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La disputa por lo imaginable o el proceso cultural mediante el cual ciertas posibilidades comienzan a dejar de resultar inconcebibles

Por MSc. Rodrigo H. Campos Hernández

Seguridad, enemigos y democracia en Costa Rica

Rodrigo Campos Hernández

Costa Rica atraviesa un momento que merece ser observado con particular atención. No porque existan elementos suficientes para afirmar que el país haya dejado de ser una democracia, ni porque resulte razonable anunciar la inminencia de una dictadura, sino por algo quizá menos espectacular y precisamente por ello más difícil de advertir: ideas, lenguajes y posibilidades políticas que durante décadas parecieron incompatibles con nuestra propia representación de la democracia comienzan a ingresar en el territorio de lo discutible.

El fenómeno merece análisis sin alarmismos, pero también sin ingenuidad.

En las últimas semanas han aparecido discusiones relacionadas con seguridad nacional, narcotráfico, criminalidad organizada, secreto de Estado, tecnologías de vigilancia, fortalecimiento policial y nuevas formas de comprender el papel de los cuerpos de seguridad. Paralelamente, el debate político se ha endurecido y expresiones como «zurdos», «comunistas», «enemigos» y otras categorías semejantes comienzan a utilizarse para caracterizar indistintamente a sectores opositores, críticos o cuestionadores del Gobierno.

No todos estos acontecimientos poseen el mismo estatuto ni pueden ser considerados evidencia de un único proceso. Algunos corresponden a decisiones gubernamentales comprobables; otros, a declaraciones políticas; algunos son interpretaciones de sectores opositores y otros incluso rumores, sátiras o textos cuya procedencia debe ser verificada.

Confundirlos sería un grave error metodológico.

Pero ignorar la representación colectiva que comienzan a producir también lo sería.

El problema no es Cuba ni la antigua Unión Soviética

Ante algunas de estas discusiones se ha recurrido nuevamente a una comparación conocida: advertir que determinadas prácticas de vigilancia, secreto o control estatal recuerdan experiencias como las de Cuba o la antigua Unión Soviética.

La comparación puede tener algún valor histórico, pero resulta insuficiente cuando convierte determinadas experiencias socialistas en paradigma exclusivo del autoritarismo.

La Unión Soviética dejó de existir hace más de tres décadas. Cuba constituye una experiencia histórica específica, desarrollada además bajo condiciones geopolíticas extraordinarias, entre ellas el prolongado embargo estadounidense. Nada de ello impide analizar críticamente las restricciones políticas existentes en Cuba ni las prácticas represivas que caracterizaron determinados períodos soviéticos. Contextualizar no significa justificar.

El problema aparece cuando estos casos se utilizan para establecer implícitamente una equivalencia: socialismo = autoritarismo; democracia liberal-capitalista = libertad.

La experiencia histórica y contemporánea resulta mucho más compleja.

Estados capitalistas, democracias liberales, monarquías, regímenes híbridos y gobiernos autoritarios de diferentes orientaciones ideológicas han desarrollado mecanismos de vigilancia, persecución, espionaje, represión y control de la disidencia.

El Estado policial no posee una ideología económica exclusiva.

Por eso la pregunta relevante para Costa Rica no debería ser si podemos convertirnos en Cuba o reproducir la extinta Unión Soviética.

La pregunta debería ser otra: ¿bajo qué condiciones cualquier Estado consigue ampliar sus capacidades de vigilancia, secreto y coerción debilitando simultáneamente los controles democráticos sobre su ejercicio?

Seguridad y excepcionalidad

El narcotráfico y la criminalidad organizada constituyen problemas reales. Negarlo sería irresponsable. Precisamente por ser reales poseen una extraordinaria capacidad para legitimar políticamente medidas excepcionales.

Todo Estado democrático necesita investigar organizaciones criminales, proteger operaciones policiales, preservar determinada información sensible y disponer de instrumentos eficaces para garantizar la seguridad ciudadana.

La cuestión democrática no consiste en negar esas necesidades. Consiste en establecer sus límites.

El secreto de Estado, por ejemplo, no resulta en sí mismo incompatible con la democracia. Existen informaciones cuya divulgación podría comprometer investigaciones, seguridad nacional o relaciones internacionales. El problema comienza cuando la excepción amenaza con convertirse en regla y ámbitos cada vez más amplios de la actividad gubernamental pueden sustraerse del escrutinio ciudadano bajo una invocación genérica de la seguridad.

En el ordenamiento costarricense el secreto de Estado constituye precisamente una excepción al principio de publicidad y transparencia y, por esa razón, debe interpretarse restrictivamente.

La pregunta elemental continúa siendo entonces: ¿quién vigila al vigilante?

Cuando un Estado afirma que necesita mayores facultades para protegernos, una sociedad democrática no debería responder automáticamente con desconfianza, pero tampoco con obediencia. Debe preguntar cuáles facultades, durante cuánto tiempo, bajo qué controles, con qué mecanismos de rendición de cuentas y cuáles recursos existen frente a eventuales abusos.

Tecnología y poder

La discusión sobre tecnologías altamente intrusivas de vigilancia agrega una dimensión nueva al problema. Herramientas capaces de acceder clandestinamente a comunicaciones privadas poseen una enorme utilidad potencial frente al terrorismo o la criminalidad organizada. Pero exactamente la misma capacidad tecnológica que permite investigar a un narcotraficante puede utilizarse para vigilar a un periodista, un dirigente social, una persona opositora o un activista.

La tecnología carece de ideología. El poder que decide cómo utilizarla, no.

Por eso el debate sobre sistemas de vigilancia no debería reducirse a preguntar si sirven para combatir el crimen. Debe incorporar preguntas sobre autorización judicial, proporcionalidad, control institucional, trazabilidad, protección de datos, auditoría y responsabilidad política. La democracia no puede depender exclusivamente de las buenas intenciones de quien temporalmente controla una herramienta.

Las instituciones democráticas se construyen precisamente suponiendo que todo poder puede ser utilizado incorrectamente y que, por ello, necesita límites.

La construcción del enemigo interno

Existe, sin embargo, una dimensión todavía más delicada: el lenguaje mediante el cual se construyen adversarios políticos.

En democracia existen adversarios. Un adversario puede estar profundamente equivocado desde nuestra perspectiva. Podemos combatir sus ideas, movilizarnos contra sus propuestas y procurar electoralmente su derrota, pero continúa siendo ciudadano. El enemigo ocupa otra categoría.

Cuando expresiones como «zurdo», «comunista», «traidor», «enemigo» o equivalentes dejan de describir una posición ideológica concreta y comienzan a funcionar como etiquetas indiscriminadas contra quien crítica, cuestiona, protesta o se opone al Gobierno, ocurre un desplazamiento importante. Ya no se discute solamente qué dice una persona. Comienza a discutirse qué clase de persona es quien lo dice. Y una vez construido el enemigo, resulta más sencillo justificar tratamientos que difícilmente aceptaríamos frente a un adversario democrático.

El mecanismo no pertenece exclusivamente a la derecha ni a la izquierda. La historia ofrece ejemplos suficientes de gobiernos de distintas orientaciones que construyeron enemigos internos para cohesionar políticamente a sus seguidores y legitimar formas extraordinarias de control. Por eso resulta peligroso analizarlo exclusivamente mediante categorías ideológicas.

La pregunta fundamental es democrática: ¿qué ocurre cuando cuestionar al Gobierno comienza a confundirse discursivamente con actuar contra el país?

De lo impensable a lo imaginable

Aquí se encuentra quizá el aspecto más profundo del problema: Las grandes transformaciones políticas no comienzan necesariamente cuando una ley modifica una institución. Muchas veces empiezan antes, cuando cambia aquello que una sociedad considera posible, puede existir una secuencia como esta:

impensable → pronunciable → discutible → imaginable → aceptable → políticamente defendible → eventualmente institucionalizable.

No se trata de una secuencia inevitable: Una sociedad puede detenerla, invertirla o rechazar completamente determinada posibilidad. Pero para hacerlo primero debe reconocer que se está produciendo una disputa sobre los límites de lo aceptable.

Costa Rica construyó durante décadas una poderosa identidad civilista. La abolición del ejército no constituye solamente una disposición constitucional o una decisión histórica de 1948. Forma parte del relato mediante el cual el país se representa a sí mismo.

Precisamente por ello resulta sociológicamente significativo cuando comienzan a circular, aunque sea mediante rumores, sátiras o advertencias, narrativas sobre remilitarización, recuperación de rangos militares, fortalecimiento extraordinario de los cuerpos policiales o necesidad de responder militarmente frente a enemigos internos. Un rumor no demuestra que exista un proyecto gubernamental. Una sátira no constituye un proyecto de ley. Una representación exagerada no prueba que aquello que describe vaya a ocurrir. Pero su circulación puede revelar otra cosa: algo que anteriormente parecía imposible ha comenzado a poder ser imaginado. Y esto también constituye un hecho social.

La realidad política de las representaciones

Una democracia no está compuesta únicamente por leyes, instituciones y decisiones gubernamentales. También existe mediante símbolos, relatos, temores, expectativas y representaciones colectivas. Los acontecimientos producen narrativas, pero las narrativas también modifican la manera en que posteriormente interpretamos los acontecimientos. Una misma representación puede provocar reacciones distintas. Para unas personas: «Esto podría ocurrir» significa miedo y resistencia. Para otras: «Esto podría ocurrir» significa posibilidad. Y para algunas puede terminar significando: «Esto debería ocurrir».

Precisamente por eso debemos analizar cuidadosamente los discursos políticos.

Cuando se habla reiteradamente de enemigos, conspiraciones, amenazas, infiltrados, criminales, traidores o sectores peligrosos, no solamente se está describiendo una realidad. También puede estarse construyendo un determinado horizonte desde el cual esa realidad será posteriormente interpretada.

