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Etiqueta: proyecto de Ley

Sindicato de trabajadores del AyA se opone a proyecto de ley de aguas

Actualmente se tramita en la Asamblea Legislativa el proyecto de ley No. 20.212 “Ley para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico”, iniciado en 2016 y cuyo vencimiento cuatrienal es el próximo 15 de diciembre de 2020.

El Sindicato de trabajadores de Acueductos y Alcantarillados (AyA) se opone al proyecto y envía el siguiente comunicado:

«El AyA mediante PRE-2020-00186 advierte que «En el artículo 2 dentro de los principios generales, se requiere incluir los principios que en materia ambiental sustentan la materialización de la Ley: “principio precautorio o de evitación prudente” (…) “principio de no regresión” (…) “objetivación de la tutela ambiental” (…) “uso racional del recurso”». Entre otras recomendaciones que el AyA hace al proyecto, cabe destacar el del artículo 10, que los inspectores de la Dirección Nacional de Aguas debidamente acreditados (…) están facultados cuando exista o no previa denuncia presentada al efecto, para controlar el uso y aprovechamiento sostenible y eficiente del recurso hídrico…y, para practicar inspecciones en los sitios donde se está aprovechando el recurso hídrico concesionado o no…»

Además, en el artículo 26, AyA propone que no solo los funcionarios de la DINA sino, además, de las instituciones competentes, puedan practicar las inspecciones como los estudios técnicos en las áreas de protección del recurso hídrico como en las obras de abastecimiento poblacional.

Sin las medidas anteriores, se deja por la libre un tema de prevención como de remediación, en el cuido del agua para el bien común.

También le hace observaciones al artículo 59 sobre concesiones (puesto derogaría tácitamente disposiciones de la Ley 2726 del AyA), al artículo 63 para excepcionar por emergencia caudales concesionados a favor del AyA. Observa que las ASADAS no deberían pagar cánones (artículo 106).

Entre los destinos del Fondo (artículo 108) debería incluir la compra de terrenos con fines hídricos.

La revocatoria de la concesión por incumplimiento (art. 73) no figura en el Título de Sanciones, ni tipifica la obstrucción o impedimento de servidumbres necesarias para mantenimiento, reparación o sustitución de infraestructura hídrica».

El Sindicato envió una serie de preocupaciones y cuestionamientos a la diputada Paola Vega en una transmisión en vivo el 26 de noviembre, pero de acuerdo con el Sindicato, no hubo respuesta por parte de la legisladora.

Conversatorio: «Proyecto de Ley No. 20.212 Recurso Hídrico: antecedentes, situación actual e implicaciones»

La Universidad Estatal a Distancia (UNED) invita al conversatorio virtual “Proyecto de Ley No. 20.212 Recurso Hídrico: antecedentes, situación actual e implicaciones» a realizarse el próximo 07 de diciembre a las 5:00 pm.

El evento organizado por Proyecto Ambiente y Arte de la Dirección de Extensión Universitaria contará con la participación de los siguientes panelistas:

– Sra. Yamileth Astorga, presidenta Instituto Acueductos y Alcantarillados (AyA).
– Sr. José Miguel Zeledón, director de la Dirección de Agua del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae).
– Sr. Sergio Ortiz, activista socioambiental Santa Bárbara de Heredia.
– Sr. Giovanni López, Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (Senara).
– Moderador: Rodrigo Méndez, miembro del Laboratorio de Ecología Urbana de la UNED.

Para participar puede inscribirse aquí. A más tardar el viernes 04 de diciembre al mediodía.

Foro virtual: Proyecto de ley para la flexibilización laboral

El Sindicato Nacional de Periodistas de Costa Rica invita a participar en el foro virtual “Proyecto de ley para la flexibilización laboral” el próximo jueves 26 de noviembre a partir de las 10:00 am.

El Proyecto de Ley N° 21.182: “Reforma de los artículos 136, 142, 144 y 145 del Código de Trabajo, para actualizar las jornadas de trabajo excepcionales y resguardar los derechos de las personas trabajadoras” fue presentado por la diputada Ana Lucía Delgado Orozco junto otros legisladores.

Para confirmar participación puede escribir al correo electrónico sindicatoperioditascr@gmail.com

El enlace para ingresar al foro en la plataforma Zoom: https://us02web.zoom.us/j/88047108638

A 10 años del desalojo sufrido por líderes indígenas del Congreso costarricense

Nicolás Boeglin

El pasado 9 de agosto, se conmemoraron los 10 años desde aquel triste episodio acaecido en la noche del 9 al 10 de agosto del 2010, en el que se desalojó durante la madrugada con efectivos policiales a líderes indígenas costarricences que habían llegado a la Asamblea Legislativa la tarde anterior. Su petición era muy sencilla: exigir la votación de un Proyecto de Ley sobre Autonomía Indígena y mantenerse dentro de las instalaciones del Congreso hasta que el voto tuviera lugar.

Cabe precisar que este proyecto llevaba 16 años discutiéndose y que los dirigentes indígenas únicamente pedían que se votara, sea en contra, sea a favor.

Una vivencia colectiva dolorosa que sigue marcando profundamente a las comunidades indígenas costarricenses

Sobre algunos detalles de este episodio, referimos a esta nota detallada) del Programa universitario Kioscos Ambientales publicada en el 2010. Salvo error de nuestra parte, no se conoce de un análisis que haya detallado la forma muy peculiar con la que varios medios de prensa costarricenses reportaron este hecho, intentando desacreditar a los dirigentes indígenas (y se sugiere a alguna escuela de comunicación colectiva u otra unidad académica pensar en realizarlo en el futuro si no existe).

De manera a conocer el clima durante el cual se dió la discusión intra muros en aquella tarde del 9 de agosto, remitimos a nuestros estimables lectores al acta de la sesión de la Asamblea Legislativa (véase texto completo). También nos parece oportuno referir a este reciente artículo escrito por uno de los líderes indígenas presentes aquella noche, Pablo Sibar, titulado precisamente «Una década de que nos sacaron arrastrados de la Asamblea Legislativa» y cuya lectura completa recomendamos (véase texto completo).

Nótese que este proyecto de ley ha sido mencionado en prácticamente todos los informes oficiales de Costa Rica de cara a las comparecencias ante diversos órganos de Naciones Unidas, a la hora de responder a observaciones que le han hecho los órganos de supervisión sobre la falta de implementación de sus obligaciones internacionales en la materia (Comité de Derechos Humanos, Comité del Pacto DESC, Comité de Derecho del Niño, Comité de la Convención CEDAW sobre la mujer y Comité de la convención CERD – Nota 1).

