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Internacional: Síntesis Informativa de los Movimientos Sociales

Este domingo inicia la VII Conferencia de la Vía Campesina

Minga Informativa

Argentina: Hacia el Gran Encuentro de la Jornada Continental en Montevideo y la movilización contra la OMC

CTA Autónoma

Declaración Final de los Movimientos y Organizaciones Sociales durante el Encuentro de los Pueblos por la Paz, la Soberanía y el Futuro

Llamado para 24 horas de acción en solidaridad feminista en todo el mundo

Marcha Mundial de las Mujeres

Llamado a firmar la declaración de la Alianza del Tratado

Declaración Política del Encuentro de Organizaciones Sociales de Canadá, Estados Unidos y México

Movimiento Campesino Internacional se convoca en su VII Conferencia

Vía Campesina

Colombia: En tiempos de Paz seguimos defendiendo el territorio, la vida y la dignidad de los Pueblos

ONIC

¡Decimos no y nunca más a la presencia militar de Estados Unidos en los territorios de México y Centroamérica!

Declaración extraordinaria: Todos los pueblos del continente con Venezuela

ALBA Movimientos

II Asamblea Continental CLOC-LVC: Declaración final y mociones de Solidaridad

CLOC-VC

Los Pueblos Indígenas, identificados como enemigos del modelo

Confederación Mapuce de Neuquén –Zonal Xawvn Ko

Nuevamente la Gendarmería en Lof Campo Maripe (Añelo- Vaca Muerta)

Confederación Mapuche de Neuquén

Avanzando la soberanía alimentaria

Boletín Nyeleni

Chile: Se exige un proceso de consulta previa e informada, para ratificación del Protocolo de Nagoya

Organismos y dirigentes mapuche

Movimiento Campesino Internacional se convoca en su VII Conferencia

Vía Campesina

“Por esto ponemos nuestra vida como garante de nuestra libertad”

Presos Políticos Mapuche

Llamado a las organizaciones nacionales e internacionales. Audiencia preliminar Caso Berta Cáceres

COPINH

Edición Especial 2da Asamblea Continental de CLOC

Honduras: La distorsión de la consulta previa y la negación de la libre determinación

OFRANEH

Movilizamos Nuestra América: Contra la violencia hacia las mujeres. #NiUnaMenos #VivasLasQueremos

ALBA Movimientos

Afrodescendientes, Participación social y Mercosur

Diógenes Díaz

Declaración de la 1ra reunión de la Coordinación Política

ALBA Movimientos

 

Este domingo inicia la VII Conferencia de la Vía Campesina

  • Minga Informativa de Movimientos Sociales

Afiche VII Conferencia Internacional VC

El País Vasco será la sede, del 16 al 24 de julio, de la VII Conferencia Internacional de la Vía Campesina. Bajo el lema “¡Alimentamos nuestros pueblos y construimos movimiento para cambiar el mundo!”, representantes de las organizaciones del campo llegarán de los distintos continentes del mundo.

En la Conferencia, se tratarán temas que van desde las experiencias locales y las luchas regionales, hasta los procesos internacionales, por ejemplo en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, por una Declaración de derechos de campesinas y campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales, como también por un Instrumento internacional jurídicamente vinculante contra el abuso de empresas multinacionales.

Los tres primeros días serán dedicados a las Asamblea de Jóvenes y de Mujeres, y a partir del día 19 inicia la Conferencia. Se dará un enfoque particular a temas como: el impacto de los TLCs sobre la Soberanía Alimentaria, la Captura Corporativa y protección a través de patentes de las semillas, la criminalización del movimiento e incluso el asesinato de líderes, soluciones campesinas frente al cambio climático y las escuelas de agroecología como una forma de ejercer la Soberanía Alimentaria en los territorios. También se realizarán eventos abiertos al público y una marcha que terminará con un acto político público en Bilbao.

Vía Campesina agrupa a cerca de 200 millones de campesinos y campesinas, pequeños y medianos productores, pueblos sin tierra, indígenas, migrantes y trabajadores agrícolas, de todo el mundo. Con su VII Conferencia, apunta a avanzar en la lucha por la Soberanía Alimentaria, y a fortalecer su trabajo a favor de los derechos campesinos, así como por la paz y la justicia. La Conferencia, que se celebra cada 4 años, constituye la máxima instancia para realizar debates internos y acordar estrategias colectivas, en la búsqueda de justicia y dignidad para el campo. La primera Conferencia se realizó en Bélgica, en 1993.

 

Información e imagen enviada por Pasa la Voz.

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Sala declara parcialmente con lugar amparo contra la política uso justo de Internet móvil

SC-CP-16-17

San José, 14 de julio de 2017.

Comunicado de Prensa

Sala declara parcialmente con lugar amparo contra la política uso justo de Internet móvil pospago

 

Por sentencia 2017-11212 de las 12:15 hrs. del 14 de julio de 2017, la Sala Constitucional, por mayoría (Cruz Castro, Castillo Víquez, Rueda Leal-como magistrado ponente-, Salazar Alvarado y Pacheco Salazar), declaró parcialmente con lugar el recurso de amparo 17-000191-0007-CO (al que se acumularon los recursos 17-003364-0007-CO y 17-4259-0007-CO), en el que varios recurrentes cuestionaron la política de uso justo que contienen los contratos de los operadores de internet móvil pospago.

El por tanto, en lo que interesa, declara parcialmente con lugar el recurso solo en contra de la SUTEL y le ordena al Presidente del Consejo de ese órgano tomar las medidas necesarias para que en el plazo de CUATRO MESES con base en estudios técnicos:

1) Determine la velocidad mínima de conexión a Internet que servirá de base para la aplicación de la política de uso justo, a fin de que el usuario afectado por dicha política mantenga un acceso funcional a Internet.

2) Defina la periodicidad con que debe actualizar dicha velocidad por tratarse de un concepto dinámico que varía conforme avanza la diversidad de elementos tecnológicos que afectan a la Internet, como la riqueza de recursos (por ejemplo multimedia) que se ofrecen, los medios transmisión de datos, la capacidad de comprensión de datos, entre otros.

