La insoportable levedad del derecho internacional

Walter Antillón

  • Lo que sigue es sólo un primer esbozo que me he permitido hacer, para explicar y explicarme los sucesos que venimos padeciendo en el campo de las relaciones internacionales. Como no cultivo especialmente la materia, ignoro si las ideas expuestas son sólo una mala repetición de cosas archi-discutidas por los estudiosos, ya refutadas y olvidadas. Quiero correr ese riesgo porque, como dicen, ‘la ignorancia es atrevida’; y porque estimo que se trata de un tema que todo ciudadano debe abordar con los recursos, pocos o muchos, de que disponga.
  • Para empezar, veo el Derecho Internacional Público como una forma de experiencia jurídica que, por debajo de las declaraciones retóricas de los tratados, continúa dominada por una actitud depredadora que es básicamente la misma desde el Neolítico hasta la Postmodernidad, desde el caudillo cavernícola hasta los ‘emprendedores’ transnacionales de hoy; una perspectiva en la que ‘el otro’, ‘el extraño’ (el samnita o el galo para los romanos; el indio o el negro para los europeos; el subdesarrollado para el G-7) es visto como presa: un objeto, al igual que las tierras y las riquezas que lo rodean. El Derecho Internacional no prospera, ni como doctrina ni como institución, porque sus soluciones han sido pensadas a conveniencia del depredador: la llave de la justicia internacional ha estado siempre, o ha terminado por caer en manos del lobo, sin que al final se imponga la razón de las ovejas.
  • Y es por eso que, a mi modesto entender, el ‘Derecho Internacional Público’ ha sido, hasta ahora, no un instrumento para la prosperidad y la paz entre los pueblos, sino una disciplina con la que desde el inicio de la Edad Moderna se ha tratado de regular los precarios equilibrios de las relaciones entre las clases gobernantes de los diferentes Estados. Desde el Tratado de Westfalia de 1648, que fue un convenio entre reyes, hasta los modernos TLC impulsados por los Estados Unidos (que son a su vez, en el mejor de los casos, convenios entre empresarios avalados por los gobiernos a costa de los recursos humanos y materiales de los pueblos); han prevalecido y todavía prevalecen los intereses privilegiados por las cúpulas gobernantes, y la voluntad y los intereses populares han brillado por su ausencia.
  • Este déficit constante de democracia en el campo internacional explicaría, según la tesis que adelante expondré, la debilidad crónica de las instituciones jurídicas internacionales (convenios, estatutos, organizaciones de distintos tamaños) fatalmente pisoteadas por las grandes potencias cuando obstaculizan sus intereses.
  • El flamante Derecho Internacional jusnaturalista y jusracionalista (Vitoria, Grocio) no impidió en su momento (al contrario, lo justificó en algunos casos) el ilícito reparto colonialista del Mundo por parte de las monarquías europeas (primero España y Portugal, luego las otras); ni posteriormente las agresiones anglosajonas, holandesas y francesas a la India, al Imperio Chino, a los reinos de Indochina, al Japón, etc.; ni la ocupación norteamericana de México, Cuba, Puerto Rico y Las Filipinas; ni el despojo de las regiones petroleras del Oriente Medio a través de los ‘protectorados’ de Inglaterra y Francia. Ni la sangrienta violación de las normas de Naciones Unidas por parte de los gobiernos de Bush, Blair y Aznar. Ayer y hoy, los principios proclamados por el Derecho Internacional han sido sistemáticamente sobrepujados por la fuerza, que dice la última palabra.
  • ¿En qué clase de mundo vivimos, para que las cosas sean así? La explicación que propongo como respuesta no es original, sino que ha sido repetida desde hace años por muchas personas; pero creo que es válida y merece que se la tome en cuenta en un momento particularmente desalentador como el que vivimos. Dicha explicación pasa por el examen de ciertas etapas de la Historia política y económica de la Humanidad, así como por las desafortunadas peripecias de la aplicación del Derecho Internacional a los conflictos que han involucrado a las potencias, todo lo cual intentaré resumir en lo que sigue, para concluir con algunas observaciones que someto a la consideración de los estudiosos.

PARTE I. LA ECONOMÍA

  • Evolución de la empresa de negocios: del colonialismo a la globalización: emergencia de los verdaderos sujetos del Derecho Internacional postmoderno.
  • La colonización de regiones lejanas descubiertas por los europeos a partir del Siglo XV, en el caso de las primeras iniciativas (debidas a las coronas española y portuguesa), fue acometida por los propios Estados; después, las acciones colonizadoras fueron llevadas a cabo por ciertos entes públicos descentralizados que eran las famosas Compañías de las Indias Orientales y de las Indias Occidentales, en los Siglos XVI y XVII. Pero en el ínterin se va desarrollando más y más la empresa de negocios de capital privado, en la forma inicial de manufacturas y sociedades mercantiles; empresa que va a recibir un impulso definitivo en el Siglo XIX con la revolución industrial y con el Liberalismo surgido después de la Revolución Francesa. Todo lo cual conduce al nuevo colonialismo que busca las materias primas baratas, y cuyos protagonistas van a ser, en el Siglo XIX, principalmente Inglaterra, Francia, Bélgica y Holanda, y posteriormente Rusia, Estados Unidos, Alemania e Italia.
  • Aparentemente se trataría de actividades colonizadoras de los Estados, pero lo cierto es que las mismas responden a los intereses de los grandes banqueros, comerciantes e industriales de dichos Estados, en su dura competencia por acceder a las materias primas que se encontraban precisamente en los países colonizados. En esa forma se procede a la ocupación y explotación de gran parte de Asia, África, Oceanía y la región del Caribe no dependiente de España, por parte de Inglaterra, Holanda, Francia y Bélgica, dándose entonces un proceso de creciente interpenetración entre política y economía, es decir, entre las cúpulas gobernantes y las cúpulas empresariales; y de manipulación del aparato estatal para la consecución de objetivos económicos.
  • Por lo demás, se trata de un estilo que muy pronto fue adoptado dentro del mundo capitalista, tanto del centro como de la periferia. Porque, en efecto, la historia del mundo occidental en el último siglo y medio nos muestra cada vez más frecuentemente la concurrencia, en la persona del gobernante, de su titularidad política con su posición en el mundo de los negocios; y la utilización del poder político que como funcionario le compete, en beneficio de los grupos económicos allegados o afines.
  • Como bien lo expresa el Profesor Lelio Basso: en aquel momento histórico del Estado liberal, ‘…no obstante las doctrinas del‘laisssez faire, laissez passer’, o de la ‘free enterprise’, el Estado siempre intervino en el desarrollo de la economía nacional, empleando en los primeros tiempos el arma aduanal (…), el arma fiscal, la creación de infraestructuras -ferrocarriles, carreteras, puentes-, los pedidos a las industrias, la política exterior (para imponer a otros países la apertura de sus fronteras), etc.” (‘El despertar de los pueblos’; Forlì, 1980, pág. 353).
  • (Sobre ello puede verse también, entre otros, Massimo Severo Giannini: ‘Derecho Público de la Economía’; Boloña, 1977).
  • Por otra parte, el desenvolvimiento que ha tenido el sistema capitalista a lo largo del Siglo XX; que ha condicionado un notable aumento de la producción económica y un desarrollo sin precedentes de la tecnología, así como también ha propiciado el crecimiento y la transnacionalización de un centenar de fortunas colosales, y la correlativa marginación de gran parte de la población mundial, a la vez ha fomentado, a la par de la globalización neoliberal, una cultura de exacerbado individualismo; y ha terminado por afectar profundamente la estructura, la función y el peso mismo de los Estados dentro de la comunidad mundial (ver: C. B. Macpherson: “La teoría política del individualismo posesivo”, Fontanella, Barcelona, 1970; Álvaro Montero Mejía: “La globalización contra los pueblos”, Juricentro, San José, 1998; Helio Gallardo: “Política y transformación social”, Tierra Nueva, Quito, 2000).

