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Etiqueta: Walter Antillón

Al juez Fernando Cruz Castro

Walter Antillón, abogado

Con ocasión de la puesta de su retrato en el Salón de Presidentes de la Corte Suprema de Justicia, el magistrado Fernando Cruz nos dejó un discurso pletórico de vivencias, de recuerdos y de agudas observaciones, expuesto con palabras admirables, llenas de la discreción, la sabiduría y la modestia que son el saldo de su vida, consagrada al estudio y al trabajo de operador de la Justicia a nivel supremo. Él termina evocando al escritor ruso Antón Chéjov, para decirnos que repasando su vida, no visualiza haber alcanzado en ella «victorias notables».

He decidido escribir estas líneas porque discrepo del sentir de don Fernando en relación con este punto; y porque además estimo que se trata de una cuestión crucial en los tiempos que corren, que no debe pasar en silencio. El discurso de don Fernando está dirigido a todos los funcionarios judiciales del País, y muy probablemente lo leerán también los ciudadanos conscientes. Por ello es imperativo que todos ellos sepan, y que quede constando para la posteridad, que el magistrado Fernando Cruz ha cosechado en su vida claras y notables victorias en el campo de la justicia, la institucionalidad y la democracia; no sólo mediante sus conocimientos jurídicos y su cultura humanista, vertidos en sentencias destinadas a perdurar en los anales de la jurisprudencia, sino también con decisiones que revelan su rectitud y su coraje frente a las presiones y amenazas de las poderosas fuerzas políticas que gravitan ominosamente sobre la institución judicial. Los jueces, fiscales y defensores a lo largo y ancho de nuestro territorio, y especialmente los que inician la carrera, deben estar enterados de esas victorias que, no siendo espectaculares (como los logros deportivos), tienen un significado trascendente en los destinos de nuestro pueblo. Quiero recordar algunos casos:

1.- Durante los años 2007 y 2008 fueron aprobados el TLC y sus leyes complementarias. Para lograrlo, se empeñaron a fondo el presidente Oscar Arias, su gabinete y sus diputados, así como gran parte del empresariado nacional, la prensa unánime (excepto el Semanario Universidad), la Embajada y el propio Gobierno de los Estados Unidos; y no escatimaron los medios (recordar el infame panfleto de Casas y Sánchez). La Sala Constitucional se plegó paladinamente a los deseos y a los planes oficiales, haciendo la vista gorda frente a las numerosas y graves inconstitucionalidades de aquellos instrumentos, a excepción de los magistrados Gilbert Armijo y Fernando Cruz, que salvaron los votos cuantas veces comprobaron sus inconsistencias.

Los magistrados, en Costa Rica, han sido frecuentemente calculadores y complacientes con el poder, porque solían ‘deberle el puesto’ a los dirigentes políticos y porque, al depender su permanencia de la decisión de los diputados, sienten que su posición institucional es endeble. Por eso es para mí una gran victoria que dos de ellos, frente a la enorme presión de los medios, de las cúpulas políticas y del propio Imperio Estadounidense, hayan decidido cumplir con su sagrado deber: aplicar libre e imparcialmente la Constitución. También fue una gran victoria de estos dos ciudadanos contra sus propios temores: el temor a ser despedidos, a ser marginados, a ser desprestigiados; el mero temor de enfrentarse día con día, permanentemente, a la mayoría interna y extrainstitucional. El ejemplo de ellos dos para los jueces que inician labores es claro: la misión más esencial del juez es el control jurídico del poder, y debe cumplirla con total independencia e imparcialidad, sean cuales fueren los intereses y las influencias en juego.

2.- Naturalmente, aquella digna actitud de los minoritarios Cruz y Armijo tenía que recibir un castigo ejemplar, de modo que, transcurrido un tiempo, vino la alevosa reacción de los politicastros, en la forma de varios intentos por expulsarlos de la Sala Constitucional; para sentar un precedente, pero también para reemplazarlos por personas complacientes, ‘amigables con el clima de negocios’, como dijo un diputado de ingrata recordación. Hace muchos años que don Gilbert Armijo dejó el cargo: cumplió con dignidad, pero ser mártir no es obligatorio. Don Fernando Cruz, pudiendo haberse jubilado, se quedó, soportando por mucho tiempo, con buen ánimo, el ostracismo interno, el aislamiento y los intentos de ninguneo de parte de algunos parvenus politiqueramente «correctos». Y esa ha sido también una gran victoria que debemos atribuirle: un triunfo de su firme conciencia civil sobre la mezquindad de sus enemigos, pero también sobre sí mismo: sobre sus legítimos deseos de disfrutar de un merecido descanso, de la privacidad de la vida en familia, del ocio creador. Poniendo aparte arrogancias y vanidades, él ha tenido claro que su presencia en la Sala es vital en los tiempos que corren, porque es el testimonio cotidiano, austero, del buen juzgar, en contraste con la frivolidad y la anárquica dispersión de las comisiones en que se ha sumido la mayoría, en daño de la salud institucional y de sus auténticas funciones.

Confío en que la posteridad le hará justicia, que nuestro pueblo le hará justicia. Porque, a pesar de los nubarrones que se acumulan amenazadoramente en el horizonte, tenemos que seguir luchando para que otro mundo sea posible.

Naranjo, enero de 2025.

Carnet 785

Lawfare: reflexiones sobre una nueva calamidad judicial

Walter Antillón

1.- Preámbulo

Tendemos a postular la justificación de nuestros apetitos y exigimos la contención de los ajenos. A ese impulso obedece el hecho de que siempre, desde hace miles de años, los detentadores del poder hayan querido controlar la justicia, ya sea administrándola en persona (como el legendario rey francés, bajo la encina), o delegándola en vasallos sumisos, a fin de que esa justicia justificara el poder, pero nunca se volviera contra él. Y la historia nos muestra que los detentadores del poder han conseguido con creces perpetuar su dominio y control sobre la justicia, al punto de que bien se puede afirmar que las garantías culturales e institucionales de una justicia independiente e imparcial son en realidad un fenómeno muy reciente; y rigen, con limitaciones y contratiempos, en un grupo aún limitado de países.

Esto último ha sido así porque, en lo que atañe a la justicia, tampoco marcharon bien las cosas en la Europa ilustrada, después de la Revolución Francesa: se adoptó el deficiente modelo napoleónico de subalternidad de la justicia dentro del gobierno; y en el siglo XX este modelo condujo fácilmente a la infame anti-justicia que se implementará hasta el fin de la Segunda Guerra Mundial en todo el territorio de la Europa ocupada por el nazi-fascismo y dictaduras afines (España y Portugal).

Derrotado el fascismo, se impuso entre los intelectuales demócratas una reflexión acerca de la naturaleza de la función jurisdiccional y las condiciones de su ejercicio que tomó fuerza sobre todo en la doctrina europea, y llevó a un grupo de juristas a la convicción de que era necesario e impostergable:

a) confiar institucionalmente a los jueces, más allá de su rol tradicional de conocer de los procesos civiles, penales y comerciales de los ciudadanos, un cometido transversal esencial: proteger los derechos fundamentales de las personas y someter el ejercicio de los poderes (político o fáctico) a los principios del Derecho de la Constitución y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos;

b) crear un órgano administrador autónomo que asegure la garantía institucional de la independencia interna y externa de cada juez; y

c) incrementar una cultura humanista y un hábito de independencia en los jueces: sin eso no era posible satisfacer aquella exigencia esencial. Porque la independencia del juez requiere que su garantía institucional sea sostenida desde dentro, es decir, desde la conciencia, mediante una actitud personal celosamente honesta e independiente por parte de cada juez.

Pero esto no se implementó en América Latina, la cual continuó anclada a una mala versión del modelo napoleónico: durante más de un siglo, aquí veníamos contentándonos a medias con una administración de justicia que era y sigue siendo, en el mejor de los casos, la administración de un orden funcional a los intereses de las oligarquías; porque éstas controlaban y aún controlan las cúpulas judiciales por la vía del nombramiento politiquero de los jueces superiores. Aunque los constituyentes latinoamericanos, eufemistas incorregibles, suelen salir del paso redactando artículos como, por ejemplo, nuestro 154 Constitucional, que declara falazmente que en Costa Rica el Poder Judicial es independiente de todo otro Poder, y sólo está sometido a la Constitución y a las Leyes.

Lo cierto es que nuestras oligarquías, expertas en usar su poder político y económico para defender sus intereses y sus privilegios, subordinando para ello a cualesquiera de los llamados Poderes del Estado, han empleado al respecto diferentes instrumentos, tales como la hegemonía político-cultural, las mayorías parlamentarias, la presión financiera, el soborno, la represión policial, la prevaricación judicial y fiscal, el golpe de Estado, etc.

En los últimos decenios hemos visto con alarma el crecimiento de los casos de manipulación sistemática de las funciones judiciales en nuestra América, al servicio de la persecución y el acoso de los adversarios políticos. A esto se le ha dado el nombre de lawfare: la guerra jurídica. Pero este nombre tiene su historia.

2.- El Lawfare, según la doctrina norteamericana

Creo que el término lawfare lo inventó el general estadunidense Charles Dunlap Jr. en el año 2001 (Law and Military Interventions: Preserving Humanitarian Values in 21st Conflicts; Washington, 2001; del mismo autor: Lawfare; en ‘National Security Law; Durham, 2015; e Introducción a la guerra jurídica. Manual básico; Revista Militar; Washington, agosto de 2017), pero con un significado muy diferente al que le hemos dado en Latinoamérica. Para él, el lawfare es la invocación del Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Internacional Bélico (es decir, de los Convenios de Ginebra y otros) por parte de los enemigos, para criticar, descalificar e incluso enervar las acciones militares de los Estados Unidos.

En el mundo anglosajón, el tema desencadenó una avalancha de escritos para tratar de precisar el sentido exacto del neologismo, entre los cuales destaco el artículo de la profesora Susan Tiefenbrun, de la Facultad de Derecho de San Diego, California, titulado Semiotic definition of ‘Lawfare’ (Journal of International Law; 2011).

Según la profesora Tiefenbrun, lawfare “…es un arma destinada a destruir al enemigo, usando, desaplicando y abusando del sistema legal y de los medios de comunicación, para producir el clamor del público contra ese enemigo…” («Lawfare» is a weapon designed to destroy the enemy by using, misusing, and abusing the legal system and the media in order to raise a public outcry against that enemy).

Como podemos apreciar de la definición transcrita (pero eso queda aún más claro en la Conclusión del artículo, que recomiendo leer), a través de su investigación, la profesora Tiefenbrun confirma el significado del término fijado originalmente por el general Dunlap, de modo que el arma (weapon) a que ella se refiere consiste en la invocación, por uno de los contendientes, de los textos legales que tutelan los derechos violados con las operaciones militares del otro contendiente (que, de hecho, han sido casi siempre los Estados Unidos), a fin de poner a la opinión pública en su contra . Nos queda claro, en el contexto, que tanto el general Dunlap como la profesora Tiefenbrun están pensando en términos de defensa de la imagen internacional de su país, frecuente agresor, y en la manera de conservar la eficacia de sus operaciones militares.

Resumiendo,

i) el contexto dentro del cual se sitúa el ejercicio del lawfare es la guerra convencional, con ejércitos, bombardeos, etc.

ii) uno de los beligerantes comete lawfare, es decir, recurre a la guerra jurídica cuando usa o abusa de la invocación de instrumentos jurídicos para denunciar supuestas violaciones cometidas en el transcurso de la guerra por el otro beligerante, a fin de influenciar la opinión mundial en contra de este último.

Estos ilustres filibusteros, el general y la profesora, deploran que se invoque el Derecho Internacional humanitario para denunciar acciones bélicas violatorias cometidas por los Estados Unidos (warfare). A ese acto de invocar la protección del derecho lo han llamado lawfare: guerra jurídica.

3.– Lawfare según la doctrina latinoamericana

Todos aquí sabemos que, en los últimos años, el término lawfare se ha comenzado a usar en Latinoamérica para describir un tipo de acción que combina la manipulación de las actuaciones fiscales y judiciales en el proceso penal, —principalmente en supuestas causas de corrupción—, coordinadas con noticias y mensajes en los medios de comunicación y redes sociales, todo orientado a desprestigiar a los opositores para descalificarlos en el terreno político.

Como podemos ver, se trata de un escenario radicalmente diferente del que describen los citados escritores de Estados Unidos. En realidad, lo que los estudiosos latinoamericanos han definido con el nombre de lawfare es, de acuerdo con autorizadas opiniones:

“… el uso de procesos legales para inmovilizar políticamente o destituir a quienes ocupan cargos públicos en un país. La palabra combina los términos law (‘ley’, ‘derecho’) y warfare (‘guerra’, ‘conflicto’), y se traduce del inglés como ‘guerra jurídica’. Consiste en usar el sistema judicial de un país con fines partidistas, contrarios a la separación y la independencia de poderes y de las provisiones del Estado de derecho. En definitiva, es el arma política de tratar esas mismas cuestiones por vía judicial…”

(Patricia Moreno, de EOM de Madrid: ¿Qué es el lawfare?, Madrid, 2023)

“… el uso político del sistema judicial para lograr la muerte política y jurídica de lxs políticxs progresistas en la región. Con la muerte política se busca erosionar el poder de lxs enemigxs políticxs, deslegitimarlxs y convertirlxs en los causantes de todos los males, desacreditarlxs, manchar su imagen política, arruinar sus carreras. En fin, convertirlxs en muertxs políticos. Al mismo tiempo se busca su muerte jurídica, es decir, inhabilitarlxs legalmente para participar en política (…) La pregunta obligada es entonces ¿quiénes son los verdugos de estas muertes políticas y jurídicas? Los verdugos son cuatro viejos poderes: el judicial, el mediático, el corporativo y el internacional…” (Valeria Vegh Weis: Página/12, setiembre 2023)

Entonces tenemos que,

a) el contexto dentro del cual se sitúa el ejercicio de este otro lawfare es el Estado en cuyo territorio interactúan ambos adversarios políticos.

b) Uno de los adversarios realizaría lawfare cuando consigue utilizar el sistema judicial para lograr, por virtud de la condena de parte del juez coludido y una adecuada campaña de prensa, la eliminación o la postergación política del otro adversario.

4.- La Prevaricación política

En realidad, se trata de la versión moderna de un viejo fenómeno, de uso inveterado y de alcance mundial, pero ciertamente presente en Latinoamérica: la prevaricación del juez con fines políticos. Si consultamos en cada país, encontraremos que hace cincuenta, cien años o más, ya se daban casos judiciales en que los jueces, confabulados con los políticos, han prodigado condenas contra los opositores, con el objetivo de neutralizarlos o destruirlos políticamente, con o sin acompañamiento de prensa.

Por ejemplo, el primer candidato presidencial de izquierda que hubo en Costa Rica, el abogado y académico Félix Arcadio Montero, después de las elecciones de 1884 en las que se reveló su fuerza electoral, al año siguiente fue acusado falsamente de complicidad en un atentado contra el Presidente de la República, y fue condenado sin pruebas a la pena de destierro, a fin de alejarlo de la palestra política. Y el asunto no terminó allí, sino que, poco tiempo después, don Félix Arcadio fue envenenado en el barco en el que regresaba a Costa Rica, y su cuerpo fue arrojado al mar.

