Una vez más, Dole/Standard Fruit Company se quita la máscara y muestra su verdadero rostro, amenazando con despedir a la totalidad de trabajadores de su subsidiaria Agroindustrial Piñas del Bosque S.A. – Finca Muelle, acabando de esta manera con el sindicato y el conflicto colectivo en curso.
Giorgio Trucchi
Obeth Morales, secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Agroindustria y Afines (Sinatraa), explicó a La Rel que, a partir de 2018, la transnacional frutera ha venido precarizando las labores.
La conformación, un año después, del sindicato permitió frenar en parte este proceso.
“Desde que nacimos buscamos el diálogo con la empresa para garantizar mejores condiciones laborales y salariales para las y los trabajadores. Lamentablemente, Dole ha negado sistemáticamente cualquier tipo de acercamiento”, dijo Morales.
Después de repetidas denuncias y ante el silencio cómplice de las autoridades del Trabajo, varias decenas de trabajadores del departamento de deshije de piñas acudieron al sindicato.
Después de una atenta evaluación, el Sinatraa propuso la interposición de un conflicto colectivo de carácter económico y social por la vía judicial, medida que encontró el apoyo de la inmensa mayoría del personal.
“Como varios de ellos no eran afiliados, decidimos conformar una coalición temporal de trabajadores para presentar y desarrollar el conflicto colectivo y se eligieron a tres representantes del grupo”, explicó Morales.
El 27 de septiembre del año pasado, la coalición interpuso el pliego de peticiones ante el tribunal y lo presentó a la empresa.
Todos los intentos de Dole/Standard Fruit Company para detener el proceso fracasaron y la jueza fijó para el 28 de febrero la audiencia inicial del conflicto colectivo.
La reacción de la transnacional no se hizo esperar.
Amenazas y coacción
“El 16 de febrero, la empresa convocó a trabajadores y trabajadoras del departamento de deshije y les presentó una propuesta de mejoras salariales, a cambio de que renunciaran al conflicto colectivo.
A pesar de los intentos de la representación patronal de impedir que hablara, alerté a los compañeros sobre los riesgos y la falta de garantías de una negociación extra judicial”, dijo Morales.
Al final, ninguno de los 50 trabajadores firmó el acuerdo.
Cinco días después, el gerente de recursos humanos de Agroindustrial Piñas del Bosque S.A. – Finca Muelle llamó al secretario general del Sinatraa, para comunicar que el comité permanente de trabajadores estaba solicitando el despido y recontratación de la totalidad del personal, es decir de unos 650 trabajadores y trabajadoras.
La medida no aseguraría la recontratación permanente de las y los afiliados al Sinatraa.
Eliminar el sindicato
“Se trata de una maniobra de la empresa, con el apoyo de una organización abiertamente propatronal, para deshacerse de nuestros afiliados y de quienes están apoyando el conflicto colectivo.
Ya en estos días, miembros del comité permanente están visitando los diferentes departamentos de la empresa anunciando el despido masivo”, alertó Morales.
El dirigente sindical agradeció el apoyo solidario y la denuncia internacional que están haciendo tanto la Fentragh como la Rel UITA, e hizo un llamado a estar atentos a lo que pueda ocurrir en las próximas horas.
“Sabemos que, de tener éxito el conflicto colectivo, otros departamentos podrían sumarse a las demandas, generando también un importante crecimiento sindical. Esto es algo que Dole quiere evitar”, concluyó Morales.
Para el próximo 27 de febrero está agendada una reunión tripartita en el Ministerio del Trabajo. El siguiente día está fijada la audiencia del conflicto colectivo.
Por ley, los firmantes de un conflicto colectivo no pueden ser despedidos sin previa autorización del juez.
La Ley Marco de Empleo Público, N° 10.159, estableció una vacatio legis de doce meses, la cual entrará en vigor el próximo 10 de marzo.
A pocos días del banderazo de salida, a pesar del tiempo transcurrido desde que se promulgó, el pronóstico de su esperado estreno no es, para nada, muy alentador.