Con relación a lo sucedido en agosto del 2010 dentro de la Asamblea Legislativa, en este valioso recordatorio publicado hace pocos días, titulado «La persistente violación de los derechos de los pueblos indígenas costarricenses» y cuya lectura integral también recomendamos (véase texto completo), se puede leer que:

«La respuesta de las autoridades del Congreso no podría haber sido más irónica: ordenaron su desalojo por la fuerza y no votaron el proyecto ni en ese, ni en la siguiente legislatura, para ser finalmente desechado sin justificación clara ni alternativa alguna, a los pocos meses del actual período legislativo (2018-2022).

Con esta experiencia como detonante, se agota para los indígenas la confianza en la institucionalidad pública y en las autoridades políticas, cuya consecuencia inmediata fue la decisión de varios de estos líderes comunitarios y sus familias de iniciar acciones para reivindicar, por la vía de hecho, sus derechos sobre sus propios territorios, mediante las llamadas “recuperaciones” «.

En este artículo publicado hace unos años sobres las distintas luchas emprendidas por las comunidades indígenas en Costa Rica (véase texto completo), se puede leer que:

«Este desalojo violento marcó la lucha, pues la dirigencia indígena presente decidió que las siguientes acciones de defensa territorial se harían desde los mismos territorios. En este punto, las y los indígenas decidieron retirarse del Valle Central y ejercer la autonomía desde sus comunidades argumentándola desde los marcos jurídicos de la Ley Indígena de Costa Rica N.º 6172, el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, del 2007, en los que se ratifican los derechos territoriales y el ejercicio de la autodeterminación de los pueblos».

Desde entonces, han sido escasas las apariciones de representantes indígenas en el Congreso costarricense, a la vez que las acciones generadas por sus comunidades para recuperar sus territorios han originado un clima de violencia en su contra en algunas regiones de Costa Rica, en particular en una de ellas.

Un errático actuar del Estado costarricense desde el 2010

Este 9 de agosto del 2020, Costa Rica conmemoró el Día Internacional de los Pueblos Indígenas con dos dirigentes indígenas de la región de Salitre asesinados en menos de un año (marzo 2019-febrero del 2020): dos hechos sumamente graves, y que se mantienen en una indignante impunidad al no haberse a la fecha identificado a sus autores materiales e intelectuales por parte de las autoridades.

El hecho que ambos líderes fueran objeto de medidas cautelares ordenadas al Estado costarricense por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) desde abril del 2015 no hace sino evidenciar la total inoperancia del Estado para resguardar la vida y la integridad física de las personas que defienden los derechos de las comunidades indígenas (Nota 2).

En esta reveladora entrevista a dos dirigentes indígenas costarricenses realizada por LaRevista.cr el pasado 9 de agosto (véase enlace con el audio), se puede escuchar el tipo de percepción que ambos tienen sobre el significado de esta fecha: ninguno encuentra motivo alguno para una celebración.

Foto extraída de nota de prensa de la BBC titulada «Asesinato de Sergio Rojas: la conmoción en Costa Rica por la muerte del líder indígena que defendía las tierras de pueblos originarios», edición del 20/03/2019

Cabe recordar también que el pasado 2 de julio del 2020, se declaró admisible una petición presentada por la comunidad indígena Terraba contra Costa Rica (véase al respecto nuestra breve nota, titulada «Comunidad indígena Terraba en Costa Rica: Comisión Interamericana de Derechos Humanos admite petición«).

Iniciativas estatales que «para mí son solo papeles»

En el precitado artículo del líder indígena Pablo Sibar rememorando los 10 años de lo que las comunidades indígenas costarricenses denominan «la arrastrada«, leemos que:

«No entiendo cómo llevamos 10 años y el Gobierno sigue haciendo cosas que se miran muy bonitas, pero yo quiero decirles para mí son solo papeles. Como un Brörán que llevo 40 años de lucha lo que quisiera es escuchar cosas que sean reales, no papeles, no habladas, quisiera que todos los ticos exijan a los Gobiernos que nos den nuestras tierras libres para poder vivir en paz y poder dormir tranquilos, que nuestros territorios, que nuestros hijos, nietos, no sigan llevando el miedo como ese miedo del covid 19 que es lo que vivimos los pueblo indígenas por los terratenientes hace mmmuuucho tiempo«.

Con relación a las iniciativas que regularmente Costa Rica ofrece a los órganos de derechos humanos como prueba de su firme compromiso con los derechos de las comunidades indígenas, podemos señalar que la misma Defensoría de los Habitantes (DHR) de Costa Rica emplazó recientemente al Poder Judicial a brindar explicaciones sobre la falta de acceso a la justicia a personas indígenas, pese a un sinnúmero de mesas redondas, comisiones, subcomisiones, guías y demás publicaciones en el seno del Poder Judicial desde varios años (véase texto completo de carta remitida por la DHR el pasado 29/07/2020 al Presidente del Poder Judicial).

Como se recordará, en julio del 2018, se aprobó la ley 9593 (véase texto) titulada «Acceso a la justicia de los Pueblos Indígenas«.

Es de señalar que estos y otros cuestionamientos en Costa Rica se dan en un momento en que, en América Latina, los derechos de las poblaciones indígenas son objeto de una preocupación mucho mayor debido a los efectos del COVID-19 en comunidades indígenas aisladas, y con un acceso muy limitado a servicios básicos de salud: incluso cuando los hay, la falta de preparación en el abordaje cultural por parte del personal médico desplegado puede llevar a reducir el alcance de las medidas sanitarias. La desatención a la ya crítica situación por parte de las autoridades estatales es latente en diversas latitudes: en mayo del 2020, fue la misma CIDH la que advirtió sobre la situación en un comunicado de prensa titulado «La CIDH alerta sobre la especial vulnerabilidad de los pueblos indígenas frente a la pandemia de COVID-19 y llama a los Estados a tomar medidas específicas y acordes con su cultura y respeto a sus territorios» (véase texto completo). A modo de conclusión

Con o sin pandemia, la deuda histórica que acumula Costa Rica con relación a sus comunidades indígenas se traduce con el paso del tiempo en un despojo paulatino de sus recursos y de sus derechos, siendo el derecho a la tierra su principal reinvindicación, así como el respeto a su cultura. Esta situación es la que ha originado una atención particular sobre lo que ocurre en Costa Rica por parte de diversos órganos de derechos humanos, tanto a nivel de Naciones Unidas como del sistema interamericano de protección de los derechos humanos.