El caso de los Estados Unidos

  • Por razones propias de su historia y desarrollo interno y a pesar de su temprana vocación imperialista, los Estados Unidos llegan tarde al reparto colonial de Asia y África, que ya había sido efectuado por parte de las potencias europeas. Sus anexiones del territorio mexicano en 1846, y su guerra con la decadente España en 1898 les permitieron primero expandir enormemente sus fronteras, y después apropiarse de Puerto Rico y de las Islas Filipinas, y ejercer un dominio político en Cuba (la Enmienda Platt, la Base de Guantánamo). Tales fueron algunas de las condiciones, junto a episodios frecuentes de durísima represión de su propio pueblo, para lograr las colosales dimensiones de su desarrollo interno, que los lleva, ya a fines de la Primera Guerra Mundial, al rango de gran potencia; y a fines de la Segunda, a ser la primera economía del Mundo. Y este engrandecimiento se completa cuando, a fines del Siglo XX, se derrumba la Unión Soviética y se desmorona el bloque de los países socialistas (acerca de todo esto véase, de Howard Zinn: La verdadera Historia de los Estados Unidos. Editorial Siete Cuentos, versión en Kindle, 2011).
  • Por otra parte, su designio de sujetar a los países del Tercer Mundo y, en particular, los de América Latina, bajo su poder e influencia no adoptó, de momento, las formas brutales del viejo colonialismo europeo, sino la de un proceso que mezcla puntuales acciones armadas, una paulatina penetración financiera por parte de sus empresas bancarias y de inversiones, para concluir en la actual situación de dependencia económica de dichos países; lo cual hace visible desde mediados del Siglo XX una creciente hegemonía política por su parte, consolidada principalmente por la vía del control financiero y de las inversiones de sus multinacionales. Se trata de aquella antes mencionada simbiosis entre política (el Gobierno USA) y economía (las grandes transnacionales) que constituye la forma postmoderna de ejercicio del poder: la nueva Razón de Estado. Sobre ello nos ilustra Lelio Basso:

“…Es en esta perspectiva en la que debe entenderse hoy el papel de las multinacionales. Hasta antes de la (Segunda) Guerra, el gran capital se ocupaba sobre todo de las relaciones con el poder político de su propio Estado. No faltaban, por cierto, formas imperialistas, pero el fenómeno de las sociedades multinacionales todavía no había alcanzado las proporciones macroscópicas de hoy. En el momento actual, es conforme a la lógica del sistema que las sociedades que operan en muchos países deban tratar de asegurarse el máximo de poder y de dominio sobre el gobierno de dichos Estados. En efecto, es obvio que cuando una transnacional invierte en otros países para el disfrute de materia prima, productos agrícolas, etc., sobre todo si invierte las enormes sumas que la tecnología moderna requiere, y construye instalaciones cuya reditualidad empezará después de muchos años, no puede no preocuparse, de acuerdo con la lógica de las ganancias, de contar con un gobierno que le asegure una estabilidad de condiciones en aquel país: mano de obra barata, sindicatos domesticados o inexistentes para impedir las huelgas u otras formas de lucha salarial, supresión o manejo de las elecciones para eliminar toda posibilidad de sorpresa o de cambio, libertad de transferencia de las ganancias y el máximo de tolerancia de los fraudes fiscales…” (Obra citada, pág. 354)

Los hechos recientes.

  • Después de conseguir la ruina económica y el desarme de un Irak bombardeado y vencido en la Guerra del Golfo de 1991, el gobierno USA, invocando la destrucción de las Torres Gemelas ocurrida el 11 de Setiembre de 2001, inicia una cruzada contra el terrorismo, que incluye una invasión armada contra los Talibanes que gobiernan Afganistán (para derrocar su gobierno, y capturar a Osama Bin Laden); y guerras preventivas contra una serie de Estados que conformarían lo que Bush llamó ‘el Eje del Mal’.

El ejército norteamericano captura en Afganistán a un gran número de jóvenes combatientes a quienes les atribuye ser talibanes o miembros de Al Quaeda, y los confina en la base militar de Guantánamo, sometiéndolos a fuertes apremios y vejámenes, y negándoles la condición de prisioneros de guerra y los derechos inherentes a dicha condición.

En el 2002 el gobierno USA acusa a Sadam Husein de desarrollar y poseer armas de destrucción masiva, de tiranizar a su pueblo, de conformar ‘el Eje del Mal’, al lado de otros regímenes, y de complicidad con Al Quaeda en la destrucción de las Torres Gemelas.

