
UNA pide veto a Ley de Pesca de Arrastre
- Pronunciamiento de la Escuela de Ciencias Biológicas en torno a la aprobación del proyecto de ley para el “Aprovechamiento sostenible de la pesca de arrastre de camarón en Costa Rica”.
- Petición al señor Presidente de la República para que vete la Ley al proyecto de ley N°21.478.
- Los continuos estudios realizados por más de 30 años por la Universidad Nacional en la zona marino costera del Pacífico Costarricense, en torno a la pesquería de camarón.
- Que las redes de arrastre no son selectivas, ya que el principio de estos artes es remover los fondos marinos y atrapar todo lo que se cruce a su paso, independientemente de la talla, edad, grupo taxonómico (peces, moluscos, crustáceos, equinodermos, etc.).
- Que la pesca de arrastre rompe las redes tróficas de los mares, ya que mata indiscriminadamente organismos que se ubican en los niveles más bajos de las cadenas alimenticias y la captura incidental causada por la esta actividad, es una amenaza a la diversidad de especies en zonas tropicales, ya que ésta incluye la captura de especies de peces importantes para el consumo humano, siendo por tanto una amenaza a la seguridad alimentaria y a la sostenibilidad en la producción pesquera.
- Que las poblaciones de camarón de las costas de nuestro país se encuentran en estado de sobrepesca; evidenciando que tanto la biomasa de organismos juveniles como adultos han disminuido de forma alarmante, inclusive sobrepasando el 90% de sobre explotación.
- Que debido a sobreexplotación de las poblaciones de camarones; y las capturas de este recurso por parte de la flota semi-industrial disminuyeron en un 45% a finales del 2012, esta pesquería solo es rentable gracias a la captura de especies de peces como: cabrillas, congrios, pargos entre otros.
- Que los salarios que genera esta actividad están por debajo del salario mínimo, exceptuando el Capitán y los tripulantes con rango de marineros; además del efecto económico sobre recursos marinos que pueden ser aprovechados por la flota artesanal.
- Que la exoneración del combustible aplicada a esta actividad, reduce considerablemente los gastos en las tareas de las faenas de pesca, afectando notoriamente los recursos marinos.
- Que la pesca de arrastre no cumple con ninguno de los principios que inspiran a este proyecto de Ley que promueve esta práctica, como lo son el desarrollo sostenible, enfoque precautorio, preventivo y de sostenibilidad, ecosistémico, seguridad alimentaria, trazabilidad del criterio de sostenibilidad, entre otros.
- Que esta actividad pesquera causa daños al lecho marino y tienen un efecto negativo en algunos ecosistemas e incluso pueden dañar la misma pesca del camarón, esto por cuanto al ocasionar daño al fondo marino, todas las especies que viven o dependen de él se van a ver perjudicadas.
- Que un principio fundamental en el enfoque precautorio es que “La ausencia de información científica adecuada NO debe ser usada como una razón para posponer o no tomar medidas de conservación o de manejo”.
- Que los estudios científicos necesarios para el aprovechamiento, debe incluir la estimación de Biomasa disponible, periodos de desove, tallas o edades de madurez sexual de ese recurso, efecto ecosistémico de la actividad entre otros.
- Que se afectan negativamente las actividades económicas de otros muchos pescadores artesanales a lo largo de la costa del pacífico.
- Que el INCOPESCA no tiene capacidad ni libertad para hacer los estudios que permitan determinar la sostenibilidad de la actividad y mucho menos de hacer respetar que no se pesque en esteros, desembocaduras de ríos, arrecifes y áreas protegidas.
- El proyecto N°21.478, es una amenaza directa contra el artículo 50 de la Constitución Política establece que «Toda persona tiene el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado”. Siendo que es el estado el llamado a garantizar, defender y preservar dicho derecho.
- Llamamos al respeto de las partes por el orden y paz en el país, para que no haya disturbios que deriven en violencia innecesaria.
Por lo tanto:
Solicitamos respetuosamente que se vete la Ley derivada del expediente N°21.478 “Aprovechamiento sostenible de la pesca de arrastre de camarón en Costa Rica”.
Información: Oficina de Comunicación UNA