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Etiqueta: zona inalienable

CONCEVERDE denuncia anomalías en la Municipalidad de San Rafael de Heredia y exige intervención del Concejo Municipal en Cerro Chompipe

El colectivo ciudadano CONCEVERDE, representado por el abogado José Francisco Alfaro Carvajal, presentó una solicitud formal ante el Concejo Municipal de San Rafael de Heredia para que intervenga en los hechos anómalos que, según denuncian, se están dando en la finca 4  156766  000 (Cerro Chompipe), registrada a nombre de la Municipalidad, pero considerado patrimonio natural del Estado y parte del Parque Nacional Braulio Carrillo y de la zona inalienable de la Ley 65 de 1888.

El Cerro Chompipe es una zona de alta recarga acuífera, vital para la regulación del ciclo del agua, la conservación de la flora y fauna silvestre, y la mitigación del cambio climático. Su cobertura dentro del Parque Braulio Carrillo y la franja inalienable, establecida hace más de un siglo, lo convierte en un área de protección absoluta. Según CONCEVERDE, cualquier intervención, por pequeña que sea, podría alterar los ecosistemas, reducir la capacidad de recarga hídrica y afectar la biodiversidad.

Entre las exigencias del colectivo, se encuentran el traspaso inmediato de la finca Cerro Chompipe por parte Municipalidad de San Rafael de Heredia al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), así como un alto total a las actividades que sin aval o autorización del MINAE, la Municipalidad está llevando a cabo, tanto en dicha finca, como cualquier otra zona del Parque Braulio Carrillo y la zona inalienable.

No obstante, esta denuncia no es nueva. En diciembre de 2024, CONCEVERDE ya manifestó su rechazo a las obras planificadas en el Cerro Chompipe bajo la figura de “monumento natural recreativo”, alertando sobre la pérdida de árboles nativos y la impermeabilización del suelo en zonas de recarga.

Asimismo, la denuncia advertía sobre actividades no autorizadas por el MINAE llevadas a cabo por la Municipalidad, como la delimitación de la finca, instalación de cámaras trampa e incluso obras menores, que estarían ocurriendo sin aval institucional, lo que es contrario a la legislación vigente.

Recientemente, el pasado 19 de junio de 2025, la Asociación para el Desarrollo de la Ecología respaldó la denuncia del abogado Alfaro. En un oficio dirigido al ministro Franz Tattenbach Capra, el presidente Asociación, Marco Levy Virgo, exigió al MINAE que cumpla con las sentencias de la Sala Constitucional y proceda a recuperar la finca, la cual aún aparece registrada a nombre municipal.

Foto: Redes sociales oficiales de Colectivo CONCEVERDE San Rafael.

Demandan acciones del MINAE para recuperar finca estatal en zona protegida del Cerro Chompipe

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL) expresó este 19 de junio su apoyo irrestricto al abogado José Francisco Alfaro Carvajal, de CONCEVERDE, quien ha solicitado al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) respuestas claras y medidas efectivas para recuperar una finca pública ubicada en el Cerro Chompipe, dentro del Parque Nacional Braulio Carrillo y en zona protegida por la Ley 65 de 1888.

La solicitud, dirigida por el abogado Alfaro mediante el oficio CNVJF/101/25, señala la inacción estatal para cumplir lo ordenado por la Sala Constitucional, especialmente en relación con la finca 4-156766-000, la cual, a pesar de estar catalogada como patrimonio natural del Estado, aún figura a nombre de la Municipalidad de San Rafael de Heredia. La zona forma parte de la franja inalienable establecida para garantizar la protección de las recargas acuíferas que abastecen a las provincias de Heredia y Alajuela.

En su escrito, Alfaro exige explicaciones al MINAE sobre la falta de traspaso registral, así como información sobre eventuales autorizaciones otorgadas a la municipalidad para realizar actividades como instalación de cámaras trampa, delimitación de la finca o elaboración de un plan de manejo. Aclara que estas acciones han sido promovidas públicamente por el alcalde local, pese a que el área tiene ya un régimen de protección legal absoluta y no admite uso discrecional ni municipal.

