Denuncia que las regulaciones solo existen para los agricultores que no usan agroveneno
Aseguran que hay que prohibir una larga lista de agroquímicos en el país
El Movimiento de Agricultura Orgánica Costarricense (MAOCO) felicitó públicamente al Frente ECO-CIPRECES y comunidades de Oreamuno, por la “contaminación del agua que consume su comunidad, con derivados de la molécula del clorotalonil, uno de los fungicidas más utilizados en Costa Rica en hortalizas, verduras y frutas, y que ha sido prohibido en Europa y Estados Unidos, por su potencial carcinogénico y su capacidad para contaminar las aguas subterráneas”.
MAOCO agradeció a “ECO-CIPRECES por iniciar y liderar la campaña nacional por la prohibición del clorotalonil para limpiar las aguas, suelos, alimentos y para proteger la vida de todos los costarricenses. Reconocemos la histórica labor de este grupo de ciudadanos junto con instituciones que han facilitado la generación de información científica para fundamentar esta contaminación como el Instituto Regional en Sustancias Tóxicas (IRET) de la Universidad Nacional, entre otras, para que al día de hoy contemos con una resolución de la Sala Constitucional que declara con lugar el recurso de amparo por contaminación por clorotalonil en Cipreses de Cartago, ordenando a las autoridades ejecutar las acciones para su Prohibición”.
Aprovecharon para denunciar que “las regulaciones solo existen para los agricultores que no usamos agrovenenos, como los orgánicos, mientras que los agricultores que contaminan están sin ningún tipo de regulación, ni fiscalización y están a la libre utilizando agroquímicos altamente cancerígenos, anteponiendo las ganancias económicas a costa de la vida, la salud y el ambiente.En muchas ocasiones nosotras, como personas agricultoras orgánicas nos vemos expuestas a sanciones por usar agua que contaminan las personas que utilizan agroquímicos, sin importar que no seamos nosotros los que contaminamos, somos los que debemos asumir la responsabilidad, así mismo cómo podemos garantizar producir orgánicamente, si vecinos que usan agroquímicos no están siendo regulados”.
Por eso aseguran “no es solo el clorotalonil el que se debe prohibir sino una lista más de agroquímicos que ingresan al país y que han sido prohibidos en otros, por su potencial cancerígeno y contaminantes”.
Consideran que el fallo reciente de la sala constitucional que sentencia el clorotalonil “es un gran logro, es un gran aporte no solo para la salud y bienestar de las personas de Cartago, sino para todas las personas habitantes de Costa Rica, este es un fallo histórico que evidencia lo que las personas agricultoras orgánicas venimos diciendo por muchos años, pero tristemente las autoridades esperan a que las comunidades afectadas sean las que deban sufrir todas las consecuencias algunas irremediables, para tomar cartas en el asunto”.
“Aplaudimos la labor de los magistrados por hacer cumplir nuestro derecho a un ambiente sano y garantizar la salud de las personas, además de la labor de las instituciones a cargo de realizar el “Informe Técnico Clorotalonil”. Sin embargo, MAOCO se pregunta, “donde están las demás instituciones públicas que por años conocen del uso de este y otra cantidad de agroquímicos altamente perjudiciales para la salud y el ambiente, como el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Ambiente, que deben de estar velando por garantizar nuestro derecho a un ambiente sano y salud”.
MAOCO asegura que “Nosotros como agricultores orgánicos, sabemos que esta es una de tantas batallas que debemos luchar, para garantizar que los alimentos de los costarricenses sean producidos con prácticas agroecológicas que no contaminen los suelos, aguas y aire, que al contrario promueve la biodiversidad de los agroecosistemas, la vida del suelo y del agua”.
Finalmente cierran invitando a: «las personas agricultoras convencionales a que inicien los cambios en sus sistemas y tecnologías de producción hacia una agricultura orgánica, agroecológica, regenerativa libre de venenos, y encontrarán una gran oportunidad para seguir labrando la tierra sin contaminarla. Es por ello por lo que debemos promover, apoyar, consumir y producir con agricultura orgánica.” Mientras llama a la ciudadanía costarricense “a seguir defendiendo nuestro derecho a un ambiente sano y una alimentación libre de agroquímicos, una agricultura orgánica pues es la única manera para garantizar la salud y la vida”.
En las últimas horas, me vi en la desagradable situación de ver y escuchar una comunicación, en la que el señor presidente de la República se refiere al rector de la Universidad de Costa Rica y a la Universidad de Costa Rica misma, con las siguientes palabras:
“… Como dijo este señor: ¿Espeleta es de apellido él… Gustavo qué… el rector? …bueno como se llame el señor este… don Gustavo…”. Frunciendo el ceño y con ademanes y gestos despectivos.
“…ya ese tema está sanado… la gente sabe qué es lo que está pasando… sólo falta meterse en Tik Tok para entretenerse un rato”. (en medio de risa.)
Difícil de soportar, y finalizar de escuchar estas palabras oprobiosas.
Esta Benemérita Institución, no es canalla señor presidente.
Ni usted, ni nadie, puede referirse con estas palabras a ella, ni pretender insultarla.
Con esta muestra de grosería y bajeza, usted no se pone a la altura ni dignifica su investidura señor presidente: esto es inadmisible.
Apoyarse en “Tik Tok”, para proceder con esta clase de sandeces, sólo significa confundir lo que es la sabiduría popular.
El Rector le dijo: “Señor presidente, usted se equivoca…la defensa de la educación es algo que trasciende ideologías y partidos políticos … cuando quiera trabajar propuestas para resolver los problemas de la educación pública del país y buscar soluciones para llegar a cumplir la Constitución Política, aquí vamos a estar. Mientras su objetivo sea tergiversar información y polarizar, no cuente con nosotros”.
Esta muestra soez y de incompetencia, habla muy mal de usted señor presidente. Este histrionismo, es pésimo recurso: usted no puede pretender no saber el nombre de la persona a la que va a referirse en momentos tan serios. Seriedad le hace falta señor presidente y no insultar y rebajar, con pretendida actitud de comediante. No se equivoque.
Esto, y recordar el 20 de junio, me hace pensar en aquel dicho: “Hay quienes ven la tempestad y no se arrodillan”.
Carlos Fernández de Cossío, viceministro cubano de Relaciones Exteriores.
La Habana, 24 jun (Prensa Latina) La Red en Defensa de la Humanidad (REDH) denuncia hoy el pronunciamiento del representante del primer distrito congresional del estado norteamericano de Florida Matt Gaetz, instando a usar la fuerza militar contra Cuba.
En su declaración titulada «Con la verdad, por la paz y la justicia», la organización rechazó las palabras del congresista, quien durante una audiencia del Comité de Servicios Armados de la Cámara a la que pertenece, declaró que el presidente de su país, Joe Biden, debería atacar a Cuba, por la supuesta existencia de activos militares chinos en su territorio.
Según el texto de REDH, Gaetz expresó que apoyaba “una autorización para el uso de la fuerza militar para sacar activos militares chinos en Cuba” al tiempo que el comité discutía enmiendas a su Ley de Defensa Nacional.
La proclama publicada la víspera recordó que a principios de este mes el viceministro cubano de Relaciones Exteriores Carlos Fernández de Cossío desmintió públicamente información falsa sobre el tema publicada en la prensa estadounidense carente de evidencia alguna.
Advirtió que la nación antillana, además de ser soberana, es firmante de acuerdos internacionales, y en consecuencia rechaza la presencia militar extranjera en América Latina y el Caribe.
La Red manifestó su apoyo a las palabras de Fernández de Cossío sobre el rechazo de La Habana a «toda presencia militar foránea en América Latina y el Caribe, incluida la de numerosas bases y efectivos militares de los Estados Unidos, en especial la base militar que ilegalmente ocupa una porción del territorio nacional en la provincia de Guantánamo».
El documento subrayó que América Latina como zona de paz, no es una mera consigna y advirtió que la amenaza contra Cuba constituye una amenaza contra todos los pueblos y contra el mundo.
«Es costumbre del imperio amenazar y actuar contra nuestra gente. Su caída incrementa la violencia y el belicismo por doquier», apuntó.
El documento explicó que Cuba ha sufrido el hacer injerencista e invasor de Estados Unidos desde sus inicios como nación y la agresión constante se agudizó luego del triunfo revolucionario del 1 de enero de 1959, política que Washington no ha variado, lo cual evidencia esta nueva amenaza de aplicar la fuerza militar y el accionar diario del bloqueo económico, comercial y financiero implementado por su Gobierno contra la isla.
«Esta es otra mentira más del imperio, otra excusa para justificar sus crímenes», concluyó la declaración de la REDH publicada en su sitio en internet.
Un primo colombiano que desde pequeño apodamos “Nando”, acaba de enviar un lindo video sobre un oso perezoso, al chat de la familia Salom, Salcedo Salom y descendientes, del que me serví para hacer el relato que hoy entrego a ustedes.
Hernando, como se llama Nando, ha demostrado ser poseedor de una alta sensibilidad en torno a los animales, particularmente es un educador de la especie de los equinos. Nando es el menor de los Salcedo Salom, el hijo menor de mi tía Ligia y el tío Perucho, ambos lamentablemente ya fallecidos. Nando forma parte entonces de la para mí, muy entrañable parentela con la que contamos los Salom esparcida por Barranquilla, Cartagena, Sincelejo (una ciudad muy cerca de Cartagena), y, hasta Medellín adonde fue a escorar otra querida prima con su hijo Pablo e hijas. Luego Gustavo Salom migró a Panamá, Alfonso Salcedo a los Estados Unidos; además, entre Holanda y España están los hijos de Roberto y Augusto Ignacio Salom Salom (“al que no quiere caldo dos tazas”, pero así se apellidan), este último fue el mayor de toda esta progenie. Obviamente Costa Rica se convirtió en receptora de los Salom Cubero y Salom Echeverría, desde que mi tío Ico vino a dejar parte de su descendencia en nuestro bello terruño, y poco después mi padre, por lo que ya reside un buen contingente de familia Salom y qué se yo en cuántas otras partes más de este mundo atribulado.
