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Ecologistas acusan de desobediencia al gobierno por incumplimiento de sentencia sobre agua contaminada con clorotalonil

  • Sala Constitucional otorga tres días de audiencia a autoridades de Salud y AyA tras gestión presentada por el ecologista Fabián Pacheco.

  • El Frente EcoCipreses denuncia que persisten nacientes donde se violan los 200 metros de protección legal.

  • Califican de indignante que el Laboratorio Nacional de Aguas continúe sin capacidad técnica para monitorear metabolitos degradados de clorotalonil.

Organizaciones ambientales y comunidades afectadas por la contaminación de fuentes de agua en la zona norte de Cartago denunciaron el desacato sistemático del Estado costarricense ante las órdenes emitidas por la Sala Constitucional. Mediante resolución del pasado 27 de agosto de 2026, el alto tribunal confirió un plazo perentorio de tres días a las jerarquías del Ministerio de Salud, del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) y de la ASADA de Santa Rosa de Oreamuno para que respondan ante la acusación de desobediencia formulada en el expediente 22-026649-0007-CO.

La gestión fue interpuesta por el agrobiólogo y ecologista defensor del agua, Fabián Pacheco Rodríguez, señalando que las instituciones han incumplido la sentencia N° 2023013384 del 6 de junio de 2023. Dicho fallo ordenó adoptar y ejecutar de forma inmediata y en un plazo máximo de seis meses las recomendaciones del «Informe Técnico Clorotalonil» (emitido conjuntamente por Salud, MINAE y AyA el 14 de abril de 2023), con el fin primordial de tutelar la vida y la salud pública de la población afectada.

Incapacidad técnica y negligencia institucional

El colectivo ambientalista Frente EcoCipreses y comunidades organizadas fustigaron con vehemencia la inacción gubernamental. «Es absolutamente indignante que hayan transcurrido los años y el Laboratorio Nacional de Aguas siga sin contar con la capacidad técnica requerida para monitorear los productos degradados (metabolitos) del agrotóxico clorotalonil en las fuentes de consumo humano. La Sala Constitucional fue enfática y categórica: el Estado debía resolver este vacío técnico e implementar las recomendaciones oficiales, pero han optado por la negligencia y la dilación», manifestó Fabián Pacheco.

La ausencia de equipo y protocolos analíticos oficiales para cuantificar los metabolitos del plaguicida perpetúa la vulnerabilidad sanitaria de miles de personas, impidiendo verificar por parte del AyA con certeza científica si las tomas de agua son aptas para el consumo o si siguen comprometiendo la salud de las familias en Costa Rica.

Violación flagrante de las zonas de protección

Asimismo, el Frente EcoCipreses advirtió que la desprotección no es solo química y analítica, sino también territorial: en la zona continúan existiendo nacientes y tomas de agua donde no se respeta la franja de protección ecológica de 200 metros estipulada en la Ley de Aguas. Las actividades agrícolas intensivas continúan realizándose al límite mismo de los manantiales en la Zona Norte de Cartago, favoreciendo la escorrentía directa de agroquímicos hacia el manto acuífero y perpetuando la crisis hídrica.

Advertencia penal por delito de desobediencia

En su resolución reciente, el magistrado instructor Jorge Araya García recordó de manera expresa a las autoridades recurridas que, de comprobarse la desobediencia a lo ordenado en la sentencia constitucional, se abrirán procedimientos administrativos sancionatorios y se procederá al testimonio de piezas ante el Ministerio Público para el juzgamiento penal por el delito tipificado en los artículos 53 y 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

Las comunidades y colectivos ecologistas reiteraron que no cesarán en la movilización legal y social hasta que se garantice agua potable limpia, libre de venenos, con zonas de nacientes rigurosamente delimitadas y con un monitoreo toxicológico riguroso que no dependa de la desidia gubernamental.

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