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Etiqueta: protección ambiental

Ciudadano solicita anular permisos y acciones administrativas en proyecto Puket con base en informe técnico del Tribunal Ambiental Administrativo

El ciudadano y activista ambiental Marco Vinicio Levy Virgo presentó un requerimiento formal ante diversas instituciones públicas para que adopten medidas inmediatas en relación con el denominado Proyecto Puket, ubicado dentro del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, y para que se declare la nulidad absoluta de cualquier acto administrativo que haya permitido intervenciones en el área desde el año 2011.

La gestión, dirigida al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), a la Municipalidad de Talamanca y a la Contraloría General de la República, se fundamenta en un informe técnico elaborado por el Tribunal Ambiental Administrativo (TAA) tras una inspección realizada en abril de 2011.

Según el documento presentado por Levy Virgo, el informe técnico TAA-DT-0048-011 constituye una prueba oficial del propio Estado que determinó hace más de una década que la propiedad inspeccionada se encuentra dentro de los límites del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, que parte de los terrenos corresponden al Patrimonio Natural del Estado y a zona restringida de la zona marítimo-terrestre, y que en el sitio existían condiciones de bosque y humedal.

El informe también documentó alteraciones ambientales significativas, entre ellas la corta de sotobosque, la construcción de canales de drenaje, la introducción de pastos y especies exóticas y la preparación de terrenos para cambios de uso de suelo en aproximadamente 9,1 hectáreas.

De acuerdo con la exposición presentada, el informe técnico del Tribunal Ambiental Administrativo concluyó que el área afectada conserva características propias de bosque y humedal, pese a las intervenciones realizadas, y que parte de las acciones observadas respondían a prácticas recurrentes en la región para transformar ecosistemas naturales en terrenos aptos para otros usos.

Con base en estos hallazgos, Levy sostiene que las instituciones públicas contaban desde 2011 con información suficiente para actuar en defensa del área protegida y que la falta de acciones efectivas durante más de una década podría generar responsabilidades administrativas, civiles e incluso penales para las autoridades competentes de distintas épocas.

Entre las medidas solicitadas se encuentra la paralización inmediata de cualquier obra o actividad en el área objeto del informe, la adopción de medidas cautelares por parte del SINAC, la reactivación o continuación de procedimientos administrativos en el Tribunal Ambiental Administrativo, la revisión de eventuales servicios públicos brindados en la zona y una investigación por parte de la Contraloría General de la República sobre posibles omisiones institucionales.

Asimismo, el documento plantea la solicitud de declarar la nulidad absoluta de cualquier permiso, autorización, concesión o acto administrativo emitido con posterioridad al informe técnico de 2011 que haya permitido construcciones, cambios de uso del suelo, infraestructura u otras intervenciones en el área analizada.

La gestión forma parte de una serie de acciones ciudadanas relacionadas con la protección del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, donde distintos sectores han venido cuestionando actuaciones estatales y decisiones administrativas vinculadas con el manejo de territorios protegidos, humedales y zonas de patrimonio natural.

En su escrito, Levy Virgo solicita respuestas institucionales dentro de plazos específicos y advierte que, de no obtenerlas, se reserva el derecho de acudir a distintas vías legales y administrativas para exigir el cumplimiento de las obligaciones de protección ambiental establecidas en el ordenamiento jurídico costarricense.

SURCOS ha dado seguimiento durante los últimos meses a diversas gestiones, denuncias y resoluciones relacionadas con la protección ambiental en Gandoca-Manzanillo, un territorio que continúa generando debate nacional por la conservación de sus ecosistemas, humedales y áreas protegidas.

Comunidades de Osa logran que la Contraloría ordene protección ambiental en permisos de construcción

Comisión Alianza Comunal*

  • Estudio sobre permisos de construcción en la Fila Costeña y el Corredor Biológico Paso de la Danta

  • La Contraloría confirma graves debilidades institucionales en la protección ambiental y el ordenamiento territorial

La Contraloría General de la República (CGR) emitió la orden n.° DFOE-SOS-ORD-00002-2026, tras una investigación preliminar sobre permisos de construcción otorgados en la Fila Costeña y el Corredor Biológico Paso de la Danta (CBPD). La investigación surge a partir del proceso de incidencia ciudadana conducido por nuestra Comisión, el cual fue apoyado y gestionado a través de la denuncia presentada, el 30 de setiembre de 2025 por el exdiputado Ariel Robles, ante presuntas irregularidades en el otorgamiento de permisos de construcción en terrenos con mucha fragilidad ambiental dentro del cantón de Osa.

El estudio fue desarrollado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría, cuyos resultados fueron notificados el 21 de mayo de 2026. Como resultado, el órgano contralor emitió órdenes vinculantes dirigidas a seis municipalidades: Osa, Pérez Zeledón, Quepos, Dota, Buenos Aires y Tarrazú, así como al SINAC y la Dirección de Aguas del MINAE.

La Contraloría concluye que estas municipalidades han venido otorgando permisos de construcción basándose únicamente en la revisión documental de requisitos, sin incorporar formalmente la variable ambiental ni mecanismos preventivos de consulta técnica con instituciones como SETENA, SINAC o Dirección de Aguas. Esto ocurre incluso dentro de territorios estratégicos para la conectividad ecológica y la conservación de ecosistemas.

Según el informe: “Los gobiernos locales de Osa, Pérez Zeledón, Quepos, Dota, Buenos Aires y Tarrazú han visto debilitada su correcta administración y planificación territorial, por cuanto otorgan permisos de construcción sin incorporar formalmente la variable ambiental (…) comprometiéndose así el desarrollo sostenible del cantón y el equilibrio entre expansión urbana, protección ambiental y bienestar de la población”.