De previo, en el plazo improrrogable de UN MES a partir de la notificación de este pronunciamiento, la SUTEL deberá fijar técnicamente una velocidad mínima funcional provisional, que regirá mientras cumple a cabalidad lo ordenado anteriormente.

En tanto se determina la velocidad mínima funcional provisional, la SUTEL les permitirá a los operadores continuar aplicando sus respectivas velocidades mínimas de conexión a Internet, a fin de evitar que una repentina suspensión de la política de uso justo produzca efectos adversos en el tráfico en la Internet móvil.

Transcurrido ya sea el plazo de un mes sin que la SUTEL haya definido técnicamente dicha velocidad mínima funcional provisional, o bien el plazo de cuatro meses sin que ese órgano haya cumplido a cabalidad lo supra ordenado, se suspenderá la aplicación de la política de uso justo.

Los Magistrados Cruz Castro y Castillo Víquez ponen notas separadas. Los Magistrados Cruz Castro y Rueda Leal adicionalmente declaran con lugar el recurso en cuanto a la audiencia pública por violación al derecho constitucional a la participación ciudadana. La Magistrada Hernández López y el Magistrado Hernández Gutiérrez salvaron el voto y declararon sin lugar el recurso.

Algunas de las razones del voto de mayoría son las siguientes.

1) El acceso a la Internet no solo es un derecho fundamental por sí mismo, sino que también es una herramienta que potencia de manera incalculable el ejercicio de otros derechos fundamentales (como el derecho a la información, a la transparencia en la gestión pública; a la libertad de expresión, o a la educación, entre muchos otros). De este modo, la Internet ha revolucionado la manera en que las personas se comunican y la información se transmite; de ahí que sea constitucionalmente relevante.

2) Dado que los recursos de las redes de Internet móvil son limitados, se justifica la aplicación de la política de uso justo a quienes hacen un uso extraordinario de él. Sin embargo, tal política no puede lesionar el mínimo irreductible de un derecho fundamental, también denominado contenido esencial. Esto último se ve afectado, cuando la velocidad de Internet móvil se reduce a un nivel tan bajo, que prácticamente vuelve ese recurso inutilizable o no funcional.

3) Por concernir directamente al contenido esencial de un derecho fundamental y con base en las propias funciones impuestas a la SUTEL, la Sala estima violatorio del derecho fundamental de acceso a la Internet, que ese órgano, en lugar de definir científicamente la velocidad mínima funcional que se debe aplicar en la política de uso justo (a fin de que el usuario afectado por dicha política mantenga un acceso funcional a la Internet móvil), más bien haya delegado tal definición en los operadores. Se aclara que la Sala no define cuál debe ser la velocidad mínima funcional por tratarse de una cuestión técnica ajena a la naturaleza sumaria del amparo. Lo que sí puntualiza es que solo compete a la SUTEL determinar tal velocidad.

4) Igualmente deviene violatorio del derecho fundamental de acceso a la Internet, que la SUTEL no haya definido con qué periodicidad se debe actualizar dicha velocidad mínima funcional, toda vez que se trata de un concepto dinámico que varía conforme avanza la diversidad de elementos tecnológicos que afectan a la Internet, como la riqueza de recursos (por ejemplo multimedia) que se ofrecen, los medios transmisión de datos, la capacidad de comprensión de datos, entre otros.

5) En la sentencia se aclara que la disminución de velocidad es un mecanismo de gestión de tráfico que pretende descongestionar la red, por lo que la política de uso justo únicamente puede ser aplicada cuando hay congestión.

6) Con base en el artículo 46 de la Constitución, la Sala enfatiza el derecho de los usuarios a contar con información suficiente y de calidad. Sería improcedente denominar un contrato de acceso a Internet como “ilimitado”, cuando dicho acceso en realidad se encuentra sometido a la política de uso justo, la cual constituye precisamente un límite al acceso (por ejemplo, al permitir una disminución de la velocidad de navegación en ciertas circunstancias).

La Magistrada Hernández López y el Magistrado Hernández Gutiérrez salvaron el voto y declararon sin lugar el recurso.

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de tecnologia.uncomo.com

Enviado por Rafael López Alfaro.

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UCR en relación a nota de OIT sobre IVM: «Politizar aspectos técnicos es un grave riesgo de distorsión»

Comunicado de Prensa

 

La Escuela de Matemática de la Universidad de Costa Rica (UCR), encargada de realizar el estudio actuarial del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), afirma que el modelo empleado en el análisis no infla la población afiliada, así como tampoco la acumulación de derechos; la modelización demográfica es adecuada y no genera una sobreestimación de la población afiliada y jubilada y la modelización de los salarios de referencia y las fórmulas de cálculo de las pensiones se apegan a lo establecido en el reglamento del IVM.

Asimismo, los expertos de la Escuela de Matemática, en respuesta enviada a la CCSS en relación con las observaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), aseguran que las conclusiones de la Nota Técnica de este organismo internacional carecen de sustento técnico.

Los académicos advierten que al ser el IVM de vital importancia para el futuro de la población costarricense, el bienestar de las familias y las personas, la politización de los aspectos técnicos significa un gran riesgo de distorsión de los datos que no beneficiará a nuestro país ni a sus habitantes.

En cuanto a los puntos planteados por la OIT, aclaran lo siguiente:

El uso de la base completa de 2,8 millones de afiliados del IVM, en lugar de utilizar solamente 1,5 millones de cotizantes, fue ampliamente analizado entre los actuarios de la UCR y de la CCSS.

Se hicieron dos estudios actuariales separados: uno con los afiliados, que es el que se incluyó explícitamente en el estudio actuarial, y otro con los cotizantes que se entregó con el oficio adjunto N° UCR-CCSS-023-2016 del 8/12/2016. Los costos sobre los salarios, los años en que se agotarán los ingresos totales y la reserva, resultaron bastante similares en ambas situaciones.

