El pasado 16 de julio del 2021 el programa Alternativas llevó a cabo el programa “Bolivia, de la pesadilla a la Esperanza” en donde se contó con la exposición de:
Asociación de Mujeres Indígenas Kábata Könana, de Talamanca Cabécar, Costa Rica, galardonada por PNUD por iniciativas de uso sostenible de biodiversidad
Mujeres crearon Estanco Indígena de Trueque Virtual Productivo durante pandemia por COVID-19 para proveer soberanía alimentaria a familias basada en cultivo tradicional
La Asociación de Mujeres Indígenas Kábata Könana, de Talamanca Cabécar (Costa Rica), fue anunciada este 15 de julio como ganadora del 12° Premio Ecuatorial, otorgado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y sus socios. El prestigioso galardón reconoce a las comunidades locales e indígenas de todo el mundo que exhiben soluciones locales e innovadoras para abordar la pérdida de biodiversidad y el cambio climático, y lograr sus objetivos de desarrollo local incluso durante una pandemia.
En 2016, 156 mujeres fundaron la Asociación de Mujeres Indígenas Kábata Könana como un espacio de desarrollo económico, social y ambiental con pertinencia cultural. Durante la pandemia por COVID-19, las mujeres pusieron sus habilidades organizativas al servicio de los territorios que conforman la Red Indígena Bribri Cabécar (RIBCA), en el Caribe sur de Costa Rica y crearon el Estanco Indígena de Trueque Virtual Productivo, una iniciativa que opera bajo los principios culturales indígenas de solidaridad, intercambio, colectividad y diálogo.
Más de 200 familias en más de 15 comunidades participan activamente en el Estanco. El sistema es una red de enlaces con las comunidades a través de “Tejedoras del conocimiento”. Vía WhatsApp, las Tejedoras comunican desde cada comunidad a la sede central de Kábata Könana cuales productos están disponibles y coordina su recolección. Las mujeres han liderado por meses jornadas de repartición de alimentos cultivados según el método sostenible Cabécar, y asegurado la nutrición de todo el territorio.
Ahora, el proyecto incluye ferias de venta agrícola y de artesanías. El conocimiento ancestral aplicado por las mujeres de la Asociación ha permitido seleccionar semillas diversas y nativas que se adaptan mejor a los patrones de lluvia y sequia afectados por el cambio climático. Sus esfuerzos también han revitalizado conocimientos ancestrales a través de diálogos con las y los Maestros de Conocimiento de su pueblo. De esta forma, lideran una revolución en los bosques que combina conocimientos ancestrales con tecnología para la resiliencia de su comunidad ante la pandemia y el cambio climático.
El Estanco Indígena de Trueque Virtual Productivo es producto del esfuerzo conjunto de la Asociación de Mujeres Kábata Könana y la Asociación de Desarrollo Integral del Territorio Indígena Talamanca Cabécar (Aditica), en conjunto con la Red Indígena Bribri y Cabécar (RIBCA). El proyecto se desarrolla en asociación con la organización Love for Life y la Alianza Mesoamericana de Pueblos y Bosques, y cuenta con el apoyo financiero del Ministerio Federal para la Cooperación y el Desarrollo Económico.
Sobre el Premio Ecuatorial
El Premio Ecuatorial, organizado por la Iniciativa Ecuatorial dentro del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, se otorga cada dos años para reconocer los esfuerzos destacados de la comunidad para reducir la pobreza a través de la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad. A medida que las iniciativas comunitarias sostenibles se arraigan en los trópicos, están sentando las bases para un movimiento global de éxitos locales que, en conjunto, contribuyen a lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). A medida que los grupos locales e indígenas de los trópicos demuestran y ejemplifican el desarrollo sostenible, el Premio Ecuatorial destaca sus esfuerzos al celebrarlos en un escenario internacional.
Los ganadores fueron seleccionados de un grupo de más de 600 nominaciones de 126 países por un Comité Asesor Técnico independiente de expertos de renombre internacional. La selección se basó en enfoques comunitarios que proporcionan un plan para replicar y escalar soluciones para abordar nuestra crisis de biodiversidad.
Los ganadores del Premio Ecuatorial demuestran los beneficios de colocar el conocimiento y las prácticas de las comunidades indígenas y locales sobre las soluciones basadas en la naturaleza en el centro del desarrollo local. En un momento en el que nos enfrentamos a una crisis planetaria sin precedentes, es esencial mostrar acciones que restauren nuestros sistemas alimentarios sostenibles, mitiguen el cambio climático y protejan la naturaleza, todo al mismo tiempo que contribuyan a la recuperación ecológica de la pandemia.
Los ganadores del Premio Ecuatorial recibirán 10.000 dólares estadounidenses y la oportunidad de participar en una serie de eventos virtuales especiales asociados con la Asamblea General de las Naciones Unidas y el Centro de Naturaleza para la Vida a finales de este año. Se unirán a una red de 255 comunidades de más de 80 países que han recibido el Premio Ecuatorial desde su creación en 2002. La ceremonia de entrega del Premio Ecuatorial 2021 tendrá lugar virtualmente el 4 de octubre.
En el marco del cumplimiento de su tercera misión, la Escuela de Planificación y Promoción Social EPPS-UNA dictará en coordinación con el MAG, un curso de planificación orientada a resultados, para 35 personas del Ministerio de Agricultura y Ganadería de Costa Rica-MAG ubicadas en las diferentes regiones del país.
El propósito del curso es que las personas participantes interioricen el concepto de planificación estratégica orientada a resultados y su implementación en la gestión institucional, con el propósito de priorizar las acciones que generen mayor valor público.
El master Ángel Ortega Ortega, Director de la EPPS-UNA, indicó que la capacitación tiene como objetivo aportar a los participantes los conocimientos, métodos y técnicas de la planificación orientada a resultados para su aplicación en la planificación de corto, mediano y largo plazo en el contexto de la evolución institucional.
La formación que se desarrollará a lo largo 24 horas de trabajo (3 sesiones de 8 horas), está dirigida a personas profesionales y técnicas que se encuentren laborando y que participan, lo hayan hecho o lo piensan hacer, en procesos de planificación dentro del MAG y que y que brindan asesoría a los tomadores de decisiones o bien aplican la planificación.
El Dr. Juan Carlos Mora Montero, Director del Programa de Maestría de EPPS-UNA e instructor del curso (Planificación estratégica orientada a resultados), comentó que la metodología que se desarrollará en las sesiones durante las mañanas (teoría y habilidades) y por las tardes (aplicación práctica), utilizará el método aprender-haciendo a partir del estudio de caso; según sea el interés de la institución. Los estudios de caso serán generados a partir de las necesidades específicas de los participantes y las entregas teóricas crearán las condiciones para el desarrollo efectivo de los casos.
Cabe mencionar que para la integración de ideas de manera virtual se aplicará la técnica de “prospective workshops” con el propósito de lograr la mayor integración posible de los participantes; asimismo, se aplicarán herramientas virtuales para ir valorando la apropiación de los conceptos clave, vídeos y presentaciones power point.
