Ir al contenido principal

Autor: María José Ferlini Cartín

Pueblos Originarios

Este próximo 11 de marzo a las 6 pm se realizará el conversatorio Pueblos Originarios, en el cual se tratarán temas sobre la realidad, luchas y experiencias sobre estos territorios.

El conversatorio contará con la participación de 5 expositores: Mónica Bolaños, como realizadora audiovisual; Tupac Enrique Acosta, defensor y trabajador en el desmantelamiento de la doctrina del descubrimiento; Guillermo Hernández, promotor cultural; Gustavo López, coordinador general del Centro Universitario Comunal de Guelatao y Marcony Lacayo, indígena Maleku de Guatuso Zona Norte y director ejecutivo de la asociación indígena de las ocho etnias de Costa Rica.

Se estará transmitiendo vía Facebook Live, Radio 16 y YouTube. Programa el cual será elaborado gracias al Colectivo Reflexión – Acción.

¿Qué pasaría? En siete preguntas

José Luis Callaci

La explicada como limitada incursión militar de Rusia, para la protección de los millones de rusos parlantes de Ucrania que vienen siendo sometidos a todo tipo de agresiones, incluidos actos de genocidio contra la propia población civil, los descubiertos planes de un ataque masivo a esta población del este del país, la escalada militar con armas ofensivas y los intentos de hacerlo en conjunto con la alianza militar de la NATO, lo que según Rusia pone en riesgo su propia seguridad, generan algunas interrogantes sobre esto que viene sucediendo. Sobre hechos que, al margen de apresurados juicios basados en simpatías o antipatías que dañan el propio sentido común, muestran una realidad que tiene que ser analizada a profundidad.

Luego del Golpe de Estado del 2014 perpetrado por ultranacionalistas neonazis, alentado y apoyado desde el exterior, se produjo una crisis que derivó en una guerra con grandes riesgos de convertirse en una confrontación internacional de grandes proporciones. Los ingentes esfuerzos en todo este tiempo para encontrarle una salida pacífica al conflicto por medio del diálogo y la negociación resultaron infructuosos, debido en gran parte a ciertas interferencias. Una guerra que viene cobrando la vida de miles de víctimas entre la población civil ruso parlante que supera los 15 millones y ocupa una considerable proporción del actual territorio de la hoy llamada Ucrania. Son estas las principales motivaciones que tuvo Rusia para proceder a esa intervención militar, manifestada como no deseada. ¿Por qué no le quedó otra opción? Por todo esto nos preguntamos: ¿Qué pasaría si en Canadá como resultado de un Golpe de Estado se estableciera un gobierno anglo sajón ultranacionalista, con fuerte presencia neonazi, que prohibiera el uso de la lengua francesa en Quebec o en España un poder similar le prohibiera a Cataluña el idioma catalán? ¿Qué pasaría si tanto quebequenses como catalanes decidieran resistirse y como consecuencia de ello fueran agredidos al igual como lo ha venido haciendo el gobierno de Ucrania contra la población ruso parlante? ¿Qué pasaría si Rusia decidiera repartir cientos de bases militares en el mundo y rodear con gran parte de ellas a un supuesto potencial enemigo? ¿Cómo reaccionaríamos ante tales hechos, que pisotean el derecho de cualquier pueblo a defender su idioma, su cultura, sus formas de vida, sus creencias, sus tradiciones, su historia y sus propias vidas? ¿O al de todo Estado soberano a proteger la seguridad en sus fronteras? ¿O es que lo que es bueno para el ganso no lo es para la gansa? Son solo preguntas que nos hacemos.

MISOGINIA ENTRE LAS MUJERES, BAJO EL SIGNO DE PROCUSTO en la Suiza centroamericana neoliberal

Magda Zavala *

A la memoria de Chavela Vargas, Carmen Lyra, Eunice Odio y Yolanda Oreamuno

Descubrir que, luego de tantas décadas de vigencia y conquistas del feminismo, existen mujeres y grupos de mujeres capaces de armar una persecución subterránea contra otra mujer o varias es bastante más que sorprendente. Y muy triste comprobar que esta acción altamente ingrata, ocurre para arrebatar el lugar y el prestigio de las otras, o incluso, para algo más bajo aún: privar a la otra de lo ha conseguido con esfuerzo propio y dignidad, sin depender de familia adinerada, de marido con contactos o dinero, ni de partido político como palanca. También suele darse, entre pares, en apariencia, amigas, cuando alguna quiere impedir que una colega emergente tenga éxito, como forma de competencia desleal, o cuando busca alimentarse indebidamente de sus logros. Son las llamadas “eneamigas”. Estas personas parecen odiar a sus congéneres, incluso a aquellas que les han tendido la mano, aunque pueden usar de vez en cuando eslóganes feministas para fingir estar a la altura de los días. A las misóginas podría moverlas la endogamia, que impide o desconoce la movilidad social; la rebatiña y un sentimiento muy común: la envidia.