Entre por un lado, comunidades indígenas cada vez más decididas a recuperar – con o sin el concurso del Estado – sus territorios y, por otro, órganos de supervisión internacionales cada vez más atentos a lo que en ellos sucede, las diversas iniciativas propiciadas por el Estado costarricense ya no parecen ser suficientes. En un reciente artículo, publicado por el periodista Diego Delfino, al mencionar algunos de los anuncios hechos por las autoridades el pasado 9 de agosto (véase texto completo), el autor señala de una manera que nos parece muy justa que:

«El tema, es que este paso de pie a logros concretos y no al clásico anuncio conmemorativo que después se queda en lo simbólico hasta que llegue… otro anuncio. Tenemos que reconocer que hasta ahora esa ha sido el modus operandi de nuestro país cuando de abordar este tema se trata«.

Notas

Nota 1: En el 2015, se puede leer en la observaciones finales del Comité CERD al informe presentado por Costa Rica (véase texto completo) que:

«14. El Comité recomienda priorizar en la agenda legislativa las iniciativas para la lucha contra la discriminación racial y la promoción de los derechos de las personas afrodescendientes y de los pueblos indígenas para su urgente discusión y adopción, en consulta con dichos pueblos, para contar con un marco legal adecuado en materia de lucha contra la discriminación racial«.

En el 2016, se puede leer en la observaciones finales del Comité de Derechos Humanos al informe presentado por Costa Rica (véase texto completo) que:

  1. Preocupa al Comité que el proyecto de ley de desarrollo autónomo de los pueblos indígenas aún no haya sido aprobado y que aún no se haya adoptado un mecanismo legal que garantice la consulta previa de los pueblos indígenas en relación a la toma de decisiones que pudieran afectar al ejercicio de sus derechos. A pesar del reconocimiento legal del derecho que tienen los pueblos indígenas a las tierras y territorios que tradicionalmente han poseído u ocupado, preocupa al Comité la limitada protección al ejercicio de estos derechos en la práctica y que algunos pueblos indígenas hayan sido víctimas de ataques por conflictos de tierra (art. 27).
  2. El Estado parte debe: a) Agilizar la aprobación del proyecto de ley de desarrollo autónomo de los pueblos indígenas; b) Garantizar la celebración efectiva de consultas previas con los pueblos indígenas con miras a obtener su consentimiento libre, previo e informado antes de adoptar y aplicar cualquier medida que pueda incidir sustancialmente en su modo de vida y su cultura, en particular en relación con proyectos que puedan tener un impacto sobre sus tierras o territorios y otros recursos, tales como proyectos de explotación y/o exploración de recursos naturales; c) Garantizar en la práctica el derecho que tienen los pueblos indígenas a las tierras y territorios que tradicionalmente han poseído u ocupado, incluso mediante el reconocimiento legal y protección jurídica necesaria; d) Proporcionar los medios legales necesarios para asegurar la recuperación de tierras inalienables que ya han sido otorgadas a pueblos indígenas mediante la legislación nacional y brinde la protección adecuada, incluso mediante recursos efectivos, a los pueblos indígenas que han sido víctimas de ataques«.

Nota 2: Con relación al asesinato de Sergio Rojas ocurrido el 18 de marzo del 2019, tuvimos la ocasión de examinar las cartas hechas públicas por Naciones Unidas con respecto a los requerimientos específicos solicitados a las autoridades costarricenses sobre el asesinato de Sergio Rojas (véase nuestra nota al respecto publicado en el portal de la Universidad de Costa Rica – UCR). Varios de estos requerimientos de Naciones Unidas (que fueron solicitados en el mes de marzo del 2019) buscaban que hechos similares no se repitieran más en Costa Rica (véase documento de Naciones Unidas, página 5): el 24 de febrero del 2020 fue asesinado otro líder indígena, Jerhy Rivera.

Esta nota fue escrita por Nicolás Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica

Enviado a SURCOS por el autor.

Los días feriados, especialmente los de las Fechas Patrias, no deben moverse del día que está dispuesto para ellos

Vladimir de la Cruz

Al momento de escribir este artículo, se ha venido discutiendo en la Asamblea Legislativa un Proyecto de Ley, paralizado, me parece que correctamente por el diputado Carlos Ricardo Benavides, el lunes pasado, para mover los días feriados de su fecha original a viernes, o lunes, de cada semana, según “caiga” la fecha del día feriado lunes, martes, miércoles, jueves para que se disfruten los días viernes inmediato posterior, utilizando la modalidad de fin de semana largo, y los sábados o domingos se trabajen el propio día.

En Costa Rica tenemos los siguientes días feriados en el año 2020: el Miércoles 1 de enero: Año Nuevo, el Jueves 9 de abril: Jueves Santo, el Viernes 10 de abril: Viernes Santo, el Sábado 11 de abril: Día de Juan Santamaría, el Viernes 1 de mayo: Día del Trabajador, el Sábado 25 de julio: Anexión del Partido de Nicoya, el Domingo 2 de agosto: Día de la Virgen de los Ángeles (feriado pago no obligatorio), el Sábado 15 de agosto: Día de las Madres, el Martes 15 de septiembre: Día de la Independencia, el Martes 1 de diciembre: Día de Abolición del Ejército (feriado pago no obligatorio) y el Viernes 25 de diciembre: Navidad.

Son once días feriados, nueve de ellos de pago obligatorio. De todos los feriados solo los de Semana Santa se dan de manera continuos, jueves y viernes.

En esta Semana Mayor, se ha venido acostumbrado a suspender jornadas laborales, durante toda la semana, especialmente en todo el sector público, para que toda la semana quede libre, suspensión que se hace sobre deducción de días de las vacaciones a las que se tienen derecho. Esto se produjo hace algunos años debido al ausentismo que se provocaba, de lunes a miércoles santos, por parte de los trabajadores que tomaban esos días para disfrutarlos, añadidos a los días religiosos, jueves y viernes santos, como una larga semana de descanso, o de paseo en el interior del país, o en el exterior para quienes pueden disfrutar su tiempo libre vacacionando o turisteando fuera del país.

El 5 de noviembre del 2019 la Asamblea Legislativa eliminó como día de festejo nacional, que así se tenía feriado, el 12 de octubre alusivo a la llegada de Colón, que luego se denominó como Día de las Culturas, y en su lugar se estableció un nuevo día feriado, de pago no obligatorio, el 1 de diciembre, de cada año, para conmemorar la Abolición del Ejército.

