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Etiqueta: proyecto de Ley

Emilia Prieto para siempre: Proponen Benemeritazgo

  • Se presentó el proyecto de Ley 22.343: “Declaración de Benemeritazgo de la Patria, a la señora Emilia Prieto Tugores”.
  • Emilia Prieto Tugores (1902-1986) fue una mujer multifacética: artista y grabadora, escritora y pensadora, maestra, comunicadora, incansable luchadora social, investigadora de la cultura popular, cantautora y la más reconocida folclorista de Costa Rica.

El jueves 3 de diciembre, la diputada del Partido Integración Nacional (PIN), Patricia Villegas Álvarez, presentó el proyecto de Ley 22.343: “Declaración de Benemeritazgo de la Patria, a la señora Emilia Prieto Tugores”.

La familia de Prieto Tugores, como reacción al avance de la iniciativa, expresa su gratitud pública tanto hacia la diputada Villegas Álvarez como a los 34 diputados y diputadas de todos los partidos políticos que acompañaron con su firma este Proyecto de Ley.

“Saber que nuestra abuela Emilia, podría recibir el máximo homenaje de Costa Rica, por el valor de su obra humana, nos llena el corazón de gratitud y alegría a todos sus familiares”, declaró Liana Babbar Amighetti, en representación de la familia.

Otorgado desde 1966 por la Asamblea Legislativa, cuando se inauguró el Salón de Beneméritos de la Patria y Ciudadanos de Honor, la distinción de Benemérito de la Patria es un homenaje a aquellos ciudadanos que, por sus méritos o sus obras, se hubieren hecho acreedores al reconocimiento de la nación.

De acuerdo al texto del Proyecto de Ley, “Emilia Prieto Tugores (1902-1986) fue una mujer multifacética: artista y grabadora, escritora y pensadora, maestra, comunicadora, incansable luchadora social, investigadora de la cultura popular, cantautora y la más reconocida folclorista de Costa Rica.”

Francisco “Paco” Amighetti y Emilia Prieto en la Galería Amighetti, en noviembre de 1975. Fotografía tomada por Jorge de Sandozequi (1944-2002).

Recordando a Emilia Prieto

Durante años, la figura de Prieto Tugores ha sido recordada en los diferentes medios de comunicación nacionales, así como en centros culturales y eventos organizados por artistas, asociaciones y agrupaciones folclóricas del país, donde se le han rendido diversos homenajes a su obra.

Actualmente, existe, desde el año 2015, el Premio Nacional de Patrimonio Cultural Inmaterial “Emilia Prieto Tugores”, el cual es gestionado por el Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural, así como el Festival Nacional de Folclor Emilia Prieto Tugores – AGICUP (Asociación Grupos e Intérpretes de la Cultura Popular Costarricense) que llevan su nombre y buscan presentar y homenajear a aquellos personajes que se destacan en el campo de difusión y promoción de la cultura popular costarricense. 

En 2005, Emilia Prieto Tugores fue reconocida por el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), en su Galería de las Mujeres, distinción creada a partir del 21 de diciembre de 1999. Este es un espacio cultural que rinde homenaje a todas aquellas mujeres destacadas que han dedicado su vida y obra a la ruptura de estereotipos de género y han luchado por la igualdad y equidad entre mujeres y hombres.

“No se debe llorar la muerte de Emilia Prieto porque su cadáver estaì todo envuelto en los ecos de sus canciones populares, refranes, chistes, decires del pueblo que ella recogió con gran inteligencia y amor, hasta convertirlos en un verdadero patrimonio nacional”, recordó ocho años después de su muerte emotivamente su amiga y colega, la escritora Luisa González Gutiérrez, en un artículo titulado “La obra de Emilia”, publicado en 1994.

“Apasionadamente, por anÞos y anÞos, diìa a diìa, Emilia recogiìa como juntar Santa Luciìas azules por valles, colinas y caminos, las canciones y decires de la gente sencilla que dice las verdades con gran sabiduriìa, gracia y picardiìa, es decir esa filosofiìa limpia y clara como el agua de nuestros riìos”, subrayó también González Gutiérrez.

En el año 1998,  en la conocida columna “El Día Histórico” de La Nación, Marta Castegnaro rememoró su legado señalando: “Observadora atenta de toda manifestación cultural del pueblo -al que siempre comprendió y se sintió unida- comenzó su gran labor de rescate de nuestros valores típicos, interesándose en investigar la carreta costarricense y la significación artística de las pinturas que para adornarla realiza el campesino.”

Exposición “Las peras del olmo. Obra gráfica de Emilia Prieto” (2004). Museo de Arte Costarricense (MAC).

Las peras del olmo

En el año 2004, el Museo de Arte Costarricense (MAC) presentó la exposición “Las peras del olmo. Obra gráfica de Emilia Prieto”, aludiendo a su xilografía “El olmo que dio peras”. Una muestra de 130 obras de Emilia Prieto, organizada y curada por las artistas Sila Chanto (1969-2015, QEPD) y Carolina Córdoba. Esta exposición tuvo una gran acogida por parte de los costarricenses y el trabajo realizado por las curadoras para rescatar y destacar su obra gráfica fue de gran relevancia.

“Fue allá, por 1925, cuando obras de mujeres costarricenses emprendieron su camino en una de las revistas más prestigiosas en el ámbito intelectual. Entonces, el maestro Joaquín García Monge tuvo la osadía de publicar los hermosos grabados de Emilia Prieto y de la salvadoreña Lastenia Araujo de Artiñano en su Repertorio Americano (1919-1958)”, destacó Ana Sánchez Molina, en un artículo titulado “El agudo lápiz de Emilia Prieto”, publicado en la revista Áncora de La Nación. 