La cuestión, en buena parte, obedece a que la ley, de significativa complejidad, comprende varios subsistemas de la relación de empleo público (planificación del empleo, organización del trabajo, gestión del empleo, gestión del desarrollo, desempeño, compensación, evaluación de desempeño y otros), que no fueron bien pensados por el legislador, cuya implementación, a partir del próximo mes, no es nada fácil.
Y si no es así, que lo diga MIDEPLAN, que prácticamente se reservó hasta el final consultar el proyecto de reglamento de dicha ley, una consulta de mero trámite, sólo para cumplir un ritualismo legal, que resultó un desafortunado fiasco jurídico.
A lo anterior, se suman deficiencias de redacción y falencias técnicas que contiene la ley, producto del atropellado proceso legislativo que sufrió, que desdeñó los criterios técnicos y expertos, entre ellos el Memorando del Departamento de Normas Internacionales y Gobernanza de OIT.
Como si lo anterior no fuera poco, el proyecto fue objeto de varias inopinadas enmiendas, que reflejan, como dice Montesquieu, “las pasiones y los prejuicios del legislador”, las pasiones contra el Estado Social y Democrático y los prejuicios contra las personas servidoras públicas; la cual finalmente fue remendada, “técnicamente” chapuceada por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, engendrando, en definitiva, la impresentable Ley Frankenstein, cuyo cronómetro ya está en cuenta regresiva.
I.- Razones imperiosas que justifican la posposición de la vigencia de la ley
A la vuelta de la esquina de su anunciada vigencia, puede sostenerse, por diferentes y poderosas razones, que resulta inviable, altamente riesgosa e inconveniente su aplicación, a partir de aquella inminente fecha:
1.- En primer lugar, lo menos que podía haber ordenado la desatinada propuesta de reglamento, consultada por el Poder Ejecutivo, fue precisar, delimitar los alcances y aclarar las tantas normas oscuras que abundan en la ley.
Un reglamento ejecutivo es una norma secundaria, subordinada a la ley (secundum legem), cuyo objetivo es desarrollar, delimitar, precisar y aclarar los preceptos de una ley, particularmente los que implican el ejercicio de potestades discrecionales de la Administración, con la finalidad de procurar una aplicación certera y ordenada de la misma.
No obstante, el proyecto consultado fue cuestionado por diferentes instituciones, y no solo por los sindicatos, entre las cuales destacan la Procuraduría General de la República, la Contraloría General de la República, la Corte Suprema de Justicia, solo por citar algunas entidades públicas.
En términos generales, las opiniones o informes rendidos por estas instituciones, coinciden en que las normas del proyecto de reglamento están viciadas de deficiencias, oscuridades, ambigüedades, desprovistas de la más elemental técnica jurídica.
Además, concuerdan que varias normas se extralimitaron, desbordando el ejercicio de la potestad reglamentaria del Poder Ejecutivo.
Amerita destacar que esos informes contienen cuestionamientos muy serios acerca de dos temas muy relevantes: el salario global y el congelamiento de las remuneraciones de las personas servidoras públicas.
No hay duda que el salario global es el producto estrella de la ley. No obstante, el salario global es el producto más oscuro y misterioso de la ley, que se limitó a establecer sus presupuestos y parámetros muy generales, delegando al reglamento su construcción normativa.
Lo mínimamente esperable era que el reglamento desarrollara los presupuestos de ley y precisara la metodología para la construcción de las familias y las escalas salarias globales, que quedarán sometidas a la gobernanza total y totalitaria de MIDEPLAN.
Por contrario, el proyecto de reglamento, deja este asunto, y otros no menos importantes, en el limbo, “a mitad del camino, entre la nada y el olvido”, como dijo el productor de cine Clint Eastwood.
Es insólito, que a tan pocos días que empiece a regir la ley, las nuevas y radicales reglas de juego, que no son poca cosa, particularmente en materia de salario global, estén todavía en las tinieblas.
2.- Varias normas de la ley requieren una plataforma tecnológica que permita su instrumentación. Por ejemplo, la operacionalización de la plataforma integrada de empleo público (artículo 12).
Esta plataforma, a la fecha, ni siquiera está diseñada.
3.- La rectoría de la gestión del empleo público que se le cometió a MIDEPLAN, violentando el principio de separación de poderes y las autonomías constitucionales, por lo visto, le quedó muy grande.