Los días feriados de pago obligatorio y no obligatorio se aplican para aquellos centros de trabajo donde se realiza el pago de manera semanal, que generalmente es en actividades no comerciales, por el trabajo efectivo llevado a cabo en la semana. En este caso si un trabajador no labora, en un feriado de pago no obligatorio, no se le debe realizar pago, mientras que, si lo trabaja, se le debe reconocer el día de salario como un pago sencillo, sin porcentual adicional. Mientras que, en los centros de trabajo comerciales, cuando se paga de manera quincenal o mensual, sí procede el pago de los días feriados en el salario, más allá de si es un día feriado de pago obligatorio o no obligatorio. De este modo, al trabajador que labora en un día feriado se le debe reconocer un salario adicional, de un día normal, para completar el doble pago que le corresponde por trabajarlo.

El Proyecto de Ley que propuso el diputado, también liberacionista, Roberto Thompson, de concentrar en el día viernes, o el lunes siguiente, el feriado respectivo, fue justificado en el llamado fin de semana largo, para aumentar la visita turística y, obviamente, el mayor consumo y gasto posible en las zonas turísticas.

El diputado Carlos Ricardo Benavides, que ha sido Ministro de Turismo, y conoce de este campo, ha demostrado que esto en la realidad no se da, de esa manera, y al contrario, produce más efectos negativos en el proceso productivo nacional. Roberto Thompson lo ha justificado en función de la pandemia que azota al país, para contribuir de esa manera en la reactivación económica, considerando que 3.2 millones de turistas vienen a Costa Rica en los últimos años. Pero, esta cifra no es sustituible de ninguna manera por turismo nacional.

No hay nada en el país que permita esa posibilidad de sustitución, en el supuesto que se mantenga el turismo exterior limitado. Ni tampoco hay capacidad alguna económica de gastar en actividades turísticas por parte de la población que ha quedado cesante, que ha aumentado el desempleo nacional, o de las personas trabajadoras a quienes se les ha reducido su jornada de trabajo y por ello les hayan reducido también sus salarios, o la población que ha empezado a engrosar a la población en categoría de “pobreza” y de “pobreza extrema”.

En Costa Rica no hay una sola política pública, ni ninguna acción de Estado o de Gobierno, que conduzca a un real disfrute de las vacaciones, a las que tiene derecho cada trabajador, no hay ninguna coordinación entre las vacaciones de los empleados con las de los hijos para que puedan disfrutarse en paralelo y conjuntamente, ni siquiera las vacaciones forzadas de medio año escolar o las de fin de año, ni se autoriza a los escolares a dejar sus estudios durante las vacaciones de sus padres, tan siquiera para disfrutarlos en sus casas. Solamente el paro laboral de los diputados, en el mes de julio, se ha hecho empatado con las vacaciones escolares de medio período, para disfrutar, ellos sí, con sus hijos y familias esos días.

Conocí países europeos, y países ex socialistas, que sí tenían estos sistemas vacacionales organizados, que además obligaban a disfrutar las vacaciones. Algunos de estos países ex socialistas obligaban a los trabajadores a disfrutar sus vacaciones en determinados centros de vacación, con diversas opciones, y se coordinaba con las escuelas y colegios de sus hijos, para que todos juntos fueran a disfrutar los días correspondientes. No sé cuál será la situación hoy de esos países ex socialistas, pero en Costa Rica esto es un sueño de opio, me imagino, o algo verdaderamente utópico.

En Costa Rica muchas veces los trabajadores en sus vacaciones se ven obligados a trabajarlas para asegurar ingresos extras, con sus propios empleadores o patrones, o en trabajos informales o “camaroneando”.

Todavía hay costarricenses, y muchos, que no conocen las playas nacionales ni los volcanes. Cuando daba clases en la Universidad, hasta hace siete años, cuando me jubilé, tuve estudiantes que del todo no conocían esos lugares, y algunos que venían de ciudades cercanas del Valle Central al distrito de San Pedro, en la capital, ni siquiera conocían la ciudad, ni…la Biblioteca Nacional, donde muchas veces los enviaba a realizar consultas. Su trayectoria era en el bus que los traía directo a la Universidad, y del bus que los regresaba a su pueblo o ciudad. Eso era todo su conocimiento geográfico local, y seguramente el de su comunidad.

Cuando hay prioridades básicas, como casa, alimentación del trabajador y su familia, pago de alquileres, pago de servicios públicos, como agua y electricidad, que además perversamente los han encarecido institucional y oficialmente, en estos días de pandemia, incluidos lo de pago de peajes, que los han aumentado a partir de hoy, la gente no puede disponer para ir a vacacionar o turistear internamente. Por otro lado, no hay una tabla de tarifas que atraiga ventajosamente a los turistas nacionales, a los hoteles y regiones de montaña o de playa, a los sitios vacacionales o destinos turísticos, que no han cambiado sus tarifas en estas condiciones pandémicas que pasa el país y la población en general.

Y, si se trata de la población, los que quizá tengan más posibilidad de vacacionar son las llamadas clases medias y, obviamente las altas, y los trabajadores del sector público, en todas sus instituciones, que en este momento también pasan por una arremetida contra sus salarios, y las pensiones, de los que ya están retirados o jubilados, limitando sus posibilidades de recreación, de vacación, o de uso del tiempo libre de esta manera vacacional, reduciendo sus posibilidades de consumo y de recreación. Una prueba interesante la han dado estos días los vendedores de carros, nuevos y usados, que han visto caer sus ventas casi a un 40% respecto al año anterior, y a los meses anteriores a la pandemia, y hasta han ofrecido ventas de carros pagaderos, en sus primeras cuotas, dentro de seis meses, a principios del 2021, es decir, le dan el carro hoy a una persona y empieza a pagarlo dentro de seis meses, según entendí la información. Esta es la realidad de los sectores medios, profesionales, y de los milenians que empiezan a volar, ahora bajo, y algunos muy bajo, en sus posibilidades de gustos, gastos y consumismo.

Si el turismo en el Producto Interno Bruto, en el 2019, significó un 8% del mismo, este año aún no se ha dicho cuál será su impacto, pero no será del mismo 8%. Si este es uno de los motores de la economía nacional, hay que ver cómo se repara ese hueco en lo que va a significar, pero no es solo incentivando al sector turístico, eximiéndole de impuestos o favoreciéndole ventajas institucionales. Sería más importante estimular los salarios, los ingresos y las pensiones de las personas para que realmente puedan disfrutar sus tiempos vacacionales conociendo turísticamente Costa Rica, o posibilitando más y mejor su tiempo ocioso recreativamente.

La Reforma que propone el diputado Roberto Thompson está orientada a reformar el artículo 148 Bis del Código de Trabajo, la Ley N°2 y sus reformas de agosto de 1943, para trasladar los feriados a los días viernes. El diputado Carlos Ricardo Benavides se opone a esta reforma. En esta discusión hay que apoyar al diputado Benavides.