Un total de 62.537 afiliados de IVM no cotizaron en el año 2015 y al 31 de diciembre del 2015 estaban vivos y no pensionados, con 15 o más años cotizados. Estas personas bien pueden no volver a cotizar; sin embargo, en caso de invalidez, vejez o muerte, se consolida el derecho a los beneficios, sin aparecer como Población Económicamente Activa (PEA). Incluso, alguna parte de ellos podría estar fuera de Costa Rica, por lo que tampoco aparecería en la población nacional. Pueden seguir cotizando y tendrán mayores beneficios. Los que tienen menos de 15 años cotizados y no cotizaron en 2015 pueden aportar nuevas cuotas y pensionarse si llegan a cumplir los requisitos. Por lo tanto, no se pueden dejar de incluir en el modelo, pues si se excluyen se tendría una subestimación de la cantidad de pensiones.

En el estudio actuarial realizado por la UCR se indicó que las migraciones, las nuevas modalidades de pensión aprobadas en 2005 y 2007, la informalidad laboral, la posibilidad de acceder a más de una pensión y la no prescripción de las cuotas, ocasionarán un aumento en la cantidad de pensiones, principalmente en el caso de vejez, lo cual causará que los 6,4 cotizantes por pensionado que se tenían en 2015 se reduzcan a 1,4 en el largo plazo. En países como Finlandia el número de cotizantes por pensionado es 1,6 y bajará hasta niveles de 1,3 y 1,4 en el largo plazo.

El estudio actuarial realizado por la UCR aclara en la página 27 que la cantidad de afiliados de IVM no debe compararse con la Población Económicamente Activa, precisamente para evitar las confusiones que tiene la OIT.

La anterior reseña permite afirmar que lo observado por la OIT sobre el modelo demográfico que utilizó la UCR, no aporta nada novedoso a lo que ya se había analizado en el año 2016; sin embargo, es importante atender puntualmente las principales observaciones sobre asuntos demográficos y financieros contenidas en dicha nota técnica, como se indica a continuación.

El diagrama que aparece en la Figura 2 de la nota técnica de la OIT no corresponde al modelo utilizado por la UCR. La afirmación de que “el modelo UCR se basa en una estructura distinta, donde solo existen dos poblaciones, no afiliados y afiliados”, es incorrecta. En el estudio actuarial de la UCR no hay una proyección de la población no afiliada, sino de las poblaciones de afiliados y de cotizantes. Al grupo de afiliados se agregan anualmente las nuevas generaciones de cotizantes que se obtienen de la proyección de PEA suministrada por la CCSS.

La afirmación de que “si la formulación del modelo UCR fuera adecuada, la densidad de cotización se aplicaría solamente para la población afiliada cotizante activa” y que “el modelo UCR trata de emplear la densidad como sustituto de tasas de re-entrada y salida”, son incorrectas y sin sustento. La densidad de cotización empleada se calcula sobre el total de afiliados (a diferencia de otras metodologías que solo usan cotizantes) por lo que deben aplicarse a tal población.

En las comparaciones de cobertura con los nacimientos que hubo en algunos años, la OIT no toma en cuenta las variables que se mencionaron al principio de este resumen (migraciones, nuevas modalidades de pensión, no prescripción de cuotas, informalidad y posibilidad de acceder a más de una pensión). Esto muestra que la cantidad de afiliados no está limitada por la PEA.

Se indica que “el modelo no utiliza una curva de salarios”, lo cual es una afirmación incorrecta, ya que más bien se utilizan escalas salariales por sexo, edad y años cotizados.

Así mismo, se afirma que “en muchos años, el salario de referencia para el cálculo de las pensiones crece más que el salario promedio cotizable, lo cual es una consecuencia indirecta de la manera que el modelo UCR modeliza cohortes y la utilización de dos grupos demográficos en lugar de tres”, lo cual también es incorrecto. La razón por la que eso sucede es que el salario promedio de referencia depende de la inflación de los últimos 20 años, mientras que el salario promedio cotizable depende de la inflación de a lo sumo un año de tiempo.

Se indica erróneamente que “La pensión promedio crece más rápido que la inflación, y en muchos casos más que el salario promedio cotizable. Esto es una consecuencia directa de la sobreestimación del número de nuevas pensiones (consecuencia a su vez de una modelización demográfica inadecuada), así como del hecho de que las pensiones se calculan usando un salario que crece más rápido que el salario promedio“. El motivo por el cual la pensión promedio crece más que la inflación es que, como es obvio, las pensiones nuevas son mayores que las que están en curso de pago y las pensiones terminadas son inferiores a las de curso de pago. Según datos de la CCSS, por año hay unas 20 mil pensiones nuevas, mientras que las terminadas rondan 7 mil.

“La fórmula de cálculo de la pensión empleada por el modelo, utiliza solo el último salario cotizado como referencia, y no el promedio actualizado de los últimos veinte años según establece la ley”. Esta afirmación es falsa y temeraria. En las hojas de cálculo entregadas por la UCR, la CCSS corroboró que se utilizó la fórmula contenida en la página 245 del estudio actuarial, la cual usa como salario promedio de referencia el promedio de los salarios cotizados en los últimos 20 años, indexados con la inflación de los precios. Es sorprendente que el análisis técnico hecho por la OIT omitiera este detalle.

En la Nota Técnica de la OIT se indica que “estos problemas explican las grandes diferencias que existen entre los resultados de las proyecciones del trabajo de la UCR, con respecto a los resultados generados por el modelo actuarial de la CCSS, así como con respecto a otras proyecciones, incluidas las de la OIT”.

Dado que la nota técnica de la OIT no aporta estos datos, se hizo un análisis de algunos estudios actuariales realizados por la CCSS y el que la CCSS contrató con la OIT con corte al año 2008, denominado “Reporte sobre la Validación de la Valuación Actuarial del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (RIVM) efectuada por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS)”, que fue investigado por la Auditoría Interna de la CCSS en el año 20131. Comparando las proyecciones realizadas con los datos estadísticos observados en el año 2015, se obtienen resultados que causan preocupación. Como se describirá a continuación, la realidad indica que las proyecciones de la OIT subestiman significativamente la cantidad de afiliados y los gastos del IVM. Insistimos en que esto no corresponde a una opinión nuestra, sino a una comparación objetiva con la realidad observada.