“Cuando aún no había derecho al voto femenino, don Joaquín divulgó la voz de Carmen Lyra, Luisa González, Lastenia, Emilia y otras intelectuales y artistas que fueron parte de la llamada Generación del Repertorio Americano”, destacó Sánchez Molina.

Emilia Prieto junto al ex ministro de Cultura, Guido Sáenz González.

Benemeritazgo 

Ante este acontecimiento del Benemeritazgo, se viene a la memoria las palabras del escritor Alfonso Chase, en la presentación del libro “Escritos y grabados” (1977) de Prieto Tugores: “…Ella se planta, por derecho propio, como una figura importante cuyo principal aspecto a contemplar es su trabajo continuo, su interés por las razones políticas que se esconden debajo de la obra artística, y para eso ella, admirable observadora, escribió, pintoì, hizo grabado, investigoì en las fuentes profundas de nuestra cultura popular, para tratar de darnos una visión planetaria de las relaciones entre obra de arte y conciencia política.»

Emilia Prieto junto al escultor y pintor argentino Adolfo Pérez Esquivel, premio Nobel de la Paz 1980.

Breve biografía 

Emilia Prieto Tugores nació en San José el 11 de enero de 1902. vivió su infancia en la ciudad de Heredia, con frecuentes visitas a la finca Guararí, en las faldas del Cerro Guararí. Realizó su secundaria en el Colegio Superior de Señoritas y, en 1921, obtuvo su título de maestra en la Escuela Normal de Heredia. Recibió los siguientes premios nacionales: Premio Nacional de Periodismo Cultural Joaquín García Monge (1984) y Premio Nacional de Cultura Popular (1992; póstumo). Su obra de toda una vida sobre el folclor costarricense incluye los libros «Escritos y grabados» (1977), «¿Por qué ticos?» (1982), «Romanzas ticomeseteñas» (1986 2da.ed.) y «Mi pueblo» (1991, póstumo); más de cien ensayos y artículos en revistas y periódicos; decenas de grabaciones de música tradicional y los guiones de su programa radiofónico en «Somos como somos» (SINART 1980-1985).

Emilia Prieto en su casa en El Roble de Heredia en 1984.

Puede encontrar más información en el sitio web Emilio Prieto

Compartido con SURCOS por Arnoldo Mora Rodríguez

Webinar: ¿Qué opina? Sobre el proyecto de ley 21.012, Ley para libertad religiosa y culto

La Organización Interseccional Pro Derechos Humanos (OIDH) invita al webinar “¿Qué opina? Sobre el proyecto 21.012, Ley para libertad religiosa y culto, conocida como Ley de objeción de conciencia” a realizarse el próximo 09 de diciembre a las 6:00 pm.

El evento virtual contará con la participación del diputado de la República, José María Villalta, y el pastor de la Iglesia Luterana Costarricense, Gilberto Quesada. Modera el señor Marco Castillo.

La transmisión será vía Facebook Live y Google Meet.

Sindicato de trabajadores del AyA se opone a proyecto de ley de aguas

Actualmente se tramita en la Asamblea Legislativa el proyecto de ley No. 20.212 “Ley para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico”, iniciado en 2016 y cuyo vencimiento cuatrienal es el próximo 15 de diciembre de 2020.

El Sindicato de trabajadores de Acueductos y Alcantarillados (AyA) se opone al proyecto y envía el siguiente comunicado:

«El AyA mediante PRE-2020-00186 advierte que «En el artículo 2 dentro de los principios generales, se requiere incluir los principios que en materia ambiental sustentan la materialización de la Ley: “principio precautorio o de evitación prudente” (…) “principio de no regresión” (…) “objetivación de la tutela ambiental” (…) “uso racional del recurso”». Entre otras recomendaciones que el AyA hace al proyecto, cabe destacar el del artículo 10, que los inspectores de la Dirección Nacional de Aguas debidamente acreditados (…) están facultados cuando exista o no previa denuncia presentada al efecto, para controlar el uso y aprovechamiento sostenible y eficiente del recurso hídrico…y, para practicar inspecciones en los sitios donde se está aprovechando el recurso hídrico concesionado o no…»

Además, en el artículo 26, AyA propone que no solo los funcionarios de la DINA sino, además, de las instituciones competentes, puedan practicar las inspecciones como los estudios técnicos en las áreas de protección del recurso hídrico como en las obras de abastecimiento poblacional.

Sin las medidas anteriores, se deja por la libre un tema de prevención como de remediación, en el cuido del agua para el bien común.

También le hace observaciones al artículo 59 sobre concesiones (puesto derogaría tácitamente disposiciones de la Ley 2726 del AyA), al artículo 63 para excepcionar por emergencia caudales concesionados a favor del AyA. Observa que las ASADAS no deberían pagar cánones (artículo 106).

Entre los destinos del Fondo (artículo 108) debería incluir la compra de terrenos con fines hídricos.

La revocatoria de la concesión por incumplimiento (art. 73) no figura en el Título de Sanciones, ni tipifica la obstrucción o impedimento de servidumbres necesarias para mantenimiento, reparación o sustitución de infraestructura hídrica».

El Sindicato envió una serie de preocupaciones y cuestionamientos a la diputada Paola Vega en una transmisión en vivo el 26 de noviembre, pero de acuerdo con el Sindicato, no hubo respuesta por parte de la legisladora.

Conversatorio: «Proyecto de Ley No. 20.212 Recurso Hídrico: antecedentes, situación actual e implicaciones»

La Universidad Estatal a Distancia (UNED) invita al conversatorio virtual “Proyecto de Ley No. 20.212 Recurso Hídrico: antecedentes, situación actual e implicaciones» a realizarse el próximo 07 de diciembre a las 5:00 pm.