Recuerdo una empresa que anunciaba el festejo del Primero de Mayo, hace bastantes años, diciendo: “Hoy Primero de Mayo, lo festejamos trabajando”, y trabajaban todos los empleados…obligadamente.

Ah, otra cosa, cuando los empresarios han tratado de promover la semana de 4-3, en la que se trabajan 4 días de 12 horas, y se “descansan”, teóricamente, tres días, ¿allí tienen incorporada “la semana larga” de los días feriados?, o ¿la van a negociar u obligar a trabajar?

Es mi opinión que los días feriados, especialmente los de las Fechas Patrias no deben moverse del día que está dispuesto para ellos. El 15 de Setiembre, por ejemplo, debe celebrarse el 15 de setiembre caiga lunes, martes, miércoles, jueves, viernes, sábado o domingo. Somos los costarricenses los que nos debemos acoplar a la fecha de la celebración, no la fecha a los intereses de grupos económicos, que por lo demás no contribuyen en nada, absolutamente en nada, a darle contenido patriótico a las fechas que ellos mismos promueven su traslado de festividad.

Entrada la tarde de ayer martes, la Asamblea Legislativa aprobó en primer debate la modificación de estos feriados, después de un acuerdo entre los diputados Thompson y Benavides, estableciendo el traslado de los días feriados para los días lunes siguientes, desde el año 2021 hasta el año 2024, quedando la distribución así:

Del año 2020

Sábado 25 de julio de 2020 pasa a lunes 27 de julio

Sábado 15 de agosto 2020 pasa a lunes 17 de agosto

Martes 15 de setiembre del 2020 pasa a lunes 14 de setiembre

Martes 1 de diciembre del 2020 pasa a lunes 30 de noviembre

Del año 2021

Sábado 1 de mayo de 2021 pasa a lunes 3 de mayo

Domingo 25 de julio de 2021 pasa a lunes 26 de julio

Miércoles 15 de setiembre de 2021 pasa a lunes 13 de setiembre (el del Bicentenario)

Miércoles 1 de diciembre del 2021 pasa a lunes 29 de noviembre

Del año 2022

Miércoles 15 de setiembre del 2022 pasa a lunes 19 de setiembre

Miércoles 1 de diciembre del 2022 pasa a lunes 5 de diciembre

Del año 2023

Martes 11 de abril del 2023 pasa a lunes 10 de abril

Martes 25 de julio del 2023 pasa a lunes 24 de julio

Martes 25 de agosto del 2023 pasa a lunes 14 de agosto

Del año 2024

Jueves 11 de abril de 2024 pasa a lunes 15 de abril

Jueves 25 de julio de 2024 pasa a lunes 29 de julio, y

Jueves 15 de agosto de 2024 pasa a lunes 19 de agosto.

De esta manera se generarán 16 fines de semanas largos

Los tres feriados que caen en domingo de este año y el próximo permanecen en su fecha, el próximo 2 de agosto y los siguientes 11 de abril y 25 de julio.

Curioso que los diputados hayan movido la fecha del 15 de setiembre del 2021, que es la que oficialmente celebrará, a nivel centroamericano, el Bicentenario de la Independencia, y también oficialmente en Costa Rica.

Y, más curioso, es que no hayan tomado en cuenta la fecha del 29 de octubre del 2021, que es realmente la fecha en que se celebran 200 años de la firma del Acta de Cartago, donde se acuerda la Independencia Nacional, con relación a lo dispuesto por el Acta de Guatemala, que da origen a la destitución, pocos días después, de la última autoridad colonial, el Gobernador Juan Manuel de Cañas, calificado en ese tiempo de déspota y de opresor.

En este aspecto ni siquiera tomaron en cuenta al Alcalde de Cartago, a Mario Redondo, que ha sido diputado y Presidente del Poder Legislativo, ni al Consejo Municipal de Cartago, que no se van a quedar con los brazos cruzados, viendo para el ciprés, ante tan afrentoso acuerdo legislativo tomado ayer martes.

Estoy seguro que Mario Redondo y su Consejo Municipal se prepararán a lo grande para la celebración de la firma Bicentenaria del Acta de Cartago, ¿o no es así don Mario?

Posición oficial de la Junta Directiva Nacional de la ANEP respecto al proyecto de ley para gravar con impuestos los excedentes de las cooperativas

Se discute en estos momentos en la Asamblea Legislativa, un proyecto de ley que pretende gravar los excedentes que generan los ahorros de las personas agremiadas a las cooperativas. Este proyecto, al igual que otros que han sido de conocimiento de los actuales señores diputados y señoras diputadas, comete el mismo pecado de recargar la crisis fiscal sobre los que menos tienen, es decir la clase trabajadora.

Nuestra oposición a dicho proyecto se fundamenta en las siguientes razones:

  • Los excedentes de las cooperativas ya pagan un 5 % de impuesto de renta.
  • La mayoría de las personas afiliadas a las cooperativas de ahorro y crédito son trabajadores y trabajadoras humildes quienes hacen un gran esfuerzo por ahorrar.
  • El capital de que disponen las cooperativas corresponde a muchos años de ahorro de los trabajadores y de las trabajadoras. La mayoría tienen más de 30 años de estar depositando el 5 % de su salario.
  • Las cooperativas son organizaciones sociales que contribuyen a que exista una mejor distribución de la riqueza.
  • Consideramos que con este proyecto se está dando un trato desigual, ya que hay otras organizaciones sociales que también administran recursos financieros de los trabajadores y de las trabajadoras, a las cuales no se les está aplicando un trato parecido.
  • El incremento de 5 % a 20 % de renta a las cooperativas pone en riesgo la existencia misma de este tipo de organizaciones sociales.
  • Nos parece que este proyecto tiene la intención de desaparecer las cooperativas de ahorro y crédito para obligar a los trabajadores a recurrir a las empresas del gran capital financiero-bancario a tramitar sus créditos.
  • Nos “extraña” que los señores diputados y las señoras diputadas con interés en gravar tributariamente a las cooperativas constituidas mayoritariamente por trabajadores y trabajadoras, sean los mismos que se han opuesto a gravar las empresas del gran capital que se ubican en las zonas francas.
  • Los ahorros de las cooperativas son dineros que los trabajadores y las trabajadoras depositan con la finalidad de tener una vida más digna después de que se pensionan. Si se les cercena como lo pretenden los padres y las madres de la Patria, los estarían condenando a una vejez más miserable.
  • Al ser los ahorros de las cooperativas un porcentaje del salario que devenga la persona trabajadora, se estaría ante una doble imposición, ya que primero se le rebaja del salario lo correspondiente a la renta actual; y, posteriormente se le aplica nuevamente un impuesto a los excedentes que devenga el mismo.