Por ejemplo, la OIT supuso que la tasa de cobertura sobre la PEA sería de un 71 % en 2015, pero el dato real observado fue de un 62 %; a partir de 2029 la OIT supuso inexplicablemente, que la tasa de cobertura contributiva sería de un 82 % sobre la PEA. Para el año 2015 la OIT estimó 62.282 pensiones de vejez, pero el dato real que se observó fue de ¢108.085, cifra que es un 74 % mayor que la estimada por la OIT. Lo anterior explica que, según los cálculos de la OIT, en 2015 se tendrían 9 cotizantes por pensionado, pero el dato real fue 6,4. También explica los motivos por los cuales la OIT estimó que en 2015 el IVM tendría un superávit de ¢529.040 millones, cuando en realidad solo sobraron ¢101.587 millones y lo que es más delicado, que en 2015 los costos de IVM serían 6,5 % sobre los salarios; sin embargo, el dato real fue 9,0 %. Para la OIT el IVM tendría en 2015 una reserva equivalente a 4 gastos anuales, pero el dato real fue 2.4 gastos anuales. Según los cálculos de la OIT de 2009, el faltante de contribuciones en IVM se presentaría a partir del año 2028; pero el déficit se presentó desde el año 2012.

La CCSS, en su estudio actuarial con corte al año 2008, mostró cifras similares a las de la OIT. No obstante, a partir del año 2010 la CCSS corrigió drásticamente sus estimaciones, señalando que el déficit de contribuciones se tendría un año después, en 2011, en lugar del año 2027 que había estimado en 2008. Sin embargo, no modificó los años en que los ingresos totales se agotarían (año 2037), ni el año en que se consumiría totalmente la reserva (año 2042).

También se analizó el estudio actuarial realizado por la CCSS con corte al año 2014, encontrándose varias inconsistencias, por lo que se solicitó que revisaran el modelo PRODEFI auditado por la OIT en 2009 y que usaran una inflación de los precios de 4,5 % en lugar de 8 %. Los resultados que obtuvieron fueron bastante cercanos a los de la UCR y muy diferentes a los del estudio actuarial de 2014; sin embargo, aún el PRODEFI no permite utilizar la base completa de afiliados, lo cual motivó que la UCR incluyera en su informe la recomendación de que fuese mejorado.

Con todo lo anterior se muestra que las conclusiones de la Nota Técnica de la OIT carecen de sustento técnico. El modelo empleado por la UCR no infla la población afiliada, ni la acumulación de derechos. La modelización demográfica es adecuada y no genera una sobreestimación de la población afiliada y jubilada. La modelización de los salarios de referencia y fórmulas de cálculo de las pensiones se apegan a lo establecido en el reglamento de IVM.

No obstante lo anterior, ante la premisa de que ningún modelo es perfecto y dada la trascendencia que tienen las decisiones que se adopten en la Mesa de Diálogo, la Universidad de Costa Rica tiene la anuencia de analizar con más profundidad el asunto, para lo cual es importante que la OIT aporte la información técnica que sustenta sus cálculos y observaciones, y que envíe a un actuario para que exponga en la Mesa de Diálogo la Nota Técnica, con la presencia de los actuarios de la UCR.

Para consultas con los investigadores, se atenderá a la prensa de 9 a.m. a 11 a.m. Comunicarse con la Oficina de Divulgación e Información al 2511-1168 con Patricia Blanco.

1 Informe ASF-288-2013 del 20/12/2013.

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de www.clapem.emate.ucr.ac.cr

Información generada desde la Oficina de Divulgación e Información, UCR.

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Proyecto de ley rompería y distorsiona el modelo de servicio público del agua

  • Proyecto convertiría acueductos comunitarios en entes privados
  • A pesar de la oposición de AYA,MINAE, UCR, ITEC, FECON y decenas de ASADAS

Este jueves pasado se dictamino el proyecto de “Autorización a las Cooperativas para Administrar Sistemas de Acueductos y Alcantarillados” (expediente 19.941) con el cual abre el portillo para transformar asociaciones sin fines de lucro conocidas como ASADAS (Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados) en entes de carácter privado como lo son las cooperativas alejando la gestión comunitaria y participativa del agua como un derecho humano y de bien público.

Aunque el proyecto modificó la preocupación de la privatización que reclamaron muchos sectores- al señalar que se reinvertirían los dividendos de la prestación del servicio- el proyecto implica una distorsión o desigual competencia pues las cooperativas tienen mayores beneficios fiscales que AyA y las mismas ASADAS. Esto pues la ley de Asociaciones Cooperativas N° 4179, en su artículo 6 les otorga privilegios como: exención del pago del impuesto territorial por 10 años, exención de todo impuesto o tasa, nacional o municipal, sobre los actos de formación, rebaja del cincuenta por ciento en los impuestos de papel sellado y Exención del pago de los impuestos de aduanas sobre las herramientas, materias primas, vehículos automotores de trabajo, maquinaria, piezas de repuesto, equipo y enseres de trabajo, medicinas, herbicidas, fertilizantes, sacos y cualesquiera otros medios de empaque, simientes, animales y cualesquiera otros artículos que importen para las actividades que les sean propias.

El artículo 21 proyecto dictaminado abre el portillo para que las ASADAS se transformen en cooperativas por lo que es previsible que se dé una migración total a esta figura más permeable a los intereses privados y comerciales que las ASADAS. Al mismo tiempo se crearía un súper sector con mayor poder y privilegios fiscales que el AyA.

Sería un “botín político” potencial de 1500 nuevas cooperativas, tres veces la cantidad de cooperativas existentes del país, que se sumarian a la guerra entre los sectores del PLN y el oficialismo que disputa el control del sector cooperativo y sus jugosos préstamos, dietas y puestos directivos.

Este proyecto fue sacado de la Comisión de Ambiente al recibir decenas de criterios en contra de ASADAS y fue dictaminado este jueves pasado por la Comisión de Economía Social donde se reformó parcialmente, pero sigue siendo rechazado operador el AYA y el rector MINAE, UCR, ASADAS, Universidades, sindicados y FECON.