El evento organizado por Proyecto Ambiente y Arte de la Dirección de Extensión Universitaria contará con la participación de los siguientes panelistas:

– Sra. Yamileth Astorga, presidenta Instituto Acueductos y Alcantarillados (AyA).
– Sr. José Miguel Zeledón, director de la Dirección de Agua del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae).
– Sr. Sergio Ortiz, activista socioambiental Santa Bárbara de Heredia.
– Sr. Giovanni López, Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (Senara).
– Moderador: Rodrigo Méndez, miembro del Laboratorio de Ecología Urbana de la UNED.

Para participar puede inscribirse aquí. A más tardar el viernes 04 de diciembre al mediodía.

Foro virtual: Proyecto de ley para la flexibilización laboral

El Sindicato Nacional de Periodistas de Costa Rica invita a participar en el foro virtual “Proyecto de ley para la flexibilización laboral” el próximo jueves 26 de noviembre a partir de las 10:00 am.

El Proyecto de Ley N° 21.182: “Reforma de los artículos 136, 142, 144 y 145 del Código de Trabajo, para actualizar las jornadas de trabajo excepcionales y resguardar los derechos de las personas trabajadoras” fue presentado por la diputada Ana Lucía Delgado Orozco junto otros legisladores.

Para confirmar participación puede escribir al correo electrónico sindicatoperioditascr@gmail.com

El enlace para ingresar al foro en la plataforma Zoom: https://us02web.zoom.us/j/88047108638

A 10 años del desalojo sufrido por líderes indígenas del Congreso costarricense

Nicolás Boeglin

El pasado 9 de agosto, se conmemoraron los 10 años desde aquel triste episodio acaecido en la noche del 9 al 10 de agosto del 2010, en el que se desalojó durante la madrugada con efectivos policiales a líderes indígenas costarricences que habían llegado a la Asamblea Legislativa la tarde anterior. Su petición era muy sencilla: exigir la votación de un Proyecto de Ley sobre Autonomía Indígena y mantenerse dentro de las instalaciones del Congreso hasta que el voto tuviera lugar.

Cabe precisar que este proyecto llevaba 16 años discutiéndose y que los dirigentes indígenas únicamente pedían que se votara, sea en contra, sea a favor.

Una vivencia colectiva dolorosa que sigue marcando profundamente a las comunidades indígenas costarricenses

Sobre algunos detalles de este episodio, referimos a esta nota detallada) del Programa universitario Kioscos Ambientales publicada en el 2010. Salvo error de nuestra parte, no se conoce de un análisis que haya detallado la forma muy peculiar con la que varios medios de prensa costarricenses reportaron este hecho, intentando desacreditar a los dirigentes indígenas (y se sugiere a alguna escuela de comunicación colectiva u otra unidad académica pensar en realizarlo en el futuro si no existe).

De manera a conocer el clima durante el cual se dió la discusión intra muros en aquella tarde del 9 de agosto, remitimos a nuestros estimables lectores al acta de la sesión de la Asamblea Legislativa (véase texto completo). También nos parece oportuno referir a este reciente artículo escrito por uno de los líderes indígenas presentes aquella noche, Pablo Sibar, titulado precisamente «Una década de que nos sacaron arrastrados de la Asamblea Legislativa» y cuya lectura completa recomendamos (véase texto completo).

Nótese que este proyecto de ley ha sido mencionado en prácticamente todos los informes oficiales de Costa Rica de cara a las comparecencias ante diversos órganos de Naciones Unidas, a la hora de responder a observaciones que le han hecho los órganos de supervisión sobre la falta de implementación de sus obligaciones internacionales en la materia (Comité de Derechos Humanos, Comité del Pacto DESC, Comité de Derecho del Niño, Comité de la Convención CEDAW sobre la mujer y Comité de la convención CERD – Nota 1).

Con relación a lo sucedido en agosto del 2010 dentro de la Asamblea Legislativa, en este valioso recordatorio publicado hace pocos días, titulado «La persistente violación de los derechos de los pueblos indígenas costarricenses» y cuya lectura integral también recomendamos (véase texto completo), se puede leer que:

«La respuesta de las autoridades del Congreso no podría haber sido más irónica: ordenaron su desalojo por la fuerza y no votaron el proyecto ni en ese, ni en la siguiente legislatura, para ser finalmente desechado sin justificación clara ni alternativa alguna, a los pocos meses del actual período legislativo (2018-2022).

Con esta experiencia como detonante, se agota para los indígenas la confianza en la institucionalidad pública y en las autoridades políticas, cuya consecuencia inmediata fue la decisión de varios de estos líderes comunitarios y sus familias de iniciar acciones para reivindicar, por la vía de hecho, sus derechos sobre sus propios territorios, mediante las llamadas “recuperaciones” «.

En este artículo publicado hace unos años sobres las distintas luchas emprendidas por las comunidades indígenas en Costa Rica (véase texto completo), se puede leer que:

«Este desalojo violento marcó la lucha, pues la dirigencia indígena presente decidió que las siguientes acciones de defensa territorial se harían desde los mismos territorios. En este punto, las y los indígenas decidieron retirarse del Valle Central y ejercer la autonomía desde sus comunidades argumentándola desde los marcos jurídicos de la Ley Indígena de Costa Rica N.º 6172, el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, del 2007, en los que se ratifican los derechos territoriales y el ejercicio de la autodeterminación de los pueblos».

Desde entonces, han sido escasas las apariciones de representantes indígenas en el Congreso costarricense, a la vez que las acciones generadas por sus comunidades para recuperar sus territorios han originado un clima de violencia en su contra en algunas regiones de Costa Rica, en particular en una de ellas.

Un errático actuar del Estado costarricense desde el 2010

Este 9 de agosto del 2020, Costa Rica conmemoró el Día Internacional de los Pueblos Indígenas con dos dirigentes indígenas de la región de Salitre asesinados en menos de un año (marzo 2019-febrero del 2020): dos hechos sumamente graves, y que se mantienen en una indignante impunidad al no haberse a la fecha identificado a sus autores materiales e intelectuales por parte de las autoridades.