Nuevamente la clase política y económica que administra el país., se ensaña con la clase trabajadora con la intención de deteriorar aún más su condición de vida y de trabajo. Dejamos constancia pública de nuestra oposición rotunda en contra de nuevas cargas tributarias para las cooperativas.

 

Junta Directiva Nacional

Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)

Viernes 15 de febrero de 2019

 

Imagen ilustrativa tomada de https://www.congente.coop

Enviado por Roberto Zeledón y Albino Vargas Barrantes.

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Gobiernos locales o comunidades: ¿quién defiende los ríos?

Por Jimmy Vargas Alvarado del Programa Kioscos Socioambientales

 

El pasado mes de abril la comisión de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo de la Asamblea Legislativa aprobó el proyecto de ley “Reformas en permisos y concesiones temporales para extracción de materiales de canteras y cauces del dominio público por parte de las municipalidades”, el cual se tramita bajo el expediente No. 20 635.

Actualmente, las municipalidades pueden solicitar ante el Minaet permisos temporales para extraer materiales de río durante un periodo máximo de 120 días. Sin embargo, este proyecto de ley busca modificar el Código de Minería y la Ley de Regulación de la Extracción de Materiales de Canteras y Cauces de Dominio Público por parte de las Municipalidades, a fin de que las concesiones para la explotación de materiales de río se extiendan por un periodo de hasta dos años. Además de permitir que la extracción de los cauces de río aumente hasta cinco veces más, este proyecto de ley eliminaría las pocas regulaciones necesarias para la explotación de materiales de río.

Este proyecto de ley no exige a los gobiernos locales utilizar los materiales extraídos para el desarrollo de la infraestructura vial de las comunidades afectadas por la explotación de sus ríos. Por ello, es válido pensar que los materiales extraídos se utilizarían prioritariamente en los megaproyectos viales desarrollados por concesionarios privados. Esto genera preocupación en el Pacífico Central, donde las Asadas del cantón central de Puntarenas consideran que la extracción de materiales requerida para la ampliación de la carretera Interamericana en el tramo Barranca-Cañas terminaría por agudizar la afectación de los ríos de la zona, los cuales sufren graves daños debido a la presencia de quebradores. De estos ríos dependen los pozos y tomas de agua potable que abastecen a las comunidades costeras, que han visto como año con año aumenta la contaminación y sobre explotación de las cuencas del pacífico.

Con este proyecto de ley, las pocas regulaciones ambientales para la explotación de los ríos se vuelven “prescindibles”, ya que la ampliación de los plazos de explotación en los cauces de río no requeriría de Estudios de Impacto Ambiental (EsIA). Para las Asadas y organizaciones comunales, la eliminación de los EsIA aumenta los riegos sociales por deslave en las cuencas de río. De igual forma, la falta de EsIA para estas concesiones de extracción ignora la alteración de la dinámica hidrológica en los ríos explotados. Para la Alianza de Comunidades por la Defensa del Agua en Puntarenas, la eliminación de los EsIA tiene el objetivo de sacar a todas las comunidades del país del proceso de gestión y protección de sus ríos. A pesar de que los EsIA no garantizan protección ante los riesgos socioambientales de las actividades extractivas, sí han representado un mecanismo mediante el cual las comunidades se enteran, actúan e influyen sobre proyectos de este tipo. Al eliminar los EsIA, los proyectos se enclaustrarían en las municipalidades, lo que haría a un lado a las personas que todos los días defienden sus ríos de la contaminación agroquímica, la tala de árboles, los quebradores informales y las tomas ilegales de agua.

No por su “localía” las municipalidades están dispuestas a defender los ríos; por el contrario, –como lo ha reflejado el caso puntarenense– los gobiernos locales tienden a ignorar las denuncias que las comunidades interponen por la contaminación y explotación de sus ríos. Tal y como lo ha declarado la Alianza de Comunidades por la Defensa del Agua de Puntarenas, proyectos de este tipo deberían garantizar la participación y fiscalización de las organizaciones comunales, así como una serie de beneficios directos para las comunidades que día con día defienden sus ríos y el acceso al agua.

Nota: Este artículo se produce gracias al trabajo de la Alianza de Comunidades por la Defensa del Agua-Puntarenas y el apoyo del TCU-590 del Programa Kioscos Socioambientales.

 

Enviado por Kioscos Ambientales.

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Asociación Voces Nuestras cuestiona el mecanismo de Iniciativa Popular

PRONUNCIAMIENTO

 

El 12 de marzo de 2015 el Movimiento Social por el Derecho a la Comunicación, la Red de Medios e Iniciativas de Comunicación Alternativa (RedMICA) y Voces Nuestras presentaron a la ciudadanía la Ley Participativa de Radio y Televisión, como resultado de un proceso de consulta de seis años, que contó con la participación de representantes de la sociedad civil, medios alternativos, organizaciones sociales, comunidades, estudiantes, universidades públicas y expertos técnicos y jurídicos.

Para la construcción de esta propuesta de ley también se tomaron en cuenta las posiciones de instituciones del Estado como la Contraloría General de la República, la Superintendencia de Comunicaciones (SUTEL), la Defensoría de los Habitantes y el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT).

Entre los principios fundamentales de este proyecto de ley están el derecho humano a la comunicación y la pluralidad de medios; la democratización del espectro radioeléctrico desde un enfoque de equidad social y de derechos humanos, que devuelva al Estado la capacidad de administrar este bien público.

Durante el período comprendido entre el 2015 y el 2018 Voces Nuestras apoyó con la recolección de firmas para presentar el proyecto de ley como Iniciativa Popular ante la Asamblea Legislativa y respetamos todo el proceso de recolección de firmas impulsado por la RedMICA.