La movilización también modifica lo imaginable, pero sería un error observar solamente al poder. La ciudadanía también produce realidad política.

Las manifestaciones, organizaciones sociales, universidades, medios independientes, movimientos ciudadanos, sindicatos y demás formas de acción colectiva participan en la construcción del horizonte democrático.

Cuando una movilización multitudinaria consigue ser interpretada socialmente como capaz de influir sobre decisiones gubernamentales, independientemente de que resulte difícil establecer una causalidad directa, se produce un efecto político importante: la ciudadanía descubre o reafirma que movilizarse puede tener consecuencias.

Por eso la resistencia también transforma lo imaginable: Frente a discursos que fortalecen la autoridad puede aparecer una sociedad que reivindica los límites de esa autoridad. Frente a la descalificación de los contrapesos institucionales puede fortalecerse su defensa. Frente a la construcción de enemigos pueden reconstruirse adversarios democráticos. En resumen, no existe una única dirección histórica.

Ni dictadura inminente ni excepcionalismo costarricense

Conviene entonces evitar dos errores. El primero sería afirmar que Costa Rica se encuentra inevitablemente camino hacia una dictadura. No existen elementos suficientes para semejante conclusión y una afirmación de esa naturaleza terminaría debilitando el análisis. El segundo sería igualmente peligroso: «Eso nunca podría ocurrir en Costa Rica».

Ninguna democracia posee inmunidad histórica.

Las instituciones democráticas no sobreviven porque una sociedad haya sido democrática durante décadas. Sobreviven porque continúan existiendo ciudadanía, cultura política, instituciones y mecanismos capaces de defenderlas.

Una democracia puede conservar elecciones, parlamento, tribunales y libertades formales mientras comienzan a modificarse gradualmente los límites de aquello que sus ciudadanos consideran políticamente admisible. La erosión democrática, cuando ocurre, no necesita comenzar con tanques frente al Parlamento. Puede comenzar mediante pequeñas normalizaciones.

Una disputa por lo imaginable

Quizá parte de la coyuntura costarricense contemporánea pueda comprenderse precisamente como una disputa por lo imaginable: ¿Qué Estado queremos imaginar?

¿Uno donde la seguridad fortalezca las instituciones democráticas o uno donde permita reducir sus controles? ¿Una policía civilista o una fuerza progresivamente concebida mediante categorías militares? ¿Una ciudadanía que fiscaliza al poder o una que delega en él crecientes espacios de secreto? ¿Una oposición considerada parte legítima de la democracia o convertida discursivamente en enemigo interno? ¿Un Poder Judicial entendido como contrapeso constitucional o como obstáculo frente a la voluntad política de las mayorías? ¿Una protesta social comprendida como ejercicio ciudadano o como amenaza contra el orden?

Estas preguntas no anuncian inevitablemente ninguna catástrofe. Pero tampoco deberían parecernos irrelevantes. Porque una democracia no se pierde únicamente cuando desaparecen sus instituciones. También puede debilitarse cuando cambia silenciosamente el significado que atribuimos a ellas.

Por eso quizá la pregunta correcta no sea: ¿Nos estamos convirtiendo en Cuba, Venezuela, la antigua Unión Soviética o cualquier otro fantasma político disponible?

Esa comparación puede tranquilizar a unos y aterrorizar a otros, pero explica muy poco sobre nosotros mismos. La pregunta mucho más difícil es: ¿en qué Costa Rica estamos comenzando a imaginar que podríamos convertirnos?

Responderla exige observar al Gobierno, pero también a la oposición; analizar instituciones y movimientos sociales; distinguir hechos de rumores; separar evidencia de temor; reconocer amenazas reales sin convertirlas en justificación de poderes ilimitados. Sobre todo, exige abandonar la idea de que democracia significa únicamente celebrar elecciones periódicas.

Democracia también significa límites al poder, transparencia, pluralismo, debido proceso, libertad de expresión, protección de las minorías, independencia judicial, derecho a disentir y capacidad ciudadana de resistencia. La seguridad es necesaria. El combate contra el crimen organizado también. Pero precisamente porque ambos son necesarios debemos impedir que terminen convirtiéndose en palabras capaces de justificar cualquier cosa.

Porque la pregunta decisiva de una sociedad democrática nunca debería ser solamente ¿cuánto poder necesita el Estado para protegernos? Debe existir siempre una segunda pregunta: ¿cuánto poder estamos dispuestos a entregarle antes de comenzar a necesitar protección frente al propio poder?

Pensamiento divergente: a propósito de zurdos y secretos de estado

José Luis Amador

José Luis Amador.

En los últimos meses se ha desatado en las redes y desde el gobierno una narrativa en donde todo aquel que disiente del discurso oficial del gobierno, es enemigo, es perverso y es comunista. No cabe dentro de la mentalidad del chavismo, la posibilidad de que haya personas de bien, que puedan pensar distinto o sostener otras tesis que no sean las del chavismo. El que no es chavista, es perverso y es corrupto, y ahora, además, comunista.

No contentos con dividir el espectro ideológico en buenos contra malos, el chavismo bebe ahora de las ideologías más radicales del maniqueísmo latinoamericano y ya ni siquiera llama comunistas a los que cultivan un pensamiento diferente, sino que aprendió a llamar “zurdos” a todos aquellos que bailan otros sones, que no sean los de su flauta y su tamboril.

Estas divisiones fáciles y peligrosas que hemos conocido en otras latitudes de américa latina son las mismas que han fomentado la agresión entre hermanos, la intolerancia, la calificación del “otro” político como no humano, la represión, la cárcel y el terror político. Fantasmas que alguna vez han merodeado nuestro país, pero nunca se habían instalado, hasta ahora.

Recientemente en una rueda de prensa en Casa Presidencial el señor ministro de Justicia tuvo el desafortunado desliz de decir lo siguiente ….

“Estos zurdos, algunos de clóset, que ya los tenemos identificados, y que se reunieron todavía un día de estos…”

Quiero hacer notar que esto es más grave de lo que parece. No es cualquier hijo de vecino el que está hablando. Es un ministro de Estado de la República de Costa Rica. Pero, además, el señor ministro no está hablando en la cocina de su casa. Está hablando a todo el país y está hablando delante de la más alta jerarquía del Gobierno de Costa Rica.

En otras palabras, él lo hace porque sabe que este pensamiento, es coincidente con el pensamiento de la presidenta de la República Laura Fernández, de Rodrigo Chaves y de toda la camarilla política que lo rodea y constituye el grupo que nos gobierna.

A partir de este desafortunado comentario he visto gente haciendo bromas. Pero esto no es de bromas. Esto es gravísimo. Lo que expresa este burdo acontecimiento, es que tras bambalinas está activo un pensamiento oscuro, capaz de ejercer terror sobre la población ciudadana que piense distinto al gobierno.

Esto es más tenebroso y más real de lo que puede imaginarse y más peligroso de lo que observo que están comprendiendo los ciudadanos. Ese comentario evidencia una forma de ver la sociedad y la diversidad política. Es un peligro real y es la punta de un iceberg, no se debería permitir jamás que un funcionario hable así, mucho menos el ministro de Justicia y Paz.

El comentario del ministro deja abiertas algunas preguntas que el gobierno debería contestar. ¿Quiénes son esos zurdos a los que se refiere? ¿Por qué el ministro de Justicia y Paz asegura que se les está siguiendo desde el Gobierno? ¿Qué clase de actividad perniciosa están realizando? O por el contrario ¿en qué clase de acto ilegal está incurriendo la autoridad y el Sr. ministro de Justicia y Paz???

Esto es serio, esto no son chistes, aquí no hay broma. O hay un grupo terrorista, o hay Terror de Estado.

Debo confesar que cuando terminé de escribir estas palabras, yo mismo sentí miedo de lo que esto significa. Pero prefiero expresarlo y hacerlo público. para exorcizarlo y para que ojalá, nunca ocurra lo que quiere ocurrir. Porque, así como se habla con respecto al “otro” político, así se piensa y se actúa. Por eso da tanto miedo cuando encima de esto, declaran la actividad de estas fuerzas oscuras como secreto de estado.

Consciente o inconscientemente, ¿hacia dónde nos llevan? ¿Qué clase de país están construyendo? Esta no es la Costa Rica luminosa y democrática que nos hizo diferentes en el mundo.

Y si en algún momento se cometieron errores y había que mejorar, estos oscuros caminos por donde nos llevan no son la opción de país que merecen nuestros hijos y nietos.

Un nombramiento que dure hasta el límite de edad

Walter Antillón

En estos días escuchamos muchas opiniones sobre el tema de la duración del cargo de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia. Hay quienes se inclinan por un período corto (3 o 4 años), pero con posibilidad de reelección; hay quienes, por el contrario, proponen un único período, pero de 15 o 20 años; los restantes suelen moverse hacia soluciones intermedias. Pero en la mayoría o la casi totalidad de los casos no se aportan las razones que las respaldan ¿cuáles serían esas razones? ¿cuáles son los verdaderos fundamentos para una escogencia adecuada?

Parto de la afirmación de que la función de impartir justicia es, posiblemente, la más delicada entre las funciones del Estado, porque en ella la conjunción entre norma aplicable y verdad fáctica exige la mayor intensidad. De allí el esmero por implantar en los jueces la mayor honestidad, la mejor formación y la mayor destreza en el desempeño de su oficio; y de allí también la necesidad de una estabilidad y una duración en el cargo que conduzcan a la acumulación de experiencia y a la madurez de juicio. No hay que confundir la mera cifra de los años con rigidez y decrepitud.