El video del perezoso que nos envió el primo Nando muestra el momento en el que este mamífero de la familia de los úrsidos, de hábitos especialmente nocturnos que habita en praderas y bosques, realiza la travesía de pretender trasladarse de un árbol ya sin nutrientes, a otro que creció paralelamente que le sustentará la vida por encontrarse en la plenitud de su producción de hojas y frutos. La cámara capta ese momento en que el animal, de movimientos exageradamente lentos y por ello sufridos, trata literalmente de agarrarse del árbol frondoso (que no resultó tan cercano), para continuar su tarea en esta vida.
Sin prisa, pero sin pausa escribió Roberto mi hermano gemelo en un comentario, refiriéndose a esta “belleza” de movimientos, como calificó Ignacio, el mayor de mis hermanos varones, ese instante. La travesía del “perezoso”, es un ejemplo de lo que debemos entender cuando decimos que la naturaleza es sabia. Incluidos desde luego dentro de ella nosotros los seres humanos.
Pero, con el advenimiento del industrialismo se ha creado una notable excepción a esa verdad: ya nuestra especie humana ha dejado de concebirse a sí misma como perteneciente o consustanciada con la Naturaleza de la que provenimos.
Estos criterios se conformaron entre muchas personas a partir del hecho de habernos separado, o escindido de la Madre Tierra; tanto que, el ser humano ha llegado a creerse ilusoriamente su dueño.
Esta ilusión, esta fantasía, nace de nuestra capacidad de transformar la Naturaleza, hecho que está hoy mediado por la invención y creación de una tecnología extremadamente sofisticada, como nunca se había logrado. Así nos hemos llegado a concebir a nosotros mismos, no solo separados de la Madre Tierra, como dijimos antes, sino que nos vemos “fuera” y hasta “por encima” de ella. Natura ha pasado a ser para el ser humano “una cosa”, un objeto; mientras tanto, nosotros al catalogarnos como el “ente pensante” que, por estar dotado de razón posee dignidad, nos consideramos los únicos merecedores de disponer libremente de todo lo que nos rodea, un “algo” externo a nosotros, como la naturaleza, que la pretendemos poseer en la forma caprichosa que lo deseemos, aunque sea al costo inconmensurable de su destrucción (“Y seréis como dioses”, fue la expresión del célebre filósofo y psicólogo Erich Fromm para referirse a una provocación del ser humano que impulsa a la “desobediencia”: oponerse a Dios para ser como Él).
En el mismo instante en que empezamos a hacer uso de la Madre Tierra sin sostenibilidad, fue el momento en el que comenzamos a destruirla, deforestándola, incendiándola, intoxicando la tierra con insecticidas venenosos, saturándola de basura que no es biodegradable, acabando con ecosistemas completos, desatando guerras con armamento super destructivo (hijo de ese mismo industrialismo), envenenando la atmósfera con gases que producen el llamado “efecto invernadero”, o sea puro anhídrido carbónico. Así, sin apenas darnos cuenta en un inicio, fuimos sentando las bases para nuestra propia destrucción; o, dicho de otro modo, estamos acabando con las condiciones que hacen posible la vida sobre la faz de la tierra… Ya nos queda poco tiempo, cada paso que damos en esa dirección extenuamos la energía vital del planeta. No debemos llegar al punto de “no retorno”, como han denominado los científicos a aquel umbral en el que no será posible restituir aquello que hemos destruido.
Lo grave es que hoy somos más conscientes de nuestra acción destructiva, pero al mismo tiempo parece que somos víctimas de fuerzas antihumanas, “contra natura”, que hemos echado a andar y no podemos detener.
Por tanto, debemos proceder “Sin prisa, pero sin pausa”, como escribiera Roberto mi hermano, en la dirección del perezoso, trasladándose de un árbol sin nutrientes, a otro que le dará vida, pero de manera sostenible y sustentable. Sin embargo, si no somos capaces de acometer esa tarea ya, tendremos que seguir sin pausa, pero con prisa y cada vez más.
Una de las paredes frente a la entrada principal de la escuela indígena Rey Curré, situado en el cantón de Buenos Aires, luce un inmenso mural que representa las diferentes fases que se da durante el Juego de los Diablitos en esta comunidad.
El Juego de los Diablitos es una tradición de origen muy antiguo que conmemora las luchas que tuvieron sus antepasados durante el periodo de Conquista, de ahí la enorme importancia histórica y sociocultural que representa este mural.
Pero no solo representa al Juego de los Diablitos sino a todos los diferentes elementos que confluyen en el contexto de esta tradición, que realizan anualmente en esta comunidad, específicamente a finales de cada enero.
Este mural, el cual mide 9m de largo por 2.5m de alto, fue iniciado el sábado 10 de junio de 2023 y terminado el jueves 23 de junio del mismo año. Su autor, José Eusebio Lázaro Ortiz invirtió aproximadamente 5 horas diarias cuidando cada detalle.
Lázaro Ortiz es un distinguido artista local que por muchos años ha plasmado imágenes asociados a la cosmovisión cultural bruncajc. A sus 50 años, el autor ha realizado múltiples murales que representan parte de la historia indígena local.
Este mural, resalta los colores encendidos, fuertes que tonifican el entorno que sucede en el desarrollo de esta tradición ancestral en esta comunidad. Es una técnica muy común utilizado en las luchas sociales para expresar sus sentimientos de resistencia, anhelos o exigencia de derechos como personas, grupos o nacionalidad.
Esta obra está hecha sobre una pared de la escuela actual de Rey Curré, es una iniciativa impulsada por la directora María Victoria Lázaro Ortiz y docentes colaboradores.
La escuela indígena de Rey Curré es uno de los sitios mayor frecuentado por la comunidad y por visitantes que asisten a conocer parte de los elementos culturales de la comunidad que se resguardan en este centro educativo, tales como monolitos líticos, petrograbados, ranchos tradicionales, entre otros.
En la ilustración se observa varios componentes de la cosmogonía indígena boruca.
Se identificar en primer lugar, símbolos asociados al origen de la creación, representantes del misticismo, así como otras figuras míticas propias del mundo boruca y la presencia femenina, el maíz, el sol, el jaguar, el colibrí como representante de la sabiduría y la magia que encarna un simbolismo con un poderoso significado espiritual, ya que representa la resurrección de las almas.
Es un mural que resalta la presencia femenina, que si bien, no participa de manera activa y protagónica en el Juego de los Diablitos, siempre está atenta en hacer la chicha y las comidas para los participantes, así como dar aliento y motivación durante la lucha ante el toro.
Además, se puede observar algunos legados arqueológicos, las matas de maíz como uno de los granos o alimento más importantes paras las sociedades indígenas, de hecho, la chicha se hace a base del maíz, igual que la levadura, y otros alimentos.
En medio de este contexto surge la nacencia de los diablitos, el cual es la primera fase formal del juego en donde los diablitos nacen solos, se divierten y visitan los hogares de la comunidad.
Esta obra destaca el aporte de varias personas mayores que logran consolidar esta tradición en Rey Curré. No en vano, las personas adultas mayores son los guías, los asesores del conocimiento que apoyan en la transmisión de los saberes ancestrales de generación en generación.
Otras de las figuras insertadas en este mural es el jaguar, el animal más feroz, que acompaña en las luchas, en las batallas guerreras, ataca y destruye a sus enemigos. El jaguar es símbolo de poder.
En resumen, este mural, viene a fortalecer los elementos identitarios que conserva con mucho orgullo los estudiantes, personal docente y administrativo de la escuela indígena de Rey Curré.
Las Universidades Públicas y el Consejo Nacional de Rectores rechazan de forma contundente las declaraciones del presidente de la República, de las ministras y el ministro que integran la Comisión de Enlace realizadas durante la conferencia de prensa posterior al Consejo Gobierno del miércoles 21 de junio de 2023.
Como ya es conocido, con una marcha multitudinaria seguida de una demostración de fuerza, claridad y decisión en La Plaza de la Democracia, varios sectores organizados del país se manifestaron con firmeza y convicción, ante la situación por la que pasa la educación pública costarricense y otros asuntos nacionales, abusados por el neoliberalismo.
Se mencionó de manera enfática que, en este momento, con algunas medidas gubernamentales, se está poniendo en peligro la democracia y la paz social.
Se manifestó también con claridad que “este pueblo ya despertó”; se hizo un llamado con decisión: “defendámonos”.
Se planteo también a los sectores en pro de la defensa de la educación pública, que “cuentan con el apoyo del sector agropecuario”.
También se dijo con determinación que “saldremos a la calle a llevar palo”; a la vez, se pidió con vehemencia la renuncia de la ministra de Educación y en alusión a palabras del presidente, se dijo que ahora “no hay un plato, sino una olla de chop suey”.
Mucho apoyo recibió la demanda al gobierno, en cuanto a que debe pagar la deuda a la Caja Costarricense de Seguro Social; así como el reclamo en cuanto a que se le está quitando presupuesto a Educación, para pasarlo a Seguridad.
“Sólo el pueblo salva al pueblo”. Esta sentencia fue mencionada con convicción y vehemencia, lo que pone en evidencia, entre otras cosas que, por parte de distintos sectores sociales, hay un descrédito hacia el gobierno; una separación y confrontación entre pueblo y gobierno y un llamado a la lucha por los derechos de la población.