La asunción de la rectoría del empleo público requiere instancias de dirección, coordinación y articulación con las entidades que van a quedar a merced del tutelaje político y normativo de MIDEPLAN.
Los mecanismos de dirección y coordinación interorgánica tampoco han sido implementados, para asegurarse que la entrada de vigencia de la ley vaya a ser ordenada y no produzca un colapso administrativo, que hasta podría significar una alteración en la normalidad y continuidad de la prestación de los servicios públicos.
Estas instancias de dirección, coordinación y planificación están a la deriva.
4.- Por otra parte, dado los cambios institucionales y radicales que produce la ley y las afectaciones que causarán en la relación de empleo de las y los servidores públicos, es absolutamente necesario, por un lado, que las instituciones cuya dirección política asumirá MIDEPLAN, dispongan de las herramientas normativas y técnicas adecuadas para realizar esos ajustes, y por otro lado, que las personas servidoras públicas tengan pleno conocimiento de las implicaciones que en sus condiciones de trabajo y derechos laborales producirá la aplicación de la ley emergente, particularmente tratándose de sus derechos adquiridos, entre ellos, el régimen de sus remuneraciones.
Los trabajadores tienen el inapelable derecho de conocer, literalmente con absoluta certeza y total transparencia estas implicaciones, en el ámbito de cada una de las instituciones en las que se aplicará la ley.
Esas herramientas no están construidas y la información a las personas trabajadoras de los cambios que se aplicarán, a partir de tan pocos días, brillan notablemente por su ausencia.
II.- Desgobierno, caos institucional, inseguridad jurídica y aumento de la conflictividad laboral
Con fundamento en las anteriores consideraciones, se puede sostener que, desde el punto de vista 1) normativo, 2) tecnológico, 3) institucional y 4) administrativo, por decir los más relevantes, la aplicación de la ley, a partir del 10 de marzo, será un ejercicio abortado, una ley fallida, con consecuencias predecibles, que podrían ser catastróficas.
La ley (en sentido material) constituye una manifestación jurídica de la democracia, expresión de la voluntad popular.
En tanto que expresión de la voluntad popular, la ley requiere necesariamente que ostente legitimidad democrática.
La legitimidad democrática de una ley exige que en su proceso de tramitación, aprobación, reglamentación y ejecución, los actores sociales hayan tenido una oportuna y efectiva participación.
Pero la legitimidad democrática no es solo un asunto de procedimiento legislativo, es una cuestión sustantiva, que además, de la publicación de la ley, demanda que la ley sea transparente y los ciudadanos tengan total certeza acerca del contenido y alcance de sus normas.
En el Estado de Derecho la seguridad jurídica es un presupuesto del ordenamiento jurídico, es certeza del Derecho, que garantiza que sus destinarios conozcan, por los medios adecuados y con suficiente antelación, las normas futuras que regularán sus comportamientos sociales y las consecuencias resultantes.
La transparencia de la ley es un presupuesto de la certeza del Derecho.
Por contrario a este principio del Estado de Derecho, la Ley Marco de Empleo Público carece de legitimidad democrática, no solo porque se tramitó de manera acelerada y arbitraria, aguijoneada por la presión de la OCDE y el FMI, que dejó en total interdicción la participación de los actores sociales, principalmente los sindicatos, sino, también, porque, a muy pocos días de su vigencia, su aplicación exuda opacidad, falta de certeza y transparencia, ignorando las personas servidoras públicas, a estas alturas, los alcances de las nuevas reglas y los efectos jurídicos que producirán en el ámbito de su relación de empleo y condiciones laborales.
La seguridad jurídica es un valor y un principio del Estado de Derecho, una garantía democrática de la correcta aplicación de las leyes, que está siendo vulnerada de manera evidente y manifiesta.
Las y los servidores públicos tampoco están obligados a soportar tanto sacrificio.
Además, en este escenario tan incierto, la entrada en vigencia de la ley, será fuente inevitable de conflictos, por una parte, entre las instituciones gobernadas y el supra Ministerio rector, y por otra parte, una fuente de aumento de la conflictividad laboral, que son efectos indeseados, que nadie razonablemente desearía que ocurran.