Otro ejemplo: en 1949 el gobierno del dictador golpista peruano Manuel Odría promovió acusaciones penales contra el líder Víctor Raúl Haya de la Torre atribuyéndole varios delitos comunes, con el fin de oponerse al asilo diplomático otorgado a Haya de la Torre el año anterior, por parte del gobierno de Colombia, y forzar su entrega al Perú.

Como podemos apreciar, nada de esto es propiamente una “guerra judicial” (lawfare): lo que hay en estos casos es más bien una modalidad de prevaricación judicial con fines políticos que, en la actualidad, viene acompañado por una campaña mediática. Creo por eso que un nombre más adecuado para llamar al fenómeno en estudio es precisamente el de prevaricación política, que usaré de aquí en adelante, sin perjuicio de que después hallemos otro mejor. Entonces la diferencia que podemos notar entre aquellos ejemplos de siglos pasados y la actual prevaricación política es que ésta conforma una operación más compleja, diseñada expresamente, la cual suele involucrar a nuevos personajes, además de los gobernantes y los jueces, tales como los servicios secretos de alguna potencia, las transnacionales, la oligarquía criolla, más los políticos y la prensa a su servicio.

En lo que atañe a la historia de Latinoamérica, la modalidad de prevaricación política llamada lawfare que hemos venido sufriendo con mayor frecuencia ha sido una operación prevalecientemente dirigida, financiada o asesorada por los aparatos de inteligencia de USA y ejecutada por los gobiernos oligárquicos, que usan a los jueces y a la prensa para descalificar a los políticos de izquierda y así detener la difusión y el avance del socialismo. Pero obviamente, también un gobierno de izquierda puede usar a jueces y medios de prensa dóciles, para impedir a sus oponentes ganar elecciones, utilizando también sentencias antijurídicas y campañas de prensa maliciosas.

En todo caso, algo hemos progresado, porque recordemos que, con aquel mismo propósito antidemocrático e imperialista, en la segunda mitad del siglo pasado los Estados Unidos propiciaron y prodigaron sangrientos golpes de Estado en Nicaragua, Guatemala, República Dominicana, Brasil, Uruguay, Bolivia, Paraguay, Chile y Argentina; y remataron con el patrocinio de la llamada ‘Operación Cóndor’, a fin de coronar su obra civilizadora.

Pero los pueblos son obstinados: después de aquellos horrores, las izquierdas volvieron a ganar elecciones en muchos países; y ya no era políticamente correcto repetir los cuartelazos, las dictaduras, las desapariciones, los asesinatos, etc. Entonces aparecieron los ‘golpes blandos’ a través de operaciones no cruentas (o no tan cruentas), por aquello de los derechos humanos y del “qué dirán” internacional. Y específicamente se ha venido recurriendo a un proceso jurisdiccional espurio combinado con una campaña de prensa, para conseguir condenas y descalificaciones, y a esto se le ha aplicado el nombre de lawfare, como quedó dicho arriba.

Todos conocemos la lista de las víctimas de este nefasto mecanismo, encabezada por el actual Presidente de Brasil Luiz Inácio Lula da Silva, pero que incluye muchos otros personajes de la política latinoamericana: Cristina Fernández, de Argentina, Rafael Correa, Jorge Glas y sus colaboradores, de Ecuador, Dilma Rousseff de Brasil, Manuel Zelaya de Honduras, Bernardo Arévalo y otros dirigentes guatemaltecos, Mauricio Funes de El Salvador, etc.

En suma, se urdió la combinación entre dos piezas: un proceso judicial delictuoso, pero formalmente correcto (pieza básica) y una campaña publicitaria mendaz (pieza complementaria) cuya credibilidad se apoya precisamente en el prestigio del que tradicionalmente ha gozado, y pese a todo aún goza el proceso judicial.

5.- El análisis jurídico

Así las cosas, el análisis nos muestra en primer lugar un juez que, en el ejercicio de sus funciones, dicta una resolución contraria a derecho, integrando precisamente una variedad del tipo penal del delito de prevaricato. Porque éste, como figura general, consiste en la resolución de un funcionario público deliberadamente contraria a derecho, dirigida a causar un beneficio o un daño indebidos.:

El artículo 357 del Código Penal de Costa Rica describe ese delito del siguiente modo:

ARTÍCULO 357.- Se impondrá prisión de dos a seis años al funcionario judicial o administrativo que dictare resoluciones contrarias a la ley o las fundare en hechos falsos.

Si se tratare de una sentencia condenatoria en causa criminal, la pena será de tres a quince años de prisión.

Lo dispuesto en el párrafo primero de este artículo será aplicable en su caso, a los árbitros y arbitradores.

Ahora bien, el ilícito que aquí interesa es el que, típicamente, comete el juez penal, cuando tramita un proceso y dicta una sentencia condenatoria contra un dirigente político, con plena conciencia de que es violatoria del orden normativo (tipo o figura que hemos llamado prevaricación política, no específicamente descrita en nuestro Código Penal); proceso y condena acompañados de una campaña de prensa, con el propósito principal de obstaculizar o destruir la carrera política de aquél, así como la marcha ascendente de su partido al poder.

Un análisis de lege ferenda, de los otros elementos de la especie fáctica descrita sería, poco más o menos:

Los sujetos activos, que suelen ser: una potencia injerencista, empresas nacionales y/o transnacionales (instigadores, cooperadores), el gobernante o la cúpula política (autores mediatos); el juez (autor material) y el periodista (coautor accesorio).

Los sujetos pasivos son: el dirigente político condenado, el partido político al que pertenece, y la comunidad ciudadana.

Los bienes jurídicos tutelados: se trata de un delito pluriofensivo, puesto que viola simultáneamente la administración de la justicia, los derechos civiles y políticos del dirigente objeto de la persecución judicial, y de su partido; y el derecho de la comunidad ciudadana a vivir en democracia.

6.- ¿Qué hacer?

Esa prevaricación política que llamamos lawfare es, en la actualidad, un peligroso obstáculo para la democracia y una gran desgracia para nuestros pueblos, pero ¿cómo combatirla?

Para empezar, no creo que exista un remedio a corto plazo, dadas las dimensiones macro-político-económicas del fenómeno mismo y de algunos de sus protagonistas: ¿cuándo destruiríamos las transnacionales? ¿cómo derrotaríamos a los Estados Unidos? Eso llevará tiempo.

Pero en cambio me parece que para el mediano y largo plazo (que podría ser decenios), tenemos un diagnóstico y un remedio que recaen en otros protagonistas que sí podemos llegar a controlar: el juez y el periodista.

Porque el corazón de la operación en que consiste esa “prevaricación política” está en las actuaciones delictuosas del juez, que constituyen una modalidad del delito de prevaricato regulado en el Código Penal.

Para esos efectos, el diagnóstico se centra en el modelo de Poder Judicial vigente en Latinoamérica: porque uno de los problemas más graves de nuestro Sub-Continente es la precaria independencia de sus jueces, y frecuentemente de sus fiscales y de sus jueces superiores: los mismos que revisan los fallos de sus inferiores en grado, y cuyas sentencias suelen recaer en asuntos de vital importancia para el pueblo, y son inapelables.

Si los jueces superiores, para asegurarse la permanencia en sus cargos, o por ambición, entablan relaciones secretas de colaboración con personajes de la gran empresa o altos dignatarios políticos, se convierten en potenciales perpetradores de tantas prevaricaciones. Recordemos al fiscal brasileño Sergio Moro, verdugo implacable de Lula da Silva, premiado por Bolsonaro con el Ministerio de Justicia.

Entonces, si resulta evidente que el corazón de todo el entero mecanismo del llamado lawfare es la prevaricación del juez, en el mediano y el largo plazo es posible desmontar eficazmente ese mecanismo, eliminando la precariedad y la inestabilidad de los jueces, rodeándolos de garantías institucionales seguras y consistentes y dotándolos de una cultura adecuada a la naturaleza y a la altura de sus augustas funciones. La clave es, entonces, institucionalidad y cultura judicial:

i) la institucionalidad consiste en el buen funcionamiento de un Consejo Superior de la Magistratura de base democrática, realmente separado e independiente de los poderes políticos y fácticos;

ii) una cultura humanista que sustente la dignidad del cargo y estimule el sentido de independencia puede ser suministrada por las Escuelas Superiores de la Magistratura que, por ejemplo, en el caso del Brasil, ya están operando.

Y un discurso parecido se puede hacer en relación con el periodista, hoy enajenado las más de las veces dentro de estructuras que no domina (y que generalmente son funcionales a los intereses de la oligarquía) pero que está llamado por naturaleza y vocación a reivindicar su libertad y su lucha por los derechos humanos.

No tengo varita mágica, sólo las anteriores, modestas observaciones. Pero, a pesar de las ominosas señales del presente, sabemos que otro mundo es posible.

Libros de referencia:

María Inmaculada Ramos Tapia: El delito de prevaricación judicial, Tirant lo Blanch, Valencia, 2000.

Elisa M. Gûidi Clas: La prevaricación judicial en España y en el derecho comparado, Bosch, Barcelona, 2006.

Miguel Díaz y García Conlledo: Autoría y participación. Revista de Estudios de la Justicia –Madrid, 2008

Charlotte Back: Derecho Penal del enemigo (político). En C. Proner, G. Cittadino, G. Ricobom y J. Dornelles (Comps.), Comentarios a una sentencia anunciada. El proceso de Lula. Clacso, 2018

Atilio Borón; Tirado, A.; Lajtman, T.; García Fernández, A. y Romano, S. (2019). EEUU. y la asistencia jurídica para América Latina y el Caribe. Celag.org. https://www.celag.org/eeuu-y-la-asistencia-juridica-para- america-latina/

Charles Dunlap: Law and Military Interventions: Preserving Humanitarian Values in 21st Conflicts; Washington, 2001;

Id : Lawfare; en ‘National Security Law; Durham, 2015;

Id : Introducción a la guerra jurídica. Manual básico; Revista Militar; Washington, agosto de 2017

Andrei Josan, C. (2015). Hybrid wars in the age of asymmetric conflicts. Review of Air Force Academy, 1.

Tullio Padovani: Vita, morte e miracoli dell’abuso d’ufficio. Giurisprudenza Penale, Milán, 2020

Silvina Romano: Lawfare y neoliberalismo en América Latina (Revista Sudamérica, diciembre de 2020)

Bartolomeo Romano: Il “nuovo” abuso di ufficio. Pacini, Pisa, 2021

Susan W. Tiefenbrun: Semiotic definition of ‘Lawfare’ (Journal of International Law; 2011).

Domenico Pulitanò: Il giudice e la legge penale ; Questione Giustizia, Milán, 2017

Raúl Zaffaroni, Cristina Caamaño, Valeria Vegh: Bienvenidos al lawfare: manual de pasos básicos para demoler el derecho penal (Capital Intelectual, Buenos Aires, 2020).

Giovanni Fiandaca – Enzo Musco: Derecho penal. Parte general. Temis, Bogotá, 2021.

 

El poder por encima del derecho (la tragedia de Cuba)

Walter Antillón

“Escucha pues -dijo Trasímaco-: sostengo que lo justo
no es otra cosa que lo que conviene al más fuerte”

(Platón: La República; Parte I, 338ª, c )

         1.- Libre determinación de los pueblos

Año 1945. Al término de la Segunda Guerra Mundial con la derrota del nazi-fascismo, los Estados victoriosos lideraron la fundación de la Organización de las Naciones Unidas, con el propósito de mantener la paz y la seguridad internacionales, fomentar relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de libre determinación de los pueblos, al principio de igualdad de derechos, etc.; y era que ya en aquel momento el panorama conjunto de los países del Mundo presentaba un aspecto variopinto: repúblicas liberales junto a satrapías autocráticas; monarquías constitucionales con férreas dictaduras; repúblicas socialistas con principados orientales; monarquías teocráticas con federaciones republicanas. La nueva regla: diversidad; respeto recíproco; cada uno un voto en el seno de la flamante organización.

Entre los principios allí afirmados, precisamente el de libre determinación de los pueblos, que había sido ensalzado por el Presidente Wilson en 1919, era nuevamente reafirmado por el presidente Franklin Roosevelt y por el premier Winston Churchill en la Carta del Atlántico de 4 de agosto de 1941, donde ambos manifestaron que “… 3. Respetan el derecho que tienen todos los pueblos de escoger la forma de gobierno bajo la cual quieren vivir…”.

                El mentado principio era de vieja data: recordemos que estaba ya presente en los Tratados de Westfalia de l648; y comparece en la Constitución de los Estados Unidos de 1776 y en la Declaración francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789; para ser finalmente consagrado en el siglo XX como norma jurídica internacional en la Carta de la ONU, ya mencionada.

A partir de entonces sirvió de apoyo jurídico y moral a los movimientos en pro de la independencia de los pueblos africanos y asiáticos sometidos al dominio colonial (Resolución de la ONU: 1514 XV de 1960)

            2.- Prepotente e ilegítima reacción

Aunque de los Estados Unidos proviene la Carta Atlántica de 1941, y aunque dicho país haya sido uno de los principales impulsores de la Carta de las Naciones Unidas, su Presidente Dwigt Eisenhower se olvidó de la autodeterminación de los pueblos cuando orquestó con Gran Bretaña el golpe de Estado que depuso al Primer Ministro de Irán, Mohammad Mossadegh en 1953, (porque éste había nacionalizado el petróleo en su país); así como el golpe de Estado contra el Presidente socialista Jacobo Arbenz de Guatemala en 1954 (por haber intentado, entre otros cambios, una reforma agraria que afectaba los intereses de empresas norteamericanas). No es sorprendente, entonces, que cuando el movimiento revolucionario jefeado por Fidel Castro, que toma el poder en Cuba en 1959, se identifica como socialista, la misma Administración Eisenhower, valiéndose de su enorme poder económico y de la dependencia estructural de la economía cubana, inicia la política de presiones y represalias que, en una línea ascendente, se mantendrá hasta nuestros días. Todo comienza con la gradual disminución y final supresión de la cuota azucarera (1960-1962). Y recordemos que, con ocasión de la intervención cubana de las refinerías de petróleo, propiedad norteamericana, Eisenhower declara (julio de 1960) que nunca permitirá el establecimiento de un régimen dominado por el comunismo internacional en el Hemisferio Occidental”.

Pero lo cierto es que, ya el 17 de marzo de 1960, el mismo Eisenhower había ordenado a la CIA la organización de una unidad de guerrilla compuesta por exiliados cubanos, con el apoyo bélico de Estados Unidos, a fin de derrocar a la Revolución. Así se inicia la preparación de la invasión que tendrá lugar el 17 de abril de 1961 con el desembarco en Playa Girón (Bahía de Cochinos) de fuerzas de infantería y artillería, precedido por el bombardeo de varias ciudades cubanas por parte de aviones norteamericanos camuflados. Como sabemos, esa invasión fue derrotada.

Frente a la nacionalización de las industrias del azúcar, el cemento, las refinerías, la electricidad, los teléfonos y otras por parte de Cuba, la respuesta norteamericana es la prohibición de toda exportación a la Isla, excepto suministros médicos y alimentos (octubre de 1960). Y después del fracaso de Playa Girón, la Ley de Asistencia Exterior de la Administración Kennedy (octubre de 1961) prohíbe toda ayuda a países comunistas; y la llamada Proclama Kennedy prohíbe la importación de bienes de origen cubano (1962).