Al igual, dos diputadas del Frente Amplio se refirieron con determinación, a la gestión gubernamental: “se les acabó el juego” y “palo va a llevar el gobierno”; así como su oposición a la jornada de 12 horas, exigiendo que se pague horas extras.
Por su parte, una diputada del Partido Liberación Nacional dijo apoyar el 8% para la educación pública.
Al mismo tiempo, se hizo circular la información en cuanto a que en la Asamblea Legislativa se llevó a cabo una votación, con treinta votos a favor del 8% para la educación pública.
Un día antes, en un intento de desmovilización, la ministra de Educación se refirió a la marcha como “una pena” y en un comunicado conjunto con los ministros de la Comisión de Enlace para la negociación del FEES, el lunes 19, dijo “…la verdad sobre la manifestación de mañana. No se dejen engañar, porque hay gente que los quiere utilizar para defender sus intereses, privilegios…”
Hay que decir entonces, que ojalá de verdad le dé pena lo que sucedió el martes, aunque eso está por verse, si nos atenemos a las posiciones mantenidas.
Así también, en un documento denominado “Pacto por la educación pública”, dado a conocer ese martes 20, se dice que este se presenta “como hoja de ruta en ausencia de liderazgo del MEP” y refiere que “En el evento multisectorial participaron organizaciones estudiantiles, académicas, representaciones institucionales, sindicales, sociales, productivas y comunales”.
Entre los puntos planteados contiene:
Otorgar el presupuesto constitucionalmente asignado a la educación pública: 8% del PIB;
Liberar a la educación pública de la regla fiscal.
Lanegociación del FEES en la Comisión de Enlace
Tanto por parte de los representantes de la educación superior pública, como del sector gubernamental, se ha emitido documentos que informan del avance y resultados parciales de las sesiones para la asignación del Fondo Especial para el Financiamiento de la Educación Superior Estatal, FEES 2024.
De circunloquios y subterfugios. Pero: ¿seguimos “negociando”?
El gobierno por su parte, en el documento titulado:
“Restricciones presupuestarias impiden brindar más recursos al FEES 2023” (subrayado nuestro) informó que:
En el proceso de las negociaciones… (FEES) de 2023, la Comisión de Enlace se comprometió a explorar la posibilidad de aumentar los recursos destinados a este fondo ajustados a la inflación. El incremento estaría sujeto a la disponibilidad y espacio existente en el presupuesto de la República. (subrayados nuestros).
Sigue diciendo que, sin embargo, pese a los esfuerzos del Ministerio de Hacienda, las condiciones macroeconómicas y decisiones de la Asamblea Legislativa imposibilitan materializar este compromiso. (subrayado nuestro).
Por su parte, el CONARE, en un documento con el encabezado:
“Segunda reunión de Comisión de Enlace”, indica que:
“CONARE no acepta que el Gobierno le traslade la responsabilidad a la Asamblea Legislativa para no dar el 1% adicional del FEES 2023” (subrayado nuestro).
Durante las negociaciones para el FEES 2023,la Comisión de Enlace se comprometió a revisar la viabilidad de otorgar un 1% adicional para este año en atención a las postergaciones y deducciones realizadas a los presupuestos universitarios.
13 de junio del 2023.Cuando se negoció el FEES 2023, el gobierno y las universidades públicas aceptaron un crecimiento de un 1% fundamentado en el argumento de la situación financiera estrecha expuesta por el Gobierno para el 2022, a pesar de que la inflación anual de ese año cerró en 7,88%.
Esto se negoció de esa manera, porque… “c) el incremento anterior será revisado por la Comisión de Enlace en junio 2023 con el fin de determinar la viabilidad de un ajuste adicional de un 1%, que se realizaría a través de la formulación de un presupuesto extraordinario…”
Los trozos de texto subrayado son para hacer las siguientes consideraciones:
El lenguaje empleado por unos y permitido por otros, evidencia mucho:
En el título del documento del gobierno, luego del injustificado argumento de “Restricciones presupuestarias impiden…” se usa el término “brindar”.
Decimos que el argumento es injustificado porque, nada debe haber que impida cumplir con lo que la Constitución de la República manda.
Por otro lado, “brindar”, ¿qué implica?: por una parte, el gobierno está pasando de lo obligatorio a lo volitivo, desdibujándose así del mandato y posicionándose en lo dadivoso: no es que el gobierno esté en la posición de “brindar”, sino en la obligación de cumplir.
La misma reflexión vale para los términos “dar” y “otorgar”, así como “explorar la posibilidad”, un subterfugio.
Es de hacer notar que, por ambas partes, se insiste en “negociar”. Por nuestra parte, hemos dicho que, en este marco, lo que se ha dado en llamar “negociación”, el gobierno lo ha llevado más bien a “regateos de quinto patio” y lleva a pensar que no está negociando sino manipulando: ¿Se está cayendo en el juego?
Si fuera así, viene a la mente el dicho “Tigre suelto contra burro amarrado”; sólo que el propio “amarrado”, es el que se estaría poniendo la soga al cuello.
La marcha del martes 20, parece dibujar una nueva ruta de esperanza
Como es evidente, los diferentes sectores sociales dieron muestra de claridad, dignidad y determinación, en cuanto a que el derrotero impulsado por los sectores gubernamentales va por la senda equivocada.
Con mirada autocrítica, las universidades públicas y el CONARE, estuvimos mucho tiempo en el letargo de “la negociación”, hasta que el pueblo mostró el camino; tanto así que, en relación con la marcha, el llamado fue a “sumarse”: Sumarse a un impulso conjunto de varios sectores sociales, con la determinación mostrada el 20. Ni siquiera fue a unir fuerzas e integrarse, fue a “sumarse”.
La parte que representa la defensa de la educación pública parece no estar cohesionada. Esto se puede inferir, entre otras fuentes, de lo expresado por la presidenta de la FEUCR, sobre que hay agrupaciones estudiantiles que no participan en reuniones y no se está trabajando en conjunto: TEC, UNED y UTN.
En cuanto al Partido Liberación Nacional, algo me hace tener desconfianza, más me huele a “llevar agua para su molino”, a un pleito entre sectores de capital. Este partido tiene su cuota de responsabilidad en la actual situación del país.
En cuanto a la ministra de Educación, debe ponerse el énfasis debido y no otro, ya que el gobierno puede cambiarla por otra persona que “no tenga rabo que le majen”, pero igual, sea peón al servicio.
No olvidemos tampoco la fortaleza que tienen las universidades públicas, para generar las consecuentes sinergias, con las poblaciones y comunidades con las que trabaja, por el buen vivir, el bienestar, derechos. Un frente indispensable.
Tengamos fortaleza, dignidad, claridad y determinación entonces: “Sólo el pueblo salva a pueblo”.
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin@gmail.com
En la Gaceta Oficial de Costa Rica del 30 de marzo del 2023, se publicó el siguiente proyecto de Ley 23.588 (véase enlace, en pp. 2-7): se denomina «Ley para el reconocimiento y protección de las personas defensoras de derechos humanos y defensoras del medio ambiente».
Tratándose de un ámbito específico en el que son varios los avances del derecho internacional público que se han registrado (tanto a nivel de declaraciones, como de instrumentos normativos – sean estos de naturaleza universal o regional – así como a nivel de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos), se hubiese esperado verlas incorporadas en un proyecto de ley de esta naturaleza: se debe advertir de entrada que no es el caso.
En efecto, la lectura pormenorizada de este texto denota varias carencias y omisiones graves que evidencian la gran premura con la cual fue redactado, en particular en lo relativo a las personas «defensoras del medio ambiente«: detallaremos algunos de estos vacíos en las líneas que siguen.
Estas omisiones traducen la forma bastante peculiar con la que algunos en Costa Rica elaboran propuestas de ley en modo «express«. Y ello a pesar de la gravedad de la situación que viven muchos defensores del ambiente costarricenses: podemos referir a la muerte de dos líderes indígenas asesinados en menos de un año en la región de Salitre (Sergio Rojas, marzo del 2019 y Jerhy Rivera, febrero del 2020). En este 2023, en la misma fecha del Día del Ambiente, se leyó en el Semanario Universidad de parte de un reconocido ecologista costarricense (véase nota) que:
“Responsabilizo a los señores del veneno si algo nos llegara a pasar a mí o a las personas del Frente Ecologista de Cipreses, sobre todo en estos días que se escucha que está pronta la prohibición del clorotalonil en Costa Rica, que tiene el agua de nuestras casas contaminadas y que venimos denunciando”.
Anteriormente, fue este mismo medio de prensa universitario el que hizo públicas las amenazas recibidas por un campesino defensor de la vida silvestre en la Península de Osa (véase nota de diciembre del 2022).
No está de más recordar que el temor y las intimidaciones inhiben a muchos a denunciar el impacto en la salud humana de personas pertenecientes a comunidades afectadas por la expansión piñera: se trata de una pesada y dramática deuda que arrastran desde muchos años las autoridades sanitarias y ambientales de Costa Rica (véase este muy completo reportaje del 2019 publicado en el medio digital Delfino.cr, cuya lectura se recomienda y el documental siempre de una gran actualidad: “No nos tapen la boca: hablemos de contaminación piñera. Homenaje a Mayra Umaña, lideresa ecologista”, programa Era Verde, Canal 15, 2014). Como dato de interés muy pocamente divulgado en Costa Rica sobre sus exportaciones de piña, se lee en un reciente informe de la FAO del 2022 (véase texto) que Costa Rica es «el mayor exportador del mundo con una cuota de mercado de casi el 70 %» (página 8, a completar con ilustrativo gráfico 6 en la página 9). En el 2009, un artículo de prensa ya advertía de la insensata expansión de las plantaciones de piña en Costa Rica (véase el artículo “Insensatez piñera: miopía empresarial y estatal abonaron graves secuelas», El Financiero, No.724, junio del 2009).