Las mujeres misóginas suelen atacar por vías soterradas, que fue lo que la cultura les enseñó a hacer: utilizar el engaño, la murmuración, el montaje y la calumnia. Con esas armas, en el pasado, las mujeres buscaron protección, porque eran sujetos débiles, en una sociedad que les dejaba solo las sombras como espacio de actuación. Por ser vistas como secundarias y devaluadas, debían ocultar el rostro para ser menos vulnerables, lo cual era comprensible en su situación. Algo poco explicable es que se actúe del mismo modo en el siglo XXI y con las mismas armas del patriarcado. Es escandaloso y evidencia de pérdida de lo logrado en las décadas recién pasadas, o de lo que nunca se adquirió. Le he buscado explicación a ese hecho y aquí les va.

En Costa Rica, sociedad aparentemente evolucionada, pero en realidad muy conservadora y procustiana, se ha sumado actualmente a la antiquísima rivalidad entre las mujeres la decadente moral neoliberal que todo lo permite y que se quita los escrúpulos, como camiseta, con facilidad aterradora. Esa es la nueva “moralidad” que permite la creación de noticias falsas, dándoles halo de verdad, que considera lícito perpetrar acuerdos cómplices para imponer lo falso y dar por reales hechos sin fundamento; es la que permite la circulación de documentos fingidos y la compra-venta de las conciencias; es el contexto que facilita la negociación de las distinciones, al margen de la justicia, y el engrosamiento de los currículos, así como el tráfico abierto de influencias, la legalización de la violencia de los derechos y un largo listado de permisividades. Esa práctica invisible ha permeado todos los sectores de edad, y ocurre en todos los campos, incluida la cultura que antes parecía inmaculada. Veo actualmente en esta geografía un caos de valores, donde el antagonismo se impone sobre la cooperación; el qué va a lograr cada cual que justifica las alianzas convenientes, sobre lo que es justo; la complicidad sobre la lealtad.

En materia de misoginia, la pertenencia de género no hace ninguna diferencia. Existe en hombres y en mujeres. Los hombres conscientes han debido esforzarse por erradicar el menosprecio hacia las mujeres, que se les impregnó con la escolaridad y la experiencia en grupos sociales primarios (familia, amigos, grupos deportivos…). En la actualidad, empiezan a aparecer hombres solidarios con la causa de las mujeres, que apoyan y reconocen su lugar y sus logros, un gesto bastante reciente que es de agradecer. La misoginia ha sido mayoritariamente compañera del machismo. Las personas misóginas, cuando no actúan, son cómplices de la violencia pasiva o activa hacia las mujeres, o, incluso la disimulan, como si fuera asunto sin importancia, cuando ocurre entre ellas.

Costa Rica, como sociedad, lleva el estigma de Procusto. Ese es su rasgo de personalidad colectiva más agudo, que nada tiene que ver, ni debe confundirse, con la democratización de las oportunidades. Procusto, hijo de Poseidón, según la mitología griega, quería a todos de una misma talla y, para lograrlo, cortaba pies y cabezas. Él representa la absurda necesidad de aplicar el rasero y perseguir a otros, cuando no se ajustan al estándar, o simplemente porque destacan en algo. Esa fue la actitud que sufrieron y denunciaron tantos (as) artistas que se fueron de aquí, para no volver nunca más. Ya señaló directamente Yolanda Oreamuno esta lacra en su ensayo “El ambiente tico y los mitos tropicales”. La autora aseguraba que aquí no cortan cabezas, sino que “Le bajan suavemente el suelo que pisa” (Oreamuno, 1961: 19) al desdichado elegido. Sin embargo, mucho ha cambiado desde entonces, porque la violencia es ahora explícita, sin gran disimulo.

Las mujeres procustianas y misóginas son muchas más de lo que uno se imagina y acostumbran actuar con sonrisas y halagos desmesurados, incluso declaratorias de tierno cariño a las demás, mientras les tienden una cama, urden un atropello, envían notas ocultas de descrédito, o circulan falsedades por teléfono, redes sociales y correos electrónicos. Algunas encuentran complacencia en decir a sus conocidas, fórmulas como estas: “Conozco a mucha gente que te odia”, o “Aunque a vos mucha gente te odia, yo te quiero”. Estas personas buscan reunirse para la complicidad, no para la solidaridad.

En este contexto, la palabra sororidad hará arrugar la cara a las misóginas, que la sentirán como una amenaza y la desterrarán de su léxico. La unión y el apoyo leal entre las mujeres y su respeto mutuo daría sostenibilidad a las conquistas logradas y las que vendrán. Ese es el horizonte, la meta y el más importante desafío que tienen las mujeres y el feminismo en el presente: conseguir que este valor, aún tan utópico, se vaya convirtiendo, efectivamente, en una realidad.

* Escritora, investigadora literaria, docente, promotora de instituciones culturales.