Por su parte, Cuba busca infructuosamente negociar con otros países: Canadá, Gran Bretaña, Bélgica; pero, como vimos, ya desde 1960 había iniciado un acercamiento con la Unión Soviética, China y Europa Oriental, que se concreta primero con la política de reemplazo de Estados Unidos, por parte de los soviéticos, en la compra de la cosecha azucarera cubana; y luego por una serie de convenios de intercambio, financiamiento y ayuda militar, para culminar en 1970 con el ingreso de Cuba en el COMECON (Consejo de Mutua Ayuda Económica) agrupación de países socialistas equivalente a la Unión Europea. Esta situación se mantuvo hasta los años noventas.

Después de la desaparición de la Unión Soviética y de la caída de los regímenes europeos de socialismo real, hechos que ponen al Régimen Cubano en dificultades extremas, el Congreso de los Estados Unidos promulgó dos leyes más, buscando asegurar su irremediable caída: la llamada Ley de la Democracia Cubana (Ley Torricelli) de 1992, que empeoró las sanciones económicas; y la Ley de Libertad y Solidaridad Democrática Cubana (Ley Helms-Burton) de 1996, que buscaba nuevas sanciones internacionales contra el Gobierno cubano. Dichas medidas, al conferir nivel legislativo a las sanciones, eliminaban también la posibilidad de que un presidente pudiera modificarlas o suprimirlas en el futuro.

En los años siguientes, y hasta la fecha, el bloqueo se ha perfeccionado y se ha intensificado sobre todo en las últimas administraciones de Trump y de Biden. Y el futuro no promete nada mejor.

3.- Una historia sugestiva 

Para entender lo ocurrido entre Cuba y Estados Unidos desde 1959 hasta nuestros días, es indispensable repasar, aunque sea someramente, la historia de la mayor de las Antillas a partir del Siglo XIX:

a. A diferencia de la gran mayoría de los países latinoamericanos, que lograron su independencia de España a comienzos de dicho siglo, Cuba no lo consigue sino al final, a través de un cruento proceso revolucionario que se extiende por más de treinta años. Pues, en efecto, en 1868 Carlos Manuel de Céspedes (Padre de la Patria Cubana) va a proclamar la independencia de la Isla, con la ayuda, en lo militar, del dominicano Máximo Gómez (quien durante esos 30 años luchó en Cuba contra el dominio español); y la primera Constitución de la Patria independiente fue redactada por Ignacio Agramonte y Antonio Zambrana un año después, dando así origen al proceso insurreccional que, con interrupciones y altibajos, se extenderá gradualmente y comprometerá la siguiente generación de patriotas (Antonio Maceo, José Martí, Calixto García).

b. Pero hay que recordar que en 1848, dos decenios antes del ‘grito de Yara‘ por Carlos Manuel de Céspedes, políticos y empresarios norteamericanos habían tratado de comprar la isla de Cuba. Al respecto, el historiador español Benedicto Cuervo (Universidad de Oviedo) relata lo siguiente:

“…En ese momento (1848) políticos importantes y hombres de negocios norteamericanos anhelaban la incorporación de Cuba como un nuevo Estado dentro de los estados del Sur esclavistas. Para ello se ponen en contacto con políticos y banqueros españoles reiteradamente (durante varias décadas) para intentar su compra por unos 100 millones de dólares. Al no conseguirlo por este medio, Estados Unidos apoyará a los insurrectos cubanos con entregas de armas, además de cuantiosas sumas económicas que entregarán los ricos hacendados cubanos a sus compatriotas establecidos en Nueva York para sobornar a diputados, periodistas, banqueros y comerciantes para que provocasen la intervención de Estados Unidos en el conflicto…” (Cuba: su difícil camino hacia la independencia: 1845-1898; La Razón Histórica, Oviedo, 1989).

c. En el año 1898, cuando los recursos humanos, económicos y militares de España se estaban agotando, y la balanza se inclinaba a favor de los independentistas al mando del generalísimo Máximo Gómez; la explosión en un barco norteamericano anclado en el puerto de La Habana provocó la intervención de EEUU, que declaró la guerra a España y la derrotó con facilidad, ocupando militarmente la Isla. El ejército revolucionario del héroe Máximo Gómez, que había luchado contra España hasta el final, entró en La Habana en 1889, y fue licenciado con todos los honores… bajo la ocupación norteamericana. Sometidos a esa abusiva presión, los constituyentes cubanos aceptaron en su Constitución la Enmienda Platt y el arrendamiento de Guantánamo, que todavía continúa. Y sabemos que cuando la Enmienda Platt quedó incorporada a la Constitución cubana, el gobernador yanqui de Cuba, general Leonard Wood escribió:

“Cuba está en nuestras manos y creo que no hay un Gobierno europeo que la considere por un momento otra cosa que lo que es, una verdadera dependencia de los Estados Unidos. Con el control que, sin duda, pronto se convertirá en posesión, en breve prácticamente seremos dueños del comercio del azúcar en el mundo” (Cintio Vitier, Ese sol del mundo moral, pág. 116; citado por Ernesto Limia Díaz: La Enmienda Platt: Una camisa de fuerza contra la Cuba mambisa. Cubadebate; 12 junio de 2021).

d. La gobernación militar del general Wood en Cuba duró hasta 1902, pero, en aplicación de la Enmienda Platt, un nuevo paréntesis de gobernación yanqui se repitió de 1906 a 1909, siendo gobernador esta vez el senador William Howard Taft (futuro presidente de Estados Unidos). Allí se iniciaron la corrupción y los sobornos en gran escala, que continuaron con ocasión de la apertura de los diferentes gobiernos cubanos a la inversión y al dominio del capital norteamericano.

e. En efecto, a mediados de la década de los cincuenta, Estados Unidos tenía 713 millones de dólares de inversión directa en Cuba (al cambio de la época), que era el 95 % del total de la inversión extranjera en la Isla. Entre sucursales y empresas madres norteamericanas, estaban, además de los principales bancos newyorkinos, el First National Bank of Chicago, las petroleras Texaco, Esso, Shell, Standard Oil; y muchísimas otras firmas conocidas: Coca Cola, Caterpillar Tractor, Abbot Laboratories, IBM, Xerox, Dow Chemical, John Deere, Cuban Electric Co., ITT Corp., North American Sugar, Moa Bay Mining Co., United Fruit Sugar Co., West Indies Sugar Co., American Sugar Co, Bangor Punta Corp., etc.

f. Al final, no hubo necesidad de comprarla. De hecho, Cuba era “casino y lupanar para el weak end de los norteamericanos”: estratificada y con segregación racial, la Cuba en donde los yanquis: funcionarios, estrellas de Hollywood, empresarios, tahures, residentes, mafiosos y turistas constituían una poderosa élite, a cuyos exclusivos clubes tenían acceso los miembros de la oligarquía criolla: un país con una fachada de refinamiento y grosera opulencia, que ocultaba la extendida pobreza y el analfabetismo de las clases populares.

                        En ese ambiente pretencioso y cambalachero se desenvolvía, como pez en el agua, el último sangriento dictador de la Cuba pre-revolucionaria: Fulgencio Batista, un verdugo y un ladrón que nunca sufrió sanción, embargo o bloqueo de parte del Gobierno Norteamericano.

            4.- La ONU y la autodeterminación de los pueblos

La Organización de Naciones Unidas fue creada con el propósito de consagrar la igualdad de los Estados y evitar las guerras y toda acción unilateral directa de un Estado fuerte contra uno débil, en forma de agresión, amenaza o cualquier otra acción ‘incompatible con los propósitos de aquella. Dice la Carta:

Artículo 1

Los Propósitos de las Naciones Unidas son:

            “(…) 2.- Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, y tomar otras medidas adecuadas para fortalecer la paz universal.

            3.- Realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión…”

Artículo 2.-

            Para la realización de los Propósitos consignados en el Artículo 1, la Organización y sus Miembros procederán de acuerdo con los siguientes Principios:

(…) 4. Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas.

Propósitos que se reiteran y se refuerzan en los artículos 55 y 56 de la misma Carta:

            “55.- Con el propósito de crear las condiciones de estabilidad y bienestar necesarias para las relaciones pacíficas y amistades entre las naciones, basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, la Organización promoverá:

  1. niveles de vida más elevados, trabajo permanente para todos, y condiciones de progreso y desarrollo económico y social;
  2. la solución de problemas internacionales de carácter económico, internacional en el orden cultural y educativo; y
  3. el respeto universal a los derechos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión y la efectividad de tales derechos y libertades.”

            56.- Todos los Miembros se comprometen a tomar medidas conjunta o separadamente, en cooperación con la Organización para la realización de los propósitos consignados en el artículo 55.”

Posteriormente el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del que también son partes los Estados Unidos, consagra puntualmente como derecho de cada pueblo, el propósito expuesto en el apartado 1) de su artículo 1:

            “…1.- Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de ese derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural …”

En las normas citadas, la autodeterminación de los pueblos ha sido elevada a principio fundamental del derecho internacional, reconociéndose su carácter general y vinculante erga omnes. Se trata del reconocimiento de un derecho propio de los pueblos políticamente organizados, expresión de su soberanía, cuyo correlato es el deber de los otros Estados de respetarlo y facilitarlo. En tales condiciones, los pueblos están facultados para actuar libres de cualquier género de presión u opresión en la determinación (como dice el Pacto) de su condición política y su desarrollo en la esfera económica, social, cultural.

Los pueblos se autodeterminan de diferentes maneras, emprendiendo para ello operaciones muy diversas: luchando por su independencia, si están sometidos a coloniaje (como los africanos); o dividiendo un Estado unitario en dos o más Estados nuevos (como Checoslovaquia); o, viceversa, ingresando a una confederación o a una comunidad de Estados (ingreso a la UE); o modificando su organización político-económica (China, Cuba), etc. Todas estas manifestaciones de autodeterminación son legítimas y están reconocidas y tuteladas por la normativa citada en la Carta de la ONU, en el Pacto de los Derechos y en otras fuentes subsidiarias.

Según el artículo 2 citado, toda forma de violencia entre los Estados es contraria al espíritu de la Carta, incompatible con sus propósitos, ya se trate de amenazas, agresión armada u otras medidas de presión desplegadas por un Estado poderoso contra otro más débil. En virtud de la igualdad jurídica de los Estados, cuando surge un conflicto, las partes deben recurrir a los medios disponibles en manos de los órganos que la Carta estatuye.

5.- El daño inconmensurable

Ahora vamos a lo nuestro: guiado por la vanguardia revolucionaria del Movimiento 26 de julio, cuyo comandante general era Fidel Castro, el pueblo cubano, en ejercicio de su derecho de autodeterminación, se liberó de la Dictadura de Fulgencio Batista el 1º de enero de 1959, y conformó el Gobierno Revolucionario que muchos países reconocieron, incluidos los Estados Unidos. Meses después, a través de sus órganos competentes, el Gobierno de la Isla se declaró socialista, con un respaldo popular masivo. Parecidos cambios, en circunstancias análogas o no, se han producido muchas veces en la historia: desde los acometidos por Sun-Yat-Sen (fundador de la República China) en 1912; o por Mao-Tse-Tung (fundador de la República Popular) en 1949; hasta los logrados por Charles de Gaulle (fundador de la V República Francesa) en 1958: todos con un enorme respaldo de sus pueblos. Se trató de operaciones extraordinarias (de muy diversa magnitud), preñadas de importantes consecuencias, perpetradas por los dirigentes, que los pueblos inspiraron, apadrinaron o respaldaron como auténticas manifestaciones de su libre determinación: operaciones legítimas, respaldadas por normas universalmente reconocidas.

            Empero, al margen de lo que estatuye el derecho vigente sobre autodeterminación, para el pueblo cubano estaba prohibido optar por la vía del socialismo, en razón de una norma no escrita, pero que, de hecho, se ha revelado más potente que la Carta de las Naciones Unidas: una norma específica derivada del “Destino Manifiesto” (Grundnorm del ordenamiento jurídico usano). Según dicha norma, por su disposición geográfica Cuba debe pertenecer a los Estados Unidos; de manera que, en vista de aquella pretensión libertaria de la Isla, había que hacerla regresar a su “dominio natural” sin escatimar los medios para lograrlo. Y esto explica la implacable, infinita perversidad de las medidas adoptadas por su verdugo durante los últimos sesenta años; sólo comparable con el contemporáneo proceso de sistemático despojo del territorio palestino por obra de Israel; y el exilio, la represión y el exterminio de sus habitantes.

Había que escarmentar al pueblo cubano, haciéndolo probar el hambre, la escasez, la frustración por tiempo indefinido, hasta que abjurara de sus ideales y repudiara a sus líderes; de modo que durante sesenta años, los Estados Unidos han ido tejiendo una abigarrada y creciente red de leyes, reglamentos, órdenes, listas negras, etc. para tratar de impedir cualquier proyecto de inversión extranjera en el país; hacer fracasar cualquier iniciativa que suponga un alivio o una mejora en las condiciones de vida, cada vez más precarias, del pueblo cubano; o las posibilidades de avance de la actividad científico-tecnológica, artística o deportiva; o de aplicación de estrategias de desarrollo económico y social, frustrando el crecimiento y la diversificación de la agricultura, de la industria o del comercio interno y exterior de Cuba.

El pueblo cubano ha soportado estoicamente los efectos severamente abrasivos del bloqueo, que inciden en su capacidad adquisitiva, en su acceso a los alimentos y bienes esenciales: ropa, servicios médico-quirúrgicos, medicamentos, artefactos domésticos. Jurídicamente ilegítimo, pero implacable, el bloqueo ha robado la alegría, el futuro y la vida misma a millones de cubanos de varias generaciones. En el largo camino muchos se han rendido: abandonan sus ideales, abandonan la isla para tratar de poner término a sus frustraciones, sus carencias, sus sufrimientos.

6.- El papel del jurista

Los juristas que, por definición, son los guardianes de la justicia ¿qué tienen que decir ante semejante ignominia? A ellos corresponde declarar, en primer lugar, que aquel acoso, aquella agresión es injusta y, como tal, intolerable. Desde el punto de vista jurídico, el bloqueo se ha ido configurando claramente como una gravísima violación continuada y redoblada durante más de sesenta años: la violación deliberada e impune de principios jurídicos llenos de vigencia como son los principios de soberanía y de libre determinación del pueblo cubano.

Porque, a la fecha de hoy, es un hecho patente, indudable, que el sistema de sanciones impuestas a Cuba por los Estados Unidos es ilegítimo y unilateral, perpetrado de espaldas al orden jurídico internacional; planeado y perpetuado alevosamente desde la impunidad del poderoso. Jurídicamente hablando, toda sanción (política, económica, militar) que se imponga a un Estado sólo puede emanar del Consejo de Seguridad o de la Asamblea General de la ONU. Y en este terreno tenemos que ya en 32 ocasiones la Comunidad Internacional, por una mayoría constantemente abrumadora, ha exigido a los Estados Unidos poner fin al bloqueo contra Cuba.

Y sabemos que, frente a esta exigencia, el claro mensaje que nos envía la gran Potencia, junto con su aliado Israel, es que el derecho Internacional no vale, no cuenta: lo que vale es la voluntad del poderoso: el poder desnudo, contra toda racionalidad y contra toda justicia. Y a estas alturas tenemos que aceptar que la iniquidad impune del gobierno norteamericano está a punto de triunfar sobre una Cuba que agoniza.

