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Etiqueta: separación de poderes

Defender la democracia y el Poder Judicial. El pueblo participa, habla y decide

Juan Huaylupo[1]

Ha sido admirable la masiva la manifestación en defensa de la democracia y el poder judicial, derechos e institucionalidad que han sido conquistados socialmente y hoy defendidos, ante la aberrante posición del poder ejecutivo del actual gobierno, que en otro afán de subordinarlo y condicionar la actuación pública del poder judicial, lo acusa de efectuar un “golpe de Estado”, por el hecho de plantear que el poder legislativo cumpla con sus obligaciones constitucionales que afectan derechos ciudadanos y las labores del poder judicial del Estado.

La autonomía de los poderes del Estado de ningún modo implica que cada poder sea absolutamente autónomo, libre de efectuar lo que se le antoje e incluso que incumpla sus obligaciones públicas y constitucionales. La autonomía del poder ejecutivo, legislativo y judicial, son poderes relativos, ningún poder es absoluto ni independiente de los otros poderes del Estado ni de la situación y condición nacional. Los poderes del Estado tienen responsabilidades con la sociedad a la que debe servir y velar por su bienestar y progreso.

La pretensión de debilitar o afectar el desenvolvimiento de algún poder estatal, no solo incumple sus facultades y obligaciones constitucionales, también son atentados contra el pueblo, porque es un poder creado y dependiente de la sociedad para cumplir funciones públicas, no privadas ni ser autónomo del escrutinio y valoración pública ni subordinada a otros poderes, en democracia ningún poder público puede eximirse de sus obligaciones con los otros poderes del Estado ni de la sociedad. Ningún poder formal, ética ni jurídicamente puede autonomizarse de sus responsabilidades públicas, de los derechos ciudadanos ni de la institucionalidad pública.

En ese sentido, los magistrados del poder judicial cumplen con su obligación con lo mandatado por la Constitución de la República. ¿Los poderes autónomos del Estado pueden ser observados, criticados o incluso demandados?, por supuesto, el poder Judicial, la Contraloría, como desde la facultad del soberano, del pueblo, de la ciudadanía, que democráticamente puede cuestionar y censurar a poderes que transgreden los derechos ciudadanos y la institucionalidad pública. La gran manifestación es una protesta contra todo intento de subordinar el poder judicial y de privatizar las instituciones del quehacer público. Las manifestaciones en defensa del poder Judicial y de la Carta Magna son expresiones democráticas contra los intentos dictatoriales del actual gobierno.

El poder ejecutivo cree tener la facultad absoluta del Estado, porque imagina que el proceso electoral lo ha garantizado, o porque tiene mayoría parlamentaria y cree poder controlar el rumbo, desempeño y decisiones de la Asamblea Legislativa, convirtiéndola en un medio que atenta contra la democracia y la autonomía legislativa, controlando y corrompiendo a legisladores para que actúen por consignas del partido político del gobierno, falsificando ilegítimamente la representatividad social de los diputados. Ese poder estatal no es democrático, es dictatorial. La ambición absolutista del ejecutivo expresa la ignorancia de un poder torpe y ciego, que desconoce nuestra realidad al transgredir derechos y la institucionalidad conquistada históricamente.

La omnipotencia gubernamental del ejecutivo, no es un relato difamatorio, es real y concreto ante el irrespeto a la Constitución de la República al desfinanciar a las Universidades públicas, de incumplir con sus responsabilidades financieras con la Caja Costarricense del Seguro Social, de impedir la devolución del ROP a los pensionados, de imponer nuevos impuestos que afecta dramáticamente a los sectores populares, etc., son atentados contra el fundamento constitutivo del Estado moderno costarricense. Las políticas públicas no son atributos del Estado, son construcciones sociales demandadas y conquistadas por el pueblo que los gobiernos tienen la obligación de satisfacer, el que las incumpla, las distorsione o las manipule, son expresiones dictatoriales contra lo público y la sociedad costarricense.

La pretensión gubernamental de capturar, controlar y subordinar al poder judicial para monopolizar, concentrar y centralizar el poder estatal es un absurdo camino que pretende conducirnos hacia la construcción de un ente estatal atrasado, a una regresión social temporal y espacial, lo que la sabiduría popular califica como un rio revuelto para la ganancia de dictadores, traidores, delincuentes e ignorantes.

El gobierno se encamina hacia la construcción de un ente atrasado, oligárquico y servil a intereses ajenos del pueblo y la nación, por ello la actuación del poder judicial de morigerar los desaciertos funcionales del poder legislativo, es una decisión acertada que actúa como una resistencia contra las ambiciones de poder absoluto, que tiene visos imperiales como ya ocurre en otras naciones latinoamericanas.

[1] Catedrático pensionado. Facultad de Ciencias Económicas. Universidad de Costa Rica.

Bloque Verde: “La acción en las calles es luminaria de esperanza”

Sin una sana separación de poderes, la defensa de nuestros territorios queda a merced de intereses extractivistas.

Las calles siguen siendo esperanza y resistencia frente a quienes destruyen y contaminan nuestra casa común.

Y esto no es un cheque en blanco al Poder Judicial: a ecologistas y pueblos indígenas nos siguen debiendo justicia pronta y cumplida.

Recordamos a Sergio Rojas, Jehry Rivera, Jairo Mora. Su memoria también es lucha.

Le invitamos a ver y compartir.

La soberanía reside exclusivamente en la Nación (artículo 2 de la Constitución Política de Costa Rica) – ACODEHU

6 de agosto, 2026
San José, Costa Rica

Costa Rica se ha consolidado históricamente como uno de los referentes democráticos más estables y respetados de América Latina y del mundo. Este prestigio no es producto del azar, sino el resultado de una construcción cívica e institucional fundamentada en principios inquebrantables que protegen las libertades civiles y garantizan el Estado de Derecho. La salud de la democracia costarricense reposa sobre una serie de pilares constitucionales y culturales que aseguran que el poder siempre esté al servicio del ciudadano y nunca en su contra.