La obsolescencia fulminante que observamos en la electrónica y en muchas otras tecnologías, es totalmente ajena al mundo de la experiencia jurídica. Todavía, después de dos mil años, el Derecho Romano tiene mucho que decirnos; y los actuales defensores del pueblo encontrarían utilidad en un estudio atento del régimen del tribunado de la plebe, que floreció en la República Romana. La carrera de Derecho dura cuatro o cinco años, pero el aprendizaje del oficio de juez dura la vida entera.

Por esas razones, si existen suficientes garantías institucionales de que el nombramiento recaerá en una persona honesta, culta, independiente, laboriosa e imparcial, lo más conveniente es que se prolongue hasta el límite de edad que fijaría la Constitución.

Si no es así, es decir, si una fracción mayoritaria de la Asamblea Legislativa, o toda la Asamblea, decide promover a la magistratura personas carentes de las condiciones indispensables, es decir, si vamos a tener una justicia de opereta, como Nicaragua o El Salvador, lo mejor será entonces que la duración en el cargo sea breve.

En los Estados Unidos, la historia de los grandes jueces longevos comienza con John Marshall, quien fue Presidente de la Corte Suprema durante 34 años y murió en el cargo; pero está el caso del célebre Oliver Wendell Holmes, quien estuvo 49 años en la judicatura (29 en la Corte Suprema) y se retiró, como Presidente, a los 90 años; están los casos de Louis Brandeis y Felix Frankfurter, que presidieron también la Corte y se retiraron con más de 80 años de edad. Y Learned Hand, quien para muchos ha sido el mejor juez en la historia de los Estados Unidos, vivió 89 años y ocupó su cargo en los Tribunales Federales de Nueva York durante 52. Todos esos jueces fueron progresistas y propiciaron los grandes saltos adelante dados por su País en el siglo XX.

En suma, si hay bastante acuerdo en que el límite inferior de edad de un candidato a Magistrado sea de 40 años ¿cuál sería el límite superior? Me parece que el límite superior etario de todo juez, en general, debe fijarse en una edad en la que, normalmente, las personas conservan su salud corporal y sus facultades mentales. Creo que, en la Costa Rica de hoy, la Constitución podría fijar esa edad en los 75 años, si no en los 80.

Festival Cultural «Grito por la Paz» se realizará en Tibás el próximo 22 de agosto

La Comunidad Buen Vivir invita a la ciudadanía al Festival Cultural «Grito por la Paz Tibás 2026», que se realizará el sábado 22 de agosto, de 9:00 a.m. a 4:00 p.m., en la Biblioteca Pública de Tibás, con entrada libre. La actividad es organizada en conjunto con la Escuela de Bellas Artes Vincent van Gogh, el Ministerio de Cultura y Juventud y el Sistema Nacional de Bibliotecas.

Según explican las personas organizadoras, el festival surge como una reflexión colectiva frente al dolor causado históricamente por las guerras, bombardeos, invasiones y desapariciones forzadas ocurridas tanto en conflictos mundiales —como las dos Guerras Mundiales, Hiroshima y Nagasaki, o la guerra de Vietnam— como en distintos países de América Latina, el Caribe, África y Medio Oriente. Desde esa preocupación, la Comunidad Buen Vivir ha llevado el «Grito por la Paz» a distintos puntos del país, incluyendo Paso Ancho, San Sebastián, Desamparados, Turrialba y San José, y ahora extiende la iniciativa a Tibás.

La jornada combina teatro, danza, artes visuales, música en vivo, poesía, creación literaria, tai chi chuan e instalaciones en los árboles, además de una fogata cultural, exposición de artes visuales y talleres de mandalas.

Entre las actividades programadas destacan: tai chi chuan con Reynaldo Ugalde Meza (9:00 a.m.); danza en telas sobre árboles con Kryssia Rojas (10:00 a.m.); cuentacuentos con Hillary Zúñiga Araya (10:30 a.m.); un taller de mandalas para personas adultas mayores y un taller de creación literaria de poesía para niños y niñas con Marta Rojas (10:45 a.m.); el foro de cine corto «Pachamama: la llamada» con Ronald Soto Venegas (11:00 a.m.); un círculo de percusión «Tambores para la Paz» con Jorge Guido (11:15 a.m.); el taller «Apachetas para la Paz» con Edison Valverde y una exhibición de body paint con Hommer Salazar (11:30 a.m.), junto con actividades simultáneas de dibujo bajo los árboles y el inicio de la instalación «Casa de Neón», ambas a cargo de la Escuela de Bellas Artes Vincent van Gogh.

Al mediodía se realizará la «Olla de la Paz» con Erika Cascante, seguida de una exhibición de kung fu con José Torres, del Centro de Cultura Yan Xiang de Costa Rica (12:10 p.m.), danza con Sabrina Álvarez (12:30 p.m.), teatro mimo con Reynaldo Ugalde Meza (12:45 p.m.) y un monólogo escénico de Laura Meoño (12:50 p.m.).

La tarde continuará con lecturas de «Poesías para la Paz» a cargo de Mario Zaldívar, Marta Castro, Francis Cruz, Alejandro Chinchilla, Alejandro Cordero, Catalina Gaviria Hena, Malquín González Mena y Carmen Julieta Echeverría (1:00 p.m.); los conciertos «Violines sin Guerra» con Dana Zárate (1:30 p.m.) y «Violines para la Paz» con Aristóteles Gray (1:45 p.m.); una presentación de solistas y cantautores con Falú, Mirley Vega, Andrés Prada, Navi Hernández, Ana Andrade, Hayden Ceciliano, Alonso Ferreto y Jorge Guido (2:00 p.m.); el concierto dúo Hel-Hecho Latino con Óscar Álvarez y Reynaldo Ugalde (3:00 p.m.); y los conciertos de música latinoamericana de los grupos Urgente (3:10 p.m.) y Terra Nova (3:30 p.m.). El festival cerrará a las 3:55 p.m.

El «secreto de Estado» en Costa Rica: algunas aproximaciones jurídicas

Nicolas Boeglin
Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, UCR

nboeglin@gmail.com

A raíz de una iniciativa planteada en un Decreto Ejecutivo publicado en la Gaceta Oficial en la semana del 10 de agosto por el Poder Ejecutivo de Costa Rica, son varias las advertencias que se han dado a conocer: en esta nota de la prensa radial, son diversas las fracciones de congresistas las que denuncian una extensión sumamente preocupante, así como esta otra nota de prensa del Semanario Universidad relativo a un comunicado difundido por el Programa de Libertad de Expresión y Derecho a la Información (PROLEDI) de la UCR.

Fuera de Costa Rica, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) también emitió un comunicado (véase texto) y es probable que otras instancias internacionales en materia de derechos humanos igualmente se manifiesten oficialmente al respecto en los próximos días.

El pasado 13 de agosto se informó de un primer recurso de amparo presentado ante el juez constitucional por un abogado contra varias disposiciones de este Decreto Ejecutivo (véase nota de prensa de CRHoy). El 14 de agosto, se informó de un segundo recurso de inconstitucionalidad presentado ante la Sala Constitucional (véase nota de prensa de El Observador). Este 17 de agosto, en esta nota de prensa se indica que son un total de cuatro las acciones interpuestas (véase nota de Teletica): es posible que otros recursos más se interpongan además de estas cuatro primeras acciones legales.

¿Dónde acceder al texto mismo del Decreto Ejecutivo?

El texto integral del Decreto Ejecutivo 45870-MSP firmado el 27 de julio del 2026 puede ser consultado en el Alcance de la Gaceta del 10 de agosto (véase pp. 28-34 en este enlace).

Su artículo I se lee de la siguiente manera:

«Artículo 1º-. Se declara como Secreto de Estado y reserva, por lo tanto, información absolutamente de carácter confidencial y de acceso restringido exceptuada de la consulta pública, por razones de interés público, seguridad y defensa nacionales, los informes, documentos, archivos o información vinculados con el Consejo Nacional de Seguridad Pública, la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional, el Grupo de Trabajo del Gobierno de Costa Rica denominado “Fuerza Élite”, anteriormente conocido como Task Force de Seguridad, así como cualquier otra coordinación que sobre el tema de seguridad y defensa del Estado dirija la Presidencia de la República, incluyendo la articulación institucional derivada del Decreto Ejecutivo N.° 39449-MPSP, Reglamento sobre la Protección de los Jerarcas del Poder Ejecutivo y Dignatarios; cuya divulgación lejos de ser de interés público, puede entorpecer y poner en riesgo la labor de las autoridades judiciales y policiales en el combate de la criminalidad, así como poner en riesgo la vida de las personas funcionarias«.

Toda persona, sin necesidad de ser especialista o experto en derecho público o en derecho a la información, detectará la inclusión de la expresión «así como cualquier otra coordinación» que claramente, abre la posibilidad de extender la noción de secreto de Estado a muchos más ámbitos a los enlistados.

Esta misma «técnica» expansiva en la formulación, aparece también en varios otros artículos de este cuestionado Decreto Ejecutivo, que, además, considera posible hacer a un lado las regulaciones existentes en materia de contratación pública a las que están sometidas las entidades del Estado costarricense, por razones que sería de gran interés conocer.

Nuestros estimables lectores podrán darse una idea de las diversas pretensiones de este texto, leyéndolo en su totalidad. Por nuestra parte, nos abocaremos en las líneas que siguen a ofrecer algunos criterios sobre la noción de «secreto de Estado» desde la perspectiva del derecho internacional público y de la práctica que se ha podido observar en otros Estados, además de Costa Rica, no sin además referir a la jurisprudencia del juez constitucional costarricense en esta precisa materia.

Los asuntos «secretos» de los Estados en líneas muy generales

En términos generales, se puede decir que algunos asuntos muy específicos y puntuales relacionados a la seguridad, a la defensa y a las relaciones de un Estado con otros Estados, pueden considerarse, caso por caso, como «secretos de Estado«.