El derecho, como aspiración hacia la justicia, vale para todas las situaciones, o no vale en absoluto. La injusticia no puede ser aprobada, ni en lo grande ni en lo pequeño. Aceptar en silencio las violaciones al derecho no significa otra cosa que abjurar del derecho, de la juridicidad en general, de la justicia. Porque si la Carta de las Naciones Unidas sólo vale lo que un puñado de papeles mojados y arrugados ¿qué valor tendrán entonces los tratados internacionales en general, y las constituciones y las leyes?

Ante la pasividad de los juristas de todo el mundo frente a la tragedia de Cuba ¿debemos interpretar que el derecho y sus valores han perdido su vigor? ¿que fue correcto el allanamiento de la Embajada de México ordenada por el presidente Novoa? ¿que fueron correctas las barrabasadas de Trump y de Bolsonaro ante los resultados electorales en sus países? ¿que son correctas la paulatina apropiación del territorio palestino por Israel, y la dispersión, la expulsión y la eliminación de sus habitantes originarios?

El silencio y la pasividad que prevalecen mayoritariamente en la comunidad internacional de los juristas ante la tragedia de Cuba es uno de los rostros de la indiferencia del ciudadano globalizado de hoy; de la aceptación generalizada de la iniquidad, y de la renuncia de la juridicidad y de la justicia por parte de la Humanidad.

Callejón sin salida

Walter Antillón

Como cabeza de la organización estatal para impartir la justicia en Costa Rica, desde hace varios decenios la Corte Suprema ha venido errando en los fines y en los medios, en una demostración ‘muy humana’ de arrogancia, sometimiento e improvisación.

Hace mucho tiempo nuestro sistema judicial viene dando muestras inequívocas de obsolescencia, pero el grueso de los miembros de la Corte finge no advertirlo, porque sabe que, técnicamente hablando, uno de los cambios requeridos es la desaparición de sus propias potestades de dirección y gobierno del sistema (con el prestigio, los lazos y los anejos privilegios); lo cual para ellos, simplemente, no es negociable.

Costa Rica no está sola en esta deslucida situación: la acompaña todo el resto de Centro América y no pocos países del Sur en, los que hasta ahora el poder político y económico ha sido detentado por oligarquías o tiranos que no quisieron ni querrían vérselas alternando con órganos judiciales independientes y garantistas que, irremediablemente, les pedirían cuentas de sus actos.

A través de sus órganos especializados, como el Consejo y el Alto Comisionado para los Derechos Humanos y varias Relatorías Especiales, la Organización de las Naciones Unidas ha atesorado la mejor doctrina existente en materia de organización judicial. Y Costa Rica ha tenido el privilegio de que la ONU se haya interesado particularmente en los problemas de la justicia que el País está enfrentando, y ha ofrecido su ayuda para superarlos con criterios modernos y bien probados. Pero la Corte Plena le ha cerrado la puerta, y con ello se ha cortado a sí misma la salida, con una muestra inconcebible de ceguera y absurda prepotencia.

El problema para Costa Rica es que, a lo que parece, nuestra organización de justicia se está acercando al final del callejón, donde empieza a aparecer la sumatoria de las consecuencias de las improvisaciones y los palos de ciego, los abusos de poder, las indebidas tolerancias, el crecimiento de las frondas burocráticas, la sumisión al poder político, la maraña de las comisiones sin estrategia; la formación de bandos transversales con lazos politiqueros para ejercer el ‘lobbismo’ interno e interinstitucional: todo menos la simple y serena administración de la justicia, independiente e imparcial. Veamos algunos hechos significativos en orden cronológico:

  1. Año 2002, un hombre con influencias, Oscar Arias Sánchez, negocia con algunos magistrados de la Sala Constitucional una reforma de la Carta que le permitirá aspirar a la reelección presidencial. Esto (y otros hechos anteriores y posteriores) fue posible porque, como es vergonzosamente obvio, el sistema de nombramiento de magistrado coloca a éste a merced de las cúpulas políticas.
  2. Aprobado en 2007 el TLC con Estados Unidos, y sometidas sus leyes complementarias a escrutinio constitucional durante los años siguientes, el Presidente Arias negocia con el Presidente de la Corte para colocar a un asesor suyo como magistrado suplente en la Sala Cuarta, a fin de asegurar con su presencia el rechazo mayoritario de los recursos planteados contra dichas leyes (las correspondientes resoluciones de la Sala ostentan los honorabilísimos votos salvados de Fernando Cruz y Gilbert Armijo).
  3. Durante la década siguiente, profundizando la tendencia de las cúpulas políticas de subordinar la justicia a sus intereses, se suceden en la Asamblea Legislativa nombramientos y reelecciones de magistrados políticamente comprometidos, como fueron los casos de Jesús Ramírez, Luis Fernando Salazar, Carlos Chinchilla, Celso Gamboa y otros.
  4. En fecha 24 de marzo de 2016 el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas llamó la atención a Costa Rica sobre el tema de independencia judicial interna por procesos disciplinarios seguidos en la Corte Suprema de Justicia a un juez por aplicar criterios de convencionalidad e instó a “asegurar y proteger la independencia e imparcialidad de los jueces y garantizar que la toma de decisiones judiciales esté libre de todo tipo presiones e injerencias”.
  5. En setiembre del mismo año la Asamblea Legislativa cocina el nombramiento de Luis Porfirio Sánchez Rodríguez como magistrado de la Sala Segunda: pero la cosa estuvo consumada a trechos, con fórceps, en condiciones equívocas, quedando derrotadas dos candidatas especialistas con mucho mayor experiencia y preparación. Fue un nombramiento parte de una serie de nombramientos políticamente arreglados que tuvieron lugar en esos años, con el designio tramposo de domar a la Corte, ‘para tranquilidad de todos’. (Estaban recientes las condenas de los expresidentes)
  1. El escándalo del Cementazo, en su vertiente judicial, destapado en 2017, provoca la defenestración de tres magistrados de la Sala Penal (entre ellos, el Presidente de la Corte), y del Fiscal General, y una sanción para el veterano magistrado Ramírez: todos ellos atrapados en componendas con diputados, empresarios y personajes políticos. Este episodio mancha la hasta entonces impoluta imagen de la justicia costarricense; y desencadena la preocupación de los órganos especializados de Naciones Unidas: como se verá, las deficiencias judiciales de nuestro País concentrarán su atención en los años siguientes. Pero en la Corte Plena el asunto no pasa a más: todos miran para otro lado y el resto de los ‘lobbistas’ encaja el golpe y continúa sus actividades.
  1. En 2018 arranca la presidencia de Carlos Alvarado con la Ley de Fortalecimiento Fiscal, aprobada gracias al oportuno blindaje de la Sala Cuarta, y a pesar de una prolongada huelga general del funcionariado público. Es un nuevo capítulo del asedio neoliberal a nuestro Estado Social de Derecho.
  2. Entretanto, la Relatoría Especial de la ONU sobre independencia judicial, pasado un tiempo prudencial sin iniciativas de cambio de parte de la Corte, dirige “al Gobierno de Costa Rica” la nota OL-CRI 3/19 del 12 de julio de 2019, en la que lo insta a “adoptar y aplicar las medidas necesarias para garantizar que el proceso de selección y nombramiento de las altas magistraturas esté basado exclusivamente en criterios objetivos y transparentes y que tengan por objetivo asegurar la integridad, idoneidad y la formación o calificación idónea de las personas seleccionadas. Dicho proceso ha de adecuarse a los estándares y principios internacionales de la independencia judicial.” Para el gobierno de Alvarado y su mayoría parlamentaria la crisis judicial era ‘miel sobre hojuelas’, porque favorecía su estrategia neoliberal; de modo que la instancia del Relator Especial queda en el vacío.
  1. Con el control legislativo, la pasividad del Poder Judicial y la ayuda de la prensa, Alvarado consigue, entre otros golpes, debilitar las pensiones judiciales y las instituciones de la huelga y el sindicato, imponer la Regla Fiscal y tramitar una nueva Ley Marco de Empleo Público.
  2. Entre tanto, a fin de reforzar futuras gestiones, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, con fecha 23 de julio de 2020, instó “a todos los Gobiernos a cooperar con el Relator Especial y a prestarle asistencia en el desempeño de su cometido, a facilitarle toda la información necesaria que solicite, a responder sin dilaciones indebidas a las comunicaciones que les haga llegar, y a considerar la posibilidad de acceder a sus solicitudes para visitar sus países y de poner en práctica sus recomendaciones”.
  3. Pocos meses después, en la misma línea, la citada Relatoría Especial, mediante la nota OL CRI 3/2020 de 27 de octubre de 2020, aborda de nuevo el problema judicial de Costa Rica, para recomendar: “2. Que se impulsen los esfuerzos necesarios para cesar las amenazas a la independencia judicial causadas por intromisión en la autogestión del poder judicial, la regresividad de derechos sociales y económicos y que se adopten las medidas de derecho interno que sean necesarias para dejar sin efecto, y haciendo cesar, los actos causantes de las violaciones a la independencia judicial aquí establecidas. 3. Exhortar al Estado de Costa Rica a adecuar su legislación a los principios y garantías de la independencia judicial consagrados internacionalmente y resolver lo antes posible las acciones constitucionales que ponen en entredicho ciertas leyes”.
  4. Acogiéndose a una ‘invitación abierta’ de la Cancillería costarricense (Oficio DGPE-838-2019 de 29 de agosto de 2019), la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos anunció la intervención del Relator Especial Diego García Sayán en la sesión de Corte Plena del 24 de mayo de 2021, la cual fue agendada por la Secretaría de la Corte para las 9 am.; pero inesperadamente varios magistrados cuestionaron la intervención y finalmente votaron rechazándola por mayoría. ¿Cómo pudo pasar esto? Ese grupo mayoritario, con lujo de cinismo y desvergüenza, cometió la atrocidad de rechazar la intervención del Relator Especial que había sido gestionada por la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, pisoteando con ello reglas elementales de la. Comitas Gentium y colocándose al margen de la legalidad internacional, a la altura de un Daniel Ortega. Y lo hizo porque sabía que cualquier propuesta racional para modernizar la organización de la justicia, amenaza inexorablemente el poder al que dicho grupo se halla aferrado con uñas y dientes.
  1. Aquí necesito volver atrás: la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1997 creó los ‘letrados’ (abogados asistentes) de los magistrados (artículo 50) y autorizó a la Corte Plena (artículo 66) a formar comisiones permanentes, especiales y temporales; y estas novedosas disposiciones generaron cambios cualitativos insospechados en el paradigma y en el funcionamiento de la Corte misma, y de las Salas que la integran.
  2. Por el III Informe del Estado de la Justicia, correspondiente al año 2018, nos enteramos de que ya entonces las magistradas y los magistrados, junto con gran cantidad de otros funcionarios judiciales y extrajudiciales, y de ciudadanos particulares, presidían o formaban parte de 134 comisiones dedicadas a una gran variedad de propósitos.
  3. A la fecha de hoy, gran número de magistrados ha delegado en sus letrados el estudio de las causas y la redacción de las sentencias, actos que la Constitución y las Leyes les asignaron a ellos como su exclusiva función; y lo hacen para dedicar sus energías a la gestión de asuntos administrativos, parcial o totalmente ajenos a la misma. Y fue precisamente en vista de esas labores gerenciales que los magistrados decidieron, desde el año 2008, incrementar sus ya altos salarios.
  4. En esas circunstancias, era fácil suponer una tendencia difusa a la preterición de las funciones judiciales. De modo que, cuando en enero de 2024 la jueza Silvia Elena Arce Meneses demostró que los magistrados de la Sala II, empezando por su Presidente Porfirio Sánchez, arrastraban una mora de años en la solución de numerosos asuntos de su competencia (aunque cada uno de ellos dispusiera de cuatro letrados a su servicio), lo que hizo fue revelar el cambio perpetrado de paradigma: al margen de la Constitución, un sector de los magistrados de la Corte (que excede los de la Sala II) ha perdido el rumbo, pero se niega a admitirlo: se niega a admitir su extravío. Y al igual que lo ocurrido con la visita del Relator Especial, contra toda razón, incluso contra el parecer de la Dirección Jurídica, contra jurisprudencia inequívoca de la Sala Constitucional, (Sesión 08-2024 de 26 de febrero de 2024), once magistrados se encierran en su negativa, y decretan que la promovente no está legitimada para pedir que se ventile la llaga.
  5. Ahora tenemos que el mismo magistrado de marras, Porfirio Sánchez Rodríguez, sin intentar explicar su inexcusable atraso como juez, viene a pedir a la Asamblea Legislativa que el próximo 28 de agosto en curso lo reelija en su cargo por otros ocho años; y con esta noticia nos percatamos de que, de alguna manera, después de todo lo narrado, con este último caso se está cerrando una especie de círculo infame, porque es evidente que la candidatura del magistrado Sánchez fue decidida políticamente con anterioridad a la votación, y que, por encima de eso, él no se ha molestado siquiera en cumplir sus auténticas obligaciones. Generalmente no resultaba fácil no reelegir a un magistrado, pero las cosas pueden presentarse diferentes ahora que el voto es público y motivado. Son muchas y muy serias las inconsistencias del candidato Porfirio, las denuncias de su inconducta, acumuladas desde tiempos anteriores a su designación: en conjunto nos indican que ésta fue un desacierto, obra de la politiquería. Esto… ¿quién querrá refutarlo en el Plenario?

Un ratón rezagado

Walter Antillón

El 25 de abril de 2023 tuve que responder con unas palabras a las palabras de gratitud de las autoridades de la Universidad de Costa Rica, por haberles donado mi biblioteca personal. Ese acto, que me procuró a la vez placer y dolor, ya va alejándose aceleradamente en el tiempo; lo mismo que el profundo dolor por las muertes de mi amado Federico y de mi hermano/primo Rodrigo Madrigal, que inexorablemente van sumando meses, años. De eso estamos hechos: alguien dijo que somos la espuma de la ola que barre brevemente la playa y desaparece.

Cuando empezaba a hablar, vi que un pequeño ratón, un ratón rezagado, se alejaba del podio y se perdía entre las piernas de los presentes, y comprendí que las palabras son nuestra defensa contra lo efímero. Saramago se dolía de pensar que para miles de millones de personas en la Tierra su nombre y su obra no significaban nada. No comparto su pesimismo: el tiempo es olvido y es memoria (Borges dixit): mientras siga palpitando el pensamiento racional, habrá un hilo de eternidad en el Mundo.

De eso trataba mi breve discurso de la Biblioteca. Decía más o menos lo siguiente:

“Nada más quiero insistir en algunas cosas, sobre todo para los jóvenes.

  1. Realmente, el tesoro literario de la Humanidad es, posiblemente, la obra más maravillosa que los seres humanos han hecho en la historia. Naturalmente que, en una colección de libros hay muchos errores; o sea, no todo lo que uno escribe son aciertos. Yo incluso he comprado muchos libros sabiendo que lo que dicen no es cierto. Sabiendo que dicen lo contrario a lo que yo pienso (y que lo que yo pienso sí es cierto ¡además!).

Pero es que los errores son importantísimos. Es formidable recorrer las páginas de un libro equivocado, sabiendo que está equivocado. ¿Por qué? Porque uno palpa en el libro equivocado, mecanismos válidos, intuiciones felices. La persona está haciendo un gran esfuerzo por acertar. Él [o ella] no sabe que no acierta. Eso se sabe después (estoy hablando, sobre todo, de personas que vivieron hace mil años, o hace mucho tiempo). Pero lo que es extraordinario es el pensamiento humano. El inmenso esfuerzo de los seres humanos en la búsqueda de la verdad.