El principio fundamental que rige el sistema político costarricense es que la soberanía reside exclusivamente y esencialmente en la Nación. Este concepto, consagrado de manera explícita en nuestra Constitución Política, establece que el poder supremo no pertenece a ningún individuo, líder mesiánico, élite económica o fuerza militar, sino al conjunto de las personas ciudadanas. Es la Nación, en su totalidad, la única fuente legítima de autoridad.

De este principio se desprende que los gobernantes son meros depositarios de la autoridad, elegidos temporalmente para administrar el Estado, pero carecen de poder propio o absoluto. La soberanía popular significa que las grandes decisiones del país, la conformación de sus leyes y la elección de sus representantes provienen de la voluntad inalienable del pueblo, ejercida a través del sufragio universal, igual, directo y secreto.

Para garantizar que la soberanía popular no sea usurpada, el diseño institucional de Costa Rica se erige sobre la estricta independencia de poderes. El Estado se estructura en la clásica división tripartita: el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial. A estos se suma, con rango de poder de la República en materia electoral, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

Esta separación no es únicamente nominal, sino funcional y orgánica. Funciona mediante un sistema de pesos y contrapesos diseñado para evitar que cualquier rama del gobierno acumule una influencia desmedida. El Poder Legislativo debate y aprueba las leyes, el Ejecutivo las implementa y administra el país, y el Judicial vela por su cumplimiento y correcta interpretación. Ningún poder puede delegar sus funciones propias ni invadir las competencias de los demás, lo que crea un equilibrio constante que frena cualquier intento de abuso o concentración de autoridad.

Un pilar innegociable de esta arquitectura democrática es el respeto absoluto a las resoluciones del Poder Judicial. En una verdadera democracia, la ley está por encima de los hombres, y son las personas jueces(as) y magistradas(os) quienes tienen la última palabra en la interpretación normativa. En Costa Rica, la creación de la Sala Constitucional en 1989 reforzó este pilar, permitiendo a cualquier ciudadano defender sus derechos fundamentales de forma rápida y accesible.

El acatamiento de los fallos judiciales, independientemente de si favorecen o contrarían los intereses del gobierno de turno, es obligatorio. Las autoridades gubernamentales, desde la Presidenta de la República hasta la persona funcionaria de menor jerarquía, están sometidas al escrutinio legal y deben obedecer sin dilación lo dictaminado por el Poder Judicial. Este respeto a la judicatura es lo que materializa el Estado de Derecho, garantizando que el país se rija por leyes objetivas y no por arbitrariedades políticas.

El poder político en Costa Rica no es un cheque en blanco; está permanentemente subordinado al control popular. La democracia costarricense entiende que el voto cada cuatro años no es suficiente para garantizar la representatividad. Por ello, existen mecanismos de control político y social que mantienen a los gobernantes bajo el escrutinio público. La movilización nacional del día de hoy, jueves 6 de agosto de 2026, es una exigencia de garantía al respeto de lo resuelto por la Sala Constitucional y la independencia de poderes.

El control popular se ejerce a través de la libertad de prensa, la libertad de expresión, el derecho de petición y la participación ciudadana activa en organizaciones civiles y audiencias públicas.

Los principios detallados anteriormente —la soberanía nacional, la separación de poderes, el respeto irrestricto a los fallos judiciales y el riguroso control ciudadano— conforman un ecosistema político que es diametralmente opuesto y estructuralmente distante de cualquier forma de dictadura, tiranía o autoritarismo.

En una dictadura, el poder se concentra en una sola figura o cúpula; en Costa Rica, el poder se dispersa y equilibra. En un régimen autoritario, los tribunales de justicia son herramientas subordinadas a la persona dictadora para perseguir opositores; en Costa Rica, es deber del Poder Judicial proteger al ciudadano incluso frente al propio Estado. Mientras que las tiranías desprecian la voluntad popular y censuran la crítica, la democracia costarricense se nutre del debate abierto y reconoce que la autoridad emana únicamente de la Nación.

En conclusión, el modelo de Costa Rica demuestra que el verdadero poder de un Estado no radica en la fuerza o la imposición, sino en el respeto a la ley y en la firme protección de las garantías institucionales, asegurando así un clima de paz, libertad y dignidad para todas las personas habitantes. Que la Presidenta de la República llame «golpe de Estado», por el resultado de una resolución de la Sala Constitucional, es un peligroso irrespeto al artículo 2 de la Constitución Política de Costa Rica, un atentado contra el orden Constitucional y una muy mala señal de autocracia, en tanto hace tal calificativo porque no le gusta al Poder Ejecutivo ese resultado de una resolución Sala Constitucional o porque no les favorece.

JUNTA DIRECTIVA
ACODEHU

Carta abierta a la señora presidenta de la República

Licda. Leonor I. Antillón Sargent
Abogada

“Atesoro casi cuatro décadas de ser libre y vivir en un país pacífico, por favor, guarde el equilibrio no deje que perdamos eso”.

Leonor I. Antillón Sargent.