La CGR también señala la ausencia de planes reguladores integrales, la falta de controles mediante coordenadas geográficas, la inexistencia de zonificaciones ambientales y la débil coordinación interinstitucional para la tutela del ambiente.

Un precedente histórico para el Corredor Biológico Paso de la Danta

La importancia de este proceso trasciende el cantón de Osa. El Corredor Biológico Paso de la Danta atraviesa parcial o totalmente seis cantones: Osa, Quepos, Pérez Zeledón, Dota, Tarrazú y Buenos Aires.

La Contraloría reconoce oficialmente que el Plan de Gestión del Corredor Biológico Paso de la Danta constituye un instrumento relevante de gestión territorial y protección ambiental, el cual había sido ignorado o minimizado en los procesos municipales de permisos de construcción.

El informe además señala los Elementos Focales de Manejo (EFM) identificados, que pueden integrar Áreas Ambientalmente Frágiles (AAF), fundamentales para la conectividad ecológica entre la Cordillera de Talamanca, el Humedal Térraba-Sierpe y el Parque Nacional Marino Ballena, incluyendo: grandes parches de bosque tropical; rutas de conectividad para grandes mamíferos; cuencas hidrográficas que impactan arrecifes y ecosistemas marino-costeros y corredores costeros vinculados con sitios de anidación de tortugas marinas.

La conclusión es contundente: las áreas ambientalmente frágiles y sitios de importancia ambiental del CBPD sí deben ser consideradas de manera vinculante en los permisos de construcción.

Este proceso también representa una experiencia pionera de articulación entre organización comunitaria, investigación ciudadana y fuerzas políticas dentro de la Asamblea Legislativa, que permitió escalar una denuncia territorial hacia la Contraloría General de la República. Se trata de una vía poco utilizada históricamente por las comunidades en conflictos socioambientales relacionados con omisiones municipales y ordenamiento territorial. La experiencia abre un camino importante para otros territorios del país, demostrando que las comunidades organizadas pueden activar mecanismos institucionales de fiscalización del Estado cuando existen vacíos regulatorios, falta de controles ambientales o decisiones municipales que comprometen ecosistemas y bienes comunes. En ese sentido, este caso podría sentar un precedente importante para futuras luchas ambientales y territoriales en Costa Rica.

Órdenes obligatorias y cambios institucionales

La Contraloría ordenó medidas correctivas obligatorias para municipalidades, SINAC y Dirección de Aguas.

Entre las medidas ordenadas por la Contraloría destacan la incorporación formal de la variable ambiental en los procesos de otorgamiento de permisos de construcción, la creación de mecanismos obligatorios de coordinación entre las municipalidades, el SINAC, SETENA y la Dirección de Aguas, así como la actualización del Plan de Gestión del Corredor Biológico Paso de la Danta. Además, se establece la necesidad de delimitar sitios de importancia ambiental y áreas ambientalmente frágiles, fortalecer los sistemas de información y control territorial e implementar procesos de capacitación ambiental para el personal técnico y administrativo de los gobiernos locales.

El incumplimiento de estas órdenes puede constituir falta grave y derivar en sanciones administrativas.

Una lucha comunitaria sostenida durante años

Como Comisión Alianza Comunal (CAC), adscrita al Comité Local del Corredor Biológico Paso de la Danta, queremos compartir con las comunidades que este proceso no surgió de la nada.

Durante años hemos impulsado procesos de educación popular, investigación-acción y participación ciudadana para documentar y visibilizar los impactos del modelo constructivo intensivo y del turismo inmobiliario desregulado sobre la Fila Costeña.

Hemos investigado afectaciones sobre fuentes de agua, bosques, biodiversidad y ecosistemas vinculados al Parque Nacional Marino Ballena. También tuvimos que recurrir a recursos legales para acceder a información pública sobre permisos de construcción y evidenciar las debilidades institucionales en el ordenamiento territorial.

Todo este trabajo colectivo permitió construir acuerdos comunales y elevar las denuncias hasta instancias nacionales.

Hoy, el informe de la Contraloría confirma oficialmente muchas de las preocupaciones y denuncias que las comunidades venimos señalando desde hace años.

Volvamos a encontrarnos

Queremos contarles a nuestras vecinas y vecinos que, durante este tiempo en que no nos hemos encontrado en el espacio del Festival del Día Mundial del Océano, la defensa de la Fila Costeña no se ha detenido.

Al contrario: se ha abierto un precedente histórico que podría transformar la manera en que se gestionan los permisos de construcción y la protección ambiental no solo en Osa, sino en todos los territorios del Corredor Biológico Paso de la Danta.

Por eso queremos volver a encontrarnos este próximo domingo 7 de junio en el Festival del Día Mundial del Océano, en El Mercado de Bahía Ballena.

Queremos compartir los avances, los desafíos, las tensiones y las esperanzas de este proceso colectivo que lleva muchos años caminándose y que también se ha sostenido gracias a ustedes: con su presencia, sus firmas, sus conversaciones, su apoyo y su compromiso con la defensa del territorio.

La Fila Costeña sigue siendo una primera línea de protección del Parque Nacional Marino Ballena. Un territorio clave para el agua, la biodiversidad y la calidad de vida de las comunidades de toda la región.

Pero también se ha convertido en un laboratorio vivo de organización comunitaria y defensa territorial cuyos aprendizajes podrían servir de ejemplo para muchas otras comunidades, corredores biológicos y territorios del país.