  1. Por eso también es importante que los estudiantes valoren este momento de su vida: el momento académico. El momento académico no es igual que otros momentos que tendrán. Después irán a las profesiones, al trabajo, y van a hacer muchas cosas. Pero el momento académico es único. Y es un momento mágico. Es el momento en que tienen la oportunidad de buscar la verdad de una manera desinteresada. Buscarla por ella. Después les va a costar mucho volver a tener esas cosas.
  2. Salvo que dediquen su vida a investigar. Si se dedican a investigar, tienen que saber que van a ser pobres, que eso no los hace ricos, ni medianamente ricos. Para nada. Que la suya va a ser [y debe ser] una vida austera. Sencilla. De grandes renuncias. Pero que tiene una felicidad interna absoluta, que es encontrarse con la verdad.

Así, por ejemplo, cuando uno está leyendo una obra, digamos, a un determinado filósofo, y está avanzando y no entiende, y le va costando. De pronto, entendió: de pronto, captó; y se le valoraron las cuarenta páginas anteriores de lectura, y casi adivina las páginas finales. Y esa es una felicidad absolutamente increíble, que no puede lograrse en otros campos, de otra forma.

Usted puede comprarse un auto caro, puede comprarse otras cosas lujosas. Nada de eso va a ser jamás parecido al goce de encontrar la verdad (bueno, la verdad que uno cree que es la verdad, quizás no lo sea). Pero, el goce intelectual –esto es lo que quiero decir- el goce intelectual sólo lo da ese esfuerzo. El esfuerzo de enfrentarse con un discurso de un ser humano que te reta; y tal vez podás comprender y podás coincidir.

Esos son placeres que la propaganda de todos los días en la tele, en las redes, en los otros medios, no menciona. Porque no los conocen. No tienen idea de que esas cosas existan. Pero esas cosas existen y son extraordinariamente hermosas. Y se encuentran en la universidad. Bueno nada más”.

Y sigue.

Para las abogadas y los abogados – mensaje de Walter Antillón

Walter Antillón, abogado
Carnet 785

Un grupo de colegas y otros profesionales, preocupados por la crisis que actualmente atraviesan la seguridad ciudadana y la justicia en nuestro país, se ha dado cita en la sede de nuestro Colegio el lunes 22 de abril a las 12 meridiano, y con el patrocinio del Presidente Don Francisco Eiter Cruz Marchena, se dispone a preparar la celebración de sendos seminarios sobre el estado de los servicios de Policía y de Justicia, a fin de preparar propuestas dirigidas a aclarar los gravísimos problemas y sus posibles soluciones, como un aporte de la sociedad civil costarricense representada por su clase forense.

Invito por este medio a las abogadas y los abogados de buena voluntad a que se sumen a esta iniciativa.

Naranjo, 17 de abril de 2024.

¿Adónde van, señoras y señores magistrados?

Walter Antillón

El 15 de febrero próximo pasado, la Jueza Silvia Arce Meneses planteó ante la Corte Plena, una denuncia contra los Magistrados integrantes de la Sala Segunda, por haber incurrido éstos en gravísimos atrasos en el trámite y decisión de varios (muchos) procesos laborales sometidos a su conocimiento, en fase de recurso. Y pocos días después, el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras del Poder Judicial (Sitrajud) pidió a la Corte que la investigación solicitada por doña Silvia fuera extendida a las restantes Salas.

1.- No hay sutileza en suponer que, con diversos matices, vamos a encontrar en las otras Salas situaciones más o menos semejantes o cercanas a la que presenta la Segunda. Al menos para mí, que desde hace muchos años sigo con atenta preocupación el errático proceder de nuestra Corte Suprema y sus ad-láteres, no es ninguna sorpresa el lamentable resultado objeto de la denuncia. Antes bien, casi diría que lo ocurrido se deriva de “la naturaleza misma de las cosas”, tal como han sido dispuestas.

Porque, además, los achaques del Poder Judicial no se limitan al reprochable atraso de los magistrados que ha sido revelado; ni siquiera a la mora general del servicio, de la que escapan muy pocos. En realidad estamos ante una benemérita Institución que, lastimosamente, hace agua por los cuatro costados: la ausencia de una política clara y unívoca; la presencia de magistraturas corruptas, fanáticas y/o politiqueras, al acecho de oportunidades que, de prosperar, nos hundirían como País; la proliferación desmedida de las comisiones aprobadas por la Corte Plena; la práctica paralización de los procesos de formación/capacitación/promoción de los jueces; el agobio de una obesa fronda burocrática; el acoso buro-disciplinario del juez de a pie (que es la verdadera cara de la Justicia); la inicua, alevosa sustitución de las reglas jubilatorias; la consiguiente estampida de personal judicial y técnico altamente calificado, y la incapacidad de reponerlo, aún a mediano plazo; y hay más.

2.- ¿Por qué hemos llegado a este punto, extremadamente crítico? Estamos jugando con fuego, porque hoy más que nunca necesitamos de una Justicia docta, independiente y de alta calidad moral, frente a Gobiernos impacientes por romper la institucionalidad democrática y el régimen de garantía de los derechos. Pero está claro que algo falló en el camino; y por inercia, ignorancia y conveniencias personales nos aferramos a un estado de cosas del que no surgirá nunca la solución, porque tal estado de cosas es parte del problema.

En efecto, estamos aferrados a una fórmula improvisada en la Constitución de 1859 y repetida en las sucesivas Cartas, hasta la fecha, de acuerdo con la cual los magistrados de la Corte serían nombrados por el Poder Legislativo, y la Corte misma (entonces tres magistrados) sería la jerarca del sistema, compuesto en aquel momento por media docena de jueces.

Desde los remotos años que siguieron a la Guerra del 56, hemos cambiado constantemente: cambiamos el coche de caballos y las postas de correo por el automóvil y el teléfono; la pluma de ganso por el computador; el sinapismo de mostaza por los antibióticos; etc. ¿Por qué, sin embargo, seguimos apegamos a aquella antigualla constitucional? Según parece, porque forma parte del laberinto del poder, que ha permitido a las cúpulas políticas influir interesadamente en el sistema judicial.

3.- Yo tuve la oportunidad (y el honor) de haber sido magistrado suplente en los años setenta (antes de que empezara el desbarajuste), durante la Presidencia de don Fernando Baudrit; y recuerdo que, a excepción del tiempo destinado a la sesión de Corte Plena cada lunes por la tarde, durante la semana los magistrados se concentraban, sin letrados, en el estudio de sus recursos de casación (no estaba aún la Sala Constitucional). Y entonces eran famosas, perfectamente identificables por su sello personal, las redacciones de sentencias de un Coto Albán, de un Baudrit; como lo fueron años atrás las redacciones de don Antonio Zambrana, don Víctor Guardia o don Enrique Guier Sáenz. No se trata de ignorar el paso del tiempo, pero ¿por qué en los países más civilizados la Justicia conserva aquella austera fisonomía, a pesar de sus grandes cambios organizacionales?

A partir de los ochentas, a pesar de la velocidad del crecimiento cuantitativo y la complejización experimentada, por ejemplo, con las reformas procesales y la irrupción de los temas constitucionales, la Corte y el País mismo tuvieron la brillante oportunidad de liderar la marcha hacia una auténtica renovación que pusiera la administración de la judicatura en manos de un órgano nuevo, al nivel de los supremos poderes, y devolviera finalmente a los magistrados al ejercicio exclusivo de sus competencias jurisdiccionales, de acuerdo con el mandato constitucional que les compete.

Pero aquella Corte, enajenada a la sazón por la golosina del poder y la figuración (tiempos de Cervantes y Mora) mantuvo a troche y moche la vieja estructura centralizada de poder; a la que, sin embargo, de hecho le fue agregando retazos y apéndices, bajo la ficción de que todo estaba bajo control. En esas, vino el tiempo de la expansión presupuestaria (las vacas gordas), junto con los préstamos del BID y los financiamientos específicos para algunos proyectos aparentemente atractivos e importantes; y con el cambio del Siglo tomó fuerza el nefasto modelo de lo que podríamos llamar una “matriz de comisiones”, que ha terminado por hacer de los magistrados activistas sociales, y ha puesto en claro el avanzado grado de obsolescencia de la Corte Plena.

En alguna de las últimas reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial, los magistrados habían obtenido la posibilidad de contar con auxiliares “letrados” para soportar la carga judicial; pero ahora hasta los letrados están sufriendo el recargo de las numerosas comisiones que cada magistrado preside.

4.- Como lo he escrito antes, estimo que las comisiones inter-institucionales (salvo que sea entre jueces) son incompatibles con el sereno ejercicio de la judicatura, porque crean el riesgo de los vínculos afectivos y los compromisos políticos o personales. Por lo demás ¿cuáles fueron los argumentos que movieron a la Corte a volcarse masivamente a operar en comisiones, dispersándose en un creciente alud de iniciativas y minimizando inevitablemente el ejercicio de sus competencias constitucionales? Hasta donde alcanzo a entender, la idea (pretexto) inicial era multiplicar las posibilidades de acción de la Corte Plena, para la mejor solución de los problemas operativos propios de la función jurisdiccional. Pero se les fue de las manos.

Según datos de 2018, consignados en el III Informe del Estado de la Justicia, las magistradas y los magistrados, junto con gran cantidad de otros funcionarios judiciales y extrajudiciales, y de ciudadanos particulares, formaron parte de 134 comisiones, desde el 2014. Pero ¿había una estrategia, una idea rectora?

A pesar de las discretas pero claras advertencias sostenidas en los cuatro Informes del Estado de la Justicia, las comisiones se fueron multiplicando hasta invadir varias de las metas de los planes quinquenales; con lo cual, en su momento, la Unidad Ejecutora del segundo proyecto Corte-BID y la misma Presidencia de la Corte, perdieron la exclusividad en la conducción de la reformas originarias.

Según el mismo Estado de la Justicia, muchas y muchos magistrados participan, junto a otras personas, en la toma de decisiones administrativas en los distintos consejos/comisiones: presiden el Consejo Superior, el de la Judicatura, etc., y pueblan las comisiones de trabajo, que encabezan o integran junto con otros funcionarios. Y con distintos alcances, según la índole y las dimensiones de cada comisión, estas instancias gestionan recursos y dictan lineamientos para áreas de trabajo muy importantes, con considerable independencia y en forma paralela con la Corte Plena, la cual ahora se reúne ordinariamente cada mes.

Volviendo al comienzo de este artículo, la verdad es que, en el nuevo ambiente laboral que predomina en lo que otrora fue el ámbito de la justicia, no resulta sorprendente que los aludidos Magistrados de la Sala II hayan incurrido en graves incumplimientos a su deber primordial de administrar justicia pronta. Aunque cada uno de ellos contara con cuatro letrados a su servicio, la cantidad y diversidad temática de las comisiones que deben presidir, o a las que tienen que asistir, es abrumadora y dispersiva. ¿Se imagina el lector a José Antonio Martín Pallín o a Perfecto Andrés Ibáñez (ahora eméritos) del Tribunal Supremo de España; o a Branca, o a Zagrebelsky de la Corte italiana, enfrascados en una comisión “para asesorar políticas en el tema de firma digital”, odel Patronato de Construcciones y adquisiciones de bienes de adaptación social del Ministerio de Justicia y Paz”?

En vez del ambiente de recogimiento que evoca la delicadísima tarea de administrar justicia en un alto tribunal colegiado, la frecuentación cotidiana de múltiples comisiones orientadas ya hacia el activismo social, ya hacia la técnica financiera, o hacia el diagnóstico psico-social, etc., (como ocurre precisamente con la ‘Comisión para dar seguimiento a la implementación de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas’; o con la ‘Comisión encargada de actualizar el protocolo para la atención en situaciones de crisis’; o con la Comisión que analizará el tema de las abstenciones en la Sala Constitucional’: las tres formando parte de un grupo de 22 comisiones, a cargo de uno de esos Magistrados de la Sala II) es el pasaporte seguro al desconcierto y a la depresión de la persona afectada, para no mencionar el desperdicio irresponsable de los fondos públicos que, si nos pusiéramos a sumar, habrá alcanzado dimensiones colosales.

5.- ¿Y los problemas ‘específicamente judiciales’ del Poder Judicial? ¿La rigurosa formación de los jueces? ¿El control lógico-jurídico de la calidad de las sentencias? ¿La transmisión/adopción de los hábitos de austeridad y pulcritud moral del juez independiente, que labora sine spe, sine metu? De esto pocas palabras, migajas sueltas en la hojarasca de las flamantes comisiones.

¿Hacia dónde van ustedes, señoras y señores Magistrados? ¿Cómo pudieron olvidar que, por principio de razón, la figura del juzgador ocupa el centro del universo judicial, y que su función es nada más, pero también nada menos que la administración de la Justicia, tal como lo prescriben los artículos 152 y 153 de la Constitución Política?

En dichos textos se lee, en efecto, que corresponde exclusivamente a los jueces y los magistrados el ejercicio de la potestad jurisdiccional, “juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado”; que en ejercicio de tal poder/deber conocen y deciden los procesos jurisdiccionales; y que el conocimiento y decisión de dichos procesos consiste en la tramitación y el pronunciamiento sobre el fondo de cada asunto planteado por las partes, las cuales pueden ser personas privadas o públicas, etc.

Pues bien, el IV Informe sobre el Estado de la Justicia (2022) continúa señalando que, con todo y la balumba de las omnicomprensivas comisiones, las asignaturas pendientes siguen siendo la mora judicial, los costos y la productividad.

Dice el Informe:

“…El Poder Judicial logró mantener la continuidad de sus servicios durante la pandemia, pero la concentración de funciones administrativas en la Corte Plena acentuó sus efectos negativos sobre la gestión judicial durante el período analizado. (…) Las reformas de ámbitos jurisdiccionales no han logrado resolver problemas estructurales en la gestión de sus servicios, además los factores extrajudiciales han limitado eficacia en los cambios. (…) La virtualización de los servicios judiciales refuerza la necesidad de conocer el perfil de las personas usuarias e incorporar sus demandas en la mejora de su gestión.(…) La inteligencia artificial y el análisis automatizado de texto pueden ayudar a sistematizar la jurisprudencia, pero su aplicación está en una fase incipiente…” (págs. 31 y 32).

Entonces uno de los mayores problemas que enfrenta hoy el Sistema Judicial Costarricense es que las energías aplicadas en el mundo de las comisiones están obstaculizando el tratamiento y solución de los problemas jurisdiccionales centrales, que deben ser, si no la exclusividad, con mucho la prioridad para quienes lideran la Corte Suprema.

En un elevado número, las comisiones actualmente vigentes son de índole extra-jurisdiccional: caen fuera del círculo de las competencias judiciales establecido por la Constitución. De modo que si la Corte Suprema en Pleno sigue poniendo todos sus empeños en tareas para-jurisdiccionales o extra-jurisdiccionales, al precio de abandonar, soslayar o preterir sus competencias fundamentales, esa conducta constituye, entre otras perlas, un ilícito que viola el orden constitucional de nuestro Estado de Derecho.

Hay que poner remedio a esta aberración.