Por su parte, Marco Levy Virgo, presidente de AEL, mediante el oficio AEL-00259-2025, respaldó la gestión del Lic. Alfaro y solicitó al ministro Franz Tattenbach Capra una pronta respuesta a los planteamientos formulados. Levy denunció que las actividades no autorizadas en el Cerro Chompipe representan una amenaza a la legalidad y al ecosistema, y que el Estado mantiene una conducta “dilatoria e insuficiente” en el cumplimiento de sus obligaciones, tal como lo ha señalado en varias ocasiones la propia Sala Constitucional.

La finca en cuestión se encuentra dentro de la zona inalienable definida por la Ley 65 de 1888, que prohíbe cualquier apropiación o concesión privada o institucional sobre el área, y cuya delimitación fue reiterada como prioritaria en los votos 2008-12109 y 2023-017109 del máximo tribunal constitucional.

AEL insiste en que el MINAE tiene la obligación jurídica y constitucional de iniciar los trámites administrativos y registrales necesarios para recuperar plenamente la finca y evitar cualquier tipo de ocupación indebida o intervención incompatible con su condición de patrimonio público ambiental.

Referencia de fotografía

AllTrails. (s.f.). Cerro Chompipe – Heredia, Costa Rica [Fotografía]. AllTrails. https://www.alltrails.com/es/poi/costa-rica/heredia/heredia/cerro-chompipe

Construcción ilegal en zona especial de protección

¡Debilidades de la Municipalidad de San Rafael de Heredia!

CONCEVERDE San Rafael colectivo ciudadano

Desde el pasado mes de octubre, en el colectivo CONCEVERDE hemos estado recibiendo varias denuncias de ciudadanos debido a una construcción que presuntamente carece de permisos municipales, localizada en Concepción de San Rafael de Heredia, a menos de 100 metros al norte de Cruz de Caminos. Trasladamos las denuncias al alcalde de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, Jorge Santamaría por medio de su WhatsApp. En una de sus respuestas, el alcalde nos informó que la construcción no cuenta con los permisos de ley, por lo que se procedería a clausurarla.

Es crucial tener en cuenta que la construcción de las bodegas o taller, que parece ser el objetivo de la obra, se está llevando a cabo en un terreno ubicado en la zona especial de protección según el Decreto 25902, y en un lote que, en parte, está dentro de la zona inalienable de la Ley 65 del 30 de julio de 1888. En estricto cumplimiento de esta normativa, no se podría otorgar permiso de construcción para las obras que se están realizando.

A pesar de haber efectuado múltiples solicitudes y reportes a las autoridades municipales, no se ha tomado ninguna acción concreta para detener esta construcción ilegal. La actuación de la Municipalidad de San Rafael de Heredia se ha limitado a colocar sellos de clausura y, presuntamente, a advertir al infractor de que no podía continuar con la construcción.

La actuación de la municipalidad, que no ha tenido resultados para detener las ilegalidades, ha llevado a que, a hoy en día, enero de 2025, aproximadamente tres meses después de haber iniciado las denuncias, la construcción continúe, mostrando un avance significativo, como se puede apreciar en las fotografías adjuntas.

Solicitamos a la municipalidad que tome las medidas necesarias a la brevedad posible para atender este asunto y detener la construcción ilegal mencionada y llevar a cabo el derribo de lo construido.

No toquen el Cerro Chompipe

CONCEVERDE

Ante la intención del alcalde de San Rafael de Heredia, Jorge Arias Santamaría, de llevar a cabo construcciones de diversa índole en el Cerro Chompipe, cobijadas  bajo la figura de un “MOMUMENTO NATURAL RECREATIVO”, para lo cual deberá eliminar árboles nativos que son parte de un bosque; además estando ese cerro dentro de áreas de protección, como es el Parque Braulio Carrillo y la Zona Inalienable de la Ley 65 del 30 de julio de 1888, el colectivo ciudadano CONCEVERDE DE SAN RAFAEL DE HEREDIA, queremos expresar nuestra profunda preocupación y denunciar estos actos que ponen en grave riesgo el recurso hídrico, el medio ambiente y la biodiversidad que en él habita.

Es inadmisible que se esté pensando en realizar obras en una zona que es de alta recarga acuífera, de muy alta vulnerabilidad hidrogeológica y ambiental. De llevarse a cabo las pretensiones del alcalde de San Rafael de Heredia, consideramos, no solo se estaría violentando la normativa vigente, sino que, también deteriorando ecosistemas vitales que cumplen funciones esenciales para el equilibrio natural, como la regulación del ciclo del agua, la conservación de la fauna y flora silvestre, y la mitigación del cambio climático.