En 2002 el gobierno Bush inicia una ofensiva diplomática para inducir a los miembros de la ONU a acompañarlo en una guerra ‘preventiva’ contra Sadam, a fin de derrocarlo, eliminar su foco terrorista y restablecer la democracia en Irak. Para conseguir votos, presiona y chantajea a muchos Estados pobres de Europa y el Tercer Mundo.

Con excepción de algunos gobiernos, la abrumadora mayoría de los miembros de la ONU desaprueba la propuesta de Bush; Francia, Rusia y China amenazan con el veto en el Consejo de Seguridad; y prácticamente la totalidad de los pueblos de la tierra, incluyendo al norteamericano, se vuelcan en manifestaciones masivas de rechazo a las pretensiones del gobierno USA.

La pandilla de Bush (Rundfeld, Condoleeza, Powell, etc., y el propio Presidente) se mofa de Francia y de Alemania, y de Europa en general; satiriza a la ONU, y con el apoyo del Reino Unido y España, declara que invadirán Irak de todas maneras, a fin de derrocar a Husein, tomar su armamento de destrucción masiva y establecer la democracia en el país.

En efecto, en ejecución de lo anunciado, los ejércitos norteamericano e inglés bombardean e invaden Irak, ocupando militarmente todo su territorio y estableciendo un gobierno y una administración bajo el mando norteamericano.

Bush y su grupo declaran la intención de que su ejército permanezca en Irak todo el tiempo que juzguen necesario; y adjudican las más importantes obras de reconstrucción entre una serie de multinacionales afines a su gobierno.

Con posterioridad a dicha ocupación, USA obtiene que la ONU apruebe colaborar en las tareas de reconstrucción y normalización. España, Italia, Polonia y otros países (entre los que se cuentan algunos latinoamericanos) enviaron pequeños contingentes de tropas con ese objetivo. Después vino el retiro de España y los cuantiosos esfuerzos por normalizar y pacificar Iraq, hasta ahora infructuosos, y con altísimos costos humanos y materiales. Pero Bush no quiere saber nada de retirarse de Iraq, a pesar de las presiones y las críticas que le llueven de todos lados. Antes bien, prepara nuevas acciones.

Porque en efecto, de nuevo, en estos momentos, los medios de comunicación nos informan diariamente acerca de la supuesta amenaza que constituye Irán para la paz mundial con sus programas de enriquecimiento de uranio; y han hecho coro tomando a Irán como un peligro para la Paz Mundial. Pues bien, los expertos apuntan que se trata de otra «muerte anunciada» en la cruzada de Bush contra el famoso «Eje del Mal»; esta vez con la participación activa de Israel.

  • Se nos dice (sostiene Wim Dierckxsens: En defensa de la Humanidad) que no se trata de una guerra con Irán, sino de una operación militar para el mantenimiento de la paz. Los informes de prensa, aunque revelan algunas características de la agenda militar, sirven en gran parte para distorsionar la naturaleza más amplia de la operación militar, que incluye el uso preventivo de armas nucleares tácticas. La desinformación mediática ha sido ampliamente utilizada para ocultar las devastadoras consecuencias de una acción militar que haga uso de ojivas nucleares contra Irán. El hecho que esos ataques quirúrgicos serían realizados utilizando tanto armas convencionales como nucleares, no forma parte de la discusión. Hacer el mundo más seguro es la justificación utilizada para una operación militar que podría conducir a un holocausto nuclear. El hecho que EU e Israel planifiquen un holocausto nuclear en Medio Oriente no forma parte de la agenda mediática contra la guerra (Chossudovsky, Guerra Nuclear contra Irán, www.rebelión.org. 10 de Enero de 2006: 2-4).
  • De nuevo está a prueba, con pronóstico muy reservado, la Organización de las Naciones Unidas. Los inspectores de su Agencia Internacional de Energía Atómica (AIEA) que trabajan en Irán desde hace más de dos años en todos los lugares bajo sospecha no han detectado, hasta el momento, ninguna infracción (Ria Novosti, Argenpress 19/01/06). Los hechos muestran que no existe tal programa y no existe ninguna evidencia de lo contrario. La conclusión de Mohammed el-Baradei como jefe de la AIEA, es que Irán no tiene un programa de armas nucleares. Pero todo parece indicar que lo que tienen en mente los EE.UU. e Israel es prescindir del criterio de la AIEA , ya que la decisión de un ataque nuclear está tomada. El camino a la guerra no se podrá detener con hechos (Mike Whitney, “Why Iran will lead to World War 3”, globalresearch.ca19 de enero de 2006).
  • Hemos podido ver en estos días que varios países europeos han comenzado a redactar un proyecto de resolución en que le piden a la AIEA referir el caso de Irán al Consejo de Seguridad de la ONU. El borrador de la resolución no llega a pedir que se le impongan sanciones a Irán, como quieren Estados Unidos y sus aliados: se limita a exhortar al Consejo a presionar a Irán para que «preste una cooperación total y rápida a la agencia» en su investigación de actividades nucleares sospechosas. Es posible que, en esos términos, lo aprobarán incluso Rusia y China.
  • Pero ¿será suficiente para Estados Unidos? ¿no viviremos de nuevo los bochornosos episodios que precedieron a la invasión de Iraq? Porque, según los expertos (citados por Dierckxsens), fuentes militares y de inteligencia están informando sobre varios hechos que indican que está en las fases finales un ataque militar norteamericano sobre instalaciones nucleares iraníes.
  • Estos hechos nos dan nuevo testimonio de aquella cruda realidad que venimos afirmando: en las altas esferas del poder, ahora, como en los tiempos de Luis XIV, los poderosos (aunque aduciendo en cada época diferentes argumentos) actúan impunemente por encima del Derecho Internacional.
  • PARTE II. LOS INSTRUMENTOS JURIDICO-PENALES DEL DERECHO INTERNACIONAL

Las represalias contra el vencido

Al terminar la Primera Guerra Mundial, los victoriosos franceses e ingleses se mostraron decididos a acusar y castigar al ex-Emperador de Alemania, el Kaiser Guillermo II, por el crimen internacional de agresión bélica. A ello se opuso, entre otros, el célebre publicista profesor Vittorio Emanuele Orlando, entonces primer ministro de Italia, alegando precisamente que para el caso en cuestión no existía una norma jurídica anterior que previera el delito, ni la pena, ni el tribunal competente. Es decir, el Profesor Orlando invocando para el caso la aplicación de los principios de tipicidad (nullum crimen, nulla poena) y del juez natural, ponía en evidencia el déficit de tipo, de pena y de jurisdicción existente en el Mundo Occidental respecto de los ilícitos regios.