Informe: https://drive.google.com/file/d/1XTcwTK7KmRndxe2w8SanqGwaC6ocayqW/view?usp=sharing

*Adscrita al Comité Local del Corredor Biológico Paso de la Danta

Tribunal respalda al Concejo de San Rafael de Heredia y ordena al alcalde proteger el Cerro Chompipe

Una vez más, una autoridad jurisdiccional rechazó las actuaciones del alcalde de San Rafael de Heredia, señor Jorge Eduardo Arias Santamaría, al declarar ilegal el veto que interpuso contra un acuerdo del Concejo Municipal relacionado con el cumplimiento de una orden emitida por la Sala Constitucional.

Mediante la resolución 26-000619-1027-CA-0, el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda resolvió declarar sin lugar el veto presentado por el alcalde contra el Acuerdo N.° 2 de la Sesión Ordinaria N.° 141-2025, celebrada el 29 de diciembre de 2025 por el Concejo Municipal de San Rafael de Heredia.

El acuerdo vetado instaba al alcalde a dar cumplimiento inmediato a lo ordenado por la Sala Constitucional en el voto N.° 2023-017109, del 14 de julio de 2023, dictado dentro del expediente 22-027662-0007-CO. En dicha resolución, la Sala ordenó el traspaso a nombre del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) de la finca inscrita en el Partido de Heredia, matrícula de folio real 156766-000, ubicada en el sector de Cerro Chompipe, dentro de la zona inalienable protegida por la Ley N.° 65 y el Parque Nacional Braulio Carrillo.

Según ha trascendido, en esa propiedad existiría interés por desarrollar un proyecto turístico, situación que ha generado preocupación debido al régimen especial de protección ambiental que actualmente la resguarda.

Esta controversia se produce en un contexto de creciente preocupación por la propuesta impulsada por la Municipalidad de San Rafael de Heredia bajo la figura de “Monumento Natural”, iniciativa que contempla el desarrollo de infraestructura recreativa dentro de una zona de alta fragilidad ambiental e hidrogeológica.

El Cerro Chompipe forma parte del Parque Nacional Braulio Carrillo y se encuentra amparado por un régimen especial de protección que se remonta al siglo XIX. Asimismo, constituye una importante zona de recarga acuífera para el abastecimiento de agua de amplios sectores de la Gran Área Metropolitana, razón por la cual cualquier modificación de su condición actual reviste un evidente interés público.

Diversas organizaciones ambientales, comunidades locales y personas expertas en conservación y recursos hídricos han advertido sobre los posibles impactos que podrían derivarse de la construcción de infraestructura turística o recreativa en este ecosistema, subrayando la necesidad de garantizar el estricto cumplimiento de la normativa ambiental vigente y de las resoluciones judiciales que protegen el área.

El acuerdo municipal advertía además que, de mantenerse el incumplimiento de la orden constitucional, el alcalde debería asumir las consecuencias legales derivadas de una eventual desobediencia a una resolución judicial firme.

Surge entonces una pregunta inevitable: ¿qué interés mueve al alcalde a renunciar a la protección absoluta que hoy resguarda la finca del Cerro Chompipe, al punto de vetar los acuerdos del Concejo Municipal que buscan mantener esa protección y exigir el cumplimiento de una orden de la Sala Constitucional?

En su resolución, el Tribunal concluyó que el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal se limita a exigir el cumplimiento de una orden jurisdiccional vigente. Señala expresamente que el acuerdo corresponde al ejercicio legítimo de las competencias del Concejo Municipal respecto al cumplimiento de una orden judicial, razón por la cual determinó que no existían fundamentos para sostener el veto interpuesto por la Alcaldía.

La parte dispositiva de la sentencia establece: «De conformidad con el artículo 169 inciso f) del Código Municipal, se declara sin lugar el veto interpuesto. Es todo. Notifíquese.» La resolución fue emitida por los jueces del Tribunal Contencioso Administrativo.

Este nuevo pronunciamiento judicial constituye un respaldo a la obligación de las autoridades municipales de acatar las resoluciones de los tribunales de justicia y reabre el debate sobre el futuro de la finca ubicada en Cerro Chompipe, un territorio de extraordinario valor ecológico, hídrico y estratégico para el país.

Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes: Análisis de la conflictividad socioambiental en territorios comunitarios de Costa Rica de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.

Documento revela aprobación de 209 permisos de uso de suelo en Gandoca-Manzanillo

Marco Levy Virgo presentó ante la Sala Constitucional un nuevo documento probatorio dentro del expediente 14-019174-0007-CO, mediante el cual solicita que se incorpore al proceso una certificación oficial de la Municipalidad de Talamanca que registra la aprobación de 209 permisos de uso de suelo en la zona marítimo-terrestre comprendida entre Cocles y Manzanillo entre los años 2014 y 2019.

Según el escrito remitido al magistrado instructor Fernando Cruz Castro, la certificación municipal detalla los nombres de las personas físicas y jurídicas beneficiarias, las fechas de aprobación y la ubicación de cada uno de los permisos otorgados dentro del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo y del Sitio Ramsar 783.

El documento sostiene que la mayoría de los permisos fueron otorgados a sociedades mercantiles y desarrollos vinculados a actividades turísticas e inmobiliarias, mientras que una proporción menor corresponde a personas físicas. A juicio del recurrente, ello contradice el propósito de las normas que buscaban proteger a las comunidades tradicionales del Caribe Sur.