Usualmente la información recogida por los servicios de inteligencia de un Estado (llamados inicialmente «servicios secretos» antes que un anglicismo generalizara la noción de «intelligence» al castellano) es considerada como información que no es pública: en el caso de Estados Unidos, por ejemplo, los informes de sus servicios secretos pueden ser desclasificados tan solo después de un plazo legalmente definido de 60 años. En el 2010, una nueva regulación en Estados Unidos (véase texto) vino a precisar las diversas modalidades aplicables a la desclasificación de documentos secretos. Excepcionalmente, el plazo puede ser menor: es así como las autoridades de Chile obtuvieron que Estados Unidos desclasificara algunos documentos relacionados al golpe de Estado de 1973 perpetrado en Santiago de Chile para los 50 años de conmemoración, hace unos pocos años (Nota 1).

En materia de derechos humanos y en particular en la búsqueda de la verdad sobre lo ocurrido por parte de los familiares de las víctimas, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha descartado en una multitud de casos el carácter «reservado«, o bien «muy confidencial» o de «acceso prohibido o muy restringido» de los muchos «secretos» del aparato militar de los Estados sobre las exacciones cometidas en el pasado por el aparato represivo estatal (Nota 2). Algunos esfuerzos como los observados en Chile a mediados de los años 2000 (véase sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Claude Reyes y otros contra Chile del 2006, párrafos 57.40 – 57.45) no fueron considerados suficientes para la Corte Interamericana de Derechos Humanos, al sentenciar que las nuevas regulaciones vulneraron los derechos de información, en este caso con respecto al impacto ambiental de megaproyectos.

En Costa Rica son varias las entidades públicas que obligan a sus funcionarios a mantener confidencial cierto tipo de información, sea en materia de seguridad, sea en materia de defensa o de relaciones exteriores. Por ejemplo, se puede citar el carácter confidencial que tienen los informes y documentos de la Dirección de Inteligencia y Seguridad (DIS) al disponer el artículo 16 de la Ley General de Policía N° 7410 que:

“Los informes y los documentos internos de la Dirección de Seguridad del Estado son confidenciales. Podrán declararse secreto de Estado, mediante resolución del Presidente de la República”.

Otro ejemplo se encuentra al leerse en el Estatuto del Servicio Exterior (véase ley 3530) que los funcionarios del Servicio Exterior deben mantener confidencialidad sobre las negociaciones de su misión:

«Artículo 35. Queda prohibido a los funcionarios del Servicio Exterior: (…) d) Revelar detalles secretos sobre gestiones o negociaciones que a su Misión o Consulado le hubieren sido confiados».

Hay que distinguir siempre el derecho que todo ciudadano posee a la privacidad de sus datos, de las informaciones relacionadas a cuestiones de interés público que el Estado califica de «secreto de Estado» para no entregarlas, por razones no siempre muy claras y que usualmente despiertan fundadas sospechas: «¿Cual será el problema en que se sepa?» es una pregunta muy válida cada vez que un jerarca de una entidad pública del Estado costarricense invoca el «secreto de Estado«.

Nótese que la investigación sobre la denominada «trocha fronteriza» iniciada por Costa Rica en el 2011 en la zona fronteriza con Nicaragua, uno de los mayores escándalos de corrupción en Costa Rica aún pendiente (al 17 de agosto del 2026) de la finalización de un juicio (véase nota de mayo del 2026) y de una sentencia condenatoria (Nota 3), reveló la existencia de una «estructura paralela secreta» dentro del aparato estatal costarricense: véanse al respecto este video de una comparecencia ante la Asamblea Legislativa y esta nota de La Nación del 2012, donde se lee que:

«El ministro de la Presidencia nos dijo… ― ¡Esto es secreto de Estado! No queremos que la prensa se dé cuenta de nada, sino no nos dejan hacer nada. Esto nos lo dijo Carlos Ricardo Benavides, ahí estaba Celso Gamboa y Boraschi y ahora nadie sabe nada», dijo Ramírez …/… «El que nos dio la orden fue el ministro de la Presidencia, nos dijo: ―esto es secreto de Estado, no queremos que la prensa se entere de nada porque, si la prensa se entera, no logramos hacer los caminos».

Como se puede observar en este corto extracto, la prensa pareciera haber sido, al menos en el 2012, la principal «amenaza» para las máximas autoridades costarricenses de la época, decididas a realizar una obra que a todas luces resultaba (y sigue resultando…) totalmente desproporcional e irracional, en particular con respecto a la ubicación exacta del punto geográfico en el que Nicaragua incursionó con sus fuerzas militares en el 2010.

Mapa de la «trocha fronteriza» y de las rutas de acceso al río San Juan habilitados por Costa Rica en respuesta a la ocupación ilegal de Isla Portillos por parte de Nicaragua. Documento oficial presentado en Casa Presidencial (Costa Rica). Arriba al extremo derecho, Isla Portillos, punto en el que incursionó Nicaragua en el 2010 (circulo en rojo realizado por el mismo autor, ya que no se distingue mayormente en razón de la escala usada)

Una persistente indeterminación jurídica en Costa Rica

Desde la perspectiva estrictamente jurídica, cabe precisar que, en Costa Rica, el concepto de «secreto de Estado» constituye un «concepto jurídico indeterminado» en el ordenamiento jurídico costarricense: a esta conclusión llegó la misma Procuraduría General de la República (PGR) y ello desde 1983 (véase dictamen del 31 de mayo del 1983, cuya lectura completa se recomienda).

Esta indeterminación legal ha llevado a que sea precisamente caso por caso, que el juez constitucional determine lo que es (y lo que no…) un secreto de Estado en Costa Rica. Cabe recordar que un proyecto de ley (Expediente Legislativo 18.639, titulado «Ley reguladora de los Secretos de Estado») en el 2006 pretendía regular los secretos de Estado en Costa Rica, sin lograr plasmarse en una ley. Un texto similar (Expediente Legislativo 23.437) presentado en el 2022 (véase enlace) busca de igual manera un propósito similar, en tan solo cuatro artículos (Nota 4): es de notar que el plazo cuatrienal de este proyecto de ley, vence en octubre del 2026.

El derecho a la información, los principios modernos de transparencia, de publicidad y de rendición de cuentas a los que están sujetas las entidades públicas del Estado costarricense así como sus jerarcas, la trazabilidad en materia de contratación pública y de uso de los recursos públicos en Costa Rica, las reglas en materia de derechos humanos, son algunas de las herramientas jurídicas usadas ante el juez constitucional para obtener datos o informes que el Estado aduce a veces constituir un «secreto de Estado«, sin mayor fundamento.

Al ser las reglas la publicidad y la transparencia, y la excepción a éstas el secretismo, no cabe duda que las interpretaciones legales que pueda hacer el juez constitucional y sus conclusiones usualmente obligan al Estado a entregar la información solicitada.

No obstante, no siempre el juez constitucional le da la razón al recurrente y obliga el Estado a entregar esta información. Así, por ejemplo, entre algunos más, en el 2016, la Sala Constitucional consideró en una decisión (véase texto completo) que algunos informes internos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto sobre la situación política interna en Brasil, revestían este carácter al señalar que:

» En este sentido, el resguardo obedece a ese reconocimiento como secreto de Estado de aquellos documentos relacionados con la política exterior y que pueda comprometer las relaciones internacionales del país. De tal manera, si la información así resguardada se encuentra protegida porque la misma Constitución le reconoce el carácter de «secreto de Estado», la denegatoria de suministro por parte del Ministro de Relaciones Exteriores dista de ser arbitraria, sino que se encuentra conforme con las previsiones constitucionales aquí comentadas, de donde resulta que el recurso de amparo debe ser declarado sin lugar«.

Más recientemente (julio del 2026), con relación a una persona nativa de Palestina sospechosa de pertenecer al Hamás, la Sala Constitucional fue solicitada por el recurrente para examinar si existían o no pruebas suficientes aportadas para ordenar su deportación desde Costa Rica, tal y como sostenido en sus informes por parte de las máximas autoridades de seguridad costarricenses. Estas últimas consideraron confidenciales las informaciones que les proporcionó una agencia de información de otro Estado. En su sentencia (véase texto completo), la Sala Constitucional no quiso entrar a proceder a ningún tipo de examen, ni a referir a la noción de secreto de Estado con respecto a los informes en posesión de los servicios de seguridad de Costa Rica, al considerar que:

«no compete a esta Sala desvirtuar la información remitida por Homeland Security Investigations ni determinar si existe o no un vínculo con organizaciones terroristas por parte del tutelado, únicamente es competencia de esta jurisdicción verificar que se le brinden las garantías respectivas, se proteja su derecho al debido proceso y que se actúe de conformidad con el ordenamiento jurídico, lo cual consta se ha realizado. Con fundamento en las razones expuestas, no se verifica lesión alguna a los derechos fundamentales del tutelado según se expuso de previo, por lo que, la actuación de las autoridades recurridas se ajusta a las disposiciones legales vigentes. En este sentido, lo procedente es ordenar la desestimación del presente recurso, como en efecto se dispone».