Y aunque los argumentos jurídico-penales del Profesor Orlando no prevalecieron, porque las potencias victoriosas se negaron de momento, rotundamente, a aplicar las garantías del derecho penal común al nivel de lo regio (todavía entonces, el único delito que un rey podía cometer era ser derrotado), lo cierto es que poco después, en el Tratado de Versalles, se incorporaron las primeras figuras delictuosas que podrían ser atribuidas a los jefes de Estado con ocasión de la guerra. Y así, el artículo 227 de dicho Tratado describe como delitos los actos que constituyan

“…ofensa suprema contra la moral internacional y la santidad de los tratados…”

El Protocolo de Ginebra de 1924 declara que

 “…las guerras de agresión constituyen un delito internacional…”

y en el Pacto Briand-Kellog firmado en Paris en 1928, todos los países europeos (Alemania incluida) condenaron el recurso de la guerra para la solución de los conflictos, y se comprometieron a utilizar para ello los medios pacíficos.

El proceso de Nuremberg y la normativa de la ONU

Pero está claro que tales descripciones, con ser tan genéricas, aunque preveían figuras de violación de tratados como las que después cometerían los gobiernos del Eje (Alemania, Italia y Japón), no podían cubrir los actos de salvajismo indescriptible perpetrados contra personas individuales, etnias y grupos políticos, por los nazis y los japoneses antes y en el curso de la Segunda Guerra Mundial.

En cuanto a la agresión bélica de un Estado contra otro, el acuerdo de Londres del 8 de Agosto de 1945, institutivo del Tribunal Internacional de Nuremberg, lo incluyó como un delito internacional entre los crímenes contra la paz, tipificándolo en su Artículo 6, en los siguientes términos:

Inciso a):

“…la planificación, la preparación o el desencadenamiento de una guerra de agresión, o de una guerra en violación de tratados internacionales, acuerdos o entendimientos, o bien la participación en un plan criminal común dirigido a perpetrar uno de los actos arriba mencionados…”

Inciso b):

“Violaciones de las leyes y de los usos de la guerra. Tales violaciones comprenden, pero no exclusivamente, el asesinato, los malos tratos y la deportación forzosa de trabajadores u otros elementos de la población de los países ocupados; el asesinato y los malos tratos a los prisioneros de guerra o a personas en el mar; el homicidio de rehenes; el saqueo de propiedades públicas y privadas, la destrucción injustificada de ciudades y villas; y las devastaciones no justificadas por necesidades militares…”

Inciso c):

“…Delitos contra la Humanidad: y precisamente asesinato, exterminio, reducción a esclavitud, deportación y otros actos inhumanos cometidos contra la población civil antes o durante la guerra; persecuciones por motivos religiosos, raciales o políticos en ejecución o en conexión con alguno de los delitos comprendidos en la jurisdicción del Tribunal, sean o no en violación de las leyes vigentes en el País en el que tales persecuciones tuvieron lugar…”

Sabemos que el proceso de Nuremberg, realizado por fiscales y jueces nombrados por las potencias victoriosas, se llevó a cabo en la ciudad de ese nombre, entre Setiembre de 1945 y Setiembre de 1946, contra veintidós personas, entre militares y políticos, que habían ocupado cargos importantes en el gobierno de Hitler. Tres de ellos fueron absueltos, cuatro recibieron penas de prisión entre diez y veinte años; otros tres recibieron cadena perpetua; y los restantes fueron condenados a morir en la horca.

La opinión mundial se dividió entre los que, esgrimiendo diferentes argumentos, aceptaban o rechazaban el proceso de Nurenberg. Podemos decir, en general, que los primeros se apoyaban en consideraciones de justicia material, mientras que los segundos invocaban conocidos principios de Derecho Penal liberal vigente en sus propios países, del tipo ‘nullum crimen, nulla pena’, etc., concluyendo que en el fondo se trataba de un acto de venganza, y no de justicia. A propósito, alguien dijo con toda lógica que si Alemania hubiera ganado la guerra, habría podido juzgar a los políticos y generales norteamericanos por los masivos bombardeos desencadenados sobre sus ciudades, sin ninguna consideración por la vida de los civiles, que murieron por centenares de miles. Trabada la contienda bélica, la crueldad sin límites estaba en ambos lados; la diferencia la puso el incalificable genocidio judío de parte de los nazis, que fue un verdadero exterminio de personas no beligerantes, simplemente por sus caracteres étnicos.

El Derecho Penal de la ONU y la delincuencia de las superpotencias.

Como era de esperar, el fin de la Segunda Guerra Mundial y la revelación de sus horrores llevaron al concierto de los países del Mundo a la instauración de la Organización de las Naciones Unidas, en cuyo Estatuto se contienen principios y normas relacionadas con la guerra y la paz.

En efecto, en el Estatuto de la ONU (Preámbulo, artículo 1º, etc.) la paz es considerada el bien jurídico supremo, de manera que los Estados miembros tienen el deber (artículo 2; párrafos 3 y 4) de arreglar sus controversias internacionales por medios pacíficos, y de abstenerse del uso de la fuerza, el cual sería entonces monopolio del Consejo de Seguridad (artículo 24).

Por otra parte hay que tener presente que en el sistema jurídico de la ONU nunca ha predominado completamente un régimen de derecho aplicable a todos por igual. Comparado con el pasado, ciertamente la ONU trajo un visible progreso en la materia, pero la estructura misma de la organización, con el enorme poder acordado institucionalmente a las grandes potencias, presentaba un cuadro donde campeaban notorias asimetrías, anticipo seguro de los grandes abusos e injusticias que hemos presenciado en estos casi 60 años de historia del organismo.