Una consulta previa que ¿se hizo o … no se hizo?
La lógica indica que antes de elaborar el texto de un futuro proyecto de ley, cual sea el ámbito de este último, existe una fase previa de consultas.
Al parecer o no se hizo, o bien se hizo con un grupo tan reducido de entidades abocadas a esta temática y de profesionales conocedores de esta temática, que muy pocos saben quiénes son.
Dada la amplia y compleja problemática a la que se pretende dar respuesta con el proyecto de ley 23.588, plantea interrogantes muy válidas el hecho que:
1) – no se haya hecho ninguna consulta, o bien;
2) – que haya sido a un grupo muy pequeño de entidades y personas, o bien;
3) – que fue tal la premura para presentarlo, que se obviaron lo que consideramos las etapas básicas que requiere todo proyecto de ley de previo a su formulación.
Esta consulta a la que referimos hubiera, sin lugar a duda, permitido imprimir a esta propuesta un enfoque mucho más integral y abarcar los muy diversos aspectos de la problemática que se pretende resolver mediante una nueva legislación en Costa Rica: desde las organizaciones sociales, desde jueces y profesionales en derecho y otras disciplinas, desde los asesores legales que trabajan a menudo con el sector ecologista costarricense, desde los centros de investigación y desde la misma academia, desde la experiencia ya existente en otras latitudes, desde las múltiples publicaciones, informes existentes, los insumos aportados hubieran sido de gran ayuda.
Es de notar que desde el 2015, un proyecto de ley 19.610 (véase texto) que sí dio pie para consultas espera pacientemente que los diputados costarricenses lo tramiten: busca simplemente reformar el código penal para incluir actos que atenten contra activistas de derechos humanos y sancionar a sus autores. Y es de recordar que otro proyecto de ley 21.245 presentado en febrero del 2019 (véase texto) sobre la aprobación del Acuerdo de Escazú, fue archivado el pasado 1ero de febrero del 2023 por la misma Asamblea Legislativa.
A modo de sugerencia que se puede hacer a los actuales legisladores de Costa Rica (o de cualquier otro Estado que busque proteger a las personas que defienden el ambiente mediante una nueva ley), desde el pasado 21 de abril la región de América Latina y del Caribe cuenta con un órgano colegiado constituido por expertos, que también podrían ser consultados de cara a formular el mejor contenido de una futura norma: en efecto, se designaron a los siete integrantes del Comité de Apoyo a la Aplicación y Seguimiento en el marco de la COP2 del Acuerdo de Escazú celebrada en Argentina. Una COP2 cuyos resultados tuvimos la oportunidad de analizar brevemente: véase enlace a nota nuestra publicada en el sitio especializado Actualidad Ambiental. En el caso de la candidata de nacionalidad costarricense, es de destacar que fue designada por los demás Estados Partes para integrar este mismo comité (al respecto, véase nota de OjoalClima del 1/5/2023, única referencia que encontramos en medios de información en Costa Rica celebrando su designación).
De algunos aspectos de forma algo básicos
Desde su mismo título, se hace evidente que los autores del proyecto de ley 23.588 ignoran varias cosas que, en lo personal, consideramos bastante básicas, y que a continuación procederemos a detallar.
Desde 1995, la legislación costarricense no usa el término de “medio ambiente” usado en otras latitudes, sino el de “ambiente”, como la misma LOA (y no LOMA) por las siglas de: Ley Orgánica del Ambiente (véase texto completo). Si el planeta es uno, si la Tierra es una, no hay razón para usar el término de “medio” al referirse al ambiente, que utilizan (por ejemplo) nuestros colegas en España. Sorprende el hecho que los autores costarricenses de este proyecto de ley ignoren los términos usados en Costa Rica para referirse al “ambiente” en la misma normativa nacional. Para su información, la Constitución Política contempla desde 1994 un artículo que no emplea el término de «medio ambiente» sino que se lee de la siguiente manera:
”Artículo 50. Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado”.
Además, desde el 2018 existe un tratado regional que busca proteger a quienes defienden el ambiente (usando el término “ambiente “ o “ambientales” y no “medio ambiente” o medioambientales”…). Este instrumento jurídico consagra una expresión muy precisa que engloba a defensores de los derechos humanos y defensores del ambiente: se trata de la expresión “defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales”, tal como la encontramos plasmada en el Artículo 9 del Acuerdo de Escazú (véase texto completo). Dicho sea de paso, resulta más que llamativa la total omisión de toda referencia al Acuerdo de Escazú por parte de los autores costarricenses de este proyecto de ley. Esta omisión confirma (para algunos de nosotros) la sospecha que tenemos: muchos en Costa Rica, desde la misma Asamblea Legislativa (pero también desde el Poder Ejecutivo y desde otros espacios), opinan sobre el Acuerdo de Escazú – usualmente en contra – sin tan siquiera habérselo leído.
Cabe precisar que la propuesta original de incorporar en el futuro Acuerdo de Escazú una disposición específica sobre las personas que defienden el ambiente se debió a una propuesta conjunta de Chile, Costa Rica, Panamá, Paraguay y Perú (véase texto). El hacer mención de ello en un proyecto de ley como el 23.588 permitiría honrar esta valiente iniciativa que Costa Rica logró plasmar exitosamente con los demás cuatro Estados: convirtiendo de esta manera el Acuerdo de Escazú en un avance pionero notorio, al ser el primer tratado a nivel mundial en interesarse por proteger específicamente a quienes defienden el ambiente, muchas veces desde sus pequeñas comunidades.
De manera a conocer mejor la problemática que enfrentan los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales, referimos también al informe del Primer Foro realizado en noviembre del 2022 en Quito, Ecuador, bajo los auspicios de la CEPAL (véase texto). Un segundo foro muy similar tendrá lugar en Panamá a finales de septiembre del 2023.
Dada la falta de conocimiento en la materia, es muy probable que los autores de este proyecto de ley ignoren también que el Acuerdo de Escazú cuenta con una “Guía de Implementación”, presentada formalmente en abril del 2022 por la CEPAL (disponible aquí).
La protección de los defensores del ambiente es una materia sumamente compleja y álgida, y requiere una serie de acciones del Estado para ser eficaz. Desde ya, se invita a los autores del proyecto de ley 23.588 a la lectura de lo que establece dicha Guía de cara a la implementación del Artículo 9 sobre defensores del ambiente (pp.145-52): en efecto, al compararse lo que encontramos en las pp.145-152 con la parte dispositiva del proyecto de ley 23.588, quedan en evidencia los graves vacíos y omisiones que contiene este proyecto de ley.
Nótese que desde el 2021, circula un valioso video preparado por la Universidad de Costa Rica (UCR) titulado «El Acuerdo de Escazú y los defensores del ambiente» (véase enlace) y que incluye entrevistas a varios defensores del ambiente costarricenses, uno de ellos, Jerhy Rivera, asesinado en el 2020 en la región de Salitre. Este primer video es completado por otro, relativo a la posición de una cámara empresarial costarricense, titulado «UCCAEP y el Acuerdo de Escazú» (véase enlace): ambas producciones audiovisuales de gran calidad, como muchas de las que salen con el sello de la UCR, son de las pocas que se han elaborado sobre el Acuerdo de Escazú en Costa Rica.
De algunos aspectos sustantivos inexistentes en el proyecto de ley
Como bien se sabe, la forma y el fondo de cualquier texto se entrelazan, y al analizar la primera (y sus carencias), vemos reflejado el segundo (y sus probables omisiones). Es el caso del proyecto de ley 23.588.
En este proyecto de ley nada aparece sobre las acciones penales por presunta difamación – acompañadas de acciones civiles resarcitorias con montos millonarios – que una y otra vez terminan desestimadas o archivadas por parte de los tribunales penales costarricenses. Una reforma al código penal permitiría que no puedan ser usadas con tanta facilidad. Estas acciones penales se presentan con una clara intención velada: la de infundir temor a una persona en Costa Rica, a su entorno más cercano, y la de perjudicar su labor de defensa y de denuncia durante los años que dura el procedimiento ante el sistema judicial costarricense (Nota 1). La doctrina anglosajona se refiere a este tipo de demandas como «SLAPP» por sus siglas en inglés: «Strategic Legal Actions Against Public Participation» (Nota 2). En Costa Rica, la polémica en torno a un proyecto minero de la empresa canadiense Infinito Gold dio pie para la presentación de cinco demandas de este tipo en el 2010 (Nota 3).
Muy relacionado a la omisión anteriormente observada, nada tampoco aparece en este proyecto de ley 23.588 sobre las garantías a la libertad de expresión que se extienden a los defensores ambientales y a todo defensor de derechos humanos en su labor: al respecto, en una sentencia del 2022 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre las acciones penales sufridas por un reconocido ambientalista chileno, se lee (en su párrafo 100) algo que debió inspirar a los autores de este proyecto de ley 23.588:
“la Corte considera que el respeto y garantía de la libertad de expresión en asuntos ambientales es un elemento esencial para asegurar la participación de la ciudadanía en los procesos relativos a dichos asuntos y, con ella, el fortalecimiento del sistema democrático a través de la vigencia del principio de democracia ambiental».