Señora Presidenta:

Sobre la invocación reiterada de la «mayoría»

Con la consideración que merece su investidura, me dirijo a usted con motivo de una retórica que ha sido constante en su discurso público desde antes y después de asumir el cargo: la afirmación de que, por haber sido usted electa por la «mayoría» del país, a esa “mayoría” le asiste la razón, y que el resto de la ciudadanía debe simplemente acatar y respetar sus decisiones sin cuestionarlas. Pero esa premisa no resulta numéricamente exacta. Usted obtuvo un 48% de los votos válidamente emitidos, cifra que equivale a apenas un 33% del padrón electoral total. En consecuencia, existe un 67% de la ciudadanía costarricense que optó por otras propuestas políticas o por el abstencionismo, a quien también se le debe respeto, gobernanza y rendición de cuentas, y cuya voz no puede subordinarse a la de quienes sí la eligieron.

La injerencia del Poder Ejecutivo en un asunto de resorte legislativo

Resulta sumamente improcedente que el Poder Ejecutivo abandere, mediante una comparecencia pública rodeada de la bancada oficialista, la vocería sobre un trámite de nombramiento de magistraturas suplentes que atañe, por mandato constitucional, exclusivamente a la Asamblea Legislativa. Esa actuación transforma un asunto propio del sistema de pesos y contrapesos en un acto de confrontación político-partidaria, y compromete la investidura presidencial en una disputa que corresponde dirimir a otros poderes de la República.

Una retórica que evoca precedentes autoritarios

Escuchar calificativos de «golpistas» dirigidos a la magistratura constitucional, y ver que se promueve una acción penal por prevaricato contra quienes suscribieron una sentencia con la que el Poder Ejecutivo simplemente discrepa, evoca la peligrosa retórica de deslegitimación e injerencia judicial empleada históricamente por regímenes autoritarios de la región: Fidel Castro, al disolver en 1959 la independencia del Tribunal de Garantías Constitucionales cubano; Hugo Chávez, quien en 2009 calificó públicamente en cadena nacional de «bandida» a la jueza María Lourdes Afiuni y exigió su condena a treinta años de prisión por una resolución judicial que le resultó incómoda, lo que derivó en su encarcelamiento arbitrario; Nicolás Maduro, al desconocer en 2017 al Tribunal Supremo de Justicia legítimamente constituido y promover instancias paralelas; y Daniel Ortega, con las purgas y destituciones masivas de jueces independientes ejecutadas en 2023. Se trata, en todos los casos, de una misma línea de confrontación que erosiona el Estado de Derecho al criminalizar el disenso judicial.

El contraste con las democracias consolidadas

En contraste, en democracias sólidas como los Estados Unidos, cuando la Corte Suprema dictó fallos contundentes contra el Poder Ejecutivo liderado por Donald Trump —como la anulación, en 2020, de la decisión de poner fin al programa DACA, o la orden de entregar sus registros financieros a la fiscalía de Nueva York en el caso Trump v. Vance ese mismo año—, dichas resoluciones se acataron dentro del marco legal a pesar de las públicas discrepancias del entonces mandatario, y en ningún momento se planteó declarar ineficaces, nulas o carentes de validez las sentencias del más alto tribunal.

La premura de la acción penal y su fragilidad procesal

La gravedad institucional se profundizó cuando, inmediatamente después de las actividades religiosas del 2 de agosto en Cartago, Usted se apersonó con su comitiva a interponer una querella penal por presunto prevaricato contra los cuatro magistrados que suscribieron la sentencia, sin que para ese momento se conociera aún el texto íntegro y la fundamentación técnica del fallo, según lo reconoció públicamente uno de los propios magistrados señalados. Promover una acción penal contra una resolución cuya fundamentación jurídica —incluidos los tratados internacionales y el control de convencionalidad eventualmente aplicables— todavía no ha sido conocida en su integridad, resulta procesalmente precipitado y constituye, respetuosamente, un uso inapropiado de la logística y los recursos estatales con fines de proyección política.

Una contradicción que la propia acción penal revela

Esta actuación incurre, además, en una tensión lógica evidente: se pretende que responda penalmente ante la Corte Plena precisamente la magistratura que, por virtud de la recusación de los magistrados propietarios implicados, debería integrarse con los magistrados suplentes cuya permanencia en el cargo el propio oficialismo cuestiona. Las resoluciones de la Sala Constitucional son vinculantes erga omnes; si el sector oficialista no comparte ese marco jurídico, el camino que corresponde en derecho es plantear las reformas legales o constitucionales pertinentes y asumir sus costos institucionales, pero nunca sugerir el desconocimiento de los fallos ni la descalificación de la magistratura mediante etiquetas que no encuentran sustento jurídico.

Un llamado respetuoso

Le insto respetuosamente a optimizar los recursos públicos, a moderar el uso de la función presidencial en controversias que corresponden a otros poderes de la República, y a gobernar para la totalidad de la ciudadanía con estricto apego a la Constitución Política, a la independencia del Poder Judicial y a la paz social que ha caracterizado a Costa Rica.

O sea, a guardar el difícil pero necesario equilibrio del Poder que ostenta, para que este país, suyo y mío también, siga siendo libre, pacífico y democrático.

Con toda consideración,

Licda. Leonor I. Antillón Sargent, abogada, carnet 1744

RENASES celebra su II Asamblea Nacional, refrenda el Pacto Patriótico Costarricense con 25 nuevas organizaciones y respalda plantón por la democracia

Comunicado

RENASES: II Asamblea Nacional, Diálogo Social, Plantón, refrendo de Sectores al Pacto Patriótico Costarricense y movilización.

La Red Nacional de Sectores Sociales convocó a más de 200 activistas de diversos sectores sociales, para celebrar la II Asamblea Nacional de RENASES, con la participación de fracciones de oposición en la Asamblea Legislativa, representantes de Partidos Políticos y líderes de organizaciones sociales.

José María Oviedo Chaves, coordinador de RENASES.