Harold Abrahams, el campeón olímpico que venció a la intolerancia

Gabe Abrahams

Harold Maurice Abrahams (1899-1978) nació en Bedford, Reino Unido. Sus abuelos paternos fueron Abraham Klonimus y Esther Klonimus, judíos residentes en Lituania. Uno de sus hijos, Isaac Klonimus, emigró a Gran Bretaña y se instaló en Bedford, lugar en el que escogió el nombre de Isaac Abrahams, en honor al nombre de su padre: Abraham. Isaac Abrahams fue el padre de Harold Abrahams.

Harold Abrahams tuvo varios hermanos. Su hermano mayor, Adolphe, fundó la medicina deportiva británica. Su hermano mediano, Sidney, destacó como saltador de longitud y representó a Gran Bretaña en los Juegos Olímpicos de Estocolmo 1912.

Educado en las prestigiosas Escuelas de Bedford y Repton, Harold Abrahams cursó sus estudios de derecho en la Universidad de Cambridge entre 1919 y 1923, tras ser subteniente del ejército británico.

Durante su primer curso en Cambridge, el joven Harold se dedicó a dos disciplinas atléticas: la velocidad y el salto de longitud. Entrenó y compitió con gran empeño y, gracias a eso, consiguió clasificarse para los Juegos Olímpicos de Amberes 1920.

En los Juegos de Amberes, fue eliminado en los cuartos de final de los 100 y los 200 metros, así como en salto de longitud. Pero, en el relevo de 4×100 metros, quedó cuarto y rozó la medalla olímpica.

Durante los años siguientes, Harold Abrahams se dio cuenta de que no podría conseguir la anhelada medalla olímpica sin un entrenador de prestigio y contrató al reconocido técnico Sam Mussabini.

Mussabini sometió a Abrahams a un entrenamiento muy exigente, extraordinariamente exigente para aquella época, dando importancia especial a la salida, la técnica de carrera, el aspecto psicológico de la competición…

En los Juegos Olímpicos de París 1924, en el Estadio de Colombes, llegó el fruto del trabajo de ambos. El 7 de julio, Harold Abrahams consiguió la victoria en la final de los 100 metros en una memorable carrera y la ansiada medalla olímpica, el oro olímpico.

Abrahams derrotó a sus rivales con una gran autoridad, dejando en evidencia al campeón olímpico de los Juegos anteriores, el norteamericano Charlie Paddock.

En la prueba de relevos de 4×100 metros, en la que había sido cuarto cuatro años antes, Abrahams consiguió la medalla de plata. La prensa británica se rindió ante él, la prensa deportiva del mundo entero mostró asombro por su gesta.

Harold Abrahams había luchado durante años contra sus rivales, y también contra el antisemitismo existente en el seno de la sociedad británica, un antisemitismo muy arraigado que se había vuelto en su contra en algunas ocasiones. En cualquier caso, el antisemitismo en Gran Bretaña y en toda la Europa continental era un fenómeno muy anterior y hundía sus raíces en la Edad Media. Con su oro olímpico, Abrahams lo había vencido. En París, lo había derrotado.

Harold Abrahams se retiró del deporte poco después de su éxito olímpico por culpa de una lesión. Y ejerció de abogado y de periodista y comentarista deportivo en el Sunday Times y en la BBC radio, entre otros medios, actividad que ya había llevado cabo en el All Sports o el Evening News desde los inicios de los años veinte y que mantendría a lo largo de décadas.

En 1934, Harold Abrahams inició su relación con la cantante de ópera Sybil Evers y se convirtió al catolicismo. En 1936, se casó con ella y, poco después, ambos adoptaron a sus hijos Alan y Sue.

En el mismo año de 1936, Harold Abrahams también acudió como comentarista de la BBC radio a los Juegos Olímpicos de Berlín, organizados por la Alemania nazi. Antes del acontecimiento, las autoridades británicas y la BBC avisaron a los organizadores de que el campeón olímpico y periodista deportivo de origen judío Harold Abrahams iba a cubrir los Juegos Olímpicos. Abrahams pudo realizar su labor periodística en los Juegos sin ser molestado por su origen judío.

En la segunda mitad de los años treinta, los sectores conservadores de la sociedad inglesa sintieron simpatía por la Alemania nazi y se produjo un nuevo rebrote del antisemitismo y de la intolerancia contra los judíos en Gran Bretaña. Abrahams no podía pelear contra el antisemitismo y la intolerancia desde el deporte como lo había hecho una década antes, porque se encontraba retirado. Pero respondió auxiliando a judíos perseguidos por el nazismo en los años de la Segunda Guerra Mundial (1939-1945). En su propia casa de Londres, encontraron refugio algunos judíos procedentes de Austria y Alemania.

Concluida la Segunda Guerra Mundial, Harold Abrahams prosiguió su carrera como periodista y escribió un par de libros de interés histórico: The Olympic Games, 1896-1952 y The Rome Olympiad, 1960.