En particular, nos preocupan que se lleven a cabo construcciones, en áreas como el Parque Nacional Braulio Carrillo, la Zona Inalienable de la Ley 65 del 30 de julio de 1888. Estas acciones son especialmente perjudiciales en zonas que además son de recarga de los acuíferos donde se abastecen más del 60% de habitantes del Valle Central, donde la impermeabilización del suelo compromete la disponibilidad de agua potable para las comunidades y afecta la calidad de los recursos hídricos.

Hacemos un llamado a las autoridades competentes, incluyendo el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) y los gobiernos locales, para que no cedan ante las intenciones del alcalde, y por el contrario intensifiquen la vigilancia y el control en las zonas que ya cuentan jurídicamente con protección absoluta. Es crucial que se abstengan de proyectar acciones que pongan en riesgo los pocos recursos naturales que aún tenemos en el Valle Central y, en particular, en San Rafael de Heredia.

Asimismo, exhortamos a la ciudadanía rafaeleña y en general del Valle Central a mantenerse alerta, denunciar y manifestarse ante cualquier actividad que atente contra nuestros bosques y áreas de protección. La participación de todos es crucial para la conservación de nuestro patrimonio natural. Debemos recordar que la protección del medio ambiente es una responsabilidad compartida y que cada acción cuenta para garantizar un futuro sostenible para las próximas generaciones.

Reafirmamos en CONCEVERDE nuestro compromiso con la defensa del medio ambiente y seguimos trabajando para asegurar que nuestras áreas protegidas se mantengan libres de intervenciones que comprometan su integridad. Unamos esfuerzos para salvaguardar nuestros recursos naturales y promover un desarrollo que respete y valore la riqueza ecológica de nuestro país.

Impacto ambiental en las montañas de San Rafael de Heredia

Hace unos pocos días, ciudadanos denunciaron actividades de movimientos de tierra en las partes altas de Concepción de San Rafael de Heredia, con el fin supuestamente de la instalación de una chatarrera. Las obras constructivas son llevadas a cabo en la ZONA INALIENABLE de la Ley 65 del 30 de julio de 1888, sin contar con todos los permisos de ley.

Es lamentable que personas sin la menor conciencia ambiental, lleguen al cantón a destruir las bellezas que aún tenemos, y más reprochable, que por la desidia del MINAE que no ha recuperado la zona inalienable de la Ley 65, pese de existir una orden judicial para que lo haga, y por una conducta complaciente de la Municipalidad de San Rafael, que supuestamente en abril pasado otorgó un uso del suelo conforme para la actividad de chatarrera, se den tales ultrajes a la naturaleza, violentando el derecho de los rafaeleños de contar con un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

NOTA: Traté de que en el SINAC de Heredia atendieran la denuncia ciudadana, y me mandaron al CITADA, mostrando el poco interés que tienen las autoridades en el resguardo del ambiente.

https://www.facebook.com/share/p/rsLgv1cwWbZsuHtN

José Francisco Alfaro

COLECTIVO CIUDADANO CONCEVERDE

Alcalde de San Rafael no da información sobre construcciones en zona de protección

CONCEVERDE recurre a la Sala Cuarta, para que obligue a las autoridades de la  Municipalidad de San Rafael de Heredia a dar información acerca de una construcción en la Zona Inalienable de la Ley 65 del 30 de julio de 1888.

Se espera que con la nueva administración municipal se brinde la información requerida, para que se pueda contemplar como corresponde las características naturales e hidrogeológicas del cantón. De igual manera, se espera que con la prevención de la Sala Cuarta, se tomen las acciones correspondientes ante la denuncia interpuesta ante la municipalidad, para así lograr la protección y preservación del agua.

La prevención de Sala Cuarta indica que al alcalde de la municipalidad de San Rafael de Heredia, Jorge Eduardo Arias Santamaeria, se le pidió información sobre la construcción de una vivienda, arreglo de caminos y otras actividades, dadas desde el 2022 en un lote ubicado en Calle Charquillo, Concepción de Heredia. Dicha zona es declarada como inalienable desde el 30 de julio de 1888, por la Ley 65. Por este motivo no se puede realizar ninguna construcción, al ser Patrimonio Nacional del Estado. En la denuncia, se especifica que el alcalde tiene total noción de la situación de la ubicación.