Por cierto, la expresión “participación ciudadana en materia ambiental”, que existe en un sinnúmero de regulaciones en Costa Rica y de sentencias de la Sala Constitucional (véase por ejemplo esta sentencia del 2012, y los desarrollos que en ella se lee en el párrafo V titulado «Sobre la participación ciudadana en los asuntos ambientales «), constituye una sólida base para asentar la necesaria protección de quienes defienden el ambiente. Desde 1995, la misma Ley Orgánica del Ambiente (véase texto) en su artículo 6 establece que:
«Artículo 6.- Participación de los habitantes. El Estado y las municipalidades, fomentarán la participación activa y organizada de los habitantes de la República, en la toma de decisiones y acciones tendientes a proteger y mejorar el ambiente«.
La misma Corte Interamericana de Derechos Humanos ha precisado el alcance de este verdadero derecho en su opinión consultiva OC-23 del 2017, dada a conocer en el 2018 (véase texto, en particular párrafos 226-232). Pese a su importancia, la expresión “participación ciudadana en materia ambiental” no encuentra mayor referencia en el proyecto de ley 23.588. Esta omisión nos parece bastante notable, por lo que nos permitimos desde ya plantear la siguiente pregunta: ¿tendrán algún tipo de problema con la participación ciudadana en materia ambiental los autores del proyecto de ley 23.588? (Nota 4).
Nada tampoco aparece en el proyecto de ley 23.588 sobre la imperiosa necesidad de dotar al Estado costarricense de un cuerpo de investigadores altamente especializado para investigar debidamente hechos en los que se atenta contra la vida de personas que alzan la voz en materia ambiental en Costa Rica. La indignante impunidad que rodea una muy larga serie de asesinatos o de amenazas contra personas que defienden el ambiente en Costa Rica, evidencia que el aparato estatal no sabe (o… ¿no quiere saber?) cómo se investigan este tipo de hechos.
Así por ejemplo, la lectura del muy completo informe remitido sobre el asesinato de Berta Cáceres en el 2016 en Honduras (véase texto completo del informe GAIPE del 2017) refuerza la idea de contar con investigadores sumamente experimentados para lograr dilucidar casos similares al de esta reconocida lideresa lenca opuesta al proyecto hidroeléctrico Agua Zarca, y para desenmascarar la estrategia (fallida) de encubrimiento intentada en un primer momento por las autoridades judiciales hondureñas para maquillar las verdaderas razones detrás de su asesinato.
¿Encubrir a los verdaderos autores materiales e intelectuales del asesinato de un lider ecologista (o bien a los autores de las amenazas que recibe esta persona estando en vida)? Así como se oye, y en realidad, la explicación es bastante sencilla: suele ser una tentación para algunas autoridades estatales, en particular cuando se observa a un Estado actuando en total sintonía con una empresa a cargo de un megaproyecto. En muchos casos, la extraña sensación de unísono Estado/empresa es compartida por muchos activistas ambientales en América Latina y en el mundo en general. En Costa Rica, en el caso de un polémico proyecto minero de una empresa canadiense declarado de forma inconsulta de «conveniencia nacional» por el Poder Ejecutivo en octubre del 2008, un titular de prensa optó por usar la palabra «contubernio» entre el Estado costarricense y la empresa canadiense Infinito Gold (véase nota de prensa). En el 2021, nos permitimos usar la expresión «desvergonzada simbiosis» entre el Estado y la empresa, a propósito de lo que hemos denominado el «affaire Crucitas» (Nota 5).
En este proyecto de ley tampoco aparece alguna disposición sobre la necesidad de tipificar penalmente la incitación al odio en contra de los ambientalistas: al respecto, un reciente caso contra ambientalistas del Caribe Sur costarricense (véase nota de SurcosDigital ) no ha dado lugar a ninguna amonestación por parte del Directorio de la Asamblea Legislativa en contra del diputado que los calificó de “terroristas” durante una audiencia celebrada en la misma Asamblea Legislativa. Con otro tipo de expresiones, en octubre del 2010, la Presidenta de Costa Rica también consideró útil y oportuno emprenderla públicamente contra los ecologistas (véase discurso a partir del mn 25:00 contenido en el documental «El Oro de los Tontos«), sin que a la fecha haya presentado disculpas o rectificado el contenido de sus palabras (o bien explicado a qué se debió de pronto tanta cólera de su parte en contra del sector ecologista costarricense…).
De manera que los autores de esta propuesta de ley, al parecer poco familiarizados con la problemática, conozcan mejor el abanico de «técnicas» para amedrentar a un colectivo de personas que claman por sus derechos, y que va desde amenazas e intimidaciones de todo tipo, a intentos de estigmatización y de campañas de desprestigio, pasando por acciones penales por presunta difamación y por incitación al odio que diversos sectores lanzan contra quienes defienden derechos humanos en distintas partes del mundo, los referimos a este informe de la ONG Amnistía Internacional y a este otro informe de la UICN (Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza) sobre los derechos de las personas que defienden el ambiente. Pueden completar útilmente sus conocimientos con este informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del 2019 titulado «Empresas y derechos humanos: estándares interamericanos» (en particular pp. 118-129 y 156-172). Leyendo con detenimiento estos tres documentos, estamos seguros que se percatarán del hecho siguiente: la Defensoría de los Habitantes no es la entidad estatal más indicada en Costa Rica para proteger eficazmente a los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales, tal como lo pretende de forma errónea este proyecto de ley.
La mecánica probablemente seguida para llegar a este proyecto de ley
La fundamentación del proyecto de ley 23.588 denota un profundo desconocimiento de la materia objeto de este proyecto de ley. Es presentada de una manera bastante original, al no referirse en ningún momento a principios del derecho ambiental vigente en Costa Rica y a las mismas regulaciones existentes desde 1995.
Intentaremos por lo tanto dar una explicación que permita entender cómo es que se pudo llegar a esta propuesta de ley con semejante formulación y redacción.
Al parecer, ante muy poco tiempo para elaborarlo, se usó un modelo de texto del 2016 sugerido en un fascículo de una reunión internacional auspiciada por Naciones Unidas (“Ley Modelo para el Reconocimiento y la Protección de las personas defensoras de Derechos Humanos” – véase texto completo y que se cita en la página 1 ) y luego se extendió su alcance de manera precipitada a las personas “defensoras del medio ambiente”, con los correspondientes añadidos que encontramos en los artículos 1 a 21 de la parte dispositiva así como en los artículos 22 (reforma a la Ley que crea la Defensoría de los Habitantes) y 23 (reforma al Código Penal).
A diferencia de lo que propone de manera bastante restrictiva el Artículo 3 en cuanto a definiciones, remitimos a lo sentenciado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la definición de las personas que se dedican a la defensa ambiental:
“»71. La definición de la categoría de defensoras o defensores de derechos humanos es amplia y flexible debido a la propia naturaleza de esta actividad. Por ello, cualquier persona que realice una actividad de promoción y defensa de algún derecho humano, y se autodenomine como tal o tenga reconocimiento social de su defensa, deberá ser considerada como persona defensora. En esta categoría se incluyen, por supuesto, los defensores ambientales, también llamados defensores de derechos humanos ambientales o defensores de derechos humanos en asuntos ambientales» (véase texto completo de la sentencia de la Corte IDH, caso Baraona Bray c. Chile, sentencia del 24/11/2022).
La simple lectura del precitado Artículo 9 del Acuerdo de Escazú (véase enlace a su texto) hubiera de igual manera ayudado a los autores de este proyecto de ley a usar los términos modernos con los que se define a una persona defensora de derechos humanos en asuntos ambientales.
De algunas omisiones notables sobre asesinatos de ambientalistas ocurridos en Costa Rica
Dicho sea de paso, encontramos en la fundamentación de este proyecto de ley una cita al caso de Jeanette Kawas Fernández contra Honduras, ambientalista asesinada en febrero de 1995 en Honduras, y cuyo asesinato dio pie para una importante sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en abril del 2009 (véase texto completo). Extrañamente, se omite toda referencia al hecho que en diciembre de 1994 y en febrero del 1995 aparecieron los cuerpos sin vida de cuatro ambientalistas costarricenses en la capital costarricense: tres en una casa incendiada en Moravia y el cuerpo del cuarto integrante en un parque de la Uruca. El denominado “caso AECO” nunca dio pie a ninguna sanción. En 1999 la Procuraduría General de la República (PGR) consideró – de una manera que nos parece sumamente cuestionable y cuestionada- que:
“1.- De acuerdo con las autopsias realizadas y las investigaciones por muerte de los señores Oscar Fallas Baldí, María del Mar Cordero Fernández y Jaime Bustamante Montaño, la muerte de éstos se debió un incendio accidental.
2.- De acuerdo con la autopsia e investigación de la muerte de David Maradiaga Cruz, su muerte se debió a causas naturales” (véase texto completo del dictamen de la PGR – conclusiones -).
A casi 30 años de ocurridos estos hechos, el Estado costarricense no ha querido llevar a cabo una investigación sobre estas cuatro muertes que permita identificar y sancionar a los autores de estos cuatro asesinatos, con muy probablemente dos tipos de autores: los ejecutantes y los autores intelectuales, siendo los primeros comanditados por sectores económicos afectados por la labor de denuncia de estos ambientalistas.
Cada mes de diciembre, algunos universitarios y activistas buscan mantener vivo el recuerdo de estas cuatro muertes que oficialmente el Estado costarricense considera, para tres de ellas, “accidental” y la cuarta como “natural”: véase por ejemplo este artículo de nuestro colega Mauricio Álvarez y la publicación presentada en diciembre del 2020 sobre la larga lista de personas que, además de los cuatro ambientalistas precitados, han perdido la vida en Costa Rica en defensa del ambiente y que se titula: “Una memoria que se transforma en lucha: 30 años de criminalización del movimiento ecologista en Costa Rica”. Dicho sea de paso, ninguna mención se hace a esta valiosa recopilación presentada en el 2020, la cual podría ser de gran utilidad a la hora de pensar en elaborar una normativa eficaz para proteger a quienes defienden el ambiente en Costa Rica.
