios han señalado la necesidad de que cualquier iniciativa en zonas de alta fragilidad ecológica cuente con estudios técnicos rigurosos, transparencia en la toma de decisiones y participación efectiva de la comunidad.

Llamado a la participación ciudadana

CONCEVERDE sostiene que la defensa del agua, los bosques y las áreas protegidas no puede quedar únicamente en manos de decisiones políticas, sino que constituye una responsabilidad colectiva. En su mensaje, llaman a la ciudadanía herediana a mantenerse vigilante y a involucrarse en la discusión sobre las prioridades ambientales del cantón.

El caso reabre el debate sobre el alcance de las figuras de protección ambiental, los límites de la intervención municipal en áreas protegidas y la importancia de resguardar zonas estratégicas para la seguridad hídrica y el equilibrio ecológico regional.

AEL solicita informe técnico detallado sobre acciones municipales en la zona marítimo terrestre de Talamanca

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL) presentó una nueva gestión ante la Municipalidad de Talamanca solicitando información pública detallada sobre las acciones ejecutadas en la zona marítimo terrestre, particularmente en relación con ocupaciones denunciadas en Cocles y Manzanillo.

La solicitud, contenida en el oficio AEL-0018-2026 del 27 de febrero de 2026, invoca la Ley Marco de Acceso a la Información Pública (Ley Nº 10554) y plantea la necesidad de contar con prueba “clara y veraz” sobre la ejecución efectiva de las disposiciones señaladas previamente por la propia Alcaldía.

Antecedente: respuesta general de la Alcaldía

El planteamiento surge a raíz del oficio OF-AMT-E-0016-2025, mediante el cual la Alcaldía indicó que la Municipalidad, por delegación de la Ley Nº 6043 (Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre), es responsable de la administración de las zonas costeras del cantón.

En ese documento se recordó que la zona marítimo terrestre forma parte del patrimonio nacional, es inalienable e imprescriptible, y que la franja de cincuenta metros a partir de la pleamar ordinaria constituye zona pública donde no puede autorizarse ningún tipo de ocupación.

Sin embargo, AEL señala que dicha respuesta fue de carácter general y no incluyó evidencia concreta sobre intervenciones específicas, cronologías, inspecciones o medidas adoptadas frente a denuncias ciudadanas.

Solicitud de prueba documentada y acciones concretas

En el nuevo oficio, AEL solicita un informe técnico-legal detallado que incluya:

  • Lista cronológica de sitios intervenidos desde Puerto Viejo hasta Manzanillo.

  • Fechas de intervención y medidas adoptadas (desalojos, demoliciones, sanciones).

  • Fundamentos fácticos y legales aplicados en cada caso.

La gestión pone especial énfasis en la zona frente al Hotel Le Camaleon en Cocles, donde —según se expone— persisten denuncias por piscinas, mesas, parqueos, baños, cercas de alambre y otras estructuras que podrían contravenir la prohibición de ocupación en la zona pública.

Asimismo, se solicita información sobre inspecciones recientes, evidencias recopiladas, aplicación específica de los artículos 1, 3 y 20 de la Ley Nº 6043, y acciones correctivas ejecutadas o planificadas para restaurar el dominio público.

Enfoque en rendición de cuentas y control ciudadano

La gestión de AEL se fundamenta en el derecho de acceso a la información pública y en el principio de rendición de cuentas en el ejercicio de la función administrativa. El documento señala que la información debe ser entregada en formato accesible y dentro del plazo legal de diez días hábiles, conforme a la normativa vigente.

La organización sostiene que la protección efectiva de la zona marítimo terrestre requiere no solo declaraciones generales sobre el marco legal aplicable, sino también evidencia verificable de intervenciones concretas frente a ocupaciones que restrinjan el acceso público o alteren el dominio inalienable del Estado.

El caso reabre el debate sobre la gestión municipal en la protección del patrimonio natural costero y la necesidad de fortalecer mecanismos de transparencia, fiscalización ciudadana y cumplimiento normativo en territorios de alta presión turística y comercial.