En 1957, Abrahams recibió la Orden del Imperio Británico. Y, en 1976, dos años antes de su muerte, se convirtió en el presidente de la Federación Británica de Atletismo.

Harold Abrahams falleció en Enfield en 1978 a los 78 años. Su fallecimiento causó una gran conmoción en el mundo del deporte.

En 1981, la película Chariots of Fire (Carros de Fuego), dirigida por Hugh Hudson, se centró en su historia, mostrando su gesta olímpica y su pelea contra el antisemitismo y la intolerancia de su tiempo.

En 1981, el International Jewish Sports Hall of Fame lo admitió en su seno y, en 2009, hizo lo propio el England Athletics Hall of Fame.

El 17 de mayo de 2007, su hija Sue Pottle y su sobrino Anthony Abrahams inauguraron una placa dedicada a él en la que fue su casa de Londres, concretamente en Hodford Lodge, 2 Hodford Road, Golders Green.

Hace un siglo de la historia de Harold Abrahams, del campeón olímpico que luchó y venció en el deporte y en la vida. En un par de años, se cumplirá un siglo de su oro olímpico. Aquel oro que ganó en pocos segundos, en 10 segundos que justificaron toda su existencia. Vale la pena recordarlo.

¿En dónde está el Acuerdo de Escazú?

Este miércoles 9 de marzo tendremos el Programa Voces y Política dedicado a responder ¿En dónde está el Acuerdo de Escazú?

Contaremos con la participación de Erlinda Quesada de FRENASAPP, Álvaro Sagot como experto en Derecho Ambiental, y Nicolás Boeglin, profesor experto en Derecho Internacional.

Acompáñenos a las 5 de la tarde por la 96.7 FM, Radio Universidad de Costa Rica.

Nota compartida con SURCOS por Voces y Política.

Conmemoración del Día Internacional de las Mujeres

El pasado 4 de marzo a las 6 pm se llevó a cabo la conmemoración del Día Internacional de las Mujeres en el programa Alternativas. Se resaltaron temas como la historia, el análisis y avances en materia de género. 

El conversatorio contó con la participación de 5 expositores, entre los cuales se encontraban Chenna Lobo, Albena Muñoz, María Fernanda Chávez, Priscila Vindas y Luis Álvaro Calderón. 

El programa fue elaborado gracias al Colectivo Reflexión – Acción.

El enlace para observar dicha conferencia es el siguiente: https://fb.watch/buvlRhfhgz/

 

Nota compartida con SURCOS por Vladimir De La Cruz.

UCR: Todas las mujeres, todos los derechos

Este 8 de marzo, la UCR marchó con todas las mujeres del país por todos sus derechos.

En el marco de esta fecha, la Rectoría y la Vicerrectoría de Acción Social organizó una actividad para destacar el trabajo de las mujeres en dicha institución y reafirmar el compromiso de esta “alma mater” con la agenda de igualdad y equidad de género.

La tribu Bribri

“Soy Tribu, es una vuelta al mundo en moto documentando tribus nativas y contemporáneas que tiene como objetivo, mostrar las distintas caras de este planeta a través de las caras de quienes lo habitan mediante vídeo documental, fotografía social y relatos de viaje, para generar conciencia e inspirar a que otros inicien el camino hacia lo que verdaderamente quieren, siendo coherentes, ante todo, consigo mismos.”

En esta ocasión en su episodio 161, se visitó a la comunidad indígena Bribri. En el video adjunto, podrá conocer más acerca de la comunidad Bribri:

youtu.be/HuWZwQ1GTBw

Si desea conocer más sobre este proyecto, pueden visitar el sitio web: https://www.soytribu.es/soy-tribu/

Caso ALDESA: Ya se cumplió el plazo y no devolvieron un céntimo

A las afueras de las instalaciones de La Nación se llevó a cabo la “manifestación del silencio” por parte de un grupo de personas, las cuales, fueron afectadas ante el descalabro de la Corporación ALDESA, que sucedió hace 3 años, tiempo en el que los principales causantes de dicho caso no se han hecho responsables frente a los afectados por medio del pago de sus dineros. 

Debido a esto, los manifestantes señalan que el medio de comunicación La Nación, guarda un silencio cómplice ante dicha situación, en tanto que muchos de los responsables de la quiebra de ALDESA, en donde se perdieron aproximadamente $300 millones de dólares, son parte de las juntas directivas de La Nación, citando como ejemplo, a Mario Montealegre Saborío, Javier y Oscar Bolaños, Eduardo Ulibarri, entre otros.

Es por esto que los protestantes señalan la falta de parcialidad de dicho periódico, en cuanto a la importancia que le ha brindado este medio al seguimiento de dicho acontecimiento, que afectó a muchas personas inversionistas o ahorristas de la corporación al perder sus dineros.