III.- Una ley inasumible cuya vigencia debe necesariamente posponerse
Así las cosas, la aplicación de dicha ley, a partir del 10 de marzo, sólo producirá caos institucional, desorden administrativo, totalmente inconveniente, en detrimento del interés público, y además, absoluta incertidumbre, en menoscabo del principio de seguridad jurídica.
La Ley Frankenstein es inviable, inasumible, por lo que en estas circunstancias, si todavía queda algún respeto por las reglas del sistema democrático, debería imperar la razonabilidad política y la prudencia legislativa, y en consecuencia, debe posponerse, por un plazo adecuado y razonable, la fecha de su entrada en vigencia, para no dejar el país al borde del precipicio y salvaguardarlo de semejante riesgo político, legal y crisis institucional.
Recordemos la ley de Pudder: lo que mal empieza, mal acaba.
Diversas organizaciones, como UNDECA, BUSSCO y CATRAPAS, realizaron una manifestación en conjunto este pasado viernes 17 de febrero de 2023 en las calles de San José en la que se solicitaba:
Respeto a la autonomía de la CCSS, así como el apoyo a Martha Rodríguez como representante legítima de las y los trabajadores por el movimiento sindical en la junta directiva de la CCSS.
Seguridad social: casa, trabajo, pan y salud para los costarricenses.
Pago de la deuda que mantiene el Estado con la CCSS.
El pasado jueves 16 de febrero de 2023, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) envió una carta a la señora Marta Esquivel Rodríguez, presidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
El objetivo de dicho documento es realizar la petición de que todo el personal de la CCSS se declare como ejecutor de funciones o labores que son exclusivas y excluyentes para el ejercicio de las competencias constitucionalmente asignadas a la Caja, la cual tiene plena autonomía de gobierno y organización, esto en el contexto de la inminente entrada en vigencia de la Ley Marco de Empleo Público (LMEP). Esta petición se hace pues al declararse estas funciones como exclusivas y excluyentes, se elimina la posibilidad de que los trabajadores de la CCSS estén bajo la rectoría del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) así establecido en el artículo 6 de la LMEP.
Aunque no se limita a estos, tres problema fundamentales que presenta esta ley son:
Se realizó con la idea de que el Estado costarricense regule la mayor cantidad de relaciones laborales de las y los funcionarios públicos, por lo que prácticamente no se hace distinción entre las personas trabajadoras ni las instituciones autónomas, lo que es claramente inconstitucional porque dichas distinticiones si las planteó el Constituyente.
Se le otorgó un excesivo cúmulo de funciones, responsabilidades y decisiones al MIDEPLAN, por lo que el Poder Ejecutivo tendrá excesivo control sobre todo el empleo público.
El método para fijar el salario que establece la ley no es claro, y presenta varios problemas que incluyen violaciones a Derechos Humanos, como los son los estándares internacionales sobre la no regresión en derechos económicos y sociales, y que la vigencia de esta ley empeora las condiciones anteriores.
No se puede dejar de lado que la Constitución Política le asigna autonomía política y administrativa a la CCSS y un intento para establecer control del Poder Ejecutivo sobre la misma llevará a inconstitucionalidades evidentes. Por lo tanto, y por la autonomía que brinda el artículo 73 constitucional, se solicita que se declaren exclusivas y excluyentes las funciones o labores que realizan las personas trabajadoras dentro de la CCSS y que esta institución no se someta a la rectoría del Sistema General de Empleo Público, a cargo del MIDEPLAN.
Adjuntamos la carta completa para quienes deseen realizar su lectura.
Preocupado por el alto porcentaje de trabajadoras con lesiones osteomusculares en las líneas de producción, el Sindicato de Trabajadores de Frito Lay (Sitrafritolay) alertó sobre el intenso ritmo y las extensas jornadas laborales.
Amalia Antúnez
Rel UITA convocó a su asesor en salud ocupacional, el doctor Roberto Ruiz, para un encuentro virtual donde las trabajadoras afectadas y los dirigentes del sindicato expusieron sus inquietudes y la necesidad de articular acciones para combatir la realidad que enfrentan en la fábrica de Frito Lay en Guatemala.