El pasado 29 de junio se estableció un Pacto Patriótico Costarricense entre las fracciones del PLN, FA y CAC y RENASES. Hoy refrendaron dicho pacto 25 nuevas organizaciones con el compromiso de construir una agenda nacional, que permitirá evidenciar los graves problemas que afrontan y buscar vías de solución.  Así, la consigna fue optar por el diálogo social y la movilización, con miras a provocar el contrapeso necesario para fortalecer el régimen democrático, la defensa de la institucionalidad, la libertad de expresión, la atención a los costarricenses empobrecidos y vulnerables, la paz social fruto de la justicia y las urgentes respuestas que requiere el momento político del país.

La participación de organizaciones sindicales, agroalimentarias, ganaderas, ambientales, estudiantiles, comunales, territoriales, feministas, académicas, religiosas y otros movimientos sociales permitió la formulación de estrategias e incidencia política.

La II Asamblea toma acuerdos en medio de la tensión institucional

La Asamblea de RENASES se realizó en un contexto de creciente tensión entre poderes de la República, tras el señalamiento de la Presidencia sobre una resolución de la Sala Constitucional y los posteriores rechazos de fracciones de oposición y del Poder Judicial.

En ese escenario, RENASES reivindicó el papel de la sociedad civil organizada como contrapeso y expresión de una democracia participativa. Así, instó a defender la Constitución, la separación de poderes, la democracia, y la institucionalidad pública. En consecuencia, la II Asamblea acordó apoyar la convocatoria al “Plantón por la democracia” a realizarse el jueves 6 del presente mes.

También, enviar una misiva a la presidenta de la República, Laura Fernández; solicitando audiencia donde RENASES instará a un proceso de diálogo social, con miras a la solución conjunta de los principales temas-problemas expuestos en la II Asamblea.

Acerca de RENASES

La Red Nacional de Sectores Sociales es un espacio de articulación de organizaciones sociales y una plataforma de diálogo social, bajo la coordinación y representación a cargo del Equipo Timón, integrado por representantes de ANDE, ANEP, SEC, UNAG y UNDECA, que fomenta una agenda nacional que vincula a las diversas organizaciones y la problemática que cada una afronta y un Pacto Patriótico Costarricense con fracciones de oposición.

Diálogo + Democracia + Paz Social + Justicia

Enemigos de la democracia sufren una derrota

Freddy Pacheco León

Freddy Pacheco León

Si la presidenta Laura Fernández se dedicara a trabajar y no a andar levantando chismes de humo, cual si fuese una de «Las Fisgonas de Paso Ancho», después del horrible fin de semana que le provocó la detención del más buscado maleante del país, con el consecuente reconocimiento popular hacia las autoridades de la Fiscalía y el OIJ, su gestión quizá mejoraría.

Pero, ¡qué va!, no hay manera, pues con Chaves mandando abiertamente a su lado, se le ordenó salir a especular, junto al ministro de Hacienda (¿?), sobre detalles logísticos de procesos judiciales que evidentemente no le competen. Así que, al igual a como hubo que enseñarle a Chaves, a ella hay que contarle que existe en Costa Rica independencia y separación de poderes, y que, por tanto, los procesos y procedimientos judiciales son responsabilidad exclusiva del Poder Judicial y no del poder inquilino en Zapote.

Aunque lo hecho fue gravísimo, lo fue más cuando vemos que lo hizo para, infructuosamente, tratar de minimizar el acto heroico de los oficiales judiciales en que se abatió a un maleante prófugo de alta peligrosidad (no de «alta gama», como dijo ella), y la captura de dos de sus compinches, Diablo y Tan, peligrosísimos delincuentes que, por cierto, no juegan con pistolitas de plástico. No, ¡jamás!, sino con pesadas armas de guerra, de elevado poder destructivo.

El operativo Némesis demandó un intenso trabajo de investigación y planificación, estrictamente confidencial, para evitar que se filtrara información sensible hacia policías corruptos de Seguridad Pública, que poco a poco han ido cayendo en manos de la justicia.

Ante los cuestionamientos perversos de Chaves y Fernández, el señor fiscal general, don Carlo Díaz, señaló que «las decisiones relacionadas con el traslado de personas privadas de libertad, el momento en que éstas son conducidas a los despachos judiciales, así como la modalidad en que se desarrollan las audiencias, responden exclusivamente a criterios jurídicos, procesales y de seguridad, definidos por las autoridades competentes del sistema de administración de justicia». Contundente lección de educación cívica.

Cabe anotar que, mientras se estaba tratando de justificar la solicitud de imposición de medidas cautelares sobre los delincuentes apresados, un abogado diputado, defensor también del ministro Chaves, estaba en ese mismo instante en los tribunales actuando para el bando contrario, en defensa de un presunto criminal ligado al narcotráfico.

Podría ser que, para esa diligencia, José Miguel Villalobos hubiese solicitado un día de vacaciones a la presidenta legislativa (pues sus colegas diputados estaban cumpliendo con una tarea junto a la presidenta Fernández en el Congreso), pero es extraño, al menos, que un legislador que tiene pesada influencia sobre la aprobación de nuevas normas sobre narcotráfico y el crimen organizado, con acceso indiscutible a información sensible, simultáneamente esté involucrado en la representación legal de supuestos mafiosos, así como en la campaña amarga de Chaves y Fernández contra el Poder Judicial.

Autoridades judiciales que, pese a las acciones violentas y ofensivas lanzadas desde el corazón del fascismo tico, se mantienen con el noble pueblo costarricense a su lado, firmes en defensa de nuestra democrática patria, en un momento especialmente álgido cuando soplan aires dictatoriales cada vez más tormentosos.

