Proceso de emisión del certificado de discapacidad por medio de Conapdis y Edus

Las plataformas de Conapdis y del Expediente Digital Único en Salud (Edus), tendrán acceso entre ambas instituciones con el fin de agilizar el trámite para la solicitud del certificado de discapacidad.

De igual manera, a partir del 1 de marzo del 2024, cualquier persona que solicite el carné o certificado de discapacidad no deberá presentar (salvo en casos excepcionales) el dictamen médico para dicho trámite.

El formulario para solicitud de la certificación de discapacidad incluirá un consentimiento informado para que el equipo profesional del Servicio de Certificación de la Discapacidad (Secdis), pueda ingresar al Edus y tener acceso de manera ágil a la información.

Este nuevo formulario se descargar en la dirección: https://conapdis.go.cr/download/solicitud-de-certificacion-de-la-discapacidad/

Otra facilidad en el trámite es la solicitud de manera digital, en la cual la persona que requiera el certificado de discapacidad podrá enviar el formulario firmado y los documentos requeridos al correo certificaciondiscapacidad@conapdis.go.cr

Según explicó Karla Rodríguez Montero, jefa del Secdis, «Por medio de este correo únicamente se tramitarán solicitudes de certificación firmadas digitalmente».

Las personas que no cuenten con el dispositivo de firma digital pueden retirar el formulario de solicitud en la sede de Conapdis más cercana, firmarlo a mano y entregarlo en la misma sede, junto con los demás requisitos.

Con este esfuerzo interinstitucional las personas con discapacidad recibirán su certificación en un plazo máximo de dos meses.

Los requisitos para el proceso de solicitud del certificado de discapacidad son:

* Formulario de solicitud lleno con declaración jurada firmada y consentimiento informado.

* Copia de la cédula de identidad, permiso de residencia, constancia de nacimiento, pasaporte o cédula de residencia en el caso de personas extranjeras.

* En caso de ser menor de edad, certificado de nacimiento/cédula de menores y cédula de la persona encargada.

* Dictamen médico con fecha de emisión no mayor a un año, el cual debe ser emitido por la Caja Costarricense del Seguro Social o por un médico privado. En caso de ser emitido por médico privado debe ser mediante la plataforma SEDIMEC del Colegio de Médicos y Cirujanos por un médico especialista afín a la discapacidad.