Ya decíamos arriba que el derecho penal, desde sus orígenes, ha supuesto la existencia de una autoridad incontrastable, capaz de dar efectividad a las decisiones de los jueces acerca del delito, el delincuente y la pena. En el seno de la ONU se ha comprendido, cada vez con mayor claridad, que no puede haber verdadera justicia entre las naciones ni entre las personas, mientras no exista un derecho penal de aplicación general, constante y segura, frente a las conductas de los gobernantes, sea cual fuere el Estado o la organización que representen. La Corte Penal Internacional es precisamente el fruto del esfuerzo de la gran mayoría de los Estados miembros en esa dirección.

El Estatuto de la CPI contiene un conjunto de normas y principios jurídicos dirigidos a la instauración de tribunales y procesos jurisdiccionales competentes para conocer de determinados delitos, especialmente graves, contra los pueblos, a saber, los artículos 5, 6, 7 y 8, en los que se incluyen y tipifican los delitos de:

Genocidio,

Lesa humanidad,

Criminalidad bélica y

Agresión; aunque (y es un síntoma ominoso) la definición de este último ilícito, así como las condiciones en que se produzca, se reserva para ser aprobada posteriormente, de conformidad con los artículos 121 y 123 del Estatuto de la Corte.

Los delitos imperiales y el espectro del Derecho Penal Internacional.

Con ocasión del atentado a las Torres Gemelas y lo que vino a producirse después en Afganistán, en Irak y en seno de la ONU, hemos sido testigos de una deplorable regresión en las relaciones internacionales, por la cual el gobierno del Presidente Bush ha conseguido sin mayor esfuerzo ponerse por encima del Derecho Internacional y se ha postulado prácticamente como el árbitro de los destinos de todos los pueblos de la Tierra, descalificando a la ONU como un mecanismo anticuado e inservible.

En efecto, con sus actuaciones en Afganistán y en Irak, Bush y su equipo han incurrido claramente en conductas que significan recurrir al uso de la fuerza en forma injusta y unilateral contra Irak, que también es miembro de la ONU, violando lo dispuesto en los artículos 1º y 2º, inciso 4) de la Carta de dicha Organización; y en conductas que, si les fuera aplicable la normativa de los artículos 5, 6, 7 y 8 del Estatuto de la Corte Penal Internacional, constituirían modalidades de genocidio, crímenes de lesa Humanidad y crímenes de guerra. Pero ¿alguien ha planteado la denuncia de tales delitos? ¿Dónde estaban los baluartes de la justicia y la legalidad internacionales?

En cambio, en el caso de los aliados de los Estados Unidos en esa guerra de agresión contra Irak, los gobiernos de España y el Reino Unido, dicha normativa se les aplica plenamente, puesto que ambos han ratificado el Estatuto de la Corte. Sin embargo, no ha prosperado, en el seno de la ONU ni de la CPI, ni en ningún otro foro internacional, una iniciativa para que los titulares de los órganos responsables de aquellas decisiones sean juzgados por los ilícitos cometidos.

Además, los tres Estados mencionados, siendo miembros de la ONU, desaplicaron con manifiesta arrogancia las normas del artículo 25 de la Carta, así como lo dispuesto en los Capítulos VI y VII de la misma, que establecen la competencia exclusiva del Consejo de Seguridad en el manejo y solución de los conflictos surgidos entre sus miembros. Sin embargo, ni siquiera han recibido una condena simbólica de parte del Consejo o de la Asamblea General.

Limitándome al caso de los Estados Unidos, que es de lejos el inspirador y el principal ejecutor de los atropellos, creo que las claves para una explicación pueden estar en la combinación de dos factores: uno estructural y el otro coyuntural.

Es archisabido que el factor estructural en el caso de los Estados Unidos es el designio de las poderosas transnacionales del petróleo y los armamentos, estrechamente relacionadas con Bush, su familia y el grupo que lo rodea en el gobierno, de avanzar hacia el control y manejo de la economía del Planeta: el control militar de Afganistán por parte de USA y sus aliados les permite afianzar sus intereses en los países productores del petróleo del Mar Caspio, antiguas repúblicas Soviéticas; y el control del poder y del petróleo iraquí les permite culminar prácticamente su señorío en el corazón del Cercano y Medio Oriente, logrando así ventajas definitivas sobre las economías de la Unión Europea, Rusia, Japón y China.

Es igualmente plausible la hipótesis de que el factor coyuntural es el Mesianismo y el Providencialismo Cristiano que han abrazado muchos de los miembros del grupo que rodea a Bush, y él mismo, en lo personal. Según estas doctrinas, que vienen a reforzar la vieja ideología del llamado ‘Destino Manifiesto’, sustentada por grupos de la élite derechista norteamericana, el Siglo XXI será “el Siglo de América” (ellos se autodenominan ‘América’); es decir, se trataría de la era del dominio mundial por parte de la potencia estadunidense: una variante fascistoide de aquella mixtificación del protestantismo capitalista estudiada por Max Weber (en su clásico libro “La ética protestante y el espíritu del Capitalismo”; Península, Barcelona, 1969) según la cual es un deber cristiano trabajar duramente en la profesión de cada uno; y la riqueza y el poder alcanzados en la Tierra por ese camino constituyen una señal divina de salvación. En consecuencia, el éxito económico y político transnacional de la poderosa comunidad presbiteriana a la que pertenecen el Presidente y sus halcones tiene un firme respaldo religioso y aporta una justificación completa a la misión de construir “el Siglo de América”, no en beneficio de las personas; ni siquiera del norteamericano común, sino de las poderosas transnacionales

Bush y la ‘Razón de Estado’ como coartada: En consecuencia, la necesidad de defender ‘América’ (es decir, los Estados Unidos), país considerado como la más alta realización de la democracia y la libertad, constituyen la ‘razón de Estado’ invocada por el gobierno Bush. La identificación entre ‘América’ y el binomio ‘libertad-democracia’ le permite postular los intereses de los Estados Unidos como si fueran los intereses del ‘Bien’, en términos absolutos, contra el ‘Mal’: le permite postular la ‘razón de Estado’ como ‘razón universal’.

Contra la amenaza ‘del Mal’ representada por los países calificados de terroristas (Irán y Corea del Norte), todos los demás Estados de la Tierra deben alinearse en la ‘cruzada’ de Bush y su pandilla. No hay término medio: el que no está con ‘América’, está ‘contra la libertad y contra la democracia’; está a favor del Mal, y debe correr con las consecuencias.