El hecho que ambos líderes fueran objeto de medidas cautelares ordenadas al Estado costarricense por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) desde abril del 2015 no hace sino evidenciar la total inoperancia del Estado para resguardar la vida y la integridad física de las personas que defienden los derechos de las comunidades indígenas (Nota 2).

En esta reveladora entrevista a dos dirigentes indígenas costarricenses realizada por LaRevista.cr el pasado 9 de agosto (véase enlace con el audio), se puede escuchar el tipo de percepción que ambos tienen sobre el significado de esta fecha: ninguno encuentra motivo alguno para una celebración.

Foto extraída de nota de prensa de la BBC titulada «Asesinato de Sergio Rojas: la conmoción en Costa Rica por la muerte del líder indígena que defendía las tierras de pueblos originarios», edición del 20/03/2019

Cabe recordar también que el pasado 2 de julio del 2020, se declaró admisible una petición presentada por la comunidad indígena Terraba contra Costa Rica (véase al respecto nuestra breve nota, titulada «Comunidad indígena Terraba en Costa Rica: Comisión Interamericana de Derechos Humanos admite petición«).

Iniciativas estatales que «para mí son solo papeles»

En el precitado artículo del líder indígena Pablo Sibar rememorando los 10 años de lo que las comunidades indígenas costarricenses denominan «la arrastrada«, leemos que:

«No entiendo cómo llevamos 10 años y el Gobierno sigue haciendo cosas que se miran muy bonitas, pero yo quiero decirles para mí son solo papeles. Como un Brörán que llevo 40 años de lucha lo que quisiera es escuchar cosas que sean reales, no papeles, no habladas, quisiera que todos los ticos exijan a los Gobiernos que nos den nuestras tierras libres para poder vivir en paz y poder dormir tranquilos, que nuestros territorios, que nuestros hijos, nietos, no sigan llevando el miedo como ese miedo del covid 19 que es lo que vivimos los pueblo indígenas por los terratenientes hace mmmuuucho tiempo«.

Con relación a las iniciativas que regularmente Costa Rica ofrece a los órganos de derechos humanos como prueba de su firme compromiso con los derechos de las comunidades indígenas, podemos señalar que la misma Defensoría de los Habitantes (DHR) de Costa Rica emplazó recientemente al Poder Judicial a brindar explicaciones sobre la falta de acceso a la justicia a personas indígenas, pese a un sinnúmero de mesas redondas, comisiones, subcomisiones, guías y demás publicaciones en el seno del Poder Judicial desde varios años (véase texto completo de carta remitida por la DHR el pasado 29/07/2020 al Presidente del Poder Judicial).

Como se recordará, en julio del 2018, se aprobó la ley 9593 (véase texto) titulada «Acceso a la justicia de los Pueblos Indígenas«.

Es de señalar que estos y otros cuestionamientos en Costa Rica se dan en un momento en que, en América Latina, los derechos de las poblaciones indígenas son objeto de una preocupación mucho mayor debido a los efectos del COVID-19 en comunidades indígenas aisladas, y con un acceso muy limitado a servicios básicos de salud: incluso cuando los hay, la falta de preparación en el abordaje cultural por parte del personal médico desplegado puede llevar a reducir el alcance de las medidas sanitarias. La desatención a la ya crítica situación por parte de las autoridades estatales es latente en diversas latitudes: en mayo del 2020, fue la misma CIDH la que advirtió sobre la situación en un comunicado de prensa titulado «La CIDH alerta sobre la especial vulnerabilidad de los pueblos indígenas frente a la pandemia de COVID-19 y llama a los Estados a tomar medidas específicas y acordes con su cultura y respeto a sus territorios» (véase texto completo). A modo de conclusión

Con o sin pandemia, la deuda histórica que acumula Costa Rica con relación a sus comunidades indígenas se traduce con el paso del tiempo en un despojo paulatino de sus recursos y de sus derechos, siendo el derecho a la tierra su principal reinvindicación, así como el respeto a su cultura. Esta situación es la que ha originado una atención particular sobre lo que ocurre en Costa Rica por parte de diversos órganos de derechos humanos, tanto a nivel de Naciones Unidas como del sistema interamericano de protección de los derechos humanos.

Entre por un lado, comunidades indígenas cada vez más decididas a recuperar – con o sin el concurso del Estado – sus territorios y, por otro, órganos de supervisión internacionales cada vez más atentos a lo que en ellos sucede, las diversas iniciativas propiciadas por el Estado costarricense ya no parecen ser suficientes. En un reciente artículo, publicado por el periodista Diego Delfino, al mencionar algunos de los anuncios hechos por las autoridades el pasado 9 de agosto (véase texto completo), el autor señala de una manera que nos parece muy justa que:

«El tema, es que este paso de pie a logros concretos y no al clásico anuncio conmemorativo que después se queda en lo simbólico hasta que llegue… otro anuncio. Tenemos que reconocer que hasta ahora esa ha sido el modus operandi de nuestro país cuando de abordar este tema se trata«.

Notas

Nota 1: En el 2015, se puede leer en la observaciones finales del Comité CERD al informe presentado por Costa Rica (véase texto completo) que:

«14. El Comité recomienda priorizar en la agenda legislativa las iniciativas para la lucha contra la discriminación racial y la promoción de los derechos de las personas afrodescendientes y de los pueblos indígenas para su urgente discusión y adopción, en consulta con dichos pueblos, para contar con un marco legal adecuado en materia de lucha contra la discriminación racial«.

