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Etiqueta: zona de recarga acuífera

Por tercera vez Minae pide a Municipalidad San Rafael traspaso del Cerro Chompipe

Está pendiente el cumplimiento de una orden de la Sala Constitucional para trasladar al Ministerio de Ambiente y Energía una finca ubicada dentro de la zona inalienable de la Ley N.° 65 y del Parque Nacional Braulio Carrillo.

Concejo Municipal acordó instar el traspaso, alcalde vetó y tribunal declaró sin lugar el veto

Por tercera ocasión desde 2024, las autoridades ambientales han solicitado formalmente a la Municipalidad de San Rafael de Heredia realizar las gestiones necesarias para trasladar la finca ubicada en el sector del Cerro Chompipe al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), al tratarse de un inmueble que forma parte del Patrimonio Natural del Estado.

La finca se encuentra en el sector del Cerro Chompipe, dentro de la zona inalienable protegida por la Ley N.° 65 de 1888 y, además, parte de su extensión se encuentra vinculada al Parque Nacional Braulio Carrillo. De acuerdo con MINAE el marco jurídico aplicable, la cobertura boscosa y su ubicación dentro de un área sometida a un régimen especial de protección hacen que el inmueble forme parte del Patrimonio Natural del Estado, conforme con el artículo 13 de la Ley Forestal.

La situación adquiere especial relevancia porque la Sala Constitucional, mediante el voto N.° 2023-017109, ordenó realizar las acciones correspondientes para que la finca fuera trasladada a nombre del Estado. Sin embargo, pese a la existencia de esta resolución, el inmueble continuó inscrito a nombre de la Municipalidad de San Rafael de Heredia.

La primera solicitud formal documentada en este proceso fue realizada por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) en 2024 (SINAC-ACC-D-712-2024). Mediante oficio dirigido a la Municipalidad de San Rafael. Posteriormente, ante la falta de concreción del trámite, las autoridades ambientales insistieron en la necesidad de trasladar el inmueble. Durante 2025, el MINAE y el SINAC reiteraron que la finca reúne las condiciones jurídicas y ambientales para ser considerada parte del Patrimonio Natural del Estado y solicitaron nuevamente a la Municipalidad realizar las gestiones correspondientes (Oficios 2025).

Documentos institucionales y comunicaciones posteriores evidencian que, lejos de haberse resuelto el asunto con la primera solicitud, el MINAE y el SINAC debieron insistir nuevamente en el cumplimiento de la resolución constitucional y en la necesidad de formalizar el traslado del inmueble. En junio y julio de 2025 se reiteró expresamente esta solicitud ante las autoridades municipales (Oficios 2025).

Esta nueva gestión constituye, según la documentación revisada, una tercera solicitud o exigencia institucional para que la Municipalidad proceda con el traslado de la finca, evidenciando que el cumplimiento de la obligación continúa siendo un asunto pendiente (CARTA-MINAE-DM-0627-2026).

Zona de especial importancia ambiental. El Cerro Chompipe forma parte de una zona de enorme importancia ambiental e hídrica para la región. La protección de los terrenos de montaña y de las áreas boscosas ubicadas en la Cordillera Volcánica Central responde históricamente a la necesidad de proteger las zonas de recarga acuífera y las fuentes de agua. La finca tiene una extensión superior a 154 hectáreas, según la información incorporada por el propio MINAE en el expediente administrativo

La permanencia de la finca inscrita a nombre de la Municipalidad genera incertidumbre sobre la administración efectiva de un territorio sometido a un régimen especial de protección y puede abrir espacios para intervenciones o actividades que requieren autorización de las autoridades ambientales competentes. Durante 2025 surgieron cuestionamientos públicos precisamente por acciones realizadas o proyectadas en el área, entre ellas la instalación de cámaras trampa y labores relacionadas con el amojonamiento, sobre las cuales el MINAE indicó que no había otorgado autorización.

El Concejo Municipal de San Rafael había adoptado un acuerdo para instar al cumplimiento inmediato de la orden emitida por la Sala Constitucional y al traslado de la finca al MINAE. Este acuerdo fue objeto de un veto por parte de la Alcaldía Municipal. Sin embargo, en junio de 2026, el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda declaró sin lugar el veto, al considerar que el acuerdo municipal se limitaba a exigir el cumplimiento de una resolución judicial vigente (ver Comunicado).

Tribunal respalda al Concejo de San Rafael de Heredia y ordena al alcalde proteger el Cerro Chompipe

Una vez más, una autoridad jurisdiccional rechazó las actuaciones del alcalde de San Rafael de Heredia, señor Jorge Eduardo Arias Santamaría, al declarar ilegal el veto que interpuso contra un acuerdo del Concejo Municipal relacionado con el cumplimiento de una orden emitida por la Sala Constitucional.