De esta manera trata Bush de allanar toda resistencia a su ‘guerra contra el terrorismo’, que es una mera pantalla para disimular el progreso de los intereses de las grandes transnacionales, de capital predominantemente norteamericano (pero esto no es esencial), al que su familia y su grupo de gobierno están ligados. Se trata de la más acabada forma de la arrogancia del poder de los últimos tiempos (más grave, incluso, que la de Hitler), que nos pone de nuevo, a la vuelta de los siglos, ante una versión moderna, disfrazada bajo un discurso pseudo-democrático, de la ‘Ley de la Selva’. Ahora le toca el turno a Irán; y de nuevo aquella arrogancia y aquella arbitrariedad colocará al Planeta al borde del precipicio.

El derecho internacional ha logrado a veces algunos buenos resultados en los casos que afectan exclusivamente los intereses de países pequeños, pero ha fallado constante y repetidamente en los asuntos en que están involucrados los intereses de los poderosos de la Tierra. Muchos internacionalistas suelen reconocerlo así, pero no logran ofrecer explicaciones plausibles ni soluciones aceptables, y con frecuencia se encierran en un silencio resignado. Recordemos que esa lamentable situación ha llevado por ejemplo a Kelsen a afirmar, a guisa de explicación-justificación, que el derecho internacional es un ‘derecho primitivo’, para no tener que decir en voz alta que, de acuerdo con los postulados de su doctrina, el derecho internacional no llega ni siquiera a ser ‘derecho’ en sentido estricto (Principios de Derecho Internacional Público; Buenos Aires, 1965; pág. 19).

Pero esta última crisis del Derecho Internacional a que nos estamos refiriendo, cuyo último, fatal episodio podría desencadenarse próximamente, no es de naturaleza jurídica, sino que, al igual que muchas otras anteriores, es de naturaleza política: el postulado clásico, que nunca pasó de ser una ficción, de la igualdad jurídica de los Estados (es decir, la igualdad efectiva de los sujetos por excelencia del derecho internacional) ya no se puede sostener. Está a la vista que lo que resuelve las disputas internacionales es el poder efectivo, no el derecho. Y entonces la clave de solución de los conflictos de competencia del derecho internacional está en determinar quién tiene mayor poder. El Protocolo de Kyoto es un ejemplo muy claro. No se trata de un problema jurídico, sino de una confrontación entre el poder de la Unión Europea, de Rusia y de otros grupos regionales y el poder de los Estados Unidos.

La impotencia de las potencias.

La impotencia de las potencias es de carácter jurídico, debida al adefesio de la ONU, pero sobre todo es de carácter moral: las llamadas potencias son impotencias morales: no tienen cara en la que persignarse.

Frente a tanta inoperancia no se tiene una respuesta ni medianamente vigorosa en los sectores más significativos de la comunidad internacional. Porque, siendo cierto que Francia, Rusia y China anunciaron la posibilidad de ejercer el veto si el Consejo de Seguridad aprobaba la guerra contra Irak; y que Alemania negó su apoyo a la iniciativa de Estados Unidos en esa dirección, también lo es que, después de concluida la invasión estadunidense de dicho país, en cuyo transcurso se escarneció a la ONU y se socavó gravemente la confianza general en su papel mediador y pacificador, todos aquellos dignos países aceptaron los hechos consumados e iniciaron el camino a una colaboración con los Estados Unidos y los demás conculcadores del Derecho Internacional. ¿Quién defendió a la ONU, aunque solo fuera en el terreno moral? ¿Qué nos espera, cuando se desencadenen agresiones de mayor escala?

Porque, en lo que se refiere a los gobiernos de Francia y Alemania, es conocido que su oposición a la invasión de Irak por los Estados Unidos estuvo motivada por sus fuertes intereses económicos en dicho país, y, en general, en el Oriente medio: no se trataba, lamentablemente, de la defensa de los fundamentos morales de la cultura occidental y cristiana, ni mucho menos de los principios del Derecho Internacional.

Aún en aquellos momentos en los que fueron palpables las violaciones de los derechos fundamentales de los prisioneros en Guantánamo y en las cárceles iraquíes ¿quién intentó el enjuiciamiento de los transgresores? ¿Qué han hecho al respecto el Secretario General y la Comisión de Derechos Humanos de la ONU? ¿en qué quedó el Derecho Penal Internacional? Seguimos, en pleno Siglo XXI, sometidos a la corrupción del poder desnudo: los políticos se inclinan por cálculo o complicidad (son, ya lo dijimos, aves del mismo plumaje); la ONU guardó silencio, avergonzada, impotente.

Y de nuevo ha guardado silencio cuando una hipertrofiada OTAN, cuyas razones para existir cesaron hace años, se empeña en tender un cerco de misiles alrededor de Rusia; mientras que ésta, bajo el liderazgo de Putin, busca restablecer sus dimensiones de la época soviética, incluso al precio de invadir militarmente a Ucrania y avanzar al borde de un desenlace nuclear.

Y ¿la Unión Europea, principal sede de la Cultura Occidental, llamada por ello a templar los impulsos agresivos de la Otan? La Unión Europea nos ha mostrado sin rubor su verdadera condición satelital, porque está tomada por la misma cúpula financiera que mueve también los hilos de la OTAN.

Mientras todo esto ocurre, el frenesí de los vendedores de armas de todos los países cercanos y lejanos al conflicto llega a extremos increíbles. ¿A quién le importa la vida de los ucranianos? La muerte cotidiana se da por descontada, se acepta con toda naturalidad por parte de quienes estorban y sabotean las iniciativas para un alto al fuego, para un acuerdo de paz ¿Y los derechos humanos? ¿y la inviolabilidad de la vida?

Tenemos hoy un mundo dominado por los ‘poderes salvajes’ de las transnacionales financieras, que tienen sojuzgada a la mayoría de los Estados del Planeta. En la Segunda Postguerra Mundial nos ilusionamos pensando que un instrumento jurídico, la ONU, podía guiar la política de los Estados, bajo cuyo poder operaban las fuerzas económicas; pero ese hermoso sueño se ha trocado en una horrible pesadilla.