En el 2016, se puede leer en la observaciones finales del Comité de Derechos Humanos al informe presentado por Costa Rica (véase texto completo) que:

  1. Preocupa al Comité que el proyecto de ley de desarrollo autónomo de los pueblos indígenas aún no haya sido aprobado y que aún no se haya adoptado un mecanismo legal que garantice la consulta previa de los pueblos indígenas en relación a la toma de decisiones que pudieran afectar al ejercicio de sus derechos. A pesar del reconocimiento legal del derecho que tienen los pueblos indígenas a las tierras y territorios que tradicionalmente han poseído u ocupado, preocupa al Comité la limitada protección al ejercicio de estos derechos en la práctica y que algunos pueblos indígenas hayan sido víctimas de ataques por conflictos de tierra (art. 27).
  2. El Estado parte debe: a) Agilizar la aprobación del proyecto de ley de desarrollo autónomo de los pueblos indígenas; b) Garantizar la celebración efectiva de consultas previas con los pueblos indígenas con miras a obtener su consentimiento libre, previo e informado antes de adoptar y aplicar cualquier medida que pueda incidir sustancialmente en su modo de vida y su cultura, en particular en relación con proyectos que puedan tener un impacto sobre sus tierras o territorios y otros recursos, tales como proyectos de explotación y/o exploración de recursos naturales; c) Garantizar en la práctica el derecho que tienen los pueblos indígenas a las tierras y territorios que tradicionalmente han poseído u ocupado, incluso mediante el reconocimiento legal y protección jurídica necesaria; d) Proporcionar los medios legales necesarios para asegurar la recuperación de tierras inalienables que ya han sido otorgadas a pueblos indígenas mediante la legislación nacional y brinde la protección adecuada, incluso mediante recursos efectivos, a los pueblos indígenas que han sido víctimas de ataques«.

Nota 2: Con relación al asesinato de Sergio Rojas ocurrido el 18 de marzo del 2019, tuvimos la ocasión de examinar las cartas hechas públicas por Naciones Unidas con respecto a los requerimientos específicos solicitados a las autoridades costarricenses sobre el asesinato de Sergio Rojas (véase nuestra nota al respecto publicado en el portal de la Universidad de Costa Rica – UCR). Varios de estos requerimientos de Naciones Unidas (que fueron solicitados en el mes de marzo del 2019) buscaban que hechos similares no se repitieran más en Costa Rica (véase documento de Naciones Unidas, página 5): el 24 de febrero del 2020 fue asesinado otro líder indígena, Jerhy Rivera.

Esta nota fue escrita por Nicolás Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica

Enviado a SURCOS por el autor.

Los días feriados, especialmente los de las Fechas Patrias, no deben moverse del día que está dispuesto para ellos

Vladimir de la Cruz

Al momento de escribir este artículo, se ha venido discutiendo en la Asamblea Legislativa un Proyecto de Ley, paralizado, me parece que correctamente por el diputado Carlos Ricardo Benavides, el lunes pasado, para mover los días feriados de su fecha original a viernes, o lunes, de cada semana, según “caiga” la fecha del día feriado lunes, martes, miércoles, jueves para que se disfruten los días viernes inmediato posterior, utilizando la modalidad de fin de semana largo, y los sábados o domingos se trabajen el propio día.

En Costa Rica tenemos los siguientes días feriados en el año 2020: el Miércoles 1 de enero: Año Nuevo, el Jueves 9 de abril: Jueves Santo, el Viernes 10 de abril: Viernes Santo, el Sábado 11 de abril: Día de Juan Santamaría, el Viernes 1 de mayo: Día del Trabajador, el Sábado 25 de julio: Anexión del Partido de Nicoya, el Domingo 2 de agosto: Día de la Virgen de los Ángeles (feriado pago no obligatorio), el Sábado 15 de agosto: Día de las Madres, el Martes 15 de septiembre: Día de la Independencia, el Martes 1 de diciembre: Día de Abolición del Ejército (feriado pago no obligatorio) y el Viernes 25 de diciembre: Navidad.

Son once días feriados, nueve de ellos de pago obligatorio. De todos los feriados solo los de Semana Santa se dan de manera continuos, jueves y viernes.

En esta Semana Mayor, se ha venido acostumbrado a suspender jornadas laborales, durante toda la semana, especialmente en todo el sector público, para que toda la semana quede libre, suspensión que se hace sobre deducción de días de las vacaciones a las que se tienen derecho. Esto se produjo hace algunos años debido al ausentismo que se provocaba, de lunes a miércoles santos, por parte de los trabajadores que tomaban esos días para disfrutarlos, añadidos a los días religiosos, jueves y viernes santos, como una larga semana de descanso, o de paseo en el interior del país, o en el exterior para quienes pueden disfrutar su tiempo libre vacacionando o turisteando fuera del país.

El 5 de noviembre del 2019 la Asamblea Legislativa eliminó como día de festejo nacional, que así se tenía feriado, el 12 de octubre alusivo a la llegada de Colón, que luego se denominó como Día de las Culturas, y en su lugar se estableció un nuevo día feriado, de pago no obligatorio, el 1 de diciembre, de cada año, para conmemorar la Abolición del Ejército.

Los días feriados de pago obligatorio y no obligatorio se aplican para aquellos centros de trabajo donde se realiza el pago de manera semanal, que generalmente es en actividades no comerciales, por el trabajo efectivo llevado a cabo en la semana. En este caso si un trabajador no labora, en un feriado de pago no obligatorio, no se le debe realizar pago, mientras que, si lo trabaja, se le debe reconocer el día de salario como un pago sencillo, sin porcentual adicional. Mientras que, en los centros de trabajo comerciales, cuando se paga de manera quincenal o mensual, sí procede el pago de los días feriados en el salario, más allá de si es un día feriado de pago obligatorio o no obligatorio. De este modo, al trabajador que labora en un día feriado se le debe reconocer un salario adicional, de un día normal, para completar el doble pago que le corresponde por trabajarlo.