CONSIDERANDO QUE:

  • El mecanismo de presentación de proyectos de ley a la Asamblea Legislativa por Iniciativa Popular se ha desvirtuado
  • Se supone que este mecanismo abre a la ciudadanía la posibilidad de formar leyes o hacer reformas parciales a la Constitución Política y que garantiza que los proyectos se voten rápidamente y no se estanquen durante muchos años, ya que el plazo máximo para votarlos es de dos años
  • No es constitucionalmente admisible que las y los legisladores introduzcan cambios y variaciones sustanciales a los proyectos de iniciativa popular, que impliquen su desnaturalización
  • Las organizaciones y movimientos sociales se desgastan durante años construyendo proyectos de ley y recolectando firmas, para que luego estas iniciativas sean manipuladas por las y los diputados y los grupos empresariales, como ocurrió con la llamada Ley de Aguas
  • Los derechos no deben negociarse ni manosearse por vías corruptas y poco transparentes porque los derechos se ejercen; no se negocian
  • En este momento no están dadas las condiciones en la Asamblea Legislativa para presentar un proyecto de ley

COMUNICAMOS:

  • La Asociación Voces Nuestras ya no recogerá más firmas para presentar el proyecto de Ley Participativa de Radio y Televisión por medio del mecanismo de Iniciativa Popular
  • A partir de hoy las hojas con firmas que se encontraban en la oficina de Voces Nuestras serán ahora custodiadas por las y los integrantes de la Asociación RedMICA
  • Voces Nuestras continuará motivando y articulando con otras organizaciones y grupos, que quieren exigir que se reconozca su derecho y acceso a la comunicación
  • Voces Nuestras tiene una responsabilidad en el acompañamiento a las comunidades y seguirá apoyando el trabajo de personas, colectivos, asociaciones y comunidades organizadas, que están defendiendo su derecho humano a la comunicación y que tiene iniciativas de comunicación en defensa de las autonomías

 

San José, Costa Rica. Miércoles 18 de abril, 2018.

 

Fabiola Pomareda García

Periodista

Asociación Voces Nuestras

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por Voces Nuestras.

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Diferentes movimientos exigen no aprobación en segundo debate el proyecto del Ley del AGUAtazo

Exigimos que NO SE APRUEBE en segundo debate el proyecto del Ley del AGUAtazo porque:

  1. Este nuevo proyecto mató la esencia de construcción participativa de la propuesta original de iniciativa popular (Expediente legislativo 17.742), que fue presentado con las firma de 150.000 personas con la consigna de contar con “un instrumento legal moderno que nos permitirá realizar una gestión integrada, participativa, socialmente equitativa y ambientalmente sostenible del recurso hídrico, garantizando así el derecho humano de acceso al agua potable en cantidad y calidad para las presentes y futuras generaciones”.
  2. En el proyecto negociado a escondidas del pueblo solo indica de manera general que habría “participación de todos los sectores vinculados en la gestión integrada del recurso hídrico” (Art. 2), pero eliminó el artículo 11 del proyecto original y redujo la participación a una “consulta pública” para que “la población pueda formular observaciones, aclarar dudas y presentar modificaciones” (Art. 22). Se eliminaron también los mecanismos y la posibilidad de que desde las comunidades se pueda tomar parte en las decisiones sobre el uso del agua, dejando al reglamento de la nueva ley definir “los mecanismos para realizar dichas consultas” (Art. 22).
  3. La iniciativa era la expresión del pueblo soberano dándole un mandato a la Asamblea Legislativa para que lo votara en un plazo definitivo. En resumen, la propuesta de iniciativa popular, fue manoseada y cambiada en la Asamblea Legislativa para satisfacer intereses empresariales y privados, distintos a los que perseguíamos cuando firmamos.
  4. Para favorecer las plantaciones de monocultivos y agroindustria, incluyeron en los usos domésticos fincas ganaderas de hasta 35 hectáreas (Art.3, Inc. 35), lo cual crea el inminente peligro de que grandes extensiones puedan ser divididas para efectos de explotar el agua con fines lucrativos y privados de cualquier tipo amparados en este supuesto “uso doméstico”.
  5. Reduce las penas por contaminar el agua, pues en el proyecto de iniciativa popular se establecían multas de hasta 25 salarios base (hasta 20 millones de colones), pero el proyecto #20.212 establece un máximo de 7 salarios mínimos (Art. 118), lo cual resulta insignificante y más bien un estímulo para contaminar el agua. Además, en el Artículo 46, se dice que la contaminación debe demostrarse “mediante estudio técnico y científico”, lo cual ni siquiera ha podido hacer AyA en el caso de la contaminación de las piñeras, y para las personas y comunidades resultaría prácticamente imposible.
  6. El “castigo” que establece el Art. 29 de “reposición de cinco metros” en áreas de protección de agua taladas o dañadas, es más bien otro estímulo a la destrucción y agravaría la incompetencia del Estado para juzgar a quienes destruyen las áreas de protección de agua.
  7. Permite que otros “entes autorizados prestatarios de servicio público” (Art. 61) además del AyA, puedan desarrollar proyectos de “aprovechamiento de agua” dentro de las Áreas Silvestre Protegidas, incluidos Parques Nacionales y Reservas Biológicas, lo cual establecería un nefasto precedente, dado que por la vía de concesiones, por ejemplo a empresas y cooperativas con fines de lucro, se abriría espacio a la explotación privada, comercial y lucrativa en estas áreas.
  8. Elimina la protección de cuerpos de agua y manantiales intermitentes del proyecto original, reduce las potestades de los inspectores de agua (Art. 10), abre la posibilidad de “inscribir” (privatizar) las áreas de protección de nacientes de agua para consumo humano a nombre de privados (Art. 32).

¡Queremos una ley de agua participativa y de iniciativa popular!

Exigimos que NO SE APRUEBE en segundo debate el proyecto del Ley del AGUAtazo.

 

Bloqueverde,

FECON,

Movimiento Ríos Vivos de Costa Rica,

Indignados CR,

Plataforma de Integración Ciudadana,

Laboratorio Psicosocial,

Pacto Mundial Consciente,

Revolución de la Cuchara,

Comisión Pro Ríos del Cobas,

Colectivo de Comunicación Popular Radio Machete,

Comité Cívico Agropecuario de Coto Brus,

Comisión de Ambiente y Turismo de Coto Brus,

Comité de defensa de los Ríos Chirripó,

Coeco Ceiba Amigos de la Tierra Costa Rica,

Comisión de Defensa de los Ríos Convento y Sonador,

Red de Coordinación en Biodiversidad,

Comité de Agua Longo Mai Abajo,

Asociación de Ecologista de Occidente,

Proal- Amigos del Pacuare,

Red de Coordinación en Biodiversidad,

Refugio de Vida Silvestre Longo Mai,

Unaproa,

Finca Amalur,

Asociación de Ecología Social,

Grupo Ecológico de Occidente (GEO),

Comité Cívico de Buenos Aires,

Ecolur compostaje doméstico,

Diwo Ambiental,

Frente Ecologista Universidad Nacional (FECUNA),

Confraternidad Guanacasteca,

Colectivo Unión Vital de Naranjo,

Centro Demostrativo de Sostenibilidad Ambiental,

Comisión para la defensa de la Zona protectora El Chayote,

Colectivo la legión Naranjo

Frente Ecologista Universitario (FECOU)

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por FECON.

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Sofía Barquero: “¿Qué están haciendo lxs diputadxs con el agua?”