En este nuevo siglo que nació sin dignidad ¿Quién será el que -según el luminoso pensamiento de José Martí- asumirá la dignidad de todos? ¿Quién será el que diga «la injusticia me hiere, no importa dónde o contra quién se cometa»? Si los políticos y los magnates del resto del Mundo callan por conveniencia, o se limitan a formular inocuas protestas, parece llegada la hora de apelar a los pueblos.

PARTE IV. MÁS ALLÁ DEL DERECHO INTERNACIONAL

a)-El Tribunal Russell

En la década de los sesenta del Siglo XX, la intervención bélica cada vez mayor de los Estados Unidos en Vietnam, el incremento de los bombardeos a la población civil con sustancias infernales, la destrucción de los cultivos de los vietnamitas y el envenenamiento de sus tierras, etc., no encontraban freno por la vía diplomática. En el seno de la ONU se planteaban iniciativas que al final eran vetadas por el representante de los Estados Unidos en el Consejo de Seguridad. En esas circunstancias, el portador de la dignidad del Mundo fue el llamado Tribunal Russell, nacido por iniciativa del filósofo inglés Bertrand Russell, quien a los 95 años de su edad convocó a un grupo de intelectuales y políticos conscientes para que examinaran y juzgaran, en el plano moral, los actos del gobierno y del ejército de los Estados Unidos en Vietnam. Y así fue como se formó el llamado ‘Tribunal Internacional contra los crímenes de guerra’, que empezó a funcionar en Londres el 15 de Noviembre de 1966, y realizó sus sesiones de trabajo en Estocolmo y en Roskjilde, Suecia, durante el año 1967. El Tribunal volvió a sesionar en Bruselas y Roma en 1973 y 1974, entonces bajo la presidencia del senador italiano Lelio Basso, para conocer de los crímenes cometidos por las dictaduras latinoamericanas; y posteriormente ha continuado operando bajo el nombre de ‘Tribunal de los Pueblos’ con la participación de Leo Matarasso, Jean Ziegler, Luigi Ferrajoli, François Rigaud y otros.

  • A la formación de esos tribunales no concurrieron los líderes de las llamadas ‘Naciones Civilizadas’: no estuvo allí el General De Gaulle, ni el Canciller Konrad Adenauer, ni la Reina Isabel de Inglaterra, ni Mitterrand, ni Giulio Andreotti. Sus integrantes fueron algunas personas de buena voluntad, como el escritor francés Jean Paul Sartre, el senador italiano Lelio Basso ya mencionado, y el propio Bertrand Russell. A sus debates se negaron a asistir los representantes de los gobiernos cuestionados; sus sentencias fueron oficialmente ignoradas. En definitiva, en opinión de los juristas convencionales (entre ellos muchos internacionalistas), aquello no fue nada; pero creo que todo hombre de buena voluntad sintió en aquel momento que esos simples ciudadanos: Russell, Sartre y los otros del Tribunal, asumieron la dignidad de todos los hombres y las mujeres del Mundo.
  • Estoy además convencido de que, de la bofetada moral que le propinaron el Tribunal Russell y el Tribunal de los Pueblos a las instituciones oficiales, nacieron, al cabo de los años, la iniciativa de la Corte Penal Internacional y, más importante aún: el actual movimiento popular mundial antibelicista, ambientalista, antimperialista y antiglobalizador.

b)-La opinión de los pueblos del Mundo como ‘tribunal’

  • No tengo, tal vez para mi desgracia, aquella fe jacobina en una especie de “infalibilidad moral de los pueblos”. Es decir, no creo aquello de que ‘la voz del pueblo’ sea ‘la voz de Dios’; sino que los pueblos, al tomar decisiones (importantes o no) pueden equivocarse de medio a medio, y tener luego que sufrir las consecuencias (es lo que, a mi juicio, le ocurrió a la mayoría de los votantes norteamericanos que reeligieron a Bush, y años después propiciaron la pesadilla de Trump, que aún no termina).
  • Pero sí creo que una democracia sana puede ser cada vez mejor; y que el Mundo necesita más democracia. Que en la medida en que la profundización de la democracia vaya haciendo posible que prevalezcan en la comunidad los intereses de cada vez mayor número de ciudadanos, en esa medida perderán terreno los viejos mecanismos de corrupción de las relaciones sociales. Es vital que los pueblos reemplacen a las camarillas corruptas que nos tienen al borde del abismo, y tomen la palabra en la conducción de las relaciones internacionales.
  • Ello podría significar, a grandes rasgos, la prevalencia de los sentimientos sobre los intereses. Un viejo secretario de Estado norteamericano, John Foster Dulles, pronunció hace más de cincuenta años una frase famosa: «los Estados Unidos no tiene amigos; sólo tiene intereses». Y hay que reconocer, por desgracia, que cualquiera de sus colegas contemporáneos pudo haberla dicho. Pero ahora podríamos contestarle: la Humanidad necesita urgentemente que las relaciones humanas se inspiren en sentimientos positivos (fraternidad, buena voluntad, respeto) y no en sórdidos intereses.
  • Nos advertía Norberto Bobbio que entre el gobierno de los hombres y el gobierno de las leyes, es prudente que optemos por el gobierno de las leyes. Eso está bien, pero con la condición de tener muy claro que también el gobierno de las leyes es siempre, en realidad, en el plano interno y en el plano internacional, un gobierno de los hombres en el que éstos han decidido gobernar (o se han visto obligados a gobernar) dentro del marco, los límites y las condiciones establecidos por las leyes y los tratados. Lo cual nos está señalando el carácter irremediablemente precario del afamado ‘gobierno de las leyes’. Si logramos que empiece a funcionar ¿Cuánto durará? ¿Hasta cuándo querrá seguir respetando las reglas el llamado a observarlas y hacerlas observar? ¿Hasta dónde llegarán los gobernados en sus esfuerzos por exigirle ese respeto? Es un equilibrio inestable, precario, que no puede nunca considerarse alcanzado para siempre, y debe ser vigilado constantemente. Pero ¿quién vigilará al vigilante?
  • Porque, en efecto, la Historia ha demostrado que los síntomas de la corrupción no tardan en presentarse y tienden a expandirse cuando el poder se concentra en pocas manos y aumenta correlativamente la distancia entre sus detentadores y la comunidad gobernada. Y viceversa, los síntomas de la corrupción tienden a disminuir cuando el poder es compartido por todos, pues en su verdadero sentido la democracia significa precisamente que el poder está, de manera sustancial (sufragio, referéndum, revocación, etc.) en manos de todos.
  • Karl Marx creía que cuando todos los hombres llegaran a ser libres e iguales, el Estado, es decir, la organización del poder político del mundo moderno, desaparecería. Porque, en efecto ¿puede el poder estar en manos de todos y continuar existiendo como tal? ¿Hasta qué punto podemos llamar ‘poder’ a la situación en que todos somos, a la vez, gobernantes y gobernados? Y entonces, en la medida en que, efectivamente, las iniciativas sean tomadas y las actividades sean ejercitadas de modo creciente por todos los ciudadanos, en esa medida el poder se transforma en autorregulación, deja de ser distancia y asimetría y, por ende, la posibilidad de la corrupción, el abuso y la prepotencia en las relaciones humanas se aproximaría al grado cero (aunque sin alcanzarlo nunca).
  • Cierto que estamos muy lejos de ese estado de cosas. Pero, de todos modos, me parece que el ejemplo del Tribunal Russell y su influencia en el largo plazo, es útil para mostrar la posibilidad de inducir a grupos cada vez mayores de ciudadanos a examinar las actuaciones de los gobernantes y expresar su criterio. De hecho la actual opinión pública mediatizada, que se expresó vigorosamente en relación con la guerra de Irak, es un verdadero tribunal donde se conocen día a día los hechos, se los valora y juzga con las pautas culturales vigentes. En palabras de Luigi Ferrajoli, pronunciadas a raíz de la agresión norteamericana a Irak