Parlamento Cívico Ambiental: En Crucitas la vida, la democracia y el futuro de Costa Rica no son negociables

Comunicado

El Parlamento Cívico Ambiental (PCA), conformado por 42 organizaciones de la sociedad civil, hizo público hoy su Manifiesto nacional tras la comparecencia del Ministro de Seguridad Pública ante el Plenario Legislativo sobre la situación en Crucitas, San Carlos.

Luego de analizar lo expuesto en la Asamblea Legislativa, el PCA declaró que la crisis en Crucitas es real y marcada por minería ilegal, redes criminales, contaminación ambiental y abandono institucional, pero advirtió que su instrumentalización para justificar el retorno de la minería metálica a cielo abierto es inaceptable.

El Manifiesto señala que el daño ambiental existente incluye afectaciones a mantos acuíferos, uso indebido de arsénico y esterilización de suelos por desechos tóxicos provenientes de lagunas clandestinas de lixiviados. No obstante, enfatiza que ninguna crisis puede utilizarse como argumento para debilitar la democracia ni retroceder en la protección ambiental del país.

En particular, el PCA rechaza que el proyecto de ley 24717 pretenda presentar la minería metálica a cielo abierto como alternativa frente a la inseguridad o la pobreza, calificando esa narrativa como un “espejismo” que profundizaría el conflicto ambiental y social.

El documento recuerda que Costa Rica ya tomó una decisión país, nacida de la conciencia por la vida y del amor por la tierra, al prohibir esta práctica extractiva. Retroceder implicaría violar el principio de no regresión ambiental, debilitar el Estado de derecho y comprometer el futuro ecológico de la nación.

En su declaratoria central, el Parlamento Cívico Ambiental establece:

Un no rotundo, firme e irreversible a la minería metálica a cielo abierto en Crucitas y en todo el territorio nacional.

El PCA subraya que este no no es ideológico ni coyuntural, sino científico, ciudadano y generacional.

Asimismo, el Manifiesto plantea que el verdadero camino para atender la situación en Crucitas debe orientarse hacia medidas estructurales como las contenidas en propuestas como el Proyecto de Ley 24675, que promueven presencia estatal permanente, combate integral a economías ilegales, restauración ecológica, desarrollo local sostenible y participación comunitaria.

“El oro de Costa Rica no está bajo la tierra, sino en sus bosques, en su agua y en su gente”, concluye el documento.

El Parlamento Cívico Ambiental hace un llamado a la ciudadanía, academia, comunidades y sectores productivos responsables a defender juntos esta decisión histórica y a mantener la coherencia ambiental que ha distinguido al país.

Puede descargar el manifiesto completo desde SURCOS donde se encuentran los logos de las organizaciones que integran el Parlamento y suscriben el comunicado:

https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2026/02/Manifiesto-Crucitas-2-163.2026.pdf

Cuando el “paraíso verde” empieza a crujir, el territorio habla

Luis Andrés Sanabria Zaniboni

Donde tiembla la narrativa oficial nos lleva al Caribe Sur de Costa Rica y pone en primer plano la experiencia del defensor ambiental Philippe Vangoidsenhoven.

La crónica revela cómo, detrás del discurso de sostenibilidad, operan permisos fragmentados, vacíos normativos y procesos que convierten ecosistemas frágiles en negocios privados. También expone el costo humano de documentar, denunciar y sostener la defensa del territorio frente a intereses económicos consolidados.

Una lectura clave para comprender lo que ocurre cuando la protección ambiental se sostiene desde la soledad y el desgaste cotidiano.

Este es un texto compartido con SURCOS por el autor y el cual puede leer en la revista CASAdeNADIE:

👉 Léela aquí: https://revistacasadenadie.com/donde-tiembla-la-narrativa-oficial-cronicas-desde-el-caribe-sur-de-costa-rica/