Bajo las leyes actuales, este servicio público esencial sólo puede ser prestado por instituciones públicas (Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, municipalidades o empresas públicas) y asociaciones sin fines de lucro de base comunal conocidas como Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados (ASADAS). Las ASADAS son asociaciones comunales que están al servicio de la comunidad, prestan un servicio al costo, concebidas para garantizar el acceso al agua potable en zonas del país donde las instituciones públicas no han llegado. Funcionan con convenios de delegación con el operador o en coordinación y fiscalización del AYA. En este sentido, debe destacarse que en nuestro país los acueductos públicos han sido concebidos históricamente como un servicio social indispensable para la vida y la salud de las personas.

Sin embargo, con este proyecto de ley se abre una nueva posibilidad de romper el modelo de prestación del servicio al sumar “un” nuevo operador, que provocaría multiplicidad de distorsiones y competencia desigual.

La experiencia de las cooperativas en la administración de un servicio público como electricidad está pringada de malos manejos sobre créditos para hidroeléctricas y por la pésima gestión socio ambiental de los proyectos hidroeléctricos en la zona norte.

Involucrar a las cooperativas transforma al agua -nuestro bien común más estratégico- en un mundo de negocios. Es poner en manos de empresas disfrazadas con trajes de la economía social solidaria, pero con un funcionamiento como cualquier otra empresa privada, nuestro bien más preciado.

El sector cooperativo hoy explota intensivamente el agua mediante las cooperativas agrícolas y las de producción eléctrica abriéndolos la posibilidad de controlar y definir este nuevo uso en función de otros donde funcionan claramente cómo empresas. Como apunto el Instituto Tecnológico de Costa Rica que después de una análisis del marco jurídico actual concluye que “El agua como recurso estaría en mayor disputa, dado la escasez que se puede presentar por el cambio climático” (ITEC, Sesión Ordinaria No. 2916).

También la de Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados ANEP, calificó la propuesta como una “loca” iniciativa pues considera que “la provisión de los servicios de agua, como bien público, de carácter demanial y bajo la concepción de Derecho Humano Fundamental…Dada la gravedad que en un futuro cercano tendrá la lucha por el agua, no sería descabellado pensar que bajo la figura cooperativa se generen verdaderos consorcios corporativos empresariales privados que atenten contra su carácter demanial y de Derecho Humano Fundamental” (Prensa Libre, 09 -6-2015).

FECON alerta a la ciudadanía sobre las consecuencias de perder el modelo de gestión comunitaria y los avances en políticas, reglamentos y mejoramiento de este importante sector que presta hoy el servicio público con una óptica participativa y democrática y por ello llamamos a los Diputados de la República a archivar esa iniciativa.

defensa agua

*Imagen de portada con fines ilustrativos tomada de www.avina.net

Enviado a SURCOS por FECON.

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Encuentro Popular por la Salud Comunitaria de Occidente

El MSSP y la Comisión de Defensa del Agua en la Zona Protectora El Chayote-Naranjo, se encuentra organizando un Panel-Foro sobre la Crisis del IVM-CCSS, el sábado 5 de agosto, a partir de las 2 pm, en la Casa de la Cultura de Naranjo (lugar por confirmar).

Se está gestionando la participación en la mesa del Sr. Mario Devandas, en su calidad de representante sindical ante la Junta Directiva de la CCSS, así como del compañero Deivis Ovares, Dirigente de UNDECA en Grecia e Integrante del Comité de Defensa y Fortalecimiento del Hosp. San Fco. de Asis- Grecia.

Antecedentes

El Movimiento Salud Sin Paredes (MSSP. Región Occidente), desde setiembre de 2016 trabaja por la recuperación de la Memoria Histórica del Modelo Hospital Sin Paredes con el propósito de incidir sobre la identificación de soluciones a la crisis del Sistema Nacional de Salud Costarricense.

El MSSP, a su vez, es parte del Re – Encuentro Popular por la Salud Comunitaria de Occidente, un espacio en donde se está concertando una estrategia general de rearticulación de los sectores populares organizados en la Región de Occidente, con el propósito de retomar y fortalecer la lucha por la Salud y la Seguridad Social, para fundamentar la necesidad imperativa de cambiar nuestro modelo público de salud. Coinciden en este espacio el MSSP- San Ramón, el Comité por la Defensa y Fortalecimiento del Hospital San Francisco de Asis-Grecia, y la Comisión por la Defensa del Agua en la Zona Protectora El Chayote-Naranjo, con la participación y apoyo del FRENASS.

Uno de los temas tratados en el Re – Encuentro celebrado en Naranjo, el pasado 27 de mayo 2017, con participación de 60 dirigentes de todas las organizaciones antes mencionadas, fue el 1% de aumento de la cuota obrera para evitar el colapso del Régimen IVM_CCSS.

Sobre este tema el FRENASS les está convocando a concentración popular para el domingo 23 de julio, a las 10 a.m., en el Parque Central de San José.

Para más informes con Mario Cabrera Burgos / móvil 8937 2067 y Luis Alberto Soto Ramírez / móvil 8911 1087; integrantes del Grupo Coordinador del MSSP, Reg. Occidente articulados al ReEncuentro Popular por la Salud Comunitaria de Occidente.

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por Mario Cabrera.

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Recurso contra Municipalidad de Siquirres relacionado con químico en orina de embarazadas en zona bananera

Compartimos el recurso de amparo interpuesto por el Sr. Marco Levy contra la Municipalidad de Siquirres sobre los hallazgos de químicos encontrados en la orina de mujeres embarazadas en el cantón de Matina.

 

RECURSO DE AMPARO

De: Marco Levy Virgo

Contra: Concejo Municipal de Siquirres

 

Estimadas señoras y señores Magistrados:

El que suscribe, Marco Levy Virgo, mayor, ecologista, vecino de Limón centro, cédula 7-0069-0314, con el debido respeto, me presento a interponer recurso de amparo en contra del Concejo Municipal de Siquirres, con solicitud expresa de ordenarles a los recurridos resolver denuncia de carácter ambiental, gestión que fue remitida a los recurridos mediante nuestro oficio AEL-068-2016 de fecha 9 de julio de 2016 y fue recibido por los recurridos el mismo día 11 de julio de 2016, razón por la cual expongo.