El Proyecto de Ley que propuso el diputado, también liberacionista, Roberto Thompson, de concentrar en el día viernes, o el lunes siguiente, el feriado respectivo, fue justificado en el llamado fin de semana largo, para aumentar la visita turística y, obviamente, el mayor consumo y gasto posible en las zonas turísticas.

El diputado Carlos Ricardo Benavides, que ha sido Ministro de Turismo, y conoce de este campo, ha demostrado que esto en la realidad no se da, de esa manera, y al contrario, produce más efectos negativos en el proceso productivo nacional. Roberto Thompson lo ha justificado en función de la pandemia que azota al país, para contribuir de esa manera en la reactivación económica, considerando que 3.2 millones de turistas vienen a Costa Rica en los últimos años. Pero, esta cifra no es sustituible de ninguna manera por turismo nacional.

No hay nada en el país que permita esa posibilidad de sustitución, en el supuesto que se mantenga el turismo exterior limitado. Ni tampoco hay capacidad alguna económica de gastar en actividades turísticas por parte de la población que ha quedado cesante, que ha aumentado el desempleo nacional, o de las personas trabajadoras a quienes se les ha reducido su jornada de trabajo y por ello les hayan reducido también sus salarios, o la población que ha empezado a engrosar a la población en categoría de “pobreza” y de “pobreza extrema”.

En Costa Rica no hay una sola política pública, ni ninguna acción de Estado o de Gobierno, que conduzca a un real disfrute de las vacaciones, a las que tiene derecho cada trabajador, no hay ninguna coordinación entre las vacaciones de los empleados con las de los hijos para que puedan disfrutarse en paralelo y conjuntamente, ni siquiera las vacaciones forzadas de medio año escolar o las de fin de año, ni se autoriza a los escolares a dejar sus estudios durante las vacaciones de sus padres, tan siquiera para disfrutarlos en sus casas. Solamente el paro laboral de los diputados, en el mes de julio, se ha hecho empatado con las vacaciones escolares de medio período, para disfrutar, ellos sí, con sus hijos y familias esos días.

Conocí países europeos, y países ex socialistas, que sí tenían estos sistemas vacacionales organizados, que además obligaban a disfrutar las vacaciones. Algunos de estos países ex socialistas obligaban a los trabajadores a disfrutar sus vacaciones en determinados centros de vacación, con diversas opciones, y se coordinaba con las escuelas y colegios de sus hijos, para que todos juntos fueran a disfrutar los días correspondientes. No sé cuál será la situación hoy de esos países ex socialistas, pero en Costa Rica esto es un sueño de opio, me imagino, o algo verdaderamente utópico.

En Costa Rica muchas veces los trabajadores en sus vacaciones se ven obligados a trabajarlas para asegurar ingresos extras, con sus propios empleadores o patrones, o en trabajos informales o “camaroneando”.

Todavía hay costarricenses, y muchos, que no conocen las playas nacionales ni los volcanes. Cuando daba clases en la Universidad, hasta hace siete años, cuando me jubilé, tuve estudiantes que del todo no conocían esos lugares, y algunos que venían de ciudades cercanas del Valle Central al distrito de San Pedro, en la capital, ni siquiera conocían la ciudad, ni…la Biblioteca Nacional, donde muchas veces los enviaba a realizar consultas. Su trayectoria era en el bus que los traía directo a la Universidad, y del bus que los regresaba a su pueblo o ciudad. Eso era todo su conocimiento geográfico local, y seguramente el de su comunidad.

Cuando hay prioridades básicas, como casa, alimentación del trabajador y su familia, pago de alquileres, pago de servicios públicos, como agua y electricidad, que además perversamente los han encarecido institucional y oficialmente, en estos días de pandemia, incluidos lo de pago de peajes, que los han aumentado a partir de hoy, la gente no puede disponer para ir a vacacionar o turistear internamente. Por otro lado, no hay una tabla de tarifas que atraiga ventajosamente a los turistas nacionales, a los hoteles y regiones de montaña o de playa, a los sitios vacacionales o destinos turísticos, que no han cambiado sus tarifas en estas condiciones pandémicas que pasa el país y la población en general.

Y, si se trata de la población, los que quizá tengan más posibilidad de vacacionar son las llamadas clases medias y, obviamente las altas, y los trabajadores del sector público, en todas sus instituciones, que en este momento también pasan por una arremetida contra sus salarios, y las pensiones, de los que ya están retirados o jubilados, limitando sus posibilidades de recreación, de vacación, o de uso del tiempo libre de esta manera vacacional, reduciendo sus posibilidades de consumo y de recreación. Una prueba interesante la han dado estos días los vendedores de carros, nuevos y usados, que han visto caer sus ventas casi a un 40% respecto al año anterior, y a los meses anteriores a la pandemia, y hasta han ofrecido ventas de carros pagaderos, en sus primeras cuotas, dentro de seis meses, a principios del 2021, es decir, le dan el carro hoy a una persona y empieza a pagarlo dentro de seis meses, según entendí la información. Esta es la realidad de los sectores medios, profesionales, y de los milenians que empiezan a volar, ahora bajo, y algunos muy bajo, en sus posibilidades de gustos, gastos y consumismo.

Si el turismo en el Producto Interno Bruto, en el 2019, significó un 8% del mismo, este año aún no se ha dicho cuál será su impacto, pero no será del mismo 8%. Si este es uno de los motores de la economía nacional, hay que ver cómo se repara ese hueco en lo que va a significar, pero no es solo incentivando al sector turístico, eximiéndole de impuestos o favoreciéndole ventajas institucionales. Sería más importante estimular los salarios, los ingresos y las pensiones de las personas para que realmente puedan disfrutar sus tiempos vacacionales conociendo turísticamente Costa Rica, o posibilitando más y mejor su tiempo ocioso recreativamente.