La indeterminación de la información exacta para considerar a esta persona como integrante del Hamás, y el hecho que la Sala Constitucional descartara exigirla, llevó a los recurrentes a señalar a órganos de derechos humanos de Naciones Unidas un caso de detención arbitraria (véase nota de prensa de ElMundo.cr). Se trata de un precedente bastante riesgoso de la Sala Constitucional, al ser muchas las personas en Costa Rica que simpatizan con la causa palestina, y al ser bastante relativa y omisa la información con la que a veces Estados Unidos o Israel consideran que una persona es «sospechosa de pertenecer al Hamás. Desde el 26 de enero del 2024, la agencia de Naciones Unidas para la Asistencia a los Refugiados Palestina (más conocida como UNRWA) y sus donantes esperan pacientemente que Israel entregue las «pruebas contundentes» que dice poseer sobre el involucramiento de funcionarios de la UNRWA con el Hamás en Gaza: véase al respecto este enlace de la misma UNRWA titulado «Facts versus claims». Desde noviembre del 2024, la ONG Central Kitchen sigue esperando que Israel le provea de «pruebas» sobre elinvolucramiento de sus integrantes con el ataque del 7 de octubre (véase nota sobre el ataque sufrido por estas entidad humanitaria de noviembre del 2024).

Una ley sobre el secreto de Estado inexistente

La situación de indeterminación jurídica del concepto de «secreto de Estado» puede resolverse, jurídicamente, mediante la adopción de una ley que así lo establezca.

A modo de ejemplo, entre muchos más, se puede citar esta ley de 1968 siempre vigente en España (véase texto) o bien la ley 18.381 en Uruguay (véase texto). Nótese que el enlace anterior refiere a algunas disposiciones de la Ley 18.821 del 2008 sobre el derecho al acceso a la información pública (véase texto integral y el artículo 9 sobre información que no se considera pública). De ser objeto de alguna tipo de legislación en Costa Rica, la noción de «secreto de Estado» debería considerarse desde esta misma perspectiva: una única excepción que permite al Estado sustraer del escrutinio público algunos informes y datos a partir de un marco legal claramente definido, incluyendo el plazo a partir del cual esta información podrá ser desclasificada. En el caso de España, este muy interesante estudio publicado en la Revista Española de Transparencia (RET) en el año 2021 explica la necesidad de actualizar el marco legal español con una ley mucho más moderna que promueve el Grupo Vasco en España: se titula «El abuso del secreto de Estado en la ocultación de las actuaciones ilegítimas de los poderes públicos«. Este título sugestivo invita a que otros juristas e investigadores realicen un análisis muy similar en otras partes del mundo, dada la cantidad de «secretos» estatales que, en diversas latitudes, impiden acceder a una información sobre temas de indiscutible interés público.

No obstante, las experiencias de legislaciones existentes sobre secretos de Estado, en vez de proponer un proyecto de ley, ha sido otra la opción escogida por las actuales autoridades de Costa Rica, al parecer algo urgidas (por razones que sería de sumo interés conocer).

La simple lectura de este Decreto Ejecutivo denota una clara intención de expandir la noción de «secreto de Estado» a entidades del Estado, a funcionarios y a actividades de diversa índole como las contrataciones públicas que no resultan del todo acorde ni con la legislación costarricense en materia de contratación, ni con la jurisprudencia de la Sala Constitucional, ni tampoco con la de la Corte Interamericana de Derechos Humanos o con la práctica de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que han sido enfática en el punto siguiente: todo «secreto de Estado» declarado como tal debe ampararse en una ley que se conforme a los parámetros del sistema de protección de los derechos humanos.

Las actuales autoridades de Costa Rica deberían desde ya prepararse a una declaratoria de inconstitucionalidad de este Decreto Ejecutivo por parte del juez constitucional: una suerte bastante similar a la de una gran cantidad de «Executive Orders» firmadas por el actual ocupante de la Casa Blanca desde su llegada a la Casa Blanca en enero del 2025, declaradas inconstitucionales e ilegales en su gran mayoría por la justicia norteamericana (Nota 5).

A modo de conclusión

Esta última iniciativa del Poder Ejecutivo costarricense se enmarca en una deriva bastante notoria de ignorar las garantías fundamentales y la jurisprudencia así como la práctica de los órganos encargados de fiscalizar al aparato estatal en Costa Rica: sea la Sala Constitucional, sea el Fiscal General de la República, sea la Contraloría General de la República, sea la Defensoría de los Habitantes, u otros órganos, la narrativa populista y de «mano dura» busca desacreditar la labor de estos órganos de control. Recientemente un grupo de más de 50 profesores de la Facultad de Derecho de la UCR suscribimos un pronunciamiento en defensa del Estado de Derecho y de la independencia del Poder Judicial.

(véase texto).

El pasado 10 de agosto, un proyecto de ley que establece que la designación del Fiscal sea, a futuro, una potestad exclusiva de la Asamblea Legislativa (y no del Poder Judicial) fue fuertemente cuestionado por el Poder Judicial y por especialistas en la materia (véase nota del Semanario Universidad), confirmándose la inusual arremetida que sufre el Poder Judicial costarricense por parte del actual Poder Ejecutivo, y que bien resume un magistrado constitucional en esta entrevista publicada el pasado 12 de agosto por el Semanario Universidad, al señalar que:

«Somos víctimas de constantes ataques, es una realidad y lógicamente esta sentencia hace que los ataques sean fuertes contra la Sala Constitucional como parte de la institucionalidad de un Estado de derecho«.

Simple coincidencia en el tiempo (¿o no?), este domingo 16 de agosto, un artículo revela en Costa Rica el uso del programa informático israelí «Pegasus» (véase artículo de La Nación): un programa espía que se ofrece a las autoridades de los Estados que consolidan sus relaciones con Israel y que bien conocen activistas en derechos humanos, universitarios, sindicalistas pero también sectores de la oposición política y periodistas críticos en Estados tan diversos como Arabia Saudita, Bahrein, Brasil durante la época de Jair Bolsonaro (Nota 6), Egipto, El Salvador (Nota 7), Emiratos Arabes Unidos y Marruecos. En junio del 2025 un acuerdo estratégico firmado entre Argentina e Israel augura para muchos en Argentina problemas similares a los vividos por sus homólogos en los Estados antes citados (véase enlace oficial).

En mayo del 2025, los fabricantes de este programa espía israelí fueron condenados por la justicia norteamericana (véase nota de Amnistía Internacional) al tiempo que un colectivo de periodistas elaboró una guía para que los comunicadores y los analistas puedan seguir investigando temas sensibles sin ver «hackeada» la información recibida, rastreadas sus fuentes e identificados sus contactos (véase guía).

– – Notas – –

Nota 1: Véase al respecto BOEGLIN N., «La reciente «desclasificación» de documentos secretos por parte de Estados Unidos a 50 años del golpe militar de Chile de 1973: algunas reflexiones», 11 de septiembre del 2023. Texto integral disponible en este enlace.

Nota 2: En esta sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenando a Brasil (caso Gomes Lund y otros «Guerilha Araguaia»), se lee en el párrafo 211 que: «211. A criterio de este Tribunal, el Estado no puede ampararse en la falta de prueba de la existencia de los documentos solicitados, sino que, por el contrario, debe fundamentar la negativa a proveerlos, demostrando que ha adoptado todas las medidas a su alcance para comprobar que, efectivamente, la información solicitada no existía. Resulta esencial que, para garantizar el derecho a la información, los poderes públicos actúen de buena fe y realicen diligentemente las acciones necesarias para asegurar la efectividad de ese derecho, especialmente cuando se trata de conocer la verdad de lo ocurrido en casos de violaciones graves de derechos humanos como las desapariciones forzadas y la ejecución extrajudicial del presente caso. Alegar ante un requerimiento judicial, como el aquí analizado, la falta de prueba sobre la existencia de cierta información, sin haber indicado, al menos, cuáles fueron las diligencias que realizó para confirmar o no su existencia, posibilita la actuación discrecional y arbitraria del Estado de facilitar o no determinada información, generando con ello inseguridad jurídica respecto al ejercicio de ese derecho. Cabe destacar que el Primer Juzgado Federal ordenó a la Unión el 30 de junio de 2003 la entrega de los documentos en un plazo de 120 días, pese a lo cual pasaron seis años, en los que la Unión interpuso varios recursos, hasta que la misma se hizo efectiva lo que resultó en la indefensión de los familiares de las víctimas y afectó su derecho de recibir información, así como su derecho a conocer la verdad de lo ocurrido».

Nota 3: Nos permitimos reproducir al respecto la cita en conclusión de un artículo nuestro publicado en el 2013 (véase enlace), que señala que: » Desde un punto de vista estrictamente político, nos permitimos citar a modo de conclusión al ex Ministro de Relaciones Exteriores de Costa Rica (2006-2010), Bruno Stagno, para quién la “trocha fronteriza” es un proyecto “con fines mediáticos” cuando escribe que: “La trocha fronteriza ha resultado ser una obra con claros fines mediáticos internos y no una manera tangible de reforzar nuestra soberanía frente a un vecino más que incómodo. Ante las denuncias y evidencias relacionadas a la falta de planificación, coordinación, supervisión y mitigación de la obra, la importancia supuestamente estratégica que la administración Chinchilla Miranda le asigna (ba) a esta ruta no es en nada congruente con la realidad. Hasta prueba de lo contrario, parece que en realidad nunca fue más que un andamio de emergencia para contener la precipitosa caída en imagen del gobierno” (Stagno, 2012)»

Nota 4: Los únicos cuatro artículos de este proyecto de ley 23.347 se leen de la siguiente forma:

«ARTÍCULO 1- Podrán ser declarados como secreto de Estado los documentos, informaciones y datos cuya revelación pueda perjudicar de forma sensible la seguridad interna o externa de la Nación, la defensa de la soberanía nacional y las relaciones internacionales de Costa Rica. La publicación del decreto respectivo podrá omitir aquellos aspectos cuya revelación sea considerada contraproducente por el Poder Ejecutivo para los fines señalados en el párrafo anterior. ARTÍCULO 2- La declaración de documentos, informaciones y datos como secreto de Estado podrá tener una vigencia por hasta 20 años. ARTÍCULO 3- No podrá declararse como secreto de Estado aquella información que evidencie actos que lesionen los derechos humanos, cometidos por funcionarios públicos o fuerzas del orden nacionales o extranjeras, en el territorio nacional. ARTÍCULO 4- Adiciónese un artículo 32 bis a la Ley de la Jurisdicción Constitucional, N.º 7135, de 11 de octubre de 1989, cuyo texto será el siguiente: Artículo 32 bis- Cuando el amparo se refiera al derecho de petición y de obtener pronta resolución, establecido en el artículo 27 de la Constitución Política, y no hubiere plazo señalado para contestar, se entenderá que la violación se produce una vez transcurridos diez días hábiles desde la fecha en que fue presentada la solicitud en la oficina administrativa, sin perjuicio de que, en la decisión del recurso, se aprecien las razones que se aduzcan para considerar insuficiente ese plazo, atendidas las circunstancias y la índole del asunto. La documentación será remitida de forma confidencial únicamente a los magistrados que deban resolver. Tanto las resoluciones como los expedientes donde se tramiten estos asuntos deberán omitir cualquier referencia a la información que se considere válidamente declarada secreto de Estado. La violación de lo dispuesto en el párrafo anterior será considerada Revelación de Secretos, según lo dispuesto en el artículo 293 del Código Penal, Ley N.º 4573, de 4 de mayo de 1970 y sus reformas. Rige a partir de su publicación».