Ni amigos, ni pares, ni adversarios: la distancia del juez

Walter Antillón

1.- Desde hace años he venido observando una práctica que me parece institucionalmente incorrecta y que consiste en que, cada cierto tiempo, Ministros o funcionarios de los Ministerios de Justicia, o de Seguridad Pública, han convocado al Ministerio Público, o personalmente al Fiscal General de la República, a participar en reuniones heterogéneas (a veces con participación de la DEA u otros cuerpos policiales extranjeros) para discutir y convenir en políticas, tácticas o campañas dirigidas a combatir ciertas formas de delincuencia que, se estima, amenazan la vida o la seguridad de los ciudadanos. Mi discrepancia se funda en que la Fiscalía es el órgano de la Justicia que con absoluta autonomía e imparcialidad ejercita la acción penal, esto es, la función requirente del Estado, contra cualesquiera personas sin distinción, según el mérito de la causa; de manera que sus agentes, por elementales reglas de higiene institucional, deberán sustraerse de toda ocasión que pueda conducirlos a participar en planes de cooperación o acciones conjuntas con otros cuerpos funcionariales de donde puedan resultar situaciones de influencias, empatías o sentimientos afines con funcionarios públicos nacionales o extranjeros; funcionarios a quienes eventualmente, el día de mañana, los fiscales podrían estar llamados a acusar como presuntos autores de delito (como, por lo demás, ocurre con alguna frecuencia).

2.- Ahora bien, en los últimos tiempos, y particularmente en el actual Gobierno, se ha recaído lamentablemente en dicha práctica, pero en grado mayor, cuando se convoca a los señores Presidente de la Corte Suprema de Justicia y Fiscal General de la República, junto con Diputados, Ministros y otros, a reuniones de urgencia en Casa Presidencial; reuniones lideradas por el señor Presidente de la República con el justo empeño de detener la ola de violencia que viene padeciendo nuestro País. Me parece que la última de dichas convocatorias ha tenido lugar el 3 de octubre del año próximo pasado (ver “elmundo.cr” del 2 de octubre citado).

3.- Igualmente ahora, y con mayor razón, los ciudadanos debemos señalar lo gravemente incorrecto de dicha práctica. El ejercicio independiente e imparcial de la potestad jurisdiccional del Estado (en sus formas judicante y requiriente) que ejercen en forma ordinaria jueces, magistrados, fiscales y defensores del Poder Judicial, consiste en la aplicación de la Constitución y las Leyes a los casos concretos sometidos a su conocimiento; de manera que perseguir y cumplir objetivos como “combatir”, “detener” o “contener” actos individuales o procesos sociales precalificados como dañinos, peligrosos, etc., son, por definición, ejecución de políticas criminales, lo cual es actividad radicalmente ajeno a la esfera de competencias de aquel Poder.

Tanto es así que, por ejemplo, como resultado del proceso jurisdiccional seguido contra una persona, podría ocurrir, tanto la condena penal de ésta, como también su absolución, con eventuales cargos criminales contra las autoridades que torpe y maliciosamente la implicaron en el caso; porque jueces y fiscales, al examinar objetivamente la conducta de un imputado, también tienen el deber de detectar e identificar los eventuales abusos e infracciones de las autoridades que intervinieron en el caso, y proceder de conformidad.

4.- Las anteriores consideraciones vienen primariamente respaldadas en la tradición liberal y garantista del constitucionalismo moderno, de matriz ilustrada (Locke, Montesquieu). Y al respecto los ciudadanos tenemos el deber de destacar y señalar el amplio desarrollo que en nuestra época ha experimentado la clásica doctrina de la separación entre las funciones y los poderes supremos del Estado.

Porque, en efecto, dichas funciones e instituciones/poderes han sido objeto de renovados análisis doctrinarios, con notables resultados a partir de la consideración de las dos grandes dimensiones de la fenomenología de la producción jurídica, a saber:

  1. a) Una dimensión activa, que corresponde a la función general de gobernar (legislar y ejecutar a tenor de lo legislado) y se expresa en forma de voluntad, poder, innovación y disposición.
  2. b) Una dimensión no activa, que corresponde a la función general de garantizar secundariamente el derecho (juzgar), y se expresa como conocimiento, saber, conservación y constatación.

(ver, por todos, Luigi Ferrajoli: Principia Iuris. Teoria del diritto e della democrazia; Laterza, Bari, 2007; pág. 871 y sigtes.)

5.- La evolución institucional en los países más avanzados acusa claramente la tendencia a atenuar la distancia entre ambas instituciones representativas (parlamento y gobierno: legislar y administrar), conformando entre ellas una relación de condivisión funcional; y opuestamente, la tendencia a acentuar la distancia de las dos frente a la otra institución: la no representativa (judicial), cuya función (y también su legitimación) es garantizar el derecho, caso de fallar otras garantías de carácter primario.

Por ejemplo, la salud de los costarricenses goza de la garantía primaria de la Caja Costarricense de Seguro Social; pero si, debido a las alevosías de presidencias y directivas neoliberales que la apuñalan desde adentro, o corruptelas similares, la garantía primaria falla, bien sabemos los usuarios de las múltiples veces que la Sala Constitucional ha hecho funcionar la garantía secundaria.

6.- En conclusión, el carácter esencial, vital, de la función de garantía secundaria del Poder Judicial para asegurar el Estado Constitucional de Derecho y la vigencia de los derechos humanos de la población, nos obligan a extremar las salvaguardas de la independencia interna y externa, y la alta dignidad de cada uno de los jueces y magistrados de dicho Poder, así como del Fiscal General de la República y, plausiblemente, de los restantes fiscales y defensores.

7.- Ni amigos, ni pares, ni adversarios de los demás funcionarios públicos, los fiscales, los defensores, los jueces y los magistrados del Poder Judicial constituyen un orden aparte, cuya distancia y condición deben ser escrupulosamente respetadas; bajo pena de incurrir, en el más leve de los casos, en violación a las normas de corrección constitucional vigentes en todo país civilizado.

Imagen: UCR. 

El sindicato: promotor de los derechos humanos

Walter Antillón

            Sumario

  1. La contradicción (1)
  2. La empresa (3)
  3. La lucha
  4. Conclusiones

I. La contradicción:

I. Pienso que la relación institucionalizada entre capital invertido y trabajo asalariado es el fenómeno básico del Capitalismo Industrial:

a) Una relación nacida entre sujetos que son libres e iguales según la ley civil (Revolución Francesa y Código Civil);

b) aunque, de hecho, uno de ellos pertenece a un grupo minoritario de ciudadanos propietarios de los bienes de capital existentes en la comunidad (protección jurídica del derecho de propiedad;

c) y el otro sujeto sólo tiene su fuerza de trabajo, la que aporta a cambio de una remuneración dineraria determinada, dentro de una típica relación jurídica consensual y duradera (locatio-conductio operarum).

La explicación de este asunto debe empezar por una referencia a la empresa de negocios, para entender mejor las relaciones laborales que en ella tienen lugar. Entonces, de acuerdo con un esquema que comparten el liberal David Ricardo y el socialista Carlos Marx, el interés dominante del dueño de la empresa de negocios es la optimización de la ganancia que espera obtener. Esto coloca a los gastos necesarios para producirla, en una relación de recíproca exclusión respecto de aquella, en términos cuantitativos: a mayores gastos, menor ganancia, y viceversa: si querés mayor ganancia, bajar los gastos.

    Si por su parte, el interés dominante del trabajador asalariado es la optimización del salario y las otras prestaciones que recibe por su trabajo, a fin de tener una vida digna para él y su familia; entonces, la prestación del trabajo en la empresa colocará los dos intereses mencionados en una relación de contraposición: a mayores salarios y beneficios para los trabajadores, menor ganancia para el patrón, y viceversa: si querés más ganancia, entonces pagá menos salarios y menos beneficios a los trabajadores.

    La consecuencia de lo anterior será la inevitable formación de un clima de tensión: los trabajadores tratarán de evitar que un trabajo que consume el tiempo de su vida, sea retribuido con un ingreso que los condene a la escasez y a la exclusión, mientras sospecharán inequidad en los patronos, cuya riqueza permite a éstos una vida lujosa; y de su lado, los patronos alegarán su necesidad de mantener a flote la empresa y verán en los reclamos proletarios una amenaza constante para la incolumidad de su hacienda, de su derecho de propiedad y de su tren de vida.

    Ahora bien, en los albores del Capitalismo Industrial en Europa y Estados Unidos, con una estratificación social en la que los presidentes, los diputados, los ministros, los magistrados, los directores de policía, los dueños de los medios de comunicación y los grandes y medianos empresarios pertenecían todos a la burguesía o a una pequeña burguesía en ascenso, aquella desnuda contraposición de intereses entre trabajadores y patronos se resolvió obviamente a favor de estos últimos, cuya propiedad sobre el capital contó con la protección del Estado, frente a la frágil posición del trabajador. Y la Historia nos enseña que eso dio lugar a los innumerables, ignominiosos atropellos del tristemente célebre Capitalismo Salvaje. Pero fue precisamente durante ese período cuando tuvo su desarrollo la institución del sindicato.

    En efecto, en la primera mitad del siglo XIX, las fábricas con maquinarias movidas con vapor fueron el escenario en el que multitud de trabajadores no asegurados contra riesgos cumplían jornadas de trabajo de 18 horas diarias a cambio de salarios exiguos; el mismo escenario que frecuentemente vio cumplirse el despido inexorable de los trabajadores mutilados por aquellas máquinas, cuando durante las jornadas interminables se quedaban dormidos en plena labor. Pero es precisamente en la inevitable proximidad del ambiente de la fábrica que los reúne, donde aquella masa obrera desesperada va a buscar y encontrar las formas colectivas de lucha, y a descubrir la fuerza de la unión: a descubrir que la unión contra el abuso del poder hace la fuerza de los débiles.

    Porque el hallazgo más fecundo de aquella época fue precisamente esa comprobación de que cada trabajador, aisladamente, está indefenso frente al poder del patrono: esa indefensión es, entonces, el problema común de los trabajadores, y su remedio está, repito, en agruparse. Y fue entonces que se desarrolló la idea del sindicato, que es la agrupación permanente de los trabajadores de un mismo oficio o profesión, de una empresa, de una zona, etc., con el fin de luchar juntos por sus derechos e intereses; y también fue en esas mismas circunstancias que se desarrollaron los instrumentos, también grupales, de la huelga y de la convención colectiva laboral, como garantías secundarias de satisfacción de aquellos derechos e intereses.

    UNIR A LA CLASE TRABAJADORA SIGNIFICA VALORIZAR A LA PERSONA DEL TRABAJADOR.

    La doctrina jurídica de los contratos estipula que ninguna de las partes queda obligada si otorga su consentimiento encontrándose involuntariamente en situación de inferioridad con respecto de su contraparte; pero como en la relación laboral, la inferioridad de la posición del trabajador no es casual, sino estructural, el remedio, que es la intervención sindical, debe ser institucionalizado. El sindicato es unión, y cuando en 1970 se promulgó en Italia el Estatuto de los Trabajadores, el entonces Ministro de Trabajo Giacomo Brodolini declaraba que su Gobierno (socialista) estaba convencido de que

    “…no puede haber un clima de respeto a la libertad y a la dignidad del trabajador si el instrumento de representación y de autodefensa de los trabajadores, es decir, el sindicato, no es adecuadamente potenciado…”

    Esto es así porque el sindicato está llamado a procurar al trabajador lo que le hace falta para contratar con el patrono en condiciones de paridad. Entonces, en buena doctrina jurídico-laboral, los auténticos adversarios que, de hecho, se enfrentarán en paridad de condiciones para convenir las cláusulas que regirán el contrato de trabajo son el patrono y el sindicato.

    Dicho lo anterior, paso a hablar de la empresa de negocios, como agente económico-social en la Historia.

    II. La empresa

    1. El ascenso de la “empresa de negocios”

    Como organización en sí, la moderna empresa de negocios se incuba en la Baja Edad Media, usando inicialmente la forma de la antigua ‘commenda’ romana, y alcanza dimensiones muy respetables ya en el Siglo XVII, con las llamadas Compañías de las Indias Orientales y de las Indias Occidentales: verdaderas transnacionales al amparo de las monarquías colonialistas, que aportan un modelo avanzado de la sociedad por acciones, y subsisten prácticamente hasta el Siglo XIX

    2. Con avances y retrocesos, el proceso de consolidación de la empresa de negocios corre paralelo al del Capitalismo mercantil y al de la Primera Revolución Industrial; y se completa a lo largo del Siglo XIX, cuando todas las constituciones de Occidente, bajo el influjo de la Revolución Francesa, proclaman la libertad de empresa y la inviolabilidad de la propiedad privada. Es el tiempo del apogeo de la Revolución Industrial, del Liberalismo (con capitalismo salvaje) y del impulso colonialista de Europa (la celebrada ‘Carga del Hombre Blanco’ con respecto a los continentes ‘de color’, según el poema que Rudyard Kipling dedicó a la colonización de los Estados Unidos).

    3. A partir de entonces la empresa de negocios -en la forma dominante de sociedad por acciones- crece vigorosamente, cada vez más libre del tutelaje del Estado, y comienza a desplegar sus potencialidades: fusiones y transformaciones; creación de empresas subsidiarias, formación de carteles y grupos de interés económico, acciones en la bolsa, etc.

    4. Es así como las actividades privadas industriales, bancarias, comerciales, de transportes, etc., sustentadas en las doctrinas individualistas del “Homo Economicus” de la Economía Política Liberal, producen los primeros grandes millonarios del sistema capitalista, inaugurándose también con ello la era moderna de las colusiones entre empresarios y políticos. Todavía en el Siglo XIX las empresas no intentan enfrentarse y domeñar el poder del Estado, pero alcanzan sus objetivos convidando a los funcionarios y a los políticos al festín de las concesiones y los suministros.

    5. Y entonces, afianzada como fin en sí misma dentro de las comunidades nacionales modernas, la empresa de negocios aprende a maniobrar en los grandes espacios que autoriza el Estado Liberal; resiste y medra en el Siglo XX, durante los largos años del Socialismo Real y del Estado Benefactor; y al final, mediante la transnacionalización de los capitales, consigue ponerse relativamente fuera del alcance de los Estados, adoptando libremente sus propias políticas de desarrollo.

    6. Porque en ese momento ya las empresas pueden fácilmente desplazarse, en sentido físico y en sentido jurídico, a cualquier sitio del Mundo que les parezca conveniente, de modo que la amenaza de levantar vuelo de un país, con el consiguiente desempleo de grandes núcleos de la población de dicho país, debilita la posición de lucha de los trabajadores en general.

    7. Porque la tecnología industrial más avanzada va permitiendo cada vez más fácilmente reemplazar con unas pocas máquinas un número creciente de trabajadores.

    8. Porque precisamente en ese fin del Siglo XX se derrumbaron la Unión Soviética y los países europeos del socialismo real; y con eso el equilibrio del poder mundial se rompió a favor de las potencias capitalistas y pareció alejarse, casi hasta desaparecer, el peligro de un socialismo mundial.

    9. De modo que al finalizar el Siglo pasado la empresa de negocios se nos muestra en todo su poder: por ejemplo, la suma de las ventas anuales de las diez transnacionales más grandes supera el PIB total de ciento veinte Estados que constituyen el sesenta y cinco por ciento de los que forman la ONU; hace más de treinta años el producto interno bruto anual de la General Motors ya era mayor al de cualquiera de los países del Tercer Mundo, salvo Brasil, La India y México. Parece, pues, que para las transnacionales había llegado el momento de forzar un cambio en el ámbito institucional, y ese cambio será, por supuesto, a costa de los Estados débiles.