Los participantes del curso trabajarán en temas relacionados con los procesos deplanificación, prospección, seguimiento y evaluación y poseer habilidades para el pensamiento disruptivo como motor de la innovación y la excelencia: “Es deseable que los asistentes al curso-taller sean personas con apertura al cambio y a la aplicación de nuevas fórmulas para resolver los problemas cotidianos) agregó Mora.
El curso se llevará a cabo bajo la modalidad de la presencialidad remota e inicia el 15 de julio de 2021; y es parte de la contribución de la EPPS y de la Universidad Nacional de Costa Rica-UNA al cumplimiento de su tercera misión.
La organización Senderistas del Mundo por la Paz y la Noviolencia, inicia sus actividades en Costa Rica, como un nuevo frente de acción internacional de la Asociación Mundo sin Guerras y sin Violencia.
El 27 de Junio del 2021, se realizó la primera caminata oficial de los «Senderistas del Mundo por la paz y la Noviolencia».
Este primer grupo fundador de los Senderistas por la Paz y la Noviolencia, se conformó principalmente con jóvenes de una comunidad llamada San Marcos de Tarrazú, y vecinos de una pequeña región conocida como Los Santos y a su vez, perteneciente a la Provincia de San José en Costa Rica.
Esta agrupación recibe la colaboración y guía profesional en temas de montañismo del experto montañista Santi Montoya.
De acuerdo con sus lineamientos, el objetivo de este nuevo Frente de Acción de la organización humanista Asociación Mundo sin Guerras y sin Violencia, es promover a través del senderismo la creación de una conciencia no-violenta mundial.
Mediante el desarrollo de actividades recreativas de senderismo en grupo, de manera segura y guiada, donde además de obtener los beneficios de dicha actividad, se realizan trabajos para la búsqueda de la armonía y desarrollo personal, social, comunal, así como el del logro de equilibrio con la naturaleza; y avanzar personal y socialmente hacia la eliminación de todos los tipos de violencias que existen.
En estos tiempos de dificultad para el activismo y la realización de actividades sociales, se plantea este concepto de movilización hacia las montañas y se espera que esto se convierta en una opción de actividad en todos los 33 países donde opera Mundo sin Guerras y sin violencia, y que sirva como mecanismo para la manifestación social.
También se espera que la realización de prácticas que colaboren en el avance del crecimiento y fortalecimiento interno del ser humano y de forma simultánea, sirva también al desarrollo de proyectos locales de transformación social, cuido del medio ambiente y del entretejido de redes solidarias y humanistas en las comunidades donde se opere.
Se espera que grupos de senderismo organizados también adhieran y que participen marchando hasta sus montañas, durante la Primera Marcha Latinoamericana por la No-violencia, que se llevará a cabo del 15 de septiembre al 2 de octubre.
Por Nicolas Boeglin, profesor de la Facultad de Derecho
Han pasado cuatro décadas sin que los testigos de aquella época aporten elementos nuevos para conocer mejor las razones por las cuales se asesinó, en una celda, a una joven universitaria de 18 años
Al cumplirse los 40 años del asesinato de Viviana Gallardo, no se observó ninguna iniciativa para recordar este hecho. Sin embargo, la exigencia de justicia y de verdad puede acentuarse con el pasar de cada conmemoración; al tiempo que algunos de los testigos de aquella convulsa época en América Central podrían sentir que ya ha llegado el momento de liberar la información ocultada durante 40 años. En la imagen, Viviana Gallardo en su graduación del Liceo Franco Costarricense el 3 de diciembre de 1979. El 1.° de julio de 1981, fue asesinada en una celda de la Dirección General de la Guardia Civil. Imagen tomada de la portada del libro Viviana Gallardo fue mi amiga (2020), de Jacques Sagot Martino. El texto completo de la primera edición (2018) está disponible aquí.
El 1.° de julio del año 1981, en Costa Rica, la joven Viviana Gallardo Camacho, de 18 años de edad, fue asesinada de varios disparos en una diminuta celda de detención de la Dirección General de la Guardia Civil, al tiempo que fueron heridas de bala dos compañeras suyas, también detenidas en la misma estrecha celda, una de ellas embarazada.
Los tiros provinieron de un oficial de la misma Guardia Civil, José Manuel Bolaños Quesada, quien, sin tener asignada la vigilancia de Viviana Gallardo y la de sus compañeras aquel fatídico día, llegó con su metralleta y, al parecer, instrucciones muy claras.
En un texto del juez Rodolfo Piza Escalante, adjuntado a una decisión de setiembre de 1983 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre este caso (véase enlace, páginas 19-31), se precisa que:
«2. El 1.° de julio de 1981, el Cabo de la Guardia Civil José Manuel Bolaños Quesada, que no estaba a cargo de la vigilancia de las detenidas, logró llegar hasta la puerta de su celda y disparar con una metralleta a través de la mirilla de la misma, causando la muerte de Viviana e hiriendo a sus compañeras Alejandra y Magaly [sic]».
La noticia de la muerte de Viviana Gallardo estremeció a toda la sociedad costarricense y causó un profundo impacto en Costa Rica, en una época de violencia política que caracterizaba a la región centroamericana.
Foto de Viviana Gallardo, tomada de la portada del libro El crimen de Viviana Gallardo (2017), del historiador costarricense David Díaz Arias. Texto completo disponible en este enlace.
Desde la perspectiva internacional, este acontecimiento en Costa Rica fue informado por medio de los canales usuales. Por ejemplo, en este cable desclasificado de los archivos de la diplomacia argentina, se precisa la forma —algo escueta— en que fue informada la capital de Argentina por parte de uno de sus representantes en Costa Rica (véase texto). No se ha tenido acceso a otros cables diplomáticos enviados en esa época desde San José. Se considera que una investigación al respecto sería muy deseable en aras de conocer mejor cómo la correspondencia diplomática comunicó al mundo este asesinato, y con base en qué tipo de fuentes.
Una reacción insólita del Estado costarricense
Desde la perspectiva del derecho internacional público, el caso del asesinato de Viviana Gallardo en Costa Rica constituye una verdadera rareza, como lo detallaremos a continuación.
Se lee, en una primera decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 13 de noviembre de 1981 (véase texto completo), que el Estado costarricense presentó una denuncia, muy pocos días después de los hechos, ante la misma Corte:
«1. Mediante telegrama del 6 de julio de 1981, el Gobierno de Costa Rica (en adelante «el Gobierno») anunció la introducción de la instancia de una demanda para que la Corte entrara a conocer el caso de Viviana Gallardo y otras. Por escrito del 15 de julio de 1981 ese anuncio fue formalizado. En su demanda el Gobierno manifestó a la Corte la decisión de someter a su conocimiento el caso de la muerte en prisión de la ciudadana costarricense Viviana Gallardo, así como el de las lesiones de sus compañeras de celda, causadas por un miembro de la Guardia Civil de Costa Rica, encargado de su vigilancia, en la Primera Comisaría de la Institución; hechos ocurridos el 1 de julio de 1981. En su demanda el Gobierno, invocando el artículo 62.3 de la Convención, solicitó que la Corte decidiera si esos hechos constituían una violación, por parte de las autoridades nacionales de Costa Rica, de los derechos humanos consagrados en los artículos 4 y 5 de la Convención, o de cualquier otro derecho contemplado en dicho instrumento internacional [sic]».