Mediante la resolución 26-000619-1027-CA-0, el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda resolvió declarar sin lugar el veto presentado por el alcalde contra el Acuerdo N.° 2 de la Sesión Ordinaria N.° 141-2025, celebrada el 29 de diciembre de 2025 por el Concejo Municipal de San Rafael de Heredia.

El acuerdo vetado instaba al alcalde a dar cumplimiento inmediato a lo ordenado por la Sala Constitucional en el voto N.° 2023-017109, del 14 de julio de 2023, dictado dentro del expediente 22-027662-0007-CO. En dicha resolución, la Sala ordenó el traspaso a nombre del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) de la finca inscrita en el Partido de Heredia, matrícula de folio real 156766-000, ubicada en el sector de Cerro Chompipe, dentro de la zona inalienable protegida por la Ley N.° 65 y el Parque Nacional Braulio Carrillo.

Según ha trascendido, en esa propiedad existiría interés por desarrollar un proyecto turístico, situación que ha generado preocupación debido al régimen especial de protección ambiental que actualmente la resguarda.

Esta controversia se produce en un contexto de creciente preocupación por la propuesta impulsada por la Municipalidad de San Rafael de Heredia bajo la figura de “Monumento Natural”, iniciativa que contempla el desarrollo de infraestructura recreativa dentro de una zona de alta fragilidad ambiental e hidrogeológica.

El Cerro Chompipe forma parte del Parque Nacional Braulio Carrillo y se encuentra amparado por un régimen especial de protección que se remonta al siglo XIX. Asimismo, constituye una importante zona de recarga acuífera para el abastecimiento de agua de amplios sectores de la Gran Área Metropolitana, razón por la cual cualquier modificación de su condición actual reviste un evidente interés público.

Diversas organizaciones ambientales, comunidades locales y personas expertas en conservación y recursos hídricos han advertido sobre los posibles impactos que podrían derivarse de la construcción de infraestructura turística o recreativa en este ecosistema, subrayando la necesidad de garantizar el estricto cumplimiento de la normativa ambiental vigente y de las resoluciones judiciales que protegen el área.

El acuerdo municipal advertía además que, de mantenerse el incumplimiento de la orden constitucional, el alcalde debería asumir las consecuencias legales derivadas de una eventual desobediencia a una resolución judicial firme.

Surge entonces una pregunta inevitable: ¿qué interés mueve al alcalde a renunciar a la protección absoluta que hoy resguarda la finca del Cerro Chompipe, al punto de vetar los acuerdos del Concejo Municipal que buscan mantener esa protección y exigir el cumplimiento de una orden de la Sala Constitucional?

En su resolución, el Tribunal concluyó que el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal se limita a exigir el cumplimiento de una orden jurisdiccional vigente. Señala expresamente que el acuerdo corresponde al ejercicio legítimo de las competencias del Concejo Municipal respecto al cumplimiento de una orden judicial, razón por la cual determinó que no existían fundamentos para sostener el veto interpuesto por la Alcaldía.

La parte dispositiva de la sentencia establece: «De conformidad con el artículo 169 inciso f) del Código Municipal, se declara sin lugar el veto interpuesto. Es todo. Notifíquese.» La resolución fue emitida por los jueces del Tribunal Contencioso Administrativo.

Este nuevo pronunciamiento judicial constituye un respaldo a la obligación de las autoridades municipales de acatar las resoluciones de los tribunales de justicia y reabre el debate sobre el futuro de la finca ubicada en Cerro Chompipe, un territorio de extraordinario valor ecológico, hídrico y estratégico para el país.

Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes: Análisis de la conflictividad socioambiental en territorios comunitarios de Costa Rica de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.

Comisión para la Defensa de la Zona Protectora del Chayote se reactiva ante amenaza a su integridad

Carlos Manuel Muñoz Jiménez

Este lunes 17 de julio en reunión llevada a cabo en Dulce Nombre de Naranjo, los miembros de la Comisión para la Defensa de la Zona Protectora del Chayote decidieron retomar labores ante la amenaza de la Zona Protectora del Chayote por el proyecto para la siembra de aguacate que pretenden desarrollar empresarios chilenos.

Como un grupo ambiental orientado a defender la seguridad de la Zona Protectora del Chayote, debido entre otras cosas: a su valor como reserva del recurso hídrico de Occidente, como zona de recarga acuífera y como reserva de biodiversidad de flora y fauna, donde anidan especies como el quetzal, es zona de paso del jaguar y habitan especies en peligro de extinción según lo afirma el biólogo experto en el tema Luis Fernando Hernández Arroyo, el grupo trabaja cumpliendo el debido proceso público y legal, lo que implica llevar a cabo los respectivos trámites ante las instituciones públicas, dentro de lo cual, se encuentran a la espera de algunas respuestas muy importantes.

Como estrategia de trabajo anotaron propuestas para el corto, mediano y largo plazo, donde se incluye el trabajo dentro de las comunidades con instituciones, grupos y personas interesadas.

Próximamente estarán brindando información actualizada del proceso a través de su página de redes sociales.