Se reclama que a pesar de haber transcurrido más de un mes de la denuncia y haber pedido la información, no se ha obtenido una respuesta, lo que indica que es violatorio a sus derechos fundamentales.

 

Imagen ilustrativa.

Solicitud de información sobre cumplimiento de orden de la Sala Constitucional

El licenciado José Francisco Alfaro Carvajal, integrante de la organización CONCEVERDE se dirige, mediante un documento formal, al ministro de Ambiente y Energía Franz Tattenbach Capra, con el fin de solicitar información sobre varios aspectos relacionados con el cumplimiento de la resolución N.º 2023- 017109 del Expediente 22-027662-0007-CO del 14 de julio del 2023. En este último se le impuso al Ministerio de Ambiente, desde el 5 de agosto del 2008, la orden directa de iniciar los trámites correspondientes para la recuperación de los terrenos que se ubican en la zona inalienable creada el 30 de julio de 1888 por la Ley 65, y que estén siendo ocupados por particulares. Dicha zona abarca de la cima de la montaña conocida con el nombre de Montaña del Volcán de Barba, desde el cerro llamado el Zurquí hasta el que se conoce con el nombre de Concordia.

Por tanto, la Sala IV le ordenó al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) mediante la resolución No. 2023-017109 del catorce de julio del dos mil veintitrés, que en un plazo de seis meses a partir de dictada la resolución, proceda a identificar debidamente, con sus datos registrales y/o de ocupación, la totalidad de los terrenos correspondientes a las zonas protegidas y declaradas como patrimonio natural.  

Finalmente, el licenciado Alfaro realiza una petición para que se le envíe a su correo un informe con los planos, expedientes y acciones concretas que han realizado en el Ministerio de Ambiente y Energía para la reivindicación de estos territorios.

Le invitamos a descargar el PDF adjunto para contar con todos los detalles.

 

Imagen ilustrativa.

Denuncian habilitación de camino en zona de protección

CONCEVERDE denuncia la violación de la zona inalienable de la Ley 65 del año 1888 por parte de particulares que han intervenido un sendero de aproximadamente 300 metros en Concepción de San Rafael de Heredia con maquinaria pesada, aparentemente, para habilitarlo para el uso de vehículos.

Esta intervención ha causado daño ambiental a la vegetación nativa en una zona que goza de protección absoluta.

Se solicita al Ministerio de Ambiente y Energía que detenga inmediatamente las obras, interponga las denuncias correspondientes contra los responsables por el daño ambiental y estar llevando a cabo obras en el Patrimonio Natural del Estado, y que se informe sobre las acciones tomadas.

La zona inalienable tiene protección total según la jurisprudencia de la Sala Constitucional y el MINAE tiene la obligación legal de administrar y protegerla.

Se adjuntan imágenes y el documento en formato PDF.

Proyecto de ley atenta contra zona de protección creada en 1888

José Francisco Alfaro. CONCEVERDE

Se encuentra en la Comisión de Ambiente el Proyecto de Ley 23.895 denominado: Ley de Reforma del Artículo 1 del Decreto Ley no. 65 del 30 de julio de 1888, y la Creación de la Zona de Protección de los Mantos Acuíferos Barva, Colima1, Colima y Acuíferos Inferiores”.

Este proyecto, presentado por el diputado Horacio Alvarado, es un reciclado de un proyecto presentado en la anterior legislatura por su hermano, el exdiputado William Alvarado.

El objetivo del proyecto no favorece el recurso hídrico de los habitantes de la zona del norte de Heredia y en general de los habitantes del Valle Central. Se pretende entregar más de 1000 hectáreas a poseedores ilegítimos de terrenos que hoy son PATRIMONIO NATURAL DEL ESTADO. Estos terrenos adquirieron esta categoría al declararse inalienables desde el 30 de julio de 1888 por medio de la Ley 65.