Nota 5: Sobre las numerosas «Executive Orders» firmadas en la Casa Blanca que terminan siendo declaradas ilegales por los mismos tribunales norteamericanos, véase este interesante compendio realizado por autores del sitio JustSecurity, y titulado «The “Presumption of Regularity” in Trump Administration Litigation (4th edition)«.

Nota 6: En el caso de un Estado como Brasil que se mostró sumamente cercano a Israel en años recientes, sus servicios de inteligencia descubrieron la existencia de una nube electrónica que está albergada en un servidor en Israel con datos privados de más de 30.000 brasileños (véase esta nota de prensa de ElDiario /Argentina, del mes de enero del 2024): se trata muy probablemente de uno de los efectos de la denominada «asociación estratégica» con Israel anunciada en el 2018 por el entonces mandatario brasileño al iniciar su mandato (véase nota de France24). En este reportaje de la BBC, cuya lectura completa se recomienda, se detalla el tipo de relaciones existentes hasta el 2022 entre los servicios de inteligencia de Brasil y algunas empresas israelíes. Este otro artículo explica la importancia de la ciberseguridad ofrecida por Israel a los Estados que han aceptado suscribir los denominados «Acuerdos de Abraham«, fomentada por los mismos Estados Unidos (véase comunicado oficial del 2023).

Nota 7: Fue desde la misma Israel que se denunció el uso del programa espía israelí Pegasus en el 2022 en El Salvador contra líderes sociales, periodistas y activistas salvadoreños (véase nota del Timesof Israel precedida de este informe de Amnistía Internacional): este largo reportaje publicado por El Faro en El Salvador en el 2023 detalla el peso que actualmente poseen las empresas israelíes en materia de seguridad en El Salvador (las cuales no pudieron impedir el hackeo de los datos biométricos de más de 5 millones de salvadoreños en mayo del 2024 – véase nota de Resecurity). Debido al hostigamiento cotidiano de sus integrantes, y a la vigilancia constante sobre sus investigaciones y sus fuentes, el equipo de periodistas salvadoreños de El Faro optó por exiliarse en el 2025 (véase nota de julio del 2025, cuya lectura y relectura se recomiendan).

Los nuevos distractores «Ja-Guaros» de esta semana: una muestra para analizar

Jiddu Rojas Jiménez

  1. Qué Laura F., en su «montaña rusa», cambió otra vez de opinión, y aparentemente, aparentemente, está de acuerdo con el FA, en el tema de las pensiones de lujo de los expresidentes. ¡Sospechoso!

Veremos qué nuevo giro da la semana entrante… Y sin derecho a «hablarle feo» o reclamarle políticamente a la presidenta.

Por supuesto, después de votar contra el proyecto del FA, sale con un nuevo proyecto aparente similar.

Pero el diablo está en los detalles: su supuesto proyecto alternativo en versión Ja-Guaro, está mal diseñado técnicamente, —por el obvio tema de la retroactividad—, para que así, la Sala Constitucional, objeto de ataques del oficialismo autoritario, deba obligatoriamente devolverlo por vicios inconstitucionales. Así, la demagogia contra la Sala Constitucional de Laura y Rodrigo, tendrá vía libre de nuevo… Avisados estamos.

2. Un nuevo protagonista Ja-Guaro. El MiniMini-ministro de Justicia, el «Superdotado», vigila a los «Zurdos de Closet» (sic) como si una opinión política, fuese un «delito», y como si su ridículo matonismo fuese legal. ¿Dónde habrá estudiado derecho este «Superdotado»?

Peor aún: ¿Estará esto conectado con la gravísima denuncia de los y las costarricenses exiliados/as y autoexiliados/as? ¿O será mera coincidencia?

Es hora de citar de nuevo, al literato y filósofo francés existencialista (que no marxista) Albert Camus: «Todo [el fascismo] comenzó con el anticomunismo».

3. Vamos ahora a las grandes ligas mundiales del anticomunismo, y de la extrema derecha internacional:

Resulta que Zelenski, —libertario, sionista y paradójicamente revisionista histórico del nazi ucraniano Stepan Bandera—, hizo una especie de «línea caliente» telefónica con Laura F. y amenaza con vendernos y mandarnos drones militares. Esto independientemente de las diferentes lecturas y opiniones, que se tengan sobre el conflicto entre Rusia versus Ucrania/EEUU/OTAN/Unión Europea, nos coloca en un alto riesgo geopolítico.

Mientras, un par de semanas antes, casualmente suponemos, el oficialista diputado (a medio tiempo) José Miguel Villalobos, —abogado litigante de presuntos narcos en el otro medio tiempo laboral—, le saca la lengua a Daniel Ortega, y lo reta, cuál «macho herido», a cruzar nuestra frontera junto a sus huestes, y morir en el intento. Pobre de Guanacaste en un escenario bélico.

Así, la «Proclama de Neutralidad Perpetua» con rango constitucional, es por lo demás, violada descaradamente. Y estos se dicen abogados…

4. Por si fuese poco, tenemos además que el gobierno alista una nueva estrategia «Ja-Guaro», para intentar imponer las impopulares jornadas de 12 horas en la Asamblea Legislativa. ¡Seas necio!

Persistente en el error, desesperado por el ‘rating’, el gobierno trata de seducir a algunas ambiciosas cámaras patronales, que por cierto, ya no le creen mucho. La patronal está dividida, aunque parece que le tiene miedo a posibles represalias tributarias del gobierno.

5. No podía faltar. Y esto es esencial, porque le movió el piso al todopoderoso Rodrigo Chaves y a la presidenta Laura Fernández: que a la marcha o plantón por la independencia del Poder Judicial, nos llevaron los «buses de lujo pagados por la Rectoría de la UCR». La ridiculez del que nunca ha marchado por la patria, porque la gracia está precisamente en desfilar y caminar desde la Universidad (UCR) hasta la Plaza de la Democracia en San José.

Troles van y vienen. Mentiras, manipulación y polarización. Y un gran etcétera.

Por cierto, malas noticias para el oficialismo: esto apenas comienza.

6. Agregamos una distracción nueva, pero posiblemente, vendrán otras nuevas para el fin de semana: una diputada oficialista calificó literalmente y en medio plenario legislativo, de «damas de compañía» a dos diputadas de oposición. Haciendo referencia directa a Abril Gordienko (PUSC), y a Claudia Dobles (CAC). Se ensaya una especie de disculpa pública y el oficialismo se divide en público… Prosigamos.

7. Versátil en el error, el polémico ministro de Justicia, y máximo responsable de la administración de Justicia y por lo tanto, del régimen carcelario, reincide. (Está desatado.)

Ahora, se ve aparentemente envuelto en una oscura trama con un conocido narcotraficante detenido, alias «Macho Coca», el cual denuncia en video público, aparentes tratos crueles e inhumanos y tortura, en su encarcelamiento.

Mientras, —según el mismo testimonio público en redes del imputado—, se le hacía creer al aparente narcotraficante en prisión, que esos tratos crueles e inhumanos, eran «encargos» y «regalitos» del señor fiscal general Carlo Díaz… Una trama realmente perversa, y donde obviamente, la seguridad personal del fiscal general estaría directamente amenazada. No es malo recordar que la dignidad humana del privado de libertad en democracia, nunca se pierde, sea quien sea.

Mientras tanto, el gobierno anuncia la imposición desde el Poder Ejecutivo del «secreto de estado», en ciertas materias delicadas… Atención al anterior punto #7. Se abre el debate técnico de seguridad ciudadana… Reaparece en escena el «Superdotado», el MiniMini-ministro de Justicia. No les bastó la inmunidad de algunos y algunas. Esta fue su semana de protagonismo, solo seguido por el diputado Villalobos y sus inapropiadas invitaciones al restaurante Saporo a las diputadas de oposición.

En fin, este último tema de la normalización del secreto de estado, sí es mucho más preocupante, porque está ligado acaso a lo realmente, más importante.

A saber:

Por fin, veamos entonces, ¿qué podría ocultar deliberadamente para esta semana y resto de sus casi cuatro años el gobierno Ja-Guaro?

8. Acaso no sea, la implementación del famoso software «Pegasus» de espionaje, hecho en el estado genocida de Israel, y utilizado en el actual genocidio en Gaza… Y el cual ya está siendo utilizado en Costa Rica para vigilar algo o a alguien, utilizando de mampara al Ministerio de Hacienda. ¿Eso nos queda del presunto TLC con el Israel de Netanyahu?