HECHO PRIMERO

Nuestra Constitución Política garantiza el derecho de acceso a la justicia y la justicia pronta y cumplida. Igualmente establece el derecho de acceso a la información así como obligaciones para los gobiernos locales, al establecer la obligación de proteger los intereses y servicios locales de cada cantón.

HECHO SEGUNDO

Así mismo, nuestra Constitución garantiza el derecho a la vida, así como el derecho a un ambiente sano y el deber del Estado de la debida protección de este derecho.

HECHO TERCERO

Mediante nuestro oficio AEL-068-2016 del 11 de julio de 2016, realizamos diferentes peticiones ante el Concejo Municipal de Siquirres. Una de ellas fue analizar los términos y contenidos de un reportaje realizado en el cantón de Matina, según artículo publicado en La Nación, denominado “Investigadores detectan químico en orina de embarazadas de zona bananera de Costa Rica” publicado el 9 de septiembre de 2014 [1], con el fin de concientizarlos sobre los alarmantes hallazgos encontrados en la orina de mujeres embarazadas en el vecino Cantón de Matina.

HECHO CUARTO

Solicitamos igualmente la intervención del recurrido, para que procedieran a considerar la posibilidad de convocar a una Sesión Extraordinaria del Concejo, con asistencia de los señores Ministros de Salud y de Agricultura y Ganadería (MAG), así como al Director del Instituto Regional de Sustancias Toxicas (IRET) de la Universidad Nacional y a la señora Defensora de los Habitantes, a fin de que se analice, determine y ejerzan las acciones legales que procedan y le correspondan a dichas autoridades realizar, dentro del marco de sus competencias, con el propósito de proteger a la comunidad de Siquirres de los hallazgos y presuntos efectos dañinos que destaca el estudio “Aerial Application of Mancozeb and Urinary Ethylene Thiourea (ETU) Concentrations among Pregnant Women in Costa Rica: The Infants’ Envronmental Health Study (ISA)”, elaborado con la participación de la Universidad Nacional.

HECHO QUINTO

Finalmente, les sugerimos interponer sus buenos oficios ante el señor Ministro de Salud, para que gestione ante el Representante de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), un estudio independiente y exhaustivo, sobre los hallazgos encontrados en la orina de mujeres embarazadas en el cantón de Matina, sobre la muy probable presunción de que esta situación detectada ahí, es generalizada para las comunidades vecinas de los bananales y en defensa de la Salud pública.

Análisis del nexo causal

Se desprende de los anteriores hechos narrados, la existencia de una grave lesión a los artículos 11, 21, 27, 30, 41, 45 y 169 de nuestra Constitución, en que se ha limitado mi derecho de justicia pronta y cumplida y tenido una afectación directa a mi calidad de vida, especialmente porque las acciones realizadas por mi persona han sido en la defensa de mis derechos fundamentales.

Sobre el caso concreto

En este asunto, se tiene que yo realice diversas gestiones ante la Municipalidad de Siquirres para obtener información y soluciones sobre una situación que está afectando la salud pública. La Municipalidad fue omisa en la respuesta y en la protección de mis derechos.

Cuando se reformo el artículo 11 de nuestra Constitución, se introdujo la visión del Estado prestacional de los servicios públicos esenciales, con el fin de garantizar el mínimo indispensable para una calidad de vida adecuada para el administrado. Esta reforma promueve que los entes públicos, en este caso la Municipalidad de Siquirres debe tener una conducta activa en la resolución de los problemas del cantón.

Los derechos fundamentales, como salud, calidad de vida, ambiente sano, son parte de las obligaciones del gobierno local. La no realización de acciones necesarias para evitar daños en la salud, ambiente, propiedad de los contribuyentes del cantón, son una clara violación a los derechos del administrado.

Afectación a mis derechos fundamentales

La falta de respuesta de la Municipalidad de Limón es una violación a mis derechos fundamentales, como acertadamente lo señalara la Sala Constitucional.

ARTÍCULO 11.-Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que la ley les impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella. Deben prestar juramento de observar y cumplir esta Constitución y las leyes. La acción para exigirles la responsabilidad penal por sus actos es pública. La Administración Pública en sentido amplio, estará sometida a un procedimiento de evaluación de resultados y rendición de cuentas, con la consecuente responsabilidad personal para los funcionarios en el cumplimiento de sus deberes. La ley señalará los medios para que este control de resultados y rendición de cuentas opere como un sistema que cubra todas las instituciones públicas.

ARTÍCULO 27.- Se garantiza la libertad de petición, en forma individual o colectiva, ante cualquier funcionario público o entidad oficial, y el derecho a obtener pronta resolución.

ARTÍCULO 30.- Se garantiza el libre acceso a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre asuntos de interés público.

ARTÍCULO 41.- Ocurriendo a las leyes, todos han de encontrar reparación para las injurias o daños que hayan recibido en su persona, propiedad o intereses morales. Debe hacérseles justicia pronta, cumplida, sin denegación y en estricta conformidad con las leyes.

ARTÍCULO 169.- La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal, formado de un cuerpo deliberante, integrado por regidores municipales de elección popular, y de un funcionario ejecutivo que designará la ley.

La Sala Constitucional ha dicho:

“En reiterados pronunciamientos la Sala ha indicado que en sede administrativa también procede aplicar lo dispuesto en el artículo 41 de la Constitución Política. En cuanto a la justicia pronta, es evidente que la duración excesiva y no justificada de los procesos administrativos implica una clara violación a ese principio, pues los reclamos y recursos puestos a conocimiento de la Administración deben ser resueltos, por razones de seguridad jurídica, en plazos razonablemente cortos. Sin embargo, esto no significa la constitucionalización de un derecho a los plazos, sino el derecho de toda persona a que su causa sea resuelta en un plazo razonable, lo que ha de ser establecido casuísticamente, atendiendo a la complejidad del asunto, la conducta de los litigantes y las autoridades, las consecuencias para las partes de la demora, y las pautas y márgenes ordinarios del tipo de proceso de que se trata”. Sentencia 5078-07

Igualmente, la Sala Constitucional considera que: “La Administración de Justicia está obligada a garantizar el respeto a los plazos estipulados en el ordenamiento jurídico para la tramitación y resolución de los diversos asuntos puestos a su conocimiento, ya que de lo contrario no sólo se trasgrede un derecho fundamental de los ciudadanos, sino que se atenta contra uno de los pilares de la democracia, en tanto el sistema pretende que los conflictos que se suscitan en la sociedad sean resueltos a través de un procedimiento que garantice los principios de justicia, orden, seguridad y paz social. La duración excesiva y no justificada de los procesos implica una clara violación al principio de justicia pronta, pues los reclamos y recursos puestos a conocimiento de la Administración de Justicia deben ser resueltos por razones de seguridad jurídica, en plazos razonablemente corto”. Sentencia 14619-09, 9164-10

Calidad de vida

La Ley General de Administración Pública en el número 214 impone a la Administración tomar medidas de acuerdo con el ordenamiento jurídico, en mi caso concreto, para permitir el uso y disfrute de mis derechos fundamentales.