Hoy en día, gracias a la Ley 65, los terrenos de la zona inalienable tienen una protección absoluta, donde no debería permitirse que particulares posean esos terrenos, ni lleven a cabo actividad alguna. Esto es fundamental para salvaguardar el agua de los acuíferos del Valle Central, de los cuales dependen más del 60% de los habitantes de esta zona para suplirse de agua, acuíferos que se recarga en las montañas heredianas.

Además de la importante que reviste la zona inalienable para los acuíferos del Valle Central, en esta zona se originan las microcuencas de los ríos Ciruelas, Segundo, Bermúdez, Tibás y Pará. Estos ríos son fuentes vitales de agua superficial para miles de habitantes, especialmente de las partes altas de los cantones heredianos.

La protección absoluta y el carácter demanial que tienen esos terrenos ha sido ratificada por la Sala Constitucional en varios votos, ordenando por tanto al MINAE, que recupere los terrenos de la zona inalienable que están en manos de particulares (Resolución 2008-12109 y 2023-017109)

Es importante destacar que la zona inalienable no necesita una nueva declaración como zona de protección de los mantos acuíferos, ya que ya la tiene de manera absoluta o total. Esto es gracias a la visión de nuestros antepasados del siglo XIX, quienes otorgaron la categoría de inalienabilidad en 1888 para proteger el agua de los habitantes del Valle Central.

Sería deseable que la iniciativa del diputado Horacio Alvarado tuviera como objetivo influir en el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y las municipalidades para que respeten la Ley 65 y cumplan con las decisiones de la Sala Constitucional mencionadas anteriormente. Esto garantizaría la protección del recurso hídrico tanto para los habitantes actuales como para las generaciones futuras. Sin embargo, en lugar de eso, el diputado busca reducir la protección legal existente. Si su proyecto se aprueba, se permitirían actividades en buena parte de la zona inalienable, y el MINAE, institución que ha quedado debiendo en cuanto a proteger el ambiente, sería el encargado de determinar qué actividades se permitirían. Esto representa una violación al principio de progresividad y regresividad en materia ambiental. Es crucial mantener la integridad de estos terrenos, que han sido declarados inalienables desde 1888, para preservar el recurso hídrico vital para el Valle Central.

Además, el proyecto de Alvarado carece de un estudio técnico que analice y determine la posibilidad de reducir la protección de la zona inalienable. Esto viola el principio de objetivación de la tutela ambiental, como lo señalaron tanto la Procuraduría General de la República como la Contraloría cuando se presentó el proyecto en la pasada legislatura.

La comparecencia de CONCEVERDE: el reconocimiento y recuperación de los terrenos de la Ley No.65

El día 1 de marzo la Comisión Heredia de diputados realizó la invitación a CONCEVERDE y a representantes de YARCA RED AMBIENTAL DE HEREDIA a comparecer sobre el tema de la Ley No. 65 de 1888 respecto a su importancia para el recurso hídrico del Valle Central, que se realizó el 6 de marzo a las 8:00 am.

Como ha quedado en evidencia, aún permanece un incumplimiento en la recuperación los terrenos, la cual debía realizarse en un período de 7 meses, que se encuentran físicamente inscritos dentro de los límites de la Ley No.65 del 20 de julio de 1888, siendo parte de una de las órdenes de la Sala IV del 5 de agosto del 2008 a quien preside como ministro de Ambiente y Energía.

Por ello, desde CONCEVERDE asistieron a ese espacio de diálogo con congresistas para dar marcha a la recuperación de los terrenos de la zona inalienable, lo que corresponde en base a la misma Ley 65 y a una orden de la Sala Cuarta de agosto del 2008. 

Es importante recalcar que a la fecha, más de 14 años de la sentencia judicial, no se ha recuperado ningún terreno, ya que desde hace más de una década el MINAE esquiva la promulgación y acción de estudios de expedientes de antecedentes de los asientos registrales, en consecuencia, no se concluye ninguna recuperación. Además de lo anterior, hay un amparo en estudio en la Sala Cuarta que no se ha resuelto. Asimismo, un incidente de desobediencia contra el ministro de Ambiente. 

Por otra parte, para mantener esta discusión en la cual se politice el tema y se adjunten las obligaciones del Ministerio en el tema se propuso la moción y se aprobó por unanimidad de diputados de la Comisión, para que se cite al ministro del MINAE y a todos los alcaldes de los cantones donde se encuentra la zona inalienable.