El entonces presidente de la Corte, el costarricense Rodolfo Piza Escalante, tramitó de manera muy célere la solicitud. En esta precitada decisión se lee que:
«5. Por resolución del 15 de julio de 1981, el Presidente de la Corte, Dr. Rodolfo E. Piza E., decidió someter directamente la consideración de la demanda del Gobierno a la Corte en pleno. Resolvió igualmente, según lo dispuesto por el artículo 5.3 del Reglamento, ceder la Presidencia para el conocimiento del presente asunto al Vicepresidente, Dr. Máximo Cisneros. Habiendo sido electo Presidente de la Corte el Juez Carlos Roberto Reina el día 17 de julio de 1981, pasó desde la misma fecha a presidir las sesiones en sustitución del Juez Máximo Cisneros [sic]».
Como se recordará, Viviana Gallardo y sus dos compañeras de celda eran integrantes de un pequeño grupo de activistas denominado por las autoridades «La Familia», al que se le responsabilizó por la muerte de tres policías en junio de 1981.
La respuesta del juez interamericano se dio en dos tiempos, entre los que intervino la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
En una primera decisión del 13 de noviembre de 1981 (cuyo documento original puede apreciarse en este enlace), los jueces decidieron rechazar la solicitud de Costa Rica, al leerse en la parte dispositiva que la Corte:
«1. Decide, unánimemente, no admitir la demanda introducida por el Gobierno de Costa Rica para el examen del caso de Viviana Gallardo y otras. 2. Decide, unánimemente, aceptar y tramitar la solicitud subsidiaria del Gobierno de Costa Rica para remitir el asunto a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 3. Decide, unánimemente, retener la petición del Gobierno de Costa Rica en su lista de asuntos pendientes en espera del trámite ante la Comisión«.
La familia de Viviana Gallardo reenvió el caso a la Comisión. En esteenlace se puede apreciar el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del 30 de junio de 1983. Recomendamos la lectura completa de este documento. En particular, el hecho de que la Comisión precisa en uno de sus considerandos que el rigor de la aplicación de la ley en Costa Rica para sancionar al responsable del asesinato de Viviana Gallardo es tomado en cuenta por el órgano interamericano:
«3.Que de las informaciones sobrevinientes recibidas por la Comisión, en especial de las respuestas sometidas a su consideración por el Gobierno de Costa Rica; del estudio efectuado del Expediente No. 034-81 de la Procuraduría General de la Nación; del requerimiento de instrucción formal presentado por el Agente Fiscal de San José; de las sentencias dictadas en la causa contra José Manuel Bolaños por los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y lesiones leves en perjuicio de Viviana Gallardo, Alejandra Bonilla Leiva y Magaly Salazar Nasser; y de la investigación adelantada por el Director del Organismo de Investigación Judicial, se desprende que el Gobierno de Costa Rica ha actuado de conformidad con las disposiciones legales vigentes, sancionando con todo el rigor de la ley al responsable de los actos denunciados«.
A partir de este y de varios otros considerandos, la Comisión Interamericana concluye:
«1. Declarar inadmisible la petición objeto del presente asunto de conformidad con el Artículo 48, numeral 1, inciso c) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 2. Comunicar esta Resolución al Gobierno de Costa Rica y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 3. Archivar este asunto de acuerdo con lo establecido en el Artículo 32 (c) del Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos«.
En un segundo tiempo, en una resolución del 8 de setiembre de 1983, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (véaseenlace pp.16-17) decidió:
«1. Declarar inadmisible la petición objeto del presente asunto de conformidad con el artículo 48, numeral 1, inciso c) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 2. Comunicar esta resolución al Gobierno de Costa Rica y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 3. Archivar este asunto de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 (c) del Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 4. Incluir la presente resolución en su Informe Anual a la Asamblea General de conformidad con el artículo 59 inciso g) del Reglamento de la Comisión«.
El precitado juez Rodolfo Piza Escalante se apartó del criterio de la mayoría (véase enlace, página 31), al indicar en una larga opinión disidente (o voto salvado) que:
«MI VOTO SALVADO es para que la Corte declare: 1. Que, en virtud de la Resolución de la Comisión No. 13/83 de 30 de junio de 1983, deben tenerse por agotados jurídicamente los procedimientos previstos en los artículos 48 a 50 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 2. Que, en consecuencia, cumplida la condición de procedibilidad impuesta por el artículo 61.2 de la Convención y de conformidad con la Decisión de esta Corte del 13 de noviembre de 1981, debe la Corte reasumir el conocimiento de la petición presentada por el Gobierno de Costa Rica [sic]».
En los anales del derecho internacional público, este caso resulta a todas luces insólito, en la medida en que por primera (y única) vez, un Estado presentó una denuncia en su contra (Nota 1). El sistema internacional de protección de los derechos humanos funciona como un régimen que asiste a las víctimas en caso de no encontrar justicia o respuesta a sus reclamos en un Estado Parte a un tratado internacional de derechos humanos, pero nunca fue ideado para que los Estados presenten denuncias en su contra.
Ello se desprende de la misma nomenclatura utilizada por los tribunales internacionales de derechos humanos al inscribir, tramitar y resolver los casos con los apellidos de las víctimas, seguido de la palabra «contra» o «versus» y, luego, el Estado incriminado (por ejemplo, «Velázquez Rodríguez contra Honduras»). En el presente caso, debió de tramitarse bajo una nomenclatura bastante insólita de «Costa Rica vs. Costa Rica».
Cuando este caso fue remitido para conocimiento de la Comisión (único órgano interamericano jurídicamente habilitado para recibir denuncias por parte de las víctimas), una desgarradora carta de la madre de Viviana Gallardo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en julio de 1983 (véase texto completo) señaló las condiciones inhumanas de detención previas al asesinato de su hija y las humillaciones a la que fue sometida días antes de aquel 1.° de julio de 1981. En este extracto de una entrevista a la madre de Viviana Gallardo 30 años más tarde, en el 2013 (véaseenlace), se señala que su hija sabía que la iban a asesinar y así se lo había indicado a su mamá:
«Ella me dijo, el día que la iban a llevar ahí, que la matarían. Yo le pregunté por qué decía eso, entonces me respondía que no le hiciera caso. Había muchos intereses de silenciarla, no sé por qué lo sabía«.
Viviana Gallardo y sus dos compañeras de celda eran integrantes de un pequeño grupo de activistas denominado por las autoridades «La Familia», al que se le responsabilizó por la muerte de tres policías en junio de 1981. Imagen tomada del artículo de la BBC (2017) «Las incógnitas que rodean la muerte de Viviana Gallardo, unas de las páginas más opacas de la historia de Costa Rica».