La Reforma que propone el diputado Roberto Thompson está orientada a reformar el artículo 148 Bis del Código de Trabajo, la Ley N°2 y sus reformas de agosto de 1943, para trasladar los feriados a los días viernes. El diputado Carlos Ricardo Benavides se opone a esta reforma. En esta discusión hay que apoyar al diputado Benavides.

Recuerdo una empresa que anunciaba el festejo del Primero de Mayo, hace bastantes años, diciendo: “Hoy Primero de Mayo, lo festejamos trabajando”, y trabajaban todos los empleados…obligadamente.

Ah, otra cosa, cuando los empresarios han tratado de promover la semana de 4-3, en la que se trabajan 4 días de 12 horas, y se “descansan”, teóricamente, tres días, ¿allí tienen incorporada “la semana larga” de los días feriados?, o ¿la van a negociar u obligar a trabajar?

Es mi opinión que los días feriados, especialmente los de las Fechas Patrias no deben moverse del día que está dispuesto para ellos. El 15 de Setiembre, por ejemplo, debe celebrarse el 15 de setiembre caiga lunes, martes, miércoles, jueves, viernes, sábado o domingo. Somos los costarricenses los que nos debemos acoplar a la fecha de la celebración, no la fecha a los intereses de grupos económicos, que por lo demás no contribuyen en nada, absolutamente en nada, a darle contenido patriótico a las fechas que ellos mismos promueven su traslado de festividad.

Entrada la tarde de ayer martes, la Asamblea Legislativa aprobó en primer debate la modificación de estos feriados, después de un acuerdo entre los diputados Thompson y Benavides, estableciendo el traslado de los días feriados para los días lunes siguientes, desde el año 2021 hasta el año 2024, quedando la distribución así:

Del año 2020

Sábado 25 de julio de 2020 pasa a lunes 27 de julio

Sábado 15 de agosto 2020 pasa a lunes 17 de agosto

Martes 15 de setiembre del 2020 pasa a lunes 14 de setiembre

Martes 1 de diciembre del 2020 pasa a lunes 30 de noviembre

Del año 2021

Sábado 1 de mayo de 2021 pasa a lunes 3 de mayo

Domingo 25 de julio de 2021 pasa a lunes 26 de julio

Miércoles 15 de setiembre de 2021 pasa a lunes 13 de setiembre (el del Bicentenario)

Miércoles 1 de diciembre del 2021 pasa a lunes 29 de noviembre

Del año 2022

Miércoles 15 de setiembre del 2022 pasa a lunes 19 de setiembre

Miércoles 1 de diciembre del 2022 pasa a lunes 5 de diciembre

Del año 2023

Martes 11 de abril del 2023 pasa a lunes 10 de abril

Martes 25 de julio del 2023 pasa a lunes 24 de julio

Martes 25 de agosto del 2023 pasa a lunes 14 de agosto

Del año 2024

Jueves 11 de abril de 2024 pasa a lunes 15 de abril

Jueves 25 de julio de 2024 pasa a lunes 29 de julio, y

Jueves 15 de agosto de 2024 pasa a lunes 19 de agosto.

De esta manera se generarán 16 fines de semanas largos

Los tres feriados que caen en domingo de este año y el próximo permanecen en su fecha, el próximo 2 de agosto y los siguientes 11 de abril y 25 de julio.

Curioso que los diputados hayan movido la fecha del 15 de setiembre del 2021, que es la que oficialmente celebrará, a nivel centroamericano, el Bicentenario de la Independencia, y también oficialmente en Costa Rica.

Y, más curioso, es que no hayan tomado en cuenta la fecha del 29 de octubre del 2021, que es realmente la fecha en que se celebran 200 años de la firma del Acta de Cartago, donde se acuerda la Independencia Nacional, con relación a lo dispuesto por el Acta de Guatemala, que da origen a la destitución, pocos días después, de la última autoridad colonial, el Gobernador Juan Manuel de Cañas, calificado en ese tiempo de déspota y de opresor.

En este aspecto ni siquiera tomaron en cuenta al Alcalde de Cartago, a Mario Redondo, que ha sido diputado y Presidente del Poder Legislativo, ni al Consejo Municipal de Cartago, que no se van a quedar con los brazos cruzados, viendo para el ciprés, ante tan afrentoso acuerdo legislativo tomado ayer martes.

Estoy seguro que Mario Redondo y su Consejo Municipal se prepararán a lo grande para la celebración de la firma Bicentenaria del Acta de Cartago, ¿o no es así don Mario?

Posición oficial de la Junta Directiva Nacional de la ANEP respecto al proyecto de ley para gravar con impuestos los excedentes de las cooperativas

Se discute en estos momentos en la Asamblea Legislativa, un proyecto de ley que pretende gravar los excedentes que generan los ahorros de las personas agremiadas a las cooperativas. Este proyecto, al igual que otros que han sido de conocimiento de los actuales señores diputados y señoras diputadas, comete el mismo pecado de recargar la crisis fiscal sobre los que menos tienen, es decir la clase trabajadora.