En el siguiente enlace se podrá observar el video capturado durante la manifestación: https://fb.watch/bC01LPLkLx/

Ucrania vs. Rusia ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ): Rusia opta por no comparecer

Foto: tropas de Ucrania intentando contarrestar en posición el avance de Rusia en un puente en la misma capital de Kiev. Foto extraida de nota de prensa de The Guardian, edición del 25/02/2022

Nicolas Boeglin (*)

A solicitud de Ucrania (véase texto de la demanda presentada contra Rusia el 26 de febrero del 2022), la Corte Internacional de Justicia (ICJ) celebró este 7 de marzo audiencias públicas en La Haya.  

Como bien se sabe, se trata de la máxima instancia jurisdiccional dentro del organigrama de Naciones Unidas, llamada a resolver las controversias entre dos o más Estados.

Este procedimiento contencioso de Ucrania contra Rusia ante el juez internacional fue iniciado pocos días después de la agresión militar rusa en territorio ucraniano.

Esta demanda, reforzada por una solicitud de medidas provisionales (véase texto) se viene añadir a otra demanda presentada por Ucrania contra Rusia en el 2017 aún pendiente de resolución: en efecto, pese a la presentación de excepciones preliminares por parte de Rusia tendientes a que la CIJ no se declarara competente, el juez internacional se declaró competente a finales  del 2019 (véase sentencia sobre excepciones preliminares del 8/11/2019).

Breve puesta en contexto

La rapidez con la que se convocaron estas audiencias públicas en La Haya se explica debido a una solicitud adicional de medidas provisionales presentadas – de carácter urgente, como toda medida provisional –  por Ucrania contra Rusia (véase texto en inglés) en la que Ucrania concluye sus argumentos pidiendo a la CIJ: 

«20. On the basis of the facts set forth above, and in order to prevent irreparable prejudice to the rights of Ukraine and its people and to avoid aggravating or extending the dispute between the parties under the Genocide Convention, Ukraine respectfully requests that the Court indicate the following provisional measures:

a. The Russian Federation shall immediately suspend the military operations commenced on 24 February 2022 that have as their stated purpose and objective the prevention and punishment of a claimed genocide in the Luhansk and Donetsk oblasts of Ukraine.

b. The Russian Federation shall immediately ensure that any military or irregular armed units which may be directed or supported by it, as well as any organizations and persons which may be subject to its control, direction or influence, take no steps in furtherance of the military operations which have as their stated purpose and objective preventing or punishing Ukraine for committing genocide. 

c. The Russian Federation shall refrain from any action and shall provide assurances that no action is taken that may aggravate or extend the dispute that is the subject of this Application, or render this dispute more difficult to resolve.

d. The Russian Federation shall provide a report to the Court on measures taken to implement the Court’s Order on Provisional Measures one week after such Order and then on a regular basis to be fixed by the Court».

Como bien es sabido, la gravedad de lo que ocurre, la urgencia y el carácter irreversible de los daños causados constituyen los verdaderos «motores» de una solicitud de medidas provisionales al juez internacional: es en función de la forma en la que se presentan y del grado de convencimiento que llegue a obtener en los 15 jueces el Estado al presentarlas, que respuesta del juez puede ser rápida y positiva. Si por ejemplo un Estado acude contra otro Estado ante la CIJ alegando extrema gravedad de lo ocurre sin romper relaciones diplomáticas con el Estado infractor, el juez internacional en La Haya puede interpretar que la gravedad no es tal: esta situación se dio en el 2010 en Centroamérica. En el caso de Ucrania, optó por romper sus relaciones diplomáticas con Rusia desde el mismo 24 de febrero del 2022.

La previsible no comparecencia de Rusia

La Convención contra el Genocidio es el instrumento internacional escogido como base de competencia utilizada por Ucrania en este caso: al ser Parte a esta convención Rusia (véase estado oficial de firmas y ratificaciones) y al justificar oficialmente Rusia su accionar en Ucrania desde el pasado 24 de febrero so pretexto, entre varios argumentos, de la existencia de un supuesto «genocidio» cometido en Ucrania contra las poblaciones prorusas en las regiones de Luhansk y Donetsk, era importante para la CIJ escuchar de parte de Rusia información sobre el alcance de semejante afirmación por parte de las máximas autoridades rusas.

En su comunicado de prensa (véase texto en francés y en inglés), la CIJ señala que:

 «Oral arguments were presented by Ukraine. The Russian Federation did not participate in the hearing. In a letter sent on Saturday 5 March 2022, the Russian Federation informed the Court that it “ha[d] decided not to participate in the oral proceedings due to open on 7 March 2022”.

¿Cómo explicar que Rusia no quiera ahondar sobre este supuesto «genocidio«, (término utilizado por sus máximas autoridades) para justificar  ante la opinión pública internacional y ante la misma opinión pública rusa su denominada «operación militar especial» en Ucrania? ¿Cómo explicar que ante el repudio generalizado contra su acción militar,  Rusia desdeñe la barra de La Haya para sentar las responsabilidades de Ucrania por este supuesto «genocidio«? Son  algunas preguntas que dejaremos planteadas a nuestros estimables lectores.