UNA sale en defensa de la institucionalidad democrática

La Universidad Nacional hace un respetuoso pero vehemente llamado al Gobierno de la República y a todas las autoridades públicas para que fortalezcan el diálogo democrático, promuevan el respeto recíproco entre las instituciones del Estado y aseguren las condiciones políticas, jurídicas y presupuestarias que permitan al Poder Judicial, a la Contraloría General de la República, a la Defensoría de los Habitantes y al Tribunal Supremo de Elecciones, cumplir plenamente con su misión constitucional.

Transcripción del acuerdo tomado por el Consejo Universitario de la Universidad Nacional, según el Artículo 2, inciso 2.5, de la sesión ordinaria 36-2026, celebrada el 9 de julio de 2026.

El respeto a la separación de poderes es condición esencial para preservar el estado social y democrático de derecho

La Universidad Nacional manifiesta su profunda preocupación y su firme rechazo ante cualquier acción o discurso orientado a debilitar, desacreditar o menoscabar la independencia del Poder Judicial, de la Contraloría General de la República, Defensoría de los Habitantes y al Tribunal Supremo de Elecciones y las demás instituciones llamadas a ejercer funciones de control, fiscalización y garantía del orden constitucional. Estas instituciones constituyen pilares fundamentales del Estado social y democrático de derecho y desempeñan un papel indispensable en la protección de las libertades públicas, la tutela de los derechos fundamentales, la transparencia en la gestión pública y la vigencia del principio de legalidad.

La democracia costarricense se sustenta en la separación e independencia de los poderes de la República, en el respeto a la autonomía de los órganos constitucionales y en un sistema de pesos y contrapesos que impide la concentración del poder y garantiza la rendición de cuentas. Estos principios no solo representan un mandato constitucional, sino que constituyen condiciones indispensables para la estabilidad institucional, la convivencia pacífica y la confianza de la ciudadanía en sus instituciones.

En una sociedad democrática, las actuaciones de las instituciones públicas pueden y deben ser objeto de análisis, crítica y debate. Sin embargo, tales diferencias deben expresarse dentro del marco del respeto, el diálogo, la legalidad y el orden constitucional, evitando discursos incendiarios que socaven la credibilidad de las instituciones o lesionen injustificadamente la honra y la integridad de las personas servidoras públicas que ejercen sus funciones con probidad y apego al derecho.

La Universidad Nacional reconoce la labor que desempeñan el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ), la Defensa Pública, la Contraloría General de la República y otras instituciones, en la protección de la institucionalidad democrática, la administración de justicia, el control de la legalidad, la fiscalización de los recursos públicos y la lucha contra la corrupción y el crimen organizado. En el contexto actual, caracterizado por el fortalecimiento de estructuras criminales cada vez más complejas y por crecientes desafíos para la seguridad ciudadana, estas instituciones requieren el respaldo del Estado y de la sociedad, así como los recursos necesarios para cumplir eficazmente sus responsabilidades constitucionales.

Resulta, por ello, motivo de especial preocupación que, en un contexto de creciente inseguridad, debilitamiento de la confianza ciudadana y restricciones fiscales, se planteen reducciones presupuestarias que puedan afectar la capacidad operativa del Poder Judicial y de la Contraloría General de la República. Si bien el país enfrenta importantes desafíos en materia de sostenibilidad de las finanzas públicas y de disminución de los ingresos del Estado, la consolidación fiscal no puede alcanzarse a costa del debilitamiento de las instituciones responsables de garantizar la justicia, la fiscalización de los recursos públicos y la defensa del Estado de derecho.

La experiencia nacional e internacional demuestra que el fortalecimiento de la institucionalidad democrática constituye una condición indispensable para combatir eficazmente el crimen organizado, el narcotráfico, la corrupción y otras manifestaciones de violencia que afectan la convivencia social. Del mismo modo, la inversión pública en educación, seguridad, justicia y control constituye un componente estratégico del desarrollo humano y de la construcción de una sociedad más equitativa, segura y democrática.

La Universidad Nacional reafirma que la defensa del Estado social y democrático de derecho exige instituciones sólidas, independientes y dotadas de las capacidades humanas, técnicas y financieras necesarias para el cumplimiento de sus competencias constitucionales. La independencia judicial y la autonomía de los órganos de control no constituyen privilegios institucionales, sino garantías de toda la ciudadanía frente al ejercicio del poder público.

En consecuencia, la Universidad Nacional hace un respetuoso pero vehemente llamado al Gobierno de la República y a todas las autoridades públicas para que fortalezcan el diálogo democrático, promuevan el respeto recíproco entre las instituciones del Estado y aseguren las condiciones políticas, jurídicas y presupuestarias que permitan al Poder Judicial, a la Contraloría General de la República, a la Defensoría de los Habitantes y al Tribunal Supremo de Elecciones, cumplir plenamente con su misión constitucional.

Fiel a sus principios humanistas y a su compromiso histórico con la defensa de la institucionalidad democrática, la Universidad Nacional reafirma que el fortalecimiento del Estado de derecho, el respeto a la separación de poderes y la protección de la institucionalidad pública constituyen condiciones indispensables para la construcción de una Costa Rica más justa, segura, solidaria y democrática.

Cordialmente,
Dra. Sylvia Arredondo Guevara
Presidencia suplente a.i.

Oficina de Comunicación
Universidad Nacional, Costa Rica

La Asociación Americana de Juristas denuncia ante la ONU ataques a la independencia judicial en cinco países de América Latina

La Asociación Americana de Juristas (AAJ) presentó ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en el marco del 62° período de sesiones (15 de junio al 10 de julio de 2026), una exposición escrita en la que documenta graves afectaciones a la independencia judicial en Argentina, Costa Rica, Ecuador, El Salvador y Honduras. El documento, dirigido a la Relatora Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, señala que en estos cinco países el Poder Ejecutivo ha desplegado mecanismos de presión, hostigamiento y control político sobre magistrados y abogados, en contravención de los Principios Básicos de las Naciones Unidas relativos a la Independencia de la Judicatura.