Viviana Gallardo: preguntas lancinantes que no logra borrar el tiempo
Han pasado muchos años sin que los testigos de aquella época aporten elementos nuevos para conocer mejor las razones por las que se asesinó, en una celda, a una joven universitaria detenida, de 18 años, en Costa Rica en julio de 1981.
En este muy completo artículo publicado por la BBC en el 2017 y titulado «Las incógnitas que rodean la muerte de Viviana Gallardo, unas de las páginas más opacas de la historia de Costa Rica» (cuya lectura se recomienda), se lee que:
«Sin embargo, el Tribunal Superior Primero Penal condenó a Bolaños como autor único del crimen a 24 años de prisión, que después se redujeron a 18. Luego se le permitió visitar a sus hijos los fines de semana y el 30 de septiembre de 1987 obtuvo el beneficio de la libertad condicional«.
Una libertad condicional otorgada en setiembre de 1987 para hechos acaecidos en julio de 1981 plantea algunas interrogantes. No se ha tenido acceso a algún análisis desde la esfera del derecho penal que pueda explicar tan generoso beneficio obtenido de forma tan rápida por los defensores del señor Bolaños; tampoco se tiene conocimiento de un informe de alguna entidad del Estado costarricense que permita conocer los criterios usados en el caso de la condena impuesta al señor Bolaños. Es de notar que en el precitado informe a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de 1983 (que tomó debidamente nota de este preciso aspecto), el Estado costarricense en su defensa se refirió a la pena de 18 años impuesta al señor Bolaños en una de sus respuestas:
«13. El Gobierno de Costa Rica en nota del 24 de agosto de 1982 dio respuesta a la solicitud de la Comisión, adjuntando dos certificaciones debidamente autenticadas de las sentencias dictadas en la causa contra José Manuel Bolaños por los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y lesiones leves en perjuicio de Viviana Gallardo, Alejandra Bonilla Leiva y Magaly Salazar Nasser. También informó que la pena de 18 años de prisión impuesta al señor Bolaños se cumple actualmente en el Centro Regional de Adaptación Social de Pérez Zeledón«.
Fotografía de la placa conmemorativa artesanal que apareció en el 2017 y que fue retirada a las pocas horas. Imagen tomada del mencionado artículo de la BBC.
En las conclusiones de su libro publicado en el 2017, titulado El crimen de Viviana Gallardo (véase texto completo), luego de un exhaustivo análisis, el historiador costarricense David Díaz Arias finalizó con dos preguntas que, 40 años después de los hechos, permanecen siempre muy válidas:
«El cabo Bolaños murió en junio del 2014 y la prensa comentó entonces que se había llevado a la tumba ‘el secreto’ de por qué mató a Gallardo. En ese contexto, la segunda esposa de Bolaños repitió que aquel hombre había sido bueno, pero le indicó a La Nación que no quería ahondar en el pasado porque ‘ya lo que pasó pasó y él recibió la condena. Solo él y Dios saben lo que pasó y ya se lo llevó a la tumba’. Como se ve, es imposible que se dejen de tejer dudas sobre la muerte de Gallardo si la prensa insiste en crearlas o reproducirlas. No era exacto que Bolaños no hubiera dado una causa de por qué mató a Gallardo; de hecho, sí lo hizo, construyó dos explicaciones: la de que había sido una venganza, que ensayó entre julio de 1981 y marzo de 1982 y la de que había sido un plan construido desde “arriba” que primero reveló al Semanario Universidad en 1981 y que sostuvo y amplió en detalles desde 1982 hasta 1991. Su pena, además, fue drásticamente reducida de la que originalmente se le había impuesto.
Resulta claro ahora que la teoría de que Gallardo fue asesinada para evitar que delatara a los miembros de ‘La Familia’ carece de fundamento, ya que, desde el 17 de junio de 1981, las autoridades habían capturado prácticamente toda la documentación necesaria relacionada con ese grupo. Tampoco es creíble la teoría de que fueron altas autoridades políticas o policiales las que planearon el asesinato, dado que para efectos de combatir el comunismo era más estratégico que Gallardo permaneciera viva. Las preguntas de fondo, que permanecen sin responder son ¿a quiénes les convenía que Gallardo muriera? ¿Quiénes podían ser directamente perjudicados si ella declaraba en los tribunales?» (pp. 26-27).
En este artículo, publicado por el periodista Fernando Francia el 2 de julio del 2020, titulado «Viviana Gallardo: un crimen aleccionador» (cuya lectura también se recomienda), se lee que:
«El debate sobre terrorismo o revolucionaria se instaló para siempre. Los medios mantienen la versión de terrorismo, aunque estudiosos de historia, tanto David Díaz de la Universidad de Costa Rica como Eduardo Tristán de la Universidad de Santiago de Compostela, sostienen que, por sus postulados políticos, por los documentos encontrados y por las prácticas demostradas atribuidas a la organización no puede adosárseles el término de terrorismo. Era un grupo que cuestionaba el orden establecido y las injusticias y que pretendía realizar cambios por la vía armada [sic]».
No obstante, a pesar de lo señalado por el comunicador Fernando Francia, por los historiadores citados por este autor, y por algunos artículos de opinión publicados en la prensa costarricense, es extremadamente frecuente en Costa Rica escuchar a personas asociar el nombre de Viviana Gallardo con la palabra «terrorista«. Su corta edad (18 años) al momento de su asesinato en su celda no pareciera influir mayormente en el uso de este calificativo; el hecho de que Costa Rica carezca de una historia de violencia política entre jóvenes y menores de edad (entrenamiento en el uso de armas y de explosivos, o planificación y ejecución de acciones armadas), tampoco. Unos años después de 1981, Costa Rica sí vería en su territorio aparecer modalidades de adiestramiento para la lucha armada, pero para uso «externo« (Nota 2).
A modo de conclusión
Salvo error de nuestra parte, el pasado 1.° de julio del 2021, no se observó ninguna iniciativa para conmemorar, de alguna u otra manera, los 40 años del asesinato de Viviana Gallardo en Costa Rica.
Pese a ello, no cabe duda de que en este caso (como en muchos otros casos de violaciones a los derechos humanos ocurridos en América Latina), la exigencia de justicia y de verdad puede acentuarse con el pasar de cada primavera, de cada conmemoración; al tiempo que algunos de los testigos de aquella convulsa época en América Central podrían sentir (tal vez) que ya ha llegado el momento de liberar algunas cosas ocultadas durante 40 años.