No incluir ninguna referencia al doloroso caso AECO resulta ser una omisión que se añade a la omisión de otro caso, mucho más reciente: en efecto, no encontramos ninguna mención en el proyecto de ley 23.588 al asesinato ocurrido el 31 de mayo del 2013 en Playa Moin de Jairo Mora Sandoval, que estremeció a toda la sociedad costarricense y a la opinión pública internacional. La investigación realizada por las autoridades fue tan deficiente que un tribunal optó en el 2015 por absolver a los sospechosos (véase nota de prensa), causando la profunda indignación de varias ONG (véase carta colectiva). Justamente el pasado 31 de mayo del 2023, se conmemoraron los 10 años de este vil asesinato: véase la única nota publicada en la prensa costarricense al respecto (Semanario Universidad). Las múltiples preguntas que planteamos al conmemorarse los 5 años de su muerte persisten en el tiempo sin mayores respuestas.
La tesis oficial, anunciada por el entonces Vice Presidente Alfio Piva en CNN (véase video) y ello sin que mediara investigación policial alguna, según la cual únicamente hueveros y narcotraficantes pudieron haber tenido interés en eliminar físicamente a Jairo Mora en Playa Moin aquel fatídico 31 de mayo, no nos convenció en su momento: 10 años después, sigue sin convencer a muchos en Costa Rica. Dicho sea de paso, estar declaraciones en CNN llevaron a un diputado indignado a expresar que:
«Esas declaraciones fueron la renuncia absolutas a las labores más fundamentales del Estado de resguardar la vida y la dignidad y espero una disculpa del Vicepresidente a la familia de Mora y que la forma mas clara de honrar la memoria es asumir desde el Estado la búsqueda de los culpables y la defensa de las tortugas» (véase nota de CRHoy).
Foto extraída de artículo de prensa del Tico Times del 2016, titulado «New trial in killing of Costa Rica conservationist Jairo Mora to start Jan. 25»
La omisión de toda referencia al caso de Jairo Mora pareciera confirmar nuevamente el desconocimiento por parte de los autores del proyecto de ley 23.588 con relación a lo que han vivido en Costa Rica los defensores del ambiente. En particular, sorprende el hecho que no se mencione ninguna de las recomendaciones hechas en su informe por el mismo Relator Especial de Naciones Unidas sobre Ambiente y Derechos Humanos a raíz de su visita a Costa Rica (puntos 54 -57 sobre el caso de Jairo Mora Sandoval y las recomendaciones más generales hechas a Costa Rica en los puntos 67-68). Dado que el contenido de este valioso informe está disponible desde muchos años para todos los que se interesan por la protección de los defensores del ambiente en Costa Rica, nos permitimos reproducir lo que se lee en el informe A/HRC/25/53Add.1 (el cual fue presentado en Naciones Unidas en el 2014) en su punto 67, y que podría útilmente inspirar a los autores del proyecto de ley 23.588:
“En quinto lugar, en lo que concierne al riesgo de hostigamiento y violencia contra los defensores de los derechos humanos que trabajan en la esfera del medio ambiente, el Experto independiente recomienda a Costa Rica que intensifique aún más sus esfuerzos no solo por responder a las amenazas y los actos de violencia, sino también por prevenir las situaciones que dan lugar a esos problemas. El Experto sugiere a Costa Rica que estudie seriamente la posibilidad de establecer una comisión o un órgano equivalente, con representantes de un amplio abanico de interesados, que tenga el mandato de examinar la historia y la situación actual de los defensores de los derechos humanos que se ocupan de cuestiones ambientales en Costa Rica y de formular recomendaciones sobre la manera más adecuada de mejorar su protección».
Desde el 2014, esta recomendación (así como muchas otras) no ha encontrado eco en el aparato estatal costarricense. Dadas las omisiones de todo tipo que van en aumento conforme se lee este proyecto de ley, nos permitimos plantear las siguientes preguntas: ¿será que ignoran los autores de este proyecto de ley que en el año 2014, se presentó en Naciones Unidas un informe sobre la visita realizada por el Experto Independiente sobre Derechos Humanos y Ambiente? Si es así ¿será que desconocen las diversas conclusiones y recomendaciones formuladas a Costa Rica desde el 2014? Si este fuera el caso, no estamos ante un proyecto de ley que busque realmente proteger a alguien en particular en Costa Rica, sino ante algo que se asemeja a una simple maniobra de otra índole.
Es de notar que pese a estos llamativos vacios, se citan como únicos casos en Costa Rica registrados, los asesinatos de dos líderes indígenas, Sergio Rojas y Jerhy Rivera, ocurridos en Salitre en marzo del 2019 y en febrero del 2020: al respecto, cabe precisar que la dramática problemática que enfrentan los pueblos indígenas en Costa Rica al verse despojados de sus derechos sobre sus propios territorios es mucho más compleja y ameritaría una legislación particular de cara a la protección de sus líderes comunitarios en sus territorios (así como fuera de ellos). Un informe de la máxima instancia de la Universidad de Costa Rica (UCR) así lo detallaba en el 2017 (véase informe). Por cierto, en su informe del 2022 que tuvimos la oportunidad de comentar (Nota 6), el Relator Especial de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, a raíz de su visita a Costa Rica, sugirió al Estado costarricense presentar formalmente una disculpa pública a las comunidades indígenas: una recomendación que útilmente podría materializar la Asamblea Legislativa costarricense a través de un pronunciamiento – y que a la fecha no se ha hecho.
A la sugerencia anterior quisiéramos añadir otra: recomendamos que al reiniciarse (algún día) la propuesta de ley sobre autonomía de los territorios indígenas por parte de la Asamblea Legislativa (archivada sin voto en agosto el 2020, dando lugar a una actuación bastante vergonzosa de la misma Asamblea Legislativa denominada desde entonces por las comunidades indígenas “la arrastrada”), se incorporen debidamente medidas legales para proteger a líderes indígenas que defienden los derechos de sus comunidades y prevenir actos de intimidación en su contra. Tuvimos la oportunidad en el 2020, al conmemorarse los 10 años de aquella triste noche, de analizar la deuda histórica que acumula Costa Rica con los derechos de las poblaciones indígenas. Un reciente y muy completo artículo publicado en el 2021 en España titulado «La historia detrás de la muerte de Sergio Rojas» (véase enlace) detalla la complejidad de la situación de violencia que viven a diario los indígenas costarricenses en la región de Salitre: a la fecha, el Estado costarricense no ha sancionado a nadie por el asesinato de Sergio Rojas, reconocido líder indígena, acaecido en marzo del 2019 y que llevó a Naciones Unidas a intimar a Costa Rica a ser mucho más atenta al clima de violencia contra líderes indígenas amenazados (Nota 7). En septiembre el 2020, el Ministerio Público intentó archivar este caso (véase nota de prensa), lo cual fue rechazado por un tribunal de justicia en enero del 2021 (véase nota de prensa).
Finalmente, la ausencia en este proyecto de ley 23.588 de toda referencia a mecanismos implementados a nivel nacional por algunos Estados como en Perú (véase por ejemplo el mecanismo de protección elaborado en el 2021 con la creación de una Unidad Funcional de Delitos Ambientales, UNIDA, y un reciente análisis a dos años de su creación) o bien en México (véase el mecanismo creado que se puede revisar en las pp. 159-181 de esta publicación de la Comisión Mexicana de Defensa y Protección de los Derechos Humanos y su reforma adoptada en el año 2022 por el Congreso) nos confirma lo que todo asesor parlamentario debe saber: la precipitación es todo menos una buena compañía a la hora de elaborar un texto.
A modo de conclusión
Una fundamentación de un proyecto de ley tan pobre, careciendo de tantos elementos básicos, permite afirmar que resulta absolutamente falaz sostener, como se lee, que este proyecto de ley “busca constituirse como un instrumento del ordenamiento jurídico costarricense para proteger y reconocer los derechos fundamentales de las personas defensoras de los derechos humanos y defensoras del medio ambiente, con base en los estándares dictados por la normativa, declaraciones y jurisprudencia internacional en la materia”.
Adicionalmente, unas omisiones tan desconcertantes y unos vacíos tan sorprendentes con relación a los avances que se han dado desde que se adoptó el Acuerdo de Escazú en marzo del 2018, solo pueden dar pie a una parte dispositiva que mantenga estas características, por lo que desde ya se sugiere modestamente a los autores de esta propuesta lo siguiente:
– 1) que actualicen sus conocimientos en la materia;
– 2) que pidan asesoría de colectivos de derechos humanos y de ambientalistas costarricenses que conocen de las limitaciones del ordenamiento jurídico y de personas que han sufrido intimidaciones, amenazas, intentos de desprestigio, etc… en los últimos 30 años, y;
– 3) que busquen, desde el sector académico o desde algun otro sector, la manera de pedir la asesoría a los diversos expertos y juristas con los que cuenta Costa Rica en esta precisa materia.
Todo ello en aras de garantizarse que se elaborará una verdadera propuesta de normativa, protectora de los derechos de quienes defienden el ambiente en Costa Rica y esta vez sí, “con base en los estándares dictados por la normativa, declaraciones y jurisprudencia internacional en la materia”.
Como un pequeño detalle, que puede explicar el origen de tan súbito interés en esta compleja temática, concluiremos con la siguiente idea: dado que el Acuerdo de Escazú fue formalmente archivado por la Asamblea Legislativa el 1ero de febrero del 2023 y que este proyecto de ley fue puesto a circular en la corriente legislativa el 27 de febrero del 2023 según se desprende de su ficha técnica, el proyecto de Ley 23.588 puede entenderse como un intento (algo burdo) de remediar ante la opinión pública nacional e internacional lo tristemente irremediable.