En su gestión ante la Sala Constitucional, Levy argumenta que la existencia de estos permisos ha favorecido procesos de urbanización que han generado impactos ambientales significativos dentro de un área protegida de importancia nacional e internacional.

Entre las afectaciones señaladas se mencionan la contaminación lumínica que afecta los sitios de anidación de tortugas marinas, la presencia de animales domésticos que depredan fauna silvestre, la desaparición de humedales y bosques costeros por procesos de urbanización, así como la ausencia de estudios de impacto ambiental previos para muchas de las intervenciones realizadas.

El escrito incorpora además un análisis técnico-ambiental que advierte sobre los efectos de la eliminación de vegetación nativa, el relleno de humedales para habilitar accesos vehiculares y la fragmentación de ecosistemas dentro del Refugio Gandoca-Manzanillo.

Asimismo, cuestiona la actuación de las instituciones responsables de la protección ambiental, señalando una supuesta omisión en las labores de vigilancia y fiscalización frente a actividades que habrían afectado ecosistemas protegidos.

Con base en estos elementos, el recurrente solicita a la Sala Constitucional admitir la certificación municipal como prueba documental relevante, analizar la legalidad de los permisos otorgados, adoptar medidas cautelares preventivas y valorar acciones orientadas a la protección y restauración de los ecosistemas afectados.

La certificación aportada fue emitida por la Secretaría del Concejo Municipal de Talamanca el 25 de enero de 2019 y registra 209 expedientes de permisos de uso de suelo aprobados por el gobierno local entre marzo de 2014 y enero de 2019 en distintas localidades de la zona comprendida entre Cocles, Playa Chiquita, Punta Uva y Manzanillo.

Denuncia señala destrucción sistemática del Humedal Río Carbón en Playa Negra y cuestiona omisión institucional

El ambientalista limonense Marco Levy Virgo presentó una nueva denuncia penal ante la Fiscalía General de la República, el Organismo de Investigación Judicial y el Concejo Municipal de Talamanca, en la que acusa una “destrucción sistemática, deliberada, acelerada e irreversible” del Humedal Río Carbón, ubicado en Playa Negra de Puerto Viejo, en el Caribe Sur.

La denuncia, identificada como MLV-00164-2026 y fechada el 9 de mayo de 2026, sostiene que desde el año 2005 existe un expediente penal abierto por presuntas afectaciones al humedal, sin que hasta la fecha se haya emitido resolución alguna. Según el documento, durante más de dos décadas se habría consolidado una urbanización progresiva del ecosistema mediante rellenos, tala, drenajes y construcciones vinculadas a desarrollos inmobiliarios.

Levy Virgo afirma que en los últimos años la situación se ha intensificado y denuncia el ingreso cotidiano de camiones con escombros y materiales de relleno al humedal, así como la utilización de maquinaria para modificar el ecosistema. También cuestiona la actuación de instituciones públicas, particularmente del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) y de la Municipalidad de Talamanca.

Uno de los principales señalamientos del denunciante es que el informe técnico oficial “Caracterización y delimitación de humedales en la zona marítimo terrestre del litoral del cantón de Talamanca”, elaborado por el SINAC en junio de 2021, habría permanecido fuera del Sistema Nacional de Información Territorial (SNIT) mientras continuaban otorgándose permisos de construcción dentro del ecosistema.

El estudio técnico citado, elaborado por el Área de Conservación Central del SINAC, concluye que en la Zona Marítimo Terrestre del litoral de Talamanca existen 13 polígonos identificados como humedales palustrinos, que abarcan aproximadamente 165 hectáreas, equivalentes al 34% de la superficie total de la ZMT analizada.

En particular, el informe describe la llanura costera Río Carbón–Puerto Viejo como un sector de humedales con más de 42 hectáreas distribuidas en varios polígonos. El documento señala la presencia de suelos hidromórficos, drenaje lento o nulo, riesgo severo de inundación y vegetación hidrófila característica de ecosistemas de humedal.

La investigación técnica también documenta observaciones de campo relacionadas con construcciones, lotificaciones, caminos y rellenos en sectores identificados como humedal. Entre las anotaciones se mencionan “construcción ilegal”, “camino en construcción”, “relleno”, “lotificación” y “construcciones y lotificación en humedal”.

Según el informe del SINAC, estos ecosistemas cumplen funciones ecológicas esenciales relacionadas con el control de inundaciones, filtración y retención de agua, estabilidad costera y conservación de biodiversidad. El documento destaca además la importancia del área para especies de flora y fauna propias de humedales del Caribe Sur, incluyendo yolillo, sangrillo, cativo, aves acuáticas, reptiles y mamíferos.

En respuesta a una denuncia anterior presentada por Levy Virgo, el Programa Nacional de Humedales del SINAC confirmó mediante la carta oficial CARTA-SINAC-SE-DE-PNH-0017-2026 que existe una causa penal abierta desde 2005 por presuntas afectaciones al Humedal Río Carbón, expediente que se tramita bajo el número 05-001155-0597-PE.

En dicha respuesta, el SINAC indicó que continuará colaborando con la Fiscalía Ambiental y otras autoridades judiciales mediante peritajes técnicos, inspecciones y aportes de información institucional cuando sean requeridos formalmente. Asimismo, señaló que la información disponible sobre el humedal puede consultarse en el Registro Nacional de Humedales y el visor del SNIT.

En su más reciente denuncia, Levy Virgo solicita medidas cautelares inmediatas para detener toda actividad dentro del humedal, así como la realización de una pericia ambiental integral y georreferenciada por parte del Departamento de Biología Forense del OIJ. También pide investigar eventuales responsabilidades de funcionarios públicos y coordinar acciones para la recuperación ecológica del ecosistema.