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Nota 1: En relación con la tramitación de este anómalo caso, el juez norteamericano Thomas Buergenthal de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de 1979 a 1991, escribió en un artículo publicado en el 2004 que:
«Aunque apreciamos la confianza depositada por el Presidente de Costa Rica en la Corte, no tuvimos más opción que rechazar nuestro primer caso contencioso, si es que podía describirse como caso contencioso propiamente dicho. El problema era que si bien se puede, en principio, renunciar al agotamiento de recursos internos que exige la Convención, no es posible renunciar a los procedimientos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como pretendía Costa Rica al presentar el caso directamente a la Corte. Los particulares pueden presentar sus casos ante la Comisión, al igual que los Estados Partes. Sin embargo, los particulares no tienen legitimidad ante la Corte. En opinión de la Corte, el permitir que un Estado renuncie unilateralmente a un derecho diseñado en parte para proteger los intereses de los particulares, sería incompatible con los fines de la Convención. La Corte calificó el caso de inadmisible y lo trasladó a la Comisión. La familia de Gallardo se negó a proseguir con el caso ante la Comisión, poniendo fin a este primer caso ante la Corte. Si aceptamos que el Asunto de Viviana Gallardo fue efectivamente un caso contencioso y no una opinión consultiva, como ha sido sugerido de tanto en tanto, se puede decir que la Corte no recibió ningún otro caso hasta el año 1986, cuando fueron sometidos los Casos de Honduras sobre desaparición forzada» (véase BUERGENTHAL Th., «Recordando los inicios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos», Vol. 39, Revista IIDH (2004) pp. 11-31, p. 17. Texto del artículo completo disponible aquí).
Nota 2: En los años 80, los únicos centros de adiestramiento en Costa Rica para realizar acciones armadas violentas fueron los centros instalados unos años después de 1981 (y de manera discreta) por Estados Unidos en la zona norte de Costa Rica con el fin de entrenar a elementos de la denominada «contra» nicaragüense en su lucha insurgente contra las autoridades en el suelo de Nicaragua. Incluso la misma Agencia de Inteligencia Norteamericana (CIA) publicó un «manual» para perpetrar actos de sabotaje en Nicaragua, de 96 páginas (véase texto).
Estos mismos centros de entrenamiento, con el mismo objetivo, también vieron el día en la zona fronteriza entre Honduras y Nicaragua. Esto llevó a Nicaragua a presentar una demanda ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) contra Honduras (véase texto) y contra Costa Rica (véase texto completo de la demanda de julio de 1986). Es de notar que la demanda contra Costa Rica fue retirada, a solicitud de Nicaragua, en 1987 (véase textode ordenanza de la CIJ donde formaliza el retiro en agosto de 1987). En este artículo de opinión, publicado en el 2010 por quien fuera el embajador de Costa Rica en Nicaragua en el período 1986-1990, se lee que:
«Cuando transitamos en la negociación del Plan de Paz en Nicaragua, el presidente Arias me pidió que dedicara mis esfuerzos para que Nicaragua retirara la demanda que tenía contra Costa Rica en La Haya. En un principio me encontré con la férrea oposición del canciller Descoto que llamaba a la demanda, la última trinchera contra el imperialismo yanqui. No desistí en mi empeño por que se retirara la demanda y dialogando con Humberto en varias jornadas, a pesar de la oposición del canciller Descoto y de La Habana, Humberto intercedió no solo para que se firmara el Plan de Paz, sino que Nicaragua retirara la demanda en contra de Costa Rica todo lo cual se dio en agosto de 1987«.
Nicolas Boeglin Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica
La Institución pondrá pausa a las lecciones virtuales por una semana y capacitará masivamente a las unidades académicas en la atención de primeros auxilios psicológicos
Desde el 2020, la Universidad de Costa Rica (UCR) en pleno, guiada por sus autoridades, la Oficina de Bienestar y Salud, la Oficina de Orientación y la Vicerrectoría de Vida Estudiantil, ha tomado medidas (que se detallan más abajo) para atender la salud mental de la población estudiantil, en el contexto de la pandemia, y para favorecer su permanencia en la UCR. Ante todo, se pretende cuidar el bienestar físico, emocional y social de los y las estudiantes.
El reto no es menor, se trata de una realidad que afecta a las personas de manera global. Al respecto, la Organización Mundial de la Salud (OMS) emitió una alerta en mayo pasado en la cual advierte que el planeta debe prepararse para un trauma mental masivo. Es un problema que debe reconocerse y del cual hay que hablar a nivel nacional.
Con el fin de reforzar ese conjunto de medidas, la Administración universitaria implementará una iniciativa de las representantes estudiantiles en el Consejo Universitario, la cual institucionaliza una semana de salud mental que permita a la comunidad estudiantil desconectarse del trabajo sincrónico virtual, participar en actividades vinculadas a la salud mental y recuperar las energías para terminar el semestre. En las próximas semanas, la Vicerrectoría de Docencia comunicará los detalles por medio de una resolución.
Se realizarán capacitaciones en salud mental y primeros auxilios psicológicos para que al menos una persona por cada unidad académica pueda gestionar el primer nivel de atención en crisis de la población universitaria, y sea responsable de impulsar políticas internas que garanticen el bienestar de todas las personas.
Por último, el Consejo de Rectoría valorará las medidas necesarias para impulsar el retorno escalonado a las clases presenciales este segundo semestre, pues la virtualización de la vida académica es uno de los factores que más afecta. “El volver a encontrarnos con nuestros amigos y amigas, acatando todas las medidas sanitarias, es parte de la respuesta institucional que necesitamos brindar”, señaló el rector Dr. Gustavo Gutiérrez Espeleta.
El rector reconoció la crisis (una coyuntura que trasciende a la propia Universidad) y advirtió que se seguirán tomando acciones para apoyar a la población estudiantil. Además, destacó que se necesita el apoyo de todas las personas de la comunidad para habilitar espacios de escucha y diálogo en todas las instancias universitarias.
La Institución fortaleció los servicios que brinda la Vicerrectoría de Vida Estudiantil, a través de la Oficina de Bienestar y Salud, la Oficina de Orientación y la Oficina de Becas. También otras iniciativas, como el proyecto Mishka, han integrado profesionales en psicología para dar acompañamiento mediante intervención en crisis y círculos de escucha.
Por último, se está actualizando el protocolo de “Abordaje integral del comportamiento suicida e intento de suicidio de la Universidad de Costa Rica” para incluir aspectos relacionados con la virtualidad de las actividades, el teletrabajo y los protocolos específicos de todas las sedes. Con ello se está avanzando hacia una estrategia institucional en promoción de la salud mental y mitigación de riesgos asociados al malestar emocional.
Acciones afirmativas para favorecer el ingreso, la permanencia y la graduación del estudiantado
Durante los meses de pandemia, la Vicerrectoría de Vida Estudiantil (ViVE) puso especial énfasis e intensa dedicación al análisis y puesta en marcha de diferentes medidas y acciones institucionales orientadas a favorecer el ingreso, la permanencia y la graduación del estudiantado, en medio de la emergencia nacional generada por el virus SARS-CoV-2 y la enfermedad COVID-19.
Por tanto, estableció amplios espacios de diálogo con las unidades académicas y la población estudiantil. Con ello, la ViVE logró vislumbrar en el 2020 las principales necesidades del estudiantado en materia de salud mental, situación socioeconómica y vida académica. Este ejercicio de escucha permitió determinar que la salud emocional de la población estudiantil ciertamente se ha visto socavada por el estrés, la ansiedad, la incertidumbre, la crisis económica y el reto de la virtualidad de los cursos.