Pero bueno, no se sabrá muy bien, porque puede ser considerado «secreto de estado». Lamentable. Pasamos de la vergüenza nacional a la internacional. ¡Somos potencia!

Concluyo. Este gobierno Ja-Guaro es todo un espectáculo de «juegos de luces» permanente en su comunicación política. Todas las semanas, todos los días, se supera en cada escándalo. Una especie de gran circo romano, solo que nosotros somos, al mismo tiempo que los espectadores, también sus propias víctimas inmoladas.

Muy lamentable.

Sin embargo, pareciera que sus mentiras, sus distracciones, su desinformación sistemática, y su eterna demagogia, tienden a desinflarse:

El ‘rating’ de aprobación de la presidencia, comienza claramente a caer…

Es lo que hay.

Nuestra invitación desde el Encuentro Democrático, a la lucha cívica, patriótica, pacífica, innovadora, y creativa, no sobra.

¡Todos y todas a defender la democracia, al Estado Social de Derecho, y a nuestras conquistas sociales y a nuestra institucionalidad!

Ya se habla con orgullo y esperanza, de convocar de nuevo, a los históricos «comités patrióticos» en torno a la defensa de la República democrática:

«(…) ¡Sepamos ser libres, no siervos menguados! (…)»

#EncuentroDemocráticoCR

“Ya los tenemos identificados”: una frase que exige explicaciones

“Una sociedad que sacrifica su libertad por seguridad no merece ninguna de las dos.”
Benjamín Franklin (atribuida)

Jaime E. García González, Dr. sc. agr.
Profesor catedrático jubilado de la UCR y la UNED
Miembro de la Red de Coordinación en Biodiversidad (RCB) y de la Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad y la Naturaleza de América Latina (UCCSNAL)

Una afirmación del jerarca de Justicia y Paz plantea preguntas que no deberían quedar sin respuesta

Hay declaraciones de un funcionario público que pueden ser entendidas como una simple expresión política. Pero hay otras que, por las palabras utilizadas y por la investidura de quien las pronuncia, obligan a pedir explicaciones.

El pasado miércoles 12 de agosto, el ministro de Justicia y Paz, Gabriel Aguilar Vargas, al referirse al denominado Plan Cero Ocio, manifestó públicamente:

“Qué sigue en el Plan Cero Ocio, señora Presidente, para todos aquellos abolicionistas que hablaron tanta paja, que esto era flor de un día. Estos zurdos, algunos de clóset, inclusive todavía; que ya los tenemos identificados y que se reunieron un día de estos…”

Más allá del lenguaje empleado —que por sí mismo resulta preocupante cuando proviene de un jerarca ministerial— hay una expresión que merece especial atención: “ya los tenemos identificados”.

La pregunta es inevitable: ¿quiénes son “ellos” y qué significa exactamente que el Ministerio de Justicia y Paz los tenga identificados?

No se trata de una cuestión menor ni de una disputa semántica. Si la frase fue utilizada simplemente como recurso retórico para referirse a personas que públicamente han cuestionado el Plan Cero Ocio, el ministro debería poder aclararlo sin dificultad. Pero si detrás de esas palabras existe efectivamente algún mecanismo institucional de identificación, seguimiento o recopilación de información sobre ciudadanos, la cuestión adquiere una dimensión completamente distinta.

Por esa razón, he dirigido al ministro Aguilar Vargas una solicitud para que precise el alcance de sus declaraciones. Las preguntas son concretas:

¿A quiénes se refirió cuando habló de “todos aquellos abolicionistas”? ¿Qué personas u organizaciones incluyó en esa categoría? ¿A qué declaraciones o actuaciones concretas se refería cuando afirmó que habían “hablado tanta paja” y que consideraban que el Plan Cero Ocio era “flor de un día”?

También le solicité que aclarara el significado de sus expresiones “estos zurdos” y “algunos de clóset”. ¿Estaba identificando a personas determinadas por sus posiciones políticas, ideológicas o de otra índole? Pero las preguntas centrales son otras.

Cuando el ministro afirma “ya los tenemos identificados”, ¿quiénes son exactamente las personas a las que se refiere? ¿Qué institución o dependencia las identificó? ¿Con qué propósito? ¿Existe un registro, informe, base de datos o expediente en el que figuren sus nombres? Y, sobre todo: ¿cómo fueron identificadas?

¿Se utilizaron sus declaraciones públicas, sus opiniones políticas, su participación en reuniones, sus actividades sociales o sus vínculos con determinadas organizaciones para elaborar esa identificación?

El ministro agregó que esas personas “se reunieron un día de estos”. Por ello también pregunté a qué reunión concreta hacía referencia, cuándo tuvo lugar, quiénes participaron y cómo tuvo conocimiento el Ministerio de Justicia y Paz de dicha reunión.

Esta última pregunta resulta particularmente importante. En una democracia, reunirse con otras personas, expresar opiniones políticas, criticar las políticas gubernamentales o participar en organizaciones de la sociedad civil son actividades que forman parte del ejercicio ordinario de las libertades públicas.

Por eso resulta indispensable saber si las palabras del ministro describían simplemente lo que cualquier ciudadano podría conocer a partir de información pública o si revelaban la existencia de algún mecanismo institucional de vigilancia o seguimiento.

El problema no son las opiniones del ministro

El ministro de Justicia y Paz tiene, como cualquier ciudadano, derecho a expresar sus opiniones. También puede defender el Plan Cero Ocio y cuestionar públicamente a quienes lo critican.

El problema surge cuando el lenguaje utilizado por un jerarca puede interpretarse como la revelación de que personas con determinadas posiciones políticas han sido “identificadas” por el aparato institucional que dirige. La diferencia es sustancial.

Una cosa es que un ministro diga: “conozco a quienes públicamente han criticado el programa”. Otra muy distinta es afirmar: “ya los tenemos identificados”. El uso del plural —“los tenemos”— plantea además una pregunta adicional: ¿quiénes son ese “nosotros” y qué hicieron para identificarlos?

No estoy atribuyendo al ministro una conducta que no haya demostrado. Precisamente por eso solicité explicaciones. La transparencia exige que, ante una afirmación de esa naturaleza, sea el propio jerarca quien aclare qué quiso decir.

Una pregunta que trasciende al Plan Cero Ocio

El asunto tampoco debería reducirse a una controversia alrededor de un programa penitenciario. Lo que está en juego es algo más elemental: los límites que debe observar el poder público frente a las opiniones, las ideas y las actividades lícitas de los ciudadanos.

En una sociedad democrática no debería existir una categoría de ciudadanos “identificados” por sus opiniones políticas. Tampoco debería utilizarse la condición ideológica real o atribuida de una persona —“zurdos”, “de clóset” o cualquier otra etiqueta— como criterio para establecer mecanismos de seguimiento estatal.

Si el ministro no quiso decir eso, lo razonable es que lo aclare. Y si efectivamente existe algún procedimiento institucional mediante el cual determinadas personas han sido identificadas, corresponde explicar quién lo ordenó, con qué fundamento jurídico, para qué finalidad y qué información fue recopilada.

No se trata de defender una determinada posición política ni de reivindicar a quienes apoyan o cuestionan el Plan Cero Ocio. Se trata de algo mucho más básico: el derecho de los ciudadanos a saber qué hace el Estado con la información relacionada con sus opiniones, reuniones y actividades públicas.

Por eso las preguntas formuladas al ministro no son un ejercicio de confrontación política. Son preguntas que cualquier ciudadano debería poder plantear a un funcionario público cuando sus propias palabras parecen sugerir la existencia de una identificación institucional de personas por sus posiciones políticas.

Ahora corresponde al ministro Aguilar Vargas responder. Y sería deseable que lo hiciera con nombres, hechos, fundamentos jurídicos y documentos, no con nuevas descalificaciones.

Porque cuando un ministro dice que determinadas personas “ya las tenemos identificadas”, la sociedad tiene derecho a preguntar: ¿Quiénes son? ¿Quién las identificó? ¿Cómo las identificó? ¿Para qué las identificó? Y, sobre todo, ¿por qué?

El ayer y el hoy en la política costarricense

Juan Huaylupo[1]
En el presente se viven momentos relevantes en la política que afecta significativamente nuestro devenir nacional y que ha pasado desapercibido o apreciado como normal en nuestro espacio social, dado que, en el pasado las preferencias electorales no eran motivo de discordia ni de conflictos, como tampoco eran absolutas las diferencias, ni eran motivo de rupturas entre familias, amigos, conocidos o desconocidos, menos aún susceptibles de represión gubernamental. Las discrepancias eras expresiones democráticas de la sociedad, sin pretensión de monopolizar criterios partidarios ni eran objeto de sospecha de algún ardid electoral fraudulento.

Las discusiones políticas entre ciudadanos eran ágoras que se efectuaban informalmente en cualquier espacio y constituían fuentes de opinión de relativo consenso que se manifestaron en sucesivos procesos electorales que modificaban las preferencias del voto y definían los resultados, aun cuando conservando preferencias familiares. Asimismo, no se requerían de las especulativas proyecciones estadísticas, hoy convertidas en negocios privados, con opciones de resultados electorales, para condicionar a indecisos.

Las opiniones ciudadanas se respetaban y constituían instrumentos para otorgar o negarle el voto al partido en el poder. De este modo, perduraba la paz, la confraternidad, el regocijo ciudadano y también de democracia, más allá del acto instrumental de votar. Las evaluaciones y el voto ciudadano se constituían en medios de evaluación social del quehacer del gobierno y del partido político.