    10. Las cosas avanzaron por ese camino, porque es razonable suponer que tanto poder en tan pocas manos no podía asumir una posición neutral en la política del Mundo: a lo largo del Siglo XX los líderes de las empresas más poderosas de Occidente (sobre todo las financieras) fundaron organizaciones cuyo propósito era crear una influencia irresistible sobre los supremos poderes de los gobiernos de los Estados Unidos, la Unión Europea y Japón, los cuales a su vez, mediante las agencias internacionales bajo su control, dictaron las reglas a seguir por parte de casi todos los demás Estados del Planeta. Digo casi todos, porque China y Rusia y otros Estados acusan cada vez más fuertemente una tendencia a liberarse de la tutela de las grandes corporaciones transnacionales operantes a través del aparato formal de los Estados Unidos y la Unión Europea.
    LAS MULTINACIONALES FINANCIERAS HAN SOMETIDO EL PODER DE LOS ESTADOS AL PODER ECONÓMICO DE ÉLLAS.

    11. ¿Qué fue de la promisoria expectativa de aquella forma política llamada Estado Nacional, en su modalidad de Estado de Derecho, que sería el medio más eficaz de promoción humana y justicia social, cuyo último halagüeño nombre es el Estado Constitucional de los Derechos Humanos? Todo parece indicar que, de prevalecer la tendencia marcada por el Neoliberalismo impulsado por Estados Unidos y la Unión Europea, la forma Estado, junto con los valores de la Democracia y la Soberanía Popular desaparecerá en la mayor parte de los países subdesarrollados de Asia, África y América Latina, para dar lugar a formas neocoloniales de administración de personas y territorios, a cargo posiblemente de las grandes transnacionales; en vista de que, según se afirma en los cónclaves del Capitalismo, aquellos pseudo-Estados que inmerecidamente gozaron durante un siglo o dos de la condición de sujetos de Derecho Internacional, miembros de la Organización de las Naciones Unidas con iguales derechos que las Grandes Potencias, etc., no llegaron a sostenerse como Estados efectivos, por no alcanzar verdadera autonomía política y económica.

    III.- La lucha

    A. En el Mundo

    El Siglo XIX es un período muy complejo en la Historia de Occidente, pero uno de los aspectos que más lo caracterizan es el de las luchas obreras. Durante ese período que ve aparecer y difundirse el proceso de industrialización en la mayor parte de Europa Occidental y los Estados Unidos, paralelamente tienen lugar los episodios más importantes de la lucha obrera por remover los obstáculos que se erigieron, una y otra vez, para impedir su organización y su avance. Porque, en efecto, a lo largo del siglo XIX, un siglo que incluye:

    la Independencia de las Colonias Americanas de España;

    la formación del Imperio Napoleónico y su disolución;

    la Restauración Monárquica y la Santa Alianza;

    los amagos revolucionarios de los años treinta y cuarenta y ocho;

    el Segundo Imperio en Francia; la unificación de Italia; la Guerra Franco-Prusiana, la Comuna de Paris y la fundación del Segundo Reich Alemán por Bismarck, etc., a lo largo de ese siglo, a pesar de la salvaje represión que sufren constantemente sus reivindicaciones, con saldo de miles de muertos, los obreros europeos terminan consiguiendo el reconocimiento de sus derechos al sufragio, a la libertad de sindicalización y de contratación colectiva y al derecho de huelga, de parte de los Estados. Siguiendo esa trayectoria pudimos entonces presenciar cómo la sindicalización y la huelga pasaron alternativamente de ser calificados como graves delitos fuertemente castigados en los Códigos Penales, a ser declarados como derechos fundamentales de la persona humana, previstos y garantizados en las Constituciones de todo el Mundo Civilizado.

    Lo que sigue después de eso es que, pasada la Primera Guerra Mundial, en vista de que para entonces los trabajadores eran considerados insustituibles; de que habían aprendido a conformar y usar sus instrumentos de lucha; y sobre todo, en vista de que en 1917 había nacido en el Este de Europa un gran Estado Socialista (UNION DE REPÚBLICAS SOCIALISTAS SOVIÉTICAS), los capitalistas occidentales aceptaron la agenda de los trabajadores: salario mínimo, jornada de 8 horas, indemnización por despido, sindicatos, huelga, convención colectiva, etc.

    B. En Costa Rica

    Dos períodos de nuestra Historia

    b) el período 1920-1948, durante el cual crece constantemente el sindicalismo y la conciencia de clase de los asalariados costarricenses, bajo la guía inicial de la Confederación General de Trabajadores y el Bloque de Obreros y Campesinos; y después por la acción conjunta del Gobierno de Calderón Guardia, la Iglesia de Monseñor Sanabria y el Partido Vanguardia Popular: hasta 1948 hay más de 200 sindicatos de empresa inscritos en el Ministerio de Trabajo. Con tales antecedentes, el País va en la dirección de formar una clase trabajadora organizada y consciente de sus derechos; y

    b) el período 1948-1975, durante el cual los gobiernos persiguen, matan, detienen, aprisionan, despiden, exilian, anatematizan a los dirigentes, a los sindicalistas, a los trabajadores afiliados a sindicatos y al Partido Vanguardia Popular; prohíben ese Partido y la Confederación General de Trabajadores y eliminan del registro del Ministerio de Trabajo a 194 sindicatos, aduciendo como motivo (falso) que eran organizaciones anti-democráticas.

    Durante el cual la Iglesia Católica ahora los ataca en el ECO CATÓLICO y en los sermones dominicales de los curas, acusándolos de Ateísmo, Comunismo y Fascismo, apelando a su fe católica y amenazándolos con castigos humanos y divinos.

      Y los medios comerciales principales (Diario de Costa Rica y La Nación) descalifican diariamente el pensamiento de izquierda y a los gobiernos socialistas del Mundo; y en nombre de la Democracia alaban la política de los EEUU, a pesar de que participa en golpes de Estado y apoya a las dictaduras más brutales (Franco, Salazar, Trujillo, Somoza, Carías, Ubico, Martínez, Stroessner, Gómez, etc.).

      En este período 1948-1975, los únicos sindicatos que se sostienen al mínimo son los bananeros en algunas zonas rurales del País, y los incipientes primeros sindicatos del sector público. Una investigación realizada por Mario Blanco Vado y María Eugenia Trejos demuestra que en la Meseta Central y restantes zonas los sindicatos del sector privado prácticamente desaparecen, de modo que la gran mayoría de los trabajadores quedan indefensos frente a los patronos y sometidos a la presión ideológica del Estado, de la Iglesia y de la prensa diaria.

      Esa misma situación y esa misma presión va a pesar sobre las siguientes generaciones de asalariados en las siguientes etapas históricas, hasta el presente.

      2. Hay que hablar aquí del shock aplicado a los trabajadores por el Estado y los patronos.

      a) Figueres, Orlich y el Padre Núñez eran, aparentemente, menos reaccionarios de lo que fueron Otilio Ulate, Mario Echandi, José Joaquín Trejos Fernández y Luis Alberto Monge, pero estando en la Junta Fundadora con poderes amplísimos en 1948, no pudieron eludir la presión de EEUU de empezar a golpear con fuerza a las organizaciones comunistas, intentando destruir hasta los cimientos lo que ellas habían conseguido en el campo político y sindical.

      b) Durante la 2ª Guerra Mundial, en 1942 EEUU exigió a Calderón Guardia limpiar a CR de hombres con apellido alemán, con el fin de combatir el Nazismo; y Calderón deportó un numeroso grupo de ciudadanos de apellido alemán, mayoritariamente nacidos en CR: costarricenses por nacimiento.

      c) Durante la Guerra Fría, en 1948, EEUU exigió a Figueres y compañeros hacer desaparecer o poner fuera de combate a los comunistas y sus organizaciones, y Figueres & Cía cumplieron en gran medida la orden. Con ese fin, actuando Figueres & Cía sin los frenos contemplados en la derogada Constitucion del 71, practicaron terrorismo de Estado, persiguiendo, matando, encarcelando, exiliando y acorralando dirigentes y militantes políticos y sindicales, proscribiendo el Partido Vanguardia Popular, eliminando de un tirón la Confederación General de Trabajadores y cerca de 200 sindicatos organizados, casi todos en empresas privadas de la Meseta Central.

      d) Despidieron sin prestaciones a todos los empleados públicos conocidos o sospechosos de calderonistas o comunistas; y autorizaron por decreto a todos los patronos privados para que, sin temer consecuencias negativas, hicieran lo mismo con los empleados u obreros de sus negocios. De esa manera miles de trabajadores se vieron de pronto en la calle, sin ningún recurso de defensa.

      e) De ahí en adelante autorizaron a los patronos a practicar impunemente toda forma de persecución sindical, por ejemplo despedir a todos los trabajadores que intentaran formar sindicatos, o se lo propusieran a sus compañeros, o si comentaban, por ejemplo, que los salarios eran muy bajos. Y formaron listas negras para que los despedidos no fueran contratados por los otros patronos.

      3.- De los efectos sindicales, económicos y políticos del shock

              Los efectos de esta campaña de terror fueron devastadores:

      ¿QUÉ SE HIZO EL ESFUERZO DE AQUELLOS MILES DE TRABAJADORES COSTARRICENSES QUE EN LOS AÑOS 40s FUNDARON CIENTOS DE SINDICATOS EN LA MESETA CENTRAL, PARA LUCHAR POR SUS DERECHOS, CON EL APOYO DE LA CONSTITUCIÓN Y EL RECIÉN PROMULGADO CÓDIGO DE TRABAJO?

      ¿POR QUÉ RAZÓN SUS NIETOS Y SUS BISNIETOS, LOS COSTARRICENSES DE AHORA, RECHAZAN SUS DERECHOS A SINDICALIZARSE, A FIRMAR CONVENCIONES COLECTIVAS, A LA HUELGA, DERECHOS FUNDAMENTALES QUE LES BRINDAN LAS LEYES PATRIAS y los tratados internacionales, Y ACEPTAN, SIN LUCHAR, LA CONDENA A SER CADA VEZ MÁS POBRES Y POLÍTICAMENTE INSIGNIFICANTES?

      ¿EN QUÉ MOMENTO EL SHOCK DE LA REPRESIÓN Y LA PERSECUCIÓN PRODUJO ESOS TERRIBLES EFECTOS?

      ¿EN QUÉ MOMENTO LA MAYORÍA DE LOS ASALARIADOS COSTARRICENSES DEL SECTOR PRIVADO RENUNCIÓ MASIVAMENTE A EJERCER SUS LEGÍTIMOS DERECHOS, Y SE SITUÓ DÓCILMENTE EN EL QUINTIL MÁS POBRE DE LA BRECHA ECONÓMICA, COMO OVEJAS EN EL MATADERO?

      Los decenios del sacrificio forzado de los derechos sindicales de los trabajadores del sector privado de Costa Rica, que en su tiempo se tradujeron en desamparo e indefensión, y en la miseria y la desdicha de innumerables familias humildes, terminaron al cabo siendo concausa, retardada pero acumulativa, de la infame brecha económica que pone un abismo entre los ricos y los pobres. Pero pensar en aquellos decenios de sacrificio debe también mover la conciencia de los trabajadores costarricenses: enseñarles a identificar a sus verdaderos amigos, …y a los otros.

      Estoy convencido, además, de que el vacío político producido por la ausencia de una populosa clase trabajadora organizada y beligerante, que hubiera sido un fuerte interlocutor en la palestra política, poniendo en la balanza del poder el peso de sus legítimos intereses para sacar lo mejor de cada partido y de cada gobierno; repito: la ausencia de esa clase trabajadora unida y consciente que Costa Rica bien se merecía por sus tradiciones de civismo, hizo posible lo que podemos llamar LA DERECHIZACIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL, por el deslizamiento y la degradación de un socialcristianismo y una socialdemocracia ideológicamente anémicas y sin contrapesos, hacia aquel neoliberalismo oportunista y chapucero que ha sido la tónica de quienes nos han venido gobernando:

      a) Con las consecuencias político-jurídicas disolventes que hoy se reflejan por doquier: se reflejan en el control politiquero consumado sobre las cúpulas judiciales y otros órganos de garantía; se reflejan en los contubernios entre los Poderes para asegurarse la impunidad de los excesos y de los compadrazgos en las altas esferas de la política y la economía que nos condujeron al Cementazo; en el desmantelamiento del MOPT y la concesión de las obras a un oligopolio que nos condujo a Cochinilla y al Diamante; en el abandono de toda política asistencial constructiva, junto a la carta blanca de los empresarios en la aplicación de la infame “flexibilización de las relaciones laborales”; en el ataque a los últimos bastiones institucionales del servicio público (la CCSS, el ICE). Todo lo cual se tradujo en la violación reiterada y flagrante de los derechos humanos económicos, sociales y culturales consagrados en beneficio de nuestro Pueblo por la Constitución y las Convenciones Internacionales.

      b) Con las nefastas secuelas económico-financieras que se transparentaron en el sempiterno e inducido desequlibrio fiscal, en el creciente desempleo, en la profunda y acusadora brecha entre ricos y pobres que se ha ensanchado bajo los pliegues del modelo del derrame.

      c) Y últimamente con la artera política legislativa del Gobierno Alvarado, en connivencia con los partidos Liberación Nacional, Unidad Social Cristiana y los Pentecostales, tendientes a debilitar las instituciones de control jurisdiccional y a eliminar las universidades públicas, los sindicatos del sector público y, por esa vía, toda forma de crítica racional y de resistencia ciudadana.

      ¿Cómo podrán nuestra clase gobernante y el País entero reparar el inmenso daño económico, social, moral y político infligido a varias generaciones de trabajadores costarricenses a partir del 48, por haberlos privado ilícitamente de su derecho a formar sindicatos, y de los legítimos y esenciales servicios de dichos sindicatos que el Código de Trabajo, la Constitución y las Convenciones Internacionales habían creado en beneficio de aquellos trabajadores? Usando la fuerza, el terror, la injusta violencia, el abuso y la mentira ¡les pintaron como crímenes los que no eran sino sus legítimos derechos!

        Está a la vista que Costa Rica no tiene ejército, pero tampoco le permitieron tener mayorías de trabajadores capaces de defenderse de la inanidad y la domesticación que les han decretado sus gobiernos. A fin de cuentas, como predijo el escritor y mártir argentino Rodolfo Walsh, muchas más vidas serían arrebatadas por la «miseria planificada» que por las balas.

        Y así fue: como casi todos aquí recordarán, en vista de que ya desde los años setentas, las grandes agencias financieras internacionales, ejecutoras del ideario neoliberal, proponían para nuestros países un nuevo modelo económico consistente en una drástica reducción del tamaño del Estado, un prometido aumento de la eficiencia y la competitividad en los sectores productivos y su más proficua conexión con los mercados internacionales, así como la privatización de las empresas e instituciones de servicios del sector público, algunos de aquellos pseudo-socialistas que recién en los 50 y 60s habían sido partícipes de la construcción del Estado Empresario en Costa Rica, y muchos de sus copartidarios más jóvenes (que habían aprendido a hacer negocios mientras tripulaban las juntas directivas de las instituciones y de las empresas públicas, dos décadas después habían pasado a formar parte de grupos empresariales, y empezaban a ver con ojos voraces la posibilidad de hacer negocios en los campos hasta entonces monopolizados por instituciones y empresas estatales, aprovechando la capacidad instalada de éstas.