Los motivos de consulta de las personas atendidas por la Oficina de Bienestar y Salud incluyen ansiedad (36 %), síntomas depresivos (23 %), síntomas mixtos de depresión y ansiedad (18,2 %), estrés (7,4 %) y problemas familiares (6,8 %), entre otros. En el caso de la ideación suicida, pensamiento suicida o gesto suicida, la Universidad no cuenta con una estadística sobre estos casos puntuales, por ser materia sensible, delicada y confidencial.
La UCR ha hecho un llamado a todas las unidades académicas e instancias universitarias a promover espacios de escucha y diálogo constante con la comunidad estudiantil, así como a impulsar acciones y medidas de flexibilización que, en esta coyuntura de emergencia sanitaria, aseguren la articulación necesaria para favorecer la permanencia y el bienestar de la población estudiantil. Asimismo, ha venido desarrollando acciones específicas que se detallan a continuación.
Atención de la salud mental
Desde la Oficina de Bienestar y Salud (OBS) se ejecuta el “Proyecto Mishka” (en bribri significa “vamos”). Esta iniciativa está integrada por un grupo de profesionales en salud mental que, de forma voluntaria, acompañan emocionalmente a la comunidad estudiantil mediante una intervención en crisis. De enero a junio del 2021, se realizaron 2 257 intervenciones de atención individual y colectiva.
Desde la ViVE se decidió que los becarios con categorías 4 y 5 pueden hacer uso del Fondo Solidario Estudiantil (establecido en el Reglamento General del Fondo Solidario Estudiantil) para atender sus necesidades psicológicas.
La OBS lidera la elaboración de la “Estrategia institucional de promoción de la salud mental, prevención de enfermedades mentales y atención / cuidado a la población universitaria”, en alianza con un conjunto amplio de unidades académicas, administrativas e investigativas.
La Oficina de Orientación desarrolla la iniciativa “Orientación hasta tu casa”, mediante la cual se apoya al estudiantado con recomendaciones de salud física, información y herramientas para el trabajo a nivel personal, familiar, social y emocional en el contexto de pandemia. Además, recientemente se abrió un espacio de escucha activa denominado “Orientación con Vos #Escuchando-Nos”.
La OBS continúa brindando al estudiantado los servicios de medicina general, ginecología, enfermería, farmacia, laboratorio clínico y odontología.
La OBS sigue mediando el proceso de vacunación de estudiantes, de acuerdo con los grupos prioritarios definidos por la Comisión Nacional de Vacunación. Entre ellos, las y los estudiantes de internados del área de la salud que realizan prácticas en la CCSS.
Continúan funcionando espacios de participación que enriquecen la formación y contribuyen a evitar la deserción estudiantil, tales como los programas de Voluntariado y Liderazgo Universitario.
Los Programas Deportivos, Artísticos y Recreativos diariamente desarrollan actividades recreativas virtuales (clases de pilates, zumba, CardioAbs, entrenamiento funcional, yoga, acondicionamiento físico integral, GAP).
Ajustes en la vida académica
La flexibilización del Calendario Estudiantil 2020 y 2021 amplió los plazos para todo servicio y trámite, entre ellos la renuncia extraordinaria de cursos.
La Oficina de Orientación reforzó los programas de acompañamiento en aspectos académicos, de salud mental, socioafectivos y vocacionales, con la finalidad de propiciar el avance del estudiantado hacia el logro de las metas académicas.
La ViVE brinda acompañamiento a grupos de estudiantes en espacios de escucha y desahogo.
Se fortaleció la capacidad de conectividad mediante el préstamo de 3 000 tabletas con acceso a internet pago para la población con becas 4 y 5. Asimismo, alrededor de 9 000 estudiantes reciben apoyo económico para el pago del servicio de internet. También se creó un fondo solidario para la conectividad de la población estudiantil.
Apoyo socioeconómico
Se ampliaron los recursos destinados al Sistema de Becas. En el 2021, más de 26 000 estudiantes de la UCR (56 % del total de la comunidad estudiantil) cuentan con algún tipo de beca socioeconómica.
Alrededor de 20 000 estudiantes, que tienen las dos categorías de beca más altas, pueden recibir un aumento del 15 % en los montos vigentes para gastos de carrera, y del 30 % para alimentación. La población estudiantil con dificultades de conectividad a internet también puede hacer uso del beneficio de reubicación geográfica.
De manera permanente, la OBS continúa con la recolección de datos del diagnóstico de necesidades en salud de la población estudiantil y ajusta el modelo de salud de la Universidad de Costa Rica, denominado “Vida Creativa”, y su estrategia “UCR Saludable”.
Comunicación de la Universidad de Costa Rica Oficinas de Comunicación de la Universidad de Costa Rica
Imagen: Estudiante en la Universidad de Costa Rica, marzo, 2021. Foto: Karla Richmond, UCR.
Derechos humanos, ¡cuántas injusticias se cometen en tu nombre!, sin detenerse un instante a conocerte. Para algunos sos, según repiten, tener opciones electorales, aunque 8 de cada 10 ciudadanos en Costa Rica no quiera saber nada de partidos políticos, o el derecho a vivir en tu país de nacimiento, aunque 4 de cada diez personas quisieran EMIGRAR si tuvieran los medios para hacerlo, como sucede también en Costa Rica. Por eso, a propósito de lo anterior, en honor tuyo, vale la pena recordar algunos de los artículos que contiene tu Declaración Universal emitida en la ONU en 1948, sobre los que haríamos bien en reflexionar para ponerlos plenamente en práctica. Leemos: «Todos tienen derecho a la protección contra la DISCRIMINACIÓN». «Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión». «Toda persona tiene derecho a la seguridad social». «Toda persona tiene derecho AL TRABAJO y la protección contra EL DESEMPLEO». «Toda persona tiene derecho AL BIENESTAR, ALIMENTACIÓN, VIVIENDA, ASISTENCIA MÉDICA, vestido y otros SERVICIOS SOCIALES básicos». «Toda persona tiene derecho a LA EDUCACIÓN y al libre desarrollo de la personalidad». «Toda persona tiene derecho A UN ORDEN SOCIAL que garantice LOS DERECHOS DE ESTA CARTA». Así que, amiga Carta de los Derechos Humanos, aunque ya tenés 73 años, te pedimos perdón por tenerte olvidada en la gran mayoría de Estados miembros de la ONU que te vio nacer, y por ver como se te manosea cínicamente.
Llega ya a las librerías una novedad editorial que desvela hasta qué extremo el radicalismo político de Donald Trump preocupó a la cúpula militar de Estados Unidos, la cual temió un Golpe de Estado por parte del expresidente y preparó una respuesta contra el mismo.
El libro de investigación que trata sobre este asunto se titula I Alone Can Fix It: Donald J. Trump’s Catastrophic Final Year y ha sido escrito por dos periodistas del periódico The Washington Post, Carol Leonnig y Philip Rucker. Verá la luz a finales de julio.