En el caso de Argentina, la AAJ señala una política de control del Poder Judicial vinculada a la Ley de Modernización Laboral, cuyo artículo 90 obliga a los jueces laborales a ajustar sus fallos a los precedentes de la Corte Suprema, bajo riesgo de sanción por «mal desempeño» en caso de apartamiento. El documento cita el caso del juez Raúl Horacio Ojeda, quien enfrentó una denuncia penal y solicitud de destitución tras suspender parte de la reforma, en contraste con el camarista Víctor Pesino, cuyo mandato fue prorrogado luego de fallar a favor del gobierno.

Sobre Costa Rica, el escrito indica que, pese a que la Jurisdicción Constitucional ha ejercido históricamente un control eficaz frente a abusos del poder público, el gobierno actual —según la AAJ, en su cuarto año de gestión— ha consolidado su ventaja legislativa y amenaza con someter al Poder Judicial a control político.

En Ecuador, la AAJ documenta el hostigamiento público desde la Presidencia contra los jueces Alí Lozada y José Luis Terán, ponentes de la declaratoria de inconstitucionalidad de las leyes de Solidaridad e Integridad Pública, incluida la difusión de informes de la Contraloría sobre sus declaraciones patrimoniales sin notificación previa, y una marcha encabezada por el presidente Daniel Noboa en agosto de 2025 en la que se exhibieron pancartas con las fotografías de los nueve jueces de la Corte Constitucional.

Respecto de El Salvador, el documento recuerda la destitución de las cinco magistraturas de la Corte Suprema de Justicia en mayo de 2021 y la jubilación forzosa de jueces mayores de 60 años mediante el Decreto Legislativo N.° 144, medida que —según la AAJ— permitió depurar aproximadamente un tercio de las judicaturas del país.

Sobre Honduras, la AAJ señala que, tras la asunción de un nuevo gobierno con mayoría legislativa el 27 de enero de 2026, se forzó la renuncia de la presidenta de la Corte Suprema de Justicia bajo amenaza de juicio político, y que la elección posterior del nuevo presidente de ese tribunal se realizó en contravención del artículo 315 de la Constitución hondureña.

La AAJ solicita a la Relatora Especial examinar con carácter prioritario estas situaciones, dirigir comunicaciones urgentes a los cinco gobiernos, e instarlos a abstenerse de toda forma de presión o persecución contra magistrados por el contenido de sus resoluciones.

El decoro constitucional – II

Walter Antillón

Parte I. En general

El ejercicio del derecho público nos ha permitido comprobar que, de la vida y de la estructura del Estado, las constituciones sólo regulan explícitamente los aspectos primarios; de modo que aquella compleja realidad estatal se nutre y se concreta mediante una pluralidad de elementos provenientes de otras diversas fuentes.

El primer constitucionalista en identificar algunos de esos elementos fue el profesor británico Albert V. Dicey (Introduction to study of the law of the Constitution; MacMillan, London, 1914, pág. 244), quien a fines del Siglo XIX acuñó el sintagma ‘Constitutional conventions’ para indicar los acuerdos alcanzados en las altas esferas del poder acerca del significado de palabras clave, o de comportamientos adecuados, frente a los vacíos de la Constitución, lo cual tuvo gran difusión en el mundo del ‘Common Law’ (entre muchos: Wade-Phillips: Constitutional Law; Longman Green Co., London, 1948; pág. 87).

En el campo del Derecho Continental fue el gran maestro italiano Santi Romano quien primero se ocupó del fenómeno en su ensayo de 1909 Diritto e correttezza costituzionale (Ahora en Scritti minori, I, Diritto costituzionale, Milano, Giuffrè, 1990, p. 331 sigtes.). A partir de dicho ensayo, la doctrina ha elaborado el concepto de “correttezza costituzionale”, que traduzco como “decoro constitucional” (porque se trata precisamente de la dignidad, el respeto y la decencia en el comportamiento y en el lenguaje adoptados por los funcionarios) en los siguientes términos:

El decoro constitucional se traduce en deberes que no están previstos en la letra de la Carta, cuya vigencia, sin embargo, se presupone. Junto a los acuerdos y las costumbres constitucionales, las reglas del decoro concurren a regular los actos y los modos de ejercicio del poder de los sujetos políticos, llenando los espacios vacíos dejados por las disposiciones de la Constitución formal, o integrando, o especificando el significado que debe atribuirse a dichas disposiciones. Se suelen expresar tanto en las actuaciones directas del funcionario como en forma de pactos, en compromisos de honor entre contrarios; en la mutua deferencia, respeto, cortesía entre los poderes públicos, etc. La comunidad ciudadana los adopta como parte de su educación política.

Las reglas del decoro constitucional son, por ende, de distinta naturaleza y cumplen diversos papeles: reglas de moral política, de equidad, de colaboración leal, de buena fe y de debida diligencia en la vida pública; de buen uso de poderes discrecionales, del lenguaje y los modales, etc.; contribuyen a asegurar el buen funcionamiento de los órganos supremos y a evitar que el ejercicio de los poderes discrecionales desemboque en abusos, disputas o tensiones interinstitucionales.

La doctrina moderna del Derecho Constitucional confiere suprema importancia a las reglas del decoro. Grandes publicistas como Santi Romano y Paolo Biscaretti di Ruffia hicieron importantes aportaciones al tema.