Esta sencilla relación de fechas permite entender mucho mejor la premura con la que se ha elaborado este proyecto de ley 23.588.
– – Notas – –
Nota 1: En el caso del acueducto Coco-Sardinal en Guanacaste, fueron siete las personas objeto de acciones penales de este tipo en el 2008. En el caso de la planta cementera ubicada en el centro de San Rafael de Alajuela, fueron varios los demandados en el período 2010-2011. Sabemos de varias personas que denunciaron la expansión piñera en Siquirres en el período 2007-2011 y que también fueron objeto de demandas penales acompañadas de acciones civiles resarcitorias con montos millonarios. En el caso del denominado proyecto minero ubicado en la localidad de Las Crucitas, fueron cinco las personas demandadas en el 2011 por la empresa canadiense Infinito Gold, de las cuales dos diputados.
Nota 2: Estas acciones penales buscan ante todo presionar e intimidar a líderes ecologistas, campesinos, indígenas o bien de otros colectivos sociales que alzan la voz ante los atropellos de los que son víctimas por parte de empresas y de corporaciones. Su objetivo es claramente de carácter intimidatorio y en la doctrina anglosajona se denominan «SLAPP actions» (Strategic Legal Actions Against Public Participation). Este valioso informe titulado “Silencing Human Rights and Environmental Defenders: The overuse of Strategic Lawsuits against Public Participation (SLAPP) by Corporations” analiza el impacto de estas acciones penales, mientras que en este enlace se encontrará un informe publicado en el 2022 que recoge parte de la práctica en América Latina, titulado «SLAPPS in Latin America”.
Nota 3: Se trata de demandas penales interpuestas por la empresa minera Infinito Gold contra dos diputados (véase nota de Panamaamérica del 2011), así como contra un líder comunal y dos profesores universitarios. Con relación a estas últimas tres demandas, en el 2012 los demandados publicaron un artículo titulado “Audiencias con el Infinito: ausencias…” en La Nación (véase artículo en la edición del 3/07/2012 y reeditado en Kioscos Ambientales) sobre extrañas patologías recurrentes de los abogados de la empresa tendientes a aplazar, en tres causas penales distintas, las audiencias ante el juez programadas para resolver estas tres demandas (que fueron finalmente desestimadas). El programa Era Verde del Canal 15 de la Universidad de Costa Rica (UCR) dedicó dos interesantes emisiones sobre la suerte de estas cinco demandas por presunta difamación interpuestas por Infinito Gold (véase video1 y video2), incluyendo entrevistas a las personas acusadas por la empresa minera canadiense.
Nota 4: Cabe recordar que en el 2008, la única ley aprobada por la Asamblea Legislativa y que fue vetada por el Poder Ejecutivo costarricense durante todo el período 2006-2010, fue la «Ley para Fortalecer los Mecanismos de Participación Ciudadana en materia ambiental» (véase texto completo acompañado del texto del veto presidencial del 24 de noviembre del 2008). En el informe de labores para el período 2008 de una influyente cámara empresarial, leemos que: «Así mismo, para finales de año UCCAEP ejerció la presión necesaria para que el Presidente de la República vetara la Ley Ambiental. Para ello se publicaron una serie de artículos de opinión y a través de varios representantes se tuvo presencia mediática en torno a la posición del sector empresarial con respecto a la Ley aprobada por la Asamblea Legislativa» (véase texto del informe de la UCCAEP titulado «Informe de Labores, Marzo 2009», p. 36).
Nota 5: Véase BOEGLIN N., «Infinito Gold contra Costa Rica. El reciente laudo arbitral del CIADI sobre el proyecto minero ubicado en Las Crucitas«, Portal de la Universidad de Costa Rica, edición del 15/06/2021, disponible
Nota 6: Véase BOEGLIN N. «Costa Rica y pueblos indígenas: informe de Relator Especial exhibe graves y persistentes lagunas«, La Revista.cr, edición del 30/09/2022, disponible aquí. Una versión anterior preliminar fue publicada en el portal de la Universidad de Costa Rica (UCR): «Informe del Relator Especial exhibe graves y persistentes lagunas del país«, Portal de la Universidad de Costa Rica, Sección Voz Experta, edición del 10/06/2022, disponible aquí.
Nota 7: Véase al respecto nuestra nota BOEGLIN N., «Asesinato en Costa Rica del líder indígena Sergio Rojas: carta de Naciones Unidas hecha pública«, Red Internacional de Derechos Humanos (RIDH), 3 /06/2019. Texto completo disponible aquí.
De acuerdo con el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (Mivah), en Costa Rica existen más de 700 asentamientos informales.
San José, Alajuela y Cartago concentran los asentamientos humanos irregulares con mayor riesgo de desastre.
En Costa Rica, centenares de familias habitan, trabajan y viven en condiciones de vulnerabilidad socioeconómica. Se estima que en nuestro país existen más de 700 asentamientos humanos informales, conocidos popularmente como precarios, barrios marginales y tugurios.
De acuerdo con los datos del Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (Mivah), en la Gran Área Metropolitana (GAM) hay un total de 296 asentamientos humanos informales, que acogen a más de 132 000 personas. Es decir, esta zona urbana engloba el 40 % de este tipo de establecimientos en el país.
Alrededor de estos asentamientos informales también coexisten tres cuartas partes del total de la población costarricense en solo el 14 % del territorio nacional, cifra que confirma la alta densidad poblacional de la GAM.
Aunada a la alta concentración poblacional en las zonas urbanas, se presentan otros factores como la inequidad, la falta de acceso al suelo, la inmigración y la pobreza extrema, que han provocado que dichos sitios sigan consolidándose a lo largo y ancho del país.
Este fenómeno es común en Latinoamérica y se espera que, en las próximas décadas, crezca aún más la cantidad de personas que viven en barrios marginales, como resultado de la desigualdad social.
Esta situación implica que miles de personas en nuestro país vivan expuestas al riesgo de desastre (incendios, inundaciones y deslizamientos), debido a que los barrios y lugares que habitan se encuentran ubicados en áreas que no cumplen con las condiciones adecuadas de ordenamiento territorial. Sumado a ello, persiste el hecho de que Costa Rica —al ser un país tropical y en vías de desarrollo— se ve afectada por amenazas hidrometeorológicas o climáticas.
Es así como, con el propósito de ofrecer una solución y una herramienta para calcular la peligrosidad, la exposición y la vulnerabilidad de las personas que viven en estos lugares, el Dr. Adolfo Quesada Román, geógrafo e investigador de la Universidad de Costa Rica (UCR), creó un índice de riesgo para los asentamientos informales de la GAM.
A mayor informalidad, mayor riesgo
El estudio Evaluación del riesgo en asentamientos informales en el Sur Global determinó que aquellos cantones con el mayor número de asentamientos informales de la GAM también concentran los asentamientos con mayor riesgo de desastre, por inundación, deslizamientos e incendios.
Entre los resultados destaca que las provincias con mayor cantidad de asentamientos informales son San José con un total de 181 establecimientos informales (61,14 %); Cartago con 51 unidades (17,22 %); Alajuela con 40 asentamientos (13,51 %) y Heredia con 24 establecimientos de este tipo (8,1 %).
Para elaborar el índice de riesgo de cada asentamiento informal, Quesada utilizó las variables de amenaza (se tomó en cuenta los valores de pendiente media y la distancia con respecto a los ríos), exposición (se observó y se midió la densidad de la población, la cantidad de viviendas y el área de construcción por cada asentamiento) y, por último, la vulnerabilidad (se tomó como base el Índice de Desarrollo Social del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan)). Al respecto, véase la tabla uno.
Por otra parte, se determinó que los asentamientos informales con mayor riesgo de desastre de la GAM se encuentran en San José con un total de 49 asentamientos informales y un porcentaje de riesgo de 22,45, Desamparados con un total de 28 barrios marginales y un porcentaje de riesgo de 21,43, y Alajuela con un total de 25 asentamientos humanos irregulares y un porcentaje de riesgo de 24,00. En esta lista también destacan los siguientes lugares: la Unión, Curridabat, Goicoechea, Tibás, Cartago, Alajuelita y Heredia, tal y como se observa en la tabla dos.
Bajo índice de desarrollo social
Tras analizar estos resultados, el investigador vislumbró que los diez cantones que concentran las unidades de mayor riesgo también tienen como característica habitual una alta densidad de población, que ronda los 2 000 habitantes por kilómetro cuadrado, así como un bajo promedio en el índice de desarrollo social, en comparación con otras localidades vecinas.
Desde su perspectiva, en este último punto de índice de desarrollo social se puede observar cómo muchas de las comunidades con alto riesgo de desastre tienen niveles de abstencionismo en su participación electoral y también cuentan con problemáticas de inseguridad, violencia y criminalidad.
“Esto refleja que la gente está desencantada con la política, porque hay una desatención gubernamental en estos lugares, en todos los niveles y por esto es que la gente no participa y no ejerce su derecho al voto”, expresó Quesada.
Bethel, el barrio de Mayrene
El canto de los pájaros y el estar rodeado de árboles y mucha vegetación caracterizan al barrio Bethel, ubicado en San José de la Montaña de Barva de Heredia.
Contrario a la realidad de muchos asentamientos informales de la Gran Área Metropolitana, Bethel se percibe como un lugar seguro y tranquilo, en donde las decenas de casas existentes no contrastan de manera abrupta con el tipo de construcción de la comunidad que lo acoge.