El libro desvela que directamente el Jefe del Estado Mayor Conjunto de Estados Unidos, Mark A. Milley, llegó a temer que Donald Trump diese un Golpe de Estado. Y narra también que, ante esa situación, Milley, el general de mayor rango en Estados Unidos, decidió planificar una respuesta para detener el posible Golpe de Estado de Trump.
Según Leonnig y Rucker, Milley se alarmó cuando Trump adoptó una actitud desafiante después de las elecciones de noviembre de 2020, no reconociendo la victoria de Joe Biden. Y empezó a pensar que estaban obligados a preparar una respuesta ante un posible Golpe de Estado.
Milley tuvo muy claro desde esa fecha que Trump estaba avivando disturbios para encontrar una excusa que le permitiese «invocar la Ley de Insurrección y llamar a los militares».
El asalto al Capitolio del 6 de enero de 2021, cuando las hordas de simpatizantes de Trump marcharon hasta el edificio sede del Congreso federal en Washington DC. fue el momento clave. No llegó a mayores, porque Trump no se atrevió a llegar hasta donde la cúpula militar de Estados Unidos pensó que era capaz de hacerlo.
Según la información que suministra el libro de Carol Leonnig y Philip Rucker, Milley y los otros militares de alto rango consideraron que Estados Unidos se enfrentaba a un «momento Reichstag», en referencia a la quema de la sede del parlamento alemán en 1933 que conllevó el control totalitario de Alemania por parte del partido de Hitler.
Durante el periodo de conspiración, Milley llamó a los simpatizantes de Trump «camisas pardas», en referencia a los grupos paramilitares que sirvieron a Adolf Hitler en Alemania en los años ’30; y nazis a los asaltantes del Capitolio seguidores de Trump.
Parece evidente que Donald Trump era un peligro para la democracia. El acoso que llevó a cabo contra la democracia de su país, en cualquier caso, no fue menor que el acoso brutal que llevó a cabo contra otros sistemas políticos o Estados no sometidos a sus caprichos.
Usualmente empleamos el concepto de Pacto Social para expresar el origen de la autoridad política, de los gobernantes, y de la organización del sistema político o del orden social.
El Pacto Social deviene del concepto Contrato Social que se desarrolló con las teorías políticas, surgidas desde finales del siglo XVII, que rechazaron el origen divino del poder de los monarcas, entendiendo que dicho poder no era voluntad de Dios, ni por Dios se realizaba, ni que por decisión de Dios gobernaba, sino que descansa en el Pacto Social, o en el Contrato Social que los ciudadanos realizan para asegurar su convivencia, su buen vivir y su felicidad, delegando cada ciudadano su Soberanía, su Voluntad, en el Gobernante, a quien se le encarga, por ese motivo, la buena administración de la sociedad y del Estado.
Esa voluntad delegada para la administración no puede ser ejercida de manera despótica, ni tiránica, ni dictatorialmente, ni se puede actuar por parte del Gobernante de modo autoritario, contrario al Pacto, ni se puede gobernar contra los ciudadanos. Si así sucediere el Pacto se estima roto y el pueblo con el derecho natural de rebelarse, contra ese gobernante que ha incumplido el Pacto, para cambiarlo y restituir de nuevo la armonía social y política, y la buena relación entre el Mandatario y los Mandantes de ese Pacto o Contrato Social. Como concepto el Mandatario no puede apartarse de lo que le establecen los Mandantes, el Pueblo, como resultado de las elecciones, que es la forma mediante la cual se da la facultad de gobernar.
Este concepto y Derecho de Rebelión en Costa Rica fue establecido en la Constitución de 1844. En las siguientes constituciones fue eliminado.
Corresponde también al concepto de Pacto Social la aprobación de la Constitución Política. Se le da a esta gestación o nacimiento de la Constitución la categoría mayor de la elaboración del Pacto o Contrato Social. La primera Constitución que se estableció en Costa Rica, el 1 de diciembre de 1821, se llamó Pacto Social Fundamental Interino de Costa Rica, o Pacto de Concordia.
En la Constitución Política se establece todo lo que corresponde a definir el país o el Estado, sus límites, quienes lo habitan y tienen su nacionalidad, quienes pueden adquirir su nacionalidad, los derechos y los deberes de los ciudadanos, los derechos y libertades, los derechos y garantías sociales, la constitución de los Poderes Públicos y sus funciones, se señala quienes y de qué forma pueden formar parte de esos Poderes, el mecanismo de hacer las leyes. Además, se establecen otros aspectos relacionados con religión, educación, organismos coadyuvantes de la gestión pública y el juramento constitucional, entre otros elementos.
En el campo político electoral se establece un sistema de partidos políticos, que funciona en Costa Rica como tal, desde 1890, que es el que se usa para nombrar y cambiar gobernantes, a los representantes populares del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo, que son los que surgen de este Pacto Social como sus representantes genuinos, que expresan el carácter democrático institucional y social que afirman con su elección ese Pacto o Contrato Social.
En este sentido cada proceso electoral, como el que viene, a realizarse el primer domingo de febrero próximo, para cambiar las autoridades nacionales, las que resultan de las elecciones, son una afirmación del Pacto Social, del Contrato Social. Me atrevo a decir que son su mejor expresión de afirmación constante, que se realiza por consulta popular cada cuatro años. Así la expresión de los votos, su resultado, apoyando o no la gestión de Gobierno que se ha venido realizando, estos cuatro años, por el partido político, que le ha tocado hacerlo, como resultado de las elecciones y por la confianza depositada en ese sentido para que conduzca el país. Es un apoyo indirecto al Gobernante y a su Partido, o un rechazo a ambos. Indirecto al Gobernante, en la figura del Presidente de la República, cuando se le da continuidad al Gobierno con la reelección de su Partido para un nuevo mandato, con otro gobernante, porque el sistema electoral no permite la reelección continua del Mandatario en ejercicio del Gobierno, pero permite la reelección continua de su Partido político. Si el resultado es adverso a la continuidad del Partido, se puede interpretar que el rechazo es al Presidente y gobierno en ejercicio y a su partido y candidato que participa en las elecciones.
En la Historia electoral del país desde 1890 no ha habido un gobernante, como persona que haya ejercido el Gobierno tres veces consecutivas. Los ha habido de dos veces, en 1894-1898 y 1898-1902, Rafael Iglesias. Después eso no se ha repetido.
Los ha habido que repiten un gobierno, durante el período de la Segunda República, en 1970-1974, y 1974-1978 con el Partido Liberación Nacional, en 1982-1986 y 1986-1990, con el Partido Liberación Nacional, en 1998-2002 y 2002-2006 con el Partido Unidad Social Cristiana, en el 2006-2010 y 2010-2014 con el Partido Liberación Nacional, y actualmente desde 2014-2018 y 2018-2022, con el Partido Acción Ciudadana.
La Historia electoral de este período, 1949-2018, no conoce tres gobiernos seguidos de un mismo partido político, pero en cada elección eso es una posibilidad, la reelección del partido en el Gobierno.