Ruiz, especialista en medicina laboral con enfoque en Lesiones por Esfuerzo Repetitivo (LER), fue, junto a Siderlei de Oliveira (CONTAC) y a Neuza Barbosa (CNTA), un protagonista decisivo en la construcción de la Norma Reguladora 36 que, entre otros avances, garantiza pausas psicofisiológicas durante la jornada de labor.
Las LER, una realidad innegable
“El ritmo en cualquier industria y las jornadas laborales sin pausa son las principales causas de LER en el mundo del trabajo, y aunque los empresarios nieguen su vinculación directa y argumenten que se trata de lesiones reumatoides, hay pruebas académicas y empíricas que lo demuestran”, dijo el doctor Roberto al iniciar la charla.
Las lesiones del túnel carpiano y en la columna y las cervicales son las más reportadas.
Según relatan las trabajadoras, la combinación entre el ritmo de trabajo, la posición y el tiempo que permanecen en las líneas de producción es lo que hace que la inmensa mayoría padezca dolores intensos y permanentes para los que deben medicarse a diario y que otras tantas estén con licencia médica, esperando ser operadas o sencillamente porque ya no aguantan el dolor.
A esto se suma que antes de cargar los snacks en las cajas deben armarlas, y las cajas llegan en fardos que pesan más de 20 kilos.
Si bien el sindicato lleva años denunciando la falta de medidas ergonómicas en esta planta y el frenético ritmo de trabajo, la decisión de la compañía de automatizar parte de la línea de producción hizo que las condiciones empeoraran y se encendieran nuevas alarmas.
Luis Tomas, secretario general de Sitrafritolay, señaló que la gerencia redujo un 50 por ciento el personal en el sector de empaque luego de instalar una estera transportadora de cajas.
“Con esta medida, las trabajadoras, que antes empacaban 55 bolsas de snack por minuto, pasarán a empacar 200”, advirtió.
Una sobrecarga que, sumada a jornadas laborales de 12 horas diarias y entre 48 y 60 horas semanales, afectará todavía a más a las trabajadoras y los trabajadores de esa fábrica.
Articulaciones
Para el secretario regional de la UITA, Gerardo Iglesias, es imperioso coordinar con otros actores de la esfera social para poder enfrentar esta epidemia de lesiones.
“Debemos articular tanto con la Universidad como con los Ministerios de Salud y de Trabajo y también con la seguridad social para frenar este tipo de prácticas del peor capitalismo, que explota a los obreros al máximo, los enferma y luego los desecha”, dijo Iglesias.
Del encuentro quedó el compromiso de construir una agenda de trabajo conjunta con Festras y Sitrafritolay que contará con talleres sobre salud y seguridad además de reuniones con autoridades para establecer acciones concretas que mejoren las condiciones laborales en Frito Lay (PepsiCo) en Guatemala.
La Unidad en la Acción Sindical (UAS) compartió en un comunicado y en vídeo su criterio y posición respecto a que la discusión del proyecto de ley, actualmente en el Plenario, sobre el cambio en la legislación nacional en materia laboral sobre las jornadas flexibles, el “proyecto 4/3”, que consiste en reformar los artículos 136, 142 y 144, y adicionar los artículos 145 Bis y 145 Tercero del Código de Trabajo, modificando así la jornada de 8 horas diarias a 12 horas, reduciendo así también la cantidad de días en los que se laboran semanalmente.
Como parte de esta posición, Maikol Hernández Arias, secretario general de la Federación Nacional de Trabajadores de la Agroindustria, Gastronomía, Hotelería y Afines (FENTRAG) cuestionó a los diputados de la Comisión de Asuntos Hacendarios el que no tomen en consideración en la discusión del proyecto los criterios y posiciones de los trabajadores del sector privado.