Sala Constitucional pide informes por construcción de carretera en zona protegida de Barva

La Sala Constitucional acogió para trámite un recurso de amparo presentado contra el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y la Municipalidad de Barva de Heredia por la construcción de una carretera en Sacramento de Barva, dentro de una zona inalienable protegida por la Ley 65 de 1888 y en el área de amortiguamiento del Parque Nacional Braulio Carrillo.

El recurso fue interpuesto por Isabel Arias Chavarría y José Francisco Alfaro Carvajal, quienes señalan que las obras se realizan sobre un antiguo camino rústico sin que se hayan efectuado estudios ambientales integrales ni contemplado medidas de mitigación para la fauna silvestre, pese a tratarse de un ecosistema de alta fragilidad ecológica.

Según el expediente, las personas recurrentes sostienen que el proyecto financiado mediante un convenio entre el INDER y la Municipalidad de Barva fue tramitado ante SETENA como una obra de bajo impacto ambiental, mediante una evaluación simplificada, cuando por las características ambientales y jurídicas de la zona debía requerirse un Estudio de Impacto Ambiental completo.

El recurso señala además que la intervención implica ensanchamiento del camino, remoción de vegetación y posibles afectaciones sobre corredores biológicos utilizados por especies como quetzales, dantas, pumas, ocelotes, monos carablanca y numerosas aves y reptiles.

Entre los cuestionamientos también se menciona la ausencia de pasos de fauna y la falta de autorización expresa del MINAE o del SINAC para intervenir el patrimonio natural del Estado en esa zona protegida.

La Sala Constitucional ordenó solicitar informes a la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) y a la Municipalidad de Barva, otorgando un plazo de tres días hábiles para responder sobre los hechos denunciados.

El caso se relaciona con preocupaciones ambientales, que diversos sectores han venido planteando, sobre el impacto de obras viales y desarrollos en zonas de amortiguamiento del Parque Nacional Braulio Carrillo y otros territorios protegidos del norte de Heredia, particularmente en áreas vinculadas con la recarga hídrica y corredores biológicos estratégicos para el Valle Central.

Le invitamos a leer desde SURCOS el documento completo de la resolución judicial:
https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2026/05/0031-0007-237626170-0155-F.pdf

Denuncian posible “collareo” de árbol en Escazú: práctica provoca muerte lenta y genera riesgos

Una persona vecina denunció la aparente aplicación de “collareo” o anillado a un árbol ubicado en Guachipelín Norte de Escazú, una práctica que consiste en remover la corteza alrededor del tronco para interrumpir el flujo de nutrientes y provocar su muerte progresiva.

Las imágenes compartidas evidencian una franja amplia sin corteza en la base del árbol, característica de este método, el cual es señalado por su impacto ambiental y por los riesgos que puede generar en zonas urbanas.

Muerte inducida y riesgo para la comunidad

De acuerdo con la denuncia, el collareo se utiliza en algunos casos para evitar procesos formales de tala, dejando que el árbol muera de forma gradual. Esta condición lo debilita estructuralmente, lo que podría derivar en la caída de ramas de gran tamaño, representando un peligro para personas, viviendas y otros bienes.

Además del riesgo físico, la práctica implica la pérdida de un elemento clave del entorno urbano, con efectos sobre la biodiversidad, la regulación térmica y la calidad ambiental del espacio.

Llamado a atención institucional y ciudadana

La persona denunciante indicó desconocer las razones específicas detrás de esta acción, pero hizo un llamado a la vigilancia comunitaria y a la intervención de las autoridades competentes, ante una práctica que podría estar ocurriendo sin control ni supervisión.

El caso abre nuevamente la discusión sobre la protección del arbolado urbano y la necesidad de fortalecer mecanismos de denuncia, inspección y sanción frente a acciones que atenten contra el ambiente.

Nuevo reglamento de vida silvestre genera alertas por posibles retrocesos en protección ambiental

La Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (APREFLOFAS) emitió un comunicado en el que analiza críticamente la propuesta de nuevo Reglamento de Vida Silvestre impulsada por el MINAE. Desde un enfoque técnico, científico y de defensa ambiental, la organización advierte sobre posibles retrocesos en la protección de la biodiversidad, cuestiona la falta de recursos para el SINAC y llama a una revisión profunda, participativa y fundamentada en evidencia científica antes de avanzar con la normativa.

SURCOS le comparte el comunicado de APREFLOFAS:

  • La propuesta planteada por el MINAE para un nuevo Reglamento de Vida Silvestre busca derogar el actual reglamento, Decreto Ejecutivo 40548-MINAE de 2017.

  • El manejo de la vida silvestre debe ser planteado desde el conocimiento científico y dirigido hacia la conservación.

  • La propuesta del MINAE no incluye recursos financieros para el SINAC.

La Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (APREFLOFAS), fundada en 1985, en su condición de promotora y defensora de la protección ambiental ha desarrollado distintas acciones, estrategias y capacidades a lo largo de cuatro décadas, entre estas la educación ambiental, la investigación, el análisis técnico y jurídico de leyes y reglamentos en materia ambiental; y la difusión de conocimiento científico sobre la interacción entre los seres humanos y la vida silvestre.

La normativa relacionada con vida silvestre (flora y fauna) se encuentra contenida principalmente en la Ley de Conservación de Vida Silvestre (Ley 7317 y sus reformas) y en el actual Reglamento de Vida Silvestre, establecido en el Decreto 40548-MINAE de 2017.