Desde la perspectiva estrictamente jurídica cabe precisar que procesalmente hablando, la no comparecencia de uno de los dos Estados en un procedimiento contencioso ante la CIJ no afecta mayormente la marcha de este: se considera que si la oportunidad de defender su punto de vista es desaprovechada por uno de los dos contendores, ello no tiene porque afectar el procedimiento en sí y mucho menos dilatarlo. Bien lo sabe Estados Unidos que optó, luego de declararse competente la CIJ en el marco de la demanda presentada por Nicaragua en su contra (véase detalles del caso así como sentencia de 1984 sobre excepciones preliminares), por no comparecer más en La Haya (Nota 1): sus acciones militares y paramilitares contra Nicaragua fueron condenadas por la CIJ (véase voluminosa sentencia de la CIJ sobre el fondo de 1986). En 1991, Nicaragua optó por retirar la demanda pendiente por los daños y el monto indemnizatorio por compensación (véase comunicado de la CIJ del  27/09/1991)

En estas recientes audiencias públicas celebradas en La Haya (véase verbatim del 7/03/2022), se lee que el Presidente de la CIJ externó al inicio de la audiencia su pesar por no comparecer la delegación de Rusia, al precisar que:

«The Court regrets the non-appearance of the Russian Federation in these oral proceedings. In this regard, I note that, in accordance with the Rules of Court, the specific dates for these oral proceedings were set in light of the urgency of the request for provisional measures and in order to enable the Respondent to be represented at the hearing» (página 8). 

La reiteración de los argumentos de Ucrania

La solicitud de medidas provisionales a la CIJ por parte de Ucrania es del 26 de febrero. Ucrania pudo así detallar mejor sus argumentos legales y referir a la dramática situación que se vive en Ucrania desde esta fecha, así como a las afirmaciones y declaraciones oficiales hechas por Rusia intentando justificar su accionar. Al no estar presente la delegación de Rusia en la majestuosa Sala de Audiencias del Peace Palace en La Haya, no se requirió de una segunda ronda de alegatos (como usualmente se da entre dos Estados en audiencias en La Haya).   

En su presentación ante los jueces de La Haya, uno de los asesores legales de Ucrania, Jean Marc Thouvenin indicó que: 

«A cet égard, Madame la présidente, l’Ukraine relève que la Russie a décidé de ne pas se présenter devant vous, sans donner la moindre justification. Je note que dans d’autres affaires la Russie a défendu bec et ongles que vous n’aviez pas compétence. Aussi volubiles que furent alors ses adroits avocats, ici la Russie se tait. Vous y verrez la reconnaissance par la Russie qu’elle ne saurait contester la compétence prima facie de votre Cour. L’Ukraine est également de cet avis» (página 17).

Se lee además que para otra asesora de Ucrania, Marney L. Cheek, «25. Ukraine has a right under the Convention not to suffer from Russia’s misuse and abuse of the treaty. Specifically, Ukraine has a right under the Convention not to suffer aggression, war crimes and crimes against humanity undertaken by the Russian Federation in order to prevent and punish a non-existent genocide. Certainly, in light of the Convention’s object and purpose and the Russian Federation’s obligation to perform the treaty in good faith, Ukraine’s rights are at least plausible and grounded in “a possible interpretation” of the Convention, which is all that the Court must find at this stage for provisional measures to be appropriate» (páginas 47-48). 

Finalmente en su intervención, el asesor de Ucrania Harold Hongju Koh concluyó su argumentación señalando que:

«President Putin’s short game is force. The world’s long game is law. For the other institutions to do their job, inside and outside the United Nations system, first you must do yours. The Court’s limited role at this juncture is to order the urgent measures of protection that we request that would enable the Convention and the broader United Nations system of which it is a part to work as intended. 39. But if this Court does not act decisively against this level of aggression and atrocity, based on outrageous abuse of one of the world’s most important human rights treaties, rest assured this would not be the last such case. Putin’s aggression and atrocity would not end with Ukraine. If this Court cannot decisively order Russia to stop its military actions, grounded in flagrant abuse of and disrespect for the Genocide Convention, why should any Permanent-5 United Nations Member see international law as a meaningful obstacle to whatever it might perceive as “necessary military action?» (página 68).

Se recomienda la lectura detallada del acta de estas audiencias (véase verbatim de unas 70 páginas), redactada en los dos únicos idiomas oficiales que sa la CIJ en su labor, el francés y el inglés: en efecto, contiene una gran cantidad de información que ahora los integrantes de la CIJ deberán examinar y valorar.