Ante esto, la UAS envió el pasado 3 de febrero una nota a Paulina Ramírez Portugués, presidenta de la Comisión de Asuntos Hacendarios, para que tome consideración y como parte de los criterios y posiciones en la discusión del proyecto a los representantes de los trabajadores privados. Adicionalmente, comentan los posicionamientos del representante de FENTRAG; en el que esta modificación laboral conlleva un retraso laboral al logro de lo que se estableció en Estados Unidos e Inglaterra en 1866, de igual forma que es retroceder más de un siglo en cumplimiento con lo que establece la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y en el que de llevarse este cambio las mujeres serían las más perjudicadas. Se comparte también la posición de Lenin Hernández Navas, miembro de la UAS y secretario general del Sindicato de Enfermería y Afines (SINAE AFINES) en el que afirmó que todo cambio a la legislación laboral debe de ir acompañado por la inspección del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
En el vídeo compartido también plantean y se hace énfasis en la importancia de tomar en consideración los siguientes puntos: contemplar las condiciones de trabajo de los diversos sectores y actividades laborales y de esta forma, comprender la forma en la que todos los grupos se verían afectados de llevarse a cabo la modificación a la legislación laboral y también, destacan las falencias por parte del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a la hora de hacer que los derechos de los trabajadores se cumplan; se plantean que hay múltiples denuncias por parte de trabajadores y en las que hay un déficit en las inspecciones de seguimiento a los casos denunciados, por tanto plantean que los trabajadores deben ser tomados en consideración en la discusión y negociación del proyecto.
Información del Banco Popular: «Los interesados en abrir este ahorro para el próximo año, puede dirigirse a las oficinas comerciales del banco, y si desea obtener más información puede acceder a su página web.
Como parte de los requisitos para iniciar esta cuenta, usted debe ser un trabajador del sector privado; ahorrar entre un 4,16% y un 8,33% del salario bruto mensual; y solicitar al patrono la retención salarial para que este remita los fondos al Banco Popular». (BP).
Ahora bien, no sabemos si algunas empresas se han negado a hacer las retenciones y las transferencias al Banco Popular, pues el servicio es ofrecido por el BP a disposición de los trabajadores del sector privado que así lo requieran.
Es el mismo procedimiento que se ejecuta con los funcionarios públicos. La diferencia es que para los últimos corresponde al Ministerio de Hacienda hacer la retención mensual.
La Caja Costarricense del Seguro Social anunció que procederá con el pago del reajuste salarial por costo de vida adeudado a todos sus trabajadores, en una lucha de la cual ANEP fue parte, y ahora con base en esta lucha, nuestra organización velará y activará todo su conocimiento político-legal para que, con esos mismos fundamentos jurídicos, sea reconocido en todo el Gobierno Central.
Para más información, compartimos el siguiente video:
Juan Carlos Durán Castro, dirigente sindical del sector salud indica lo siguiente respecto a la aprobación del ajuste salarial en la CCSS: “Después de una lucha importante donde se formuló siempre la defensa y la autonomía constitucional especial de la Caja como un eje central, esa es la victoria más importante que hay que ubicar en esto que sucedió ayer. Decir que:
La Dirección de Recursos Humanos de la Caja en el transcurso de la mañana nos indica su propio director Don Walter Campos estará sacando una circular oficial con los datos de la fases en el momento en el que se vayan a agregar el aumento el salario base en la planilla en el sistema de planilla de la Caja y una fase segunda que sería la fecha de definición del pago del retroactivo.
Decir que esto es más allá del tema salarial, esto es un triunfo que golpea al Presidente de la República en su línea autoritaria de imponer muchas cosas y de paso golpea la Presidenta Ejecutiva que literalmente sale, para decir de forma coloquial, garroteada, puesto que la moción que había presentado el representante que hace poco colocó el Presidente en la junta directiva, el señor Roy Ignacio Vargas salió derrotada la moción, es decir, un siete a dos, quiere decir que hubo un alineamiento de los sectores sociales y por qué no decirlo, creemos que de la representación empresarial que ese es un elemento a analizar con bastante fineza puesto que ahí existen figuras como Marielos Alfaro y como Adrían Torrealba que siempre han tenido una posición pues bastante contraria a la clase trabajadora. Ese es un elemento a analizar bien puesto que una derrota de Rodrigo Cháves y Marta Eugenia Esquivel de siete a dos es, los trabajadores tienen que analizar eso con bastante detenimiento.