El actual Reglamento de vida silvestre, Decreto 40548-MINAE de 2017

La elaboración del Reglamento actual (Decreto 40548-MINAE de 2017) fue realizada por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) entre los años 2015 y 2017, antes de ser oficializado, el reglamento fue presentado a consulta pública en el año 2017; dicho reglamento se compone de 231 artículos.

La elaboración del Reglamento actual (Decreto 40548-MINAE de 2017) tuvo además el apoyo técnico y los aportes de centros e institutos de investigación especializados en vida silvestre de la Universidad de Costa Rica (Jardín Lankester) y de la Universidad Nacional (ICOMVIS y Hospital de Especies Menores y Silvestres), colegios profesionales, especialistas en medicina veterinaria y organizaciones no gubernamentales especializadas en vida silvestre.

Desde su entrada en vigencia en el año 2017, el Reglamento actual ha generado disconformidad por parte de quienes prefieren una mayor apertura y uso comercial de la vida silvestre, especialmente de la fauna. En ese sentido, un total de ocho acciones de inconstitucionalidad fueron interpuestas desde 2017 contra el actual reglamento, todas ellas fueron declaradas sin lugar por la Sala Constitucional mediante las sentencias 2018-2844, 2018-4285, 2018-8413, 2018-18563, 2020-11171, 2021- 2185, 2021-3851 y 2024-25584.

Las limitaciones al comercio, la exhibición y la reproducción de especies de fauna bajo las distintas categorías de manejo establecidas en el Reglamento, fueron los principales reclamos resueltos por la Sala Constitucional en las sentencias antes mencionadas.

El proceso de un nuevo Reglamento

El 21 de octubre de 2025, el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) mediante una convocatoria su sitio web puso a disposición para consulta pública el proyecto para un nuevo Reglamento de Vida Silvestre, esa primera versión contenía 325 artículos y 22 anexos.

La consulta oficial para emitir criterios estuvo disponible hasta el 04 de noviembre de 2025 en el sitio web del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), dado que la propuesta de reforma ha sido planteada desde el mecanismo de mejora regulatoria, el cual es coordinado y supervisado por el MEIC.

Una disconformidad recurrente durante este proceso de consulta, ha sido el plazo disponible de 10 días hábiles para hacer observaciones sobre un instrumento que versa sobre materia sumamente técnica, como lo es la conservación y manejo de vida silvestre. Estas disconformidades sobre el plazo de consulta fueron planteadas por colegios profesionales, organizaciones no gubernamentales especializadas en vida silvestre, investigadores e investigadoras, centros de investigación e institutos especializados en vida silvestre, entre otros.

En cuanto a las observaciones sobre el contenido de la primera propuesta presentada para consulta pública, distintos grupos de la sociedad civil, colegios profesionales, especialistas y distintas ONG emitieron aproximadamente 800 observaciones para revisión del MINAE.

Una de las observaciones más reiteradas por parte de la ciudadanía, visible en el expediente de consulta implicó cuestionamientos a la excepción a la tenencia cinco especies de aves silvestres de la familia de los psitácidos (Amazona autumnalis, Amazona farinosa, Brotogeris jugularis, Eupsittula canicularis, Psittacara finschi) y a la tenencia de Aras híbridas (lapas híbridas) contenida en el artículo 126.a (página 80) de la versión sometida a consulta pública; pese a los cuestionamientos, el MINAE mantuvo esa disposición intacta en la segunda versión del proyecto del 29 de enero de 2026 (artículo 126.1, página 86) y en la tercera versión del 9 de marzo de 2026 (29 de enero de 2026 (artículo 126.1, página 84), aun cuando en el mismo expediente y en la consulta pública constan distintos cuestionamientos sobre la legalidad de esa medida, la severa regresión ambiental que implica y el cuestionamiento sobre si existen o no criterios técnicos para fundamentarla.

Una vez concluida la consulta pública, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) emitió el informe DMR-DAR-INF-261-2025 del 12 de noviembre de 2025, donde señaló 44 recomendaciones con carácter vinculante que deben ser corregidas, como puede verse en la página 32 de ese informe, donde dicho Ministerio indicó:

Como resultado de lo expuesto, esta Dirección concluye que la propuesta transgrede los principios de mejora regulatoria de: Cooperación Intra e Interinstitucional, Eficiencia, Legalidad, Publicidad, Reglas Claras y Objetivas, Seguridad Jurídica, Transparencia. Por lo tanto, emite, con carácter vinculante, las siguientes recomendaciones (…)”

En fecha 18 de marzo de 2026 tuvo lugar en la Universidad Nacional un conversatorio sobre el proyecto de nuevo reglamento, este espacio de diálogo y reflexión técnica, científica y jurídica tuvo ponencias por parte de APREFLOFAS, el Instituto Internacional de Conservación de Vida Silvestre (ICOMVIS), el Centro de Rescate Wildlife Rescue Center (antiguamente ZooAve) y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), en este espacio, uno de los temas de mayor discusión fue el tema de la tenencia de aves silvestres y la posibilidad de mantenerlas en cautiverio, situación que estuvo definida expresamente en las tres versiones del reglamento disponibles hasta ese momento (21 de octubre de 2025, 29 de enero de 2026 y 09 de marzo de 2026). La grabación completa del conversatorio puede verse en este enlace en el canal de Youtube del ICOMVIS.

Durante el conversatorio, hubo además cuestionamientos sobre los criterios técnicos que fundamentaron esa decisión, sin que a la fecha de este comunicado de prensa conste en el expediente si existen o no esos criterios. Esto es particularmente relevante, dado que las decisiones sobre vida silvestre deben ser definidas con base en la ciencia y la técnica.