PETITORIA

De conformidad con los hechos y razonamientos jurídicos expuestos, así como la prueba ofrecida, solicito respetuosamente se tenga por admitido el presente recurso de amparo, declarándose en sentencia su obligación de resolver denuncia de carácter ambiental de fecha 9 de julio de. (oficio AEL-068-2016).

PRUEBA DOCUMENTAL

Aporto copia de portada del oficio AEL-068-2016 de fecha 9 de julio de 2016.

NOTIFICACIONES: Al suscrito en el correo machore@gmail.com

A los recurridos en su despacho ubicado en el Cantón de Siquirres

Rogamos resolver conforme a derecho.

 

Limón, 7 de julio de 2017

Marco Levy Virgo

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de http://paraquat.com

Enviado por Marco Levy Virgo.

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Encuentro TV UNA: Ambiente y participación ciudadana

Este sábado 15 de julio a las 7:30 p.m. el programa Encuentro TV UNA transmitirá el conversatorio entre el Ing. Pablo Esteban Badenier Martínez, ex ministro de Medio Ambiente en Chile y el Dr. Alberto Salom Echeverría, Rector de la UNA quienes tratarán el tema: ambiente y participación ciudadana.

El programa se transmitirá por el Canal UCR (Canal 15 UHF; Canal 5 Tigo; Canal 67.7 Tigo Digital; Canal 61 Cabletica), con repetición el domingo 16 de julio a las 11:30 a.m.

Encuentro TV UNA Ambiente y participacion ciudadana

Enviado por MSc. Efraín Cavallini Acuña, Asesor Comunicación, Rectoría UNA.

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Muerte de Ataps indígena enluta a la CCSS

Muerte de Ataps indigena enluta a la CCSS
Miguel Murcia Céspedes

Una publicación en el Facebook de la CCSS da cuenta de que «tras 21 años de intensa labor en la promoción de la salud y en la prevención de la enfermedad de sus congéneres cabécares, Miguel Murcia Céspedes, asistente técnico en atención primaria en salud (Ataps), falleció esta semana arrastrado por las aguas del río Chirripó».

La información, compartida con SURCOS por la doctora María Elena López, agrega que «el doctor Fernando LLorca Castro, presidente ejecutivo de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), dijo que el fallecimiento de Murcia Céspedes enluta a toda la familia de la seguridad social, en otras palabras a Costa Rica. El deceso lo sorprendió haciendo lo que amaba, al servicio de sus hermanos de la zona indígena, fue un verdadero héroe de la salud y la seguridad social».

“Personalmente les tengo alta estima a los asistentes técnicos de atención primaria, me formé como médico a su lado y cuando como país exhibimos los sorprendes logros de nuestro sistema de salud, ellos y ellas son protagonistas principales”.

“Como jerarca de la CCSS le doy el abrazo solidario a sus familiares y coterráneos, este es un momento de profundo dolor y reflexión por tan invaluable e insustituible pérdida”.

Durante su trayectoria laboral, Murcia se desempeñó en las comunidades de Sinoly, Alto y Bajo Cuen, Koloy, Konobata, Tolokicha, que son zonas de muy difícil acceso geográfico y debió trabajar en condiciones sumamente agrestes: sin electricidad, sin agua potable, sin caminos, sin puentes, con escasas posibilidades de comunicación. Sin embargo, Murcia Céspedes tuvo siempre la disposición de servir a su pueblo, dice la nota de la CCSS.

La doctora Viviana Aragón Gómez, quien laboró con Miguel Murcia, recordó la primera vez que la ayudó a cruzar el río Chirripó, camino a Sinoli. “Cruzar el río siempre me producía ansiedad y temor, sin embargo, cuando llegó el momento de cruzarlo, Miguel me dijo: “Doctora, yo la ayudo a cruzar” y recuerdo muy bien sus indicaciones: “usted vaya a la par mía, pero un poquito más atrás, y me agarra suavecito de la parte atrás de la camisa”.

“Le pregunté: ¿de la camisa? y él me dijo, con su voz pausada y en su tono bajito: “hágame caso”.

Fue así como cruzamos el río, con Miguel ubicándose de manera que su cuerpo recibía toda la corriente para que yo no sintiera el golpe del río, mientras con una mano, sostenía una caña para ir sintiendo las piedras y con la otra, desocupada, la mayor parte del tiempo, agarraba fuerte la caña, para mantener el equilibrio cada vez que llegábamos a una zona con corrientes».

Una de las últimas consultas que efectuó a sus superiores estaba relacionada con las gestiones para solicitar el aseguramiento por el Estado para una familia indígena en la zona que laboraba.

El último día de trabajo se fue a vacunar a la población indígena contra la influenza para cumplir con la cobertura de esa población, se quedó sin vacunas y cuando quiso regresar por más, la fuerza del río Chirripó lo arrastró con el caballo institucional que empleaba en las labores de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.

 

Enviado por María Elena López.

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UNA: Invertimos para mejorar

Viernes Científico

 

Mejorar el acceso y la calidad, aumentar los recursos para la innovación y el desarrollo científico y tecnológico, así como mejorar la gestión institucional del sistema de educación superior público de Costa Rica, son los ejes prioritarios del Plan de Mejoramiento Institucional (PMI) de la Universidad Nacional bajo el marco del Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior Estatal (PMES).