En el último proceso electoral el contexto había cambiado, no fue una fiesta cívica ciudadana de entonces, estuvo mediada de innumerables críticas contra la labor gubernamental y particularmente contra su expresidente, que con un estilo grotesco, agresivo e insolente contra todos sus críticos, justificaba su incapacidad y la ineficacia convirtiendo a todos sus críticos en enemigos, así como atacaba a las instituciones estatales para convertirlas en caricaturas disfuncionales de las necesidades y demandas sociales que gestaron la creación y la función institucional pública, para desacreditarlas e intentar liquidarlas.

La actuación gubernamental de exfuncionario del Banco Mundial debilitó la institucionalidad pública desfinanciándolas, controlando su gestión, agudizando las tendencias criticas existentes, que desfiguraron sus funciones, para dar prioridad a prácticas economicistas que afectan a millones de pobres y sectores medios empobrecidos, mientras que sus prácticas personalistas ilegitimas afectaban lo público, lo que pertenece a todos.

Ante el evidente deterioro institucional y de la función pública, la ciudadanía reclama y exige el respeto a sus derechos contra los servicios públicos insuficientes y deficientes, por la indiferencia e inmunidad corrupta e ignorante del poder institucional y estatal, mientras que el cogobierno se desentiende de sus responsabilidades, pretendiendo hacer suyas las demandas ciudadanas, como una falsa y cínica solidaridad, para encubrir su culpabilidad, de este modo, hacen caso omiso de sus obligaciones y son responsables culpables de la agudización de las crisis en la institucionalidad pública para proceder a liquidarlas privatizándolas. En la lógica totalitaria no es extraño lo absurdo, como culpar a los estudiantes de la crisis educativa, acusar a los enfermos de las deficiencias hospitalarias, o responsabilizar a los ciudadanos por el incremento delincuencial.

El gobierno anterior y la actual continuidad política e ideológica liberal han impuesto el odio y el enfrentamiento social, que impide el diálogo y las evaluaciones ciudadanas del quehacer estatal para imponer el silencio. El voto antes libre del sentir gubernamental se convirtió en un voto cautivo y como contradicción entre la autocensura ciudadana por haber contribuido indirectamente al acontecer político y la incapacidad crítica y analítica para solidarizarse con los críticos por los desmanes gubernamentales. Esta pareja gubernamental que se imagina omnipotente ya ha iniciado la pretensión de perennizarse en el poder estatal, común en todos los regímenes totalitarios que ha conocido la humanidad.

La conversión de la ciudadanía en enemigos del poder gubernamental creó el silencio ciudadano, porque con el enemigo no se dialoga ni hay solidaridad, solo se les insulta y desprecia, como lo hacen los mandatarios, o tal vez, simplemente ignorarlos como ocurre con las protestas ciudadanas..

La invitación a la violencia no es una alternativa para Costa Rica, aun cuando el gobierno lo intente y exista un contexto internacional que divide sociedades y aviva los enfrentamientos con creados e inventados enemigos. Ese “caldo de cultivo” del fascismo antagoniza con nuestro pasado y presente, donde los gritos y acciones perversas, de quienes hoy promueven la separación y la violencia, no tienen cabida social en los intersticios de la democracia tica. La democracia no es un asunto de gobernantes ni de tiranos, su creación, reconstrucción y defensa es de todos, de la ciudadanía.

La violencia fascista nunca requirió de la razón, del diálogo ni de la paz, la II GM fue el escenario donde ochenta millones de personas asesinadas, un costo humano inaceptable para mostrar la imposibilidad histórica del sanguinario proyecto contra la vida, el progreso y la humanidad.

El mundo se enrumba hacia otra prueba guerrerista mundial entre potencias y sus secuaces, como lo hace este gobernante que nos ha comprometido aceptando inconsultamente la imposición imperial del Escudo de las Américas. La orientación política e ideológica autoritaria e imperial de los personajes y del gobierno, quizás representan a otros poderes o los propios, pero no de los costarricenses. Las guerras sin fin contemporáneas están liquidando sociedades, civilizaciones y humanidad.

[1] Catedrático. Docente e investigador pensionado. Facultad de Economía. Universidad de Costa Rica.

La estética de lo atroz

Por Memo Acuña
Sociólogo y escritor costarricense

La normalización de una comunicación altisonante en la que el discurso falaz y descalificador prevalece es ya parte de la cultura política oficial en Costa Rica, o lo que es lo mismo, del oficialismo.

Un día sí y otro también sus interlocutores (expresidente, presidenta, ministros, diputados, influencer y medios de comunicación aliados) hacen de la posverdad, la mentira y el insulto, la forma en la que producen el doble juego de lo dicho y luego una defensa a ultranza de eso que se dijo. Esto no es ni más ni menos que una batalla sociocultural con resultado incierto.

El escenario político costarricense ha sido permeado en los últimos cuatro años y medio por una estética comunicativa signada por lo formal y menos por el sentido y el significado.

Debemos decirlo: han hecho de la fealdad política una bandera, en la que no importa el mecanismo y la plataforma usadas. Lo que al final resulta positivo para este bien aceitado engranaje es levantar una narrativa en la cual los otros sean el enemigo a vencer.

Las filiaciones políticas, prácticas sociales, sistemas educativos públicos hasta las identidades sexuales, todas han sido construidas desde lo mas primitivo de los discursos emitidos estratégicamente.

Ahora que lo pienso bien, la fealdad de esta gente no es solo política. Han hecho que lo atroz aparezca como signo de los nuevos tiempos.

A cuidarnos de eso los otros. Nosotros.

Los «zurdos de clóset»

Glenm Gómez Álvarez, Pbro.

Hay declaraciones de funcionarios públicos que no deberían despacharse simplemente como desafortunadas. Algunas obligan a detenerse y formular una pregunta más profunda: ¿qué concepción de la democracia y de los límites constitucionales del poder revelan esas palabras?

Por eso resulta preocupante escuchar al ministro de Justicia y Paz, Gabriel Aguilar Vargas, referirse a «los zurdos» y, todavía más, hablar de personas que se reúnen como «los identificados».

No es solamente una cuestión de lenguaje. Cuando una expresión proviene de una autoridad pública, deja de ser una frase cualquiera: adquiere un peso institucional. Y cuando se trata de un ministro de Justicia, ese peso obliga a preguntarse qué entiende el poder por derechos, ciudadanía y disidencia.

¿Quiénes son «los identificados»?

La pregunta es inevitable: ¿identificados por qué? ¿Identificados para qué? ¿Identificados por quién? No son preguntas menores.

En Costa Rica pueden reunirse los ciudadanos de izquierda y los de derecha; los liberales y los conservadores; quienes respaldan al Gobierno y quienes lo cuestionan; quienes militan en un partido y quienes no se identifican con ninguno. Pueden reunirse “todos”.

No porque el Gobierno sea generoso y lo permita. No porque un ministro lo conceda. No porque una autoridad considere legítima o conveniente la causa que los convoca. Pueden hacerlo porque es un derecho.

El artículo 26 de la Constitución Política reconoce el derecho de todos a reunirse pacíficamente y sin armas, incluso para discutir asuntos políticos y examinar la conducta pública de los funcionarios. Dice todos

Y el artículo 28 establece una garantía todavía más contundente: nadie puede ser inquietado ni perseguido por la manifestación de sus opiniones ni por actos que no infrinjan la ley. Esto debería ser elemental para cualquier funcionario público. Pero debería serlo especialmente para quien ocupa el Ministerio de Justicia y Paz. Porque aquí no estamos hablando solamente de una opinión política. Estamos hablando del lenguaje con el que el poder mira a los ciudadanos.

Una pregunta para el ministro:

Señor ministro, ¿qué significa exactamente «ya los tenemos identificados»? Si se refiere a personas vinculadas con hechos delictivos, dígalo. Si existen investigaciones concretas, corresponde explicar —dentro de los límites legales— cuál es su fundamento. Si se trata de personas que han cometido actos violentos, la autoridad tiene no solo la facultad, sino el deber de actuar conforme a la le

Pero si se está hablando simplemente de ciudadanos que se reúnen pacíficamente para expresar sus ideas políticas, la frase adquiere otra dimensión- vale decir que usted no se refería a personas en situación de cárcel en ese momento-

Porque entonces el problema ya no sería lo que esas personas hicieron, sino quiénes son, qué piensan o qué posición política se les atribuye. Y ahí es donde una democracia debe encender sus luces de advertencia.

Una democracia constitucional no persigue ideas. Persigue conductas cuando estas infringen la ley. No clasifica ciudadanos entre confiables y sospechosos por sus convicciones políticas. No convierte la discrepancia en una amenaza. Y no transforma el ejercicio de un derecho en un indicio de peligrosidad.

¿Error jurídico o concepción del poder?

Aquí está, quizá, la cuestión de fondo. ¿Qué puede llevar a un ministro de Justicia a realizar una interpretación equivocada de la Constitución? Puede ser desconocimiento jurídico. Puede ser ligereza. Una declaración improvisada. Presión política. Una lectura ideológica de la realidad. Pero existe una posibilidad más inquietante: que no estemos solamente ante una interpretación equivocada de la Constitución, sino ante una determinada concepción del poder.

Porque cuando el poder comienza a interpretar los derechos desde sus propias necesidades, y no a entender sus propias facultades desde los límites que le imponen los derechos, algo fundamental se ha invertido.

Hoy son «los zurdos». ¿Mañana quiénes serán? Esta es quizá la pregunta que más debería preocuparnos. Mañana podrían ser los periodistas incómodos, los estudiantes críticos, los sindicatos, los ambientalistas, los universitarios, quienes marchen contra una decisión del Gobierno o simplemente quienes cuestionen a la presidenta.

¿En qué momento la discrepancia empieza a convertirse en sospecha? Señor ministro, le recuerdo que usted también está sometido a la Constitución. Y esa es, precisamente, la grandeza del Estado de derecho: nadie está por encima de la ley, tampoco quien tiene la responsabilidad de hacerla cumplir.