A modo de conclusión

Dada la evidente superioridad militar de Rusia y el drama humano que se vive en su territorio desde el pasado 24 de febrero, Ucrania está haciendo uso de todos los mecanismos y herramientas que ofrece el derecho internacional público a cualquier Estado Miembro de Naciones Unidas (en particular cuando es agredido militarmente por otro Estado). El hecho que este último sea un Estado Miembro Permanente del Consejo de Seguridad no afecta en nada esta acción legal en La Haya (de igual manera que podemos afirmar que Nicaragua no se dejó nunca impresionar por Estados Unidos en los años 80, titular de esta misma calidad). 

Considerando la urgencia de la situación, y la falta de contra argumentación de Rusia, es posible que en cuestión de pocos días o semanas, la CIJ ordene a Rusia algunas de las medidas provisionales solicitadas por Ucrania. Usualmente, en el marco de un procedimiento contencioso en el que ambas Partes comparecen, la CIJ ordena medidas provisionales en cuestiones sea de días, de semanas o a veces de meses, dependiendo del grado de convencimiento de sus integrantes sobre la «urgencia» alegada. La «urgencia» más larga en ser parcialmente declarada como tal por la CIJ en su historia fueron las medidas provisionales solicitadas por Costa Rica contra Nicaragua en el 2010: presentadas formalmente a la CIJ el 18 de noviembre del 2010 (véase texto), la CIJ adoptó su ordenanza al respecto tan solo el 8 de marzo del 2011 (véase texto) (Nota 2)

Con relación a la agresión militar de Rusia a Ucrania, es de notar que en el seno del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas (47 Estados Miembros), se aprobó el pasado 4 de marzo crear un mecanismo de investigación sobre las graves violaciones al derecho internacional humanitario que están cometiéndose por parte de las fuerzas militares rusas desde el pasado 24 de febrero (véase texto de la resolución adoptada con el voto en contra de Rusia y de Eritrea); a la vez que el 2 de marzo del 2022, fue la misma Asamblea General de Naciones Unidas (193 Estados Miembros) la que aprobó una resolución con 141 votos a favor, 5 en contra (Rusia, Bielorusia, Corea del Norte, Eritrea y Siria) y 35 abstenciones (véase breve nota nuestra al respecto).

En lo que atañe a esta vez a la responsabilidad penal que podrían a título individual enfrentar algunos altos funcionarios en Rusia, las imágenes de civiles huyendo de los bombardeos rusos, el creciente número de muertes de civiles reportadas por Ucrania y por agencias de Naciones Unidas, la destrucción de infraestructura básica en pleno invierno (agua, gaz, electricidad), llevaron a la Oficina del Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) el pasado 28 de Febrero del 2022 a iniciar una investigación preliminar (véase comunicado de prensa). El 1ero de marzo, Canadá comunicó que iniciaría formalmente una solicitud a la CPI en este sentido con otros Estados Parte al Estatuto de Roma de 1998 (véase comunicado de prensa canadiense): el 2 de marzo, la CPI anunció haber recibido una solicitud conjunta firmada por 39 Estados, entre los cuales, en América Latina, Colombia y Costa Rica (Nota 3).

Como puede observarse, Ucrania cuenta con aliados que activan las diversas instancias internacionales existentes, a la vez que recurren a mecanismos de sanción económica y comercial jamás registrados en el pasado en aras de frenar los ímpetus de Rusia en Ucrania y obligarla a reconsiderar su accionar. A su vez, el aparato diplomático de Ucrania acude a las opciones legales y a los marcos institucionales que ofrece el derecho internacional público (que Rusia pareciera ahora querer hacer a un lado, o simplemente ignorar). Sobre este último punto, resulta de interés señalar que, en su carta de renuncia, uno de los asesores legales de larga data de Rusia ante el juez de La Haya, el jurista francés Alain Pellet, señaló en su último párrafo que:

«I have enjoyed working with you to defend the interests of your country, which I love dearly. I appreciated that while defending them together, we could exchange freely on the limits not to be crossed. I have seen the scruples of some of you and understood the unwavering commitment of others. But enough is enough. Yesterday I sent my letter of resignation to the competent authorities: lawyers can defend more or less questionable causes. But it has become impossible to represent in forums dedicated to the application of the law a country that so cynically despises it

/   

J’ai aimé travailler avec vous pour la défense des intérêts de votre pays, que j’aime profondément. J’ai apprécié que tout en les défendant ensemble, nous puissions échanger librement sur les limites à ne pas franchir. J’ai constaté les scrupules de certains d’entre vous et compris l’engagement sans faille d’autres. Mais, trop c’est trop. J’ai adressé hier ma lettre de démission aux autorités compétentes : des avocats peuvent défendre des causes plus ou moins discutables ; il est impossible de représenter dans des enceintes vouées à l’application du droit un pays qui le méprise si cyniquement« (véase carta publicada en inglés en el sitio EJIL-Talk y en francés en su sitio).