En opinión del profesor y juez constitucional Gustavo Zagrebelsky (en Enciclopedia Treccani: Voz “Correttezza Costituzionale”), el desprecio a las reglas del decoro debilita los pilares invisibles de la Democracia: su abandono genera peligros sistémicos graves:

“…1.- Degradación de la lealtad institucional

  • Guerra entre poderes: Las instituciones dejan de cooperar y comienzan a bloquearse mutuamente.
  • Uso estratégico del derecho: Las leyes se aplican para destruir al adversario político y no para el bien común.
  • Pérdida de la «buena fe»: Desaparece la confianza mínima necesaria para que los órganos del Estado negocien y dialoguen.
  1. Erosión del sistema democrático
  • Tiranía de la mayoría: El partido en el poder utiliza los vacíos legales para aplastar a las minorías, ignorando el pluralismo.
  • Degeneración en «autocracia electiva»: Se respetan las votaciones, pero se destruye el espíritu de la separación de poderes.
  • Polarización extrema: La política se convierte en un juego de suma cero donde el rival no es un competidor, sino un enemigo a eliminar.
  1. Inestabilidad y parálisis del Estado
  • Vacíos de poder: El bloqueo de nombramientos clave (como jueces constitucionales o defensores del pueblo) paraliza órganos vitales.
  • Crisis constitucionales continuas: Conflictos institucionales constantes que la Constitución escrita no puede resolver por sí sola.
  • Pérdida de credibilidad ciudadana: La población pierde la confianza en la política al ver el espectáculo de la confrontación total…”

Zagrebelsky advierte literalmente que

“…una Constitución no puede sobrevivir solo con el texto escrito. Si los actores políticos pierden la ética de la moderación y el autocontrol (constitutional forbearance), las normas escritas se vuelven inútiles y el sistema camina hacia el autoritarismo o el colapso…”

En la Segunda Parte de este artículo se analizará la situación de las reglas del decoro constitucional en Costa Rica.

Parte II. Costa Rica

Confieso que he traído a estas páginas el tema del decoro constitucional, motivado en gran medida por las ilegalidades frontales y el tono agresivo e irrespetuoso adoptado por el expresidente Chaves durante su administración; y copiado, con algunas variantes, por la presidenta Fernández. Pero está de más advertir que conductas indecorosas ya venían menudeando en administraciones anteriores.

Como quedó explicado en la primera parte, el decoro constitucional se manifiesta tanto en actitudes y prácticas, como a través del lenguaje oral, escrito y corporal empleado por el alto funcionario.

En cuanto a lo primero, está por demás decir que el funcionario público, máxime si es de rango supremo, debe guiar su conducta con probidad, buena fe y autocontrol, procurando siempre el bien común de la manera más eficaz y al menor costo para la comunidad.

En lo que atañe al lenguaje, por respeto a su propia investidura, el funcionario debe evitar en toda situación el tono agresivo y las palabras procaces o hirientes. Los idiomas modernos cuentan con un vocabulario riquísimo, que permite expresar las emociones más extremas sin necesidad de recurrir al escarnio, la mofa o el desprecio de los interlocutores.

En la historia de nuestro País hay numerosos ejemplos de altos funcionarios que asumieron actitudes moralmente incorrectas o perpetraron actos inmorales, incluso delictivos. Lo que nunca habíamos tenido es presidentes que hicieron del insulto y la vulgaridad de palabra el pan nuestro de cada día.

Enumero y comento algunos casos:

Número 1.- Durante los años 2006 y 2007 la cúpula política del gobierno del Presidente Oscar Arias elaboró y propaló un documento que el pueblo llamó “Memorandum del Miedo”: una caravana de embustes para que la gente sencilla votara por el TLC; y encima de eso el propio Presidente, al igual que sus ministros y hasta personal de la Embajada Estadunidense, abusando de sus investiduras, visitaron fábricas y establecimientos prometiendo y amenazando para conseguir la aprobación referendaria del funesto convenio; y agregando un eslabón más a la cadena de dominación del País por parte del Imperio Usano: un acto de subordinación a los intereses imperiales y los del gran capital centroamericano por parte de quien juró defender los valores patrios consagrados en nuestra Constitución y nuestras Leyes. Todo lo anterior, junto con la manipulación de la Sala Constitucional y la luz verde para el tratado y sus leyes complementarias, configura sendas faltas al debido decoro constitucional imputables al presidente Arias.

Número 2.- En los años 2008 y 2010, la Corte Suprema, con argumentos deleznables, aprobó aumentos salariales para sus Magistrados y otros altos cargos del Poder Judicial, de modo que el sueldo bruto de dichos Magistrados llegó a oscilar entre 7 y 11 millones de colones mensuales, en un momento en que el propio presidente de la República (primus inter pares) ganaba algo menos de 5 millones, y el salario nominal mínimo en el País era de 179.504.00 colones por mes. Mas es preciso advertir que esa conducta de los magistrados no fue unánime: hubo honrosas excepciones.

Número 3.- El gobierno de don Rodrigo Chaves Robles es, hasta ahora, el gobierno más desastroso de la historia de Costa Rica, y a la vez el más exitoso en términos de apoyo popular. Y lo irónico es que lo segundo es, en buena medida, una consecuencia exquisitamente lógica de lo primero.

Durante los cuatro años de su gobierno, y ahora como ministro de Hacienda, privilegió los resultados macroeconómicos (deuda externa, inflación, empréstitos), y claro, para lograrlo desfinanció sistemáticamente el sector social: educación, salud, seguridad, ambiente, pobreza. Eso sí: el paladín de los humildes ha tratado muy discretamente de no afectar los intereses de los ricos ‘ni con el pétalo de una flor’. No ha hecho caso de la recomendación de entidades financieras internacionales que desde hace años le han recomendado los impuestos directos; pero ahora que ve avecinarse la crisis fiscal, está pensando en nuevas cargas …para los pobres.