Sofía Barquero Mata

 

Mediante el mecanismo de iniciativa popular, es decir, con la firma de 150 mil costarricenses, se presentó un proyecto de ley de aguas para subsanar más de 70 años de rezago que tiene nuestra legislación en la materia.

De acuerdo con los plazos establecidos en la Ley de Iniciativa Popular, hace como tres años se debió haber votado (a favor o en contra) esa propuesta ciudadana. No se ha querido hacer. La derecha y las Cámaras no lo han permitido. Se realizaron reformas a la iniciativa popular, sin embargo, el texto conserva avances importantes. Algunos de ellos, generan gran oposición de sectores agroindustrales y comerciales privados, que hoy en día se ven favorecidos con multas de 700 colones por contaminar el agua y cánones ridículamente bajos por el pago de concesiones.

Estos avances polémicos se resumen en:

  • Multas de hasta 50 millones por daños relacionados con el recurso hídrico
  • La posibilidad de actualizar los cánones y cobrar altos precios a quienes lucran con el agua
  • Confirmar las áreas de protección de la legislación vigente (este no es un cambio)
  • Declarar todas las aguas del dominio público
  • Actualizar los mecanismos para otorgar de concesiones de agua, claramente obsoletos y evitar las posibilidades de comercializar esas concesiones
  • Garantizar la participación ciudadana mediante consejos de cuenca (órganos conformados por varias instituciones, ASADAS y Universidades Públicas), que toman decisiones sobre el manejo de la cuenca
  • Mantener las condiciones especiales de las concesiones de uso doméstico

Para no pegarse el color de quitar del texto de iniciativa popular esos puntos, el diputado liberacionista, Juan Marín, presentó un nuevo proyecto de ley que se encuentra siendo tramitado apenas en la Comisión de Ambiente. Ahí se negoció con la Cámara Nacional Agropecuaria (principalmente) y con PLN-PUSC-PAC-minoritarios (el Movimiento Libertario no, hoy nos dimos cuenta). Sin embargo, en la Comisión, la representación del Frente Amplio les llenó de mociones el proyecto, con lo que se dificulta muchísimo su avance.

Como les urge, revivieron el de iniciativa popular que nunca habían querido someter a votación, para ponerle otro texto encima que sirva a sus intereses, y aprobarlo aprovechándose de las ventajas de procedimiento que tiene el proyecto que propuso la gente (¡150 mil personas, es mucha gente!).

Para lograrlo, hicieron una “trampilla” de procedimiento: devolvieron (por unos segundos) el proyecto de iniciativa popular que estaba en Plenario a la Comisión de Ambiente y, luego, lo volvieron a “subir” de regreso. Ahora, el Plenario se convierte en una Comisión, se le llama Comisión General. Esto es como un portal de unas horas. Se abre a las 3 de la tarde y cierra cerca de medianoche. Un solo día. Llegada la hora, se somete a votación, así tenga millones de mociones pendientes de discutir. Ese portal se abrió en Halloween (este 31 de octubre), pero diputadas y diputados del Frente Amplio se salieron de la sesión y se rompió el quórum. Cerraron el portal de aquí al jueves, que se reabre.

Como son tan vivillxs, habían presentado su texto mucho antes de que el portal se abriera, el que se presentó a tiempo fue el del Frente Amplio (FA) y, entonces, era el texto que correspondía conocer, pero como no iba a dar tiempo de ver más que uno, entonces se tendría que votar la propuesta frenteamplisa, una vez llegada la hora ta-tá. Pero, por lo que pareciera argolla con el Departamento de Servicios Técnicos, lograron que se los aceptaran, el de ellxs (fuera del portal) primero, el del FA (dentro del portal) después. Lo hicieron con una resolución que dice algo como que cuando se trata de echarles la mano a Juan Rafael Lizano y la Cámara de Agricultura, los portales se amplían según sea necesario.

El texto que quieren aprobar es regresivo de dos maneras: i) en unas cosas, al compararlo con la iniciativa popular y ii) en otras cosas, al compararlo con la legislación que tiene más de 70 años. Es decir, nos quieren llevar al siglo pasado… o antepasado, a aquellos tiempos cuando el agua era un recurso inagotable.

Los manoseos, con respecto a la iniciativa popular, se resumen en:

  • Dar los mismos beneficios que los usos domésticos (sobre trámite y precio) a la producción ganadera de hasta 35 hectáreas. Alegan que 35 hectáreas de vaquitas, apenas da para la subsistencia. ¿De qué vivirá la gente que tiene 20 hectáreas con vacas?
  • Eliminar los consejos de cuenca que definían la planificación hídrica y permitían algún nivel (si bien muy reducido) de participación ciudadana
  • Bajar las multas. Por ejemplo, las sanciones gravísimas pasan de estar entre los 20 y los 50 millones a estar entre los 2 y los 2.8
  • Se mantiene la posibilidad de actualizar los cánones por la concesión. Sin embargo, en su página de FB, el Ministerio de Ambiente aclaró que no tienen planeado actualizarlos, sino que se mantendrán igual… o sea, seguirán regalando el agua a la Coca Cola y a la Cervecería…a las piñeras, a las meloneras y, obvio, a las bananeras de Desanti
  • Las áreas de protección que existen se mantienen. Sin embargo, el nuevo texto dice que Dice que se deben ir reforestando de a poquitos las áreas de protección, comenzando por los primeros 5 metros. Nos oponemos, área de protección, es área de protección. Debe estar sin tocar siempre

Con respecto a la Ley que nos rige (la del siglo antepasado), el proyecto que nos quieren clavar, es regresivo por lo siguiente:

  • Propone que las concesiones se den sobre la propiedad (la finca, por ejemplo) pero, (ahí está EL detalle, diría Cantinflas) a nombre de una persona. ¿Qué pasa si el inmueble cambia de propietaria? El concesionario debe hacer el traspaso de la concesión o renunciar a ella. Si renuncia, el nuevo propietario tiene que volverla a sacar. Eso implica un exceso de trámites y abre el portillo para que se “traspasen ” las concesiones entre propietarios de los inmuebles. Las concesiones de aguas serían como las patentes de licores pero como si las tuvieran que choricear con todo y bar.
  • Permite inscribir las áreas de protección (200 mts alrededor) de las nacientes captadas para consumo humano a nombre de personas privadas. Hoy en día, ese terreno es del Estado (desde hace como 70 años es así). Es decir, quieren regalarle tierras a los finqueros. Si bien, no pueden usarlas para ninguna otra cosa que la conservación, estamos hablando de la misma gente que siembra arroz en los humedales y piña sobre la milla fronteriza. Es mejor no confiarles nada más.

 

Compartido por Mario Cabrera. Tomado de la página de Facebook de Sofía Barquero Mata.

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