–Notas–

Nota 1: Es de precisar que el fallo de la CIJ sobre el fondo del 26 de junio de 1986 entre Estados Unidos y Nicaragua es considerado en la literatura jurídica especializada como uno de los mejores fallos jamás redactados por parte de los integrantes de la CIJ. Parte de esta característica se puede deber a un Presidente extremadamente exigente y a un Comité a cargo de la redacción de un fallo igualmente preocupado por aspectos de forma y aspectos de fondo. Pero también se puede deber al hecho que los argumentos del demandante (Nicaragua) no encontraron objeción alguna durante el procedimiento sobre el fondo: los jueces de la CIJ optaron, dos años después de declararse competente, por darle a cada uno el alcance requerido desde el punto de vista jurídico. En aquella oportunidad, los jueces no desaprovecharon la ocasión (histórica) para externar a Estados Unidos su desaprobación, incluyendo una pequeña lección sobre principios muy básicos. Lo hicieron en el fallo de 1986 de la siguiente forma, que nos permitimos reproducir a continuación en ambos idiomas:

In the present case, the Court regrets even more deeply the decision of the respondent State not to participate in the present phase of the proceedings, because this decision was made after the United States had participated fully in the proceedings on the request for provisional measures, and the proceedings on jurisdiction and admissibility. Having taken part in the proceedings to argue that the Court lacked jurisdiction, the United States thereby acknowledged that the Court had the power to make a finding on its own jurisdiction to rule upon the merits. It is not possible to argue that the Court had jurisdiction only to declare that it lacked jurisdiction. In the normal course of events, for a party to appear before a court entails acceptance of the possibility of the court’s finding against that party ».  /  « En l’espèce la Cour regrette d’autant plus profondément la décision de l’Etat défendeur de ne pas participer à la présente phase de la procédure qu’une telle décision est intervenue après que les Etats-Unis eurent pleinement participé aux procédures sur les mesures conservatoires et sur la compétence et la recevabilité En effet, en ayant pris part à l’instance pour plaider l’incompétence de la Cour, les Etats-Unis reconnaissaient par là à celle-ci le pouvoir de se prononcer sur sa propre compétence pour statuer au fond. Il n’est pas possible de prétendre que la Cour n’était compétente que pour se déclarer incompétente. La comparution devant une juridiction implique normalement l’acceptation de la possibilité d’être débouté » (párrafo 27 del fallo de 1986).

Nota 2: De manera a tener idea de los plazos para ordenar medidas provisionales, referimos a algunos casos de interés de la CIJ: en el diferendo territorial Burkina Faso /Mali, la solicitud enviada “telefónicamente y vía telegrama” por Burkina Faso el 30 de diciembre de 1985 fue acogida y ordenada por la CIJ el 10 de enero de 1986. En el caso Breard (Paraguay contra Estados Unidos), relativa a la ejecución de un ciudadano paraguayo, Paraguay interpuso una solicitud de medidas provisionales el 3 de abril de 1998 contra EEUU y el 9 de abril de 1998, la CIJ las ordenaba solicitando suspensión inmediata de la ejecución de la pena capital. Notemos que Nicaragua en su histórica hazaña judicial contra EEUU (1984), logró que la Corte le acordara las medidas provisionales solicitadas el 9 de abril de 1984 un mes después (10 de mayo de 1984), tendientes a suspender las operaciones paramilitares perpetradas con asistencia y/o ayuda de EEUU en contra de su territorio. En materia ambiental, Australia solicitó medidas a la CIJ el 9 de mayo de 1973 y esta ordenó (por 8 votos contra 6) a Francia suspender sus ensayos nucleares el 22 de junio de 1973. En el caso Argentina contra Uruguay (caso de contaminación por plantas de producción de celulosa), Argentina solicitó medidas provisionales el 4 de mayo del 2006 a la CIJ, las cuales le fueron rechazadas por (14 contra 1) el 13 de julio del 2006.

Nota 3: Se lee en este enlace sobre Ucrania de la CPI que: «On 1 March 2022, the Office received a State Party referral from the Republic of Lithuania. On 2 March 2022, the following coordinated group of States Parties submitted a joint referral: Republic of Albania, Commonwealth of Australia, Republic of Austria, Kingdom of Belgium, Republic of Bulgaria, Canada, Republic of Colombia, Republic of Costa Rica, Republic of Croatia, Republic of Cyprus, Czech Republic, Kingdom of Denmark, Republic of Estonia, Republic of Finland, Republic of France, Georgia, Federal Republic of Germany, Hellenic Republic, Hungary, Republic of Iceland, Ireland, Republic of Italy, Republic of Latvia, Principality of Liechtenstein, Grand Duchy of Luxembourg, Republic of Malta, New Zealand, Kingdom of Norway, Kingdom of the Netherlands, Republic of Poland, Republic of Portugal, Romania, Slovak Republic, Republic of Slovenia, Kingdom of Spain, Kingdom of Sweden, Swiss Confederation, United Kingdom of Great Britain and Northern Ireland. On 7 March 2022, the Republic of North Macedonia additionally informed the Office that it wished to associate itself with the above mentioned joint referral«.

 

(*)Esta nota fue elaborada por Nicolás Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).