Para sorpresa de los entendidos, durante todo el período dictó numerosos decretos y acuerdos deliberadamente violatorios de la ley, provocando sendas anulaciones y condenas de parte de los tribunales competentes; lo cual le ha servido de pretexto para gritar a los cuatro vientos que no le han dejado gobernar. Pero lo más tristemente llamativo de su conducta ha sido el lenguaje usado en sus discursos y en sus ruedas semanales de prensa para expresar sus fobias y rabietas.

En efecto, especialmente desde Casa Presidencial, el entonces primer mandatario emprendió una campaña sistemática de insultos, arrebatos y gesticulaciones grotescas contra los presidentes de los otros Poderes, contra diputados y periodistas, contra los jueces y fiscales, la Contraloría General de la República, el Tribunal Supremo de Elecciones, la Defensoría de los Habitantes, las Universidades Públicas y cualquier otro organismo o persona que lo critique o contradiga: pero, en realidad, todos sus improperios han estado visiblemente proferidos con el mal disimulado propósito de enardecer el ánimo de sus seguidores en las redes.

A los periodistas que lo critican los ha llamado reiteradamente ‘ratas’, ‘malditos’, ‘malnacidos’, ‘brutos’, ‘estúpidos’, ‘desgraciados’, etc. Un redactor de El Financiero comentó:

Éstas no son frases extraídas de una pelea de cantina, ni del hilo de comentarios de una red social. Son insultos pronunciados desde la Casa Presidencial, frente a cámaras de televisión, por el Presidente de la República de Costa Rica.”

El 6 de mayo último, comentando el Informe de salida de Chaves, el entonces Presidente de la Asamblea Legislativa, Rodrigo Arias Sánchez, deploró la actitud agresiva y el lenguaje soez de aquél, enumeró los calificativos que aplicaba frecuentemente a los diputados de oposición: “Inútiles y vagos, mafiosos y banda de corruptos, chantajistas y antipatriotas, desgraciados y malnacidos”, y reprochó severamente al ahora superministro su actitud ofensiva, su lenguaje deletéreo y, a fin de cuentas, su falta de voluntad para unir esfuerzos en la solución conjunta de los problemas.

Porque Chaves se ha referido en los peores términos a los presidentes de los otros Poderes, incluido el TSE, llamándolos despectivamente corruptos, falsos y obsoletos. Y tanto él como la presidenta actual han atacado encarnizadamente al titular del Poder Judicial, don Orlando Aguirre, haciendo público escarnio de uno de sus nombres de pila, e instándolo machaconamente a que se retire de su alto cargo. Da vergüenza ajena el ensañamiento cobarde de Chaves y Fernández en este caso. Porque, en realidad, ellos no quieren mejorar el Poder Judicial: quieren destruir su independencia.

Ahora bien, objeto de sus más virulentos ataques ha sido el fiscal general, don Carlo Díaz, que ha recibido y continúa recibiendo insultos y descalificaciones. Chaves le ha llamado títere, matón de barrio y ‘princeso’, peón de los magistrados y ungido del diablo; la Judicatura y la Fiscalía son ‘entidades putrefactas’, ‘agentes de asco’. Y la presidenta Fernández, que se afana en secundarlo, ha dicho recientemente que el Poder Judicial está infiltrado ‘hasta el tuétano’ por el crimen organizado.

El lenguaje lumpen, abrumador, la absoluta falta de decoro de ambos mandatarios, no tienen precedentes en nuestra Historia, pero siguen con curiosa fidelidad el manual adoptado por Trump y por Milei. Y creo que ahí está el meollo de la cuestión: hay que leer con paciencia los miles de devotos mensajes de sus seguidores en las redes para entender que las acusaciones extremas, la agresividad y la procacidad de nuestro expresidente y su discípula no son expresión de una indignación moral, sino de un frío cálculo político: son la clave de su conexión carismática con una masa resentida e irracional que se alimenta cotidianamente con sus improperios; y que les ha procurado un aplastante triunfo en las urnas y la actual mayoría parlamentaria, a costa de conducir al País hacia un destino de odio y violencia.

Rodrigo Chaves y Laura Fernández, como Trump y media docena de presidentes latinoamericanos, son peones del neoliberalismo transnacional que está desbaratando por todas partes el Estado Social de Derecho, la doctrina de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional. Es preciso desenmascararlos y resistir. Es preciso restaurar el decoro y el respeto por la Constitución y la Ley. Otro mundo es posible.

Corte Plena defiende al Poder Judicial y responde al Ejecutivo

En la sesión de este lunes 6 de julio, la Corte Plena aprobó, por unanimidad, emitir el siguiente pronunciamiento en respuesta a las declaraciones de la presidenta de la República en la conferencia de prensa del pasado miércoles 1 de julio:

Pronunciamiento de Corte Plena

La Corte Plena rechaza categóricamente las manifestaciones de la señora presidenta de la República respecto de una infiltración “hasta el tuétano” del crimen organizado en el Poder Judicial. En los casos puntuales en los que se han detectado actuaciones irregulares, es la propia institución la que los ha investigado y sancionado.

El Poder Judicial está conformada por más de 13.800 personas funcionarias que trabajan diariamente al servicio del país, con compromiso, responsabilidad y apego a los principios que rigen la administración de justicia.

Instamos a la señora mandataria a que presente las denuncias ante las instancias respectivas, con la absoluta seguridad de que la institución hará la investigación correspondiente.

Reiteramos que en el Poder Judicial existe cero tolerancia a la corrupción y que nos mantendremos vigilantes para detectar, denunciar y sancionar cualquier acto irregular que se presente dentro de la institución.

6 de julio de 2026