La encrucijada en que estamos es si en estas elecciones del 2022, ante la renovación y afirmación del Pacto Social o Contrato Social, que surge del mandato electoral, se le dará la confianza al actual Partido gobernante de continuar con un tercer mandado, o se cambiará de Partido gobernante, con su respectivo gobernante. El que no se reelija un partido solo significa que el Pacto Social con ese Partido se Rompió. No significa que toda la sociedad entra en crisis por la ruptura de ese Pacto, porque en su Rompimiento simultáneamente se establece un nuevo Pacto con otro Partido y su gobernante.
La elección en sí misma es un acto de confianza pública en el sistema democrático, en el sistema de partidos políticos, en el proceso electoral que gobierna este cambio de Mandatario y hasta de Partido Político. Es un acto de confianza en el sistema democrático y electoral costarricense.
En fila ya tenemos los primeros partidos y candidatos ya definidos aspirando gobernar el país, el Partido Nueva Republica con Fabricio Alvarado, Sergio Mena con el Partido Nueva Generación, el Partido Unidos Podemos con Natalia Díaz Quintana, el Partido Liberación Nacional con José María Figueres Olsen, el Partido Unidad Social Cristiana, con Lineth Saborío, el Partido Liberal Progresista con Eli Feinzaig, el Partido Progreso Social Demócrata con Rodrigo Chávez.
Las preguntas finales, ¿se romperá el Contrato Social o el Pacto Social con el Partido Acción Ciudadana? ¿Habrá nuevo Contrato o Pacto Social, con otro partido político? Este es el dilema. Nuevo Presidente o Presidenta habrá.
Exponen que el 54% de los hogares está en inseguridad alimentaria mientras el país atraviesa por la peor crisis económica en su historia
SURCOS comparte el siguiente comunicado:
Desde la iniciativa Despertando al Gigante, Niñez Ya, la Plataforma Interreligiosa Fe y Desarrollo y las organizaciones aliadas de la sociedad civil, como World Vision y del sector interreligioso, alertan y hacen un llamado prioritario durante el lanzamiento de los informes, para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), los cuales se han visto seriamente retrasados por causas estructurales a nivel nacional, agudizadas por los efectos devastadores de la pandemia.
Acorde al informe de la Iniciativa Despertando al Gigante, ¿Cómo vamos en los ODS en Colombia hasta el 2020?, Colombia atraviesa por la peor crisis económica en su historia desde 1975. Si bien los efectos de la pandemia sobre la economía han agudizado la pobreza y el hambre en el país (ODS 1: Fin de la Pobreza y ODS 2: Hambre Cero), es cierto que las causas de ambos fenómenos son de naturaleza estructural. Esto se sustenta en el hecho de que Colombia es uno de los países más desiguales del mundo.
Según las cifras oficiales del DANE, la desigualdad en la distribución de la riqueza a nivel nacional ha incrementado significativamente según el coeficiente Gini al pasar de 0,526 en 2019 a 0,544 en 2020, alejándose de la meta que tenía el gobierno nacional de reducir este indicador a 0,470 para el 2022. Además, se ha incrementado el nivel de pobreza, evidenciando que 21 millones de colombianos viven en pobreza monetaria al tiempo que 7,5 millones viven en pobreza extrema; antes de la pandemia el 90,9% de los hogares colombianos consumían tres comidas al día, para el 2020 este porcentaje se redujo y la cifra de hogares que sólo pueden consumir una comida al día ascendió a 137.000.
Una preocupante realidad que se ve reafirmada por el informe de Niñez Ya, Los ODS están en riesgo, el cual revela que el 54% de los hogares está en inseguridad alimentaria y el 10,8% de los menores de 5 años de edad padecen de desnutrición crónica, 1,6% desnutrición aguda y 6,4%, sobrepeso.
Problemas socioeconómicos que impulsan el trabajo infantil e incrementan los matrimonios tempranos. Situaciones que, antes de la pandemia, ya permitían proyectar que para el 2030 no se lograría cumplir con la meta de reducción del hambre en el país, posibilidad que ahora se aplaza al año 2040 por retroceso en el crecimiento económico.
Por otro lado, Colombia cerró el 2020 con cifras preocupantes frente al ODS 3: Salud y Bienestar, por ejemplo, en salud materna infantil y muertes no fetales. Una alarmante realidad que se complementa con el incremento de la no asistencia de niñas, niños y adolescentes a centros clínicos y hospitalarios para sus controles de desarrollo y atenciones en salud, lo cual se agrava en el caso de las personas con discapacidad, cuyas cifras de inasistencia son mayores al 76,6%.
También incrementaron los problemas emocionales; las encuestas registran entre niñas, niños, adolescentes y adultos síntomas recurrentes como preocupación, tristeza, dificultades para dormir, aburrimiento y cansancio, lo que denota presencia de enfermedad mental.
Adicional a lo anterior, acorde a los informes, en Colombia, las niñas y niños menores de 5 años de edad mueren, entre otras razones, por trastornos respiratorios e infecciones respiratorias agudas. Cifras que hacen parte de los hallazgos del Acción por el Clima (ODS 13), donde además se resalta de manera positiva el incremento en el uso de la bicicleta para la movilidad en Bogotá, la ciudad capital, que logró disponer de 84 kilómetros adicionales a los 550 kilómetros preexistentes de carriles para las bicicletas en tiempos de pandemia.
Frente al ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas, si bien para el 2020 el índice de homicidios presentó una mejora respecto a años anteriores, es preocupante que se sigue ejerciendo violencia contra líderes sociales y defensores de derechos humanos (DD.HH). Sumado a ello, el reclutamiento de niñas, niños y adolescentes es una de las tensiones que tiene Colombia sin resolver para lograr la paz sostenible y duradera, evidenciando que entre enero y diciembre de 2020 se registraron 79 eventos que afectaron a por lo menos a 222 niñas/os y adolescentes.
Llamados a la acción efectiva y concreta
Desde la iniciativa Despertando al Gigante, Niñez Ya, la Plataforma Interreligiosa Fe y Desarrollo y las organizaciones aliadas de la sociedad civil, como World Vision y del sector interreligioso se hace llamado, especialmente al Gobierno de Colombia a:
– Establecer como política del Estado colombiano una renta básica incondicional para los hogares en situación de pobreza monetaria y pobreza extrema, incluidas las familias de los migrantes.
– Avanzar con mayor celeridad en la implementación de las políticas públicas que protegen de manera integral a las familias y la niñez.
– Dar un enfoque territorial a los planes de desarrollo nacionales y territoriales a fin de superar la brecha existente entre las zonas urbanas y rurales.
– El monitoreo permanente y el acompañamiento en situaciones de violencia ejercida en contra de los líderes sociales y los defensores de DDHH.
– Priorizar la intervención efectiva en los departamentos donde se conjugan las mayores prevalencias de desnutrición y niveles de afectación por el COVID-19, incluyendo a los territorios con mayores probabilidades de inseguridad alimentaria por falta de producción o incapacidad de adquisición de alimentos. Para ello se deben tener en cuenta las necesidades particulares por edades y sectores poblacionales como los grupos étnicos y las personas con discapacidad.