Durante más de tres décadas, en este asentamiento humano irregular se han establecido alrededor de 28 familias. Su fundación como precario se dio en 1989, cuando las autoridades capturaron al dueño de la propiedad, el narcotraficante mexicano Rafael Caro Quintero. De esta forma, algunas personas aprovecharon el momento para construir sus viviendas.
Con el paso de los años, algunas vendieron sus lotes a la mayoría de los vecinos que actualmente habitan Bethel, quienes adquirieron las propiedades de manera formal. Según datos de la Sección de Catastro de la Municipalidad de Barva, la mayor parte de las viviendas de este asentamiento cuentan con los planos y los títulos de propiedad correspondientes, de acuerdo con la ley.
Además, el escenario confirma que son escasos los ranchos en malas condiciones que aún permanecen en este precario, la mayoría de las viviendas son casas de cemento y bien edificadas, con acceso a todos los servicios básicos, alumbrado público y calle asfaltada con acceso a la carretera principal 114.
Mayrene Méndez Quirós de 41 años, madre de dos hijos y secretaria ejecutiva de profesión, forma parte de las personas que habitan en Bethel. Ella y su familia viven en este asentamiento desde hace más de 20 años.
Méndez recuerda que se establecieron en este lugar, luego de que su padre decidiera vender un lote pequeño que le fue heredado y utilizar ese dinero para comprar uno más grande en Bethel. Actualmente, dicha propiedad acoge a tres viviendas: la de Mayrene, de uno de sus hermanos y de sus padres.
“Mi papá tomó la decisión de venirse para este lugar porque el lote se lo ofrecieron en un precio muy cómodo y además era cuatro veces más grande que el que a él le heredaron. Como somos una familia muy numerosa, nos servía más tener una propiedad grande, por eso él vendió el otro lote y nosotros compramos aquí. Nos vinimos a vivir en los años noventa”, comentó Méndez.
En su opinión, Bethel es un barrio donde la mayoría de las personas vecinas conviven en armonía. En cuanto a la geografía del terreno, Méndez considera que el asentamiento es seguro, ya que son terrenos planos con pocas pendientes.
Sin embargo, Bethel se ubica en el puesto número 38 del Índice de riesgo de asentamientos humanos informales elaborado por la UCR, que fue catalogado como el de mayor riesgo de la provincia de Heredia.
En este sentido, Méndez infiere que el alto riesgo del asentamiento está asociado a que existe un sector del lugar que se encuentra en las cercanías de un río.
“La verdad no sabía que este lugar era de alto riesgo, desconocía el estudio, nosotros vivimos en el lado izquierdo de la calle donde no hay riesgo de nada, ni de deslizamientos ni de inundaciones. Quizás por eso nos sentimos seguros. Pero sí hay otros vecinos que están del lado derecho de la calle, que están muy cerca de un río, bueno le llamamos río, pero es un zanjón profundo. A ellos esto del riesgo sí les puede afectar mucho más”, dijo.
El autor del estudio, Adolfo Quesada Román, confirmó que el alto riesgo de este asentamiento se da debido a que se encuentra ubicado en una zona que naturalmente es peligrosa y en donde no deberían residir personas. Además, es un lugar con un alto nivel de amenaza, al tener una topografía con pendientes altas y al estar localizado en las cercanías de un río.
De acuerdo con los datos del Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (Mivah), en Bethel habitan 77 personas, distribuidas en un total de 28 viviendas ubicadas en un área de 3722 metros cuadrados.
Además, como parte de la investigación, también se logró ubicar a un nivel más específico los asentamientos informales de mayor riesgo. Esta lista la encabezan barrios como Los Higuerones de Alajuela, Calle Valderramos de Río Azul de la Unión, El Muro de Concepción de Alajuelita, Los Ángeles de Guadalupe de Cartago, Barrio la Pista Sur- Guachipelín de San Rafael de Escazú, Nuevo Milenio de San Felipe de Alajuelita, entre otros, tal y como se aprecia en la tabla tres.
Por último, los resultados confirman que existe una correlación entre los cantones en los cuales ocurrieron los desastres históricos de Costa Rica y los municipios donde se ubican los asentamientos informales más riesgosos de la GAM.
“Este es un dato muy relevante en cuanto al tema de gestión del riesgo, porque se ve que los cantones que han sufrido el mayor número de desastres en los últimos 50 años son los mismos que también tienen asentamientos informales de mayor riesgo en la GAM: el cantón central de San José, el cantón central de Alajuela, Desamparados, el cantón central de Heredia y Cartago”, explicó Quesada.
En la tabla se observa el número de asentamientos informales en cada provincia, así como el grado de las variables de peligrosidad, exposición, vulnerabilidad y riesgo. Elaboración: Adolfo Quesada, UCR Román.
En su opinión, este tema de gestión del riesgo en los asentamientos informales no ha sido atendido desde la política pública por diferentes razones, entre las cuales destaca la voluntad política para establecer una ley para el ordenamiento territorial.
“En el país destaca un discurso que se da en el contexto de las campañas electorales, que es el de no desalojar a las personas que viven en asentamientos informales de alto riesgo, ya que la promesa de no desalojo de esta población representa votos a nivel de gobierno y municipalidades”, señaló el investigador.
Por otro lado, destacó el hecho de que estos lugares tienen garantizado el acceso a los servicios básicos, como agua y luz, por un tema de que son derechos humanos fundamentales. Sin embargo, “la falta de regulación ha permitido muchas situaciones con este tipo de asentamientos irregulares, desde la posibilidad de alquilarlos, venderlos, cederlos. Por esto, urge que las autoridades líderes y rectoras de esta materia empiecen a trabajar en el tema del ordenamiento territorial”, agregó Quesada.
Ordenamiento territorial
El estudio Evaluación del riesgo en asentamientos informales en el Sur Global forma parte del trabajo de investigación que realiza la Escuela de Geografía de la Facultad de Ciencias Sociales de la UCR, con el objetivo de aportar conocimiento a los diferentes actores: tomadores de decisiones, instituciones públicas y ciudadanía en general, sobre los temas más urgentes del país.
Esta investigación fue publicada en el 2022 por la revista científica internacional Sustainability, un espacio interdisciplinario y abierto a publicaciones sobre sostenibilidad ambiental, cultural, económica y social.
Son pocas las investigaciones a nivel regional, dedicadas a estudiar el fenómeno del riesgo en los asentamientos informales ubicados en contextos urbanos. Por lo tanto, el propósito del estudio consiste en aportar una solución para gestionar y prevenir el riesgo de los miles de costarricenses que habitan en barrios marginales en la GAM.
Según Quesada, cada año, el país invierte entre un 1 % y un 2 % del producto interno bruto (PIB) en materia de reconstrucción y rehabilitación de infraestructura por desastres. Tal monto se podría reducir a la mitad si el país decidiera trabajar desde un enfoque de prevención del riesgo.
Desde esa perspectiva, dicho estudio y sus resultados son una herramienta útil para que las instituciones públicas encargadas de la gestión del riesgo, tales como universidades, la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, el Ministerio de Planificación y Política Económica, el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos, el Instituto Nacional de Estadística y Censos, el Cuerpo de Bomberos, Gobierno, municipalidades, entre otras, puedan tomar decisiones más certeras en esta materia.
Asimismo, Quesada rescató que el tema de gestión del riesgo en los asentamientos informales toma aún más relevancia si se toma en cuenta que el desarrollo inmobiliario en Costa Rica se ha venido dando de acuerdo con lo que propone el mercado, y no por una ley que contemple los elementos vitales en materia de ordenamiento territorial. Por eso, persisten en el país problemáticas en cuanto a una alta concentración poblacional en la GAM, un inadecuado manejo de aguas y residuos, carencias en el aspecto vial, entre otros.
“Si nos ponemos a observar la lógica por medio de la cual se ha constituido y ha crecido la GAM, nos damos cuenta de que es una respuesta económica, no una respuesta ordenada de dónde naturalmente sería más adecuado construir, y es ahí donde vemos zonas muy forzadas. Por eso, desde las universidades hemos insistido en que es urgente la creación de una ley de ordenamiento territorial para regular que no se construya en lugares donde hay riesgo”, mencionó Quesada.
Por otra parte, se puede concluir que las condiciones de riesgo de los asentamientos informales en Costa Rica son muy similares a las que se viven en decenas de países pertenecientes al Sur Global o en desarrollo. Por tanto, los resultados de este estudio se convierten también en un ejemplo útil para todos los actores de la reducción del riesgo de desastres a nivel mundial.
A partir del voto de la Sala Constitucional en la resolución número 2023006154, mismo que da luz verde al Protocolo de Nagoya para que siga su curso en segunda votación en la Asamblea Legislativa sin consulta a pueblos Indígenas, nos preguntamos ¿Cuáles son los vínculos de estas acciones que violan los derechos de los pueblos orginarios?
Repasamos algunas de nuestras lecturas, y retomamos una discusión que sigue vigente en los esfuerzos institucionales por desconocer los derechos y participación de los Pueblos Indígenas, y nos referimos al Colonialismo Interno. Es el modo y forma mediante el cual las dinámicas de dominación y explotación encuentran los mecanismos para garantizar su reproducción y expansión en las diversas dimensiones de nuestras sociedades.
Parten de integrarse a los sistemas sociales, políticos y jurídicos del país, para favorecer así las desigualdades estructurales, justificando su existencia en las normas y «normalizando» las conductas racistas como muestras de la necesidad del «desarrollo».
En definitiva, lo podemos encontrar como la prolongación de las formas-modos coloniales de gestión, la defensa de privilegios y justificación de las formas de saqueo y explotación de los territorios donde habitan los pueblos originarios.