‘…ha hecho nacer el embrión de una sociedad civil mundial. De Melbourne a San Francisco, pasando por Roma, París, Berlín, Londres, Madrid o Barcelona, hemos visto materializarse en las calles y plazas de todo el mundo a un pueblo global concorde en la defensa de los mismos valores: la paz, los derechos humanos y la legalidad internacional…»

  • (véase Luigi Ferrajoli: La Guerra contra Iraq y el futuro del orden internacional, que es el Epílogo al libro colectivo ‘No en mi nombre” ; Trotta, Madrid, 2003; pág. 226.

Pero desde entonces han pasado veinte años, en los que hemos visto sucederse el Estallido de la Burbuja Inmobiliaria que trajo la Crisis de 2008, con el empobrecimiento mundial de las clases media y baja; y consecuencia de ella, el recrudecimiento de las olas migratorias desde el Tercer Mundo (Africa, América Latina) hacia el Primer Mundo (Europa, Estados Unidos) tuvo como respuesta una fuerte reacción defensiva de los ciudadanos comunitarios, y un crecimiento notable del neofascismo.

  • Cuando nos encontramos ante la triste aunque previsible situación en la que ni los diplomáticos de la ONU, ni de la UE, ni los de las potencias de Rusia y China, ni la Corte Penal Internacional son capaces de detener las acciones delictuosas del gobierno USA, ni de aplicarle las sanciones correspondientes ¿debemos poner nuestra esperanza en el despertar de una conciencia de los pueblos, que en decenios anteriores ha mostrado capacidad de expresarse y comunicar su rechazo de la política estadunidense de manera cada vez más perceptible y consistente? Pero ¿cuál es el estado actual de esa conciencia?
  • Fue evidente, en efecto, la existencia de un creciente desafío popular mundial contra aquella vieja política de codicia y engaños, y un rechazo generalizado con respecto de los actos de su gobierno, y de la ideología que los sustenta. En las cumbres sociales paralelas (como Seattle, Porto Alegre, Mar del Plata, etc.) los pueblos estaban superando las distancias de las lenguas y las fronteras, y empezaban a marchar al unísono para repudiar las piñatas de los poderosos y las guerras inicuas. Pero en la actualidad me parece que dicho impulso se ha debilitado. El éxito final de esos movimientos ya no lo veo como posible a corto o mediano plazo, en el estado actual de las cosas. Lo deseable posible, en el corto plazo, sería por el momento poder conjurar la guerra en Ucrania y sus imprevisibles consecuencias. Pero ¿quién lo intenta ahora, en la línea de las pacatas recomendaciones de Angela Merkel?
  • Tenemos que reconocer que no bastará con frenar o moderar los designios de expansión de Putin, ni el empeño de la OTAN en cercar a Rusia. Porque los Estados Unidos, Rusia, Biden y Putin sólo son, también ellos, ominosos signos vitales de aquel fenómeno de la desigualdad y la inequidad de las relaciones humanas que nos tiene abatidos desde hace milenios, porque viven también dentro de cada uno de nosotros: no habrá paz entre las naciones ni entre las personas mientras predomine en el Mundo una mentalidad clasista y discriminadora que nos separe y nos contraponga como naciones, como credos, como estratos sociales; mientras se propicie la justificación de la desigualdad y se estimule el espíritu excluyente y depredador frente a los demás; y mientras exista un sistema institucional como el Capitalismo, que no sólo permite sino que acepta, presupone, requiere la explotación de un Estado por otro, de un ser humano por otro.
  • En suma, tenemos que admitir que, mientras las personas estemos dominadas por ideologías desigualitarias (como la nacionalidad, la piel, la religión, los ingresos) que subyacen y sustentan al sistema capitalista, continuaremos construyendo relaciones sociales asimétricas, corrompidas y corruptoras, y el poder desnudo seguirá humillando el texto de las mejores constituciones y las mejores leyes, tanto en el plano interno como en el plano internacional.
  • Aprendamos a ver claro para liberarnos de semejantes ideologías, y atrevámonos a intentar relaciones humanas democráticas y, por ende, solidarias y sin fronteras, hasta sus últimas consecuencias.
  • Y termino entonces adoptando a nuestro discurso la célebre fórmula de Radbruch:
  • No se trata de lograr un individualismo y un capitalismo mejores, sino algo ética y científicamente mejor que el Individualismo y que el Capitalismo. No se trata de seguir buscando un Derecho Internacional mejor, pero mediado por los Estados Nacionales, sino de la construcción de un Derecho de los Pueblos y de una Democracia universal, mediante la promulgación de una Constitución de la Tierra.