Nuestra oposición a dicho proyecto se fundamenta en las siguientes razones:

  • Los excedentes de las cooperativas ya pagan un 5 % de impuesto de renta.
  • La mayoría de las personas afiliadas a las cooperativas de ahorro y crédito son trabajadores y trabajadoras humildes quienes hacen un gran esfuerzo por ahorrar.
  • El capital de que disponen las cooperativas corresponde a muchos años de ahorro de los trabajadores y de las trabajadoras. La mayoría tienen más de 30 años de estar depositando el 5 % de su salario.
  • Las cooperativas son organizaciones sociales que contribuyen a que exista una mejor distribución de la riqueza.
  • Consideramos que con este proyecto se está dando un trato desigual, ya que hay otras organizaciones sociales que también administran recursos financieros de los trabajadores y de las trabajadoras, a las cuales no se les está aplicando un trato parecido.
  • El incremento de 5 % a 20 % de renta a las cooperativas pone en riesgo la existencia misma de este tipo de organizaciones sociales.
  • Nos parece que este proyecto tiene la intención de desaparecer las cooperativas de ahorro y crédito para obligar a los trabajadores a recurrir a las empresas del gran capital financiero-bancario a tramitar sus créditos.
  • Nos “extraña” que los señores diputados y las señoras diputadas con interés en gravar tributariamente a las cooperativas constituidas mayoritariamente por trabajadores y trabajadoras, sean los mismos que se han opuesto a gravar las empresas del gran capital que se ubican en las zonas francas.
  • Los ahorros de las cooperativas son dineros que los trabajadores y las trabajadoras depositan con la finalidad de tener una vida más digna después de que se pensionan. Si se les cercena como lo pretenden los padres y las madres de la Patria, los estarían condenando a una vejez más miserable.
  • Al ser los ahorros de las cooperativas un porcentaje del salario que devenga la persona trabajadora, se estaría ante una doble imposición, ya que primero se le rebaja del salario lo correspondiente a la renta actual; y, posteriormente se le aplica nuevamente un impuesto a los excedentes que devenga el mismo.

Nuevamente la clase política y económica que administra el país., se ensaña con la clase trabajadora con la intención de deteriorar aún más su condición de vida y de trabajo. Dejamos constancia pública de nuestra oposición rotunda en contra de nuevas cargas tributarias para las cooperativas.

 

Junta Directiva Nacional

Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)

Viernes 15 de febrero de 2019

 

Imagen ilustrativa tomada de https://www.congente.coop

Enviado por Roberto Zeledón y Albino Vargas Barrantes.

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Gobiernos locales o comunidades: ¿quién defiende los ríos?

Por Jimmy Vargas Alvarado del Programa Kioscos Socioambientales

 

El pasado mes de abril la comisión de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo de la Asamblea Legislativa aprobó el proyecto de ley “Reformas en permisos y concesiones temporales para extracción de materiales de canteras y cauces del dominio público por parte de las municipalidades”, el cual se tramita bajo el expediente No. 20 635.

Actualmente, las municipalidades pueden solicitar ante el Minaet permisos temporales para extraer materiales de río durante un periodo máximo de 120 días. Sin embargo, este proyecto de ley busca modificar el Código de Minería y la Ley de Regulación de la Extracción de Materiales de Canteras y Cauces de Dominio Público por parte de las Municipalidades, a fin de que las concesiones para la explotación de materiales de río se extiendan por un periodo de hasta dos años. Además de permitir que la extracción de los cauces de río aumente hasta cinco veces más, este proyecto de ley eliminaría las pocas regulaciones necesarias para la explotación de materiales de río.

Este proyecto de ley no exige a los gobiernos locales utilizar los materiales extraídos para el desarrollo de la infraestructura vial de las comunidades afectadas por la explotación de sus ríos. Por ello, es válido pensar que los materiales extraídos se utilizarían prioritariamente en los megaproyectos viales desarrollados por concesionarios privados. Esto genera preocupación en el Pacífico Central, donde las Asadas del cantón central de Puntarenas consideran que la extracción de materiales requerida para la ampliación de la carretera Interamericana en el tramo Barranca-Cañas terminaría por agudizar la afectación de los ríos de la zona, los cuales sufren graves daños debido a la presencia de quebradores. De estos ríos dependen los pozos y tomas de agua potable que abastecen a las comunidades costeras, que han visto como año con año aumenta la contaminación y sobre explotación de las cuencas del pacífico.

Con este proyecto de ley, las pocas regulaciones ambientales para la explotación de los ríos se vuelven “prescindibles”, ya que la ampliación de los plazos de explotación en los cauces de río no requeriría de Estudios de Impacto Ambiental (EsIA). Para las Asadas y organizaciones comunales, la eliminación de los EsIA aumenta los riegos sociales por deslave en las cuencas de río. De igual forma, la falta de EsIA para estas concesiones de extracción ignora la alteración de la dinámica hidrológica en los ríos explotados. Para la Alianza de Comunidades por la Defensa del Agua en Puntarenas, la eliminación de los EsIA tiene el objetivo de sacar a todas las comunidades del país del proceso de gestión y protección de sus ríos. A pesar de que los EsIA no garantizan protección ante los riesgos socioambientales de las actividades extractivas, sí han representado un mecanismo mediante el cual las comunidades se enteran, actúan e influyen sobre proyectos de este tipo. Al eliminar los EsIA, los proyectos se enclaustrarían en las municipalidades, lo que haría a un lado a las personas que todos los días defienden sus ríos de la contaminación agroquímica, la tala de árboles, los quebradores informales y las tomas ilegales de agua.

No por su “localía” las municipalidades están dispuestas a defender los ríos; por el contrario, –como lo ha reflejado el caso puntarenense– los gobiernos locales tienden a ignorar las denuncias que las comunidades interponen por la contaminación y explotación de sus ríos. Tal y como lo ha declarado la Alianza de Comunidades por la Defensa del Agua de Puntarenas, proyectos de este tipo deberían garantizar la participación y fiscalización de las organizaciones comunales, así como una serie de beneficios directos para las comunidades que día con día defienden sus ríos y el acceso al agua.

Nota: Este artículo se produce gracias al trabajo de la Alianza de Comunidades por la Defensa del Agua-Puntarenas y el apoyo del TCU-590 del Programa Kioscos Socioambientales.

 

Enviado por Kioscos Ambientales.

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