El PMI-UNA procura articular el quehacer institucional; define once iniciativas que conforman un conjunto integral y balanceado en términos de cobertura geográfica, beneficiarios, áreas académicas y áreas estratégicas de conocimiento. En cada iniciativa se invierte en infraestructura, mobiliario, equipo científico y tecnológico, becas de posgrado e intercambios académicos; inversiones que se orientan a fortalecer tanto las áreas vigentes así como las áreas emergentes, a saber: emprendimiento, educación permanente, cadena de abastecimiento y logística, radiaciones, innovación de los aprendizajes y de las artes, movimiento humano, terapias complementarias, cambio climático y humanismo; de igual manera, el PMI-UNA se orienta a mejorar la formación integral del estudiante y la gestión universitaria mediante la creación de un sistema de pertinencia y calidad.

Se hace especial énfasis en la formación de recursos humanos y en la edificación de infraestructura que permita crear las condiciones más apropiadas para el desarrollo académico: aulas, laboratorios de docencia e investigación, espacios para la innovación, y mayor capacidad para albergar las nuevas tecnologías de la información. Además, se contará con espacios que favorecerán el acceso y la permanencia en los distintos campus universitarios con la construcción de oficinas para los académicos, residencias, espacios para la recreación y jardines universitarios renovados.

Además, se ejecuta un Plan para Pueblos Indígenas Quinquenal e Interuniversitario (PPIQ), que favorece el acceso, permanencia y conclusión exitosa de los estudios universitarios de estudiantes de esta población, así como planes de gestión ambiental para cada obra constructiva.

El PMES se formuló en respuesta a lo acordado en el artículo 12 del Convenio del financiamiento del Fondo Especial de la Educación Superior 2011- 2015, donde se estableció el compromiso del Gobierno de la República de tramitar y financiar a favor de las instituciones que en su momento integraban el Consejo Nacional de Rectores, una operación de crédito por US$200 millones que se distribuyeron por partes iguales entre las universidades participantes.

Construir para la academia

Este rubro representa más de US$36.000.000 del préstamo que se complementan con US$10.925.616 de recursos institucionales, se construirán los siguientes edificios:

– Emprendimiento, educación permanente y cadena de abastecimiento y logística.

– Radiaciones ionizantes y no ionizantes.

– Complejo para la innovación de los aprendizajes, las artes y la recreación.

– Nuevos procesos industriales, salud ocupacional, y ambiental y cambio climático.

– Movimiento humano y terapias complementarias.

– Centro de Estudios Generales

– Programas de pertinencia y calidad.

– Obras recreativas Campus Coto.

– Residencias y obras recreativas Campus Pérez Zeledón.

– Residencias y obras recreativas Campus Nicoya.

– Residencias y obras recreativas Campus Liberia.

– Residencias Sarapiquí.

Fuente: Unidad Coordinadora de Proyecto Institucional.

En números

– US$6.000.000 para compra de equipo científico y tecnológico.

– Alrededor de US$330.000 han financiado más de 160 intercambios académicos.

– La inversión para infraestructura es de US$36.000.000 del préstamo, que se complementan con US$10.925.616 de recursos institucionales.

– 35.700 m2 de nuevas aulas y laboratorios amueblados y equipados para la investigación, docencia extensión y la prestación de servicios a la sociedad.

– Al menos 30 funcionarios fueron becados para cursar estudios de doctorado.

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por UNA Comunicación.

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UNA al servicio de Costa Rica

  • “Convivamos con los animales silvestres” fue la primera serie de la campaña UNA al servicio de Costa Rica, que realiza la Vicerrectoría de Investigación para mostrar a la ciudadanía cómo el quehacer universitario contribuye a mejorar su calidad de vida

 

La Vicerrectoría de Investigación de la Universidad Nacional (UNA) inició, en junio, una campaña para que cada ciudadano costarricense conozca qué hacemos y cómo los resultados del quehacer universitario mejoran su calidad de vida.

UNA al servicio de Costa Rica, dará a conocer, a través de videos, infografías y publicaciones en medios nacionales, los resultados de proyectos que se desarrollan en áreas como: salud pública, salud ocupacional, atención de animales domésticos y protección de animales silvestres, desarrollo económico y planificación social, apoyo a grupos vulnerables y en riesgo social, atención de amenazas y desastres naturales, desafíos ambientales, recurso hídrico y otras.

“Nuestro deber desde la academia es que, además de incidir en la política pública, los resultados de las investigaciones que se desarrollan dentro de la Universidad sean útiles para los ciudadanos. Queremos que la gente se apropie del conocimiento y que sepan para qué les es útil y en qué aspectos les ayuda a mejorar su calidad de vida. Es indispensable popularizar la ciencia, por eso también hemos desarrollado alianzas con escuelas y colegios para que niños y jóvenes también sean parte de este conocimiento”, comentó Daniel Rueda, vicerrector de Investigación.

¿Cuáles enfermedades se pueden trasmitir de animales a humanos y cómo prevenirlas? ¿Por qué es peligroso comer cangrejos y camarones de agua dulce crudos o en ceviche? ¿Sabía que las garrapatas pueden enfermar no solo a su perro o gato sino también a los miembros de su familia? ¿Por qué es necesario recoger y no enterrar las heces de su mascota? ¿Es posible liberarse de una corriente de resaca para evitar ahogarse en el mar? ¿Por qué no debemos alimentar a los animales silvestres? Investigadores de la UNA trabajan día a día para dar respuesta a estas y otras interrogantes que nos permitan avanzar en el desarrollo del país y en el mejoramiento de la calidad de vida de sus ciudadanos.

La primer serie de esta campaña se denominó “Convivamos con los animales silvestres”, tres cortos relacionados con la alimentación de cocodrilos, colibríes, mapaches y monos. La segunda, estuvo relacionada con el Día Mundial de los Océanos en el marco del Diálogo Global sobre los Océanos, que se organizó en el país durante los días 8 y 9 de junio.

Busque estas y otras series de la campaña en: Facebook: @investigacionuna o en el sitio web: http://www.investigacion.una.ac.cr

 

Tomado de la página: http://www.una.ac.cr/

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