                XI. Ahora bien, a fines del Siglo 20 las cosas cambiaron en el Mundo:

        a) Porque en ese momento ya las empresas pueden fácilmente desplazarse, en sentido físico y en sentido jurídico, a cualquier sitio del Mundo que les parezca conveniente, de modo que la amenaza de levantar vuelo de un país, con el consiguiente desempleo de grandes núcleos de la población de dicho país, debilita la posición de lucha de los trabajadores en general.

        b) Porque la tecnología industrial más avanzada va permitiendo cada vez más fácilmente reemplazar con unas pocas máquinas un número creciente de trabajadores.

        c) Porque precisamente en ese fin del Siglo XX se derrumbaron la Unión Soviética y los países europeos del socialismo real; y con eso el equilibrio del poder mundial se rompió a favor de las potencias capitalistas y pareció alejarse para ellos, casi hasta desaparecer, el peligro de un socialismo mundial.

                XII. De modo que, en el plano de las relaciones internacionales, pronto las Potencias Imperialistas, instrumentalizando a la OTAN, la OEA y otras, y neutralizando a la ONU, pudieron entonces practicar el imperialismo rapaz: Se lanzan contra Iraq, Siria, Libia para quitarles el petróleo y el gas. Mientras que, mediante la Deuda Externa, los TLC y otros organismos, consiguen debilitar gravemente a los Estados del Tercer Mundo.

                XIII. Y en el terreno laboral, resulta que aquel Capitalismo mundial que frente a las pretensiones de los trabajadores había cedido en el Siglo XX un lote significativo de beneficios, vuelve a la carga con gran fuerza, para tratar de recuperar todo el terreno perdido, y vender las empresas públicas, desmantelar las garantías sociales y los Códigos Laborales, privatizar la seguridad social y la educación universitaria, etc. En Costa Rica los gobiernos neoliberales hacen varios intentos, y quienes logran frenarlos en varios frentes son los sindicatos del sector público.

                XIV. Por otra parte, coincidiendo con el tiempo de los PAEs (1984/1994) y del ‘Consenso de Washington’ (1989), en Costa Rica, muchos de miembros de las juntas directivas de instituciones y empresas públicas empezaron a sabotear, desmantelar y desprestigiar a las empresas e instituciones públicas que habían jurado servir, para de ese modo contribuir a la antipatriótica tarea de justificar las políticas neoliberales que ya se venían implementando por los presidentes Monge, Arias y Calderón, y que continuaron viento en popa en los gobiernos de Figueres Olsen, Rodríguez, Pacheco, Arias DOS, Chinchilla, Solís, Alvarado y el de ahora.

        El papel de los sindicatos públicos.

                XV. Ahora bien, como lo mencioné líneas arriba, durante estos últimos cuarenta años de asedio neoliberal coadyuvado en grado variable por los distintos gobiernos nacionales, quienes han resistido, tratando de defender con uñas y dientes las conquistas del Estado Social de Derecho, han sido, hasta donde han podido, algunos grupos estudiantiles y de la clase trabajadora y algunos diputados de izquierda desde posiciones muy minoritarias, y en particular los diputados Manuel y Eduardo Mora Valverede, Arnoldo Ferreto, Rodrigo Ureña Quirós, Humberto Vargas Carbonell, Alvaro Montero Mejía, José Merino del Río, José María Villalta, Patricia Mora, Edgardo Araya, Célimo Guido y algún otro del Frente Amplio y de otros partidos;

        PERO SOBRE QUIENES ha pesado mayoritariamente esa lucha ha sido sobre los sindicatos del Sector Público, los cuales, en mi criterio, se han destacado por su coraje y determinación, escribiendo páginas gloriosas de la Historia de Costa Rica.

        La aprobación del Contrato/Ley de Alcoa en la Asamblea Legislativa, en los últimos meses de la Administración Trejos Fernández fue adversado a comienzos de 1970 por un masivo movimiento estudiantil coordinado por la FEUCR, el cual gozó de un amplio respaldo popular, y fue apoyado por el movimiento sindical, particularmente por los sindicatos de educadores (entre los que destacó el SEC, con una participación constante durante todo el proceso). De modo que la gesta de Alcoa no se generó en el seno del sindicalismo, sino en el estudiantil, pero para los sindicatos públicos constituyó una rica experiencia de movilización de masas, que aprovecharía en sus luchas de los años futuros.

        Si no recuerdo mal, la poderosa transnacional Millicom negoció su instalación en Costa Rica por acuerdo con el gobierno de Oscar Arias (1986-1990), y operó efectivamente durante la Administración Calderón Fournier; pero los sindicatos del ICE determinaron que su funcionamiento, además de ilegal, constituía el primer paso para la penetración de la telefonía transnacional, de modo que primero trataron, infructuosamente, de que el Gobierno y la Directiva del propio ICE hicieran valer aquella ilegalidad; y finalmente fueron a la huelga, ya durante la presidencia de Figueres Olsen (1995). El movimiento triunfó, y el Gobierno firmó el levantamiento de la huelga con los 11 sindicatos del ICE involucrados en la lucha. Pero de todo esto, lo que me parece más hermoso es que se trató de la primera vez que un grupo de sindicatos de una empresa pública tomó a su cargo la tutela de los intereses de toda la comunidad costarricense, en contra de las cúpulas gubernativas compuestas por el Presidente, los Ministros y los Directores del propio ICE, que eran los que tenían institucionalmente a su cargo la tutela de dichos intereses populares y, alevosamente, los estaban sacrificando.

        Esto se va a repetir en los movimientos siguientes, que tienen lugar en los últimos treinta años de nuestra historia, donde vamos a ver siempre a sectores del pueblo (¡que eso son los sindicatos!) supliendo el papel de protectores de los intereses nacionales, en sustitución de los gobernantes perjuros que fueron elegidos y nombrados por el propio pueblo para que cumplieran ese papel.

        La prensa reaccionaria fustiga a los sindicatos públicos acusándolos de hacer política. Pero lo que no quieren reconocer es que cuando los sindicatos defienden en una convención colectiva los salarios de grandes contingentes de trabajadores, están inevitablemente co-gobernando aspectos sustanciales de la vida del país, y eso es precisamente una actividad política que la Constitución ha puesto en manos de los sindicatos, al instaurar las convenciones colectivas en su artículo 62.

        El ICE es justa y unánimemente calificado como una institución benemérita y amada por el pueblo costarricense, porque ha impulsado con patriotismo y eficiencia la electrificación, la industrialización, la intercomunicación, la modernización y por ahí también la democratización y el bienestar del País. Forma, junto con la Caja Costarricense de Seguro Social, los dos mayores tesoros institucionales de nuestro pueblo; y al igual que la Caja, su existencia estorba a la voracidad insaciable de los mercachifles neoliberales, quienes en la presidencia de Miguel Angel Rodríguez le prepararon el tristemente célebre ‘Combo’ (2000). Y otra vez fueron los sindicatos del ICE, con fuerte apoyo popular y el respaldo de muchos otras organizaciones gremiales, quienes se extenuaron en la tutela de aquella institución que los burócratas y los políticos neoliberales querían desmantelar alegremente.

        Y veremos a los sindicatos públicos formando en el 2004 el Movimiento Cívico Nacional durante la presidencia de Abel Pacheco, protestando contra el monopolio RITEVE; y otra vez los veremos en el 2007 formando filas con el pueblo para el Referéndum del TLC; y así en otras ocasiones, hasta la última dilatada huelga sostenida principalmente por los sindicatos de educadores del MEP, durante la Administración de Alvarado.

        Lo que en realidad ha ocurrido en Costa Rica es que, frente a la monótona caravana de los gobiernos neoliberales y su política privatizadora y desmanteladora de la Res Publica, las únicas contrapartes eficaces que van quedando, con capacidad de ponerles freno, son los grupos organizados de la izquierda, el sector estudiantil secundario y universitario y muy principalmente los sindicatos del sector público: las mujeres y los hombres que constituyen la masa de los empleados y funcionarios públicos sindicalizados de la Administración Central, de la Asamblea Legislativa, del Poder Judicial y de los Entes Públicos menores, como las Universidades Públicas, las Municipalidades y demás instituciones autónomas, etc. Se trata de los técnicos, los administrativos, los bancarios, los jueces, los jardineros, los ingenieros, los conserjes, los enfermeros, los médicos, los albañiles, los trabajadores sociales, los economistas, los historiadores, los oficinistas, los químicos, los cocineros, los profesores, los maestros, los laboratoristas, los choferes, etc., que forman dichos sindicatos. En manos de esa fuerza ciudadana están, en el presente, los destinos de nuestro País.

        Como acompañamiento de los embates de los últimos gobiernos neoliberales, brotan por todas partes las sugerencias de medidas ‘aconsejables para mejorar’ las relaciones obrero-patronales, como la flexibilidad laboral, el 4/3, la libre contratación del salario, la denuncia o la supresión de las convenciones colectivas existentes; la eliminación de los sindicatos y las huelgas, etc.; medidas que posiblemente hubieran sido rápidamente adoptadas por los gobiernos, si no fuera porque: a) el carácter rígido de nuestra Constitución dificultaba y sigue dificultando la derogación de los derechos y de las garantías laborales por la vía de la reforma legal; y b) la existencia de los Convenios suscritos por Costa Rica en el seno de la OIT, que dicha organización y lo que queda del movimiento sindical mundial se ha empeñado en hacernos respetar.

                Frente a toda laya de sugerencias y presiones oficiales, nuestros dirigentes sindicales deben unir sus fuerzas, mantenerse firmes y redoblar la lucha, incrementando su presencia mediática para fortalecer la conciencia política democrática de los trabajadores; y coordinando la fuerza de sus organizaciones para un día venidero reclamar, con una sola y potente voz, el restablecimiento de todos los poderes y atribuciones que la Constitución y los Convenios Internacionales tienen acordado a favor de los trabajadores y sus organizaciones, y que una mayoría parlamentaria irresponsable durante el Gobierno Alvarado ha pretendido vanamente desvirtuar.

        IV. Conclusiones

        1. A mí me parece que se han juntado las condiciones y ha llegado la hora de terminar con la patraña neoliberal, sostenida a base de una gran adulteración de la Historia: de una Historia escrita por los poderosos y que, por supuesto, falsifica los hechos y crea una imagen ilusoria del Mundo: un relato en donde los explotadores como Bill Gates y Carlos Slim son los dueños de las virtudes morales, agresores como Kissinger y Obama merecen el Premio Nobel de la Paz, los genocidas como Bush y Cheney gozan de plena impunidad, y los campeones del golpe de Estado como Pinochet y Videla son ensalzados por las derechas continentales como ejemplos de civismo y amor a la patria.
        2. Creo que en América Latina, la falsedad de esa ‘historia oficial’ se va revelando masivamente en sectores medios y bajos, y esto se ha visto reflejado en tendencia progresista de los resultados electorales y en la fuerza de los movimientos indígenas y campesinos.
        3. América Latina y el Mundo sólo se salvarán por la virtud de una democracia depurada, la que surge de la justicia social y, a la vez le sirve de sustento; y América Latina lo está entendiendo así, y está uniendo sus fuerzas para avanzar por ese camino, revitalizando democráticamente sus Estados; mientras que, por el contrario, la burocrática Unión Europea, dominada por los usureros transnacionales, pisoteando las mejores tradiciones de sus Estados miembros, se empantana en la crisis económica y social, y su Gobierno se envilece al servicio de los peores intereses: hemos pasado por la “vergüenza ajena” de presenciar el triste papel de una Europa facistizada y arrodillada ante los Estados Unidos y la OTAN, contribuyendo a agravar el conflicto creado con ocasión de la agresión de Rusia a Ucrania.

        FINALMENTE ¿QUÉ HACER?

        En primer lugar, lo que no debemos ni podemos permitirnos hacer es no hacer nada: soportar la injusticia, la marginación, el desgobierno, la pesada e inicua carga fiscal, la criminalización de la inconformidad, el desempleo y el empobrecimiento de los asalariados en general, y de los grupos más vulnerables en particular.

        Entre lo que podemos y debemos hacer está, en primer lugar, organizarnos para hacer valer en los tribunales nacionales o internacionales, todas las veces que se necesite, la garantía constitucional y convencional de los derechos económicos, sociales y culturales del pueblo, regulados en la Constitución y las leyes; y en segundo lugar, aún más importante, trabajar con el pueblo, acompañándolo en sus luchas, para que tome conciencia de aquellos derechos y se organice para defenderlos usando las garantías instrumentales que le ofrecen el sindicato, la convención colectiva y la huelga: sus armas naturales contra la agresión neoliberal que nos acosa.

        No podemos descansar hasta transmitir a cada trabajador la necesidad de pertenecer a un sindicato, porque el sindicato está en posibilidad de otorgar a cada trabajador los medios y los poderes que necesita para no ser avasallado por la superioridad fáctica y jurídica que posee el patrono privado, en su condición de dueño del capital invertido en la empresa, o que posee el patrono público, como órgano del Estado u otro entes públicos, titular de poderes en la relación de empleo público.

        Termino leyendo unos versos que son una modesta parodia del famoso poema de Bertolt Brecht titulado Lob der Partei (Elogio al Partido). Los versos dicen así:

        Elogio al Sindicato

        El trabajador tiene dos brazos,
        El sindicato tiene mil.
        El sindicato dialoga con la empresa,
        el obrero depende de su empleo.
        El trabajador vive al día,
        pero el sindicato puede resistir muchos días.
        El trabajador aislado es doblegado,
        pero el sindicato sabe argumentar y pelear,
        porque es la unión de los débiles
        y lidera su lucha con la sabiduría acumulada
        en las diez mil batallas de la historia de las clases oprimidas.

        Muchas gracias.

        APENDICE

        LOB DER PARTEI

        (Bertolt Brecht)

        Der Einzelne hat zwei Augen
        Die Partei hat tausend Augen.
        Die Partei sieht sieben Staaten
        Der Einzelne sieht eine Stadt.
        Der Einzelne hat seine Stunde,
        Aber die Partei hat viele Stunden.
        Der Einzelne kann vernichtet werden,
        Aber die Partei kann nicht vernichtet werden.
        Denn sie ist der Vortrupp der Massen
        Und führt ihren Kampf
        Mit den Methoden der Klassiker, welche geschöpft sind
        Aus der Kenntnis der Wirklichkeit.

        ELOGIO AL PARTIDO
        (Bertolt Brecht)

        El individuo tiene dos ojos
        El partido tiene mil ojos.
        El partido controla siete Estados
        el individuo mira una ciudad.
        El individuo tiene su hora,
        pero el partido tiene muchas horas.
        El individuo puede ser aniquilado,
        pero el partido no puede ser aniquilado
        porque es la vanguardia de las masas
        Y lidera su lucha
        con los métodos de los Clásicos, que son extraídos
        del conocimiento de la realidad.

        Antígona de Sófocles en la Sede de Occidente de la UCR – entrada gratuita

        El grupo de estudiantes del curso Historia del Derecho, que imparte el catedrático Walter Antillón en la Sede de Occidente de la UCR, montaron ANTÍGONA, la conocida tragedia de Sófocles.

        La presentación será en el auditorio de la Sede en San Ramón con entrada gratuita.

        Se agradece si comparte en sus redes y grupos cercanos.