Luego del conversatorio del 18 de marzo, en una cuarta versión del proyecto de nuevo Reglamento, el MINAE retiró la posibilidad de cautiverio de cinco de las especies de aves, manteniendo esa posibilidad para las lapas híbridas, lo cual también ha sido objeto de cuestionamientos por parte de la opinión pública durante los últimos días.

De tal manera, según lo que consta en el expediente digital, la rectificación del MINAE sobre la tenencia de varias especies de aves, surge hasta que los cuestionamientos sobre esta medida salieron a la luz pública en distintos espacios.

Otros de los elementos que ha llamado la atención es la aprobación de una nueva categoría de sitio de manejo que combina “centros de rescate” con “zoológicos sin fines comerciales” contenida en el artículo 179.b de todas las cuatro versiones del proyecto de nuevo Reglamento. Al respecto, no consta en el expediente mayor detalle sobre los criterios científicos que avalen estas y otras medidas.

El nuevo reglamento no plantea nuevos recursos para el SINAC

Desde APREFLOFAS consideramos sumamente relevante destacar que la propuesta del nuevo reglamento no viene acompañada de la asignación de recursos técnicos, tecnológicos, financieros, presupuestarios o humanos para el SINAC.

En ese orden de ideas, debe recordarse que el último Informe del Programa Estado de la Nación (2025), ya advertía sobre el recorte de presupuesto que viene siendo aplicado en el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, señalándose en el Informe (página 169):

El presupuesto del Sinac se redujo un 40% en el último lustro. En consecuencia, se realizaron menos actividades de control, monitoreo y fiscalización en las áreas de conservación. Esta situación se agrava por la progresiva transformación de la estructura de gobernanza hacia una mayor concentración de poderes en detrimento de la participación y el criterio técnico”.

Adicionalmente, desde APREFLOFAS estimamos sumamente relevante destacar que un nuevo Reglamento de vida silvestre no debe ser más permisivo que el anterior, especialmente, cuando la situación mundial de la biodiversidad es hoy todavía más delicada que la que tuvimos en el año 2017.

Consideramos oportuno destacar que la permisividad y flexibilidad es todavía más riesgosa cuando no se tienen estudios poblacionales de las especies de fauna silvestre, recordando que el Reglamento tiene efecto en todas las especies de flora y fauna, no solamente en las que hemos mencionado en este comunicado.

Por todo lo anterior, desde APREFLOFAS:

  1. Consideramos que cualquier propuesta de nuevo Reglamento debe buscar fortalecer la protección y conservación de vida silvestre y debe ser fundamentada en criterios técnicos y científicos verificables.

  2. Cualquier propuesta de Reglamento de vida silvestre debe ser objeto de la difusión oficial de información amplia, veraz y transparente para la ciudadanía.

  3. Señalamos que cualquier propuesta de nuevo Reglamento resulta operativamente inviable si el SINAC sigue siendo objeto de recortes en su presupuesto.

  4. Solicitamos al MINAE designar una mayor cantidad de guardaparques, personal, vehículos, recursos técnicos y recursos tecnológicos de vigilancia para la protección de las Áreas Silvestres Protegidas, particularmente en las áreas con alta incidencia de delitos ambientales y en las oficinas regionales.

  5. Las decisiones sobre vida silvestre son de interés público y deben fundamentarse en la ciencia y la técnica.

  6. Solicitamos a las autoridades una minuciosa revisión de la propuesta para cerrar la posible apertura de portillos que permitan delitos ambientales, por lo cual, consideramos que debe darse una pausa en el avance de esta propuesta, permitiendo su revisión detallada y el escrutinio ciudadano.

  7. Invitamos a toda la ciudadanía a informarse sobre este tema y a solicitar la rendición de cuentas por parte de las autoridades.

¡Respetemos a la vida silvestre!

Organizaciones solicitan audiencia urgente en la Asamblea Legislativa y rechazan reforma a la Ley de Zona Marítimo Terrestre

Organizaciones costeras, de mujeres y en defensa de la Zona Marítimo Terrestre solicitaron formalmente una audiencia ante la Presidencia de la Asamblea Legislativa y las jefaturas de fracción, con el fin de expresar su rechazo al proyecto de ley “Reforma integral a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre” (Expediente N.º 22.553).

La solicitud fue dirigida al presidente legislativo, Rodrigo Arias Sánchez, así como a distintas jefaturas de fracción, en un contexto de creciente preocupación por el avance acelerado de esta iniciativa en el Congreso.

La semana pasada más de ochenta organizaciones sociales, ambientales, académicas y comunitarias, junto con más de doscientas personas firmantes, advierten que la reforma podría generar impactos profundos en las comunidades costeras y en ecosistemas estratégicos del país. Entre las principales preocupaciones se señalan posibles procesos de privatización del litoral, el debilitamiento de la protección ambiental, particularmente en humedales y manglares, y el riesgo de desplazamiento de comunidades que históricamente han habitado y cuidado estos territorios, incluyendo poblaciones afrodescendientes, indígenas y personas dedicadas a la pesca artesanal.

Asimismo, se alerta que el proyecto introduce condiciones administrativas, técnicas y económicas que resultarían difíciles de cumplir para las comunidades locales, lo que podría favorecer la concentración de concesiones en manos de actores con mayor capacidad económica, mediante mecanismos como la subasta.