Decir, en ese sentido, que este golpe que sufre el gobierno que es un triunfo para la clase trabajadora se encuadra dentro de varias cosas, en otros golpes que está sufriendo y ha venido sufriendo el gobierno, algunos anteriores. Empezar diciendo que:
El mismo Presidente ha dicho que va a incumplir la promesa de campaña de que los consejos de gobierno sean abiertos y que todo mundo los conozca, ahí se inventó una mentira piadosa tratando de adornarla con algunas narrativas inteligentes pero lo cierto del caso es que está incumpliendo la promesa de campaña.
En el tema de los Eurobonos, esa negociación, entre comillas, tiene retrocesos y también cosas que ha cedido el gobierno.
No es casual, el PUSC le da un espaldarazo al gobierno y dice que no va a apoyar la venta del BCR. Los arroceros, el Presidente tiene que retirar el proyecto que tenía que ver con la ruta del arroz, y por último este cierre de la votación en la Caja es lapidario para el gobierno, para don Rodrigo, y para Doña Marta Eugenia como decíamos. Pero esto revitaliza la institucionalidad, le da un nuevo aire al Estado Social de Derecho y sobre todo revitaliza un poco la democracia en el sentido de que los pesos y contrapesos dentro de una sociedad tienen que ser aceptados en este caso por el señor Presidente de la República. Nos parece que hay que contextualizar el acierto de la Caja de ayer en el marco más general y entender como clase trabajadora que eso es un triunfo de todo el movimiento laboral del país”.
El relator especial sobre formas contemporáneas de esclavitud externó inquietudes en temas de legislación al finalizar su misión (Foto de Katya Alvarado). Semanario Universidad.
Por Mario Bermúdez Vives
SURCOS comparte la siguiente producción del Semanario Universidad:
El Relator Especial sobre formas contemporáneas de esclavitud Tomayo Obokata, quien realizó una misión para evaluar las condiciones del país en esta materia del 16 al 25 de noviembre, externó una preocupación por la discusión del proyecto de Jornadas de 12 horas (conocido como jornada de doce horas, o jornada 4×3), que se discute en la Asamblea Legislativa bajo el expediente 21.182.
Obokata incluyó el tema en el informe final de su misión, promovida por las Naciones Unidas, en la sección de desafíos. «El Relator Especial está preocupado por la discusión que hay en torno a un proyecto de ley que tiene por objeto reestructurar las jornadas de trabajo a 12 horas durante 4 días seguidas de 3 días de descanso».
Consultado sobre los temas de legislación que el país debe implementar para avanzar en la lucha contra formas de esclavitud modernas y las que se deberían evitar para no generar retrocesos, mencionó este proyecto, por los impactos que puede tener en la salud mental de los trabajadores y los posibles efectos en la salud física. Precisamente el tema de las jornadas extendidas en sectores como la agricultura fue otro de los elementos de preocupación citados en el informe.
Además, Obokata mencionó su inquietud por los efectos que puede tener esta normativa en responsabilidades de cuido de niños o adultos mayores que pueden tener los trabajadores, y que se verían afectadas, especialmente en los casos de las poblaciones más vulnerables.
En contraste, Obokata considera que el país debe impulsar discusiones en el Parlamento que propicien la defensa de comunidades marginales y garantizar el acceso a la justicia de posibles víctimas de formas de discriminación laboral. También recomendó fortalecer el área de inspección laboral, y las sanciones a las personas y empresas que violenten los derechos humanos.
El tema de las posibles afectaciones a los derechos humanos del proyecto de Jornadas Flexibles ha sido parte de la polémica alrededor de este texto, que el gobierno impulsa como una forma para modernizar las condiciones de trabajo. La legisladora oficialista Pilar Cisneros ha insistido en que se trata de una normativa que solo se adoptaría por consenso y limitado a pocos casos, y que permitiría generar más empleos.
Sin embargo, organizaciones como el Foro de Mujeres Políticas de Costa Rica consideran que la propuesta viola protecciones constitucionales a la niñez y a la mujer. A su vez, estimaciones de INS y el INEC sobre la cantidad de trabajadores que podrían verse incluidos dentro de las nuevas condiciones van desde los 300.000 hasta el millón de asalariados, según datos publicados por UNIVERSIDAD.