Las organizaciones también recuerdan que este expediente ya había sido cuestionado y detenido en el año 2021 por razones jurídicas, sociales y ambientales, y que su reactivación en 2025 ha ocurrido sin un proceso amplio de consulta y participación con las comunidades afectadas.

Adicionalmente, informes técnicos han señalado posibles roces de constitucionalidad en varios artículos del proyecto, lo que incrementa la preocupación sobre su viabilidad legal y sus efectos sobre el régimen de protección de la zona marítimo terrestre.

En este contexto, las organizaciones firmantes reiteran la necesidad de abrir un proceso de diálogo amplio, transparente y participativo, que incluya a comunidades costeras, organizaciones sociales y sectores académicos, antes de avanzar con una reforma de esta magnitud.

Como parte de este proceso de articulación, el pasado 18 de marzo se realizó un espacio virtual informativo, con la participación de la politóloga y asesora legislativa Jessica Ramírez, y la abogada especialista en derecho ambiental y derechos humanos Sofía Barquero. La actividad fue organizada por el Proyecto de Geografía y Diálogo de Saberes de la Universidad de Costa Rica, la Red de Mujeres Costeras y Rurales, el Programa Kioscos Socioambientales de la UCR y el Programa Interdisciplinario Costero de la Universidad Nacional.

Las organizaciones hacen un llamado a las diputaciones a atender esta solicitud de audiencia y a valorar la necesidad de detener el avance del expediente 22.553, en resguardo del carácter público de las playas, la protección de los ecosistemas costeros y los derechos de las comunidades que históricamente han habitado estos territorios.

Organizaciones alertan sobre intento de aprobar reforma a la Ley de la Zona Marítimo Terrestre y convocan a firmar pronunciamiento

Diversas organizaciones sociales, ambientales y comunitarias lanzaron una alerta urgente ante lo que califican como un intento de acelerar el trámite legislativo del proyecto de ley expediente N.º 22.553, que propone una reforma integral a la Ley N.° 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre (ZMT).

Según las organizaciones firmantes de un pronunciamiento público, el proyecto —que actualmente se discute en la Asamblea Legislativa— podría legalizar usos privativos en espacios públicos costeros, debilitar la protección de ecosistemas sensibles como los manglares y favorecer procesos de despojo y desplazamiento de comunidades costeras.

Las agrupaciones advierten que el proyecto se estaría impulsando mediante un procedimiento acelerado para agotar mociones y forzar su aprobación, lo que limitaría el debate público sobre una reforma que consideran de alto impacto ambiental, social y territorial.

Riesgos para ecosistemas costeros y bienes públicos

El pronunciamiento sostiene que la reforma planteada permitiría flexibilizar el régimen de concesiones y habilitar usos comerciales en zonas que actualmente son públicas, incluyendo permisos para instalar infraestructura o servicios turísticos en espacios que forman parte del patrimonio natural del Estado.

Uno de los aspectos que más preocupa a las organizaciones es el debilitamiento de las regulaciones que protegen ecosistemas estratégicos como los manglares, considerados barreras naturales frente a fenómenos asociados al cambio climático, como la erosión costera o el aumento del nivel del mar.

Diversos estudios citados por las organizaciones señalan que los manglares han sufrido una importante pérdida de cobertura en las últimas décadas, especialmente debido a desarrollos turísticos, agropecuarios y expansión inmobiliaria.

Centralización institucional y debilitamiento del control público

Otro de los cuestionamientos al proyecto se refiere al rol ampliado que asumiría el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) en la rectoría del ordenamiento de la zona marítimo terrestre.

Según las organizaciones, esta centralización podría debilitar la autonomía municipal y reducir los controles democráticos sobre el manejo del litoral, al concentrar decisiones en una institución cuya función principal ha estado vinculada al desarrollo turístico.

Asimismo, advierten que el proyecto reduce controles legislativos sobre áreas marítimas y territorios insulares, e incluso elimina referencias explícitas al dominio estatal sobre territorios como la Isla del Coco.

Impactos sociales en comunidades costeras

El pronunciamiento también alerta sobre los posibles efectos sociales de la reforma, particularmente en comunidades afrodescendientes, indígenas y de pescadores artesanales que históricamente han habitado las zonas costeras.

Según las organizaciones firmantes, el proyecto podría profundizar procesos de turistificación, gentrificación y concentración del acceso a la tierra en manos de intereses inmobiliarios o turísticos, sin establecer mecanismos claros de protección para las comunidades locales.

En ese sentido, señalan que la iniciativa no incorpora mecanismos de participación ciudadana en el ordenamiento territorial costero, ni establece medidas diferenciadas que protejan los derechos colectivos de las comunidades que dependen de estos territorios.

Llamado a archivar el proyecto y abrir un proceso participativo

Ante este escenario, las organizaciones firmantes solicitan el archivo inmediato del expediente legislativo N.º 22.553 y plantean la necesidad de abrir un proceso amplio, participativo y técnicamente sustentado para discutir cualquier reforma al régimen jurídico de la zona marítimo terrestre.

Entre las organizaciones que respaldan el pronunciamiento se encuentran colectivos comunitarios, agrupaciones ambientales, redes de mujeres, organizaciones afrodescendientes, observatorios de derechos humanos y asociaciones vinculadas con la defensa del litoral y los bienes comunes.

Las agrupaciones reiteran que la zona marítimo terrestre constituye un bien público de todas las personas, por lo que cualquier modificación legal debe garantizar la protección ambiental, el acceso público y la justicia territorial.

Invitan a organizaciones sociales, colectivos y ciudadanía interesada a sumarse al pronunciamiento y firmar el documento.

Enlace para firmar el pronunciamiento